Definición de trabajo social

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DEFINICIÓN DE TRABAJO SOCIAL Conceptos básicos de la Definición Quinto semestre Grupo “A” Generación 2013-2017 ESCUELA SUPERIOR DE TRABAJO SOCIAL “JESÚS AQUINO JUAN”

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DEFINICIÓN DE TRABAJO SOCIAL Conceptos básicos de la Definición

Quinto semestre Grupo “A” Generación 2013-2017 ESCUELA SUPERIOR DE TRABAJO SOCIAL “JESÚS AQUINO JUAN”

Escuela Superior de Trabajo Social

“Jesús Aquino Juan”

Nombre de los Alumnos:

*Candy Alina Ventura Pérez

*Karen Cabrera Vázquez

*Eduardo Rivera Domínguez

Catedrática: Mtra. Xochil Emma Prado Ordoñez

Asignatura: Teoría de Trabajo Social V (Grupos)

Tema: Definición de Trabajo Social (Conceptos)

Semestre: 5° Grupo: “A”

Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. 18 de Enero del 2016

Tabla de contenido Introducción ....................................................................................................................................... 1

Definición de Trabajo Social (FITS 2014) ..................................................................................... 2

...................................................... 3

Trabajo Social ............................................................................................................................... 4

Profesión ........................................................................................................................................ 5

Práctica .......................................................................................................................................... 6

Disciplina ........................................................................................................................................ 8

Cambio ........................................................................................................................................... 8

Desarrollo....................................................................................................................................... 9

Cohesión Social .......................................................................................................................... 10

Fortalecimiento ........................................................................................................................... 10

Liberación .................................................................................................................................... 10

Persona (Sujeto) ......................................................................................................................... 12

Principios ..................................................................................................................................... 13

Justicia Social ............................................................................................................................. 15

Derechos Humanos ................................................................................................................... 15

Responsabilidad Colectiva ........................................................................................................ 23

Diversidad .................................................................................................................................... 24

Teoría ........................................................................................................................................... 24

Ciencia Social ............................................................................................................................. 25

Indígena ....................................................................................................................................... 25

Bienestar ...................................................................................................................................... 26

Webgrafía ........................................................................................................................................ 27

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Introducción

El trabajador social trabaja con personas y familias, grupos (por ejemplo un aula de

estudiantes), e incluso comunidades. Debe conocer los recursos sociales que

ofertará a estas personas para superar los problemas y carencias. Así, informará,

orientará y apoyará a la persona o grupo en situaciones problemáticas de violencia,

crisis, desestructuración familiar, problemas laborales o de vivienda, etc.

El trabajador social es una persona con mucha vocación y gran amor a la sociedad,

pues pretende generar cohesión social mediante la integración de determinados

colectivos que se encuentran excluidos como por ejemplo los inmigrantes, las

personas con discapacidad, la mujer, las personas sin hogar, etc.

Es una persona resuelta, abierta y con muchas habilidades sociales para el trato

con las personas.

¿Para qué nos sirve? Es una carrera que aporta mucho a nivel social, ya que lucha

contra los fallos del propio sistema y permite generar un cambio social cuando éste

es requerido. Un trabajador social es muy útil en todos los ámbitos donde puedan

aparecer conflictos a un nivel social (por ejemplo colegios, hospitales, sindicatos,

empresas, servicios sociales, etc.).

Está publicación incluye una amplia serie de palabras y términos, cuya finalidad

es de consulta para los futuros trabajadores sociales en proceso de formación y

profesionistas de esta carrera.

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Definición de Trabajo Social (FITS 2014)

El trabajo social es una profesión basada en la práctica y una disciplina académica

que promueve el cambio y el desarrollo social, la cohesión social, y el fortalecimiento

y la liberación de las personas. Los principios de la justicia social, los derechos

humanos, la responsabilidad colectiva y el respeto a la diversidad son

fundamentales para el trabajo social. Respaldada por las teorías del trabajo social,

las ciencias sociales, las humanidades y los conocimientos indígenas, el trabajo

social involucra a las personas y las estructuras para hacer frente a desafíos de la

vida y aumentar el bienestar.

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Trabajo Social

Trabajo Social: Esta expresión ha ido remplazando, en muchos países de América

latina a las de asistencia social y servicio social, para algunos se trata de un modo

de acción que se da a partir del proceso de reconceptualización, que supera los

enfoques y la concepción de asistencia social y el servicio social.

