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EMPRESA PÚBLICA ESTRATÉGICA CORPORACIÓN ELÉCTRICA DEL ECUADOR CELEC EP CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA CPC-CELEC EP-ENJ-001-12 “SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA FISCALIZACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LÍNEA DE TRANSMISIÓN, INGENIERÍA DE DETALLE, FABRICACIÓN, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO, Y PUESTA EN SERVICIO DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA MINAS - SAN FRANCISCO” Cuenca, julio de 2012 i

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EMPRESA PÚBLICA ESTRATÉGICACORPORACIÓN ELÉCTRICA DEL ECUADOR CELEC EP

CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

“SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA FISCALIZACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LÍNEA DE TRANSMISIÓN, INGENIERÍA DE DETALLE,

FABRICACIÓN, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO, Y PUESTA EN SERVICIO DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA MINAS - SAN

FRANCISCO”

Cuenca, julio de 2012

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CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍACONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA PARA LA FISCALIZACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LÍNEA DE

TRANSMISIÓN; INGENIERÍA DE DETALLE, FABRICACIÓN, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO, Y PUESTA EN SERVICIO DE LA CENTRAL

HIDROELÉCTRICA MINAS-SAN FRANCISCO

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

CONTENIDO

SECCIÓN I ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.CONVOCATORIA ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.

SECCIÓN II 4OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 42.1. OBJETO DEL CONTRATO 4

SECCIÓN III 5CONDICIONES GENERALES 53.1 COMISIÓN TÉCNICA 53.2 INHABILIDADES 53.3 MODELOS OBLIGATORIOS DE PLIEGOS 53.4 OBLIGACIONES DEL OFERENTE 53.5 PREGUNTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES 53.6 IDIOMA Y AUTENTICIDAD DE LOS DOCUMENTOS 63.7 PROCESO DE EVALUACIÓN, NEGOCIACIÓN Y ADJUDICACIÓN 6

3.7.1 Etapa de Evaluación Técnica 63.7.2 Etapa de Evaluación Técnica 63.7.3 Etapa de Evaluación Económica 73.7.4. Negociación y Adjudicación 8

3.8. CRITERIOS DE EVALUACIÓN 83.9. CAUSAS DE RECHAZO DE OFERTAS 93.10 GARANTÍAS 9

3.10.1 De Fiel Cumplimiento del Contrato 93.10.2 De Buen Uso del Anticipo 93.10.3 Forma y Devolución de las garantías 9

3.11 CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTO 103.12 DECLARATORIA DE PROCEDIMIENTO DESIERTO 103.13 ADJUDICATARIO FALLIDO 103.14 PROYECTO DE CONTRATO 103.15 MONEDA DE COTIZACIÓN Y PAGO 113.16 RECLAMOS 113.17 ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO DE FISCALIZACIÓN 113.18 AUTOINVITACIÓN 113.19 CONVALIDACIÓN DE ERRORES DE FORMA 12

SECCIÓN IV 13CONDICIONES ESPECÍFICAS 134.1 PARTICIPANTES 134.2 CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL CONCURSO PÚBLICO 134.3 VIGENCIA DE LA OFERTA 144.4 PRECIO DE LA OFERTA Y FORMA DE PAGO 144.4.1 Forma de Pago en contratos de fiscalización de obras 154.4.2 Anticipo 154.4.3 Pago del Valor del Contrato 15

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4.5 AMPLIACIÓN DE PLAZOS PARA ENTREGA DE OFERTAS 164.6 SUSPENSIÓN O RETRASO DE LOS TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓN 164.7 INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA OFERTA 16

4.7.1 Requisitos Mínimos 154.7.2 Requisitos Formales 15

4.8 CONTENIDO DE LAS OFERTAS 174.8.1 Contenido del Sobre Nº 1: OFERTA TÉCNICA 174.8.2 Contenido del Sobre Nº 2: OFERTA ECONÓMICA 184.8.3 Coeficiente de Ponderación 19

4.9 TÉRMINOS DE REFERENCIA 194.9.1 Descripción de las Obras a Fiscalizarse 194.9.2 Objetivos de la Fiscalización 214.9.3 Alcance de los Trabajos 234.9.4 Informes 394.9.5. Aspectos Generales de la Metodología de Trabajo 414.9.6 Marco Legal 414.9.7 Terminología Empleada 414.9.8 Presupuesto Referencial y Plazo 454.9.9 Personal Técnico Principal Clave 45

4.10 EJECUCIÓN DEL CONTRATO 464.10.1 Cumplimiento de especificaciones, disposiciones, datos técnicos garantizados

464.10.2 Materiales, Instalaciones, Suministros 464.10.3 Trabajos defectuosos o no autorizados 474.10.4 Facturación y reajuste 474.10.5 Horario de trabajo de la Fiscalización 48

SECCIÓN V 49PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 495.1 ANÁLISIS PRELIMINAR DEL CONTENIDO DEL SOBRE No. 1 49

5.1.1 Verificación del contenido de los sobres 495.1.2 Requisitos mínimos 49

5.1.2.1 Capacidad Legal del participante 495.1.2.2 Capacidad Financiera del participante 49

5.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA 495.3 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA 605.4 EVALUACIÓN FINAL 605.5 INFORME DE COMISION TECNICA 615.6 OFERTA ÚNICA 61

SECCIÓN VI 62PROYECTO DE CONTRATO 62

SECCIÓN VII 89MODELOS DE FORMULARIOS 89FORMULARIO Nº 1 90CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISOFORMULARIO Nº 2-A 92IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTEFORMULARIO Nº 2-B 93IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE (CONSORCIO O ASOCIACIÓN)FORMULARIO Nº 3-A 94EXPERIENCIA GENERAL DEL OFERENTEFORMULARIO Nº 3-B 95EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTEFORMULARIO Nº 4-A 97CERTIFICACIÓN TIPO SOBRE LA EXPERIENCIA DEL CONSULTOR

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(PARA TRABAJOS EJECUTADOS)FORMULARIO Nº 4-B 98CERTIFICACIÓN TIPO SOBRE LA EXPERIENCIA DEL CONSULTOR(PARA TRABAJOS EN EJECUCIÓN)FORMULARIO Nº 5 99LISTA DEL PERSONAL ASIGNADO AL PROYECTOFORMULARIO Nº 6 100HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO(CLAVE Y PRINCIPAL)FORMULARIO Nº 7 102CARTA DE COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADO A LA FISCALIZACIÓN DEL PROYECTO (PERSONAL PRINCIPAL Y CLAVE) _Toc320114651FORMULARIO Nº 8 103PLAN DE TRABAJO ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA DE TRABAJO Y SISTEMA DE CONTROL DE CALIDADFORMULARIO Nº 9 103RECURSOS, INSTRUMENTOS Y EQUIPOSFORMULARIO Nº 10 103OFERTA ECONÓMICAFORMULARIO Nº 10 - A 103MODELO DE DETALLE DE LA OFERTA ECONÓMICAFORMULARIO Nº 10 - A-1 103SUELDOS DEL PERSONAL TÉCNICOFORMULARIO Nº 10 - A-2 109SUELDOS DEL PERSONAL AUXILIAR Y ADMINISTRATIVOFORMULARIO Nº 10 – A-3 110BENEFICIOS SOCIALES DEL PERSONAL PRINCIPALFORMULARIO Nº 10 – A-4 111BENEFICIOS SOCIALES DEL PERSONAL AUXILIAR Y ADMINISTRATIVOFORMULARIO Nº 10 – A-5 112GASTOS GENERALES O INDIRECTOSFORMULARIO Nº 10 – A-6 113UTILIDAD EMPRESARIALFORMULARIO Nº 10 - B 114MODELO DE DETALLE DE LOS COSTOS DIRECTOS MISCELÁNEOSFORMULARIO Nº 11 117PRESENTACIÓN Y COSTO DE LA PROPUESTAFORMULARIO. N° 12 118ÍNDICES FINANCIEROSFORMULARIO. N° 13 119FORMULARIO PARA IDENTIFICACIÓN DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S)O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE

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CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

SECCIÓN I

CONVOCATORIA

De acuerdo con los Pliegos del Concurso Público de Consultoría aprobados por la Gerencia General de la Empresa Pública Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador CELEC EP, mediante Resolución No. CELEC EP-GG-ENJ-224-12 de 2 de julio de 2012,se convoca a firmas consultoras nacionales o asociaciones de éstas, o a firmas consultoras extranjeras asociadas obligatoriamente con firmas consultoras ecuatorianas, con una participación mínima nacional del 20%, a presentar sus ofertas técnicas y económicas para la “PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA FISCALIZACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LÍNEA DE TRANSMISIÓN; INGENIERÍA DE DETALLE, FABRICACIÓN, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO Y PUESTA EN SERVICIO DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA MINAS-SAN FRANCISCO”.

Las características principales del Proyecto Hidroeléctrico Minas – San Francisco cuya construcción será fiscalizada, se incluyen en los Términos de Referencia que forman parte de estos Pliegos.

El Presupuesto Referencial es de USD $29’067.736,85 (VEINTE Y NUEVE MILLONES SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS 85/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).

El objeto de esta Convocatoria deberá ejecutarse en un plazo aproximado de cincuenta (50) meses contados a partir de la fecha de suscripción del contrato correspondiente, y estará directamente relacionado con el plazo de construcción del Proyecto Hidroeléctrico Minas – San Francisco, hasta cuando se realice la Recepción Definitiva del Proyecto inclusive; y, el plazo otorgado a la Consultora para que presente su Informe Final Provisional.

Las condiciones generales de esta convocatoria son las siguientes:

5.2.1.1 Los pagos de los servicios de consultoría se realizarán con fondos propios provenientes del presupuesto de la entidad contratante, con cargo a la Partida Presupuestaria No. 1.3.2.01.03.01 “Consultorías (I/OC) COD. 428 Fiscalización”, conforme constaMemorando No. CELEC EP-ENJ-JF-0679-2012 de 18 de junio de 2012, emitido por la Jefatura Financiera de la Unidad de Negocio CELEC EP - ENERJUBONES.

5.2.1.2 Se otorgará un anticipo del TREINTA POR CIENTO (30%) del valor del contrato.

5.2.1.3 El valor restante del contrato será pagado en proporción directa con el avance de la obra que se fiscaliza, mediante planillas mensuales debidamente aprobadas por CELEC EP, equivalentes a un porcentaje del monto de cada planilla de ejecución de obra. Este porcentaje será establecido dividiendo el monto del Contrato de Fiscalización para el monto del Contrato de Obra, en aplicación de la Resolución INCOP No. 056-2012 de 8 de febrero de 2012; de la siguiente manera:

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% pago=Valor contratado parala FiscalizaciónValor contratado paralaConstrucción

El valor contratado para la “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LÍNEA DE TRANSMISIÓN, DISEÑO DE INGENIERÍA DE DETALLE, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO, Y PUESTA EN SERVICIO DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO MINAS - SAN FRANCISCO”, es de $474’616.000,00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), más el valor causado por concepto de IVA.

5.2.1.4 A partir de la presente fecha, los Pliegos se encuentran disponibles sin ningún costo, en el portal www.compraspublicas.gob.ec, de conformidad con lo previsto en el tercer inciso del artículo 31 de la LOSNCP. Los anexos que forman parte integrante de los Pliegos podrán ser retirados de las oficinas de CELEC EP, previa la firma de un compromiso de confidencialidad firmado por el representante legal del oferente.

5.2.1.5 El oferente adjudicatario, de conformidad con las disposiciones del inciso

cuarto del artículo 31 de la LOSNCP, deberá cancelar a favor de la Entidad Contratante por concepto de costos de levantamiento de textos, reproducción y edición de los Pliegos, el valor de USD $5.000,00 (CINCO MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), sin incluir IVA.

5.2.1.6 Los oferentes que participen individualmente o en asociación deberán estar habilitados como proveedores en el Registro Único de Proveedores, RUP, conforme lo dispone el artículo 18 de la LOSNCP.

5.2.1.7 Los interesados podrán realizar preguntas en el término de cinco (5) días contados a partir de la fecha de publicación de esta Convocatoria, y recibir respuestas y aclaraciones por parte de CELEC EP en el término de cuatro (4) días contados a partir de la fecha límite para realizar preguntas respecto al contenido de los Pliegos, a través del Portal.

5.2.1.8 Las ofertas se presentarán a través del portal www.compraspublicas.gob.ec, para lo cual se habilitarán dos opciones: i) Una para la entrega de los formularios 1 y 2 de la Oferta Técnica; y, ii) Otra para la entrega de la Oferta Económica. La presentación de las ofertas se realizará hasta las 14H00 del 9 de agosto de 2012.

Además, las Ofertas Técnica y Económica deberán ser entregadas simultáneamente, es decir, en las mismas fecha y hora señaladas en el párrafo anterior, de manera física y en dos sobres separados en las oficinas de la Unidad de Negocio CELEC EP - ENERJUBONES, ubicadas en la Panamericana Norte Km 7 1/2, sector Capulispamba, en la ciudad de Cuenca – Ecuador, en la Secretaría de la Comisión Técnica. El sobre de la Oferta Económica que se entregará físicamente, deberá contener la impresión de la pantalla que compruebe que tal Oferta Económica ha sido entregada a través del portal www.compraspublicas.gob.ec.

El Portal permitirá que la apertura y procesamiento de ambas ofertas se ejecuten en días distintos, con una diferencia entre ambos actos de hasta seis (6) días término: en el Sobre No. 1, la Oferta Técnica y en el Sobre No. 2 la Oferta Económica.

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La fecha y hora de apertura de las ofertas técnicas presentadas será a las 15H00 del 9 de agosto de 2012.

5.2.1.9 La evaluación de las propuestas se realizará aplicando los parámetros de calificación previstos en los Pliegos, conforme lo dispone el numeral 19 del artículo 6 de la LOSNCP, los artículos 38 al 40 del Reglamento General de la LOSNCP y Resolución INCOP No. 021-09 de 12 de mayo del 2009, emitida por el INCOP.

5.2.1.10 El oferente adjudicatario, antes de la suscripción del contrato respectivo, deberá presentar las garantías a que haya lugar en la forma y con las características previstas en los Pliegos.

5.2.1.11 El Gerente General de CELEC EP podrá cancelar el procedimiento en cualquier momento hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha prevista para la presentación de las ofertas, y también podrá declararlo desierto sin que en cualquiera de estos casos los oferentes participantes tengan derecho a reparación o indemnización alguna por este motivo.

Cuenca, a 5 de julio de 2012.

ING. EDUARDO BARREDO HEINERT

GERENTE GENERAL Empresa Pública Estratégica

CORPORACIÓN ELÉCTRICA DEL ECUADOR CELEC EP

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CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

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SECCIÓN II

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

2.1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓNEste proceso precontractual tiene por objeto la calificación, selección, negociación y adjudicación del contrato de prestación de Servicios de Consultoría para la Fiscalización de la “Construcción de Obras Civiles, Línea de Transmisión, Diseño de Ingeniería de Detalle, Suministro, Montaje y Pruebas del Equipamiento, y Puesta en Servicio del Proyecto Hidroeléctrico Minas - San Francisco”; así como, realizar el diseño e ingeniería de detalle de la obra civil que faltare, o que existiendo fuera necesario modificar o complementar, respecto de los diseños definitivos del Proyecto de que dispone CELEC EP y que se pone a consideración de los oferentes, y, la aprobación de los Planos de Taller preparados por la Contratista de Construcción del Proyecto.

La descripción del Proyecto Minas - San Francisco se presenta en los Términos de Refe-rencia que constan el numeral 4.9 de la Sección IV -Condiciones Específicas- de estos Pliegos.

Forman parte de estos Pliegos, los estudios del Proyecto Hidroeléctrico Minas - San Francisco, así como también el Contrato de Construcción y sus anexos que proporcionan toda la información necesaria para realizar la Oferta.

El procedimiento precontractual seleccionará la oferta más conveniente a los intereses de CELEC EP, que ofrezca las mejores condiciones en los aspectos técnicos, económicos y legales para la Fiscalización del Proyecto.

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CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

SECCIÓN III

CONDICIONES GENERALES

3.1 COMISIÓN TÉCNICADe conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 de la LOSNCP y 18 de su Reglamento General, el Gerente de la Unidad de Negocio CELEC EP – ENERJUBONES, mediante Resolución No. CPC-CT-CELEC EP-ENJ-01.12 de 5 de julio de 2012,designó a los miembros de la Comisión Técnica encargada del trámite del presente proceso.

Esta Comisión analizará las ofertas, incluso en el caso de haberse presentado una sola, considerando los parámetros de calificación establecidos en estos Pliegos, llevará adelante la negociación establecida en el Art. 40 del Reglamento a la LOSNCP, y recomendará a la Gerencia General de CELEC EP la adjudicación o la declaratoria de procedimiento desierto.

3.2 INHABILIDADESNo podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, ningún oferente que se encuentre incurso en las inhabilidades generales o especiales determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP; y, 110 y 111 del Reglamento General de la LOSNCP.

3.3 MODELOS OBLIGATORIOS DE PLIEGOSEl oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta utilizando los formularios establecidos en estos Pliegos.

3.4 OBLIGACIONES DEL OFERENTELos oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones en relación con su oferta.

3.5 PREGUNTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONESDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución INCOP No. 021-09 de 12 de mayo de 2009, los participantes podrán realizar preguntas sobre los Pliegos a través del portal www.compraspublicas.gob.ec; y, CELEC EP dentro de la fecha límite constante en el cronograma emitirá sus respuestas, las cuales también serán publicadas en el Portal.

La Comisión Técnica podrá en la etapa de preguntas y respuestas, emitir aclaraciones o modificaciones a los Pliegos, siempre y cuando éstas no cambien el presupuesto referencial, ni el objeto del proceso contemplado en los mismos.

Todas las aclaraciones se considerarán como alcance a los pliegos y recibidas por todos los participantes, una vez que han sido publicadas en el Portal.

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3.6 IDIOMA Y AUTENTICIDAD DE LOS DOCUMENTOSLa documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita en castellano. Los documentos no deberán contener textos entre líneas, enmendaduras o tachaduras; a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse por parte del oferente, rubricando al margen.

Los documentos que se presenten en la oferta serán en copias simples, sin notariar, consularizar o apostillar; y para el caso de documentos emitidos en un idioma diferente al castellano, se los presentará con traducción simple. La Comisión Técnica se reserva el derecho de exigir en cualquier momento del proceso, que el oferente presente el original de cualquier documento.

Sin embargo, se previene a los interesados, que el oferente que resultare adjudicatario, antes de la firma del contrato correspondiente deberá presentar los documentos incorporados en su oferta debidamente notariados, certificados por Autoridad Consular competente, y apostillados según corresponda; así como los documentos emitidos en idiomas diferentes al castellano, deberán ser presentados traducidos por peritos autorizados y debidamente legalizados por Autoridad Consular competente, o contar con la respectiva apostilla..

Si CELEC EP determina en cualquier momento, la existencia de información falsa o documentos adulterados, este hecho será causal de rechazo de la oferta, de que se deje sin efecto la adjudicación realizada o de que se dé por terminado en forma unilateral el contrato suscrito, sin perjuicio de las acciones legales que asistan a CELEC EP en contra del oferente, adjudicatario o contratista.

3.7 PROCESO DE EVALUACIÓN, NEGOCIACIÓN Y ADJUDICACIÓNLa propuesta será presentada en 2 sobres cuyo contenido corresponde: Sobre No. 1: Oferta Técnica; y, Sobre No. 2: Oferta Económica. En cada uno de los sobres se entregará la oferta en original y copia.

3.7.1. Apertura del Sobre No. 1En la fecha y hora señalada en la Convocatoria o en las prórrogas otorgadas por la Comisión Técnica, en acto público se abrirá el Sobre No. 1. Un miembro y el Secretario de la Comisión Técnica rubricarán todos y cada uno de los documentos presentados del ejemplar identificado como original, y se levantará la correspondiente acta.

3.7.1.1. Análisis preliminar del contenido del Sobre Nº 1La Comisión Técnica verificará que el Sobre No. 1 contenga todos los documentos solicitados, que no tengan tachaduras o enmiendas no salvadas y verificará la autenticidad de la información presentada.

3.7.2. Etapa de Evaluación TécnicaLa Comisión Técnica evaluará y calificará cada propuesta conforme a los criterios de evaluación, dentro de una escala que sumará cien (100) puntos.

La Comisión Técnica antes de la apertura del Sobre N° 2, notificará a través del portal www.compraspublicas.gob.ec los resultados finales de la evaluación del Sobre N°1, debidamente sustentados.

Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las Ofertas Técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de setenta (70) puntos de cien (100) en la evaluación técnica, excluyendo los diez (10) puntos del Margen de Preferencia. Las ofertas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa, y no accederán a la Evaluación de las Ofertas Económicas.

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En la evaluación de las ofertas técnicas se observarán las disposiciones constantes en la Resolución INCOP No. 056-2012, relativas al margen de preferencia de diez (10) puntos, a favor del oferente que acredite haber realizado el diseño o los estudios, o que haya integrado el equipo respectivo de la obra cuya ejecución se requiere fiscalizar, el cual establece lo siguiente:

Para el efecto de aplicar el margen de preferencia se observará lo siguiente:

1) Si el oferente es una persona natural o jurídica que demuestre haber sido la Contratista de los estudios de diseños e ingeniería definitivos del proyecto, y presenta el acta de entrega-recepción respectiva, se le otorgará el 100% del margen de preferencia (10 puntos);

2) Si el oferente es una personal natural o jurídica, que demuestre haber sido participe de una asociación o consorcio que fue la Contratista de los estudios de diseño e ingeniería definitivos, y que cuente con el acta de entrega-recepción y el contrato de constitución de la asociación o consorcio correspondientes, se le otorgará el margen de preferencia en consideración al porcentaje de su participación en la asociación o consorcio;

3) Si el oferente es un consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio, en el que uno de sus participes acreditare haber sido la Contratista de los estudios de diseño e ingeniería definitivos, y a la vez cuenta con el acta de entrega-recepción correspondiente, se le otorgará el margen de preferencia en consideración al porcentaje de intervención del participe que realizó los estudios de diseños e ingeniería definitivos en el consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio; y,

4) Si el oferente es un consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio. en el que uno o varios de sus participes acreditaren haber sido parte de una asociación o consorcio que fue la Contratista de los estudios de diseño e ingeniería definitivos, siempre y cuando se cuente con la respectiva acta de entrega-recepción y el contrato de constitución del correspondiente consorcio o asociación, se le otorgará el margen de preferencia en consideración al porcentaje ponderado de las participaciones del partícipe o participes, tanto respecto de la asociación o consorcio que contrató tales estudios de diseños e ingeniería definitivos, como respecto de su participación en el consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio en las que está interviniendo; y,

5) Si el oferente es una persona jurídica, consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio, que entre su personal técnico cuenta con la participación de una persona natural que demuestre haber sido la Contratista de los estudios de diseño e ingeniería definitivos – a través de la presentación de la correspondiente acta de entrega-recepción-, se le otorgará el 100% del margen de preferencia previsto (10 puntos), siempre y cuando el diseñador de los estudios ocupe el puesto de director del proyecto o director de fiscalización, dentro del equipo de trabajo de la persona jurídica, consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio oferente.

3.7.3 Etapa de Evaluación EconómicaDentro del término establecido en el artículo 39 del Reglamento General de la LOSNCP (hasta 10 días término de diferencia entre la apertura del Sobre No. 1 y el No. 2), la Comisión Técnica procederá a la apertura del Sobre N° 2, en los términos de los artículos 5, 6, 7, 8 y 9 de la Resolución INCOP No. 021-09 de 12 de mayo de 2009.

Para efecto de la evaluación de la oferta económica, el oferente subirá al Portal el valor de la oferta económica, la misma que incluirá todos los costos que permitan realizar la fiscalización: costos del personal asignado incluyendo los beneficios sociales, viajes y viáticos dentro del país, arriendo de oficinas, mantenimiento de campamentos, vehículos, equipos, y demás rubros. Además, considerará los costos indirectos, administrativos,

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garantías, seguros y demás gastos generales que contempla el art. 34 del Reglamento General de la LOSNCP; es decir absolutamente todo lo necesario para fiscalizar los trabajos que realice la Contratista de Construcción hasta la entrega del Proyecto Hidroeléctrico Minas - San Francisco, a plena satisfacción de CELEC EP y lista para su operación comercial.

Además deberán considerarse gastos rembolsables, los que no excederán del 4% del valor total del contrato, y que se ejecutarán solamente previa justificación y autorización de la Administración del Contrato, estos rubros están orientados a cubrir viajes y viáticos en el extranjero, misiones especiales solicitadas a la fiscalización y pago de investigaciones, subcontratos por uso de laboratorios especializados en el país o en el extranjero, mismos que no pueden preverse y que pudieran requerirse para la correcta ejecución del Proyecto.

Las investigaciones que se requieran ejecutar mediante sondeos se pagarán según precios unitarios de estas investigaciones, para lo cual el oferente llenará el formulario correspondiente 10 C.

3.7.4 Negociación y AdjudicaciónLa Comisión Técnica negociará de acuerdo a los términos del artículo 40 del Reglamento General de la LOSNCP.

No se volverá a llamar para nuevas negociaciones al proponente con el cual no se llegó a un acuerdo durante la negociación.

El acta de negociación será firmada por los miembros de la Comisión y el representante de la empresa consultora o su delegado. La Consultora negociará por intermedio de su representante legal o procurador común, o el delegado de éstos, debidamente acreditado, y de los profesionales que estime necesario.

Iniciado el proceso de negociación, éste no podrá suspenderse por motivo alguno, salvo circunstancias de fuerza mayor. La Comisión y el representante legal o apoderado común de la Consultora laborarán en jornadas completas y sucesivas hasta que se produzcan resultados, y de ser estos positivos continuarán ininterrumpidamente hasta lograr la negociación.

Una vez que la Comisión Técnica haya emitido el informe correspondiente y suscrito el Acta de Negociación, el Gerente General de CELEC EP podrá adjudicar el contrato, mediante resolución motivada, y disponer el trámite de la celebración del respectivo contrato.

El Gerente General de CELEC EP adjudicará el contrato en los términos del último inciso del artículo 40 del Reglamento General de la LOSNCP. En caso de no llegar a un acuerdo en las negociaciones, el proceso se declarará desierto de conformidad al artículo 33 de la LOSNCP.

El acta de negociación y la resolución de adjudicación debidamente suscritas, se publicarán en el portal www.compraspublicas.gob.ec.

3.8. CRITERIOS DE EVALUACIÓNLa Comisión Técnica calificará el contenido del Sobre No. 1, bajo los parámetros de evaluación determinados por CELEC EP y que constan en estos Pliegos en la Sección V PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACION DE LAS OFERTAS, que toman en cuenta los criterios de selección establecidos en el Artículo 41 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en lo que sean aplicables, así como en lo establecido en el artículo 9 de la Resolución INCOP No. 021-09 de 12 de mayo de 2009.

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3.9. CAUSAS DE RECHAZO DE OFERTAS La Comisión Técnica rechazará una oferta por las siguientes causas:

a) Si no cumpliere los requisitos exigidos en las condiciones generales y específicas de estos pliegos;

b) Si se hubieran entregado las Ofertas en un lugar distinto al señalado en estos pliegos, o después de la hora establecida para ello;

c) Cuando las Ofertas contengan errores sustanciales y/o evidentes, que no puedan ser convalidados por no ser considerados errores de forma o mediante corrección aritmética y que afecten notoriamente el monto total de la oferta;

d) Si el contenido de los formularios presentados difiriere del modelo, condicionándolos o modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato;

e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no puedan ser convalidados;

f) No se aceptarán excepciones, condicionamientos, ni cualquier modificación a los Pliegos.

g) No se aceptarán excepciones, condicionamientos, ni cualquier modificación a los Pliegos.

Una oferta será descalificada en cualquier momento del proceso, si se comprobare falsedad o adulteración de la información presentada.

3.10GARANTÍASLa Consultora deberá presentar las garantías previstas en los artículos 74 y 75 de la LOSNCP, en las formas indicadas en los numerales 1 o 2 del artículo 73 de la citada Ley. Las garantías estarán sujetas a revisión y aceptación previa por parte de CELEC EP.

La Consultora tendrá la obligación de mantener vigentes las garantías por el tiempo que corresponda a cada una de ellas; y, de ser el caso, renovarlas como mínimo diez (10) días antes de la fecha de sus respectivos vencimientos, caso contrario, CELEC EP solicitará al emisor que haga efectivo su valor.

3.10.1 De Fiel Cumplimiento del ContratoLa garantía de fiel cumplimiento del contrato, se rendirá por un valor igual al 5% del monto total del Contrato y será presentada previa a la suscripción del mismo y se mantendrá vigente mientras subsistan sus obligaciones contractuales.

3.10.2 De Buen Uso del AnticipoSerá presentada de forma previa a la suscripción del Contrato, y respaldará el 100% de los valores que reciba la Contratista por este concepto.

La amortización del anticipo otorgado se efectuará mediante planillas mensuales de conformidad con lo indicado en el Contrato.

3.10.3 Forma y Devolución de las garantíasLas garantías indicadas en los numerales anteriores, serán rendidas en las formas establecidas en los numerales 1 o 2 del artículo 73 de la LOSNCP.

Las garantías se devolverán, según lo prevé el contrato, el Artículo 77 de la LOSNCP y el Artículo 118 de su Reglamento General, de la siguiente forma:

• Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato: A la firma del Acta de Entrega - Recepción Definitiva.

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• Garantía de Buen Uso del Anticipo: Se irá reduciendo a medida que se vaya amortizando el anticipo entregado; y se devolverá cuando éste se haya devengado en su totalidad.

3.11CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTOEn cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, el Gerente General de CELEC EP o su delegado podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

3.12DECLARATORIA DE PROCEDIMIENTO DESIERTOEl Gerente General de CELEC EP podrá declarar desierto el procedimiento, siempre y cuando medie uno de los siguientes casos previstos en el artículo 33 de la LOSNCP:

1.- Por no haberse presentado oferta alguna;

2.- Por haber sido inhabilitadas las ofertas presentadas por incumplimiento de las condiciones o requerimientos mínimos establecidos en los Pliegos;

3.- Por no celebrarse el contrato por causas imputables al adjudicatario, siempre que no sea posible adjudicar el contrato a otro oferente; y,

4.- Por considerarse inconvenientes para los intereses nacionales o institucionales todas las ofertas o la única presentada.

La declaratoria de inconveniencia deberá estar sustentada en razones económicas, técnicas o jurídicas.

Una vez declarado desierto el procedimiento, la máxima autoridad podrá disponer su archivo o reapertura. La declaratoria definitiva de desierto cancelará el proceso de contratación y por consiguiente se archivará el expediente, dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada del Gerente General de CELEC EP.

3.13ADJUDICATARIO FALLIDOEn caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del término de quince (15) días contados a partir de la adjudicación, por causas que le sean imputables, el Gerente General de CELEC EP le declarará adjudicatario fallido, y una vez que notifique de esta condición al INCOP, procederá de conformidad con los artículos 35 y 98 de la LOSNCP.

En este caso, CELEC EP llamará al oferente que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el oferente adjudicatario, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el oferente llamado como segunda opción no suscribe el contrato, CELEC EP declarará desierto el proceso, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable al segundo adjudicatario fallido.

3.14 PROYECTO DE CONTRATOEl Proyecto de Contrato de Consultoría para Fiscalizar la Construcción de Obras Civiles, Línea de Transmisión, Diseño de Ingeniería de Detalle, Suministro, Montaje y Pruebas del Equipamiento, y Puesta en Servicio del Proyecto Hidroeléctrico Minas - San Francisco, consta en la SECCIÓN VI de estos Pliegos, que deberá ser revisado cuidadosamente por los oferentes.

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Notificada la adjudicación, dentro de un término de quince (15) días contado a partir de la misma, la entidad contratante formalizará el proyecto de contrato que es parte integrante de estos pliegos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 68 y 69 de la LOSNCP y 112 y 113 de su Reglamento General.

En el proyecto de contrato constará el precio del contrato negociado con el oferente adjudicado, la forma de pago y la fórmula de reajuste de precios.

3.15MONEDA DE COTIZACIÓN Y PAGOLas ofertas deberán presentarse en Dólares de los Estados Unidos de América. Los pagos se realizarán en la misma moneda.

3.16RECLAMOSPara el evento de que los oferentes o adjudicatarios presenten reclamos relacionados con su oferta, se deberá considerar lo establecido en los artículos 102 y 103 de la LOSNCP, según el procedimiento que consta en los artículos 150 al 159 de su Reglamento General.

3.17ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO DE FISCALIZACIÓNCELEC EP designará de manera expresa un Administrador del Contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato y adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.

Son funciones del Administrador del Contrato, entre otras:

a) Servir de intermediario para ante la Consultora, respecto de cualquier comunicación, notificación o documentos que deban ser cursados entre CELEC EP y la Consultora, que tengan su origen en o se encuentren relacionados con la ejecución del Contrato de Fiscalización. Consecuentemente, todas las comunicaciones que deban ser dirigidas a CELEC EP deberán ser canalizadas a través del Administrador del Contrato.

b) Velar porque la Fiscalización actúe de acuerdo con las especificaciones constantes en los Pliegos y en el Contrato.

c) Coordinar con las dependencias estatales o privadas que, en razón de sus programas o campos de acción, tengan interés en participar en la etapa de construcción del Proyecto.

d) Informar oportunamente sobre el estado de desarrollo del Proyecto y comunicar los resultados a las autoridades institucionales competentes.

3.18 AUTOINVITACIÓNEl proveedor que a la fecha de la convocatoria no se encuentre habilitado en el Registro Único de Proveedores (RUP), en la categoría correspondiente al objeto del proceso de contratación, y tenga las condiciones legales para participar en él, podrá recategorizarse en la actividad respectiva, para lo cual deberá acudir a las oficinas del RUP y presentar los documentos respectivos. La autoinvitación es una opción del Portal www.compraspublicas.gob.ec que aparecerá una vez realizada la recategorización, y que podrá utilizarse hasta la fecha límite de entrega de ofertas, según el cronograma del proceso.

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3.19CONVALIDACIÓN DE ERRORES DE FORMASi se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser convalidadas por el oferente en un término de 4 días, contado a partir de la fecha de notificación. Así mismo, dentro del período de convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del Reglamento General de la LOSNCP. En este caso, CELEC EP podrá recibir físicamente los documentos correspondientes.

CELEC EP está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas en la etapa de calificación, a fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a través del portal www.compraspublicas.gob.ec en el mismo día y hora a cada uno de los oferentes, el requerimiento de convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser calificados.

Si CELEC EP, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.

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CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CPC-CELEC-002-11

SECCIÓN IV

CONDICIONES ESPECÍFICAS

4.1 PARTICIPANTESDando cumplimiento a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 41 de la LOSNCP, podrán participar en el presente concurso las firmas consultoras nacionales o asociaciones de éstas, o las firmas consultoras extranjeras asociadas obligatoriamente con firmas consultoras ecuatorianas, con una participación mínima nacional del 20%, quienes deberán estar habilitadas en el RUP y que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Que el objeto social de la compañía incluya esta actividad.

b) Que el proponente no se encuentre incurso en ninguna de las inhabilidades determinadas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP.

