Centros_Educativos(22_1_13)

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Enero de 2014 OBLIGACIONES TRIBUTARIAS GENERALES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS PRIVADOS Presentación realizada con fines ilustrativos que no sustituye la consulta de las leyes y reglamentos correspondientes.

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  • Enero de 2014

    OBLIGACIONES TRIBUTARIAS GENERALES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS PRIVADOS

    Presentacin realizada con fines ilustrativosque no sustituye la consulta de las leyes yreglamentos correspondientes.

  • Qu es un centro educativo privado?

    Los centros educativos privados, son establecimientos acargo de la iniciativa privada que ofrecen servicioseducativos, de conformidad con los reglamentos ydisposiciones aprobadas por el Ministerio de Educacin,quien a la vez tiene la responsabilidad de velar por sucorrecta aplicacin y cumplimiento.

    Artculo 23 del Decreto No. 12-91

  • Caractersticas del servicio educativo

    Intangibilidad

    Inseparabilidad

    Heterogeneidad

    Caducidad

  • Los Centros Educativos Privados segn nuestra Constitucin

    ARTICULO 2. Deberes del Estado

    ARTICULO 71. Derecho a la educacin.

    ARTICULO 72. Fines de la educacin

    ARTICULO 73. Libertad de educacin y asistencia econmica estatal:Como centros de cultura gozarn de la exencin de toda clase de impuestos yarbitrios.

  • Qu ha dicho la Corte de Constitucionalidad respecto al artculo 73 de la Constitucin

    Por el hecho de que constitucional y legalmente la educacin privada,onerosa o gratuita, concurre con los fines del Estado, debe quedarencuadrada dentro de los ideales del Estado social, y, consecuentemente,no puede tener un significado distinto de la funcin generadora de culturaque le corresponde en el proceso histrico de las naciones. As debeentenderse que los servicios educativos privados tienen como finalidadpropia realizar el concepto educacin Es ms, la circunstancia deconcurrir en la tarea educativa del Estado (que por eso laprivilegia con la exencin tributaria)

    Gaceta No. 57, expediente No. 787-00, pgina No. 500, sentencia: 29-08-00

  • Qu es una exencin?

    Es el perdn total o parcial del cumplimiento de laobligacin tributaria o pago de impuestos, que la leyconcede a los sujetos pasivos, cuando se cumple con lossupuestos de la ley.

    Artculos 62 y 65 del Decreto No. 06-91

    En ningn caso los beneficios obtenidos podrn transferirsea terceros.

  • FORMAS DE CLASIFICAR LAS EXENCIONES

    1.

    Objetivas

    Subjetivas

    2.

    Constitucionales

    Provenientes de leyes ordinarias

  • Todas las personas naturales, jurdicas y otros,

    independientemente de que estn afectas o no al

    pago de impuestos, deben inscribirse en el Registro

    Tributario Unificado -RTU- de la SAT.

    Debe inscribirse el Centro Educativo Privado en el Registro Tributario Unificado RTU?

  • Presentar original del documento de identificacin.

    DPI

    NacionalesExtranjeros

    Pasaporte

  • Presentar original y fotocopiasimple de la ltima factura deenerga elctrica, agua potable otelfono de lnea fija, cuando elinmueble sea propio.

    Si no es del propietario el inmuebledeber presentar uno de lossiguientes documentos:

    El contrato o factura de alquiler.Recibo de pago del IUSI.Certificacin de la inscripcin ante elRegistro de la Propiedad.Otros emitidos por quien corresponda,donde se garantice el domicilio fiscal.

  • Original (en buen estado) y fotocopia simple (legible y completa) de la

    resolucin extendida por el Ministerio de Educacin o por la Direccin

    Departamental que aprueba el funcionamiento del centro educativo.

  • El IMPUESTO AL VALOR AGREGADODecreto No. 27-92

  • Qu es el IVA?

    El IVA es un impuesto indirecto.Es financiado o pagado por el consumidor final , sin embargo lo pagaun intermediario llamado agente de percepcin.En Guatemala este impuesto recae o se crea en operaciones talescomo: la venta de bienes, prestacin de servicios, importaciones,arrendamientos, entre otros.

  • Personas individuales. Personas Jurdicas.

