ATLACATL_Buenas Practicas_Derechos Laborales de las Personas con VIH en El Salvador

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    Proyecto de USAID para el acceso ciudadanoa la Justicia Laboral de CAFTA-DR

    MANUAL DE BUENAS PR.A.CT ICASPARA FUNCIONARIAS Y

    FUNCIONARIOS PUBLICOS SOBREP R O M O C IO N D E L O S D E R E C H O S L A B O U L E S

    D E P E R S O N A S C O N V IH E N E L S A L V A D O R20092010

    Jorge Odir Miranda CortezDirector de la Asociacion Atlacatl Vivo PositivoCarlos Federico Portillo BonillaCoordinador del Proyecto y Eloborccicn

    (~!!At~-'--- UNIDOS DEAM~RICA

    . ~.UILDING~CAPACrTY

    WORLDWIDE

    Pac t

    La Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos de Norteamerica no esresponsable del contenido aqui provisto, sola mente es patrocinadora de la publicecien.

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    ( I N D I C E )

    INTRODUCCION 4I. G losario de term inos utililados en el M anual de Buenas Practicas 5II. Obietivo 6III. P rincip ios fundamentales propuestos 7

    1 . Reconocim iento de V IH en el am bito laboral salvadoreiio2. Princip io de Legalidad3. No discriminccien4 . C on fld en cialid ad5. Preteccien a g rup os v ulnerables6 . Ambien te de trabajo sana7. Preteccien de la relccien laboral8. Prevencien9 . A cceso a la Inform acion y creccien de un banco de datos10. D ialogo social y apoyo

    IV . D erechos y deberes de las personas con V IH1 . Derechos2. Deberes3. Infraccio nes

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    V . Estlindares in ternacionales aplicab les 131 . U tilidad2. O rqcnizccien Internacional del T rabajo (O IT )3. S istem a Interam ericano de pro teccien de derechos humanos4. S istem a Universal

    V I. C om pilacion de no rm ativas y di rec tr ices in te rnac iona les aplicab lesa los derechos laborales de personas con V IH 19

    V II. T erm ino lo gia u tililada po r la O rganilacion P an am erican a d e la S alud(OPS)

    VI II . B ib li og ra fi a y l ecturas suger idas2224

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    ( I N T R O D U C C I O N )De acuerdo a datos oflciales proporcionados por el Ministeriode Salud Publica y Asistencia Social (MSPAS), a traves del ProgramaNacional de ITS/VIH1, se indica que en EI Salvador las personas

    mayormente afectadas por la epidemia del VIH son las focalizadas enla poblaci6n de 15 a 49 ofios, con predominio en el subgrupo de 25a 34 cfios, representando las edades en donde se encuentra la mayorfuerza laboral de EISalvador.En el ofio 2001, se aprob6 en EI Salvador la Ley de Prevenci6ny Control de la Infecci6n Provocada por el Virus de InmunodeficienciaHumana, Decreto No. 588 (Ley de VIH), con el objetivo de garantizarlos derechos de las personas con VIH y, de esta manera, eliminaracciones de discriminaci6n y estigmatizaci6n. No obstante 1 0 anteriory a pesar de las reform as que sufri6 en el cfio 2005 el C6digo deTrabajo (Art. 79 y 30, numerales 14 y 15), existen en el dmblto laboraldiversos comportamientos de empleadores y funcionarios publicos queno conocen la normativa y por consiguiente no pueden proteger losderechos de los trabajadores con VIH.En este sentido, el papel de las instituciones estatales y de losfuncionarios publicos es vital en la lucha contra la prevenci6n de lapandemia de VIH y necesaria para el funcionamiento de la Politica

    Nacional de Atenci6n Integral ante el VIH en EI Salvador. Porconsiguiente, es esencial una actuaci6n activa y comprometida porparte de los funcionarios publicos, que desempeficn sus funciones en elambito laboral, con el objetivo de erradicar la discriminaci6n y estigmaque sufren las personas con VIH.Por consiguiente, el presente Manual de Buenas Practicas parafuncionarios publlcos pretende proporcionar algunas herramientasclaves para el desarrollo de sus competencias, con la finalidadde dotar de eflcacia la actual Ley de VIH y, sobre todo, garantizar

    el pleno goce y ejercicio de los derechos humanos, especial mentede los derechos laborales de todas aquellas personas con VIH enEISalvador.

    1 Segun estadrsticas del Ministerio de Salud de EISalvador. Prevalencia de VIH de enero a lebrero 2009.Boletrn InFormativo No.1. SUMEVE.

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    I . G L O S A R I O D E T E R M I N O S U T I L I Z A D O SE N E L M A N U A L D E B U E N A S P R A C T I C A S

    VIH es el virus de inmunodeficiencia humana que debilita el sistemainmunitario del cuerpo y que, de no contar con el tratamiento medicoadecuado, puede causar el Sida en la mayoria de los casos.