No se requiere que los oferentes asociados hayan formalizado el contrato de asociación; bastará el compromiso de asociación, el cual, para el caso de adjudicación, se formalizará previo a la celebración del contrato.

En caso de Asociación, se requiere adjuntar los Formularios Nº 2-A y 2-B, identificación y conformación de la Asociación.

Cuando exista un compromiso de asociación, para la participación en cualquier procedimiento de consultoría, todos los miembros de la asociación deberán estar habilitados en el RUP, de entre ellos se designará un Procurador Común; y, en caso de ser adjudicada la asociación, previo a la suscripción del contrato, se obtendrá la habilitación en el RUP de la asociación formalizada.

4.2 CRONOGRAMA DEL PROCESO DEL CONCURSO PÚBLICOEl Cronograma que se observará en el presente concurso público es el siguiente:

DETALLE FECHA HORAFecha de Publicación 12-07-05 18h00Fecha Límite de Preguntas 12-07-12 16h00Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones 12-07-18 18h00Fecha Límite Entrega de Ofertas Técnica y Económica

12-08-09 14h00

Fecha de Apertura de Oferta Técnica 12-08-09 15h00Fecha de Inicio de Evaluación Técnica 12-08-09 16h00Fecha Límite para solicitar convalidación de errores

12-08-14 16h00

Fecha Límite para convalidación de errores 12-08-20 16h00Fecha de Publicación de Resultados Finales de Oferta Técnica

12-08-21 16h00

Fecha de Apertura de Oferta Económica 12-08-23 13h00Fecha de Inicio de Negociación 12-08-27 13h00Fecha estimada de adjudicación 12-09-03 16h00

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Sin perjuicio del término establecido en el Cronograma que antecede, el término para la convalidación de errores podrá ser modificado por CELEC EP en consideración a la facilidad o dificultad de las convalidaciones solicitadas.

Si CELEC EP, al analizar las ofertas presentadas, determina la existencia de uno o más errores de forma, se deberá reprogramar el cronograma del proceso, en función del término concedido a los oferentes para efectos de que convaliden los errores de forma notificados.

4.3 VIGENCIA DE LA OFERTALa vigencia de la oferta será de ciento veinte (120) días, sin embargo CELEC EP podrá prorrogar el plazo previsto hasta la fecha de suscripción del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la LOSNCP. Si la oferta no mencionare el tiempo de vigencia de la misma, se entenderá que estará vigente hasta la suscripción del contrato, sin lugar a reclamo alguno de parte del oferente.

4.4 PRECIO DE LA OFERTA Y FORMA DE PAGOEl oferente deberá preparar la propuesta económica incluyendo todos y cada uno de los rubros necesarios para cumplir con el objeto del contrato, de conformidad con los Formularios de la Oferta Económica que consta en los Pliegos, que serán presentados, además, en versión digital (EXCEL) y en un CD adjunto a la oferta.

En consecuencia, el precio de la oferta cubrirá el valor de todos los trabajos requeridos para fiscalizar la Construcción de Obras Civiles, Línea de Transmisión, Diseño de Ingeniería de Detalle, Suministro, Montaje y Pruebas del Equipamiento, y Puesta en Servicio del Proyecto Hidroeléctrico Minas - San Francisco, incluyendo las pruebas correspondientes que el contrato de construcción prevé así como la ejecución del diseño y aprobación de la ingeniería de detalle de la obra civil que faltare o que existiendo fuera necesario modificar o complementar.

La oferta económica incluirá todos los costos directos que facilitan la realización de las actividades de fiscalización, tales como: costos del personal asignado incluyendo los beneficios sociales, viajes y viáticos dentro del País, arriendo de oficinas, mantenimiento de campamentos, vehículos, equipos, y demás rubros. Además, considerará los costos indirectos, administrativos, garantías, seguros y demás gastos generales que contempla el art. 34 del Reglamento General de la LOSNCP; es decir absolutamente todo lo necesario para fiscalizar los trabajos que realice la Contratista de Construcción hasta la entrega de la Central Hidroeléctrica Minas-San Francisco a plena satisfacción de CELEC EP y lista para su operación comercial.

Además deberán considerarse los gastos rembolsables, los que no excederán del 4% del valor total del contrato y que se pagarán solamente previa justificación y autorización del Administrador del Contrato, estos rubros están orientados a cubrir viajes y viáticos en el extranjero, misiones especiales solicitadas a la Fiscalización y pago de subcontratos por uso de laboratorios especializados en el país o en el extranjero , mismos que no pueden preverse y que pudieran requerirse para la correcta ejecución del Proyecto.

Las investigaciones que se requieran ejecutar mediante sondeos se pagarán según precios unitarios de estas investigaciones, para lo cual el oferente llenará el formulario correspondiente 10C.

Al presentar su oferta, el Oferente declarará conocer toda la información disponible y haber considerado la misma para su preparación.

Los pagos se realizarán de la manera prevista en la Convocatoria y en el proyecto de Contrato.

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Los pagos de los servicios de consultoría para la Fiscalización de la Construcción de las obras y equipamiento del Proyecto Minas - San Francisco se realizarán con recursos del Estado que deberán ser transferidos por el Ministerio de Finanzas a través del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, de conformidad con el Mandato Constituyente No. 15 y constan en el presupuesto de CELEC EP, con cargo a la Partida Presupuestaria No. 1.3.2.01.03.01, denominada “Consultorías (I/OC) COD. 428 FISCALIZACIÓN”, emitida por el Jefe Financiero de la Unidad de Negocio CELEC EP - ENERJUBONES, mediante Memorando No. CELEC EP-ENJ-JF-0679-2012, de 18 de junio de 2012.

4.4.1 Forma de pago Los oferentes deberán detallar en su oferta económica los costos unitarios requeridos para la prestación de sus servicios. En consecuencia, el valor del contrato de consultoría materia del presente proceso, estará en directa relación con el costeo presentado, sin que en ningún caso la oferta económica o el consecuente monto y forma de pago del contrato de fiscalización de obra pueda estar referido o fijado como un porcentaje del valor de la obra a ser fiscalizada.

Por consiguiente, el pago se realizará en proporción directa con el avance de la obra que se fiscaliza, y, no será posible establecer en el contrato de fiscalización de obra, formas de pago distintas o por periodos fijos de tiempo.

El monto del contrato de fiscalización de obra se dividirá para el monto del contrato de obra, obteniéndose una relación en virtud de la cual se determinará el porcentaje que será aplicado sobre el monto de cada planilla de ejecución de obra: el valor resultante de esta última operación será el que corresponda pagar por concepto del servicio de fiscalización de obra, en aplicación de la Resolución INCOP No. 056-2012 de 8 de febrero de 2012; de la siguiente manera:

% pago=Valor contratado parala FiscalizaciónValor contratado paralaConstrucción

4.4.2 AnticipoSe otorgará el TREINTA POR CIENTO (30%) del valor del contrato, en calidad de anticipo, una vez suscrito el contrato y previo la entrega por parte de La Contratista de la garantía correspondiente, conforme lo indicado en el numeral 3.10 de la Sección III Condiciones Generales de estos Pliegos.

De conformidad con el inciso tercero del Artículo 299 de la Constitución de la República y el inciso segundo del Artículo 76 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, el anticipo mientras no sea devengado en su totalidad, es considerado un recurso público, por lo que, será depositado por la entidad contratante en una cuenta que la Contratista abrirá en una institución financiera estatal, o privada en la que el estado tenga una participación de más del 50%.

De cada planilla aprobada se descontará la amortización del anticipo en la misma proporción del porcentaje recibido y cualquier otro cargo al Fiscalizador, que sea en legal aplicación del Contrato.

4.4.3 Pago del Valor del ContratoEn los procedimientos de contratación de fiscalización de obra pública, los oferentes deberán detallar en su oferta económica los costos unitarios requeridos para la prestación de sus servicios. En consecuencia, el valor del contrato de consultoría para la fiscalización de la obra estará en directa relación con el costeo presentado, sin que en ningún caso la oferta económica o el consecuente monto y forma de pago del contrato de

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fiscalización de obra pueda estar referido o fijado como un porcentaje del valor de la obra a ser fiscalizada.

El valor del contrato será pagado a la Consultora de la forma establecida en el contrato, mediante planillas mensuales aprobadas a satisfacción por la entidad contratante, en proporción directa con el avance de la obra que se fiscaliza, de conformidad con lo señalado en estos pliegos y en la Resolución INCOP No. 056-2012 de 8 de febrero de 2012. El avance de obra para efecto de cálculo de las planillas mensuales de Fiscalización, será el valor facturado en ese mes por la Contratista de Construcción, sin reajuste, dividido para el monto del Contrato de Construcción.

Para efectos de determinar el avance de la obra, en lo que tiene que ver con el Equipamiento, se considerará el pago conforme al cumplimiento de los Eventos de Pago que está previsto para el efecto en el Contrato de Construcción, para efectos de conversión, la tasa de cambio de Yuanes a Dólares será aquella definida por el Ministerio de Finanzas al momento de la suscripción del contrato. Para el caso de las Obras Civiles y Edificaciones, se estará conforme al avance real de ejecución del contrato de construcción.

4.5 AMPLIACIÓN DE PLAZOS PARA ENTREGA DE OFERTASLa Comisión Técnica podrá extender el plazo para presentación de las ofertas siempre que ocurrieran causas que lo justifiquen, hasta máximo treinta (30) días hábiles, contados desde la convocatoria, prórroga que se publicará en el Portal.

4.6. SUSPENSIÓN O RETRASO DE LOS TRABAJOS DE CONSTRUCCIÓNEn caso de que CELEC EP y/o la Fiscalización dispongan la suspensión de una parte o de la totalidad de la obra, que determine la reducción del ritmo de avance de obra, se estará a lo que se establece en el Proyecto de Contrato, así como para los casos de mora en el plazo del Contrato de Construcción.

4.7 INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACIÓN DE LA OFERTA

4.7.1 Requisitos mínimosLos participantes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con los requisitos solicitados en ellos.

La Comisión Técnica no admitirá reclamo posterior del oferente que se fundamente en el desconocimiento de los Pliegos.

4.7.1.1 Requisito que debe cumplir el OferenteEl oferente deberá probar su experiencia adjuntando:

a. En el caso de servicios prestados al sector privado, certificados o documentos conferidos por el contratante o dueño del proyecto.

b. Tratándose de experiencia en el sector público: con certificados o documentos que hayan sido conferidos por autoridad competente del sector público; o, copia del Acta de Entrega-Recepción Definitiva de los servicios de consultoría prestados.

4.7.1.2 Para el PersonalPara demostrar su experiencia, el profesional la sustentará mediante una de las siguientes formas:

a. Experiencia en el sector privado: serán válidos los certificados o documentos conferidos por el contratante del proyecto o dueño de la obra.

b. En el sector público: con certificados o documentos que hayan sido conferidos por

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autoridad competente; o, copia del Acta de Entrega-Recepción Definitiva de los servicios de consultoría prestados. En el caso de presentarse Actas de Entrega-Recepción Definitiva, las mismas deberán tener debidamente identificadas las partes del Acta que sean pertinentes para acreditar la experiencia.

El oferente deberá convalidar con su firma las Cartas de Compromiso del Personal asignado al Proyecto, y corresponsabilizarse por la veracidad de la disponibilidad de este personal a incorporarse a la Fiscalización conforme al Cronograma de Actividades de la oferta.

Será responsabilidad de la Comisión Técnica verificar la autenticidad y veracidad de la información presentada y aplicará las sanciones previstas en estos Pliegos a los oferentes que incurrieran en faltas relacionadas con la autenticidad y veracidad de la misma.

4.7.2 Requisitos FormalesLos documentos tanto del Sobre 1 como del Sobre 2, deberán estar foliados (numerados) y rubricados por el consultor, representante legal o procurador común; se insertará, además, su correspondiente índice. Ambos Sobres deberán ser entregados en original y copia.

Los sobres se cerrarán con suficientes seguridades que impidan conocer su contenido antes de su apertura oficial y se rotularán con la siguiente leyenda:

CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

“SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA FISCALIZAR LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LINEA DE TRANSMISION; INGENIERÍA DE DETALLE,

FABRICACIÓN, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO Y PUESTA EN SERVICIO DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA MINAS - SAN

FRANCISCO”

Sobre No. (1 ó 2)*OFERTA (TÉCNICA O ECONÓMICA) (Original o copia)

SeñorPresidente de la Comisión TécnicaCELEC EPCiudad.-

Participante: ______________________________

*El oferente deberá indicar con claridad si se trata del Sobre 1: Oferta Técnica, o del Sobre 2: Oferta Económica.

4.8 CONTENIDO DE LAS OFERTAS

4.8.1 Contenido del Sobre Nº 1: OFERTA TÉCNICAEl Sobre Nº 1 contendrá:

5.2.1.12 Carta de Presentación y Compromiso, Formulario Nº 1.

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Ma. Antonieta Loza, 05/07/12,
Revisar la numeración
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2. Identificación del Oferente, Formulario Nº 2.

a. Identificación de la asociación. Formulario Nº 2-A. (De ser el caso).b. Cuando participe en asociación, detallará la conformación de la asociación o

acuerdo de asociación o compromiso de extensión de vigencia y el porcentaje de participación económica de sus integrantes, Formulario Nº 2-B. (De ser el caso).

A este Formulario se deberá adjuntar Referencias sobre la capacidad técnica y administrativa disponible, demostrada a través de los siguientes documentos:

Hoja de vida de la Empresa o empresas en caso de asociación Organigrama Estructural

3. Experiencia general de la consultora. Formulario 3-A.

4. Experiencia específica de la Consultora en fiscalización de proyectos similares. Formulario 3-B.

5. En los Formularios 4-A y 4-B, el oferente presentará las certificaciones relativas a su experiencia, tanto de proyectos ejecutados como en ejecución. En remplazo de estos formularios podrá presentar otros certificados o documentos emitidos por la entidad contratante o dueño de la obra en los que conste la información solicitada en estos pliegos.

6. Experiencia del personal que será asignado al Proyecto, demostrada a través de los siguientes documentos:

Nómina del personal asignado a la Fiscalización del Proyecto: Formulario Nº 5. Hoja de Vida del personal clave asignado a la Fiscalización del Proyecto:

Formulario Nº 6. Carta de compromiso del profesional asignado a la Fiscalización del Proyecto:

Formulario Nº 7.

7. Plan de trabajo, metodología propuesta en donde se detallará el control de calidad que realizará la fiscalizadora tanto a la constructora, como también a sus controles internos y procedimientos de trabajo, se demostrará el conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del Proyecto materia de la consultoría, Cronograma de utilización de personal, asignación de tareas y tiempos de participación: Formulario No. 8.

8. Disponibilidad de recursos, instrumentos y equipos: Formulario Nº 9.9. Información financiera de la Consultora: Formulario Nº 12.

10. Cumplimiento con lo dispuesto en la Resolución INCOP No. 037-09, de 27 de noviembre de 2009 (que sustituye a la Resolución INCOP No. 028-09), para personas jurídicas: Formulario No.13. En caso de asociación, el formulario deberá ser presentado por cada una de las empresas que la integran.

4.8.2 Contenido del Sobre Nº 2: OFERTA ECONÓMICA

El Sobre Nº 2 contendrá:

a. Presentación y Costo de la Propuesta, según el Formulario No. 11. El valor total de la oferta deberá expresarse dólares (en números y letras).

b. La propuesta económica, Formulario Nº 10.

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c. En el Formulario 10 - A, y sus Anexos A1, A2, A3, A4, A5 y A6; el detalle de la propuesta económica.

d. En el Formulario 10 - B, el detalle de los costos directos misceláneos, en los que están los Rubros Rembolsables.

El proponente expresará el precio de su oferta por el monto total de los servicios de Fiscalización del Proyecto Hidroeléctrico MINAS – SAN FRANCISCO (en letras y números). El pago de los servicios ejecutados se realizará en la misma moneda de la oferta y que conste en el Contrato.

El oferente deberá incluir en su oferta todos los costos directos e indirectos para la prestación de los servicios objeto del contrato, tales como: honorarios para directivos, profesionales y personal auxiliar; pasajes y viáticos, impuestos tasas y contribuciones que de acuerdo a las leyes ecuatorianas deba pagar; costos de instrumentos, materiales e insumos; gastos administrativos, arrendamiento de locales, etc. CELEC EP no aceptará reclamos posteriores por costos no contemplados en la oferta.

Cualquier error u omisión del Oferente en su oferta se entenderá como voluntaria y tendiente a presentar un valor más competitivo, por lo que, no tendrá derecho a reclamos posteriores por este concepto.

El oferente deberá incluir en su oferta todos los costos directos e indirectos que considere necesarios para la prestación de los servicios materia de este proceso, en estricto apego a lo solicitado en los términos de referencia y el objeto del contrato, tales como: honorarios (personal directivo, profesionales, técnicos y personal auxiliar), pasajes, impuestos, tasas y contribuciones que de acuerdo a las leyes ecuatorianas debe pagar, costos de instrumentos, materiales e insumos; gastos administrativos, garantías, arrendamiento de locales, laboratorios; seguros para su personal y para los vehículos; etc. Cualquier omisión se entenderá como voluntaria y tendiente a mejorar su oferta, por lo que, no tendrá derecho a reclamos posteriores por costos no contemplados en la misma.

4.8.3 Coeficiente de PonderaciónCELEC EP ha determinado para este proceso de contratación que el coeficiente de ponderación para la evaluación técnica es de ochenta por ciento (80%) y el coeficiente de ponderación para la evaluación económica es del veinte por ciento (20%), conforme a lo establecido en los artículos 41 de la LOSNCP y 9 de la Resolución INCOP No. 021-09 de 12 de mayo de 2009.

4.9 TÉRMINOS DE REFERENCIA

4.9.1 Descripción de las Obras a FiscalizarseEl Proyecto Hidroeléctricos Minas – San Francisco está ubicado en el sur del Ecuador. Siguiendo las vías principales, se encuentran aproximadamente a 500.km de la capital del país. Se localizan entre las Provincias de Azuay y El Oro. El Proyecto Minas - San Francisco está en el límite sur-occidental de la Provincia del Azuay, aproximadamente a 92.km de la ciudad de Cuenca.

A lo largo del trazado de las obras propuestas, el Proyecto Minas - San Francisco atravie-sa las parroquias de Pucará y San Rafael de Sharug, del Cantón Pucará (Prov. del Azuay) y la parroquia Abañín del Cantón Zaruma (Prov. De El Oro).

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El Proyecto se ubican en la Cuenca Media y Media-Baja del río Jubones y siguen una tra-yectoria paralela al mismo; el proyecto Minas-San Francisco a lo largo de su margen de-recha. Geográficamente, el proyecto se enmarca entre las coordenadas 9’630.956.mN a 9’635.437.mN y 668.870 mE a 643.594 mE.

Las principales obras componentes del Aprovechamiento Hidroeléctrico Minas - San Francisco y sus características técnicas son:

Un cierre en el río Jubones con una Presa de tipo Gravedad prevista en hormigón rodi-llado, en el sitio denominado San Francisco, de 54 m de altura medida desde la cota ac-tual del fondo río. El eje de la estructura se ubica aguas abajo de la confluencia del río San Francisco en el río Jubones.

La estructura principal de la presa tiene un cimacio de perfil tipo Creager, con desarrollo parabólico, para el vertido de los caudales de excedencias. La disipación de energía al pie está conformada por una estructura de salto en esquí y un cuenco preexcavado en el curso natural del río Jubones.

La estructura de cierre tiene como un elemento importante de control y de regulación del embalse y del material sólido depositado en el embalse, el Desagüe de Fondo.

Obra de toma ubicada en la margen derecha del río Jubones. Está conformada por 1 re-jilla cuya sección total es 11,48 X 7,20 m dispuesta de forma inclinada y se conecta direc-tamente a la entrada de la cámara de compuerta y al túnel de carga de 4,50 m de diáme-tro.

Un Túnel de Desvío, que se desarrolla a lo largo de la margen izquierda del río Jubones, en una longitud de 305 m, con diámetro interno de 8,0 m. La sección transversal escogida es circular con revestimiento, en hormigón armado.

Túnel de Conducción o de baja presión, se desarrolla a lo largo de la margen derecha del río Jubones con 13,9 km de longitud y se diseña para un caudal de 65 m³/s. El 25% de la longitud del túnel será excavado mediante metodología convencional (DBM) y para el restante 75% se utilizará una máquina tuneladora (TBM). El primer tramo de túnel tiene una longitud de 342 m y está comprendido desde la obra de toma y la salida de la TBM; a continuación se encuentra un tramo que será excavado con TBM hasta el sitio de la ven-tana en Sarayunga con una longitud de 10 570 m, para finalmente excavar mediante mé-todo tradicional 2 985 m hasta el sitio de la chimenea de equilibrio.

La sección transversal excavada en método tradicional es tipo herradura, con diámetro in-terior en la bóveda igual a 4,50 m, mientras que la sección transversal del tramo excava-do en mecanizado es circular con diámetro interno de 4,80 m; los últimos 34 metros del túnel de baja presión tendrán un blindaje de acero de 20 mm en un diámetro de 3,77 m. Una Chimenea de Equilibrio, vertical, de sección transversal horizontal circular, de altu-ra total igual a 68 m con orificio restringido al pie, hasta el perfil del terreno natural en el sector de Gramalote. La cota en el umbral de la chimenea de equilibrio es igual a 811 m s.n.m., el nivel calculado máximo para la oscilación se ubica en la cota 808,95 m s.n.m. La estructura principal está conformada por dos cilindros de diferente diámetro: la parte inferior, con una altura de 60 m y diámetro igual a 16 m además el orificio restringido de 4m de diámetro y una altura de 2 m; la parte superior, de 6 m de altura y 32 m de diáme-tro.

La Tubería de Presión, que será construida subterránea y blindada, con un diámetro igual a 3,77 m y una longitud total de 566,4 m. El perfil longitudinal de la tubería de pre-sión se desarrolla en dos tramos: (i) un pozo vertical, de 456,4 m de diferencia de nivel, y (ii) un tramo horizontal, de 110 m de longitud.

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La Casa de Máquinas San Francisco, que se ubica subterránea o en caverna, en el sector de Gramalote. Esta estructura debe alojar, como estructura principal, a las tres tur-binas tipo Pelton, de eje vertical, posicionada en la cota 281,32 m s.n.m. El piso principal se ubica en la cota 291,90 m s.n.m. Adicionalmente, se dispondrá de una caverna sepa-rada para alojar los transformadores. La Subestación Eléctrica será ubicada al exterior, en el mismo sector de Gramalote, y conectada a los transformadores a través un pozo de cables.

El Canal de Descarga, para flujo a gravedad o con superficie libre, que será construido subterráneo. La sección transversal es tipo baúl, de ancho en la base 5,0 m; la longitud total es igual a 1,6 km. La cota de la sección final del canal de descarga se ubica en 270,68.m s.n.m.; posteriormente, hacia aguas abajo, se dispone (i) la estructura de entre-ga del agua en el río Jubones y (ii) la obra de cruce del río Jubones, hacia el túnel de baja presión del aprovechamiento hidroeléctrico La Unión. El canal de descarga se diseña con el caudal igual a 65.m³/s y una pendiente longitudinal constante del 0,20% (dos por mil).

Una línea de transmisión en 230 Kv que une la subestación de Gramalote al sistema nacional interconectado en la estación de San Ildefonso con una longitud aproximada de 46 Km en doble circuito.

Un resumen del Proyecto Hidroeléctrico Minas-San Francisco se encuentra en el Anexo 1 “Resumen Ejecutivo del Proyecto Hidroeléctrico Minas-San Francisco” y el detalle del Proyecto Hidroeléctrico Minas-San Francisco se encuentra en el Anexo 2 “Estudio de Di-seño Definitivo del Proyecto Minas-San Francisco”. La documentación del contrato sus-crito entre CELEC EP y Harbin Electric International se encuentra en el Anexo 3 “Contrato entre CELEC EP y Harbin Electric International”.

4.9.2 OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN

4.9.2.1 Objetivo General Los servicios de Consultoría a contratarse tienen como objetivo general la fiscalización de la “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LÍNEA DE TRANSMISIÓN, DISEÑO DE INGENIERÍA DE DETALLE, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO, Y PUESTA EN SERVICIO DEL PROYECTO HIDROELÉCTRICO MINAS - SAN FRANCISCO”, obligándose la Consultora a exigir y verificar el cumplimiento de los aspectos técnicos, sociales, ambientales, económicos y legales que la Contratista de Construcción debe satisfacer, a fin de entregar a CELEC EP los trabajos contratados con estricto apego al Contrato de construcción, a las especificaciones técnicas, a los planos, a las órdenes de cambio, contratos complementarios y demás documentos, vigilando que sean ejecutados dentro de los plazos previstos, garantizando un eficiente y seguro funcionamiento de las obras.

Es también objeto del contrato el realizar el diseño y aprobación de la ingeniería de detalle de la obra civil que faltare o que existiendo fuera necesario modificar o complementar, sobre los diseños definitivos del Proyecto Minas-San Francisco, que dispone CELEC EP y que se pone a consideración de los oferentes.

4.9.2.2 Objetivos EspecíficosDe conformidad con lo que establece el Art. 12 del Acuerdo N 0817 “Reglamento de determinación de etapas del proceso de ejecución de obras y prestación de servicios públicos”, publicado en el Registro Oficial N 779 de 27 de septiembre de 1991, y en el Acuerdo No. 039- CG “NORMAS DE CONTROL INTERNO PARA LAS ENTIDADES, ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO Y PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PRIVADO QUE DISPONGAN DE RECURSOS PÚBLICOS” de 16 de noviembre de 2009 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 87 de 14 de diciembre de 2009, expedidos por la Contraloría General del Estado; los objetivos específicos de la

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Fiscalización, entre otros son los siguientes:

a. Vigilar y responsabilizarse del cumplimiento del Contrato de Construcción, con el fin de que el Proyecto se ejecute según los estándares de las mejores prácticas de la ingeniería y de acuerdo a sus diseños definitivos que incluyen: especificaciones téc-nicas, planos de construcción, programas de trabajo, recomendaciones de los dise-ñadores y demás normas técnicas aplicables.

b. Revisar y detectar oportunamente errores y/u omisiones en los diseños definitivos, prever soluciones para las situaciones conflictivas que puedan presentarse dentro del marco contractual y dar trámite inmediato a aquellas situaciones que requieran correctivos.

c. Proponer en forma sustentada al Administrador del Contrato de Fiscalización, los cambios, complementaciones y/o ajustes a los diseños que considere necesarios para el correcto funcionamiento de las obras, señalando las implicaciones que pue-dan tener en el presupuesto, el cronograma y el alcance del Contrato de Construc-ción.

d. Pronunciarse sobre los cambios de diseño propuestos por la Constructora.

e. Realizar el control de los cronogramas de obra, enmarcados dentro del cronograma general de construcción presentado por la Constructora y debidamente aprobado por CELEC EP, mediante el seguimiento a los cronogramas de obra preparados por la Constructora para cada frente, de conformidad con lo dispuestos en el Contrato de Construcción suscrito entre CELEC EP y Harbin Electric International Co. Ltd.

En estos cronogramas el Fiscalizador controlará, tanto el avance físico como econó-mico de cada actividad emprendida por la Constructora, así como los recursos asig-nados de materiales, mano de obra y equipos. Verificará los rendimientos alcanza-dos, comparándolos con los ofrecidos en la propuesta de construcción.

f. Controlar que el equipo utilizado por la Constructora sea idóneo y suficiente para la correcta ejecución de las obras de acuerdo a la oferta presentada por Harbin Electric International Co. Ltd.

g. Verificar y supervisar la idoneidad y suficiencia del personal de la Constructora invo-

lucrado en la obra en general y en cada frente en particular de acuerdo a la oferta de Harbin Electric International Co. Ltd.

h. Garantizar que los materiales e insumos y su utilización en la obra, cumplan con los requisitos estipulados en las especificaciones técnicas, garantizando la excelente ca-lidad de tales productos.

i. Presentar informes sistemáticos, claros, concisos e integrales, a fin de que CELEC EP se mantenga permanentemente informada del avance de las obras y los proble-mas surgidos en la ejecución del Proyecto. Además deberá entregar a CELEC EP las licencias de todo el software utilizado para el control y diseño que utilizará la Fis-calización.

j. Obtener y procesar información estadística sobre personal, materiales y equipos, así como condiciones climáticas, tiempos trabajados, paralizaciones, problemas surgi-dos y todo factor o evento relacionado con la ejecución del Proyecto.

k. Cuando sea necesario, elaborar los planos de diseño y/o taller de la obra civil con un nivel necesario para la ejecución de las obras del Proyecto.

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4.9.2.3 Información que se pondrá a disposición del Oferente para la FiscalizaciónLos documentos a los cuales debe regirse la Fiscalización para la ejecución de sus actividades y atribuciones se indican a continuación:

1) Resumen Ejecutivo; Anexo 1.2) Las Especificaciones Técnicas Generales y Particulares del Proyecto (Obras Civiles,

Ambientales, Hidromecánicas, Mecánicas, Eléctricas y de Control); Anexo2.3) Los Documentos del Diseño de Licitación disponibles; Anexo 2.4) El cuadro con los datos técnicos informativos y garantizados de los equipos

mecánicos, eléctricos y de control del Proyecto; Anexo 2.5) Procedimientos de trabajos subterráneos; Anexo 3.6) Recomendaciones de la Fiscalización de los estudios CFE; Anexo 4. 7) Contrato de Construcción y Equipamiento del Proyecto Hidroeléctrico Minas - San

Francisco y sus anexos; Anexo 5.8) Cronograma de Ejecución del Proyecto elaborado por la Contratista; Anexo 5.

4.9.3 ALCANCE DE LOS TRABAJOS El alcance del contrato comprende la Fiscalización de la “Construcción de Obras Civiles, Línea de Transmisión, Diseño de Ingeniería de Detalle, Suministro, Montaje y Pruebas del Equipamiento, y Puesta en Servicio del Proyecto Hidroeléctrico Minas - San Francis-co”; con el propósito de que el producto ejecutado por la Contratista de Construcción sea entregado a entera satisfacción de CELEC EP, terminado en todos sus detalles y en per-fecto estado de funcionamiento y de conformidad con lo establecido en el Contrato de Construcción y los documentos que lo integran.

Es también objeto del contrato el realizar el diseño e ingeniería de detalle de la obra civil que faltare o que existiendo fuera necesario modificar o complementar respecto de los diseños definitivos del Proyecto Minas - San Francisco de que dispone CELEC EP, y que se pone a consideración de los oferentes; así como la aprobación de los Planos de Taller preparados por la Contratista de Construcción del Proyecto.

Sin perjuicio de lo señalado, el Fiscalizador estará obligado a cumplir con cualquier otra obligación que se derive natural y legalmente del objeto del contrato de Fiscalización y pueda ser exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal espe-cíficamente aplicable.

La Fiscalización verificará que todos los procesos para la ejecución del Contrato de Cons-trucción se desarrollen bajo las Normas INEN, IEC, ANSI, ACI, ASTM, ASME y los están-dares de las normas ISO 9000, y otras de los mismos estándares que fueren aplicables, así como las establecidas en el documento “Bases, Normas y Criterios de Diseño Definiti-vo” que forma parte de los Pliegos y el Acta de Ajuste Técnico del Contrato de Construc-ción. Se aceptarán normas chinas, siempre y cuando, sean iguales o más favorables que las exigidas por CELEC EP, previo análisis y demostración de la Constructora.

A más de lo indicado anteriormente, la Fiscalización controlará y exigirá al Contratista de Construcción que ejecute todos los procedimientos, actividades y tareas para la construc-ción del Proyecto Hidroeléctrico Minas - San Francisco dentro del plazo contratado, utili-zando las mejores prácticas de la técnica y la ingeniería, para minimizar riesgos de des-perfectos durante su vida útil por causa de omisiones imputables a la construcción de las obras civiles o del equipamiento electromecánico, que vayan a afectar la calidad o los márgenes de seguridad mínimos para este tipo de obras.

La Fiscalización realizará todas sus actividades con diligencia, empleando personal técni-co calificado, con experiencia en trabajos similares de acuerdo a los requisitos estableci-dos en estos documentos precontractuales.

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4.9.3.1 Principales trabajos a ser Fiscalizados

Descripción del AlcanceEl alcance del contrato comprende la Fiscalización del desarrollo de la Construcción de Obras Civiles, Línea de Transmisión, Diseño de Ingeniería de Detalle, Suministro, Montaje y Pruebas del Equipamiento, y Puesta en Servicio del Proyecto Hidroeléctrico Minas - San Francisco, actividades que la Constructora está obligada a ejecutar; comprometiéndose a terminarla en todos sus detalles y entregar en perfecto estado de funcionamiento, bajo su exclusiva responsabilidad, a plena satisfacción de CELEC EP y de conformidad con lo establecido en el Contrato de Construcción y los documentos que lo integran.

La consultora está obligada a realizar el diseño y la ingeniería de detalle de la obra civil que faltare o que existiendo fuera necesario modificar o complementar, sobre los diseños definitivos del Proyecto Minas - San Francisco, de que dispone CELEC EP, y aprobar los Planos de Taller elaborados por la Contratista de construcción del Proyecto.

La Consultora fiscalizará para que la Constructora cumpla con la responsabilidad técnica y legal, en lo que fuere aplicable, por los bienes que suministre, por la construcción de obras civiles, construcción y montaje de la línea de transmisión, y los servicios que preste para la ingeniería de detalle de fabricación, ingeniería de integración, suministro, montaje y comisionamiento del equipamiento eléctrico, mecánico, electrónico, sistema de transmisión asociado hasta la puesta en servicio del Proyecto, e incluso por la reparación de sus defectos, utilizando las mejores prácticas de la técnica y la ingeniería que aseguren que el Proyecto, durante su vida útil, en cuanto le es atribuible en razón del Contrato de Construcción, y no se encuentre expuesto a riesgos que puedan afectar la calidad o los márgenes de seguridad mínimos requeridos por causas imputables al equipamiento del Proyecto. En consecuencia, la consultora de la Fiscalización velará para que la constructora cumpla con su responsabilidad legal y económica de la validez científica y técnica de los resultados de su trabajo y de su aplicabilidad, dentro de los términos determinados en el contrato de construcción.

Además, velará por que la Constructora cumpla con cualquier otra obligación que se derive natural y legalmente del objeto del contrato de construcción y pueda ser exigible por constar en cualquier documento del mismo o en norma legal específicamente aplicable al mismo.

a) Alcance de fiscalización de la Ingeniería de Detalle e IntegraciónLa Fiscalización verificará el cumplimiento por parte de la Constructora de la ejecución de la Ingeniería de Detalle del equipamiento electromecánico del Proyecto, que incluye la concepción y el dimensionamiento de los equipos a ser incorporados al mismo, con elaboración de memorias técnicas de cálculo y diseño, planos, especificaciones, informes técnicos y ensayos de control de calidad, de materiales e instrumentos, cronogramas, anotaciones técnicas, estudios, entre otros, que permitirá la ejecución del objeto del Contrato de Construcción.

