Cámara de Diputados Aprobó LGE

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Aprobación de la ley de educación en Chile

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Cmara de Diputados aprob LGE, con excepcin de un artculoJueves 19 de Marzo de 2009Fuente :Orbe/La Segunda Online/EmolVALPARAISO.- Por 70 votos a favor, 12 en contra y dos abstenciones, la Cmara de Diputados aprob, en general, el proyecto de Ley General de Educacin (LGE), que ya haba sido aprobada en la Cmara Alta.Sin embargo, la ley pasar a una Comisin Mixta para revisar el artculo 46 (letra g), que fue rechazado, y que permitira que puedan ejercer como docentes las personas con ttulo profesional de al menos ocho semestres y distintos a las de pedagogas.La votacin se dio en medio de manifestaciones en las tribunas de la sala por parte de representantes del Colegio de Profesores, quienes subieron el nivel de sus protestas a medida que se acercaba el resultado del escrutinio. Incluso el recin asumido presidente de la Cmara, el UDI Rodrigo Alvarez, debi suspender la sesin.El mayor blanco de los ataques de los docentes fue la ministra de Educacin, Mnica Jimnez, quien fue increpada duramente e hizo abandono del hemiciclo.Comisin MixtaLa comisin mixta, que integrarn los diputados Mara Antonieta Saa, Marcela Cubillos, Gabriel Silber y Marcos Espinosa, slo discutir la letra G del artculo 46, que norma sobre las exigencias de personal docente idneo que debern cumplir los establecimientos educacionales para recibir el reconocimiento del Ministerio de Educacin.La discrepancia se susciti porque el Senado, en el segundo trmite constitucional, elimin la exigencia de que los docentes de enseanza bsica posean un ttulo profesional o licenciatura de al menos 8 semestres en un rea e afn a la especialidad que imparta, propuesta que fue rechazada por la Cmara, por 44 votos en contra, 25 a favor y 2 abstenciones.Los cambios del SenadoEn el informe que la Comisin de Educacin entreg a la Sala este jueves, en el tercer trmite constitucional, se detallan los principales cambios introducidos por el Senado.Estos, de acuerdo a lo explicitado por los personeros de Gobierno en el informe, profundizan y amplan los principios inspiradores del sistema educativo, redefinen el concepto de enseanza no formal, amplan y precisan los deberes del Estado en materia educacional, consagran la existencia de un sistema educativo mixto y el derecho a eleccin de los padres, y se introduce el concepto de Educacin Pblica.Los cambios tambin refuerzan la normativa general que impide la discriminacin arbitraria en el trato a los alumnos y alumnas, prohibindose expresamente ciertas conductas, e incorpora la definicin de comunidad educativa y consagra su participacin en el desarrollo del proyecto educativo.Asimismo, se definen las reas de formacin diferenciada y se establecen los objetivos terminales de la Educacin Media Tcnico Profesional y se relevan los Objetivos Generales de la Educacin, dado que los estndares de aprendizaje tienen que referirse a ellos, y se mejoran los objetivos terminales de la educacin en sus distintos niveles.En materia de reconocimiento oficial, se establece un procedimiento especial para establecimientos que no aplican evaluaciones, en las condiciones que establece la ley. Adems, se mejora la normativa general que establece los requisitos de reconocimiento oficial de los establecimientos educacionales, seal el Gobierno, segn el informe de la comisin.Antecedentes generalesEl texto (Boletn 4.970) es una ley marco que tiene por finalidad ofrecer a los chilenos el acceso a una educacin de calidad, independientemente de su condicin socioeconmica.El texto se inspira en los principios de universalidad y educacin permanente; calidad, equidad, autonoma, diversidad, responsabilidad, participacin, flexibilidad, transparencia, integracin, sustentabilidad e interculturalidad.El proyecto impone al Estado el deber de asegurar una educacin de calidad y procurar que sta sea impartida a todos, tanto el mbito pblico como el privado.CurrculumEl proyecto reemplaza la actual estructura curricular por una educacin bsica de 1 a 6 ao, y una educacin media de 6 aos, cuatro de los cuales sern de formacin general y los dos ltimos de formacin diferenciada.La iniciativa crea el Banco de Planes y Programas del Ministerio de Educacin, que permitir a todos los sostenedores acceder a programas que han demostrado un alto rendimiento.Tambin aumenta los requisitos a las personas que ejercern como sostenedores, los que debern tener como giro nico la educacin y acreditar una solvencia financiera determinada para incorporarse al sistema.Adems, la calidad de sostenedor ser intransferible, y se exigir a sus representantes legales y a los encargados administrativos de los establecimientos educacionales, tener ttulo de una carrera de educacin superior de, al menos, 8 semestres. Asimismo, la nueva ley exigir a los sostenedores que reciban recursos pblicos rendir cuenta anual sobre el uso de los mismos, consign la pgina web de la Cmara.