Contrato de Alquiler de Inmueble-práctica

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Ejemplo de contrato de alquiler de vivienda.

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CONTRATO DE ALQUILER DE INMUEBLEENTRE: De una parte el seor REYNALDO ENRIQUE BERLIZA YORRO, dominicano, mayor de edad, portador de la cdula de Identidad y Electoral No. 621-9856223-5, domiciliado y residente en la calle 22 No. 51, Res. Reparto Rosa, Santo Domingo Oeste, y para la ocasin en el Distrito Nacional, quien en lo que sigue del presente contrato se denominara EL PROPIETARIO; y de la otra parte, la seora YENNY PAREDES MARTINEZ, dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cdula de Identidad y Electoral Nos. 223-6219856-4, domiciliada y residente en esta ciudad de santo Domingo, Distrito Nacional, quien en lo sigue en el presente contrato se denominar LA INQUILINA.-----------------------------------------------

SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:PRIMERO: EL PROPIETARIO por medio del presente acto, alquila a LA INQUILINA, quien acepta libre y voluntariamente en alquiler el inmueble que se describe a continuacin: -----------

UNA CASA CON LAS SIGUIENTES DEPENDENCIAS: GALERA, SALA-COMEDOR, COCINA, TERRAZA, TRES (3) HABITACIONES, DOS (2) BAOS, REA DE LAVADO, CISTERNA, MARQUESINA PARA DOS (2) VEHICULOS; UBICADA EN LA CALLE LAS COLINAS, No. 36, URB. LOS OLIVOS, SANTO DOMINGO OESTE; ---------------------------------------------------

Quienes la usarn NICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA VIVIENDA FAMILIAR, no pudiendo dedicarla a otro uso, la cual ha sido vista, examinada y encontrada a su entera satisfaccin por LA INQUILINA, no pudiendo sub-alquilarla, en todo ni en parte, sin el consentimiento escrito de EL PROPIETARIO. Tampoco podr cederla gratuitamente, ni por favor, ni por pura tolerancia admitir que terceros, aun parientes puedan habitar en inmueble objeto del presente acto, aceptando LA INQUILINA que dicha vivienda podr ser habitada de forma permanente por un mximo de seis (6) personas y en la misma no podrn tener mamimeros ni aves. -----

SEGUNDO: LA INQUILINA, queda obligada a mantener la casa en buen estado y todos sus desperfectos en sus paredes, pisos, puertas, ventanas, cristales, pestillos, cerraduras, instalacin elctrica, instalacin sanitaria (obstruccin de inodoro, lavamanos, baos, fregaderos, lavaderos y cualquier otro desage, cambio de zapatillas, roturas de llaves, etc.) sern reparados o repuestos a su solo costo; tambin quedan a cargo de LA INQUILINA la pintura interior de la casa la cual deber entregar en las mismas condiciones en que le ha sido entregada. -------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERO: LA INQUILINA, se compromete a no hacer ningn cambio o distribucin nueva en la casa sin la previa autorizacin por escrito de EL PROPIETARIO y en caso de obtenida esta, las mejoras hechas en la casa, quedarn a beneficio de EL PROPIETARIO sin compensacin de ninguna especie. --------------------------------------------------------------------------------------------

PARRAFO: Queda convenido entre las partes contratantes, que en caso de que LA INQUILINA y EL PROPIETARIO decidan con posterioridad al momento de la entrega del inmueble, que los cambios o distribucin nuevas, sean puesto en las mismas condiciones en que se encontraba el inmueble al momento de la suscripcin del presente contrato, LA INQUILINA se compromete y obliga por el mismo contrato a cumplir con el requerimiento que le solicite EL PROPIETARIO de restaurar el inmueble en las mismas condiciones en que se encontraba al momento de ser recibido el mismo en calidad de alquiler. ------------------------------

CUARTO: LA INQUILINA se compromete al pago mensualmente o por fraccin de mes por concepto de alquiler de la casa en cuestin la suma DOCE MIL TRESCIENTOS PESOS DOMINICANOS (RD$12,300.00), los cuales pagar fielmente los das primero (1ro.) de cada mes, a partir del da primero (1ro.) de julio del ao Dos Mil Quince (2015). A partir del retraso de cinco (5) das despus de la fecha acordada, y de no haber realizado LA INQUILINA el pago correspondiente a ese mes, se le cobrar un cinco por ciento (5%) por concepto de mora. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------

