cooperativa sociedades mercantiles
-
Upload
maldonadorivera -
Category
Documents
-
view
1.975 -
download
10
description
Transcript of cooperativa sociedades mercantiles
Sociedad Cooperativa
Instituto Tecnológico de Cd. Valles
Derecho Mercantil
Sociedad Cooperativa
La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personasfísicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua,con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización deactividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
Naturaleza Jurídica de las Cooperativas
Clasificación de las sociedades cooperativas
Clases de sociedades cooperativas
•Sociedad cooperativa de responsabilidad limitada
•Sociedad cooperativa de responsabilidad suplementada
•Sociedad cooperativa de consumidores de bienes o servicios
•Sociedad cooperativa de productores de bienes y servicios
•Sociedad cooperativa de participación estatal.
•Sociedad cooperativa de vivienda.
Nacimiento de una Cooperativa
6.- Acta constitutiva realizada en la asamblea general que deberá contener:•Generales de los fundadores•Bases constitutivas de la sociedad•Nombres de los que integran los consejos por comisiones
Lo anterior se realizara ante fe publica del notario o corredor, juez de primera instancia o presidente municipal, del lugar donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio
Bases constitutivas de una sociedad a denominación social
a) Denominación social
b) Domicilio social
c) Objetivo de la sociedad
d) Responsabilidad adoptada
e) Forma de incrementar el capital social
f) Procedimiento de admisión y exclusión de socios
g) Fondos sociales
h) Duración del ejercicio social
i) Libros de actas de contabilidad
j) Forma de caucionar el manejo de personal
k) Procedimiento para convocar asambleas generales ordinarias y extraordinarias
l) Derechos y obligaciones de los socios
LimitadaSuplementada
En virtud de que las sociedades cooperativas tienen una personalidad jurídica amplia, cobra sentido que tengan patrimonio , es mas toda sociedad debe tener un patrimonio mínimo ya que sin el no se puede hacer nada y el aumento y disminución del mismo corresponde a acordarlo en la asamblea general extraordinaria.La sociedades cooperativas podrán recibir donaciones, subsidios, herencias y legados de personas físicas o morales, nacionales y extranjeras para poder aumentar su patrimonio.Las aportaciones de lo socios podrán hacerse en efectivo, bienes y trabajo; lo mas propio y común especialmente en las cooperativas de producción, es que las aportaciones de los socios sean en trabajo, las que quedaran representadas en certificados de aportación nominativos indivisibles y de igual valor, las que se actualizaran cada año.
Fondos sociales cooperativos
De reserva legal Podrán ser delimitado en el acta constitutiva, no
debe rebasar el mínimo del 25% del capital social de los productores y de 10% consumidores, este fondo se constituirá entre el 10 y 20 % de los rendimientos de cada año.
De previsión social No puede ser limitado y se forma con la
aportación anual del porcentaje que, sobre los ingresos netos, sean determinados en la asamblea general , puede aumentarse con base a riesgos probables y capacidad económica de la empresa .
Este fondo es con el fin de solventar los imprevistos ya que el cooperativista no goza como un trabajador de salario, prestaciones de ley de seguridad social por lo que se recurre a este fondo y a la clásicas mutualistas igualmente se destina a la formación de fondos de retiros, pensiones gastos médicos y funerales.
De educación cooperativa
Nuevos socios
Nuevos socios
Separación forzosa y voluntarias de socios
Causas de exclusión de los socios
Causas de exclusión de los socios
•Desempeño de labores sin la calidad requerida.
•Incumplimiento retirado sin causa plena y debidamente justificada.
•Infracción repetida de disposiciones de la ley, de bases constitucionales o del reglamento de la sociedad.
Órganos de la sociedades cooperativas
Órganos de las sociedades cooperativas
•Asamblea General
•Consejo de Administración
•Consejo de vigilancia
•Comisiones por ley o indicadas por la asamblea general
Comisiones cooperativas
Comisiones cooperativas y optativas
•Comisión de conciliación y arbitraje. Para el caso de inconformidad de socios en proceso de exclusión o selección de personal asalariado y esta comisión no es obligatoria.