    El Estado y sus entidadesdescentralizadas oautnomas.

    Otros entes (fideicomisos,contratos en participacin,copropiedades, entreotros) an sin personalidadjurdica.

    Condicin: que realicen en elterritorio nacional, en forma habitualo peridica, actos gravados con la Leydel IVA.

    Quines son contribuyentes del IVA?

  • EXENCIONES SUBJETIVAS O ESPECFICAS DEL IVA

    IGSSUNIVERSIDADESCENTROS EDUCATIVOS PBLICOS Y PRIVADOSCDAG Y COGMISIONES DIPLOMTICAS Y CONSULARES

    Para un centro educativo los servicios exentos son: Matrculas de inscripcin Colegiatura Derechos a exmenes

    Artculo 8 del Decreto No. 27-92

  • Algunos actividades no exentas del IVA para un centro educativo privado

    a. Ventas de libros, tiles, uniformes, telas entre otros bienes.

    Multas, moras o cualquier otro recargo por algn incumplimiento.

    b. Cobros bajo la figura de donaciones o de cuotas especiales

    (campamentos, aniversario entre otros).

    c. Cuotas por manejo de papelera.

    Otros.

  • Constancias de exencin del IVA

    1.

    Los centros educativos tienen el derecho de utilizar constancias deexencin por las compras y servicios adquiridos relacionados a laactividad educativa que prestan (No pagan el IVA).

    2. Las constancias de exencin se generan actualmente por el sistema

    ExenIVA.

    3.

    Se presenta informe trimestral de las constancias de exencinutilizadas (SAT-2111 y SAT-2118).

    No aplica utilizar constancias de exencin cuando se adquieranbienes o servicios no relacionados directamente con la educacin.

  • EJEMPLO 1

    El comercio El Mueble Feliz realiz una venta de 100 pupitres alcolegio Prctica para aprender a un precio de Q 112.00 cadapupitre, lo cual ser pagado con cheque. Se solicita indiquemonto de la factura, valor de la constancia de exencin y montodel cheque.

    Q 112.00 x 100 = Q 11,200.00 (Monto de la factura)

    Q 11,200.00 / 1.12 = Q 10,000.00 x 12% = Q 1,200.00 (Valor constancia de exencin)

    Q 11,200.00 (-) Q 1,200.00 = Q 10,000.00 (Valor del cheque)

  • EJEMPLO 2

    El comercio El Libro Abierto realiz una venta de 100 libros alcolegio Prctica para aprender a un precio de Q 112.00 cadauno, lo cual ser pagado con cheque. Los libros sern vendidos aun precio de Q 130.00 a los alumnos. Se solicita indique monto dela factura, valor de la constancia de exencin y monto del cheque.

    Q 112.00 x 100 = Q 11,200.00 (Monto de la factura)

    Q 11,200.00 / 1.12 = Q 10,000.00 x 12% = Q 1,200.00(No aplica uso de constancia de exencin)

    Q 11,200.00 (Valor del cheque)

  • Cul es el procedimiento a seguir cuando el colegio quiere importar bienes relacionado con la actividad educativa?

    1. Solicitar la franquicia correspondiente ante la Intendencia

    de Aduanas, cada vez que necesite realizar una importacin.

    2. Aprobada la franquicia no se le cobra al centro educativo los

    derechos arancelarios e IVA.

    3. No se debe extender constancia de exencin.

  • OTRAS OBLIGACIONES EN EL IVA

    Declarar mensualmente sus operaciones. Art. 12 Acuerdo Gubernativo05-2013, RLIVA

    El impuesto se paga en el mes calendario siguiente del que segener.

    Si se realizan actos gravados con el IVA se deben autorizar loslibros y documentos que correspondan.

    Otros indicados en la ley.

  • Exenciones en el ISRVer artculos 8 y 11 del Decreto No. 10-2012, Libro I

    Generales

    Centros educativos privados (Inscripcin, colegiatura y derechos de examen)

    RAL = Rgimen de Actividades Lucrativas

  • Las entidades parcial o totalmente exentas del IVA e ISRdeben presentar sus declaraciones de forma electrnica.

    Acuerdo de Directorio 306-2009

  • www.sat.gob.gt

    Call Center: 1550, opcin 2

    [email protected]