10.ª A SESIÓN (Matinal) JUEVES 15 DE MAYO DE 2014 ...

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1307 SEGUNDA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2013 - TOMO II - Diario de los Debates 10. a A SESIÓN (MATINAL) 15-5-2014 - Diario de los Debates 10.ª A SESIÓN (Matinal) JUEVES 15 DE MAYO DE 2014 PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES FREDY ROLANDO OTÁROLA PEÑARANDA Y LUIS IBERICO NÚÑEZ SUMARIO Se pasa lista.— Se reanuda la sesión.— Con autorización de la Presidencia, se producen intervenciones fuera de agenda sobre el informe de la Comisión de Fiscalización y Contraloría de las presuntas irregularidades cometidas por los gobiernos regionales de Cajamarca y de Áncash en los años 2011 y 2012 (congresistas Tapia Bernal y Zeballos Salinas); sobre acuerdos establecidos en un acta entre la Federación Médica del Perú y el Ministerio de Sa- lud (congresista Tapia Bernal); sobre presuntas irregularidades en la adquisición de inmuebles del ex presidente Alejandro Toledo (congresista Shaefer Cuculiza); sobre el proceso de formalización de las actividades mineras artesanales e informales, en especial en Madre de Dios (congresista Valqui); sobre el caso de Alexis Humala y pedido para que la Comisión de Fiscalización y Con- traloría investigue las presuntas irregularidades en el Gobierno Regional de Tumbes y en la Oficina Nacional de Gobierno Interior (congresista Zeballos Salinas).— Previo debate, se rechaza la cuestión previa de retorno a comisión y se aprueba en primera votación y es exonerado de segunda votación el proyecto de Ley que facilita el acceso a información financiera, previsional y de seguros en beneficio de los herederos.— Se aprueba la moción de orden del día 10364, a la que se acumula la moción de orden del día 10302, por la que se otorga facultades de comisión investiga- dora a la Comisión de Fiscalización y Contraloría, por un plazo de 90 días, para investigar los presuntos actos irregulares ocu- rridos en el Gobierno Regional de Tumbes.— Se acuerda otorgar la ampliación de plazo por 60 días a la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, con facultades de comisión investigadora, encargada de investigar los exorbitantes sueldos otorgados en la

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10.ª A SESIÓN

(Matinal)

JUEVES 15 DE MAYO DE 2014

PRESIDENCIA DE LOS SEÑORES FREDY ROLANDO OTÁROLA PEÑARANDA

Y

LUIS IBERICO NÚÑEZ

SUMARIOSe pasa lista.— Se reanuda la sesión.— Con autorización de la Presidencia, se producen intervenciones fuera de agenda sobre el informe de la Comisión de Fiscalización y Contraloría de las presuntas irregularidades cometidas por los gobiernos regionales de Cajamarca y de Áncash en los años 2011 y 2012 (congresistas Tapia Bernal y Zeballos Salinas); sobre acuerdos establecidos en un acta entre la Federación Médica del Perú y el Ministerio de Sa-lud (congresista Tapia Bernal); sobre presuntas irregularidades en la adquisición de inmuebles del ex presidente Alejandro Toledo (congresista Shaefer Cuculiza); sobre el proceso de formalización de las actividades mineras artesanales e informales, en especial en Madre de Dios (congresista Valqui); sobre el caso de Alexis Humala y pedido para que la Comisión de Fiscalización y Con-traloría investigue las presuntas irregularidades en el Gobierno Regional de Tumbes y en la Oficina Nacional de Gobierno Interior (congresista Zeballos Salinas).— Previo debate, se rechaza la cuestión previa de retorno a comisión y se aprueba en primera votación y es exonerado de segunda votación el proyecto de Ley que facilita el acceso a información financiera, previsional y de seguros en beneficio de los herederos.— Se aprueba la moción de orden del día 10364, a la que se acumula la moción de orden del día 10302, por la que se otorga facultades de comisión investiga-dora a la Comisión de Fiscalización y Contraloría, por un plazo de 90 días, para investigar los presuntos actos irregulares ocu-rridos en el Gobierno Regional de Tumbes.— Se acuerda otorgar la ampliación de plazo por 60 días a la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, con facultades de comisión investigadora, encargada de investigar los exorbitantes sueldos otorgados en la

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Quiero denunciar la estafa que les han hecho a todos los asegurados del pueblo de San Martín. El propio presidente Ollanta Humala ha ido a inaugurar un hospital inservible, un hospital que ha sido hecho sobre la base de una corrupción terrible, porque no funcionan los equipos ni el aire acondicionado; es un hospital que está en una situación catastrófica; siendo nuevo, parece viejo. La construcción de este hospital fue hecha por la misma empresa que ganó la construcción del Hospital del Niño. Usted, Presidente, debe recordar la situación difícil que hubo. Esta misma empresa también construyó el nuevo hospital del Minsa en Tarapoto. ¿Se imaginan ustedes, colegas, la situación catastrófica y la corrupción enquistada y mañosa que le hace mucho daño al pueblo?

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Concluya, congresista Reátegui.

El señor REÁTEGUI FLORES (GPFP).— Me extraña que el presidente Ollanta Humala, como si estuviera de acuerdo con la corrupción, inaugure un hospital inservible. Protesto y denuncio esa situación negativa para los asegu­rados de San Martín.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Muchas gracias.

Previo debate, se rechaza la cuestión pre­via de retorno a comisión y se aprueba en primera votación y es exonerado de segunda votación el proyecto de Ley que facilita el acceso a información financiera, previsional y de seguros en beneficio de los

herederos

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Señor relator, veamos el primer pro­yecto de la agenda.

EL RELATOR da lectura:

Dictamen de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera recaído en el Proyecto de Ley 2927/2013­CR, mediante el cual se propone facilitar el acceso e información financiera, previsional y de seguros en beneficio de los herederos. La Junta de Portavoces, con fecha 7 de mayo de 2014, acuerda la ampliación de agenda.*

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Tiene la palabra el congresista Valle Ramírez, presidente de la Comisión de Economía, hasta por diez minutos, para que sustente el dic­tamen por unanimidad recaído en el Proyecto de Ley 2927/2013­CR.

El señor VALLE RAMÍREZ (PP).— Presiden­te, pido que disponga que se den las facilidades para proyectar la información en formato digital.

El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Dense las facilidades.

El señor VALLE RAMÍREZ (PP).— Presidente, el objetivo de la propuesta legislativa es establecer un mecanismo eficaz que permita a las personas tomar conocimiento de la existencia de normas y procedi­mientos relacionados con el acceso a

la información financiera, previsional y de segu­ros de las personas fallecidas, con la finalidad de que esas personas puedan obtener información sobre los derechos y deberes hereditarios que les corresponden.

