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    ContenidoRecomendaciones del : desaos para Mxico 3EDITORIAL

    ANLISIS

    Retos sobre el acceso a la justiciay la situacin del sistema penitenciario en Mxico 5JOS LUIS GUTIRREZ ROMN

    Violaciones graves en la mira del 2013:tortura y desaparicin orzada 11STEPHANIE ERIN BREWER

    El : y pobreza 17SALOM ALMARAZ REYES Y AARN HERNNDEZ HERNNDEZ

    Proteccin a las y los deensores de derechos humanos:una asignatura pendiente para 2014 24CLAUDIA ORDEZ VQUEZ

    : el reto de la implementacin a nivel local 35CENTRO DE DERECHOS HUMANOS DE LA MONTAA TLACHINOLLAN

    Es honesto que Mxico 40busque coherencia con posturas en ENTREVISTA A JAVIER HERNNDEZ VALENCIA

    REFERENCIAS

    Migracin con derechos humanos: 42una tarea pendiente para MxicoSONJA WOLF

    Libertad de expresiny democracia. Mxico en el 52

    FREEDOM HOUSE MXICO Y CENTRO JURDICO PARA LOS DERECHOS HUMANOS

    La violencia amiliar y su expresin extrema: 59el eminicidioCATLICAS POR EL DERECHO A DECIDIRY OBSERVATORIO CIUDADANO NACIONAL DEL FEMINICIDIO

    ACCIONES 64

    5

    17

    24

    35

    42

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    Fotografa: Fernando scar Martn/Concurso Rostros de la Discriminacin 2013.

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    Recomendaciones del EPU:desafos para Mxico

    Editorial

    Nuestro pas atraviesa por cambios trascendentales que a decir de

    unas y otras voces nos colocan en mejor o en peor posicin, pero

    siempre rente a desaos impostergables. El tema de los derechos

    humanos es uno de ellos.

    En octubre pasado Mxico se present a una segunda ronda del Examen Peri-

    dico Universal, ejercicio en el que la comunidad internacional dio sus aprecia-

    ciones y le recomend poner atencin respecto de las violaciones sistemticas a

    los derechos humanos que ameritan respuesta urgente. Si bien se trata de pro-

    blemticas que, edicin tras edicin, han brindado insumos de anlisis en estas

    pginas, desde el mbito de su competencia la Comisin de Derechos Humanos

    del Distrito Federal seguir insistiendo en su justa y prioritaria solucin.

    Por ello, y congruente con el espritu de una publicacin abierta y plural

    como Densor, en esta ocasin participa un grupo de voces comprometidas que

    hace un balance de la situacin de los derechos humanos en el pas y seala los

    retos por venir para la presente administracin en los tres niveles de gobierno.Con firmeza denuncia la ignominia de un sistema de justicia penal que acaba

    con la dignidad de las personas, la impunidad que rodea la actuacin de las

    autoridades que mantienen prcticas atroces como la tortura y la desaparicin

    orzada, o la inoperancia de una poltica migratoria que criminaliza a quienes

    buscan la vida prspera que su lugar de origen les ha negado. odo enmarcado

    en un escenario de desaos por superar.

    Y es en este mismo nimo de mirar siempre hacia el uturo que Densor hoy

    asume su propio reto de renovarse al transormar su fisonoma para brindar

    un diseo ms dinmico y un tratamiento inormativo ms verstil, de cara a

    acilitar la tarea de las y los lectores y alcanzar nuevos pblicos, ortaleciendo assu objetivo esencial: la promocin y la consolidacin de una cultura de respeto y

    proteccin a los derechos humanos.

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    Retos sobre el accesoa la justicia y la situacindel sistema penitenciario

    en Mxico

    El acceso a la justicia en el territorio nacionalse ha convertido en el principal reto en materia

    de derechos humanos, sin embargo, uno de

    los sectores vulnerables de la poblacin, cuyo

    derecho al acceso a la justicia durante muchosaos fue considerado como nulo, es el de quienes

    permanecen en reclusin.

    ANLISIS

    * Director de

    Asistencia Legal

    por los Derechos

    Humanos, A. C.

    (Asilegal).

    Jos Luis Gutirrez Romn

    Fotografas: Carlos Ariel Ojeda/Concurso Rostros de la Discriminacin 2013

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    oda persona tiene derecho a que se

    le administre justicia por tribunales

    que estarn expeditos para impartirla

    en los plazos y trminos que fijen las

    leyes, emitiendo resoluciones de manera pronta,

    completa e imparcial. Su servicio ser gratuito,

    reza el artculo 17 de la Constitucin Poltica de

    los Estados Unidos Mexicanos.

    El acceso a la justicia es un derecho huma-

    no que constituye el pilar principal de un siste-

    ma democrtico como el nuestro, cuya razn de

    ser es garantizar los derechos humanos a todos

    por igual. El acceso a la justicia para ejercer tales

    derechos y deender las libertades es vital en un

    sistema legal moderno e igualitario.1 El Estado

    no slo debe abstenerse de obstaculizar el goce

    y ejercicio del derecho a acceder a la justicia sinoque debe adoptar acciones positivas y remover

    los obstculos materiales que impiden su ejerci-

    cio eectivo.

    Los obstculos estructurales que aectan el

    derecho al acceso a la justicia, por mencionar

    algunos, son: la dilacin en la actuacin judicial

    y los costos del proceso legal; los abusos de au-

    toridad y la inadecuada aplicacin de la ley; la

    ineficiente aplicacin de resoluciones judiciales;

    la inexistencia de recursos jurdicos idneos para

    hacer eectivos muchos derechos como los eco-nmicos, sociales y culturales.2A estas circuns-

    tancias se suma la alta de personal en las instan-

    cias del sistema de procuracin y administracin

    de justicia; los limitados medios alternativos de

    solucin de conflictos; la alta de autonoma de

    algunos integrantes de los tribunales; la financia-

    cin insuficiente y crnica del sistema judicial a

    nivel estatal; la alta de intrpretes y traductores,

    entre otros.

    El Estado tiene la obligacin de permitir y

    garantizar el acceso a la justicia, como lo seal

    la Corte Interamericana de Derechos Humanos

    (Corte ) en el caso Goibur y otros vs.Paraguay:

    El acceso a la justicia constituye una norma impe-

    rativa de derecho internacional y, como tal, genera

    obligaciones erga omnes para los Estados de adop-

    tar las medidas que sean necesarias para no dejar

    en la impunidad esas violaciones, ya sea ejerciendo

    su jurisdiccin para aplicar su derecho interno y el

    derecho internacional para juzgar a los responsa-

    bles, o colaborando con otros Estados que lo hagan

    o procuren hacerlo.3

    Partiendo de esta obligacin del Estado de garan-

    tizar el acceso a la justicia, se dio como resultadoque durante el primer Examen Peridico Univer-

    sal () de Mxico, en 2009, el tema de la justicia

    represent 13.84% del total de recomendaciones

    recibidas, por debajo de temas como los dere-

    chos de las mujeres (16.65%) e igual que los

    derechos de los pueblos indgenas (13.84%), te-

    mas dentro de los cuales se transversaliz el de

    acceso a la justicia en Mxico.