    Sida es el termino utilizado para designar el sind rome deinmunodeficiencia adquirida, ocasionado por el VIH, el cual es uncon junto de afecciones medicas, infecciones oportunistas, entre otras,para las cuales existe el tratamiento Antirretroviral. La expresron persona con VIH, indica aquellaspersonas cuyas vidas se han visto modificadas en lospianos social, familiar, econemlco, entre otros, por elVIH debido a los efectos generales de la pandemia. OIT son las siglas de la Organizacion Internacional del Trabajo. LVIHpara referirse a la Ley de Prevencien y Control de la Infeccionprovocada por el virus de inmunodeficiencia humana. RLlVHrara hacer alusion al Reglamento de la Ley de Prevencien yContro de la lnleccien provocada por el virus de inmunodeficienciahumana. OMS son las siglas de la Organizacion Mundial de la Salud. CIDH son las siglas para referirse a la Cornision Interamericana deDerechos Humanos. ONUSIDA son las siglas del Programa de Naciones Unidas sobreVIH/SI DA. DESC pore hacer referencia a los Derechos Economicos, Sociales yCulturales. PIDESC son las siglas del Comi te del Pacto Internacional de DerechosEconomicos, Sociales y Culturales. OIM son las siglas de la Orgcnizccion Internacional para losMigrantes. EItermino vulnerabilidad "designa la desigualdad de oportunidades,la exclusion social, el desempleo 0el empleo precario resultantes defactores sociales, culturales, politicos y economicos que hacen queuna persona mas susceptible de infectarse con VIH y de desarrollarel Side".' 5

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    ( II. O B J E T .V O S )EI presente Manual de Buenos Practicas tiene comofinalidad proporcionar una serie de principios y directricesarlicables a 1 0 labor que realizan funcionarios publlcos ene ambito de los derechos laborales de personas con VIH enEISalvador. En este sentido, el documento se orienta a:

    a) Concientizar sobre los efectos del VIH en el mundo del trabajo,enfatizando 1 0 importancia de 1 0 prevenci6n del VIH en el ambitolcborcl;b) Aportar elementos que ayuden a eliminar el rechazo, discriminaci6ny estigma que sufren las personas con VIH en su lugar de empleo:c) Fomentar el dialogo social y negociaciones - con una estructuratripartita- entre el gobierno por medio de sus funcionarios publicos, losempleadores y los trabajadores con sus respectivos representantes,sobre 1 0 importancia del respeto a los derechos humanos en el ambitolaboral sclvcdcrefio; yd) Conocer y poner en prdctico las recomendaciones, directrices,normativa nacional e internacional relacionada con el VIH.

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    ( I I I . P R I N e l P I O S F U N D A M E N T A L E S P R O P U E S T O S )Los principios que se presentan a confinuocion deberlanutilizarse en las labores que desempenan funcionarios publicosy actores sociales, de acuerdo a sus competencias, en el ambito

    laboral en EI Salvador, los mismos son el resultado de la preeficcde instancias internacionales y de las falencias que hemosdetectado en el acontecer diario de algunas Instituciones publicas.No obstante, los principios planteados no son exigibles, pero sucpllcccien pueden generar resultados positivos en las problemdtlccsque enfrentan las personas con VIH en el mundo laboral.

    1. Reconocimiento de YINen elambito laboral salvadorefioEIVIH deberla reconocerse como un elemento que afecta ellugarde trabajo, como tal debe ser tratado por los funcionarios publicos

    como un compromiso en la lucha contra la propcqcclen y los efectosque la epidemia produce, desde un punto de vista de respeto a losderechos de los trabajadores.2. Principio de Legalidad

    Todo funcionario publico en el ejercicio de sus competencias yfunciones deberla estar sometido a la normativa vigente, nacional einternacional, que protege a las personas con VIH, principalmente laLey de VIH y su reglamento.3. No discriminacion

    No deberla existir discrimlnccien 0 estigmatizacion algunacontra los trabajadores y sus familias basada en la infeccion de VIH,real 0 supuesta, aSI como tam poco en la pertenencia de personasa determinados grupos vulnerables que podrlan encontrarse maspropensos ala fronsmision de VIH.4. Conftdencialidad

    Los funcionarios publicos deberlan hacer cumplir la ley en 10 querespecta a la prohiblcion de solicitar a trabajadores y candidatos apuestos de empleo la reclizncion de la prueba de VIH. ASlcomo tombien,la informacion referente al estado serologico respecto del VIH.5. Proteccion a grupos vulnerables

    Es necesaria la conclenfizccion en 10 que respecta a lascaracterlsticas especiales que poseen determinados grupos vulnerables,los cuales deben ser tratados con mayor sensibilidad, respetando susderechos humanos. En esta linea, es fundamental fomentar la cpliccclende pollticas publicos de genero, diversidad sexual, nifiez, entre otros.7

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    6. Ambiente de trabaio sanoLos inspectores del Ministerio de Trabajo, especial mente losInspectores de Seguridad e Higiene Ocupacional y otros funcionariosrelacionados con la materia, deberfan solicitar, con el fin de prevenirla trcnsmision del VIH, la cdopcien de normas de BIO SEGURIDADcuando sean necesarias en ellugar de trabajo.

    7. Proteccion de la relacion laboralDeberfa promoverse la errcdicccien de prdcticos orientadas atomar en cuenta el estado seroleqlco, real 0 supuesto, como obstdculopara la ccnfrotccicn 0 estabilidad de un trabajador en su empleo.En este sentido, el estado serologico respecto de una persona conVIH no debe constituir un motivo para terminar una releeien laboral.

    8. Prevencion y asistenciaEs necesario fomentar que los empleadores y el gobierno, en

    general, tome conciencia de la importancia de que los trabajadoresy sus familias tengan acceso a servicios de prevencien y tratamientomedico adecuado relacionado con el VIH.9. Acceso a la Informacion y creacion de un banco de datos

    Las instituciones estatales y sus funcionarios deberfan lIevarregistros estadfsticos, con reserva de la identidad de las personas conVIH, sobre los casas de discrlminccion, estigma, despidos, entre otros,para la crecclen de una base de datos con el objetivo de evaluar lasituccien laboral existente.10. DiGlogo social yapoyo

    Los funcionarios publicos deben apoyar la ejecucien de la PolfticaNacional de Atencion Integral ante el VIH, impulsando la colcbcrcclen,acercamiento y el dialogo entre el gobierno, empleadores, trabajadoresy sus representantes, organizaciones no gubernamentales y personas conVIH. Asf tcrnbien, promover entre los empleadores la "ResponsabilidadSocial Empresarial"2, en materia de derechos laborales y VIH.