En la actualidad, anualmente en el Perú fallecen un promedio de 118 mil personas, de acuerdo con la información del Instituto Nacional de Es­tadística e Informática del año 2011. Así, ya sea por falta de información o desconocimiento, el hecho es que el común de las personas no suelen elaborar en vida un testamento que permita a sus herederos tener la completa certeza de cómo está conformada la masa hereditaria y de cuáles son los derechos posibles de ser reclamados en su calidad de tales.

Por otro lado, actualmente los herederos pueden contar con los mejores mecanismos para hacer efectivo sus derechos hereditarios, pero el proble­ma es la falta de información sobre la existencia misma de esos mecanismos; puesto que la gran mayoría de herederos no saben cómo recurrir a estos mecanismos para acceder a la información de sus familiares fallecidos. Por ejemplo, actualmente el Fondo de Seguros de Depósitos No Reclamados en el Banco y Cajas se ha incrementado en los últimos tres años: el año 2011, 5 millones 465 mil 699 nuevos soles; el año 2012, 7 millones 149 mil 353 nuevos soles; y, el año 2013, 8 millones 369 mil 373 nuevos soles.

Ante lo expuesto, con la finalidad de contribuir al derecho a la información que asiste a todo herede­ro, se propone que en las copias certificadas de las

* El texto del documento obra en los archivos del Congreso de la República.

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actas o partidas de Defunción se incluya —además de la información inherente a su naturaleza— información adicional resumida y referencial para que los ciudadanos tomen conocimiento de la existencia de los procedimientos y mecanismos que les permitan ejercer sus derechos hereditarios.

Asimismo, la iniciativa legal opta por la partida de defunción que es el primer documento que los familiares obtienen al fallecer una persona. Por ejemplo, en el año 2012 se registraron 119 mil 652 partidas.

La información referencial y resumida que se consignará en las partidas de defunción será sobre la existencia de los siguientes mecanismos:

1. Registro Nacional de Información de Contratos de Seguro, de Vida y de Accidentes Personales, con Cobertura de Fallecimiento o de Muerte Accidental.

2. Procedimiento para la obtención del reporte de Información de Afiliado y/o información sobre pensionistas en el Sistema Privado de Pensio­nes, a través de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

3. Procedimiento de atención de solicitudes de información sobre los depósitos u otros productos pasivos del causante a través de la Superinten­dencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones.

4. Procedimiento de atención de solicitudes de información del reporte crediticio de usuarios a través de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones.

5. Información sobre el tiempo máximo que pueda permanecer inmovilizado un depósito u otros productos pasivos en una empresa del sistema financiero hasta la transferencia al Fondo de Seguros de Depósito.

El proyecto de ley cuenta con opinión favorable de las siguientes entidades:

De la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, que señala que a través de la partida de defunción los ciudadanos con legítimo interés puedan ser informados sobre los procedimientos que puedan acceder a datos relevantes sobre las personas fallecidas.

Del Indecopi, que señala que al incorporarse en las partidas de defunción información sobre los

mecanismos existentes a los que los herederos pueden recurrir para acceder a la información financiera y previsional de sus causahabientes, así como la existencia de algún seguro contratado por estos últimos, tiene efectos directos sobre los consumidores, toda vez que la información opor­tuna les permitirá ejercer de manera adecuada sus derechos a la herencia.

Del Ministerio de Economía y Finanzas, que opina favorablemente dado que la finalidad de la propuesta es ampliar la difusión de la normativa y procedimientos para el ejercicio de derechos hereditarios en el sistema financiero previsional y de seguros.

De la Reniec, que señala que el presente proyec­to de ley complementa lo establecido por la Ley 30152, Ley sobre los herederos informados en los sistemas financieros pasivos, y lo previsto en la Ley 29355, Ley de creación de Registro Nacional de Información de contratos de seguros y de vida de accidentes personales con cobertura de falle­cimiento o de muerte accidental, y les provee a los administrados un mecanismo efectivo que les permita tomar conocimiento de dichos procedi­mientos de acceso a la información.

En conclusión, el principal beneficiario de la implementación de la presente iniciativa es el heredero que tendrá mayor información acerca de los mecanismos legales que pueda hacer uso para conocer de manera oportuna la informa­ción financiera previsional y de seguros de sus familiares fallecidos, por lo que son positivas las iniciativas que tiendan a brindar información a los consumidores, sobre todo en los sectores financiero, previsional y de seguros, en los que la información suele ser técnica y de difícil acceso para los consumidores.

Presidente, pido que puedan recogerse las opi­niones de los señores congresistas para, luego, someter al voto el proyecto.

Muchas gracias.

—Asume la Presidencia el se­ñor Fredy Rolando Otárola Peñaranda.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Concluida la sustentación, se abre el rol de oradores.

Tiene la palabra el congresista Jaime Delgado.

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El señor DELGADO ZEGARRA (NGP).— Presidente, intervengo para respaldar esta iniciativa apro­bada en la Comisión de Economía, porque se busca garantizar el dere­cho de una oportuna información de las personas que pierden a un

ser querido y que, por equis motivo, no tienen conocimiento que este tiene ciertos beneficios: ya sea porque tiene dinero depositado en cuentas bancarias; ya sea porque tiene uno o más seguros que desconoce; ya sea porque tiene depósitos en el sistema de pensiones; es decir, un conjunto de beneficios que, lamentablemente, cuando la gente fallece, los herederos ni siquiera saben de su existencia.

Si bien es cierto que se ha avanzado con la última legislación para que la Superintendencia de Ban­ca, Seguros y AFP tenga la obligación de brindar información a los herederos cuando se produce el fallecimiento del titular de algunas de estas cuentas; sin embargo, en la práctica, cuando una persona fallece, los herederos ni siquiera pueden tener la posibilidad de buscar esa información. Por eso al consignarse la información correspondiente en las actas de defunción —que es el documento al que van a acceder las personas al momento de tramitar el fallecimiento de un ser querido—, esas personas tendrán derecho a consultar la existen­cia de algunos de los citados beneficios a través de un sistema que tendrá que ser precisado. En ese sentido, este proyecto es un gran avance que evita que las instituciones financieras y otras terminen quedándose con el dinero de los titulares que iba a beneficiar a sus herederos.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene la palabra la congresista Cuculiza.

La señora CUCULIZA TORRE (GPFP).— Presidente, no queda otra cosa que felicitar a los autores de esta iniciativa.

He tenido muchos casos en mi ofi­cina de personas que no han podido

integrarse a lo que había dejado el difunto. El acceso a la información es importante para los deudos, para que puedan reclamar los derechos de sus sucesores: seguro de vida, depósitos bancarios, reportes crediticios, fondo de pensiones, lo cual se va a materializar en la partida de defunción. Esto es muy importante, porque generalmente la gente no conoce la situación.

