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DIRECCION REGIONAL DE SALUD MOQUEGUA Adjudicación de Menor Cuantía Derivada SIE Nº 0006-2015-CEPAD-DRSM. de la ADS N° 03- 2015-CEPAD-DRSM. Subasta Inversa Electrónica Contratación de Suministro de Combustible para los establecimientos de la Micro salud Omate”. BASES DE ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA DERIVADA Subasta Inversa Electrónica Nº 0006-2015-CEPAD-DRSM. CONTRATACION DE BIENES Contratación de Suministro de Combustible para los establecimientos de la Micro salud Omate Mayo - 2015 Comité Especial Permanente de Adquisiciones Directas Página 1 Dirección: Av. Bolívar S/N Moquegua Oficina de Logística Fono - Fax: 053463765

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Gobierno Regional Moquegua Adjudicacin Directa Selectiva N 001-2012-CEP/GR.MOQ. Por la modalidad de Subasta Inversa Electrnica

DIRECCION REGIONAL DE SALUD MOQUEGUA

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM. de la ADS N 03-2015-CEPAD-DRSM. Subasta Inversa Electrnica Contratacin de Suministro de Combustible para los establecimientos de la Micro salud Omate.

BASES DE ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA PARA LA CONTRATACIN DE BIENES ADJUDICACIN DE MENOR CUANTIA DERIVADA Subasta Inversa ElectrnicaN 0006-2015-CEPAD-DRSM. CONTRATACION DE BIENES Contratacin de Suministro de Combustible para los establecimientos de la Micro salud OmateMayo - 2015SECCIN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN

CAPTULO I

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

1.1 CONVOCATORIA

Se efectuar de conformidad con lo sealado en el Artculo 92 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

1.2 BASE LEGAL

Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Decreto Legislativo N 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

Decreto Supremo N 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.

Decreto Supremo N 021-2009-EF Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Directivas de OSCE

Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Cdigo Civil.

Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.

Ley N 28015, Ley de Promocin y Formalizacin de la Pequea y Microempresa.

Ley N 27143, Ley de Promocin Temporal del Desarrollo Productivo Nacional.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASESEl registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria hasta la fecha y hora sealadas en el calendario para tales efectos y se efectuara a travs del SEACE. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artculo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber acreditar estar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razn social (persona jurdica), nmero de RUC, domicilio legal, telfono.

De acuerdo con lo establecido en el artculo 52 del Reglamento, la persona natural o jurdica que desee ser notificada electrnicamente, deber consignar una direccin de correo electrnico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificacin a travs del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a travs del SEACE.

1.4 FORMA DE PRESENTACIN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS

Todos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin efectuada por traductor pblico juramentado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisin de la presentacin del documento o su traduccin no es subsanable.

Las propuestas se presentarn a travs del SE@CE, de los cuales el primero ser el sobre de habilitacin y el segundo la propuesta econmica.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

NOTA 1:

En caso de convocarse segn relacin de tems: Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

1.5 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica, deber incluir obligatoriamente lo siguiente:

a) La oferta econmica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

1.6 ACTO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROEl Comit Especial deber verificar que los postores que han obtenido el primer y el segundo lugar hayan presentado la documentacin exigida por las Bases. Dicha documentacin estar accesible a travs del Sistema.

En caso que dicha documentacin rena las condiciones requeridas por las Bases, el Comit Especial, otorgar la Buena Pro al postor que ocupa el primer lugar, en caso de que alguna de ellas o ambas no renan dichos requisitos, se proceder a descalificarlas y revisar las dems propuestas respetando el orden de prelacin.

Para otorgar la Buena Pro a la propuesta de menor precio que rena las condiciones requeridas en las Bases, el Comit Especial debe verificar la existencia como mnimo de dos (2) propuestas vlidas.

1.7CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Se entender que la Buena Pro ha quedado consentida, si dentro de los cinco (5) das en el caso de Adjudicaciones Directas o Adjudicaciones de Menor Cuanta, no se ha interpuesto recurso de apelacin.

1.8 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo indicado. CAPTULO II

SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

2.1Recurso de apelacin

A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato.

El recurso de apelacin se presentar ante la Entidad que convoc el proceso de seleccin que se impugna, y ser conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.

Con independencia del valor referencial del proceso de seleccin, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal.

En aplicacin de la Dcimo Tercera Disposicin Complementaria y Final de la Ley, el Tribunal ser competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de seleccin de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratacin pblica.

2.2Plazos de la interposicin del recurso de apelacin

El recurso de apelacin contra los actos que se produzcan desde la convocatoria hasta el otorgamiento de la Buena Pro y contra los actos que afecten su validez, deber ser interpuesto por los postores dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de dicho acto pblico en el caso de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuanta.

CAPTULO III

SUSCRIPCIN DEL CONTRATO3.1 DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes :

1. Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando haga quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo : a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentacin prevista en las Bases, b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanacin de la documentacin presentada y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

2. Cuando la Entidad no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 1, el postor de la Buena Pro pueda requerirla para su suscripcin, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de vencido el plazo para suscribir el Contrato, dndole un plazo de entre cinco (5) a diez (10) das hbiles. Vencido el plazo otorgado, sin que la Entidad haya suscrito el Contrato, dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes, tiene la facultad de dejar sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro.

3. Cuando el postor ganador de la Buena Pro no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 1 por razones justificadas y ajenas a su voluntad, a solicitud de aquel, la Entidad puede otorgarle por nica vez, un plazo de entre los cinco (5) a diez (10) das hbiles de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148 del Reglamento.

El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artculo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Carta de Presentacin de la documentacin solicitada, debidamente suscrita por el represntate legal de la empresa.

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Garanta de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.

Copia de DNI del Representante Legal, debidamente Legalizado

Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa, con una antigedad mxima de 30 das calendarios.

Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.

Copia del RUC de la empresa.

3.2VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepcin de la orden de compra. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago correspondiente.

3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTAS

Las garantas que debe presentar el contratista debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al mbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que estn consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

3.4 DE LAS GARANTAS

3.4.1GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del contrato. Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garanta por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.3.4.2GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial en ms del veinte por ciento (20%) de aquel, para la suscripcin del contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica. Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

3.5 EJECUCIN DE GARANTAS

Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicacin de penalidades por retraso injustificado en la atencin del bien requerido y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los Artculos 165 y 168 del Reglamento.

De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

3.7PAGOS

La Entidad deber realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condicin para la entrega de los bienes.

La Entidad podr realizar pagos peridicos al contratista por el valor de los bienes en cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estn fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes. Las Bases podrn especificar otras formas de acreditacin de la obligacin. Los montos entregados tendrn el carcter de pagos a cuenta.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

3.8.Plazos para los pagos

La Entidad deber pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la recepcin de los bienes, deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das calendario de ser stos recibidos.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi efectuarse.

3.9 DISPOSICIONES FINALES

Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en la presente seccin o en las Bases se regirn por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

SECCIN ESPECFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN

CAPTULO I

GENERALIDADES

1.1ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre: Direccin Regional de Salud Moquegua RUC N: 201718808911.2 DOMICILIO LEGALAv. Bolvar S/N, Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua.1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIAEl presente proceso de seleccin tiene por objeto el suministro de combustible para los establecimientos de la salud de la Micro Red Salud Omate.1.4 CODIGO ASIGNADO AL BIENITEM NCdigoDenominacin

ComercialDenominacin

Tcnica

011510150500146101 Petrleo Diesel B5 Diesel B5 UV (uso vehicular)

021510150600286787Gasolina de 84Gasohol 84 Plus

1.5VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 43,742.95 (Cuarenta y tres mil setecientos cuarenta y dos con 95/100 Nuevos Soles), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del suministro. El valor referencial ha sido calculado al mes de Marzo de 2015, segn el siguiente detalle.

temDescripcinUnidad de MedidaCantidadValor Referencial Unitario (En S/.)Valor Referencial Total (En S/.)En Letras

01DIESEL B5 UV

(Uso vehicular)Galn2,05513,0526,817.75

Veinte seis mil ochocientos diecisiete con 75/100 Nuevos Soles

02GASOHOL 84 PLUS

Galn129213,1016,925.20

Diez y seis mil novecientos veinte y cinco con 20/100 Nuevos Soles

TOTAL S/. 43,742.95 Las propuestas que excedan el valor referencial sern devueltas por el comit especial tenindose por no representadas (segn el Art 33 de la Ley).

