Contestacion de Demanda -Con Patrocinio Letrado- 340

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  • CONTESTA DEMANDA. (1) Seor Juez:

    ................................., por propio derecho, con domicilio real en......................., constituyendo domicilio procesal en................................., junto con mi letrada patrocinante, Dra. ................................., T:. F: del.., CUIT:., Monotributista, Direccin de correo electrnico: ., TEL:.. en autos ............................................., a V.S. me presento y respetuosamente digo: (Ver Art. 47 del Reglamento para la Justicia Nacional-Acordada de la CSJN del 17/12/1952)

    I. OBJETO. Que en legal tiempo y forma vengo a contestar el traslado de demanda

    por .. instaurada en mi contra y a solicitar su rechazo por improcedente, con ejemplar imposicin de costas, conforme los fundamentos jurdicos y fcticos que paso a exponer.

    II. NEGATIVA DE LOS HECHOS. En cumplimiento del requisito procesal previsto por el Art. 356 del

    CPCCN, vengo a reconocer expresamente los siguientes HECHOS invocados en la demanda: 1) que suscrib con el actor el 2) que el da no concurr a las oficinas del 3)..

    Estos son los nicos hechos que expresamente reconozco, y a

    continuacin realizar la negativa del resto, conforme lo dispone el cdigo citado. Por ello, expresamente niego:

    1) Que en el acto de celebracin del .. 2) Que el suscripto no hubiera dado explicacin alguna de mi

    incomparecencia al da previsto para . 3) Que haya sido llamado telefnicamente por el actor. 4) Que me haya mostrado . 5) Que no hubiera respondido la carta-doc enviada por el actor. 6) Que estuviera debidamente notificado a la mediacin previa. 7) Que hubiera quedado constituido en mora, tanto para el cumplimiento

    de mi obligacin de . 8) Que la actitud del suscripto obligara al actor a iniciar la pertinente

    accin judicial. 9) Que esta parte hubiera incumplido con sus obligaciones

  • 10) Que como consecuencia de mi supuesto incumplimiento . el actor sufriera ..

    11) En realidad, los hechos han transcurrido de otra manera, y ellos motivan la siguiente exposicin de la verdad de los hechos ocurridos entre las partes. (Para cumplir con la exigencia procesal del Art. 356 del CPCCN el demandado debe tomar cada hecho afirmado en la demanda y decidir si ha de negarlo o reconocerlo, sopesando detenidamente las consecuencias de tal reconocimiento. En un reclamo de daos y perjuicios, deber expedirse tanto sobre la mecnica del accidente como sobre los daos invocados por el actor. Siempre debe trabajar con la demanda al lado, sin olvidarse de mencionar a ninguno de los hechos, con el riesgo de que dicha omisin sea considerada un reconocimiento tcito del hecho no mencionado. Peor an, una contestacin evasiva y poco concreta, o una simple negativa general de todos los hechos, tambin sern consideradas por el juez como un reconocimiento tcito de los dichos del actor, con el fatal resultado para la suerte del litigio.)

    III. LA VERDAD DE LOS HECHOS. El actor en su demanda ha omitido contar la verdad de los hechos tal

    como ocurrieron. Por ello, seguidamente relatar cmo ha sido la conducta de ambas partes a partir de la suscripcin de

    Ante todo, debo aclara que me une al actor una .. El da de la firma del el actor no ... Este

    hecho .. encuadra en el incumplimiento de una de las obligaciones ms importantes de todo .. conforme lo previsto en el ..

    Frente a la conducta contumaz del actor, le envi la siguiente intimacin fehaciente, mediante carta-doc N..de fecha..,que textualmente deca: En mi carcter de .intimo a ud., plazodas ., en el domicilio de la calle.., en virtud de.bajo apercibimiento de.. Queda Ud. debidamente notificado. Buenos Aires..de..de- NOMBRE Y APELLIDO. Documento de Identidad. Por todo lo expuesto, a V.S. solicito (Cabe recordar que sobre el demandado pesa la carga de probar todos los hechos invocados por ste, as como su negativa respecto de los hechos invocados por el actor obligar a ste a producir prueba para acreditarlos. Ver Art. 333 del CPCCN.)

  • IV. PRUEBA DOCUMENTAL DE LA PARTE ACTORA. Respecto de la PRUEBA DOCUMENTAL aportada por el actor,

    RECONOZCO la carta-doc Nel da. y el.. pero desconozco la autenticidad del resto de la documental aportada. (EL desconocimiento que el demandado realice respecto de la prueba documental aportada por el actor, obligar a ste a producir prueba supletoria informativa y pericial, por Ej., para acreditar su autenticidad. Ver Art. 356, Inc. 1, del CPCCN. Si el demandado no reconviene ni aporta documental, no se dar traslado al actor de su escrito de contestacin, por lo que el actor debe ofrecer prueba supletoria para acreditar la autenticidad de su documental en la demanda misma.)

    V. DERECHO. Fundo el derecho que me asiste en las siguientes disposiciones legales:

    (Se pueden citar y/o transcribir en este acpite fallos y notas de doctrina relacionados con esta litis, o incluirlos durante el relato de la verdad de los HECHOS, en el captulo respectivo)

    VI. OFRECE PRUEBA. A fin de acreditar los hechos expuestos en esta contestacin, ofrezco la siguiente prueba: DOCUMENTAL: carta-doc N..y taln de recepcin original, CONFESIONAL: Si cite a absolver posiciones al actor a tenor del pliego que oportunamente se acompaar. TESTIMONIAL: Se cite a las siguientes personas a deponer como testigos, a tenor del interrogatorio que oportunamente se acompaar:

    a) (nombre, apellido, domicilio y profesin) b) (nombre, apellido, domicilio y profesin) c) (nombre, apellido, domicilio y profesin) d) (hasta ocho testigos Ver Art. 430 CPCCN.)