    El acceso a la justicia en el territorio nacional

    se ha convertido en el principal reto en materia

    de derechos humanos, sin embargo, uno de lossectores vulnerables de la poblacin, cuyo dere-

    cho al acceso a la justicia durante muchos aos

    ue considerado como nulo, es el de quienes

    permanecen en reclusin. Las posibilidades de

    acceso a la justicia de las personas condenadas a

    cumplir una pena privativa de la libertad depen-

    de totalmente del Estado mexicano, debido a que

    cada aspecto de su vida al interior de los centros

    penitenciarios se encuentra sujeta a ste, el cual

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    asume un papel especial de garante rente a las

    personas privadas de libertad y como tal tiene

    deberes especficos de respeto y garanta a sus de-

    rechos undamentales. Es en estas circunstancias

    donde nace una relacin mucho ms estrecha en-

    tre quienes estn reclusin y el Estado, ms que

    con una persona en pleno goce de su libertad.

    La exigencia del derecho al acceso a la justi-

    cia de las y los privados de la libertad nace como

    una respuesta al maltrato sico cometido por el

    personal penitenciario, la alta de atencin m-

    dica, las violaciones a las reglas del debido pro-

    ceso en procedimientos disciplinarios, as como

    otras demandas en relacin con la alimentacin,

    el acceso al agua potable, la exigibilidad de con-

    diciones de vida digna dentro de los centros de

    reclusin, y el reclamo de las violaciones a susderechos humanos, entre stos al derecho a un

    debido proceso judicial.

    El 23 de octubre de 2013 el Estado mexicano

    tuvo la oportunidad de someterse a su segundo

    , que se realiz en el seno del Consejo de

    Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y

    dentro del cual se evaluaron los compromisos

    adoptados por nuestro pas en materia de dere-

    chos humanos. As, un total de 176 recomenda-

    ciones ueron emitidas por los pases, con el fin

    de mejorar la situacin de los derechos humanosque hoy se viven en Mxico.

    En 2009 el Estado mexicano acept cuatro

    recomendaciones para implementar en el mbito

    penitenciario, comprometindose mediante ellas

    a mejorar las condiciones de vida en los centros de

    reclusin, invertir suficientes recursos econmi-

    cos al sistema penitenciario, tomar las medidas

    necesarias para capacitar al personal de guardia

    y custodia; investigar sobre los abusos y violacio-

    nes a los derechos humanos de las personas pri-

    vadas de la libertad y castigar debidamente a los

    responsables.

    En 2013, durante el segundo ciclo del ,Mxico recibi recomendaciones emitidas por

    Rusia, Austria, Uzbekistn, Egipto, Irn y Nue-

    va Zelanda. Cada una de stas responde a la

    preocupacin de la comunidad internacional

    con respecto a la crisis que existe en el sistema

    penitenciario mexicano, donde se sealaron

    otras recomendaciones, por ejemplo, mejorar las

    condiciones carcelarias de las personas detenidas

    (Egipto).

    Con respecto a esto es importante tener pre-

    sente que la revisin de las condiciones de vidadentro de los centros penitenciarios debera ser

    una ms de las unciones que le competera ejer-

    cer al juez de ejecucin de sanciones penales;

    sin embargo, esta situacin an est en manos

    del Consejo cnico Interdisciplinario, que es el

    rgano que slo debera administrar los centros

    penitenciarios y que, a pesar de ello, en la actua-

    lidad impone medidas sancionadoras y discipli-

    narias a las personas privadas de la libertad.

    Durante el segundo ciclo del epuen

    2013, Mxico recibi recomendaciones

    emitidas por Rusia, Austria, Uzbekistn,

    Egipto, Irn y Nueva Zelanda, que

    responden a la preocupacin de la

    comunidad internacional con respecto

    a la crisis que existe en el sistema

    penitenciario mexicano.

    ANLISIS

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    Por lo anterior, es urgente que la administra-

    cin actual regule en la nueva Ley de Ejecucin

    de Sanciones Penales, de orma ms especfica, el

    procedimiento de imposicin de medidas disci-

    plinarias para que stas no sean impuestas con

    la discrecionalidad de las autoridades penitencia-

    rias como sucede en la prctica. Otro de los retos que enrenta la administra-

    cin de Enrique Pea Nieto, y que aecta direc-

    tamente las condiciones de vida de las personas

    privadas de libertad, es la sobrepoblacin en los

    centros penitenciarios. Durante el gobierno de

    Felipe Caldern, de 2006 a 2012 se construye-

    ron 14 nuevos centros penitenciarios ederales,

    sin embargo, esto no erradic el arraigado

    problema de hacinamiento y sobrepoblacin

    dentro del sistema.

    Actualmente Mxico cuenta con una tasade sobrepoblacin penitenciaria de 24.45% y

    una tasa de ocupacin de 126.3%, pero hay en-

    tidades ederativas, como el Distrito Federal con

    181% y Jalisco con 176.4%,5por lo que la actual

    administracin tiene como asignatura pendien-

    te solucionar este problema con el fin de que los

    programas de reinsercin social que dicho sea

    de paso son deficientes contribuyan con el obje-

    tivo de reinsertar a la sociedad a las personas que

    estuvieron privadas de libertad. El incremento

    de la poblacin en reclusin en los ltimos aos se

    debe en gran medida a la ampliacin del catlo-

    go de delitos graves y a la alta de criterios para

    imponer medidas cautelares distintas a la prisin

    preventiva.

    En 2013, previo al de Mxico, la Coali-cin por los Derechos Humanos de las Personas

    Privadas de Libertad en el Sistema Penitenciario

    Mexicano, integrada por Asistencia Legal por los

    Derechos Humanos, A. C. (Asilegal); Documen-

    ta, Anlisis y Accin para la Justicia Social, A.

    C.; y el Instituto de Derechos Humanos Ignacio

    Ellacuria, S. J. () de la Universidad Ibero-

    americana de Puebla, realizamos un inorme que

    abord las principales problemticas relaciona-

    das con las recomendaciones emitidas al Estado

    mexicano en 2009, puntualizando en la reormaal sistema penitenciario: condiciones de vida de

    las personas privadas de la libertad, violencia y

    hacinamiento en centros penitenciarios, y los

    derechos de las y los reclusos pertenecientes a

    los sectores en situacin de vulnerabilidad como

    mujeres, personas indgenas, personas perte-

    necientes a la poblacin lsbica, gay, bisexual,

    transexual, transgnero, travestista e intersexual

    () y personas con discapacidad.