Con este alcance, y para el caso latinoamericano, no debe confundirse con social-

work norteamericano pues difieren sustancialmente en lo que hace a la concepción

y la intencionalidad; menos en lo referente a la metodología (…).El trabajo social así

concebido, pretende ser una respuesta latinoamericana a los problemas

latinoamericanos, dentro del ámbito de acción propio de esta profesión. De ahí que

se le atribuya una función de concientización, organización y movilización del

pueblo.

Función que es compartida por otros ámbitos profesionales y otras esferas de

actuación. Lo específico son los proyectos o intervenciones propias ya sea en la

prestación de servicios o en la acción social que procuran generar un proceso o

promoción del autodesarrollo interdependiente de individuos, grupos y

comunidades, para que insertos críticamente y, dentro de lo posible, actuando y

participando en sus propias organizaciones, contribuyan a la transformación social.

En la medida que toda acción social tiene su significación última, considerada a

partir del marco ideológico-político desde el que se promueve o realiza, el trabajo

social apunta a la realización de un proyecto político que significa el transito de un

situación de dominación y marginalidad a otra plena participación del pueblo en la

vida política, económica, social y cultural del país. Esta participación y este modo

de actuación deben ayudar a crear las condiciones necesarias para un nuevo modo

de ser hombre. (Ander-egg.1986:461-462).

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Trabajo social: Modo de acción social superado de la asistencia social y del

servicio social. El trabajo social tiene una función de concientización, movilización y

organización del pueblo, para que en un proceso de promoción del autodesarrollo

interdependiente, individuos, grupos y comunidades realizando proyectos de trabajo

social, insertos críticamente y actuando en sus propias organizaciones, participen

activamente en la realización de un proyecto político que signifique el tránsito de

una situación de dominación y marginalidad a otra de plena participación del pueblo

en la vida política, económica, y social de la nación que cree las condiciones

necesarias para un nuevo modo de ser hombre.

Trabajo Social: Profesión que promociona los principios de los derechos humanos

y la justicia social, por medio de la utilización de teorías sobre el comportamiento

humano y los sistemas sociales. Específicamente se interesa en la resolución de

problemas sociales, relaciones humanas, el cambio social, y en la autonomía de las

personas: todo ello en la interacción con su contexto en el ejercicio de sus derechos

en su participación como persona sujeto del desarrollo y en la mejora de la sociedad

respecto a la calidad de vida en el plano bio-psicosocial, cultural, político, económico

y espiritual. (Montoya. G, Zapata. C y Cardona. B 2002:124).

Profesión

Profesión: “Empleo, actividad u oficio al que una persona se dedica de modo

principal y habitual, que sirve como medio de vida y, en algunos casos, como forma

de realización personal”. (Ander-egg.1986: 356).

Profesión: Es una vocación, ocupación que requiere preparación académica; una

profesión es una práctica social. Cuerpo de conocimientos sistemáticos enseñados

en la universidad.

Profesión: Organización interdisciplinaria que articula los objetos de conocimiento

de las ciencias que la conforman, de los saberes y métodos que la fundamentan y

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los campos que la profesionalizan. También es concebido como el empleo, actividad

u oficio al que una persona se dedica de modo principal y habitual, que sirve como

medio de vida y en algunos casos como forma de realización personal. (Montoya.

G, Zapata. C y Cardona. B 2002:107).

Práctica

Práctica: Es la instancia verificadora de la teoría que sistematizada permite

modificarla y enriquecerla. La práctica es guiada por la teoría, la cual explica los

hechos y hallazgos que la práctica descubre.

Práctica: En general, lo que es acción o concierna a la acción. Lo que es traducible

en acción. Método, modo o procedimiento de actuar. Ejercicio, de cualquier arte o

facultad, realizado con forme a sus reglas u operaciones particulares; destreza con

este ejercicio. Actividad que pone obra los principios de un arte, técnica, ciencia, o

doctrina. Contraste o confrontación experimental para establecer la valides de una

formula teórica. También se dice de lo realizable o de lo que puede llevarse a cabo.

Por oposición a teoría, a aquello que podría hacerse. (Ander-egg.1986:347).