Una vez que se acepte esta ley, debe explicarse en la prensa, en la radio, en la televisión, incluso los congresistas de las distintas bancadas, lo que significa esto, para que la gente se entere. Porque hay miles de personas que no se enteran que esta ley existe y siguen en desgracia. Por ejemplo, la Ley de feminicidio no se ha hecho conocer del todo y sigue la gente ignorando que existe la pena privativa de libertad de 35 años o cadena perpetua.

Es importante reproducir y explicar esto en la prensa, en la televisión, en la radio, para que todos los deudos estén enterados de que existe esta excelente ley en el país.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene la palabra el congresista Vacchelli.

El señor VACCHELLI COR­BETTO (GPFP).— Presidente, quiero, ante todo, saludar a la Representación Nacional, por su intermedio. Quiero, además, pedir disculpas por hacer un paréntesis con un tema importante.

Vemos, con preocupación, que el Gobierno deli­beradamente está confundiendo a la población, utilizando como instrumento al presidente del Conadis, que sale a decir que la disposición de la pensión no contributiva, artículo 59, de nuestra autoría, en la Ley General de Personas con Dis­capacidad, no tiene bien enfocado su metodología de aplicación. Yo, en nombre de las personas con discapacidad, rechazo dicha afirmación.

Como bien sabe la Representación Nacional, una norma no puede ser reglamentarista. Las normas tienen su reglamento, y lo único que hace la ley es establecer las líneas generales de una norma. Pero los mecanismos de implementación le competen al Poder Ejecutivo y este no debería rehusarse de esta responsabilidad.

El pueblo peruano está siendo engañado una vez más por un gobierno supuestamente inclusivo, pero que en realidad está excluyendo.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene la palabra el congresista Lescano.

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El señor LESCANO ANCIETA (AP­FA).— Presidente, este es un dictamen importante porque, a veces, una persona muere y sus herederos desconocen qué ha dejado en los bancos o qué seguros tiene. Muere en un accidente la persona y

sus herederos, a veces personas sencillas, no saben que deben recibir un pago por la muerte de esa persona. La propuesta es que, con el certificado de defunción, se ponga qué cosas tienen las personas fallecidas en los bancos y qué cosas tienen los herederos de la persona fallecida respecto a un seguro. Esta es una propuesta muy importante.

Me pide una interrupción el congresista Bruce.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Puede interrumpir el congresista Bruce.

El señor BRUCE MONTES DE OCA (GPCP).— Presidente, estoy totalmente de acuerdo con el pro­yecto de ley.

Yo sugiero que el alcance de la nor­ma se amplíe a cualquier activo que

una persona puede tener en la Bolsa de Valores. Porque la Bolsa ahora es un mecanismo de ahorro muy importante y muchos herederos no saben lo que el pariente pueda tener en acciones en cualquier agente de Bolsa. También se debería incluir aquí cualquier activo o cualquier inversión que la persona que muere puede tener en la Bolsa de Valores y que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP se encargue de proveer esta infor­mación; de esa manera también ayudamos a los herederos para que tengan toda la información disponible de recuperar todos los activos del pariente fallecido.

Gracias, congresista Lescano.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Lescano.

El señor LESCANO ANCIETA (AP­FA).— Pero hay más información que se puede dar a las personas interesadas y que tienen derecho res­pecto a una persona fallecida. Es cierto que junto con la partida de defunción debería darse toda la información que dice el dictamen, incluso lo que se tiene en una AFP, que es fundamental; pero no se ha puesto a los herederos de las personas fallecidas que están en el Sistema Nacional de Pensiones. Porque cuando una persona está reci­

biendo pensión del Sistema Nacional de Pensiones y no se ha casado, o es hija soltera, hay derecho a una pensión. A veces la gente no lo sabe. Enton­ces, en la partida de defunción también debería ponerse que la persona fallecida “o estaba afiliada al Sistema Privado de Pensiones o estaba afiliada al Sistema Nacional de Pensiones”, para que se sepa qué derechos se tiene respecto a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), repito, porque hay personas que fallecen y los herederos no saben que deberían recibir una pensión del fallecido que está en el Sistema Nacional de Pensiones cuya información no se tiene aquí.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Lescano.

El señor LESCANO ANCIETA (AP­FA).— Finalmente, ya lo dijo el congresista Bruce: las acciones y los bonos que pueden estar depositados en un banco o que puedan tenerlos en la Bolsa de Valores también deberían informarse acá, porque a veces la gente no los conoce. A veces el padre compra bonos y acciones, los pone en una caja de seguridad, incluso tiene joyas y una serie de cosas, pero los herederos no lo saben. Como no se informan, entonces el banco se queda con esos bienes. Estas acciones y bonos también deberían incluirse en este dictamen. El proyecto me parece que es importante, hay que respaldarlo y apro­barlo; pero sugiero al presidente de la Comisión de Economía que pueda incluir los aspectos que acabo de mencionar.

Muchas gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene la palabra el congresista Andrade.

El señor ANDRADE CARMONA (PP).— Presidente, esta es una ley práctica que va a beneficiar a muchas personas porque cada vez tenemos más sistemas de seguros que desconocemos. Por ejemplo, hay ocho millones de personas que

tienen tarjeta de crédito y no saben que tienen un seguro cuando firman la tarjeta de crédito. Hay personas que desconocen adonde está yendo lo que hoy vence como el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), desconocen en qué asociación o en qué banco están los fondos de la CTS, al igual que los fondos de las Administrado­ras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP); hay más de cinco millones y medio de personas que tienen fondos en estas AFP.

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Hemos visto que los bancos tienen fondos inmovi­lizados por más de ocho millones de nuevos soles de personas que no lo reclaman; sin embargo, esos fondos les pertenecen a los herederos; de esta forma esta ley va a beneficiarlos.

Sugiero al presidente de la Comisión de Economía que haga algunas precisiones: por ejemplo, en el artículo 2 se debe cambiar la palabra “ciudada­nos” por “herederos” para que concuerde con el artículo 1. Asimismo, por cuestión de redacción, pido que en el mismo artículo 2 se señale que los herederos tomarán conocimiento de que existen los procedimientos y el marco legal de los registros y reportes que ahí se señalan.

Con estas dos precisiones para el presidente de la Comisión de Economía se podría poner al voto.

Gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene la palabra la congresista Martha Chávez.

La señora CHÁVEZ COSSÍO DE OCAMPO (GPFP).— Presidente, esta proposición legislativa me hace recordar lo que señalaban muy sabiamente nuestros antecesores: “Que el infierno está plagado de buenas intenciones”.

No hay duda de que todo lo que tenga que ver con la necesidad de difundir las disposiciones y los derechos de las personas, en la forma que la necesitan, tiene que ser apoyado, es plausible. Pero yo no me imagino que en una copia certifi­cada del acta de defunción aparezca un tratado sobre los derechos que tienen las personas.