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    En este sentido, una orma para que el Esta-

    do contribuya a mejorar la vida de quienes es-

    tn privadas o privados de la libertad est en que

    puede establecer mecanismos administrativos

    que posibiliten la realizacin de visitas rutinarias

    a los centros de reinsercin social, los cuales de-

    ben comprender las visitas de todas las reas delcentro de reinsercin por grupos interdisciplina-

    rios e interinstitucionales que estn compuestos

    por integrantes de dependencias de gobierno,

    comisiones estatales y nacional de derechos hu-

    manos, as como por asociaciones de amiliares

    de personas privadas de libertad y de organiza-

    ciones de la sociedad civil. Lo anterior con el fin

    de que estas visitas contribuyan a las mejoras de

    las condiciones de vida a las que se enrentan las

    personas privadas de la libertad y con ello

    cumplir de manera cabal con los compromisosadquiridos por el Estado mexicano al firmar y

    ratificar los instrumentos internacionales en ma-

    teria de derechos humanos.

    En el mismo sentido, la obligacin del per-

    sonal de custodia es garantizar la seguridad me-

    diante el respeto a los derechos humanos de la

    poblacin penitenciaria; sin embargo, el Estado

    slo cuenta con un custodio por cada 7.3 perso-

    nas, por lo que en casi todos los establecimientos

    penitenciarios las y los reclusos realizan activi-

    dades de custodia, lo que al paso de tiempo se

    convierte en un autogobierno, aectando con esto

    la paz y la seguridad en muchos de estos estable-

    cimientos.

    Ante esta realidad el Estado tiene el gran reto

    de incrementar el nmero del personal de cus-todia y capacitarlo para que sea respetuoso de los

    derechos humanos, la integridad sica y psico-

    lgica de las personas y contribuya con esto a la

    reinsercin social de la poblacin penitenciaria.

    Esta preocupacin ue maniestada por Suiza en

    el marco del primer , en el que el Estado sui-

    zo recomend al Estado mexicano que debera

    velar por que el personal penitenciario y judi-

    cial reciba una ormacin adecuada en derechos

    humanos. De la misma orma Uzbekistn re-

    comend durante el de 2013 que el Estadomexicano debera de ortalecer el control sobre

    el comportamiento de las agencias policiales

    con el fin de impedir la tortura y los malos tratos.

    Con respecto a los sectores en situacin de

    vulnerabilidad como lo son las mujeres, las per-

    sonas con discapacidad, las personas indgenas y

    quienes pertenecen a la comunidad , las

    condiciones de vida se tornan ms desavorables

    que las del resto de la poblacin penitenciaria, ya

    El Estado no slo

    debe abstenerse deobstaculizar el goce y

    ejercicio del derecho

    a acceder a la justiciasino que debe adoptar

    acciones positivas

    y remover losobstculos materiales

    que impiden su

    ejercicio efectivo.

    ANLISIS

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    que el Estado mexicano cuenta con ms de 250

    centros de reinsercin social de los denomina-

    dos mixtos, es decir, en los cuales las poblaciones

    tanto varoniles como emeniles comparten reas

    y servicios comunes. Esto coloca en situacin de

    desventaja a los sectores vulnerables, pues acceder

    a servicios bsicos de salud, alimentacin, traba-

    jo, vivienda, deporte, recreacin, visita ntima,

    entre otros, representa un riesgo para su integri-

    dad sica.

    Por ello, la actual administracin debe me-

    jorar las condiciones de vida de estos sectores

    vulnerables, implementar la separacin de reas

    y servicios entre hombres y mujeres y entre per-

    sonas procesadas y sentenciadas, as como ga-

    rantizar los servicios necesarios con perspectivade gnero, procurando que tales servicios se en-

    cuentren en cada una de las reas, y que la ac-

    cesibilidad a ellos impacte de manera positiva al

    universo de personas privadas de libertad.

    A pesar de los compromisos adquiridos en la

    materia a nivel internacional, la situacin actual

    dentro del sistema penitenciario nacional ha sido

    descrita como crticapor las propias autoridades

    responsables. Ante esto el gobierno ha reconocido

    que a pesar de los esuerzos realizados an tiene

    retos por delante, los cuales han sido sealados

    por diversos organismos internacionales. Por ello,el Estado debe realizar un anlisis del cmulo de

    recomendaciones que el Subcomit para Prevenir

    la ortura le hizo en 2008; las observaciones del

    Relator sobre los derechos de las personas priva-

    das de libertad en su visita de 2007 y las recomen-

    daciones que ha acumulado en el marco de los dos

    exmenes peridicos universales 2009 y 2013, as

    como las recomendaciones del Comit de Dere-

    chos Civiles y Polticos en 2010.

    A los anteriores retos se suma la sociedad

    civil, la cual mediante intervenciones y denun-

    cias a nivel nacional e internacional ha alzado

    la voz para que el Estado mexicano escuche la

    demanda de acceso a la justicia de aquellas per-

    sonas que conservan los derechos humanos que

    les garantizan una vida digna, libre de violencia

    y sin discriminacin, aun viviendo al interior

    de un centro penitenciario. No se debe olvidar

    que independientemente de las reormas que se

    realicen y del reconocimiento del gobierno de los

    retos por enrentar, un pas en donde no se ga-rantiza el acceso a la justicia permitir siempre

    prcticas inquisitorias dentro de un satrico Es-

    tado de derecho.

    Uno de los retos que enfrenta la

    administracin de Enrique Pea Nieto, y

    que afecta directamente las condiciones de

    vida de las personas privadas de libertad,

    es la sobrepoblacin en las crceles. Enel sexenio pasado se construyeron 14

    nuevos centros penitenciarios federales, sin

    embargo, el problema contina.

    NOTAS

    1 Mauro Capeletti y Bryant Gath, Acceso a la justicia, La

    Plata, Colegiado de Abogados/Departamento Judicial de

    La Plata, 1983, p. 22.2 , Derecho al acceso a la justicia, Mxico, ,

    2010, p. 3.

    3 Corte , Caso Goibur y otros vs. Paraguay (Fondo,

    Reparaciones y Costas), Sentencia del 22 de septiembre de

    2006, serie C, nm. 153, prr. 131.

    4 Es un mecanismo del Consejo de Derechos Humanos

    de las Naciones Unidas para analizar la situacin de los

    derechos humanos en todos los Estados miembros de la

    .5 Asilegal/Documenta/, Inorme sobre

    sistema penitenciario en Mxico 2013, Mxico,

    Asilegal/Documenta/, 2013, disponible en

    , pgina consultada el 26 de noviembre

    de 2013.