1.6DECREMENTO MNIMO

Las pujas se realizaran de conformidad al procedimiento establecido por el OSCE. El valor monetario que representa el Decremento Mnimo el mismo que deber contemplarse durante el perodo de puja, ser el que se detalla a continuacin.

temValor ReferencialS/.Valor Monetario del Decremento Mnimo(1 % DEL VALOR REFERENCIAL TOTAL)S/.

0126,817.75

268.00

0216,925.20

169.00

1.7FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Ordinarios

1.8SISTEMA DE CONTRATACION

El presente proceso se rige por el sistema de PRECIOS UNITARIOS por ITEM, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

1.9EXPEDIENTE DE CONTRATACINEl expediente de contratacin fue aprobado mediante Memorando N 398 -2015-DRSM-DG, de fecha 18 de Mayo de 2015.

1.10ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El requerimiento est definido en el Captulo III de la presente Seccin.1.11 PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA.

Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarn en 5 das de recibida la orden de compra segn el siguiente cronograma en forma mensual, (primera entrega a partir del da siguiente de haber suscrito el contrato) y en forma consecutiva lo restante, en los plazos siguientes:DEPENDENCIANOMBRE DE METADESCRIPCION DEL BIENUNIDAD DE MEDIDAABRILMAYOJUNIOJULIOAGOSTOSETIEMBREOCTUBRENOVIEMBRETOTAL CANTIDAD

C.S. OMATENIOS CON VACUNA COMPLETAGASOHOL 84 PLUSGALON20000000020

C.S. COALAQUENIOS CON CRED COMPLETO SEGUN EDADGASOHOL 84 PLUSGALON00000059059

P.S. AMATANIOS CON CRED COMPLETO SEGUN EDADGASOHOL 84 PLUSGALON0000088723

P.S. LA CAPILLANIOS CON CRED COMPLETO SEGUN EDADGASOHOL 84 PLUSGALON0000088723

C.S. PUQUINANIOS CON CRED COMPLETO SEGUN EDADGASOHOL 84 PLUSGALON40000000040

P.S. CHILATANIOS CON CRED COMPLETO SEGUN EDADGASOHOL 84 PLUSGALON000001111022

C.S. COALAQUEATENCION PRENATAL REENFOCADAGASOHOL 84 PLUSGALON25000000025

P.S. AMATAATENCION PRENATAL REENFOCADAGASOHOL 84 PLUSGALON10000000010

P.S. LA CAPILLAATENCION PRENATAL REENFOCADAGASOHOL 84 PLUSGALON10000000010

P.S. YALAQUEATENCION PRENATAL REENFOCADAGASOHOL 84 PLUSGALON10000000010

C.S. OMATEATENCION PRENATAL REENFOCADAGASOHOL 84 PLUSGALON35000000035

P.S. CHALLAGUAYOATENCION PRENATAL REENFOCADAGASOHOL 84 PLUSGALON10000000010

C.S. PUQUINAATENCION PRENATAL REENFOCADAGASOHOL 84 PLUSGALON30000000030

P.S. SANTA ROSAATENCION PRENATAL REENFOCADAGASOHOL 84 PLUSGALON10000000010

P.S. QUINISTAQUILLASATENCION PRENATAL REENFOCADAGASOHOL 84 PLUSGALON20000000020

C.S. OMATEACCESO AL SISTEMA DE REFERENCIA INSTITUCIONALGASOHOL 84 PLUSGALON10000000010

C.S. PUQUINAACCESO AL SISTEMA DE REFERENCIA INSTITUCIONALGASOHOL 84 PLUSGALON10000000010

C.S. COALAQUEVACUNACION DE ANIMALES DOMESTICOSGASOHOL 84 PLUSGALON070000007

P.S. LA CAPILLAVACUNACION DE ANIMALES DOMESTICOSGASOHOL 84 PLUSGALON000005005

C.S. PUQUINAVACUNACION DE ANIMALES DOMESTICOSGASOHOL 84 PLUSGALON00001100011

P.S. LA CAPILLAEXAMENES DE TAMIZAJE Y TRATAMIENTO DE PERSONAS AFECTADAS POR INTOXICACION DE METALES PESADOSGASOHOL 84 PLUSGALON18000000018

C.S. PUQUINAEXAMENES DE TAMIZAJE Y TRATAMIENTO DE PERSONAS AFECTADAS POR INTOXICACION DE METALES PESADOSGASOHOL 84 PLUSGALON20000000020

C.S. COALAQUEDOTAR DE SERVICIOS BASICOSGASOHOL 84 PLUSGALON6060606060604250452

P.S. AMATADOTAR DE SERVICIOS BASICOSGASOHOL 84 PLUSGALON10105105105661

P.S. LA CAPILLADOTAR DE SERVICIOS BASICOSGASOHOL 84 PLUSGALON10105105105661

P.S. YALAQUEDOTAR DE SERVICIOS BASICOSGASOHOL 84 PLUSGALON10105105105661

C.S. PUQUINADOTAR DE SERVICIOS BASICOSGASOHOL 84 PLUSGALON20220202000082

P.S. CHILATADOTAR DE SERVICIOS BASICOSGASOHOL 84 PLUSGALON10105105105661

P.S. SANTA ROSADOTAR DE SERVICIOS BASICOSGASOHOL 84 PLUSGALON5505050525

P.S. QUINISTAQUILLASDOTAR DE SERVICIOS BASICOSGASOHOL 84 PLUSGALON10105105105661

TOTAL DE GASOHOL 84 PLUS41314485135116147153991292

C.S. OMATEATENCION PRENATAL REENFOCADADIESEL B5 UV (USO VEHICULAR)GALON5550000015

C.S. PUQUINAATENCION PRENATAL REENFOCADADIESEL B5 UV (USO VEHICULAR)GALON101000000020

C.S. OMATEDOTAR DE SERVICIOS BASICOSDIESEL B5 UV (USO VEHICULAR)GALON1501301301301301301302601190

C.S. PUQUINADOTAR DE SERVICIOS BASICOSDIESEL B5 UV (USO VEHICULAR)GALON1001009090909090180830

TOTAL DE DIESEL B5 UV (USO VEHICULAR)2652452252202202202204402055

La empresa proveedora deber contar en forma obligatoria con Grifos en la Ciudad de Omate.1.12BASE LEGAL

Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Ley N 30281 - Ley de Presupuesto del sector pblico para el ao fiscal 2015.

Decreto Legislativo N 1017 Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

Decreto Supremo N 184-2008-EF Aprueba el Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.

Decreto Supremo N 021-2009-EF Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Decreto Supremo N 140-2009-EF Modificacin del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Directivas de OSCE Cdigo Civil. Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N 27143 Ley de Promocin Temporal del Desarrollo Productivo Nacional. Ley N 28015 Ley de Promocin y Formalizacin de la Pequea y Microempresa. Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica. Directiva N 006-2009-OSCE/CD, Lineamientos para la Aplicacin de la Modalidad Especial de Seleccin y Subasta Inversa

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

CAPTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN NETAPASFECHASLUGAR / MEDIO

1CONVOCATORIA20/05/2015A travs de la publicacin en SEACE

2REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASESDel 21/05//2015Al 22/05/2015

A travs del SEACEHora inicio: 00:01Hora Fin : 23:59

3APERTURA DE PROPUESTAS Y PERIODO DE LANCES25/05/2015 DE 08:00 a.m. a 18:00 p.m. HorasLugar: Plataforma del SEACE

4OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO25/05/2015 Hora : a 18:30 p.m. HorasLugar: Plataforma del SEACE

2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES

Se efectuar desde el da siguiente de publicada la convocatoria en el SEACE hasta un (1) da antes de la fecha prevista para el acto pblico de presentacin de propuestas.