En la propuesta en debate hay una serie de omisio­nes: las normas que se refieren a los trámites para ser declarado heredero y las normas que tienen que ver con el cobro inmediato: por lo menos el 50% de la CTS y el resto para quien acredita ser cónyuge cuando ha fallecido el trabajador. El 50% queda incluso a disposición con un procedimien­to específicamente previsto hasta que los hijos cumplan la mayoría de edad. También se omiten las normas de protocolización de los testamentos ológrafos, y todo eso.

Quizás la ley tendría que decir —no dentro ni acompañando el acta de defunción— que deba entregarse o preparar, mínimo, una carpeta o un cuadernillo con las principales normas ya explica­das. ¿De qué le va a servir a una persona iletrada,

incluso universitaria y que no sea abogada, que le digan que hay un procedimiento para la obtención del reporte de información de afiliado y/o infor­mación sobre pensionistas en el Sistema Privado de Pensiones, a través de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones?

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Chávez.

La señora CHÁVEZ COSSÍO DE OCAMPO (GPFP).— ¿Qué va a haber ahí? ¿Va a ir solo el título de la norma?, ¿o va a haber 50 hojas que desarrollen cada uno de los cinco puntos de infor­mación consignados en las partidas de defunción, según la propuesta de ley?

Presidente, reitero, la intención puede ser muy buena, pero no pretendamos que en la copia cer­tificada del acta de defunción venga un tratado sobre los derechos de las personas. De nada les va a servir, salvo para calmar la conciencia y decir: “ya lo pusimos en una ley”.

Las leyes tienen que ser operativas, las leyes tie­nen que aportar y yo no veo que se aporte nada en esta ley, tal como está redactado. ¿De qué le sirve a la persona que le se le dé un listado de 10 temas sobre los cuales no va a saber nada?, ¿es para que se busque un abogado? Los abogados estaríamos bien porque nos van a buscar para decirle a la gente qué significa esto de “Información sobre el tiempo máximo que puede permanecer un depósi­to u otros productos pasivos en una empresa del sistema financiero hasta ser transferidos al Fondo de Seguro de Depósitos”. ¿Qué le va a significar esto a las personas sencillas y comunes?

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Chávez.

La señora CHÁVEZ COSSÍO DE OCAMPO (GPFP).— Creo que este proyecto tiene que ser repensado. Más allá de las buenísimas intenciones que tenga, no puede darse una norma como esta.

Hago una observación que sirve no solamente para este dictamen, sino para todo dictamen. El dictamen contiene una información respecto a las opiniones recibidas; pero no se dice si es positiva o no la opinión del Ministerio de Econo­mía y Finanzas, tampoco se dice si es positiva o no la opinión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, menos se dice si es positiva o no la opinión del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad

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Intelectual (Indecopi). ¿Por qué? Debería decirse claramente que es positiva en algunos aspectos y que es negativa en otros.

Creo que tenemos que ser muy acuciosos en las normas que demos a fin de evitar que haya un sinnúmero de ellas que están vigentes pero que no tienen efecto positivo alguno en la ciudadanía.

Gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene la palabra el congresista Mulder.

El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Presidente, convengo con la congresista Martha Chávez en que en este proyecto el camino del infierno está empedrado de buenas intenciones, porque se se­ñala que los beneficiarios son los

ciudadanos; aunque el presidente de la comisión ha dicho que son los herederos.

El acceso a toda la información de carácter bancario, de contratos, de cuentas, etcétera, centralizado en la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, es de por sí una violación del secreto bancario; por lo menos para eso. Porque la Superintendencia lo que hace es supervigilar a los bancos. Pero la Superintendencia no es una entidad que recoge las cuentas bancarias de todos los ciudadanos y las tiene ahí a disposición para que cualquier ciudadano o persona pueda acceder a ella. Esas cuentas puede tenerlas solo la Asociación de Bancos, porque se trata de en­tidades privadas.

¿Cómo se puede hacer para que el Reniec tenga la información resumida de todos los seguros de vida que ha tenido la persona?, ¿quién le va a dar esa información? Segundo, ¿quién va a dar la información sobre las pensiones o los trámites de pensiones que tenga tanto en el sistema privado como en el sistema público?, ¿cómo hace la ONP para decirle al Reniec: “Esto es lo que tengo”? Tendría que haber previamente un procedimiento de declaración de herederos. La única manera es con la decla­ratoria de herederos. ¿Y cuál es la función de la declaratoria de herederos? Decretar quiénes son los verdaderos herederos.

Si lo que se está buscando es que haya una simpleza en el trámite, no lo van a lograr con la propuesta, porque siempre tendrá que haber la parte engorrosa del trámite de la declaratoria

de herederos que es judicial. El que es heredero declarado tiene acceso a toda esa información directamente, no necesita ir solo al Reniec y esperar que el Reniec la haya tenido desde antes para acumularla en una página web y dársela. Una vez que eres heredero, te vas a los bancos y ahí te van a decir las cuentas que ha dejado la persona que es supuestamente el causante.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Mulder.

El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— En­tonces, no es necesario que haya una centraliza­ción previa —previa a la muerte se tendría que suponer— de la información para que el Reniec la tenga ahí guardada, esperando que la persona se muera y después uno pueda ir a buscarla. Porque eso supondría la violación del secreto de las personas cuando están vivas.

Si vamos a esperar que se muera la persona, el trámite para tener conocimiento de eso lo van a hacer los mismos herederos. Y para poder ser heredero, tiene que tener su declaratoria de here­dero, salvo que haya habido testamento. Porque cuando hay testamento, ya no hay problema. Ni siquiera se necesita ir a un solo ente, como al Reniec, con esa información. El Reniec es una entidad del Estado. Al tener este la información de carácter secreta deja de ser secreto bancario la información que usted tenga en su banco; también deja de ser información secreta el seguro si usted se la da al Reniec. Además, los archivos del Reniec son de acceso al público. Por eso es un registro nacional. Es como poner también en los registros públicos toda la información que uno tuviera sobre ese tema; son registros públicos para que todo el mundo acceda a ellos.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Mulder.

El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Entonces, darle al Reniec la atribución de tener un archivo guardado, un archivo secreto, sería inconstitucional en la medida en que se estarían violando los derechos de la persona causahabiente.

Esta no es una necesidad que se presente. Si hay personas que tienen problemas de trámites por el hecho de que han tenido familiares que han fallecido y si son herederos del mismo sin que haya testamento, entonces es obvio que de todas maneras van a tener que pasar por una declara­toria de herederos.

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Por eso siempre se recomienda a las personas que hagan su testamento, porque así se facilita a sus deudos realizar distintos trámites. Pero en la mayoría de los casos, en los que no se deja testamento, la declaratoria de herederos es un proceso engorroso, surgen hijos extramatrimo­niales, tíos y hermanos que reclaman cuando hay distintos bienes; y es obvio que no es fácil que se pueda solucionar simplemente poniendo una información que va a estar en el Reniec y que, además, no se señale si eventualmente puede ser impugnada o no por alguno de los herederos que considera que hay una información que no está completa.

