Contratacion informatica y electronica

6
CONTRATO INFORMATICO Y ELECTRONICO ALDAIR LIZARRAGA MORERA DERECHO INFORMATICO

Transcript of Contratacion informatica y electronica

CONTRATO INFORMATICO Y ELECTRONICO

ALDAIR LIZARRAGA MORERA

DERECHO INFORMATICO

1-DIFERENCIA ENTRE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA Y CONTRATACIÓN INFORMÁTICA

Un contrato informático es un concepto ambiguo que puede abarcar distintos tipos de contratos: En sentido amplio u objetivo, abarca todos aquellos convenios cuyo objeto sea un bien o servicio informático, independientemente de la vía por la que se celebren. El objeto del contrato, por tanto, sería la prestación de un servicio informático.

Podemos definir la contratación electrónica o telemática como el tráfico de mensajes dentro de una red que permite la negociación, conclusión y ejecución de contratos. Mencionamos telemática, al ser el tratamiento automático de información a distancia, lo que supone la existencia de un emisor y un receptor que intercambian mensajes entre sí.

 2-¿A QUÉ SE DENOMINAN CONTRATOS DE ADHESIÓN O MASIVOS? ¿QUÉ RELACIÓN TIENE LA CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA POR INTERNET CON LOS LLAMADOS CONTRATOS DE ADHESIÓN?

Contrato de adhesión• El contrato de adhesión es un

modelo de contratación redactado únicamente por una de las partes que lo suscriben, de manera tal que la otra parte sólo puede aceptar o rechazar el contrato en su totalidad.

• Para que un contrato de adhesión sea válido deberá estar firmado por el consumidor o usuario, que previamente habrá hecho constar sus datos en el mismo. Además, las cláusulas por las que se regirá deben aparecer en el mismo documento o en un anexo.

Relación• La relación con el contrato

electrónico radica en el carácter subjetivo e impuesto de una de las partes, esto es del emisor para que el comprador o aceptante manifiesta la única decisión que es tomar por aceptado el contrato, más que todo es una relación de causalidad sustentada por el principio territorialista y como base la teoría del riesgo.

3-¿A QUÉ SE DENOMINAN CLÁUSULAS ABUSIVAS EN TELECTONTRATACIÓN? DE ALGUNOS EJEMPLOS DE ÉSTAS.

Son clausulas limitativas de responsabilidad hechas por el emisor del documento, estas se centran solo en el beneficio de una de las partes, esto es del emisor a cuesta de atentar contra la buena fe de la parte aceptante.

EJM:-Cláusula de garantía: se señala un periodo prolongado donde el titular ampara el intercambio contractual, el plazo es corto o insulso.-Transmisión de derechos: cuando se ceden los derechos del Software sin autorización del titular de la contratación.

4.¿A QUÉ SE DENOMINAN VICIOS DEL CONSENTIMIENTO? ¿CÓMO SE PRODUCEN ÉSTOS EN LA TELECONTRATACIÓN? EXPONGA EJEMPLOS.

Vicio De Consentimiento es todo hecho, manifestación o actitud con la que se anula o restringe la plena libertad o el pleno conocimiento con que debe formularse una declaración.

-En la tele contratación se influye o se da la inducción al error dado por una tercera parte o el titular del acto.-Error en el contenido cuando al momento de enviar la documentación ésta sea modificada o se influya en su objeto de derecho.

Outsourcing o Tercerización (también llamada subcontratación) es una técnica innovadora de administración, que consiste en la transferencia a terceros de ciertos procesos complementarios que no forman parte del giro principal del negocio, permitiendo la concentración de los esfuerzos en las actividades esenciales a fin de obtener competitividad y resultados tangibles.

Esta técnica se fundamenta en un proceso de gestión que implica cambios estructurales de la empresa en aspectos fundamentales tales como la cultura, procedimientos, sistemas, controles y tecnología cuyo objetivo es obtener mejores resultados concentrando todos los esfuerzos y energía de la empresa en la actividad principal.

5. ¿QUÉ ES EL OUTSOURCING EN MATERIA DE CONTRATACIÓN INFORMÁTICA?