Cap6_Anexos PMAmbiental

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Estudio de Impacto Ambiental para la Ampliación del Programa de Perforación de Desarrollo en el Lote 56 Capítulo 6: Plan de Manejo Ambiental y Social ANEXOS Octubre 2009 www.erm.com

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  • Estudio de Impacto Ambiental para la Ampliacin del Programa de Perforacin de Desarrollo en el Lote 56 Captulo 6: Plan de Manejo Ambiental y Social ANEXOS Octubre 2009 www.erm.com

    Brindando soluciones sostenibles en un mundo ms competitivo

  • CAPTULO 6

    PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A.

    Estudio de Impacto

    Ambiental para la

    Ampliacin del Programa

    de Perforacin de

    Desarrollo en el Lote 56

    Plan de Manejo Ambiental y

    Social

    Octubre 2009

    Ref. PLU_08_785

    ANEXOS

    000001

  • LISTA DE ANEXOS

    Anexo 6A Procedimientos y Polticas de Pluspetrol Per Corporation S.A.

    6A-1 Poltica de EHS

    6A-2 Cdigo de conducta

    6A-3 Poltica de suspensin de tareas

    6A-4 Reglamento de trnsito fluvial para el bajo Urubamba

    6A-5 Programa de operaciones areas

    Anexo 6B Anexo al Plan de Control de Erosin y Revegetacin

    6B-1 PRO 15-02 Depsitos de material excedente de obra (Botaderos)

    6B-2 Diseos tpicos de obras de control de erosin

    Anexo 6C Anexo al Plan de Salud y Seguridad

    6C-1 Manual de salud Pluspetrol

    6C-2 PRO-CORP-02-01 - Anlisis de Riesgo de Trabajo

    6C-3 PRO-CORP-01-01 - Permiso de Trabajo

    6C-4 DOC-29-01 - Plan de Contingencia Epidemiolgico

    6C-5 Procedimientos de seguridad para las actividades del proyecto

    6C-5.1 Procedimiento para la realizacin de excavaciones y zanjas.

    6C-5.2 Procedimiento de trabajo con gras e izaje.

    6C-5.3 Procedimiento de carga y descarga desde helicpteros.

    6C-5.4 Procedimiento de bloqueo y etiquetado.

    6C-5.5 Procedimiento de uso de los montacargas

    6C-5.6 Procedimiento de trabajo elctricos

    6C-5.7 Procedimiento de uso de andamios.

    6C-5.8 Procedimiento de trabajos en zonas aisladas.

    6C-5.9 Procedimiento de trabajos de corte y soldadura.

    6C-5.10 Procedimiento de trabajo en altura.

    6C-5.11 Procedimiento de trabajo en espacios confinados.

    6C-5.12 Procedimiento de trabajos en caliente.

    6C-5.13 Procedimiento de trabajo con maquinaria pesada.

    6C-5.14 Procedimiento de seguridad en el pozo.

    6C-5.15 Procedimiento de seguridad en la torre de perforacin.

    6C-5.16 Procedimiento de manipulacin y transporte de explosivos por va

    terrestre.

    6C-5.17 Procedimiento de trabajo con explosivos dentro de la locacin.

    000002

  • 6C-5.18 Procedimiento de uso de herramientas elctricas.

    6C-5.19 Procedimiento de manejo de materiales radioactivos.

    6C-5.20 Procedimiento de operaciones de cementacin

    Anexo 6D Anexos al Plan de Manejo de Residuos Slidos

    6D-1 PRO-26-01 - Manejo de Celdas y Micro-Rellenos Sanitarios Para

    Residuos No Peligrosos Domsticos

    Anexo 6E Anexos al Plan de Manejo de Sustancias Peligrosas

    6E-1 Hojas de Seguridad (MSDS)

    6E-1.1 Hojas de Seguridad en servicios de cementacin y revestimiento

    6E-1.2 Hojas de Seguridad en servicios de registros elctricos

    6E-1.3 Hojas de Seguridad en servicios de fluidos y control de slidos

    6E-1.4 Hojas de Seguridad en servicios de control geolgico e inspeccin no

    destructiva de materiales y reparacin de roscas

    6E-1.5 Hojas de Seguridad en la etapa operativa de los pozos

    6E-2 Procedimiento de descarga de combustible desde barcazas y llenado de

    tanques de almacenaje

    Anexo 6F Anexos al Plan de Monitoreo de la Calidad Ambiental

    6F-1 STDMA-PRO 10-03 Estndares Ambientales Aplicables

    6F-2 Mapa de Ubicacin de Estaciones de Monitoreo de Calidad Ambiental

    6F-2.1 Mapa de Ubicacin de Estaciones de Monitoreo de Calidad Ambiental

    Locacin Pagoreni Norte

    6F-2.2 Mapa de Ubicacin de Estaciones de Monitoreo de Calidad Ambiental

    Locacin Pagoreni Oeste

    6F-2.3 Mapa de Ubicacin de Estaciones de Monitoreo de Calidad Ambiental

    Locacin Saniri

    6F-2.4 Mapa de Ubicacin de Estaciones de Monitoreo de Calidad Ambiental

    Locacin Mipaya

    Anexo 6G Anexos al Plan de Monitoreo del Medio Biolgico

    6G-1 Instructivo para el Registro de los Avistamientos.

    6G-2 Mapa de Ubicacin de Estaciones de Monitoreo Hidrobiolgico

    6G-2.1 Mapa de Ubicacin de Estaciones de Monitoreo Hidrobiolgico

    Locacin Pagoreni Norte

    6G-2.2 Mapa de Ubicacin de Estaciones de Monitoreo Hidrobiolgico Locacin

    Pagoreni Oeste

    6G-2.3 Mapa de Ubicacin de Estaciones de Monitoreo Hidrobiolgico

    Locacin Saniri

    6G-2.4 Mapa de Ubicacin de Estaciones de Monitoreo Hidrobiolgico

    Locacin Mipaya

    Anexo 6H Anexos al Plan de Contingencias

    6H-1 Organizacin del Equipo de Respuestas a Emergencias

  • 6H-2 Procedimiento de Evacuacin Mdica (MEDEVAC)

    6H-3 Lista de Contactos

    6H-4 Guas de Accin Especficas de Emergencia

    6H-5 Formatos de Notificacin y Reporte en Casos de Emergencia

    6H-5.1 Formatos de Accidentes Graves o Fatales o Accidentes con Daos

    Materiales Graves

    6H-5.2 Formatos de Siniestros

    6H-5.3 Formatos de Emergencias Operativas

    6H-5.4 Formato de Reporte Mensual de Accidentes Leves

    6H-5.5 Formato de Reporte Mensual de Incidentes, Derrames de Petrleo,

    Combustible Lquidos, Productos Qumicos y Otros Menores de 1 Barril;

    Gas Asociado en Cantidades Menores a 1000 pies cbicos

    6H-5.6 Formato de Reporte Semestral de Estadsticas Mensuales de Accidentes

    de Trabajo

    6H-6 Formatos del Planeamiento, preparacin y seguimiento de los simulacros

    Anexo 6I Anexos al Plan de Capacitacin

    6I-1 PRO-05-02 - Charla de Cinco Minutos

    6I-2 FOR-05 - Rol de Charla de 5 Minutos

    6I-3 FOR-05 - Formulario de Asistencia

    6I-4 FOR-05 - Formulario de Evaluacin

    Anexo 6J Anexos al Plan de Relaciones Comunitarias

    6J-1 DOC 24-01 - Condiciones de Contratacin de Personal Local

    6J-2 Plan de Monitoreo Ambiental Comunitario (PMAC)

    6J-3 PRO-11-02 - Programa de Monitoreo Arqueolgico

    000003

  • Anexo 6A

    Procedimientos y Polticas de Pluspetrol Per

    Corporation S.A

    000004

  • Anexo 6A-1

    Poltica de EHS

    000005

  • .,11,.Pluspetrol

    CODIGO: DOC-PERPPC-OI-02I FECHA DE APROBACION: '1,r/OS!01' I pAGINA I DE 2

    POLITICA DE MEDIO AMBIENTE, SALUD Y SEGURIDADINDUSTRIAL (EHS)

    Firma:

    Febrero.2007

    Gerente de Seguridad, Medio Ambiente y Accion Comunitaria

    Nelson SotoElaborado por:

    Fecha de elaboracion:

    Cargo/area:

    Revisado por:

    Fecha de aprobacion:Cargo/area:

    Eliseo Bouza

    Abril, 2007Gerente de Ooeraciones Camisea

    Aprobado por:

    Fecha de aprobaci6n:

    Cargo/area:

    Norberto Benito

    Mayo, 2007Gerente General PPC

    Este documento impreso es una Copia no Controlada.Es responsabilidad del usuario verificar en la base de datos del Sistema de Gestion la version vigente.

    000006

  • POLITICA DE MEDIO AMBIENTE, SALUD Y SEGURIDAD _II"INDUSTRIAL (EHS) 1Pluspetrol Peru Corporation S.A.una compania de exploraci6nyexplotaci6n de hidrocarburos, con operaciones en la costay selva peruana,subsidiaria de Pluspetrol Resources Corporation, adopta integramente lospostulados de la Politica de EHS de su casa matriz y se compromete a:

    ~ Cumplir con la legislacion aplicable y otros requisitos a los cuales la

    compania se adhiera.

    ~ Considerar la Gestion de EHS como una prioridad de la Compania y

    llevarla adelante mediante program as de mejora continua.

    ~ Pro veer condiciones de trabajo seguras, saludablesy ambientalmente

    aceptables para sus empleados, contratistas y visitantes.

    ~ Prevenir enfermedades ocupacionalesy accidentes a sus empleados,

    contratistas y visitantes.

    ~ Prevenir la contaminacion e impactos adversos al medio ambiente.

    ~ Reconocer la importancia de la biodiversidad y de las comunidades del

    area de influencia de sus operaciones.

    ~ Operar haciendo uso racional de la energia y de los recursos

    naturales.

    ~ Promover esta Politica a la comunidady a las partes interesadas.

    Norberto BenitoGerente General

    Mayo 2007 Version 02

  • Anexo 6A-2

    Cdigo de Conducta

    000007

  • CDIGO: DOC- 23- 01

    CDIGO DE CONDUCTA PARA PERSONAL DE PLUSPETROL Y DE

    EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUB-CONTRATISTAS

    - 4 -

    CDIGO DE CONDUCTA PARA PERSONAL DE PLUSPETROL Y DE EMPRESAS

    CONTRATISTAS Y SUB-CONTRATISTAS 1 INTRODUCCIN El presente Cdigo de Conducta est dirigido tanto a los empleados y trabajadores de PLUSPETROL como al personal de las empresas contratistas y sub-contratistas. Tiene por objetivo proporcionar un conjunto de normas y procedimientos que permitan regular el comportamiento laboral de todos los trabajadores. Los trabajadores de PLUSPETROL y de las empresas contratistas y sub-contratistas debern comprometerse a cumplir permanentemente con las normas y procedimientos sealadas en este Cdigo y esforzarse por mantener relaciones armoniosas con la poblacin local, sea esta nativa o colona. El incumplimiento de este Cdigo acarrear diversas acciones disciplinarias. 2 NORMAS RELACIONADAS CON LAS POBLACIONES LOCALES:

    Las comunidades nativas y los caseros existentes constituyen la poblacin local, quienes son legalmente

    reconocidos como los propietarios de estas tierras, por lo que se debe respetar en todo momento a estas poblaciones.

