CONSIDERANDO: Primero. Segundo. - Gobierno del Estado de...
Transcript of CONSIDERANDO: Primero. Segundo. - Gobierno del Estado de...
Acuerdo SAF XXX/2016 por el que se expiden las Reglas de Operación del
Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE)
LIC. VÍCTOR CABALLERO DURÁN SECRETARIO DE EDUCACIÓN DEL
ESTADO DE YUCATÁN, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LOS
ARTÍCULOS 15 y 17 DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE YUCATÁN
Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN LOS ARTÍCULOS
36 FRACCIONES III DEL CÓDIGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE
YUCATÁN, Y EL ARTÍCULO 11, APARTADO A, FRACCIONES III, XVI DEL
REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE
YUCATÁN, Y
CONSIDERANDO:
Primero. Que la reforma realizada a los Artículos 3° y 73° Constitucionales, del 26
de febrero de 2013, en su transitorio Quinto Fracción III y con base en el Artículo
28 bis de la Ley General de Educación, establece la necesidad de fortalecer la
autonomía de gestión escolar en las escuelas de educación básica, orientada
hacia la calidad y la equidad educativa.
Segundo. Que de conformidad con la Ley de Educación del Estado de Yucatán, la
Secretaría de Educación es la dependencia del Poder Ejecutivo Estatal con
atribuciones y facultades que la Ley General de Educación y otras disposiciones
otorgan al Estado para planear, coordinar, ejecutar y evaluar los programas y
actividades del Sistema Educativo en la entidad.
Tercero. Que el 7 de marzo de 2014, se publica en el Diario Oficial de la
Federación el Acuerdo Secretarial número 717, por el cual se emiten los
Lineamientos para Formular los Programas de Gestión Escolar, que tienen por
objeto establecer las normas que deberán seguir las autoridades educativas
locales y municipales para formular los programas y acciones de gestión escolar,
destinados a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas de educación
básica; entendiendo por programas y acciones de gestión escolar al conjunto de
iniciativas, proyectos y estrategias generadas por las autoridades educativas, que
se implementan en la escuela con el propósito de contribuir a la mejora de sus
condiciones académicas, organizativas y administrativas.
Cuarto. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2012-2018 establece en el eje Yucatán
con Educación de Calidad el objetivo número 2 consistente en “Mejorar la calidad
en el nivel de educación básica”. Entre las estrategias para cumplir con este
objetivo se encuentra la de “Promover la planeación participativa en las escuelas
de educación básica impulsando una política incluyente con la aportación de
directivos, docentes y padres de familia, en la integración de estrategias de mejora
de la calidad de la educación básica”.
Quinto. Que el Programa Sectorial de Educación 2013–2018, de la Secretaría de
Educación Pública, en su Objetivo 1 se propone “Asegurar la calidad de los
aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos de
la población”, estableciendo, entre otras, estrategias directamente relacionadas
con el fortalecimiento de la autonomía de gestión de las escuelas, siendo:
Estrategia 1.1 “Crear condiciones para que las escuelas ocupen el centro del
quehacer del Sistema Educativo y reciban el apoyo necesario para cumplir con
sus fines “; Estrategia 1.2 “Fortalecer las capacidades de gestión de las escuelas,
en el contexto de su entorno, para el logro de aprendizajes”; y, la Estrategia 1.7
“Fortalecer la relación de la escuela con su entorno para favorecer la educación
integral”.
Sexto. Que en el Programa Sectorial de Educación de Calidad 2013-2018, de la
Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán, en el Tema
Estratégico número 6, referente a “Gestión”, en el objetivo 1 consistente en
“Mejorar la gestión del Sistema Educativo Estatal”, y que para cumplir con dicho
objetivo, plantea como Estrategia número 1 “Fortalecer y consolidar el Modelo de
Gestión Regional de la educación básica”.
Séptimo. Que los Programas Presupuestarios son las acciones de gobierno que
orientan el gasto público a resultados, entre los que se encuentran el denominado
“Gestión Escolar” que tiene como propósito que “Centros escolares mejoran los
servicios ofrecidos a la comunidad escolar” y del cual forma parte, como uno de
sus componentes, el Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar”.
Octavo. Que el 8 de junio de 2015 se publicó en el diario oficial del estado el
Acuerdo SAF 39/2015 por el que se expiden los Lineamientos para la Elaboración
y Aprobación de las Reglas de Operación de los Programas Presupuestarios con
el objeto de contribuir a la implementación del modelo de Gestión para Resultados
del Desarrollo a través del establecimiento de los criterios que deberán observar
las dependencias y entidades de la Administración Pública estatal para verificar el
trámite de elaboración y aprobación de las reglas de operación de los Programas
presupuestarios que impliquen el otorgamiento de bienes y servicios ante la
Secretaría de Administración y Finanzas.
Noveno. Que para hacer efectivas las disposiciones legales y administrativas
correspondientes, la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán
(SEGEY), establece la creación de las Reglas de Operación del Programa Estatal
de Apoyo para la Gestión Escolar, teniendo como objeto establecer las Reglas a
las que se sujetará la ejecución del Programa de bienes o servicios denominado
Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE), y que para su
cumplimiento, se cuenta con recursos del estado.
Décimo. Que la SEGEY a través de la implementación del PEAGE, establece
mecanismos para articular las acciones, teniendo como propósito el brindar las
mismas condiciones de acceso e igualdad de oportunidad a todas las escuelas
participantes, simplificando los procesos administrativos para el ejercicio y
comprobación de los recursos que otorga a las escuelas, contribuyendo a la
descarga administrativa, siendo esta una de las condiciones para el
establecimiento del Sistema Básico de Mejora.
Por las consideraciones expuestas, he tenido a bien expedir el presente:
Acuerdo SAF XX/2016 por el que se expiden las Reglas de Operación del
Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE)
Reglas de Operación del Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar
(PEAGE)
Contenido
Capítulo I. Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Objetivo del programa presupuestario
Artículo 3. Definiciones
Capítulo II. Programa Presupuestario
Artículo 4. Programa presupuestario
Artículo 5. Población objetivo
Capítulo III. Reglas de Operación
Artículo 6. Cobertura
Artículo 7. Aplicación
Artículo 8. Denominación del Programa de Bienes o Servicios o del Componente
Artículo 9. Descripción
Artículo 10. Beneficiarios
I. Requisitos de elegibilidad
II. Documentación
III. Criterios de selección
IV. Derechos, Obligaciones y Sanciones
a. Derechos
b. Obligaciones
c. Sanciones
Artículo 11. Apoyos
Artículo 12. Operación
I. Convocatoria
II. Procedimiento
Artículo 13. Instancias ejecutoras
I. Mecanismos de coordinación o participación
Artículo 14. Seguimiento y evaluación
I. Seguimiento
II. Evaluación
III. Publicación de informes
Artículo 15. Disposiciones complementarias
I. Publicidad
II. Auditoría
III. Quejas y denuncias
IV. Responsabilidades de los servidores públicos
Artículos transitorios
Primero. Entrada en vigor
Segundo. Derogación tácita
Anexo I. Municipios por región Convocatoria PEAGE
Anexo II. Convocatoria PEAGE
Anexo III. Anexo Técnico PRIGEP
Anexo IV. Formatos Modalidad A: Programa de Distribución de Recurso
Anexo V. Carta Compromiso
Anexo VI. Formatos Modalidad B: Programa de Distribución de Recurso
Anexo VII. Diagrama de Flujo de PEAGE
Anexo VIII. Funciones de las Instancias Ejecutoras
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto
Estos Lineamientos tienen por objeto establecer las Reglas a las que se sujetará
la ejecución del Programa de bienes o servicios denominado Programa Estatal de
Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE).
Artículo 2. Objetivo del programa presupuestario
Los centros escolares mejoran los servicios ofrecidos a la comunidad escolar,
mediante el otorgamiento de recursos económicos para el fortalecimiento de la
autonomía de gestión de las escuelas de los niveles de educación inicial y básica.
Artículo 3. Definiciones
Para los efectos de estas Reglas de Operación se entenderá por:
I. Autonomía de Gestión Escolar: la capacidad de la escuela de educación
inicial y básica para tomar decisiones orientadas a mejorar la calidad del
servicio educativo que se ofrece. Esto es, que la escuela centra su actividad
en el logro de los aprendizajes de todos y cada uno de los estudiantes que
atiende.
II. CEDE: los Centros de Desarrollo Educativo, ubicados en las regiones
educativas en las que se organiza la educación básica en el estado.
III. CEEEY: el Centro de Evaluación Educativa del Estado de Yucatán.
IV. CENDI: los Centros de Desarrollo Infantil (para fines de este programa que
oferten el nivel inicial así como el preescolar).
V. Colectivo Docente: el conjunto de personal docente y directivo que laboran
en una escuela.
VI. Colectivo Docente de Continuidad: el Colectivo Docente (conformado por el
personal directivo y docente que labora en la escuela) que ya recibe recursos
a modo de apoyo para la gestión escolar, por parte del PEAGE, y que al
siguiente ciclo escolar continua recibiendo dicho apoyo.
VII. Colectivo Docente de Nueva Incorporación: el Colectivo Docente
(conformado por el personal directivo y docente que labora en la escuela) que
por vez primera participa y recibe recursos a modo de apoyo para la gestión
escolar, por parte del PEAGE.
VIII. Comité Local de Selección: el Comité responsable de la selección de las
escuelas susceptibles de ser beneficiadas a través del PEAGE, de acuerdo a
los requisitos establecidos en la Convocatoria correspondiente; integrado por
las Direcciones de los Niveles Educativos de Básica y Representantes del
Consejo Estatal de Educación Básica.
IX. Comité Dictaminador: el Órgano responsable de los procesos de evaluación
y dictaminación para la selección de los PRIGEP; está integrado por los
responsables que el Centro de Evaluación Educativa del Estado de Yucatán
determine para este fin.
X. Comunidad Escolar.- Se refiere al conjunto de personas involucradas en la
escuela: personal directivo y docente, personal de apoyo y asistencia
(supervisores/as, asesores/as, intendencia, etc.), alumnado, madres y padres
de familia o tutores.
