Curso Gestion de Obras Por Contrata (Contraloria)_2010

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  • Ing. Carlos Valdivia CortsHuancayo, 24 y 25 setiembre 2010CURSO: Gestin de Obras Pblicas por Contrata

  • Objetivo del cursoLos participantes al finalizar el curso estn en capacidad de comprender los conceptos bsicos de la ejecucin de obras pblicas por contrata en un enfoque integral que incluye los aspectos previos y posteriores a la contratacin, as como el contexto normativo en que se desenvuelve el funcionario/servidor pblico.

  • AgendaSESIN 1: Aspectos Generales.

    La Inversin Pblica.Las Obras Pblicas.El Expediente Tcnico de Obra

  • Toda intervencin limitada en el tiempo.Que utiliza total o parcialmente recursos pblicos.Con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar o recuperar la capacidad productora de bienes o servicios.Cuyos beneficios se generen durante la vida til del proyecto y stos sean independientes de los otros proyectos.Proyecto de Inversin Pblica - PIP1.- La Inversin Pblica.

  • IdeaCiclo del Proyecto en el SNIP

  • Cmo es el Ciclo de Proyectos sin el SNIP?En pocas pasadas, la Inversin Pblica se desarroll sin verificar su rentabilidad social, su consistencia con las polticas sectoriales y su sostenibilidad ....

  • Cules fueron las consecuencias?PROYECTOS NO SOSTENIBLESPROYECTOS NO RENTABLESSOLUCIONES INAPROPIADASINVERSIONES NO PRIORITARIASPROYECTOS SOBREDIMENSIONADOSDUPLICIDAD DE INVERSIONESUSO INEFICIENTE DE LOS RECURSOS PBLICOS

  • La Municipalidad de Tambopata construy un mirador de ms de 40 metros de altura.

    Pese a que cost 2 millones de soles y el mantenimiento mensual es de S/. 200,000, el ascensor no est operativo por los altos costos de electricidad. Adems, su ubicacin obstruye el trfico.

    En Madre de Dios, el 32.40% de su poblacin vive por debajo de la lnea de pobreza. Asimismo, slo el 42.50% de sus hogares cuenta con acceso a agua por red pblica y un reducido 33.20% cuenta con acceso a desage (indicadores del INEI para el ao 2005).Madre de Dios:MIRADOR DE TAMBOPATA

  • FINALIDAD: optimizar el uso de los Recursos Pblicos destinados a la inversin, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologas y normas tcnicas relacionados con las diversas fases de los proyectos de inversin.SNIP

  • Organizacin del SNIPSECTOR/GR/GLMEFRGANO RESOLUTIVOOFICINA DE PROGRAMACIN E INVERSIONES (OPI)UNIDADES FORMULADORASUNIDADES EJECUTORASDIRECCIN GENERAL DE PROGRAMACIN MULTIANUAL DEL SECTOR PBLICORelacin Tcnico-funcionalRelacin Funcional y/o InstitucionalFUENTE: DIRECTIVA GENERAL DEL SNIP, Artculo 5, Numeral 5.2.Relacin InstitucionalCada Gobierno Regional Local puede aprobar proyectos sin lmite de monto, segn su competencia, salvo aquellos con endeudamiento o que requieran aval del Estado.

  • Etapas de un Proyecto de Inversin PblicaLa fase de pre-inversin: La fase de preinversin tiene como objeto evaluar la conveniencia de realizar un PIP en particular. En esta fase se realiza la evaluacin ex ante del proyecto, destinada a determinar la pertinencia, rentabilidad social y sostenibilidad del PIP, criterios que sustentan la declaracin de viabilidad. Esta fase comprende la elaboracin del perfil, del estudio de prefactibilidad y del estudio de factibilidad.

  • Perfil Simplificado: hasta S/. 1200,000.(*) Artculo 21 Directiva N 001-2009-EF/68.01.Preinversin Estudios de anlisis.

    Perfil para viabilidadPerfilPrefactibilidadFactibilidadObjetivo PrincipalEvaluar todos los elementos para viabilidadIdentificar problema, causas y alternativas de solucinSeleccionar la mejor alternativaEvaluar todos los elementos para viabilidadInformacinPrimaria complementada con secundariaPrincipalmente SecundariaPrimaria y SecundariaPrincipalmente PrimariaInversin (*)> 1200,000< 6000,0001200,000 < 6000,000> 6000,000< 10000,000> 10000,000

  • PreinversinDIAGNSTICO DE LA SITUACIN ACTUALDEFINICIN DEL PROBLEMAALTERNATIVAS DE SOLUCINOBJETIVOS DEL PROYECTOANLISIS DE DEMANDAANLISIS DE OFERTABALANCE DEMANDA OFERTA OPTIMIZADAHORIZONTE DE EVALUACINCOSTOS DEL PROYECTO A PRECIOS DE MERCADOCRONOGRAMA DE ACCIONESFLUJO DE INGRESOS DEL PROYECTOEVALUACIN ECONMICA A PRECIOS DE MERCADOCOSTOS A PRECIOS SOCIALESEVALUACIN SOCIALANLISIS DE IMPACTO AMBIENTALANLISIS DE SOSTENIBILIDADSELECCIN DE LA MEJOR ALTERNATIVAANLISIS DE SENSIBILIDADCOSTOS INCREMENTALES A PRECIOS DE MERCADOMARCO LGICOARBOL DE CAUSAS Y EFECTOSARBOL DE MEDIOS Y FINESIdentificacinFormulacinEvaluacin

  • Proyecto declarado viableUn proyecto se declara viable cuando a travs del estudio de preinversin se ha demostrado que es:

    Socialmente rentable

    Sostenible

    Compatible con las polticas sectoriales, regionales y locales, segn corresponda.costosbeneficios

  • Etapas de un Proyecto de Inversin PblicaLa fase de inversin:Un PIP ingresa en la fase de inversin luego de ser declarado viable. La fase de inversin comprende:La elaboracin del estudio definitivo o expediente tcnico detallado, u otro documento equivalente, y la ejecucin del PIP. La fase de inversin culmina con el registro del Informe de Cierre del PIP.

  • Modificaciones de un PIP durante la etapa de ejecucin (*)(*) Artculo 26 Directiva N 001-2009-EF/68.01.

    FASE DE INVERSINACCINElaboracin del ExpedienteTcnicoEjecucin del PIPEl monto de inversin se incrementa hasta en 10% respecto del valor establecido en el estudio de preinversin por el que se otorg la viabilidad, por:- Actualizacin de precios; - Modificaciones nosustancialesEl monto de inversin se incrementa o disminuye por la actualizacin de precios por aplicacin de las frmulas polinmicas de reajuste de precios o disminuye como resultado del proceso de seleccin.I) No es necesario verificar la viabilidad del PIP, siempre que siga siendo rentable socialmente, en consecuencia, la UE puede iniciar o continuar con la ejecucin del PIP, segn sea el caso.A causa de modificaciones no sustanciales, el monto de inversin se incrementa hasta en 10% respecto del valor establecido en el estudio de preinversin.

  • Modificaciones de un PIP durante la etapa de ejecucin (*)(*) Artculo 26 Directiva N 001-2009-EF/68.01.

    FASE DE INVERSINACCINElaboracin del ExpedienteTcnicoEjecucin del PIPA causa de modificaciones no sustanciales, el monto de inversin se incrementa en ms del 10% y menos del 30% respecto del valor establecido en el estudio de pre inversin por el que se otorg la viabilidad, ; Si el proyecto pierde alguna condicin necesaria para su sostenibilidad;Se suprimen metas asociadas a la capacidad de produccin del servicio o componentes, aunque el monto de inversin no vare.II) Debe realizarse la verificacin de la viabilidad del PIP.Corresponde al rgano Resolutivo del Sector al cual est adscrita la UE, tomar la decisin pertinente sobre la base de las recomendaciones presentadas por las OPI o la DGPM

    A causa de modificaciones no sustanciales, el monto de inversin se incrementa en ms del 30% respecto del valor establecido en el estudio de pre inversin por el que se otorg la viabilidad; ,El PIP es objeto de modificaciones sustanciales.III) No procede la verificacin de la viabilidad del PIP.Si el PIP est siendo ejecutado mediante administracin indirecta, corresponde al rgano Resolutivo decidir respecto de su continuacin o no

  • Etapas de un Proyecto de Inversin PblicaLa fase de post-inversin: La Entidad a cargo de la operacin y mantenimiento del PIP, deber ejecutar las actividades, operaciones y procesos necesarios para su produccin de acuerdo a lo previsto en el estudio que sustent su declaracin de viabilidad.La evaluacin ex post es el proceso para determinar sistemtica y objetivamente la eficiencia, eficacia e impacto de todas las acciones desarrolladas para alcanzar los objetivos planteados en el PIP.

  • CONSTRUCCINRECONSTRUCCINREMODELACINDEMOLICINRENOVACINHABILITACINDIRECCIN TCNICA, EXPEDIENTE TCNICO, MANO DE OBRA, MATERIALES Y /O EQUIPOS.BIENES INMUEBLEStales como: EDIFICACIONES ESTRUCTURAS EXCAVACIONES PERFORACIONES CARRETERAS PUENTES ENTRE OTROSQue requieren:Obra Pblica2.- Las Obras Pblicas

  • Tipos de Obras (*).Obras urbanas, edificaciones y afines.Construccin, ampliacin o remodelacin de edificios, viviendas, centros comerciales, conjuntos habitacionales, habilitaciones urbanas, muros de contencin, pavimentacin de calles, fbricas.Obras viales, puertos y afines.Carreteras con pavimento asfltico o concreto, caminos rurales, puentes, tneles, lneas ferroviarias y explotaciones mineras. Puertos y aeropuertos.Obras de saneamiento y afines.Plantas de tratamiento de agua potable, redes de conduccin de agua potable, redes de conduccin de desages, emisores de desage, lneas de impulsin, lneas de aduccin, lneas de conduccin, cmaras de bombeo, reservorios elevados o apoyados, lagunas de oxidacin, conexiones domiciliarias de agua y desage.(*) Artculo 7.23 del Reglamento. Especialidades de los consultores de obra.

  • Tipos de Obras (*).Obras electromecnicas y afines.Redes de conduccin de corriente elctrica en alta y baja tensin, subestaciones de transformacin, centrales trmicas, centrales hidroelctricas.Obras energticas y afines.Plantas de generacin elctrica, lneas de transmisin, redes primarias, redes secundarias.Obras en represas, irrigaciones y afines.Represas de concreto, represas de tierra y otras, canales de conduccin de aguas, encauzamiento y defensas de ros, tomas de derivacin, presas, tneles.(*) Artculo 7.23 del Reglamento. Especialidades de los consultores de obra.

  • Ejecucin Presupuestaria DirectaEjecucin Presupuestaria IndirectaContrataEncargoMODALIDADES DE EJECUCIN

  • Ejecucin presupuestaria directaSe produce cuando la entidad con su personal e infraestructura es el ejecutor presupuestal y financiero de las Actividades y Proyectos, as como, de sus respectivos Componentes.

  • EncargoSe concerta la ejecucin de una obra pblica con otra entidad del Sector Pblico.Mediante Convenio o Contrato, segn sea el caso. La Entidad u organismo encargado tiene la calidad de ejecutor.Los recursos utilizados se afectan con cargo a las asignaciones previstas en la Entidad de origen. Esta ltima es la responsable de la debida Supervisin.Los convenios deben precisar la capacidad operativa que dispone la Entidad Ejecutora a fin de asegurar el cumplimiento de las metas previstas.