Adicionalmente, la Fiscalización controlará el cumplimiento por parte de la Constructora, de conformidad con las disposiciones del Contrato de Construcción, de la Ingeniería de Integración y procesamiento de la información del o los fabricantes del equipamiento para ser unificados en el diseño y dimensionamiento de la obra civil conforme a los estudios del Proyecto Minas – San Francisco, o aquellos entregados por la Fiscalización, además deberá realizar las labores de diseño para incorporar los diferentes suministros de la Central, garantizando de esta forma, el acoplamiento e integración perfecta de los equipos, el cumplimiento de las eficiencias y especificaciones contratadas del equipamiento y que la Central opere correctamente, dentro del plazo indicado en el Contrato de Construcción.

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b) Alcance de fiscalización de Obras CivilesLas actividades de Fiscalización respecto de las Obras Civiles son entre otras que constan de forma expresa en otra parte de estos Pliegos:

b.1) Verificar que la Constructora provea la mano de obra, el equipo y maquinaria contratados, así como los materiales necesarios para ejecutar debidamente todas las obras civiles y línea de transmisión de acuerdo con el Cronograma de Ejecución del Proyecto y dentro del plazo convenido en el Contrato de Construcción, con sus posibles ampliaciones, a entera satisfacción de CELEC EP.

b.2) Comprobar la ejecución de las obras civiles de acuerdo a los precios unitarios, tabla de cantidades y especificaciones técnicas establecidas en el Contrato de Construcción.

b.3) Medir las cantidades de obra ejecutadas y con ellas elaborar, verificar y certificar la exactitud de las planillas de pago presentadas por la Constructora, incluyendo la aplicación de las Fórmulas de Reajuste de Precios.

b.4) Autorizar cambios en los diseños originales, cuando sea necesario.

Las principales obras civiles que realizará la Constructora, sin que ello sea un limitante, y que serán fiscalizadas son las siguientes:

Una Presa de tipo Gravedad para el cierre en el río Jubones prevista en hormigón rodillado, en el sitio denominado San Francisco, de 78 m de altura y con todas sus obras anexas. El eje de la presa se ubica aguas abajo de la confluencia del río San Francisco con el río Jubones. La presa tiene como un elemento importante de control y de regulación del embalse y del material sólido depositado en el embalse, el Desagüe de Fondo.

Obra de toma ubicada en la margen derecha del río Jubones. Está conformada por 1 rejilla cuya sección total es 11,48 X 7,20 m dispuesta de forma inclinada y se conecta directamente a la entrada de la cámara de compuerta y al túnel de carga de 4,50 m de diámetro.

El túnel de desvío, esta conducción se desarrolla a lo largo de la margen izquierda del río Jubones, en una longitud de 305 m, con diámetro interno de 8,0 m. La sección transversal escogida es la circular, en hormigón armado.

Túnel de Conducción o de baja presión, se desarrolla a lo largo de la margen derecha del río Jubones con 13,9 km de longitud y se diseña para un caudal de 65,0 m³/s. El 25% de la longitud del túnel será excavado mediante metodología convencional (DBM) y para el restante 75% se utilizará una máquina tuneladora (TBM).

Una Chimenea de Equilibrio, vertical, de sección transversal horizontal circular, de altura total igual a 68 m con orificio restringido al pie, hasta el perfil del terreno natural en el sector de Gramalote. La cota en el umbral de la chimenea de equilibrio es igual a 811 m s.n.m., el nivel calculado máximo para la oscilación se ubica en la cota 808,95 m s.n.m.

La Tubería de Presión, que será construida subterránea y blindada, con un diámetro igual a 3,77 m y una longitud total de 566,4 m. El perfil longitudinal de la tubería de presión se desarrolla en dos tramos: (i) un pozo vertical, de 456,4 m de diferencia de nivel, y (ii) un tramo horizontal, de 110 m de longitud.

La Casa de Máquinas San Francisco, que se ubica subterránea o en caverna, en el sector de Gramalote. Esta estructura debe alojar, como estructura principal, a los tres grupos turbina-generador tipo Pelton, de eje vertical, posicionada en la cota 281,32 m.s.n.m. Adicionalmente, se dispondrá de una caverna separada para alojar los trans-formadores principales.

La Subestación Eléctrica a 230 Kv será ubicada al exterior, en el mismo sector de Gramalote, y conectada a los transformadores a través de un pozo de cables.

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El Túnel de Descarga, para flujo a gravedad o con superficie libre, que será construido subterráneo. La sección transversal es tipo baúl, de ancho en la base 5,0 m; la longitud total es igual a 1,6 km. La cota de la sección final del canal de descarga se ubica en 270,68.m.s.n.m.; posteriormente, hacia aguas abajo, se dispone (i) la estructura de entrega del agua en el río Jubones y (ii) la obra de cruce del río Jubones, hacia el túnel de baja presión del aprovechamiento hidroeléctrico La Unión. El canal de descarga se diseña con el caudal igual a 65.m³/s y una pendiente longitudinal constante del 0,20% (dos por mil).

Una Línea de Transmisión doble circuito a 230 Kv para incorporar a la Central Minas - San Francisco con el Sistema Nacional Interconectado en la Subestación San Ildefonso, cerca al cantón de El Guabo, Provincia de El Oro.

Las vías de acceso que comprenden movimiento de tierras, conformación de calzada, drenaje y canalización de las siguientes vías: accesos a Gramalote, Uzhcurrumi, accesos a San Francisco y Ventanas; necesarios para la construcción del Proyecto Hidroeléctrico Minas - San Francisco.

c) Alcance de fiscalización del Equipamiento y Obras ElectromecánicasCorresponde a La Consultora realizar la fiscalización sobre las obras que a este respecto realizará la constructora las mismas que son: realizar y ejecutar absolutamente todas las actividades necesarias para alcanzar la operación comercial del Proyecto Hidroeléctrico Minas - San Francisco, de acuerdo con el Acta de Ajuste Técnico, los Estudios de Factibilidad, Diseños Definitivos, y las Especificaciones Técnicas determinadas en la Ingeniería de Detalle, los Pliegos y la Oferta de la constructora, sin que se excluya de su responsabilidad ninguna actividad o tarea, secundaria o principal, necesaria o requerida para cumplir con dicho objetivo.

Se fiscalizará la implementación de todo el equipamiento hidromecánico, mecánico, electromecánico y eléctrico para la Central Hidroeléctrica Minas - San Francisco, el que deberá ser diseñado, fabricado, montado, comisionado y puesto en servicio según las modernas técnicas de ingeniería y conforme a su fin y la aplicación de los mejores patrones de control de la calidad.

Se fiscalizará para que en el desarrollo del Proyecto de conformidad con la normativa indicada en los documentos técnicos, se coloquen las piezas y partes del equipo principal y de todos los elementos complementarios, expuestos al ambiente, alta humedad y calor del sitio de modo que resistan las condiciones ambientales permanentemente, sin oxidación ni corrosión y sin deterioro de las propiedades físicas o dieléctricas propias del material.

La fiscalización exigirá que la Constructora cumpla con lo requerido respecto a que todos los equipos deban ser adecuados para las condiciones locales y régimen de operación a que serán sometidos en la Central Hidroeléctrica Minas - San Francisco. No serán aceptadas limitaciones operacionales impuestas por recomendaciones del fabricante, relativas a la operación y mantenimiento.

Los equipos y sus sistemas asociados deberán conferir condiciones adecuadas de seguridad, calidad, confiabilidad, disponibilidad y estabilidad operacional durante toda la vida útil de la Central Hidroeléctrica Minas - San Francisco, contemplando que durante ese período se realizarán las actividades y trabajos de mantenimiento recomendados, observando las normas técnicas de mantenimiento provistas por los fabricantes, siendo sus ítems principales, sin que ello sea un limitante:

1. Tres (3) válvulas esféricas principales completas, con el rotor-obturador y sus accesorios;2. Tres (3) turbinas tipo Pelton de eje vertical con potencia nominal 91,87 MW cada una, con

sus respectivos sistemas auxiliares;3. Tres (3) conjuntos de regulación de velocidad de las turbinas, incluyendo hardware,

software, sistema de acumulación de presión, sistema de microfiltrado, servomotores y estación de desarrollo;

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4. Equipos auxiliares mecánicos para la Central, incluyendo los sistemas de: vaciado y llenado de las unidades, agua de enfriamiento con su sistema de captación desde el río Vivar, drenaje, aire comprimido de servicio, lubricación incluido microfiltrado y purificación por centrifugado, ventilación, aire acondicionado, agua potable, instalaciones sanitarias, instrumentación y control, protección contra incendio, intercambiadores de calor, vibración incluido software y hardware para control en línea, iluminación;

5. Tres (3) generadores sincrónicos, trifásicos, 60 Hz, 13,8 kV, factor de potencia de 0.9, enfriados por aire, con rotor de polos salientes y eje vertical cuya potencia nominal continua es de 100 MVA cada uno, con sus equipos auxiliares;

6. Tres (3) sistemas de Excitación para los Generadores, incluyendo reguladores de tensión automáticos, transformadores de excitación, tableros e instrumentación;

7. Tres (3) equipos de puesta a tierra, incluyendo transformador de distribución seco 13.800/240 V;

8. Transformadores de medida y protección;9. Barras de potencia;10. Puente grúa del tipo viajera, de capacidad de levantamiento igual o mayor a la parte o

pieza de mayor peso en el proceso de montaje, accionada por motores eléctricos, y estará provista con un sólo carro y éste con un gancho principal.

11. Tres (3) transformadores trifásicos 13,8/230 kV ±2x2,5%, 120 MVA, enfriamiento clase ONAF;

12. Sistemas de supervisión, control y medida para las tres unidades de generación.13. Sistemas de protección completos para los Generadores, los Transformadores

elevadores, el Equipo de Maniobras, las Líneas de Transmisión y para los equipos de los servicios auxiliares;

14. Equipos para Subestación y patio de maniobras a 230 kV, que incluyen: seccionadores, interruptores, pararrayos, transformadores de corriente, transformadores de tensión, barrajes, cuarto de control, medición comercial, sistema de puesta a tierra, sistema SCADA y demás equipamiento necesario para el buen funcionamiento de la subestación, de acuerdo a las normas y especificaciones aplicables;

15. Línea de transmisión a 230 kV, que interconecta la subestación de la Central Minas - San Francisco con la Subestación San Ildefonso cerca de la ciudad El Guabo, en estructuras de acero galvanizado, doble circuito, con doble cable de guarda, uno de los cuales será OPGW, tipo G.652 D, de 24 fibras ópticas monomodo, así como las especificaciones técnicas para cables con fibra óptica anexos a estos pliegos.

16. Sistema de comunicaciones que permita los enlaces entre el CENACE, CELEC EP y oficina Matriz casa de máquinas y campamento de operaciones, de acuerdo a las especificaciones definidas por el Centro Nacional de Control de Energía y CELEC EP, especialmente lo indicado en la Regulación No. CONELEC-005/08 “Requerimientos para la supervisión y control en tiempo real del Sistema Nacional Interconectado por parte del CENACE”; así como la Regulación No. CONELEC-005/06 “Sistema de medición comercial del Mercado Eléctrico Mayorista”.

17. Equipos auxiliares eléctricos que comprenden, sistema de 13,8 Kv, sistema de baja tensión de corriente alterna de 480 V y 220/127 V, sistema de corriente continua, tableros, cables de fuerza y de control, sistemas de puestas a tierra, bandejas portacables alumbrado y tomacorriente de la Central y obras anexas, tuberías y accesorios.

18. Un generador de emergencia a diesel que permita arranque en negro de la Central de acuerdo al diseño del Oferente.

19. Circuitos cerrados de monitoreo visual para seguridad física de la Central.20. Instalaciones eléctricas, incluyendo fundamentalmente los siguientes sistemas: red

secundaria de puesta a tierra y protección contra descargas atmosféricas; sistema de iluminación normal y de emergencia y tomacorrientes; cables de fuerza, control e instrumentación para interconexión entre los diferentes sistemas.

d) Alcance de fiscalización del suministro de materiales, equipos y mano de obra para:

d.1) Actividades civiles:

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1) Desbroce, desbosque y limpieza2) Excavaciones y rellenos a cielo abierto3) Sostenimiento y Protección de taludes4) Perforación e instalación de drenajes5) Inyecciones6) Hormigones convencionales con refuerzo de acero7) Hormigón Lanzado8) Instrumentación de las obras civiles9) Obras arquitectónicas 10) Desvío provisional del río Jubones11) Sistema de puesta a tierra12) Vías de acceso permanentes y provisionales

d.2) Para los equipos:1) Diseño, fabricación, suministro y montaje de equipos

mecánicos, hidro-mecánicos, eléctricos, de automatización, instrumentación, control y telecomunicaciones.

2) Pruebas de aceptación tanto en fábrica como en obra para todos los equipos.

3) Transporte, con seguros adecuados, hasta el sito de instalación en obra; trámite y pago de aranceles de aduana de todos los equipos.

4) Suministro de partes y piezas de repuesto necesarias para el arranque, pruebas y para la operación normal durante dos años, a partir del vencimiento de la Garantía Técnica.

5) Pre comisionado, comisionado, integración, puesta en marcha y operación de prueba de la central.

6) Entrenamiento de personal técnico y de apoyo para la puesta en marcha, operación y mantenimiento de sistemas y equipos.

7) Preparación de la documentación completa (dossier de calidad por frente de montaje) y manual de operación con las instrucción detalladas para la operación y mantenimiento de todos los equipos e instalaciones objeto de este contrato.

8) Revisión de planos de registro (planos “as built”, elaborados por la Constructora) en los cuales se indique lo realmente construido para cada estructura o componente de obra.

d.3) Detalle de partes armadas:Adicionalmente le corresponde fiscalizar la fabricación y/o recepción de:

1) La provisión de partes y piezas de repuesto necesarias para la operación del Proyecto.

2) La tubería empotrada, no empotrada y la que será instalada en el hormigón de segunda etapa, comprendiendo tubería, válvulas, conexiones, soportes, filtrado-res y demás componentes;

3) Toda la instrumentación de la Central, contemplando fundamentalmente: detec-tores, sensores, células, contactores, transductores, instrumentos, panel de ins-trumentos, demás componentes y todo el cableado de interconexión de los com-ponentes de instrumentación;

4) Electroductos, cableado y bloques terminales interconectando ítems del suminis-tro, paneles, lámparas y demás accesorios eléctricos, incluyendo componentes asociados para iluminación, potencia, comando, control, supervisión, alarma, protección y medición;

5) Conjunto de herramientas especiales, dispositivos de izaje, posicionamiento, y plantillas necesarias para el montaje y el mantenimiento de los equipos suminis-trados;

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6) Todos los pernos, tuercas, tirantes, chavetas, pasadores, dispositivos de anclaje, juntas, soportes, plataformas y otros dispositivos de fijación y ajuste, necesarios para montaje de los equipos y de sus accesorios;

7) Una cantidad adicional de cada tipo y dimensión de pernos, tuercas y arandelas a ser utilizados para el montaje (por lo menos 5% de la cantidad necesaria);

8) Estructuras internas de refuerzo, soportes, abrazaderas y otros dispositivos ne-cesarios de forma temporaria en el montaje y hormigonado de los equipos;

9) Dispositivos de anclaje y piezas metálicas a ser empotradas en el hormigón de segunda etapa;

10) Dispositivos especiales y herramientas que sean necesarios para el transporte, montaje, pruebas, instalación y mantenimiento de los equipos;

11) Equipos para pruebas de presión; 12) Todo el aceite para el primer llenado, incluyendo el necesario para "flushing" y

lubricación inicial de los equipos suministrados; 13) Todos los electrodos para soldaduras en la obra, en la cantidad, calidad tipos

necesarios para el montaje completo de los equipos suministrados; 14) Pasarelas, escaleras, rejas, pasamanos, plataformas, etc., directamente ligados

al equipo suministrado, donde sea necesario para permitir o facilitar el acceso para inspección y mantenimiento.

El Fiscalizador está también obligado a supervisar y aprobar lo siguiente:

Ensayos y pruebas en la fábrica, informes, certificados de ensayos e instrucciones para control de calidad, y su monitoreo.

Pre montaje en la fábrica para verificaciones dimensionales, pruebas y ensayos. La limpieza, preparación, pintura y protección de las superficies, incluido los requeri-

mientos necesarios para el retoque final en la obra. La preparación de los embalajes (de acuerdo a requerimientos de transporte para ex-

portación), protecciones, soportes, fijadores y demás ítems de fijación y protección necesarios para el transporte de los bienes.

La inspección de los materiales y equipos, independiente del proveedor o fabricante, previo al embarque de exportación, con certificación (comprobación de calidad, medi-da, peso, recuento).

Manipuleo y transporte de los equipos desde las bodegas de la fábrica hasta el sitio de la obra, comprendiendo además seguros, servicios de acompañamiento de la descarga en el sitio de la obra y almacenaje antes del montaje.

Recibir y aprobar los manuales de Montaje, de Operación y Mantenimiento y de Ins-trucciones para Comisionamiento.

El montaje con supervisión en el sitio de la obra, comprendiendo servicios, materia-les, instrumentos de medidas y equipos.

El Comisionamiento y pruebas de los equipos en el sitio de la obra, con supervisión. Ensayos y pruebas en la obra de los equipos y componentes suministrados, com-

prendiendo servicios, materiales, instrumentos y demás equipos. Capacitación y entrenamiento del personal de la Contratante para pruebas, opera-

ción y mantenimiento de los equipos y sistemas, por parte de la Contratista de Cons-trucción.

Recibir y aprobar los documentos de fabricación certificados ("Data Book" de fabrica-ción).

Recibir y aprobar los certificados de calibración de todos los equipos de medición montados en el sitio de obra.

Todos los equipos y sistemas deberán ser verificados por la Fiscalización para que sean diseñados, fabricados y montados según las más modernas técnicas de ingeniería. Con relación al desempeño, todos los equipos deberán ser adecuados para las condiciones locales y régimen de operación a que serán sometidos en la Central Hidroeléctrica Minas - San Francisco.

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En general las piezas y partes del equipo principal y de todos los elementos complementarios, expuestos al ambiente, alta humedad y calor del sitio, deben ser objeto de verificación y comprobación por parte de la Fiscalización para que sean diseñados o tratados de modo que resistan las condiciones ambientales, permanentemente, sin oxidación ni corrosión y sin deterioro de las propiedades físicas o dieléctricas propias del material y solo están sujetas al desgaste natural por el uso.

La Fiscalización comprobará que los equipos y sus sistemas asociados sean concebidos para que confieran adecuadas condiciones de seguridad, calidad, confiabilidad, disponibilidad y estabilidad operacional durante toda la vida útil de la Central, contemplando que durante ese período se realizarán las actividades y trabajos de mantenimiento recomendadas y la renovación o modernización acorde con los avances tecnológicos que se presenten.

La Contratista de Construcción, es el responsable técnico y legal por los equipos que suministre y los servicios que preste para el montaje y las pruebas de los mismos. Por lo tanto, la Fiscalización deberá constatar que se utilicen las mejores prácticas de la técnica y la ingeniería que aseguren que el Proyecto, durante su vida útil, no se encuentre expuesto a riesgos que puedan afectar la calidad o los márgenes de seguridad mínimos requeridos por causas imputables a la fabricación y/o el montaje y/o pruebas del equipamiento del Proyecto Hidroeléctrico Minas-San Francisco.

El Fiscalizador, realizará todas estas actividades de Fiscalización con diligencia, empleando personal técnico calificado, con experiencia en trabajos similares de acuerdo a los requisitos establecidos en estos Documentos Precontractuales.

4.9.3.2 Descripción de las actividades de la FiscalizaciónLos trabajos de Fiscalización, en concordancia con lo señalado en los capítulos precedentes, comprenderán en general y sin limitarse necesariamente a ellas, las labores técnicas de control de la ejecución de las obras, dentro de los siguientes campos:

a. De los procesos administrativos

a.1 Fiscalizar los trabajos e investigaciones de campo y laboratorio que sean necesarios para la ejecución de la construcción.

a.2 Realizar, previa autorización o a pedido de la Entidad Contratante, cualquier tipo de trabajo de investigación adicional que se juzgue necesario o conveniente, para aumentar el nivel de conocimiento del subsuelo.

a.3 Realizar el análisis y evaluación de situaciones controversiales que se pueden presentar con la Constructora, receptar reclamos y aclaraciones, de ser el caso, y procurar soluciones o emitir opiniones fundamentadas en búsqueda de la solución definitiva.

a.4 Deberá informarse del estado de las vías de acceso al área del Proyecto, y hará el seguimiento de su mantenimiento para que se conserve en adecuadas condiciones durante la ejecución de las obras del Proyecto.

a.5 Estudiar, revisar y familiarizarse con los estudios de impacto ambiental y social y planes de manejo ambiental realizados, con sus medidas de mitigación correspondientes, y solicitar a CELEC EP su complementación, si es necesario.

a.6 Preparar los informes periódicos de progreso de la ejecución del Proyecto que sean necesarios para permitir su seguimiento y el del contrato suscrito, para conocimiento del personal técnico de CELEC EP, y resúmenes ejecutivos del mismo para evaluación a nivel Directivo, así como para el conocimiento de los órganos de control relacionados

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(CONELEC) y las autoridades gubernamentales correspondientes (GPR, MICSE, MEER, entre otras.).

a.7 Preparar la información técnica que sea necesaria para conciliar los diseños y la ejecución del Proyecto Minas-San Francisco.

a.8 Aprobar los instructivos, procedimientos, y supervisar la puesta en marcha de la Central Hidroeléctrica, incluyendo las pruebas de operación (comisionamientos) de los equipos principales de generación y sus sistemas auxiliares y de control hasta su recepción definitiva. Determinar sus características reales de operación y supervisar el funcionamiento experimental de la Central.

a.9 Revisar y aprobar los manuales y procedimientos para la operación y el mantenimiento de las obras e instalaciones de la central hidroeléctrica que sean entregados por la Constructora, de conformidad con la Norma PASS-55 u otras similares que CELEC EP considerare pertinentes; y elaborar los manuales y procedimientos que no sean provistos por la Constructora y que sean necesarios para la operación y mantenimiento de la central, así como capacitar al personal técnico asignado por CELEC EP sobre la utilización de los indicados manuales y procedimientos.

b. Cumplimiento del Contrato de Construcción

b.1 Hacer cumplir al Constructor todas y cada una de las cláusulas de los contratos de ejecución de obras y equipamiento de la central del Proyecto Hidroeléctrico Minas-San Francisco a fin de que el Proyecto se ejecute de acuerdo con sus diseños definitivos, especificaciones técnicas, programas de trabajo, oferta presentada y las recomendaciones de los diseñadores.

b.2 Exigir al Constructor el cumplimiento de la normatividad legal vigente, en especial las leyes y reglamentos laborales, normativa de seguridad social, seguridad industrial y ambiental.

b.3 Certificar las pruebas de todos los equipos y bienes a ser instalados en forma definitiva en las obras, de manera que cumplan con las especificaciones técnicas correspondientes.

b.4 Preparar las Órdenes de Trabajo y los Contratos Complementarios para aprobación de CELEC EP, cuando corresponda.

c. Funciones Generales de la Fiscalización

c.1 Fiscalizar y hacer el seguimiento de los procesos de construcción de las obras civiles del Proyecto, hasta la elaboración y suscripción del Acta de Entrega - Recepción Definitiva.

c.2 Fiscalizar y realizar el seguimiento del proceso de diseño, fabricación, transporte e importación de los equipos a incorporarse al Proyecto, desde su inicio hasta la elaboración y suscripción del Acta de Aceptación de los bienes.

c.3 Conocer, aprobar y supervisar los procedimientos constructivos propuestos por la Constructora y hacer las recomendaciones pertinentes con miras a lograr mayor efectividad de los procesos, comprobando que se ajustan a las especificaciones técnicas, al programa de construcción, a las medidas de seguridad establecidas y al Plan de Manejo Ambiental.

c.4 Detectar oportunamente errores u omisiones de los diseñadores así como imprevistos técnicos y disponer las acciones correctivas inmediatas que corrijan la situación.

c.5 Poner en conocimiento de la Constructora las instrucciones y directrices emanadas de

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CELEC EP con relación a las estipulaciones de los Documentos del Contrato de Construcción para aclarar las Especificaciones Técnicas.

c.6 Autorizar, cuando técnicamente se justificare, el cambio de equipos, materiales, metodología de construcción, etc., siempre que esta solución sea en beneficio del Proyecto.

c.7 Ordenar la corrección, demolición o remplazo de las obras defectuosas o no autorizadas ejecutadas por la Constructora.

c.8 Revisar las técnicas y métodos constructivos propuestos por la Constructora y sugerir las modificaciones que estime pertinentes, de ser el caso.

c.9 Sugerir durante el proceso constructivo la adopción de las medidas correctivas y/o soluciones técnicas que estime necesarias en la construcción de las obras civiles inclusive aquellas referidas a métodos constructivos.

c.10 Resolver las dudas que surgieren en la interpretación de los planos, especificaciones, detalles constructivos y sobre cualquier asunto técnico relativo al Proyecto.

c.11 Llevar el Libro de Obra registrando las observaciones, instrucciones y comentarios a los aspectos técnicos y ambientales que a su criterio deben ser considerados para el mejor desarrollo de la obra. Aquellos que tengan especial importancia se consignarán adicionalmente por oficio regular.

c.12 Atender y resolver oportunamente los pedidos y consultas de la Constructora a través de los Libros de Obra.

c.13 Estudiar los reclamos económico - administrativos que presenten la Constructora y preparar los informes correspondientes.

c.14 Preparar memorias técnicas sobre los procedimientos y métodos empleados en la construcción de las obras.

c.15 Expedir certificados de aceptabilidad de equipos, materiales y obras o parte de ellas.

c.16 Llevar una contabilidad de costos de los principales rubros de obra para conformar un banco de datos para CELEC EP.

c.17 Convocar y dirigir las reuniones semanales con la Constructora y CELEC EP.

c.18 Asistir con toda la información de sustento a las reuniones que convoquen la Constructora, la Fiscalización o CELEC EP.

c.19 Recomendar a CELEC EP la imposición de multas a la Constructora.

c.20 Justificar técnicamente los trabajos adicionales o las modificaciones y órdenes de cambio que puedan surgir durante la ejecución de las obras e informar al Administrador del Contrato para adoptar las decisiones que correspondan.

c.21 Realizar los cálculos pertinentes para determinar los costos de las modificaciones, obras adicionales por realizar u órdenes de cambio.

c.22 Realizará el control previo, registro y archivo sistematizado de la documentación que soporte las planillas para el pago, presentadas por La Contratista de construcción. Con su recomendación y visto bueno solicitará a CELEC EP proceda al pago de las diferentes planillas.

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c.23 Revisará y validará los documentos de importación de los bienes a ser incorporados o utilizados temporalmente en el Proyecto con todos sus soportes, que sean entregados por la Aduana y los remitirá oportunamente a CELEC EP.

c.24 Revisión, aprobación y entrega oportuna a CELEC EP de los manuales de procedimientos elaborados por La Constructora, para la realización de eventos importantes en la ejecución del Proyecto, tales como el llenado inicial del embalse, de las obras de conducción y su vaciado para verificar el efecto de la presión hidráulica en estas obras, así como cualquier otro instructivo que sea necesario.

c.25 Validar los protocolos de pruebas propuestos por la Constructora y monitorear la correcta ejecución de pruebas operativas tales como: i) llenado inicial del embalse, ii) obras de conducción, iii) actividades de llenado y vaciado, iv) sobrepresiones, v) rechazos de carga, vi) cortocircuito, vii) eficiencias, entre otras, en cumplimiento con las disposiciones pertinentes emitidas por los organismos de control correspondientes, en la oportunidad y en los aspectos que fuere aplicable; y aprobar los resultados obtenidos, siendo en consecuencia responsable de la correcta ejecución de tales pruebas.

c.26 Elaborar a solicitud expresa de CELEC EP aquellos manuales, instructivos o procedimientos adicionales que sean requeridos para la construcción, operación y mantenimiento de la Central, y cuya preparación no constituya una obligación de la Constructora.

c.27 Determinar el número y tipo de pruebas que deberán ser realizadas durante el desarrollo del Proyecto, y supervisar su correcta ejecución.

d. Control, seguimiento y actualización de la Programación

d.1 El Fiscalizador exigirá al Contratista de Construcción que los trabajos sean planificados y organizados en sujeción al Contrato de Construcción y a su Oferta, para optimizar el uso de recursos técnicos, económicos y financieros y alcanzar el mayor rendimiento de ejecución de la obra en el menor tiempo. Para el efecto, el instrumento de control de estas obligaciones será el Cronograma de Ejecución del Proyecto.

d.2 Aprobar el programa de organización y ejecución de los trabajos presentado por la Constructora referente a: i) Cronograma valorado de trabajos; ii) Cronograma de Ejecución del Proyecto; iii) Programa de movilización e instalaciones provisionales; iv) Programa de utilización de personal, equipos y subcontratistas; v) Programa de movimiento económico; vi) Programa de cumplimiento de los planes de manejo ambiental; y, vii) Programa de adquisición de suministros y montaje de los equipos.

d.3 Analizar mensualmente los programas antes mencionados, proponiendo los correctivos necesarios, en caso de incumplimiento o previsión de incumplimiento de los plazos o de las estipulaciones contractuales.

d.4 Coordinar sus actividades de manera que la Constructora no retrase sus avances de obra por causas imputables a la Fiscalización; en tal virtud deberá sujetarse al horario de trabajo que fije la Constructora para cumplir con el cronograma establecido.

d.5 En caso de trabajo simultáneo de varios frentes de construcción, la Fiscalización deberá planificar, coordinar y priorizar las actividades de cada uno de ellos, de tal manera que no se presenten interferencias o suspensiones de actividades entre los frentes, evitando que se produzcan solicitudes de incremento de plazos u otros reclamos, por las causas indicadas.

e. Control de los recursos apropiados

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e.1 Verificar las calificaciones del personal técnico de la Constructora y comprobar que su idoneidad y número sean los ofertados y sean los adecuados para la buena y oportuna ejecución de las obras; deberá exigir el retiro y remplazo del personal que no satisfaga los requisitos necesarios y/o no sea idóneo.

e.2 Examinar y aprobar los equipos de construcción y arbitrar las medidas correctivas en caso de deficiencias de cualquier tipo ya sea en su número, estado, cumplimiento de normas ambientales u otros.

e.3 Expedir certificados de aceptación de equipos, materiales y obras o parte de ellas.

e.4 Cuando las circunstancias lo justifiquen, resolver sobre el retiro de equipos, materiales u otros por parte de la Constructora.

f. Revisión y modificación de los diseños durante la fase de ejecución de las obras

f.1 Verificar que la Constructora disponga de todos los diseños, especificaciones, programas, licencias y demás Documentos Contractuales.

f.2 Supervisar el cumplimiento de los parámetros fundamentales de diseño utilizados y realizar el diseño e ingeniería de detalle de la obra civil que faltare, o que existiendo fuera necesario modificar o complementar, respecto de los diseños definitivos del Proyecto de que dispone CELEC EP, y, la aprobación de los Planos de Taller preparados por la Contratista de Construcción del Proyecto.

f.3 Aprobar los planos de diseño de detalle durante la construcción del equipamiento, que serán elaborados bajo la responsabilidad de la Constructora. Respecto del suministro de equipos, deberá aprobar las memorias de diseño y los planos de fabricación que presentará la Constructora. Analizará y aprobará los planes de coordinación de trabajos de la obra civil con la fabricación, suministro y montaje de equipos.

f.4 Analizar y aprobar los resultados obtenidos en la elaboración de modelos físicos o matemáticos que pudieran ser desarrollados o contratados por CELEC EP, la Constructora, o la Fiscalización; y, de ser necesario realizar los rediseños de las obras en base a los resultados y recomendaciones obtenidos.

f.5 Revisar y aplicar las recomendaciones emitidas por la Fiscalización de los Estudios de Diseño Definitivo del Proyecto Minas - San Francisco, constantes en el documento adjunto a estos Pliegos, siempre y cuando sean aplicables a las condiciones constructivas y claramente beneficien al Proyecto.

f.6 Resolver las dudas que surgiesen en la interpretación de planos, especificaciones, detalles constructivos y sobre cualquier asunto técnico relativo al Proyecto.

f.7 Registrar durante la construcción, en los planos de detalle, todos los cambios introducidos durante la construcción respecto del equipamiento electromecánico, para posteriormente comprobar la exactitud de dichos detalles en los planos de registro de la obra ejecutada (“as built”) que elaborará y entregará la Constructora para su aprobación luego de la conclusión de las labores.

f.8 Elaborar los planos finales correspondientes a las Obras Civiles y Línea de Transmisión, los cuales reflejarán en forma exacta el Proyecto tal y como este ha sido construido e instalado (“As Built”).

f.9 Ubicar en el terreno todas las referencias necesarias para los replanteos topográficos y verificar topográficamente, cada excavación, cotas de fundación, alineamientos

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horizontales y verticales y todas aquellas actividades que así lo precisen para la correcta ejecución de las obras.

f.10 Comprobar el replanteo de las obras realizadas por la Constructora, exigiendo la colocación de hitos y referencias que faciliten su construcción y posterior control.

f.11 Comprobar por medio de ensayos de capacidad portante los niveles de cimentación de las obras establecidos en los diseños, una vez realizado el respectivo descapote, y de ser el caso, establecer de acuerdo a las condiciones reales de obra los nuevos niveles de cimentación.

f.12 Elaboración del plan de monitoreo de aquellas obras detalladas en los diseños defini-tivos, tanto durante su construcción como en la etapa de operación, a fin de medir los asentamientos, desplazamientos, tensiones y presiones en las estructuras y sus funda-ciones. Basándose en el plan de monitoreo, determinará y especificará los instrumentos necesarios para para controlar el manejo, funcionamiento y mantenimiento de dichos ins-trumentos.

g. Control de calidad y acompañamiento durante la construcción de las obras

g.1 Acompañar la realización de todas las pruebas especificadas para los diferentes rubros o materiales a incorporase en el Proyecto, según los procedimientos establecidos en las especificaciones técnicas y demás normas aplicables.

g.2 Aprobar las fuentes y controlar la calidad de los materiales empleados y su correcto manejo, conforme a las especificaciones técnicas a través de la toma de muestras para pruebas y/o ensayos de laboratorio que los ejecutará directamente o por terceros bajo la supervisión de su personal, y certificar el cumplimiento de especificaciones técnicas.

g.3 Autorizar o resolver sobre nuevas fuentes de materiales presentadas por la Constructora.

g.4 Controlar que los hormigones estén de acuerdo a las especificaciones técnicas de construcción, a través de ensayos de laboratorio y pruebas de campo.

g.5 Comprobar la calidad y resistencia de todo tipo de hormigón empleado en las obras.

g.6 Cuando la Fiscalización, durante la ejecución de la obra y hasta la recepción definitiva de la misma, advirtiera vicios de construcción, dispondrá que la Constructora proceda a corregir los defectos observados incluyendo la demolición total y el remplazo de los trabajos mal ejecutados o defectuosos y le concederá un plazo prudencial para su realización sin que este evento afecte el plazo total de ejecución del Contrato de Construcción, para lo cual se aplicarán las disposiciones contenidas al respecto en los Contratos de Construcción de Obra y Contrato de Fiscalización. A la expiración del plazo concedido, se efectuará un nuevo reconocimiento y la Fiscalización emitirá un informe a CELEC EP, la cual podrá aplicar lo establecido en el Contrato de Construcción. El plazo en referencia será definido por la Fiscalización en función de las características y particularidades de las correcciones a ser realizadas.

g.7 Durante la excavación para la construcción de la presa y obras anexas, determinará las características geomecánicas del comportamiento “in situ” del macizo rocoso en la cimentación. Al efecto, supervisará y de ser el caso ejecutará aquellas pruebas e investigaciones que se consideren necesarias, y supervisará la instalación de los instrumentos para determinar los esfuerzos que han provocado en el macizo las excavaciones efectuadas, para utilizarlas en los diseños del empotramiento de la presa y obras anexas. De igual manera, supervisará todas las labores relacionadas con: las inyecciones de

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consolidación, impermeabilización de la cimentación, sellado de juntas; así como, las labores de vaciado y tendido del hormigón en la presa y obras anexas. Supervisará además la instalación de toda la instrumentación requerida para el control de estabilidad, comportamiento estructural e impermeabilidad de la presa, durante las fases de construcción y operación.

g.8 Durante la construcción de las obras subterráneas, determinará las características geomecánicas del comportamiento “in situ” del macizo rocoso. Al efecto, supervisará la realización de aquellas pruebas que consideren necesarias, y la instalación de los instrumentos para determinar los esfuerzos que han provocado en el macizo las excavaciones efectuadas, principalmente las de mayor tamaño (cavernas), para utilizarlas en los diseños de los revestimientos en los túneles y de las estructuras que se requieran en estas obras.

g.9 Según el contrato de construcción en: “ Cinco punto uno punto (5.1.) Obras Civiles y Línea de Transmisión” en lo concerniente a: “* Túnel de Conducción o de baja presión, se desarrolla a lo largo de la margen derecha del río Jubones con trece coma nueve (13,9) kilómetros de longitud y se diseña para un caudal de sesenta y cinco coma cero (65,0) m³/s. El veinticinco por ciento (25%) de la longitud del túnel será excavado mediante metodología convencional (DBM) y para el restante setenta y cinco por ciento (75%) se utilizará una máquina tuneladora (TBM).”La fiscalización deberá preveer que podrían existir cambios metodológicos en la construcción del túnel de conducción, para lo cual el personal que realizará la fiscalización de este rubro podría incrementarse si este rubro se realiza en su totalidad con el método convencional (DBM),en esta eventualidad la consultoría adicional que implicaría este cambio, será pagada según el incremento de personal participante asignado a la fiscalización de ese rubro.

h. Cuantificación de cantidades de obra y tramitación de planillas

h.1 Considerando que el Contrato de Construcción prevé el pago de las Obras civiles y Edificaciones en la modalidad de Precios Unitarios y cantidad de obra por cada rubro, el Fiscalizador medirá las cantidades de obra realmente ejecutadas y con esa medición verificar y certificar la exactitud de las planillas de pago que elabore la Constructora, incluyendo la aplicación de las fórmulas de reajuste de precios.

h.2 Los últimos cinco días de cada mes, juntamente con la Constructora, la Fiscalización medirá las cantidades de obra realizadas y con ellas verificará y certificará la exactitud de las planillas de pago incluyendo la aplicación de las fórmulas de reajuste de precios. De requerir iniciar un nuevo rubro que dificulte o imposibilite la futura evaluación de cantidades de obra, su medición se realizará en forma conjunta antes de iniciar el nuevo rubro.

h.3 Trámite de revisión y aprobación de las planillas de obra: Una vez recibida la planilla entregada por la Constructora, la Fiscalización, dentro del plazo que fija el Contrato de Construcción desde la fecha de presentación de la planilla, la aprobará u objetará. En caso de existir objeciones comunicará por escrito dentro del mismo término al Constructor solicitando su corrección. La Planilla será corregida y enviada a la Fiscalización por la Constructora dentro del plazo contractual; así mismo la Fiscalización la aprobará y remitirá al Administrador del Contrato la Planilla corregida. De persistir las objeciones, estas quedarán pendientes para ser resueltas en la planilla siguiente. En este caso los factores de reajuste se calcularán con los índices correspondientes al mes de ejecución de estos trabajos.