La inscripcin se efectuar en el SEACE, debiendo presentar la Carta de Solicitud de Inscripcin para el proceso de Seleccin correspondiente.La persona natural o jurdica que desee participar en un proceso de seleccin debe acreditar tener inscripcin vigente en el RNP conforme con lo establecido en el artculo 52 del Reglamento, en caso el participante solicite que, adicionalmente, se le notifique electrnicamente, deber consignar una direccin de correo electrnico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que deban realizarse, conforme a lo previsto en el Reglamento.

2.3 DEL ACTO PBLICO

El Acto Pblico de presentacin de Propuestas, Puja y otorgamiento de la Buena Pro, en adelante el acto pblico, es uno solo y, una vez iniciado, no puede suspenderse, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Asimismo, en los procesos convocados segn relacin de tems solamente podr suspenderse el acto pblico cuando el horario no permita su continuacin, para lo cual es necesario que se haya otorgado la Buena Pro declarado desierto un tem determinado, debiendo reanudarse en el da hbil siguiente con el tem que corresponda.

De acuerdo a lo establecido en el Articulo 95 del Reglamento, el acto pblico contar con la presencia de un Notario Pblico o Juez de Paz, quin dejar constancia en actas de lo que acontezca en dicho acto pblico.

En el supuesto que el acto pblico se suspenda por alguna de las causales antes indicadas, los sobres quedarn en custodia del Notario Pblico o Juez de Paz hasta su reanudacin.

El lugar de realizacin del acto pblico debe ser implementado para dar cabida en un mismo ambiente a todos los participantes que se hubieren registrado, por tal efecto, deber preverse la asistencia de mnimo dos (02) personas por participantes, y una por cada miembro de un consorcio. Adems, deber contar con una pizarra o sistema de proyeccin con pantalla y, opcionalmente, con un sistema de grabacin con el que se registrar los actos realizados, sobre todo el periodo de puja.

Asimismo, la Entidad podr utilizar, opcionalmente, un programa informtico instalado en el mismo ambiente en que se desarrollar el acto pblico.

2.4 INTRODUCCION AL ACTO PBLICO

En el lugar, fecha y hora indicados en la convocatoria, antes de dar inicio al acto pblico, el Comit Especial invitar a los participantes a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo absolverlas de inmediato. Cualquier desacuerdo que pudiera surgir en torno a las respuestas recibidas no dar lugar al procedimiento de reclamo alguno. La presentacin de propuestas por parte de un postor significa su conformidad con las respuestas dadas a las consultas.

2.5 ACREDITACION DE PARTICIPANTES

El Presidente del Comit Especial llamar a todos los participantes en el orden en que se hubieren inscrito Ver Formato N 1, con la finalidad que presenten sus dos (2) sobres, de los cuales el primero, denominado sobre de habilitacin para participar en el proceso de seleccin contendr la documentacin que acredite que el postor se encuentra habilitado para participar en el proceso de seleccin y cumple con el objeto de la contratacin y el segundo su propuesta econmica.

Las personas jurdicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado. El representante legal acreditar tal condicin con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado, ser acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que acredite la condicin de ste. Ver Formato N 2 En ambos casos, en la carta poder debe establecerse la representacin para formular propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los dems actos inherentes a la Subasta Inversa Electrnica durante el acto pblico, de acuerdo al Artculo 95 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.6 PRESENTACION DE SOBRES DE HABILITACION Y DE PROPUESTAS ECONOMICAS

Las propuestas se presentarn en hojas simples y se redactarn por medios mecnicos o electrnicos o por manuscrito, debiendo llevar siempre el sello y la rubrica del postor.

Bajo esta modalidad de seleccin no es posible que un postor presente propuestas alternativas o ms de una propuesta para un mismo proceso de seleccin.

Una vez presentadas las propuestas, el Presidente del Comit Especial abrir los sobres de habilitacin de cada uno de los postores, para verificar la presentacin de la totalidad de la documentacin exigida en las Bases. En caso se omita la presentacin de alguno de ellos se proceder a la descalificacin.

El acto pblico podr suspenderse, cuando el horario no permita su continuacin, para lo cual es necesario que se halla concluido con el desarrollo de la puja en un tem determinado, debiendo reanudarse en el da hbil siguiente con el tem que corresponda. El acto contar con la presencia de un Notario Pblico o Juez de Paz.

En el supuesto que el acto pblico se suspenda por alguna de las causales antes indicadas, los sobres quedarn en custodia del Notario Pblico o Juez de Paz .hasta su reanudacin.

SOBRE N 01: CONTENIDO DEL SOBRE DE HABILITACION

Documentos Obligatorios

Copia simple del certificado de inscripcin vigente en el capitulo de Proveedores de Bienes del Registro Nacional de Proveedores que administra el OSCE.

Carta de presentacin y Declaracin Jurada de datos del Postor, segn Anexo N 01.

Declaracin jurada en la que el Postor declare que su oferta cumple con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en el Capitulo IV de las Bases. Anexo N 02.

Declaracin Jurada del postor de acuerdo al numeral ii) del literal a) del numeral 1 del Artculo 42 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado - Anexo N 03. Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, segn Anexo N 04.

Copia de la Constancia vigente de comercializacin de Hidrocarburos, emitido por la Direccin Nacional de Hidrocarburos. Declaracin Jurada de Mantener Stock. Anexo N 05

El Sobre de Habilitacin del postor ser presentado en un sobre cerrado denominado Sobre de Habilitacin, de acuerdo al rtulo que se seala a continuacin:

Seores

DIRECCION REGIONAL SALUD MOQUEGUA

Att.: Comit Especial

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.de la ADS N

03- 2015 - CEPAD-DRSM. Subasta Inversa Electrnica.Objeto del proceso: Contratacin del Suministro de combustible para los establecimientos de la Microrred salud Omate.SOBRE N 01: SOBRE DE HABILITACIN

NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

N DE FOLIOS DE C/ EJEMPLARSi al momento de ser llamado el participante no se encontrase, se le tendr por desistido de participar en el proceso de seleccin.

Si alguno es omitido podr acreditarse con la presentacin del comprobante de pago por derecho de participacin. Los integrantes de un Consorcio no podrn presentar ofertas individuales.

SOBRE N 2: PROPUESTA ECONOMICA

a) Deber presentarse en original, en sobre cerrado y por cada tem al que postula el postor. Acto seguido, el Presidente del Comit Especial abrir cada uno de los sobres que contienen las propuestas econmicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados que debern incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio y el secretario los anotar en la pantalla o la pizarra, ordenndolos d y garantizando la perfecta visualizacin y seguimiento por parte de los asistentes.

La oferta econmica se presentar en sobre cerrado, debiendo indicarse el precio o costo ofertado en funcin al valor referencial establecido en las Bases, y deber expresarse hasta con dos (2) decimales. (Ver Anexo N 06)

Dicha propuesta econmica del postor ser presentada en original y en un sobre cerrado denominado Propuesta Econmica, de acuerdo al rtulo que se seala a continuacin:

Seores

DIRECCION REGIONAL SALUD MOQUEGUA

Att.: Comit Especial

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.de la ADS

N 03-2015-CEPAD-DRSM. Subasta Inversa Electrnica .

Objeto del proceso: Contratacin del Suministro de combustible para los establecimientos de la Microrred salud Omate.SOBRE N 02: SOBRE ECONMICO

NOMBRE / RAZON SOCIAL DEL POSTOR

N DE FOLIOS DE C/ EJEMPLAR

2.7 APERTURA DE LAS PROPUESTAS

Una vez presentadas todas las propuestas, el Comit Especial abrir los sobres de habilitacin de cada uno de los postores, para verificar la presentacin de la totalidad de la documentacin exigida en las Bases. De omitirse la presentacin de algn documento, se proceder a la descalificacin de la propuesta.