    En cumplimiento del requisito procesal previsto en el Art. 333 del CPCCN, se deja constancia que los testigos depondrn sobre los siguientes hechos: (mencionar en trminos generales los hechos a que harn referencia, que sern especialmente los relatados en el captulo LA VERDAD DE LOS HECHOS) INFORMATIVA: En forma subsidiaria, para el supuesto de desconocimiento por parte de la contraria del intercambio telegrfico, solicito se libre oficio a Correo Argentino S.A. a fin de que informe sobre la autenticidad de la pieza que se adjunta, as como los datos de remisin y recepcin de la misma por el actor.

  • PERICIAL CALIGRAFICA: En forma subsidiaria, para el supuesto de desconocimiento por parte de la contraria de la pertenencia a su puo y letra de la firma que se le atribuye en la documental agregada, solicito se designe perito calgrafo nico de oficio para que dictamine sobre la pertenencia de las firmas que se le atribuyen al accionado en la mencionada documental, previo cotejo con cuerpo de escritura y firmas indubitables que oportunamente se denunciarn. PERICIAL PSICOLOGICA: Se designe perito licenciado en psicologa nico de oficio a fin de que evale el estado psquico del y adjunte los informes psicolgicos correspondientes, dictaminando sobre los siguientes puntos de pericia: (En modelos aparte se desarrollarn listados de puntos de pericia ms comunes, en las especialidades contable, psicolgica e ingeniera mecnica) Se adjunta un juego de copias de los puntos de pericia para el experto. PERICIAL CONTABLE: Se designe perito contador nico de oficio a fin de que examinando los libros contables de dictamine sobre los siguientes puntos de pericia: (En modelos aparte se desarrollarn listados de puntos de pericia ms comunes, en las especialidades contable, psicolgica e ingeniera mecnica) Se adjunta un juego de copias de los puntos de pericia para el experto.

    VII. AUTORIZACIONES. Quedan autorizados a examinar el expediente, efectuar desgloses, retirar copias, oficios, exhortos, testimonios, diligenciar oficios, cdulas ley 22.172, mandamientos, as como realizar cualquier tipo de gestin, acto o diligencia que fueran necesarios, los Dres.............................., y.y los Sres. D.N.I. ........................, y/o ...................................., D.N.I. ..........................,en forma indistinta. (Ver Arts. 63 y 64 del Reglamento para la Justicia Nacional-Acordada de la CSJN del 17/12/1952)

    VIII. PETITORIO. Por todo lo manifestado a V.S., solicito:

    a) me tenga por presentado, por parte y por constituido el domicilio legal indicado; (Ver Art. 40 del CPCCN) b) tenga por contestada la demanda en legal tiempo y forma y por ofrecida la

    prueba; c) se tenga por agregada la prueba documental y se la reserve en Caja Fuerte por Secretara, adjuntndose copia para el expediente; (Ver Arts. 1 a 6 de las normas complementarias del Reglamento para la Justicia Nacional-Acordada de la CSJN del 17/12/1952)

  • d) se corra traslado de la documentacin por el trmino y bajo apercibimiento de ley; (Ver Art. 358 del CPCCN) e) oportunamente se dicte sentencia rechazando la demanda con expresa

    imposicin de costas.

    Provase de conformidad, que SERA JUSTICIA.

    (Firma y sello del patrocinante) (Firma del particular)

    (Ver Art. 57 del CPCCN) (1) NOTA DE LA AUTORA: El contenido del sumario de un escrito judicial debe brindar un extracto del mismo para facilitar su localizacin dentro del expediente por parte del juzgado y de las partes.

  • Informacin complementaria en LexisNexis On Line: DOCTRINA:

    Palacio, Lino E. DERECHO PROCESAL CIVIL. 1999 (constitucin de domicilio). LexisNexis - Abeledo-Perrot. Lexis N 2507/000622.

    Palacio, Lino E. DERECHO PROCESAL CIVIL. 1999 (rebelda - pedido de

    la contraria). LexisNexis - Abeledo-Perrot. Lexis N 2507/001527. Palacio, Lino E. DERECHO PROCESAL CIVIL. 1999 (comparecencia del

    rebelde). LexisNexis - Abeledo-Perrot. Lexis N 2507/001648. Palacio, Lino E. DERECHO PROCESAL CIVIL. 1999 (requisitos de la

    demanda). LexisNexis - Abeledo-Perrot Lexis N 2507/002179 y Lexis N 2507/002270 (tasa de justicia).

    Dupuis, Juan C. Mediacin Y Conciliacin. Mediacin Patrimonial y

    Familiar. Conciliacin Laboral. Edicin 2001. Lexis N 1304/001403 y Lexis N 1304/001151.

    De los Santos, Mabel. "El debido proceso en la prctica judicial.

    Doctrina. JA 2003-IV-1249. Lexis N 0003/010110 0003/010181. Kielmanovich, Jorge L. CDIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA

    NACIN. 2005 (TASA JUDICIAL). LexisNexis - Abeledo-Perrot. Lexis N 8008/004390.

    LEGISLACIN RELACIONADA:

    Ver Arts. 118, 330, 333, 355 y 356 del CPCCN y Art. 46 del Reglamento para la Justicia Nacional, Acordada de la CSJN del 17/12/1952.

    Ver Art. 120 CPCCN -copias-.

    MODELOS RELACIONADOS:

    Ver escrito BREVE RESEA DEL PROCESO ORDINARIO CIVIL Y

    COMERCIAL

    PARA REDACCIN DE ESCRITOS VER:

    Bernasconi, Ana M. El lenguaje como herramienta procesal, nota de doctrina sin nmero de referencia en LexisNexis.