    Revista DfensoR eneRo 2014

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    La tortura y la desaparicin forzada son crmenes

    por los que el Estado mexicano ha sido condenado

    internacionalmente, y aunque son prcticas que

    podran remitirnos a la poca de la Guerra Sucia la

    evidencia es que siguen vigentes. La recomendacin

    de diversos pases refuerza la necesidad de contar

    con acciones de prevencin, investigacin y sancin

    de estos delitos, cuya implementacin debe ser

    prioritaria en el pas.

    Violaciones gravesen la mira del EPU 2013:

    tortura y desaparicinforzada

    Al igual que ocurri en el primer Examen Pe-

    ridico Universal () de Mxico en 2009, un

    nmero importante de las recomendaciones

    dirigidas al Estado mexicano en el 2013

    abordan graves violaciones a derechos civiles y polticos.

    Entre las problemticas ms preocupantes identificadas porlos Estados participantes se destacan: 1)el uso de la tortura

    para coaccionar o abricar pruebas en el sistema penal, y 2)

    la desaparicin orzada, por la que Mxico es condenado

    internacionalmente en la actualidad y cuya prctica nos re-

    mite a los crmenes impunes de la Guerra Sucia.

    En relacin con estos temas, los cuales ya han provoca-

    do sentencias y recomendaciones de diversos rganos in-

    ternacionales de derechos humanos, el 2013 reuerza

    la necesidad de contar con acciones concretas y eectivas

    de prevencin, investigacin y sancin, con nasis en algu-

    nas tareas especficas que se deben implementar de manera

    prioritaria en el pas.

    Tortura

    No es novedad que la tortura es una prctica sistemtica en

    Mxico, utilizada para obtener declaraciones coacciona-das de personas detenidas. Y la validacin de pruebas obte-

    nidas bajo tortura por parte de las autoridades judiciales ha

    operado por dcadas como incentivo de esta prctica.

    ampoco es novedoso que los rganos de la Organiza-

    cin de las Naciones Unidas () sealen la tortura como

    una de sus mayores preocupaciones. Al visitar Mxico en

    1997, el relator especial de las Naciones Unidas sobre la

    ortura, Nigel Rodley, recibi abundante inormacin

    sobre el uso sistemtico de la tortura, incluyendo aproxi-

    madamente 116 casos recibidos presuntamente ocurridos

    * Coordinadora del

    rea Internacional

    del Centro de

    Derechos Humanos

    Miguel Agustn

    Pro Jurez (Centro

    Prodh).

    Stephanie Erin Brewer*

    Fotografas: Miguel Dimayuga/Concurso Rostros de la Discriminacin 2013

    ANLISIS

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    entre enero de 1996 y septiembre de 1997.1En

    particular, destac que los casos ms habituales

    son los que ocurren en el marco de la investiga-

    cin de delitos2ya que a pesar de la prohibicin

    legal, hay jueces que siguen considerando la de-

    claracin obtenida bajo tortura como vlida.3

    Lo anterior, pese a que Mxico cuenta con un

    importante despliegue de garantas jurdicas quedeberan hacer muy inrecuentes tales casos.4

    En 2003, el Comit contra la ortura de la

    () concluy tras visitar Mxico:

    [L]a inormacin acumulada durante el curso de

    este procedimiento, no desvirtuada por las auto-

    ridades, y la descripcin de casos de tortura, []

    su uniormidad en cuanto a las circunstancias en

    que se produjeron, el objetivo de la tortura (casi

    siempre obtener inormacin o una conesin

    autoinculpatoria), la semejanza de los mtodos

    empleados y su distribucin territorial, ha pro-

    ducido a los miembros del Comit la conviccin

    que no se trata de situaciones excepcionales o de

    ocasionales excesos en que han incurrido algu-

    nos agentes policiales, sino, por el contrario, que

    el empleo de la tortura por parte de stos tiene

    carcter habitual y se recurre a ella de manera

    sistemtica como un recurso ms en las investi-

    gaciones criminales.5

    En 2008 Mxico ue visitado por el Subcomit

    para la Prevencin de la ortura, el cual emiti

    un detallado inorme sealando, entre otros as-

    pectos, que recibi abundantes, slidos y coin-

    cidentes elementos de juicio [para concluir que

    es] durante las primeras 48 horas de detencin

    del inculpado, cuando los detenidos corren un

    alto riesgo de surir tortura.6

    Igualmente cabe mencionar que en octubre

    de 2012, el destac que las disposiciones

    constitucionales que establecen la inadmisibili-dad de pruebas obtenidas bajo tortura no han

    bastado para poner fin a este flagelo, y lamen-

    t la persistencia de esas prcticas incluso en

    aquellas jurisdicciones en las que ya ha sido im-

    plantado el nuevo sistema de justicia penal.7

    Ahora en el 2013 la preocupacin interna-

    cional por el uso de la tortura en Mxico se hizo

    notar mediante mltiples recomendaciones.8

    Mientras algunos pases (Alemania,9 Hun-

    gra10

    y Azerbaiyn11

    ) recomendaron armonizar

    Mxico ha sido sealado

    internacionalmente por la ola de

    desapariciones cometidas en aos

    recientes. De acuerdo con hrwla

    administracin de Pea Nieto

    ha heredado una de las peores crisis

    en materia de desapariciones que se

    hayan producido en Amrica Latina

    a lo largo de la historia.

    Revista DfensoR eneRo 2014

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    15/6813

    el marco normativo mexicano para que coincida

    con los estndares internacionales en materia de

    tortura, en general las recomendaciones refle-

    jan que el problema principal no es una alta de

    normatividad, sino la eectiva aplicacin de sta.