XI. CONAFE: el Consejo Nacional de Fomento Educativo.
XII. Condiciones del Sistema Básico de Mejora: las cuatro condiciones
contempladas como parte del Sistema Básico de Mejora: Consejos Técnicos
Escolares y de Zona; Fortalecimiento de la Supervisión; Descarga
Administrativa; y, Consejos de Participación Social.
XIII. Consejo Estatal de Educación Básica: el Consejo integrado por el
Secretario de Educación, los Directores del Centro de Evaluación Educativa
del Estado de Yucatán, los Directores de los niveles y modalidades
educativas, de las Áreas Jurídica, de Planeación, Administración y Finanzas.
XIV. Consejo Escolar de Participación Social en la Educación (CEPS): el
Órgano colegiado constituido en cada escuela pública de educación básica,
integrado por padres de familia y representantes de sus asociaciones,
maestros y representantes de su organización sindical quienes acudirán
como representantes de los intereses laborales de los trabajadores, directivos
de la escuela, exalumnos, así como con los demás miembros de la
comunidad interesados en el desarrollo de la propia escuela.
XV. Consejo Técnico Escolar: el colegiado integrado por el director y la totalidad
del personal docente de cada escuela encargados de planear y ejecutar
decisiones comunes dirigidas a que el centro escolar, de manera unificada, se
enfoque a cumplir satisfactoriamente su misión.
XVI. Coordinación de Gestión Escolar: Personal de la SEGEY responsable
coordinar la implementación del Programa en el estado.
XVII. Consejo Regional: el Consejo Regional de Educación Básica, donde
participan el Secretario de Educación, Directores de Educación Básica,
Coordinador de CEDE, Jefes de Sector o de Zona escolar y Supervisores.
XVIII. Educación Básica: Tipo educativo que comprende los niveles de preescolar,
primaria y secundaria, así como los servicios de educación especial a través
de los Centros de Atención Múltiple (CAM) o de las Unidad de Servicios de
Apoyo a la Educación Regular (USAER), indígena, multigrado, migrante, y
telesecundaria.
XIX. Educación Inicial: Atención educativa ofrecida a la población menor de seis
años. Para fines de las presentes Reglas de Operación, se referirá a aquellos
Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) y escuelas de educación inicial
indígena no escolarizada.
XX. Estudiantes: los alumnos regulares inscritos en algún centro escolar público
correspondiente a los niveles de educación inicial y básica.
XXI. Niveles de Educación Básica: los correspondientes a la Educación
Preescolar, Primaria y Secundaria, con sus respectivas modalidades
educativas: general, indígena y comunitaria.
XXII. Plan de Mejora: el documento con el programa de actividades a realizarse
durante el ciclo escolar, planteadas por el Consejo Técnico Escolar, para
atender las necesidades identificadas y las problemáticas reales, para la
mejora de cada escuela de educación básica.
XXIII. Prioridades de la Educación Básica: las cuatro prioridades de atención,
contempladas para impulsar el Sistema Básico de Mejora: a) Mejora de las
competencias de lectura, escritura y matemáticas; b) Normalidad Mínima de
Operación Escolar; c) Disminución del rezago y abandono escolar, y d)
Desarrollo de una buena Convivencia Escolar.
XXIV. PRIGEP: los Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica.
XXV. Programa: el Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE).
XXVI. Programa de Distribución del Recurso: la planeación para el ejercicio del
recurso otorgado a las escuelas de educación inicial y básica participantes en
el PEAGE, que prevé la proyección de los costos derivados de la
implementación de las acciones del Plan de Mejora de la escuela.
XXVII. Región Educativa: Las regiones en las que se han organizado los servicios
de educación básica en el estado, respondiendo a la ubicación geográfica de
estos, a modo de estrategia para acercar los servicios de atención tanto los
dirigidos a los centros escolares, como al personal docente, tanto en el
ámbito administrativo como en el pedagógico; con mayor eficiencia en el uso
de los recursos humanos y financieros, así como el tiempo de atención.
(Anexo I).
XXVIII. Ruta de Mejora: el proceso sistemático de planeación de la escuela pública
de educación básica para intervenir en la mejora de su gestión, que toma
como base los resultados de la evaluación interna (plan de mejora, proyecto o
plan escolar, plan anual de trabajo, plan estratégico de transformación
escolar, programa de mejoramiento u otros similares).
XXIX. SEGEY: la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán.
XXX. SIGE: el Sistema de Información y Gestión Educativa de Yucatán. Disponible
en: www.sigeyucatan.gob.mx
XXXI. Sistema Básico de Mejora: El Sistema que contempla la atención de cuatro
prioridades y cuatro condiciones, y cuyo propósito es crear mejores
condiciones de aprendizaje, a fin de que ningún niño o adolescente quede
fuera de la posibilidad de ser atendido adecuadamente.
XXXII. Zona escolar: Clasificación convencional administrativa con que se designa
a un grupo de escuelas que son controladas por un mismo supervisor de
zona.
Capítulo II
Programa Presupuestario
Artículo 4. Programa Presupuestario
El Programa contará con los siguientes componentes:
Formato 1. Estructura del Programa Presupuestario
Programa Presupuestal 215 Gestión Escolar
Dependencia o entidad Programas Componentes
Secretaría de Educación Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar.
Apoyo económico para el fortalecimiento de la gestión de los centros escolares entregado.
Artículo 5. Población objetivo
Comunidad escolar de educación inicial y básica.
Formato 2. Población específica programada
Componente Población programada a atender
Apoyo al fortalecimiento de la gestión de los centros escolares realizado.
El Colectivo docente de las escuelas públicas del nivel de educación inicial y escuelas públicas de educación básica del estado de Yucatán.
Capítulo III
Reglas de Operación
Artículo 6. Cobertura
El Programa tiene cobertura estatal.
Artículo 7. Aplicación
Los recursos a otorgar para el fortalecimiento a la gestión escolar tanto para el
ciclo escolar 2016-2017 como para el ciclo 2017-2018, estarán sujetos a la
disponibilidad presupuestal y estos serán otorgados una vez que las escuelas
seleccionadas, como resultado del proceso de evaluación, solvente (si fuese el
caso) las recomendaciones emitidas por el Comité respectivo: el Comité Local de
Selección, en el caso de participar en la Modalidad A “Fortalecimiento de la
Gestión Escolar (un Colectivo docente)”; o bien, por el Comité Dictaminador, si se
participa bajo la Modalidad B “Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión
Pedagógica (dos Colectivos docentes o más)”.
Los apoyos se otorgarán de manera anual, en los tiempos señalados en la
Convocatoria correspondiente (Anexo II).
Artículo 8. Denominación del Programa de Bienes o Servicios o del
Componente.
El Programa que las presentes Reglas de Operación tiene como objeto regular, es
el Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar (PEAGE).
Artículo 9. Descripción
La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán impulsa la
planeación escolar en centros de educación básica. A través del Consejo Estatal
de Educación Básica y con la finalidad de contribuir a que las escuelas mejoraren
las condiciones académicas, organizativas y administrativas, y fortalezcan su
autonomía escolar; emitirá una Convocatoria dirigida a los Colectivos docentes de
escuelas de educación básica (en todos sus niveles y modalidades), Centros de
Atención Múltiple (CAM), Centros de Desarrollo Infantil (CENDI), así como las
escuelas indígenas de educación inicial, que deseen participar voluntariamente,
respondiendo a las siguientes modalidades:
● Modalidad A. Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente).
● Modalidad B. Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión
Pedagógica (mínimo dos Colectivos docentes).
Los Colectivos docentes podrán inscribirse en una o ambas modalidades,
considerando que:
En la modalidad A, recibirán recurso para atender necesidades de
funcionamiento y operación, propias de la gestión escolar. Se establecen cuatro
temas prioritarios, en torno a las cuales las escuelas concentrarán sus esfuerzos
en lograr, dentro de su autonomía escolar: 1. Mejora del aprendizaje, consolidar el
dominio de la lectura, la escritura y las matemáticas. 2. Conclusión oportuna de la
educación básica, disminuir los índices de abandono escolar. 3. Convivencia
escolar, fomentar un clima de convivencia sana y pacífica. 4. Normalidad mínima
escolar.
En tanto que en la modalidad B, los Colectivos docentes participantes (mínimo
dos colectivos docentes de diferente zona escolar o de una misma zona), recibirán
recurso para desarrollar propuestas pedagógicas innovadoras en contextos
regionales que contribuyan a la mejora de los aprendizajes de los alumnos.
Con base en el Modelo de Gestión Regional, los Colectivos docentes también
podrán desarrollar como otra opción un Proyecto Regional de Innovación de la
Gestión Pedagógica, PRIGEP (modalidad B), mediante el cual se deberá
responder a las temáticas definidas por los Consejos Regionales, específicas para
cada una de las regiones educativas (consultar el Anexo III).
Para participar los colectivos docentes deberán priorizar sus necesidades, tomar
decisiones, y con base en éstas impulsar la planeación escolar y/o el diseño de
proyectos regionales para acceder a los recursos necesarios que permitan su
implementación, promoviendo una mayor autonomía de la gestión en las escuelas
de educación inicial y básica en el Estado, con la corresponsabilidad de toda la
comunidad escolar (padres de familia, docentes y alumnos). El origen de los
recursos será de fuente de financiamiento estatal y será ejercido por los colectivos
docentes que resulten seleccionados.
Artículo 10. Beneficiarios
El Colectivo docente de las escuelas públicas del nivel de educación inicial y de
educación básica del estado de Yucatán.
I. Requisitos de elegibilidad
Los Colectivos Docentes de escuelas públicas de educación inicial y básica,
podrán participar mediante alguna de las dos modalidades que contempla el
Programa, siendo las siguientes:
Modalidad A. Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente)
Podrá participar el Colectivo docente de las escuelas públicas de educación
básica del Estado de Yucatán (en todos sus niveles y modalidades), Centros de
Atención Múltiple (CAM), Centros de Desarrollo Infantil (CENDI), así como las
escuelas indígenas de educación inicial.
Modalidad B. Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos
Colectivos docentes o más)
Podrán participar los Colectivos docentes, de nueva incorporación o de
continuidad, de las escuelas públicas de los niveles de educación preescolar
(regular e indígena), educación primaria (regular e indígena), Centros de Atención
Múltiple, Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER) y
educación secundaria (estatales, transferidas, técnicas y telesecundarias).