Practica Social: “La practica social es un aspecto esencial de ser hombre, hasta el

punto de que puede afirmarse que el hombre y la humanidad se hacen en esta

práctica socia. 'Toda la vida social, decía Marx, es esencialmente práctica. A partir

de esto (que los seres humanos hacen su vida), dos aspectos inseparables

aparecen como expresión de la práctica social: las relaciones del hombre con la

naturaleza y las relaciones de los hombres entre sí. Pero, ¿cómo se expresan estas

relaciones? Existe una forma fundamental: la actividad productiva por medio del

trabajo, ya que las relaciones con la naturaleza y con lo hombres, las relaciones

sociales, son fundamentalmente relaciones de producción. Y como en estas

relaciones, a lo largo de la historia, se han presentado antagonismos, la lucha de

clases aparece como otra forma de práctica social. Pero hay más, también la

ciencia, el arte, la moral son formas de práctica social. Los conocimientos científicos

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surgen de esa práctica; sin la prueba de verificación que ella da, no pueden ser

considerados como tales. El arte expresa un modo de actividad humana de

aprehensión estética de la realidad. Y, por último, la moral, como estilo o modo de

relacionarse entre los hombres, es también una práctica que se origina en las

condiciones materiales de existencia

Practica social: Podemos entender a la práctica social como una actividad

transformadora del ser humano y de la sociedad, que responde a necesidades

concretas y requiere, por tanto, de un grado determinado de conocimientos de la

realidad que trasforma y de las necesidades que satisface. La teoría del

materialismo dialectico del conocimiento coloca la práctica en primer plano;

considera que el conocimiento del ser humano no puede separarse ni en lo más

mínimo de la práctica, y repudia todas las teorías erróneas que niegan su

importancia o separan de ella el conocimiento.

Lenin dijo “la práctica es superior al conocimiento (teórico), porque posee no solo la

dignidad de la universalidad, sino también la de la realidad humana”. La filosofía

marxista – el materialismo dialectico- tiene dos características sobresalientes. Una

es su carácter de clase: afirma explícitamente que el materialismo dialectico sirve al

proletariado. La otra es su carácter práctico: subraya que la práctica es la base de

la teoría y que ésta, a su vez, sirve a la práctica. El que sea verdad u no un

conocimiento o teoría no se determina mediante una apreciación subjetiva, sino

mediante los resultados objetivos de la práctica.

El criterio de la verdad no puede ser otro que el de la práctica social. El punto de

vista de la práctica es el punto de vista primero y fundamental de la teoría

materialismo dialectico del conocimiento. ()-forma de actividad o acción en el marco

de los social que busca trasformar una realidad exterior a él, puede ser la de una

comunidad o individuo. Se desarrolla en un marco social específico donde se tiene

en cuenta el contexto, es decir, cada uno de los factores y condiciones que han

acompañado el desarrollo histórico del sujeto. (Montoya, G. Zapata, C y Cardona,

B. 2002)

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Disciplina

Disciplina: Doctrina, cuerpo de conocimientos de tesis de datos organizados sobre

una profesión o un saber específico, sostenidos por un colectivo que cultiva ese

mismo cuerpo teórico, instrumental e informativo, el cual se constituye una

comunidad científica unidisciplinaria.

Disciplina: Doctrina; regla de enseñanza impuesta por un maestro a sus discípulos.

Cambio

Cambio: Acción de pasar, variar, alterar, mudar de un estado a otro.

Cambio Social: Cambiar es la acción da pasar, variar, alterar u mudar de un estado

a otro. Cambio social designa en sentido general, las variaciones producidas dentro

de un cierto periodo, que afectan las estructuras y funcionamiento de una sociedad,

de una manera no efímera ni transitoria sino estable o permanente. Se trata de uno

de los temas centrales de la sociología; más aun, puede decirse que la sociología

nace de la preocupación por explicar las causas y la dirección de los cambios que

se producen después de la Rev. Francesa y la revolución industrial.

No existe ninguna sociedad completamente estática; la ocurrencia de cambios es

una normalidad aun en las sociedades más tradicionales y aparentemente estables.

Ningún fenómeno o hecho social es completamente estático al punto que podría

aplicarse a la realidad socio-cultural la expresión heraclitana: “todo cambia”.

Permanentemente se está pasando de un estado a otro en algún sector de la

realidad social. Esto ha ocurrido siempre; lo nuevo no es el cambio, sino la amplitud,

velocidad o aceleración del mismo, y lo importante es la dirección del cambio social.

(Ander-egg.1986: 74-75).