    Las autoridades locales como agentes municipales, tenientes gobernadores y los jefes de las comunidades nativas

    son autoridades civiles reconocidas por el Estado Peruano y deben ser reconocidas y respetadas como tales. Asimismo, debern respetarse las creencias religiosas y los cdigos morales de las comunidades nativas.

    El Departamento de Asuntos Comunitarios es el rea autorizada por PLUSPETROL para mantener relaciones con

    la poblacin local, sean comunidades nativas o caseros de colonos. PLUSPETROL, en coordinacin con las empresas contratistas y sub-contratistas, desarrollar acuerdos con las

    poblaciones locales para cualquier actividad que necesite del alquiler de sus tierras. PLUSPETROL aconseja a la poblacin local y a sus autoridades y representantes que no ingrese a las reas de

    operaciones (campamentos, embarcaderos, helipuertos, lneas ssmicas u otras facilidades), de esta manera colaboran con el objetivo de cumplir con los trabajos sin ocasionar accidentes.

    En el caso que pobladores locales visiten alguna de las instalaciones, se deber responder de manera clara y

    directa a sus preguntas, explicndoles las actividades que se estn desarrollando. Los daos que se ocasionen a las chacras o a cualquier propiedad de las comunidades o de cualquier persona que

    habita en el rea del Bajo Urubamba, sern informados al representante de PLUSPETROL en el campo y/o al Responsable del Departamento de Asuntos Comunitarios.

    Las quejas de la poblacin local sobre el mal comportamiento de los trabajadores debern ser comunicadas al

    personal autorizado de PLUSPETROL y/o al Responsable del Departamento de Asuntos Comunitarios para recibir atencin inmediata.

    000008

  • CDIGO: DOC- 23- 01

    CDIGO DE CONDUCTA PARA PERSONAL DE PLUSPETROL Y DE

    EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUB-CONTRATISTAS

    - 5 -

    En caso de una emergencia mdica deber atenderse a la poblacin local en las reas de trabajo y de acuerdo a las facilidades mdicas existentes.

    Las visitas a las poblaciones locales estn estrictamente restringidas al personal autorizado por PLUSPETROL.

    Estas restricciones se aplican tambin durante los perodos de descanso y de vacaciones. 3 NORMAS RELACIONADAS CON LOS TRABAJADORES:

    Estar prohibido: Salir de los sitios de trabajo sin el permiso de los supervisores. Consumir y/o poseer bebidas alcohlicas. El incumplimiento de esta norma se sancionar con el despido

    inmediato. Establecer cualquier tipo de relacin con las poblaciones locales. El incumplimiento de esta norma se sancionar

    con el despido inmediato. Contratar pobladores locales para desempear tareas y trabajos de carcter personal. Comprar productos locales como animales, plantas del bosque, maderas y artesanas de la gente local, as como

    aceptarlos como regalo, a menos que exista la aprobacin expresa de PLUSPETROL. Cazar y capturar animales, frutos silvestres y plantas de los bosques. As como pescar y/o capturar animales o

    huevos en las quebradas y ros all existentes. La compra de alimentos por parte del personal encargado del trnsito fluvial estar permitida nicamente en casos

    de emergencia y slo para cubrir la alimentacin de esta tripulacin. En caso de hallazgos de restos arqueolgicos, los trabajadores debern detener los trabajos y, sin remover los

    restos, debern informar al supervisor de campo de la contratista y de PLUSPETROL. Los restos arqueolgicos que puedan encontrarse en esta regin, seran de los siguientes tipos:

    - Recipientes y tinajas de cermica, - Entierros que contengan tumbas u ofrendas, - Rocas cavadas con bajorrelieves, conocidas como Petroglifos, - Paredes de piedra o cimientos de construcciones, - Fsiles de animales, plantas, maderas o huesos petrificados.

  • Anexo 6A-3

    Poltica de Suspensin de Tareas

    000009

  • DOCUMENTO EN PROCESO DE INCORPORACIN AL SISTEMA DE GESTIN INTEGRADO DE PLUSPETROL

    POLTICA DE SUSPENSIN DE TAREAS-PLUSPETROL

    - 6 -

    POLTICA DE SUSPENSIN DE TAREAS

    Cualquier persona que observe un acto o condicin insegura asociada a la tarea, deber detenerla e inmediatamente avisar al supervisor de la actividad para que ste tome las acciones correctivas que eviten la repeticin de este acto y /o condicin insegura.

    La Seguridad tendr prioridad en cualquier actividad donde se presente conflicto con la Produccin, los Costos, la Calidad y los Programas de Trabajo, siendo responsabilidad de la supervisin administrar los medios y asegurar su gestin.

    Ninguna Tarea comenzar hasta que el responsable del Trabajo (Jefe del Grupo) y Supervisor haya comunicado a los trabajadores los riesgos de dicha tarea, las medidas preventivas necesarias, la definicin de roles y responsabilidades adems de haber realizado el Permiso de Trabajo Correspondiente.

    Todo cambio en las condiciones de trabajo, es causa suficiente de interrupcin de la Tarea, siendo obligatorio analizar y documentar los riesgos presentes y las medidas para minimizarlos, antes de reiniciarla.

    El no uso de los elementos de Proteccin Personal (EPP), de uso Obligatorio en la Operacin, ser causa suficiente de detencin de las tareas.

    Trabajar en forma segura es una condicin de empleo.

    000010

  • Anexo 6A-4

    Reglamento de Trnsito fluvial para el Bajo Urubamba

    000011

  • DOC-30-02

    REGLAMENTO DE TRNSITO FLUVIAL PARA EL BAJO URUBAMBA

    REGLAMENTO DE TRNSITO FLUVIAL PARA EL BAJO URUBAMBA

    1 INTRODUCCIN

    El ro Bajo Urubamba es la principal va de navegacin de las comunidades nativas, as como de los colonos, comerciantes y madereros que viven y trabajan en la zona conocida como el Bajo Urubamba; rea que, en trminos fluviales, comprende el Pongo de Mainique por el Sur y la confluencia de los ros Urubamba y Tambo por el Norte.

    Pluspetrol ha diseado las medidas de control necesarias que permitirn el trnsito seguro de los remolcadores, barcazas (chatas) y motochatas, que recorrern el ro Bajo Urubamba, durante el perodo que durar la fase de construccin. Medidas que buscan respetar las necesidades de trnsito fluvial seguro de toda la poblacin local, conformada tanto por nativos como por colonos o mestizos.

    2 OBJETIVOS

    El presente reglamento tiene dos objetivos, el primero contribuir al logro y mantenimiento de una relacin armoniosa entre las poblaciones locales y Pluspetrol. El segundo, asegurar las condiciones adecuadas para la navegacin de las embarcaciones que Pluspetrol utilizar en el perodo del Proyecto Camisea (Lote 88).

    3 ALCANCE

    Todas las operaciones de Pluspetrol que se realicen fluvialmente en el Bajo Urubamba.

    4 ABREVIATURAS Y DEFINICIONES

    Convoys: Serie de embarcaciones empleados por Pluspetrol en el Bajo Urubamba, tanto en los viajes de subida como de bajada.

    DICAPI: Direccin General de Capitanas Guardacostas de la Capitana de Guerra del Per.

    PPC: Pluspetrol Per Corporation S.A.

    000012

  • DOC-30-02

    REGLAMENTO DE TRNSITO FLUVIAL PARA EL BAJO URUBAMBA

    5 DOCUMENTOS DE REFERENCIA

    Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Martimas, Fluviales y Lacustres (aprobado por DS 028 DE/MGP, del 02 de Junio del 2001).

    Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Martimas, Fluviales y Lacustres (Ley N 26620).

    Texto nico de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Per (DS 028-DE/MGP).

    Reglamento de las Actividades de Exploracin y Explotacin de Hidrocarburos (D.S. N 032-2004-EM del 21 de agosto de 2004).

    Reglamento para la Proteccin Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos (D.S. N 015-2006-EM del 03 de Marzo de 2006).

    Polticas de Pluspetrol Per Corporation.

    6 DESCRIPCIN

    6.1 SUPERVISIN CONTINUA DE LAS EMBARCACIONES Y CONVOYS

    Se ha previsto el Programa de Supervisin al Transporte Fluvial, enmarcado en el Plan de Relaciones Comunitarias, el cual permitir ejecutar una supervisin constante sobre los convoys (formado por 01 barcaza y 01 remolcador) empleados por Pluspetrol en el Bajo Urubamba, tanto en los viajes de subida (surcada) como de bajada.

    Los nativos y colonos, habitantes del lugar, podrn darse cuenta del paso de todas estas embarcaciones por la presencia de un bote de supervisin, que generalmente son botes de aluminio o deslizadores, que acompaar el paso de las diferentes embarcaciones mayores que formarn estos convoys.

    Los botes o deslizadores de supervisin llevarn una bandera peruana, tendrn radio y sirenas para avisar claramente el paso de estas embarcaciones.

    Adems, se contar con el Programa Participativo de Vigilancia Fluvial, enmarcado dentro del Plan de Relaciones Comunitarias, el cual promueve la participacin activa de las poblaciones locales para realizar la vigilancia continua de embarcaciones que

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    REGLAMENTO DE TRNSITO FLUVIAL PARA EL BAJO URUBAMBA

    transitan por el Ro Urubamba, por medio de 20 casetas de vigilancia implementadas a lo largo del ro Urubamba.

    6.2 HORARIOS Y RUTAS DE TRNSITO DE LAS EMBARCACIONES

    Con la finalidad de reglamentar el trnsito fluvial se ha previsto el siguiente horario de trnsito fluvial:

    Salida, todas las embarcaciones podrn iniciar el trnsito fluvial a partir de las 06:00 de la maana.

    Llegada, todas las embarcaciones culminarn sus actividades de transporte diario antes de las 6:00 de la tarde.

    La ruta de todas estas embarcaciones en el ro Bajo Urubamba va desde Maldonadillo (extremo Norte) hasta Las Malvinas (extremo Sur y sitio de la Planta de Gas), en viaje de subida (o surcada), y desde Las Malvinas hasta Maldonadillo, en viaje de bajada.

    Cualquier cambio en el horario ser comunicado con anticipacin a todas las empresas contratistas y sub-contratistas, as como a las comunidades nativas y a los caseros de colonos que habitan en la zona del Bajo Urubamba.

    Para transportar la carga, Pluspetrol utilizar motochatas, empujadores fluviales y barcazas, en un nmero de hasta:

    30 empujadores fluviales,

    30 barcazas fluviales, y

    06 motochatas fluviales.

    Las motochatas cuentan con equipos para comunicarse, controles para manejarlas y mapas y equipos para su ubicacin. Adems, cuentan con barreras de contencin ante posibles derrames, y materiales para la recuperacin del combustible.

    El recorrido de los empujadores fluviales, las barcazas y las motochatas est organizado con la finalidad de lograr el mximo ingreso posible de materiales diversos durante la poca de creciente, tomando en consideracin las respectivas medidas de seguridad, para proteger y evitar molestias a los habitantes de las comunidades y caseros que utilizan el ro.