De manera que este proyecto no está cumpliendo su cometido.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Congresista Velásquez, puede intervenir.

El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— El congresista Delgado me pide una interrupción.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Puede interrumpir el congresista Delgado.

El señor DELGADO ZEGARRA (NGP).— Presidente, creo que aquí se está presentando una con­fusión, porque la idea no es que en la partida de defunción aparezcan todos los derechos o cuentas de depósitos que tenga el heredero.

La norma establece que deberá aparecer en la partida una información resumida, referencial. Es más, en la disposición complementaria única dice que la SBS coordinará la información que se consigne en la copia certificada del acta de defunción. Es decir, podría aparecer solamen­te una frase que diga: “Los herederos podrán consultar si el fallecido tiene algún beneficio o depósitos en bancos, sistemas de pensiones; consulten a la SBS”.

Recordemos que nosotros hemos aprobado una ley por la cual la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP tiene la obligación de brindar a los herederos debidamente reconocidos qué derechos tenía su titular en el sistema, qué depósitos, qué cuentas, etcétera.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— También puede in­terrumpir la congresista Chávez a su solicitud.

La señora CHÁVEZ COSSÍO DE OCAMPO (GPFP).— Presidente, el congresista que me antecedió en la palabra señala que debe haber una información resumida y refe­rencial. Si fuera así, yo planteo este reto. ¿Alguien puede resumir en

una línea cuál es el procedimiento para la decla­ratoria de herederos cuando hay controversias, como señalaba el congresista Mulder, cuál es el procedimiento para cobrar la CTS, cuál es el procedimiento para el cobro de pólizas de seguros de vida que pudiera tener el fallecido, etcétera? Es imposible.

Además, en la disposición complementaria única se dice que esta información debe consignarse en la copia certificada del acta de defunción; es decir, esa información forma parte del acta de defunción o de la copia certificada del acta de defunción. Reitero, la intención es buena, pero mejor sería que se cree una oficina en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y se diga ahí: “Acudan a la Oficina de la Mujer para recibir información sobre todos los derechos que se generan”.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Velásquez.

El señor VELÁSQUEZ QUES­QUÉN (GPCP).— Presidente, el proyecto de ley puede estar cargado de buenas intenciones, pero el con­gresista Mauricio Mulder, colega de mi bancada, ha hecho una reflexión. Habría que darle una nueva facul­

tad al Reniec, porque todos saben que el Reniec administra información pública. Es obvio que, sumillada o no, la información financiera tiene una protección de carácter constitucional. ¿Dónde está, en el articulado del proyecto, la autorización para que el Reniec pueda acceder a esta información financiera previa?

Si todos nosotros tenemos que convenir en algo es que para mejorar el clima de inversiones hay que darle al ciudadano un Estado menos pesado. Esta propuesta va en sentido contrario: en toda la vida republicana, el registro civil de defunciones tiene la finalidad de establecer el deceso de una persona; pero, ahora, por mandato de esta nueva ley se pretende cargarle al registro un conjunto de información que voy a repetir. Existe la Ley 30152 sobre los herederos informados en los servicios financieros pasivos. Esta ley ha previsto mecanismos para informar a los herederos sobre eventuales cuentas bancarias que los causantes

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hayan dejado a las instituciones en el sistema financiero. ¿Por qué, entonces, cargarle nueva información al registro civil de defunciones que ha sido, histórica, jurídica y constitucionalmente siempre, un registro público?

El presidente de la comisión me pide una inte­rrupción.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Cuando termine el congresista Velásquez, le daremos el uso de la palabra al presidente de la comisión.

El señor VELÁSQUEZ QUES­QUÉN (GPCP).— Presidente, creo que cualquier emprendimiento que hagamos para trasladarle esta información a la SBS o a la ONP, que hoy tiene más de medio millón de solicitudes de pensiones provi­

sionales y de pensiones definitivas, es cargarle este bulto al Estado. Lo que hay que hacer es que el Estado sea más ágil. Hay que buscar me­canismos para que las instituciones que manejan información pública puedan transparentarla. Este exceso que hace más gravoso los trámites administrativos no va a favorecer en última instancia a los herederos.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Velásquez.

El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Presidente, la propuesta no va a favorecer a los herederos porque ya hay una ley que permite la información financiera y porque la iniciativa legal en debate va en sentido contrario del interés de los herederos de acceder a la infor­mación y de hacer valer sus derechos.

Creo que hay que revisar este proyecto. El pre­sidente de la comisión debe aclarar si vamos a autorizar al Reniec que tenga facultades para manejar información financiera. El presidente de la Comisión de Justicia debe pronunciarse al respecto, porque si el Reniec maneja los registros de defunciones con la única finalidad de certificar la muerte de una persona frente a terceros, ahora resulta que la partida de defunción va a contener otro tipo de manifestaciones que no concuerdan con lo que establece el Código Civil y con la pre­rrogativas del Reniec frente a la Constitución Política del Estado.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Velásquez.

El señor VELÁSQUEZ QUESQUÉN (GPCP).— Pido que la comisión pueda revisar nuevamente este tema que ha sido promovido con buena intención pero que, en última instancia, pone más obstáculos a los ciudadanos que quieren hacer valer sus derechos cuando ha fallecido uno de sus familiares.

Gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Habiendo concluido el rol de oradores, tiene la palabra el congresista Valle Ramírez, presidente de la Comisión de Economía.

El señor VALLE RAMÍREZ (PP).— Antes me pide una interrupción el congresista Mulder.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Puede interrumpir el congresista Mulder.

El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Presidente, yo quiero señalar que de la lectura integral del texto que acompaña al proyecto están los opiniones del Ministerio de Economía y Finanzas, que es negativa, porque argumenta que

es impracticable consignar en el Reniec la facili­tación de la información a toda la ciudadanía en general de los procedimientos que existen cuando ha fallecido una persona.

Lo mismo sucede con la opinión de la Superin­tendencia de Banca, Seguros y AFP. Considera que esta iniciativa puede generar un legítimo interés de los ciudadanos, pero consignar todo este cúmulo inmenso de datos en la partida de defunción es completamente impracticable porque la partida de defunción es una exclusividad del Reniec, que tiene que ver con la identidad de las personas, no con toda su información relevante a su vida económica, tema que le compete a otras entidades. De manera que el Ministerio de Eco­nomía y Finanzas considera que este proyecto no es practicable.

Gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Inicie su intervención, congresista Valle.

El señor VALLE RAMÍREZ (PP).— Presiden­te, quiero comenzar con lo último que acaba de referir el congresista Mulder.

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Hemos especulado que esta nueva ley va a per­mitir que en la partida de defunción se consigne toda esa información. Lo que se ha aprobado en la comisión por unanimidad es la referencia de lo que existe como normas­marco: por ejemplo, la última ley aprobada en el Congreso se refiere a los herederos informados. Muchos de nosotros lo sabemos porque hemos trabajado y conocemos dónde ubicarlas. Lo que queremos utilizar no son los procedimientos desarrollados, sino normas­marco ya legislados que nos permitan obtener información. En ningún momento se ha planteado que en la partida de defunción se va a desarrollar todo lo que le correspondería a un heredero. No es así. Eso es lo que queríamos aclarar.