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Cambio Social: Transformación, diferencia o alteración observable a lo largo del

tiempo, amplia y permanente, no necesariamente irreversible, de las propiedades,

el estado o la estructura de una determinada sociedad, o de las relaciones que se

dan entre los macro sistemas que la conforman ya sea en la esfera económica,

política, cultural, o en una o mas instituciones de las vinculadas a éstas.

Generalmente estos cambios tienen relación con transformaciones profundas de los

sistemas culturales o socioculturales. Este termino esta estrechamente relacionado

con los de evolución social y desarrollo social, por lo cual a veces son utilizados de

manera inapropiada como equivalentes. (Montoya. G, Zapata. C y Cardona. B

2002:35).

Desarrollo

Desarrollo: Conjunto de elementos que con lleva a las personas hacia la aceptación

y realización de innovación, bien sea de tipo material, inmaterial, o cambios

estructurales en su organización social, económica, política o cultural, con el fin de

mejorar sus condiciones individuales o colectivas de vida.

Desarrollo humano: Proceso multidimensional que incluye el mejoramiento de un

conjunto interrelacionado de dimensiones psicológicas, sociales, culturales y

familiares, las cuales deben tener como característica la integridad, adaptación,

potencialidad y continuidad, donde el ser biológico se constituye en el ser social y

cultural de acuerdo a su sentido y tiempo histórico.

Desarrollo de escala humana: Se concentra y sustenta en la satisfacción de las

necesidades humanas fundamentales, en la generación de niveles crecientes de

autosuficiencia y en la articulación orgánica de los derechos humanos con la

naturaleza y la tecnología de los procesos globales, con los comportamientos

locales de lo personal con lo social, de la planificación con la autonomía y de la

sociedad civil con el Estado.

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Desarrollo social: Se conoce como el despliegue de las fuerzas productivas de un

país o región, para lograr el abastecimiento de los elementos materiales visibles,

como también bienes culturales y servicios de toda índole, para la sociedad dentro

del marco político-social, que garantice igualdad de oportunidades a todos sus

miembros y que le permita a su vez, participar en las decisiones políticas y en el

disfrute del bienestar materia y cultural que todos en común han creado.

Cohesión Social

Cohesión social: Es la unión de personas en un grupo, caracterizada por tener

grandes motivaciones en la pertenencia a él. Por la participación en fines comunes,

la aceptación de iguales objetivos, la identificación con este, la satisfacción y la

defensa del grupo.

Fortalecimiento

La pauta general es que por fortalecimiento social se entiende el incentivo y

desarrollo del potencial en la comunidad y los individuos para que participen

activamente en el desarrollo de un país, asumiendo desafíos y siendo capaces de

alcanzar retos.

A veces se usa en el sentido económico, es decir se equipara el fortalecimiento

social a las formas de salir de la pobreza y fomentar la calidad de vida. A veces

también se usa en términos de la educación, humanitario, etc.

Liberación

Liberación- Libertad. En sociología el concepto que se interpreta de distintas

formas en función de las tendencias conceptuales y las premisas fundamentales de

la propia concepción del mundo.

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Significa: A) Libertad de voluntad, es decir, la posibilidad que tiene el hombre, por

propia decisión de actuar y de conducir su vida de acuerdo con su responsabilidad

y su configuración, sin términos motivacionales ni leyes psíquicas causales;

B) Libertad institucional, es decir, la independencia y separación del hombre

respecto de las ataduras, tutelas y conformaciones <<externas>>;

C) Libertad de la acción racional, es decir la liberación del hombre de los

<<mecanismos>> físicos e inconscientes no dominados por él;

D)Libertad jurídica, como resultado de la prohibición de determinadas

conductas que garantizan la libertad del individuo, guardándolo de la arbitrariedad

y de la libertad absoluta de los demás;

E) Libertad democrática – política, como participación de todos los ciudadanos en

la determinación de las reglas de la sociedad, que limitan la libertad individual de

actuar sin restricciones en beneficio de la idea del bien común, y

F) Libertad tanto social como real; que presupone un estructura social en la que

todos los ciudadanos por razón de su posición socioeconómica, tengan la

posibilidad de utilizar sus libertades legales y democrático – políticas.

La realización de la libertad va estrechamente al desarrollo de los fundamentos

materiales e institucionales de una estructura social. La moderna sociedad industrial

occidental en sus posibilidades de abastecimiento comercial, a la vez que con sus

procesos de formación intelectual, ha creció más espacio libre para una

configuración normativamente independiente y múltiple del individuo en sus

relaciones sociales. (Heinz 2001: 524- 525).

