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    Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA

    Ministerio de la Proteccin SocialRepblica de Colombia

    CONTRATO DE COMPRAVENTA No. 203 de 2007, CELEBRADO ENTRE ELINSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS -INVIMA Y ESTANISLAO OTAVO - INDUSTRIAS METLICAS IMENSA. NIT:79111187-2

    Entre los suscritos a saber JUAN FERNANDO GARCA ECHEVERRI, mayor deedad y vecino de esta ciudad, identificado con la cdula de ciudadana nmero72.204.883 expedida en Barranquilla, quien obra en calidad de Secretario Generaldel Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y AlimentosINVIMA, segnconsta en la Resolucin de Nombramiento No.2005018932 del 04 de octubre de

    2005 y Acta de Posesin No. 146 del 5 de octubre de 2005, de conformidad conlas facultades para celebrar contratos conferidas mediante la Resolucin deDelegacin No. 2004003086 del 27 de febrero de 2004, quin en adelante sedenominar EL INVIMA, por una parte, y por la otra, ESTANISLAO OTAVO,mayor de edad y vecino de esta ciudad, identificado con la Cdula de CiudadanaNo. 79111.187 de Fontibn, quien acta en su calidad de propietario delestablecimiento de comercio INDUSTRIAS METLICAS IMENSA, con Nit. No.79111187-2, segn certificado expedido por la Cmara de Comercio de Bogot,sede Centro el 23 de abril de 2007, quien en adelante se denominar ELCONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO DECOMPRAVENTA E INSTALACIN, que se regir por las clusulas que a

    continuacin se establecen, previas las siguientes consideraciones: 1) El INVIMA,previa solicitud del Coordinador del Grupo de Administracin Documental,mediante la Invitacin Pblica No. 02 de 2007 requiri la presentacin de ofertaspara la compraventa e instalacin de estantera metlica para archivo en dichoGrupo Funcional. 2) Al cierre de la invitacin mencionada, se recibi propuesta deESTANISLAO OTAVO, propietario del establecimiento de comercio INDUSTRIASMETLICAS IMENSA. 3) De acuerdo con la evaluacin realizada a la propuestapresentada, el Comit Asesor de Contratacin del INVIMA, a travs del acta No.018 del 7 de mayo de 2007, recomend adjudicar el contrato resultante de lapresente invitacin pblica a ESTANISLAO OTAVO, propietario delestablecimiento de comercio INDUSTRIAS METLICAS IMENSA, por cumplir con

    los requerimientos establecidos por la entidad en los trminos de referencia yhaber obtenido CIEN (100) puntos en los factores de evaluacin. PRIMERA.-OBJETO: Compraventa e instalacin de estantera metlica para archivo en elGrupo de Administracin Documental, con las siguientes especificacionestcnicas y dimensiones:

    ESPECIFICACIONES TCNICAS.-

    Marcos fabricados en acero cold rolled calibre 14; pernos de enganche y ensamblede las vigas, en acero.

    Anclaje de expansin empotrado al piso. Pintura horneable aplicada con equipos electrostticos. Cada bandeja debe soportar un peso de 100 kg/mt lineal. La balda superior debe estar a un mximo de 180 cms.

    DIMENSIONES.-

    Altura: 2.20 mts

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    CONTRATO DE COMPRAVENTA No. 203 de 2007, CELEBRADO ENTRE ELINSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS -INVIMA Y ESTANISLAO OTAVO - INDUSTRIAS METLICAS IMENSA. NIT:79111187-2

    Ocho mdulos de 2.80 mts de largo x 0.40 mts de fondo Cuatro mdulos de 2.80 mts de largo x 0.80 mts de fondo Tres niveles (Entrepaos) Capacidad de carga: 1.500 kgs. por nivel

