Contratación de Personal

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Contratación de personal Es necesario que el patrón tenga información correcta sobre el contrato individual de trabajo que celebra con sus empleados porque, de otro modo, no tiene señalados o descritos los requisitos que establecen con toda claridad cuáles son las condiciones de trabajo, es decir la duración de la jornada, los descansos legales, el salario y la manera de fijarlo y, sobre todo, la duración del contrato. El Contrato de trabajo es el documento que se celebra entre patrón y trabajador y que contiene las bases más importantes de la prestación del servicio, tales como jornada, salario, descansos legales y las otras normas que van a regir el vínculo entre uno y otro contratante. El Contrato de trabajo es un escrito firmado por el patrón y por el trabajador, que se hace por duplicado y se entrega un ejemplar a cada uno de ellos. En el contrato se especifican las condiciones de trabajo. De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, existen tres tipos de contratos individuales de trabajo. A) Contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado. Se caracteriza por que la relación de trabajo, es de carácter permanente. El trabajo que se desempeñará será por tiempo indefinido, es decir no se conoce la fecha de su finalización. Este tipo de Contrato se sugiere aplicar de manera general, para todos los trabajadores, salvo que se presenten circunstancias que justifiquen la aplicación de contratos por obra o por tiempo determinado. B) Contrato individual de trabajo por tiempo determinado. Por la naturaleza del trabajo, o cuando se requiere sustituir temporalmente a un trabajador, se celebran contratos por tiempo determinado, en ese tiempo de contrato las partes

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Contratación de personal

Es necesario que el patrón tenga información correcta sobre el contrato individual de trabajo que celebra con sus empleados porque, de otro modo, no tiene señalados o descritos los requisitos que establecen con toda claridad cuáles son las condiciones de trabajo, es decir la duración de la jornada, los descansos legales, el salario y la manera de fijarlo y, sobre todo, la duración del contrato.

El Contrato de trabajo es el documento que se celebra entre patrón y trabajador y que contiene las bases más importantes de la prestación del servicio, tales como jornada, salario, descansos legales y las otras normas que van a regir el vínculo entre uno y otro contratante.

El Contrato de trabajo es un escrito firmado por el patrón y por el trabajador, que se hace por duplicado y se entrega un ejemplar a cada uno de ellos. En el contrato se especifican las condiciones de trabajo.

De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, existen tres tipos de contratos individuales de trabajo.

A)  Contrato individual de trabajo por tiempo indeterminado.Se caracteriza por que la relación de trabajo, es de carácter  permanente. El trabajo que se desempeñará será por tiempo indefinido, es decir no se conoce la fecha de su finalización.Este tipo de Contrato se sugiere aplicar de manera general, para todos los trabajadores, salvo que se presenten circunstancias que justifiquen la aplicación de contratos por obra o por tiempo determinado.

B)  Contrato individual de trabajo por tiempo determinado.Por la naturaleza del trabajo, o cuando se requiere sustituir temporalmente a un trabajador, se celebran contratos por tiempo determinado, en ese tiempo de contrato las partes conocen la fecha exacta en que la relación de trabajo finalizará y sólo se especifica por un período de tiempo.Este tipo de contrato se sugiere aplicar, en las Estaciones de Servicio  cuando se presenta la necesidad de sustituir temporalmente a un trabajador, cuando se presenta un incremento en la demanda de los servicios por cierta temporada especial.

C) Contrato individuales de trabajo por obra determinadaEs aquel que se celebra para la realización de un trabajo plenamente determinado, por lo que, la relación de trabajo permanecerá hasta que concluya este. En este tipo de trabajo, el patrón y el trabajador saben que la relación de trabajo terminará un día pero no se sabe con exactitud en qué fecha ocurrirá, y llegará a su fin en el momento en que el trabajo por el que fue contratado termine.

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1. Rubro del contratoPrecisarse la denominación del empleador que recibirá los servicios del trabajador.Persona, que en ese acto representa a la sociedad y que cuenta con facultades para ello.Nombre completo del trabajador.

2. Declaración primeraSeñalarse el número de la escritura pública en la que conste la constitución de la sociedad que recibirá los servicios del trabajador.Señalarse el número y el nombre del notario que levantó el acta constitutiva, así como la ciudad en la que se ubica la  notaríaEstablecerse el domicilio de la sociedad en la que el trabajador prestará sus servicios.

3. Declaración segundaDatos generales del trabajador que se especifican en el mismo.Señalarse con la mayor exactitud posible el domicilio del trabajador.

4. ClausuladoPrecisar el puesto en que se va a desempeñar el trabajador y sus obligaciones.Señalar la hora de entrada y salida del trabajador.Señalar la jornada semanal de labores.Señalar el total de horas laboradas a la semana.Si se labora una jornada continua, después de señalar el horario diario, asentar el tiempo para tomar sus alimentos. Establecer el día de descanso del trabajador a la semana.Señalar con número y letra el salario del trabajador.Poner al calce el nombre del patrón y de quien lo representa, así como del trabajador y sus respectivas firmas.Especificar, lugar y fecha dónde y cuándo se firma el contrato.