    Resolucin de Contralora N 195-88-CG

  • Ejecucin presupuestaria indirectaSe produce cuando la ejecucin fsica y/o financiera de las Actividades y Proyectos, as como, de sus respectivos componentes.Es realizada por una Entidad distinta al pliego.Por efecto de un contrato o convenio celebrado con una entidad privada, o con una entidad pblica.A ttulo oneroso o gratuito.

  • NOTA:En ejecucin de obras por encargo y en las ejecutadas de forma directa, la inaplicacin de la Ley de Contrataciones del Estado no se extiende a los contratos accesorios para la ejecucin de dichas obras.Como por ejemplo, los contratos para la adquisicin de materiales, alquiler de equipo, contratacin de servicios, etc.

  • De los Sistemas de Contrataciones (*).1. Sistema a Suma Alzada.Aplicable cuando las cantidades, magnitudes y calidades de la prestacin estn totalmente definidas en las especificaciones tcnicas, en los trminos de referencia o, en el caso de obras en los planos y especificaciones tcnicas respectivas. El postor formular su propuesta por un monto fijo integral y por un determinado plazo de ejecucin.En contratos bajo el sistema de suma alzada se valorizar hasta el total de los metrados del presupuesto de obra.(*) Artculo 40 Reglamento.

  • De los Sistemas de Contrataciones (*).2. Sistema de Precios Unitarios, Tarifas o Porcentajes.Aplicable cuando la naturaleza de la prestacin no permita conocer con exactitud o precisin las cantidades o magnitudes requeridas. En el caso de obras, el postor formular su propuesta ofertando precios unitarios considerando las partidas contenidas en las bases, las condiciones previstas en los planos y especificaciones tcnicas, y las cantidades referenciales, y que se valorizan en relacin a su ejecucin real y por un determinado plazo de ejecucin.En contratos bajo el sistema de precios unitarios se valorizar hasta el total de los metrados realmente ejecutados.(*) Artculo 40 Reglamento.

  • De los Sistemas de Contrataciones (*).3. Esquema mixto de suma alzada y precios unitarios.Aplicable si en el Expediente Tcnico uno o varios componentes tcnicos corresponden a magnitudes y cantidades no definidas con precisin, los que podrn ser contratados bajo el sistema de precios unitarios, en tanto, los componentes cuyas cantidades y magnitudes estn totalmente definidas en el Expediente Tcnico, sern contratados bajo el sistema de suma alzada.(*) Artculo 40 Reglamento.

  • Por alcance del contrato:Modalidades en la Ejecucin Contractual (*)Llave en mano.- El postor oferta en conjunto la construccin, equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio de determinada obra, y de ser el caso la elaboracin del expediente tcnico.Centrales hidroelctricasPlantas de tratamiento de agua / desage(*) Artculo 41 Reglamento.

  • Por alcance del contrato: Concurso ofertaModalidades en la Ejecucin Contractual (*) En la ejecucin de obras bajo la modalidad de concurso oferta, el valor referencial deber determinarse teniendo en cuenta el objeto de la obra y su alcance previsto en los estudios de preinversin que dieron lugar a la viabilidad del correspondiente proyecto, as como del resultado del estudio de las posibilidades de precios del mercado (Art. 14 del Reglamento).El postor oferta el expediente tcnico, ejecucin de la obra, plazos y, de ser el caso el terreno. Slo se aplica en ejecucin de obras bajo el sistema de suma alzada y siempre que el valor referencial corresponda a una Licitacin Pblica. Para la ejecucin de la obra es requisito previo la presentacin y aprobacin del expediente tcnico por el ntegro de la obra.(*) Artculo 41 Reglamento.

  • La Entidad, previo a la ejecucin de las obras pblicas, elaborar o formular directa o indirectamente los estudios y/o expedientes tcnicos correspondientes.

    En el expediente tcnico se deben detallar las caractersticas de la obra a realizar y los plazos de ejecucin de la misma. ste debe ser compatible con el resultado del estudio de preinversin.

    3.- El Expediente Tcnico de Obra.

  • Expediente Tcnico de ObraDebe contar con la aprobacin del nivel competente.

    Conformacin:

    Memoria DescriptivaEspecificaciones TcnicasMetradosAnlisis de Costos UnitariosPresupuesto BaseFrmulas PolinmicasCalendario Valorizado de ObraEstudios de Suelos y otrosPlanos

  • Descripcin detallada del Proyecto.

    Bsicamente consta de lo siguiente:Antecedentes.Objetivo del proyecto.Ubicacin del proyecto.Evaluacin general.Descripcin del proyecto.Conclusiones y recomendaciones.Anexos: croquis, fotos, etc.Memoria Descriptiva.-

  • Cada una de las partidas (actividad de trabajos de la misma naturaleza) que conforman el presupuesto de obra deben contener sus respectivas especificaciones tcnicas.

    Las especificaciones tcnicas de una obra constituyen las reglas que definen la naturaleza de los trabajos y el procedimiento constructivo:Descripcin de los trabajos.Mtodo de construccin.Calidad de los materiales.Sistemas de control de calidad.Mtodos de medicin.Especificaciones Tcnicas.-

  • Descripcin: esta partida consistir de una capa de fundacin compuesta de grava y finos, construida sobre una superficie debidamente preparada y escarificada, de conformidad con los alineamientos, rasantes y secciones transversales tpicas indicadas en los planos.Mtodo de construccin: .. Inmediatamente despes de terminada la distribucin y el emparejamiento del material, cada capa de ste deber compactarse en su ancho total por medio de rodillos lisos vibratorios con un peso mnimo de 8 toneladas.Calidad de los materiales: el material de base cumplir con las siguientes caractersticas fsico-qumicas: lmite lquido (ASTM D.423).. mximo 25%....Sistemas de control de calidad: la medicin de espesores deber hacerse por medio de perforaciones u otros mtodos aprobados. Cualquier zona que no se ajuste a la tolerancia admitida deber corregirse.Mtodo de medicin: el mtodo de medicin ser por metros cuadrados (m2) compactados aceptados por el Supervisor, obtenidos del ancho de base por longitud, segn lo indicado en los planos.Partida: base granular (e= 0.20 m)Especificaciones Tcnicas

  • Presupuesto de Obra (*).El presupuesto de obra deber detallarse considerando la identificacin de las partidas y subpartidas necesarias, de acuerdo a las caractersticas de la obra, sustentndose en anlisis de precios unitarios por cada partida y subpartida, elaborados teniendo en cuenta los insumos requeridos en las cantidades y precios o tarifas que se ofrezcan en las condiciones mas competitivas en el mercado. Adems, debe incluirse los gastos generales variables y fijos, as como la utilidad. (*) Artculo 14 Reglamento.El presupuesto de obra deber estar suscrito por los consultores y/o servidores pblicos que participaron en su elaboracin y/o aprobracin, segn corresponda.

  • Presupuesto de Obra

  • Presupuesto de Obra

  • Costos directos: aquellos costos que quedan insumidos en la obra. Resultado de la multiplicacin de los metrados por los costos unitarios de las partidas que conforman el presupuesto.Presupuesto de Obra: Costos Directos.Costo unitario: corresponde al costo por cada recurso (mano de obra, material y equipo) que se necesita para ejecutar la unidad de la partida (m3, m2, kg).Metrados: clculo o cuantificacin por partidas, de la cantidad de obra a ejecutar.

  • Metrados.-Metrados: clculo o cuantificacin por partidas, de la cantidad de obra a ejecutar. La preparacin de los metrados debe sujetarse a los reglamentos de metrados existentes.Se trata entonces de un problema de medicin de longitudes, reas y volmenes, que requiere el manejo de frmulas geomtricas y planteos aritmticos, por lo comn sencillos y del dominio general. Metrar es entonces, medir.

  • Anlisis de costos unitarios.-Costo unitario: corresponde al costo por cada recurso (mano de obra, material y equipo) que se necesita para ejecutar la unidad de la partida (m3, m2, kg).Anlisis de costos unitarios: mano de obra + materiales + equipo.Deben ser concordantes con las especificaciones tcnicas.Deben contener todos los recursos necesarios.Deben formularse con precios a fin de mes.Deben ajustarse permanentemente.

  • Mano de obra:Rendimiento: tablas de rendimientos oficiales, tablas de CAPECO, experienciaCuadrilla = 0.1 capataz + 1 operarios + peonRendimiento = 8.0 m2 (ladrillo KK soga)A.U. Capataz = (0.1 * 8 hr) / 8 = 0.1 hhA.U. Operario = (1.0 * 8 hr) / 8 = 1.0 hhA.U. Pen = (0.5 * 8 hr) / 8 = 0.5 hhAporte = Cuadrilla * 8 hrUnitario RendimientoCosto hora hombre: normado por negociacin entre CAPECO y la FTCC. Debe ser vigente a la fecha del presupuesto y especfico para cada lugar.Para establecer las labores que deben realizar y definir los jornales se han establecido tres categoras: operarios, oficiales y peones.Anlisis de costos unitarios: mano de obra + materiales + equipo.

  • Precio materiales = P.O. + C.T.Materiales:flete terrestrealmacenaje / manipuleomermas transporteviticosotrosC.T. (costo de transporte)fabricantes / proveedorescotizacin a fin de messin descuentosP.O. (precio en el origen)Ladrillo para aligerado = 8.33 unid/m2Ladrillo muro cabeza = 61 unid/m2Ladrillo muro soga = 39 unid/m2Aporte = Cantidad de materialesUnitario Unidad de partida + % desperdiciosTablas, proveedores, catlogos, experiencia, se calculan.Muro ladrillo kk soga39 ladrillos kk arcilla+0.03 m3 arena gruesa +0.10 bolsas cemento+0.46 p2 reglas maderaAnlisis de costos unitarios: mano de obra + materiales + equipo.

  • Costo Hora Mquina = C.P. + C.O.Equipos / herramientas:Rendimiento: se obtiene de tablas (MTC), catlogos, experienciamantenimiento / reparacincombustiblelubricantes / filtrosneumticos / orugasoperadorC.O. (costo de operacin)depreciacininteresesseguros / almacenajeC.P. (costo de posesin)Tablas de Alquiler HorarioMTC, Tablas privadasCuadrilla = 1 cargador + 4 volquetesRendimiento = 760 m3 / da (material suelto / costa)A.U. Cargador = (1 * 8 hr) / 760 = 0.0105 h-mA. U. Volquete = (4 * 8 hr) / 760 = 0.0421 h-mAporte = Cuadrilla * 8 hrUnitario RendimientoHerramientas: 3% - 5% (partidas que incluyen peones)Anlisis de costos unitarios: mano de obra + materiales + equipo.

  • Anlisis de costos unitarios: mano de obra + materiales + equipo.

  • Costos indirectos: aquellos costos que no pueden aplicarse a una partida especfica, sino tienen incidencia sobre todo el costo de obra.Presupuesto de Obra: Costos IndirectosFijos: aquellos en que se slo se incurre una vez, no volviendo a gastarse aunque la obra se amplie en su plazo original.Variables: son aquellos que dada su naturaleza siguen existiendo o permanecen a lo largo de todo el plazo de obra, incluida su eventual ampliacin.Gastos generales:Utilidad:Monto que percibe el contratista por ejecutar la obra. Depende principalmente del factor de riesgo e incertidumbre no previsible (entre 5% y 10% del costo directo).