Liberación: Concepto fundamental para el nuevo trabajo social. El termino

representa, contraposición, la idea de “no libre” y de “la necesidad de ser libre”,

como correlato de “dominación” y “dependencia”. Tiene el sentido de “algo” que hay

que eliminar (la dominación y la dependencia) y de alguien (sujeto de liberación)

que debe ir realizándose, haciéndose, siendo. Hay, pues, en este concepto, un

cuestionamiento a la establecido y un proyecto a realizar. Ruptura, crisis, meta,

proyecto, camino hacia lo nuevo; he aquí las categorías que engloban y encierran

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el concepto de libración. El concepto de liberación es un proceso de comprensión

que proporciona una interpretación de la sociedad y de la historia, al mismo tiempo

que es motivación para la praxis y reflexión sobre la praxis. El concepto de liberación

se construye sobre dos supuestos:

A) que hay una evolución de la humanidad hacia fases de significación,

cualitativamente, un ascenso humano, y,

B) que el hombre es constructor hacedor de la historia, o lo que es lo mismo, es

responsable de conducir la evolución. (Ander-egg.1986:264).

Persona (Sujeto)

El concepto de sujeto social está vinculado a las características del ser humano.

Cada persona es un individuo, con características y motivaciones únicas. A la vez,

todas las personas necesitan de otras para desarrollarse plenamente. Esto quiere

decir, por lo tanto, que el ser humano es un sujeto social.

Como sujeto social, el ser humano requiere de la interacción y de la convivencia con

otros seres humanos para educarse, desarrollarse y hasta reproducirse. No existe

ser humano que puede vivir únicamente como individuo, aislado de los demás. De

hecho, el ser humano adquiere su condición humana a partir de su vínculo con otros.

Puede decirse que, como sujeto social, el ser humano se define a sí mismo a partir

del entorno. No sólo los vínculos directos con otras personas influyen sobre él, sino

que también las instituciones que se crean por consenso (como la ley) determinan

su conducta.

Así como la sociedad influye sobre el sujeto social, éste influye en la sociedad: la

relación que se establece es recíproca. El vínculo entre sujeto social y sociedad, por

otro lado, es tan estrecho que resulta complejo establecer una diferencia entre las

características innatas del hombre y aquellas que adquiere socialmente.

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En el ámbito de la sociología, la idea de sujeto social se emplea sobre todo con

referencia al individuo que, consciente de su realidad, se agrupa con otras personas

que tienen intereses y problemas similares y comienza a actuar en grupo para lograr

mejorar su posición. Los sujetos sociales, de este modo, forman un colectivo social

(un partido político, una asociación civil, etc.).

Principios

Principios: Cuando se habla de principios de trabajo social, se suele hacer

referencia a 2 cuestiones: a principios de carácter filosófico o ideológico

presentados como la cosmovisión que subyace en el quehacer profesional, o como

postulados que dan intencionalidad normativa, en otras ocasiones, en este mismo

nivel, los principios vienen a ser como un marco referencial de tipo ideológico.

También se habla de principios de actuación profesionales o principios operativos

en los que hay que distinguir como principios generales que se aplican a la profesión

en su conjunto, y los principios específicos de cada uno de los métodos en

particular. (Ander-egg.1986:238)

Principios: Pautas particulares por las cuales deben regirse los profesionales en el

momento de la intervención. Estas consisten en la individualización, la expresión

explicita de los sentimientos, la implicación emocional controlada, la aceptación, la

actitud no enjuiciadora, la autodeterminación del usuario y la confidencialidad.

(Montoya. G, Zapata. C y Cardona. B 2002:106)

Principios: Son los fundamentos rectores que orientan el comportamiento dentro

de cierta racionalidad, en nuestro caso los de una disciplina profesional…Una

selección de los valores éticos, que orientan la acción de los trabajadores sociales,

que sea inclusiva, que resuelva el problema de la subjetividad y el etnocentrismo,

tiene que estar ligada, en nuestra sociedad a los derechos humanos, sociales,

políticos y económicos, que tienen jerarquía constitucional y son producto de

debates suficientemente consensuados.