    SEGUNDA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Para el desarrollo de lasactividades contractuales, el CONTRATISTA deber: 1) Entregar e instalar losbienes objeto del contrato, a entera satisfaccin del Instituto, en perfectascondiciones. 2) Cumplir con las especificaciones y dimensiones sealadas en elcontrato, en los trminos de referencia y en la oferta. 3) Cumplir con el plazosealado para la entrega e instalacin. 4) Las dems que resulten durante laejecucin del contrato, inherentes al objeto contractual. TERCERA.- VALOR: Paratodos los efectos legales el valor total del presente contrato es la suma de DOCEMILLONES CIENTO VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS($12126.640,oo) M/cte. CUARTA.- FORMA DE PAGO: El INVIMA pagar alCONTRATISTA el valor sealado en el contrato, dentro de los QUINCE (15) das

    calendario siguientes a la presentacin de la factura y expedicin del recibido asatisfaccin por parte del supervisor del contrato, conforme a la entrega einstalacin de los bienes objeto de este contrato, a los cuales deber acompaar laacreditacin de los pagos parafiscales de ley y comprobante de ingreso al almacndel INVIMA. QUINTA.- PLAZO DE EJECUCIN Y VIGENCIA: El plazo de entregae instalacin de los bienes objeto de este contrato de compraventa ser deTREINTA (30) DAS, contados a partir de la fecha de cumplimiento de losrequisitos para su ejecucin. La vigencia ser por el trmino de ejecucin y cuatro(4) meses ms. SEXTA.- SUSPENSIN: El trmino de ejecucin del contratopodr suspenderse en los siguientes eventos: a) Por circunstancias de fuerzamayor o caso fortuito que impidan su ejecucin. b) Por mutuo acuerdo entre las

    partes, siempre y cuando con ello no se causen perjuicios al INVIMA o generesobrecostos en contra de la Administracin. La suspensin se har constar enacta suscrita por las partes y el trmino de esta no se computar para efectos delos plazos del contrato. SPTIMA.- TERMINACIN ANTICIPADA: El presentecontrato podr darse por terminado de manera anticipada en los siguientes casos:a) Por mutuo acuerdo entre las partes. b) Por fuerza mayor o caso fortuito quehaga imposible continuar con su ejecucin. c) Por agotamiento del objetocontratado. e) Las dems contenidas en la ley. PARGRAFO: La terminacinanticipada se har constar en acta suscrita por las partes y en consecuenciainmediatamente deber liquidarse el contrato. OCTAVA.- CLUSULASEXCEPCIONALES: El INVIMA podr declarar la caducidad del contrato si se dan

    las situaciones previstas en el artculo 18 de la Ley 80 de 1993. As mismo elINVIMA podr interpretar, modificar o terminar unilateralmente el contrato si sedan las circunstancias previstas en los artculos 15, 16 y 17 de la misma ley.NOVENA.- GARANTA NICA: EL CONTRATISTA deber constituir a favor delINVIMA garanta nica expedida por una Compaa de seguros legalmenteestablecida en Colombia y cuya pliza matriz est debidamente aprobada por laSuperintendencia Financiera de acuerdo con los lineamientos sealados en el

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    numeral 19 del artculo 25 de la ley 80 de 1993 y los artculos 16 y 17 del Decreto679 de 1994 que ampare los siguientes riesgos: a) Cumplimiento.- Mediante lacual se ampara el cumplimiento general del contrato, el pago de multas, laclusula penal pecuniaria y dems sanciones previstas para el CONTRATISTA enlas normas legales, por cuanta equivalente al diez por ciento (10%) del valor total

    del contrato, con vigencia igual a la del contrato. b) Calidad.- Mediante el cual elCONTRATISTA garantiza la calidad de los bienes objeto del contrato, en cuantaequivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con vigenciaigual a la del contrato. Pargrafo Primero. En caso de que el presente contrato seadicione, prorrogue, suspenda o cualquier otro evento en que fuera necesario, ELCONTRATISTA se obliga a ajustar las garantas sealadas en esta clusula, deacuerdo con las normas legales vigentes. Pargrafo Segundo. Esta garantadeber ser aprobada por el INVIMA de acuerdo con lo sealado en el inciso 2 delartculo 41 de la ley 80 de 1993 y en el artculo 18 del Decreto 679 de 1.994.DCIMA.- CLUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de incumplimiento parcial ototal de cualquiera de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, este deber