    Portugal recomend en este sentido que la apli-

    cacin de la legislacin existente contra la tortura

    tenga prioridad absoluta.12 Particular atencin mereci la obligacin de

    aplicar el Protocolo de Estambul ante toda denun-

    cia de tortura. Alemania recomend garantizar la

    instrumentacin de dicho Protocolo en todas las

    entidades ederativas,13 mientras Suecia destac

    la necesidad de capacitar adecuadamente a las y

    los peritos ministeriales en la debida aplicacin de

    este instrumento.14En otra recomendacin, Sue-

    cia destac que la autoridad encargada de inves-

    tigar la denuncia no debe ser la misma que est

    acusada de los actos de tortura.15

    En eecto, la alta de investigacin eficaz y

    por ende, la impunidad ue un enoque central

    de las recomendaciones ormuladas sobre tortura.

    urqua hizo nasis en la necesidad de garantizar

    que las investigaciones se realicen con debida di-

    ligencia,16 mientras Azerbaiyn recomend esta-

    blecer un sistema dedicado a recibir e investigar

    denuncias de tortura, incluyendo que las personas

    sealadas sean suspendidas de sus cargos durante

    tal investigacin.17

    De especial importancia es la

    obligacin de investigar y sancionar la tortura que

    se identific en el 2013 como medida impres-

    cindible para prevenir esta prctica.18

    Desde esta perspectiva, la urgente necesidad

    de poner fin a la impunidad por la tortura no se

    puede subestimar: recordamos que en respuesta

    a solicitudes de inormacin hechas por el Cen-

    tro Prodh, la Procuradura General de la Rep-blica () identific nicamente dos condenas

    ederales por tortura entre enero de 1994 y enero

    de 2012,19un lapso de 18 aos. En sus inormes

    5 y 6 ante el , el Estado mexicano dio cuenta

    de slo cuatro sentencias condenatorias por tor-

    tura a nivel estatal entre 2005 y 2008.20Es decir,

    la tortura permanece casi universalmente en la

    impunidad.

    El otro paso primordial para prevenir la tor-

    tura tambin se encuentra entre las recomenda-

    ANLISIS

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    16/6814

    Mientras algunos pases recomendaron

    en el epude 2013 armonizar el marco

    normativo mexicano para que coincida

    con los estndares internacionales

    en materia de tortura, en general

    las recomendaciones reflejan que el

    problema principal no es una falta de

    normatividad, sino la efectiva aplicacin

    de sta.

    ciones del 2013: el prohibir eficazmente la

    admisin de pruebas obtenidas bajo tortura.21En

    esta materia, con la transicin al sistema penal

    acusatorio, el Estado tiene la oportunidad de es-

    tablecer prcticas que cumplan con las reormas

    constitucionales de 2008 y 2011 y los tratados

    internacionales de derechos humanos. Sin em-

    bargo, hemos visto que la mera implementacin

    del nuevo sistema no es una garanta contra la

    tortura y la coaccin de conesiones abricadas.22

    En este sentido, entre otros aspectos, es unda-

    mental que en caso de aprobarse un cdigo nico

    de procedimientos penales, ste garantice eficaz-

    mente la ilicitud de las pruebas coaccionadas uobtenidas violando derechos humanos.

    Por otra parte, los Estados participantes en el

    2013 destacaron la relacin entre la tortura

    y el arraigo, as como la alta de eectivo control

    sobre los cuerpos policiacos.23

    Desaparicin forzada

    Otra grave violacin a los derechos humanos

    que provoc diversas recomendaciones en el

    2013 ue la desaparicin orzada. Mxico ha

    sido sealado internacionalmente por la ola dedesapariciones cometidas en aos recientes, por

    ejemplo por Human Rights Watch () en su

    inorme Los desaparecidos de Mxico: El persis-

    tente costo de una crisis ignorada, documentan

    casi 250 desapariciones, incluyendo por lo menos

    149 casos en los que existen pruebas contunden-

    tes de la responsabilidad directa de agentes esta-

    tales.24Al respecto, el director para las Amricas

    de , Jos Miguel Vivanco, consider que la

    administracin de Pea Nieto ha heredado una

    de las peores crisis en materia de desapariciones

    que se hayan producido en Amrica Latina a lo

    largo de la historia.25

    De acuerdo con los Estados participantes en

    el Examen Peridico de 2013, Mxico debe prio-

    rizar la creacin de un registro oficial de perso-

    nas desaparecidas (recomendado por Francia),26

    as como un protocolo nacional para la bsque-da de personas reportadas como desaparecidas

    y la investigacin de estos crmenes (Irn)27. En

    varias recomendaciones se destac que Mxico

    debe aprovechar los instrumentos y rganos de

    la especializados en desaparicin orzada:

    se recomend que el Estado mexicano reconozca

    plenamente la competencia y acultades del Co-

    mit contra la Desaparicin Forzada (Francia,

    Espaa y Uruguay),28que implemente las princi-

    pales recomendaciones del inorme de diciembre

    de 2011 del Grupo de rabajo sobre Desaparicio-

    nes Forzadas o Involuntarias (Irlanda)29y armo-

    nice el marco normativo interno con los estnda-

    res internacionales (Francia30y Chile31).

    Previsiblemente otro enoque de las recomen-

    daciones era la impunidad. Irn,32Suiza33y Azer-

    baiyn34destacaron la obligacin de investigar y

    sancionar las desapariciones y de otorgar una

    reparacin completa a las vctimas: Suiza preci-

    s que el Estado debe realizar una investigacin

    sistemtica de todos los casos, mientras Azer-baiyn consider necesario ortalecer el sistema

    de justicia para mejor investigar estos crmenes.

    Otros Estados que ormularon recomendaciones

    para combatir la desaparicin orzada incluyeron

    Uzbekistn35y Argentina.36

    Finalmente, destaca la recomendacin de No-

    ruega en el sentido de crear una base de datos de

    personas migrantes desaparecidas y que todas las

    autoridades del Estado mexicano cooperen para

    prevenir y sancionar abusos en contra de este

    grupo sumamente vulnerable en su trnsito porterritorio mexicano.37

    Conclusin

    Si bien los Estados participantes en el 2013

    no dejaron de recomendar que Mxico armonice

    su marco normativo con los estndares interna-

    cionales, tambin enviaron un mensaje muy cla-

    ro: no basta un marco normativo adecuado en

    papel para erradicar la tortura y la desaparicin

    orzada.

    Revista DfensoR eneRo 2014

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    17/6815

    El reto para la administracin actual es trans-

    ormar no slo la superficie, sino el ondo del

    sistema de procuracin y administracin de justi-

    cia, poniendo fin al uso impune de la tortura como

    herramienta para abricar pruebas, estableciendo

    mecanismos eectivos para la bsqueda de per-

    sonas desaparecidas, y ante todo caso de tortura

    o desaparicin, investigando y sancionando a las

    autoridades responsables, al mismo tiempo que se

    garantice una reparacin integral a las vctimas.

    NOTAS

    1 Comit de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

    Inorme del Relator Especial, Sr. Nigel S. Rodley, presentado

    con arreglo a la Resolucin 1997/38 de la Comisin de

    Derechos Humanos. Adicin. Visita del Relator Especial

    a Mxico, E/CN.4/1998/38/Add.2, 14 de enero de 1998,

    prr. 7.

    2 Ibidem, prr. 8.

    3 Ibidem, prr. 39.

    4 Ibidem, prr. 80. Como ejemplo, encontr que [m]uchos

    mdicos a los que se pide que reconozcan a los detenidos

    parecen estar dispuestos a hacerlo de manera superficial

    o a expedir inormes equvocos. Esto se explica en partepor la alta de independencia de los mdicos, la mayora

    de los cuales estn empleados por la Procuradura.