El congresista Mulder me pide otra interrupción.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Puede interrumpir el congresista Mulder.

El señor MULDER BEDOYA (GPCP).— Presidente, entonces el fin de la ley es distinto. Si lo que se busca es que el ciudadano tenga la información adecuada, lo que tenemos que hacer nosotros es una ley en la que establezcamos todos los procedimientos que se hacen en materia de herederos, incluido los procedimientos del Código Civil y pedir que se difunda y que se hagan cam­pañas. Pero si se incluyeran los procedimientos en un acta de defunción, tendríamos que incluir todo el Libro de Sucesiones del Código Civil para que la persona esté informada. No se pueden incluir en un acta de defunción los procedimientos. Eso está en las leyes publicadas en El Peruano.

Creo que el proyecto es bueno en el sentido de que el espíritu no está concentrado en el hecho de que haya una entidad del Estado que centralice toda la información, sino en que los ciudadanos tengan acceso al procedimiento que se necesita para el tema heredero.

Propongo que en un cuarto intermedio se modifi­que el objeto del artículo primero para establecer un proceso de difusión de todos los mecanismos que se necesitan para los reclamos de los here­deros; ahí podríamos encontrar una solución.

Gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Valle.

El señor VALLE RAMÍREZ (PP).— En el artículo primero del proyecto, que trata del objeto

de la norma, no se dice que vamos a aprovechar el acta de defunción para explicar el procedimiento, sino que vamos a utilizar los espacios en el certifi­cado del acta de defunción para decir que existen marcos legales que les facilitan a los herederos el acceso a la información; por ejemplo, mencionar la última norma sobre los herederos informados, así como la legislación sobre los SOAT. Se trata de una publicación de lo que ya se ha legislado en favor del heredero. Ese es el objeto de la norma. No estamos cambiando el certificado de defunción con un expediente de procedimientos para saber cuánto pueda haber tenido el fallecido.

Es importante tomar en cuenta las precisiones del congresista Fernando Andrade en el artículo 2. Les recuerdo que el proyecto ha recibido opiniones favorables del Reniec, de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, del Indecopi y del INEI.

Me pide una interrupción el congresista Delgado.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Continúe, congresista Valle, usted ya dio las dos interrupciones del caso.

El señor VALLE RAMÍREZ (PP).— La intención de este pro­yecto de ley ha sido discutido en la comisión. El objetivo es aprovechar el acta de defunción en el que se publicarán las leyes que se han dado para que el heredero las tenga a la

vista y pueda realizar los procedimientos que me­jor le convenga. Hasta ese objetivo llega esta ley.

Con las opiniones favorables de los diferentes sectores involucrados, pido que se proceda a la votación.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene la palabra la congresista Chávez.

La señora CHÁVEZ COSSÍO DE OCAMPO (GPFP).— Lamento que el señor presidente de la co­misión dictaminadora no nos dé razones adecuadas. No es cierto que solo se vaya a poner la información marco en la copia certificada, porque

en el dictamen y en este texto sustitutorio, en el que solamente se cambia una línea, sigue dicién­dose que toda la información —que es además incompleta— se consignará en la copia certificada del acta de defunción. Por otro lado, se nos dice que hay informes favorables de los ministerios, del Indecopi, incluso del Reniec. Al respecto,

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debo decir que no existe informe del Reniec, por lo menos no está consignado en el dictamen. Por lo tanto, planteo, como cuestión previa, que el proyecto regrese a la comisión para que se hagan las correcciones necesarias.

Gracias.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene la palabra el congresista Delgado.

El señor DELGADO ZEGARRA (NGP).— Presidente, insistimos, este proyecto busca garantizar la información y el sentido de opor­tunidad. Es verdad que existe la legislación, que se publica en los diarios, que se debate en los foros,

etcétera. Pero cuando la gente está en una situa­ción específica no tiene la información. En ese sentido, el acta de defunción es un instrumento apropiado para darle información precisa en el momento que la necesita la gente.

Por otro lado, no es que vaya a aparecer toda esta información. El propio dictamen habla de información resumida, de acuerdo con lo que va a determinar la SBS en el plazo de sesenta días.

Yo acabo de consultar con la secretaría técnica de la comisión respecto de si tendrían alguna fórmula y me han alcanzado una que está siendo consen­suada, entiendo, con la SBS; es una información supersencilla. Diría: “Si la persona fallecida contaba con seguros, indemnización asociada al SOAT, depósitos o pasivos en las empresas del sistema financiero o en la AFP a las que pertene­cía, puede consultar a la SBS y AFP en la página tal o al teléfono tal llamando gratuitamente”. Esta persona dirá: “Ha fallecido este titular, iré a consultar para ver qué hay”. Entonces, en ese momento le dirán a esa persona: “Efectivamen­te, usted tiene el derecho de consultar. Si usted acredita que es heredera, entonces podrá acudir a la SBS con toda la información y, acreditando su titularidad, le darán la información”. Ese es el sentido de oportunidad de la información.

Por supuesto que existen las normas, existe el SOAT y la ley dice que las víctimas tienen dere­cho a una indemnización; sin embargo, hay una enorme cantidad de dinero que no la reclama la gente. No la reclama porque justo cuando sucedió el hecho no tenía la información. Es la información en un par de líneas contenida en la partida de defunción para advertir a la gente que tiene tal o cual derecho. En la copia de la partida

no va a aparecer el registro de depósitos ni nada por el estilo. No vamos a convertir al Reniec en un registro.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Se va a consultar la cuestión previa planteada por la congresista Chávez Cossío de retorno del proyecto a la comi­sión dictaminadora.

Pido a los congresistas que se sirvan registrar su asistencia para proceder a la votación.

—Los señores congresistas registran su asistencia mediante el sistema digital para verificar el quórum.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Han registrado su asistencia 87 señores congresistas.

Al voto la cuestión previa de retorno del proyecto a comisión.

—Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital.

—Efectuada la votación, se rechaza la cues-tión previa por 53 votos en contra, 32 a favor y una abstención.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Ha sido rechazada la cuestión previa.

Se deja constancia de los votos a favor de los congresistas Rosas Huaranga y Pérez del Solar Cuculiza y el voto en contra del congresista Les­cano Ancieta, lo que da un total de 34 votos a favor, 54 en contra y una abstención.

