Apelacion p.local

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APELA FUNDADAMENTE S. J. L. Policía Local ( villa alemana) CECILIA CORTES RABBA, por mi mandante en causa sobre daños en choque y demanda de perjuicios, Rol 135.825 a US respetuosamente digo: Vengo dentro de plazo legal en presentar recurso de apelación en contra de sentencia definitiva dictada con fecha 3 de abril de 2009, en atención a los argumentos de hecho y derecho que paso a exponer: 1- Que la sentencia da por establecido que la colisión se debió a exclusiva culpa del conductor el Sr. RUBEN ELIAS PEREZ BORQUEZ, quien por no conducir atento alas condiciones del transito, al momento de choque, fue el causante directo de los daños ocasionados a los vehículos patente VU-2618 y UJ-5115, esto según consta en las pruebas rendidas y en la propia declaración indagatoria del señor Rubén donde señala expresamente “PESE A APLICAR EL SISTEMA DE FRENO MI VEHICULO NO ALCANSO A FRENAR”. 2- Esta parte interpuso demanda civil de perjuicios en contra de don Rubén Pérez Bórquez. 3- Que debido ala colisión el vehiculo de mi representado sufrió daños cuantiosos, que representan, la perdida total del vehiculo, por la suma de $3.600.000 de daño emergente y $2.000.000 por concepto de desvalorización. 4- Que la demanda civil mencionada no fue acogida, por falta de pruebas, pero para esta parte los daños fueron acreditados en juicio , por los siguientes medios: a) presupuesto acompañado a la demanda y ratificado en el comparendo de autos, en el cual consta que los daños estructurales

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ACOMPAA SOBRES DE ABSOLUCION DE POSICIONES

APELA FUNDADAMENTE

S. J. L. Polica Local ( villa alemana)

CECILIA CORTES RABBA, por mi mandante en causa sobre daos en choque y demanda de perjuicios, Rol 135.825 a US respetuosamente digo:

Vengo dentro de plazo legal en presentar recurso de apelacin en contra de sentencia definitiva dictada con fecha 3 de abril de 2009, en atencin a los argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:1- Que la sentencia da por establecido que la colisin se debi a exclusiva culpa del conductor el Sr. RUBEN ELIAS PEREZ BORQUEZ, quien por no conducir atento alas condiciones del transito, al momento de choque, fue el causante directo de los daos ocasionados a los vehculos patente VU-2618 y UJ-5115, esto segn consta en las pruebas rendidas y en la propia declaracin indagatoria del seor Rubn donde seala expresamente PESE A APLICAR EL SISTEMA DE FRENO MI VEHICULO NO ALCANSO A FRENAR.

2- Esta parte interpuso demanda civil de perjuicios en contra de don Rubn Prez Brquez.

3- Que debido ala colisin el vehiculo de mi representado sufri daos cuantiosos, que representan, la perdida total del vehiculo, por la suma de $3.600.000 de dao emergente y $2.000.000 por concepto de desvalorizacin.

4- Que la demanda civil mencionada no fue acogida, por falta de pruebas, pero para esta parte los daos fueron acreditados en juicio , por los siguientes medios:

a) presupuesto acompaado a la demanda y ratificado en el comparendo de autos, en el cual consta que los daos estructurales del vehculo de m representado, sobrepasan incluso el valor total del mismo.Dicho presupuesto, fue acompaado en forma legal y emitido por un tcnico en la materia, que dada su profesin u oficio es quin puede dar mayor certeza de los daos reales del vehiculo de mi representado, ya que dicho documento emana de un prestigioso y reconocido servicio tcnico, debidamente acreditado.b) los daos tambin fueron acreditados mediante siete fotografas acompaadas legalmente en el comparendo de autos, las cuales segn lo seala la propia sentencia corresponden al vehiculo de mi reprensado, y pese a ser objetados, no se di lugar a la objecin de ellas POR CORRESPONDER AL VEHICULO UJ-5115 Y A LOS DAOS QUE PRESENTA CORRESPONDIENTES AL MERITO DE AUTOS .

c) la testimonial rendida, por esta parte, tambin debi ser valorada en razn de ser l testigos presenciales del accidente de transito, examinados legalmente, sin tachas, y que dieron razn de sus dichos, sin contradiccin.

5- Que si bien esta parte no pudo realizar la prueba pericial, ello se debi solo ala falta de recursos econmicos para asumir el costo de dicha prueba, ya que mi representado se encuentra cesante.

6- Que para esta parte la prueba pericial no es el nico medio de prueba legal, capaz de probar en juicio los daos demandados, a saber se debieron tomar en consideracin todas las pruebas rendidas y dems antecedentes pertinentes, esto es:

A) declaraciones indagatorias, concordantes en otorgar responsabilidad de los daos causados a don Rubn Prez Brquez.

b) declaracin de testigos presenciales, legalmente examinados, sin contradictorio ni tacha.

c) fotografas que rolan a fojas 95 a 101, que dan razn de los daos del vehiculo de mi representado

d) presupuesto acompaado.

Nos parece que desestimar la accin civil interpuesta por esta parte causa un agravio a mi representado, subsanable solo con la revocacin de esta sentencia y condenando al demandado seor Rubn Prez Brquez a la indemnizacin solicitada en la demanda civil de autos, o lo que US. Considere ajustado a derecho a objeto de reparar el mal causado.

POR TANTO, RUEGO A US.:Tener por interpuesto recurso de apelacin en contra de la sentencia definiva, revocarla en todas sus partes de acuerdo a los fundamentos sealados y acoger demanda indemnizatoria de perjuicios de nuestra parte o lo que US estime en derecho en conformidad con los artculos 186 y siguientes del Cdigo de Procedimiento Civil