II. Documentación
Modalidad A. Para participar en el Fortalecimiento de la Gestión Escolar, el
Colectivo docente deberá entregar:
1. Plan de Mejora, en el cual se debe considerar las cuatro prioridades
(mejora del aprendizaje; conclusión oportuna de la educación básica;
convivencia escolar y normalidad mínima).
2. Programa para la Distribución de Presupuesto (Anexo IV), en el cual se
plasmará la inversión que la escuela hará con el recurso otorgado. Dicho
documento se entregará sólo por aquellas escuelas seleccionadas a
participar en alguna de las modalidades.
3. Carta compromiso única con las firmas correspondientes (Anexo V).
Modalidad B. Para participar en los PRIGEP, los dos o más Colectivos docentes
deberán entregar:
1. Proyecto Regional de Innovación de la Gestión Pedagógica que responda a
la temática de la región (Anexo III), involucrando como mínimo a dos
Colectivos docentes.
2. Programa para la Distribución de Presupuesto PRIGEP (Anexo VI), en el
cual se plasmará la inversión que la escuela hará con el recurso otorgado.
3. Carta compromiso única con las firmas correspondientes, donde se
establece que se hará cargo de la compra y entrega de los recursos a los
demás Colectivos docentes que participan en el proyecto. Dicha entrega
será comprobada a través de los mecanismos que establezca la
Coordinación de Gestión Escolar. (Anexo V)
La inscripción y la recepción de documentos se realizarán en el portal en línea
www.sigeyucatan.gob.mx, la Convocatoria, Anexo Técnico y los formatos para
elaborar los documentos a entregar, estarán disponibles en el mismo portal en el
apartado “documentos descargables”.
El período para el registro de los Colectivos docentes será durante la primera
semana del ciclo escolar que corresponda, posterior a la elaboración del Plan de
Mejora por parte de los Consejos Técnicos Escolares.
La Coordinación de Gestión Escolar ofrecerá soporte técnico a los participantes,
durante la inscripción, registro y comprobación del ejercicio del recurso.
I. Criterios de selección
Cumplir con los requisitos y documentación establecidos en las fracciones I y II
del Artículo 10.
Se dará prioridad a los centros escolares ubicados en municipios de alto o muy
alto índice de marginación; así como aquellas escuelas con bajos resultados de
logro educativo.
Modalidad A. Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente)
La selección de las escuelas que recibirán recurso económico para el ciclo escolar
en curso, estará a cargo del Comité Local de Selección, considerando los
siguientes criterios:
1. Los centros escolares ubicados en localidades de alto o muy alto índice de
marginación.
2. Escuelas con bajos resultados de logro educativo, según la evaluación del
Plan Nacional para la Evaluación de los Aprendizajes (PLANEA) o bien, el
Instrumento Diagnóstico de Alumnos de Escuelas Primarias de Yucatán
(IDAEPY).
3. Escuelas de la modalidad indígena, educación especial y telesecundaria.
4. Escuelas de inicial, preescolar, primaria de la modalidad general, y
escuelas secundarias de las modalidades general y técnica.
Modalidad B. Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos
Colectivos docentes o más)
La evaluación de los PRIGEP estará a cargo de un Comité Dictaminador
coordinado por el Centro de Evaluación Educativa del Estado de Yucatán,
considerando lo siguiente:
Deberán participar dos o más Colectivos docentes de Educación Básica,
independientemente del nivel o modalidad; ya sea de la misma zona o
vinculados con otra zona escolar, de los niveles y modalidades educativas
que podrán participar, son: educación preescolar (regular e indígena),
educación primaria (regular e indígena), Centros de Atención Múltiple,
Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER) y
educación secundaria (estatales, transferidas, técnicas y telesecundarias).
La pertinencia del proyecto, entendida como el grado en que la iniciativa
responde a las demandas específicas (temas de la Convocatoria).
La calidad técnica y viabilidad, entendida como la relación existente entre
las actividades establecidas en el PRIGEP, el tiempo y los recursos
solicitados para el logro de los objetivos.
Se dará prioridad a los proyectos de continuidad que presenten evidencias
de buenos resultados.
El PRIGEP se deberá registrar en la página www.sigeyucatan.gob.mx, con
base en lo establecido en el apartado II y III de la Convocatoria Estatal
vigente.
II. Derechos, Obligaciones y Sanciones
a. Derechos
Personal Docente y Directivo de las escuelas
● Decidir libremente su participación en el Programa.
● Los participantes tendrán acceso a la información acerca de los
mecanismos para la inscripción, entrega de documentos y comprobación
para el ejercicio del recurso, en caso de resultar beneficiados, así como a
otro tipo de información relacionada con este proceso.
● Participar en la construcción del Plan de Mejora de la escuela, y en
particular, en la definición de las acciones contenidas en el mismo, como
parte del Consejo Técnico Escolar, enfocadas a promover la autonomía
para la gestión escolar.
● Los participantes contarán con la asesoría y acompañamiento antes y
durante su participación en el PEAGE, servicio que será gratuito.
● Los participantes contarán con soporte técnico para la inscripción, registro
de documentos y comprobación del ejercicio del recurso, mediante el SIGE.
● La permanencia y continuidad de los centros escolares en el PEAGE,
estará sujeta a los resultados obtenidos durante el ciclo escolar anterior, así
como al cumplimiento de los compromisos asumidos con la aprobación e
incorporación en alguna de las dos modalidades de participación.
b. Obligaciones
Personal Docente y Directivo de las escuelas
● El Colectivo docente deberá destinar los apoyos financieros al logro de las
metas definidas en el Plan de Mejora; el recurso económico que reciba la
escuela deberá estar orientado a la atención de las cuatro prioridades
educativas.
● Garantizar que la información referente a lo planteado en el plan de mejora,
así como el recurso asignado a la escuela, los avances y resultados
educativos, sean del conocimiento de la comunidad escolar.
● Promover la participación y corresponsabilidad de la comunidad escolar en
las acciones del plan de mejora.
● Informar por escrito a la Coordinación de Gestión Escolar los avances y los
resultados obtenidos en la implementación.
● Usar los resultados de la evaluación como retroalimentación para la mejora
continua en cada ciclo escolar.
● Administrar y ejercer el recurso bajo los principios de honestidad, eficacia,
eficiencia, transparencia y rendición de cuentas en apego a la normatividad
aplicable.
● Realizar la comprobación del ejercicio del recurso con base en el
mecanismo de control que la Coordinación de Gestión Escolar establezca,
con la finalidad de supervisar el correcto ejercicio del recurso.
● Resguardar en la escuela información comprobatoria del ejercicio del
recurso por un período de cinco años, la cual deberá estar disponible para
conocimiento de la comunidad escolar y de la autoridad educativa cuando
así lo requiera.
● Participar en las pláticas informativas o reuniones de trabajo convocadas
por el personal de la Coordinación de Gestión Escolar.
Para el caso de los PRIGEP, de manera adicional, se señalan las siguientes
obligaciones:
● Firmar la carta compromiso de permanencia en la escuela, durante la
implementación del PRIGEP.
● Elaborar una carta compromiso, para firma del responsable del PRIGEP,
donde se establece que se hará cargo de la compra y entrega de los
recursos a los demás Colectivos docentes que participan en el proyecto.
Dicha entrega será comprobada a través de los mecanismos que
establezca la Coordinación de Gestión Escolar.
● Participar en las reuniones de trabajo convocadas por Coordinación de
Gestión Escolar.
● Implementar, desarrollar y consolidar los objetivos y las acciones
establecidas en el PRIGEP.
● Atender, en tiempo y forma, las recomendaciones técnico-pedagógicas que
emita el Comité Dictaminador al PRIGEP y/o al Programa para la
Distribución del Presupuesto.
● Mantener, estrecha y permanente, comunicación entre el responsable del
PRIGEP y los Colectivos escolares participantes.
c. Sanciones
La SEGEY podrá determinar si retiene, suspende o cancela la entrega de los
apoyos a las escuelas participantes cuando la operación del Programa no haya
sido efectuada conforme a las disposiciones establecidas en las presentes Reglas
de Operación, y cuando los recursos económicos sean destinados para un fin
distinto a lo establecido en las mismas, así como en contravención a las
disposiciones jurídicas aplicables.
Las situaciones a continuación, serán causa de retención, suspensión y/o
cancelación de los recursos:
● Los Colectivos docentes de las escuelas beneficiadas, que no cumplan con
las condiciones y requisitos descritos en la Convocatoria y Anexo Técnico
vigentes, no podrán recibir los apoyos que otorga el Programa.
● Serán sancionadas, en los términos de la legislación aplicable, las partes
que intervengan en los procesos que presenten conductas indebidas o
ilegales.
Artículo 11. Apoyos
La Coordinación de Gestión Escolar será la responsable de vigilar y organizar la
entrega del recurso en los términos establecidos en las presentes Reglas de
Operación, considerando la disponibilidad del recurso estatal destinado para la
implementación del Programa.
Corresponde al Comité Local de Selección y al Comité Dictaminador, determinar
qué Colectivos docentes de las escuelas públicas concursantes, recibirán el
recurso, según la modalidad de participación en el Programa que se haya elegido:
Modalidad A. Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente). Las
escuelas inscritas en esta modalidad, y que hayan resultado seleccionadas,
podrán recibir en efectivo una cantidad mínima de $20,000.00 (veinte mil pesos
00/100 M.N.) y como máximo $50,000.00 (noventa mil pesos 00/100 M.N.),
Modalidad B. Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos
Colectivos docentes o más). Se otorgará en efectivo un monto de hasta
$50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para aquellos proyectos aprobados
que involucren 2 o más colectivos docentes de una misma zona escolar. Para el
caso de proyectos que involucren a todos los Colectivos docentes de una zona
escolar completa, se otorgará en efectivo un monto de hasta $100,000.00 (cien mil
pesos 00/100 M.N).El recurso otorgado en esta modalidad deberá canalizarse
exclusivamente para fortalecer la gestión pedagógica y utilizarse para la
adquisición de los insumos necesarios para implementar el proyecto (ver Anexo
Técnico, Anexo III).