    2 La Organizacion Intarnacional dal Trabajo (OIT) daAna a la responsabilidad social da la ampresa como "al conjuntoda accionas qua toman an considaracion las Empresas para qua sus adividadas tangan reparcusionas positivas sobre lasociadad y qua aArman los principios y valoras por los qua sa rigan, tanto an sus propios metodos y procasos internoscomo an su ralacion con los dam"s adores. La RSEas una iniciativa da caradar voluntario". OIT, Gura da racursos sabrerasponsabilidad sacial de la empresa (RSE), 22 de noviembre de 2007.

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    ( IV . D E R E C H O S Y D E .E R E S D E L A S P E R S O N A S C O N V IH )

    Las responsabilidades conferidas por ley a los funcionarios publicosque se desarrollan en el ombito laboral exige el conocimiento de losderechos y deberes que poseen los trabajadores, principal mente si estosposeen VIH.La normativa salvadoreiia, desde la Constitucion, provee unaserie de principios y derechos que han sido extendidos en diversasnormativas secundarias como el Codigo de Trabajo y, recientemente,la Ley de VIH y su reglamento.En relccien con el derecho al trabajo y otros derechos conexos, laConstitucion indica:

    "EI Salvador reconoce a la persona humana como el origen y elfin de la actividad del Estado [... J . En consecuencia, es obligaciondel Estado asegurar a los habitantes de la Republica, el goce dela libertad, la salud, la cultura, el bienestar econemlco y la justiciasocial" (Art. 1 inciso 3D).

    "Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad fisica y moral,a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesien,y a ser protegida en la conservccion y defensa de los mismos. Segarantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, y ala propia imagen" (Art. 2). "Todas las personas son iguales ante la ley. Para el goce de losderechos civiles no podren establecerse restricciones que se basen endiferencias de nacionalidad, raza, sexo 0 religion" (Art.3). "EITrabajo es una funcion social, que goza de la proteccien del Estado[ . . . J . De igual forma promoverd el trabajo y empleo de las personascon limitaciones 0 incapacidades fisicas, mentales 0 sociales" (Art.37). "EI trabajo estaro regulado por un Codigo [... J fundamentado enprincipios generales que tiendan al mejoramiento de las condiciones

    de vida de los trabajadores [... J " (Art. 38 inciso 1 0 ) . i iEn la actualidad, tanto el Codigo de Trabajo como la Ley de VIH -despues de las reformas de 2005- proporcionan, de manera especffica,una serie de derechos y deberes a las personas con VIH, los cualesdeben ser aplicados en las actividades diarias, funciones, anolisis legalesy resoluciones que realiza todo funcionario publico en el desarrollo desus competencias, los cuales enumeramos a continuccien:9

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    ( D E R E C H O S )1. Igualdad (Art. A LVIHy 6 RLVIH)

    Las personas con VIH y sus familiares tienen derecho a la nodiscrlminecion y equidad en el trato que cualquier funcionario publico Ieproporcione. Asimismo, "no se podrcn establecer prioridades en razonde la edad, nacionalidad, raza, religion, sexo, orientccion sexual,ocupccion 0 condiciones socio-economiccs de las personas que vivencon el virus de inmunodeflciencia humane"."2. As i st enc ia San it ar ia (Art. 5 LVIHy Art A y 5 RLVIH)

    Los servicios medicos de prevencien, tratamiento medico yquirurgico, entre otros, deben ser asequibles para todas las personascon VIH.3. Confidencia l idad (Art. 5, 15, 16 y 19 LVIHiArt. 8 RLVIHy Art. 30 N14 y 15CT).Los resultados sobre la prueba de VIH y el desarrollo de lainfeccion son datos que deben mantenerse en absoluta confldencialidad.Por consiguiente, no puede ser solicitado a los candidatos a puestosde trabajo y a los trabajadores activos que proporcionen informacionpersonal relativa a su estado serologico, real 0supuesto, 0la reclizcciende la prueba de VIH.4. D erec ho al T rab aio (Art. 5 LVIHiArt.10 RLVIHy Art.30 N 15)

    EI derecho al trabajo de las personas con VIH se encuentraestipulado de dos formas, por un lado, las personas con VIH tienenderecho a acceder a un puesto de trabajo y no ser discriminados debidoa su situccien de salud. Por otro lado, los trabajadores que ya poseenuna relccien laboral tienen derecho a continuar en su empleo y no serdespedidos en razon del VIH. Asi tcrnbien, a no ser desmejorados ensus condiciones laborales.5. A cceso a la E du cac io n (Art. 5 LVIy Art. 11 RLVIH)

    EI derecho a la educocion no pude ser negado, por cccien uomlslen, por instituciones publicus 0privadas, en razon del VIH.6. Part ic ipacion y Organizacion (Art. 5 LVIH y Art. 12 RLVIH)

    Las personas con VIH tienen derecho participar, organizarse ycongregarse para desarrollar actividades licitas.7. P ro t.ccion d . n inos y ninas (Art. 6 y 7 LVIHy Art. 14 RLVIH)

    Los nlfios y ninas con VIH merecen una proteccion especial, deacuerdo a la normativa vigente, nacional e internacional, relacionadacon la materia.10

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    ( D E B E R E S )1. Sexualidad responsable (Art. 9 LVIH)

