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ÍNDICE

El proyecto de formación 4 1. Líneas de actuación que el CEP va a desarrollar 5 2. Medidas y actuaciones previstas para dar respuesta a las necesidades formativas de los

centros docentes. 9 3. Propuesta de actividades formativas. 13 4. Procedimientos e indicadores de evaluación del centro del profesorado 20 5. Seguimiento de la coordinación con el servicio de inspección educativa y los equipos de

orientación educativa y su incidencia en el centro. 22

El reglamento de organización y funcionamiento 23 1. El centro del profesorado 24 2. Los cauces de participación de los centros docentes de la zona de actuación del CEP en las

actividades del centro 30 3. La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro 35 4. El plan de autoprotección del centro del profesorado 37

5. Competencias y funciones relativas a la prevención de riesgos laborales 38 6. Estructura organizativa del CEP 39 7. Colaboraciones del CEP 47

El proyecto de gestión 48 1. Presupuesto del CEP 50 2. Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y equipamiento 59 3. Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios,

distintos de los gravados por tasas, y otros fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares 62

4. Procedimientos para la elaboración del inventario anual general del CEP 63 5. Criterios para una gestión sostenible de los recursos del CEP y de los residuos que

genere, compatible con la conservación del medio ambiente 64 6. Gestión económica del CEP 68 7. Criterios y procedimientos que garanticen la transparencia y el rigor en la toma de

decisiones de índole económica 75

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INTRODUCCIÓN

El CEP Peñarroya-Pueblonuevo se encuentra situado al norte de la provincia de Córdoba, comprendiendo la mayor parte de la comarca del Valle del Guadiato y la totalidad de la del Valle de Los Pedroches. Se trata de una zona dedicada tradicionalmente a la explotación minera, agrícola y ganadera. En la actualidad, la explotación minera ha desaparecido y existe una pujante industria de transformación agroalimentaria. Por ello, es por lo que nuestra zona cuenta con un alto índice de paro y un nivel socioeconómico y cultural medio-bajo.

Las poblaciones de nuestro ámbito se hallan muy dispersas y alejadas de la capital, lo que conlleva una gran inestabilidad en las plantillas de los centros educativos. A causa de dicha dispersión, además de la sede del CEP en Peñarroya-Pueblonuevo (Valle del Guadiato), contamos con un Aula de Extensión en Pozoblanco (Valle de los Pedroches).

Nuestro Proyecto de Formación, por lo tanto, responde a dichas características, que originan necesidades formativas muchas veces específicas en los centros y el profesorado de nuestro ámbito.

Este proyecto pretende ser un documento de aplicación a medio plazo (períodos bienales) que, a través de revisiones periódicas, se convierta en un documento dinámico y flexible, susceptible de cambios y mejoras en función de la realidad docente. Este Proyecto de Formación recoge las instrucciones establecidas por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y las normas legislativas vigentes, aspira a ser un marco directivo y singular con carácter integral, compartido, prospectivo, orientativo y paidocéntrico, que esté al servicio de todo aquél que quiera conocerlo, estando a su disposición de manera pública y abierta.

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EL PROYECTO DE FORMACIÓN

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EL PROYECTO DE FORMACIÓN

1. LÍNEAS DE ACTUACIÓN QUE EL CEP VA A DESARROLLAR.

1.1. Derivadas de las necesidades formativas de los Planes de Formación del profesorado de los centros docentes.

Nuestra prioridad será continuar con el apoyo a los centros en la elaboración de sus planes de formación basada en una detección eficaz y realista de sus necesidades. El proceso responderá a un protocolo coordinado y consensuado con los departamentos FEIE y otros responsables de formación.

Nuestras líneas de actuación responderán también a los resultados obtenidos las actividades formativas y autoformativas del curso pasado.

Las líneas de actuación de este CEP serán:

▪ Asesoramiento a los centros en la interpretación de sus indicadores homologados y la realización de sus planes de formación.

▪ Competencias Clave: programación y evaluación, Red de CC en Primaria, desarrollo de las mismas en Secundaria.

▪ Actualización científico-didáctica del profesorado en ABP, ABN y acción tutorial.

▪ Integración de las TAC en el desarrollo del currículum: metodología TAC integral, manejo de la plataforma semipresencial, Moodle 2, creación de materiales digitales.

▪ La equidad, la inclusión y la igualdad en la escuela, el aprendizaje cooperativo.

▪ Comunidades de Aprendizaje: continuar con la sensibilización y su desarrollo.

▪ Convivencia e Igualdad. Mediación. El debate.

▪ Desarrollo de la formación a través de Planes y Programas Educativos.

▪ Fomento del Plurilingüismo, cambio metodológico y currículum integrado.

▪ Desarrollo profesional docente: función directiva, dirección novel, profesorado en prácticas, gestión económica y del archivo de los centros, Prácticum.

▪ Formación en los centros: responsables de formación, autoformación, desarrollo de las asesorías de formación.

▪ Salud laboral: autoprotección, RRLL, primeros auxilios. Educación de la voz y oratoria.

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▪ Animación a la lecto-escritura: persona-libro, encuentros con creadores, PLC.

▪ El nuevo cuaderno de Séneca.

▪ Uso de la videoconferencia para facilitar el acceso a la formación y optimizar los recursos.

▪ Impulso a la creación de redes de Convivencia y NEAE.

▪ La evaluación de las actividades formativas con el concurso de los responsables de formación de los centros.

1.2. Derivadas del III Plan Andaluz de Formación Permanente del profesorado y del desarrollo de sus líneas estratégicas

Línea I. La formación del profesorado vinculada a la mejora de las prácticas educativas, al rendimiento y el éxito educativo de todo el alumnado.

▪ El currículo basado en competencias clave.

- Actualización del currículo y el proyecto educativo adecuándolos a los nuevos marcos normativos.

- Actualización lingüística y metodológica en la Segunda Lengua Extranjera en Educación Primaria.

▪ Escuela Inclusiva para la igualdad y la equidad. Asesoramiento en la elaboración de los planes de Igualdad en los centros:

- Formación para y sobre Comunidades de Aprendizaje.

- Fomentar el ambiente de trabajo y la convivencia en el aula.

▪ Escuela de la Sociedad del conocimiento. Apoyo y fomento de la mejora de las competencias en comunicación lingüística y digital del profesorado como apoyo a la expansión del plurilingüismo y a las tecnologías de aprendizaje y del conocimiento:

- Información sobre Programas Europeos y ciudadanía europea.

- Formación en el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas.

- Posibilidades educativas del Portfolio Europeo de las Lenguas y su versión electrónica.

- Desarrollo del Currículum Integrado de las lenguas.

- Metodología AICLE (Aprendizaje Integrado del Currículum y la Lengua Extranjera).

- Apoyo a la consolidación del Proyecto Lingüístico de Centro.

▪ Planes de mejora y formación de los centros educativos. Análisis e interpretación de los rendimientos y autoevaluación de los Centros de Formación del Profesorado a través de indicadores homologados.

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Línea II. La formación del profesorado como factor clave para el perfeccionamiento continuo y la capacitación profesional docente y las buenas prácticas.

▪ Actualización y acreditación para la función directiva según los marcos normativos vigente.

▪ Formación para el Profesorado funcionario en prácticas.

▪ Formación para la Dirección del CEP y las asesorías noveles.

▪ Plan de prevención de riesgos laborales:

- Terapia de aceptación y conocimiento a través del método Mindfulness.

Línea III. La formación del profesorado como impulsora del conocimiento compartido y producido en los centros educativos y la investigación, la innovación educativa y las buenas prácticas. Apoyo a nuevos programas educativos vinculados a los proyectos educativos de centro:

▪ Intercambio de experiencias de responsables de las Bibliotecas Escolares.

Línea IV. La formación del profesorado como apoyo en la progresiva transformación de los centros educativos en entornos colaborativos de aprendizaje y formación en los que participan todos los miembros de la comunidad educativa.

▪ Asesoramiento para la prevención y atención al acoso escolar en la Comunidad Educativa:

- Acciones para el fomento de la convivencia y de la formación del alumnado mediador (ayudante).

- Formación socioemocional para la prevención del conflicto y mejora de la convivencia.

- Formación para el desarrollo de la capacidad de debatir en entornos de respeto.

▪ Otros:

- Desarrollo de la función asesora y su impacto en los centros educativos.

- Apoyo a los responsables de formación de los centros educativos en el desarrollo de sus funciones.

- Desarrollo del modelo dialógico en Comunidades de Aprendizaje.

- Acompañamiento y tutorización del profesorado para su desarrollo profesional y personal.

Línea V. La formación del profesorado de formación profesional, enseñanzas artísticas y de idiomas y educación permanente como herramienta para conectar la educación con la realidad productiva y el empleo.

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Aunque nuestro CEP no cuenta con asesoría de referencia en este ámbito, colaboraremos en las iniciativas provinciales que se presenten:

▪ Apoyo formativo para la implantación de nuevos títulos LOE en Formación Profesional:

- Desarrollo de la metodología AICLE en los módulos profesionales bilingües.

- Desarrollo de contenidos para el diagnóstico a través de la imagen.

▪ Apoyo formativo en las Enseñanzas Artísticas: el nuevo marco normativo y curricular.

▪ Asesoramiento en la elaboración de las Pruebas de certificación en las enseñanzas de Idiomas.

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2. MEDIDAS Y ACTUACIONES PREVISTAS PARA DAR RESPUESTA A LAS NECESIDADES FORMATIVAS DE LOS CENTROS DOCENTES.

2.1. Objetivos específicos para la mejora del rendimiento educativo:

Partiendo del principio de que todas las acciones que programemos deben contribuir a la mejora tanto del sistema educativo como de los rendimientos escolares, establecemos los siguientes objetivos para el bienio 2019-2021:

▪ Planificar una oferta formativa que dimane de las líneas estratégicas del III Plan de Formación del Profesorado Andaluz.

▪ Diseñar actividades formativas que se adecuen a las necesidades de mejora de los centros y que contemplen actuaciones directas con el alumnado en el aula.

▪ Orientar el diseño de las actividades formativas de manera que contribuyan al desarrollo de las diferentes competencias profesionales del profesorado.

▪ Implementar un plan de formación coherente, adaptado a las competencias del Equipo Técnico de Formación, de manera que se contribuya a la excelencia y a la mejora continua de la competencia profesional del profesorado.

▪ Diseñar actividades formativas que respondan al principio de inclusión del alumnado.

▪ Promover la creación de redes profesionales entre el profesorado y/o centros que favorezcan el intercambio de experiencias y el desarrollo de perfiles profesionales.

▪ Contribuir a la visibilización de las buenas prácticas educativas y otras metodologías activas con alto impacto en el alumnado.

▪ Impulsar la integración en el currículo de los contenidos establecidos en los planes y programas de la Consejería.

▪ Incentivar la investigación y la innovación entre el profesorado.

▪ Apoyar y acompañar a los centros, trabajando con ellos de forma coordinada tanto en la planificación, como en el desarrollo y evaluación de las actividades formativas que se realicen en ellos.

▪ Potenciar la figura del responsable de formación en los centros educativos, manteniendo una relación fluida y bidireccional con él en todo momento, y contribuir al desarrollo de su perfil profesional.

▪ Facilitar a los equipos directivos la adquisición de aquellas competencias específicas necesarias para ejercer el liderazgo pedagógico dentro de sus centros.

▪ Impulsar la coordinación entre los diferentes servicios externos a los centros (Inspección, Orientación y Formación) para garantizar una actuación coherente y efectiva en los centros de nuestra zona.

▪ Colaborar con las instituciones públicas y privadas que incidan directa o indirectamente en la formación del profesorado.

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▪ Fomentar la formación de las familias, pilar fundamental en el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.

2.2. Protocolos adoptados para el seguimiento de la formación:

Para el bienio 2019-2021, una vez realizados los procesos de análisis e interpretación conjunta entre las asesorías y los responsables de la formación y equipos directivos de los centros sobre sus indicadores homologados y sus necesidades de formación, cada asesoría realizará una serie de intervenciones -de manera coordinada y con unos criterios comunes acordados por el equipo técnico de formación- en sus centros de referencia con vistas a la elaboración de sus propuestas de mejora y sus respectivos planes de formación.

Posteriormente, a lo largo de los dos cursos de este período, se realizará otro tipo de intervenciones periódicas (al menos una por trimestre) para tratar diferentes asuntos: revisión y seguimiento de los planes de formación, seguimiento de los grupos de autoformación, progresos en la metodología y evaluación por competencias clave, el tránsito entre etapas, la prevención del acoso y el ciberacoso, la atención al alumnado con NEAE, así como para el análisis de las evaluaciones externas de las que los centros hubieran podido ser objeto.

Establecemos los siguientes protocolos para el seguimiento de los procesos de formación:

▪ Análisis de los Planes de Formación y las Memorias de los centros Educativos.

▪ Informe de Evaluación de las necesidades formativas realizado por el servicio de inspección.

▪ Informe de las actividades formativas realizadas en cursos anteriores: cursos, jornadas y encuentros.

▪ Indicaciones por parte de los Servicios de Apoyo Externo.

▪ Informe final de las actividades de modalidad autoformativa.

▪ Indicaciones por parte de los servicios centrales de la Consejería.

▪ Desarrollo de las Líneas Prioritarias de la Consejería.

▪ Análisis, en su caso, de los materiales elaborados.

▪ Detección, análisis y difusión de buenas prácticas, entendiendo por las mismas aquellas que no sólo son desarrolladas o dan respuesta a una etapa, nivel o departamento concreto, sino a las que son asumidas en general por un centro sobre problemas o temáticas comunes.

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2.3. Reuniones y visitas a los centros docentes para la detección de necesidades formativas.

Al inicio del curso escolar, cada asesor realiza una visita a sus centros de referencia para realizar el diagnóstico de sus necesidades formativas.

Posteriormente, a lo largo del curso, se realizan visitas periódicas (al menos una por trimestre) para tratar diferentes asuntos: seguimiento de Grupos de Trabajo y Formaciones en Centros, asesoramiento en la elaboración y puesta en marcha del Plan de Formación, reflexión conjunta sobre las necesidades formativas recogidas en los Planes de Formación de los Centros, en sus Memorias, así como en la Memoria de Autoevaluación y Plan de Mejora.

Igualmente, se iniciarán procesos de reflexión sobre el análisis de las evaluaciones externas de las que los centros hubieran podido ser objeto.

2.4. Actuaciones más relevantes derivadas de la autoevaluación y mejora de los centros educativos.

Las actuaciones se encuadrarán en las líneas estratégicas de la Consejería articuladas en sus consiguientes ejes temáticos.

1. Intervenciones en los centros por parte de las asesorías de referencia. Inicio del proceso de reflexión, identificación y acuerdo sobre sus necesidades formativas, en común con los responsables de formación y previo análisis de los indicadores homologados y los planes de formación de los centros.

2. Participación en los Claustros y ETCP, previa petición y siempre que el tema a tratar esté relacionado con las necesidades de formación recogidas en su memoria de autoevaluación y en el Plan de Formación del centro.

3. Consenso sobre las necesidades de autoformación con los coordinadores de los Grupos de Trabajo y Formación en Centro.

4. Análisis de las propuestas y necesidades expresadas a través del Consejo de Centro y los Servicios Centrales.

5. Aportaciones propias emanadas del equipo técnico de formación.

6. Elaboración de informes sobre las intervenciones en los centros cuando ello sea relevante, valorando y analizando las propuestas de formación emanadas de los centros docentes.

2.5. Criterios pedagógicos y organizativos para la asignación a los centros de las asesorías de referencia.

Criterios pedagógicos y organizativos para la asignación a los centros de los asesores de referencia:

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En primer lugar la asignación de centros de referencia se hará en función del perfil del asesor, su formación académica y su experiencia docente.