QUINTO: LA INQUILINA, entregar en calidad de depsito la suma VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS PESOS DOMINICANOS (RD$24,600.00) a EL PROPIETARIO, quien declara haber recibido, pudiendo esta ultima aplicar la referida suma a las reparaciones correspondientes si ello fuere necesario en la casa; no pudiendo pretender LA INQUILINA mientras ocupe la casa objeto del presente alquiler aplicar estos depsitos al pago de alquileres vencidos. Esta inversin solo podr hacerla EL PROPIETARIO, despus de que LA INQUILINA haya depositado dicha vivienda sin haber satisfecho el pago total de los alquileres y los gastos que pudiere dar lugar el desalojo de los mismos, siempre que no haya que reparar ningn deterior ocasionado por los mismos. --------------------------------------------------------

SEXTO: Este contrato durar un (1) ao a contar del da primero (1ro.) del mes de julio del ao Dos Mil Quince (2015), pudiendo este prorrogarse por un (1) ao si las partes lo acuerdan. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------

Sigue al dorso

viene del anverso.SEPTIMO: Es entendido que los servicios de ENERGA ELCTRICA, AGUA, TELFONO, TELECABLE, RECOGIDA DE BASURA, y otros de esta especie que en su futuro puedan surgir corrern por cuenta de LA INQUILINA. ----------------------------------------------------------------

PRRAFO I: AMBAS PARTES acuerdan que los montos establecidos como precio del alquiler sern pagados por LA INQUILINA por depsitos bancarios a la cuenta bancaria del BANCO DE RESERVAS DE LA REPUBLICA DOMINICANA No. 730-65854742, sin requerimiento alguno por parte de EL PROPIETARIO. ------------------------------------------------

PRRAFO II: LA INQUILINA se compromete y acepta conforme, para en el hipottico caso en que ambas partes decidan prorrogar el presente contrato a partir de su vencimiento, a hacerle un aumento progresivo al precio de alquiler consistente en un DIEZ POR CIENTO (10%) ANUAL calculado este porcentaje sobre la mensualidad vigente cada ao. Queda establecido entre las partes que para este aumento bastar con notificar de manera tacita la renovacin del presente contrato. --------------------------------------------------------------------------------

PRRAFO III: LA INQUILINA se compromete a entregar copias de las facturas de los servicios contratados por la misma con balance en cero (00.00), donde se pueda comprobar que el mismo no tiene cuenta pendientes con las compaas suplidoras de dichos servicios. ---

OCTAVO: LA INQUILINA presenta como FIADORA SOLIDARIA la seora CAROLINE HERRERA, dominicana, mayor, portadora de la Cdula de Identidad y Electoral No. 402-3654854-9, domiciliada y residente en la calle Catalina No. 3, Alameda, Distrito Nacional; y esta acepta la obligacin de pagar en el caso de que LA INQUILINA dejare de hacerlo y sin que haya que recurrirse a la previa exclusin, tanto los alquileres dejados de pagar como los deterioros que se les haya ocasionado a la casa o instalaciones sanitarias, elctricas y las costas que ocasionaren el desalojo de LA INQUILINA si fuera necesario. Comprometindose la FIADORA SOLIDARIA en continuar con esta calidad y la misma responsabilidad mientras dure el presente contrato y cuantas veces se renove el mismo en forma tacita salvo que denunciare lo contrario. ------------------------------------------------------------------------------------------

NOVENO: Para lo no previsto en el derecho comn, las partes se remiten al derecho comn. -

HECHO Y FIRMADO EN DOS (2) ORIGINALES de un mismo tenor y efecto, el cual consta de una foja (01) debidamente firmadas y rubricadas por cada una de las partes. En el Distrito Nacional, Repblica Dominicana, a los quince (15) das del mes de junio del ao Dos Mil Quince (2015). -----------------------------------------------------------------

REYNALDO E. BERLIZA YORROYENNY PAREDES MARTINEZ

Inquilino Inquilina

__________________________CAROLINE HERRERA Fiador Solidario

Yo, LIC. ANTONIO ROSARIO CURIEL, Abogado Notario Pblico de los del nmero para el Distrito Nacional, Miembro Activo del Colegio de Notario, Matrcula No. 5486, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firmas que me anteceden fueron puestas en mi presencia libre y voluntariamente por los seores REYNALDO E. BERLIZA YORRO, YENNY PAREDES MARTINEZ, y CAROLINE HERRERA de generales que constan en el presente acto, quienes me aseguran bajo fe de juramento que son las firmas que acostumbran a utilizar en todos sus actos de sus vidas pblicas y privadas. En el Distrito Nacional, Repblica Dominicana, a los quince (15) das del mes de junio del ao Dos Mil Quince (2015). ---------------------------------------

___________________________________LIC. ANTONIO ROSARIO CURIEL Notario Pblico