    "lodas las personas y especial mente aquellas viviendo con VIH-Sida tienen el deber de practicar su sexualidad responsable, utilizandometodos adecuados, a fin de minimizar los riesgos de frcnsmision delvirus a otras personas". iv2. Prohibicion de Donar (Art. 10 LVIH)

    "Ninguna persona viviendo con VIH-Sida podrd ser donantede organos, sangre [... ] semen, ovulos, leche materna 0 lactar,excepcionalmente con fines de investigacion [... ] " . v3. Deber de informar con fines de prevencion y medicos (Art 30 LVIH)

    "loda persona que haya sido notificada como seropositiva, estoobligada a comunicarle tal siruccien a su pareja ya sea permanenteo eventual, presente 0 pasada y demos personas con quienes hayatenido, tenga 0pueda tener contacto de riesgo".l i E s obligacion de toda rersona viviendo con VIH-Sida, informarsobre su condicion al persona de salud que Ie atienda [... J " .

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    ( I N F R A C C IO N E S )

    Conocidos los derechos y deberes por los cuales debe velar todofuncionario publico, es necesario destacar que la normativa disponeciertas infracciones, sin perjuicio de la responsabilidad penal, paratodas aquellas personas que no cumplen las disposiciones contenidasen la ley.EI Art. 34 LVIH menciona que "las infracciones a la presenteley, serdn sancionadas con una multa de uno a diez salarios minimosmensuales urbanos vigentes e inhcbilitccion especial para el ejercicio dela profeslon u oficio de uno ados cfios si el infractor realizare actividadmedica, [... J 0sanitaria". viLa autoridad competente para conocer y resolver sobre las

    infracciones a la LVIHy su reglamento serdn, en primera instancia, losDirectores y demes funcionarios delegados del Ministerio de Salud y, ensegunda instancia, el Ministro de Salud (Art. 69 RLVIH).En esta linea,las infracciones, de acuerdo al Art. 34 LVIH, pueden ser:1. Infringir todos los derechos proporcionados a las personas con VIH(Art. 4 y 5 LVIH).2. Solicitar la reclizccien de la prueba seroleqlcc para el ingresoal pais, para acceder a bienes 0servicios y para ingresar a unainstitucion educativa (Art 17 LVIH).3. Incumplir las normas especiales de convivencia dictadas por laautoridad competente.4. Infringir las normas tecnicas y procedimientos de laboratorioclinico cprcbcdos por el Ministerio de salud, en relccien con laenfermedad.5. Hacer propaganda 0promesa de tratamiento curativo contra elVIH, en los casos que no esten comprobados cientificamente.6. Infrin9ir la normas de BIO SEGURIDAD (Art. 28 incisos lOy 20LVIH)).7. Violar el deber de informar con fines de vigilancia medica (Art. 30LVIH).

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    ( V . E S T A .D A R E S T E R .A C . a . A L E S A P L IC A B L E S )

    1 . U t ilid a dA confinuccicn, se presentan una serie de tratados internacionales,Iurisprudencia, recomendaciones, conceptos, entre otros, utilizados poros principales mecanismos internacionales de proteccion de derechoshumanos en temdticcs relacionas con derechos laborales y personas

    con VIH.Apesarde que la mayorfa de tratadosyconvenios internacionales quese relacionan en el presente Manual no han sido firmados 0 ratificados porE I Salvador, por 1 0 cual no son vinculantes, se persiguen los siguientesobjetivos:

    Que las instituciones estatales y los funcionarios publlcos conozcan losavances en materia de derechos humanos y derecho internacional,especialmente en el area de derechos laborales y personas con VIH,de manera que conozcan, de forma percdlqmdtlcc, como han sidotratadas situaciones analogas en otras instancias.

    Promover, asf como 1 0 han realizado la mayorfa de institucionesinternacionales, la interpretacion extensiva y progresiva de losderechos humanos. Fomentar el dialogo y discusion entre el gobierno, funcionariospublicos, empleadores, trabajadores y sus representantes, personascon VIH y sus familias, entre otros, sobre la pertinencia de la firmay ratificacion de diversos tratados internacionales en materia de

    proteccion de derechos humanos.

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    2. O rg an iza cio n In tern acio na l d el T ra ba io (0 11 )

    La Organizacion Internacional del Trabajo (OIT) ha ejercido una labor muy activo enarea de derechos laborales y personas con VIH, entre algunos conceptos y recomendacionesrealizadas podemos mencionar: "EI VIH/Sida menoscaba los derechos fundamentales en el trabajo, sobre todo debido10 dlscrlmincclon y el rechazo de que es objeto 10 gente que vive con el VIH/SIDA 0 seafectada por el mismo. La epidemia y sus efectos aquejan mas cruelmente a los colectivvulnerables, incluidos ninos y mujeres, aumentan por ende las desigualdades de traentre hombres y mujeres [... ] ".vii La OIT ha conceptualizado en el actual Proyecto de recomendccien sobre el VIH/SIDy el mundo del trabajo el termino discrlmincclen como "cualquier distlnclon, exclusionpreferencia que tenga a efecto anular 0 alterar 10 igualdad de oportunidades 0 de traen el empleo u ocupccien a que se hace referencia en el Convenio sobre 10 dlscrlmlnccio