En caso de que la Contratista de Construcción no presentare la planilla dentro de los plazos establecidos, se entenderá que hay mora de su parte. En estos casos la Fiscalización elaborará una planilla provisional y la enviará al Administrador del Contrato para la provisión de pago, sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes

h.4 En el trámite de cada planilla la Fiscalización incluirá la evaluación del cumplimiento de

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los programas y la aplicación de las estipulaciones contractuales correspondientes.

h.5 Presentará a CELEC EP para su conformidad, junto con las planillas mensuales de obra, el Informe de Seguimiento Ambiental, detallando las conformidades, no conformidades, medidas correctivas y las sanciones a aplicarse de ser el caso.

h.6 El Fiscalizador tomará en consideración la forma de pago de los equipos que se establece en el Contrato de Construcción, que prevé en función del cumplimiento de los Eventos de Pago y de acuerdo al avance de obra.

i. Control de cumplimiento de Plazos y Recepción de las Obras

i.1 Requerir la sujeción estricta a los cronogramas de trabajo e Hitos Fundamentales aprobados y la adopción de las medidas necesarias para su cumplimiento.

i.2 Revisión y actualización de los programas y cronogramas presentados por la Contratista de Construcción.

i.3 Mantener datos estadísticos sobre los días laborables y la utilización de equipos, materiales, mano de obra.

i.4 Registrar diariamente las condiciones climáticas en los diferentes frentes de trabajo.

i.5 Suspender la totalidad o una parte de los trabajos en los casos previstos en los contratos de construcción.

i.6 Emitir su criterio sobre las solicitudes de ampliación de plazo o cantidades de obras propuestas por la Constructora.

i.7 Preparar el Informe de Finalización de los trabajos de construcción y participar en las recepciones provisional y definitiva conjuntamente con CELEC EP, informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados y la legalidad y exactitud de los pagos realizados.

i.8 Controlar que los trabajos de mantenimiento de las obras durante la construcción y el período de prueba de la central se ejecuten con oportunidad y de conformidad con las normas y estipulaciones de los Contratos de Construcción.

i.9 Participación en las Recepciones Provisional y Definitiva, informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados.

j. Control de Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental y sus Programas de Control En función del Plan de Manejo Ambiental elaborado para el efecto, la Fiscalización tendrá bajo su responsabilidad las siguientes tareas:

j.1 El Fiscalizador deberá revisar, observar, ajustar y/o complementar los planes de monitoreo y seguimiento de los diferentes componentes del Plan de Manejo Ambiental propuesto, luego de lo cual detallará una metodología y programará su monitoreo y seguimiento.

j.2 Vigilar el cumplimiento de los componentes de las políticas ambientales, del Plan de Manejo Ambiental, sus programas de control específicos: Manual de Gestión Ambiental, Plan de Control Ambiental de Obras, Programa de Seguridad y Salud Ocupacional, Programa de Recuperación de Áreas Intervenidas, de las Especificaciones Ambientales y de los procedimientos generales y específicos desarrollados para tal efecto.

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j.3 Diligenciar las listas de chequeo y de verificación, en base del Plan para comprobar el cumplimiento ambiental por parte de la Constructora.

j.4 Suspender las actividades de construcción hasta que se hayan resuelto las deficiencias, particularmente si éstas plantean una amenaza para la salud humana o el medio ambiente, de graves consecuencias.

j.5 Autorizar y supervisar la disposición técnica y ambiental de escombros, restos de construcción y material de desalojo en las escombreras propuestas por la Constructora, las mismas que deberán contar con las debidas aprobaciones de las autoridades competentes.

j.6 Presentar informes técnicos y ambientales relacionados con la ejecución de la obra cuando sean requeridos por CELEC EP.

j.7 Entre otras, las tareas específicas a fiscalizar en el tema ambiental serán:

Comunicar las deficiencias al Constructor y asegurar que las correcciones sean efectua-das.

Aprobar la ubicación de los campamentos temporales de construcción. Vigilar el uso ilegal de drogas o alcohol. Asegurar que se preserve la integridad de los drenajes naturales durante la construcción

y que no se disponga materiales o la vegetación dentro de los cursos de agua. Asegurar que los equipos y maquinarias de construcción se mantengan en buen estado

de funcionamiento y cumplan con la normativa local y nacional aplicable con el fin de mi-nimizar las emisiones atmosféricas y el ruido.

Vigilar el uso adecuado de los explosivos y el cumplimiento de las normas de seguridad pública.

Vigilar el cumplimiento de los procedimientos de control respectivos para minimizar los impactos del ruido en las zonas aledañas al sitio de construcción.

Ordenar la suspensión de los trabajos en caso de que se descubran piezas de potencial valor arqueológico. Impedir la recolección de piezas arqueológicos o la alteración de los sitios.

Asegurar que los combustibles y químicos se almacenen apropiadamente, distantes de los cuerpos de agua y dentro de medios adecuadamente grandes de contención.

Vigilar y asegurar que el desbroce de la vegetación y la alteración del suelo se restrinjan a los límites físicos de las áreas de construcción y sus servidumbres.

Asegurar que se dé cumplimiento de los procedimientos establecidos para el manejo de desechos.

Asegurar la recuperación y el buen manejo de la capa vegetal y que se la conserve en forma adecuada para las actividades de restauración en áreas de excavación.

Verificar que los trabajadores utilicen el equipo protector personal (PPE). Asegurar que se instalen lo antes posible los medios temporales para control de erosión

donde sean requeridos después de la alteración inicial del suelo. Completar un registro, con la frecuencia establecida, que resuma actividades y correc-

ciones realizadas. Diariamente deberá, de ser el caso, consignar las observaciones en los libros de obra correspondientes.

Establecer sitios con potencial erosivo y sugerir medidas de control al personal de cam-po cuando sea necesario.

Prohibir las actividades de caza y pesca. Vigilar la escorrentía de las áreas de construcción con la finalidad de evitar la deposición

de limo en los riachuelos y ríos cercanos. Prohibir la recolección de especies de la flora y fauna, incluyendo frutas, legumbres y

granos. Vigilar la descarga de agua de las zanjas, para evitar la erosión y deposición de limo. Vigilar los contactos sociales con los habitantes locales con vista a minimizar los impac-

tos.

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Aprobar todas las áreas de descarga para el agua de las trincheras y el agua de las pruebas hidrostáticas.

Aprobar todas las fuentes de agua para las pruebas hidrostática con el fin de asegurar la preservación de la calidad de agua en los riachuelos y ríos y prevenir la interrupción a los usuarios río abajo.

Monitorear al equipo de construcción en busca de pequeños derrames y fugas. El equi-po debe ser aparcado sobre almohadillas, superficies impermeables, o sobre bandejas de goteo.

Monitorear el adecuado manejo de desechos sólidos y líquidos en las distintas instala-ciones sean estas temporales o permanentes.

Velar el cumplimiento de todos los procedimientos del Programa de Seguridad y Salud Ocupacional.

Brindar las facilidades para la realización de las Auditorías Ambientales requeridas por los organismos de Control.

Preparar los informes mensuales de cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental. Notificar oportunamente a la Supervisión cualquier contravención relevante en temas

ambientales, la misma que deberá estar acompañada del respectivo informe técnico que indique las acciones correctivas propuestas y las sanciones necesarias de ser el caso.

4.9.4 Informes

4.9.4.1 Informes mensuales de avance de obraLa Fiscalización presentará a CELEC EP, junto con las planillas mensuales de obra, informes del progreso y estado de los trabajos, que contendrán cuando menos la siguiente información:

Aspectos contractuales de la obra, como plazo de ejecución y tiempo transcurrido has-ta la fecha del informe; costo total de los diferentes componentes principales del con-trato; fuentes de financiación del proyecto; subcontratistas; etc.

Características climáticas y pluviométricas en los frentes de obra y su incidencia en el desarrollo de los trabajos.

Descripción, por frente de obra, de cada una de las actividades en ejecución, avance físico y económico parcial y acumulado alcanzado en el período.

Obra ejecutada durante el período y acumulada a la fecha, en cada una de los frentes fiscalizados.

Control y seguimiento del programa de construcción de los distintos frentes fiscaliza-dos.

Resumen de las principales medidas adoptadas para cumplir los plazos establecidos. Porcentaje de cumplimiento de la incorporación del componente electromecánico en el

Proyecto. Proveer a CELEC EP conforme los parámetros que le sean indicados, los datos co-

rrespondientes para que CELEC EP de manera mensual efectúe los reportes de GPR (Gobierno Por Resultados) requeridos por las respectivas autoridades de control.

Control de calidad de los materiales de construcción, que contendrá un resumen de los principales ensayos y controles efectuados a los materiales de construcción de las obras civiles, cumplimiento de las normas técnicas, resultados obtenidos, análisis esta-dístico de los ensayos cuando el número de muestras lo amerite. Incluirá además, in-formación sobre materiales rechazados, explicando las causas y las soluciones.

Higiene y Seguridad Industrial: Se reportarán las principales medidas adoptadas en materia de seguridad; los accidentes ocurridos en el período; cálculo de los índices más representativos de la eficacia del programa de seguridad.

Gestión de la Fiscalización durante el período: Principales temas tratados y sus solu-ciones o recomendaciones.

Reporte de la atención a peticiones de la Contratista. Análisis del personal técnico de la Contratista. Análisis de la cantidad y calidad de los equipos y maquinaria dispuesta en obra, con

recomendaciones al respecto, si es necesario.

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Control de Costos: Con base en el programa de inversiones propuesto, se presentará la inversión ejecutada en el mes y la total acumulada. Se discriminará la obra ejecuta-da en los principales grupos de ítems y se comparará con los valores previstos.

Informe del cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental y del cumplimiento del regla-mento de seguridad para construcción y obras públicas

Reporte de diseños y planos ejecutados por la fiscalización. Reporte de aprobación de planos de detalle ejecutados por la Constructora de la obra

electromecánica. Reporte fotográfico en impreso y en digital del avance de la obra. Referencia de las comunicaciones cursadas con la Constructora. Otros aspectos importantes del Proyecto.

4.9.4.2 Informe de terminación de obrasUna vez terminados los trabajos de construcción y se haya concluido satisfactoriamente el montaje de los equipos, la puesta en marcha de la central y se haya cumplido con las pruebas y protocolos que garanticen que el proyecto se encuentra listo para entrar en operación comercial, la Consultora presentará al Administrador del Contrato el Informe de Terminación de las obras, que contendrá cuando menos: Liquidación económica; Liquidación de volúmenes de obra; Cumplimiento de cláusulas Contractuales; Cumplimiento de especificaciones técnicas; estado de las garantías; procesos constructivos; informes sobre el cumplimiento de las pruebas y protocolos de operación de los equipos, recomendaciones para la operación y mantenimiento de las obras y cualquier otra información que a criterio del Administrador del Contrato sea requerida para proceder a las Recepciones Provisional y Definitiva del Contrato de Construcción. El informe será entregado en el formato propuesto por CELEC EP.

Concluida la Obra, estos Informes, corresponden, entre otros a:

Informe de Entrega Recepción Provisional de la Obra Informe de Aprobación de Planos As Built de la parte electromecánica, presentados

por la Constructora Planos As Built elaborados respecto de la Obra Civil y Línea de Transmisión del

Proyecto. Informe sobre las pruebas en el período de operación experimental de la central Informe de Entrega Recepción Definitiva de la Obra Informe Final Definitivo de Liquidación de la Obra Informe Final de la Liquidación Económica de la Obra

4.9.4.3 Informe Mensual del Contrato de FiscalizaciónConjuntamente con la Planilla mensual de los trabajos de Fiscalización, la Consultora presentará a CELEC EP el informe mensual de las actividades realizadas durante cada período. El informe contendrá además del detalle del estado del contrato, tiempo transcurrido desde la suscripción, participación durante el período y participación acumulada del personal técnico, y cualquier otra información que a criterio de CELEC EP sea relevante.

4.9.4.4 Informe Final del Contrato de FiscalizaciónUna vez concluidas las obligaciones contractuales, la consultora entregará a la entidad contratante el informe final de los servicios prestados, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual.

4.9.5 ASPECTOS GENERALES DE LA METODOLOGÍA DE TRABAJOEl Oferente pondrá especial cuidado en la metodología de trabajo a implementar para la realización de los trabajos de Fiscalización, considerando que la Contratista de Construcción deberá trabajar en 3 turnos diarios, cuando fuere necesario, de conformidad con los términos y condiciones establecidos en el Contrato de Construcción, y especialmente en el rubro correspondiente a los frentes de obras civiles subterráneas. Por

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lo tanto, la programación del recurso de personal técnico de la Fiscalización deberá prever el seguimiento y control de las labores de la Constructora durante todo el tiempo, asignando a los técnicos indispensables para la cobertura de los dos turnos adicionales por jornada, cuando así corresponda, los cuales reportarán al equipo principal de Fiscalización en el turno diurno.

El oferente deberá enfocar todos los aspectos de importancia que involucran las tareas a él encomendadas, poniendo especial énfasis en los mecanismos de control de calidad de los trabajos de Fiscalización, tales como: revisión y aprobación de planillas de obra, monitoreo y seguimiento del Plan de Manejo Ambiental y Social, informes de avance de las obras, contabilidad de costos entre otros.

4.9.6 MARCO LEGALEl presente proceso se rige por la legislación ecuatoriana y en especial por las siguientes normas:

Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública del Ecuador, Registro Ofi-cial No. 395 de 4 de agosto de 2008 y sus reformas;

Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública del Ecuador, Decreto Ejecutivo 1700 Registro Oficial Suplemento 588 de 12-may-2009, y sus reformas;

Normas de control interno para entidades del sector público y personas jurídicas de de-recho privado que dispongan de recursos públicos Acuerdo N° 039-CG

Legislación Ambiental y sus Reglamentos; Licencia Ambiental del Proyecto; Legislación tributaria vigente; Código Civil; Código del Trabajo; Resoluciones del INCOP aplicables; y Ley de Seguro Social Obligatorio.

4.9.7 TERMINOLOGÍA EMPLEADADonde quiera que se usen los términos mencionados en el contrato y en general en estos documentos, su intención y significado se interpretarán de la siguiente forma:

Adjudicación: Es el acto administrativo por el cual la máxima autoridad de CELEC EP, otorga derechos y obligaciones de manera directa al oferente (consultora) seleccionado, después de cumplido el trámite de calificación, selección y negociación, esto es con aquella con la cual se haya llegado a un acuerdo sobre las condiciones técnicas, econó-micas y contractuales para la ejecución de los servicios de consultoría, que son objeto del presente Concurso, y que surte efecto a partir de su notificación y solo será impug-nable a través de los procedimientos establecidos en la Ley.

Adjudicatario: Oferente que una vez cumplidos los procesos de calificación y selección, así como la fase de negociación, resultare idóneo para suscribir el contrato correspon-diente.

Administración de contratos: Son las actividades a desarrollar por la Consultora, para la fiscalización y control del cumplimiento óptimo de todas y cada una de las obligacio-nes contractuales que sean procedentes en el ámbito del manejo de los Contratos con terceros relacionados y asociados al objeto del Concurso.

Administrador del Contrato: Es el funcionario designado por la máxima autoridad de CELEC EP, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones adquiridas por La Consultora por efectos de la suscripción del contrato materia de este proceso, así como será el responsable de canalizar todas las comuni-

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caciones que deban darse entre las Partes por efectos del cumplimiento del objeto del mismo.

APCA: Asociación amparada por constitución o extensión del plazo o acuerdo de aso-ciación.

Asociación: Es la persona jurídica constituida o por constituirse como consorcio, con-formada por dos o más firmas consultoras legalmente constituidas en su país de origen.

Caso Fortuito o Fuerza Mayor: Se entiende por Caso Fortuito o Fuerza Mayor el im-previsto al que no es posible resistir, de acuerdo a la definición del Art. 30 del Código Ci-vil Ecuatoriano y la definición constante en el contrato de construcción.

CELEC EP: Es la Entidad Contratante y, corresponde a las siglas de la Empresa Públi-ca Estratégica CORPORACIÓN ELÉCTRICA DEL ECUADOR CELEC EP.

Comisión Técnica: Órgano designado por la máxima autoridad de la Unidad de Nego-cio CELEC EP – ENERJUBONES, responsable de llevar adelante la etapa precontrac-tual desde la convocatoria hasta la negociación y que concluirá su actuación con la pre-sentación del informe del proceso de evaluación dirigido a la máxima autoridad de la Unidad de Negocio, de conformidad con lo que determinan los artículos 40 y 41 del Re-glamento General de la LOSNCP. Sobre la base del informe que sea emitido por la Co-misión Técnica, la máxima autoridad de la Unidad de Negocio recomendará al Gerente General de CELEC EP, se proceda con la adjudicación de este proceso o en su defecto se proceda con la declaratoria de desierto.

Condiciones Específicas: Documento que forma parte de los Pliegos y que constituye el conjunto de disposiciones y directrices específicas que tienen como objeto regular la preparación de las ofertas y definir la relación contractual entre CELEC EP y el oferente (Consultora).

Condiciones Generales: Documento que forma parte de los Pliegos y que constituye el conjunto de disposiciones y directrices generales que tienen como objeto regular la pre-paración de las ofertas y definir la relación contractual entre CELEC EP y el oferente (Consultora).

Constructora o Contratista: Es la compañía Harbin Electric International Co. Ltd., con la cual CELEC EP suscribió el Contrato de Construcción.

Consultora (o Empresa): Empresa cuyo objeto social comprenda la prestación de los servicios de consultoría que son materia de la presente contratación, habilitada para ejercer actividades de consultoría de acuerdo con lo establecido en la LOSNCP.

Contrato de Construcción: Es el documento suscrito entre CELEC EP y la compañía

Harbin Electric International Co. Ltd., para la “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LÍNEA DE TRANSMISIÓN, DISEÑO DE INGENIERÍA DE DETALLE, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO, Y PUESTA EN SERVICIO DEL PRO-YECTO HIDROELÉCTRICO MINAS - SAN FRANCISCO”, documento que ha sido sig-nado con el número 073-2011.

Contrato: Es el instrumento jurídico en el cual se establecen los términos y condiciones de los servicios que la Consultora prestará a CELEC EP, que regula los derechos y obli-gaciones entre las partes.

Documentos Pre-contractuales, Pliegos, DPC: Son los documentos que contienen las normas y condiciones aplicables para el proceso de selección de la Firma Consultora y adjudicación del contrato correspondiente. Establecen los términos de referencia y las condiciones del contrato de consultoría.

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Entidad Contratante: Es la Empresa Pública Estratégica CORPORACIÓN ELÉCTRICA DEL ECUADOR CELEC EP.

Firmas(s), Firma(s) Consultora(s), Compañía(s), Empresa(s): Es la persona jurídica nacional o extranjera, legalmente constituida, de acuerdo a las normas legales de su país de origen, e integrada principalmente por personal profesional, para proveer servi-cios de consultoría, asesoría, dictámenes expertos y servicios profesionales especializa-dos, requeridos para este proceso.

Fiscalización: Es la vigilancia del fiel y estricto cumplimiento de las cláusulas del Con-trato de Construcción, a fin de que el Proyecto se ejecute de acuerdo con sus diseños definitivos, especificaciones técnicas, programas de trabajo, recomendaciones de los di-señadores y normas técnicas aplicables. Esta actividad la realiza la firma Consultora contratada para este efecto.

Garantía de Buen Uso del Anticipo: La garantía entregada por la Consultora para res-ponder por el total del valor entregado por CELEC EP en calidad de anticipo.

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato: La garantía que entrega la Consultora para asegurar el cumplimiento del Contrato, para responder por las obligaciones que se contrajeren a favor de terceros relacionados con el Contrato, así como para responder por la buena calidad de los servicios a ser prestados.

Idioma de la Oferta y del Contrato: Es el idioma a utilizarse en la Oferta y en el Con-trato, y será el español. Los documentos complementarios se sujetarán a lo establecido en los Términos de Referencia.

LOSNCP: Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Negociación: Proceso llevado a cabo entre la Comisión Técnica y la Consultora, res-pecto de las condiciones técnicas y económicas de la oferta presentada, y que tiene por objeto acordar los aspectos técnicos, económicos y contractuales bajo los cuales se eje-cutarán los servicios de consultoría, que son objeto de este Concurso Público, siempre sobre el cumplimiento previo de las condiciones establecidas en los Pliegos y que son materia de evaluación de las ofertas.

Normas Internacionales Aplicables: Son todas las normas y estándares que se apli-carán tanto en la construcción de las Obras Civiles y Línea de Transmisión, diseño de Ingeniería de Detalle, Fabricación, Suministro, Montaje y Comisionamiento del Equipa-miento y Puesta en Servicio del Proyecto Hidroeléctrico Minas – San Francisco, de acuerdo con el documento “Bases, Normas y Criterios de Diseño Definitivo” que forma parte de los Pliegos y el Acta de Ajuste Técnico del Contrato de Construcción, y otros estándares que fueren aplicables. Se aceptarán normas chinas, siempre y cuando, sean iguales o más favorables que las exigidas por CELEC EP, previo análisis y demostra-ción comparativa que la realizará Harbin Electric International Co. Ltd.

Objetivo: Es la descripción completa y tangible de los resultados que se persiguen para beneficio y satisfacción de CELEC EP, como consecuencia de la prestación del servicio de Fiscalización del proyecto.

Oferente: Es la persona jurídica nacional o extranjera, o asociación de éstas, legalmen-te constituidas para ofrecer servicios de consultoría, en los términos establecidos en el numeral 8 del artículo 6 de la LOSNCP.

Oferta Económica: Documentación e información relacionada con los costos y el pre-supuesto de los servicios de consultoría objeto del proceso de contratación, en concor-dancia con la oferta técnica.

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Oferta Técnica: Documentación e información técnica que la Consultora presenta con el objeto de prestar los servicios de consultoría a contratarse.

Oferta: Es el conjunto de documentos y formularios entregados por la Consultora dentro del término establecido para el efecto en los Pliegos y que deberá constar en dos so-bres.

Persona Jurídica Extranjera: Compañía extranjera que ejerce actividades de consulto-ría que demostrarán estar facultadas legalmente en el país de su constitución para ejer-cer y prestar servicios de consultoría. Para la ejecución de los contratos, dichas perso-nas jurídicas deberán estar domiciliadas en el Ecuador de conformidad con lo previsto en la Ley de Compañías.

Persona Jurídica Nacional: Compañía nacional que puede ejercer actividades de con-sultoría, constituida de conformidad con la Ley de Compañías y tener en su objeto social incluida esta actividad.

Personal técnico principal: Es aquel conformado por profesionales especializados de-pendientes de las firmas consultoras, con experiencia y título académico profesional, asignado a los estudios del proyecto. Es el personal que por su experiencia y capacidad será el único a ser evaluado en el proceso de selección de la consultora.

Plazo: Periodo contado en días calendario sucesivos incluyendo sábados, domingos y feriados.

Pliegos: Conjunto de documentos que contienen la información técnica, económica y le-gal así como las condiciones, normas y procedimientos que rigen este procedimiento concursal.

Portal: Se refiere al portal www.compraspublicas.gob.ec. Sistema informático oficial de Contratación Pública del Estado Ecuatoriano.

Procurador Común (o Apoderado): La persona designada por la Consultora, sola o en asociación con otra(s), como su representante, de acuerdo con las leyes ecuatorianas, quien deberá ser ciudadano ecuatoriano o tener su domicilio o residencia legal en la Re-pública del Ecuador.

Proyecto: Es el Proyecto Hidroeléctrico Minas - San Francisco.

Recepción Definitiva: Es el acto de aceptación definitiva o final por parte de La Contra-tante con respecto a las obligaciones motivo del contrato de consultoría para la Fiscali-zación de la Construcción de Obras Civiles, Línea de Transmisión; Ingeniería de Detalle, Fabricación, Suministro, Montaje y Pruebas del Equipamiento, y Puesta en Servicio de la Central Hidroeléctrica Minas-San Francisco, que procederá y deberá constar en la respectiva Acta de Entrega - Recepción Definitiva, de conformidad con lo dispuesto en el contrato suscrito entre las partes para este efecto.

Recepción Provisional: Es el acto de aceptación provisional o transitoria por parte de La Contratante con respecto a las obligaciones motivo del contrato de consultoría para la Fiscalización de la “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LÍNEA DE TRANSMI-SIÓN; INGENIERÍA DE DETALLE, FABRICACIÓN, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUE-BAS DEL EQUIPAMIENTO, Y PUESTA EN SERVICIO DE LA CENTRAL HIDROELÉC-TRICA MINAS - SAN FRANCISCO”, que procederá y deberá constar en la respectiva Acta de Entrega - Recepción Provisional, de conformidad con lo dispuesto en el contrato suscrito entre las partes para este efecto.

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Sede de la Consultora: Es el sitio en donde la consultora, mantiene sus oficinas princi-pales, para el objeto de este contrato la Consultora deberá ubicar oficinas en la zona del Proyecto Hidroeléctrico MINAS – SAN FRANCISCO, en donde laborarán la mayoría de sus profesionales.

Tabla Base de Precios Unitarios: Es la tabla que contiene las cantidades, precios uni-tarios y subtotales de cada rubro aplicables al contrato, la cual constará en el acta de negociación y que resume todos los servicios contemplados en el contrato.

Término: Período contado en días laborables o hábiles, excluyendo sábados, domingos y feriados.

Términos de Referencia, TDR´s: Documento que forma parte de los Pliegos y que constituye el marco de referencia de los requerimientos sobre los servicios de consulto-ría a contratarse, que definen en forma ordenada y sistemática los objetivos y propósitos del estudio, su nivel, alcance y contenido así como la metodología prevista, determina-ción sobre el número y el tipo de consultores que se requiere para ejecutar los servicios de consultoría. Asimismo incluirán los requerimientos de instrumentos y equipos, la me-todología de trabajo y organización, para la adecuada prestación de los servicios de consultoría.

Unidad de Negocio: Es el área administrativo-operativa de CELEC EP, a cuyo cargo se encuentra la ejecución de la Central Hidroeléctrica Minas - San Francisco, y todo lo rela-cionado con este fin.

4.9.8 PRESUPUESTO REFERENCIAL Y PLAZOEl Presupuesto Referencial para el Contrato de Fiscalización es de USD $29’067.736,85 (VEINTE Y NUEVE MILLONES SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS 85/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), más el valor causado por concepto de IVA.

El Plazo para el contrato de Fiscalización está vinculado al plazo de ejecución del Contrato de Construcción del Proyecto Minas – San Francisco, incluido el período que transcurrirá entre la etapa entre las Recepciones Provisional y Definitiva del mismo, hasta que esta última se produzca a satisfacción de CELEC EP. Sin perjuicio de lo señalado, para fines de referencia de esta oferta se considerará un plazo de cincuenta (50) meses, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato correspondiente.

4.9.9 PERSONAL TÉCNICO PRINCIPAL CLAVECELEC EP ha estimado que el Personal Técnico Principal Clave, así como los tiempos de participación estimados requeridos para la correcta fiscalización de las obras, es el que se detalla a continuación:

Ítem Área de Trabajo Tiempo* (meses)

1 Director General del Contrato 50.00

2 Director de Fiscalización 50.00

3 Especialista Programación y Contratos de obra

50.00

4 Especialista Asesoría Legal 15.00

5 Experto Obras Subterráneas 42.00

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6 Especialista Obras Civiles 44.00

7 Experto Eléctrico Casa de Máquinas 24.00

8 Especialista Control de Calidad 50.00

9 Experto Mecánico - Casa de Máqui-nas y equipamiento general del pro-yecto

40.00

10 Especialista Eléctrica (Incluye Subestación y LT)

24.00

11 Especialista en Diseño 50.00

12 Experto Eléctrica - Ingeniería Integra-ción

24.00

13 Especialista Seguridad-Salud Ocupacional-Ambiental

50.00

* El tiempo de participación de estos profesionales podrá variar en función de las necesi-dades del Proyecto y en función de la programación de los trabajos de la Contratista de Construcción.

4.10EJECUCIÓN DEL CONTRATO

4.10.1 Cumplimiento de especificaciones, disposiciones, datos técnicos garantizadosEl Fiscalizador exigirá al Contratista de Construcción que todos los trabajos se ejecuten en estricto cumplimiento de las disposiciones del Contrato de Construcción, las Especificaciones Técnicas, los controles de procesos constructivos iguales o similares a los que se detallan en el Anexo 3, procedimientos de trabajos subterráneos, los datos técnicos garantizados y dentro de las medidas y tolerancias establecidas en planos y memorias aprobados por CELEC EP o la Fiscalización. En caso de que la Contratista de Construcción, evidenciara discrepancias entre los documentos técnicos materia de la ejecución de los trabajos, deberá indicarlo inmediatamente a la Fiscalización, a fin de que ésta establezca el documento que prevalecerá sobre los demás; y, su decisión será definitiva.

La Fiscalización proporcionará oportunamente al Contratista de Construcción, instrucciones, planos y dibujos suplementarios o de detalle, para realizar satisfactoriamente el Proyecto.

Las decisiones de la Fiscalización, en cuanto se refiere al cumplimiento de las especificaciones técnicas, datos técnicos garantizados y planos por parte de la Constructora, serán definitivas.

4.10.2 Materiales, Instalaciones, SuministrosLa Fiscalización exigirá al Constructor que todos los materiales, instalaciones, equipos y otros suministros y elementos que se utilicen en la ejecución del contrato, cumplan íntegramente con las especificaciones técnicas, los datos técnicos garantizados y, a falta de estos, las instrucciones que imparta la Fiscalización.

La Fiscalización velará porque los equipos, materiales, instalaciones y otros suministros y elementos a incorporarse definitivamente en la obra, suministrados por la Constructora serán nuevos, sin uso y de la mejor calidad. La Fiscalización podrá exigir, cuando así lo considere necesario, para aquellos materiales que requieran de un tratamiento o manejo especial, que se coloquen sobre plataformas o superficies firmes o bajo cubierta, o que

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se almacenen en sitios o bodegas cubiertas, sin que ello implique un aumento en los precios y/o en los plazos contractuales. Los materiales almacenados, aun cuando se hayan aprobado antes de su uso, serán revisados al momento de su utilización, para verificar su conformidad con las especificaciones.