En segundo lugar, tener en cuenta las dos zonas geográficas muy extensas y claramente diferenciadas que atiende nuestro CEP (Valle del Alto Guadiato y la comarca de Los Pedroches), a las que se da respuesta desde la sede en Peñarroya y el Aula de Extensión en Pozoblanco,

respectivamente, lo que nos obliga muchas veces a que nuestros asesores sean, en cierto modo, polivalentes y tengan que atender diferentes niveles y áreas de conocimiento o actuación diferentes a aquellas a las cuales optaron en el proceso selectivo para ingresar en el CEP. También se priorizará el que cada asesor de referencia de un centro lo sea igualmente de las demandas autoformativas que emanen de los mismos.

Por último, se intentarán agrupar los centros de referencia por zonas, de manera que se permita darles una respuesta efectiva, racional y optimizada en el tiempo y ello nos facilite ahorrar tiempo y desplazamientos.

2.6. Criterios pedagógicos y organizativos para la asignación de otras tareas y responsabilidades.

De todas las funciones propias de la asesoría, el CEP de Peñarroya-Pueblonuevo dará una importancia axial a la función de la asesoría de referencia. Y, al igual que se ha hecho con esta, la asignación de otras tareas se hará de la manera más equitativa posible, con vistas a optimizar el rendimiento del ETF.

▪ A la hora de asignar los diferentes programas educativos se ha tenido en cuenta la experiencia previa y la idoneidad del perfil de la asesoría.

▪ A la hora de distribuir las temáticas de trabajo que se desprenden del III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado en Andalucía, se ha tenido en cuenta, también, la experiencia previa y la idoneidad del perfil de la asesoría. Sin embargo, aunque haya una persona al frente de cada temática, consideramos que es prioritario llevar a cabo una serie de actuaciones que sirvan para encauzar los esfuerzos y establecer mecanismos de participación de todo el ETF en los diversos planteamientos y en los posibles itinerarios formativos que se oferten.

▪ Debido a nuestra propia idiosincrasia y a la escasez de personal de servicios con el que contamos –una única conserje y una administrativa en el CEP- es necesario que todas las asesorías contribuyan, dentro de su conocimiento y experiencia, muy especialmente en el Aula de Extensión de Pozoblanco, en las tareas básicas de infraestructura que garanticen el correcto funcionamiento de nuestras instalaciones.

▪ Del mismo modo, y debido al mismo motivo, se hace necesario que cada asesoría contribuya, en función de sus conocimientos y experiencia, a ayudar al resto del equipo asesor.

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3. PROPUESTA DE ACTIVIDADES FORMATIVAS

La propuesta de actividades formativas diseñada por el equipo del CEP Peñarroya-Pueblonuevo es fruto del diagnóstico a partir de las necesidades formativas detectadas en los centros educativos de su ámbito de actuación y está plenamente contextualizada dentro del marco de las propias líneas estratégicas que la Consejería establece a través del III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado en Andalucía. Estas necesidades son detectadas por cada asesoría responsable a través del análisis de los Planes de Formación y de las Memorias de aquellos centros que tienen a bien enseñárnoslos y de las propuestas realizadas por parte del servicio de inspección como consecuencia de la Evaluación llevada a cabo en dichos centros (en caso de que las haya). Para ello cada asesoría se reúne con los responsables de formación de sus centros de referencia y establecen dichas necesidades, que, posteriormente, son analizadas por todo el ETF con la intención de crear una propuesta de actividades coherente, dinámica y adaptada a las necesidades formativas reales de nuestros centros.

Cada año del bienio 2019-2021 incorporaremos a este Plan la tabla que recoja la propuesta de actividades formativas correspondientes a cada año del mismo.

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4. PROCEDIMIENTOS E INDICADORES DE EVALUACIÓN DEL CENTRO DEL PROFESORADO.

Es bien sabido que hoy en día, más que nunca, la autoevaluación ha de ser considerada como instrumento para la mejora continua de las instituciones. Su propósito no es otro que determinar, en nuestro caso, en qué medida se están cumpliendo los objetivos de calidad establecidos en la normativa que regula los Centros de Profesorado y, por ende, en el plan de formación de los mismos.

En este sentido la autoevaluación se convierte en un elemento vertebrador de nuestro CEP, en la medida en que nos permite obtener información útil sobre el verdadero alcance de las acciones formativas diseñadas, con vistas a una mejora de los rendimientos educativos y el éxito escolar, y sobre el correcto funcionamiento de nuestro CEP.

Para ello, la autoevaluación debe llevarse a cabo a lo largo de todo el curso académico, pues solo así podremos dar respuesta inmediata a las necesidades que vayan surgiendo a lo largo del curso y solventar los contratiempos que nos encontremos.

Para la recogida de información se utilizarán los siguientes procedimientos:

4.1. Organización, gestión y funcionamiento del CEP.

LLevaremos a cabo un proceso de análisis en el que identificaremos los problemas o progresos obtenidos en los siguientes parámetros:

▪ Potenciar la coordinación entre las dos zonas que comprende nuestro ámbito.

▪ Potenciar la coordinación, al principio de cada semana, del equipo directivo, por un lado, y del equipo asesor.

▪ Rentabilizar las reuniones comunes, dosificándolas en el tiempo y utilizando en la medida de lo posible los recursos TIC para la comunicación entre las dos zonas del ámbito de actuación.

▪ Desarrollo de las funciones de equipo directivo y de las distintas asesorías.

▪ Formación y autoformación del Equipo Técnico de Formación con vistas a desarrollar la excelencia, el rigor científico y la profesionalidad.

▪ Gestión del tiempo, recursos, espacios por parte del ETF con vistas a optimizar el trabajo.

▪ Reparto de funciones y, por consiguiente, del volumen de trabajo entre las diferentes asesorías.

▪ Establecimiento de un horario de trabajo para toda la plantilla del CEP.

▪ Comunicación del CEP con los diferentes centros de su ámbito de actuación.

▪ Funcionamiento de los órganos colegiados.

Y en cuanto a nivel de las instalaciones del CEP:

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▪ Insistir en la necesidad urgente de mejorar las instalaciones tanto de la sede el CEP en Peñarroya-Pueblonuevo como en el aula de extensión en Pozoblanco, ya que no reúnen medidas de seguridad, de accesibilidad para discapacitados y son inadecuadas al fin para el que se están destinando. En este sentido, se prevé a medio plazo contar con una nueva sede del CEP, proporcionada por el municipio de Peñarroya-Pueblonuevo.

4.2. Actividades formativas.

Una vez detectadas las necesidades formativas derivadas de los Planes de Formación y las Memorias de Autoevaluación de los centros, se realizará un análisis para determinar si hemos sido capaces de cotejar las líneas prioritarias de formación de la Consejería con las necesidades recogidas en dichos documentos. El resultado obtenido informará el contenido de las acciones formativas diseñadas en el futuro el Plan de Centro de nuestro CEP según los siguientes objetivos:

▪ Diseño de una oferta formativa que responda a las líneas estratégicas del III Plan de Formación y a los objetivos propios del CEP.

▪ Diseño de actividades formativas que partan del proceso de autoevaluación y mejora de los centros.

▪ Diseño de actividades formativas destinadas al desarrollo de competencias generales y específicas del profesorado al que van dirigidas.

▪ Implicación en el proceso de diagnóstico de las necesidades formativas de los centros.

▪ Colaboración en la realización del Plan de Formación de los centros.

▪ Impacto de la formación en las aulas y mejora del rendimiento del alumnado.

▪ Promoción de un proceso reflexivo de la práctica docente por parte del profesorado.

▪ Promoción de la creación de redes profesionales entre el profesorado y de proyectos educativos conjuntos entre diversos centros escolares.

▪ Promoción de la investigación y la innovación educativa, así como de la difusión de buenas prácticas educativas, con vistas a la consecución del cambio metodológico.

▪ Nivel de satisfacción del profesorado participante en las actividades formativas.

▪ Análisis de datos referidos a las actividades ofertadas: número de actividades, solicitudes, temáticas, certificados emitidos, asistencia…

▪ Seguimiento y análisis de las actividades de autoformación.

▪ Reflexión acerca del carácter innovador de las actividades ofertadas.

▪ Difusión de la información sobre las diferentes actividades formativas.

▪ Fomento de la formación de las familias en las actividades que lo permitan.

▪ Promoción de la coordinación entre los servicios externos a los centros.

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4.3. Evaluación prevista a partir de las propuestas de mejora establecidas por el CEP.

FACTORES CLAVE

1. Utilización del tiempo para la organización, planificación y desarrollo de los procesos formativos contemplados en el Proyecto de Formación.

1.1 Criterios pedagógicos y organizativos para la asignación de asesores/as de referencia a los centros y

elaboración de horarios. Optimización de recursos materiales y humanos.

Propuestas de mejora

Indicadores de logro/calidad

Herramientas de

evaluación

Responsables y

temporalización

Desarrollar un número

creciente de actividades en

los propios centros

educatios, previo

compromiso de un número

adecuado de inscripciones,

con objeto de rentabilizar

los recursos y facilitar la

participación de las

mujeres.

Incremento del número de

asistentes a las acciones

formativas y, por lo tanto,

incremento del número de

certificaciones emitidas en

relación al profesorado

inscrito en las distintas

actividades.

Número de

certificaciones

emitidas con

indicación por sexo

de los participantes

certificados.

Asesorías

coordinadoras de

las actividades

formativas.

Todo el curso.

1.3 Utilización efectiva del tiempo de formación en el desarrollo de las actividades formativas.

Continuar en este curso

escolar con la norma de

que las pausas o descansos

en las actividades

formativas no vayan en

menoscabo del horario

formativo de las

actividades.

Cumplimiento del tiempo

real contemplado para la

formación y la certificación

correspondiente, que no

incluya el destinado a los

descansos o pausas en el

seno de las actividades

formativas.

Tiempo de las

sesiones formativas

igual al proyectado

y posteriormente

certificado.

Supervisión del

equipo directivo.

Asesorías

coordinadoras de

las actividades

formativas.

Todo el curso.

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FACTORES CLAVE

2. Concreción del Proyecto de Formación y planificación efectiva para su desarrollo y puesta en práctica.

2.2 Desarrollo de procedimientos y estrategias para la detección de necesidades formativas de los centros

de la zona de actuación del CEP.

Propuestas de mejora

Indicadores de

logro/calidad

Herramientas de

evaluación

Responsables y

temporalización

Intervenir en la confección y

desarrollo de las memorias,

planes de mejora y proyectos

de formación de los centros

de nuestro ámbito,

potenciando el aspecto

práctico de dicha

intervención, de cara a un

mejor conocimiento y

diagnóstico de sus

necesidades formativas.

Convocatoria de

jornadas formativas

sobre indicadores

homologados y

planes de formación.

Intervención práctica

y coordinada en los

centros para el

asesoramiento en la

elaboración de

dichos documentos y

su aplicación real.

Producto alcanzado tras

dichos procesos y análisis

del resultado obtenido,

en sesiones cooperativas

de reflexión y apoyo de

las asesorías con los

responsables de

formación de los centros

y equipos directivos.

Asesorías de

formación.

Primer trimestre

(planes de

formación y de

mejora).

Tercer trimestre

(memorias de

autoevaluación).

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CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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FACTORES CLAVE

3. Evaluación de los procesos formativos y adopción de medidas de mejora en su diseño, desarrollo y ejecución para la adaptación a las necesidades formativas de los centros.

3.2 Evaluación de las actividades formativas que realiza el CEP y adopción de medidas de mejora en su

planificación, diseño, desarrollo y ejecución.

Propuestas de mejora

Indicadores de

logro/calidad

Herramientas de

evaluación

Responsables y

temporalización

Desarrollar instrumentos e

indicadores de logro que

permitan evaluar el impacto

en el aula de los contenidos

desarrollados en las

acciones formativas.

Fomentar la calidad de las

ponencias contando con

especialistas de los temas

propuestos,

independientemente del

lugar del mundo en que se

encuentren.

Indicadores de calidad

de medición de impacto

en el aula de las

actividades desarrolladas.

Uso de la

videoconferencia para

aportar ponencias de

especialistas nacionales e

internacionales en

aquellas actividades que

lo precisen, optimizando

de esta manera los

recursos.

Producto alcanzado

tras dichos procesos y

análisis del resultado

obtenido, en sesiones

cooperativas de

reflexión y apoyo de

las asesorías con los

responsables de

formación de los

centros.

Asesorías de

formación junto

con los

responsables de

formación de los

centros educativos.

Todo el curso

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FACTORES CLAVE

4. Atención a las necesidades de formación de los centros y adaptación a los diferentes contextos de la zona de actuación del CEP.

4.1 Adaptación de las actividades formativas a las necesidades de los centros docentes en función de las

distintas etapas educativas, niveles, especialidades, perfiles, colectivos y contextos de los centros.

Idoneidad de las mismas.

Propuestas de mejora

Indicadores de

logro/calidad

Herramientas de

evaluación

Responsables y

temporalización

Mejorar las actuaciones

de asesoría en los centros

de manera coordinada

con los otros CEP de la

provincia y cumplir el

protocolo provincial

consensuado, dejando

constancia constancia

documental de lo

realizado y respondiendo

a calendarios y otros

protocolos de

intervención establecidos,

claros y adaptados a cada

momento del curso

escolar.

Actas de

intervención en los

centros educativos

con recogida de

acuerdos tomados u

objetivos alcanzados.

Actas del equipo

técnico de formación

del CEP con

recogida de

acuerdos alcanzados

y su puesta en

práctica.

Planning de asesoría

orientado a las

actuaciones previstas

semanalmente.

Protocolos

unificados de

contenido de

asesoramiento a los

centros, tanto a nivel

del ETF como a nivel

provincial.

Documentos de los

diferentes

protocolos con la

valoración de los

acuerdos

alcanzados.

Actas de

seguimiento de los

procesos de

autoformación.

Medidores de

impacto.

Identificadores de

buenas prácticas.

Asesorías de formación.

Trimestralmente, al menos

tres veces en función de las

temáticas a abordar:

información inicial sobre

planes y programas,

autoevaluación,

interpretación de

indicadores homologados y

memorias de

autoevaluación, elaboración

de planes de mejora y

planes de formación,

identificación de buenas

prácticas e impacto.

Una vez al mes o con una

periodicidad máxima de seis

semanas, seguimientos de

procesos de autoevaluación.

Page 20: Centro del Profesorado Peñarroya-Pueblonuevo

PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

20

4.2 Adecuación del Proyecto de Formación a las necesidades de los centros de la zona de actuación del CEP.

Mejorar los mecanismos

de reflexión conjunta con

los centros sobre sus

necesidades formativas a

partir de sus indicadores

homologados y proyectos

de formación.

Intervención en el

primer y en el tercer

trimestre, con

revisión en el

segundo, para la

identificación real de

necesidades

formativas a partir de

documentos

objetivos.

Intervenciones

concretas en los

centros más

renuentes a la

concreción realista y

correcta de sus

planes de formación.

Organización de

actividades

enfocadas a la

correcta ejecución y

diseño de los

proyectos de

formación de los

centros.

Valoración objetiva

del resultado de

incluir en el

proyecto de

formación del CEP

las necesidades

formativas de los

centros.

Asesorías de formación.

Supervisión por la dirección.

Primer trimestre: detección

de necesidades y

adecuación al proyecto de

formación del CEP.

Segundo y tercer trimestre:

actualización.

Page 21: Centro del Profesorado Peñarroya-Pueblonuevo

PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

21

FACTORES CLAVE

5. Una dirección y coordinación del CEP orientada a la eficacia de la organización en la consecución de sus fines y el cumplimiento de sus funciones.

5.2 Documentos de planificación.

Propuestas de mejora

Indicadores de

logro/calidad

Herramientas de

evaluación

Responsables y

temporalización

Realizar un seguimiento

de las propuestas de

mejora y evaluar su

adecuación y

cumplimiento.

Diseño de un

cronograma y de

indicadores adecuados a

la evaluación y

cumplimiento de las

propuestas de mejora.

Análisis del

cumplimiento del

cronograma y de la

validez de los

indicadores propuestos.

Dirección del CEP.

Al final de cada

trimestre.

Page 22: Centro del Profesorado Peñarroya-Pueblonuevo

PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

22

FACTORES CLAVE

6. Las relaciones con los centros y servicios educativos de la zona de actuación del CEP, así como con otras entidades e instituciones.

