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men Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y para que sirva de notificación a efectos legales se hace público el siguiente anuncio: EI Excmo. Sr. Consejero de Fomento, por Orden de fecha 30-06-2009, registrada al núm. 1540 del correspondiente Libro de Resoluciones, ha dispues- to lo que sigue: A la vista de propuesta de la Dirección General de la Vivienda y Urbanismo, que literalmente copiada dice: Como consecuencia de inspección efectuada por la Policía Urbanística, a las obras que se realizan en el inmueble sito en CTRA CERRO DE PALMA SANTA, /LATERAL CRTA. FARHANA, se informa que se están realizando obras que consisten en MOVIMIENTO DE TIERRAS·CON NIVELAClON DE UNA PORCION DE TERRENO ESTABLECIENDO TERRAZA O BANCADA. Se informa que el promotor de las obras es ATAHERI MOHAMED SI MOHAMED TAHAR. A la vista de lo anterior, y por tratarse de obras que se realizan sin haberse obtenido la preceptiva licen- cia de obras, por aplicación del art. 29 del Reglamen- to de Disciplina Urbanística, vengo en proponer al Excmo. Sr. Consejero de Fomento se inicie expe- diente de legalización de obras. Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 29 del vigente Reglamento de Disciplina Urbanística, apro- bado por R.D. 2187/78 de 23 de junio, VENGO EN DISPONER: 1.°- REQUERIR a D. ATAHERI MOHAMED SIMOHAMED TAHAR, como Promotor de las Obras referidas, para que proceda a la SUSPENSION INMEDIATA de las obras que se vienen realizando en el inmueble mencionado, como medida cautelar hasta que se proceda a su legalización o, en su caso, tras la tramitación del expediente oportuno, a la reposición de la legalidad alterada. 2.°- Cumpliendo lo ordenado en el art. 84 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co- mún, se conceda al interesado, un plazo de AU- DIENCIA de DIEZ DÍAS, durante los cuales, se pondrá de manifiesto el expediente integro al objeto de que pueda ser examinado, por si mismo o por medio de representante debidamente acreditado, conforme establece el art. 32 de la misma Ley y, en su caso, formular las alegaciones que estime oportunas, transcurrido el cual sin cumplimentarlo se Ie considerará decaído en su derecho a este trámite. De conformidad con lo dispuesto en el art. 107 de la LRJPAC, contra la presente resofución no cabe recurso por ser un acto de trámite. Lo que se publica para conocimiento general. Melilla, 30 de julio de 2009. La Secretaria Técnica. Inmaculada Merchán Mesa. CONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA SECRETARÍA TÉCNICA 2187.- EI Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad, por Decreto número 1033, de fecha 10 de agosto de 2009, ha tenido a bien disponer lo siguiente: "Visto expediente remitido por la Consejería de Seguridad Ciudadana, Relativo a nuevo Reglamen- to de Venta Ambulante y, visto que no se han producido reclamaciones dentro de plazo, de con- formidad con el art. 71 del Reglamento de la Asamblea de Melilla (BOME Extraordinario n.° 9, de 12 de marzo de 2004), ha quedado aprobado definitivamente el mencionado Reglamento. Insértese íntegramente su texto en el BOME, con indicación expresa de que entrará en vigor el mismo día de su publicación." Lo que le comunico a los efectos oportunos. Melilla, 10 de agosto de 2009. La Secretaria Técnica de la Consejería de Seguridad Ciudadana. M.ª del Carmen Barranquero Aguilar. EXPOSICION DE MOTIVOS La Directiva relativa a los Servicios, en adelante DS, (Directiva 2006/123/CE del Parlamento Euro- peo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado interior -DOL 376 de 27.12.2006, p.36/68-)entró en vigor el día 28 de diciembre de 2006, imponiendo a todas las Administraciones Públicas de los Estados miem- bros de la UE dos tipos de obligaciones para su cumplimiento: BOME NÚM. 4634 - MELILLA, VIERNES 14 DE AGOSTO DE 2009 - PAG. 2996