    Se calcula que los viajes durarn:

    000013

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    REGLAMENTO DE TRNSITO FLUVIAL PARA EL BAJO URUBAMBA

    7 das ro arriba, desde Maldonadillo hasta Las Malvinas.

    3 das ro abajo, desde Las Malvinas hasta Maldonadillo.

    6.3 NORMAS DE NAVEGACIN PARA EL PERSONAL DURANTE LAS OPERACIONES

    Toda embarcacin que transporte materiales y personal de Pluspetrol o de las contratistas o sub-contratistas deber estar previamente autorizada. En ellas slo se transportar carga y personal de las operaciones, no estar permitido el transporte de personal ajeno al proyecto, salvo en casos de emergencia mdica, debidamente autorizados.

    Las embarcaciones viajarn nicamente por el canal principal del ro.

    Toda embarcacin deber llevar aros salvavidas con sus respectivos cables de nylon.

    Toda embarcacin deber contar con un deslizador rpido para auxiliar en casos de volcaduras u otras emergencias.

    El uso de chalecos salvavidas es obligatorio para cada uno de los tripulantes que trabajarn en las diferentes embarcaciones, as como para todos los pasajeros.

    Las embarcaciones transitarn slo de da. Estar prohibido navegar de noche, a menos que se cuente con la autorizacin especfica del supervisor de transporte fluvial.

    Cuando una embarcacin atraque para pernoctar deber mantener las luces prendidas toda la noche, para evitar posibles accidentes con las embarcaciones que transitan de noche.

    La velocidad de las embarcaciones deber ser controlada, de manera estricta, para evitar causar daos innecesarios a los animales y peces que all habiten, as como para no destruir las riberas y evitar ocasionar accidentes a las pequeas embarcaciones que transitan en la zona.

    La velocidad mxima relativa de las embarcaciones ser de 05 nudos por hora.

    La velocidad relativa de todas las embarcaciones se reducir al mnimo necesario, para no comprometer la operacin o la seguridad de los navegantes y pobladores,

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    REGLAMENTO DE TRNSITO FLUVIAL PARA EL BAJO URUBAMBA

    cuando se encuentren a unos 200 metros de los centros poblados de las comunidades nativas y caseros de colonos, tanto aguas arriba como aguas abajo de los mismos.

    Las embarcaciones slo podrn atracar en aquellos sitios establecidos previamente, de acuerdo a las polticas y procedimientos definidos por Pluspetrol, excepto en casos de emergencia.

    Cuando las embarcaciones viajen en la modalidad de trenes de convoyes, lo harn lo ms cerca posible uno de otro para disminuir el oleaje.

    La manipulacin de combustibles debe hacerse de acuerdo con los procedimientos aprobados por Pluspetrol y slo en los sitios acordados previamente, de tal manera que se eviten posibles fugas o derrames.

    Deber realizarse con mucho cuidado los cambios de aceite de los motores de los remolcadores y de las motochatas, los cuales deben ser retirados peridicamente de las sentinas de estas embarcaciones, as como los restos de combustible. Debe evitarse, a toda costa, la contaminacin de las aguas del ro con estos combustibles.

    Por ningn motivo las embarcaciones que transportan combustible debern utilizar cables de acero para sus amarras, ya que al rozar las cubiertas estos pueden provocar chispas.

    Los capitanes y patrones de las embarcaciones reportarn su posicin diariamente y comunicarn inmediatamente al campo base de Las Malvinas cualquier posible derrame o situacin de emergencia.

    Las embarcaciones llevarn en ambos lados pintado su nmero de matrcula.

    Cuando el nivel del ro lo permita, los empujadores fluviales, barcazas y motochatas viajarn todos los das del ao, incluso domingos y feriados.

    En casos de tormenta, niebla densa, palizadas peligrosas y otras situaciones que pongan en peligro el recorrido, las embarcaciones podrn parar en otros lugares distintos a los establecidos previamente, notificando al campo base de Las Malvinas.

    Todas las embarcaciones sern fumigadas en Maldonadillo antes de cada ingreso a la zona del Bajo Urubamba, con la finalidad de evitar la introduccin de vectores de posibles nuevas enfermedades.

    Cada uno de los tripulantes, de todas las embarcaciones, deber cumplir con las polticas y normas contenidas en el Manual de Salud de Pluspetrol. Asimismo,

    000014

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    REGLAMENTO DE TRNSITO FLUVIAL PARA EL BAJO URUBAMBA

    debern recibir copias del presente reglamento y los patrones de las embarcaciones dejarn constancia de su revisin peridica en la bitcora de la embarcacin.

    6.4 NORMAS DE NAVEGACIN PARA CON LA POBLACIN Y EL MEDIO AMBIENTE

    A continuacin se enuncian las medidas de prevencin y mitigacin definidas para llevar a cabo el transporte fluvial:

    La tripulacin de todas las embarcaciones deber mostrar un trato cordial con las comunidades y navegantes y respetarn sus derechos, costumbres y actividades cotidianas.

    Al pasar cerca a lugares sensibles como son las collpas de animales que se hallan en la ribera del ro bajo Urubamba, las embarcaciones sern conducidas con mucho cuidado.

    Las embarcaciones debern pasar la noche en lugares alejados de las comunidades y caseros para no interrumpir sus actividades. Slo podrn atracar en los territorios de las comunidades nativas en casos de emergencia, notificando inmediatamente al campo base de Las Malvinas.

    En casos de navegacin de grandes distancias y si los alimentos escasean se autoriza la compra de alimentos a la poblacin local, slo en cantidades necesarias para alimentar a la tripulacin. Slo se comprarn alimentos de origen agrcola y pescado, estar prohibida la compra-venta de carne de monte, notificando de este hecho al campo base de Las Malvinas.

    Est terminantemente prohibida la captura de lagartos, tortugas, peces y otras especies de la fauna acutica, as como la captura y comercio de sus huevos.

    Los contactos entre la poblacin local y la tripulacin de las embarcaciones estar restringida nicamente a los contactos necesarios entre el patrn de la embarcacin y las autoridades de la comunidad o casero. Estar prohibida la compra-venta de alcohol, as como el trato con las mujeres que habitan en las diferentes comunidades o caseros.

    La basura slida que produzcan las embarcaciones, sea orgnica o inorgnica, no se botar al ro. Esta basura se guardar en las naves, se seleccionar y se depositar en Maldonadillo o en Las Malvinas para su tratamiento y posterior envo a Pucallpa para su disposicin final, y as no contaminar el medio ambiente acutico.

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    REGLAMENTO DE TRNSITO FLUVIAL PARA EL BAJO URUBAMBA

    Pluspetrol establecer un control permanente en Malvinas, donde se registrarn los tipos y cantidades de residuos producidos.

    Si ocurre algn accidente y se derrama combustible en el ro, Pluspetrol estar preparado para aplicar de inmediato un plan de contingencia en coordinacin con las comunidades ms cercanas. Este tipo de accidentes se registrar en un informe escrito.

    Los equipos necesarios para la contencin y manejo de posibles derrames y fugas estarn ubicados en Malvinas.

    6.5 MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA LAS POBLACIONES LOCALES

    Para lograr las mejores condiciones de seguridad en el trnsito de todas las embarcaciones que navegan en el Ro Bajo Urubamba, es necesario que la poblacin local colabore tomando las siguientes medidas de seguridad:

    Si tomaron alguna bebida alcohlica (masato fermentado, cerveza o caazo), se recomienda no transitar por el ro, ya que es muy peligroso que viajen en sus embarcaciones.

    El exceso de carga y pasajeros pone en riesgo la seguridad de los pasajeros durante los viajes que realicen en la zona.

    Las motochatas y los remolcadores producen olas y contra olas que podran voltear las canoas. Por eso cuando viajen en sus canoas se recomienda mantener una distancia de 10 a 15 metros de la orilla del ro Bajo Urubamba.

    6.6 ACCIONES A SEGUIR ANTE POSIBLES PROBLEMAS O ACCIDENTES

    Pluspetrol estar pendiente de cualquier problema o accidente que ocurra durante el recorrido de sus embarcaciones.

    Si sucede algn problema o accidente, la tripulacin y las comunidades debern comunicarse por radio con el campo base de Las Malvinas.

    Frecuencia : 8825.0 USB

    Horario : De 06:00 de la maana a 06:00 de la tarde.

    000015

  • DOC-30-02

    REGLAMENTO DE TRNSITO FLUVIAL PARA EL BAJO URUBAMBA

    Para tomar las acciones que permitan solucionar los problemas que puedan presentarse, debern informar:

    Nombre o nmero de la embarcacin que caus el problema,

    Fecha,

    Lugar,

    Descripcin del problema causado.

    Con estos datos se har una investigacin detallada del caso en el campo base, para luego comunicar al afectado la decisin tomada.

  • Anexo 6A-5

    Programa de Operaciones Areas

    000016

  • PRO-34-02

    PROGRAMA DE OPERACIONES AREAS

    PROGRAMA DE OPERACIONES AREAS

    1 INTRODUCCIN

    El transporte areo es necesario para el acceso a la zona del personal, material y equipos, con la finalidad de realizar las actividades del Proyecto Camisea (Lote 88). El Aerdromo de Malvinas se constituir como punto de enlace logstico desde Lima.

    2 OBJETIVOS

    Definir las pautas, procedimientos y requisitos para las operaciones areas con todo tipo de aeronaves, a fin de mantener los estndares de seguridad.

    3 ALCANCE

    Todas las operaciones con aeronaves en el marco del Proyecto Camisea.

    4 ABREVIATURAS Y DEFINICIONES

    AD: Aerdromo. rea definida de tierra o agua que incluye todas sus edificaciones, instalaciones y equipos destinada a la llegada, salida y movimiento de aeronaves, pasajeros o carga en su superficie.

    AD Privado. Aerdromo privado. Son aerdromos de uso exclusivo de sus propietarios o explotadores. Para operar en ellos se requiere de la autorizacin de su propietario o explotador.

    Aeronave: Mquina ms que pueda sustentarse en la atmsfera por reacciones del aire a travs de sus alas o hlices.

    Aeronaves combi: Aeronaves certificadas por el fabricante para transportar simultneamente carga y pasajeros.

    AIP: Aeronautical Information Publication (Publicacin de Informacin Aeronutica).

    Operacin Prolongada: es toda operacin que realiza toda mquina fuera de su Base Principal por ms de 7 das.

    000017

  • PRO-34-02

    PROGRAMA DE OPERACIONES AREAS

    APU: Auxiliary Power Unit (Unidad de Potencia Auxiliar).

    Base Principal: Lugar de origen de la empresa donde se encuentra la administracin, sus talleres y angares.

    Base Remota: Base establecida en el lugar de operacin y que se encuentra a una distancia considerable de la Base Principal (ms de 50 km)

    Carga interna: elementos que individualmente pesen ms de 10 kg y sean de una estructura tal (metlicos, herramientas, tubos de hierro) que pueda generar peligro para los pasajeros si se llega a desplazar.

    Chingura: Red que contiene la carga.

    Cockpit: Cabina de Comandos de la Aeronave.

    Comandante: Piloto al mando de una aeronave.

    DGAC: Direccin General de Aeronutica Civil.

    Dropzone: Zona de descarga area de material.

    FAR: Regulaciones Aeronuticas Federales.