  • CampamentosEquipamiento y mobiliario de campamentoConstrucciones auxiliaresGastos de licitacinGastos legales y notarialesCarteles de obraGastos generales fijos:Gastos de administracin de obraSueldos de personal tcnico, administrativo y auxiliarAlquileres (camionetas, oficinas, otros equipos)Servicios (luz, agua, telfono, gastos mdicos)tiles de oficinaGastos sede centralSueldo de gerente (%)Alquiler oficina central (%)Servicios oficina central (%)Gastos financierosFianza por fiel cumplimentoFianzas por adelantos (directo y de materiales)Seguros (obra, personal)Gastos generales variables:Gastos Generales: G.G. variables + G.G. fijos

  • Cronograma de Ejecucin de Obra.

  • Estudios.

  • En el caso de contratos de obras pactados en moneda nacional, las Bases establecern las frmulas de reajuste. Las valorizaciones que se efecten a precios originales del contrato y sus ampliaciones sern ajustadas multiplicndolas por el respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en la frmula o frmulas polinmicas, los ndices Unificados de Precios de la Construccin que publica el INEI, correspondiente al mes en que debe ser pagada la valorizacin.Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.Frmula Polinmica (*).(*) Artculo 49 Reglamento.

  • La frmula polinmica es la representacin matemtica de la estructura de costos de un presupuesto y est constituida por la sumatoria de trminos (monomios) que consideran la participacin o incidencia de los principales recursos (mano de obra, materiales, equipo, varios, gastos generales) dentro del costo o presupuesto total de la obra.K = a Jr + b Mr + c Er + d Vr + e GUr Jo Mo Eo Vo GUoTanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias (Art. 49 Reglamento)K = variacin precios presupuesto obrao: valor ndice mes del valor referencialr : valor ndice mes del reajuste (pago)Frmula Polinmica.

  • Los ndices unificados de precios de la construccin representan la variacin de precios del recurso de la construccin en un perodo de tiempo determinado (base = 100, julio 1992).Hay 69 cdigos unificados vigentes: (03 acero corrugado, 21 cemento tipo I, 43 madera encofrado, 47 mano de obra, 48 maquinario y equipo nacional, 39 - GGU).Los ndices unificados son vlidos para todo el mes.Son publicados entre el 15 y 20 de cada mes y corresponden a la variacin de precios de los recursos de la construccin del mes anterior a su publicacin.Frmula Polinmica.-

  • Frmula Polinmica.-

  • AgendaSESIN 02:Contratacin de Obras Pblicas y Ejecucin Contractual.

    Contratacin de obras pblicasEjecucin contractualControles en la obra pblicaControl tcnico de la obra

  • Marco NormativoLEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO. D.L. N 1017

    REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATAC. DEL ESTADO. D. S. N 184-2008-EF

    LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIN PBLICA SNIP

    LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO

    Directiva N 002-2010-CG/OEA Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra - Resolucin Contralora N 196-2010-CG) .1.- Contratacin de Obras Pblicas

  • PLANIFICACIN Y ACTOS PREPARATORIOSPROCESO DE SELECCINEJECUCIN CONTRACTUALEtapas de la ejecucin de obras pblicas por contrata

  • PLANIFICACIN Y ACTOS PREPARATORIOSPlan Estratgico Institucional.Plan Operativo Institucional.Determinacin de necesidadesPresupuesto InstitucionalPlan Anual de ContratacionesExpediente de contratacinDesignacin del Comit EspecialElaboracin de las Bases.

  • En todos los casos en que las contrataciones estn relacionadas a la ejecucin de un proyecto de inversin pblica, es responsabilidad de la Entidad:Que los proyectos hayan sido declarados viables, en el marco del Sistema Nacional de Inversin Pblica.Que se tomen las previsiones necesarias para que se respeten los parmetros bajo los cuales fue declarado viable el proyecto incluyendo costos, cronogramas, diseo u otros factores que pudieran afectar la viabilidad del mismo.(*) Artculo 10 Reglamento.Tratndose de obras, se adjuntar el Expediente Tcnico respectivo y, cuando corresponda, la declaratoria de viabilidad conforme al Sistema Nacional de Inversin Pblica.PLANIFICACIN Y ACTOS PREPARATORIOSExpediente de Contratacin

  • Contiene:Actuaciones desde decisin de adquirir o contratar hasta fin de contrato.Expediente Tcnico cuando corresponda.Valor referencial (Monto del presupuesto de obra establecido en expediente tcnico). Disponibilidad Presupuestal y Fuente de financiamiento.Tipo de Proceso de Seleccin.Sistema de Contratacin.Declaratoria de viabilidad conforme al SNIPPLANIFICACIN Y ACTOS PREPARATORIOSExpediente de Contratacin

  • PLANIFICACIN Y ACTOS PREPARATORIOSValor ReferencialEn la contratacin para la ejecucin de obras, el valor referencial corresponder al monto del presupuesto de obra establecido en el Expediente Tcnico.Para convocar a un proceso de seleccin, el valor referencial no podr tener una antigedad mayor a los seis (6) meses, tratndose de ejecucin y consultora de obras.Para el caso de ejecucin de obras que cuenten con Expediente Tcnico, la antigedad del valor referencial se computar desde la fecha de determinacin del presupuesto de obra.

  • ProgramarDisponibilidad del terreno.Previo a la decisin de asignar recursos presupuestarios para la ejecucin de proyectos de inversin, es necesario asegurarse que se cuente con la plena disponibilidad fsica y el saneamiento legal del terreno.Disponibilidad presupuestal.Sustentar que la Entidad cuenta con los recursos econmicos, segn su Marco Presupuestario vigente (Presupuesto Institucional de Apertura -PIA o Presupuesto Institucional Modificado PIM).PLANIFICACIN Y ACTOS PREPARATORIOS

  • PROCESOS DE SELECCINConvocatoria.Registro de participantesConsultasObservacionesPresentacin de propuestasEvaluacin y calificacinOtorgamiento de la Buena Pro

  • LICITACIN PBLICA (Bienes y obras)CONCURSO PBLICO (Servicios y Consultoras)ADJUDICACIN DIRECTA PBLICAADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVAADJUDICACIN DE MENOR CUANTAPROCESOS DE SELECCINTipos

  • Adj. MenorCuantaAdj. DirectaSelectivaAdj. DirectaPblicaLicitacinPblicaAdj. MenorCuantaAdj. DirectaSelectivaAdj.DirectaPblicaConcursoPblico340 UIT34 UIT170 UIT60 UIT6 UIT30 UIT3 UITOBRASSERVICIOSPROCESOS DE SELECCION / MONTOS

  • Montos Procesos Seleccin - 2010

    TIPO DE PROCESOBIENESSERVICIOSOBRASLICITACIN PBLICA S/. 374,400 S/. 1,224,000 CONCURSO PBLICO S/. 216,000 ADJUDICACIN DIRECTAPBLICA< S/. 374,400> S/. 187,200 S/. 108,000S/. 1,224,000> S/. 612,000

    SELECTIVA S/. 187,200 S/. 37,440 S/. 108,000 S/. 21,600 S/. 612,000 S/. 122,400 ADJUDICACIN DEMENOR CUANTA -------< de 37,440> De 10,8000< de 21,600> de10.800< de 122,400> de 10,800

  • Procesos de seleccin de obras

  • En dichos procesos no se efecta evaluacin tcnica.Slo se evala la propuesta econmica y la evaluacin se realiza sobre cien (100) puntos; debindose verificar que los postores cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos sealados en el expediente tcnico.En AMC y ADS (*)Cmo se evala para la ejecucin de obras?En ADP y LP (*)Corresponde evaluacin tcnica y econmica de acuerdo a criterios del art. 47 ReglamentoExcepcionalmente: Calificacin previa(VR > 25,000 UIT)(*) Artculo 39 Reglamento.

  • Evaluacin Tcnica y Econmica Obras :

    0. 60 c1 0. 70: y 0. 30 c2 0. 40 PTPi = c1 x PTi + c2 x PEi La Buena Pro se otorga a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total.El puntaje total ser el promedio ponderado de ambas propuestas, se obtiene al aplicar la siguiente frmula : Evaluacin y calificacin de propuestas (*).(*) Artculo 71 Reglamento.

  • Evaluacin y calificacin de propuestas (*).(*) Artculo 70 Reglamento.

    EVALUACIN TCNICA EVALUACIN ECONMICASe evala sobre 100 puntos y slo aquellas que superan el puntaje mnimo continan para la evaluacin de la Propuesta Econmica. La ley establece como puntaje mnimo por obtenerse: 60 puntos en el caso de obras.Se evala sobre 100 puntos, de acuerdo con la siguiente frmula: Pi = Om x PMPE OiDonde:i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta econmica iOi = Propuesta econmica iOm = Propuesta econmica de monto o precio ms bajoPMPE = Puntaje mximo de la propuesta econmica

  • Evaluacin Tcnica para la Contratacin de Obras En las obras que correspondan a ADP y LP, podrn calificarse los siguientes factores de evaluacin de la propuesta tcnica:

    a. Experiencia en obras en general ejecutadas hasta en los ltimos diez (10) aos, por un monto acumulado equivalente de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la obra materia de la convocatoria;b. Experiencia de obras similares ejecutadas hasta en los ltimos diez (10) aos, por un mximo acumulado equivalente al valor referencial de la obra materia de la convocatoria, siendo el valor mnimo de cada obra similar el 15% del valor referencial; c. Experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto; d. Cumplimiento de ejecucin de obras, el cual se evaluar con un mximo de diez (10) contratos de obras en general y/o similares que acredite que se efecto y liquid sin que haya incurrido en penalidades;

  • En los casos de contratacin de obras bajo las modalidades por el alcance del contrato, las bases incluirn, adems, factores que permitan evaluar la calidad de las soluciones tcnicas de diseo, de equipamiento o similares ofertadas por el postor.Las bases debern considerar los siguientes mrgenes de puntaje para los factores de evaluacin: Experiencia en obras en general: de 15 a 20 puntos; Experiencia de obras similares: de 30 a 35 puntos; Experiencia y calificaciones del personal: de 30 a 35 puntos; Cumplimiento de ejecucin de obras: 15 a 20 puntos.El plazo de ejecucin, al ser un requerimiento tcnico mnimo, no podr ser considerado como factor de evaluacin. Evaluacin Tcnica para la Contratacin de Obras (*) (*) Artculo 47 Reglamento.

  • El nico factor de evaluacin de la propuesta econmica ser el monto total de la oferta. El monto total de la oferta econmica debe incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo de ejecucin de las obras a contratar.Para el caso de ejecucin de obras, las propuestas que excedan el VR en ms del 10% sern devueltas (Art 33 Ley). El monto mnimo admisible ser el 90% del valor referencial (Art 39 Reglamento).

    En conclusin, para el caso de ejecucin de obras, las propuestas debern estar entre el 90% y el 110% del valor referencial. Evaluacin Econmica para la Contratacin de Obras

  • Caso N 1: Licitacin Pblica

    Propuestas Tcnicas presentadas.Plazo de Ejecucin: 90 das Exper. personalObras similaresObras ejecutadasPOSTORCumplim. obras3030191814 26302826182016CBAPuntaje Mximo30203020TOTAL84.0096.0088.00 100.0020303020D100.00Puntaje Oferta Tcnica50.40057.60052.800 60.0000.600.600.60 0.60Ponde-racin

  • Caso N 1: Licitacin Pblica

    Propuestas Econmicas presentadas.