4.10.3 Trabajos defectuosos o no autorizadosCuando la Fiscalización determine que los trabajos realizados o en ejecución fueran defectuosos, por causas imputables al Constructor, por el empleo de equipos, materiales o elementos de mala calidad o no aprobados, por no ceñirse a los planos, especificaciones correspondientes, datos técnicos garantizados o a las instrucciones impartidas por la Fiscalización, ésta ordenará las correcciones y/o modificaciones a que haya lugar; podrá además ordenar la demolición y/o remplazo de tales obras, todo a cuenta y costo de la Constructora, sin que aquello pueda considerarse como un evento de fuerza mayor a efectos de la ampliación del plazo contractual.

Se considerará trabajo no autorizado el que haya realizado por la Contratista de Construcción sin recibir previamente la aprobación de la Fiscalización respecto a los planos para dichos trabajos, o el que se ejecuta contrariando las órdenes de la Fiscalización; por tal razón, correrán por cuenta de la Constructora las rectificaciones o reposiciones a que haya lugar, los costos y el tiempo que ello conlleve.

La Contratista de Construcción tendrá derecho a recibir pagos por los trabajos ejecutados de conformidad con los planos, especificaciones, datos técnicos garantizados y que sean aceptados a satisfacción por la Fiscalización. No tendrá derecho a pagos por materiales, equipos, mano de obra y demás gastos que correspondan a la ejecución de los trabajos defectuosos o no autorizados. Tampoco tendrá derecho al pago por la remoción de los elementos sobrantes.

Todos los trabajos que la Contratista de Construcción deba realizar por concepto de reparación de defectos, hasta la recepción definitiva de las obras, serán efectuados por su cuenta y costo, si la Fiscalización comprueba que los defectos se deben al uso de equipos, materiales de mala calidad, no observancia de las especificaciones, o negligencia de la Constructora en el cumplimiento de cualquier obligación expresa o implícita en el contrato.

4.10.4 Facturación y reajusteLa Fiscalización será responsable por la verificación, aprobación y pago de las facturas que presente la Contratista de Construcción. Para el efecto, considerará que en el Contrato de Construcción se prevé el pago de los trabajos con las siguientes modalidades:

4.10.4.1 Pago de las obras civiles y EdificacionesLos trabajos de Obras Civiles y Edificaciones, serán pagados con los Precios Unitarios del Contrato de Construcción y en función de las Cantidades de Obra realmente ejecutada y aprobada por la Fiscalización en cada uno de los correspondientes rubros. Para el efecto, la Constructora presentará a CELEC EP planillas mensuales de medición de avance de obra, que deberán ser aprobados por la Fiscalización.

Si en casos de excepción, así calificados por la CELEC EP, fuere imprescindible la creación de nuevos rubros, se observará lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

El reajuste por los rubros de obra civil calculado por la Contratista de Construcción mediante la aplicación de fórmulas polinómicas contractuales en base a los precios unitarios, será verificado por la Fiscalización quien, luego de las eventuales correcciones, la aprobará para su pago, observando lo dispuesto en los Arts. 127 a 139 del Reglamento a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

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4.10.4.2 Pago del Suministro y Montaje del EquipamientoEl valor de los equipos, incluidos todos los procesos necesarios para el diseño, fabricación, transporte, montaje y puesta en marcha, será pagado al Contratista de Construcción como Suma Global, no sujeta a reajuste, contra cumplimiento de los Eventos de Pago, determinados en el contrato de Construcción , previa verificación y aprobación por parte de la Fiscalización.

4.10.5 Horario de trabajo de la FiscalizaciónEl Fiscalizador debe considerar que, por disposiciones del Contrato de Construcción, los trabajos de obras civiles, se trabajarán en jornadas de 3 turnos de 8 horas cada uno, salvo excepciones técnicamente justificadas, por lo que deberá suministrar el personal necesario para cumplir con la Fiscalización de las obras sujetas a este régimen.

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CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

SECCIÓN V

PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

5.1 ANÁLISIS PRELIMINAR DEL CONTENIDO DEL SOBRE No. 1

5.1.1 Verificación del contenido de los sobresLa Comisión Técnica verificará que los sobres contengan todos los documentos e información solicitados y que no tengan tachaduras o enmiendas no salvadas Los documentos podrán ser presentados en copias certificadas, sin embargo, en caso de duda sobre cualquiera de los documentos, la Comisión Técnica podrá solicitar durante la fase de convalidación, que cualquier oferente presente el documento original. El oferente requerido deberá presentarlo en el término de tres (3) días contados a partir de la solicitud. De no hacerlo, la Comisión Técnica podrá rechazar el documento cuestionado y surtirá los efectos que corresponda.

Sólo las ofertas cuyo Sobre No. 1 contengan los requisitos mínimos exigidos en los Pliegos, serán sometidas a la evaluación para la calificación.

5.1.2 Requisitos mínimosLos requisitos mínimos exigidos para que un oferente sea habilitado para la evaluación de su oferta, son:

5.1.2.1 Capacidad Legal del participanteLa Comisión Técnica verificará que los participantes hayan demostrado su capacidad legal para celebrar contratos de prestación de servicios de consultoría, mediante la presentación del registro impreso de la página WEB del INCOP en la que conste “Resumen Información Proveedor”, actualizado a la fecha mínima de la Convocatoria que deberá estar incluida en el Formulario No. 2.

5.1.2.2 Capacidad Financiera del participanteLa Comisión Técnica revisará la capacidad financiera del participante sobre la base de los balances del año 2011, de la declaración del impuesto a la renta o del estado financiero según corresponda y de los datos consignados en el Formulario No.12.

5.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN OFERTA TÉCNICALas Consultoras al momento de preparar su oferta deberán considerar los siguientes aspectos:

5.2.2 Para la evaluación de la Consultora: Adjuntar los Formularios 4-A y 4-B. Estos Formularios pueden ser sustituidos por certificados o cualquier otro documento emitido por la entidad contratante o dueño de la obra que contenga la siguiente información: Fecha de suscripción del contrato, objeto del contrato, valor contractual, plazo y ampliaciones, fecha de terminación, hombres – mes de la consultora que participó en el proyecto: En caso de haber participado como APCA, el porcentaje (%) de participación de cada uno de los miembros. Para el caso de que el oferente presente copias de las actas de recepción definitiva de los contratos a los que se refiere la experiencia señalada en los respectivos Formularios, bastará que se presente la parte o partes pertinentes del Acta que permitan constatar la información consignada en los Formularios.

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5.2.3 Para la evaluación de los profesionales: Adjuntar certificados o cualquier otro documento emitido por la entidad contratante o dueña de la obra, que contenga la siguiente información: el objeto del contrato, el plazo contractual o el período al cual se extendió el plazo y el nombre de la firma o consultor individual; en el caso de que el profesional formó parte de una firma consultora se deberá indicar además el nombre de la firma, el tipo de trabajo que ejecutó y el período de participación en el proyecto. Si la experiencia del profesional está sustentada en copias de Actas, se seguirá lo que se indica al respecto en el punto anterior.

5.2.3.1 Para acreditar los tiempos de participación de los profesionales en los proyectos no se considerarán tiempos compartidos, se considerarán únicamente los tiempos reales de participación.

5.2.3.2 Adjuntar copias notariadas de los títulos profesionales.

5.2.3.3 En caso de no presentarse la Carta Compromiso de prestación de servicios o que ésta no esté firmada por el técnico o que la Comisión Técnica comprobare que la disponibilidad del profesional para incorporarse a la Fiscalización conforme al Cronograma de Actividades, no corresponde a la realidad, el currículum vitae del técnico no será evaluado, hasta el momento de su convalidación.

5.2.3.4 En caso de presentarse dos o más técnicos para ocupar un mismo cargo, se evaluará únicamente al que conste como primero en la lista.

5.2.4 El valor de los Proyectos presentados como experiencia en supervisión y/o gerenciamiento y/o fiscalización y/o construcción corresponderá al monto de las obras construidas y/o en construcción.

5.2.5 El valor de los Proyectos presentados como experiencia en diseño corresponderá al presupuesto referencial de construcción de las obras diseñadas.

5.2.6 La Comisión Técnica podrá comprobar por los medios que creyere conveniente, la veracidad de la información remitida por los oferentes. En caso de demostrarse la falsedad de la información consignada en los Formularios o sus anexos por el Oferente, la oferta será descalificada en cualquier momento del proceso.

5.2.7 Para efecto de la asignación de los puntos de margen de preferencia señalado en el numeral 3.7.2., los oferentes deberán incluir entre los certificados de la experiencia, en caso de que hayan participado en Asociación o Consorcio con otras firmas consultoras, el documento que demuestre el porcentaje de participación económica en el contrato de consultoría cuyo objeto fue la ejecución de los estudios y/o diseños definitivos que sirvieron para la contratación de la obra que se va a fiscalizar.

5.2.8 La solvencia financiera de los participantes se obtendrá del balance del año 2011 (Que corresponda al último ejercicio económico), de la declaración del impuesto a la renta o del estado financiero según corresponda y de los datos consignados en el Formulario (12).

5.2.9 Los balances y los estados de pérdidas y ganancias deben estar firmados por un Contador acreditado.

A partir de la información que proporcionen los Consultores en los formularios y documentos complementarios, y en función de lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y disposiciones del INCOP, en lo que sean aplicables, la Comisión Técnica evaluará las Ofertas considerando los criterios contenidos en estos pliegos.

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En función de lo establecido, la calificación de la Oferta Técnica y Oferta Económica se realizará sobre un total de cien (100) puntos cada una.

De conformidad con lo señalado en los Términos de Referencia, numeral 4.9.9., en el que señala el Personal Técnico Principal Mínimo considerado como “Clave” para la Fiscalización, CELEC EP ha establecido los siguientes puntajes y criterios para la calificación de las Ofertas Técnicas:

CRITERIO CalificaciónExperiencia del Consultor: 22Experiencia General del Consultor 5Experiencia Específica del Consultor 17Experiencia del Personal Técnico Principal Clave: 70 1. Director General del Contrato 10 2. Director de Fiscalización 8 3. Especialista Programación y Contratos de Obra 6 4. Especialista Asesoría Legal 4 5. Especialista Obras Subterráneas 6 6. Especialista Obras Civiles 6 7. Experto Eléctrico – Casa de Máquinas 4 8. Especialista Control de Calidad 4 9. Experto Mecánico - Casa de Máquinas 4 10. Especialista Eléctrico (Incluye Subestación y LT) 4 11. Especialista en Diseño 6 12. Experto Eléctrico – Ingeniería Integración 4 13. Especialista Seguridad – Salud Ocupacional - Ambiental 4 Plan de Trabajo 8

Total 100

El número máximo de profesionales a ser remplazados en la etapa de negociación por no alcanzar la calificación mínima es de tres; si se sobrepasa este valor la oferta será rechazada.

CRITERIOS DE CALIFICACIÓN Y PUNTAJES A ASIGNARCRITERIO PUNTAJE

MÁXIMOPUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTE5.2.1 Experiencia del CONSULTOR 22

Experiencia General: Experiencia general en consultoría.Obtendrá la máxima calificación el oferente que haya ejecutado contratos de consultoría, en general, en los últimos 10 años, por montos cuya sumatoria sea igual o superior a cien millones. Para valores menores la calificación será proporcional.

5

Formularios Nos. 3 y Anexos

Experiencia Específica: La Comisión Técnica calificará la experiencia específica en fiscalización y/o gerenciamiento y/o

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supervisión de:

1. Construcción de proyectos cuya sumatoria de capacidad instalada debe ser igual o mayor a 200 MW.

2. Construcción de por lo menos una presa con una altura mínima de 40 m.

3. Construcción de mínimo una presa de hormigón rodillado.

4. Construcción de casa de máquinas subterránea de 50.000m3 de volumen de excavación o más.

5. Túneles de conducción y/o descarga de no menos de 25 m2 de sección transversal y longitud acumulada mínima de 5 Km.

6. Excavación de al menos un pozo subterráneo vertical, de por lo menos 10 m2 de sección y 150 m de longitud.

7. Control y/o diseño de ingeniería de detalle, fabricación, suministro montaje y puesta en marcha de (i) turbinas tipo Pelton con una capacidad mínima de 70 MW y una eficiencia mínimo del 91 % y (ii) generadores con una capacidad mínima de 70 MW y un rendimiento mínimo del 98 %

8. Control y/o diseño de Ingeniería de detalle, fabricación, suministro montaje y puesta en marcha subestaciones con transformadores de una capacidad 80 MVA y una eficiencia mínima del 99 %

9. Control y/o diseño de Ingeniería de detalle, fabricación, suministro montaje y puesta en marcha de líneas de transmisión de 230 Kv con una longitud mínima de 40 Km.

Se considerarán únicamente los proyectos ejecutados en los últimos quince (15) años.

Si la empresa no obtiene una calificación igual o superior al 60% del puntaje máximo será calificada con un puntaje de cero (0).

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2

2

2

2

2

2

2

1

Formularios No. 3 y Anexos

5.2.2 EXPERIENCIA DEL PERSONAL TÉCNICO PRINCIPAL CLAVE: La Comisión analizará en base a los certificados presentados junto al currículo vite, la experiencia del Personal Profesional Técnico Principal Clave asignado al Proyecto. Los profesionales que no hubieren alcanzado un puntaje mínimo equivalente al 60 (sesenta) por ciento del puntaje máximo, tendrán un puntaje de cero (0) y en caso de que la oferta resultare adjudicada, en la etapa de

70Formulario

No. 6 y Anexos

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negociación deberán ser remplazados por profesionales que cumplan los requerimientos solicitados en estos pliegos. Si el Director de Fiscalización no obtiene una calificación igual o superior al 60% la oferta será rechazada.

Director General del Contrato: 10 PuntosRequisitos Básicos: Título Universitario de Cuarto nivel en profesiones afines: Inge-niería civil, hidráulica, eléctrica, mecánica, administración de empresas. Mínimo 20 años de graduado y 5 años de experiencia en Gerencia y/o Dirección y/o Administra-ción de Contratos de Fiscalización o Construcción de proyectos hidroeléctricos.

CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTEExperiencia General: Experiencia acumu-lada desde la fecha de su graduación en supervisión y/o gerenciamiento y/o fiscali-zación y/o construcción y/o diseño de obras civiles hidroeléctricas.El Puntaje se asignará de la siguiente manera:

3Formulario

No. 6 y Anexos

10 años o más 3 puntos> 8 hasta 10 años 2 puntos> 6 hasta 8 años 1 puntosMenos de 6 años 0 puntosExperiencia Específica: Experiencia como Gerente o Director (o cargo equivalente) con responsabilidades que incluyan el manejo, la programación y control de resultados, de contratos de construcción o fiscalización y/o gerenciamiento y/o supervisión de la construcción de proyectos con obras hidráulicas cuyos montos de ejecución sean al menos de USD 200’000.000 cada uno.El máximo puntaje de 7 puntos obtendrá quien demuestre poseer este tipo de experiencia en los últimos 20 años en contratos cuyos montos acumulados de ejecución sea de 600 millones de dólares. Para montos menores, el puntaje será proporcional.

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Formulario No. 6 y Anexos

Director de Fiscalización: 8 PuntosRequisitos Básicos: Título de Ingeniero Civil o Hidráulico. Mínimo 15 años de gra-duado y 10 años de experiencia en Fiscalización de Construcción y/o equipamiento de proyectos de obras hidráulicas

CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTEExperiencia General: Experiencia acumu-lada desde la fecha de su graduación en supervisión y/o gerenciamiento y/o fiscali-zación y/o construcción y/o diseño de

2

53

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obras civiles hidráulicasEl Puntaje se asignará de la siguiente manera:

Formulario No. 6 y Anexos

> 10 años 2 puntos> 5 hasta 10 años 1 puntoExperiencia Específica: Experiencia en los últimos 20 años como Jefe o Director de Fiscalización (o cargo equivalente) de construcción de proyectos hidroeléctricos con túneles, cuyos montos de ejecución sean al menos de USD 200’000.000 cada uno.El máximo puntaje de 6 puntos obtendrá quien alcance un monto acumulado de 400 millones de dólares. Para montos menores, el puntaje será proporcional.

6

Especialista en Programación y Contratos de obra : 6 PuntosRequisitos Básicos: Título en Ingeniería Civil, especializado en administración de contratos, programación de obras y especialista en análisis de precios unitarios. Mínimo 10 años de graduado. Haber fiscalizado la construcción de obras civiles, llevado el control y aprobación de planillas de contratos de al menos 10 millones de dólares

CRITERIO PUNTAJE

MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTEExperiencia Específica: Experiencia como Especialista en Programación y control de obras hidráulicas, especialista en análisis de precios unitarios. Se considerarán únicamente los proyectos en donde se hayan fiscalizado y aprobado planillas de contratos de al menos 10 millones de dólares cada uno. El máximo puntaje de 6 puntos obtendrá quien alcance un monto acumulado de 150 millones de dó-lares. Para montos menores, el puntaje será proporcional.

6Formulario

No. 6 y Anexos

Especialista Asesoría Legal : 4 PuntosRequisitos Básicos: Título de Doctor en Leyes en el Ecuador, con especialidad en Contratación pública. Mínimo 10 años de graduado. Haber sido Jefe de asesoría Jurídica en algún proyecto de construcción Pública. La especialidad en contratación se acreditará con título de cuarto nivel en Contratación Pública, o con certificación de haberse desempeñado al menos 5 años en entidades públicas o privadas en la rama específica de la contratación pública o de fiscalización de contratos públicos.

CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTEExperiencia Específica: Experiencia en los últimos 10 años como Asesor de contratación pública, o asesor de Fiscalización de construcción de proyectos cuyos montos sean al menos de 8 millones de dólares cada uno. El máximo puntaje de 4 puntos obtendrá quien alcance un monto acumulado de 100 millones de dólares. Para montos menores, el puntaje

4

Formulario No. 6 y

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será proporcional. Esta experiencia se acreditará con los correspondientes certificados emitidos por el responsable de la entidad pública o privada en la que haya prestados sus servicios.El oferente que incluya entre su equipo un profesional que no cumpla con los requisitos básicos antes señalados, no obtendrá puntaje alguno en este ítem.

Anexos

Especialista Obras Subterráneas: 6 PuntosRequisitos Básicos: Título de Ingeniero Civil, con especialidad en Geotecnia y/o Mecánica de los Suelos. Mínimo 10 años de graduado. Haber fiscalizado la construcción de túneles de al menos 5Km de longitud y casa de maquinas subterráneas de al menos de 50.000m3 de excavación.

CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTEExperiencia Específica: Experiencia como Especialista en Geotecnia y/o Mecá-nica de los Suelos en fiscalización y/o construcción y/o diseño de obras civiles subterráneas. Se considerarán únicamente los proyectos y cuyos montos sean al me-nos de 10 millones de dólares cada uno.El máximo puntaje de 6 puntos obtendrá quien alcance un monto acumulado de 150 millones de dólares. Para montos menores, el puntaje será proporcional.

6

Formulario No. 6 y Anexos

Especialista en Obras Civiles: 6 PuntosRequisitos Básicos: Título en Ingeniería Civil, especializado en Hidráulica o Estructuras u Obras Subterráneas. Mínimo 10 años de graduado. Haber fiscalizado la construcción de una presa de al menos 40 m de altura, túneles de al menos 5Km de longitud y casa de maquinas subterráneas de al menos de 50.000m3 de excavación.

CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTEExperiencia Específica: Experiencia como Especialista en Estructuras o Hidráu-lica u Obras Subterráneas con experiencia en la fiscalización y/o construcción y/o di-seño de obras Civiles y en los que haya sido responsable del control de calidad de los hormigones, construcción de túneles de por lo menos 5 Km de longitud y casas de maquinas subterráneas de al menos 50.000 m3. Se considerarán únicamente los pro-yectos y cuyos montos sean al menos de 10 millones de dólares cada uno. El máxi-mo puntaje de 6 puntos obtendrá quien al-cance un monto acumulado de 150 millo-nes de dólares. Para montos menores, el puntaje será proporcional.

6

Formulario No. 6 y Anexos

Especialista Control de Calidad : 4 PuntosRequisitos Básicos: Título en Ingeniería Civil o Ingeniería Mecánica, o ingeniería

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eléctrica o ingeniería industrial. Mínimo 10 años de graduado. Haber sido Jefe de control de calidad de al menos un proyecto hidroeléctrico con una potencia superior a 100 Mw.

CRITERIO PUNTAJE

MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTEExperiencia Específica: Experiencia en los últimos 20 años como jefe de control de calidad, aplicando las normas internacionales vigentes para contratos cuyos montos sean al menos de 10 millones de dólares cada uno. El máximo puntaje de 4 puntos obtendrá quien alcance un monto acumulado de 100 millones de dólares. Para montos menores, el puntaje será proporcional.

4

Formulario No. 6 y Anexos

Experto Mecánico - Casa de Máquinas y equipamiento del proyecto: 4 PuntosRequisitos Básicos: Título en Ingeniería Mecánica, con especialización en turbo máquinas y control de soldaduras. Mínimo 10 años de graduado. Haber sido Jefe de Fiscalización o de Frente en el área mecánica en al menos un proyecto hidroeléctrico.

CRITERIO PUNTAJE

MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTEExperiencia Específica: Experiencia en los últimos 20 años como Fiscalizador de construcción de proyectos hidroeléctricos, con tubería de carga soldada, válvulas de control y turbo maquinas hidráulicas con sus sistemas auxiliares destacando el control de vibraciones en línea, regulador de velocidad, control de materiales de los equipos hidromecánicos que tengan una potencia mínima de 50 MW. y cuyos montos sean al menos de 25 millones de dólares cada uno. El máximo puntaje de 4 puntos obtendrá quien alcance un monto acumulado de 100 millones de dólares. Para montos menores, el puntaje será proporcional.

4

Formulario No. 6 y Anexos

Especialista Eléctrica (Incluye Subestación y LT): 4 PuntosRequisitos Básicos: Título en Ingeniería Eléctrica. Mínimo 10 años de graduado.

Haber sido Jefe de Fiscalización o de Frente en al menos un proyecto hidroeléctrico.CRITERIO PUNTAJ

E MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTEExperiencia Específica: Experiencia en los últimos 20 años como Fiscalizador de construcción de proyectos hidroeléctricos, con generadores de potencia de al menos 50 MW, subestación y línea de transmisión, enlace a sistemas interconectados, que haya participado en pruebas de comisionamiento y puesta en marcha de generadores que se hayan enlazado al sistema interconectado y cuyos montos sean al menos de 25 millones

4

Formulario No. 6 y Anexos

56

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de dólares cada uno. El máximo puntaje de 4 puntos obtendrá quien alcance un monto acumulado de 100 millones de dólares. Para montos menores, el puntaje será proporcional.

Especialista en Diseño: 6 PuntosRequisitos Básicos: Título Ingeniería Civil, Mecánica o Eléctrica. Mínimo 10 años de graduado. Haber tenido experiencia en diseño y/o supervisión y/o fabricación y/o montaje de proyectos hidroeléctricos

CRITERIO PUNTAJE

MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTEExperiencia Específica: Experiencia como Especialista en Ingeniería Civil, Eléctrica y/o Mecánica en proyectos hidroeléctricos y en el diseño de obras civil, y/o la supervisión de la fabricación, montaje, pruebas y operación de equipos de generación de proyectos hidroe-léctricos de al menos 200 MW y cuyos mon-tos de fabricación sean al menos de 100 mi-llones de dólares cada uno. El máximo pun-taje de 6 puntos obtendrá quien alcance un monto acumulado de 300 millones de dóla-res. Para montos menores, el puntaje será proporcional.

6

Formulario No. 6 y Anexos

Experto Eléctrica - Ingeniería Integración: 4 PuntosRequisitos Básicos: Título en Ingeniería Eléctrica o electrónica. Mínimo 10 años de

graduado. Haber sido Jefe de Fiscalización o de Frente en al menos un proyecto hidroeléctrico.

CRITERIO PUNTAJE

MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTEExperiencia Específica: Experiencia en los últimos 20 años como parte de un equipo de construcción o fiscalización de la construcción de proyectos hidroeléctricos que tengan generadores de potencia de al menos 50 Mw, con sus sistemas auxiliares, experto en reguladores de velocidad, en sistemas de control, en automatización y en integración entre diversos sistemas junto con sus obras civiles y cuyos montos sean al menos de 100 millones de dólares cada uno.El máximo puntaje de 4 puntos obtendrá quien alcance un monto acumulado de 600 millones de dólares. Para montos menores, el puntaje será proporcional.

4

Formulario No. 6 y Anexos

Especialista Seguridad-Salud Ocupacional-Ambiental: 4 PuntosRequisitos Básicos: Título en Ingeniería de seguridad industrial y ambiental. Mínimo 10 años de graduado. Haber sido Jefe de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, especializado en Control Ambiental, en al menos un proyecto Hidroeléctrico con una potencia superior a 100Mw

CRITERIO PUNTAJE PUNTAJE FORMULARI

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MÁXIMO OBTENIDO

O DE SOPORTE

Experiencia Específica: Experiencia en los últimos 20 años como Jefe de Seguridad Industrial y-Salud ocupacional, especializado en Control ambiental y haber sido parte de un equipo de construcción o fiscalización en al menos un proyecto Hidroeléctrico con una potencia superior a 100Mw cuyos montos sean al menos de 100 millones de dólares cada uno. El máximo puntaje de 4 puntos obtendrá quien alcance un monto acumulado de 300 millones de dólares. Para montos menores, el puntaje será proporcional.

4

Formulario No. 6 y Anexos

CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTE5.2.3 PLAN DE TRABAJO: Se evaluará el contenido del Formulario 8, atendiendo a cada uno de los aspectos contemplados en el formulario, de acuerdo con una evaluación objetiva, que cuantifique criterios como enfoque, alcance y metodología de los trabajos, de acuerdo a la propuesta presentada, cuya máxima calificación será 8 puntos, divididos de la siguiente manera: -Enfoque, alcance y metodología: 3 puntos -Organigrama estructural del servicio propuesto: 3 puntos -Cronograma de actividades: 2 puntos

8

Formulario No. 8

CRITERIO PUNTAJE MÁXIMO

PUNTAJE OBTENID

O

FORMULARIO DE

SOPORTE5.2.4 Participación en los Diseños de Licitación del Proyecto. Resolución INCOP No. 056-2012 de 8 de febrero de 2012.

10

PUNTAJE TOTAL 100

Como primer resultado de la evaluación de la Oferta Técnica se obtendrá un subtotal que será igual a la suma de las calificaciones asignadas según los criterios que anteceden, cuyo puntaje máximo será de cien (100) puntos. Para no ser descalificados, en aplicación del Art. 5 de la Resolución INCOP No. 021-09, de 12 de mayo de 2009, los oferentes deberán obtener al menos setenta (70) puntos de cien (100) en la evaluación técnica, excluyendo los diez (10) puntos del Margen de Preferencia.

Las ofertas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta etapa, y no accederán a la Evaluación de las Ofertas Económicas.

A continuación se sumará el Margen de Preferencia que correspondiere a cada Oferente, el cual será determinado conforme los parámetros que constan en el numeral 5.2.5 que prosigue, para obtener la calificación final del Sobre No 1. Si algún oferente superare los cien (100) puntos, su calificación será igual a cien (100) puntos.

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El Puntaje final de la Oferta Técnica, es la calificación que será ingresada por la Comisión Técnica al Portal.

5.2.5 Margen de preferenciaPara el efecto de aplicar el margen de preferencia se observará lo establecido en la resolución INCOP No. 056-2012:

1) Si el oferente es una persona natural o jurídica que demuestre haber sido la Contratista de los estudios de diseños e ingeniería definitivos del proyecto, y presenta el acta de entrega-recepción respectiva, se le otorgará el 100% del margen de preferencia (10 puntos);

2) Si el oferente es una personal natural o jurídica, que demuestre haber sido participe de una asociación o consorcio que fue la Contratista de los estudios de diseño e ingeniería definitivos, y que cuente con el acta de entrega-recepción y el contrato de constitución de la asociación o consorcio correspondientes, se le otorgará el margen de preferencia en consideración al porcentaje de su participación en la asociación o consorcio;

3) Si el oferente es un consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio, en el que uno de sus participes acreditare haber sido la Contratista de los estudios de diseño e ingeniería definitivos, y a la vez cuenta con el acta de entrega-recepción correspondiente, se le otorgará el margen de preferencia en consideración al porcentaje de intervención del participe que realizó los estudios de diseños e ingeniería definitivos en el consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio; y,

4) Si el oferente es un consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio. en el que uno o varios de sus participes acreditaren haber sido parte de una asociación o consorcio que fue la Contratista de los estudios de diseño e ingeniería definitivos, siempre y cuando se cuente con la respectiva acta de entrega-recepción y el contrato de constitución del correspondiente consorcio o asociación, se le otorgará el margen de preferencia en consideración al porcentaje ponderado de las participaciones del partícipe o participes, tanto respecto de la asociación o consorcio que contrató tales estudios de diseños e ingeniería definitivos, como respecto de su participación en el consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio en las que está interviniendo; y,

5) Si el oferente es una persona jurídica, consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio, que entre su personal técnico cuenta con la participación de una persona natural que demuestre haber sido la Contratista de los estudios de diseño e ingeniería definitivos – a través de la presentación de la correspondiente acta de entrega-recepción-, se le otorgará el 100% del margen de preferencia previsto (10 puntos) , siempre y cuando el diseñador de los estudios ocupe el puesto de director del proyecto o director de fiscalización, dentro del equipo de trabajo de la persona jurídica, consorcio, asociación o compromiso de asociación o consorcio oferente.

En todos los casos, el margen de preferencia de hasta diez (10) puntos se otorgará adicionalmente a los alcanzados por el oferente en la calificación técnica, hasta alcanzar el máximo de cien (100) puntos en el total, conforme lo dispuesto en el numeral 5.2.4 que antecede.

5.3 CRITERIOS DE EVALUACIÓN OFERTA ECONÓMICADe conformidad con lo establecido en la Resolución INCOP No.021-09 de 12 de mayo de 2009, para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de setenta (70) puntos. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas y rechazadas en esta fase.

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En la fecha que señale la Comisión Técnica se procederá a la apertura de las propuestas económicas. Previamente la Comisión Técnica comunicará a los Consultores los puntajes obtenidos en la evaluación técnica y procederá a devolver los sobres de las propuestas económicas sin abrir de aquellas ofertas que no hayan alcanzado el puntaje mínimo establecido, de 70 puntos sobre 100.

Las propuestas económicas de los Consultores que obtuvieron un puntaje igual o superior al mínimo admisible serán abiertas en dicho acto.

La Oferta Económica será calificada sobre un total de 100 puntos. El valor de la oferta económica, para efectos de esta evaluación, no debe incluir el valor de Rubros Rembolsables que se indican en el Formulario 11-A. La asignación de puntajes de las ofertas económicas, corregidas de ser el caso, se realizará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

Pei = 100 x M M + di

En la que:

Pei = Puntaje por Evaluación Económica del oferente i.M = Media aritmética de las ofertas económicas de los Ofertantes.di = Diferencia en valor absoluto entre el precio propuesto por cada Ofertante y la media aritmética M.

Para la calificación de las ofertas económicas se procederá a obtener la media aritmética resultante de la sumatoria de los valores ofertados dividida para el total de ofertas. Se le otorgará el 100% de la calificación a aquella o aquellas ofertas que más se acerquen a la media. Las demás ofertas recibirán un puntaje proporcional a la media.

En aplicación de esta ecuación, la oferta que más se acerque a la media, será la que obtenga el mayor puntaje, y las demás obtendrán un puntaje en función de la distancia que las separe de la media.

Una vez obtenido el puntaje aplicando esta fórmula, aquella oferta que alcance el mayor puntaje se calificará con 100 puntos, y el resto de calificaciones se reajustarán sobre esta base, en forma directamente proporcional.

En caso de presentarse solamente dos propuestas, para realizar el cálculo se incluirá el presupuesto referencial, como si fuera una tercera propuesta.

En la oferta económica, el oferente incluirá todo lo necesario para realizar el trabajo de fiscalización.

5.4 EVALUACIÓN FINALPara el orden de prelación, tanto la evaluación técnica como la evaluación económica se calificarán sobre cien (100) puntos.

El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:

PTOi = (c1*Pti) + (c2*Pei)

Dónde:

PTOi = Puntaje Total del Oferente i

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Pti = Puntaje por Evaluación Técnica del Oferente iPei = Puntaje por Evaluación Económica del Oferente ic1= Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.80c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.20

En caso de empate, para obtener el orden de prelación se priorizara al que haya obtenido el mayor puntaje en la Oferta Técnica. Si en estas condiciones aún subsiste el empate, se seleccionará la primera opción para la negociación, por sorteo.

5.5 INFORME DE COMISIÓN TÉCNICALa Comisión Técnica, preparará el Informe correspondiente con los respectivos cuadros comparativos y orden de prelación, y lo remitirá al Gerente General de CELEC EP, para su análisis y decisión.

5.6 OFERTA ÚNICASi se presenta una sola oferta, y ésta cumple con las condiciones de los pliegos, será evaluada y el contrato le será adjudicado siempre que sea conveniente a los intereses de CELEC EP.

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CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

SECCIÓN VI

PROYECTO DE CONTRATO

COMPARECIENTESIntervienen en la celebración del presente contrato, por una parte la Empresa Pública Estratégica CORPORACIÓN ELÉCTRICA DEL ECUADOR CELEC EP, legalmente representada por el señor ingeniero Eduardo Barredo Heinert, en su calidad de Gerente General y representante legal, parte a la cual en adelante y para efectos de este contrato se le denominará “CELEC EP” o “LA CONTRATANTE”; y, por otra, (la firma Consultora), representada por (nombre del representante legal, apoderado o Procurador Común), en su calidad de (título o cargo en el que comparece) conforme se evidencia de la copia del (documento habilitante correspondiente) adjunta, parte a la cual en adelante y para los mismos efectos se le denominará “LA CONSULTORA” o “LA CONTRATISTA”.

A las comparecientes, individual e indistintamente se les podrá denominar “Parte” y en conjunto “Partes”.

Las Partes se obligan en virtud del presente contrato, contenido al tenor de las siguientes cláusulas:

Cláusula Primera.- ANTECEDENTES

1.01 El Directorio de CELEC EP, mediante Resolución No. XXX, de fecha XXX, autorizó al señor Gerente General para que inicie el trámite del proceso de Concurso Público de Consultoría No. XXXX, para la “FISCALIZACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LÍNEA DE TRANSMISIÓN; INGENIERÍA DE DETALLE, FABRICACIÓN, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO, Y PUESTA EN SERVICIO DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA MINAS – SAN FRANCISCO”.

1.02 Mediante Resolución No. … de fecha… el Gerente General de CELEC EP, aprobó los pliegos y demás documentos del concurso, y delegó a la Unidad de Negocio CELEC EP – ENERJUBONES el desarrollo del mismo, reservándose la Gerencia General las atribuciones de adjudicar el proceso y suscribir el contrato pertinente.