“Votación de la cuestión previa de la con­gresista Chávez Cossío

Señores congresistas que votaron en con­tra: Acuña Núñez, Andrade Carmona, Anicama Ñañez, Apaza Condori, Apaza Ordóñez, Bedoya de Vivanco, Beingolea Delgado, Canches Guzmán, Cárdenas Cerrón, Carrillo Cavero, Castagnino Lema, Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Cusi, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Delgado Zegarra, Eguren Neuenschwander, Espinoza Cruz, Espinoza Rosales, Gamarra Saldívar, Huaire Chuquichaico, Huayama Neira, Iberico Núñez, Inga Vásquez, Isla Rojas, Lay Sun, León Rivera, Lewis Del Alcázar, Llatas Altamirano, Mavila León, Mendoza Frisch, Merino De Lama, Monte­

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rola Abregú, Mora Zevallos, Nayap Kinin, Oseda Soto, Pari Choquecota, Reynaga Soto, Rimarachín Cabrera, Rivas Teixeira, Romero Rodríguez, Saa­vedra Vela, Simon Munaro, Solórzano Flores, Tejada Galindo, Urquizo Maggia, Valle Ramírez, Yovera Flores y Zerillo Bazalar.

Señores congresistas que votaron a favor: Acuña Peralta, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Becerril Rodríguez, Belaunde Moreyra, Benítez Rivas, Bruce Montes de Oca, Capuñay Quispe, Ccama Layme, Chávez Cossío, Díaz Dios, Elías Ávalos, Grandez Saldaña, Kobashigawa Kobashigawa, León Romero, López Córdova, Medina Ortiz, Mulder Bedoya, Núñez de Acuña, Pariona Galindo, Ramírez Gamarra, Reátegui Flores, Rondón Fudinaga, Salazar Miranda, Sal­gado Rubianes, Sarmiento Betancourt, Schaefer Cuculiza, Tapia Bernal, Tubino Arias Schreiber, Valqui Matos, Velásquez Quesquén y Zeballos Salinas.

Señora congresista que se abstuvo: Cuculiza Torre.”

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Con la misma asisten­cia, se pone al voto el nuevo texto sustitutorio presentado por el presidente de la Comisión de Economía y que ha sido distribuido a la Repre­sentación Nacional.

—Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital.

—Efectuada la consulta, se aprueba, en primera votación, por 78 votos a favor, dos en contra y tres abstenciones, el texto sus-titutorio del proyecto de Ley que facilita el acceso a información financiera, previsional y de seguros en beneficio de los herederos.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Ha sido aprobado en primera votación el Proyecto de Ley 2927.

Se deja constancia del voto a favor de los con­gresistas Rosas Huaranga, Hurtado Zamudio, Pérez del Solar Cuculiza, Molina Martínez, Guevara Amasifuen y Lescano Ancieta, lo que da un total de 84 votos a favor, dos en contra y tres abstenciones.

—El texto aprobado es el siguiente:

“EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE FACILITA EL ACCESO A INFOR­MACIÓN FINANCIERA, PREVISIONAL Y DE SEGUROS EN BENEFICIO DE LOS

HEREDEROS

Artículo 1. Objeto de la Ley

La presente Ley tiene por objeto establecer un mecanismo efectivo que permita a los ciudadanos tomar conocimiento de la existencia de procedi­mientos relacionados con el acceso a información financiera, previsional y de seguros de personas fallecidas; con la finalidad de que puedan obtener información sobre los derechos y deberes heredi­tarios que les correspondan.

Artículo 2. Información en las copias certi­ficadas del acta de defunción

Las copias certificadas de las actas o partidas de defunción que se emitan en las oficinas del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec), o de quien cumpla funciones registrales delegadas por dicha institución, incluyen, además de la información inherente a su naturaleza, información resumida y referencial para que los herederos tomen conocimiento de que existen los procedimientos y el marco legal de lo siguiente:

a) Registro Nacional de Información de Contratos de Seguros de Vida y de Accidentes Personales con Cobertura de Fallecimiento o de Muerte Accidental.

b) Reporte de información de afiliado y/o infor­mación sobre pensionistas en el Sistema Privado de Pensiones, a través de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

c) Procedimiento de atención de solicitudes de información sobre los depósitos u otros productos pasivos del causante a través de la Superintenden­cia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

d) Procedimiento de atención de solicitudes de información del reporte crediticio de usuarios a través de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.

e) Información sobre el tiempo máximo que pue­de permanecer inmovilizado un depósito u otros productos pasivos en una empresa del sistema financiero hasta ser transferidos al Fondo de Seguro de Depósitos.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

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ÚNICA. Normas reglamentarias y comple men­tarias

La Superintendencia de Banca, Seguros y Admi­nistradoras Privadas de Fondos de Pensiones y el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil, coordinan la información que se consignará en la copia certificada del acta de defunción y emiten dentro de un plazo de sesenta (60) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publica­ción de la presente Ley, las normas que resultan necesarias para su aplicación.

Comuníquese, etc.”

“Primera votación del nuevo texto susti­tutorio del Proyecto 2927

Señores congresistas que votaron a favor: Acuña Núñez, Acuña Peralta, Aguinaga Recuenco, Alcorta Suero, Andrade Carmona, Anicama Ñañez, Apaza Condori, Apaza Ordóñez, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Beingolea Delgado, Belaunde Moreyra, Benítez Rivas, Canches Guzmán, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Carrillo Cavero, Cas­tagnino Lema, Ccama Layme, Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Cusi, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Cuculiza Torre, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Delgado Zegarra, Eguren Neuenschwander, Elías Ávalos, Espinoza Cruz, Espinoza Rosales, Gamarra Saldívar, Grandez Saldaña, Huaire Chuquichaico, Huayama Neira, Iberico Núñez, Inga Vásquez, Kobashigawa Koba­shigawa, Lay Sun, León Rivera, Lewis Del Alcázar, Llatas Altamirano, López Córdova, Mavila León, Medina Ortiz, Mendoza Frisch, Merino De Lama, Monterola Abregú, Mora Zevallos, Nayap Kinin, Núñez de Acuña, Oseda Soto, Pari Choquecota, Pariona Galindo, Ramírez Gamarra, Reátegui Flores, Reynaga Soto, Rimarachín Cabrera, Rivas Teixeira, Romero Rodríguez, Rondón Fudinaga, Saavedra Vela, Salazar Miranda, Salgado Rubianes, Sarmiento Betancourt, Schaefer Cuculiza, Simon Munaro, Solórzano Flores, Tapia Bernal, Tejada Galindo, Tubino Arias Schreiber, Urquizo Maggia, Valle Ramírez, Valqui Matos, Yovera Flores, Zeballos Salinas y Zerillo Bazalar.

Señores congresistas que votaron en contra: Chávez Cossío y Mulder Bedoya.

Señores congresistas que se abstuvieron: Bruce Montes de Oca, Díaz Dios y Velásquez Quesquén.”

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene la palabra el presidente de la comisión dictaminadora.

El señor VALLE RAMÍREZ (PP).— Presidente, solicito que consulte la exoneración de segunda votación.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Atendiendo a lo solici­tado por el presidente de la comisión, se pone al voto, con la misma asistencia, la exoneración de segunda votación.