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Hay seis valores básicos de la democracia que debe promover el trabajo social: La

libertad, concebida como capacidad autónoma, libre elección y autogestión, tanto

en una dimensión individual, como familiar, grupal y comunitaria. La igualdad, como

principio fundamental de la organización de la sociedad a partir del reconocimiento

de la dignidad de todas las personas sin distinciones ni discriminaciones. La

solidaridad, como virtud publica que debe servir de soporte a las estructuras y a

los comportamientos en la vida cotidiana. Virtud que expresa la valoración y el

reconocimiento del otro individual y colectivo, a partir del desarrollo de actitudes de

amor y fraternidad. La justicia, entendida como “estado social de derecho”, que

incluye los conceptos de justicia social y distribución equitativa de los bienes, sin los

cuales no hay bien común ni “vida buena”. La participación, como el marco que

garantiza los otros valores en la organización política y social. Una democracia

participativa es aquella donde el pueblo es gestor y el autor responsable de su

propio destino en lo comunitario y en lo personal y familiar. La resolución pacífica

de conflictos, concebida como un cambio de racionalidad, que valora la

cooperación y la búsqueda de consenso y descarta la derrota del adversario. La

paz es una construcción social, que no busca la destrucción, la eliminación o el

sometimiento del otro en cualquier plano.

Desde esta perspectiva, no solo la relación con los sujetos de la intervención motiva

problemas éticos: en el contexto de crisis social y en la búsqueda de una deseable

madurez disciplinar para el Trabajo Social, resulta imprescindible el debate acerca

de los principios éticos- políticos que como repuestas a los contextos en que los

trabajadores sociales se desempeñan, van perfilando diversos proyectos

profesionales... ()-Son todas aquellas pautas por las cuales deben conducirse los

profesionales del Trabajo Social en el momento de su intervención “estas consisten

en la individualización, la expresión explicita de los sentimientos, la implicación

emocional controlada, la aceptación, la actitud no enjuiciadora, la autodeterminación

del usuario y la confidencialidad.

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Justicia Social

Justicia Social: Expresión un tanto impresa, pero ampliamente divulgado, designa,

en general la aspiración de creer un régimen social de equidad para todos los

ciudadanos, sin desigualdades e injusticias, se utiliza además, para referenciar un

conjunto de propuestas políticas de partido y Movimientos sociales, que tienen por

objeto proveer bienestar, seguridad y orden a todos los miembros de una sociedad,

sobre la base de una igualdad de derechos y obligaciones. Entre otras ocasiones

su uso es más restringido. Se refiere a las condiciones a las disposiciones que

tienen por objetivo mejorar las condiciones del trabajador o reconocer sus

reivindicaciones. (Montoya. G, Zapata. C y Cardona. B .2002:82).

Derechos Humanos

Derechos humanos: conjunto de derechos fundamentales que cada hombre,

mujer, niño y niña posee pro el solo hecho de pertenecer a la especie humana, por

su propia naturaleza y dignidad. Le son inherentes e inalienables y lejos de nacer

de una concesión de la sociedad política, han de ser por esta consagrados y

garantizados. Guardan relación con aquellas situaciones problemáticas donde está

en juego el respeto por la integridad de la vida y la vulneración de la dignidad

humana.

Se basa en una exigencia cada vez mayor de la humanidad de una vida en la cual

la dignidad y el valor inherentes, de cada ser humano reciban respeto protección.

Permiten desarrollar a emplear cabalmente las cualidades humanas inteligencia, el

talento y la convivencia; y satisfacer necesidades, entre ellas las necesidades

espirituales. Son, por así decirlo uno de los mejores inventos para ayudar a proteger

la dignidad de hombres y mujeres, de niños y niñas, frente a abusos de aquellos

(as) que, por tener mucho poder político como militar, social e incluso gremial,

pueden hacer daño a la persona o también pueden ser un obstáculo para tener

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mejor manera de vivir, están reconocidos en la mayoría de países del mundo.

(Montoya. G, Zapata. C y Cardona. B .2002:76).

Declaración Universal de los Derechos humanos (Carta Magna)

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y

proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo

figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos

los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que

fuera “distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros

establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de

los países o de los territorios”.

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el

reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de

todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos

han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y

que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento

de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria,

disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen

de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la

rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas

entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta

su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la

persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han

declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro

de un concepto más amplio de la libertad;

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Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en

cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y

efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la

mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de

Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones

deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones,

inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la

educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas

progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación

universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre

los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados

como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con

los otros.