Acto seguido, el Comit Especial abrir cada uno de los sobres que contienen las propuestas econmicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados y los anotar en la pantalla, a travs de un sistema informtico, o directamente en la pizarra, ordenndolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualizacin y seguimiento por parte de los asistentes.

2.8 CLASIFICACION DE PROPUESTAS

Solamente clasificarn para participar en el periodo de puja el postor que haya ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado el valor referencial del bien.

Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en el periodo de puja (3) o ms postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionar a los que hubieran ofrecido los tres (3) menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos ofrecidos y el nmero de postores que los ofrecieron.

En caso que slo existieran dos (2) propuestas vlidas, la puja se realizar con la participacin de dichos postores.

En caso que dos (2) o ms postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos clasificarn al periodo de puja; sin embargo, deber realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido en el numeral siguiente.

2.9 PERIODO DE PUJA

Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el numeral precedente, podrn participar en el perodo de puja realizando lances verbales, para lo cual debern contemplar necesariamente, al momento de efectuar los lances, el valor monetario fijado como decremento mnimo, aplicado al monto ms bajo ofrecido hasta dicho momento.

Durante el periodo de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por va telefnica u otros medios anlogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicacin entre ellos que sea detectada por el Comit Especial y el Notario Pblico, ser considerada como un acto de concertacin prohibido por la Ley de Contrataciones del Estado, y ocasionar la descalificacin inmediata de los postores implicados.

El Comit Especial invitar al postor que haya presentado la propuesta de menor precio a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los dems postores en el orden de prelacin que hayan ocupado en la clasificacin de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio o costo. Un postor ser excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.

Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contar con no mas de tres (3) minutos para dar una respuesta; de lo contrario, se le tendr por desistido. El Comit Especial proveer de un sistema de control de tiempo que sea visible para todos los participantes.

El periodo de puja culmina cuando se ha identificado el precio o costo ms bajo, luego de que todos los dems postores que participaron en dicho periodo hayan desistido de seguir presentando nuevos lances.

2.10 DETERMINACION DE PUNTAJES

Culminado el perodo de puja del tem respectivo, se asignar 100 puntos a la propuesta de menor precio, y al resto de propuestas vlidas el puntaje inversamente proporcional, en funcin al ltimo precio ofrecido.

2.11 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

Una vez culminado el perodo de puja, se establecer el orden de prelacin de los postores en funcin al ltimo precio o costo ofrecido y se otorgar la Buena Pro al postor que haya ofrecido el precio o costo ms bajo.

En caso de empate el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar a travs de sorteo en el mismo acto.

En el supuesto que el proceso de seleccin sea declarado desierto por la ausencia de dos (2) propuestas vlidas, la dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones realizar una segunda convocatoria.

2.12 DECLARACIN DE DESIERTO

De acuerdo a lo dispuesto en el Artculo 32 de la Ley, el proceso de seleccin ser declarado desierto cuando exista menos de dos (2) ofertas vlidas. En caso de declararse desierto el proceso, se convocar a una adjudicacin de menor cuanta por subasta inversa electrnica, salvo que se haya excluido la ficha tcnica objeto del proceso, tal como lo dispone el Artculo 91 del Reglamento. En caso que la entidad opte por llevar a cabo una subasta inversa electrnica, el plazo entre la convocatoria y la presentacin de propuestas no ser menor de dos (02) das hbiles. Para la interposicin del Recurso de Apelacin, se aplicar el plazo de 5 das hbiles establecidos en el artculo 96 del Reglamento.

2.13 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

El otorgamiento de la Buena Pro quedar automticamente consentido si hasta el momento del cierre del acto pblico, ningn participante hubiera dejado constar en actas su intencin de interponer el recurso de revisin.

2.14 CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCION

Las soluciones de Controversias que se formulen de acuerdo a lo establecido en el artculo 95 del Reglamento, en el presente proceso de seleccin se solucionarn conforme se dispone en el Capitulo XII del Titulo II del REGLAMENTO de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante DS N 184-2008-EF.

El recurso de apelacin contra los actos producidos durante el acto pblico de la presentacin de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, y contra los actos que afecten su validez, deber ser interpuesto por los postores dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de dicho acto pblico.

En el caso de procesos de seleccin segn relacin de tems, el plazo indicado en el prrafo anterior se contar a partir de la culminacin del acto pblico de otorgamiento de la Buena Pro de la totalidad de los tems.

Para los actos posteriores al otorgamiento de la Buena Pro, el recurso de apelacin deber interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de dicho acto pblico.

2.15 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

Adicionalmente, conforme al artculo 141 del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, deber requerirse, los siguientes documentos:

Carta de Presentacin de la documentacin solicitada, debidamente suscrita por el represntate legal de la empresa.

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Garanta de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo del contratista.

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.

Copia de DNI del Representante Legal, debidamente legalizado.

Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa, con una antigedad mxima de 30 das calendarios.

Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado.

Copia del RUC de la empresa.

Asimismo, el postor ganador de la buena pro deber presentar una CARTA FIANZA para efectos de garantizar lo siguiente:

De fiel cumplimiento del contrato

Por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

2.16PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la buena pro deber presentar toda la documentacin requerida para la suscripcin del contrato en el plazo de doce (12) das hbiles. La citada documentacin deber ser presentada en la Oficina de coordinacin de Logstica de la DRSM, sito en AV. Bolvar S/N de la ciudad de Moquegua2.17 PLAZO PARA EL PAGOLa Entidad se compromete a efectuar el pago al contratista en un plazo mximo de 15 das calendarios de otorgada la conformidad de recepcin de la prestacin.

2.18FORMA DE PAGODe acuerdo con el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber contar con la siguiente documentacin:

Informe del funcionario responsable del rea usuaria emitiendo su conformidad de la prestacin efectuada.m

Factura.

vales

Asimismo, el pago se podr realizar mediante valorizaciones segn cronograma de entrega.

2.19REAJUSTE DE PRECIOS DE LOS COMBUSTIBLESLos precios ofrecidos por EL CONTRATISTA slo podrn ser reajustados en el mismo porcentaje en que se acredite el incremento o disminucin del precio fijado por su proveedor mayorista. El Contratista, deber comunicar por escrito, su solicitud de reajuste o decremento, adjuntando los nuevos costos sealados por el proveedor mayorista.

Si los precios del productor Mayorista disminuyen, EL CONTRATISTA est obligado a comunicar la nueva Lista de Precios. La omisin de esta comunicacin podr ser considerada como un incumplimiento injustificado de obligaciones contractuales esenciales y de acuerdo a lo estipulado en la Ley de Contrataciones del estado, ser causal de resolucin del contrato por causas imputables al Contratista.As mismo, en concordancia con el primer prrafo del numeral 1 del Art. 49 del Reglamento de la Ley de Contrataciones, el reajuste se realizara teniendo en consideracin el precio al que se cotiza el bien en el mes en que se realizara el pago al CONTRATISTA.

CAPTULO IIIREQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

REQUERIMIENTO:temDescripcinUnidad de MedidaCantidad

01Diesel B5 UV (uso vehicular)Galn2,055

02Gasohol 84 Plus

Galn1292

Condiciones del Suministro:

Ubicacin del Grifo

Los grifos o estaciones de servicio del Contratista debern ubicarse en la ciudad de Omate. Horario de Atencin

El grifo o estacin de servicio deber estar en la capacidad de atender el requerimiento de combustible durante las 24 horas del da de manera ininterrumpida de lunes a domingo, inclusive feriados y para todos los vehculos de los establecimientos de la micro red Salud Omate. Otros Aspectos del Suministro

El contratista no podr reclamar suma alguna sobre el importe acordado, ni por errores que pudieran apreciarse en la estimacin de los costos en su propuesta, ni por las dificultades que pudieran presentarse en la provisin de los bienes.