1.03 La convocatoria al Concurso Público para la prestación de los “Servicios de Consultoría para la Fiscalización de la Construcción de Obras Civiles, Línea de Transmisión; Ingeniería de Detalle, Fabricación, Suministro, Montaje y Pruebas del Equipamiento, y Puesta en Servicio de la Central Hidroeléctrica Minas –San Francisco”, fue publicada en el Portal www.compraspublicas.gob.ec el XX de XXX de 2012.

1.04 Con fecha ……………., se produjo el cierre de la presentación de Ofertas, habiéndose constatado que se entregaron las siguientes ofertas: ………………………….

1.05 Luego del procedimiento establecido en los Pliegos, mediante Memorando No. …………….de fecha ………………,la Comisión Técnica de Consultoría informó los resultados del proceso de calificación y evaluación de oferentes del Concurso Público signado con el No. XXXXX, estableciendo el orden de prelación luego del análisis técnico-económico de las ofertas.

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5.2.9.1 (Otros antecedentes que correspondan)

5.2.9.2 El Acta de Negociación fue suscrita el XX de XXX de 2012, entre la Comisión Técnica de CELEC EP y el representante legal de La Consultora, de acuerdo a lo previsto en el Art. 40 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

5.2.9.3 El señor Gerente General de CELEC EP, mediante Resolución No. ……., de fecha …….., adjudicó el presente contrato al oferente ……………………, la misma que fue publicada y notificada en el Portal www.compraspublicas.gob.ec, el día ……, y además se comunicó al adjudicatario de este particular mediante Oficio No. ….. de la misma fecha.

5.2.9.4 Se cuenta con la correspondiente disponibilidad de recursos, con forme consta en el Memorando No. XXXX, XX de XXX de XXX, emitido por XXXX.

Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO

2.01.- Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos:

a) Copia certificada del nombramiento del Gerente General de la Corporación Eléctrica del Ecuador CELEC EP

b) Copias certificadas de las siguientes Resoluciones de CELEC EP:

Resolución No. XXX, de fecha XXXXXX, del Directorio de CELEC EP, por la que se autoriza al Gerente General el inicio del proceso;

Resolución No. XXX de XXXXXX, de inicio del procedimiento; y, Resolución No. XXX de XXXXX, por la cual se resuelve adjudicar el contrato.

c) Copia certificada de la escritura pública de conformación y designación del Procurador Común de La Consultora, otorgada el XXX de XXX, ante el Notario Público XXXX del cantón XXX.

d) Copia certificada de los nombramientos de los representantes legales de cada una de las empresas que conforman La Consultora, inscritos en el Registro Mercantil correspondiente. (Si corresponde)

e) Certificado vigente de la Superintendencia de Compañías sobre el cumplimiento de obligaciones y existencia legal de cada una de las empresas que conforman La Consultora. (Si corresponde)

f) Certificación de Disponibilidad Presupuestaria de fecha XXX, emitida por XXXX, contenida en el Memorando No. XXX.

g) Acta de Negociación suscrita el XXX, con todos sus documentos de respaldo.

h) Certificado vigente emitido por el Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP de que La Consultora y cada una de las empresas que la conforman, se encuentran registradas y habilitadas en el RUP.

i) Certificado actualizado de la Central de Riesgos conferido por la Superintendencia de Bancos y Seguros, que indica que La Consultora y cada una de las empresas que la

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conforman, no tiene créditos castigados y calificados con E, en las instituciones financieras cuyo capital social pertenezca total o parcialmente a Instituciones del Estado. (Si corresponde)

j) Certificado otorgado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS respecto al cumplimiento de obligaciones de La Consultora y de cada una de las empresas que la conforman. (Si corresponde)

k) Copia certificada de la garantía que respalda el Fiel Cumplimiento del Contrato.

2.02. Los documentos que integran el contrato, sin necesidad de protocolizarse, son los siguientes:

a) La oferta y sus anexos presentados por La Consultora;b) Los Pliegos del Concurso Público de Consultoría No. XXX y sus Alcances y

Aclaraciones;c) La documentación técnica relativa al Proyecto Hidroeléctrico Minas – San Francisco,

entregada junto con los Pliegos;d) Los Documentos del Concurso Público, incluyendo sus Anexos, Especificaciones

Técnicas, Cronograma de Ejecución del Contrato de Construcción, Presupuesto, Datos Técnicos Garantizados y demás documentos para la construcción de las obras a Fiscalizarse; y,

e) Nómina del personal de La Consultora incluyendo sus calificaciones.

Los documentos que integran el contrato son complementarios entre sí y lo exigido en uno solo de ellos, tiene la misma fuerza y validez como si hubiere sido estipulado en todos por igual. Además, en ellos se entienden incluidos todos los servicios y estipulaciones requeridos para la adecuada fiscalización del Proyecto en los términos contratados; por lo tanto cualquier omisión en los detalles necesarios para su cabal ejecución, no podrá interpretarse como que La Consultora deba omitirlos o como una autorización para dicha omisión.

Cláusula Tercera.- IDIOMA, INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS

3.01. Idioma: Este Contrato se suscribirá en castellano. La correspondencia, instrucciones, informes de avance, planos, órdenes y demás documentos relacionados con este Contrato deberán impartirse o redactarse en castellano.

3.02. Interpretación: Los términos de este Contrato deben interpretarse en su sentido literal, bajo el contexto del mismo, los cuales revelan claramente la intención de las Partes. En todo caso su interpretación seguirá las siguientes normas:

Los títulos o subtítulos empleados en este Contrato o en los documentos integrantes del mismo se incluyen exclusivamente para facilitar su uso, pero no tienen ningún significado contractual.

Las palabras que designan a personas o a partes contractuales pueden incluir igualmente sociedades, empresas o cualquier organización o grupo que tenga personalidad jurídica.

Las palabras en singular se entenderán también en plural, y viceversa, cuando lo exija el contexto.

Cuando los términos estén definidos en este Contrato y/o los documentos que lo integran, se estará a tal definición; caso contrario, se utilizará la definición contenida en la Ley Aplicable.

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Si no están definidos en ninguna de las fuentes antes mencionadas, se estará a su sentido literal y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de las Partes.

En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.

De existir contradicciones entre este Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las estipulaciones de este Contrato.

De existir contradicciones entre diferentes documentos de este Contrato, se aplicará la siguiente prelación: i) El Acta de Negociación y sus anexos; ii) Documentos de Convalidación de errores de la Oferta presentados por La Consultora; iii) La Oferta de La Consultora; iv) Los Alcances a los Documentos Precontractuales emitidos por la Comisión Técnica; y, v) Los Pliegos y demás documentos precontractuales.

3.03. Definiciones, Normas Técnicas, Abreviaturas: En el presente contrato, los términos relacionados con las funciones de Fiscalización serán interpretados aplicando las disposiciones contenidas en el Contrato de Construcción.

Cláusula Cuarta.- OBJETO Y ALCANCE DEL CONTRATO 4.01. El presente contrato tiene por objeto la prestación de servicios de consultoría para la fiscalización del contrato de “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LÍNEA DE TRANSMISIÓN; INGENIERÍA DE DETALLE, FABRICACIÓN, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO Y PUESTA EN SERVICIO DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA MINAS-SAN FRANCISCO”, dando cumplimiento a los Términos de Referencia, a su Oferta, a las obligaciones que para la Fiscalización constan en el Contrato de Construcción y los ajustes técnicos acordados en el Acta de Negociación de la oferta técnica económica, en todas y cada una de las actividades de la Fiscalización, hasta que se haya suscrito el Acta de Entrega - Recepción Definitiva del Proyecto Minas-San Francisco; actividades todas estas que La Consultora se obliga a ejecutar bajo su exclusiva responsabilidad, a plena satisfacción de CELEC EP y de conformidad con lo establecido en el Contrato y los documentos que lo integran.

Es también objeto de este contrato realizar el diseño e ingeniería de detalle de la obra civil que faltare, o que existiendo fuera necesario modificar o complementar, respecto de los diseños definitivos del Proyecto de que dispone CELEC EP y que se pone a consideración de los oferentes, y, la aprobación de los Planos de Taller preparados por la Contratista de Construcción del Proyecto.

4.02. Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, el alcance de los servicios de consultoría contratados, incluye pero no se limita a:

a) La prestación de los servicios específicos de fiscalización, que son los requeridos por CELEC EP desde la fecha de inicio del plazo del contrato de obra y equipamiento, hasta dos meses después del cumplimiento del plazo de dicho contrato, el cual se cumple cuando todas las unidades de generación del Proyecto Hidroeléctrico MINAS – SAN FRANCISCO entren en operación comercial;

b) La prestación de los servicios de investigaciones de campo y laboratorio, y otros servicios asociados a la fiscalización que pudieran ser requeridos por CELEC EP durante toda la vigencia de este contrato por ser intrínsecos a su naturaleza y esencia; y,

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c) La prestación de otros servicios de apoyo a la consultoría, tales como modelos hidráulicos, estudios, asesorías, misiones especiales y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría.

La Consultora se obliga por tanto a ejecutar el conjunto de actividades, funciones, trabajos o tareas señalados en la presente cláusula, que son la base mínima y referencial que se obliga a cumplir La Consultora, pues el objeto del presente contrato no se agota con ellas, sino que, por el contrario, se complementa con las demás que se establecen, implícita o explícitamente, en los documentos que lo integran, y con todas aquellas que, siendo necesarias dentro de las mejores prácticas de la técnica y la ingeniería, se hubieren omitido tanto en los Documentos Precontractuales preparados por CELEC EP, en la oferta presentada por La Consultora y aceptada por CELEC EP o en el Acta de Negociación del Contrato.

4.03. La Contratista asume la responsabilidad técnica por la validez, pertinencia y oportunidad de sus servicios, en consecuencia, será legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los resultados de su trabajo y de su aplicabilidad, dentro de los términos determinados en este contrato y en el marco de los más altos estándares científicos y tecnológicos existentes en la actualidad para las actividades contratadas.

Cláusula Quinta.- DECLARACIONES Y OBLIGACIONES GENERALES

5.01 Declaraciones Generales de La Consultora.-a) La Consultora declara que ha presentado una oferta completa basada en precios

unitarios, que cubre todas sus obligaciones en virtud del Contrato y todas las condiciones necesarias para la ejecución cabal y completa del mismo, cumpliendo exactamente lo señalado en las especificaciones técnicas establecidas en los Pliegos y en su oferta.

b) La Consultora declara que cada una de las compañías que la conforman, han presentado todos los documentos que acreditan su situación económica-financiera real. (De ser aplicable)

c) La Consultora declara que al haber inspeccionado y examinado el Sitio de las Obras y sus alrededores, los ha tomado en cuenta antes de presentar su oferta y en especial los siguientes aspectos:

i. Ubicación geográfica del Sitio de las Obras;ii. La topografía del lugar y las características y condiciones del suelo donde se

emplazarán las obras y se ejecutará el Contrato de Construcción;iii. Las condiciones hidrogeomorfológicas y climáticas del Sitio de las Obras;iv. El alcance y naturaleza de las obras y de los materiales y suministros necesarios

para realizarlas; así como el alcance y naturaleza del equipamiento electromecánico (bienes, materiales y equipos) necesario e idóneo para la operación comercial de la Central Hidroeléctrica Minas – San Francisco; y,

v. Los medios de acceso al Sitio de las Obras y las instalaciones que pudiera necesitar.

d) La Consultora declara que conoce y ha analizado los datos e información disponibles y existentes acerca del Proyecto Hidroeléctrico Minas – San Francisco y que los ha tomado en cuenta antes de presentar su oferta para su Fiscalización.

e) La Consultora declara que ha obtenido toda la información necesaria sobre los riesgos, posibles contratiempos y factores que podrían afectar o influir en su oferta.

f) En acatamiento de lo establecido en el contrato y los documentos que lo integran, La Consultora acepta y conoce que debe encargarse de la ejecución completa de las

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actividades de Fiscalización del Proyecto Hidroeléctrico Minas – San Francisco en sus etapas de construcción, diseño y fabricación de equipo, montaje, pruebas, comisionamiento y entrega - recepción del Proyecto, atendiendo a las especificaciones técnicas e instrucciones de los Pliegos, de su propia oferta y las que pudiera dictar CELEC EP a través del Administrador del Contrato; asumiendo La Consultora la obligación de subsanar los defectos de sus servicios de conformidad con las disposiciones del contrato.

5.02 Obligaciones de La Consultora.-Son obligaciones de La Consultora, adicionalmente a aquellas establecidas en otras cláusulas de este contrato y sus anexos, las siguientes:

5.02.1 Fiscalizar la ejecución del Contrato para la “CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES, LÍNEA DE TRANSMISIÓN; INGENIERÍA DE DETALLE, FABRICACIÓN, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO Y PUESTA EN SERVICIO DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA MINAS-SAN FRANCISCO”, con sujeción a los Pliegos del Proceso No. XXXX, la Oferta presentada por la Contratista de Construcción y sus anexos, las instrucciones emitidas por CELEC EP, instructivos y especificaciones de los fabricantes de los equipos y demás documentos contractuales con la finalidad de que el Proyecto ejecutado corresponda y esté conforme a los planos, las especificaciones técnicas generales y particulares de la obra cumpla con los datos técnicos garantizados, respetando la normativa legal aplicable.

5.02.2 Asignar a las actividades de Fiscalización del Proyecto el personal indicado en su oferta negociada. La oportunidad y tiempo de participación del personal de La Consultora será permanentemente ajustado conforme al cronograma de actividades actualizado y aprobado por CELEC EP.

5.02.3 Sustitución del personal: El personal constante en este contrato no podrá ser sustituido sin la previa autorización por escrito del Administrador del Contrato.

En caso de cambio de personal, los nombres, calificación y tiempo de servicio de los profesionales que La Consultora asigne al Proyecto, serán sometidos previamente a la aprobación y aceptación del Administrador del Contrato. En todo caso su calificación no podrá ser menor a la que corresponde al personal a sustituirse.

5.02.4 Sustitución obligatoria del personal: A solicitud de CELEC EP, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, La Consultora, a su costo, deberá cambiar uno o más de los profesionales asignados al proyecto, o de sus empleados o trabajadores.

5.02.5 Personal adicional: En caso de que La Consultora necesite personal adicional al indicado en su oferta técnico-económica, solicitará a CELEC EP su aprobación. Igualmente para efectuar cualquier cambio en la estructura del cuadro del personal, La Consultora deberá solicitar previamente autorización del Administrador del Contrato.

5.02.6 Ser responsable de todo pago que deba hacerse a terceros subcontratados en la ejecución de este contrato, servicios especializados, trabajos técnicos y administrativos, dejando La Consultora exonerada a la CELEC EP de cualquier pago en materia laboral frente a terceros.

5.02.7 Asumir toda la responsabilidad del cumplimiento de obligaciones patronales y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, la Ley de

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Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia CELEC EP está exenta de toda obligación laboral y tributaria respecto del personal de La Consultora.

5.02.8 La Consultora debe proteger y salvar de responsabilidad a CELEC EP y a sus representantes, respecto de cualquier reclamo o juicio que surgiera como consecuencia de la contravención o falta de cumplimiento de leyes u ordenanzas por parte del personal de La Consultora.

La Consultora liberará a CELEC EP de toda responsabilidad frente a las reivindicaciones de terceros referentes a patentes, licencias, diseños y modelos, marcas de fábrica o marcas comerciales y cualquier otro derecho protegido, así como frente a todos los daños y perjuicios, costos, cargos y gastos de cualquier naturaleza relacionados con ellas.

5.02.9 En caso de encontrar en los Pliegos discrepancias o contradicciones con relación a cualquier ley, decreto, ordenanza o reglamento, La Consultora informará de inmediato a la Administración del Contrato, a fin de resolver el problema.

5.02.10 Mantener los registros, archivos de comprobantes de gastos, libros, auxiliares de contabilidad, según las prácticas contables generalmente aceptadas, que muestren el costo real de todas las partidas de estos servicios y otros gastos de cualquier naturaleza relacionados con este contrato.

CELEC EP, a través del Administrador del Contrato, tendrá acceso a los comprobantes, gastos, registros y libros de contabilidad de La Consultora, relativos a los servicios de este contrato.

Los documentos contables relativos a controversias, litigios, o al arreglo de reclamos que eventualmente surjan de la ejecución de este contrato, deberán mantenerse archivados hasta que tales reclamos, litigios o controversias hayan sido definitivamente resueltos.

5.02.11 La Consultora se obliga a brindar aquellas facilidades necesarias para que el Administrador del Contrato adopte los procedimientos que estime convenientes en la inspección y verificación de las actividades del contrato.

5.02.12 Participar en la operación experimental del Proyecto que se realizará entre la Recepción Provisional y la Recepción Definitiva del contrato de construcción, con el objeto de verificar que las obras construidas operan satisfactoriamente; y que, en el caso de presentarse problemas o deficiencias en las obras que puedan ser corregidas sin suspender la operación, verificar que el constructor implemente de inmediato las medidas correctivas necesarias que ella proponga y que sean aceptadas por CELEC EP.

En caso de que la operación experimental tenga que suspenderse por problemas que la Consultora determine que son imputables al constructor de las obras, los costos que demande esta suspensión y la reiniciación de la operación experimental, calculados y determinados por la Consultora, son de cuenta y cargo del Constructor de las obras.

5.02.13 Contratar todo el personal y la mano de obra, de origen nacional o de otra procedencia, así como de su remuneración, alimentación, alojamiento y transporte, ateniéndose estrictamente a la legislación vigente y respetando, en particular, la legislación laboral, la legislación social y el conjunto de reglamentos aplicables en materia de higiene y seguridad.

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5.02.14 CELEC EP podrá exigir a La Consultora que cualquier persona empleada por La Consultora abandone el Sitio de las Obras si demuestra incompetencia o es culpable de negligencia, imprudencias repetidas o falta de probidad.

En general, lo mismo se aplicará a cualquier empleado cuya actuación sea contraria a la buena ejecución de este contrato.La Consultora será la única responsable de las consecuencias perjudiciales de los fraudes o defectos de los servicios que cometan las personas que emplee en la ejecución de este contrato, bajo contrato o subcontrato.

Cuando La Consultora esté autorizada para subcontratar una parte de las obligaciones del contrato, sus subcontratistas están comprometidos por obligaciones idénticas.

5.02.15 La Consultora deberá, durante la ejecución del contrato:

Garantizar la seguridad de las personas autorizadas a estar presentes en el Sitio de las Obras.

Establecer y determinar al contratista de obra y equipamiento, todos los dis-positivos de iluminación, protección, cierre, señales de alarma y vigilancia en los momentos y lugares necesarios que debe suministrar y mantener, por su cuenta, o exigidos por la legislación vigente, para la protección del Sitio de las Obras y para la seguridad y comodidad del público en general.

Adoptar todas las medidas necesarias para proteger el medio ambiente, tan-to dentro como fuera del Sitio de las Obras, evitando todo perjuicio o daño a las personas o bienes públicos o de otras índoles resultantes de la contami-nación, el ruido u otros inconvenientes producidos por los métodos utiliza-dos para la realización de las obras.

Cláusula Sexta.- OBLIGACIONES DE CELEC EP

6.01 Son obligaciones de CELEC EP, a más de las establecidas en otras cláusulas del contrato y sus anexos, las siguientes:

a. Cumplir con las obligaciones que le corresponden en virtud de este instrumento y los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna.

b. Entregar a La Consultora todos los documentos que sean necesarios, relativos a la construcción de la obra a fiscalizarse.

c. Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.

d. De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso.

Cláusula Séptima.- PLAZO

7.01 Plazo de ejecución: El plazo de ejecución del contrato es de cincuenta (50) meses contados a partir del día de suscripción del Contrato, Sin embargo, por las características del contrato de fiscalización, este plazo podrá extenderse hasta la Recepción Definitiva del Contrato de Construcción del Proyecto, en cuyo evento se ajustará el Cronograma de Ejecución del Contrato en virtud de la reprogramación de los Trabajos de Construcción, previa aprobación de CELEC EP.

El plazo pactado corresponde al tiempo requerido para que todas las unidades de generación del Proyecto Hidroeléctrico Minas – San Francisco entren en operación

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comercial según el contrato de la obra y equipamiento suscrito entre CELEC EP y la compañía HARBIN ELECTRIC INTERNATIONAL CO. LTD., más dos (2) meses adicionales para que La Consultora elabore y entregue su Informe Final Provisional.

El plazo de ejecución no estará sujeto a modificaciones salvo en los casos estipulados en este contrato.

La Consultora garantizará que sus obligaciones contractuales serán cumplidas en estricta atención al Cronograma definido en el Acta de Negociación, el cual, en cualquier caso, armonizará con el Cronograma de Ejecución del Proyecto.

La Consultora se compromete a aportar todos los recursos humanos y materiales para cumplir con los plazos de esta cláusula, para lo cual, si es necesario, incorporará a la obra nuevos equipos, aumentará la curva ocupacional, trabajará fines de semana, sobre tiempos y, en general, hará todo lo necesario para cumplir con las fechas programadas, sin que esto signifique compensación económica adicional para La Consultora, sus subcontratistas y proveedores, de acuerdo con las cláusulas de este contrato.

El plazo contractual de cincuenta (50) meses incluye:

Treinta y seis (36) meses de acompañamiento al Contratista de obra durante el período de construcción;

Doce (12) meses correspondientes al período de Operación Experimental, que se realizará entre la Recepción Provisional de las unidades de generación y la Recepción Definitiva del contrato de obra; y,

Dos (2) meses para que La Consultora elabore y presente el Informe Final Provisional al que se encuentra obligado contractualmente.

7.02. Plazo de iniciación de los trabajos: La Consultora se obliga a iniciar los trabajos, en forma inmediata, tan pronto como se haya suscrito el presente Contrato.

7.03. Cómputo de los plazos: Todo plazo que se establezca en este Contrato, para CELEC EP, La Consultora o la Contratista de las obras civiles y equipamiento, comenzará el día siguiente a la fecha en que se produzca el hecho que sirva de punto de partida para dicho plazo.

Cuando el plazo se haya fijado en días, se entenderá en días calendario y expirará al terminar el último día del período previsto.

Cuando el plazo se haya fijado en meses, se contará día a día. Si no se especifica el día del mes en el cual se termina el plazo, éste expirará al final del último día de ese mes.

Cuando el último día de un plazo coincida con un día de descanso semanal, o un día feriado nacional obligatorio en el Ecuador, el plazo se prorrogará hasta el final del primer día laborable siguiente.

7.04 Si CELEC EP, de acuerdo con los cronogramas de utilización de equipo y mano de obra, o debido a cualquier otra evidencia de que dispusiere, estimara que la conclusión de alguno de los Trabajos (Hitos Fundamentales o Eventos de Obra) a cargo de la Contratista de la obra y equipamiento del Proyecto, no se completará dentro del plazo establecido para ello en el Cronograma de Actividades, CELEC EP deberá notificar por escrito a La Consultora, y ésta deberá suministrar a CELEC EP un plan de recuperación dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la notificación de CELEC EP, para su implementación; o, en su defecto, deberá validar el plan de recuperación que por las mismas causas llegare a presentar la Contratista de obra y equipamiento.

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En caso de que la Contratista de obra y equipamiento del proyecto, por motivos que le sean imputables incumpla en concluir alguna parte de los trabajos en la fecha requerida para ello según el Cronograma de Actividades, CELEC EP podrá solicitar a La Consultora que disponga el aceleramiento de la ejecución del trabajo hasta que dicho Trabajo esté al día con lo indicado en el Cronograma de Actividades, sin perjuicio de la imposición de las multas previstas en este contrato. Será responsabilidad de La Consultora, en este caso, coadyuvar a determinar las mejores prácticas para el aceleramiento de los trabajos.

El plan de recuperación o aceleración planteados o validados por La Consultora, deberá reflejar, a satisfacción de CELEC EP, cualesquiera cambios ocurridos o que ocurrirán en la programación de tiempo para realizar el trabajo, de manera que éste sea concluido de acuerdo con el Cronograma de Actividades, los métodos para agilizar el trabajo, el equipo y herramientas adicionales a ser suministrados, y el incremento de personal, turnos de trabajo y supervisión que se prevé serán necesarios para tal fin. La Consultora deberá cumplir con los términos del plan de recuperación o aceleración y ponerlo en ejecución de inmediato.

7.05 Desaceleración de Trabajos: En caso de que CELEC EP y/o la Fiscalización dispongan una reducción del avance de obra a menos del 50% del considerado en el Cronograma de Ejecución del Contrato de Construcción y/o Equipamiento del Proyecto, La Consultora, previa aprobación del Administrador del Contrato de Fiscalización, podrá planillar el correspondiente monto fijo del contrato durante los meses que dure esta situación, en función de los montos estimados para esos meses en el Cronograma de Ejecución del Proyecto vigente a la fecha de su suscripción. Una vez que se levante la suspensión y se supere el 50% de avance real respecto al estimado, la diferencia pagada en más durante los meses afectados por el retraso, será descontada de las planillas de los siguientes meses, en el mismo número de meses en que duró tal situación, o de los meses que resten del período contractual, si el número de meses es superior al tiempo restante de ejecución de la obra. El Cronograma de Ejecución del Proyecto es el cronograma de los Contratos de Construcción del Proyecto vigentes a la fecha de su suscripción.

7.06 Suspensión de Trabajos: Cuando se produzcan suspensiones o interrupciones de la ejecución del Contrato por la ocurrencia de circunstancias de Fuerza Mayor, causas imputables a CELEC EP y/o suspensiones en la ejecución de los trabajos no imputables a La Consultora, se reconocerá a favor de La Consultora aquellos gastos diarios verificables que corresponda al personal y equipo que deba permanecer en el Sitio de las Obras durante la suspensión, por la parte de este Contrato que se haya debido suspender, así como los valores de los insumos mínimos necesarios que deba utilizar La Consultora durante este período.

La definición del personal, equipo e insumos necesarios mencionados anteriormente, se realizará de manera conjunta entre La Consultora y CELEC EP. Los valores a que tenga derecho La Consultora por este concepto, serán determinados de conformidad con los precios unitarios establecidos para este Contrato.

En el evento de que se produjere la suspensión definitiva de la construcción de la obra, ordenada por CELEC EP o aceptada por CELEC EP a consecuencia de la terminación anticipada del contrato de obra, de fuerza mayor o caso fortuito, o de cualquier otra causa no imputable a La Consultora, este Contrato terminará por la causal prevista en el numeral 2 de la Cláusula Décimo Séptima de este Contrato, y su liquidación se sujetará a lo que dispone la cláusula 17.01, de acuerdo con la Ley.

Cláusula Octava.- PRÓRROGA DE PLAZO8.01 En caso de producirse prórrogas en el plazo establecido en el Contrato de Construcción, debidamente autorizado por el Gerente General de CELEC EP, se

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extenderá automáticamente el plazo del Contrato de Fiscalización, por lo que La Consultora continuará prestando sus servicios de Fiscalización en las mismas condiciones económicas y técnicas establecidas en este contrato, siempre y cuando estos costos no hayan sido reconocidos por CELEC EP por otras causas tales como suspensiones o interrupciones, hasta la total terminación y recepción final de los trabajos de construcción. Al producirse la prórroga de plazo del Contrato de Construcción, La Consultora deberá presentar un nuevo Plan de trabajo y un nuevo Cronograma que sustituirá a los originales o precedentes, los cuales deberán ser suscritos por las Partes, y tendrán el mismo valor contractual de los documentos sustituidos. Para el efecto se necesitará la conformidad del Administrador del Contrato y la autorización del Gerente General CELEC EP.

8.02 Casos que justifican la prórroga de plazo: Adicionalmente, CELEC EP podrá prorrogar el plazo total del contrato o de los eventos de servicio, ante la ocurrencia de alguna de las circunstancias que se indican a continuación, siempre que La Consultora así lo solicite por escrito y justifique, a satisfacción de CELEC EP los fundamentos de su pedido, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud:

a) Por fuerza mayor o caso fortuito, aceptado como tal por CELEC EP, en los términos del Artículo 30 del Código Civil;

b) Cuando CELEC EP ordene la ejecución de servicios adicionales, en estos casos se dejará establecida en la correspondiente orden de trabajo o contrato complementario según sea pertinente;

c) Por suspensiones en los trabajos o cambios de las actividades previstas en el Cronograma, motivadas por CELEC EP y que no se deban a causas imputables a La Consultora;

d) Por causas no imputables a La Consultora, que hagan imposible que ésta continúe ejecutando el contrato.

8.03 Actualización del cronograma: En todo caso de prórroga de plazo, las Partes elaborarán un nuevo cronograma, que suscrito por ellas, sustituirá al original o precedente y tendrá el mismo valor contractual del sustituido.

8.04 Autorización de la máxima autoridad: Cuando las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización de la máxima autoridad administrativa de CELEC EP, previo informe debidamente sustentado y documentado del Administrador del Contrato.

8.05 Se aclara que en caso de no mediar la notificación de La Consultora sobre el acaecimiento de uno de los hechos alegados para la prórroga del plazo, dentro de los quince (15) días previstos en el numeral 8.02, no se concederá dicha prórroga.

8.06 En el evento de que CELEC EP autorizare la prórroga de plazo solicitada, se reconocerá a favor de La Consultora el valor de los servicios que ésta preste durante la prórroga concedida, de acuerdo con los precios unitarios contractuales, así como los conceptos a ser considerados como gastos comprobables y rembolsables constantes en el Acta de Negociación, siempre y cuando estos costos no hayan sido reconocidos por CELEC EP por otras causas.

Cláusula Novena.- VALOR TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO

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9.01.- El monto total de los servicios de consultoría objeto del presente contrato es de …EN LETRAS… (….en números….) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA, que corresponde a:

a) Los servicios específicos de fiscalización por un monto de …………………………… dólares de los Estados Unidos de América (USD ……………………), a ser prestados desde la fecha de inicio del plazo contractual del contrato de obra a ser fiscalizada, hasta la fecha de entrega del informe final provisional conforme al alcance definido en este contrato, en la propuesta técnica negociada y en los términos de referencia negociados.

b) Los servicios de investigaciones de campo y laboratorio y otros servicios, por un monto aproximado de …………………….. dólares de los Estados Unidos de América (USD …………………..), que pueden ser requeridos por CELEC EP durante la vigencia del presente contrato, que se pagará aplicando los precios de la “Tabla Base de Precios Unitarios”.

c) La ejecución de modelos hidráulicos, si a criterio de La Consultora fuesen necesarios y así se lo demuestra, y otros servicios de apoyo a la consultoría, tales como: estudios, asesorías, viajes y viáticos para misiones especiales no contemplados en la propuesta, y otros gastos debidamente autorizados por CELEC EP, por un monto aproximado de …………………..dólares de los Estados Unidos de América ………………………, que se pagarán bajo la modalidad de “costos comprobables y rembolsables”.

9.02.- Se acuerda que los precios establecidos incluyen todos los gastos resultantes de la prestación de los servicios contratados, incluso los gastos generales, garantías, seguros, impuestos, derechos, tasas, contribuciones y gravámenes de toda índole, exigibles en el Ecuador o fuera de él, de cuyo pago sea responsable La Consultora y/o sus empleados y subcontratistas en relación con la prestación de los servicios materia de este instrumento. Se declara de manera expresa que los precios ofertados permiten a La Consultora obtener un margen para cubrir riesgos y obtener beneficios y que para la presentación de su oferta ha tomando en consideración todas las circunstancias que influyen en la prestación de los servicios contratados. En suma, se entiende que los precios se han establecido teniendo en cuenta que CELEC EP no suministrará ni ejecutará ninguna prestación adicional, salvo en aquello que el Contrato expresamente lo señale. En los casos de subcontratación, se acuerda que el precio del Contrato incluye todos los gastos en que deba incurrir La Consultora para la coordinación y el control de sus subcontratistas, así como las consecuencias de sus posibles errores.

9.03.- El valor estipulado en el numeral 9.01 que antecede será pagado por CELEC EP a La Consultora de la siguiente forma:

9.03.01.- En calidad de anticipo, CELEC EP pagará el treinta por ciento (30 %) del valor total estimado del presente Contrato, esto es la suma de …………………………….., sin IVA, luego de la suscripción del presente Contrato, y una vez que la Consultora haya presentado la correspondiente Garantía por Buen Uso del Anticipo prevista en la LOSNCP, por igual valor al ser recibido y a satisfacción de CELEC EP.

El anticipo será amortizado durante el tiempo de vigencia del contrato de las planillas mensuales que sean aprobadas por la Administración del Contrato y en la misma proporción. Este valor, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.

La entrega del anticipo deberá ocurrir dentro de los quince días (15) calendario posteriores a la aceptación por parte de CELEC EP de la garantía presentada por La Consultora.

9.03.02.- El valor restante será pagado por CELEC EP de la siguiente manera:

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a) Mediante planillas mensuales aprobadas a satisfacción del Administrador del Contrato, en la proporción directa del porcentaje del avance de la obra que se fiscaliza. El avance de obra para efecto de cálculo de las planillas mensuales de Fiscalización, será el valor facturado en ese mes por el Contratista de Construcción, sin reajuste, dividido para el monto del Contrato de Construcción.

El monto del contrato de consultoría de Fiscalización, se dividirá para el monto del contrato de construcción, obteniéndose una relación en virtud de la cual se determinará el porcentaje que será aplicado sobre el monto de cada planilla de ejecución de obra; el valor resultante de esta última operación será el que corresponda pagar por concepto del servicio de fiscalización.

Para efectos de determinar el avance de la obra, en lo que tiene que ver con el equipamiento, se considerará el pago conforme al cumplimiento de Eventos de Pago que está previsto para el efecto en el Contrato de Construcción y que a la vez está relacionada con el cronograma de entrega de los equipos según el contrato de construcción.

Para el caso de las obras civiles, se estará conforme al avance real de Ejecución del contrato de construcción. En ambos casos, el avance debe contar con la aprobación de la Fiscalización.

b) Los servicios de investigaciones de campo y laboratorio, mediante planillas mensuales por las cantidades de trabajo realmente ejecutadas en el mes respectivo, aplicando los precios de la Tabla Base de Precios Unitarios.

c) Otros servicios de Fiscalización, autorizados por CELEC EP, mediante planillas mensuales que contendrán: (1) El número de hombres /mes efectivamente empleados, multiplicado por los Precios Unitarios que constan en la Tabla Base de Precios Unitarios, para remunerar los servicios profesionales del personal, que incluye salarios, cargas sociales, gastos generales o costos indirectos por participación de la casa matriz y honorario o utilidad empresarial; (2) El porcentaje de la Tabla Base de Precios Unitarios multiplicado por el monto calculado según el literal (1) precedente, para remunerar los costos directos misceláneos en que deba incurrir La Consultora.

d) Los servicios bajo la modalidad de “costos comprobables y rembolsables”, previa autorización por escrito de CELEC EP, mediante planillas mensuales por el costo efectivamente incurrido, más el porcentaje establecido en el Acta de Negociación. Para el pago por esta modalidad La Consultora deberá presentar los documentos de soporte necesarios, tales como: facturas originales, hojas de tiempo del personal, itinerarios de viajes y otros.

