1contrato consultoria1

6
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORIA Conste por el presente documento, el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA, que suscriben de una parte, el señor Ing. Zoe Jesús Sánchez Valdez , identificado con RFC N° 07754589, domiciliado Ponciano Arriaga colonia la piragua Tuxtepec Oaxaca , a quien en adelante se denominará EL CONSULTOR REPRESENTANDO A DOMINIO COLECTIVO; y de la otra parte, la empresa Instituto Tecnológico de Tuxtepec , con RFC N° _563423233 señalando domicilio legal para estos efectos en Tuxtepec Oaxaca Méxic o, debidamente representada por el Ing. Felipe de Jesús Niño de la Cruz , identificado con DNI N°_45232342 a quien en adelante se denominará LA EMPRESA; en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA.- DEFINICIONES Los términos indicados en el presente contrato deberán interpretarse teniendo en cuenta las definiciones que a continuación se señalan: a. Servicios de Consultoría.- Son servicios profesionales de diversa índole tales como asesoría, dictámenes de expertos y servicios relacionados con alguna ciencia, arte u oficio que requiera la aplicación del intelecto humano. b. "LA EMPRESA”.- Es la entidad que requiere los servicios de consultoría y que llevará a cabo la contratación del consultor. c. “CONSULTOR", Ing. Zoe Jesús Sánchez Valdez.- Es la personal natural especializada en alguna ciencia, arte u oficio que ofrezca servicios de consultoría que requiera la aplicación del intelecto humano. El consultor individual no adquiere la condición de empleado de la empresa. Puede ser un experto nacional o internacional, dependiendo de si trabaja en su país de ciudadanía o residencia permanente o fuera de él. d. Contrato.- Es el convenio celebrado entre la entidad que requiere los servicios y el consultor. Incluye los

Transcript of 1contrato consultoria1

  • 1. CONTRATO DE PRESTACIN DE SERVICIOS DE CONSULTORIA Conste por el presente documento, el CONTRATO DE PRESTACIN DE SERVICIOS DE CONSULTORA, que suscriben de una parte, el seor Ing. Zoe Jess Snchez Valdez, identificado con RFC N 07754589, domiciliado Ponciano Arriaga colonia la piragua Tuxtepec Oaxaca, a quien en adelante se denominar EL CONSULTOR REPRESENTANDO A DOMINIO COLECTIVO; y de la otra parte, la empresa Instituto Tecnolgico de Tuxtepec, con RFC N _563423233 sealando domicilio legal para estos efectos en Tuxtepec Oaxaca Mxico, debidamente representada por el Ing. Felipe de Jess Nio de la Cruz, identificado con DNI N_45232342 a quien en adelante se denominar LA EMPRESA; en los trminos y condiciones siguientes: CLUSULA PRIMERA.- DEFINICIONES Los trminos indicados en el presente contrato debern interpretarse teniendo en cuenta las definiciones que a continuacin se sealan: a.Servicios de Consultora.- Son servicios profesionales de diversa ndole tales como asesora, dictmenes de expertos y servicios relacionados con alguna ciencia, arte u oficio que requiera la aplicacin del intelecto humano.b."LA EMPRESA.- Es la entidad que requiere los servicios de consultora y que llevar a cabo la contratacin del consultor.c.CONSULTOR", Ing. Zoe Jess Snchez Valdez.- Es la personal natural especializada en alguna ciencia, arte u oficio que ofrezca servicios de consultora que requiera la aplicacin del intelecto humano. El consultor individual no adquiere la condicin de empleado de la empresa. Puede ser un experto nacional o internacional, dependiendo de si trabaja en su pas de ciudadana o residencia permanente o fuera de l.d.Contrato.- Es el convenio celebrado entre la entidad que requiere los servicios y el consultor. Incluye los documentos pre contractual, todos sus anexos y apndices, as como todos los documentos incorporados en l por referencia.e.Precio del contrato.- Monto que se pagar al consultor por la prestacin de sus servicios.f.Honorarios.- Es el pago por la prestacin de los servicios realizados por el Consultor Individual.g.Remuneracin incluye los honorarios y los gastos incurridos por el Consultor Individual por la prestacin de sus serviciosh.Proyecto.- Se entender indistintamente como el Proyecto o Programa de que trate el Contrato.