    Ft: Feet (Pies)

    HELO: Helipuerto. Es un aerdromo o rea definida sobre una estructura destinada a ser utilizada, total o parcialmente, para la llegada, salida o movimiento de superficie de los helicpteros.

    IFR: Instrumental Flight Rules (Reglas de Vuelo por Instrumentos).

    Malacate: Cabrestante para elevar elementos pesados.

    Material clasificado: Explosivos, substancias corrosivas, equipos radioactivos, etc.

    Mnimos Operativos: Altitud Mnima sobre el Terreno (AGL), para vuelos sobre superficie terrestre.

    NDB: No Directional Beacon (Radio Faro No Direccional).

    NM: Millas Nuticas.

    OACI: Organizacin Aeronutica Civil Internacional.

  • PRO-34-02

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    Plataforma de Maniobras: rea determinada en la plataforma de parqueo de aeronave que se utiliza para el ingreso, parqueo y salida de aeronaves a la pista de aterrizajes

    RAP: Reglamento del Aire del Per.

    Terreno hostil: Es el rea en la cual, en caso de emergencia, no se puede asegurar un aterrizaje exitoso, los ocupantes o aeronave no pueden ser adecuadamente protegidos de los elementos o la bsqueda y rescate se hacen muy dificultosos de llevar a cabo.

    TO: Take Off (Despegue).

    TWR: Tower (Torre de Control).

    VFR: Visual Flight Rules (Reglas de Vuelo Visual).

    Vuelo de entrenamiento: es todo vuelo que realiza un piloto con ayuda de un Instructor de Vuelo a efectos de recuperar la habilidad perdida por haber excedido 30 das sin haber volado una mquina en cuestin o simplemente a efectos de mantener el nivel o habilidad para operar una mquina. El entrenamiento se realiza en vuelo o en simulador de vuelo.

    Vuelo de instruccin: es todo vuelo que realiza un piloto con un Instructor de Vuelo a efectos de lograr la habilitacin de poder volar dicha mquina. En estos tipos de vuelos, las nicas personas presentes en las aeronaves son los integrantes de la tripulacin y no se puede transportar pasajeros ni carga.

    5 DOCUMENTOS DE REFERENCIA

    Reglamento del Aire del Per (Parte 121, 129, 133 y 135)

    Regulaciones Aeronuticas Federales (Parte 121, 129 y 135). (USA).

    Cdigo Aeronutico del Per.

    Publicaciones Organizacin Aeronutica Civil Internacional.

    Manual de Servicios de Aeropuertos PARTE 2 Estado de Servicio de Aeropuertos.

    Manual de Servicios de Aeropuertos PARTE 6 Limitacin de Obstculos.

    Manual de Servicios de Aeropuertos PARTE 9 Mantenimiento de Aeropuertos.

    000018

  • PRO-34-02

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    Manual de Servicios de Aeropuertos PARTE 13 Peligro que representan las aves.

    Publicaciones de la Junta Investigadora de Accidentes de Aviacin Civil.

    PRO 23 - Cdigo de Conducta.

    PRO 30 - Manual de Salud para Contratistas.

    6 RESPONSABLES

    Supervisor de Operaciones Areas:

    Verifica que todos los operadores y usuarios de todos los aerdromos y helipuertos cumplan y ejecuten este procedimiento.

    Supervisor de Transporte:

    Controla las condiciones de seguridad para dar inicio a las actividades de carga y/o descarga, as como dar por finalizada la operacin de carga y/o descarga. Encargado de controlar y dirigir las operaciones de carga y descarga de las aeronaves

    Operador de Torre:

    Persona encargada de brindar informacin de vuelo a aeronaves en plataforma de maniobras, en rodaje, en despegue, en ascenso, en crucero, en descenso y aterrizaje.

    Cargo Master:

    Persona encargada de dirigir la maniobra de enganche.

    Operador de rampa:

    Persona que realiza tareas especficas en la plataforma de maniobras, ej: sealeros, operadores de extintores, estibadores, cargadores, choferes, etc.

    7 DESCRIPCIN

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    PROGRAMA DE OPERACIONES AREAS

    7.1 Generalidades

    Toda aeronave a contratarse por Pluspetrol Per Corporation S.A. (Pluspetrol) debe ser auditada en el lugar donde se encuentre la misma, previo a la firma del contrato o del inicio de actividades, ya sea para el transporte de pasajeros y/o carga. La auditora debe ser llevada a cabo por personal calificado en Consultora Aeronutica.

    Toda aeronave deber seguir las rutas de vuelo establecidas.

    Toda aeronave debe poseer un Manual General de Operaciones (MGO), que incluya como mnimo:

    Responsabilidades de los miembros de la tripulacin.

    Entrenamiento y calificacin de los miembros de la tripulacin.

    Responsabilidades en el prevuelo.

    Limitaciones meteorolgicas.

    Comunicaciones.

    Procedimientos de aproximacin y partida.

    Procedimientos de emergencia.

    Al momento de elegir el tipo de aeronave a emplear, se deber tener en cuenta la geografa local, las condiciones de clima y temperatura, el riesgo asociado en forma prioritaria y el medio ambiente.

    Es necesario contar en todas las reas de operaciones areas con los recursos necesarios para bsqueda y rescate como son: Patrulla de Rescate, Equipo de Primeros Auxilios, Equipo de Supervivencia y de ser factible lancha y helicptero con malacate.

    Para vuelos de acuerdo a las Reglas de Vuelo Visual, los mnimos se regirn por lo sealado en la Tabla 1. En caso de que estos mnimos, sean superiores a los establecidos por la autoridad aeronutica local, se utilizarn los establecidos por dicha autoridad.

    Tabla 1. Mnimos Meteorolgicos para Operaciones VFR

    000019

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    Tipo de Vuelo

    Altitud mnima de

    operacin (ft) (1)

    Base de las nubes (ft)

    Visibilidad

    (NM)

    Requisitos mnimos (2)

    500 600 3 ------- Off-shore

    Diurno 300 400 2 Bimotor certificado IFR tripulacin dual.

    Sobre tierra

    Diurno 500 600 3 -------

    Off-shore

    Nocturno

    Las operaciones off-shore nocturnas se realizarn de acuerdo a las reglas de vuelos instrumental (IFR).

    Bimotor certificado IFR - tripulacin dual. (3)

    Sobre tierra

    Nocturno 900 1000 3

    Bimotor certificado IFR - tripulacin dual. (3)

    (1) Para vuelos off-shore las altitudes son referidas a Mnima Sobre el Nivel del Mar.

    (2) Los vuelos VFR (visuales) no deben partir o continuar si las condiciones meteorolgicas del aerdromo de partida, ruta o aerdromo de destino, estn por debajo de las mnimas requeridas para este tipo de vuelo.

    (3) Para este tipo de vuelo, los mismos se deben realizar siguiendo los procedimientos para vuelos instrumentales (IFR) desde el despegue hasta el aterrizaje.

    7.1.1 Acceso de Vehculos a la Plataforma de Maniobras

    El ingreso de vehculos a la plataforma ser autorizado nicamente por el Operador de Torre del aerdromo y el ingreso lo deber hacer con las luces bajas y balizas encendidas. El vehculo que ingrese al aerdromo deber poseer una radio VHF a efectos de mantener contacto radial permanente con la TWR. Si se tratara de un vehculo que se opera con protectores auditivos, el operador del VHF mantendr escucha por medio de audfonos.

    Los nicos vehculos autorizados a ingresar a la Plataforma de Maniobras son Montacargas, Vehculo Contra Incendios, vehculos para transporte de equipajes, pasajeros, carga o para una funcin especfica que as lo requiera. Quedando prohibido

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    el ingreso a Plataforma de Maniobras, Calles de Rodaje y Pista de Aterrizaje de todo vehculo que no se encuentre desempeando una funcin especfica acorde al lugar.

    Para ingresar a la plataforma, los vehculos debern portar una banderola montada sobre una varilla de por lo menos 3 m. sobre el nivel del terreno a fin de que sea fcilmente individualizada desde el cockpit de la aeronave. Se dispondr de conos de seguridad para establecer las vas de circulacin en la plataforma de maniobras.

    Est prohibido el ingreso de vehculos a la plataforma cuando alguna aeronave tenga alguno o la totalidad de sus motores en funcionamiento.

    7.1.2 Acceso de Personas a la Plataforma de Maniobras

    El acceso de personas a la plataforma ser autorizado por el Operador de Torre exclusivamente. Ninguna persona ajena a la operacin de rampa puede ingresar o salir de la plataforma si no est acompaado por personal de la plataforma.

    Las nicas personas autorizadas a permanecer en plataforma cuando una o ms aeronaves estn con sus motores o APU en marcha son, los sealeros y operadores de extintores de fuego, mientras se encuentren desempeando su funcin. Si durante una operacin de carga y/o descarga, alguna aeronave en la plataforma encendiera y/o estuviera con sus motores o APU en marcha, el personal afectado a dicha operacin, interrumpir sus labores y se ubicarn a un costado de la plataforma, fuera del flujo de los motores y con protectores auditivos colocados.

    Dentro de la plataforma de maniobras de aeronaves, no se debe usar casco de seguridad.

    Durante la operacin de carga y/o descarga, no se debe usar protectores auditivos.

    Mientras se encuentre trabajando personal en la Plataforma de Maniobras, por lo menos una persona (supervisor de transporte) deber poseer un handy VHF en la frecuencia de torre del aerdromo.

    7.1.3 Operacin de carga y/o descarga de aeronaves en Plataforma de Maniobras

    Est prohibido fumar en la plataforma de maniobras.

    Los operarios de rampa debern recibir una capacitacin sobre precauciones a tomar en caso de una evacuacin de emergencia, para cada tipo de aeronave, en caso de producirse un siniestro en la plataforma.

    000020

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    Los operarios encargados de las operaciones de carga y/o descarga ingresarn a la plataforma de maniobras, una vez que la aeronave haya detenido totalmente sus motores (hlices sin girar), se haya apagado el APU (si lo tuviere) y se hayan colocado las calzas y conos de seguridad.

    El supervisor de transporte dar la orden para que comience la operacin de carga y/o descarga de las aeronaves.

    Slo los miembros de la tripulacin deben operar las puertas de acceso de la aeronave. Est prohibido que los operarios accionen dispositivos de la aeronave (puerta de acceso, ventanilla de emergencia, rampa), salvo en casos de emergencia y de no contar con personal especializado o miembro de la tripulacin. Esta orden la debera dar el Supervisor de Transporte.

    El supervisor de transporte deber permanecer en el rea de trabajo a una distancia tal que le permita efectuar una observacin general del rea de trabajo. El supervisor de transporte no puede realizar tareas de carga y/o descarga.

    Durante las operaciones de carga y/o descarga, deber permanecer por lo menos un miembro de la tripulacin presente en todo momento. Durante estas operaciones, la aeronave deber permanecer con todas sus puertas de acceso abiertas. Est prohibida la circulacin de operarios afectados a las actividades de carga y/o descarga, fuera de las reas determinadas por los conos de seguridad. Queda prohibida en el rea de carga y/o descarga la presencia de personas que no estn afectadas a dicha operacin. No se debern usar protectores auditivos durante las operaciones de carga y/o descarga de aeronaves.

    Durante las operaciones de carga y/o descarga, deber permanecer cerca de la aeronave un operario con extintor.