9.04.- Todos los bienes, productos y servicios pagados bajo la modalidad de “costos comprobables y rembolsables”, deberán ser transferidos a CELEC EP una vez terminada la ejecución de este contrato, siempre y cuando sea de su interés. Los costos de operación y mantenimiento de los bienes adquiridos bajo este esquema, así como los que se deriven de la contratación de los seguros que amparen el valor de los bienes y daños contra terceros durante el tiempo de ejecución de este contrato, serán de cuenta y costo de La Consultora mientras estén en su posesión.

9.05.- Cuando se produzcan suspensiones o interrupciones en la ejecución del Contrato por la ocurrencia de circunstancias de Fuerza Mayor, causas imputables a CELEC EP y/o suspensiones en la ejecución de los trabajos no imputables a La Consultora, se reconocerá a favor de La Consultora aquellos gastos diarios verificables que corresponda al personal y equipo que deba permanecer en el Sitio de las Obras durante la suspensión, por la parte de

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este Contrato que se haya debido suspender, así como los valores de los insumos mínimos necesarios que deba utilizar La Consultora durante este período.

La definición del personal, equipo e insumos necesarios mencionados anteriormente, se realizará de manera conjunta entre La Consultora y CELEC EP. Los valores a que tenga derecho La Consultora por este concepto, serán determinados de conformidad con los precios unitarios establecidos para este Contrato.

9.06.- En caso de que el Contrato de Construcción entre en mora de plazo que genere multas al Contratista de Construcción, el Gerente General de CELEC EP, a pedido de La Consultora, podrá reconocer para el período adicional, el pago de ciertos costos administrativos que forman parte del Contrato de Fiscalización. Para el efecto, será necesario y suficiente suscribir una Acta de Acuerdos entre las partes.

9.07.- CELEC EP no reconocerá pago alguno a la Consultora por concepto de horas suplementarias y extraordinarias. Sin embargo, la Consultora está obligada a asignar el suficiente personal para que realice la Fiscalización de los trabajos de obra civil del Contratista de Construcción, en tres turnos diarios, conforme al Programa de Utilización de personal de la oferta negociada que forma parte de este Contrato.

9.08 Las planillas mensuales estarán acompañadas y respaldadas por los siguientes documentos: a) estado de pago de las planillas presentadas por la Consultora y estado del anticipo; b) documentos de soporte de pagos por concepto de Subcontratos y/o Servicios según corresponda; c) el certificado de no adeudar al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; d) Facturas de pasajes aéreos internacionales, conforme a la Oferta Negociada; e) Valor de los viáticos del personal que de acuerdo al Acta de Negociación, tiene derecho de cobrar y certificado de los días de viáticos aprobado por el Administrador; y f) Valor de la planilla aprobada del último mes disponible, como sustente para el cobro del valor fijo del Contrato. En caso de no disponer de este último valor, se calculará en base al último disponible y se reliquidará la diferencia una vez que se apruebe el del mes correspondiente.

9.09 Las planillas serán presentadas por la Consultora a la CELEC EP, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes. Serán presentadas en original y tres copias (impreso y digital) según el formato previamente acordado con el Administrador del Contrato.

9.10 Si CELEC EP objeta uno o más valores de una planilla, estos quedarán pendientes hasta su aprobación o rechazo definitivo; la planilla se tramitará y pagará por los valores aceptados. La Consultora presentará a CELEC EP los comprobantes o justificativos correspondientes a los valores objetados, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de notificación escrita de la CELEC EP; de no hacerlo dentro del plazo indicado, CELEC EP rechazará en forma definitiva los valores objetados sin que la Consultora tenga derecho a ningún reclamo posterior.

9.11 CELEC EP aprobará los valores de las planillas o hará sus observaciones a más tardar diez (10) días hábiles después de su presentación. Pasado dicho plazo estos valores se considerarán aprobados. El pago del valor de las planillas, lo realizará CELEC EP a La Consultora dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su aprobación. Sólo se podrá retener el pago de las porciones de las planillas que no están satisfactoriamente sustentadas.

9.12 CELEC EP se reserva el derecho de reclamar a La Consultora en cualquier tiempo, antes o después de la terminación del contrato, cualquier pago indebido por error de cálculo o cualquier otra razón. La Consultora se obliga a satisfacer la reclamación que por este motivo llegue a plantear la CELEC EP. La falta de reclamación de CELEC EP, por alguna violación del contrato no se considerará como condonación de la misma, sin

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perjuicio de lo que se define en la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado referente a pagos indebidos.

9.13 Los costos generados por trabajos adicionales a los contemplados en el alcance del Contrato, ordenados a la Consultora por la CELEC EP, serán cancelados en planillaje adicional al monto de contratación establecida, según los precios constantes en el Acta de Negociación.

9.14 CELEC EP efectuará los pagos a la Consultora mediante transferencias bancarias, en la cuenta información sea remitida por la Consultora en su oportunidad.

9.15 Del valor total de cada planilla, correspondiente al monto fijo y a costos rembolsables, CELEC EP retendrá la parte correspondiente a la amortización del anticipo, multas, impuesto a la renta y cualquier otro cargo aplicable.

9.16 CELEC EP actuará como agente de retención de los valores a que hubiere lugar en aplicación de la legislación ecuatoriana vigente y deberá emitir los comprobantes de retención correspondientes.

Cláusula Décima.- REAJUSTE DE PRECIOS10.01.- El valor del anticipo y de las planillas de ejecución de los servicios de Fiscalización objeto de este Contrato, en la parte correspondiente a Monto Fijo, no incluidos los Rubros Rembolsables, se reajustarán si se produjeren variaciones en los componentes de los precios unitarios estipulados, desde la fecha de variación, mediante la aplicación de la siguiente fórmula general:

Pr = Po (IPC1 / IPCo)Donde:

Pr = valor reajustado del anticipo o de la planillaPo = valor del anticipo, o de la planilla de avance descontada la parte proporcional del

anticipoIPCo = Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC

vigente a la fecha de presentación de la oferta. IPC1 = Índice general de precios al consumidor a nivel nacional publicado por el INEC

vigente a la fecha de pago del anticipo o de las planillas de avance.

La relación IPC1 / IPCo siempre deberá ser mayor a 1 para que sea aplicable el reajuste de precios.

En caso de que algún componente del contrato haya sido negociado como comprobable y rembolsable, este deberá ser excluido del valor Po.

El anticipo se reajustará aplicando el procedimiento indicado, cuando hayan transcurrido más de noventa (90) días entre la fecha de presentación de la oferta y la fecha de entrega efectiva del anticipo, cuando el atraso no sea imputable al consultor.

En caso de mora o retardo en la presentación de cada una de las planillas, imputable al consultor, se reconocerá el reajuste de precios a la fecha en que debió presentarla, de conformidad con el cronograma vigente.

En caso de mora de CELEC E.P. en el pago de planillas, éstas se reajustarán hasta la fecha de pago, por lo cual no causarán intereses.

La Consultora presentará la planilla con los precios contractuales y la planilla de reajuste, esta última calculada con el índice de precios disponible a la fecha de su presentación y

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exceptuando al personal que labora fuera del Ecuador. Una vez que se publique el índice de precios del mes en el que se efectuó el pago de esa planilla o del anticipo, La Consultora presentará la planilla de liquidación del reajuste, que será pagada en el plazo máximo de quince (15) días contados a partir de la fecha de su presentación. Cuando se cuente con los índices definitivos a la fecha de pago de la planilla principal, La Consultora presentará la planilla de reajuste correspondiente.

En todo lo no señalado en la presente cláusula, se aplicará lo dispuesto en los artículos 142 y 143 del Reglamento General a la LOSNCP.

Cláusula Undécima.- MULTAS 11.01 CELEC EP sancionará con multas a La Consultora en los siguientes casos:

a) Con el 0.1% del valor de este Contrato por cada día de retraso en el cumplimiento del plazo del Contrato de Construcción, por causas imputables a incumplimiento de las obligaciones de la Fiscalización.

b) Con quinientos (US $500) dólares por cada día de retraso de La Consultora en incorporar a cualesquier técnico clave asignado al Proyecto en relación a las fechas fijadas para el efecto.

c) En caso de que La Consultora incumpliere cualquiera de las siguientes obligaciones contractuales, CELEC EP procederá a aplicar una multa diaria de UN MIL (USD $1.000,00) dólares, durante el tiempo que dure tal incumplimiento:

Por no acatar las disposiciones del Administrador del Contrato en el lapso de setenta y dos (72) horas de haber sido notificado el incumplimiento.

Por demora en el trámite de las planillas del Contrato de Construcción. Por demora en la presentación de los documentos e informes establecidos en estos

documentos. Por demora en la presentación de las planillas de Consultoría. Por retraso en la entrega - recepción del Informe Final, CELEC EP cobrará una

multa diaria equivalente al uno coma veinte y cinco por mil (1,25/1000) del valor del contrato, independientemente de las demás retenciones a que hubiera lugar.

11.02 Las multas estipuladas son independientes de la ejecución de las garantías y de las indemnizaciones a que hubiere lugar, y se deducirán en su totalidad de los pagos pendientes que CELEC EP tenga que hacer a La Consultora, sin perjuicio del cumpli-miento de las obligaciones no económicas adquiridas por efectos de la suscripción de este instrumento por parte de esta última.

11.03 Si el valor total de las multas indicadas alcanzare el cinco por ciento (5%) del valor del contrato, esta circunstancia será causal suficiente para que CELEC EP pueda decla-rar la terminación unilateral y anticipada del contrato. Caso contrario, en el evento de que CELEC EP no decidiere terminar anticipadamente el contrato por este motivo, las multas a que hubiera lugar se aplicarán independientemente del valor antes referido, quedando a discreción de CELEC EP el definir el momento en que dará por terminado este instrumen-to..

11.04 Las multas impuestas a La Consultora podrán ser impugnadas en sede administrativa, a través de los respectivos recursos, o en sede judicial o arbitral, de acuerdo al Art. 71 de la LOSNCP.

Cláusula Duodécima.- ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO

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12.01.- De conformidad con las disposiciones del Art. 121 del Reglamento a la LOSNCP, actuará como Administrador del presente Contrato el funcionario que así sea designado por la máxima autoridad de CELEC EP, de cuya designación se notificará oportunamente a La Consultora, quien sin perjuicio de las demás atribuciones que constan a continuación, velará por el cabal y oportuno cumplimiento por parte de La Consultora de todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente instrumento.

El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que puede hacer el Contratista, así como velará por la vigencia de las garantías previstas en el presente instrumento.

El Administrador será el encargado de velar por el cumplimiento de las normas legales y compromisos contractuales por parte de la Consultora, y actuará como canal de comunicación entre CELEC EP y La Consultora, siendo su responsabilidad la de administrar la relación con esta última.

Respecto de su gestión reportará al Gerente General de CELEC EP o su delegado, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.

Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación de los informes que emita la Consultora y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren.

Actuará en coordinación con La Consultora a fin de velar por el cabal cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato a cargo de La Constructora.

12.02.- La Supervisión de los trabajos de La Consultora se encuentra a cargo del Administrador del Contrato.

Cláusula Décima Tercera.- GARANTÍAS Y SEGUROS13.01 Garantía de fiel cumplimiento del contrato: Para seguridad del cumplimiento del contrato y para responder por obligaciones que contrajera a favor de terceros, relacionadas con el contrato, La Consultora, antes de celebrar el contrato rendirá una garantía por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor de éste, en cualquiera de las formas señaladas en los numerales 1 ó 2 del artículo 73 de la LOSNCP.

13.02 Garantía del Buen Uso del Anticipo: Para garantizar el buen uso del anticipo que la contratante le otorga, La Consultora entregará a favor de la contratante, en forma previa a recibirlo, una garantía por un monto equivalente al cien por ciento (100%) del valor a recibir por este concepto, en cualquiera de las formas señaladas en los numerales 1 ó 2 del artículo 73 de la LONSCP. 13.03 Renovación de las Garantías: La Consultora se compromete a mantener vigentes las garantías mencionadas mientras subsistan sus obligaciones contractuales. Al efecto, serán renovadas hasta diez (10) días antes de su vencimiento, caso contrario, la entidad contratante solicitará al garante que haga efectivo su valor.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley General de Seguros, el consultor está obligado a mantener en vigencia las garantías de fiel cumplimiento, y de buen uso del anticipo, hasta el total cumplimiento de las obligaciones garantizadas. Por tanto, la renovación oportuna de las garantías conforme lo estipulado en el numeral anterior constituirá incumplimiento del consultor, como tal, causal de terminación unilateral de este contrato.

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13.04 Devolución de las Garantías: Una vez que se haya producido la recepción definitiva, real o presunta de los trabajos de Consultoría, se procederá a la devolución de la totalidad de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

La Garantía de Buen Uso del Anticipo se devolverá cuando éste haya sido devengado en su totalidad.

13.05.- Ejecución de las garantías:

13.05.01 De fiel cumplimiento: La ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato procederá en los siguientes casos:

a. Cuando CELEC EP declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables a La Consultora;

b. Si La Consultora no la renovase a más tardar diez (10) días hábiles antes de su vencimiento; y,

c. Cuando un juez competente disponga su retención o pago por obligaciones a favor de terceros, relacionadas con este contrato, no satisfechas por La Consultora.

13.05.02 De buen uso de anticipo: La garantía que asegura el buen uso del anticipo será ejecutada, en caso de que La Consultora no pague a CELEC EP el saldo adeudado, después de diez (10) días de notificado con la liquidación del contrato.

13.06 SEGUROSNo obstante las obligaciones que se establecen más adelante de mantener pólizas de se-guros, La Consultora es y permanece como la única responsable y protegerá a CELEC EP contra cualquier reclamación de terceros por concepto de indemnización por daños materiales de cualquier naturaleza, o por lesiones corporales producidas como conse-cuencia de la ejecución del presente contrato por La Consultora, sus subcontratistas y el personal de éstos.

La Consultora, sin perjuicio de todas las responsabilidades derivadas del presente contrato o exigidas por las leyes del Ecuador, deberá obtener por su cuenta y a su costo, y mantener vigente durante el período de ejecución del contrato y hasta su recepción definitiva, los siguientes seguros:

Seguro de Responsabilidad Civil o Daños a Terceros:Este seguro deberá amparar lo siguiente:

a) La Responsabilidad Civil Extracontractual en que incurra La Consultora por cual-quier daño causado a cualquier bien o propiedad de terceros, incluyendo aquellos que tengan confiados a su cuidado o en custodia y por lo que sea responsable, además de los costos legales a que haya lugar por un monto mínimo de US$. 100,000.00 por cada evento, siendo responsable en todo caso de la reposición total de los daños ocasionados a los bienes de terceros.

b) La Responsabilidad Civil Extracontractual por lesiones imputadas a La Consultora o sus Subcontratistas incluyendo la muerte, ocurrida a personas que no estén al servicio de La Consultora o sus Subcontratistas por montos mínimos de US$. 60,000.00 por persona y al menos diez (10) personas por evento.

Otros SegurosLa Consultora deberá obtener por su cuenta y costo, y mantener vigentes durante todo el período de ejecución del contrato, seguros que amparen riesgos no cubiertos por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) circunscritos a enfermedades profesionales, incapacidad total o parcial o muerte de empleados y obreros propios o de

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sus Subcontratistas vinculados a la ejecución del contrato, acaecidos antes de la afiliación obligatoria al IESS y/o antes de cumplirse el número de imposiciones mensuales requeridas por el IESS, contratadas hasta por las cuantías reconocidas por el IESS para cada caso; y servicios médicos antes del cumplimiento de las seis imposiciones mensuales al IESS.

Las pólizas de estos seguros deberán ser obtenidas por La Consultora con empresas de prestigio internacional, estableciendo como segundo beneficiario a CELEC EP, quedando entendido que la obtención de estos seguros no relevará a La Consultora de la responsabilidad que le corresponde por siniestros cuyo monto sea superior al valor de los seguros contratados, por deducibles, exclusiones (con excepción de aquellas exclusiones generales previstas en estos seguros), deducciones, etc., así como en caso de que las Compañías de Seguros no pagaren las indemnizaciones por cualquier motivo que fuere.

CELEC EP no tendrá obligación alguna de atender reclamos o de pagar costos o indemnizaciones por daños a personas o cosas causados por personal o equipos de La Consultora, pero si fuere requerido a hacerlo por sentencia de autoridad competente, se entenderá, que lo hace por cuenta de La Consultora y en su nombre. Corresponde a CELEC EP facturar a La Consultora por dicho concepto más los costos legales en que haya incurrido y La Consultora rembolsará a CELEC EP dichas sumas dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la planilla correspondiente. Sin embargo, de no recibir el pago dentro del plazo indicado, CELEC EP queda autorizado para descontar de las planillas pendientes de pago, los costos incurridos en su nombre.

La Consultora es la única responsable de todas las condiciones y términos de los seguros contratados, así como de mantenerlos operativos y vigentes, incluso de dar el correspondiente aviso al asegurador en caso de siniestro, dentro del plazo que determinen las pólizas. Así mismo CELEC EP con razonable anticipación informará a La Consultora de cualquier daño sufrido, para que ésta pueda dar el correspondiente aviso al asegurador dentro del plazo que determinan las pólizas. La Consultora será así responsable de hacer las reclamaciones y tramitar las liquidaciones que corresponda.

El costo de los seguros estipulados en esta cláusula y de todos los seguros que La Consultora considere conveniente o necesario tomar, se encuentran incluidos en los precios ofertados; por lo tanto, CELEC EP no reconocerá ningún pago adicional por concepto de seguros.

La Consultora someterá a la aprobación de CELEC EP el proyecto de las pólizas de seguro, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de adjudicación del contrato, y dentro de los diez (10) días siguientes a dicha aprobación, entregará a CELEC EP copias de las pólizas; además, copias de los documentos de renovación, hasta quince (15) días antes de las fechas de vencimiento anual.

Será responsabilidad de La Consultora verificar que los seguros que contrate cuenten con el respectivo respaldo del reaseguro y que el mismo permanezca vigente por todo el tiempo por el cual dure el contrato de seguro contratado.

Cláusula Décima Cuarta.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS14.01 Si por causas imprevistas o técnicas, debidamente justificadas fuere necesario ampliar, modificar o complementar el alcance de este contrato, CELEC EP podrá celebrar los contratos complementarios que se requieran siempre que la suma total de los valores de los contratos complementarios no exceda del setenta por ciento (70 %) del valor actualizado o reajustado del contrato principal a la fecha en que CELEC EP resuelva la realización del contrato complementario. En los contratos complementarios constarán la correspondiente fórmula o fórmulas de reajuste de precios, de ser el caso, La Consultora deberá rendir garantías adicionales de conformidad con la ley.

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En lo no previsto en esta cláusula, se aplicará lo establecido en el Art. 87 de la LOSNCP.

Cláusula Décima Quinta.- ACTA DE ENTREGA - RECEPCIÓN15.01.- Una vez concluidas las obligaciones contractuales y se haya firmado el Acta de

Entrega - Recepción Definitiva del Contrato de Construcción, La Consultora entregará a CELEC EP el informe final provisional de los servicios, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. CELEC EP dispondrá del término de (15) días para la emisión de observaciones y La Consultora de (15) días laborables, adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo. El acta de recepción definitiva será suscrita por las Partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo haya sido aprobado por la Contratante.

15.02 CELEC EP podrá, dentro del término de diez (10) días contados a partir de la solicitud de recepción de La Consultora, negarse a suscribir el Acta solicitada por La Consultora, por razones justificadas, relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por La Consultora. La negativa se notificará por escrito a La Consultora y se dejará constancia de que la misma fue practicada.

Vencido el término previsto en el párrafo anterior sin que la entidad contratante objetare la solicitud de recepción ni formulare observaciones al cumplimiento del contrato, operará, sin más trámite, la recepción de pleno derecho, para lo cual el consultor notificará por intermedio de un Juez de lo Civil o un notario público.

Cláusula Décima Sexta.- RESPONSABILIDAD LABORAL16.01 La Consultora asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de

las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, CELEC EP está exenta de toda obligación respecto del personal de La Consultora. Sin perjuicio de lo cual, la CELEC EP ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente.

16.02 Respecto al personal asignado a los trabajos, La Consultora tendrá la calidad de patrono y, por consiguiente, estará sujeta a cumplir con todas las obligaciones la-borales y sociales que establecen las leyes de la República del Ecuador. CELEC EP retendrá el valor de los descuentos que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) ordenare y que correspondan a obligaciones de mora de La Consul-tora o de convenios de purga de mora patronal por obligaciones con el Seguro So-cial, provenientes de servicios personales para la ejecución de los servicios de consultoría.

Dentro de los quince (15) días siguientes a la firma del contrato, La ConsultorA notificará a CELEC EP con la nómina de su personal en el Ecuador asignado al Proyecto, indicando en cada caso si se trata de personal en relación de dependencia o bajo contrato de honorarios. En dicho documento se indicará quien actúa como empleador únicamente respecto del personal en relación de dependencia. A la nómina referida anexará copias certificadas del ”Aviso de Entrada al IESS” de todo el personal en relación de dependencia. La Consultora notificará con los cambios que se produzcan en su personal en relación de dependencia, acompañando copia certificada del Aviso de Entrada o Salida, según sea el caso.

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16.03 La Consultora será responsable y deberá mantener a CELEC EP indemne contra cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa de incumplimiento o infracción a las normas de la legislación laboral o so-cial ecuatoriana.

16.04 En relación a la responsabilidad de La Consultora por las actividades de terceros, sólo podrá ser exencionada de responsabilidad en los términos establecidos en los Documentos Precontractuales y en las absoluciones y aclaraciones realizadas a aquellos por la Comisión Técnica del Concurso Público, las cuales forman parte integrante de los Documentos Precontractuales.

Cláusula Décima Séptima.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO

17.01.- Este Contrato podrá terminar:

1. Por cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales.

2. Por mutuo acuerdo de las Partes, en los términos del artículo 93 de la LOSNCP.

3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido de La Consultora.

4. Por declaración anticipada y unilateral de la CELEC EP, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP. Además, se incluirán las siguientes causales:

4.1 Si La Consultora no notificare a la CELEC EP acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación.

4.2 Si la CELEC EP, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la LOSNCP, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social La Consultora.

5. Por disolución de la persona jurídica contratista, que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica. Por causas imputables a la CELEC EP, de acuerdo a las causales constantes en el artículo 96 de la LOSNCP

El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en los artículos 93 y 95 de la LOSNCP, en lo que fueren aplicables. De acuerdo a la norma del Art. 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, al terminarse unilateralmente el contrato deberá establecerse el avance físico de los servicios y su liquidación financiera y contable, entre otros. De su parte, el Art. 93 de la misma Ley señala que la terminación del contrato por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos a favor de la Entidad Contratante o de La Consultora.

17.02 Terminación por Causa de Suspensión: La Consultora podrá dar por terminado este Contrato conforme a las disposiciones del mismo, si alguna suspensión dispuesta por CELEC EP excede de sesenta (60) días consecutivos, salvo que dicha suspensión se fundamente en lo siguiente: (i) esté permitida por los términos y condiciones de este Contrato; o, (ii) en razón de un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito.

En caso de que la suspensión excediere del período antes indicado, La Consultora deberá notificar por escrito a CELEC EP en tal sentido, solicitando se remedie la causa

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que motiva tal suspensión, una vez recibida la comunicación si CELEC EP comienza a remediar la causa de la suspensión dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al recibo de la misma, este Contrato no podrá darse por terminado y deberá continuar en pleno vigor y efecto. Si CELEC EP no atendiere la causa de la suspensión dentro del referido período después de recibir esa notificación, este Contrato se tendrá por terminado conforme a las disposiciones de este Contrato.

El procedimiento a seguirse para la terminación por causa de suspensión del contrato será el previsto en los artículos 93 y 95 de la LOSNCP, en lo que fueren aplicables.

Cláusula Décimo Octava.- CONFIDENCIALIDAD18.01 La Contratista expresamente reconoce que toda la información a la cual tenga acceso en virtud de este Contrato, y cualquier información de La Contratante que La Contratista adquiera durante la ejecución del mismo, incluyendo secretos comerciales, conocimientos técnicos, información técnica y otra información que no sea del conocimiento público o por la literatura, además de información referida a La Contratante o a sus sucesores en derecho (en lo sucesivo la “Información Confidencial”), será mantenida confidencial y en estricto secreto por La Contratista y sus mandatarios, trabajadores y/o Subcontratistas y no será revelada, publicada ni diseminada a terceros.

La Contratista se obliga a limitar la Información Confidencial a aquellos individuos y personas que estén relacionadas con la ejecución del objeto de este Contrato, y a asegurarse de que dichos individuos o personas no revelen cualquiera de tal Información Confidencial a cualesquiera individuos o personas no relacionados directamente con los Servicios.

18.02 La obligación de confidencialidad a que se refiere esta Cláusula no aplicará en los siguientes casos:

a) Información conocida por la persona que la reciba antes de la fecha de este Contrato y no obtenida o recibida en relación con este Contrato;

b) Información que para el momento de la revelación ya sea del dominio público; c) Información que revelada de conformidad con este Contrato llegue a ser del

dominio público mediante publicación o de otra forma, sin falta de la persona que la reciba;

d) Información obtenida de un tercero que se encuentre en legítima posesión de dicha información y no esté bajo una obligación de confidencialidad para con la persona de quien la información se origine; o,

e) Información revelada por una de las Partes en cumplimiento de alguna orden emanada de autoridades de su respectivo país.

18.03 La Contratista será responsable de salvaguardar el carácter confidencial de la Información Confidencial mientras permanezca en vigencia este Contrato, y hasta tres (3) años después de la terminación del mismo.

18.04 La Contratista no podrá hacer y/o emitir ningún comunicado público a través de medios de comunicación o divulgación de cualquier otro tipo que esté relacionada con la celebración de este Contrato, incluyendo sus términos y condiciones, o cualquier relación que exista entre La Contratante y La Contratista, sin el previo consentimiento por escrito de CELEC EP.

Cláusula Decimo Novena.- RESPONSABILIDAD 19.01 La Consultora es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Ley, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y

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las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador. Esta responsabilidad, en términos económicos, será de hasta el monto actualizado del contrato, sin perjuicio del contenido de las eventuales decisiones arbitrales o judiciales que se produjeren en el supuesto caso de una controversia o litigio.

Cláusula Vigésima- PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO20.01 La Consultora está prohibida de ceder en forma alguna, ni la totalidad ni parte de este contrato.

Cláusula Vigésima Primera.- DE LA SUBCONTRATACIÓN21.01 La Consultora únicamente podrá subcontratar aspectos relacionados con la prestación de los servicios contratados, conforme a lo establecido en el artículo 79 de la LOSNCP.

La subcontratación de servicios de apoyo previstos en la negociación, podrán subcontratarse en los términos del artículo 35 del Reglamento General.

Cláusula Vigésima Segunda.- PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE22.01 Las obligaciones a cargo de las Partes en materia de protección ambiental incluirán las actividades de prevención, limpieza, reparación de daños causados y rehabilitación que a cada una de ellas le correspondiere realizar, de acuerdo con las leyes aplicables y lo establecido en los Pliegos, en relación con los daños que pudieren ocasionar al medio ambiente a través de sus operaciones objeto del Contrato.

22.02 La responsabilidad de las Partes con respecto al cumplimiento de sus obligaciones de protección ambiental se debe medir evaluando la acción u omisión de la Parte correspondiente que ocasione daños al medio ambiente.

Cláusula Vigésima Tercera.- CONDUCTA ÉTICA 23.01 La Consultora se obliga a mantener, respecto de CELEC EP y demás contratistas relacionados directa o indirectamente con el Proyecto, una conducta apegada a la ética, a la ley y a las buenas costumbres.

La Consultora se encuentra obligada a garantizar la estricta y legal aplicación del contrato en beneficio del Proyecto y de los intereses legítimos de CELEC EP; por lo tanto, no podrá aceptar, pedir ni ofrecer pagos, dádivas, regalos o cualquier otro beneficio a ninguno de los funcionarios de CELEC EP, de los contratistas y subcontratistas respecto de quienes tenga alguna relación; ni entablar relaciones incompatibles o inconsecuentes con sus responsabilidades y deberes legales y contractuales.

En el evento de que CELEC EP verifique el incumplimiento a estas disposiciones durante la ejecución del contrato, podrá declarar unilateral y anticipadamente terminado el contrato o exigir a La Consultora, en forma inmediata, la remoción y sustitución definitiva del personal responsable, así como el inicio de las acciones legales a que hubiere lugar, a su cuenta y costo; sin perjuicio del ejercicio de los derechos que en tal sentido le asistan a CELEC EP

Cláusula Vigésima Cuarta.- DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS24.01 Controversias: En el caso de cualquier disputa, controversia o reclamo que se derive de este Contrato o que guarde relación con éste, incluso sobre la violación,

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terminación o invalidez del mismo, cualquiera de las Partes podrá entregar a la otra aviso escrito formal indicando que se ha suscitado una Controversia, sin que la realización de esta notificación pueda entenderse como una limitación o condicionamiento de ningún modo del derecho que asiste a La Contratante para declarar terminado unilateralmente este Contrato, de conformidad con lo establecido en la Cláusula de Terminación Unilateral, por motivos distintos a dicha controversia.

24.02 Negociación: Las Partes intentarán de buena fe resolver la Controversia a través de negociación amigable, durante un período de treinta (30) Días Calendario contados a partir de la fecha de entrega de la notificación de Controversia por una Parte a la otra, o durante un período mayor si así las Partes lo acordaren por escrito.

24.03 Arbitraje de la Controversia: Si la Controversia no ha sido resuelta en ninguna de las instancias previstas anteriormente, tal Controversia deberá ser resuelta de manera final y vinculante mediante arbitraje, a ser desarrollado en el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de la Producción del Azuay.

El arbitraje se regirá por las siguientes reglas:

a) El arbitraje será en derecho,

b) Se conformará un Tribunal Arbitral integrado por tres (3) árbitros principales y un árbitro alterno, quien intervendrá inmediatamente en el proceso en caso de falta, ausencia o impedimento definitivo de un árbitro principal. Cada una de las Partes nombrará a un (1) árbitro de los constantes en la lista de Árbitros en Derecho del Centro de Arbitraje y Mediación de las Cámaras de la Producción del Azuay, y el tercer árbitro será seleccionado por los dos (2) árbitros nombrados por las Partes; si éstos no se pusieren de acuerdo en la designación del tercer árbitro dentro del plazo máximo de cinco (5) días contados desde su designación, se procederá a nombrar al tercer árbitro mediante sorteo de conformidad con lo establecido en la Ley de Arbitraje y Mediación y el Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación de las Cámaras de la Producción del Azuay. El árbitro alterno será designado mediante sorteo de conformidad con lo establecido en la Ley de Arbitraje y Mediación y el Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación de las Cámaras de la Producción del Azuay. Los árbitros después de la toma de posesión del cargo no deberán ponerse en comunicación con ninguna de las Partes temas referentes al asunto controvertido.

c) La sede del arbitraje la ciudad de Cuenca, en las locaciones del Centro de Arbitraje y Mediación de las Cámaras de la Producción del Azuay. No obstante, cuando convenga al interés del proceso arbitral, el Tribunal podrá constituirse en cualquier otro lugar, en cuyo caso los costos del traslado (transporte, hospedaje y alimentación de los árbitros y secretario del tribunal arbitral) serán asumidos en su totalidad por las Partes o la Parte interesada, de conformidad con lo establecido en el Reglamento del Centro de Arbitraje y Mediación de las Cámaras de la Producción del Azuay.

d) El idioma del arbitraje será el castellano. Sin embargo, cualquiera de las Partes podrá presentar pruebas documentales en un idioma distinto, en cuyo caso se presentarán traducidos de conformidad con la ley. En caso de discrepancia entre ambas versiones prevalecerá la versión en castellano.

e) El proceso arbitral será oral. Las audiencias se ventilarán oralmente; al igual que las diligencias de despacho de pruebas. Todas las actuaciones se harán constar en actas a las que se adjuntarán las transcripciones mecanográficas correspondientes.

f) La legislación aplicable será la ecuatoriana,

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g) El arbitraje se tramitará de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de funcionamiento de dicho centro y en la Ley de Arbitraje y Mediación del Ecuador, vigentes a la fecha del sometimiento a resolución de la controversia, sin perjuicio de las normas supletorias que sean aplicables.

. h) El laudo arbitral que favorezca a la Parte ganadora deberá incluir una orden de adjudicación correspondiente a los intereses compensatorios ("pre-judgment interest") sobre el monto sentenciado y sobre los honorarios y gastos legales incurridos en relación con la Controversia. El monto del laudo arbitral, los intereses compensatorios ("pre-judgment interest") sobre el monto sentenciado, los honorarios de abogados y gastos incurridos en relación con la Controversia, estarán sujetos a la limitación de indemnización por daños y perjuicios contenidos en este Contrato.

Por efectos de la presente cláusula, las Partes expresamente renuncian al derecho a someter la resolución de cualquier Controversia a través de la jurisdicción ordinaria; y, acuerdan que la decisión o laudo arbitral se podrá hacer valer contra las Partes o contra sus activos, dondequiera que estos se encontraren.

24.04 Medidas Cautelares: Los árbitros podrán dictar medidas cautelares, de acuerdo con las normas del Código de Procedimiento Civil o las que se consideren necesarias para cada caso, para asegurar los bienes materia del proceso o para garantizar el resultado de éste. Los árbitros pueden exigir una garantía a quien solicite la medida, con el propósito de cubrir el pago del costo de tal medida y de la indemnización por daños y perjuicios a la parte contraria, si la pretensión fuera declarada infundada en el laudo. La Parte contra quien se dicte la medida cautelar podrá pedir la suspensión de ésta, si rinde caución suficiente ante el tribunal arbitral.- Para la ejecución de las medidas cautelares, los árbitros solicitarán el auxilio de los funcionarios públicos, judiciales, policiales y administrativos que sean necesarios sin tener que recurrir a juez ordinario alguno del lugar donde se encuentren los bienes o donde sea necesario adoptar las medidas.

24.05 Notificaciones: Las Partes acuerdan que las notificaciones sobre cualquier procedimiento arbitral, reportes, comunicaciones, órdenes, providencias, laudos, medidas de ejecución de laudos y cualquier otro documento relacionado con el Arbitraje serán realizadas por escrito, en la dirección fijada para comunicaciones en este mismo Contrato.

Cláusula Vigésima Quinta.- TRIBUTOS, RETENCIONES Y GASTOS NOTARIALES25.01 Responsabilidad: La Consultora será totalmente responsable del pago de todos los impuestos, derechos de licencia y otros gravámenes y tributos que le sean exigibles dentro o fuera del Ecuador hasta el momento de la entrega definitiva del contrato.

25.02 Variaciones de impuestos, tasas y contribuciones: En caso de que se produjeren incrementos o disminuciones legales de impuestos, tasas y contribuciones con respecto a los vigentes a la fecha de suscripción del contrato, éstos serán reconocidos por CELEC EP o La Consultora, según sea el caso, a su valor neto desde la fecha de variación.