En ambas modalidades de participación, los recursos a ejercer estarán sujetos a la
disponibilidad financiera existente, y estos serán otorgados una vez que el
Colectivo docente haya atendido las recomendaciones técnico-pedagógicas
emitidas por el Comité correspondiente, según la Modalidad de participación: el
Comité Local de Selección, en el caso de la Modalidad A; o bien, por el Comité
Dictaminador, si se participa bajo la Modalidad B.
El período establecido para la entrega de los recursos directos a la escuela, estará
sujeto a la radicación de los recursos a la entidad.
Artículo 12. Operación
I. Convocatoria
Los Colectivos de las escuelas con interés de participar en el Programa, se
sujetarán a las bases que se establezcan en la Convocatoria (en la cual se
establecerán los requisitos que deben cubrir, el procedimiento que se llevará a
cabo para la inscripción, fechas, horarios, documentación, lugar de recepción,
medios, entre otros), misma que deberá ser emitida dentro de los primeros quince
días hábiles del mes de agosto.
La Convocatoria será publicada de forma anual y estará visible en el portal de la
página electrónica de la Secretaría de Educación
www.educacion.yucatan.gob.mx/ y en el Sistema de Información y Gestión
Educativa de Yucatán www.sigeyucatan.gob.mx/.
Aspectos Generales:
a. Tanto la inscripción como la recepción de los documentos se realizarán en línea a través de la página www.sigeyucatan.gob.mx.
b. Cualquier situación no prevista en la Convocatoria vigente, será resuelta por la
Secretaría de Educación, a través del Consejo Estatal de Educación Básica. c. La participación en el proceso no asegura la incorporación del Colectivo
docente a cualquiera de las dos modalidades del PEAGE.
d. Los resultados emitidos por cualquiera de los dos Comités serán inapelables; en ambas modalidades de participación en el Programa: el Comité Local de Selección, en el caso de la Modalidad A; o bien, por el Comité Dictaminador, si se participa bajo la Modalidad B.
e. Los Colectivos docentes de las escuelas que sean seleccionadas para recibir algún tipo de recurso deberán cumplir con los compromisos establecidos en la Convocatoria.
f. Los Colectivos docentes de las escuelas con interés de participar en el
Programa que no cumplan con los lineamientos establecidos en la Convocatoria vigente para el ciclo escolar en curso, no serán sujetas de evaluación.
II. Procedimiento
Para la implementación del Programa se deberán considerar las etapas que a
continuación se presentan (Anexo VII), así como las acciones a realizar en cada
una de estas y los responsables de su ejecución (ver Anexo VIII):
a. Tanto la inscripción como la recepción de los documentos se realizarán en línea
a través de la página www.sigeyucatan.gob.mx.
b. La Coordinación de Gestión Escolar realizará una reunión con el Consejo
Estatal de Educación Básica, quien después de analizar y validar las acciones
propuestas, establecerá las fechas pertinentes de las diferentes etapas del
proceso, así como los ajustes necesarios, tanto a la Convocatoria, como a la
implementación del Programa.
c. La Coordinación de Gestión Escolar diseñará y dará seguimiento para la
publicación de la Convocatoria al inicio del ciclo escolar, en el portal en línea del
Sistema de Información y Gestión Educativa de Yucatán (SIGE), disponible en:
www.sigeyucatan.gob.mx.
d. Los Colectivos Docentes de las escuelas públicas interesados en incorporarse
al Programa, deberán realizar la inscripción a la modalidad de participación de
interés, y cargar la documentación requerida en el portal en línea del SIGE:
www.sigeyucatan.gob.mx.
e. El Comité Local de Selección y el Comité Dictaminador realizarán el proceso de
evaluación de las solicitudes, según la modalidad de participación elegida.
f. La Coordinación de Gestión Escolar publicará en el portal en línea del SIGE, el
listado de las escuelas susceptibles a ser beneficiadas a través del PEAGE, al
ciclo escolar correspondiente, dentro de aproximadamente, los 20 días hábiles
al periodo de cierre de las inscripciones.
g. El Comité Local de Selección y el Comité Dictaminador determinarán el monto
que se asignará a las escuelas seleccionadas para su incorporación en el
PEAGE.
h. Los Colectivos Docentes de las escuelas públicas seleccionadas para su
incorporación al PEAGE, deberán ejercer el recurso asignado exclusivamente
para el fortalecimiento de la gestión escolar, de acuerdo a lo establecido en el
Anexo Técnico (Anexo III) de la Convocatoria correspondiente (Anexo II).
i. La Coordinación de Gestión Escolar, publicará y pondrá a disposición para su
descarga, los formatos y la guía para la comprobación del recurso ejercido.
j. La Coordinación de Gestión Escolar, brindará asesoría a las escuelas para el
registro de la documentación requerida para la comprobación del recurso
ejercido.
k. Los Colectivos Docentes de las escuelas públicas seleccionadas desarrollarán
las acciones planteadas en el plan de mejora aprobado para participar en el
PEAGE, o bien, en el proyecto de innovación, según sea el caso; y realizarán la
comprobación correspondiente al recuso asignado, en el portal en línea del
SIGE.
l. La Coordinación de Gestión Escolar, realizará visitas periódicas a las escuelas
que hayan sido incorporadas al Programa, así como reuniones con los
Consejos Regionales.
m. La Coordinación de Gestión Escolar podrá instrumentar un procedimiento de
evaluación interna, y elabora informes de seguimiento y evaluación de la
implementación del PEAGE.
El listado de escuelas susceptibles a ser beneficiadas a través del PEAGE, al ciclo
escolar correspondiente, será publicado en la página del SIGE
(www.sigeyucatan.gob.mx) 20 días hábiles posteriores al período de cierre de las
inscripciones.
Artículo 13. Instancias ejecutoras
La SEGEY, por conducto de la Coordinación de Gestión Escolar, definirá las
bases para la planeación, operación, supervisión, seguimiento y evaluación del
Programa, para su ejecución se contará con la participación del:
Consejo Estatal de Educación Básica. Es el Consejo integrado por el Secretario
de Educación, los Directores del Centro de Evaluación Educativa, los Directores
de los niveles educativos, Directores de las áreas Jurídicas, Planeación,
Administración y Finanzas. Este Consejo es quien analiza y valida las propuestas
de acción para la implementación del Programa, establece el calendario con las
fechas de las diferentes fases de la operatividad y puesta en marcha del PEAGE.
Comité Local de Selección. Es el Comité responsable de evaluar las solicitudes
realizadas bajo la Modalidad A de participación, así como de la selección de las
escuelas susceptibles de ser beneficiadas a través del PEAGE, y los montos a
aprobar, de acuerdo a los requisitos establecidos en la Convocatoria
correspondiente, para dicha Modalidad.
Comité Dictaminador. El Órgano responsable de los procesos de evaluación y
dictaminación para la selección de los PRIGEP; así como de la asignación de los
montos a entregar a los Proyectos seleccionados. Está integrado por los
responsables que el Centro de Evaluación Educativa del Estado de Yucatán
determine para este fin. Tanto el Comité Local de Selección, como el Comité
Dictaminador, tienen la responsabilidad de elaborar informes con el listado de las
escuelas que han sido seleccionadas para incorporarse al Programa, como
resultado del proceso de evaluación realizado por los mismos previamente.
Artículo 14. Seguimiento y evaluación
I. Seguimiento
Para el proceso de seguimiento a la implementación del Programa, se
considerarán los indicadores propuestos para identificar el avance en el
cumplimiento del Programa Presupuestario “Gestión Escolar”, en su nivel de
componente “Apoyo al fortalecimiento de la gestión de los centros escolares
realizado”, al cual se encuentra alineado el Programa Estatal de Apoyo para la
Gestión Escolar (PEAGE), siendo el siguiente:
● Indicador. Porcentaje de escuelas de educación básica beneficiadas por el
apoyo a la gestión escolar; el cual se calculará con la fórmula A= (B/C)*100
A: es el Porcentaje de escuelas de educación básica beneficiadas por el
apoyo a la gestión escolar.
B: es el total de escuelas de educación básica beneficiadas por el apoyo a
la gestión escolar.
C: es el total de escuelas de educación básica.
● Indicador. Porcentaje de escuelas de educación inicial beneficiadas por el
apoyo a la gestión escolar; el cual se calculará con la fórmula A= (B/C)*100
A: es el Porcentaje de escuelas de educación inicial beneficiadas por el
apoyo a la gestión escolar.
B: es el total de escuelas de educación inicial beneficiadas por el apoyo a la
gestión escolar.
C: es el total de escuelas de educación inicial
En este caso, será la Coordinación de Gestión Escolar el área responsable de dar
seguimiento al avance de la implementación del Programa, siendo el medio de
verificación la base de datos del Programa Estatal de Apoyo para la Gestión
Escolar, donde se concentra el registro estadístico y administrativo de los
beneficiarios del Programa.
I. Evaluación
Siguiendo lo estipulado en el Acuerdo Seplán 03/2016 por el que se expiden los
Lineamientos generales del Sistema de Seguimiento y Evaluación del
Desempeño, la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán
brindará la información correspondiente a la Secretaría Técnica y a la Secretaría
de Administración y Finanzas o los organismos evaluadores, para la evaluación
del desempeño del Programa Estatal de Apoyo para la Gestión Escolar, con la
finalidad de realizar mejoras en el diseño, programación y asignación
presupuestal, retroalimentar la toma de decisiones, medir el resultado e impacto,
así como mejorar la eficiencia, eficacia, transparencia y la rendición de cuentas,
como consecuencia del ejercicio de recursos públicos estatales asignados para la
implementación del PEAGE.
El proceso de evaluación se realizará teniendo como principal referencia los
objetivos estratégicos y la matriz de indicadores para resultados de la SEGEY a
los que el PEAGE se encuentra asociado; instrumentado por el Sistema de
Evaluación del Desempeño, en los tiempos señalados en el Programa anual de
evaluación y en los términos de referencia.
La Secretaría Técnica de Planeación y Evaluación será la encargada de aprobar
las metodologías que se aplicarán en las evaluaciones internas y externas
contenidas en el Programa Anual de Evaluación, así como del financiamiento de
estas.
