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A-Qu es el ITBIS?Es un impuesto general al consumo tipo valor agregado que se aplica a laTransferencia e importacin de bienes industrializados, as como a la prestacin de servicios. B-Cules son los contribuyentes de este impuesto?Son responsables del pago de este impuesto las Personas Fsicas y Jurdicas (nacionales o extranjeras), que realicen transferencias e importaciones de bienes industrializados, o prestacin de servicios.C- Cul ha sido la evaluacin histrica de la tasa de aplicacin al ITBIS en nuestro pas?El Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), fue introducido en nuestro pas en enero de 1983, con el objetivo de aumentar los ingresos del gobierno y disminuir la dependencia de la tributacin directa.A partir de su creacin la base imponible ha sido modificada, incorporando de manera gradual diferentes bienes y serviciosD-Cul es la forma de presentacin y plazos para honrar este impuesto ante la DGII?La declaracin y pago de este impuesto deber realizarse en el transcurso de los primeros 20 das del mes siguiente al perodo declarado (Por Ej.: El mes de enero debe presentarse y pagarse antes del 20 de febrero). E-Qu es un impuesto regresivo? Son aquellos que se cobran a todos por igual; es decir: la tarifa pagada no guarda relacin con la capacidad econmica de una persona, por lo tanto, una persona pobre y una persona adinerada pagarn la misma cantidad de dinero por el impuesto. F-Segn el Artculo 338 del Ttulo III del Cdigo Tributario, Cmo nace la obligacin tributaria de estos impuestos?La obligacin tributaria nace en las distintas formas que se expresan a continuacin: 1) Transferencia de bienes. En el momento que se emita el documento que ampare la transferencia, o desde que se entregue o retire el bien, si dicho documento no existiese.2) Importacin. En el momento en que los bienes estn a disposicin del importador, de acuerdo con la Ley que instituye el rgimen de las aduanas.3) Servicios. En la prestacin y locacin de servicios, desde la emisin de la factura o desde el momento en que se termina la prestacin o desde la percepcin total o parcial del precio, el que fuere anterior.4) Alquiler. En el momento de la firma del contrato de alquiler o en el momento de la entrega de la cosa alquilada al arrendatario, lo que suceda primero. G-En el caso de transferencia o ventas a crdito anuladas, total o parcialmente, qu dice el Artculo 25 del Reglamento. Para qu se utiliza el aplicativo CITI Ventas?Cmo se informa el primer perodo cuando no coincide con el inicio de un cuatrimestre?Cundo en el cuatrimestre no hay movimientos, se debe realizar presentacin?Cundo es el vencimiento de los cuatrimestres a informar?Cules son los canales de presentacin?Cmo se ingresan los honorarios judiciales, que no requieren la emisin de ningn comprobante?En que ventana se puede consultar los tipos de comprobantes que permite cargar el aplicativo?Mencione algunas de las exenciones de este impuestoEl contribuyente deber expedir un documento que ampare la devolucin, el descuento o la bonificacin el cual deber contener la fecha de devolucin, el precio y el impuesto restituido o acreditado al comprador. -H-Cules son los hechos gravados con el ITBIS, segn el Artculo 2 del Reglamento del Ttulo III.?1- transferencia de bienes industrializado2- la importacin de bienes industrializados3- la prestacin y locacin de serviciosI Qu dice el Artculo 13del Reglamento de ITBIS sobre zonas francas''? para que una empresa de zona franca pueda beneficiarse de la exencin estipulada en el Literal b) del Artculo 24 de la Ley No.8-90 relativa al Impuesto sobre Transferencia Inmobiliaria, dicho traspaso debe recaer sobre un inmueble adquirido dentro del rea delimitada para zonas francas y a travs de una operadora de zonas francas, que son las personas fsicas o morales encargadas de adquirir y/o arrendar terrenos, desarrollar infraestructura, vender o alquilar edificaciones y facilidades a las empresas establecidas o por establecerse.J, Cules son los requisitos y condiciones del adelanto de impuesto que dicta el artculo 15 del reglamento del ITBIS?El contribuyente tendr derecho a deducir del impuesto bruto, los importes que por concepto de este impuesto haya adelantado en el mismo perodo, siempre que rena los siguientes requisitos: Que la persona que realice la deduccin sea un contribuyente de este impuesto. Que la erogacin sobre la cual se aplic el ITBIS, sea deducible a los fines del Impuesto Sobre la Renta. Que el ITBIS adelantado haya sido trasladado expresamente al contribuyente que pretende hacer la deduccin, y el ITBIS facturado conste por separado en un comprobante o recibo de pago que rena las siguientes condiciones: -Nombre, direccin y nmero de RNC, o nmero de cdula de identidad y electoral del emisor de la factura, recibo de documento que ampare la documentacin, -Nmero de factura y fecha de emisin; -Precio del producto o servicio gravado; -Prestaciones accesorias; -Bonificaciones y descuentos concedidos, si los hubiere; -Expresa indicacin del ITBIS cargado por cada producto;