El contratista ser responsable ante la ENTIDAD por los daos o desperfectos que pudiera ocasionar a los vehculos el suministro de combustible adulterado u otra sustancia diferente a las solicitadas. El contratista se har cargo en su totalidad del gasto que ocasione el mantenimiento o reparacin del vehculo, si no lo hiciera en el trmino de diez (10) das, la ENTIDAD, descontar de uno o ms pagos que corresponda el valor de la reparacin y podr ser causal de resolucin del contrato por incumplimiento.

El Contratista, verificar que la dotacin de los combustibles se realice exclusivamente a los vehculos de la ENTIDAD, para lo cual la ENTIDAD, deber remitirle previamente la relacin de vehculos a atenderse. El abastecimiento del combustible se realizar directamente al tanque del vehculo, quedando prohibido el abastecimiento en galoneras o cualquier otro tipo de depsito externo, (salvo la autorizacin del jefe del rea de Logstica- administracin para que se abastecimiento en galoneras Debidamente Sustentado). Pudiendo ser causal de resolucin automtica de contrato.

En el supuesto que ocurriese un caso fortuito o de fuerza mayor, el contratista est obligado a comunicar formalmente a la ENTIDAD- DRSM dicha ocurrencia, pudiendo en este caso prorrogarse el plazo de entrega del combustible.

FORMA y PLAZO DE ENTREGA: De acuerdo a Cronograma establecido en 1.11 PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA.

FICHA TCNICA APROBADA

CARACTERSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominacin del Bien

: GASOHOL 84 PLUS

Denominacin Tcnica

: GASOHOL 84 PLUS

Unidad de medida

: GALN

Descripcin General

: Gasohol 84 Octanos

CATLOGO NICO DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS - CUBSO

Segmento/Familia/Clase/Commodity

: Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y

materiales anticorrosivos/ Combustibles/ Petrleo y destilado/ Gasolina o Petrleo

tem

: GASOHOL 84 PLUS

Cdigo

: 1510150600286787

CARACTERSTICAS TCNICAS DEL BIEN

A. CARACTERSTICAS

A.1. Requerimientos del Producto

El Gasohol 84 Plus es la mezcla que contiene 92.2 % de Gasolina de 84 octanos y 7.8 % de Alcohol Carburante.

B. REQUISITOS

B.1. Documentacin

Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor, en el sobre de habilitacin, deber considerar como mnimo: 1. Contar con la Autorizacin e Inscripcin vigente en el Registro de Hidrocarburos de la Direccin General de Hidrocarburos para la Comercializacin de Combustibles Lquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, de acuerdo a lo indicado en el Art.5 del D.S. N 030-98-EM del 2 de agosto de1998 - Reglamento para la Comercializacin de Combustibles Lquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos; y el Art. 78 del D.S. N 045-2001-EM del 22 de julio del 2001 - Reglamento para la Comercializacin de Combustibles Lquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos. Actualmente OSINERGMIN es el encargado de la administracin del Registro de Hidrocarburos, por D.S. N 004-2010-EM del 3 de febrero del 2010, y regulado por R.C.D. OSINERGMIN N 191-2011OS/CD del 18 de octubre del 2011 - Reglamento del Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN. 2. Contar con el Certificado de Usuario de Insumos Qumicos y Productos Fiscalizados (IQPF), de acuerdo al DS. N 024-2013-EF del 21 de febrero de 2013, que indica que: () las Gasolinas y Gasoholes, Diesel y sus mezclas con Biodiesel, sern controlados y fiscalizados nicamente en las zonas geogrficas establecidas por el Artculo 1 del Decreto Supremo N 021-2008-DE-SG y sus normas modificatorias, y el Decreto Supremo N 005-2007-IN.

Nota: Los requisitos antes sealados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminacin de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovacin de dichos documentos y entregar una copia a la Entidad Convocante. B.2. Atributos del bien

El Gasohol 84 Plus, deber cumplir con las disposiciones establecidas por la Resolucin Ministerial

HYPERLINK "http://www.mem.gob.pe/minem/archivos/file/Hidrocarburos/Legislacion/Biocombustibles/Resolucion%20Ministerial%20No%20165-2008-DM.pdf" \hN 515-2009-MEM/DM, segn las especificaciones de calidad, de acuerdo al siguiente cuadro:

ATRIBUTO ESPECIFICACIN MTODO DE ENSAYO ASTM REFERENCIA APARIENCIA

- Color Comercial

Cumplir con lo indicado en la Tabla Especificaciones

de calidad del Gasohol del

artculo 1 de la R.M. de la

referencia

--

R.M. N 515-2009-

MEM/DM: Establecen las especificaciones de calidad para el Gasohol

VOLATILIDAD

Destilacin, C (a 760

mm Hg)

Cumplir con lo indicado en la Tabla Especificaciones

de calidad del Gasohol del

artculo 1 de la R.M. de la

referencia

D 86

R.M. N 515-2009-

MEM/DM: Establecen las especificaciones de calidad para el Gasohol

10% recuperado

50% recuperado

90% recuperado

Punto Final

Residuo, %V.

Presin de Vapor Reid, psi

D 323, D 4953, D

5190, D 5191, D 5482

CORROSIVIDAD

- Corrosin Lmina de Cobre 3 h. 50 C, N

Cumplir con lo indicado en la Tabla Especificaciones

de calidad del Gasohol del

artculo 1 de la R.M. de la

referencia

D 130

R.M. N 515-2009-

MEM/DM: Establecen las especificaciones de calidad para el Gasohol

- Azufre Total, % Masa

D 1266, D 4294, D 2622

ANTIDETONANCIA - N Octano Research

84 (*)

D 2699

R.M. N 515-2009-

MEM/DM: Establecen las especificaciones de calidad para el Gasohol

ESTABILIDAD A LA OXIDA CIN

- Minutos

Cumplir con lo indicado en la Tabla Especificaciones

de calidad del Gasohol del

artculo 1 de la R.M. de la

referencia

D 525

R.M. N 515-2009-

MEM/DM: Establecen las especificaciones de calidad para el Gasohol

CONTAMINANTES

- Goma Existente, mg/100 mL

Cumplir con lo indicado en la Tabla Especificaciones

de calidad del Gasohol del

artculo 1 de la R.M. de la

referencia

D 381

R.M. N 515-2009-

MEM/DM: Establecen las especificaciones de calidad para el Gasohol

- Plomo, g Pb /L

D 3237, D 5059

Nota: (*) Valor mnimo sujeto a control en la Refinera, que se incrementa debido a la adicin del 7.8% en volumen de Alcohol Carburante (porcentaje reportado bajo los Mtodos de Ensayo ASTM D 4815 y ASTM D 5845) en la gasolina de 84.

C. CERTIFICACIN

Opcional.

La Entidad Convocante podr exigir al Contratista que, durante la ejecucin contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial o un Certificado de Inspeccin con Valor Oficial que confirme que el bien entregado: Gasohol 84 Plus, cumple con las especificaciones de calidad detalladas en el numeral B.2: Atributos del bien de la presente ficha. Dicho documento deber ser emitido por un Organismo de Certificacin de Productos u Organismo de Inspeccin acreditado por el INDECOPI.

En caso no se emitan en el pas los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta ser remitida a la Entidad Convocante, el Contratista podr presentar un Certificado de Calidad, sin el smbolo de acreditacin, que confirme que el bien entregado: Gasohol 84 Plus, cumple con las especificaciones de calidad detalladas en el numeral B.2: Atributos del bien de la presente ficha. Dicho documento deber ser emitido por un Organismo de Certificacin de Productos u Organismo de Inspeccin acreditado por el INDECOPI.