    El supervisor de transporte y/o cualquier otra persona puede interrumpir las operaciones si observan que las condiciones de seguridad han disminuido o no son las ptimas para realizar las tareas o si se produce un hecho que pueda generar un peligro para las personas, aeronaves, carga o instalaciones como el arribo de otra aeronave.

    El supervisor de transporte es el responsable de dar por finalizada la operacin de carga y/o descarga, una vez que compruebe que no queda ningn operario ni elementos utilizados para las tareas en la aeronave o cerca de esta.

    7.1.4 Sobrevuelo de Instalaciones y Flowline

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    La circulacin visual en el aerdromo de Las Malvinas, se deber hacer exclusivamente siguiendo el patrn de espera y circulacin correspondiente al aerdromo.

    Los sobrevuelos se deben realizar exclusivamente en condiciones meteorolgicas visuales.

    No se debe volar a altitudes de seguridad menores a las establecidas por la autoridad aeronutica local, a menos que dispongan de autorizacin especial emitida por dicha institucin. Por lo que est prohibido el sobrevuelo del flowline, instalaciones de la planta y campamento de Malvinas a menos de 1000 ft de altura.

    Est prohibido sobrevolar el campamento Malvinas, la planta, los polvorines, centros poblados o caseros con carga externa.

    Est prohibido el transporte de personas que no estn involucradas directamente con esta operacin.

    7.2 Operaciones con Helicpteros

    Queda restringido el uso de helicpteros con motor a pistn, monomotores o sin copiloto.

    Para el transporte de pasajeros en ambiente hostil se deben utilizar helicpteros multimotores y no se deben realizar vuelos sobre tope o en condiciones instrumentales con pasajeros a bordo.

    Los helicpteros que seran utilizados para el transporte del personal, equipos, material helitransportable sern del tipo Chinook CH-47, MI-17 y Bell 212. Algunas de las especificaciones de las mencionadas aeronaves se muestran a continuacin en la Tabla 2.

    Tabla 2 Especificaciones de helicpteros

    CARACTERSTICAS DE AERONAVES

    Chinook ch-47 MI-17 Bell 212

    Nmero de pasajeros 37 ms 2 pilotos y un ingeniero de vuelo

    24 ms 2 pilotos y un ingeniero de vuelo

    14 ms uno 2 pilotos

    Longitud 30.1 m con rotores en movimiento 11.9 m entre los centros de los rotores

    25.4 m con rotor en movimiento

    17.4 m con rotor en movimiento

    Ancho 3.6 m

    2.5 m 2.5 m

    000021

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    CARACTERSTICAS DE AERONAVES

    Chinook ch-47 MI-17 Bell 212

    Altura 5.7 m al tope del rotor posterior

    5.7 m 4 m

    Peso bruto 24,493 kg

    13,000 kg 5,080 kg

    Carga 9,072 kg de carga en cada gancho anterior y posterior 11,340 kg de carga en tandem 12,700 kg de carga central

    4,000 kg (interna) 3,000 kg (externa)

    1,814 kg

    Combustible 7,828 litros de JP-1 1,445 litros de JP-1 con tanques externos

    1,514 litros de JP-1 con tanques externos

    Velocidad crucero 259 km/h 240 km/h 240 km/h Usos Para transporte de

    carga pesada Para transporte de personal y carga pesada de Malvinas a Pagoreni

    Para transporte de personal y carga liviana

    Otros Equipado con instrumentos de navegacin area, radar, piloto automtico e instrumentos de control meteorolgico

    Equipado con instrumentos de navegacin area, radar Doppler, piloto automtico e instrumentos de control meteorolgico

    Equipado con instrumentos de comunicacin y navegacin area

    Un factor importante a ser evaluado es el nivel de ruido que genera cada una de las aeronaves mencionadas en diferentes momentos o actividades. Se ha tomado como referencia informacin proporcionada por el Comit de Aviacin Interestatal de la Federacin Rusa, respecto al nivel de ruido emitido por la aeronave MI-17 que cumple con los estndares de las Normas OACI (Organizacin Internacional de Aviacin Civil) y con los estndares de las Normas AP Parte 36 especificadas para el diseo de los helicpteros. Los valores de ruido en unidades de decibeles (dB) se indican a continuacin en la Tabla 3:

    Tabla 3 Niveles de ruido operacionales (referencia helicptero MI-17)

    HELICPTERO MI-17 MOTOR TV3-117VM dB (decibeles)

    MOTOR TV3-117MT dB (decibeles)

    Al Despegue 94.7 +/- 0.8 95.8 +/- 0.8 Durante el Vuelo 94.7 +/- 0.6 95.8 +/- 0.6 Al Aterrizaje 96.9 +/- 1.4 98.0 +/- 1.4

    Nota: Para los valores de ruido indicados se considera que la aeronave se encuentra con un peso mximo de decolaje de 13,000 kg

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    NIVEL DE RUIDO EXTERIOR A 33 M DE DISTANCIA

    dB (decibeles) DESPEGUE ATERRIZAJE L mnimo 74.5 66.6 L eq 90.7 88.8 L mximo 100 98.3

    (*)Fuerza Area del Per

    7.2.1 Transporte de Pasajeros

    Queda prohibido fumar a bordo de las aeronaves, el uso de handies, telfonos satelitales o celulares.

    No se puede transportar pasajeros con carga interna, en caso de que se transporte la eslinga como carga interna con pasajeros, sta debe estar correctamente amarrada y cubierta con una red normalizada.

    Los pasajeros esperarn el arribo de la mquina en una zona asignada para tal fin a no menos de 50 m del punto de aterrizaje. El mbito de espera de pasajeros no debe estar nunca en la lnea de aproximacin o alejamiento de las aeronaves. Los pasajeros seguirn estrictamente las indicaciones de la tripulacin. Ninguna persona puede ascender o descender del helicptero sin la presencia de un operador de rampa. Ninguna persona puede permanecer a bordo mientras se est recargando combustible.

    Los objetos personales que se transporten con los pasajeros debern colocarse en el centro del pasillo y ser protegidos por una red de contencin. Estos objetos sern estibados en la aeronave con una altura mxima de 80 cm.

    No se podr transportar en la cabina de pasajeros, aquellos objetos que puedan ser peligrosos por su naturaleza, por ms que sean considerados como personales.

    Los pasajeros debern ser provistos de protectores auditivos, debern ser transportados sentados en sus respectivos asientos y con el cinturn de seguridad ajustado y la Puerta de Acceso de la Aeronave cerrada. Las ventanillas de emergencia, en caso de ser necesario, pueden ir abiertas.

    Ningn pasajero puede viajar en la cabina de comandos.

    Slo el Comandante de la Aeronave autoriza el ascenso y descenso de los pasajeros.

    a) Informacin a Pasajeros

    La informacin de seguridad para los pasajeros deber incluir, pero no estar limitada a:

    000022

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    Descripcin general de la aeronave.

    Procedimientos para acceso y abandono de la aeronave.

    Los pasajeros debern ser provistos de protectores auditivos y ser instruidos acerca de su uso apropiado.

    No deben ser provistos de protectores auditivos para uso acutico en aeronaves no presurizadas, ya que el cambio de presin puede ocasionar daos al usuario.

    Cuando se sobrevuelan reas de grandes ros, lagos o mar, se debe indicar a los pasajeros sobre los procedimientos para abandono de la aeronave en el agua.

    7.2.2 Transporte de Carga

    a) Carga interna

    En el caso de los MI 17 o similares, est prohibido cargar la mquina abriendo el portaln trasero, si est con su/s motor/es en marcha o los rotores girando. Con los motores en marcha, slo se puede cargar por la puerta de acceso de pasajeros.

    Ninguna persona ajena a la tripulacin puede accionar elementos o equipos de las aeronaves (puertas, escaleras, ventanas, portalones de carga, etc.).

    Los operarios no deben usar casco protector.

    En toda operacin de carga y/o descarga, deber permanecer el supervisor en la zona de trabajo. No se ingresar ninguna carga a la mquina sin pesarla previamente. La carga interna debe permanecer protegida por una red durante todo el vuelo. No puede transportarse ninguna persona, a excepcin de tripulantes auxiliares, con carga interna.

    b) Carga externa

    Est prohibido el transporte de personas con carga externa o eslinga sin carga.

    No se har uso de eslinga corta (menos de 20 metros), salvo casos excepcionales y previamente acordados.

    El personal de superficie para apoyo de enganche / desenganche debe permanecer lateral a la lnea de vuelo de la mquina mientras se aproxima a descargar o sale con carga. A la tripulacin se le debe informar el tipo de carga que se enganchar y su peso. No se enganchar ninguna carga que no haya sido pesada previamente. Los enganchadores prevern el posible desplazamiento de la carga en la aproximacin y/o

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    despegue a efectos de posicionarse en lugares seguros. Los enganchadores debern usar casco protector. La vestimenta de los mismos deber ser de color que contraste con el medio y la carga.

    Ninguna persona puede realizar tareas de apoyo a la carga sin haber recibido un curso terico prctico de como desempear dicha tarea. Una vez por mes, se evaluar terica y prcticamente al personal que efecta tareas de carga / descarga.

    El cargo master deber poseer una radio VHF para comunicacin con la tripulacin del helicptero. Antes de enganchar, el cargo master es el responsable de controlar el estado de la chingura. Se deber verificar que la carga sea enganchada correctamente.

    7.3 Operaciones con aviones

    Los aviones debern ajustarse a los mnimos requeridos por la autoridad aeronutica competente local para dar cumplimiento a las exigencias reglamentarias que rigen los vuelos visuales (VFR) y los vuelos instrumentales (IFR).

    7.3.1 Transporte de Pasajeros

    a) Manifiesto de Pasajeros

    Ninguna aeronave despegar con pasajeros a bordo si no complet el formulario de manifiesto de pasajeros. Una copia del manifiesto debe ser dejada en la Torre de Control antes del vuelo. El despachante, o por ausencia de este, los pilotos sern los responsables de cotejar que el manifiesto de pasajeros est de acuerdo con las personas que embarcan.

    La informacin mnima a registrarse en el manifiesto de pasajeros ser la siguiente:

    Registro de la aeronave.

    Nombre y apellido de los tripulantes.

    Nombre y apellido de los pasajeros a bordo.

    Descripcin del compartimento de carga.

    Peso de despegue de la aeronave.

    Hora estimada de despegue.

    Destino.

    000023

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    Hora estimada de arribo.

    b) Informacin a Pasajeros

    Todos los pasajeros deben ser informados a cerca de los procedimientos de emergencias y de cualquier otra norma de seguridad antes de cada vuelo, en el idioma local y en Ingls (si es necesario).

    En muchos pases, el espaol no es idioma comprendido por todos los empleados, por lo que se deber proceder de la siguiente manera:

    Es necesario proveer un traductor para las instrucciones verbales (puede ser un pasajero bilinge) o preparar un vdeo en el lenguaje apropiado.

    Deben ser usadas a bordo tarjetas multilinges o grficas para informaciones adicionales a los pasajeros.

    En el Per, las instrucciones en las aeronaves debern efectuarse en espaol e ingls.

    La informacin de seguridad para los pasajeros deber incluir, pero no estar limitada a:

    Descripcin general de la aeronave.

    Procedimientos para acceso y abandono de la aeronave.

    Los pasajeros debern ser provistos de protectores auditivos y ser instruidos acerca de su uso apropiado.