  • PTPi = 0.60 x PTi + 0.40 x PEi Caso N 1: Licitacin Pblica

    Evaluacin / Calificacin Total de Propuestas.

  • Procesos de seleccin de consultora de obras

  • Evaluacin Tcnica y Econmica La Buena Pro se otorga a la propuesta que obtenga el mayor puntaje total.El puntaje total ser el promedio ponderado de ambas propuestas, se obtiene al aplicar la siguiente frmula : Consultoras :

    0. 70 c1 0. 80: y 0. 20 c2 0. 30 PTPi = c1 x PTi + c2 x PEi Evaluacin y calificacin de propuestas (*).(*) Artculo 71 Reglamento.

  • Evaluacin y calificacin de propuestas (*).(*) Artculo 70 Reglamento.

    EVALUACIN TCNICA EVALUACIN ECONMICASe evala sobre 100 puntos y slo aquellas que superan el puntaje mnimo continan para la evaluacin de la Propuesta Econmica. La ley establece como puntaje mnimo por obtenerse: 80 puntos en el caso de servicios de consultora.Se evala sobre 100 puntos, de acuerdo con la siguiente frmula: Pi = Om x PMPE OiDonde:i = PropuestaPi = Puntaje de la propuesta econmica iOi = Propuesta econmica iOm = Propuesta econmica de monto o precio ms bajoPMPE = Puntaje mximo de la propuesta econmica

  • (*) Art. 46 Reglamento Evaluacin Tcnica para la Contratacin de Servicios de Consultora (*)

  • Evaluacin Tcnica para la Contratacin de Servicios de Consultoraa1. Experiencia en la actividad, monto facturado en los ltimos quince (15) aos, por un monto acumulado equivalente de hasta cinco (5) veces el valor referencial de la contratacin;a2. Experiencia en la especialidad, monto facturado en los ltimos diez (10) aos, por un mximo acumulado equivalente a dos (02) veces el valor referencial de la contratacin, sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo de servicio ejecutado; b. Experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto; d. Objeto de la convocatoria, en el que se calificar la presentacin del plan de trabajo, la metodologa, equipamiento e infraestructura; c. Mejoras a las condiciones previstas; Adicionalmente podr considerarse como factor de evaluacin el cumplimiento del servicio por el postor.

  • Evaluacin Tcnica para la Contratacin de Servicios de Consultora Las bases debern establecer los siguientes mrgenes de puntaje para los factores de evaluacin: Experiencia : de 20 a 25 puntos; Personal propuesto: de 30 a 35 puntos; Mejoras a las condiciones previstas: de 15 a 20 puntos; Objeto de la convocatoria: 25 a 30 puntos. Evaluacin Econmica para la Contratacin de Servicios de Consultora El nico factor de evaluacin de la propuesta econmica ser el monto total de la oferta. Para la contratacin de servicios de consultora de obras, las propuestas debern estar entre el 90% y el 100% del valor referencial. (Art 39 Reglamento).

  • Plazo de Ejecucin: 90 das MejorasPersonal propuestoExpe-rienciaPOSTORObjeto del Contrato1515303030 15303025202520CBAPuntaje Mximo1530 3025TOTAL85.00100.0090.00 100.0025153025D95.00Caso N 2: Concurso Pblico

    Propuestas Tcnicas presentadas.Puntaje Oferta Tcnica68.00080.00072.000 76.0000.800.800.80 0.80Ponde-racin

  • Caso N 2: Concurso Pblico

    Propuestas Econmicas presentadas.

  • POSTORPUNTAJE OFERTA TCNICAPUNTAJE OFERTA ECONMICAOrden de Prelacin A20.000 80.000 68.00076.000 B C D19.31419.46519.714PUNTAJE TOTAL92.000 99.714 72.000 87.314 95.465321PTPi = 0.80 x PTi + 0.20 x PEi 4Caso N 2: Concurso Pblico

    Evaluacin / Calificacin Total de Propuestas.

  • Otorgamiento de la Buena Pro.En caso de haberse presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de su notificacin.

    Cuando se presenten dos (2) o ms postores, el otorgamiento quedar consentido una vez transcurrido el plazo de cinco (5) das hbiles de su notificacin, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin.

    El Comit Especial declarar desierta una licitacin o un concurso pblico cuando no quede vlida ninguna oferta.

    Conforme al artculo 32 del TUO, en el supuesto que una licitacin pblica, concurso pblico o adjudicacin directa sean declaradas desiertas, se convocar a un proceso de adjudicacin de menor cuanta.

  • Suscripcin ContratoGarantasInicio Plazo ContractualAdelantosControles en la ObraAmpliaciones de PlazoValorizaciones ObraResolucinRecepcinLiquidacin o conformidad2.- Ejecucin Contractual

  • (*) Artculo 149 del Reglamento.Una vez que la Buena Pro ha quedado consentida, tanto la Entidad como el o los postores ganadores, estn obligados a suscribir el o los contratos respectivos. El ContratoEl contrato est conformado por el documento que lo contiene, las bases integradas y la oferta ganadora, as como los documentos derivados del proceso de seleccin que establezcan obligaciones para las partes y que hayan sido expresamente sealados en el contrato.Hasta el consentimiento de la liquidacin y pago correspondiente (en el caso de ejecucin y consultora de obras).Vigencia (*)Suscripcin del Contrato.

  • Procedimiento para la suscripcin del Contrato2 das hbiles despus del consentimiento de la Buena Pro, la entidad cita al ganador para suscribir el Contrato (5 a 10 das hbiles).

    De no presentarse el ganador perder la Buena Pro automticamente y se llamar al segundo.De no presentarse el segundo postor, se declarar desierto el proceso de seleccin.Si la entidad no cita al postor ganador, ste podr requerirlo dentro de los 2 das hbiles siguientes al vencimiento del plazo de suscripcin, dndole un plazo entre 5 a 10 das hbiles.(*) Artculo 148 del Reglamento.Si la entidad no suscribe el contrato, el postor ganador podr solicitar se deje sin otorgamiento la Buena Pro, reconociendo una nica indemnizacin por lucro cesante.

  • Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado (excepcin ADMC);Garantas.Constancia de Capacidad Libre Contratacin, expedida por el RNP;Designar al Residente Obra;Calendario de Avance de Obra valorizado;Calendario de Adquisicin de Materiales e Insumos;Entregar el desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, en el caso de obras sujeto al sistema de suma alzada.(*) Artculos 141 y 183 del Reglamento.Documentos para la suscripcin del Contrato

  • Garantas (*).(*) Artculos 39 de la Ley y 155 del Reglamento.Las garantas que acepten las Entidades deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables, y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la respectiva Entidad.Las garantas que acepten las entidades slo podrn ser efectuadas por empresas bajo el mbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.La entidad establecer en el contrato las garantas que debern otorgarse para asegurar la buena ejecucin y cumplimiento del mismo.

  • Clases de Garantas (*).Garanta de Fiel Cumplimiento, Para suscribir el contrato, el postor ganador deber entregar una garanta (10% del monto del contrato), la cual debe estar vigente hasta el consentimiento de la liquidacin final, en el caso de ejecucin y consultora de obra. Garantiza que el contratista va a cumplir con las obligaciones que se ha comprometido mediante contrato.Garanta por adelantosLa Entidad slo puede entregar los adelantos previstos en las bases y solicitados por el contratista, contra la prestacin de una garanta emitida por idntico monto y un plazo mnimo de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de amortizar, hasta la amortizacin total del adelanto otorgado.Fondo de retencin (10%) MYPES (Art. 39 Ley)(*) Artculos 156, 158 y 162 del Reglamento.

  • El inicio del plazo de ejecucin de obra comienza a regir desde el da siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones (*):Que se designe al inspector o supervisor, segn corresponda;Que la Entidad haya hecho entrega del expediente tcnico de obra completo;Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutar la obra;Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales e insumos que, de acuerdo con las bases, hubiera asumido ;Que se haya entregado el adelanto directo al contratista.Las condiciones precedentes, debern ser cumplidas dentro de los quince (15) das contados a partir del da siguiente de la suscripcin del contrato.(*) Artculo 184 del Reglamento.Inicio del plazo contractual (*)

  • Si la Entidad no cumple con lo dispuesto para el inicio del plazo de obra, por causas imputables a sta, en los quince (15) das siguientes al vencimiento del plazo sealado, el contratista tendr derecho al resarcimiento de daos y perjuicios debidamente acreditados hasta por un monto equivalente al cinco por diez mil (5/10 000) del monto del contrato por da y hasta por un tope de setenta y cinco por diez mil (75/10 000). Vencido el plazo indicado, el contratista podr adems solicitar la resolucin del contrato por incumplimiento de la Entidad.Monto Contrato (sin IGV) = S/. 1 000 000.00 Monto diario (5/10 000) = S/. 500.00Monto tope (75/10 000)= S/. 7 500.00 15 dasEntidad no cumple Resolucin del contratoFirma Contrato15 dasNo se cumplen condiciones Daos y perjuiciosSe cumplen condiciones para inicio plazo obra(*) Artculo 184 del Reglamento.

  • Las bases podrn establecer los siguientes adelantos (*): 1) Directos al contratista, los que en ningn caso excedern en conjunto del veinte por ciento (20%) del monto del contrato original. 2) Para materiales o insumos a utilizarse en el objeto del contrato, los que en conjunto no debern superar el cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato original.(*) Artculo 186 del Reglamento.Slo las bases pueden establecer el otorgamiento de los adelantos.Adelantos de Obra

  • El Contratista dentro de los ocho (08) das contados a partir del da siguiente de la suscripcin del contrato, podr solicitar formalmente la entrega del adelanto, adjuntado a su solicitud la garanta y el comprobante de pago correspondiente, debiendo la Entidad entregar el monto solicitado dentro de los siete (07) das contados a partir del da siguiente de recibida la mencionada documentacin. Adelantos directos (*).-(*) Artculos 187 y 189 del Reglamento.Amortizacin.-La amortizacin del adelanto directo se har mediante descuentos proporcionales en cada una de las valorizaciones de obra.A = Adelanto Directo x Valorizacin Monto Contrato

  • Las solicitudes de otorgamiento de adelantos para materiales o insumos debern ser realizadas con la anticipacin debida, y siempre que se haya dado inicio al plazo de ejecucin contractual, en concordancia con el calendario de adquisicin de materiales e insumos presentado por el Contratista.No proceder el otorgamiento del adelanto de materiales o insumos en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas sealadas en el calendario de materiales e insumos.Para el otorgamiento del adelanto para materiales o insumos se deber tener en cuenta lo dispuesto en el D.S. N 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.Adelanto para materiales e insumos (*).-(*) Artculo 188 del Reglamento.