6.1 Regulación y cauces de comunicación con los centros y servicios educativos de la zona, así como con

otras entidades e instituciones.

Propuestas de mejora

Indicadores de

logro/calidad

Herramientas de

evaluación

Responsables y

temporalización

Elaborar una base de datos lo

más extensa posible del

profesorado de nuestro

ámbito, con el fin de hacerles

llegar directamente (además

de a través de cauces ya

establecidos como los

departamentos FEIE) las

convocatorias de actividades

formativas y cualquier otra

comunicación de interés.

Cumplimentación de

un formulario on line

para la recogida de

datos y transmisión de

la información.

Formulario on line Dirección del CEP

En el primer

trimestre.

6.2 Relaciones con los centros docentes y satisfacción de éstos con el asesoramiento recibido, el impulso

dado a la mejora metodológica y el fomento de la investigación educativa.

Seguir colaborando y mejorar

la participación de las asesorías

en la elaboración de los

proyectos de las actividades

autoformativas de los centros,

orientando éstas a la

consecución de una mejora de

sus necesidades formativas, la

práctica docente y el

rendimiento académico del

alumnado.

Proyectos elaborados

de manera

colaborativa de las

distintas actividades

autoformativas.

Puesta en común en el

ETF de las actuaciones

llevadas a cabo en el

asesoramiento de a los

proyectos de

actividades

autoformativas y su

traslación a la mejora

educativa.

Equipo técnico

de formación.

Dirección del

CEP.

A finales de

noviembre o

principios de

diciembre.

Page 23: Centro del Profesorado Peñarroya-Pueblonuevo

PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

23

FACTORES CLAVE

7. Otros aspectos de mejora en relación con los objetivos del Proyecto de Formación.

Propuestas de mejora

Indicadores de

logro/calidad

Herramientas de

evaluación

Responsables y

temporalización

Continuar con el establecimiento de

indicadores medibles de logros y

dificultades que faciliten la elaboración de

una memoria de autoevaluación del CEP

ajustada a la realidad de los procesos que

lleva a cabo.

Uso de matrices

de logro y

dificultades.

Validez de las

matrices

seleccionadas.

Equipo técnico de

formación.

Mes de junio.

Page 24: Centro del Profesorado Peñarroya-Pueblonuevo

PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

24

5. SEGUIMIENTO DE LA COORDINACIÓN CON EL SERVICIO DE INSPECCIÓN EDUCATIVA Y LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y SU INCIDENCIA EN EL CENTRO.

Son numerosos los perfiles profesionales con los que los CEP colaboran de manera preferente; tal es el caso de la inspección educativa, y de los equipos de orientación.

Esta coordinación pretende unificar criterios de actuación y dar una respuesta conjunta y coordinada a las necesidades educativas de los centros.

A fin de resolver aquellas situaciones problemáticas surgidas tras un análisis de los procesos educativos de los centros se llevan a cabo reuniones periódicas del Consejo de Zona, con carácter trimestral, en las que se permite el intercambio de propuestas y la actuación conjunta como servicios efectivos de apoyo externo a los centros.

La dirección y el equipo técnico de formación del CEP trabajarán por unificar los criterios de actuación y dar una respuesta conjunta y coordinada que responda a las necesidades educativas de los centros, a través de intervenciones periódicas, que se iniciarán a comienzo del curso y que trimestralmente serán objeto del pertinente seguimiento, permitiendo el intercambio de propuestas y la actuación conjunta como servicios efectivos de apoyo externo a los centros.

A lo largo del bienio 2019-2021, coincidente con el comienzo de un nuevo período de actuaciones promovidas por el nuevo Consejo de Zona, se seguirán potenciando las siguientes líneas prioritarias ya iniciadas:

▪ Tránsito entre etapas educativas.

▪ Atención a las necesidades educativas especiales.

▪ Prevención del acoso y del ciberacoso escolar y explicación del protocolo que hay que seguir.

Asimismo se abordarán cualesquiera otras se determinen en el seno de dicho Consejo para el bienio indicado.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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EL ROF

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

0. PREÁMBULO

Las crecientes funciones que la sociedad otorga a los centros educativos y la complejidad de la realidad cada vez mayor, hace cada vez más necesaria la necesidad de una formación permanente y una mejor utilización de los recursos educativos de todo tipo para mejorar esa competencia profesional y con ella la mejora del rendimiento escolar de nuestro alumnado. En este sentido los Centros del Profesorado encuentran su razón de ser en la corresponsabilidad de esta mejora.

La función del ROF además de cumplir determinados fines jurídicos y permitir dotar al Centro del profesorado de un instrumento que permita una gestión rigurosa y lo suficientemente ágil y flexible que permita contextualizar las normas emanadas del Decreto a la realidad concreta de nuestro entorno; debe servirnos como marco organizativo que posibilite la consecución de las finalidades y objetivos marcados en los Planes de Actuación dentro de un clima de participación colegiada y democrática abierto a la reflexión, el diálogo y el debate.

1. EL CENTRO DEL PROFESORADO

1.1. Ámbito de influencia.

Su ámbito de actuación lo constituyen todos aquellos centros docentes públicos y privados concertados de los niveles no universitarios pertenecientes a los municipios que se relacionan en el Anexo I del Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.

Los centros docentes adscritos al Centro del Profesorado de Peñarroya-Puebluevo , están ubicados en la zona norte de la provincia, de forma diseminada y distante ocupando los dos valles, el del

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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Alto Guadiato y el de Los Pedroches, con un total de 23 poblaciones: Alcaracejos, Añora, Belalcázar, Bélmez, Cardeña, Conquista, Dos Torres, El Guijo, El Viso, Fuente la Lancha, Fuente Obejuna, Hinojosa del Duque, Pedroche, Peñarroya-Pueblonuevo, Pozoblanco, Santa, Eufemia, Torrecampo, Valsequillo, Villanueva de Córdoba, Villanueva del Duque, Villanueva del Rey, Villaralto.

En el ANEXO I se especifica el detalle de centros por localidades y enseñanzas para el curso 2016-17.

1.2. Sede.

La sede del Centro del Profesorado está ubicada en Peñarroya-Pueblonuevo con dirección calle Maestro José Torrellas s/n, con Código Postal 14200. El edificio que ocupa no reúne las condiciones más idóneas, presentando diversas barreras arquitectónicas que dificultan el acceso de personas con discapacidad física.

Consta este CEP de un Aula de Extensión, sita en la localidad de Pozoblanco, con dirección Calle Doctor Antonio de Cabrera, número 40- 1º. Este edificio también adolece de las mismas necesidades que la sede principal.

Los planos de ambos edificios se pueden ver en los ANEXOS II y III.

1.3. Horario.

El horario se establecerá de forma que se adecue del mejor modo posible al desarrollo de las funciones que tiene asignadas y de forma que sea compatible, en la prestación de sus diferentes servicios, con los distintos horarios y dedicaciones del profesorado de su ámbito y, en cualquier caso, si la disponibilidad del personal lo permite, sus dependencias estarán abiertas cada día, de lunes a jueves, en horario de mañana y tarde, y los viernes solo en horario de mañana.

Los horarios del CEP se expondrán en la página web del centro del profesorado. El horario general del centro y de atención al profesorado son los siguientes:

1.3.1. Horario general del CEP:

▪ De lunes a jueves, de 8:30 a 14:00 h. y de 16:00 a 21:00 h.

▪ Viernes, de 8:30 a 14:00 h.

1.3.2. Horario de atención al público:

▪ De lunes a jueves de 9:00 a 14:00 h. y de 16:30 a 20:30 h.

▪ Viernes De 9:00 a 14:00 h.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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1.4. Personal laboral.

El personal de administración y servicios está constituido por una ordenanza y una auxiliar administrativa con el siguiente horario de atención:

Ordenanza:

▪ Lunes, miércoles, jueves y viernes, de 9:00 a 14:00 h.

▪ Lunes, martes y jueves, de 16:00 a 20:30 h.

Administrativa:

▪ Lunes, martes, miércoles y viernes, de 9:00 a 14:00 h.

▪ Lunes, miércoles y jueves, de 16:00 a 20:30 h.

1.5. Personal docente.

El personal docente es el que figura en el Anexo II del decreto 93/2013 por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Concretamente seis asesorías y un director: dos asesorías de Educación Infantil, dos de Educación Primaria y dos de Educación Secundaria (ámbito lingüístico y cívico-social).

El personal del CEP cumplirá estrictamente el horario de entrada y salida en el centro. Se establece un margen razonable de entrada por si se produjera algún imprevisto in itinere hacia el puesto de trabajo.

En todo caso, si este imprevisto se prolongará por espacio de treinta minutos, la persona afectada se lo comunicará al director del CEP y, si éste no se hallara, a un miembro del Equipo Directivo. En el caso de que sea el propio director el afectado, se lo comunicará a cualquier miembro del Equipo Directivo.

El disponer de un horario flexible en razón del servicio, puede propiciar cambios en el mismo. Asimismo, las sesiones de trabajo semanales que se realicen de manera suplementaria se compensarán en otras semanas, y a la inversa.

La percepción económica en concepto de desplazamiento tiene la consideración de indemnización por razón del servicio, por lo tanto dicha percepción tendrá lugar únicamente en el caso de que el servicio se haya prestado y el desplazamiento se haya realizado. Los desplazamientos se tienen en cuenta únicamente desde el lugar del puesto de trabajo y la vuelta al mismo.

Por otra parte, el equipo asesor mantendrá periódicamente reuniones de coordinación interna del propio CEP, estas reuniones tendrán, en la medida de lo posible, un carácter semanal, estableciéndose normalmente los viernes como día de reunión. También podrá haber reuniones extraordinarias o en otro día de la semana cuando las circunstancias lo requieran.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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Las reuniones de coordinación del equipo asesor se celebrarán tanto presencialmente como de forma virtual, en función de cada caso.

El equipo directivo, además, supervisará semanalmente el trabajo a realizar y los cambios previstos en el mismo.

Los asesores de referencia de los diferentes Planes y Programas asisten a reuniones de coordinación provincial y/o regional cuando son convocados por el coordinador provincial y/o regional. Estas reuniones tienen por objeto fundamentalmente organizar diversas jornadas formativas de los temas de cada Plan o Programa.

1.6. Finalidades.

a. Contribuir a la mejora de la calidad educativa y los rendimientos escolares del alumnado a través de la mejora de la formación docente, su capacitación para afrontar los retos del sistema educativo y la colaboración con la comunidad educativa y su entorno social y cultural.

b. Potenciar la reflexión y análisis de la práctica docente en el aula y en el centro, así como el trabajo coordinado y colaborativo en RED, desde los principios de la escuela inclusiva e igualdad de oportunidades en la educación, favoreciendo el desarrollo de grupos de trabajo y formaciones en centro, así como la dinamización de los centros y el intercambio de experiencias e información y la puesta en valor de buenas prácticas docentes de nuestra zona.

c. Capacitar al profesorado para la aplicación de las TIC/TAC como herramienta de trabajo en el aula y con la comunidad educativa.

d. Favorecer el desarrollo de nuevas metodologías y estrategias de trabajo que contribuyan a la innovación, la experimentación y la investigación educativa capacitando competencialmente a profesorado y alumnado.

e. Potenciar que el profesorado adquiera una mayor competencia comunicativa.

f. Desarrollar las líneas prioritarias definidas por la Consejería de Educación, utilizando las posibilidades de actuación de este CEP.

g. Favorecer la formación del equipo técnico asesor, con el fin de mejorar la práctica asesora, centrada en el trabajo colaborativo, la reflexión y el análisis de los resultados de las acciones formativas desarrolladas.

1.7. Objetivos.

a. Capacitar al profesorado para afrontar los retos del sistema educativo y contribuir a la mejora de la calidad educativa y los rendimientos escolares.

b. Potenciar la reflexión de la práctica docente y el trabajo coordinado y colaborativo en RED.

c. Colaborar con la comunidad educativa y su entorno social y cultural.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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d. Dinamizar los centros y favorecer el desarrollo de grupos de trabajo y formaciones en centro, el intercambio de experiencias e información y la puesta en valor de buenas prácticas docentes de nuestra zona.

e. Capacitar al profesorado para la aplicación de las tecnologías de la información y la comunicación.

f. Proporcionar al profesorado estrategias para gestionar positivamente la diversidad del alumnado y profundizar en técnicas de mediación y resolución de conflictos.

g. Desarrollar las tecnologías de la información y la comunicación y nuevas metodologías y estrategias de trabajo que contribuyan a la innovación, la experimentación y la investigación educativa como herramienta de trabajo en el aula y de cooperación con las familias.

h. Potenciar que el profesorado adquiera una mayor competencia comunicativa en lengua española y extranjeras y fomentar su reciclaje y actualización.

i. Desarrollar las líneas prioritarias definidas por la Consejería de Educación y el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.

j. Favorecer la formación del equipo técnico asesor y mejorar la práctica asesora.

k. Favorecer los procesos de evaluación de las acciones formativas desarrolladas y su impacto real en la formación docente y en la mejora de los resultados académicos del alumnado.

1.8. Funciones.

a. Desarrollar el vigente Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado en su zona de actuación, a través de su proyecto de formación.

b. Apoyar y asesorar a los centros docentes y al profesorado de su zona de actuación en el desarrollo y seguimiento de sus procesos de formación.

c. Realizar, junto con los centros docentes de su zona de actuación, el diagnóstico de las necesidades formativas del profesorado y llevar a cabo, en colaboración con los mismos, la elaboración de sus planes de formación y el diseño y desarrollo de las actividades de formación que se deriven de dicho diagnóstico.

d. Promover, dinamizar y hacer el seguimiento de los procesos de autoformación, formación en centros y grupos de trabajo.

e. Potenciar la creación, dinamizar, coordinar y hacer el seguimiento de las redes de profesorado.

f. Promover y difundir ejemplos de buenas prácticas, de proyectos innovadores o experiencias educativas que destaquen por su excelencia, favoreciendo el intercambio de actuaciones profesionales docentes de calidad.

g. Colaborar con otras instituciones para impulsar la formación del profesorado.

h. Cooperar en los procedimientos de evaluación de los centros y realizar propuestas de formación en función de sus resultados.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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i. Impulsar la reflexión del profesorado en los centros docentes sobre los procesos de enseñanza y aprendizaje que desarrollan, en el marco de un enfoque educativo orientado a la adquisición y desarrollo de las competencias clave.

j. Realizar procesos de autoevaluación y participar en evaluaciones externas que contribuyan a la mejora de sus funciones.

k. Aquellas otras que les atribuya la Consejería competente en materia de educación en el ámbito de sus competencias.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

32

2. LOS CAUCES DE PARTICIPACIÓN DE LOS CENTROS DOCENTES DE LA ZONA DE ACTUACIÓN DEL CEP EN LAS ACTIVIDADES DEL CENTRO.

Los centros del ámbito de influencia de este Centro del Profesorado pueden participar en las actividades formativas que el centro programe, con la salvedad de aquellas actividades financiadas por el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, dirigidas exclusivamente a centros públicos.

Igualmente, podrán participar centros educativos del resto de la provincia o de toda la comunidad autónoma, si la actividad convocada tiene carácter provincial o regional.

Los cauces de participación en las actividades que el CEP organice serán:

▪ Por adjudicación, tras solicitud a través de la plataforma Séneca dentro del plazo establecido, para asistir a: jornadas, cursos, cursos a distancia, cursos con seguimiento, cursos semipresenciales, encuentros, congresos o conferencias.

▪ Por convocatoria realizada por la Jefatura Provincial de Ordenación Educativa, o por la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.

▪ Por aceptación de la solicitud de un Grupo de Trabajo o Formación en Centros.

2.1. Criterios de selección de participantes.

Sin perjuicio de poder establecer, por las especiales características de la acción formativa, criterios específicos de selección de la misma, se utilizarán los siguientes de forma general:

▪ Profesorado que cumpla los requisitos de la convocatoria.

▪ Profesorado que imparta área o nivel relacionado con la temática de la actividad.