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men Jurídico de las Administraciones Públicas yProcedimiento Administrativo Común, y para quesirva de notificación a efectos legales se hacepúblico el siguiente anuncio:

EI Excmo. Sr. Consejero de Fomento, por Ordende fecha 30-06-2009, registrada al núm. 1540 delcorrespondiente Libro de Resoluciones, ha dispues-to lo que sigue:

A la vista de propuesta de la Dirección General dela Vivienda y Urbanismo, que literalmente copiadadice:

Como consecuencia de inspección efectuada porla Policía Urbanística, a las obras que se realizan enel inmueble sito en CTRA CERRO DE PALMASANTA, /LATERAL CRTA. FARHANA, se informaque se están realizando obras que consisten enMOVIMIENTO DE TIERRAS·CON NIVELAClON DEUNA PORCION DE TERRENO ESTABLECIENDOTERRAZA O BANCADA.

Se informa que el promotor de las obras esATAHERI MOHAMED SI MOHAMED TAHAR.

A la vista de lo anterior, y por tratarse de obras quese realizan sin haberse obtenido la preceptiva licen-cia de obras, por aplicación del art. 29 del Reglamen-to de Disciplina Urbanística, vengo en proponer alExcmo. Sr. Consejero de Fomento se inicie expe-diente de legalización de obras.

Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 29 delvigente Reglamento de Disciplina Urbanística, apro-bado por R.D. 2187/78 de 23 de junio, VENGO ENDISPONER:

1.°- REQUERIR a D. ATAHERI MOHAMEDSIMOHAMED TAHAR, como Promotor de las Obrasreferidas, para que proceda a la SUSPENSIONINMEDIATA de las obras que se vienen realizando enel inmueble mencionado, como medida cautelarhasta que se proceda a su legalización o, en sucaso, tras la tramitación del expediente oportuno, ala reposición de la legalidad alterada.

2.°- Cumpliendo lo ordenado en el art. 84 de la Ley30/92, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún, se conceda al interesado, un plazo de AU-DIENCIA de DIEZ DÍAS, durante los cuales, sepondrá de manifiesto el expediente integro al objetode que pueda ser examinado, por si mismo o pormedio de representante debidamente acreditado,

conforme establece el art. 32 de la misma Ley y,en su caso, formular las alegaciones que estimeoportunas, transcurrido el cual sin cumplimentarlose Ie considerará decaído en su derecho a estetrámite.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 107de la LRJPAC, contra la presente resofución nocabe recurso por ser un acto de trámite.

Lo que se publica para conocimiento general.

Melilla, 30 de julio de 2009.

La Secretaria Técnica.

Inmaculada Merchán Mesa.

CONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA

SECRETARÍA TÉCNICA

2187.- EI Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad,por Decreto número 1033, de fecha 10 de agostode 2009, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

"Visto expediente remitido por la Consejería deSeguridad Ciudadana, Relativo a nuevo Reglamen-to de Venta Ambulante y, visto que no se hanproducido reclamaciones dentro de plazo, de con-formidad con el art. 71 del Reglamento de laAsamblea de Melilla (BOME Extraordinario n.° 9,de 12 de marzo de 2004), ha quedado aprobadodefinitivamente el mencionado Reglamento.

Insértese íntegramente su texto en el BOME,con indicación expresa de que entrará en vigor elmismo día de su publicación."

Lo que le comunico a los efectos oportunos.

Melilla, 10 de agosto de 2009.

La Secretaria Técnica de la Consejería deSeguridad Ciudadana. M.ª del Carmen BarranqueroAguilar.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Directiva relativa a los Servicios, en adelanteDS, (Directiva 2006/123/CE del Parlamento Euro-peo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006relativa a los servicios en el mercado interior -DOL376 de 27.12.2006, p.36/68-)entró en vigor el día 28de diciembre de 2006, imponiendo a todas lasAdministraciones Públicas de los Estados miem-bros de la UE dos tipos de obligaciones para sucumplimiento:

BOME NÚM. 4634 - MELILLA, VIERNES 14 DE AGOSTO DE 2009 - PAG. 2996