    (empleo y ocupccien], 1958 [... ]"viii. Asimismo, ha mencionado gue el termino estigm"designa 10 manera peyorativa en que se percibe a un persona infectada 0afectada pel VIH y que generalmente es causa de mcrqinccicn y de estigmatizacion".ix Se ha promovido 10 cdopcion del Convenio sobre 10 terminacion de 10 reloclen de trabaj[rnlm, 158), con el objetivo de que "las ausencias temporales del trabajo ocasionadapor enfermedades 0 por 10 necesidad de prestar cuidados a terceros en relocien conVIH 0el Sid a deberlan tratarse de 10 misma manera que las ausencias por razonessclud",> De igual monera, ha promocionado que el"acceso a los datos personales sobre 10 eventu

    seropositividad de un trabajador debiera regirse por unas normas de confidencialidadque concuerden con 10 dispuesto en el Repertorio de recomendaciones prdcticos deOIT sobre 10 proleccien de los datos de los trabajadores, de 1997".xi Respecto a un ambiente de trabajo sano, ha seficlodo que "con el fin de prevenir

    frcnernlslen del VIH, el medio de ambiente de trabajo deberla ser sana y seguro,10 medida de 10 posible, para todas las partes involucradas, de conformidad condispuesto en el Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (num. 155xi i

    La OIT en diferentes foros, recomendaciones y proyectos ha indica do que los sistemassalud publica deberlan cumplir con las Directrices Mixtas OIT/OMS sobre los serviciossalud y el VIH/SIDA, 2005, el cual se dirige a ayudar a los servicios de salud y crearcapacidades necesarias para proporcionar a sus trabajadores un entorno laboral segursaludable y decente, como una forma eficaz de erradicar 10 tronsmisicn del VIH.

    Para reducir 10 vulnerabilidad de los nlfios ante el VIH se debe tener en cuentaDeclcrcclen de 10 OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabaj1998; el Convenio sobre 10 edad minima rara trabajar (num. 138,) 1973; y el Convensobre las peores formas de trabajo infanti [mim. 182), 1999.1 .4

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    3. Sistem a Interam ericano de Proteccionde derechos hum anos

    Si bien el Sistema interamericano - constituido por la Comision yla Corte Interamericana de Derechos Humcnos- cuenta con una seriede Convenios Internacionales en materia de derechos humanos, losprincipales aportes a la tem6tica de derechos laborales y personascon VIH podemos encontrarlos en casos contenciosos; Informes deadmisibilidad y fondo; y medidas cautela res; entre los cuales seficlcmoslos siguientes: Enmateria de proteccien judicial, la Corte Interamericana de DerechosHumanos ha mencionado que "uno de los pilares b6sicos, no solode la Convenclon Americana, sino del propio Estado de Derecho enuna sociedad democr6tica en el sentido de la Convencien'?" est6

    conformado por el derecho de toda persona a un recurso sencillo yr6pido, 0a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces 0tribunalescompetentes que la ampare contra aetos que violen sus derechosfundamentales. En el mismo sentido, el tribunal ha aflrmado que"para que el Estado cumpla con 1 0 dispuesto en el citado articulo nobasta con que los recursos existan formalmente, sino que los mismosdeben tener efectividad". xiv En el Informe Jorge Odir Miranda y otros contra EISalvador la CIDHsenalo, respecto al retraso en el otorgamiento de un amparo incoado

    ante la Corte Suprema de Justicia de EISalvador, que "Ia efectividaddel recurso est6 inextricablemente ligada a la rapidez, habida cuentade la naturaleza del reclamo [... J . En efecto, se trataba de decidiracerca de la provision de medicamentos que podrian determinar lasupervivencia del senor Jorge Odir Miranda Cortez y -de accederseal control difuso- a las dem6s personas que porta ban el virus delVIH/SIDA en dicho pais". Asimismo, anadio que "los tribunaleslocales deben actuar con diligencia especial en el tr6mite y resolucionde las demandas presentadas por reclamantes que viven con elVIH/Sida". xv i En esta linea, en el caso anterior indice respecto a la situacion deJorge Odir Miranda Cortez, que "Ia utllizocion del vasa marcado conlas cruces que aparece en la foto del senor Miranda Cortez cuandoestaba internado. Este hecho, que se constata incluso mediante unafotografra publicada en un periodlco, [... J la Comlsion Interamericanadetermina que, efeetivamente, se verifico una disfincion de tratorespecto a Jorge Odir Miranda Cortez. No cabe duda que el Estado

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    tiene no sola mente el derecho de aplicar las medidas necesarias paraevitar la propogocion del virus, sino el deber de hacerlo, como partede su obligacion de proteger la salud de las personas sometidas asu [urisdiccien. Sin embargo, el medio utilizado es absolutamenteirrazonable y denigrante para el senor Jorge Odir Miranda Cortez,y constituye una estigmatizacion innecesaria".xvii Sobre el principio de nc-discrirninccien, la Corte Interamericana haestablecido que "Ia nocien de igualdad se desprende directamentede la unidad de naturaleza del genero humano y es inseparable dela dignidad esencial de la persona, frente a la cual es incompatibletoda situccion que, por considerar superior a un determinadogrupo, conduzca a tratarlo con privilegio; 0 que, a la inversa, porconsiderarlo inferior, 1 0 trate con hostilidad 0 de cualquier forma 1 0discrimine del goce de derechos que sf se reconocen a quienes no seconsideran incursos en tal situocien de inferioridad. No es admisiblecrear diferencias de tratamiento entre seres humanos que no secorrespondan con su unica e identica naturaleza".xviii En informes recientes sobre admisibilidad, especfficamente el InformeJ.SC.H. y M.G.S contra Mexico"ix, se analiza una controversia porsupuesta discriminccien y divulgacion del estado de salud de dos exagentes del Ejercito Mexicano dados de baja por ser portadores deVIH. Hasta la fecha, no existe una resolucion sobre los meritos defondo de la peticien. De igual forma, la CIDH cnelizcrd, en etapa de fondo, la situacion

    planteada en el caso TGGL contra Ecuadorxx, sobre los defiescausados a la nina TGGL, a rofz de una presunta infeccion de VIHpor conducto de una transfusion de sangre proveniente de la CruzRoja Provincial de la ciudad Cuenca, en donde el Estado ecuatorianoaparentemente no habrfa respetado las normas de seguridad.