  • Adelanto para materiales o insumos(*).-Mmax = c.i. x SBV x F.R. x (Ima) ImoMonto mximo adelanto de materialesc.i. = coeficiente incidencia materialSBV = saldo bruto por valorizarF.R. = factor de relacinIma = ndice material fecha adelantoImo = ndice material fecha V.R.Ejemplo: Adelanto Materiales - ladrilloCoef. Incid. ladrillo = 0.079Saldo bruto por valor. = S/. 1 000 000 Factor relacin (F.R.) = 0.90000Mes valor referencial =enero 2008Fecha del adelanto =julio 2008Ima (IU 17 fecha adel) = 678.97Imo (IU 17 fecha VR) = 596.44Mmax = 0.079 x 1 000 000 x 0.90 x 678.97 596.44Mmax ladrillo = S/. 80 938.18
  • Amortizacin.-A = (Mmu x Pum) x F.R. x (Ima) ImoA= amortizacin adelanto materialesMmu = metrado material utilizadoPum = precio unitario del material Ima = ndice material fecha adelantoImo = ndice material fecha V.R.Ejemplo: Adelanto Materiales - ladrilloMetrado ladrillo utilizado = 20 000 undPrecio por ladrillo (und) = S/. 0.35Factor relacin (F.R.) = 0.90000Mes valor referencial =enero 2008Fecha del adelanto =julio 2008Ima (IU 17 fecha adel) = 678.97Imo (IU 17 fecha VR) = 596.44A = (20 000 un* S/ 0.35/un)* 0.9 x 678.97 596.44Amortizacin = S/. 7 171. 74La amortizacin del adelanto de materiales se realiza cada vez que se utiliza el material en obra, en funcin a la cantidad utilizada de ste.D.S. N 011-79-VC.

  • Inspeccionar, es lograr que se efecte el trabajo; revisar el trabajo, orientar y reorientar; y emprender acciones correctivas.

    Supervisar, es ejercer la inspeccin superior en trabajos realizados por otros. Es obtener y evaluar la informacin obtenida; analizar las variaciones para determinar sus causas y sus efectos; y tomar acciones correctivas, si es necesario

    Monitorear, es evaluar la calidad del control durante la ejecucin de la obra y permite al Jefe del rea de Obras identificar controles dbiles, insuficientes o innecesarios y promover su reforzamiento

    Fiscalizar, es criticar y traer a juicio las acciones u obras de alguien. 3.- Controles en la obra pblica

  • REA DE OBRASSUPERVISINIng. ResidenteIng. SupervisorIng. InspectorINSPECCIN Controladores Capataz Gral. Topgrafo LaboratoristaControles en una obra pblicaMONITOREOJefe del rea de ObrasFISCALIZACINreas externasal rea de obrasde la Entidad- rea Desarrollo Urbano rea de Supervisin reas Administrativas rea de Presupuesto rgano Control Instituc. FISCALIZACINrganos Externosa la Entidad ACCIN DE CONTROL- Contralora General de la Repblica.- Otros designados por la Contralora General.

  • *Acciones de cautela previa, simultanea y de verificacin posterior.

    *Realizadas por la entidad sujeta a control.

    *Para que la gestin de los recursos, bienes y operaciones se efecte correcta y eficientemente.

    Proceso integral efectuado por el titular, funcionarios y servidores para la evaluacin de la gestin y el efectivo ejercicio de la rendicin de cuentas, propendiendo a que ste contribuya con el logro de la misin y objetivos de la entidad a su cargo. Control interno

  • Ingeniero residente:

    Es el Ingeniero Civil o Arquitecto (solo para edificaciones).

    Tiene la responsabilidad tcnica de dirigir y controlar la obra.

    Debe estar permanentemente en la obra.

    Debe contar con experiencia acorde a la especialidad o tipo de obra, as como, a la envergadura de la misma.Controles en una obra pblica

  • Toda obra pblica debe contar de manera permanente y directa con un residente.El residente puede ser arquitecto o ingeniero, colegiado, habilitado y especializado segn corresponda a la naturaleza de los trabajos, con no menos de dos (02) aos de ejercicio profesional. Las bases pueden establecer calificaciones y experiencias adicionales.El residente no tiene potestad para modificar el contrato.Se puede reemplazar al residente por otro profesional que tenga calificaciones similares o superiores a este. La Entidad tiene un plazo de ocho das hbiles, para la aprobacin del nuevo residente.Ingeniero Residente (*)(*) Artculo 185 del Reglamento.

  • Toda obra contar de modo permanente y directo con un inspector o supervisor, el cual deber cumplir por lo menos con las mismas calificaciones profesionales establecidas para el Residente de Obra. Inspector o Supervisor (*)(*) Artculo 190 del Reglamento.El inspector ser un profesional funcionario o servidor de la entidad, expresamente designado por sta. El supervisor es una persona natural o jurdica contratada por la entidad, mediante un proceso de seleccin. En el caso de ser una persona jurdica, sta designar una persona natural como supervisor permanente.Ser obligatorio contratar a un supervisor cuando el monto del valor referencial de la obra sea igual o mayor a 1 192 UIT.

  • Responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecucin de la obra y del cumplimiento del contrato.Funciones Inspector o Supervisor (*) :Facultado para disponer cualquier medida generada por una emergencia en la obra.(*) Artculo 193 del Reglamento.Su actuacin debe ajustarse al contrato, no teniendo autoridad para modificarlo. Responsable de controlar la ejecucin de la obra y absolver las consultas que le formule el contratista.

  • ANTESDURANTEDESPUSRevisin Planos y MemoriaLiquidacin tcnicoeconmica del contratoControl TcnicoControl ContractualControl EconmicoRevisin del Exp.TcnicoMovilizacin e InstalacinFunciones Inspector o Supervisor

  • El costo de supervisin no exceder en ningn caso el 10% del valor referencial de la obra o del monto vigente del contrato de obra, el que resulte mayor. Los gastos que genere la inspeccin no deben superar el 5% del valor referencial de la obra o del monto vigente del contrato de obra, el que resulte mayor. Costos de la supervisin o inspeccin(*)(*) Artculos 191 y 192 del Reglamento.Establece que si los servicios de la inspeccin o supervisin se extienden ms all del plazo contractual de obra por causas imputables al Contratista y esta extensin de los servicios genera un mayor costo, es el Contratista quien asumir el pago del monto equivalente a los servicios indicado.Se har efectivo dicho monto deducindolo del monto de la liquidacin del contrato de ejecucin de obra. Durante la ejecucin de la obra dicho costo ser asumido por la Entidad.Pago al supervisor por el contratista (*)

  • Revisin del Expediente Tcnico.Control constructivo.Control de calidad. Verificacin de las medidas de seguridad.3.- Control tcnico de la obra

  • a) Revisin del Expediente TcnicoObjetivo: Verificar la consistencia del proyecto, identificar diseos o planos faltantes o incompletos, partidas sin costo unitario o especificaciones faltantes, a fin que se subsanen a tiempo.La revisin est orientada a garantizar el cumplimiento del expediente tcnico y las normas aplicables, as como especificaciones y diseos aprobados, formulando oportunamente recomendaciones para problemas tcnicos, contractuales o econmicos.

  • Que el expediente tcnico est completo. La compatibilidad entre s de los planos con el presupuesto, con las especificaciones tcnicas, con los anlisis de costos unitarios.Que el expediente tcnico cuente con las especificaciones tcnicas de todas las partidas que se encuentren en el presupuesto.Que la frmula polinmica est bien elaborada de acuerdo con las normas vigentes.Se debe verificar:Un presupuesto adicional derivado de deficiencias en el expediente tcnico puede causar perjuicio econmico, no slo por el costo de los trabajos necesarios para cumplir la finalidad del Contrato, sino cuando derivados de su falta de previsin, generan mayores costos como: gastos administrativos a la Entidad, gastos generales por ampliaciones de plazo por la demora en la aprobacin del expediente del adicional de obras, entre otros.

  • Expedientes tcnicos muy antiguos que no son actualizados al momento de ejecutar la obra. No se asigna a las entidades el debido presupuesto que permita efectuar estudios serios y consistentes, que garanticen la calidad del expediente tcnico.Las entidades no efectan una supervisin tcnica adecuada durante la ejecucin de los estudios y formulacin del expediente tcnico, limitndose muchas veces a realizar una revisin previa a su aprobacin, la que es encargada en algunos casos a personal no idneo, y/o en otros dicha revisin se realiza en un lapso de tiempo muy breve, el que resulta insuficiente para efectuar un correcto control de calidad.Causas de las omisiones, errores o deficiencias en el expediente tcnico de obra.-

  • b) Control constructivoVerificacin del cumplimiento de los mtodos constructivos establecidos en el contrato.Cumplimiento y aplicacin adecuada de procesos constructivos para garantizar la calidad de la obra.Verificacin de la ejecucin de actividades (obras preliminares, movimiento de tierras, trabajos con concreto, tuberas, estructuras metlicas, equipo electromecnico), de acuerdo a las especificaciones tcnicas, reglamentos nacionales, normas de ingeniera y prcticas aceptadas en el ejercicio de la ingeniera.Mediciones adecuadas de los elementos de la obra, de acuerdo a las especificaciones del expediente tcnico.Revisin y aprobacin del mtodo constructivo y del plan propuesto.

  • A la entrega del terreno se abre el cuaderno de obra, debiendo ser firmado en todas sus pginas por el inspector o supervisor y por el residente, nicos autorizados para hacer anotaciones en l. Cuaderno de obra (*):CUADERNODEOBRAEn el cuaderno de obra se anotan los hechos ms relevantes que ocurran durante la ejecucin de la obra; as como las rdenes, consultas y las respuestas a las consultas. (*) Artculos 194 y 195 del Reglamento.El cuaderno de obra ser cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida definitivamente por la Entidad.

  • Consultas sobre ocurrencias en la obra (*):Las consultas que no requieren opinin del proyectista, (consultas relacionadas con los procesos constructivos o procedimientos de trabajo), sern absueltas por el inspector o supervisor dentro del plazo de cinco (05) das siguientes de anotadas. Vencido el plazo anterior y de no ser absueltas, el Contratista dentro de los dos (02) das siguientes acudir a la Entidad , la cual deber resolverlas en un plazo mximo de cinco (05) das.(*) Artculo 196 del Reglamento.Las consultas se formulan en el cuaderno de obra y se dirigen al inspector o supervisor, segn corresponda.

  • La demora en absolver un consulta genera derecho a solicitar ampliacin de plazo contractual, a partir de la fecha en la que la no ejecucin de los trabajos materia de la consulta empiece a afectar la ruta crtica del programa de ejecucin de la obra. Las consultas que requieren opinin del proyectista (consultas estructurales otras) sern elevadas por el inspector o supervisor a la Entidad dentro del plazo mximo de cuatro (04) das siguientes de anotadas, correspondiendo a sta en coordinacin con el proyectista absolver la consulta dentro del plazo mximo de quince (15) das siguientes. Consultas sobre ocurrencias en la obra (*):(*) Artculo 196 del Reglamento.

  • Cumplimiento de las especificaciones tcnicas del expediente tcnico.Cumplimiento de las normas y manuales tcnicos.c) Control de calidadRealizacin de pruebas para constatar que se han cumplido los requerimientos y exigencias de los trabajos.Realizacin de pruebas de control de calidad de los materiales.Retiro de materiales o de equipos de mala calidad o por el incumplimiento de las especificaciones tcnicas.

  • A travs de ensayos de laboratorio que tendrn por objetivo verificar que los trabajos cumplan con lo prescrito en las especificaciones tcnicas.Control de calidadAnlisis y ensayo de materiales.

    Pruebas de control de calidad de obra.

    Equipo general de laboratorio.Control topogrficoComprender la ejecucin de todos los trabajos topogrficos y de medicin necesarios para verificar la correspondencia de las obras con los planos y documentos tcnicos del proyecto, respecto a su localizacin, cotas y dimensiones.

  • d) Verificacin de las medidas de seguridadResponsabilidad del contratista respecto a la seguridad de sus trabajadores y de la adecuada y oportuna atencin mdica, farmacutica y hospitalaria en caso de accidente.