▪ Profesorado en activo en centros públicos y concertados.

▪ No haber realizado actividad (si es de nivel I) relativa al tema en cuestión.

▪ Haber realizado el nivel I si es de nivel II, o en progresión sucesiva.

También se deben atender las siguientes consideraciones:

▪ El estar de baja impide participar en actividades formativas mientras dure aquella.

▪ El disfrute de un permiso (por ejemplo, por maternidad) no impide participar en actividades formativas mientras se disfruta del mismo. Sin embargo, no se podrá participar en actividades autoformativas, puesto que llevan aparejada una aplicación directa en el aula y/o centro.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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La selección del profesorado inscrito en una acción formativa se hará aplicando los criterios de selección de la convocatoria y se publicará listado de admitidos y no admitidos o excluidos en lista de espera.

Dicha relación se publicará en el portal Séneca y en la página web del CEP.

El figurar en el listado de admitidos de la actividad supone la obligatoriedad de asistencia; en el caso de no poder asistir, el interesado deberá comunicarlo al Centro del Profesorado para poder admitir al profesorado en lista de espera, si lo hubiere.

En caso de no excusar debidamente la no asistencia y que esta sea reiterativa se estudiará la posibilidad de un sistema de penalización para la asistencia a futuras actividades.

La inscripción en actividades formativas supone un compromiso con los recursos económicos y humanos que el CEP pone a disposición del profesorado, lo cual implica la responsabilidad de cumplir con los requisitos que conlleva la actividad, de cara a una optimización de los citados recursos.

2.2. Condiciones generales de inscripción, participación y certificación.

▪ No se podrán ceder los derechos de admisión en una actividad a favor de otra persona, aun cuando ésta haya realizado su solicitud correspondiente.

▪ Sólo se extenderá certificado de asistencia a las personas que acrediten la asistencia a un mínimo del 75-80% del total de horas presenciales de la actividad, dependiendo del diseño de la misma.

▪ En ningún caso se consideran justificadas las ausencias, por cualquier causa, a efectos de certificación, ya que una certificación da fe de la asistencia real a una actividad.

▪ En las actividades con horas no presenciales, justificadas con un trabajo personal o en equipo, no se podrá obtener la certificación hasta no haber concluido el trabajo y éste, en su caso, haber sido evaluado positivamente.

▪ No se podrá certificar una actividad sin que ésta haya finalizado.

▪ Al profesorado admitido en una actividad, destinado en un centro de una localidad distinta a la que se realiza la actividad, y que por esta causa tenga que usar su vehículo particular para asistir a la misma, se le podrá asignar, si el presupuesto del CEP lo permite, una bolsa de ayuda, previa solicitud. Para percibir dicha ayuda será requisito indispensable el haber realizado el mínimo exigido de horas de la actividad y, por lo tanto, obtener la certificación correspondiente.

▪ En el caso de admitir en alguna actividad a profesorado de otras zonas de actuación, siempre que no se trate de una actividad provincial o regional, el Centro del Profesorado no cubrirá las bolsas de ayuda, y la aceptación de dicha solicitud quedará sujeta a lo que se determine en cada momento.

▪ En relación a los plazos establecidos para cualquier asunto relacionado con actividades formativas, habrá de tener en cuenta que los días hábiles o lectivos de una semana son únicamente los comprendidos entre lunes y viernes, ambos inclusive. Cuando un plazo se

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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establezca en meses, habrá de tenerse en cuenta que se computarán los días naturales de cada mes (hábiles y no hábiles).

2.3. Seguimiento y evaluación.

Cada actividad formativa contará con un procedimiento de seguimiento y de evaluación y cuya responsabilidad será de la asesoría correspondiente. En cualquier caso las especiales características de algunas acciones formativas determinarán un plan específico que será publicitado en la convocatoria o en el momento de su desarrollo.

Dicho seguimiento incluye la tutorización de la actividad y la realización de su diseño, convocatoria, selección, desarrollo, propuestas de pago y evaluación.

Con carácter general las acciones formativas serán evaluadas a partir de un sistema de recogida de instrumentos evaluativos de los ponentes, asistentes y coordinación.

2.4. Derechos y deberes de las personas participantes en acciones formativas del CEP.

El profesorado del ámbito de actuación del Centro del Profesorado tendrá, entre otros, los siguientes derechos:

▪ Participar en el funcionamiento del CEP a través de sus representantes en el Consejo de Centro.

▪ Participar en las actividades organizadas por el Centro del Profesorado, según los criterios de admisión de cada una de ellas.

▪ Recibir apoyo didáctico, así como ser informado sobre la programación y desarrollo de las actividades del CEP.

▪ Constituir grupos de autoformación a través de los cauces establecidos a tal efecto.

▪ Utilizar los recursos del CEP, de acuerdo con las normas establecidas.

▪ Percibir bolsas de estudio, cuando corresponda y sea posible, en la cuantía y forma que se determine, en compensación por los gastos que ocasione la asistencia a las actividades de formación.

▪ Utilizar, previa solicitud, las dependencias del CEP para las reuniones de grupos de trabajo y otras convocatorias de interés.

▪ Que se le expida el certificado correspondiente una vez finalizada la actividad, si cumple los requisitos establecidos en este ROF.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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▪ Participar en la evaluación de las actividades de formación, del funcionamiento general del CEP y de los servicios que presta, a través de los mecanismos que se establezcan (cuestionarios, evaluaciones finales, de proceso…).

El profesorado de los centros educativos del ámbito del CEP tendrá los siguientes deberes:

▪ Asistir a las actividades en las que ha solicitado participar y ha sido admitido o, en caso contrario, renunciar a ellas con tiempo suficiente a que éstas se inicien con objeto de facilitar el acceso del profesorado en lista de espera.

▪ Participar activamente en las actividades formativas y autoformativas en las que forma parte.

▪ Respetar y cuidar el material que use o retire del CEP en calidad de préstamo, reponiendo el material deteriorado.

▪ Cuidar y respetar las dependencias del CEP y de los centros donde se desarrollen las actividades de formación, las sesiones de los grupos de trabajo o cualquier otro tipo de reuniones de interés educativo y/o profesional.

▪ Devolver, en los plazos previstos, el material retirado con carácter de préstamo.

▪ Respetar y cumplir el presente Reglamento y cuantas normas sean aprobadas por el Consejo de Centro.

2.5. Registro de actividades formativas.

Todas las actividades realizadas por el Centro del Profesorado se inscribirán en el programa de gestión Séneca en su correspondiente Proyecto de Formación, a efectos de reconocimiento y valoración como méritos específicos en los concursos y convocatorias, de acuerdo con la normativa vigente. Asimismo se inscribirán las actividades realizadas en colaboración con otras entidades o instituciones públicas o privadas siempre que estas actividades se ajusten a los requisitos y criterios establecidos por la Consejería de Educación.

2.6. La asesoría de referencia.

Al inicio de cada curso escolar, el CEP revisará y adjudicará una asesoría de referencia a cada centro. Esto no es obstáculo para que a lo largo del curso, se produzcan revisiones de esas asesorías de referencia, motivados por cambios extraordinarios en la plantilla de asesores o por nuevos nombramientos dentro del CEP.

Esta asesoría de referencia será el cauce más útil para la participación y asesoramiento de un centro educativo.

En el mes de septiembre de cada año académico, la asesoría de referencia se pondrá en contacto con cada uno de sus centros de referencia para mantener una primera reunión que servirá para

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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conocer a la persona responsable de formación (jefatura del departamento de FEIE, en el caso de IES, EOI y CPM, o el designado por la dirección, en el caso de otros tipos de centros).

Esta primera reunión debe servir para ir recopilando la detección de necesidades formativas recogidas en el Plan de Formación y en la Memoria de Centro, así como para informar de las novedades que se hayan producido.

La detección de necesidades formativas de los centros, junto a las líneas y temáticas prioritarias que la DG indique, servirán de base a las actividades que se recojan en el plan de actuación.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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3. LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS, INSTALACIONES Y RECURSOS MATERIALES DEL CENTRO.

El Centro del Profesorado además de realizar las actuaciones formativas anteriormente descritas también pretende ser un referente de apoyo y de recursos para el profesorado como ayuda a su labor educativa, en este sentido prestará al mismo una serie de servicios complementarios, en concepto de préstamo, como apoyo a la misma.

3.1. Servicios de documentación y recursos didácticos.

Formado por el servicio de biblioteca, libros, revistas, cintas de audio, CD, DVD y otros soportes que se vayan adquiriendo por su interés para el profesorado. Además los centros educativos y el profesorado en general podrán disponer de los materiales didácticos elaborados por los GGTT, proyectos y planes, etc. Además este servicio se complementará con el conjunto de material audiovisual, informático y ofimático del Centro del Profesorado (ordenadores portátiles, proyectores, etc.) . Existirá un grupo de recursos y materiales de uso restringido del Centro y otros para préstamo.

Para facilitar el conocimiento y utilización de estos recursos se elaborará un catálogo, actualizado periódicamente. Para facilitar su orientación, uso y búsqueda podrá contar con el asesoramiento del equipo humano del Centro del Profesorado.

3. 2. Servicio de acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

El Centro del Profesorado pondrá a disposición del profesorado de su zona y de los centros educativos los recursos informáticos de que disponga. Se le dará prioridad al profesorado participante en acciones formativas a distancia o semipresenciales.

El Centro del Profesorado como centro TIC potenciará la creación y difusión de redes profesionales y el seguimiento de actividades formativas a través de la plataforma Moodle (aula virtual).

3.3. Condiciones generales de los préstamos.

Para proceder a la petición de préstamos de materiales o aparatos u otros recursos los interesados rellenarán un impreso (ANEXO IV) de solicitud con los datos personales e identificativos del material y firmarán la aceptación de las condiciones siguientes:

▪ La persona solicitante se hará responsable de los daños derivados del mal uso de los aparatos o materiales.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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▪ El tiempo de uso del material en préstamos dependerá de las actividades a realizar, como máximo de una semana, prorrogable en función de las necesidades previstas.

▪ En el caso de libros será de 15 días.

▪ El material prestado será revisado tanto a la entrega como a la recogida del mismo. Cuando el uso indebido o negligente de lugar a reparaciones de lo prestado o reparaciones, éstas serán efectuadas por el centro del profesorado con cargo al GT, al centro o persona responsable.

▪ El incumplimiento del compromiso de devolución de materiales recibido en préstamo podrá general la privación del derecho a nuevos préstamos, sin perjuicio de otras responsabilidades a que diera lugar.

▪ Se podrán prestar materiales a otras instituciones sin ánimo de lucro relacionadas con la promoción social o cultural.

3.4. Cesión de las instalaciones.

Las instalaciones del Centro del Profesorado podrán ser cedidas para su uso por el profesorado de la zona para la realización de reuniones de trabajo o actividades de formación, previa solicitud dirigida al director del CEP y siempre que no interfieran el normal desarrollo de las actividades propias.

La utilización de las instalaciones se permitirá siempre que se realice en horario de apertura del Centro, las personas, grupos o entidades se harán responsables de dejar los locales utilizados en perfecto estado y de hacerse cargo de los daños que pudiesen ocurrir.

La cesión de sus instalaciones puede conllevar la percepción de una contraprestación.

Las entidades organizadoras deberán estar legalmente constituidas.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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4. EL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DEL CENTRO DEL PROFESORADO.

Este apartado se cumplimentará con la aportación de especialistas en la materia.

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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5. COMPETENCIAS Y FUNCIONES RELATIVAS A LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

Este apartado se cumplimentará con la aportación de especialistas en la materia.

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6. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CEP.

ORGANIGRAMA Y FUNCIONES

6.1. Órganos unipersonales del CEP: dirección, vicedirección y secretaría.

Los Centros del Profesorado contarán con los siguientes órganos de gobierno de carácter unipersonal: director o directora, vicedirector o vicedirectora y secretario o secretaria, que constituirán el equipo directivo.

6 1.1. El equipo directivo.

El equipo directivo de los centros del profesorado es el órgano ejecutivo de gobierno de dichos centros y trabajará de forma coordinada en el desempeño de las funciones que tiene encomendadas, conforme a las instrucciones de la persona que ocupe la dirección.

El equipo directivo tendrá las siguientes funciones:

▪ Velar por el buen funcionamiento del centro.

▪ Establecer el horario general del centro.

▪ Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de los acuerdos adoptados por el Consejo de Centro y el Equipo Técnico de Formación.

▪ Elaborar la propuesta de reglamento de organización y funcionamiento y de proyecto de gestión del centro del profesorado, así como sus modificaciones.

▪ Coordinar las actuaciones del centro del profesorado con los centros docentes de su zona de actuación, con la inspección educativa, con los equipos de orientación educativa y con los restantes servicios educativos de su zona educativa.

▪ Colaborar con la Consejería competente en materia de educación en aquellos órganos de participación que, a tales efectos, se establezcan.

▪ Cumplimentar la documentación solicitada por los órganos y entidades dependientes de la Consejería competente en materia de educación.

▪ Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

▪ Cuando las personas titulares de la Dirección o de la Secretaría del CEP cambien por cualquier motivo, se realizará una conciliación bancaria y un arqueo de caja.

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6.1.2. Dirección.

Serán competencias de la dirección del centro del profesorado:

▪ Ostentar la representación del centro del profesorado y representar a la Administración educativa en el mismo, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.

▪ Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los restantes órganos de gobierno del mismo.

▪ Colaborar con los órganos de la Administración educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del centro del profesorado, así como formar parte de los órganos consultivos que se establezcan.

▪ Impulsar, dirigir y coordinar la elaboración y el desarrollo del Plan de Centro.

▪ Colaborar en las evaluaciones que se lleven a cabo en el centro del profesorado.

▪ Impulsar la mejora de la función asesora a través de procesos de innovación, actualización y perfeccionamiento del equipo técnico de formación.

▪ Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.

▪ Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro del profesorado.

▪ Ejercer la potestad disciplinaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 39.

▪ Convocar y presidir las sesiones de los órganos colegiados de gobierno y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.

▪ Visar las certificaciones y los documentos oficiales del centro del profesorado.

▪ Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos, todo ello de acuerdo con lo que establezca la Consejería competente en materia de educación. En el ejercicio de su autonomía para administrar estos recursos, los directores y directoras de los centros del profesorado tendrán todas las competencias que corresponden al órgano de contratación, incluida la aprobación del gasto correspondiente, relativas a cualquier tipo de contratos menores, de conformidad con la legislación aplicable en materia de contratación administrativa.

▪ Proponer el nombramiento y cese de los restantes miembros del equipo directivo del centro del profesorado.

▪ Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

▪ En caso de ausencia de la persona titular de la Dirección, la suplencia en el cargo correrá a cargo de las siguientes personas, en el orden que se expresa a continuación:

- Quien ostente la Vicedirección.

- Quien ostente la Secretaría (en caso de ausencia también) del Vicedirector.

- El asesor o asesora más antiguo en el CEP (en caso de ausencia de los dos anteriores).

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6.1.3. Vicedirección.

Serán competencias de la vicedirección del centro del profesorado:

▪ Colaborar con el director o la directora en el desarrollo de sus funciones.

▪ Ejercer, por delegación de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal asesor y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

▪ Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario individual del personal asesor, así como velar por su estricto cumplimiento.

▪ Elaborar el plan de reuniones del equipo técnico de formación.

▪ Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

6.1.4. Secretaría.

Serán competencias de la secretaría del centro del profesorado:

▪ Ordenar el régimen administrativo del centro del profesorado, de conformidad con las directrices del director o directora.

▪ Ejercer la secretaría de los órganos colegiados de gobierno del centro del profesorado, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos, todo ello con el visto bueno del director o directora.

▪ Custodiar los libros oficiales y archivos del centro del profesorado.

▪ Expedir, con el visto bueno de la dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y las personas interesadas.

▪ Realizar el inventario general del centro del profesorado y mantenerlo actualizado.

▪ Adquirir el material y equipamiento del centro del profesorado, custodiar y gestionar la utilización del mismo y velar por su mantenimiento en todos los aspectos, de acuerdo con la normativa vigente y las indicaciones de la dirección.