En caso no se emitan en el pas los documentos previamente indicados, el Contratista podr presentar un Informe de Ensayo con Valor Oficial de lote, o en su ausencia un Informe de Ensayo de lote sin valor oficial, emitido por un Laboratorio acreditado por el INDECOPI, en el que se informe los resultados de las pruebas realizadas al bien entregado: Gasohol 84 Plus.

Si la Entidad decide exigir la certificacin, deber sealar esta condicin en las Bases (especificaciones tcnicas - requisitos tcnicos mnimos) y en las clusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellas que los costos que demande la certificacin deben ser asumidos por el Contratista.

D. OTROS

D.1. Transporte

El transporte del Gasohol 84 Plus, se realiza generalmente en camiones debidamente identificados.

El transporte se realiza de acuerdo a las normas de seguridad vigentes, y segn el Art. 41 de la D.S. N 030-98-EM, inciso h), se deber identificar con los siguientes letreros:

El rombo INDECOPI (fondo rojo y caracteres y marco de color blanco), rombo NFPA: Riesgos a la salud (color Azul con letras blancas), Riesgos de Inflamabilidad (Color rojo con letras blancas), Riesgos de reactividad (amarillo con letras negras) y Riesgos Especficos (color blanco con letras negras) y Nmero de producto de las Naciones Unidas- NU (fondo naranja y caracteres negros y marco de color negro en una plancha de 12 x 30 centmetros).

ROMBO INDECOPI ROMBO NFPA N NACIONES UNIDAS Sealizacin pictrica, NTP 399.015.2001

Salud : 1

Inflamabilidad : 3

Reactividad : 0

- UN 1203 - Segn el D.S. 043-

2007-EM

FICHA TCNICA APROBADA

CARACTERSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominacin del Bien

: DIESEL B5

Denominacin Tcnica

: DIESEL B5

Unidad de medida

: GALN

Descripcin General

: DIESEL B5

CATLOGO NICO DE BIENES, SERVICIOS Y OBRAS - CUBSO

Segmento/Familia/Clase/Commodity : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y materiales

anticorrosivos/ Combustibles/ Petrleo y destilado/ Diesel

tem

: DIESEL B5

Cdigo

: 1510150500146101

CARACTERSTICAS TCNICAS DEL BIEN

A. CARACTERSTICAS

A.1. Requerimientos del Producto

El Diesel B5 es un combustible constituido por una mezcla de Diesel N2 (95%) y 5% en volumen de Biodiesel (B100).

B. REQUISITOS

B.1. Documentacin

Dentro de los documentos que solicite la Entidad Convocante al postor, en el sobre de habilitacin, deber considerar como mnimo: 1. Contar con la Autorizacin e Inscripcin vigente en el Registro de Hidrocarburos vigente de la Direccin General de Hidrocarburos para la Comercializacin de Combustibles Lquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, de acuerdo a lo indicado en el Art.5 del D.S. N 030-98EM del 2 de agosto de1998 - Reglamento para la Comercializacin de Combustibles Lquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos; y el Art. 78 del D.S. N 045-2001-EM del 22 de julio del 2001 - Reglamento para la Comercializacin de Combustibles Lquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos. Actualmente OSINERGMIN es el encargado de la administracin del Registro de Hidrocarburos, por D.S. N 004-2010-EM del 3 de febrero del 2010, y regulado por R.C.D. OSINERGMIN N 191-2011OS/CD del 18 de octubre del 2011 - Reglamento del Registro de Hidrocarburos de OSINERGMIN. 2. Contar con el Certificado de Usuario de Insumos Qumicos y Productos Fiscalizados (IQPF), de acuerdo al DS. N 024-2013-EF del 21 de febrero de 2013, que indica que: () las Gasolinas y Gasoholes, Diesel y sus mezclas con Biodiesel, sern controlados y fiscalizados nicamente en las zonas geogrficas establecidas por el Artculo 1 del Decreto Supremo N 021-2008-DE-SG y sus normas modificatorias, y el Decreto Supremo N 005-2007-IN.

Nota: Los requisitos antes sealados se deben mantener vigentes incluso hasta la culminacin de las entregas del producto adquirido. Es responsabilidad exclusiva del contratista tramitar oportunamente la renovacin de dichos documentos y entregar una copia a la Entidad Convocante B.2. Atributos del bien

El Diesel B5, deber cumplir con las disposiciones establecidas por la Resolucin Ministerial N 165

HYPERLINK "http://www.mem.gob.pe/minem/archivos/file/Hidrocarburos/Legislacion/Biocombustibles/Resolucion%20Ministerial%20No%20165-2008-DM.pdf" \h2008-MEM-DM, en la que se resuelve que la calidad del Diesel B5, debe cumplir la especificacin del Diesel N2, aprobada mediante D.S. N 025-2005-EM y sus modificatorias, que a continuacin se detallan

ATRIBUTO ESPECIFICACIN MTODO DE ENSAYO REFERENCIA VOLATILIDAD

- Densidad a 15C, kg/m3

Cumplir lo indicado en la Tabla Especificaciones

Diesel N 1, Diesel N 2 y

Diesel N 2 Especial del artculo 4 del D.S. de la

referencia, para Diesel

N 2

ASTM D 1298, ISO 3675

D.S. N 025-2005-EM que aprueba el cronograma de

reduccin progresiva

del contenido de Azufre en el Combustible

Diesel N 1 y 2 y su modificatoria D.S. N

041-2005-EM

- Destilacin, C (a 760 mm Hg) 90% recuperado a

ASTM D 86; ISO

3405; NTP 321.023 y

NTP 321.024

- Punto de Inflamacin Pensky Martens, C

ASTM D 93; ISO 2719; NTP 321.031

FLUIDEZ

- Viscosidad Cinemtica a 40 C, cSt

Cumplir lo indicado en la

Tabla Especificaciones

Diesel N 1, Diesel N 2 y Diesel N 2 Especial del artculo 4 del D.S. de la

referencia, para Diesel

N 2

ISO 3104; NTP 321.031

D.S. N 025-2005-EM que aprueba el cronograma de

reduccin progresiva

del contenido de Azufre en el Combustible

Diesel N 1 y 2 y su modificatoria D.S. N

041-2005-EM

- Punto de Escurrimiento, C

(1)

ISO 3016

COMPOSICIN

- Nmero de Cetano (2)

Cumplir lo indicado en la Tabla Especificaciones

Diesel N 1, Diesel N 2 y Diesel N 2 Especial del artculo 4 del D.S. de la

referencia, para Diesel

N 2

ASTM D 613; ISO 5165

D.S. N 025-2005-EM que aprueba el cronograma de

reduccin progresiva

del contenido de Azufre en el Combustible

Diesel N 1 y 2 y su modificatoria D.S. N

041-2005-EM

- ndice de Cetano

ASTM: D 4737, D 976

(3); ISO 4264; NTP 321.130

- Cenizas, % masa

ASTM D 482; ISO 6245

- Residuos Carbn

Ramsbottom 10% Fondos, % masa (4)

ASTM: D 524, D 189; ISO: 4262, 6645

CORROSIVIDAD

- Corrosin Lmina de Cobre 3 h. 50 C, N

Cumplir lo indicado en la Tabla Especificaciones

Diesel N 1, Diesel N 2 y Diesel N 2 Especial del artculo 4 del D.S. de la

referencia, para Diesel

N 2

ASTM D 130, ISO 2160, NTP 321.021

D.S. N 025-2005-EM que aprueba el cronograma de

reduccin progresiva

del contenido de Azufre en el Combustible

Diesel N 1 y 2 y su modificatoria D.S. N

041-2005-EM

- Azufre Total % Masa

ASTM: D 129, D

2622, D 4294; ISO 8754

CONTAMINANTES

- Agua y Sedimentos % Vol.