    Ibidem, prr. 83.

    5 Comit contra la ortura, Inorme sobre Mxico.

    Preparado por el Comit, en el marco del artculo 20 de

    la Convencin, y respuesta del Gobierno de Mxico,

    CA/C/75, 25 de mayo de 2003, prr. 218.

    6 Subcomit contra la ortura, Inorme sobre la visita a

    Mxico del Subcomit para la Prevencin de la Tortura y

    Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes,

    CA/OP/MEX/1, 31 de mayo de 2010, prr. 144.

    7 Comit contra la ortura, Observaciones Finales: Mxico,

    CA/C/MEX/CO/5-6, 11 de diciembre de 2012, prr. 15.

    8 odas las recomendaciones se pueden consultar en:

    Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

    Inorme preliminar del Grupo de Trabajo sobre el Examen

    Peridico Universal: Mxico, A/HRC/WG.6/17/L.5, 25 de

    octubre de 2013, disponible en , pgina

    consultada el 26 de noviembre de 2013.

    9 Ibidem, . Conclusiones y/o recomendaciones, prr.

    148.19.

    10 Ibidem, prr. 148.20.

    11 Ibidem, prr. 148.53.

    12 Ibidem, prr. 148.51.13 Ibidem, prr. 148.19.

    14 Ibidem, prr. 148.49.

    15 Ibidem, prr. 148.50.

    16 Ibidem, prr. 148.52.

    17 Ibidem, prr. 148.53.

    18 Ibidem, prr. 148.19.

    19 Solicitudes de inormacin pblica realizadas por el

    Centro de Derechos Humanos Miguel Agustn Pro

    Jurez, respondidas por la mediante oficios SJAI/

    DGAJ/05383/2010, 8 de septiembre de 2010, olio

    0001700097810, p. 2; y SJAI/DGAJ/3139/2012, 28 demarzo de 2012, olio 0001700024312, pp. 1 y 2. La

    Ley Federal para Prevenir y Sancionar la ortura se

    encontraba vigente durante la totalidad del periodo

    comprendido en estas respuestas.

    20 Comit contra la ortura, Examen de los inormes

    presentados por los Estados Partes con arreglo al artculo

    19 de la Convencin, Inormes peridicos quinto y sexto

    combinados que los Estados partes deban presentar en

    2010, presentados en respuesta a la lista de cuestiones

    (CAT/C/MEX/Q/5-6) transmitida al Estado Parte con

    arreglo al procedimiento acultativo de presentacin de

    inormes (A/62/44, prraos 23 y 24). Mxico, 5 de abril de2011, p. 50.

    21 Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

    Inorme preliminar, doc. cit., . Conclusiones y/o

    recomendaciones, prr. 148.20.

    22 Recordamos que el caso paradigmtico de Israel Arzate

    Melndez tiene lugar en Chihuahua, primer estado

    en poner en marcha el sistema acusatorio. Para ms

    inormacin, vase , pgina

    consultada el 26 de noviembre de 2013.

    23 Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

    Inorme preliminar, doc. cit., . Conclusiones y/o

    recomendaciones, prr. 148.64.

    24 Vase , Mxico: crisis de desapariciones orzadas,

    Mxico, 20 de ebrero de 2013, disponible en , pgina consultada el 26 de

    noviembre de 2013.

    25 Idem.

    26 Consejo de Derechos Humanos, Inorme preliminar,

    doc. cit., . Conclusiones y/o recomendaciones, prr.

    148.5.

    27 Ibidem, prr. 148.54.

    28 Ibidem, prr. 148.5.29 Ibidem, prr. 148.56.

    30 Ibidem, prr. 148.5.

    31 Ibidem, prr. 148.15.

    32 Ibidem, prr. 148.54.

    33 Ibidem, prr. 148.57.

    34 Ibidem, prr. 148.95.

    35 Ibidem, prr. 148.55.

    36 Ibidem, prr. 148.59.

    37 Ibidem, prr. 148.58.

    ANLISIS

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    18/68

    Fotografa: Enrique Rashide Serrano/Concurso Rostros de la Discriminacin 2012.

    16

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    19/68

    Desigualdad, pobreza y constantes violaciones

    a los derechos humanos provocadas por la

    implementacin de megaproyectos y la consecuente

    privatizacin de los recursos naturales provocan

    serios conflictos en comunidades urbanas y

    rurales del pas. Como consecuencia de polticas

    gubernamentales que no alcanzan a revertir el rezago

    econmico y social, hombres y mujeres mantienen la

    lucha por materializar su derecho a una vida digna en

    este pas.

    El EPU:DESCA y pobreza

    Salom Almaraz Reyes

    Y Aarn Hernndez Hernndez*

    En 2006 la Asamblea General de las Naciones Uni-

    das estableci en el prrao 5.e de su Resolucin

    60/251, sobre la creacin de su Consejo de De-

    rechos Humanos,1 la obligatoriedad de ste de

    realizar un examen peridico universal. El 18 de junio de

    2007, el Consejo estableci en su Resolucin 5/1, los crite-

    rios parala presentacin, cada cuatro aos, de este inorme

    sobre la situacin de los derechos humanos que guardan los

    193 Estados Parte.2El Examen Peridico Universal () es un mecanismo

    en donde los propios Estados miembros de las Naciones

    Unidas examinan los avances o retrocesos de cada uno de

    sus pares. Mxico ue evaluado por primera vez el 10

    de ebrero de 2009 cuando present su inorme oficial. Al

    final, el Estado mexicano recibi 91 recomendaciones, de

    las cuales 83 ueron aceptadas, tres rechazadas y el resto

    comentadas sin una posicin clara.3No obstante, en este

    proceso tambin existi una importante participacin de

    las organizaciones de la sociedad civil ().

    Con inormes alternativos al inorme del Estado, las

    asociaciones civiles dieron a conocer los principales pro-

    blemas, violaciones y retos que se presentan en la situacin

    de los derechos humanos en Mxico, con el objetivo de

    advertir sobre una realidad que en muchas ocasiones dista

    de la visin de avance y cumplimiento que da el discurso

    oficial. La intencin de dichos inormes alternativos es ex-

    presar las preocupaciones y violaciones de las cuales tienen

    conocimiento las osc. En materia de derechos econmicos,sociales, culturales y ambientales (), en aquel ao su

    principal preocupacin ueron los altos ndices de pobreza

    y las constantes violaciones a los derechos humanos provo-

    cadas por la implementacin de megaproyectos. Gracias a

    sus inormes se generaron diversas recomendaciones para

    el combate a estas dos grandes problemticas.

