Admisibilidad de Las Excepciones Art 464
1
ADMISIBILIDAD DE LAS EXCEPCIONES ART. 464 CPC Traslado 4 días. (En el sistema, conferir traslado de las excepciones e ingresar ambos litigantes en código litigante) Luego de eso se revisa si fueron interpuestas dentro de plazo de acuerdo a lo siguiente: Art. 459: Asiento Tribunal: 4 días Otra comuna, mismo territorio jurisd.: 8 días Art. 460 Otro Territorio Jurisd. Ante Trib. Exhortado: Mismos plazos Art. 459. Ante Trib. Exhortante: 8 días + tabla emplazam. Art. 461 Fuera Territ. Rep. Tabla Art. 259 como aumento extraordinario
-
Upload
felipe-molina-cerda -
Category
Documents
-
view
213 -
download
0
description
resolución sobre admisibilidad de excepciones dilatorias
Transcript of Admisibilidad de Las Excepciones Art 464
ADMISIBILIDAD DE LAS EXCEPCIONES ART. 464 CPCTraslado ( 4 das. (En el sistema, conferir traslado de las excepciones e ingresar ambos litigantes en cdigo litigante)
Luego de eso se revisa si fueron interpuestas dentro de plazo de acuerdo a lo siguiente:
Art. 459: ( Asiento Tribunal: 4 das
Otra comuna, mismo territorio jurisd.: 8 das
Art. 460
Otro Territorio Jurisd. ( Ante Trib. Exhortado: Mismos plazos Art. 459.
Ante Trib. Exhortante: 8 das + tabla emplazam.
Art. 461
Fuera Territ. Rep. ( Tabla Art. 259 como aumento extraordinario