II. Publicación de Informes
La SEGEY, a través de su Dirección de Finanzas, formulará trimestralmente, por
separado y bajo su estricta responsabilidad, los informes de los avances físicos -
financieros de las acciones del Programa, durante los quince días hábiles
posteriores a la terminación del trimestre que se reporta.
La SEGEY estará obligada a notificar a la Secretaría Técnica de Planeación y
Evaluación, así como a la Secretaría de Administración y Finanzas, sobre el
avance en el cumplimiento de las metas de la matriz de indicadores al que el
PEAGE se encuentra asociado, contemplando los resultados de las evaluaciones
y el grado de cumplimiento de los aspectos susceptibles de mejora. Presentará la
información que resulte necesaria para la elaboración e integración de los
informes trimestrales, así como la relativa para la rendición e integración de la
Cuenta Pública del estado de Yucatán.
El Programa estará obligado a presentar, como parte de su informe
correspondiente al cuarto trimestre del año 2017, una estimación de cierre del año
fiscal (objetivos, metas y gasto) correspondiente al ciclo escolar en curso.
Dichos informes deberán ser acompañados con la justificación de las variaciones
entre la meta de cobertura programada y la alcanzada, así como entre el
presupuesto autorizado, el modificado y el ejercido, y en su caso el reporte de las
medidas de ahorro, austeridad y eficiencia aplicadas durante el periodo que se
informa.
Así también, por medio de la Coordinación de Gestión Escolar, formulará
trimestralmente informes de los avances financieros del Programa, durante los
quince días hábiles posteriores a la terminación del trimestre que se reporta.
La Coordinación de Gestión Escolar, tendrá a su cargo concentrar y analizar los
informes de las escuelas participantes, así como solicitar a los mismos las
aclaraciones a que haya lugar. De igual forma, deberá publicar anualmente en la
página de internet del SIGE (www.sigeyucatan.gob.mx) los resultados obtenidos
del seguimiento de los indicadores, así como la relación de beneficiarios.
La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán, se encargará de
dar a conocer los avances cualitativos y cuantitativos de las actividades del
Programa, sin más límite que el establecido en la Ley de Acceso a la Información
Pública para el Estado y Municipios de Yucatán.
Artículo 15. Disposiciones complementarias
I. Publicidad
Tanto la publicidad que se adquiera para la difusión de este Programa, como la
papelería y documentación oficial, deberán incluir claramente visible y audible, una
leyenda que señale que el Programa es de carácter público; que no es
patrocinado ni promovido por partido político alguno; que sus recursos provienen
de las contribuciones que pagan los contribuyentes; que está prohibido el uso del
Programa con fines políticos, electorales, de lucro o cualquier otro distinto al
establecido; y que quien haga uso indebido de los recursos del Programa será
denunciado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
II. Auditoría
La Secretaría de la Contraloría General será la dependencia encargada de las
funciones de auditoría del Programa, de conformidad con las facultades y
procedimientos establecidos en las disposiciones legales y normativas aplicables.
III. Quejas y denuncias
Cuando se presuma la existencia de un acto de corrupción, el ciudadano podrá
optar entre promover la queja o denuncia ante la Secretaría de la Contraloría
General o asistir ante el Instituto Estatal para el Combate a la Corrupción a
presentar su queja, quien la tramitará en términos de las disposiciones legales que
lo regulan.
Las instancias ejecutoras establecerán un buzón al cual el público tendrá fácil
acceso, para que cualquier interesado pueda presentar quejas y denuncias por
incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos ante el Instituto
Estatal para el Combate a la Corrupción.
En la papelería del Programa deberá incluirse una dirección y un número
telefónico donde cualquier ciudadano pueda solicitar información respecto de las
opciones que tiene para denunciar conductas o hechos que contravengan las
disposiciones del presente. Las quejas o denuncias deberán contener datos o
indicios suficientes y las circunstancias de tiempo, modo y lugar que permitan
advertir la probable responsabilidad del servidor público.
No se considerarán quejas o denuncias, los escritos que tengan por objeto dirimir
la resolución del trámite de las solicitudes, cuya resolución les corresponda
determinar a la propia dependencia o entidad o a las instancias jurisdiccionales
competentes en términos de lo dispuesto en la Ley de Actos y Procedimientos
Administrativos del Estado de Yucatán, o las demás disposiciones legales que
regulan los medios de impugnación; en estos casos la autoridad que tenga
conocimiento se limitará a orientar al ciudadano sobre la autoridad competente
que deba conocer del asunto.
IV. Responsabilidades de los servidores públicos
Los servidores públicos que incumplan con las disposiciones de este decreto
serán sancionados conforme a la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos del Estado de Yucatán, con independencia de las responsabilidades
penales en que puedan incurrir.
Artículos transitorios
Primero. Entrada en vigor
Este Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial del
Gobierno del Estado de Yucatán.
Segundo. Derogación tácita
Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan a lo
establecido en este Acuerdo.
Se expide este Acuerdo en la Secretaría de Administración y Finanzas, en Mérida,
a XXX de Noviembre de 2016.
Nombre del titular de la SEGEY Secretario de Educación
Anexo I. Municipios por región
Región Municipio
Región Municipio
Región Municipio
Región Municipio H
un
uc
má
Hunucmá
Mé
rid
a
Cuzamá
Te
kax
Tekax
Vall
ad
olid
Tinum
Celestún
Kanasín
Akil
Tixcacalcupul
Kinchil
Seyé
Oxkutzcab
Uayma
Samahil
Tahmek
Tzucacab
Yaxcab
á
Yaxcabá
Tetiz
Tecoh
Tic
ul
Ticul
Chankom
Ucú
Timucuy
Cantamayec
Chikindzonot
Izam
al
Izamal
Tixkokob
Chapab
Sotuta
Bokobá
Tixpéhual
Chumayel
Cacalchén
Umán
Dzán
Cenotillo
Mo
tul
Motul
Mama
Hocabá
Baca
Maní
Hoctún
Buctzotz
Mayapán
Homún
Cansahcab
Muna
Huhí
Chicxulub Pueblo
Sacalum
Kantunil
Dzemul
Santa Elena
Sanahcat
Dzidzantún
Teabo
Sudzal
Dzilam De Bravo
Tekit
Tekal De Venegas
Dzilam González
Tiz
imín
Tizimín
Tekantó
Dzoncauich
Calotmul
Tepakán
Ixil
Espita
Teya
Mocochá
Panabá
Tunkás
Muxupip
Río Lagartos
Xocchel
Sinanché
San Felipe
Ma
xcan
ú
Maxcanú
Suma
Sucilá
Abalá
Telchac Pueblo
Vall
ad
olid
Valladolid
Chocholá
Telchac Puerto
Cuncunul
Halachó
Temax
Chemax
Kopomá
Yaxkukul
Chichimila
Opichén
Yobaín
Dzitás
Mé
rid
a
Mérida
Peto
Peto
Kaua
Conkal
Chacsinkín
Quintana Roo
Progreso
Tahdziú
Tekom
Acanceh
Tixmehuac
Temozón
Anexo II. Convocatoria PEAGE
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN CONSEJO ESTATAL DE EDUCACIÓN BÁSICA
PROGRAMA ESTATAL DE APOYO PARA LA GESTIÓN ESCOLAR (PEAGE) CONVOCATORIA ESTATAL 2016-2017 y 2017-2018
En el marco de la reforma realizada a los Artículos 3° y 73° Constitucionales, del 26 de febrero de 2013, en su transitorio Quinto Fracción III y con base en el Artículo 28 bis de la Ley General de Educación, se establece la necesidad de fortalecer la autonomía de gestión escolar en las escuelas de educación básica, orientada hacia la calidad y la equidad educativa. Los colectivos docentes de educación básica concentrarán sus esfuerzos en lograr, dentro de su autonomía escolar, las siguientes prioridades: 1. Mejora del aprendizaje, consolidar el dominio de la lectura, la escritura y las matemáticas.
2. Conclusión oportuna de la educación básica, disminuir los índices de abandono escolar.
3. Convivencia escolar, fomentar un clima de convivencia sana y pacífica.
4. Normalidad mínima escolar. De igual forma, con base en el Modelo de Gestión Regional, las escuelas podrán desarrollar un Proyecto Regional de Innovación de la Gestión Pedagógica (PRIGEP) que responda a las temáticas definidas para cada región (ver Anexo Técnico) y que contemple como mínimo a dos escuelas, es decir, dos Colectivos docentes. La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán, a través del Consejo Estatal de Educación Básica, con la finalidad de contribuir a que las escuelas logren responder a las prioridades mencionadas así como mejorar sus condiciones académicas, organizativas y administrativas, emite la presente Convocatoria para aquellas escuelas que deseen participar voluntariamente en una o ambas de las siguientes modalidades:
A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente)
B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos Colectivos docentes o más) BASES GENERALES I. De los participantes
A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente) Podrá participar el Colectivo docente de las escuelas públicas de educación básica del Estado de Yucatán en todos sus niveles y modalidades, Centros de Atención Múltiple (CAM), Centros de Desarrollo Infantil (CENDI), así como las escuelas indígenas de educación inicial. B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos Colectivos docentes o más)
Podrán participar los colectivos docentes, de nueva incorporación o de continuidad, de las escuelas públicas de los niveles de educación preescolar (regular, CENDI e indígena), educación primaria (regular e indígena), Centros de Atención Múltiple, Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER) y educación secundaria (estatales, transferidas, técnicas y telesecundarias). II. De los documentos a entregar
A) Para participar en el Fortalecimiento de la Gestión Escolar, el Colectivo docente deberá entregar:
1) Plan de Mejora, en el cual se debe considerar las cuatro prioridades (mejora del aprendizaje; conclusión oportuna de la educación básica; convivencia escolar y normalidad mínima). 2) Programa para la Distribución de Presupuesto, en el cual se plasmará la inversión que la escuela hará con el recurso otorgado. Dicho documento se entregará sólo por aquellas escuelas seleccionadas a participar en alguna de las modalidades. 3) Carta compromiso única con las firmas correspondientes. B) Para participar en los PRIGEP, los dos o más Colectivos docentes deberán entregar:
1) Proyecto Regional de Innovación de la Gestión Pedagógica que responda a la temática de la región (ver Anexo Técnico), involucrando como mínimo a dos Colectivos docentes.