    Entre las observaciones de los dems miembros del

    Consejo de Derechos Humanos al inorme de Mxico de

    2009 destac la pobreza como una preocupacin reiterada,

    y se inst a nuestro pas a que redujera la desigualdad en

    * Coordinadora

    e integrante,

    respectivamente, del

    rea de Investigacin

    del Centro de

    Derechos HumanosFray Francisco de

    Vitoria O. P., A. C.

    ANLISIS

    17

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    20/6818

    todo su territorio, entre zonas geogrficas y re-

    giones, y a que redistribuyera la riqueza. Por tal

    motivo, las recomendaciones 68 a 74 estuvieron

    dirigidas a resarcir la inequidad en el ingreso, la

    educacin, la alimentacin y la vivienda.4

    Adems, el Consejo de Derechos Humanos

    alert sobre la situacin de los pueblos indgenas.

    As, se emitieron recomendaciones para garantizarsu derecho a ser consultados sobre los proyectos

    que se desarrollen en sus comunidades, atender

    el rezago econmico y social en que se encuen-

    tren, y garantizarles su acceso a la justicia.

    En la evaluacin de 2009, las manies-

    taron su preocupacin, pues en la ltima sesin

    sobre las recomendaciones el Estado mexicano

    no abord el tema de los , principalmente

    el relacionado con el medio ambiente. En aque-

    lla ocasin las resaltaron la importancia de

    garantizar los para lograr la eectiva pro-

    teccin universal a los derechos humanos en

    Mxico; en especial debido a que las condiciones

    ambientales aectan directamente la vida de las

    personas, adems de que en diversas regiones de

    Guerrero y Oaxaca aquellas comunidades que

    trabajan por la proteccin del ambiente y se han

    enrentado a alguno de los llamados megapro-

    yectos han sido vctimas de criminalizacin.5

    Por ello, la Recomendacin nm. 77 ue con-

    tundente al sealar que el Estado mexicano debeadoptar las medidas necesarias para garantizar

    el derecho de los pueblos indgenas u otras co-

    munidades marginadas aectadas por el desarro-

    llo econmico de planificacin o proyectos y ser

    consultados de manera adecuada y justa.6

    Desaortunadamente, la situacin en aquel

    momento no dista mucho de lo que sucede ac-

    tualmente con la implementacin de proyectos

    en materias de agricultura, minera e inraestruc-

    tura, entre otros. Los conflictos derivados de la

    puesta en marcha de megaproyectos y la conse-cuente privatizacin de los recursos naturales se

    originan por la alta de la consulta e inormacin

    a las comunidades urbanas y rurales, las cuales

    son aectadas por tales desarrollos.

    El 2013 en materia de pobreza y

    Para el inorme de 2013 el Estado mexicano pre-

    sent sus avances en materia de derechos huma-

    nos. En el apartado , que incluye el tema de

    pobreza, toc los siguientes puntos:

    Reconoci un aumento en el porcentaje de la

    poblacin que vive en condiciones de pobre-

    za, de 44.5% a 46.2% (de 48 a 52 millones de

    personas).

    Resalt que con el Programa Oportunidades

    el actual gobierno contribuy a la ruptura del

    ciclo de la pobreza, ya que ha avorido aspec-

    tos relacionados con los derechos a la alimen-tacin, la salud y la educacin de la poblacin

    beneficiaria.

    El Seguro Popular incorpor a ms de 52 millo-

    nes de mexicanos sin derechohabiencia.

    Se otorgaron 8.8 millones de nanciamientos,

    de los cuales 39.3% ue para la compra de

    viviendas nuevas (considerado un mximo his-

    trico).

    En 2013 se lanz la Cruzada Nacional Contra

    el Hambre, que busca garantizar la seguridad

    alimentaria y nutricin de 7.4 millones de per-

    sonas que viven en pobreza extrema.

    Se consideraron como avance las reformas a los

    artculos 4 y 27 constitucionales para avorecer

    el reconocimiento del derecho a la alimentacin.

    Se mencionaron como grandes logros las refor-

    mas a la Constitucin en materia de educacin

    y a la Ley Federal del rabajo.

    Se destac la entrada en vigor de la Ley de Res-

    ponsabilidad Ambiental.7

    Sin embargo, una vez ms las asociaciones civiles

    hicieron un ejercicio de balance sobre la situa-

    cin de los y, en contraste con lo expuesto

    por el Estado mexicano, cuestionaron algunas de

    sus declaraciones en su respuesta al inorme ofi-

    cial, por ejemplo:

    De qu forma los programas para erradicar

    la pobreza abordan las causas estructurales que la

    generan?

    Cmo se est haciendo frente a los problemas

    derivados de la implementacin del Seguro Po-

    pular?

    Qu medidas se han aplicado para garantizar

    de manera eectiva el ejercicio del derecho a la

    vivienda digna a los grupos en situacin de dis-

    criminacin y marginacin?

    De qu forma se articular la Cruzada Nacio-

    nal contra el Hambre con las y los productores

    nacionales para impulsar la agricultura campe-

    sina e indgena en el pas?

    Revista DfensoR eneRo 2014

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    21/6819

    Desde el epude 2009 Mxico fue

    recomendado para adoptar medidas que

    garanticen el derecho de los pueblos

    indgenas y comunidades afectadaspor el desarrollo de proyectos sin una

    consulta adecuada.

    Qu leyes secundarias han sido aprobadas

    para la instrumentacin del derecho al medio

    ambiente sano?

    odas y cada una de las preguntas8buscan identi-

    ficar aquellas inconsistencias en las declaracionesrealizadas por el Estado mexicano, ya que su pre-

    sentacin deja de lado muchos temas de inters.

    Por ejemplo, no menciona las dificultades que ha

    tenido la implementacin del Seguro Popular;

    no hablar de los transgnicos y cmo aectan a la

    soberana alimentaria y al derecho a la salud; ni

    refiere las violaciones a derechos humanos ema-

    nadas de la implementacin de las reormas edu-

    cativa y laboral, ya que stas no son consistentes

    pero s regresivas con relacin a los tratados in-

    ternacionales sobre el contenido de los derechosy de los cuales Mxico es parte.

    Cabe sealar que dentro de la inormacin

    proporcionada por el Estado mexicano no se

    contempl hablar de la situacin particular de

    la poblacin juvenil en lo reerente al cumpli-

    miento de los derechos a la salud, educacin

    y trabajo: la tasa de desempleo en 2012 se si-

    tu en 5.12%. Las personas jvenes son las ms

    aectadas.9 Si la mayora de la poblacin que

    se encuentra desempleada o en el mercado de

    trabajo inormal es la juvenil, entonces tampoco

    tiene garantizado su derecho a la salud por no

    ser derechohabiente de algn sistema de seguri-

    dad social.