25.03 Agente de Retención: Aparte de los pagos que directamente le corresponda efectuar a La Consultora por concepto de impuestos, CELEC EP se constituye en Agente de Retención de las contribuciones indicadas anteriormente, según las estipulaciones citadas y de los demás impuestos causados, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45 y siguientes de la Ley de Régimen Tributario Interno.

25.04 Gastos Notariales: Es de cuenta de La Consultora el pago de los gastos notariales, de las copias certificadas del contrato y los documentos que deban ser protocolizados. El número de ejemplares que debe entregar La Consultora a CELEC EP es de tres (3)

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copias. En caso de terminación por mutuo acuerdo, el pago de los derechos notariales que esto cause y el de las copias a que haya lugar será de cuenta de La Consultora.

Cláusula Vigésima Sexta.- LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS24.01 Los servicios que son objeto del presente Contrato, se los ejecutará en el sitio de construcción del Proyecto Hidroeléctrico Minas – San Francisco; sin perjuicio de lo cual, La Consultora deberá mantener una oficina en la ciudad de Cuenca que permita la coordinación con CELEC EP.

Cláusula Vigésima Séptima.- ESTIPULACIONES GENERALES27.01 El presente contrato es intransferible y no podrá cederse a terceras personas ni total ni parcialmente, en conformidad con lo que disponen los artículos 78 de la LOSNCP. La subcontratación podrá efectuarse de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 79 de la Ley ibídem y 120 del Reglamento General.

27.02 Será de responsabilidad de La Consultora todo pago que deba hacer a terceros subcontratados en la ejecución parcial del contrato o en la elaboración de servicios especializados o trabajos técnicos, según lo previsto en los Términos de Referencia.

27.03 La propiedad material de todos los informes que se produzcan durante la ejecución de los Servicios de Consultoría objeto de este Contrato serán de CELEC EP. La Consultora podrá referirse a ellos o citarlos como antecedentes de su actividad técnica y profesional, o para publicaciones científicas.

27.04 Los resultados de la ejecución de los Servicios de Consultoría no podrán ser utilizados por CELEC EP o cualquier institución que tome a su cargo la prosecución o ejecución del proyecto sobre el cual versan los servicios, mientras no se haya suscrito el Acta de Entrega recepción única de los servicios y no se haya pagado a La Consultora la totalidad del valor estipulado en el presente contrato; sin embargo, sí podrá utilizar la información parcial que hubiese recibido y por la cual hubiese pagado su valor.

27.05 Todos los informes y cualquier otra información anterior o que se genere como resultado de la ejecución del presente contrato serán de propiedad exclusiva de la CELEC EP, en los términos previstos en la Ley de Propiedad Intelectual.

Cláusula Vigésima Octava.- DOMICILIO 28.01 Para efectos de comunicación o notificaciones, las Partes señalan como sus direcciones de contacto las siguientes:

EL CONTRATANTE: Dirección: ..............................................................Ciudad: ..................................................................Teléfono: ..............................................................Fax: ......................................................................e-mail…………………………………………….

LA CONTRATISTA:Dirección: ..............................................................Ciudad: ..................................................................Teléfono: ..............................................................Fax: ......................................................................e-mail…………………………………………….

87

Page 92: 4553575

En el evento de que cualquiera de las Partes modificare su dirección o números de contacto, deberá notificar de este particular a la otra Parte dentro de los cinco (5) días siguientes a la ocurrencia de tal cambio; caso contrario, toda comunicación o notificación que haya sido remitida por la Parte que no tuvo conocimiento del cambio a la dirección inicialmente señalada, se entenderá como correcta y efectivamente entregada a su destinataria, para todos los efectos de ley.

Cláusula Vigésima Novena.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTESLos comparecientes, por los derechos que representan, en forma libre y voluntaria, declaran su expresa aceptación a todas las estipulaciones contenidas en el presente contrato y los documentos que lo integran, sometiéndose a ellas; para constancia de lo cual firman en tres (3) ejemplares de igual contenido y valor, en la ciudad de Cuenca, a

Ing. Eduardo Barredo HeinertGerente General

EMPRESA PÚBLICA ESTRATÉGICA CORPORACIÓN ELÉCTRICA DEL

ECUADOR CELEC EP

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

XXXXXXXXXXXXX

88

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CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

SECCIÓN VII

MODELOS DE FORMULARIOS

GENERALIDADES

Toda la información presentada será usada por la Comisión Técnica para calificar y valorar las Ofertas presentadas, aplicando el criterio de valoración establecido en la LOSNCP, su Reglamento y estos Pliegos.

Para facilitar el proceso de calificación y adjudicación, los participantes deberán llenar adecuadamente los formularios que se anexan a estos Pliegos. La información proporcionada deberá sujetarse exclusivamente a la verdad y debe ser acreditada bajo juramento por el informante.

La Comisión Técnica, a su juicio, podrá solicitar al participante o directamente a la fuente, información aclaratoria sobre los documentos presentados por los proponentes. Esta información de ninguna manera modificará el contenido de la oferta.

En caso de que el espacio en los formularios suministrados fuese insuficiente para proporcionar la información solicitada, el oferente podrá utilizar hojas adicionales conservando el mismo formato.

Los formularios signados con los números del XX al XX se incluirán en el Sobre Nº 1 y los signados con los números del XX al XX, se incluirán en el Sobre Nº 2.

89

Ma. Antonieta Loza, 05/07/12,
Completar
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Formulario Nº 1

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

CARTA DE PRESENTACIÓN Y COMPROMISO

Fecha:

SeñorPRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICAPresente.-

El (nombre del oferente), como (por mis propios derechos, en mi calidad de consultor, representante legal o procurador común), declara bajo juramento que:

1.Se compromete a suministrar el personal, equipo, laboratorios, materiales y demás insumos requeridos para realizar los “SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA FISCALIZACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS CIVILES, LINEA DE TRANSMISIÓN; INGENIERÍA DE DETALLE, FABRICACIÓN, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO Y PUESTA EN SERVICIO DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA MINAS-SAN FRANCISCO”

2.La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado.

3.Declara, también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Concurso Público Consultoría y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable.

4.Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio.

5.Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.

6.Se allana, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4 y 5 que anteceden, a que la entidad contratante le descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso.

7.La propuesta se encuentra formulada de acuerdo a las exigencias y condiciones de los pliegos y documentos del concurso.

90

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8.Ha procedido a estudiar los pliegos, inclusive los alcances emitidos, por lo que se encuentra satisfecho del conocimiento adquirido con relación a las obligaciones contractuales. Por consiguiente renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de los pliegos.

9.Conoce que la CELEC EP podrá adjudicar, declarar desierto o cancelar el concurso, si así conviniere a los intereses nacionales e institucionales.

10.En caso de ser adjudicado, se compromete a suscribir el contrato de consultoría en un plazo de quince (15) días después de la adjudicación, previo el cumplimiento de los correspondientes requisitos.

11.Declara bajo juramento que se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante, y acepta que en caso de violar este compromiso, estar dispuesto a que la Entidad Contratante, observando el debido proceso, dé por terminado en forma inmediata el contrato, que se suscribe como resultado de esta invitación a ofertar y se allana a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

12.Así mismo declara, bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades para contratar previstas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y 110 y 111 de su Reglamento General.

Los alcances recibidos constan en el portal www.compraspublicas.gob.ec

Lugar y Fecha

………………………………………..(Firma y Nombre)

(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

91

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Formulario Nº2-A

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CONCURSO PÚBLICO DE CONSULTORÍA

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE

1. Nombre de la firma consultora u organismo________________________________________________________

2. Dirección de la Sede

País CiudadCalle No.Teléfonos FaxCorreo electrónico

3. Dirección en el EcuadorCiudad CantónCalle No.Teléfonos FaxCorreo electrónico

4. Socios Nombre RUC No. de acciones

Adjuntar Referencias sobre la capacidad técnica y administrativa:

Currículum de vida de la Empresa o empresas en caso de asociación Organigrama Estructural Listado de personal profesional y no profesional con el que cuenta la Empresa. Apoyo a Sistema de Control de Calidad.

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

92

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Formulario Nº 2-B

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE (Consorcio o Asociación)

Yo, -------------------------- (Nombre del procurador común de la asociación), informo que la oferta se presenta en asociación, la cual está constituida por:

Persona natural o jurídica Número de RUC % de Participación

TOTAL 100,00

La asociación está amparada por constitución o extensión del plazo o Acuerdo de Asociación (según corresponda).

Nota: Adjuntar documentos de respaldo

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

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Formulario Nº 3-A

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

EXPERIENCIA GENERAL DEL OFERENTE

Nº Nombre del Proyecto

Entidad Contratante

Monto(USD$)

Ubicación Período de Ejecución

Inicio Final

Notas: 1. Se evaluará la Experiencia general en Contratos de Consultoría. Obtendrá la máxima calificación el oferente que justifique haber suscrito y ejecutado contratos en los últimos 20 años cuya suma sea igual o superior a cien millones de dólares.2.- Para justificar la experiencia adjuntar los Formularios 4A y 4B. Estos Formularios pueden ser sustituidos por certificados o cualquier otro documento emitido por la entidad contratante o dueño de la obra que contenga idealmente la siguiente información: Fecha de suscripción del contrato, objeto del contrato, valor contractual, plazo y ampliaciones, fecha de terminación, hombres – mes de la consultora que participó en el proyecto: En caso de haber participado como APCA, el porcentaje (%) de participación de cada uno de los miembros.

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

94

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Formulario Nº 3-B

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE

Nº Nombre del Proyecto

Entidad Monto UbicaciónProvincia

Período de Ejecución

Inicio Final

Notas: 1.- Se evaluará la experiencia específica en la fiscalización y/o gerenciamiento y/o supervisión de la construcción de proyectos similares. Para efectos del presente proceso se entenderá por proyectos similares a la fiscalización y/o gerenciamiento y/o supervisión de la construcción de proyectos que tengan al menos:

e. Construcción de proyectos cuya sumatoria de capacidad instalada debe ser igual o mayor a 200 MW.

f. Construcción de por lo menos una presa con una altura mínima de 40 m.g. Construcción de mínimo una presa de hormigón rodillado.h. Construcción de casa de máquinas subterránea de 50.000m3 de volumen de

excavación o más. i. Túneles de conducción y/o descarga de no menos de 25 m2 de sección

transversal y longitud acumulada mínima de 5 Km.j. Excavación de al menos un pozo subterráneo vertical, de por lo menos 10 m2 de

sección y 150 m de longitud. k. Control y/o diseño de ingeniería de detalle, fabricación, suministro montaje y

puesta en marcha de (i) turbinas tipo Pelton con una capacidad mínima de 70 MW y una eficiencia mínimo del 91 % y (ii) generadores con una capacidad mínima de 70 MW y un rendimiento mínimo del 98 %

l. Control y/o diseño de Ingeniería de detalle, fabricación, suministro montaje y puesta en marcha subestaciones con transformadores de una capacidad 80 MVA y una eficiencia mínima del 99 %

m. Control y/o diseño de Ingeniería de detalle, fabricación, suministro montaje y puesta en marcha de líneas de transmisión de 230 Kv con una longitud mínima de 40 Km.

Se considerarán únicamente los proyectos ejecutados en los últimos veinte (20) años.

Si la empresa no obtiene una calificación igual o superior al 60% del puntaje máximo será calificada con un puntaje de cero (0).

95

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2.- Para justificar la experiencia adjuntar los Formularios 4A y 4B. Estos Formularios pueden ser sustituidos por certificados o cualquier otro documento emitido por la entidad contratante o dueño de la obra que contenga idealmente la siguiente información: Fecha de suscripción del contrato, objeto del contrato, valor contractual, plazo y ampliaciones, fecha de terminación, hombres – mes de la consultora que participó en el proyecto: En caso de haber participado como APCA, el porcentaje (%) de participación de cada uno de los miembros.

3.- El valor de los Proyectos presentados como experiencia en supervisión y/o gerencia-miento y/o fiscalización y/o construcción corresponderá al monto de las obras construidas y/o en construcción.

4.- El valor de los Proyectos presentados como experiencia en diseño corresponderá al presupuesto referencial de construcción de las obras diseñadas.

5.- Los proyectos a ser presentados como experiencia deben ser Proyectos terminados y/o recibidos a satisfacción por la entidad contratante o dueño de la obra; o que experimenten un avance igual o superior al 70%. Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

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Formulario Nº 4-A

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

CERTIFICACIÓN TIPO SOBRE LA EXPERIENCIA DEL CONSULTOR(Para trabajos ejecutados)

Certifico que la ______________________________ (nombre del consultor, firma consultora, organismo o asociación), en virtud del contrato celebrado el____ de ________ 200_ ha realizado satisfactoriamente para ______ ______________________________ (nombre de la entidad) __________ ________________________ (objeto del contrato de consultoría), cuyas actividades principales fueron:

a) ______________________b) ______________________c) ______________________

La ejecución del contrato se inició el ______ de __________ 200__ y concluyó el _____ de __________ 200______.

Los profesionales que participaron en la ejecución y cargo que desempeñaron en el proyecto fueron:

1.-2.-3.-

El valor del contrato de consultoría alcanzó la suma de USD$ …….dólares de los Estados Unidos de América, a la fecha del último pago.

El presupuesto de construcción de las obras (diseñadas, fiscalizadas, supervisadas, construidas…….., según corresponda) es de USD$ ………

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre Autoridad Competente)

Notas:Este Formulario pude ser remplazado por certificados o cualquier otro documento emitido por la entidad contratante o dueño de la obra que contenga toda o parte de la información solicitada.

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

97

Page 102: 4553575

Formulario Nº 4-B

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

CERTIFICACIÓN TIPO SOBRE LA EXPERIENCIA DEL CONSULTOR(Para trabajos en ejecución)

Certifico que la ______________________________ (nombre del consultor, firma consultora, organismo o asociación), en virtud del contrato celebrado el____ de ________ 200__ (fecha) se encuentra realizando satisfactoriamente para _________________(nombre de la entidad) __________________(nombre del contrato de consultoría), cuyas actividades principales son:

a) ______________________b) ______________________c) ______________________

La ejecución del contrato se inició el ______ de __________ 200__ y su conclusión se prevé para el _____ de __________ 200_______________.

Los profesionales que participan en la ejecución del proyecto son:

No. de orden:

Titulo y nombre del profesional

Posición en la firma

Actividad en el proyecto

Tiempo h/mes

1.-2.-

El valor estimado del contrato de consultoría es de USD$ …….dólares de los Estados Unidos de América, a la fecha del último pago.

El presupuesto de construcción de las obras (diseñadas, fiscalizadas, supervisadas, construidas…….., según corresponda) es de USD$ ……… Lugar y Fecha

(Firma y Nombre Autoridad Competente)

Notas:Este Formulario pude ser remplazado por certificados o cualquier otro documento emitido por la entidad contratante o dueño de la obra que contenga la información solicitada.

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

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Page 103: 4553575

Formulario Nº 5

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

LISTA DEL PERSONAL ASIGNADO AL PROYECTO

NombreCompleto

Título Profesional

Nacionalidad Cargo TiempoParticipación

(meses)

PorcentajeParticipaciónsobre total

Personal clave/

principal

Nota: el Personal Clave señalado en la última columna, será calificado; sin embargo, todo el personal técnico Clave y Principal debe presentar el Currículo Vitae en el Formulario No. 6 y la Carta Compromiso en el Formulario No. 7

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

99

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Formulario Nº 6

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO(Clave y Principal)

Hoja.... de .....Nombre Completo:Edad: Nacionalidad: Ciudad de residencia:Dirección domiciliaria:

Teléfonos: Correo electrónico:Títulos académicos indicando fechas y la institución que emitió el título

Cursos de especialización con duración mayor a 40 horas, en aspectos similares o relacionados con la actividad que desarrollará en la Fiscalización (Indicar el nombre de la institución que impartió el curso, nombre del curso, lugar, duración, fecha de realización).

Actividad actual, lugar dirección y teléfono del trabajo:

Experiencia profesional: (indicar un número de eventos mínimo similares a los que son motivo de esta Fiscalización, con los siguientes datos: Proyecto, Entidad Contratante, Consultora/Empresa para la que trabajó, Contratista fiscalizado (de ser el caso), lugar y fechas en que desarrolló el trabajo, tipo de actividad desempeñada, detalles del Proyecto, Presupuesto de Inversión y certificación de cumplimiento otorgado por la Contratante o la Consultora/Empresa).

Declaro que la información proporcionada es verídica; en caso de determinarse falsedad en cualquiera de mis afirmaciones, me someto a las sanciones correspondientes.

---------------------------------------------(FIRMA DEL PROFESIONAL)

Notas:1. Para la evaluación de los profesionales: Adjuntar certificados o cualquier otro documento emitido por la firma Consultora o Empresa para la que prestó sus servicios, o Entidad contratante o dueña de la obra, que contenga idealmente la información consignada en el CV, obligatoriamente la relativa a los temas sometidos a calificación.2. Para acreditar los tiempos de participación de los profesionales en los proyectos no se considerarán tiempos compartidos, se considerarán únicamente los tiempos reales de participación.4. Adjuntar copias simples de los títulos profesionales. 5. En caso de no presentarse la Carta Compromiso de prestación de servicios o no estar firmada por el técnico, el currículum vitae del técnico no será evaluado, hasta el momento de su convalidación.6. En caso de presentarse dos o más técnicos para ocupar un mismo cargo, se evaluará únicamente al que conste como primero en la lista.

100

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7.-El valor de los Proyectos presentados como experiencia en supervisión y/o gerencia-miento y/o fiscalización y/o construcción corresponderá al monto de las obras construidas y/o en construcción.8.- El valor de los Proyectos presentados como experiencia en diseño corresponderá al presupuesto referencial de construcción de las obras diseñadas.9. Los proyectos a ser presentados como experiencia deben ser Proyectos terminados y/o recibidos a satisfacción por la entidad contratante o dueño de la obra; o que experimenten un avance igual o superior al 70%.

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Profesional Asignado al Proyecto)

101

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Formulario Nº 7

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

CARTA DE COMPROMISO DEL PROFESIONAL ASIGNADOA LA FISCALIZACIÓN DEL PROYECTO

(Personal Principal y Clave)

Yo,_____________________________________, me comprometo con ______________ (nombre del oferente) a prestar mis servicios profesionales en calidad de ______________ (título profesional), para el cargo de _______________(cargo asignado) para la Fiscalización de la Construcción y Equipamiento del Proyecto Hidroeléctrico Minas-San Francisco, en caso de que el respectivo Contrato le sea adjudicado.

Declaro que conozco el Programa de Utilización del Personal y el Cronograma de Actividades presentados en esta Oferta, que no mantengo compromisos de trabajos que impidan mi participación en los tiempos programados, por lo que estoy conforme y por lo tanto comprometido a incorporarme oportunamente al trabajo de Fiscalización.

Lugar y Fecha

(Firma, Nombre y Número CC)(Profesional Asignado al Proyecto)

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

NOTA:

Adjuntar obligatoriamente copia de cédula de ciudadanía (Profesionales nacionales), pasaporte (Profesionales extranjeros).

102

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Formulario Nº 8

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

PLAN DE TRABAJO ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA DE TRABAJO Y SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD

Contendrá, entre otros lo siguiente:

a) Enfoque, Alcance y Metodología;

b) Organigrama estructural del servicio propuesto; y,

c) Cronograma de Actividades y Programa de utilización de personal, con asignación de tareas y asignación de tiempos.

d) Sistema de control de calidad.

NOTA:

El proponente desarrollará este formulario, sometiéndose a lo señalado en lo Términos de Referencia (numeral 4.9 de los Pliegos), utilizando el número de hojas que creyere conveniente manteniendo el mismo formato.

Se evaluará el contenido del Formulario 8, atendiendo a cada uno de los aspectos contemplados en él, de acuerdo con una evaluación objetiva, que cuantifique criterios como enfoque, alcance y metodología de los trabajos, de acuerdo a la propuesta presentada, cuya máxima calificación será 8 puntos, divididos de la siguiente manera:

Enfoque, alcance y metodología: 3 puntosOrganigrama estructural del servicio propuesto: 2 puntosCronograma de actividades: 1 puntosControl de calidad: 2 puntos

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

103

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FORMULARIO Nº 9

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

RECURSOS, INSTRUMENTOS Y EQUIPOS

Recurso/Instrumento/Equipo Detalle

Nota: 1. Indicar en este Formulario si el Recurso, Instrumento y Equipo es de propiedad de la consultora o será arrendado.

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

104

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OFERTA ECONOMICA

105

Page 110: 4553575

Formulario Nº 10

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

OFERTA ECONÓMICA

COSTO TOTAL MONTO DE PAGO USD dólaresCOSTOS DIRECTOSCOSTOS INDIRECTOS

TOTAL

TOTAL:---------------------------------------- (detallar el total en letras) dólares de los Estados Unidos de América, sin IVA.

Adjuntar detalle de costos directos e indirectos, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento General de la LOSNCP. En el Formulario 10-A, se adjunta un ejemplo del detalle de la oferta económica, el Consultor con su experiencia podrá ajustarlo de conformidad con su oferta.

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

106

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FORMULARIO Nº 10 - A

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

MODELO DE DETALLE DE LA OFERTA ECONÓMICA

CONCEPTO VALOR(US Dólares)

TOTALES(US Dólares)

1.SUELDOS1.1 Personal Técnico Principal1.2 Personal Técnico Auxiliar y Administrativo

2. BENEFICIOS SOCIALES2.1 Personal Técnico Principal2.2 Personal Técnico Auxiliar y Administrativo

3. VIAJES3.1 Viajes3.2 Viáticos4. COSTOS DIRECTOS MISCELÁNEOS41 Costos Directos4.2 Subcontratos4.3 Otros (Especificar)

Subtotal Costos Directos5. UTILIDAD EMPRESARIAL6. GASTOS GENERALES

Subtotal Gastos Generales y UtilidadTOTAL OFERTA ECONÓMICA

Nota: para efectos de pago de los servicios de Fiscalización, se consideran rubros Rembolsables a los indicados en 3.1; 3.2 y 4.2. El Monto Fijo es el Monto Total de la Oferta sin incluir los rubros Rembolsables.

MONTO FIJO (MF)RUBROS REEMBOLSABLES (TOTAL)MONTO DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN (C)RELACIÓN PORCENTUAL PARA EFECTO DE PAGO DEL MONTO FIJO = MF/C %

Los valores aquí consignados, deben justificarse y coincidir con los que se indican en los Formularios siguientes de la Oferta Económica.

NOTA. El valor de Monto Fijo (MF), igual al Monto Total menos el valor de Rubros Rembolsables, es el valor que debe ingresar el oferente al Portal de Compras Públicas, a efectos de la calificación económica.

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

107

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FORMULARIO Nº 10 – A-1

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

SUELDOS DEL PERSONAL TÉCNICO

Nombre Completo Actividad H-mes Sueldo (USD) Total (USD)

1. Director General del Contrato

2. Director de Fiscalización

3. Especialista Programación y Contratos de Obra4. Especialista Asesoría Legal5. Especialista Obras Subterráneas

6. Especialista Obras Civiles

7. Experto Eléctrico – Casa de Máquinas8. Especialista Control de Calidad9. Experto Mecánico - Casa de Máquinas10. Especialista Eléctrico (Incluye Subestación y LT)

11. Especialista en Diseño

12. Experto Eléctrico – Ingeniería Integración13. Especialista Seguridad – Salud Ocupacional - Ambiental

OTROS

TOTAL

Nota*: Personal sugerido. El Oferente presentará este Formulario en correspondencia de la programación de los trabajos de su Oferta Técnica

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

108

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Formulario Nº 10 – A-2

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

SUELDOS DEL PERSONAL AUXILIAR Y ADMINISTRATIVO

Nombre Completo Actividad H-mes Sueldo (USD) Total (USD)

TOTAL

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

109

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Formulario Nº 10 – A-3

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

BENEFICIOS SOCIALES DEL PERSONAL PRINCIPAL

Nombre Completo ActividadTotal suel-

dos(USD)

Ben. Soc.(%)

Total (USD)

TOTAL

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

110

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Formulario Nº 10 – A-4

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

BENEFICIOS SOCIALES DEL PERSONAL AUXILIAR Y ADMINISTRATIVO

Nombre Completo ActividadTotal suel-

dos(USD)

Ben. Soc.(%)

Total (USD)

TOTAL

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

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Formulario Nº 10 – A-5

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

GASTOS GENERALES O INDIRECTOS

CONCEPTO (%) MONTO (USD)

Costos Generales

 Desglosar conceptos

TOTAL:

Porcentaje (%) de Gastos Generales en re-lación al total de los Sueldos del Personal Técnico y del Personal Auxiliar y Administra-tivo

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

112

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Formulario Nº 10 – A-6

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

UTILIDAD EMPRESARIAL

Utilidad Empresarial Monto (USD) Porcentaje (%)(Calculados como un porcentaje (%) sobre el total del valor de los sueldos del Personal Técnico y del Personal Auxiliar y Administra-tivo)

%

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

113

Page 118: 4553575

Formulario Nº 10 - B

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

MODELO DE DETALLE DE LOS COSTOS DIRECTOS MISCELÁNEOS

Rubro CantidadMes

(USD)Total(USD)

Mantenimiento Campamento

Alimentación personal

Seguro accidentes/vida personal

Oficina Cuenca

Vehículos

Computadores Personales (PC's)

Suministros y varios

Gastos Notariales

Garantía 5%

Garantía anticipo 30%Otros especificar

TOTAL

COSTOS DIRECTOS REEMBOLSABLES

Rubro CantidadMes

(USD)Total(USD)

SubcontratosViajes internacionalesViáticos extranjeros (vivienda x mes)Otros EspecificarINVESTIGACIONES

TOTAL

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

114

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FORMULARIO Nº 10 C

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

INVESTIGACIONES

DESCRIPCIÓN DEL RUBRO UNI-DADPRECIO

UNITARIOINVESTIGACIONES GEOTÉCNICAS Y TRABAJOS DE CAMPOPerforaciones < 250 m mPerforaciones >250 m mPerforación con Triple Barril mTestificación de Sondeos mEnsayos Lugeon uEnsayos Lefranc uEnsayos de Hidrofracturamiento( Completo) uLog Dilatométrico hasta 7 metros uEnsayos Dilatométricos < 100 m uEnsayos Dilatométricos < 300 m uEnsayos de Overcoring uEnsayo Flat Jack Sencillo uEnsayo Flat Jack Doble uEnsayo de Doble Placa Contrapuesta uOPTV y/o BHTV mFull wave sonics mPiezómetros uSísmica de Refracción Tomográfica mSísmica de Refracción mSísmica de Reflexión mDown Hole (*2) mCross Hole (*2) mEnsayos Magnetotelúricos uResistividad Eléctrica mRelieve Microsísmica de refracción u

TRABAJOS DE LABORATORIOMecánica de rocasAnálisis petrográfico lamina delgada uEnsayo compresión simple uIdem con medida de deformabilidad uEnsayo de tracción (Brasileño) uCorte directo sobre fracturas uCerchar Abrasivity Test uDrop Test uSiever's Test uEnsayo Triaxial * uEnsayo de carga puntual uMecánica de suelosClasificación Geomecacnica de suelos uDensidad de sólidos uGranulometría por tamizado u

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Granulometría por sedimentación uEnsayo edométrico uEnsayo triaxial (3 muestras) uEnsayo de compactación uEnsayo CBR uLos Angeles abrasivity test uPeso específico y Absorción de Aridos uPeso Unitario de Aridos uDesgaste a sulfatos uReactividad Alcalis u

Nota: Caso de utilizar estas investigaciones estas serán pagadas por el valor unitario ofertado ,medido, fiscalizado y aceptado por la SUPERVISIONLugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

Formulario Nº 11

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

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CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

PRESENTACIÓN Y COSTO DE LA PROPUESTA.

Señor ……………..PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TÉCNICA

Quien suscribe, ---------------------------------------------, después de haber examinado las instrucciones a los oferentes, el alcance de los trabajos, el proyecto de contrato y más documentos entregados por la entidad, y habiendo considerado todas las condiciones, me comprometo a prestar los “SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA LA FISCALIZACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS CIVILES, LINEA DE TRANSMISIÓN; INGENIERÍA DE DETALLE, FABRICACIÓN, SUMINISTRO, MONTAJE Y PRUEBAS DEL EQUIPAMIENTO Y PUESTA EN SERVICIO DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA MINAS-SAN FRANCISCO”, de acuerdo a los alcances solicitados por la Contratante y de conformidad con los documentos que constituyen mi propuesta.

El oferente así mismo declara que conoce y acepta, en todo cuanto le corresponde, las disposiciones legales relacionadas con el tipo de contrato, vigentes en el Ecuador.

El precio total para la prestación de los servicios de consultoría es de …..letras …….(……números…), dólares de los Estados Unidos de América, de conformidad con el presupuesto detallado que se adjunta en la propuesta económica.

El suscrito oferente acepta iniciar las negociaciones previas a la suscripción del contrato respectivo, dentro del plazo que se acordare en la notificación.

Además admite que las negociaciones no constituye un compromiso que le obliga a la entidad a suscribir el contrato.

Lugar y Fecha

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

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Formulario. No. 12

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

ÍNDICES FINANCIEROS

OFERENTE: ___________________________________________

1. Índice de Liquidez (IL) = Activo corriente/Pasivo corriente =.

2. Índice de Estructural (IE) = Patrimonio/Activo Total=

Declaramos que la información es correcta y ceñida a la verdad.

(Lugar y fecha)

………………………………………….. -------------------------- (Firma del Oferente o Representante Legal) Nombre del Contador

Matrícula No……….

NOTAS:1. La solvencia financiera de los participantes se determinará sobre la base del balance del año 2011 (Que corresponde al último ejercicio económico)

2. La citada documentación deberá estar firmada por un contador independiente y por el Representante del Oferente.

3. Adjuntar copia legible de la declaración del impuesto a la renta, “Formulario Único Sociedades” (Formulario No. 101 SRI)

4. Los índices deben ser calculados con la información extraída de la declaración del impuesto a la renta o del estado financiero según corresponda.

(Firma y Nombre)(Consultor, Representante Legal o Procurador Común)

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Formulario. No. 13

NOMBRE DEL OFERENTE: ………………………………………………………………..

CPC-CELEC EP-ENJ-001-12

ANEXO DE LA RESOLUCIÓN INCOP No. 037-09(sustitutiva de la Resolución INCOP No. 028-09)

1. FORMULARIO PARA IDENTIFICACIÓN DEL SOCIO(S), ACCIONISTA(S) O PARTÍCIPE(S) MAYORITARIO(S) DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE (en el caso de que ésta no cotice sus acciones y participaciones en bolsas de valores nacionales o extranjeras).

(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la Oferta Técnica)

NOMBRE DEL OFERENTE: …………………………………………………………. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:……………………………………………………CÓDIGO DEL PROCESO: ………………………………………………………………

(Fecha)

Señor(Máxima Autoridad ENTIDAD CONTRATANTE)Presente

De mi consideración:

El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía ………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que:

1.- Libre y voluntariamente presento la información que detallo más adelante, para fines única y exclusivamente relacionados con el presente proceso de contratación;

2.- Garantizo la veracidad y exactitud de la información; y, autorizo a la Entidad Contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a los Órganos de Control, a efectuar averiguaciones para comprobar tal información.

3.- Acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la Entidad Contratante:

a) Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública –LOSNCP-;

b) Descalifique a mi representada como oferente; o, c) Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del

artículo 64 de la LOSNCP, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.

Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.

4.- Acepto que en caso de que el accionista, partícipe o socio mayoritario de mi representada esté domiciliado en un paraíso fiscal, la Entidad Contratante descalifique a mi representada inmediatamente.

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5.- Me comprometo a notificar a la entidad contratante la transferencia, cesión, enajenación, bajo cualquier modalidad de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de participación, que realice la persona jurídica a la que represento. En caso de no hacerlo, acepto que la Entidad Contratante declare unilateralmente terminado el contrato respectivo.Esta obligación será aplicable también a los partícipes de las asociaciones o consorcios, constituidos de conformidad con el artículo 26 de la LOSNCP.

TIPO DE PERSONA JURÍDICA: Compañía Anónima Compañía de Responsabilidad Limitada

Compañía Mixta Compañía en Nombre Colectivo Compañía en Comandita Simple Sociedad Civil Corporación

Fundación Asociación o consorcio Otra

NOMBRES COMPLETOS DEL

SOCIO(S), ACCIONISTA(S),

PARTÍCIPE(S)MAYORITARIO(S)

NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O

IDENTIFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR PAÍS EXTRANJERO, DE

SER EL CASO

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN

LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA

PERSONA JURÍDICA

DOMICILIO

FISCAL

NOTA: Si el socio (s), accionista (s) o partícipe (s) mayoritario (s) es una persona jurídica, de igual forma, se deberá identificar los nombres completos de todos los socio (s), accionista (s) o partícipe (s), para lo que se usará el siguiente formato:

NOMBRES COMPLETOS DEL

SOCIO(S), ACCIONISTA(S),

PARTÍCIPE(S)

NÚMERO DE CÉDULA DE IDENTIDAD, RUC O

IDENTIFICACIÓN SIMILAR EMITIDA POR

PAÍS EXTRANJERO, DE SER EL CASO

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN EN

LA ESTRUCTURA DE PROPIEDAD DE LA

PERSONA JURÍDICA

DOMICILIOFISCAL

Atentamente,

_______________________________FIRMA EL REPRESENTANTE LEGAL

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2. DECLARACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PERSONA JURÍDICA OFERENTE CUYAS ACCIONES SE NEGOCIAN EN BOLSAS DE VALORES NACIONALES O EXTRANJERAS

(A presentarse de manera obligatoria, como parte de la oferta técnica)

NOMBRE DEL OFERENTE: ..........................................................................OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: ............................................................CÓDIGO DE PROCESO: ….......……………………….............................

(Fecha)

Señor(Máxima Autoridad Entidad Contratante)Presente

De mi consideración:

El que suscribe, en mi calidad de representante legal de la (compañía………..) declaro bajo juramento y en pleno conocimiento de las consecuencias legales que conlleva faltar a la verdad, que mi representada está registrada en la (BOLSA DE VALORES NACIONAL O EXTRANJERA), desde (FECHA DE REGISTRO) hasta la actualidad, y en tal virtud sus (acciones) se cotizan en la mencionada Bolsa de Valores:

1.- Garantizo la veracidad y exactitud de la información proporcionada en esta declaración, y autorizo a la entidad contratante, al Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, o a cualquier órgano de control competente, a efectuar las investigaciones pertinentes para comprobar tal información.

2.- Además, acepto que en caso de que el contenido de la presente declaración no corresponda a la verdad, la entidad contratante:

a) Observando el debido proceso, aplique la sanción indicada en el último inciso del artículo 19 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;

b) Descalifique a mi representada como oferente; o,c) Proceda a la terminación unilateral del contrato respectivo, en cumplimiento del ar-

tículo 64 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, si tal comprobación ocurriere durante la vigencia de la relación contractual.

d) Además, me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasio-nen.

Atentamente,

……………………………………FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO COMÚN

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