    No deben ser provistos de protectores auditivos para uso acutico en aeronaves no presurizadas, ya que el cambio de presin puede ocasionar daos al usuario.

    Cuando se sobrevuelan reas de grandes ros, lagos o mar, se debe indicar a los pasajeros sobre los procedimientos para abandono de la aeronave en el agua.

    Se recomienda al personal de Pluspetrol no volar en aeronaves monomotores o con un solo tripulante, en terreno hostil, salvo situaciones de suma necesidad.

    Los pasajeros ingresarn o abandonarn la plataforma de maniobras guiados por una persona asignada para tal fin. La aeronave debe tener sus motores detenidos. El APU puede estar encendido mientras ingresan los pasajeros, si a criterio del comandante es necesario.

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    Los pasajeros acatarn estrictamente las instrucciones de la tripulacin, pudiendo ser obligados a abandonar la aeronave por el comandante de la misma si no dan cumplimiento a las instrucciones.

    Las personas que evidencien estar bajo los efectos de drogas o alcohol, no sern autorizadas a subir a bordo.

    Una vez ingresado a la aeronave, debern permanecer sentados y sin cinturn de seguridad, el que ser colocado y ajustado una vez que se hayan cerrado las puertas de acceso de la aeronave, previo a la puesta en marcha. Es obligatorio el uso del cinturn de seguridad toda vez que tenga encendido el cartel que as lo indica. En vuelo, est prohibido quitarse el cinturn de seguridad, por ms que se haya apagado el cartel indicador, mientras permanezca sentado. nte cualquier duda sobre el uso de equipos electrnicos a bordo, se debe consultar a la tripulacin.

    En los aerdromos propiedad o administrados por Pluspetrol, est prohibida la recarga de combustible con pasajeros a bordo. Estos debern mantenerse por lo menos a 50m de distancia.

    El equipaje de mano no debe exceder los 5 kg de peso. Est prohibido transportar en el equipaje de mano elementos que por su naturaleza puedan ser considerados peligrosos para los pasajeros, tripulantes o aeronave, tal como botellas de vidrio, sustancias inflamables, etc.

    Durante el vuelo, el uso de GPS por parte de un pasajero, est condicionado a la autorizacin del comandante de la aeronave. En aeronaves sin puerta entre la cabina de comandos y la de pasajeros, est prohibido sacar fotografas con flash.

    En toda aeronave charteada por Pluspetrol y que tenga una capacidad superior a los veintitrs (23) pasajeros, se entregarn ubicaciones numeradas.

    Los asientos ubicados en las salidas de emergencia, sern ocupados, de ser posible, por personal aeronutico que se encuentre a bordo. En caso de no contar con personal aeronutico a bordo, se ocuparn los asientos de acuerdo a criterio de la tripulacin auxiliar. En caso de que el avin no est completo, durante el despegue y aterrizaje, los asientos de las salidas de emergencia no se usarn.

    c) rea de espera para pasajeros

    Debe disponerse de reas especiales especficas, asignadas para los pasajeros que esperan vuelos. Estas reas servirn adems de sala de espera y proyeccin de videos, como rea de check-in y pesaje de pasajeros y carga.

    000024

  • PRO-34-02

    PROGRAMA DE OPERACIONES AREAS

    Material grfico y escrito debe ser mostrado en estas reas, haciendo referencia a seguridad area y procedimientos locales de la empresa.

    d) Operaciones prolongadas

    Para operaciones prolongadas fuera de la base principal, se recomienda un vdeo con las instrucciones a pasajeros para ser exhibido antes de cada vuelo.

    7.3.2 Transporte de Carga

    Est prohibido el transporte de pasajeros en aeronaves destinadas al transporte de carga, estn o no transportando carga, salvo que se tratase de una emergencia y no hubiese otro tipo de aeronave disponible.

    Toda aeronave que haya transportado material radioactivo, debe ser controlada con un detector, antes de transportar pasajeros.

    El transporte de sustancias o material peligrosos estar regido por normas emitidas por la autoridad local (DGAC).

    7.3.3 Transporte de Pasajeros y Carga

    Se puede transportar simultneamente pasajeros y carga exclusivamente en aeronaves combi (mixta: carguera y pasajeros). En el transporte combi (pasajeros y carga), est prohibido el transporte de material clasificado (ej: explosivos, substancias corrosivas, equipos radioactivos, etc.).

    La carga debe estar estibada en la aeronave en el sector entre los pasajeros y la cabina de pilotaje. No se deben obstruir las salidas de emergencia con la carga.

    Cuando se utilice Antonov AN 26 B 100, se podr transportar un mximo de 17 pasajeros. Si no se cuenta con tripulante auxiliar, el personal tcnico de cabina deber instruir a los pasajeros sobre los procedimientos de emergencia.

    Este tipo de aeronaves debe tener una habilitacin como tal emitida por la autoridad competente.

    7.4 Contratacin de Charters areos

    7.4.1 Evaluacin y aprobacin de contratistas

    Solo podrn utilizarse operadores areos que hayan sido aprobados por Pluspetrol.

  • PRO-34-02

    PROGRAMA DE OPERACIONES AREAS

    La experiencia de las compaas de charters areos a ser consideradas deben ser cuidadosamente revisadas para determinar el potencial para cumplir satisfactoriamente los requisitos contractuales de Pluspetrol.

    7.4.2 Inspecciones Peridicas

    a) Inspecciones de contratistas externos

    Todos los contratistas estarn sujetos a inspecciones de seguridad peridicas al azar de sus conductas operativas por un inspector calificado de Pluspetrol.

    Todas las operaciones areas continuas debern ser monitoreadas semanalmente y auditadas anualmente. Las operaciones areas con un alto nivel de actividad requieren inspecciones peridicas ms frecuentes. Para aquellas operaciones con tripulantes a tiempo completo, se recomienda llevar a cabo inspecciones anuales con un consultor aeronutico externo.

    b) Inspecciones de contratistas internos

    Algunos contratistas tienen establecidas bases remotas de operaciones aeronuticas lejos de la base principal para soporte de operaciones de larga duracin. En estas situaciones, el contratista debe realizar inspecciones mensuales a dichas bases. Como mnimo, estas visitas de inspeccin deben cubrir aspectos tcnicos, operacionales y de seguridad de la base remota.

    Es obligacin del contratista poseer Manuales Aprobados de Operaciones, Mantenimiento, Control de Calidad, Entrenamiento y Seguridad segn lo establecido en las RAP.

    7.4.3 Acceso a los Contratistas

    Los contratistas tienen que poseer personal apropiado y registros suficientes para llevar a cabo estas inspecciones. El incumplimiento u omisin a cualquiera de estos requerimientos por parte del contratista, sern razn suficiente para suspender las operaciones inmediatamente por parte de Pluspetrol.

    El personal de la tripulacin que ingrese al campo lo deber hacer bajo las condiciones establecidas por Pluspetrol, en lo referente a vestimenta, vacunas, elementos de proteccin personal y toda otra disposicin que la empresa considere pertinente, de acuerdo a lo establecido en el DOC 23 Cdigo de Conducta (enmarcado en el Captulo I.1 Polticas de Pluspetrol) y en el DOC 30 Manual de Salud para Contratistas (enmarcado en el Plan de Salud y Seguridad).

    7.5 Requerimientos a Contratistas

    000025

  • PRO-34-02

    PROGRAMA DE OPERACIONES AREAS

    7.5.1 Drogas y alcohol

    Independientemente de las regulaciones aeronuticas locales, ningn miembro de la tripulacin (tripulacin tcnica y auxiliar) que acte como tal podr estar afectado o bajo la influencia de alcohol, ni podr consumirlo dentro de las ocho horas anteriores a la operacin, tampoco podr usar drogas que afecten sus facultades fsicas o mentales que puedan poner en riesgo la operacin.

    Pluspetrol est facultado para realizar controles al personal aeronutico afectado toda vez que lo considere necesario. En caso de dar positivo, se tomarn las medidas disciplinarias correspondientes.

    7.5.2 Tiempo de contratacin

    Para aeronaves contratadas por largo tiempo (ms de 7 das), se respetarn todas las normas establecidas en este documento. Para el caso de charters por corto tiempo (menos de 7 das), un profesional aeronutico calificado de Pluspetrol debe determinar cuales requerimientos debern cumplir, en concordancia con la duracin de la operacin o vuelo y factores de seguridad.

    7.5.3 Eleccin de aeronaves para terrenos no hostiles

    En un ambiente no hostil, se puede operar una aeronave mono motor o bimotor que no pueda mantener su nivel de vuelo con un motor inoperativo, sujeto a una satisfactoria revisin por consultor aeronutico calificado, y cumplir los siguientes puntos:

    Se puede efectuar un aterrizaje satisfactoriamente con un motor inoperativo, con una razonable expectativa de no ocasionar dao a los pasajeros ni a terceros en tierra.

    Los ocupantes de la aeronave pueden ser protegidos adecuadamente de los elementos como lluvia, nieve, granizo, fuego, etc.

    Se puede prever la bsqueda y rescate de las vctimas antes de ser expuestos a situaciones lmites, por ejemplo: en una playa, muy cerca al campamento, en reas descampadas, etc., es decir toda rea que sea de rpido y fcil acceso.

    7.5.4 Criterio para aprobacin de aeronaves

    Las aeronaves debern cumplir como mnimo los siguientes requisitos para ser aceptadas:

  • PRO-34-02

    PROGRAMA DE OPERACIONES AREAS

    Las aeronaves debern poseer certificado de aeronavegabilidad aprobado para la funcin especfica que van a desarrollar.

    Las aeronaves debern ser operadas y mantenidas de acuerdo a los requerimientos de performance y mantenimiento del Manual de Vuelo, Manual de Mantenimiento y Manual de Operacin aprobado del Fabricante y de acuerdo a los estndares requeridos por la autoridad aeronutica local (DGAC), que es quien emite los certificados correspondientes.

    Las aeronaves contratadas, sus registros, soporte operacional y programas de mantenimiento estarn sujetos a inspeccin y aprobacin por parte de Pluspetrol o un representante designado por esta, toda vez que se considere necesario.

    Si por faltas a algunas de las disposiciones establecidas en este documento, Pluspetrol debe realizar una nueva inspeccin o auditora, los gastos que esto origine sern absorbidos por la compaa que la origine.

    7.5.5 Tripulaciones mnimas

    Se requerir piloto y copiloto en aeronaves que estn operando bajo las siguientes condiciones:

    Cuando se vuela en zona hostil (selva, montaa, etc.), durante una considerable parte del vuelo.

    Cuando la totalidad o parte del vuelo se realice en condiciones instrumentales (no visuales).

    Cuando se vuele sobre grandes extensiones de agua.

    Cuando la totalidad o parte del vuelo sea nocturno.

    Se podr volar con un solo piloto al mando si se dan las siguientes condiciones (aunque no es recomendable):

    Cuando las regulaciones de la autoridad competente lo permitan.

    El terreno sobre el cual se va volar sea considerado no hostil.

    Cuando la ruta de vuelo sea sobre terreno favorable y distancias cortas.

    La operacin sea diurna y visual y la aeronave aterrice 30 minutos antes de la puesta del sol.

    000026

  • PRO-34-02

    PROGRAMA DE OPERACIONES AREAS

    Se disponga de aceptables servicios de bsqueda y rescate.