2. i.Fuerza mayor o Caso Fortuito.- Es el imprevisto al que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, enfermedad, etc.j.Plazo.- Perodo en das calendario sucesivos, incluyendo sbados, domingos y feriados.k.Trmino.- Perodo en das hbiles sucesivos, sin incluir sbados, domingos y feriados.CLUSULA SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO LA EMPRESA contrata a EL CONSULTOR principalmente para que se cumplan los reglamentos ya preestablecidos y si no es as, se harn correctivos para que se cumplan. LA EMPRESA, as como tambin para que realice las actividades indicadas en los Trminos de Referencia, que forman parte del presente Contrato en calidad de Anexo N 01. CLUSULA TERCERA.- VALOR DEL CONTRATO Y MONEDA DE PAGO En virtud del presente Contrato, LA EMPRESA pagar a EL CONSULTOR por los servicios que le preste, esto es, por el diseo e implementacin de la Pgina Web, la suma de $ 12000 P/M, que sern pagados de acuerdo al siguiente cronograma: a. b.( $5000 M/N) a la firma del presente Contrato. $7000, a la entrega del trabajoCLUSULA CUARTA.- DURACIN DEL CONTRATO El presente Contrato tendr una duracin de 30 das hbiles, contados a partir del 21 noviembre del 2013, plazo dentro del cual tanto EL CONSULTOR como LA EMPRESA debern cumplir sus obligaciones. Las partes acuerdan que el presente Contrato podr ser prorrogado por el plazo que ambas estimen pertinentes, siempre que medie comn acuerdo entre ellas. La ampliacin del plazo no implicar modificacin alguna respecto del valor del contrato. CLUSULA QUINTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES 5.1. De LA EMPRESA Pagar a EL CONSULTOR, el monto acordado por la prestacin de sus servicios profesionales, esto es, $ 12000 P/M ( doce mil pesos ), Prestar a EL CONSULTOR las facilidades del caso a efectos pueda cumplir con sus obligaciones. 3. 5.2. De EL CONSULTOR Desempear su trabajo en forma coordinada con LA EMPRESA, va Internet (Messenger) o va telefnica, si el caso as lo requiriera. Cumplir con el diseo e implementacin de la Pgina Web dentro del plazo previsto en el presente Contrato. Informes de avance de la consultora, as como la subida de una direccin de prueba para que LA EMPRESA pueda monitorear el trabajo diario.CLUSULA SEXTA.DOCUMENTOSPROPIEDADYCONFIDENCIALIDADDELOSTodos los informes y documentos que resultaran como producto de los servicios prestados por EL CONSULTOR sern de propiedad exclusiva de LA EMPRESA. CLUSULA STIMA.- AUSENCIA DE INCOMPATIBILIDADES Las partes declaran que no existe condicin o circunstancia alguna que sea incompatible con la celebracin del presente Contrato. CLUSULA OCTAVA.- MODIFICACIN DEL CONTRATO Las partes acuerdan que el presente Contrato podr ser modificado, siempre que medio acuerdo de ambas partes. Las modificaciones constarn en Anexos que se incorporarn como parte integrante del Contrato. CLUSULA NOVENA.- SOLUCIN DE CONTROVERSIAS LA EMPRESA y EL CONSULTOR acuerdan que cualquier controversia que surja respecto del presente Contrato o en relacin con l ser resuelta en forma amistosa y de buena fe mediante negociaciones directas e informales, agotando a tales efectos todas las instancias. De ser el caso que, producida la controversia, iniciadas las negociaciones y transcurridos 10 (diez) das sin que las partes hayan llegado a acuerdo alguno, la controversia ser sometida a arbitraje, a cuyos efectos sern de aplicacin las disposiciones contenidas en la Ley General de Arbitraje. Ambas partes se comprometen a respetar el contenido del Laudo Arbitral, cuya ejecucin tiene el efecto de sentencia ejecutoriada. Las partes libre y voluntariamente declaran renunciar a la jurisdiccin ordinaria. CLUSULA DCIMA.- CESIN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATOS El presente Contrato es intransferible, no pudiendo cederse a terceros total o parcialmente. 4. EL CONSULTOR, previa autorizacin de LA EMPRESA, podr subcontratar con terceros la realizacin de actividades de apoyo, no asumiendo LA EMPRESA responsabilidad ni obligacin alguna con los subcontratados. CLUSULA UNDCIMA- NOTIFICACIONES Cualquier aviso o notificacin que las partes deban dirigirse en virtud del presente Contrato, se efectuar por escrito, en cuyo caso debern entregarse en el domicilio indicado en la parte introductoria de este Contrato; o, mediante comunicacin va email, que debern dirigirse a las siguientes direcciones: De LA EMPRESA.- Instituto Tecnolgico de Tuxtepec. De EL CONSULTOR.- Ing. Zoe Jess Snchez Valdez E-Mail: [email protected]. Cualquier cambio de direccin deber ser notificado por escrito a la otra parte, a fin que surta sus efectos legales, caso contrario sern vlidos los avisos o notificaciones efectuados a las direcciones antes indicadas. CLUSULA DCIMO SEGUNDA.- ACEPTACIN Las partes declaran aceptar el contenido de todas y cada una de las Clusulas del presente Contrato, comprometindose a cumplirlas en toda su extensin, en fe de lo cual y para los fines legales correspondientes, lo suscriben en cuatro ejemplares del mismo tenor y efecto, en la ciudad de Tuxtepec Oaxaca, Mxico a los 11 das del mes de Diciembre del 2013.... Instituto tecnolgico... Ing. Zoe Jess Snchez ValdezNo incluye Impuestos. Tiempo de entrega del proyecto 60 das hbiles a la firma del contrato. Zoe Jesus Sanchez Valdez [email protected] Telef. 2871245617 Ponciano Arriaga, la piragua n_ 52 Tuxtepec Oaxaca, Mexico.