Cumplir lo indicado en la Tabla Especificaciones

Diesel N 1, Diesel N 2 y Diesel N 2 Especial del artculo 4del D.S. de la

referencia, para Diesel

N 2

ASTM: D 1796, D

2709; ISO 3734; NTP 321.029

D.S. N 025-2005-EM que aprueba el cronograma de

reduccin progresiva

del contenido de Azufre en el Combustible

Diesel N 1 y 2 y su modificatoria D.S. N

041-2005-EM

BIODIESEL (B100) - Contenido, % Vol.

5.0

ASTM D 7371, UNEEN 14078

D.S. N 092-2009-EM

que Modifica el artculo

4 del D.S. N 041-2005-

EM y emite otras disposiciones

Notas: (1) Cuando el cliente lo requiere, se determinar el Punto de Niebla o Enturbiamiento por el Mtodo de Ensayo ASTM D 2500.

(2) En caso de no contar con el equipo del Mtodo de Ensayo ASTM D 613 (Nmero de Cetano), se calcular el ndice de Cetano con el Mtodo de Ensayo ASTM D 4737.

(3) Solamente para combustibles Diesel de rango de nmero de Cetano entre 56,5 a 60,0 se utilizar el mtodo ASTM D 976 para calcular el ndice de Cetano.

(4) En caso de contar con el equipo, se calcular esta propiedad utilizando el Apndice XI del Mtodo de Ensayo ASTM D 524, que relaciona el ensayo de Carbn Conradson (Mtodo de Ensayo ASTM D 189) con el Carbn Ramsbottom.

C. CERTIFICACIN

Opcional.

La Entidad Convocante podr exigir al Contratista que, durante la ejecucin contractual y en la oportunidad que determine, realice la entrega de un Certificado de Conformidad de Producto con Valor Oficial o un Certificado de Inspeccin con Valor Oficial que confirme que el bien entregado: Diesel B5, cumple con las especificaciones de calidad detalladas en el numeral B.2: Atributos del bien de la presente ficha. Dicho documento deber ser emitido por un Organismo de Certificacin de Productos u Organismo de Inspeccin acreditado por el INDECOPI.

En caso no se emitan en el pas los documentos antes indicados, lo cual debe ser consultado oficialmente por el Contratista al INDECOPI y cuya copia de respuesta ser remitida a la Entidad Convocante, el Contratista podr presentar un Certificado de Calidad, sin el smbolo de acreditacin, que confirme que el bien entregado: Diesel B5, cumple con las especificaciones de calidad detalladas en el numeral B.2: Atributos del bien de la presente ficha. Dicho documento deber ser emitido por un Organismo de Certificacin de Productos u Organismo de Inspeccin acreditado por el INDECOPI.

En caso no se emitan en el pas los documentos previamente indicados, el Contratista podr presentar un Informe de Ensayo con Valor Oficial de lote, o en su ausencia un Informe de Ensayo de lote sin valor oficial, emitido por un Laboratorio acreditado por el INDECOPI, en el que se informe los resultados de las pruebas realizadas al bien entregado: Diesel B5.

Si la Entidad decide exigir la certificacin, deber sealar esta condicin en las Bases (especificaciones tcnicas - requisitos tcnicos mnimos) y en las clusulas correspondientes de la Proforma de Contrato, realizando las precisiones que apliquen, entre ellos que los costos que demanden la certificacin deben ser asumidos por el Contratista.

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CAPTULO V

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, el contrato de contratacin de .., que celebra de una parte ., en adelante LA ENTIDAD, con RUC N , con domicilio legal en , representada por , identificado con DNI N ., y de otra parte ......................................, con RUC N .., con domicilio legal en ..........................., inscrita en la Ficha N . Asiento N . del Registro de Personas Jurdicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, .........................................., con DNI N .., segn poder inscrito en la Ficha N ., Asiento N .. del Registro de Personas Jurdicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominar EL CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes:

CLUSULA PRIMERA: OBJETO Con fecha ., el Comit Especial adjudic la Buena Pro de la Adjudicacin de Menor Cuanta derivada SIE N 06-2015-CEPAD -DRSM de la ADS Nro. 03-2015-CEPAD-DRSM Por la Modalidad de Subasta Inversa Electrnica, para la contratacin de ADQUISICION DE COMBUSTIBLE a (indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato.

CLUSULA SEGUNDA: FINALIDAD DEL CONTRATOEl objeto del Contrato es atender las necesidades de la Entidad, bajo la Modalidad de Ejecucin de Administracin Directa, para lo cual se requiere la adquisicin de bienes, bajo las Caractersticas Tcnicas y econmicas.CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUALEl monto total del presente contrato asciende a S/. a todo costo, incluido IGV, (de corresponder).

Este monto comprende el costo del bien, seguros e impuestos, as como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecucin de la prestacin materia del presente contrato.

CLUSULA CUARTA: FORMA DE PAGOLA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA en nuevos soles, en el plazo de 15 das, luego de la recepcin formal y completa de la documentacin correspondiente, segn lo establecido en el artculo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestacin deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10) das de ser estos recibidos. CLUSULA QUINTA: INICIO Y CULMINACIN DE LA PRESTACINEl plazo de ejecucin de la prestacin se extender desde el da siguiente de la suscripcin del contrato hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.

CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato est conformado por la oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de seleccin que establezcan obligaciones para las partes.

CLUSULA STIMA: GARANTAS EL CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva garanta solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato: S/., a travs de la CARTA FIANZA. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tiene una vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Adicional por el monto diferencial: S/., de ser el caso, ., a travs de la CARTA FIANZA. con una vigencia hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin.

Esta(s) garanta(s) es (son) emitida(s) por una empresa bajo el mbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estn consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

La garanta de fiel cumplimiento y, de ser el caso, la garanta por el monto diferencial de la propuesta debern encontrarse vigentes hasta la conformidad de la recepcin de la prestacin a cargo de EL CONTRATISTA.

CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN LA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artculo 164 del Reglamento.

CLUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE RECEPCIN DE LA PRESTACINLa conformidad de recepcin de la prestacin se regula por lo dispuesto en el Artculo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

De existir observaciones se consignarn en el acta respectiva, indicndose claramente el sentido de stas, dndose al contratista un plazo prudencial para su subsanacin, en funcin a la complejidad del bien. Dicho plazo no podr ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) das calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanacin, la Entidad podr resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

Este procedimiento no ser aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las caractersticas y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuar la recepcin, debiendo considerarse como no ejecutada la prestacin, aplicndose las penalidades que correspondan.

CLUSULA DCIMA: DECLARACIN JURADA DEL CONTRATISTA El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sancin de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.

CLUSULA UNDCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOSLa conformidad de recepcin de la prestacin por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artculo 50 de la Ley.

CLUSULA DUODCIMA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicar al contratista una penalidad por cada da de atraso, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse en concordancia con el artculo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicar automticamente y se calcular de acuerdo a la siguiente frmula:

Penalidad Diaria =0.10 x Monto

F x Plazo en das

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) das o;

F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) das.

Cuando se llegue a cubrir el monto mximo de la penalidad, LA ENTIDAD podr resolver el contrato por incumplimiento.

Esta penalidad ser deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidacin final; o si fuese necesario se cobrar del monto resultante de la ejecucin de las garantas de Fiel Cumplimiento o por el Monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Cdigo Civil y dems normas concordantes.

CLUSULA DCIMO TERCERA: RESOLUCIN DEL CONTRATOCualquiera de las partes podr resolver el contrato, de conformidad con los artculos 40, inciso c), y 44 de la Ley, y los artculos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD proceder de acuerdo a lo establecido en el artculo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLUSULA DCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnizacin por dao ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las dems obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.

CLUSULA DCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATOEn lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, sern de aplicacin las disposiciones pertinentes del Cdigo Civil vigente y dems normas concordantes.

CLUSULA DCIMO SEXTA: SOLUCIN DE CONTROVERSIASTodos los conflictos que deriven de la ejecucin e interpretacin del presente contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, sern resueltos mediante arbitraje, bajo la organizacin y administracin de los rganos del Sistema Nacional de Conciliacin y Arbitraje del OSCE y de acuerdo Reglamento.

Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecucin contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artculos 144, 170, 175 y 177 del Reglamento o, en su defecto, en el artculo 52 de la Ley.

Facultativamente, cualquiera de las partes podr someter a conciliacin la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, segn lo sealado en el artculo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.

CLUSULA DCIMO STIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PBLICACualquiera de las partes podr elevar el presente contrato a Escritura Pblica corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

CLUSULA DCIMO OCTAVA: VERACIDAD DE DOMICILIOSLas partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.

De acuerdo con las Bases, las propuestas tcnico y econmica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en seal de conformidad en la ciudad de . al LA ENTIDAD EL CONTRATISTA

FORMATOS Y ANEXOS

FORMATO N 01

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIN DEL REPRESENTANTE

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.de la ADS N 03-2015-CEPAD-DRSM. Subasta Inversa Electrnica Contratacin de Suministro de Combustibles para los establecimientos de la Micro Red salud Omate DIRESA Moquegua.Seores

COMIT ESPECIAL

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.Presente.-

(nombre del postor/ Empresa y/o Consorcio), identificado con RUC N , debidamente representado por . (nombre del representante legal de la persona jurdica), identificado con DNI N .tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relacin con la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA N 03-2015-CEPAD-DRSM a fin de acreditar a nuestro apoderado: . (Nombre del apoderado) identificado con DNI. N quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de seleccin. Tales como: formular propuestas, efectuar lances y para ejercer todos los dems actos inherentes a la Subasta Inversa durante el acto pblico.

Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.

MOQUEGUA,....... de........................... de 2015.

...

Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razn Social del postor o Consorcio

FORMATO N 02

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.de la ADS N 03-2015-CEPAD-DRSM. Subasta Inversa Electrnica Contratacin de Suministro de Combustibles para los establecimientos de salud de la Micro Red Omate DIRESA Moquegua.REGISTRO DE PARTICIPANTE

RAZON SOCIAL

: .

REPRESENTANTE LEGAL: .

DIRECCION

:

DISTRITO

:

TELEFONOS Y ANEXO:

TELEFAX

:

RUC :

CORREO ELECTRONICO: .

(Articulo 52: En caso solicite que, adicionalmente, se le notifique electrnicamente, deber consignar una direccin de correo electrnico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que deban realizarse, conforme a lo previsto en el Reglamento)

NOMBRES DE LA PERSONA

QUE RECOGE LAS BASES: ..

D.N.I.

:

FECHA Y HORA

: ..

ANEXO N 01

DECLARACIN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Seores

COMIT ESPECIAL

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.Presente.-

Estimados seores:

El que se suscribe, . (o representante Legal de ..................), identificado con DNI N ................., R.U.C. N ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha N ............ Asiento N ..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente informacin de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razn Social

Domicilio Legal

RUCTelfonoFax

Correo electrnico

Autorizacin Municipal

MunicipalidadN de Licencia de FuncionamientoFecha

_______, _______ de ____________ del 2015...........................................................

Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razn social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados.

ANEXO N 2

DECLARACIN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

Seores

COMIT ESPECIAL

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.Presente.-

De nuestra consideracin:

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y dems documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el Combustible, de conformidad con las Especificaciones Tcnicas, las dems condiciones que se indican en el Captulo III de la seccin especfica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

....

Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o comn, segn corresponda

ANEXO N 3

DECLARACIN JURADA

(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Seores

COMIT ESPECIAL

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.Presente.-

De nuestra consideracin:

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURDICA], declaro bajo juramento:

1.-No tener impedimento para participar en el proceso de seleccin ni para contratar con el Estado, conforme al artculo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.-Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de seleccin.

3.-Ser responsable de la veracidad de los documentos e informacin que presento a efectos del presente proceso de seleccin.

4.-Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de seleccin y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5.-Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, as como en la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

...

Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal, segn corresponda

IMPORTANTE: Cuando se trate de consorcios, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados.

ANEXO N 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO

(Slo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Seores

COMIT ESPECIAL

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.Presente.-

De nuestra consideracin,

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de seleccin, para presentar una propuesta conjunta a la Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.de la ADS N 03-2015-CEPAD-DRSM. Subasta Inversa Electrnica Contratacin de Suministro de Combustible para los establecimientos de la Micro salud Omate, responsabilizndonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso.

Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aqu establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artculo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N [CONSIGNAR NMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante comn del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de seleccin y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal comn en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]:

% de Obligaciones

[DESCRIBIR LA OBLIGACIN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA]

[ % ]

[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES]

[ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]:

% de Obligaciones

[DESCRIBIR LA OBLIGACIN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA]

[ % ]

[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES]

[ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

...

..

Nombre, firma, sello y DNI del

Nombre, firma, sello y DNI del

Representante Legal Representante Legal Consorciado 1

Consorciado 2

ANEXO N 05

DECLARACION JURADA DE MANTENER STOCK MINIMO DEL BIEN AL QUE SE PRESENTA

FECHA:

SEORES:

COMIT ESPECIAL

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.de la ADS N 03-2015-CEPAD-DRSM. Subasta Inversa Electrnica Contratacin de Suministro de Combustible para los establecimientos de la Micro salud Omate. De nuestra consideracin:

El que se suscribe, Representante Legal de.................., identificado con DNI N................., RUC N.................., en mi calidad de Representante Legal de la Empresa.., en relacin al presente Proceso de Seleccin, DECLARO BAJO JURAMENTO:

Que mi representada se COMPROMETE a mantener en sus reservorio, depsitos o tanques el 15% de la cantidad requerida en los ITEMS N al que me presento, con la finalidad de evitar desabastecimiento en casos de escasez.

Atentamente,

Firma y sello del representante

Legal del Postor

ANEXO N 06CARTA DE PROPUESTA ECONMICA

(MODELO)Seores

COMIT ESPECIAL

Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.de la ADS N 03-2015-CEPAD-DRSM. Subasta Inversa Electrnica Contratacin de Suministro de Combustible para los establecimientos de la Micro salud Omate. De nuestra consideracin,

A continuacin, hacemos de conocimiento que nuestra propuesta econmica es la siguiente:

ITEMSDESCRIPCIONCANTIDAD UNIDAD DE

MEDIDAVALOR UNITARIO (S/.)TOTAL (S/.)

La propuesta econmica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar.

_____________, __ de __________ del 2015...

Firma y sello del representante legal

Nombre / Razn social del postor

DECLARACION JURADA DE UBICACIN DE ESTABLECIMIENTO (GRIFO)

Seores

COMIT ESPECIAL PERMANENTE Adjudicacin de Menor Cuanta Derivada SIE N 0006-2015-CEPAD-DRSM.de la ADS N 03-2015-CEPAD-DRSM. Subasta Inversa Electrnica Presente.-

De nuestra consideracin,

El que suscribe, .........................................................................., en mi calidad de representante legal / apoderado de ........................................., identificado con DNI N .................... DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente:

Nos comprometemos a brindarles el suministro de combustible: Diesel B5 UV (uso vehicular), Gasohol 84 Plus de lunes a domingo, las 24 horas del da y los 365 das del ao en nuestro(s) establecimiento(s) (Grifo(s)) ubicado(s) en:

1..Distrito de., provincia y departamento de

2...Distrito de., provincia y departamento de

.,.. de .. del 2015...

Firma y sello del representante legal

Nombre / Razn social del postor

Incluir dicho prrafo slo en el caso de personas jurdicas y siempre y cuando el Representante Legal de ste no concurra personalmente al proceso de seleccin, de lo contrario, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 95 del Reglamento.

INDICAR ITEM AL QUE SE PRESENTA

Comit Especial Permanente de Adquisiciones Directas Pgina 6Direccin: Av. Bolvar S/N Moquegua Oficina de Logstica Fono - Fax: 053463765

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