3 Bioetica Autonomia y Beneficiencia

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LEMIS INELDO DUEÑAS ROSQUETE SARAY SUAREZ BORDÓN JOEL JESUS ARTILES IVONNET JESUS SANTIAGO VERA RODRIGUEZ ESTER FORCANO QUELALT ONELIO CONCEPCIÓN CRESPO. AUTONOMÍA Y BENEFICIENCIA

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LEMIS INELDO DUEÑAS ROSQUETESARAY SUAREZ BORDÓNJOEL JESUS ARTILES IVONNETJESUS SANTIAGO VERA RODRIGUEZESTER FORCANO QUELALTONELIO CONCEPCIÓN CRESPO.

AUTONOMÍA Y

BENEFICIENCIA

CASO CLÍNICO

MC: cojera por úlcera en el pie derecho.

AP: Paciente de 51 años. Fumador 1 cajetilla diaria. NAMC.

DMNID de larga evolución en tto con Metformina con mal control metabólico ( no toma tto pautado, no controles de glucemia,étc ).

Ezquizofrenia en tto con Olanzapina con Oligofrenia no morbosa e incapacitado por Psiquiatría.

SU MADRE TUTORA LEGAL

Al examen físico de observa área de necrosis dorso del pie derecho con pérdida de sustancia y necrosis del tercio distal del 3er, 4to y 5to dedos ingresado en UEI el 18/02/2015.

En tto con antibioticoterapia de amplio espectro y valoración por COT que realiza limpieza quirúrgica el 19/02.

El paciente evoluciona de forma desfavorable por lo que recomiendan AMPUTACIÓN DE LA EXTREMIDAD A NIVEL INFRACONDILEO

El paciente alega que NO quiere ser intervenido quirúrgicamente.

La familia aporta documentación de minusvalía mental en paciente con esquizofrenia por brotes evolucionada y sintomatología residual.

Se solicita nueva IC a Psiquiatría que dictamina que efectivamente el paciente NO es capaz de tomar una decisión adecuada por incapacidad manifiesta de entender la gravedad de lo que le sucede.

Cuestiones éticas.....

Insuficiente cuidado por parte de la tutora responsable?

Claudicación familiar?

Mal control del equipo de salud del área?

Rechazo del tto médico por parte del paciente.

Violación del derecho del paciente a decidir tto médico.

Incapacidad del paciente para entender su situación.

Situación de minusvalía mental del paciente.

Actitud paternalista del personal sanitario del Hospital?

Principios de Bioética

Beneficiencia.

No Maleficiencia.

Autonomía.

Justicia.

Autonomía:El principio de autonomía se expresa como respeto a la

capacidad de decisión de los pacientes, y propone tener en cuenta sus preferencias en aquellas cuestiones de salud relativas a su persona

LEGISLACIÓN

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Art. 43 Se reconoce el derecho a la protección de la salud. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y

de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.

Los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte. Asimismo facilitarán la adecuada utilización del ocio.

LEY NACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PACIENTES Art. 41/ 2002.

LEY GENERAL DE SANIDAD 14/1986 Art. 10.

Pero....¿cúando decimos que somos entes autónomos?....

1. Capacidad de comprender la información relevante.

2. Capacidad para comprender las consecuencias de cada Decisión.

3. Capacidad para elaborar razonamientos a partir de la información que se le transmite y de su escala de valores.

4. Capacidad para comunicar la decisión que haya tomado.

…...y la ausencia de coacción: uso de la fuerza que se impone a una persona para obligarla a decir o a hacer algo contra su voluntad

BENEFICIENCIA.....

Obligación de actuar en beneficio de otros, promoviendo sus legítimos intereses y suprimiendo prejuicios. En medicina, promueve el mejor interés del paciente pero sin tener en cuenta la opinión de éste.

CURSOS DE ACCIÓN POSIBLES...

No realizar ninguna acción sanitaria.

Realizar cura local y antibioticoterapia oral

Realizar curetaje en quirófano del antepie y antibioticoterapia parenteral.

Injertos de piel y terapia VAC® y antiobioticos parenteral.

Realizar amputación infracondílea del MID con la autorización del tutor legal.

Realizar amputación infracondílea del MID sin autorización del paciente ni de la persona que lo representa “ por el bienestar del paciente”

Curso de acción óptimo

Realizar amputación infracondílea del MID con la autorización del tutor legal.

Decisión final.... El personal sanitario concluye que el paciente no tiene la

capacidad para tomar la decisión y debe prevalecer la opinión médica que también apoya su tutor legal, realizándose la

amputación infracondílea y evitando que se extienda el área de necrosis y/o la aparición de bacteriemia y shock séptico.

Comprobamos la consistencia de la opción tomada.....

1. ¿Es legal?.....

2. ¿Es la decisión defendible públicamente?......

3. ¿Consistencia temporal: tomaríamos la misma decisión pasado un tiempo prudencial?.....