    Se mantenga un continuo seguimiento del vuelo.

    7.5.6 Equipo mnimo de seguridad

    Las aeronaves contratadas debern poseer, de acuerdo a lo establecido en la RAP, como mnimo el siguiente equipamiento:

    Localizador satelital de emergencia.

    Equipo de supervivencia en acuerdo a la zona de operaciones.

    Equipo de seales.

    Botiqun de primeros auxilios.

    VHF porttil con frecuencias aeronuticas.

    7.6 Base Area

    7.6.1 Calificacin y entrenamiento del personal

    a) Para todo el personal

    Todos los tripulantes, mecnicos, ingenieros, operadores de rampa deben tener las habilitaciones y licencias respectivas a los efectos de dar cumplimiento a los requisitos de Pluspetrol y de la aseguradora de la compaa o el contratista.

    b) Experiencia de tripulantes

    Los pilotos al mando de los distintos tipos de aeronaves, deben tener una cantidad mnima de horas de vuelo y licencia:

    Para aviones o helicpteros monomotores, se requiere mnimo Licencia de Piloto Comercial con Habilitacin de Vuelo por Instrumentos y un mnimo de 1.000 horas voladas como piloto al mando (PIC).

    Para aviones y helicpteros multimotores con Peso Mximo de Despegue (MTOW) inferior a 5.700 Kg, se requiere, Licencia de Piloto de Lnea Area, un mnimo de 3.000

  • PRO-34-02

    PROGRAMA DE OPERACIONES AREAS

    horas de vuelo, de las cuales por lo menos 1.550 deben ser como piloto al mando (PIC).

    Para aviones y helicpteros multimotores con peso mximo de despegue superior a 5.700 Kg, se requiere, Licencia de Piloto de Transporte de Lnea Area, un mnimo de 4.000 horas de vuelo de las cuales por lo menos 1.000 horas deben corresponder a aeronaves con MTOW superior a 5.700 Kg y 1.500 horas de vuelo mnimas como piloto de aeronaves multimotores.

    Para todos los casos se requiere un mnimo de 100 horas de vuelo en el tipo de aeronave que se trate.

    Todos los tripulantes deben recibir entrenamiento de actualizacin y estandarizacin de acuerdo a las exigencias aeronuticas apropiadas de acuerdo a lo establecido en las RAP 121, 129 y 133 y 135.

    Se podrn efectuar vuelos de inspeccin y entrenamiento, pero no de instruccin, en los vuelos contratados por Pluspetrol.

    c) Experiencia de personal tcnico

    Los ingenieros, mecnicos, cargomaster y despachantes deben cumplir con los siguientes requisitos como mnimo, adems de poseer las habilitaciones y licencias exigidas por la autoridad aeronutica:

    Los Ingenieros Jefes debern poseer una experiencia mnima de 1 ao como supervisor y dos aos en operaciones en el campo.

    Los ingenieros de vuelo debern poseer un mnimo de 1 ao en aeronaves y uno en el campo.

    Los cargomaster y despachantes deben poseer una experiencia mnima de 6 meses en dichas tareas.

    7.6.2 Calificacin de los equipos (Aeronaves)

    Para vuelos instrumentales debern cumplir como mnimo las exigencias de la autoridad area competente que en ningn caso podrn ser inferiores a las establecidas por el contratista o por Pluspetrol.

    000027

  • PROGRAM

    A D

    E O

    PERACIO

    NES AREAS

  • Anexo 6B

    Anexo al Plan de Control de Erosin y Revegetacin

    000028

  • Anexo 6B-1

    PRO 15-02 Depsitos de Material Excedente de Obra

    (Botaderos)

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  • PRO 15-02 PGINA 1 DE 5

    BOTADEROS DE MATERIAL EXCEDENTE DE OBRA 1 OBJETIVO

    Construir en lugares estables y ambientalmente aceptables para acondicionar los materiales excedentes provenientes de las diversas actividades de desbosque y/o movimiento de tierra que suponen en las Operaciones Constructivas de PLUSPETROL. 2 ALCANCE

    El documento es aplicable al acondicionamiento de los sitios en los que se acumular / dispondr el material excedente de obra a generarse como resultado de las actividades de desbosque y/o movimiento de tierra durante las Operaciones Constructivas de PLUSPETROL. 3 ABREVIATURAS / DEFINICIONES

    EHS: Medio Ambiente, Salud y Seguridad Industrial Botadero de material excedente de obra (en adelante, Botadero): lugar donde se acumulan restos de vegetacin, material de excavacin (arcillas- limos) y top soil. DAP: dimetro a la altura del pecho. Cords: trozos de madera que pueden ser levantados por una persona. Top soil: material superficial orgnico del suelo. 4 DOCUMENTOS DE REFERENCIA

    Procedimiento PRO-11, Monitoreo Arqueolgico. Procedimiento PRO-16, Actividades de Desbosque 5 RESPONSABLES

    Supervisin de Construcciones Contratista: es quien presenta a Pluspetrol para su aprobacin, las propuestas tcnicas de ubicacin y operacin de un botadero (que incluye la estimacin de los volmenes a depositar y el rea a intervenir). Oficina Tcnica de Construcciones Pluspetrol: evala las propuestas tcnicas de ubicacin y operacin de botaderos realizada por el contratista y da su aprobacin. Supervisin EHS- Pluspetrol: revisa y brinda su opinin tcnica de las medidas de mitigacin presentadas. 6 DESCRIPCIN

    6.1 INTRODUCCIN: RESUMEN DE TAREAS

    Dado que este procedimiento involucra una amplia gama de actividades, se acompaa un esquema, conteniendo el resumen de sus principales etapas y recaudos a tener en cuenta en cada una de ellas, temas que sern desarrollados con mayor profundidad en los siguientes puntos de este documento.

    000030

  • PRO 15-02 PGINA 2 DE 5

    BOTADEROS DE MATERIAL EXCEDENTE DE OBRA

    6.2 SELECCIN/ APROBACIN DEL BOTADERO

    Los lugares propuestos como Botaderos, (volmenes a depositar, reas a intervenir, procesos constructivos y medidas de control de erosin propuestos por la contratista) sern revisados y aprobados por las oficinas de Construcciones y EHS. Los Botaderos deben ubicarse sobre suelos pobres, en lo posible, con poca o escasa cobertura vegetal, de ser posible sin uso aparente, evitando zonas inestables o reas de alta importancia ambiental (por ejemplo, colpas).

    a) La Supervisin de EHS- Pluspetrol recorrer el rea de trabajo e informar, de ser necesario, las pautas a ser consideradas para la actividad de desbosque. Para ello, tendr en cuenta las caractersticas del rea observada, como por ejemplo:

    Presencia de restos arqueolgicos, Identificacin de especies arbreas de valor comercial,

    1. Seleccin/aprobacin del sitio

    2. Desbosque del rea designada

    3. Conformacin del botadero

    Instalar barreras de proteccin en las mrgenes del rea con el topsoil y materiales residuales del desbroce y desbosque.

    Disponer en la parte central del botadero la arcilla y el limo y compactar cada vez, mediante varias pasadas de tractor de orugas.

    Los materiales de corte procedentes de la apertura de caminos de acceso al botadero, deben disponerse por separado en las mrgenes del camino. Instalar barreras para el control de sedimentos.

    4. Conformacin del talud Los taludes de ms de dos metros debern ser alisados o redondeados o aterrazados (segn corresponda).

    5. Control de la erosin Cubrir la superficie del talud con topsoil y el material residual del desbroce o desbosque (como medidas de control de drenaje superficial).

    Realizar un sistema de drenaje de coronacin.

    Sembrar con especies de la zona.

  • PRO 15-02 PGINA 3 DE 5

    BOTADEROS DE MATERIAL EXCEDENTE DE OBRA

    Confirmacin del tipo de bosque alcanzado, Identificacin de cuerpos de agua a proteger.

    b) El Contratista deber completar y entregar la Notificacin de Inicio de Trabajo a la Supervisin de Obra Pluspetrol, y a la Supervisin de EHS- Pluspetrol. En la Notificacin de Inicio de Trabajo, la Supervisin de Obra y de EHS de Pluspetrol se consignarn las observaciones realizadas con motivo del tem anterior.

    Los recipientes de combustible y aceites lubricantes que se trasladen a la zona de trabajo deben estar etiquetados y se colocarn sobre un recipiente impermeable (cubetos de geomembrana), a fin de evitar la contaminacin de suelos y cuerpos de agua ante un eventual derrame. Asimismo, se deber contar con un techo y material absorbente a mano, para el caso en el que se origine una fuga o derrame. Adems, no se permiten labores de mantenimiento en el rea del botadero, lavado maquinarias y/o vehculos livianos en los cauces y/o quebradas naturales dentro del rea de operacin de la Construccin, dado que esta actividad provoca alteraciones y contaminaciones no deseadas.

    6.3 DESBOSQUE DEL REA DESIGNADA PARA LA CONSTRUCCIN DEL BOTADERO

    Respetar sus pasos y acumular el material extrado/ obtenido siguiendo este procedimiento.

    6.4 CONFORMACION DEL BOTADERO

    El top soil de destape del botadero se acordonar junto con las ramas y troncos menores en el permetro del botadero par poder luego ser utilizados como recubrimiento del mismo.

    Antes de empezar cualquier traslado del material de desmonte hacia los Botaderos se debe instalar en las mrgenes, barreras de proteccin / contencin para el control de sedimentos, con la finalidad de evitar cualquier posible desplazamiento de material o que estos lleguen a cursos de agua. Como barrera de proteccin - contencin se puede utilizar un cerco construido con madera proveniente del desbosque con geotextil. En caso de que el terreno presente ciertas depresiones, ste se debe conformar a modo de terrazas.

    El suelo excedente deber ser dispuesto en el centro del botadero. Este material deber ser conformado a medida que se deposita de manera de evitar que queden puntos bajos o inundables dentro del botadero que eviten acumulacin de agua. La parte superior del botadero siempre debe estar nivelada con pendiente para permitir su desage superficial.

    La evacuacin del material debe hacerse de un extremo a otro del sitio, haciendo uso de un tractor hasta conformar un talud que ser posteriormente acondicionado.

    Una vez colocado el material de excavacin en el Botadero, este deber ser compactado para estabilizarlo y evitar deslizamientos como parte de las tcnicas constructivas, el contratista deber presentar la metodologa de compactacin a utilizar de acuerdo al tipo de suelo presente para su consideracin y aprobacin

    000031

  • PRO 15-02 PGINA 4 DE 5

    BOTADEROS DE MATERIAL EXCEDENTE DE OBRA Con el fin de disminuir las infiltraciones de agua en el Botadero, se debe compactar las dos ltimas

    capas anteriores a la superficie definitiva, mediante varias pasadas de tractor de orugas (por lo menos 10 pasadas).

    Los materiales de corte (top soil y materiales residuales del desbroce y desbosque) de la apertura de caminos de acceso, deben disponerse por separado en las mrgenes del camino para su posterior uso en la restauracin de esta rea intervenida. Es necesario instalar barreras para el control de sedimentos y los cauces de ros o quebradas.

    En caso de que el subsuelo de los botaderos presente materiales que podran ser utilizados en lastrado de caminos de acceso u otro uso; la explotacin debe darse hasta una profundidad de 1 m sobre el nivel mximo de aguas subterrneas.