▪ Ejercer, por delegación del director o de la directora y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al centro del profesorado y controlar la asistencia al trabajo del mismo.

▪ Elaborar, en colaboración con el resto de miembros del equipo directivo, el horario del personal de administración y servicios, así como velar por su estricto cumplimiento.

▪ Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del centro del profesorado.

▪ Ordenar el régimen económico del centro del profesorado, de conformidad con las instrucciones del director o directora, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

▪ Cualesquiera otras que le sean atribuidas en el Plan de Centro o por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

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6.2. Órganos colegiados.

6.2.1. El Consejo de Centro.

El Consejo de Centro es el órgano de participación de los profesionales de la educación en el gobierno y gestión de los centros del profesorado y está compuesto por los siguientes miembros:

a. El director o directora del centro del profesorado, que ostentará la presidencia.

b. El vicedirector o vicedirectora del centro del profesorado.

c. Tres asesores o asesoras de formación del centro de profesorado elegidos por el equipo técnico de formación.

d. Tres jefes de estudios de las escuelas de educación infantil de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria, de los centros públicos de educación especial o de los centros de educación permanente de su zona de actuación.

e. Dos profesores o profesoras que ostenten la jefatura del departamento con competencias en materia de formación del profesorado de los restantes centros docentes públicos de su zona de actuación.

f. Un miembro de los equipos de orientación educativa que desarrollen su actividad en la zona de actuación del centro del profesorado, designado por la persona titular de la Delegación territorial competente en materia de educación.

g. Una persona que ejerza la jefatura del departamento de orientación de un instituto de educación secundaria de la zona de actuación del centro del profesorado, designada por la persona titular de la Delegación territorial competente en materia de educación.

h. El secretario o secretaria del centro del profesorado, que ejercerá la secretaría, con voz y voto.

En relación al funcionamiento del Consejo de Centro, se tendrá en cuenta lo siguiente:

▪ Aquellas cuestiones en que sea preceptiva su aprobación por mayoría absoluta de los miembros que lo componen, si ésta no se alcanzara en primera convocatoria debido a un número significativo de ausencias que impida alcanzar dicha mayoría absoluta en primera convocatoria, podrán ser aprobadas en segunda convocatoria por la mayoría de los presentes.

▪ En cualquier votación podrán abstenerse únicamente los miembros electos del Consejo, pero no podrán abstenerse los miembros natos (quienes ostenten la Dirección y la Secretaría) ni las personas designadas en razón de su cargo por la Delegación Territorial.

▪ Ante la imposibilidad de asistir presencialmente a una reunión del Consejo de Centro, cualquier miembro puede hacerlo de manera virtual, por videoconferencia, excepto los miembros natos del mismo (Dirección y Secretaría). En caso de ausencia del Director, le sustituirá en la presidencia del Consejo el Vicedirector.

▪ Cualquier miembro del Consejo de Centro que se encuentre de baja laboral podrá, no obstante, asistir a las reuniones del mismo.

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6.2.1.1. Elección de miembros y competencias del Consejo de Centro.

Por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación se establecerán los procedimientos para la elección de los miembros del Consejo de Centro, así como para su renovación o sustitución en el caso de que se produzcan vacantes, y el periodo de nombramiento. La designación o elección de los miembros del Consejo de Centro se realizará de forma que permita la representación equilibrada de hombres y mujeres, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

Corresponde al Consejo de Centro de los centros del profesorado las siguientes competencias:

a. Aprobar y realizar el seguimiento del Plan de Centro del centro del profesorado.

b. Aprobar el presupuesto del centro del profesorado, de acuerdo con las disposiciones que lo regulen, así como la ejecución y justificación del gasto del mismo.

c. Aprobar la memoria de autoevaluación del centro del profesorado.

d. Participar en el procedimiento de elección de director o directora del centro del profesorado en los términos establecidos en el presente Decreto.

e. Cualesquiera otras funciones que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

6.2.2. El Equipo Técnico de Formación.

Para el desarrollo de sus funciones este centro del profesorado contará con un equipo técnico de formación que estará compuesto por todos los asesores y las asesoras de formación que presten servicio en el mismo y el director o la directora, que ejercerá su presidencia. Corresponde al equipo técnico de formación las siguientes competencias:

a. Elaborar el proyecto de formación del centro del profesorado, atendiendo a las líneas de actuación marcadas por el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, a las directrices de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado y a los planes de formación del profesorado de los centros docentes de su zona de actuación.

b. Realizar el seguimiento del proyecto de formación del centro del profesorado a lo largo de cada curso escolar.

c. Diseñar, organizar y desarrollar las actividades formativas previstas en las actualizaciones del proyecto de formación del centro del profesorado cada curso escolar, así como realizar el seguimiento de las mismas.

d. Realizar la autoevaluación del funcionamiento del centro del profesorado, utilizando los instrumentos e indicadores establecidos por la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa y por el propio centro y efectuar propuestas de mejora.

e. Coordinar las actuaciones de los asesores y asesoras de formación en el desarrollo de su actividad en los centros docentes de su zona de actuación.

f. Desarrollar estrategias para la difusión de las buenas prácticas, de las iniciativas y experiencias del profesorado de su zona de actuación y para fomentar la autoformación y el trabajo colaborativo y en equipo.

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g. Elaborar propuestas de formación para la mejora de la función asesora.

h. Colaborar en las evaluaciones del centro del profesorado.

i. Elegir a sus representantes en el Consejo de Centro.

Cualquier miembro del Equipo Técnico de Formación que se encuentre de baja laboral podrá, no obstante, asistir a las reuniones del mismo.

6.2.3. Asesorías.

El asesor o asesora de formación es el profesional que, en colaboración directa con el profesorado, promueve y facilita la gestión de los procesos formativos en los centros docentes. Los asesores y asesoras de formación tendrán los siguientes perfiles profesionales:

a) Educación Infantil

b) Educación Primaria

c) Educación Secundaria

6.2.3.1. Competencias de las asesorías.

Las asesorías de formación tendrán las siguientes competencias:

a. Colaborar en la elaboración, seguimiento, actualización y aplicación de los planes de formación del profesorado de los centros docentes de la zona de actuación de su centro de profesorado.

b. Plantear estrategias y orientaciones que permitan al profesorado analizar su propia práctica docente y el contexto educativo del centro, con el objetivo de determinar las iniciativas de formación más adecuadas.

c. Proporcionar al profesorado asesoramiento y recursos en aspectos relacionados con su práctica docente y con su actualización y desarrollo profesional.

d. Contribuir de forma activa a la elaboración del proyecto de formación del centro del profesorado y participar en cuantas acciones formativas tengan relación directa con su especialidad, área o ámbito de conocimiento, estableciendo y desarrollando la metodología para el seguimiento de las mismas.

e. Proponer al equipo técnico de formación del Centro del Profesorado actuaciones formativas que se deriven de la implementación de los planes de formación de los centros de su zona de actuación y de la concreción anual de las líneas prioritarias del Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.

f. Impulsar, dinamizar y apoyar el desarrollo de redes de formación, facilitando espacios físicos y virtuales para el trabajo colaborativo del profesorado.

g. Detectar e impulsar actuaciones que promuevan la investigación, experiencias pedagógicas innovadoras y, en su caso, la elaboración de materiales y recursos, así como la difusión de los mismos.

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h. Promover que el profesorado que lidera experiencias pedagógicas innovadoras participe activamente en la difusión de las mismas como colaborador o colaboradora del centro del profesorado.

i. Favorecer el uso y aplicación práctica de las tecnologías de la información y la comunicación en el ámbito educativo.

j. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

La Consejería competente en materia de educación, a través de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado, podrá establecer directrices para la formación de los asesores y asesoras. Las actividades formativas que se deriven de dichas directrices se incluirán en los proyectos de formación de los centros del profesorado y tendrán carácter obligatorio para todos los asesores y asesoras.

6.2.3.2. Nombramiento y cese de los asesores y asesoras.

Los asesores y asesoras de formación serán nombrados por la persona titular de la Delegación territorial competente en materia de educación. El nombramiento de las asesorías de formación se realizará en régimen de comisión de servicios con reserva del puesto de trabajo de origen, por un período de cuatro años prorrogable, en su caso, por otros cuatro. El ejercicio de la asesoría de formación será evaluado en el cuarto año de cada nombramiento, en los términos y por el órgano que se establezcan por Orden de la Consejería competente en materia de educación. Si el resultado del proceso de evaluación correspondiente al primer nombramiento de cuatro años es positivo, el asesor o asesora podrá continuar en el cargo con las propuestas de mejora que se deriven de dicha evaluación. Si el resultado del proceso de evaluación correspondiente a la prórroga también es positivo, el asesor o asesora podrá presentarse a una nueva convocatoria, de acuerdo con lo recogido en el presente Decreto. En el caso de no haber superado la evaluación, los asesores o asesoras no podrán presentarse a una nueva convocatoria hasta que transcurra un período de dos años de docencia en su centro de destino.

Quien ejerza una asesoría de formación cesará en sus funciones al término del periodo de nombramiento o, en su caso, de la prórroga del mismo, o al producirse alguna de las circunstancias siguientes:

- Renuncia motivada aceptada por la persona titular de la Delegación territorial competente en materia de educación, previo informe razonado de la dirección del centro del profesorado donde presta servicios.

- Incapacidad física o psíquica sobrevenida que le impida el ejercicio del cargo.

- Cuando deje de prestar servicios efectivos en el centro del profesorado.

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6.3. Personal de Administración y servicios (PAS)

6.3.1. Auxiliar administrativo. Funciones.

Desempeñar las tareas establecidas en los Planes de Actuación referidas a la contabilidad diaria, registro, secretaría, certificación y comunicaciones, así como cualquier otra de carácter similar que se le encomiende.

6.3.2. Ordenanza. Funciones.

▪ Ejecutar los recados oficiales, dentro y fuera del Centro del Profesorado.

▪ Ejercer la vigilancia y control de puertas y accesos al centro.

▪ Controlar las entradas y salidas de personas ajenas al Centro del Profesorado.

▪ Custodiar las llaves de los despachos, oficinas, aulas, almacenes, archivos y demás dependencias del centro.

▪ Apertura y cierre de las puertas de acceso al centro.

▪ Atender el servicio de reprografía, encuadernación y preparación de medios necesarios para el desarrollo de las Actividades Formativas.

▪ Franquear, depositar, entregar, recoger y distribuir la correspondencia del Centro del Profesorado.

▪ Hacerse cargo de las entregas y avisos, trasladándolos puntualmente a sus destinatarios o destinatarias.

▪ Atender al teléfono y al público en general.

▪ Mantener el orden.

▪ Custodiar el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales.

▪ Mantener en buen estado las dependencias del Centro del Profesorado para poder realizar las actividades y los préstamos de diverso material.

▪ Realizar, dentro de las dependencias del Centro del Profesorado, los traslados de material mobiliario, enseres, etc. que le sean encomendados.

▪ Cualesquiera otras que les sean encomendadas por la Dirección.

6.3.3. Régimen vacacional y de permisos del Personal de Administración y Servicios.

▪ El P.A.S. disfrutará de un mes de vacaciones que coincidirá con el mes de agosto de cada año.

▪ Además, les corresponderán como vacación los días de fiesta oficial (en Semana Santa, Navidad, Día de Andalucía, otros y puentes oficiales) que se recojan en el calendario escolar anual, así como los decretados a nivel local por el Ayuntamiento.

▪ El P.A.S. podrá solicitar los días de permiso por razón de asuntos propios que les correspondan, siempre que estos no representen una continuación en el tiempo de los períodos vacacionales oficiales.

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▪ En caso de solicitar permiso por asuntos propios, el P.A.S. los disfrutará –salvo excepciones marcadas por la urgencia o la excepcionalidad de las razones que se aleguen- en los periodos de Semana Santa y Navidad a excepción de los días oficiales de vacaciones y en el mes de julio. El disfrute del permiso de los días de asuntos propios (a excepción de la urgencia o excepcionalidad citadas) quedará a la discreción de la Dirección, y siempre que no perturbe el servicio y la organización del CEP.

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7. COLABORACIONES DEL CEP

7.1. Profesorado colaborador.

El Centro del Profesorado de Peñarroya-Pueblonuevo estará sujeto a lo que la normativa indique en cada momento.

7.2. Inspección educativa.

Este Centro del Profesorado establecerá fórmulas de colaboración estables con el Servicio de Inspección Educativa con el objeto de conocer las necesidades formativas del profesorado y articular una respuesta formativa próxima y cercana a la realidad educativa de los centros.

7.3. EOE y otros servicios.

De igual forma, el Centro del Profesorado procurará colaborar con los Equipos de Orientación Educativa y con el resto de servicios educativos con el fin de mejorar la atención al profesorado y optimizar los recursos y esfuerzos que se destinan a la mejora en el rendimiento del alumnado.

7.4. Colaboración con otras instituciones y entidades.

El Centro de Profesorado de Peñarroya-Pueblonuevo, con la autorización de la Consejería de Educación y en función de lo que determine en cada caso el Equipo Provincial de Formación, podrá establecer fórmulas de colaboración con las instituciones y entidades que tengan incidencia en la formación del profesorado y cuya participación sea considerada de interés para el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado. A tales efectos, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, la Consejería competente en materia de educación promoverá convenios de colaboración con las universidades con la finalidad de impulsar la coordinación entre la formación inicial y permanente del profesorado.

Asimismo, la Consejería competente en materia de educación impulsará la elaboración de convenios para la formación del profesorado que imparte niveles educativos especialmente relacionados con el mundo laboral o artístico.

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Por otra parte, la Consejería competente en materia de educación impulsará procedimientos para el reconocimiento mutuo de la formación impartida por el Instituto Andaluz de Administraciones Públicas y por el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.

EL PROYECTO DE GESTIÓN

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PROYECTO DE GESTIÓN

0. INTRODUCCIÓN

Este proyecto de gestión del Centro del Profesorado de Peñarroya-Pueblonuevo se sustenta sobre dos bases firmes: el marco normativo al que debe someterse y el Plan de Centro al que debe servir. Comencemos primero, por tanto, por hacer constar la base normativa en la que se sustenta y respeta:

▪ Ley Orgánica de Educación de 2006 (LOE)

▪ Ley de Educación de Andalucía de 2007 (LEA)

▪ Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado (BOJA del 30 de agosto)

▪ Orden de 8 de marzo de 2005, por la que se aprueba el baremo para la remuneración del personal dependiente de la Consejería que colabore en actividades de formación dirigidas al profesorado de todos los niveles educativos, a excepción de los universitarios, y otras actividades análogas. (BOJA del 29 de marzo)

▪ Orden de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos.(BOJA del 25 de mayo)

▪ Orden de 11 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se regula la gestión económica de los fondos con destino a inversiones que perciban con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación los centros docentes públicos de educación secundaria, de enseñanzas de régimen especial a excepción de los Conservatorios Elementales de Música, y las Residencias Escolares, dependientes de la Consejería de Educación (BOJA del 25 de mayo)

▪ Orden de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los Centros Docentes Públicos dependientes de la Consejería competente en materia de educación.

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▪ Orden de 3 de agosto de 2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de horario.

▪ Decreto 155/1997, de 10 de junio, por el que se regula la cooperación de las entidades locales con la Administración de la Junta de Andalucía en materia educativa. Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

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1. PRESUPUESTO DEL CEP

El Capítulo I de la ORDEN de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, regula el presupuesto de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación para cada curso escolar, que estará formado por el estado de ingresos y el de gastos, estando estos condicionados por el actual sistema educativo y la financiación pública de la educación.

La elaboración del presupuesto corresponde a la Secretaria del Centro, que lo presentará al Consejo de Centro, para su posterior estudio y aprobación, si procede.

1.1. Principios y criterios que inspiran en presupuesto.

El presupuesto se realizará anualmente atendiendo a estos principios:

1.1.1. Principio de Coherencia.

Se adecuará con los objetivos y actividades programadas en el Proyecto educativo, respetando lo indicado en el Reglamento de organización y funcionamiento.