    Responsabilidad subsidiaria del dueo de la obra de las obligaciones que, en materia de afiliacin y cotizacin, afecten al Contratista respecto de sus trabajadores, igual con los subcontratistas.El supervisor verificar que se cumpla el Plan de Seguridad, as como que se encuentre vigente las plizas de seguro, y el cumplimiento del Expediente Tcnico y de su propuesta en este aspecto.Se deber verificar:

  • Reglamento interno de orden, higiene y seguridad.

    Organizacin y funcionamiento del comit de higiene y seguridad.

    Entrega de elementos de proteccin personal a los trabajadores (cascos, guantes, botas, arns, etc)

    Capacitacin al personal en materia de seguridad.

    Mantenimiento de las condiciones sanitarias bsicas en los lugares de trabajo.Se deber verificar:

  • AgendaSESIN 03:Ejecucin Contractual de la Obra.

    Demoras injustificadas en la ejecucin de la obraAmpliaciones de PlazoValorizaciones de Obra

  • El Contratista est obligado a cumplir los avances parciales establecidos en el calendario de avance de obra.(*) Artculo 205 del Reglamento.En caso de retraso injustificado, cuando el monto de la valorizacin acumulada ejecutada a una fecha determinada sea menor al 80% del monto de la valorizacin acumulada programada a dicha fecha, el inspector o supervisor ordenar al contratista que presente, dentro de los siguientes siete (07) das siguientes, un nuevo calendario que contemple la aceleracin de los trabajos, de modo que se garantice el cumplimiento de la obra dentro del plazo previsto, anotando tal hecho en el cuaderno de obra.1.- Demoras injustificadas en la ejecucin de obra (*)

  • El calendario de avance de obra acelerado no exime al contratista de la responsabilidad por demoras injustificadas , ni es aplicable para el clculo y control de reintegros. El calendario de avance de obra acelerado es la reprogramacin de la obra, pero en el mismo plazo vigente.

  • La falta de presentacin del nuevo calendario podr ser causal para que opere la intervencin econmica e la obra o la resolucin de contrato. Cuando el monto de la valorizacin acumulada ejecutada sea menor al 80% del monto acumulado programado del nuevo calendario, el inspector o supervisor anotar el hecho en el cuaderno de obra e informar a la Entidad. Demoras injustificadas en la ejecucin de obra(*) Artculo 205 del Reglamento.Dicho retraso podr ser considerado como causal de resolucin del contrato o de intervencin econmica de la obra, no siendo necesario apercibimiento alguno al contratista de obra.

  • De conformidad con el Artculo 41 de la Ley, el contratista podr solicitar la ampliacin del plazo pactado por las siguientes causales, siempre que modifiquen la ruta crtica del programa de ejecucin de obra vigente y el plazo adicional resulte necesario para la culminacin de la obra (*):Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles al contratista.Huelgas (de construccin civil)Desabastecimiento de materialesAtrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad.Demora en el pago de los adelantos (directo, materiales).Demora en el pago de valorizacionesDemora en absolucin de consultasCaso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.Cuando se aprueba la prestacin adicional de obra.(*) Artculo 200 del Reglamento.2.- Ampliaciones de Plazo (*)

  • El residente deber registrar en el cuaderno de obra, desde el inicio y durante la ocurrencia de la causal, las circunstancias que a su criterio ameriten ampliacin de plazo.Concluido el hecho invocado, el contratista tiene quince (15) das para remitir al inspector o supervisor su solicitud de ampliacin de plazo, dentro del plazo vigente de ejecucin. El inspector o supervisor tiene siete (07) das para emitir un informe expresando su opinin.La Entidad tiene diez (10) das para emitir resolucin sobre dicha ampliacin. De no emitirse pronunciamiento, se considerar ampliado el plazo, bajo responsabilidad de la Entidad.Procedimientos de ampliacin de plazo (*).-(*) Artculo 201 Reglamento.

  • Toda solicitud de ampliacin de plazo debe efectuarse dentro del plazo vigente de ejecucin, fuera del cual no se admitir dicha solicitud. Cuando se trate de ampliaciones que no tengan fecha prevista de conclusin, hecho que deber ser debidamente acreditado y sustentado por el contratista, la Entidad podr otorgar ampliaciones parciales para permitir que el contratista valorice los gastos generales por la ampliacin parcial.Procedimientos de ampliacin de plazo (*).-(*) Artculo 201 Reglamento.

  • La ampliacin de plazo obligar al contratista a presentar, dentro de los diez (10) das siguientes de notificada la resolucin que aprueba la ampliacin de plazo, un calendario de avance de obra valorizado actualizado al inspector o supervisor, quien en un plazo de siete (07) das de recibido, lo elevar a la Entidad con los reajustes concordados con el residente.La Entidad deber pronunciarse sobre dicho calendario, dentro de los siete (07) das contados a partir del da siguiente de recibido, el que una vez aprobado reemplaza en todos sus efectos al anterior (control de avances y de reintegros). De no pronunciarse la Entidad, se tendr por aprobado el calendario elevado por el inspector o supervisor.Procedimientos de ampliacin de plazo (*).-(*) Artculo 201 Reglamento.

  • Cuando las ampliaciones se sustenten en causales diferentes o de distintas fechas, cada solicitud deber tramitarse y ser resuelta independientemente, siempre que las causales diferentes no correspondan a un mismo perodo de tiempo sea este parcial o total.Cualquier controversia relacionada con el pronunciamiento de la Entidad respecto a las solicitudes de ampliacin de plazos podr ser sometida a conciliacin y/o arbitraje, dentro de los quince (15) das hbiles posteriores a la comunicacin de esta decisin.Procedimientos de ampliacin de plazo (*).-(*) Artculos 201 y 202 del Reglamento.En virtud de la ampliacin otorgada, la Entidad ampliar el plazo de los otros contratos celebrados por sta y vinculados directamente al contrato principal.

  • Las ampliaciones de plazo en los contratos de obra darn lugar al pago de mayores gastos generales variables iguales al nmero de das correspondientes a la ampliacin multiplicados por el gasto general variable diario.(*) Artculo 202 del Reglamento.Excepto cuando la ampliacin de plazo sea generada por: Ejecucin de obras adicionales: no dar lugar a dicho pago, al contarse con presupuestos especficos.Paralizacin de obra por causas no atribuibles al contratista: dar lugar al pago de mayores gastos generales variables debidamente acreditados, de aquellos conceptos que forman parte de la estructura de gastos generales variables de la oferta econmica del contratista o del valor referencial, segn el caso.Por ejemplo: planilla del guardin, recibo de honorarios del residente, facturas de grifos (camioneta), recibos de luz, etc.Pago de gastos generales (*):

  • Se formular una Valorizacin de Mayores Gastos Generales, la cual deber ser presentada por el residente al inspector o supervisor.El inspector o supervisor deber elevar dicha valorizacin, dentro del plazo mximo de cinco (05) das de recibida, a la Entidad para su revisin y aprobacin.La Entidad deber cancelar dicha valorizacin en un plazo mximo de treinta (30) das a partir del da siguiente de recibida. A partir del vencimiento del plazo establecido para el pago de la valorizacin, el contratista tendr derecho al reconocimiento de los intereses legales; para lo cual se formular una Valorizacin de Intereses y se efectuar en las valorizaciones siguientes.(*) Artculo 204 del Reglamento.Pago de gastos generales (*):

  • Coeficiente de reajuste (Ip/Io), donde Ip es el ndice general de precios al consumidor (cdigo 39) aprobado por el INEI correspondiente al mes calendario en que ocurre la causal de ampliacin del plazo, e Io es el mismo ndice de precios correspondiente al mes del valor referencial.Valorizacin de mayores gastos generales (*):En los contratos de obra a precios unitarios, el gasto general diario se calcula dividiendo los gastos generales variables ofertados entre el nmero de das del plazo contractual, ajustado por el coeficiente de reajuste (Ip/Io).En los contratos de obra a suma alzada, el gasto general diario se calcula dividiendo los gastos generales variables del presupuesto que sustenta el valor referencial entre el nmero de das del plazo contractual, ajustado por el factor de relacin y por el coeficiente de reajuste (Ip/Io).(*) Artculo 203 del Reglamento.

  • MGG = (N das AP)x (G.G.V.(OFERTADO)) x Ind. 39 (causal) N das Plazo C. Ind. 39 (V.R.)Mayores gastos generales en obras a precios unitarios:Ejemplo: Gastos Generales de Obra a Precios UnitariosCosto Directo de Obra = S/. 900 000.00 (ofertado)Gastos Generales Variables (10%) = S/. 90 000.00 (ofertado)Plazo contratado = 100 d.c.Mes del valor referencial =enero 2008

    Ampliacin Plazo (desab. materiales) = 10 d.c. Mes donde ocurre la causal =julio 2008Ind. 39 (fecha causal julio 2008) = 338.27Ind. 39 ( fecha V.R. enero 2008) = 325.71

    Mayores gastos generales = 10 x 90 000 x 338.27 100 325.71Mayores gastos generales = S/.9 347.06 (sin IGV)

  • MGG = (N das AP)x (G.G.V.(VR) x F.R.) x Ind. 39 (causal) N das Plazo C. Ind. 39 (V.R.)Mayores gastos generales en obras a suma alzada:Ejemplo: Gastos Generales de Obra a Suma AlzadaCosto Directo de Obra = S/. 1 000 000.00 (del VR)Gastos Generales Variables (10%) = S/. 100 000.00 (del VR)Factor de relacin (F.R.) = 0.90000Plazo contratado = 100 d.c.Mes del valor referencial =enero 2008

    Ampliacin Plazo (desab. materiales) = 10 d.c. Mes donde ocurre la causal =julio 2008Ind. 39 (causal julio 2008) = 338.27Ind. 39 (V.R. enero 2008) = 325.71

    Mayores gastos generales = 10 x 100 000 x 0.90000 x 338.27 100 325.71Mayores gastos generales = S/.9 347.06 (sin IGV)

  • Las Valorizaciones son pagos a cuenta y son elaboradas en funcin a los metrados ejecutados.El contratista est facturando lo que la entidad ha recibido.Los avances han sido aceptados.La factura est correcta y en general la documentacin cumple con los trminos y condiciones del contrato.Los pagos acumulados no exceden lo pactado.Los pagos debern ser revisados para asegurarse que:3.- Valorizaciones de Obra

  • Valorizaciones

  • Los metrados constituyen la expresin cuantificada de los trabajos de construccin que se han programado ejecutar en un plazo determinado.Los metrados son formulados y valorizados conjuntamente por el contratista y el inspector o supervisor, y presentados a la Entidad dentro de los plazos establecidos en las bases o en el contrato. Normalmente el ltimo da de cada perodo (quincenal, mensual). Si el Inspector o Supervisor no est presente, el Contratista los efectuar, debiendo revisarlos durante el periodo de aprobacin. Metrados valorizadosValorizaciones de obra

  • El plazo para la aprobacin por el inspector o supervisor y su remisin a la Entidad para periodos mensuales, es de cinco das a partir del primer da hbil del mes siguiente al de la valorizacin, y ser cancelada en fecha no posterior al ltimo da de tal mes. Cuando las valorizaciones se refieren a periodos distintos a los mensuales, las bases o el contrato establecern el tratamiento correspondiente. Plazos (*).-(*) Artculo 197 del Reglamento.Valorizaciones de obra