2) Programa para la Distribución de Presupuesto PRIGEP, en el cual se plasmará la inversión que la escuela hará con el recurso otorgado.
3) Carta compromiso única con las firmas correspondientes. NOTA: los formatos para elaborar los documentos a entregar estarán disponibles en el apartado documentos descargables de la página web www.sigeyucatan.gob.mx
III. De la inscripción y recepción de documentos
A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar: Tanto la inscripción como la recepción de los documentos se realizarán en línea a través de la página www.sigeyucatan.gob.mx. El período de inscripción se llevará a cabo del 29 de agosto al 9 de septiembre para el año 2016 y del 28 de agosto al 8 de septiembre para el año 2017. B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica: Tanto la inscripción como la recepción de los documentos se realizarán en línea a través de la página www.sigeyucatan.gob.mx. El período de inscripción se llevará a cabo del 29 de agosto al 9 de septiembre para el año 2016 y del 28 de agosto al 8 de septiembre para el año 2017. NOTAS:
Es importante que al momento de su inscripción cuente con la información necesaria para la captura en el sistema de los documentos requeridos de acuerdo a la modalidad en la que desea participar, la falta de alguno de ellos invalida su inscripción.
Es necesario verificar que la información que registrará en línea sean la última versión, puesto que estos son el insumo para realizar el proceso de selección y evaluación.
La(s) escuela (s) podrá (n) inscribirse en una o ambas modalidades, considerando que en la modalidad A la escuela obtendrá un recurso para solventar cuestiones referentes a la gestión escolar. Mientras que en la modalidad B las escuelas participantes (mínimo dos Colectivos) recibirán recurso en efectivo para adquirir los insumos necesarios para implementar el PRIGEP aprobado.
IV) De la selección
A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente) La selección de las escuelas que recibirán recurso económico para el ciclo escolar 2016-2017 y para el ciclo 2017-2018 estará a cargo del Comité Local de Selección. Dicho Comité desarrollará las siguientes acciones: 1) Verificar que las escuelas cumplan con los criterios establecidos en la Convocatoria;
2) Priorizar la atención de los centros escolares de acuerdo a determinadas características (por ejemplo: ubicación geográfica, matrícula escolar, modalidad, resultados de logro, entre otras).
3) Verificar que las escuelas seleccionadas enfaticen sus necesidades de acuerdo a las prioridades del Sistema Básico de Mejora.
4) Verificar que las escuelas seleccionadas reciban recursos financieros de un solo Programa e 5) Informar, a través de la Autoridad Educativa Local, a la comunidad educativa los resultados de la selección. B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos colectivos docentes o más) La evaluación de los PRIGEP estará a cargo de un Comité Dictaminador coordinado por el Centro de Evaluación Educativa del Estado de Yucatán. Dicho Comité desarrollará las siguientes acciones: 1) Verificar que los PRIGEP cumplan con todos los aspectos establecidos en la Guía para la Elaboración de los PRIGEP, en el Programa para la Distribución del Presupuesto PRIGEP así como en el Anexo Técnico de esta Convocatoria.
2) Llevar a cabo la evaluación para los PRIGEP inscritos
3) Emitir recomendaciones técnico-pedagógicas para el PRIGEP y para el Programa para la Distribución del Presupuesto PRIGEP.
4) Informar a la Coordinación de Gestión Escolar los resultados de la evaluación. NOTA: el proceso de evaluación considerará dos aspectos fundamentales, además de los establecidos en el Anexo Técnico de esta Convocatoria, los cuales son: - la pertinencia del proyecto, entendida como el grado en que la iniciativa responde a las demandas específicas de esta Convocatoria y
- la calidad técnica y viabilidad, entendida como la relación existente entre las actividades establecidas en el PRIGEP, el tiempo y los recursos solicitados para el logro de los objetivos. V) De la asignación y distribución de los recursos El Comité Local de Selección y el Comité Dictaminador determinarán qué escuelas recibirán el recurso así como el monto asignado. A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente) Las escuelas inscritas en esta modalidad y las cuales hayan sido seleccionadas, podrán recibir en efectivo como mínimo $20,000.00 (Veinte mil pesos 00/100 M.N) o como máximo $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N). B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos Colectivos docentes o más) Se otorgará en efectivo un monto de hasta $ 50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para aquellos proyectos aprobados que involucren 2 o más Colectivos docentes. Para el caso de proyectos que impliquen a los Colectivos Docentes de una misma zona escolar se otorgará en efectivo un monto de hasta $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N). El recurso otorgado en esta modalidad deberá canalizarse exclusivamente para fortalecer la gestión pedagógica y utilizarse para la adquisición de los insumos necesarios para implementar el proyecto (ver Anexo Técnico).
Los recursos a otorgar estarán sujetos a la disponibilidad financiera existente y estos serán otorgados una vez que la escuela solvente (si fuese el caso) las recomendaciones, emitidas por el Comité respectivo.
VI) De la publicación de los resultados
A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente): Los resultados serán publicados el 10 de octubre del 2016 y el 9 de octubre del 2017, en la página www.sigeyucatan.gob.mx B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos Colectivos docentes o más): Los resultados serán publicados el 21 de octubre para el 2016 y el 20 de octubre para el 2017, en la página www.sigeyucatan.gob.mx VII) Permanencia La permanencia y continuidad de la(s) escuela (s) en cualquiera de las modalidades dependerá del cumplimiento con los compromisos asumidos con la aprobación.
VIII) Compromisos
A) Fortalecimiento de la Gestión Escolar (un Colectivo docente) Los directores de las escuelas deberán: 1. Destinar los apoyos financieros al logro de las metas definidas en el Plan de Mejora. El recurso económico que reciban deberá estar orientado a la atención de las prioridades que la escuela determine;
2. Promover la participación y corresponsabilidad de la comunidad educativa en las acciones del Plan de Mejora;
3. Dar a conocer a la comunidad escolar el plan de mejora y la información referente al ejercicio del recurso asignado a la escuela, así como los avances y resultados educativos;
4. Usar los resultados de la evaluación como retroalimentación para la mejora continua en cada ciclo escolar;
5. Administrar y ejercer el recurso bajo los principios de honestidad, eficacia, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas en apego a la normatividad aplicable;
6. Realizar la comprobación del ejercicio del recurso con base en el mecanismo de control que la Autoridad Educativa Local establezca, con la finalidad de supervisar el correcto ejercicio del recurso;
7. Resguardar en la escuela la información comprobatoria del ejercicio del recurso por un período de cinco años, la cual deberá estar disponible para conocimiento de la comunidad escolar y de la autoridad educativa cuando así lo requiera, y
8. Participar en las pláticas informativas o reuniones de trabajo convocadas por la Autoridad Educativa Local. B) Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (dos Colectivos docentes o más) El responsable del PRIGEP y los agentes involucrados en la implementación del mismo (los jefes de sector, supervisores, el personal docente y directivo), deberán cumplir con los siguientes compromisos: 1. Firmar, por parte del responsable del PRIGEP, una carta compromiso donde se establece que él se hará cargo de la compra y entrega de los recursos a los demás Colectivos docentes que
participan en el proyecto. Dicha entrega será comprobada a través de los mecanismos que establezca la Autoridad Educativa Local;
2. Participar en las reuniones de trabajo convocadas por la Autoridad Educativa Local;
3. Implementar, desarrollar y consolidar los objetivos y las acciones establecidas en el PRIGEP;
4. Mantener comunicación directa y permanente entre el responsable del PRIGEP y los agentes involucrados en la implementación del proyecto;
5. Informar por escrito a la Autoridad Educativa Local los avances del proyecto y los resultados obtenidos en la implementación del PRIGEP;
6. Cumplir con los objetivos y actividades establecidas en su PRIGEP, los cuales deberán estar orientados a elevar los resultados educativos de sus estudiantes;
7. Atender, en tiempo y en forma, las recomendaciones técnico-pedagógicas que emita el Comité Dictaminador al PRIGEP y/o al Programa para la Distribución del Presupuesto;
8. Emplear el recurso asignado de acuerdo con lo planeado;
9. Informar a la comunidad educativa (autoridades, padres de familia, personas e instituciones interesadas en la educación) sobre el recurso otorgado, las acciones que se realizan en la escuela a partir del PRIGEP así como los logros educativos obtenidos; 10. Usar los resultados de la evaluación como retroalimentación para la mejora continua en cada ciclo escolar;
11. Administrar y ejercer el recurso bajo los principios de honestidad, eficacia, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas en apego a la normatividad aplicable;
12. Realizar la comprobación del ejercicio del recurso otorgado en efectivo con base en el mecanismo de control que la Autoridad Educativa Local establezca, con la finalidad de supervisar el correcto ejercicio del recurso, y
13. Resguardar en la escuela información comprobatoria del ejercicio del recurso por un período de cinco años, la cual deberá estar disponible para conocimiento de la comunidad escolar y de la autoridad educativa cuando así lo requiera. IX) Generales a) Cualquier situación no prevista en la presente Convocatoria será resuelta por la Secretaría de Educación, a través del Consejo Estatal de Educación Básica.
b) La participación en el presente proceso no asegura la incorporación de la escuela a cualquiera de las dos modalidades del PEAGE.
c) Los resultados emitidos por cualquiera de los dos Comités serán inapelables.
d) Las escuelas que sean seleccionadas para recibir algún tipo de recurso deberán cumplir con los compromisos establecidos en esta Convocatoria.
e) Las escuelas que no cumplan con los lineamientos establecidos en la presente Convocatoria, no serán sujetas de evaluación.