Artículo 2

1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta

Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión

política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica,

nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o

internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si

se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración

fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

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Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de

esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o

degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su

personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de

la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que

infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales

competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales

reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída

públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la

determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier

acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia

mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el

que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse

no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se

impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

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Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su

domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda

persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el

territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a

regresar a su país.

Artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar

de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente

originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de

las Naciones Unidas.

Artículo 15

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar

de nacionalidad.

Artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin

restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar

una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el

matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá

contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a

la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

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Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de

religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así

como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente,

tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la

observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho

incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir

informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por

cualquier medio de expresión.

Artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente

o por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las

funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad

se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse

periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro

procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social,

y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida

cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los

derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre

desarrollo de su personalidad.

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Artículo 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a

condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el

desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo

igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y

satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la

dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros

medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de

sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación

razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así

como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido,

la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo

derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez

u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias

independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.

Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a

igual protección social.

Artículo 26

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al

menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción

elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser

generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función

de los méritos respectivos.

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2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y

el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades

fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las

naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las

actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá

de darse a sus hijos.

Artículo 27

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la

comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los

beneficios que de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales

que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas

de que sea autora.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en

el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan

plenamente efectivos.

Artículo 29

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella

puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona

estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de

asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás,

y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar

general en una sociedad democrática.

3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición

a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

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Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho

alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar

actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos

y libertades proclamados en esta Declaración.

Responsabilidad Colectiva

La responsabilidad colectiva es un concepto que se suele utilizar para las grandes

causas de una comunidad. Por ejemplo, en el respeto por la democracia y los

derechos humanos o en las actitudes que se deben ejercer, especialmente desde

el Estado y las empresas, en materia ambiental. No está mal, porque es un paso

necesario para afianzar el concepto de un futuro mejor.

Ahora bien, existe una responsabilidad colectiva que es más cotidiana, que sin

eclipsar el rol del Estado y de las demás instituciones de una sociedad (como las

del mundo económico) apela a la moral individual y colectiva de los ciudadanos, sin

cuyo aporte tornaría aún más imposible vivir en una democracia o en un medio

ambiente más sano.

Esa responsabilidad colectiva es cotidiana y no depende de nadie, excepto de los

propios vecinos. La responsabilidad colectiva no es solamente un deber ser

incuestionable, sino una actuación solidaria frente al prójimo, una actitud frente al

semejante que sea al mismo tiempo tan plural como inclusiva. Y para ello se

requiere de una profunda como innegociable intervención cooperativa de los

ciudadanos entre sí.

Es en el compromiso individual hacia los otros que se generan siempre

consecuencias positivas, cuyo resultado siempre será el bienestar social y la

protección recíproca.

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Es en el comportamiento de grupo, para sus integrantes y para la sociedad, donde

se manifiestan las actitudes que producen consecuencias sociales a favor de la

sana convivencia. Y es en ese actuar diario donde se construyen las condiciones

sociopolíticas de inclusión, igualdad y equidad que permiten la participación de los

ciudadanos en los asuntos públicos, lo que deriva luego en comportamientos

responsables que son pedagógicos para las generaciones futuras.

Diversidad

Diversidad Étnica: como esto podemos entender el conjunto de diversas razas

que existen mundialmente y que difieren en el color de la piel, lenguaje, estatura,

costumbres (bailes, celebraciones, religiones).

Teoría

Teoría: Una teoría es un sistema lógico-deductivo. Constituido por un conjunto de

hipótesis o asunciones, un campo de aplicación (de lo que trata la teoría, el conjunto

de cosas que explica) y algunas reglas que permitan extraer consecuencias de las

hipótesis y asunciones de la teoría. En general las teorías sirven para confeccionar

modelos científicos que interpreten un conjunto amplio de observaciones, en función

de los axiomas, asunciones y postulados, de la teoría.

Teoría: Esfera del conocimiento q explica el conjunto de fenómenos y de sus

bases reales, circunscribiendo los conceptos, juicios, razonamientos, hipótesis y

leyes, en un principio unificador. Es un punto de partida y una herramienta

permanente q permite articular diversos tipos de conocimiento para producir un

conocimiento nuevo que dé respuesta a las preguntas planteadas.