  • Las valorizaciones se formularn en funcin de los metrados ejecutados con los precios unitarios ofertados, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad ofertados por el contratista; a este monto se agregar el porcentaje correspondiente al IGV. Si en un presupuesto se considero 100 m3 y en obra se ejecut solo 90 m3, se paga hasta este metrado y no se paga 10 m3. Es decir hay Deductivo. Si en obra se ejecut 110 m3, 100 m3 se pagan como metrados contractuales y 10 m3 como mayor metrado o adicional de obra.En las obras contratadas bajo el sistema de precios unitarios se valorizar hasta el total de los metrados realmente ejecutados.Val. = (Mtdos. Ejecutados X P.U. OFERTADO) + GGOFERTADO + UTOFERTADOSistema de precios unitarios (*).-(*) Artculo 197 del Reglamento.Valorizaciones de obra

  • Sistema de precios unitarios.-Valorizaciones de obra

  • Las valorizaciones se formularn en funcin de los metrados ejecutados contratados con los precios unitarios del valor referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad del valor referencial. El subtotal obtenido se multiplica por el factor de relacin calculado hasta la quinta cifra decimal. A este monto se agregar el porcentaje correspondiente al IGV.En las obras contratadas bajo el sistema de suma alzada se valorizar hasta el total de los metrados del presupuesto de obra.Si en un presupuesto se considero 100 m3 y en obra se ejecut solo 90 m3, se paga hasta el metrado contratado 100 m3. Es decir no hay Deductivo. Si en obra se ejecut 110 m3, se pagan solo 100 m3 no se pagan los 10 m3 de exceso. Es decir no se reconocen como mayor metrado o adicional de obra.Val. = [ (Mtdos. Contratados X P.U.V.R.) + GGV.R. + UTV.R. ] * F.R. Sistema de suma alzada (*).-(*) Artculo 197 del Reglamento.Valorizaciones de obra

  • Sistema de suma alzada.-Valorizaciones de obra

  • Las valorizaciones de obra y de adicionales sern ajustadas multiplicndolas por el respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en la frmula polinmica los ndices unificados de precios de la construccin que publica el INEI correspondientes al mes en que debe ser pagada la valorizacin.R = Valorizacin * ( Kr 1)donde: Kr = coeficiente de reajusteReajustes (*).-(*) Artculos 49 y 198 del Reglamento.Valorizaciones de obra

  • Ejemplo:Valorizacin Neta (sin IGV) = S/. 100 000.00 Mes de la valorizacin = Marzo 2008Coeficiente de reajuste ( K) =1.050

    Reajuste = 100 000 x (1.050 1) =S/. 5,000.00Reajuste = S/.499.14 (sin IGV)Clculo del reajuste (*) .-R = V x (Kr -1) - Da - Dm - DrEl reajuste concedido menos las deducciones de los reintegros por adelanto en efectivo y de materiales que no corresponde, y del reajuste por atraso en la obra es el reintegro final que le corresponde al contratista.(*) Se sujeta a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC.Valorizaciones de obra

  • Clculo del reajuste .-Da = A.D x V x (Kr -1) C KaDa = deduccin que no corresponde por el adelanto directo.A.D.= adelanto directo otorgadoC = monto del contrato principalV = valorizacin ejecutadaKr = coeficiente de reajusteKa = coeficiente de reajuste del mes en que se otorg el A.D.Dm = c.i. x V x (Imr - Imo) ImaDm = deduccin que no corresponde por el adelanto materiales.c.i. = coeficiente incidencia materialV = valorizacin ejecutadaImr = ndice material a la fecha reajuste.Imo = ndice material a la fecha presup. Ima = ndice material a la fecha adelanto.R = V x (Kr -1) - Da - Dm - DrDr = deduccin del reajuste por atraso en la obra.Normas para obras atrasadas:Mximo reintegro reconocido = reintegros programadosEl reajuste concedido sea el menor de la comparacin entre la sumatoria del reajuste programado y la sumatoria del reajuste real.Dr = deduccin del reajuste por atraso en la obra.Valorizaciones de obra

  • Clculo del reajuste .-Dr = deduccin del reajuste por atraso en la obra.Valorizaciones de obra

    Ejercicio 02

    PARTIDA: MURO LADRILLO KK SOGA

    1.- MATERIALES

    DESCRIPCINUNID.CANT.P.UNIT.P.PARCIAL

    Ladrillo KK arcillaUnd39.000.3513.65

    Arena gruesam30.0321.850.66

    Cemento Portland tipo Ibls0.1015.131.51

    Madera (reglas)p20.463.001.38

    Subtotal 117.1985

    2.- MANO DE OBRA

    DESCRIPCINUNID.CANT.P.UNIT.P.PARCIAL

    Capatazhh0.1016.151.62

    Operariohh1.0012.4212.42

    Penhh0.5010.015.01

    Subtotal 219.04

    3.- EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

    DESCRIPCINUNID.CANT.P.UNIT.P.PARCIAL

    Herramientas%3.0019.040.57

    Subtotal 20.5712

    4.- TOTAL COSTO DIRECTO (1+2+3)36.8097

    PARTIDA: MURO LADRILLO KK SOGA

    1.- MATERIALES

    DESCRIPCINUNID.CANT.P.UNIT.P.PARCIAL

    Ladrillo KK arcillaUnd0.35

    Arena gruesam321.85

    Cemento Portland tipo Ibls15.13

    Madera (reglas)p23.00

    Subtotal 1

    2.- MANO DE OBRA

    DESCRIPCINUNID.CANT.P.UNIT.P.PARCIAL

    Capatazhh16.15

    Operariohh12.42

    Penhh10.01

    Subtotal 2

    3.- EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

    DESCRIPCINUNID.CANT.P.UNIT.P.PARCIAL

    Herramientas%

    Subtotal 2

    4.- TOTAL COSTO DIRECTO (1+2+3)

    Ejercicio 03

    FORMATO : CALCULO DE LOS COEFICIENTES DE REAJUSTE

    SIMB.I.U.C O N C E P T OCOEF.INCIDENCIAINDICE UNIFICADO ( I.U. )

    Mes Base Enero 2008Mes Reajuste Julio 2008Ir / IoCoef * Ir / Io

    J47Mano de Obra0.3521.000374.78395.431.055100.371

    L17Ladrillo0.0791.000596.44650.821.091170.086

    C21Cemento Portland tipo I0.2551.000323.41323.411.000000.255

    P5Agregado grueso0.1131.000180.41210.641.167560.132

    H38Hormign0.0711.000511.49615.451.203250.085

    GGU39ndice general de precios al consumidor0.1301.000325.71338.271.038560.135

    COEFICIENTE DE REAJUSTE ( K ) :Julio 20081.065

    SIMB.I.U.C O N C E P T OCOEF.INCIDENCIAINDICE UNIFICADO ( I.U. )

    Mes Base Enero 2008Mes Reajuste Agosto 2008Ir / IoCoef * Ir / Io

    J47Mano de Obra0.3521.000374.78395.711.055850.372

    L17Ladrillo0.0791.000596.44678.971.138370.090

    C21Cemento Portland tipo I0.2551.000323.41323.411.000000.255

    P5Agregado grueso0.1131.000180.41216.811.201760.136

    H38Hormign0.0711.000511.49628.211.228200.087

    GGU39ndice general de precios al consumidor0.1301.000325.71340.271.044700.136

    COEFICIENTE DE REAJUSTE ( K ) :Agosto 20081.075

    SIMB.I.U.C O N C E P T OCOEF.INCIDENCIAINDICE UNIFICADO ( I.U. )

    Mes Base Enero 2008Mes Reajuste Sept. 2008Ir / IoCoef * Ir / Io

    J47Mano de Obra0.3521.000374.78396.821.058810.373

    L17Ladrillo0.0791.000596.44694.361.164170.092

    C21Cemento Portland tipo I0.2551.000323.41323.411.000000.255

    P5Agregado grueso0.1131.000180.41214.801.190620.135

    H38Hormign0.0711.000511.49623.841.219650.087

    GGU39ndice general de precios al consumidor0.1301.000325.71342.201.050630.137

    COEFICIENTE DE REAJUSTE ( K ) :Sept. 20081.077

    SIMB.I.U.C O N C E P T OCOEF.INCIDENCIAINDICE UNIFICADO ( I.U. )

    Mes Base Enero 2008Mes Reajuste Julio 2008Ir / IoCoef * Ir / Io

    J47Mano de Obra

    L17Ladrillo

    C21Cemento Portland tipo I

    P5Agregado grueso

    H38Hormign

    GGU39ndice general de precios al consumidor

    COEFICIENTE DE REAJUSTE ( K ) :Julio 2008

    K = 0.352 Jr + 0.079 Lr + 0.255 Cr + 0.113 Pr + 0.071 Hr + 0.130 GUr Jo Lo Co Po Ho GUo

    Ejercicio 4

    ADELANTO ESPECIFICO DE MATERIALES

    MATERIALIUc.i.Saldo bruto por valorizarF.R.ImoImaMonto Mximo

    (fecha base)(fecha adelanto)Adelanto S/.

    Ladrillo170.0791,000,0000.900596.440678.97080,938

    Cemento210.2551,000,0000.900323.410323.410229,500

    310,438

    ADELANTO ESPECIFICO DE MATERIALES

    MATERIALIUc.i.Saldo bruto por valorizarF.R.ImoImaMonto Mximo

    (fecha base)(fecha adelanto)Adelanto S/.

    Ladrillo17

    Cemento21

    Ejercicio 5

    CALCULO DEL REAJUSTE DE VALORIZACIONES

    Monto Contrato(sin IGV) =1000000

    Valorizacin N123

    Mesmes 1mes 2mes 3

    AvanceProgramadoParcial300,000.00400,000.00300,000.00

    Acum. (APA)300,000.00700,000.001,000,000.00

    AvanceRealParcial250,000.00350,000.00400,000.00

    Acum. (ARA)250,000.00600,000.001,000,000.00

    Coeficiente de Reajuste (Kr-1)0.0650.0750.077

    ReajusteProgramadoParcial19,500.0030,000.0023,100.00

    19,500.0049,500.0072,600.00

    ReajusteRealParcial16,250.0026,250.0030,800.00

    16,250.0042,500.0073,300.00

    ReajusteReconocidoParcial16,250.0026,250.0030,100.00

    Acumulado16,250.0042,500.0072,600.00

    Retencin por atraso (Dr)0.000.00700.00

    Condicin de Avance de ObraAtrasadaAtrasadaAl da

    % Adelanto0.00%0.00%0.00%

    % Atraso16.67%14.29%0.00%

    CALCULO DEL REAJUSTE

    Monto Contrato(sin IGV) =1000000

    Valorizacin N123

    Mesmes 1mes 2mes 3

    AvanceProgramadoParcial300,000.00400,000.00300,000.00

    Acum. (APA)300,000.00700,000.001,000,000.00

    AvanceRealParcial250,000.00350,000.00400,000.00

    Acum. (ARA)250,000.00600,000.001,000,000.00

    Coeficiente de Reajuste (Kr-1)0.0650.0750.077

    ReajusteProgramadoParcial

    ReajusteRealParcial

    ReajusteReconocidoParcial

    Acumulado

    Retencin por atraso (Dr)

    Condicin de Avance de ObraAtrasadaAtrasadaAl da

    % Adelanto0.00%0.00%0.00%

    % Atraso16.67%14.29%0.00%

    1

    2

    3

    4

    5

    6

    7

    8

    9

    10

    11

    12

    13

    14

    15

    16

    Ejercicio 6

  • Factor acumulado TIL (mes pago) I = Val. Adeudada *------------------------------------------------- - 1Factor acumulado TIL (vencim. pago)donde: I : IntersTIL: factor acumulado de la tasa de inters legal (SBS)A partir del vencimiento del plazo establecido para el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendr derecho al reconocimiento de intereses legales.Para el pago de los intereses se formular una Valorizacin de Intereses.Pago de intereses (*) .-(*) Artculo 197 del Reglamento.Valorizaciones de obraProcedimiento establecido en la Circular N 016-94.EF-90