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    ( 4. SistemaUniversal)EI sistema de Naciones Unidas, conformado por diferentesmecanismos contenciosos y cuasi contenciosos, extra convencionales,

    entre otros, posee una amplia gama de directrices y resoluciones queproporcionan diferentes guras para hacer frente a la pandemia de VIHdesde diferentes angulos, entre los cuales podemos seficlor: En materia de discrimlncclen y su relecien con la salud, se haindicado que "las personas que viven con el VIH/SIDA en muchoscasos sufren de discriminccicn, manifestada de diversas formas.Esta situacion aumenta el efecto negativo de la enfermedad en susvidas, y resulta en otros problemas como limitaciones en el accesoal empleo, vivienda, ctencion sanitaria y sistemas de apoyo social.No cabe duda de que el principio de no-discrlminccion debe ser

    observado muy estrictamente para garantizar los derechos humanosde las personas afectadas por el VIH/SIDA. Induso deben tenerse encuenta consideraciones de salud publica, ya que la estigmatizacion 0discriminccien contra la persona portadora del virus puede conducira una renuencia a acudir a los controles medicos, 1 0 que dificulta laprevencien de la infeccion".xxi Respecto a como reconocer prccticos de discriminccien sobrepersonas con VIH, ONUSIDA ha creado un protocolo orientado a laidentificacion de discriminccien, proporcionando ciertos para metrospara identificar y erradicar dichas actuaciones u omisiones. En estesentido, afirma que "Ia discriminccicn arbitraria contra las personasque viven 0se sospecha que viven con el VIH/SI DAtiende a exacerbarlas formas vigentes de morqinccion, como el racismo, la dlscrimlncelenpor razon de sexo, la indigencia y la discriminccien contra los nifios,Aumenta la ya acrecentada vulnerabilidad a la infeccion por el VIHde los grupos marginados y obstruye su capacidad para afrontar elimpacto de su propia infeccion y/o de sus familia res 0allegados".xxii Sobre protecclen de derechos humanos, ONUSIDA ha proporcionadouna serie de directrices sobre derechos humanos, el documento

    destaca la responsabilidad que los Estados poseen en materia deVIH, en 1 0 que respecta al derecho ala salud. xxiii La relatora especial sobre la violencia contra la mujer prepcre uninforme sobre la interrelcelen entre la violencia contra la mujer yel VIH, destacando que la desigualdad de genero contribuye aaumentar la epidemia del VIH e incrementa su impacto.xxiv

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    Respecto a medidas regresivas tomadas por algunos Estados en eldisfrute de los derechos eccnemicos, sociales y culturales, induyendoel derecho a la salud, el Cornite de DESC ha manifestado que" cabedestacar que el desarrollo rrogresivo de los derechos econemleos,sociales y culturales (DESC conlleva para los Estados partes en laCenvenclen Americana la obligacion de no tomar medidas regresivasen 1 0 relativo a tales derechos. En particular, el Comite del PactoInternacional de Derechos Economicos, Sociales y Culturales deNaciones Unidas (PIDESq ha indicado que no son permisibles lasmedidas regresivas adoptadas en relccien con el derecho a la salud.Dicho Comite explice que "si se adoptan cualesquiera medidasdeliberadamente regresivas, corresponde al Estado Parte demostrarque se han aplicado tras el examen mas exhaustivo de todas lasalternativas posibles". xxv

    Sobre Trabajadores Migratorios y VIH, ONUSIDA, en colcborccioncon la OIT y la Orqcnizccien Internacional para las Migraciones(OIM), realizo un informe sobre los derechos de los trabajadoresmigratorios en relccien con el VIH/Sida.xxvi

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    V I C om pila cion d e n orm a tiva s y directr icesin tern acion a les a plica bles a los d erechos la bora les Id e persona s con V IH . ~ .

    O R G A N I Z A C I O N I N T E R N A C IO N A l D E L T U B A J O

    1. Conferencia Internacional del Trabajo, 99a reunion. Proyectode recomendcclen sobre el VIH/SIDA y el mundo del trabajo.Primera edicien, 2009.

    2. Repertorio de recomendaciones prdcficcs de la OIT sobre elVIH/SIDA y el mundo del trabajo, 2001.3. Informe de pollficc sobre el VIH y la migracion internacional

    de la mana de obra - ONUSIDA, OIT, OIM. 2008 ..4. Convenio sobre la discriminccion (empleo y ocupccien], 1958

    (num. 111).5. Convenio sobre la recdcptoclen profesional y el empleo(personas invdlidcs], 1983 [ruim. 159).6. Convenio [num, 158) y Recomendccion (num. 166) sobre la

    terminccion de la relccien de trabajo, 1982.7. Convenio [ruim. 155) y Reccmendccien [num, 16.4) sobre

    seguridad y salud de los trabajadores, 1981.8. Proteccien de los datos personales de los trabajadores.

    Repertorio de recomendaciones prdcticcs de la OIT (Ginebra,1997).

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    S I S I E M A I N IE U M E R IC A N O D E P R O I E C C I O N D ED E R E C H O S H U M A N O S

    1. Declcrccien Americana de los Derechos y Deberes delHombre. OEA, 1948.2. Convencion Americana sobre Derechos Humanos.OEA.1969.3. Protocolo de San Salvador. OEA.1988.4. Convencien Interamericana para la Ellrninccien de todaslas formas de discrimlnccion contra las personas condiscapacidad. OEA. 1999.5. Convencien Interamericana para prevenir, sancionar yerradicar la violencia contra la mujer. OEA. 1994.