1.1.2. Principio de Realismo o Sostenibilidad.

Será acorde a los recursos del centro y sobre la base de los recursos económicos consolidados en cursos anteriores.

Partiendo siempre de los remanentes del año anterior, de los ingresos, de los gastos pendientes, si los hubiese, y finalmente de los gastos probables que surgieran durante el año. La única cantidad real corresponde a los “Remanentes”, la cantidad correspondiente a “Ingresos” puede ser predecible, aunque no exacta; sin embargo, las cantidades de gastos son estimadas.

1.1.3. Principio de Análisis o Universalidad.

Será preciso añadir todos los ingresos y gastos. En cuanto a los ingresos se derivarán directamente de:

- Ingreso para Gastos de Funcionamiento por la Consejería de Educación.

- Ingreso para Actividades de Formación Continua.

Los gastos se ajustarán siguiendo los criterios de:

- Prioridad.

- Compensación.

- Rentabilidad.

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- Aprovechamiento.

- Material simple.

- Mantenimiento.

1.1.4. Principio de Integridad.

Todos los ingresos y los gastos se añadirán íntegramente. El presupuesto de ingresos se confeccionará de acuerdo con el modelo que figura como Anexo I de la Orden de 10 de mayo de 2006 y que se ha integrado en la plataforma Séneca, separando las partidas en tres columnas:

A. La primera de ellas contendrá la previsión de ingresos propios.

B. La segunda contendrá la previsión de ingresos como recursos procedentes de la Consejería de Educación, subdividiéndose a su vez en dos columnas, una para anotar los ingresos para gastos de funcionamiento y otra para anotar, en su caso, los ingresos para inversiones.

C. Cuando proceda, en la tercera columna se recogerán los fondos procedentes de otras personas o entidades. La suma de los importes de las tres columnas se corresponderá con el global total de ingresos. La confección del estado de gastos con cargo a recursos propios, procedentes de otras entidades o procedentes del presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, se efectuará conforme al modelo que figura como Anexo II de la citada Orden, sin más limitaciones que su ajuste a los créditos disponibles, a su distribución entre las cuentas de gasto que sean necesarias para su normal funcionamiento, según la estructura que figura en el Anexo III de esta Orden, y a la consecución de los objetivos o finalidades para los que han sido librados tales fondos.

1.1.5. Principio de Publicidad.

Se garantizará la transparencia. Corresponde al Consejo de Centro el estudio y aprobación del presupuesto, que deberá realizarse dentro de las limitaciones presupuestarias derivadas de la asignación fijada por la Consejería de Educación. La referida aprobación tendrá lugar, para el presupuesto inicialmente elaborado, antes de la finalización del mes de octubre de cada año.

La aprobación del ajuste presupuestario que proceda se realizará en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha en la que el centro recibe la comunicación de la cantidad asignada por la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento y, en su caso, para inversiones que deberá ajustarse una vez recibida por parte del Centro la comunicación de la Consejería de Educación de la cantidad que definitivamente le ha sido asignada.

1.1.6. Principio de Previsión.

Se procurará que al final del ejercicio económico del año, quede alguna cantidad de remanente, para poder hacer frente a los primeros gastos que surjan al comienzo del nuevo ejercicio económico.

1.1.7. Principio de Reajuste.

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Se ajustará, en cualquier momento del año, debido a esos ingresos y gastos no fijos y en función de las necesidades que se produzcan, con las mismas formalidades previstas para su aprobación. Para ello habrá que ser aprobado por el Consejo de Centro.

No podrán realizarse reajustes que permitan destinar las cantidades recibidas para inversiones o partidas finalistas a otros gastos de funcionamiento, ni tampoco aplicar las cantidades correspondientes a estos últimos a gastos de inversión, sin perjuicio de lo establecido en la Orden en el sentido de que el Centro del Profesorado podrá efectuar adquisiciones de equipos y material inventariable, con cargo a los fondos percibidos con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

a) Que queden cubiertas todas las necesidades para el normal funcionamiento del centro.

b) Que dichas adquisiciones tengan un límite máximo que quedará cuantificado en el 10% del crédito anual librado a cada centro con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento del mismo y se realicen previo informe de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación sobre la inclusión o no del material de que se trate en la programación anual de adquisición centralizada para ese centro. No estará sujeto a esta limitación el material bibliográfico que el centro adquiera.

c) Que la propuesta de adquisición sea aprobada por el Consejo de centro. En resumen, en el desarrollo de toda gestión económica deben seguirse las orientaciones propuestas en las fases siguientes:

- Establecimiento de un balance que permite conocer cuál es la situación económica real del centro.

- Confección de un presupuesto que dé respuesta a todas las inquietudes y proyectos que se desarrollan en el Proyecto Educativo.

- Utilización de un método contable claro y preciso. En nuestro caso todo el proceso de contabilidad se realiza a través del Módulo de Gestión Económica incluido en la aplicación Séneca.

- Presentación de la liquidación del presupuesto y balance económico final, de acuerdo con el proceso contable seguido, al Consejo de Centro, para la aprobación de su ejecución y la ulterior rendición de cuentas a las autoridades

1.2. Estructura de cuentas y subcuentas.

1.2.1. GRUPO DE CUENTAS DE INGRESOS.

a. Ingresos

▪ Ingresos por Recursos Propios. (No se contemplan ingresos por este concepto)

▪ Ingresos por la Consejería de Educación

- Formación Continua

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CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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- Gastos de Funcionamiento Ordinarios

- Formación Continua (CEP)

▪ Ingresos por otras entidades

- Aportaciones de otras entidades. (Participación en Programas Europeos)

- Retenciones de IRPF. En este epígrafe se incluyen las cantidades retenidas en concepto de IRPF a las personas que colaboran con el Centro del Profesorado como Personal Agregado en actividades formativas, estas cantidades retenidas se reintegran a la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía.

- Intereses Bancarios

b. Remanentes

▪ Remanentes de Recursos Propios

▪ Remanentes de la Consejería de Educación

- Remanente Dotación gastos funcionamiento

- Remanente ejercicio anterior e Inversiones

c. Remanentes de otras entidades

▪ Remanentes de otras entidades

1.2.2. GRUPO DE CUENTAS DE GASTOS

a. Bienes corrientes y servicios

a.1. Arrendamientos

▪ Terrenos

▪ Edificios y otras construcciones

▪ Maquinaria, instalaciones y utillaje

▪ Material de transporte

▪ Mobiliario y enseres

▪ Equipos para procesos de información

▪ Equipos de laboratorios.

▪ Material deportivo

▪ Otro inmovilizado material

▪ Alquiler de instalaciones externas

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PLAN DE CENTRO 2019-20121

CEP Peñarroya-Pueblonuevo

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a.2. Reparación y conservación

▪ Mantenimiento de edificios (Gastos derivados de la reparación de desperfectos en los edificios utilizados por el CEP para el

desarrollo de su labor)

▪ Mantenimiento de equipos y herramientas (Gastos derivados de la reparación y mantenimiento de todo tipo de equipos

propiedad del CEP a excepción de los equipos para el proceso de información)

▪ Mantenimiento de instalaciones (Gastos derivados de la reparación y mantenimiento de las instalaciones de los edificios

utilizados por el CEP, como pueden ser: instalación eléctrica, instalación de calefacción, fontanería, refrigeración, etc...)

▪ Mantenimiento de equipos para el proceso de información (Gastos derivados de la reparación y mantenimiento de

equipos propiedad del CEP para el proceso de la información).

a.3. Material no inventariable

▪ Material de oficina (Gastos derivados de la compra de todo tipo de material fungible de uso propio de oficinas, por ejemplo, folios,

carpetas, bolígrafos, lápices, grapas, etc…).

▪ Consumibles de reprografía (Gastos derivados de la compra de material fungible que utilizan las fotocopiadoras, plastificadora,

etc.).

▪ Consumibles informáticos (Gastos derivados la compra de elementos fungibles para los equipos de proceso de información, tóner

para impresoras, discos CD, DVD, Pen-Drive, etc.).

▪ Otro material inventariable.

a.4. Suministros

▪ Energía eléctrica

▪ Agua

▪ Gas Combustible para calefacción

▪ Vestuario (Gastos derivados de la compra del vestuario del personal no docente).

▪ Productos alimenticios (Gastos derivados de la compra de algunos productos alimenticios, para cuan-do en alguna actividad

formativa, con carácter excepcional, se sirve algún tipo de merienda o desayuno).

▪ Productos farmacéuticos (Gastos derivados de la compra de productos para el botiquín).

▪ Otros suministros.

a.5. Comunicaciones

▪ Servicios Postales (Gastos derivados del envío de cualquier tipo de documento, así como del correspondiente a los apartados de

correos).

▪ Servicios de herramientas informáticas (Gastos derivados del dominio, diseño, mantenimiento y alojamiento de la página

web, así como de la compra o mantenimiento de cualquier otra herramienta informática).

▪ Servicios de Telefonía Fija de la Red Corporativa

▪ Servicios de Telefonía Móvil de la Red Corporativa

▪ Servicios de Telefonía Fija ajenos a la Red Corporativa

▪ Servicios de Telefonía Móvil ajenos a la Red Corporativa

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a.6. Transporte

▪ Dietas y Desplazamientos personal del centro

- Desplazamientos:

- Desplazamiento personal CEP (Gastos derivados de los desplazamientos y dietas de los/as asesores/as, que por razones

del servicio tengan derecho).

- Bolsas de ayuda asistentes (Gastos derivados del pago en concepto de bolsa de ayuda a los asistentes a una actividad

formativa que se desarrolla fuera de la localidad de destino del participante).

- Desplazamiento personal agregado (Gastos derivados de los desplazamientos y dietas del personal que actúa como

ponente, conferenciante, tutor, etc. En las actividades formativas organizadas por el Centro del Profesorado Peñarroya-Pueblonuevo).

- Portes (Gastos debidos al transporte de mercancías o envíos a través de servicio de mensajería).

a.7. Gastos diversos

▪ Minutas del personal de la Consejería de Educación. (Gastos derivados de la participación como ponente,

conferenciante, tutor o cualquier otra colaboración docente de cualquier persona al servicio de la Consejería de Educación en el desarrollo de una actividad formativa organizada por el Centro del Profesorado Peñarroya-Pueblonuevo).

▪ Minutas del personal ajeno a la Consejería de Educación. (Gastos derivados de la participación como ponente,

conferenciante, tutor o cualquier otra colaboración docente de cualquier persona ajena a la Consejería de Educación en el desarrollo de una actividad formativa organizada por el Centro del Profesorado Peñarroya-Pueblonuevo).

▪ Publicaciones. (Gastos derivados del diseño, maquetación, impresión, grabación, etc. de cualquier publicación promovida por el Centro

del Profesorado Peñarroya-Pueblonuevo).

a.8. Trabajos realizados por otras empresas

▪ Actividades Docentes

▪ Servicio de Hostelería

▪ Servicios Informáticos

▪ Servicio de limpieza (Gastos derivados de los trabajos de limpieza tanto de los espacios interiores de los edificios como de los jardines

y entornos exteriores a los edificios).

▪ Servicios de Jardinería

▪ Servicios de Reparación y Conservación

▪ Tecnologías de Información y la Comunicación

▪ Servicios de catering (Gastos correspondientes a comidas, desayunos, meriendas, etc. de las personas asistentes a actividades

formativas que por la organización de las mismas así lo requiera y de los asesores y asesoras cuando desarrollen su trabajo fuera del lugar habitual).

▪ Servicios hoteleros (Gastos correspondientes al alojamiento de asistentes a actividades de carácter regional, ponentes,

conferenciantes, tutores o cualquier otro colaborador docente que participa en actividades formativas organizadas por el Centro del Profesorado Peñarroya-Pueblonuevo, que tiene que desplazarse desde zonas alejadas al lugar de celebración de la actividad y de los asesores y asesoras del Centro del Profesorado cuando tienen que pernoctar fuera por razones de servicio.)

▪ Otros servicios

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b. Adquisiciones de material inventariable

▪ Adquisiciones para uso general del centro

- Material didáctico (Gastos derivados de la compra de todo tipo de material didáctico).

- Mobiliario (Gastos derivados de la compra de mobiliario para uso del Centro del Profesorado Peñarroya-Pueblonuevo).

- Libros

- Equipamiento tecnológico o informático (Gastos derivados de la compra de equipos tecnológicos y material informático).

▪ Adquisiciones para uso específico

c. Inversiones

▪ Cuenta de Obras de Reparación, Mejora o Adecuación de Espacios/Instalaciones

- Proyectos de obras de reparación y mejora

▪ Cuenta de equipamiento

d. Ajuste Gastos para el Año Siguiente

▪ Ajuste Gastos de justificaciones para el año siguiente

- Ajuste Gastos de justificaciones para el año siguiente

1.2.3. GRUPO DE CUENTAS FINANCIERAS

a. Finanzas

▪ Caja

- Caja

▪ Banco

- Banco

1.3. Calendario del ejercicio presupuestario.

Las etapas en la realización del presupuesto de nuestro Centro son:

▪ Durante los meses de junio y septiembre se determinarán las necesidades y las prioridades a partir del borrador del Proyecto de Formación.

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▪ El proyecto del presupuesto será elaborado por el Secretario o Secretaria del centro. El proyecto de presupuesto del centro será inicialmente elaborado sobre la base de los recursos económicos consolidados recibidos por el mismo en los cursos académicos anteriores. Una vez comunicadas por la Consejería de Educación las cantidades asignadas a cada centro para gastos de funcionamiento y, en su caso, para inversiones, se procederá al ajuste del presupuesto a tales disponibilidades económicas.

▪ Corresponde al Consejo de Centro, el estudio y aprobación del presupuesto, que deberá realizarse dentro de las limitaciones presupuestarias derivadas de la asignación fijada por la Consejería de Educación. La referida aprobación tendrá lugar, para el presupuesto inicialmente elaborado, antes de la finalización del mes de octubre de cada año.

▪ A lo largo del curso será la dirección del CEP la que dé el visto bueno a la Secretaría para que realice los pagos. La Secretaría llevará la contabilidad y realizará el seguimiento y el control de los gastos. Se realizarán dos conciliaciones bancarias semestrales al finalizar los meses de Marzo y Septiembre.

▪ Se efectuará una aprobación de las cuentas utilizando el Anexo X “Estado de cuentas rendidas al Centro”, analizando el cumplimiento del presupuesto.

▪ Un último paso es la justificación de cuentas a la administración Educativa.

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2. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO.

La existencia de una sede en Peñarroya-Pueblonuevo y un Aula de Extensión en Pozoblanco, dan a nuestro Centro del Profesorado una identidad propia que se remarca especialmente en la conservación y mejora de las instalaciones y, sobre todo, el equipamiento.

En los ANEXOS II y III se incluyen los planos de las instalaciones.

Cada habitáculo está numerado de forma que servirá de referencia para cualquier localización en el inventario o en el registro de averías.

En general podemos decir que los elementos constructivos no se encuentran en buen estado y por ello es imprescindible e ineludible una política profunda de mantenimiento. Al ser ambos edificios de titularidad municipal, corresponde a los ayuntamientos respectivos el mantenimiento de los mismos. Por ello se hace necesaria una perfecta coordinación y comunicación entre la dirección del CEP y las Delegaciones municipales correspondientes. Es, por tanto, de aplicación en nuestro Centro del Profesorado el Decreto 155/1997, de 10 junio, por el que se regula la cooperación de las entidades locales con la Administración de la Junta de Andalucía en materia educativa, y lo dispuesto en su artículo 6, en referencia a la conservación, mantenimiento y vigilancia de los centros docentes que “corresponderá a los municipios la conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios propios o dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia, destinados íntegramente a centros de educación infantil de segundo ciclo, educación primaria y educación especial”.

Corresponde a todos los miembros de nuestro centro y usuarios temporales de sus servicios hacer un uso responsable y adecuado de las instalaciones y equipamiento, tomando este las medidas oportunas cuando se produzcan daños, ya sean por el buen o mal uso de las mismas. En el caso de detección de alguna de estas circunstancias se comunicará a la mayor brevedad posible a la secretaría del centro.