—Los señores congresistas emiten su voto a través del sistema digital.

—Efectuada la votación, se acuerda, por 54 votos a favor, 26 en contra y tres abs-tenciones, exonerar de segunda votación el texto sustitutorio del proyecto de Ley que facilita el acceso a información financiera, previsional y de seguros en beneficio de los herederos.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Ha sido acordada la exoneración de segunda votación del Proyecto de Ley 2927.

Se deja constancia del voto a favor de los con­gresistas Lescano Ancieta, Guevara Amasifuen y Molina Martínez y del voto en contra de los congresistas Pérez del Solar Cuculiza, Rosas Huaranga y Hurtado Zamudio, lo que da un total de 57 votos a favor, 29 en contra y tres abstenciones.

“Votación de la exoneración de segunda votación del nuevo texto sustitutorio del

Proyecto 2927

Señores congresistas que votaron a fa­vor: Acuña Peralta, Andrade Carmona, Ani­cama Ñañez, Apaza Condori, Apaza Ordóñez, Belaunde Moreyra, Benítez Rivas, Canches Guzmán, Capuñay Quispe, Cárdenas Cerrón, Carrillo Cavero, Castagnino Lema, Coa Aguilar, Coari Mamani, Condori Cusi, Condori Jahuira, Crisólogo Espejo, Dammert Ego Aguirre, De la Torre Dueñas, Delgado Zegarra, Espinoza Cruz, Espinoza Rosales, Gamarra Saldívar, Huaire Chuquichaico, Huayama Neira, Inga Vásquez, Isla Rojas, Lay Sun, León Rivera, Lewis Del Al­cázar, Llatas Altamirano, Mavila León, Mendoza Frisch, Merino De Lama, Monterola Abregú, Mora Zevallos, Nayap Kinin, Núñez de Acuña, Oseda Soto, Pari Choquecota, Reynaga Soto, Rimarachín Cabrera, Rivas Teixeira, Romero

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10.a a SeSión (matinaL) 15-5-2014 - Diario de los Debates

Rodríguez, Rondón Fudinaga, Saavedra Vela, Simon Munaro, Solórzano Flores, Tejada Ga­lindo, Urquizo Maggia, Valle Ramírez, Yovera Flores, Zeballos Salinas y Zerillo Bazalar.

Señores congresistas que votaron en con­tra: Acuña Núñez, Aguinaga Recuenco, Becerril Rodríguez, Bedoya de Vivanco, Beingolea Del­gado, Ccama Layme, Chávez Cossío, Cuculiza Torre, Díaz Dios, Eguren Neuenschwander, Elías Ávalos, Grandez Saldaña, Iberico Núñez, Kobashigawa Kobashigawa, López Córdova, Medina Ortiz, Pariona Galindo, Ramírez Gama­rra, Reátegui Flores, Salazar Miranda, Salgado Rubianes, Sarmiento Betancourt, Schaefer Cu­culiza, Tapia Bernal, Tubino Arias Schreiber y Valqui Matos.

Señores congresistas que se abstuvieron: Bruce Montes de Oca, León Romero y Velásquez Quesquén.”

Se aprueba la moción de orden del día 10364, a la que se acumula la moción de orden del día 10302, por la que se otorga facultades de comisión investigadoras a la Comisión de Fiscalización y Contraloría, por un plazo de 90 días, para investigar los presuntos actos irregulares ocurridos en el

Gobierno Regional de Tumbes

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— El siguiente tema.

El RELATOR da lectura:

Moción de Orden del Día 10364

De los congresistas Zeballos Salinas, Aguina­ga Recuenco, Díaz Dios, Gagó Pérez, Lescano Ancieta, Mulder Bedoya, Saavedra Vela, Tapia Bernal y Anicama Ñañez, integrantes de la Co­misión de Fiscalización y Contraloría, mediante la cual proponen que el Congreso de la República otorgue facultades de comisión investigadora a la Comisión de Fiscalización y Contraloría, por un plazo de 90 días hábiles, para investigar los presuntos actos irregulares ocurridos en el Go­bierno Regional de Tumbes. Moción presentada el 7 de mayo de 2014. La Junta de Portavoces, con fecha 15 de mayo de 2014, acuerda la ampliación de la agenda.

El señor PRESIDENTE (Fredy Rolando Otárola Peñaranda).— Tiene la palabra el congresista Zeballos Salinas, presidente de la Comisión de Fiscalización y Contraloría, hasta por cinco minutos, para que fundamente su moción.

El señor ZEBALLOS SALINAS (SN).— Presidente, creo que valió la pena elevar la voz esta mañana para que este tema de fiscalización se ponga en la agenda, por la salud del país en esta hora crítica, respecto de las denuncias de irregularidades

y de ineficiencias que están girando en torno a los gobiernos regionales en general.

Quiero partir desde una perspectiva macro para luego llegar a la petición de facultades de comisión investigadora para investigar presuntos actos irregulares en el Gobierno Regional de Tumbes. Quiero abordar el tema conceptual e histórico de lo que son los gobiernos regionales.

En el lejano año 2001, se inicia un proceso his­tórico para el país: la descentralización. Fue interesante ese proceso hasta aproximadamente el 2006, en que se marchó a un ritmo acelera­do. No solamente se entregaron autonomías, competencias, funciones, sino que también se empoderaron niveles intermedios de gobierno. Hablo de los gobiernos regionales y, obviamente, de los gobiernos locales provinciales y distritales.

Sin embargo, fue un esfuerzo a mitad de camino. A renglón seguido, años 2007 y 2008, les llegan importantes recursos por canon y regalías: poder más recursos. Pero decía que nos quedamos a mitad camino, porque en el marco normativo, que debió culminar este proceso de descentralización, no se avanzó como hubiéramos querido. Esa falla la estamos evidenciando hoy. No se fortalecieron mecanismos de control ni mecanismos de fisca­lización.

Algún parlamentario decía con mucha ironía y con un grado sumo de verdad: “Es más fácil que el Parlamento convoque a un ministro que convocar a un presidente regional o a un alcal­de”. Obviamente porque los mecanismos y los instrumentos procesales de este Parlamento no permiten viabilizar este tipo de requerimientos.

Se pasó de un Consejo Nacional de Descentra­lización a una Secretaría Técnica, pero en lo sustantivo el proceso de descentralización quedó paralizado con la convocatoria de los llamados “referendos” para integrarnos vía las llamadas “macrorregiones” y ahí se agotó. Hoy en día estamos pasando a un escenario lamentable, por cierto, pero que, con mucha responsabilidad, tiene que asumirla el Parlamento. Empezamos con Án­cash, pasamos por Tumbes. Ayer, en la Comisión de Fiscalización y Contraloría, nos ha visitado un grupo importante de delegados de la sociedad civil,

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Resaltado