Se caracteriza por ciertos elementos constitutivos que poseen carácter de

rigurosidad y madurez científica y que representa el conjunto de hechos y

fenómenos, así como sus nexos y relaciones, la aglutinación de estos en un

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principio unificador general que refleje las leyes fundamentales, así como su

demostración y argumentación. Estrictamente hablando, se trata de una regla o ley

general que intenta ofrecer una explicación o comprender algún aspecto del mundo.

Sin embargo, el término se usa frecuentemente para referirse a (sistema teórico)

que es una serie coherente de generalizaciones explicativas. (Heinz. K. 2001:121)

Ciencia Social

Ciencia: Conjunto organizado de conocimientos sobre una materia determinada, a

los que se llega mediante la observación y análisis de sus fenómenos, causas y

efectos.

Ciencia Social: Es un sistema de conocimientos en desarrollo, determina procesos

de la actividad humana, para penetrar el mundo objetivo y mejorar las

interrelaciones sociales en un proceso del dominio del ambiente natural y cultural

en el cual está inserta, con el fin de producir teorías acerca de un campo de la

realidad, buscando comprenderla y explicarla mediante un procedimiento y con

pretensiones válidas.

Indígena

Indígena es aquel originario del país de que se trata. El concepto se refiere, por lo

tanto, al poblador originario del territorio que habita.

Para que una población sea considerada como indígena, debe poder acreditarse

que su establecimiento en el territorio en cuestión precede al de otros pueblos (como

el caso de los indígenas americanos frente a los europeos o sus descendientes) y

que su presencia es estable y prolongada.

Existen varios conceptos que, según el contexto, se usan como sinónimos de

indígena, como aborigen, pueblo originario o hasta indio (por la confusión de

Cristóbal Colón al momento de llegar por primera vez a América).

En el sentido más habitual, la calificación de indígena se usa en referencia a las

etnias que mantienen tradiciones culturales no europeas.

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En este sentido tendríamos, por tanto, que hacer referencia a lo que se conoce

como indígenas de América que, como su propio nombre indica, es un término que

se emplea para referirse a los pobladores originarios de aquel continente así como

a todo el conjunto de sus descendientes. En concreto, a los descendientes que han

apostado por mantener su cultura, su forma de vida o incluso sus más ancestrales

tradiciones.

Bienestar Bienestar: Estado de la persona que goza de buena salud física y mental, lo que le

proporciona un sentimiento de satisfacción y tranquilidad.

Bienestar: Estado que alcanza y experimenta un individuo al satisfacer sus

necesidades de un modo compatible con la dignidad humana. El concepto fue

incorporado al campo de las ciencias sociales por algunos economistas ingleses del

siglo XX. El término se opone a malestar y connota un estado de satisfacción

completa, de ausencia de necesidades.

Bienestar social: El concepto de “bienestar social”, adquirió carta de ciudadanía

en el ámbito de las ciencias sociales y de las prácticas sociales, como consecuencia

de la convergencia de varios hechos y circunstancias históricas.

Bienestar social: Grado en el cual una determinada sociedad, comunidad, sector

social, grupo o familia, satisface las necesidades humanas fundamentales. En ese

sentido va acorde con el desarrollo económico y social que incide en la calidad de

vida. Implica un sistema organizado de políticas, leyes, servicios e instituciones

sociales, diseñadas para promover en las comunidades, grupos, familias e

individuos, el logro de niveles satisfactorios de vida, así como relaciones personales

y sociales que les permita desarrollar planamente sus potencialidades en armonía

con el entorno. (Heinz. K. 2001:33). El desarrollo y materialización de los derechos

sociales.

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Webgrafía

Blogger. (Febrero de 2012). Diccionario de Trabajo Social. Obtenido de Diccionario de Trabajo

Social: http://diccionariodetrabajosocialcolombia.blogspot.mx/

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Diario "El Argentino". (03 de Junio de 2012). Diario "El Argentino". Obtenido de Diario "El

Argentino": http://www.diarioelargentino.com.ar/noticias/108262/responsabilidad-

colectiva

María, L. S. (21 de Marzo de 2011). Carta Magna de los Derechos Humanos. Obtenido de

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derechos-humanos/

SHAMIR y Pedrolo. (Diciembre de 2013). Tus Preguntas. Obtenido de Tus Preguntas:

http://tuspreguntas.misrespuestas.com/preg.php?idPregunta=4730