•Comisiones técnicas para el caso de una cooperativa de productores y que su complejidad tecnológica lo amerite
Asamblea General
Facultades de la asamblea general
•Aceptación, exclusión, separación voluntaria de los socios.
•Modificación de bases constitutivas.
•Aprobación de sistemas y planes de reducción
•Aumento de patrimonio y capital social
•Nombramiento y remoción de miembros de consejos
•Examen de sistemas contables
•Aplicación de sanciones disciplinarias
•Repartos de rendimientos y excedentes
Convocatoria a asambleas ordinarias, extraordinarias
y delegados
Administración de la cooperativa
Disolución, liquidación y fusión de las sociedades
cooperativas
Causas de disolución de una cooperativa
•Voluntad de las dos terceras partes de los socios integradas en la asamblea general
•Disminución de socios a un numero inferior de 5
•Consumación de su objetivo
•Imposibilidad de continuar por causas económicas.
•Resolución ejecutoriada por órganos jurisdiccionales
Las sociedades cooperativas, al igual que toda sociedad mercantil quedaran afectadas ya que son consideradas como sociedades mercantiles por lo tanto como comerciantes, entonces también podrán ser sujetos de quiebra o ser declarados ahora a diferencia del común de las sociedades mercantiles, si se trata de una cooperativa que desee transformarse en otro tipo de sociedad esta deberá disolverse y liquidarse previamente.
LEY QUE LA REGULA Ley general de sociedades cooperativas
CARACTERISTICAS Los rendimientos son por trabajo o por consumo.Todos Los socios pertenecen a la clase trabajadora.
PROCESO DECONSTITUCION
Acta por quintuplicado de asamblea general.- Certificación de firmas ante notario publico, corredor publico, juez de distrito, etc.- Autorización de la secretaria del trabajo y previsión social.- Inscripción en el registro publico de comercio.
NOMBRE DenominaciónCAPITAL SOCIAL No establece mínimo, pero
siempre serán de capital variable.
RESERVAS El fondo de reserva se constituirá con el 10 al 20% de losrendimientos que obtengan las sociedades cooperativas en cadaejercicio social. El fondo de reserva podrá ser delimitado en las bases constitutivas, pero no será menor del 25% del capital social en las S.C. de productores y del 10% en las de consumidores. Este fondo podrá ser afectado cuando lo requiera la sociedad para afrontar las perdidas o restituir el capital de trabajo, debiendo ser reintegrado al final del ejercicio social, con cargo a los rendimientos (fondo de previsión social y fondo de educación cooperativa).
NUMERO DE SOCIOS Mínimo: 5 - Máximo: ilimitadoDOCUMENTOS QUE ACREDITAN AL SOCIO
Certificados de aportación
RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS
Limitada: hasta por el monto de su aportación.- Suplementada: responden los socios a prorrata hasta por la cantidad determinada en el acta constitutiva.
PARTICIPACION DE EXTRANJEROS
Máxima 10% y no podrán desempeñar puestos de dirección oadministración
ORGANOS SOCIALES Y DE VIGILANCIA
Consejo superior del cooperativismo.- Asamblea de socios.- Consejo de administración.- Consejo de vigilancia.- Vigilada por la secretaria de estado a que corresponda suactividad.
Cooperativas de consumo
Cooperativas de producción
Reserva legal
Del 10 al 20% de los rendimientos del ejercicio.No será menor del 10% del importe del capital social de la sociedad
Del 10 al 20% de los rendimientos del ejercicio. No será menor del 20% del importe del capital social. Se depositará en el Banco Nacional de Fomento Cooperativo.
Fondo legal IGUAL QUE EL ANTERIOR
IGUAL QUE EL ANTERIOR
Reserva de previsión social
Mínimo el 2 % al millar sobre los ingresos de la sociedad cooperativa
Mínimo el 2% al millar sobre los ingresos de la sociedad cooperativa
Fondo de previsión social
IGUAL QUE EL ANTERIOR
IGUAL QUE EL ANTERIOR
Fondos sociales