  • Ejemplo:Valorizacin Neta (sin IGV) = S/. 100 000.00 Mes de la valorizacin = Marzo 2008Vencimiento plazo pago =30.04.2008Factor acum. T.I.L. (vencim. pago) =5.75986

    Da pago valorizacin = 22.06.2008Factor acum. T.I.L. (da pago) = 5.78861

    Intereses = 100 000 x 5.78861 _ 1 5.75986Intereses = S/.499.14 (sin IGV)Pago de intereses (*).-Los intereses que puedan corresponder deben ser expresamente requeridos por el Contratista (presentando su valorizacin); no deben ser tramitados de oficio por la Entidad.Valorizaciones de obra

  • AgendaSESIN 04: Ejecucin Contractual de la Obra

    Prestaciones Adicionales de ObraAspectos ContractualesLiquidacin del Contrato de Obra

  • 1.- Prestaciones Adicionales de ObraPrestacin no considerada en el expediente tcnico, ni en el contrato, cuya realizacin resulta indispensable y/o necesaria para dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal. Ttulo V, numeral 1 de la Directiva N 002-2010-CG/OEA Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra - (R.C. N 196-2010-CG).La prestacin adicional est determinada por los trabajos complementarios (partidas nuevas y/o mayores metrados de las partidas contractuales) que se requieren para cumplir con la finalidad del contrato y, de ser el caso, por los mayores metrados necesarios para completar los requerimientos tcnicos de las obras consignados en los expedientes tcnicos. Entindase que dicha prestacin corresponde a obras complementarias y/o mayores metrados, necesarios para alcanzar la finalidad del contrato.

  • Causales de Procedencia.Prestaciones Adicionales de Obra

  • Conceptos y soluciones adoptados.Presupuestos Adicionales de Obra.Mejoramiento de sub-rasante Adecuada capacidad de soporte del terreno de fundacin.Reemplazo de material - Estabilidad de la estructura del pavimento.Cambio de diseo del pavimento Comportamiento adecuado de la estructura.Cambio de algunos elementos de las obras Utilizacin de equipos y materiales modernos.Necesidad de incrementar drenajes (superficial y subterrneo) Escorrentas no deben afectar a la estructura del pavimento.Incremento de elementos de sealizacin Curvas en zonas de pendientes pronunciadas.

  • Conceptos y soluciones adoptados.Presupuestos Adicionales de Obra.Mayores trabajos no reconocidos - Aplicacin de procedimientos constructivos.Mayores distancias de transportes Cambio sustentado de canteras.Limpieza de derrumbes/Trabajos de mantenimiento Transitabilidad a la va.Modificacin del trazo Topografa difcil.Cambio de dosificaciones Materiales de baja calidad.Prevencin de deslizamientos Zonas de corte con inestabilidad de taludes.Asfaltado de bermas Zonas de nevada y permanente escorrenta superficial.

  • Presupuesto Adicional de Obra.Valorizacin econmica de la prestacin adicional de una obra. Deber formularse independientemente de los presupuestos deductivos y presupuestos deductivos vinculados que apruebe la entidad para la misma ejecucin de obra. Presupuesto Deductivo de Obra.Valorizacin econmica de la obra que estando considerada en el alcance del contrato, no se requiere de su ejecucin, constituyndose reduccin y/o supresin en el costo de la obra.

  • Presupuesto deductivo vinculado

  • Para calcular el porcentaje de incidencia acumulado de un presupuesto adicional de obra respecto al monto del contrato original, se sumaran algebraicamente los montos de todos los presupuestos adicionales de obra y presupuestos deductivos vinculados; dicho resultado ser dividido entre el monto del contrato original y multiplicado por 100.% incidencia de los presupuestos adicionales

    (PA) + (PDV)% i = -----------------------------MCMCMonto del contrato original. PAPresupuestos adicionales de obra. PDVPresupuestos deductivos vinculantes. Presupuesto Adicional de Obra

  • % incidencia de los presupuestos adicionalesSe esta tramitando el PAO N 4Se generaron 04 presupuestos adicionales y 01 presupuesto deductivoObra: Mejoramiento de la Carretera ABCIncidencia Acumulada del PAO N 05 = 11.30%

  • (*) Artculo 207 del Reglamento.Slo proceder la ejecucin de obras adicionales cuando previamente se cuenta con la certificacin de crdito presupuestario y la resolucin del Titular de la Entidad y en los casos en que sus montos, restndoles los presupuestos deductivos vinculantes, sean iguales o no superen el 15% del monto del contrato original. % Incidencia menor al 15%.Presupuestos Adicionales de Obra menores al 15% (*).La necesidad de tramitar y aprobar una prestacin adicional de obra se inicia con la correspondiente anotacin en el cuaderno de obra, ya sea por el contratista o el supervisor, la cual deber realizarse dentro de los treinta (30) das de anticipacin a la ejecucinPlazos.

  • Dentro de los diez das siguientes de la anotacin en el cuaderno de obra, el contratista deber presentar al supervisor o inspector el presupuesto adicional de obra, el cual deber remitirlo a la Entidad en un plazo de diez das. La Entidad cuenta con diez das para emitir la resolucin aprobatoria. La demora de la Entidad en emitir la resolucin en los plazos sealados que autorice las prestaciones adicionales de obra podr ser causal de ampliacin de plazo.Presupuestos Adicionales de Obra menores al 15% (*).Plazos(*) Artculo 207 del Reglamento.

  • % Incidencia mayor al 15%.Las prestaciones adicionales de obras cuyos montos, restndole los presupuestos deductivos vinculados, superen el quince (15%) del monto del contrato original, luego de ser aprobadas por el Titular de la Entidad, requieren previamente, para su ejecucin y pago, la autorizacin expresa de la CGR. Las prestaciones adicionales de obra no podrn superar el 50% del monto del contrato original.Presupuestos Adicionales de Obra mayores al 15% (*).(*) Artculo 208 del Reglamento.

  • Presupuestos Adicionales de Obra mayores al 15%Tramitacin de PAOque no ajustan a las Normas aplicablesCGR no emite autorizacinTrabajos ejecutados, con excepcin de obras por situacin de emergenciaNo se cuenta con la disponibilidad presupuestalEl origen del PAO no se enmarca en las causales de procedenciaSiempre que se trate de obras pblicas por contrata.Corresponder segn las caractersticas de las solicitudes presentadas, sus argumentos tcnicos, legales y presupuestarios.CGR emite pronunciamiento

  • Anlisis de la situacin presentada, considerando los alcances del expediente tcnico, las soluciones tcnico-econmicas presentadas, la literatura especializada y la experiencia del equipo evaluador.Contrastacin con situaciones similares que motivaron evaluaciones tcnicas anteriores.Criterios de Evaluacin.Presupuestos Adicionales de Obra mayores al 15%.Resolucin aprobatoria del presupuesto adicional.Acreditacin de la disponibilidad presupuestal para el pago.Informe legal que sustente la procedencia del presupuesto adicionalInformacin tcnica que contenga la sustentacin de cada uno de los rubros o tems que conforman el presupuesto adicional. Informacin de otras mayores prestaciones que no requirieron la autorizacin previa de Contralora General.Informacin que permita la evaluacin.

  • Evaluar si los trabajos no se encuentran ejecutados.Necesidad de ejecucin de las obras adicionalesLimitaciones o deficiencias de los estudios o expedientes tcnicos.Situaciones de emergencia.Evaluar las causas que originan la necesidad de ejecutar los trabajos.Analizar las nuevas soluciones tcnicas y su relacin con lo establecido en el expediente tcnico. En el caso de los mayores metrados, validar las cantidades de trabajo.Verificacin mediante medios magnticos o manuales de los metrados.Contrastacin con informes tcnicos (contratista-supervisor-entidad), opinin del proyectista, especificaciones tcnicas y anotaciones en C.O.Visita de inspeccin a la obra.En el caso de obras complementarias, validar las partida nuevas.Los precios responder a los del contrato, salvo la utilizacin de nuevos insumos (tres cotizaciones).Establecer la razonabilidad de rendimientos, incidencias, dosificaciones, etc.Evaluacin de Aspectos Tcnicos.Presupuestos Adicionales de Obra mayores al 15%.

  • Evaluar la tipificacin de las causales que generaron las obras adicionales.Determinar si se ha sustentado la viabilidad del presupuesto adicional.Establecer el marco legal y los plazos de trmite de los presupuestos adicionales.Evaluacin de Aspectos Legales.Verificacin de la documentacin presentada como sustento.Evaluar la garanta de contar con marco presupuestario.Confirmar la rentabilidad y sostenibilidad del Proyecto.Evaluacin de Aspectos Presupuestarios.Presupuestos Adicionales de Obra mayores al 15%.

  • Observaciones a las solicitudes.Presupuestos Adicionales de Obra.Informes tcnicos sin sustento.Trmite de presupuestos adicionales con carcter de regularizacin.Explotacin de canteras no se ajusta a evaluaciones tcnica-econmicas.En las partidas nuevas no se consideran los costos o trabajos contemplados en las partidas contractuales.Aceptacin de las entidades a las observaciones planteadas por Contralora General.Correcciones en las cantidades de trabajos presentadas en los presupuestos adicionales, por desacuerdos con las bases de medicin y pago contractuales.No se garantiza la disponibilidad presupuestal para asumir el costo de los presupuestos adicionales.No se determina que el proyecto en ejecucin mantenga sus condiciones de rentabilidad y sostenibilidad.

  • Obras Adicionales con carcter de emergencia.Excepcionalmente en el caso de obras adicionales que por su carcter de emergencia, (cuya no ejecucin pueda afectar el ambiente o poner en peligro a la poblacin, los trabajadores o la integridad de la misma obra), la autorizacin previa de la Entidad podr realizarse mediante comunicacin escrita, a fin de que el supervisor o inspector pueda autorizar su ejecucin. La Entidad verificar su procedencia, previo a la emisin de la resolucin correspondiente, sin la cual no podr efectuarse pago alguno.(*) Artculo 207 del Reglamento.En el caso de adicionales con carcter de emergencia la autorizacin de la CGR se emitir previa al pago.(**) Artculo 208 del Reglamento.% Incidencia menor al 15% (*).% Incidencia mayor al 15% (**).

  • En los contratos de obra a precios unitarios, los presupuestos adicionales de obra sern formulados con los precios del contrato y/o precios pactados, ms los gastos generales fijos y variables propios del adicional, para lo cual deber realizarse el anlisis correspondiente teniendo como base o referencia los anlisis de los gastos generales del presupuesto original contratado. Asimismo debe incluirse la utilidad del presupuesto ofertado y el IGV correspondiente.(*) Artculo 207 del Reglamento.Ppto. Adic. = (Mtdos. Adicionales X P.U. OFERTADO) + GGADICIONAL + UTOFERTADO + IGVPpto. Adic. = (Mtdos. Adicionales X P.U.PACTADO ) + GGADICIONAL + UTOFERTADO + IGVPresupuestos Adicionales de Obra - Valorizaciones (*).Caso: partidas existentes.Caso: partidas nuevas.El pago de los presupuestos adicionales aprobados se realiza mediante valorizaciones adicionales.

  • Presupuesto