Anexo III. Anexo Técnico PRIGEP
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN CONSEJO ESTATAL DE EDUCACIÓN BÁSICA
PROGRAMA ESTATAL DE APOYO PARA LA GESTIÓN ESCOLAR (PEAGE)
ANEXO TÉCNICO
MODALIDAD PROYECTOS REGIONALES DE INNOVACIÓN DE LA GESTIÓN PEDAGÓGICA
El colectivo docente de las escuelas que deseen participar en el proceso de aprobación de Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (PRIGEP), deberán reunir los requisitos establecidos en las bases generales de la Convocatoria Estatal 2016-2017 y 2017-2018, emitida por la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán, así como las descritas en el presente Anexo:
BASES ESPECÍFICAS
1. De los participantes Los PRIGEP pueden ser diseñados por:
a. Directores con dos o más Colectivos docentes de su zona o vinculados con otra zona de la misma región, ya sea de diferente nivel y/o modalidad;
b. Docentes de dos o más Colectivos de su zona o vinculados con otra zona de la misma región, ya sea de diferente nivel y/o modalidad;
c. Jefes de sector o supervisores con dos o más Colectivos docentes de su zona o vinculado con otra zona de la misma región, ya sea de diferente nivel y/o modalidad.
2. De las características de los PRIGEP
a. Las escuelas involucradas deberán integrar su PRIGEP, orientado sobre las bases del Modelo de Gestión Regional y del Paradigma de una Escuela de Buena Calidad.
b. El PRIGEP deberá considerar lo establecido en el Plan y los Programas de Estudios vigentes, del nivel correspondiente.
c. El PRIGEP deberá responder a uno de los temas prioritarios identificados por cada Consejo Regional, mismos que se encuentran especificados en el punto seis de en este Anexo Técnico.
d. El PRIGEP deberá establecer estrategias y acciones en un periodo de uno a tres ciclos escolares como máximo.
e. El PRIGEP deberá contar con el visto bueno de los supervisores de las escuelas implicadas en el mismo.
f. El recurso del PRIGEP no podrá ser utilizado para compensaciones docentes, únicamente podrán ser utilizados para fortalecer la gestión pedagógica (consultar el punto cinco denominado “De la asignación y distribución de los recursos” de este Anexo).
g. El PRIGEP deberá cumplir con todos los rubros establecidos en:
La Guía para la Elaboración de Proyectos Regionales de Innovación de la Gestión Pedagógica (PRIGEP),
El Programa para la Distribución del Presupuesto PRIGEP y
La Convocatoria Estatal y el Anexo Técnico, vigentes.
3. Requisitos de selección
a. El PRIGEP deberá considerar a dos o más Colectivos docentes de Educación Básica, independientemente del nivel o modalidad.
b. El PRIGEP deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en la Guía para la Elaboración de Proyectos, disponible en la página web www.sigeyucatan.gob.mx, así como con lo establecido en las bases generales de la Convocatoria Estatal y el Anexo Técnico, vigentes.
c. Registrar en la página www.sigeyucatan.gob.mx el PRIGEP con base en lo establecido en el apartado II y III de la Convocatoria Estatal vigente.
4. De la evaluación o dictaminación En consideración y para el cumplimiento del apartado IV inciso B de la Convocatoria Estatal vigente, se establece lo siguiente:
a. El responsable del proyecto registrará en la página www.sigeyucatan.gob.mx los documentos solicitados. El documento impreso del Proyecto Regional será evaluado por el Comité Dictaminador.
b. El responsable del proyecto dará a conocer el PRIGEP, a través de una presentación en PowerPoint, ante el Comité Dictaminador. Para ello deberá acudir el día, horario y lugar designado para la evaluación presencial.
c. El día, horario y sede para la evaluación presencial serán notificadas al responsable del PRIGEP por medio de la Coordinación de Gestión Escolar o en su defecto por el CEDE correspondiente.
d. El Centro de Evaluación Educativa establecerá un período para la retroalimentación de los PRIGEP tanto aprobados como no aprobados, dicho período se dará a conocer en la página www.sigeyucatan.gob.mx y en el CEDE de cada región.
NOTA. El responsable del proyecto deberá considerar lo siguiente: - Acudir a la evaluación presencial con una identificación oficial; - La presentación en PowerPoint que diseñará, deberá tener una duración no mayor a 15 minutos, en la cual se establezca de manera general pero muy puntual lo que dicho proyecto pretende conseguir así como las acciones que le permitirán lograrlo; - La evaluación colegiada únicamente se realiza con el responsable del proyecto y el Comité dictaminador; - La documentación (PRIGEP, programa para la distribución del presupuesto PRIGEP, carta compromiso única) que registró al inscribirse es la que será evaluada, por lo tanto evite realizar, en ningún momento, modificaciones o actualizaciones a dichos documentos. 5. De la asignación y distribución de los recursos En consideración y para el cumplimiento del apartado V inciso B de la Convocatoria Estatal 2016-2017 y 2017-2018, se establece lo siguiente:
a. Se otorgarán en efectivo la cantidad de hasta $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N) a aquel proyecto que involucren 2 o más Colectivos docentes dicho recurso deberá
estar canalizado exclusivamente a fortalecer la gestión pedagógica de las escuelas involucradas en el PRIGEP y podrá ser utilizados para:
Elaboración y/o reproducción de material didáctico;
Material didáctico/software educativo, video y audio;
Capacitación y/o actualización a docentes y directivos;
Adquisición de acervo bibliográfico, útiles, materiales escolares, etc.
Servicios y actividades que enriquezcan el proceso de aprendizaje de los estudiantes y
Otros, relacionados con la particularidad del proyecto (insumo que contribuya al logro del objetivo).
b. Se otorgarán en efectivo la cantidad de hasta $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N) a aquel proyecto de zona escolar dicho recurso deberá estar canalizado exclusivamente a fortalecer la gestión pedagógica de la zona escolar y de las escuelas involucradas en el PRIGEP y podrá ser utilizados para:
Elaboración y/o reproducción de material didáctico;
Material didáctico/software educativo, video y audio;
Capacitación y/o actualización a docentes y directivos;
Adquisición de acervo bibliográfico, útiles, materiales escolares, etc;
Servicios y actividades que enriquezcan el proceso de aprendizaje de los estudiantes y
Otros, relacionados con la particularidad del proyecto (insumo que contribuya al logro del objetivo).
Nota: la comprobación del recurso, únicamente será a través de la entrega de facturas por la compra realizada. Una vez identificados los PRIGEP aprobados se tendrá una reunión de trabajo en donde se planteará el mecanismo de control para dicha comprobación. 6. De las temáticas
REGIÓN TEMÁTICAS
Motul
1. Estrategias para fortalecer al personal directivo y docente en el desarrollo de las competencias de la lectura y la escritura. 2. Fortalecimiento de la didáctica de las matemáticas en preescolar, dirigido al personal directivo. 3. Armonía en el clima escolar. 4. Estrategias para desarrollar las competencias de lectura y escritura. 5. La educación física y su articulación con las matemáticas y la enseñanza de español. 6. Escuelas con convivencia sana y pacífica. 7. Aprende con las TIC´s. 8. Con respeto y armonía avanzamos mejor. 9. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Yaxcabá
1. Cuéntame algo de ti en español o lengua maya. 2. Aprendamos a pensar matemáticamente. 3. La atención de equidad en el aula. 4. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Izamal 1. Mejora de las competencias lectoras en la Educación Básica. 2. Prácticas pedagógicas orientadas a disminuir la violencia escolar.
3. Planeación didáctica basada en competencias en Educación Básica. 4. Estrategias didácticas para el desarrollo del pensamiento lógico-matemático en la Educación Básica. 5. Elaboración de material didáctico para el desarrollo de competencias en lectura, escritura y pensamiento matemático. 6. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Hunucmá
1. Valores universales para la sana convivencia escolar. 2. Uso de las TIC´s en el proceso de enseñanza- aprendizaje. 3. Trabajo colaborativo con padres de familia. 4. Estrategias para una lectura de compresión y producción de textos escritos. 5. Inclusión educativa y la atención a la diversidad. 6. Planeación de estrategias innovadoras como punto de partida para reducir el rezago educativo. 7. Resolución de problemas matemáticos que se presentan en la vida cotidiana. 8. Elaboración de materiales didácticos con los maestros y padres de familia. 9. Integración de la educación física en la planificación escolar. 10. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Maxcanú
1. Los temas son diseño y uso de materiales didácticos pertinentes para la enseñanza de las matemáticas. 2. Enseñanza y uso de la numerología como estrategia para la enseñanza de las matemáticas en Educación Básica. 3. La matrogimnasia como recurso para favorecer la emotividad y la afectividad entre padres e hijos en Educación Básica. 4. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Ticul
1. Lectura y Escritura. 2. Convivencia escolar. 3. Matemáticas. 4. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Valladolid
1. Diseño y aplicación de estrategias para una enseñanza efectiva que fortalezca la práctica docente y permita la consolidación de la lectura. 2. Diseño y aplicación de estrategias para una enseñanza efectiva que fortalezca la práctica docente y permita la consolidación de la escritura. 3. Diseño y aplicación de estrategias para una enseñanza efectiva que fortalezca la práctica docente y permita la consolidación de la competencia lectora. 4. Diseño y aplicación de estrategias para una enseñanza efectiva que fortalezca la práctica docente y permita la consolidación del pensamiento matemático. 5. Generar la participación y trabajo colaborativo de los padres de familia en el aprendizaje de los alumnos. 6. Atención a los alumnos en situación de vulnerabilidad, reprobación y/o extraedad y/o discapacidad y/o salud, con la finalidad de minimizar el rezago educativo. 7. Fortalecer las relaciones de convivencia y comunicación de la escuela con los padres de familia. 8. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Tizimín
1. Atención a la diversidad. 2. Estrategias para la Enseñanza de las Matemáticas. 3. Estrategias para la Enseñanza de la Lectura y Escritura. 4. Estrategias para la Enseñanza de las Ciencias. 5. Estrategias para fomentar los Valores en el Aula. 6. Estrategias para involucrar a los Padres de Familia en la educación de sus hijos. 7. Trabajo colaborativo en la Práctica Docente.
8. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Mérida 1
1. La compresión lectora como una puerta para aprender a aprender y su uso social. 2. Promoción de la participación de los padres de familia en la mejora del logro educativo. 3. Estrategias de atención a los alumnos con Necesidades Educativas Especiales (NEE). 4. Las matemáticas como herramienta de la vida cotidiana. 5. Las tecnologías de la información como estrategia didáctica en la práctica del maestro. 6. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Mérida 2
1. Estrategias para el desarrollo de la lectura y la escritura en Educación Básica. 2. Didáctica para el desarrollo del pensamiento matemático. Solución de problemas. 3. Prevención de la violencia escolar y aprendizaje para la convivencia. 4. Desarrollo de proyectos para la vinculación con la comunidad y participación de los padres de familia en las actividades pedagógicas. 5. Desarrollo del pensamiento científico en educación básica 6. Desarrollo cognitivo, social y adaptativo. 7. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Mérida 3
1. Desarrollando competencias directivas y docentes. 2. La infancia reflejo de una familia en la escuela. 3. Desarrollando el pensamiento lógico matemático. 4. Consolidando en nuestros niños la lectura y la escritura. 5. Estrategias para desarrollar comunidades incluyentes. 6. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Mérida 4
1. Estrategias para el desarrollo del pensamiento lógico matemático. 2. Estrategias para desarrollar las competencias de lectura y escritura y la comunicación oral. 3. Estrategias y recursos didácticos innovadores para la enseñanza de las matemáticas. 4. Estrategias y recursos didácticos innovadores para la enseñanza del español. 5. Planeación didáctica basada en competencias de Educación Básica. 6. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Peto
1. Estrategias para mejorar la compresión lectora. 2. Estrategias para desarrollar el pensamiento matemático y solución de problemas matemáticos. 3. Cómo implementar la relación tutora en las escuelas. 4. Metodología de la lecto-escritura de la lengua Maya. 5. Diversidad lingüística y cultural en el contexto educativo y favorecer a la educación inclusiva. 6. Estrategias metodológicas para el trabajo en escuelas multigrado. 7. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
Tekax
1. El desarrollo de las habilidades comunicativas: leer y escribir. 2. Juego, cuento y selecciono. 3. La naturaleza y yo 4. Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC).
7. De la permanencia La permanencia y continuidad del PRIGEP dependerá de:
Los resultados obtenidos al concluir la fase correspondiente anterior;
La rendición de cuentas correspondiente y del
Cumplimiento de los compromisos asumidos con la aprobación de un PRIGEP. 8. Generales Para mayor información u orientación ponemos a su disposición el teléfono 9.64.23.50 ext. 56461 o 56412. Los (as) maestros (as) interesados (as) en desarrollar un Proyecto Regional de Innovación que
responda a la temática “Ciencia para niños: sistema vivencial e indagatorio de la ciencia (SEVIC)”
favor de comunicarse al teléfono 9.64.23.50 ext. 56430 o 56482.
Anexo IV. Formatos Modalidad A: Programa de Distribución de Recurso
Anexo V. Carta Compromiso
CARTA COMPROMISO
NOMBRE DEL TITULAR DE LA SEGEY SECRETARIO DE EDUCACIÓN EN EL ESTADO DE YUCATÁN PRESENTE. Lugar y Fecha:
Con el objetivo de mejorar las condiciones de nuestro plantel educativo y la necesidad de fortalecer
la autonomía de gestión escolar, buscando la calidad y la equidad educativa, reconociendo la responsabilidad compartida de los miembros de la comunidad escolar, se trabajó el “Plan de Mejora para el Ciclo Escolar 2016-2017 y 2017-2018”, en el cual quedaron plasmadas las necesidades que nuestro centro educativo presenta.
Tomando en cuenta lo anterior y con la intención de que nuestra escuela sea un espacio incluyente, de calidad, centrada en la mejora del logro educativo y en favorecer el desarrollo integral de sus estudiantes, considerando en nuestras acciones la normalidad mínima escolar; a través de este documento se hace constar que la escuela________________________________________ decidió emplear el Sistema Básico de Mejora Educativa atendiendo las cuatro prioridades establecidas por el mismo y participar en el Programa de Apoyo a la Gestión Escolar (PEAGE), en su Convocatoria vigente.
Nombre de la Escuela: Dirección: Teléfono:
Entidad Federativa: Municipio:
CCT: Nivel:
Sector: Zona:
Turno: Región (CEDE):
Asimismo, manifestamos nuestra voluntad de cumplir lo establecido en las Bases de Operación o
lineamientos vigentes del (los) Programa (s) que integran el PEAGE, involucrando a nuestro Consejo Escolar de Participación Social, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 68 y 69 de la Ley General de Educación.
A T E N T A M E N T E
Nombres Firmas Sello escuela
Director(a) de la Escuela
Docente
Miembro del Consejo Escolar de Participación Social o
equivalente
Supervisor (a) zona escolar
*NOTA: Las escuelas que participan en Escuelas de Tiempo Completo deberán relacionar los nombres, RFC y la CURP de todo el personal (directivos, docentes e intendentes) que cubrirán la jornada ampliada (exclusivo Escuelas de Tiempo Completo). C.c.p. Supervisor de la zona escolar.
Nombre de la escuela
Relación de personal que cubre la jornada ampliada (6 ó 8 horas)
1 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
2 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
3 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
4 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
5 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
6 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
7 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
8 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
9 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
10 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
11 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
12 NOMBRE
CARGO FIRMA
RFC
CURP
OBSERVACIONES Y COMENTARIOS A LA PLANTILLA ____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Anexo VI. Formatos Modalidad B: Programa de Distribución de Recurso
Objetivo General: “Incrementar las habilidades docentes a través del dominio de los contenidos de aprendizaje y de la aplicación estrategias de enseñanza en el aula.
Objetivo Específico 1: Capacitar a los docentes sobre los contenidos del programa a través del análisis de textos
Acciones Recursos a requerir Monto o costo total Tiempos
Meses
S E P O CT N OV D I C E N E F E B MAR A B R MAY JUN JUL AGO
PROGRAMA PARA LA DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO PRIGEP
Total requerido para lograr el 1er. Objetivo Específico
Objetivo Específico 2: Proponer situaciones de experimentación pedagógica para que las docentes identifiquen las capacidades que como adultos movilizan durante las actividades.
Acciones Recursos (con sus respectivas
especificaciones)
Monto o costo total Tiempos
Meses
S E P O CT N OV D I C E N E F E B MAR A B R MAY JUN JUL AGO
Total requerido para lograr el 2do. Objetivo Específico
Objetivo Específico 3: Capacitar al personal docente en el conocimiento y aplicación de estrategias de enseñanza
Acciones Recursos (con sus respectivas
especificaciones)
Monto o costo total Tiempos
Meses
S EP O CT N OV D I C E N E F E B MAR A B R MAY JUN JUL AGO
Total requerido para lograr el 3er. Objetivo Específico
Objetivo Específico 4: Elaborar un portafolio con estrategias de enseñanza pertinentes con los enfoques de los campos formativos.
Acciones Recursos (con sus respectivas
especificaciones)
Monto o costo total Tiempos
Meses
S EP O CT N OV D I C E N E F E B MAR A B R MAY JUN JUL AGO
Total requerido para lograr el 4to. Objetivo Específico
TOTAL GENERAL (SUMA TOTAL DEL COSTO O MONTO REQUERIDO EN CADA OBJETIVO ESPECIFICO)
Anexo VII. Diagrama de Flujo.
Anexo VIII. Funciones de las Instancias Ejecutoras
Las funciones que cada una de las figuras que intervienen en la operación y que
se deberán realizar para el logro de los objetivos del Programa, son las siguientes:
Coordinación de Gestión Escolar
● Coordinar la supervisión del cumplimiento de las acciones que conforman el
Programa de intervención en las escuelas beneficiadas.
● Establecer un mecanismo de comunicación con las autoridades escolares
en las regiones educativas (jefes de sector, supervisores, directores y
personal docentes de las escuelas participantes).
● Coordinar y organizar los procesos de capacitación, asesoría y
acompañamiento para el ejercicio adecuado de los recursos de apoyo a la
gestión escolar y la comprobación correspondiente.
● Promover procesos de evaluación interna y externa del Programa.
● Elaborar informes de seguimiento y evaluación del avance en el logro de los
objetivos propuestos por el Programa.
● Atender y canalizar a las instancias correspondientes, las diversas
incidencias y controversias técnicas, administrativas y normativas que se
presenten.
Comité Local de Selección
● Verificar que los Colectivos docentes cumplan con las bases señaladas en
la Convocatoria vigente para el ciclo escolar en curso.
● Priorizar la atención de los centros escolares de acuerdo a las
características establecidas en la Convocatoria vigente del Programa.
● Verificar que los Colectivos docentes de las escuelas seleccionadas,
enfaticen sus necesidades de acuerdo a las prioridades del Sistema Básico
de Mejora.
● Informar, a través de la Autoridad Educativa Local, a la comunidad
educativa los resultados de la selección.
Comité Dictaminador coordinado por el Centro de Evaluación Educativa del
Estado de Yucatán
● Verificar que los PRIGEP cumplan con todos los aspectos establecidos en
la Guía para la Elaboración de los PRIGEP, en el Programa para la
Distribución del Presupuesto PRIGEP así como en el Anexo Técnico de
esta Convocatoria.
● Llevar a cabo la evaluación para los PRIGEP inscritos.
● Emitir recomendaciones técnico-pedagógicas para el PRIGEP y para el
Programa de Distribución del Presupuesto PRIGEP.
● Informar a la Coordinación de Gestión Escolar los resultados de la
evaluación.
Supervisores Escolares
● Difundir la Convocatoria del PEAGE, para promover la participación de las
escuelas de la zona escolar.
● Dar seguimiento a las acciones establecidas en el Plan de Mejora de las
escuelas de su zona escolar.
Personal docente y directivo de escuelas focalizadas
● Participar en la elaboración, implementación y evaluación del Plan de
Mejora de la escuela para la atención de las cuatro prioridades educativas
que establece el Sistema Básico de Mejora.
● Promover la participación de la comunidad escolar, para lograr metas
específicas de acuerdo al plan de mejora de la escuela.
● Destinar el uso de los recursos del PEAGE al desarrollo de las acciones
plasmadas en el Plan de Mejora y el Programa de Distribución del Recurso.
● Realizar la comprobación del recurso otorgado a la escuela, en los tiempos
establecidos para este propósito.
● Informar sobre los resultados de la implementación del Programa durante el
ciclo escolar.