    pagar a favor del INVIMA, el diez por ciento (10%) del valor total del contrato, encalidad de clusula penal pecuniaria, la cual ser impuesta por el INVIMAmediante resolucin motivada. Este valor ser descontado del saldo a favor delCONTRATISTA si lo hubiere, o se har efectivo a travs de la garanta nica.DCIMA PRIMERA.- MULTAS:En caso de mora o retardo en el cumplimiento delas obligaciones por parte del CONTRATISTA, el INVIMA mediante actoadministrativo motivado, impondr multas sucesivas del 0.1% del valormensualizado del contrato por cada da de retardo, las cuales podrn serdescontadas de los saldos a favor del CONTRATISTA. DCIMA SEGUNDA.-CESIN:EL CONTRATISTA no podr ceder en todo o en parte a persona natural o jurdica alguna, los derechos y obligaciones que surjan en este contrato, sin la

    autorizacin previa, expresa y escrita del INVIMA. DCIMA TERCERA.-IMPUTACIN PRESUPUESTAL: La erogacin que se cause con el presentecompromiso contractual se har con cargo al presupuesto de la Entidad de laactual vigencia fiscal, de conformidad con el Certificado de DisponibilidadPresupuestal No. D0644 del 28 de marzo de 2007. DCIMA CUARTA.-SUPERVISIN: El INVIMA, a travs de los Coordinadores de los Grupos deRecursos Fsicos y de Administracin Documental, ejercer la vigilancia en laejecucin del contrato, segn lo previsto en las normas legales, en especial en elmanual de contratacin de la entidad. DCIMA QUINTA.- INHABILIDADES EINCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma de este documento, noencontrarse incurso en ninguna de las causales de incompatibilidad e inhabilidadde las establecidas en la Constitucin y la Ley. DCIMA SEXTA.-PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIN: El presente contrato se perfecciona conla firma de las partes y la expedicin del registro presupuestal. Para su ejecucinse requiere de la aprobacin de la garanta nica. DCIMA SPTIMA-PUBLICACIN: EL CONTRATISTA deber publicar el contrato en el Diario nicodel Contratacin Pblica, requisito que se entender cumplido con la

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    presentacin del recibo de pago por parte de EL CONTRATISTA. DCIMAOCTAVA.- RGIMEN LEGAL APLICABLE: Este contrato se regir por lasclusulas en l establecidas y por las disposiciones de la Ley 80 de 1993, decretosreglamentarios y dems normas legales vigentes concordantes. DCIMANOVENA.- DOCUMENTOS: Forman parte integrante de este contrato los

    siguientes documentos: 1) Solicitud y Estudio de Oportunidad y Conveniencia,suscrito por el Coordinador del Grupo de Administracin Documental. 2) Ofertade fecha 23 de abril, presentada por el contratista el 24 de abril de 2007. 3)Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. D0644 del 28 de marzo de 2007. 4)Copia del acta de Comit Asesor de Contratacin No. 018 de 2007. 5) Los demsdocumentos que se generen durante la ejecucin del contrato y se alleguen almismo. VIGSIMA.- DOMICILIO: Para todos los efectos legales, las partes fijancomo domicilio contractual la ciudad de Bogot D.C., donde para constancia sefirma a los once (11) das del mes de mayo de 2007.

    EL INVIMA EL CONTRATISTA

    JUAN FERNANDO GARCIA ECHEVERRI ESTANISLAO OTAVOSecretario General C.C. N 79111.187 de Fontibn

    Proyect.- Danelia Hoyos Herazo

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