2.1. Aula de informática.

Entenderemos por aula de informática la total de ordenadores, pizarras digitales, monitores, etc. existentes en los dos edificios que se usan para la impartición de actividades formativas. Ello quiere decir que no se limita las aulas denominadas con este título sino, también a la totalidad de ellas dado que en todas existen ordenadores y pizarras digitales interactivas para el uso de los ponentes. Teniendo en cuenta la naturaleza de los elementos que las componen y el alto coste de los mismos, se requerirá una supervisión extraordinaria que se realizará al finalizar cualquier actividad y, además, una ordinaria en la primera semana de cada mes.

En esta supervisión se comprobará:

- Que están en buen estado y no se aprecian desperfectos.

- Que no falta ningún elemento periférico como ratones.

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- Que los equipos encienden y arrancan sin problemas sus sistemas operativos.

- Que los fondos de escritorio no contienen información o formato inapropiado.

- Que el acceso a la red es correcto.

Todas las incidencias que se detecten, junto con los datos de la persona que realiza la supervisión y la fecha y motivo de la misma, quedarán plasmados en un informe según el modelo elaborado al efecto, que estará depositado en el mismo aula de informática, y que se entregará en Secretaría para proceder a solventar las deficiencias y tomar medidas para evitar que se repitan. Cuando alguna de las asesorías entienda que alguno de los equipos está obsoleto y merece la pena ser cambiado por otro lo comunicará a la secretaría del centro, que lo trasladará al equipo directivo que valorará su renovación.

2.2. Material audiovisual.

De forma análoga al mantenimiento del aula de informática, existirá en la sede y en aula de extensión, una asesoría responsable del control del material audiovisual existente. Esta asesoría será la responsable del estado de conservación, la reposición (mediante comunicación de necesidad al equipo directivo) y el uso de estos instrumentos. Se pone a disposición de los centros de nuestra zona de actuación y del profesorado de los mismos de los elementos audiovisuales existentes. Para ello se usará un sistema de control de préstamos donde se hará constar el responsable de la retirada del material, la fecha del préstamo y la devolución y las posibles incidencias del estado del material o de su uso que puedan resultar de interés, se adjunta ANEXO V de cesión. Además, en todos los casos quedará constancia escrita del recibí del correspondiente material, firmada y fechada por parte del solicitante, donde se especificarán las condiciones del préstamo.

En este sentido, cada usuario que solicite el préstamo será el único responsable del estado de conservación del mismo en el momento de su devolución debiendo correr con todos los gastos de una nueva adquisición o reparación de desperfectos originados por un mal o indebido uso. Por el contrario, aquellos que provengan de un uso racional y normal correrán a cuenta de este centro del profesorado.

2.3. Biblioteca.

La orden de 10 de mayo de 2006, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación, establece en relación al estado de gastos, que los centros docentes podrán efectuar adquisiciones de equipos y material inventariable, siempre que queden cubiertas todas las necesidades para el normal funcionamiento del CEP y que dichas adquisiciones tengan un límite máximo cuantificado en el 10% del crédito anual librado a cada CEP para gastos de funcionamiento, no estando sujeto a esta limitación el material bibliográfico que el centro adquiera.

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La secretaría del CEP será la responsable de realizar y actualizar el inventario del fondo bibliográfico. En la sede del CEP, será la ordenanza, la encargada de controlar el sistema de préstamos y en el aula de extensión, las asesorías. El criterio de mantener las bibliotecas de ambas sedes con el mismo fondo bibliográfico será prioritario a la hora de planificar estas adquisiciones. La gestión de los préstamos será controlada a través del ANEXO IV.

2.4. Aulas y salón principal.

Cada asesoría antes de la primera sesión de una actividad procederá a realizar una supervisión de las condiciones generales del aula donde se vaya a realizar. Igualmente al finalizar la misma volverá a hacerlo para asegurarse que las condiciones en que se deja son las adecuadas y correctas. Si en alguna de estas dos revisiones se detectarán desperfectos o anomalías procederá a comunicarlo a la secretaría del CEP.

2.5. Seguridad.

Aunque como se ha citado, en el artículo 6 del Decreto 155/1997 se deja claro que la vigilancia de la sede del CEP y del Aula de extensión, corre a cargo de los correspondientes ayuntamientos, se dispondrá de un sistema centralizado de alarmas que aseguren el buen estado e impidan al acceso a personas no autorizadas. Dicho sistema se someterá, como no puede ser de otra forma, a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de protección de los datos de carácter personal (LOPD. El AEX no dispone de alarma.

2.6. La limpieza.

El servicio de limpieza de ambas instalaciones se realizará diariamente de lunes a viernes en horario de mañana, por personal de limpieza dependiente de los correspondientes ayuntamientos. Para evitar posibles errores de coordinación entre las actividades docentes y este servicio, cualquier cambio de horario será consensuado entre la secretaría del CEP y el responsable municipal.

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3. CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS, DISTINTOS DE LOS GRAVADOS POR TASAS, Y OTROS FONDOS PROCEDENTES DE ENTES PÚBLICOS, PRIVADOS O PARTICULARES.

El CEP pone a disposición de asociaciones e instituciones sus instalaciones para aquellas actividades que se consideren oportunas, siempre que no afecten al horario y a la normal actividad del centro, ni contradigan las normas legales. Es el Director el encargado de informar al Consejo de Centro de aquellos proyectos en los que otras personas o instituciones soliciten la utilización de nuestras instalaciones, siempre que éstas asuman la responsabilidad de asegurar el normal desarrollo de la actividad propuesta, adoptar las medidas necesarias de control y adecuada utilización de estas instalaciones y sufragar los gastos ocasionados por posibles deterioros, pérdidas o roturas del material, instalaciones o servicios y cualquier otro que se derive directa o indirectamente de la realización de la actividad que se propone en el proyecto presentado.

En este sentido siempre se dará prioridad a las actividades propias que a las ajenas a su organización y, por tanto, será imprescindible que las solicitudes al respecto se presenten con la suficiente antelación.

Igualmente eso hace necesaria una efectiva planificación de las actividades formativas propias y un registro adecuado y actualizado de las mismas. La plataforma Séneca será el vehículo de comprobación de la ocupación o no de las instalaciones a utilizar. Quiere esto decir que se entenderán libres aquellas instalaciones en las que las asesorías no hayan grabado en dicha aplicación, en el plazo citado de quince días antes, la ocupación en fecha y hora adecuadas.

El CEP de Peñarroya–Pueblonuevo no prevé obtención de ingresos por este motivo.

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4. PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUAL GENERAL DEL CEP.

Con la entrada en vigor del Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, será función de la secretaría del centro la coordinación de la elaboración, el control y la custodia del Inventario General del Centro.

El registro de inventario recogerá los movimientos de todo el material inventariable del centro incluyendo tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan independientemente de su procedencia y cuyo destino y utilización sea el centro.

Tendrá carácter de material inventariable, entre otros, el siguiente: mobiliario, equipo de oficina, equipo informático, equipo audiovisual no fungible, copiadoras, material docente no fungible, máquinas y herramientas y, en general, todo aquel que no sea fungible.

Todas las localizaciones de referencia que aparezcan en el registro de inventario seguirán la nomenclatura y situación de los dos planos que se han incluido en el apartado 2 de este proyecto.

Todo el control de inventario se realizará en la aplicación Séneca. Dicha aplicación genera de manera automatizada el Anexo VIII (Libro de entradas en el curso escolar en el Registro de Inventario) y el Anexo VIII Bis (Libro de bajas del curso escolar en el Registro de Inventario) y por tanto no será necesaria su elaboración y actualización manual. Ello significa que en el mismo momento de la recepción del nuevo material o de la confirmación de la baja del mismo será grabado en dicha aplicación que se mantendrá al día en este apartado.

Así, no será necesario un libro de Altas en el que se registraría el material recibido al momento hasta su ubicación definitiva y su inclusión en el Inventario General del Centro ni un libro de Bajas en el que se registraría el material que por la circunstancia que sea tiene que ser dado de baja en cualquier momento hasta que se haga efectiva en el en el Inventario General del Centro. El proceso, en todos los casos, será instantáneo.

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5. CRITERIOS PARA UNA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS DEL CEP Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE, COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.

Desde nuestro centro somos conscientes de la necesidad de una educación que ayude a contemplar los problemas medioambientales y a la gestión sostenible de los recursos, integrando el desarrollo sostenible a todos los niveles educativos, e inculcando la idea de que los recursos no son inagotables, siendo necesario adoptar medidas que conduzcan a un uso sostenible de los recursos del CEP.

Por iniciativa propia, nuestro CEP lleva a cabo varias líneas de actuación puestas en marcha hasta el momento mediante un plan de gestión adecuado a las características de nuestro CEP para mejorar su calidad ambiental y facilitar las tareas de gestión como son la reducción y reutilización de residuos, limpieza, consumo eléctrico, agua, etc.

La Educación Ambiental de los centros educativos, debe proporcionar los conocimientos básicos de lo que ocurre en el medio cuando realizamos una actividad, como por ejemplo dejar el grifo de agua corriendo sin utilizar, no apagar la luz de aulas vacías o gastar innecesariamente papel, para relacionarlo posteriormente con temas como el agotamiento de recursos. Debemos por ello, suministrar una información ambiental básica, que proporcione la información necesaria de las consecuencias que nuestras actividades pueden generar en el medio ambiente.

Los aspectos ambientales más importantes y presentes en el día a día del CEP son el consumo de recursos, la producción de residuos y la utilización de espacios, abarcando los siguientes aspectos ambientales:

▪ Residuos y reciclaje

▪ Energía

▪ Consumo de agua.

5.1. En relación a los residuos y reciclaje.

En este proyecto pretendemos ofrecer una visión general de las líneas de actuación puestas en marcha a iniciativa propia encaminadas a mejorar la calidad medioambiental de nuestro centro.

5.1.1. Reciclaje del Papel en el CEP.

Nuestro CEP dispone de una papelera grande de cartón en el vestíbulo principal de cada sede en la que los usuarios identifican como lugar destinado a recoger el papel y cartón para su posterior reciclaje. También dispone de papeleras en todas las aulas y despachos.

Una vez a la semana se lleva el papel al contenedor azul para su reciclaje.

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Todos los documentos con datos comprometidos o personales son triturados por una destructora de papel existente en la Conserjería de la sede del CEP y en el despacho de las asesorías de la AEX. Esta obligación se extiende a todo el personal que trabaje en este centro del profesorado.

Como normas básicas para la reducción de gastos de papel se tendrán:

- Usar normalmente y siempre que sea posible papel reciclado.

- Imprimir la documentación a doble cara.

- Evitar imprimir aquellos documentos que no sean imprescindibles y fomentar el uso del archivo electrónico frente al físico.

- Añadir en la firma de los correos electrónicos un mensaje de ahorro de impresiones de papel.

- Reutilizar hasta cuando sea posible las carpetas y clasificadores de cursos anteriores una vez se haya comprobado la inutilidad de su guarda.

- Evitar la entrega de carpetas y folios en aquellas actividades donde haya constancia clara que no se hace necesario su uso.

5.1.2. Reciclaje de botellas y envases de plástico.

Debido a lo escaso y limitado de su uso no se dispone de un protocolo de reciclaje específico para el plástico de botellas y envases. Tan solo existe una papelera específica junto a la fuente de agua existente en el pasillo principal.

Semanalmente el personal de limpieza deposita los residuos plásticos en un contenedor específico que hay a escasa distancia de nuestro centro.

Se fomentará el uso de vasos de cristal o pasta individualizados para cada asesoría o integrante del PAS evitando el uso de los desechables.

5.1.3. Reciclaje de pilas eléctricas.

La sede del CEP dispone de un punto de recogida selectiva de pilas y baterías usadas para la gestión medioambiental con el objetivo fundamental de reducir el impacto medioambiental de éstas e instar a los productores a la reducción de posibles sustancias peligrosas contenidas en las pilas.

5.1.4. Reciclaje de los cartuchos de tinta o los tóneres de impresoras y fotocopiadoras.

Los consumibles informáticos, cartuchos de tinta o tóneres de impresoras y fotocopiadoras, se consideran residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, RAEES, de acuerdo con el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos (BOE del 26 de febrero), y tienen la clasificación de residuos urbanos. No obstante el contenido de los

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cartuchos, el polvo de tóneres, si tienen la consideración de residuo peligroso al contener sustancias químicas contaminantes y derivados del petróleo no biodegradables.

En nuestro CEP este tipo de residuos se llevan al Punto Limpio Centro.

5.1.5. Detergentes y ambientadores.

Dado que servicio de limpiezas es de titularidad municipal este centro del profesorado aconsejará y podrá establecer convenios con el mismo para el uso de detergentes y ambientadores biodegradables y que afecten de la menor manera posible la calidad el aire y el mantenimiento del medio ambiente.

5.2. En relación a la energía.

La única energía que consume nuestro CEP es la eléctrica ya que no utilizamos gasóleo de calefacción ni ninguna otra fuente.

El mantenimiento del sistema de iluminación es realizado por los ayuntamientos responsables de cada sede.

Desde el CEP, se procura realizar un consumo racional de la misma, utilizando los sistemas de iluminación y electricidad de forma adecuada a nuestras necesidades. En cuanto al uso del aire acondicionado, este CEP procurará en la medida de lo posible asumir las instrucciones que desde la Confederación de Asociación General de Consumidores (ASGECO) se hace para un consumo racional y responsable del mismo:

- Echar persianas y toldos en las ventanas y acristalamientos donde da más el sol. Esta medida permitirá ahorros de energía de aproximadamente un 30%, dependiendo de la orientación de la vivienda o habitación.

- No regular la temperatura demasiado baja: la temperatura ideal es de 25ºC (una diferencia de temperatura con el exterior superior a 12º no es saludable), cada grado menos supone un incremento del consumo entre un 5 y un 10%.

- Limpiar periódicamente los filtros de aire y vigilar el mantenimiento del equipo: esta medida contribuirá a un menor consumo del aparato y a mantener la estancia libre de gérmenes.

- Desconectar el aire acondicionado cuando no haya nadie en la habitación.

- Evitar abrir puertas y ventanas para ventilar cuando el aparato está en funcionamiento (mejor hacerlo en las primeras horas de la mañana o durante la noche, con el aire acondicionado apagado) y mantener alejado el termostato de las fuentes de calor, como lámparas y radiación directa del sol. En cuanto al uso de los ordenadores se configurarán sus condiciones de energía de forma que se atenúen sus monitores a los cinco minutos sin utilizar y se apaguen después de los quince minutos.

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5.3. En relación al consumo de agua.

Igualmente, el sistema de distribución y saneamiento del agua corresponden a los Ayuntamientos Peñarroya-Pueblonuevo y Pozoblanco.

En general, el gasto de agua es mínimo y los servicios, que son las dependencias donde mayor consumo se produce, disponen de grifería de corte automático para un menor consumo de agua. Existen, como ya se ha citado de una fuente de agua fría en ambas instalaciones del CEP.

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6. GESTIÓN ECONÓMICA DEL CEP.

6.1. Gastos de funcionamiento.

6.1.1. Formas de pago.

Como medida general de transparencia y constancia de sus movimientos, todos los pagos que realice el CEP en toda su gestión económica se hará mediante trasferencia bancaria a la cuenta bancaria que indique el proveedor y del que deberá constar como titular principal. Para ello se recabará del acreedor la correspondiente factura y se procederá a su abono posterior. Como medida general la generación de las remesas bancarias y su correspondiente abono se realizará semanalmente, ajustándose sobradamente a los requisitos establecidos en la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (BOE del 6 de julio).

Las transferencias se realizarán por la modalidad de remesa bancaria mediante el envío on-line a la entidad bancaria de un fichero Q34 que genera la aplicación Séneca. Dicho envío será confirmado mediante las firmas digitales de dos claves, el director y el secretario del CEP. Además inmediatamente después de la segunda firma se recabará del banco un documento que confirme la tramitación correcta del pedido y un extracto específico del día en que se realizaron los pagos y que se adjuntarán a las facturas de esa remesa. Cada remesa, con los citados documentos, se guardará correlativamente en archivos independientes para una más fácil gestión y localización.