    Los contratistas pueden presentar diversas tcnicas para el control de sedimentos/erosin, las cuales sern evaluadas por las Supervisiones de Construcciones y EHS de Pluspetrol para su aprobacin.

    6.5 CONFORMACIN DEL TALUD

    Los taludes de los Botaderos se deben formar desde las zonas de cotas menores y debe tener una pendiente de 1:2 (V:H).

    Los taludes que tienen una altura mayor de dos metros, deben ser alisados, redondeados o aterrazados para suavizar la topografa y evitar deslizamientos.

    Para garantizar la estabilidad del talud se colocar al pie una franja de sostenimiento con sacos de yute rellenados con el material de corte y colocados formando un muro de aproximadamente 1.0 m. de alto por 0.8 m de base, siendo la longitud variable.

    6.6 CONTROL DE EROSION - REVEGETACION

    El material que conforma el botadero, es esencialmente top soil y arcillas. Estos materiales presentan problemas de fcil saturacin de agua (lluvias) pudiendo ocasionar fallas y deslizamientos; por lo que se ha diseado un sistema de drenajes para los Botaderos.

    Deben tener un sistema de drenaje de coronacin (en el permetro del depsito) que evacuar las aguas de lluvia hacia los drenajes naturales existentes. Estas cunetas drenajes perimetrales deben tener una seccin triangular de b=0.45 m y h=0.30m. esta red perimetral desaguar en descargas que debern ser revestidas y se descargar el agua en zonas vegetadas o drenajes superficiales naturales.

    La Supervisin de Construccin - Contratista y la Supervisin de EHS Pluspetrol verificarn, en

    forma conjunta y peridicamente el correcto funcionamiento y eficiencia de la red de drenaje

    Se establecer un monitoreo se Slidos Suspendidos Totales (SST) o Turbidez. Se implementarn trampas de sedimentos

  • PRO 15-02 PGINA 5 DE 5

    BOTADEROS DE MATERIAL EXCEDENTE DE OBRA 6.7 REFORESTACION

    Para el control de erosin toda la superficie del botadero debe ser cubierta con top soil. Se sembrarn gramneas y especies arbreas (de ser necesario). Cada botadero tendr su propio

    plan de reforestacin de acuerdo a las caractersticas locales y/o uso final del rea.

    Las especies a utilizar pueden ser pastos y gramneas de la zona, entre las que se destacan: Bracchiaria sp (pasto braquiaria), Centrocema, Macrocarpum, Erytrina sp (amasisa), Inga sp (guaba de monte). Para la reposicin del bosque se utilizarn especies que existan en el rea antes de la intervencin. La reposicin del bosque puede ser con amasisa, bobinsana, oj, yacushimbillo, paca y otros presentes en la zona.

    Al final la disposicin de materiales debe ser de la siguiente manera: en la parte baja arcillas limos, sobre esta capa los restos de vegetacin, en la parte superficial la capa de top soil y el material residual del desbosque y desbroce y por encima de sta, la nueva vegetacin.

    Diagrama 1. Disposicin de materiales en el botadero

    Sembrado Top soil Restos de vegetacin Arcillas- Limos 7 REGISTROS

    No Aplica 8 ANEXOS

    No Aplica

    000032

  • Anexo 6B-2

    Diseos Tpicos de Obras de Control de Erosin

    000033

  • 0 0 0 0 3 4

    luisText BoxAPERTURA Y RECOMPOSICIN DE LOCACIONES - LOTE 56

  • luisText BoxAPERTURA Y RECOMPOSICIN DELOCACIONES LOTE 56

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  • luisText BoxAPERTURA Y RECOMPOSICIN DELOCACIONES LOTE 56

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  • luisText BoxAPERTURA Y RECOMPOSICIN DELOCACIONES LOTE 56

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    luisText BoxAPERTURA Y RECOMPOSICIN DELOCACIONES LOTE 56

  • luisText BoxAPERTURA Y RECOMPOSICIN DELOCACIONES LOTE 56

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    luisText BoxAPERTURA Y RECOMPOSICIN DELOCACIONES LOTE 56

  • luisText BoxAPERTURA Y RECOMPOSICIN DELOCACIONES LOTE 56

  • Anexo 6C

    Anexo al Plan de Salud y Seguridad

    000044

  • Anexo 6C-1

    Manual de Salud Pluspetrol

    000045

  • CDIGO: STDSS-PER-01-01 FECHA DE APROBACIN: 14/08/2008 PGINA 1 de 27

    MANUAL DE SALUD PLUSPETROL

    Versiones posteriores

    Versin Elabor Revis Aprob Fecha

    Este documento impreso es una Copia no Controlada.

    Es responsabilidad del usuario verificar en la base de datos del Sistema de Gestin la versin vigente.

    000046

  • CDIGO: STDSS-PER-01-01 FECHA DE APROBACIN: 14/08/2008 PGINA 2 de 27

    MANUAL DE SALUD PLUSPETROL

    INDICE I. INTRODUCCION .. 3 II. OBJETIVOS .. . 3 III. BASE LEGAL .. 3 IV. COBERTURA DE SALUD Y SCTR .

    4 V. EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES . 4 VI. MEDIDAS PREVENTIVAS Y VACUNACIONES .. 6 VII. MEDIDAS DE HIGIENE OCUPACIONAL . 8 VIII. CONTRATISTAS DE SERVICIOS DE ALIMENTACION 9 IX. CONTRATISTAS DE SISMICA . 9 X. CONTRATISTAS DE TRANSPORTE FLUVIAL .. 10 XI. CONTRATISTAS CON SERVICIOS MEDICOS PROPIOS .. 11 XII. BOTIQUINES .. 11 XIII. FACILIDADES DE ALOJAMIENTO Y SERVICIOS HIGIENICOS . 11 XIV. SANEAMIENTO AMBIENTAL . 12 XV. NOTIFICACION DE ACCIDENTE DE TRABAJO ... 12 XVI. PLAN DE EVACUACION MEDICA .. 13 ANEXOS 1. LISTA DE CONDICIONES MEDICAS INACEPTABLES PARA AREAS REMOTAS. 2. PROTOCOLO DE EXAMEN MEDICO OCUPACIONAL GENERAL. 3. PROTOCOLO EXAMEN MEDICO PARA MANIPULADORES DE ALIMENTOS. 4. PROTOCOLO EXAMEN MEDICO PARA TRABAJADORES DE TRANSPORTE FLUVIAL. 5. ESQUEMA DE VACUNACIONES. 6. BOTIQUINES. 7. CENTROS MEDICOS AUTORIZADOS POR PLUSPETROL. REGISTRO

    1. DECLARACION JURADA DE SALUD (Castellano e Ingls).

  • CDIGO: STDSS-PER-01-01 FECHA DE APROBACIN: 14/08/2008 PGINA 3 de 27

    MANUAL DE SALUD PLUSPETROL

    I. INTRODUCCION

    Pluspetrol est comprometido en proteger y promover condiciones de trabajo que garanticen la salud de sus trabajadores y de los trabajadores de sus empresas contratistas, previniendo los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, de acuerdo con la Politica Corporativa sobre Medio Ambiente, Seguridad y Salud.

    De acuerdo a la normatividad legal vigente, Pluspetrol cumplir con las disposiciones laborales, de seguridad y de salud de sus trabajadores y de aquellos de empresas contratistas destacados a sus instalaciones de trabajo, as como la adopcin de medidas que preserven la salud de la colectividad y el medio ambiente.

    El Manual de Salud de Pluspetrol se actualizar conforme se produzcan cambios en la legislacin en materia de salud y en el sector de Hidrocarburos.

    II. OBJETIVOS

    El documento tiene como objetivos:

    1. Que Pluspetrol y los contratistas cumplan con la legislacin vigente en materia de salud.

    2. Apoyar a Pluspetrol y contratistas a identificar y manejar los riesgos de salud de sus actividades laborales habituales.

    3. Definir las normas en materia de salud, que se aplicarn a todo contrato o compromiso que celebre Pluspetrol con las compaas contratistas.

    III. BASE LEGAL

    Las normas de salud aplicables a las operaciones, as como las coberturas de salud, seguro complementario de trabajo de riesgo, gastos de sepelio e invalidez para los trabajadores, estn normadas por los siguientes dispositivos legales:

    Ley General de Salud N 26842. Ley 26790. Ley de Modernizacin de la Seguridad Social en Salud; y su Reglamento D.S. 009-97-

    SA.

    Decreto Supremo N 003-98-S.A. Normas Tcnicas que regulan el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo.

    Directiva que define los formatos sobre Aviso e Investigacin de Accidentes de Trabajo Resolucin de Gerencia General, N 1041-GG-ESSALUD-99.

    Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, Decreto Supremo N 007-98-SA.

    Ley General de Inspeccin del Trabajo y Defensa del Trabajador. D.L. 910 (El Peruano 17/03/01). Normas modificatorias, ampliatorias y complementarias.

    000047

  • CDIGO: STDSS-PER-01-01 FECHA DE APROBACIN: 14/08/2008 PGINA 4 de 27

    MANUAL DE SALUD PLUSPETROL

    Reglamento Sanitario para las actividades de Saneamiento en Viviendas y Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios Decreto Supremo N 022-2001-SA.

    Decreto Supremo N 032-2004-EM. Reglamento de las Actividades de Exploracin y Explotacin de Hidrocarburos.

    Decreto Supremo N 009-2005-TR Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo; y, dems normas modificatorias, sustitutorias y complementarias de los mismos.

    Decreto Supremo N 043-2007-EM. Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos y modifican diversas disposiciones.

    IV. COBERTURA DE SALUD Y SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO

    Todo trabajador asignado a las operaciones de Pluspetrol deber contar con las siguientes coberturas de ley.

    1. Seguro de Salud (ESSALUD / EPS).

    2. Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, SCTR SALUD (ESSALUD / EPS).

    3. Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, SCTR PENSIONES (COMPAIA DE SEGUROS / ONP).

    4. Seguro de Vida Ley (Compaa de Seguros).

    El SCTR deber ser contratado para toda persona que ingrese a laborar a las operaciones de campo, incluyendo aquellas cuyas empresas no se encuentran comprendidas en el listado de actividades de alto riesgo.

    V. EXAMENES MEDICOS OCUPACIONALES

    1. De acuerdo al Artculo N 53 del Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos DS 043-2007-EM, "Examen mdico para los postulantes: El postulante seleccionado para cualquier trabajo de una Actividad de Hidrocarburos, deber someterse a un examen mdico de acuerdo con lo que establezca la Empresa Autorizada. Este examen mdico ocupacional pre-empleo ser de cargo de Pluspetrol o de la compaa contratista.

    2. Pluspetrol se exigir a si mismo y a las empresas contratistas cumplan con este requisito; para ello Pluspetrol a travs de los Centros Mdicos autorizados (ver Anexo 7) emitir un pase mdico a los trabajadores que hayan sido declarados APTO AL PUESTO DE TRABAJO en el examen mdico ocupacional pre-empleo y que cumplan con las vacunaciones requeridas para cada Lote. La aptitud para el trabajo est determinada por los requerimientos del puesto o las tareas a realizar, el examen mdico que no haya tomado en cuenta estas consideraciones podr ser considerado como n