    S IS IE M A U N I V E R S A L

    1. "Ulterior promocien y fomento de los derechos humanos ylas libertades fundamentales, con inclusion de la cuestien delprograma y los metodos de trabajo de la Comlslen", Informedel Secreta rio General sobre las medidas internacionales einternas adoptadas para proteger los derechos humanos eimpedir la discrlminccion en relceien con el VIH y el SIDA,E/CN.4/1995/45, 22 de diciembre de 1994.

    2. Protocolo para la identificacion de dlscrimlncclen contra laspersonas que viven con el VIH, 2001.3. Resoluclen 54/283 sobre el examen del problema delvirus de la inmunodeficiencia humana y el sind romede inmunodeficiencia adquirida en todos sus aspectos,aprobada por la Asamblea General en su 54. 0 Perlodo desesiones, Nueva York, 14 de septiembre de 2000.

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    4. EI SIDA y la infeccion por el VIH, Informacion para elpersonal de las Naciones Unidas y sus Familias (Ginebra,1999).5. Guidelines for studies of the social and economic impact of

    HIV/AIDS (Ginebra, 2000).6. Directrices internacionales sobre el VIH/SIDAy los DerechosHumano, 2006.7. Relatora Especial sobre violencia contra la mujer.Interrelaciones entre la violencia contra mujer y el VIH/SIDA,2005.8. Comite de Derechos Economicos, Sociales y Culturales,Observocien General 3: La Indole de las obligaciones de losEstados Partes, adoptada en el Quinto Perlodo de Sesiones,

    1990, E/1991/23.

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    VII. Terminologia utilizada por la OrganizacionPanamericana de la 5alud (OP5). xxviiA continuccien, se presenta la terminologia adecuada relacionada

    con el VIH, con el objetivo de que los funcionarios publicos manejenel lenguaje adecuado en el desempeiio de sus labores. Dichasrecomendaciones son sugeridas por la Organizacion Panamericana dela Salud (OPS).Personas que vivan con

    VIH/SIDA

    PYVS (y sus variaciones)

    Personas con VIH

    Personas con VIH

    Sa utilizaba "persenes que vivancon VIH" para hacer hincapie enque la infecci6n por VIH puedetratarse. Dicha Frase es ahorainnecesaria, yo que cada vez sonm6s las personas conscientes deese hecho.Aunque asta sigla seaampliamente utilizado, incluso parpersonas con VIH, las siglas sonetiquetas y estas contribuyen aestigmatizar. Por 10 general,svitass su usa para reFerirse apersonas.

    VIHpositivos, personasinfectadas, seropositivos

    HSH (unicamente)

    Contagio

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    Personas con VIH

    HSH, pero tambian hombreshomosexualss, gay,

    bisexual, transgenero yOtr05 terminas que no sean

    despectivos y seanculturalmente apropiados

    Transmisi6n

    Son terminos estigmatizantes quesaiialan a un individuocomo portador de la infecci6n.Utilicese "HSH" paradescripciones epidemiologicas ypara explicar las estrategias deprevenci6n. Para referirse aindividual que se identifican a simismos como hombras qua asronoriantados saxualmanta haciaindividuos da su mismo saxo, sadebe utilizar "hombreshemesexucles", RgaysR y otrosterminos qua saan culturalmanteapropiados y no despectivos yastigmatizantas. RHSHR describeun comportamianto, miantras quaII hom b res homosexuales"describe una identidad. "Hombreshomosexueles" as un terminoobjato da astigma, miantras quanHSHn no. Utilicese cada uno deel los como resulte mas adecuadoan cada contaxto, y no comosinonimos.EItermino contagio sugiara qua alVI H se transmite f6cilmente yta m bien p u a d a tanarcon nota c ion as moralas.Trensmiaidn se limita almacanismo biologico por al cualel VIH pasa de un cuerpo a otro.

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    Genero (unicamente) Genero a sexo Mientras que Dsexo" supone unadescripcion Fisico -si un ind iv iduotiene pene 0 vagina-, IIgenero"describe las dilerenciasculturalmente establecidas entrehombres y mujeres y las luncionessociales que se espera cumplan.Utilicese el term ina mesadecuada, seAun el contexto.Huerlano/a del sida Huerlanos/as, niiios/as Esle "rmino puede esligmalizar al

    alectados/as por el VIH, niiio/a y tambien puedeniiios/as huerlanos/as tergiversarse para indicar que 8 1debido al VIH (usese el niiio liene VIH. EI nino 0 niiialermino mas apropiado) pueden no lener VIH pera al

    men os uno de sus padres puedehaber muerto a causa del VIH.

    Terminos mililares (Iucha, Respuesla al VIH, a Las meteloras mililares dan a lacombate, guerra, objetivo) tratamiento y prevenci6n gente una comprensi6n inexada

    en particular en los delVIH de la epidemia. Cuando seadocumental d e usa posible, intentese usar

    publica. lerminalogia de salud publica.Entre las epeienes se encuentran"respuesta al VIH" y Hlralamienlay prevenci6n del VIH".

    Usuario/ a de drogas por Usuario de drogas EI "rmino "usuerle de drogas porvia intravenosa inyectables via intravenosa" ya no se usa

    debido a que muchos individuosse inyectan la droga en unmusculo y no en una yena.

    Enlermedades de Infaccionas de transmisi6n Las enlermedades se esccicnIransmisi6n sexual (ETS) sexual (ITS) generalmente a mani f e s ta c iones

    clinicas. Muchas ITS pueden natener sintornas evidentes,especialmente en las mujeres. EItermin~ uinFecciones deIransmisi6n sexual" y su sigla, ITS,son mas amplios y abarcan masque "enlermedades de lransmisi6nsex ual" 0 H ET S".