No se admitirán pagos en metálico ni se contemplarán movimientos de caja. El pago a través de cheques y talones, solo se realizará mediante talón bancario y se hará exclusivamente para pagos a la Agencia Tributaria para el abono de retenciones y declaraciones.

6.1.2. Racionalización de gastos.

En aras a la optimización de los recursos económicos de los que dispone este CEP se disponen una serie de medidas de ahorro que se relacionan, que se añaden a otras que se proponen en otros apartados:

▪ En los desplazamientos a las asesorías a los mismos destinos se procurará compartir vehículo siempre que la organización de las actividades lo permita. Se priorizará el transporte colectivo al individual siempre que suponga un menor coste.

▪ Se procurará la contratación de tarifas planas telefónicas de voz y datos de cara a minorar la facturación total en telefonía y facilitar y agilizar la gestión desde el centro y las asesorías. Independientemente de que sea haga, las llamadas de índole privada no tienen cabida con la red pública.

▪ No se imprimirán documentos cuya gestión pueda tramitarse vía telemática o digital tal y como ya se ha comentado en el apartado de la sostenibilidad de nuestro centro. Ha de evitarse

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imprimir copias en blanco y negro o en color donde es suficiente una proyección o un comunicado por correo electrónico.

▪ Evitar imprimir en impresoras de inyección de tinta y en color, pues los cartuchos son excesivamente caros.

▪ Restringir trabajar con tintas de colores a lo imprescindible, usar impresos y copias en blanco y negro y a dos caras, siempre que sea posible.

▪ Reutilizar equipos reciclados antes de considerar la compra de nuevo equipamiento informático. Se debe explorar si hay en el CEP alguno de esas características que se pueda utilizar.

▪ Aunque lo exige la normativa, obtener distintos presupuestos en la adquisición de equipamiento o suministros de acuerdo a lo que se especifica en el apartado de contratación. La compra centralizada de estos productos puede suponer un ahorro considerable a lo largo del curso, por lo que la secretaría procurará coordinar estas adquisiciones.

6.1.3. Requisito de las facturas.

Todas las facturas irán dirigidas a la siguiente dirección:

CEP PEÑARROYA-PUEBLONUEVO

C/ Maestro José Torrellas, s/n

14200 Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba)

CIF: S4111001F

Se incluirán los siguientes requisitos conforma a lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (BOE 289 de 1 de diciembre):

- Nombre o razón social del proveedor

- NIF o CIF del proveedor

- Dirección, código postal y localidad del proveedor

- Fecha y número de factura

- Base imponible, desglose de IVA y cantidad total a pagar

- Sello y firma, o marca publicitaria reconocida

Cuando una factura se corresponda con gastos ocasionados por la realización de una actividad, deberán indicarse claramente el código de dicha actividad y su relación o no con su justificación a partidas específicas (FEDAP).

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6.2. Contratación administrativa: Expedientes de contratación.

Según el artículo 38, apartado l) del Decreto 93/2013 “corresponde al director del CEP realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos, todo ello de acuerdo con lo que establezca la Consejería competente en materia de educación. En el ejercicio de su autonomía para administrar estos recursos, los directores y directoras de los centros del profesorado tendrán todas las competencias que corresponden al órgano de contratación, incluida la aprobación del gasto correspondiente, relativas a cualquier tipo de contratos menores, de conformidad con la legislación aplicable en materia de contratación administrativa”.

Tal y como establece la normativa vigente la contratación que realice nuestro centro debe ajustarse a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (BOE del 16 de noviembre), en adelante Real Decreto. Todos los contratos que firmen en el funcionamiento de nuestro centro del profesorado tendrán la consideración de contratos menores y por ello deben ajustarse a los criterios que para este tipo de contratación establece el artículo 138.3 del citado Real Decreto: “Se consideran contratos menores los contratos de importe inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 206 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal” así como el artículo 23.3 referente a que “no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga”.

A partir de esta declaración es de aplicación lo establecido en el artículo 111 referente a que en este tipo de contratos “la tramitación del expediente sólo exigirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan” y que en el caso de contrato menor de obras “deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando normas específicas así lo requieran”. Lógicamente, tal y como se establece en este mismo articulado “deberá igualmente solicitarse el informe de supervisión a que se refiere el artículo 125 cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra”.

Aunque para los contratos menores no es necesaria la formalización de ningún contrato administrativo, si existiera interés manifiesto por parte de este CEP se exigirá su cumplimentación a los prestatarios del servicio.

Para la adjudicación de la concesión se aplicará, por tanto, lo que indica el punto tercero del artículo 138 referente a que “los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 111” antes citado.

Para el caso especial de suscripciones a revistas y la posible contratación del acceso de la información contenida en bases de datos especializadas, que el Real Decreto da la consideración de contratos privados, se actuará conforme a lo que expresa la Disposición adicional novena referente “podrán efectuarse, cualquiera que sea su cuantía siempre que no tengan el carácter de contratos sujetos a regulación armonizada, de acuerdo con las normas establecidas en esta Ley para los contratos menores y con sujeción a las condiciones generales que apliquen los proveedores, incluyendo las referidas a las fórmulas de pago. El abono del precio, en estos casos, se hará en la forma prevenida en las condiciones que rijan estos contratos, siendo admisible el pago con anterioridad a la entrega o realización de la prestación, siempre que ello responda a los usos habituales del mercado”.

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Independientemente de lo comentado anteriormente, si la cantidad a contratar tiene la suficiente cuantía para que, en aras a la transparencia de gestión y oportunidad de participación pública, se considere oportuno la puesta en marcha de un proceso de contratación ordinaria con la exposición de concurso público y recepción de ofertas, o bien la simple solicitud de varios presupuestos a título orientativo, se hará aunque los límites marcados para la contratación menor no se hayan rebasado.

Para que los criterios establecidos por los distintos CEP de la provincia sean homogéneos, teniendo en cuenta la coincidencia de muchos proveedores y procesos, se han consensuado unas cantidades de referencia a partir del cual se comenzarán estas medidas no contempladas por la norma:

- Contratos de obras que superen los 30.000 euros (sin impuestos) se realizarán mediante licitación pública.

- Contratos de servicios que superen los 15.000 euros (sin impuestos) se realizarán mediante licitación pública.

- Contratos de servicios que superen los 5.000 euros (sin impuestos) se solicitarán tres presupuestos y se aclarará mediante una memoria justificativa los criterios usados para determinar el que se llevará a efecto.

6.3. Contratación de ponencias para actividades formativas.

Las personas agregadas a las actividades formativas como ponentes, coordinadoras o conferenciantes (en adelante ponentes) serán propuestas por la asesoría responsable de la correspondiente actividad y aprobadas por la dirección del CEP. Serán informadas específicamente de que durante el periodo en el que se desarrolla la actividad no pueden estar incursas en incompatibilidades que le impidan la realización de estas tareas y que no pueden superan el límite de horas ni de retribuciones integras anuales establecidas en el artículo 33 del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía (BOJA del 21 de abril), modificado por la Disposición Adicional Cuarta del Decreto 249/97, de 28 de octubre (BOJA del 8 de noviembre).

Los requisitos que deberán cumplir los ponentes para que puedan ser contratados por el CEP serán:

- Ser trabajadores en activo, ya sean funcionarios, trabajadores autónomos o por cuenta ajena, o estar en situación de jubilación.

- Tener constancia expresa de la capacitación para la impartición de la actividad y la temática concreta.

Los criterios de selección que se utilizarán serán:

1. Experiencia profesional como docente.

2. Formación académica.

3. Experiencia profesional.

4. Proximidad geográfica y destino en la zona de actuación de este CEP.

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Para obtener la aprobación de la dirección, cada asesoría generará a través de la aplicación Séneca el documento Propuesta para nombramiento como docente para impartir acciones formativas del Centro del Profesorado de Peñarroya-Pueblonuevo que será firmado por el director antes de la publicación de la convocatoria. A dicha propuesta se adjuntará un currículum o informe de la asesoría donde se especifiquen los criterios que aconsejan la contratación del mismo. Una vez firmado se pasará a la firma del personal agregado y será entonces cuando se podrá proceder a abrir el plazo de solicitud de la actividad, archivándose. El original de este documento como parte del expediente de la misma.

Las certificaciones correspondientes a estos trabajos y las cantidades a percibir por los mismos deberán, en todos los casos, ajustarse a lo establecido en el anexo de la Orden de 8 de marzo de 2005, por la que se aprueba el baremo para la remuneración del personal dependiente de la Consejería que colabore en actividades de formación dirigidas al profesorado de todos los niveles educativos, a excepción de los universitarios, y otras actividades análogas y que se acuerdan unas cantidad de referencia.

Por otra parte, cabe recordar algunos extremos recogidos en diferentes normativas, especialmente las referidas a:

- Las minutas y desplazamientos de los ponentes universitarios, y las minutas libradas a empresas contratadas como ponentes serán las habituales que suele abonar el CEP.

- Se pueden abonar minutas como ponentes a profesorado que actúe como tales en actividades por la mañana (en su horario laboral) hasta un máximo de cuatro días lectivos por año.

- El profesorado que actúe como ponente debe tener en cuenta, bajo su propia responsabilidad, que sólo puede actuar como tal hasta un máximo de setenta y cinco horas por año natural, y debe poner en conocimiento del CEP cualquier circunstancia diferente en este sentido.

▪ Cursos, cursos con seguimiento o cursos semipresenciales:

- Las horas no presenciales no podrán alcanzar el 20% del total de horas.

- Se certifican como ponencia el total de horas presenciales y como tutoría las no presenciales.

- Se abonará por cada hora presencial lo estipulado en la Comisión del Equipo Técnico Provincial.

▪ Cursos a distancia:

- Las horas son no presenciales.

- Se certifican como ponencia el total de horas presenciales y como tutoría las no presenciales.

- Se abonará por cada hora y demás conceptos lo estipulado en la Comisión del Equipo Técnico Provincial.

▪ Conferencias:

- Se aplican a actividades puntuales que reúnan características singulares por su tipología, número de asistentes, etc.

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- Se certifican como conferenciante el total de horas presenciales.

- Se abonará por cada hora y demás conceptos lo estipulado en la Comisión del Equipo Técnico Provincial.

▪ Coordinaciones:

- Consistirá en la realización de todas las gestiones necesarias para la realización de la actividad formativa.

- Se certifican como coordinación el total de horas presenciales.

- Se abonará por cada hora y demás conceptos lo estipulado en la Comisión del Equipo Técnico Provincial.

Para el caso de actividades que contengan sesiones presenciales, se abonará en concepto de gastos de desplazamiento la cantidad de 0,19 euros por kilómetro entre la ciudad donde tenga su centro de destino o domicilio (en el caso de personal no docente) la persona responsable de la actividad y el lugar de celebración. Se abonarán en concepto de dietas las cantidades establecidas por el Decreto 54/1989, y sus modificaciones posteriores teniendo en cuenta que los siguientes criterios:

- Se entenderá la necesidad de proporcionar el almuerzo cuando la actividad termine después de las 15 horas.

- Se entenderá la necesidad de la cena cuando la actividad termine después de las 22 horas.

- La distancia entre centro de servicio y de celebración de la actividad supere los 60 minutos de trayecto.

Los casos en que se abone alojamiento serán extraordinarios y deben ser suficientemente justificados. Siempre deberán estar autorizados previamente a la convocatoria de la actividad por la Secretaría de este CEP.

Las cantidades totales que servirán de referencia para estos abonos son las establecidas por la Orden de 11 de julio de 2006 por la que se actualizan las cuantías de determinadas indemnizaciones por razones de servicio (BOJA del 26 de julio) y se resumen:

- Alojamiento: 64,27 euros.

- Manutención pernoctando: 40,82 euros.

- Manutención sin pernoctar: 26,67 euros.

- Media manutención: 20,41 euros.

Igualmente, en vez de indemnizar a las personas responsables, el CEP podrá correr con los gatos de sus traslados, manutenciones y alojamientos. En este caso será imprescindible la presentación de las facturas correspondientes, que deberán reunir los requisitos formales establecidos en apartados anteriores.

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6.4. Bolsas de ayuda para actividades formativas.

Las bolsas de ayuda asociadas a ciertas actividades formativas deben servir para paliar el gasto que se ocasiona al profesorado por asistir a estas actividades. Estas ayudas tienen la consideración de graciables y, por tanto, están supeditadas a las disponibilidades económicas del CEP y en modo alguno deben considerarse obligatorias y ni generar derecho de los asistentes. Esta circunstancia de concurrencia de las ayudas debe hacerse constar en las observaciones de todas las convocatorias, entendiéndose que si no se indica expresamente es que no ha lugar a su concesión.

Para solicitar la bolsa de ayuda en una actividad que la contemple, el profesorado solicitante debe marcar la correspondiente casilla de bolsa de ayuda de la solicitud en Séneca. Igualmente debe marcarse la casilla que permite imprimir la solicitud que, una vez cumplimentada y firmada, debe entregarse a la asesoría responsable de la actividad antes de la finalización de la misma.

Mientras la plataforma Séneca no permita a los solicitantes modificar sus solicitudes, si alguno de ellos olvidará realizar alguna de las dos gestiones anteriores, podrá comunicarlo al responsable de la asesoría que procederá a su rectificación. Esta comunicación deberá realizarse antes del comienzo de la actividad y, por tanto, deberá producirse hasta las 24:00 horas del día anterior al de la primera sesión. Será la asesoría en este caso la que imprimirá la solicitud y la entregará a los participantes en la primera sesión para que procedan a cumplimentarlas y firmas haciéndola llegar en las mismas condiciones citadas en el párrafo anterior.

La cuantía de estas ayudas será de 0,17 euros por kilómetro entre la localidad donde se encuentre el centro de destino del participante y la localidad de celebración de la actividad. Sólo será aplicable, obviamente, a aquellos participantes que tengan su destino en una ciudad diferente a la de la celebración y siempre que obtengan el certificado final de asistencia.

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7. CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS QUE GARANTICEN LA TRANSPARENCIA Y EL RIGOR EN LA TOMA DE DECISIONES DE ÍNDOLE ECONÓMICA.

Independientemente que el Decreto 93/2013 ha otorgado a la dirección del CEP la competencia para contratar y aprobar los gastos y deja el Consejo de Centro la de la aprobación del proyecto del presupuesto, así como la justificación de su cuenta de gestión por medio de una certificación sobre la aplicación dada a los recursos totales; es evidente que la rendición de cuentas no es un proceso que se realiza dos veces al año para abrir y cerrar ejercicios. Debe haber un compromiso por parte de los órganos responsables de publicitar su gestión y mostrar que las decisiones que se tomaron en el ámbito económico han sido el resultado de criterios objetivos y que hay una documentación que constata y clarifica cada uno de estos pasos.

Como medidas que favorecen la transparencia y el rigor se van a poner en marcha:

▪ Convocar con un plazo mínimo de quince días naturales las reuniones del Consejo de Centro donde tengan que tomarse decisiones relativas a la gestión económica, para dar un plazo más que razonable a los representantes para poder analizar la documentación oportuna. Este plazo es muy superior al que la normativa exige.

▪ Informar y solicitar opinión al Equipo Técnico de las propuestas de índole económica que se vayan a llevar a aprobación al Consejo.

▪ Informar en el mes de febrero, al Equipo Técnico de Formación y al Consejo de Centro, en las sesiones que evalúan el desarrollo del plan de actuación, del estado de cuentas, los criterios seguidos en su gestión y de la disponibilidad de revisión de cuanta documentación estime oportuno.

▪ Convocar concurso público de contratación para aquellas adquisiciones que superen los quince mil euros para los contratos de servicios y treinta mil euros para los de obras, cantidades inferiores a lo que la ley de contratación exige. En el caso de superar los cinco mil euros, no habrá que licitar públicamente, pero sí se recabarán al menos tres presupuestos y se declararán los criterios seguidos para decidir el más adecuado, en el caso de que el menor costo no sea el único criterio a seguir.