    Promiscuo/ a Persona con mas de un Se Irala de un [uiele de valor quecompaiiero/a sexual 0no se debe evilar. No relleia con

    mon6gama exaclilud el contexto social de laIransmisi6n. Es improbable queuna persona a la que sedenomina "premlseue" escuche elmensaie 0se idenlilique con aI .

    Trabajador/a comercial Trabajador/a del sexo "Comercial" tiene connotacionesdel sexo negalivas, porque implica que el

    ser humane puede ser un bien 0mercancia vendible. DJrabajadordel sexo" se percibe como menossentencioso.Terminologia santenciosa, Se debe usar un lenguaje EIuso de tarminologia santenciosa

    acusatoria 0 respetuoso y que no sea o acusatoria es causa de estigma.deshumanizanle para santencioso a la hora de EI VIH es simplemenle unareferirse a las personas escribir sabre personas can situaci6n de salud y las personasalectadas por el VIH VIH. can VIH lienen las mismas virtudes(victimas, enfermos, y delectas de olras personas.

    homicidas, criminales, esagante, asasinos an saria,

    etc.).

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    B IB L l O G n F iA Y L E C T U n S S U G E R I D A SOIT. Conferencia Internacional del Trabajo, 99C reuni6n. Proyecto derecomendaci6n sobre el VIH/SIOA y el mundo del trabajo. Primeraedici6n, 2009.Constituci6n Polltica de EISalvador y sus reformas. 2009

    iii Reglamento sobre la Ley de Prevenci6n y Control de la Infecci6nProvocada por el Virus de Inmunodeficiencia Humana, 2004.iv Ley de Prevenci6n y Control de la Infecci6n Provocada por el Virusde Inmunodeficiencia Humana, 2001.v Idemvi Idem.vii OIT. Repertorio de recomendaciones prdcticcs de la OIT sobre elVIH/SIOA y el mundo del trabajo, 2001.viii OIT. Conferencia Internacional del Trabajo, 99C reuni6n. Proyecto derecomendaci6n sobre el VIH/SIOA y el mundo del trabajo. Primeraedici6n, 2009.ix Idem.x Idem.xi OIT. Repertorio de recomendaciones prdcticcs de la OIT sobre elVIH/SIOA y el mundo del trabajo. 2001.xi i Idem.xiii Corte I.O.H., Caso Ivcher Bronstein. Sentencia de 6 de febrero de2001. Serie C No. 74, parr. 135; Caso del Tribunal Constitucional.Sentencia de 31 de enero 2001, Serie C No. 71, parr. 90; y CasoBamaca Velasquez. Sentencia de 25 de noviembre de 2000, Serie CNo. 70, parr. 191.xi v Corte I.O.H., Caso del Tribunal Constitucional, supra, parr. 90; CasoBamaca Velasquez, supra, parr. 191; y Caso Cesti Hurtado. Sentenciade 29 de septiembre de 1999, Serie C No. 56, parr. 125.x CIOH. Informe Jorge Odir Miranda y otros contra EI Salvador,

    parr. 48. Resoluci6n de 20 de marzo de 2009.

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    xviCIDH. Informe Jorge Odir Miranda y otros contra EI Salvador,parr. 52. Resolucien de 20 de marzo de 2009.

    xviiCIDH. Informe Jorge Odir Miranda y otros contra EI Salvador,parr. 74. Resolucion de 20 de marzo de 2009.

    xviiiCorte I.D.H., Propuesta de Modificacion a la Conslitucion Politica deCosta Rica Relacionada con la Naturalizacion. Opinion ConsultivaOC-4/84 del 19 de enero de 1984. Serie A No.4, pdrrojos 55-57.xix CIDH. Informe J.SC.H. Y M.G.S. contra Mexico. Resoluclen de 4 defebrero de 2009.xx CIDH. Informe TGGL contra Ecuador. Resoluclcn de 7 de agosto de2009.xxiNaciones Unidas, "Ulterior prornocion y fomento de los derechoshumanos y las libertades fundamentales, con inclusion de la cuestiendel programa y los metodos de trabajo de la Cemlslen", Informedel Secreta rio General sobre las medidas internacionales e internasadoptadas para proteger los derechos humanos e impedir ladiscrlminccien en relccien con el VIH y el SIDA, E/CN.4/1995/45,22 de diciembre de 1994.xxiiONUSIDA. Protocolo para la ldentificccion de discrlminccien contralas personas que viven con el VIH, 2001.xxiiiONUSIDA. Directrices internacionales sobre el VIH/SIDA y los

    derechos humanos, 2006.xxivRelatora Especial sobre violencia contra la mujer. Interrelacionesentre la violencia contra mujer y el VIH/SIDA, 2005.xxv Naciones Unidas, Comite de Derechos Economicos, Sociales yCulturales, Observocien General 3: La indole de las obligaciones delos Estados Partes (parrafo 1 del articulo 2 del Pacto), adoptada en

    el Quinto Periodo de Sesiones, 1990, E/1991/23.xxviONUSIDA, OITY OIM.lnforme de pollficc sobre el VIHy la migracioninternacional de la mana de obra - ONUSIDA, OIT, OIM, 2008.xxviiOPS.Terminologia relacionada con el VIH: Actualizacion 2006 de la

    OPS. 2006.

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    81 Avenida Norte y13 Calle Poniente, No. 749,Colonia Escalon,San Salvador, EISalvador.(503) 2298 39502298580122984697

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