    Por otra parte, el Estado no garantiza dere-

    chos a la alimentacin, educacin, salud y vivienda

    a 57.7 millones de personas sin ingresos sui-cientes para satisacerlos por s mismos.10Al no

    cumplirse un derecho, los dems se vern aecta-

    dos, a partir de los principios de interdependencia

    e indivisibilidad de los derechos humanos. Por

    ejemplo, al no garantizarse la educacin, tam-

    poco se podrn garantizar las oportunidades de

    trabajo digno ni, en consecuencia, los derechos

    laborales y la seguridad social, perpetuando as

    el ciclo de la pobreza al cual hace reerencia el

    Estado mexicano en su inorme.

    Fotografa: Sal Lpez/Concurso Rostros de la Discriminacin 2 013.

    ANLISIS

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    22/6820

    En materia ambiental, si bien se mencionan las

    acciones colectivas y dems medidas como he-

    rramientas jurdicas para proteger al derecho al

    medio ambiente sano, una vez ms no se hace

    reerencia a la implementacin de megaproyec-

    tos, que en muchos casos son el origen de toda

    una gama de violaciones a derechos humanos

    al no respetarse el derecho a la consulta previae inormada. stos se llevan a cabo tanto en co-

    munidades rurales como urbanas, pero aectan

    principalmente a pueblos indgenas.

    Recomendaciones de la a Mxico en 2013En octubre de 2013 se realizaron en Ginebra,

    Suiza, las sesiones del segundo Examen Peridico

    Universal, en las que participaron diversos acto-

    res como embajadores de distintas naciones y

    las delegaciones representantes de los diversos

    pases. En el caso mexicano, el grupo estuvo con-

    ormado por uncionarios del Poder Ejecutivo y

    de algunos gobiernos estatales y locales, miem-

    bros de las comisiones de derechos humanos de

    ambas Cmaras y el presidente de la Comisin

    Nacional de los Derechos Humanos. De esta revisin se derivaron 176 recomen-

    daciones realizadas por los distintos representantes

    de los pases.11En materia de se distribu-

    yeron de la siguiente orma:

    Combate a la pobreza: nueve recomendaciones,

    varias de ellas con nasis en la implementacin

    del Plan Nacional de Desarrollo y la atencin a

    sectores marginados y discriminados.

    Derecho a la salud: seis recomendaciones que

    versaron en relacin con aumentar el gasto

    pblico y garantizar el derecho a la salud y los

    derechos sexuales y reproductivos a las mujeres

    y jvenes.

    Derecho a la vivienda: una recomendacin que

    sugiere especial atencin en disear esquemas

    de financiamiento para la poblacin econmi-

    camente activa en el mercado inormal. Derecho a la alimentacin: tres recomendacio-

    nes piden garantizar que las polticas agrco-

    las sean eficaces para combatir la pobreza y el

    hambre en el campo, y adoptar una ley marco

    para la plena implementacin del derecho a la

    alimentacin.

    Derechos laborales: cuatro recomendaciones

    para reducir al mnimo las desigualdades de

    ingreso entre los distintos sectores sociales,

    crear oportunidades de empleo para las y los

    jvenes y ratificar el Convenio nm. 189 de la

    Organizacin Internacional del rabajo relati-

    vo al trabajo domstico, adems de garantizar

    la igualdad de oportunidades entre hombres y

    mujeres.

    Derecho al medio ambiente sano: cuatro reco-

    mendaciones que en su mayora subrayaron

    el derecho a la consulta de las comunidades

    indgenas en lo reerente a la implementacin

    de proyectos de desarrollo que pueden llegar a

    aectarles. Derecho a la educacin: 10 recomendaciones en

    las que se pide que se garantice este derecho a

    la poblacin de los sectores ms discriminados

    y marginados.

    Conclusin

    Al igual que hace cuatro aos, en la actualidad no

    hay un combate estructural a la pobreza. El Pro-

    grama Oportunidades sigue siendo de corte asis-

    tencialista, por lo que resulta insuficiente para

    ayudar a garantizar los derechos undamentalesde la poblacin altamente marginada.

    Otro punto que parece reiterativo es la auto-

    rizacin de megaproyectos de manera autoritaria,

    sin que se tomen en cuenta las consecuencias y

    violaciones a los derechos humanos de las pobla-

    ciones y comunidades aectadas. De ah la nece-

    sidad de mecanismos eficaces de transparencia

    y rendicin de cuentas rente a la sociedad que

    permitan consolidar la construccin de un Estado

    democrtico de derecho, pero tambin el esta-

    La Recomendacin nm. 77 fue

    contundente al sealar que el Estado

    mexicano debe adoptar las medidas

    necesarias para garantizar el derecho

    de los pueblos indgenas u otras

    comunidades marginadas afectadas por

    el desarrollo econmico de planificacin

    o proyectos y ser consultados de manera

    adecuada y justa.

    Revista DfensoR eneRo 2014

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    23/6821

    blecimiento de mecanismos que permitan la

    participacin ciudadana en la planeacin, imple-

    mentacin y evaluacin de polticas sociales con

    perspectiva de derechos humanos que tomen en

    cuenta una visin integral e incluyente.

    En la actualidad no hay

    un combate estructural a

    la pobreza. El Programa

    Oportunidades sigue siendo

    de corte asistencialista, por

    lo que resulta insuficiente

    para ayudar a garantizar los

    derechos fundamentales

    de la poblacin altamente

    marginada.

    NOTAS

    1 Consejo de Derechos Humanos, Resolucin 60/251

    aprobada por la Asamblea General de las Naciones

    Unidas, 15 de marzo de 2006, disponible en , pgina consultada el 23 de noviembre de

    2013.

    2 Construccin institucional del Consejo de Derechos

    Humanos, Resolucin 5/1 aprobada por el Consejo de

    Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 18 de junio

    de 2007, disponible en , pgina

    consultada el 28 de noviembre de 2013.

    3 -ino.org, Respuestas a recomendaciones. Mxico,

    7 pp., disponible en , pgina

    consultada el 23 de noviembre de 2013.

    4 Examen Peridico Universal. Inorme del Grupo de Trabajo

    sobre el Examen Peridico Universal. Mxico. Adicin.

    Opiniones sobre las conclusiones y/o recomendaciones,

    compromisos voluntarios y respuestas presentadaspor el Estado examinado, disponible en , pgina consultada el 23 de noviembre de

    2013.

    5 Academia Mexicana de Derechos Humanos et al., Mxico

    descarta recomendaciones importantes de derechos

    humanos de la , 12 de junio de 2009, disponible

    en , pgina consultada el 24 de

    noviembre de 2013.

    6 -ino.org, doc. cit., p. 6.

    7 Inorme nacional presentado con arreglo al prrao 5 del

    anexo de la Resolucin 16/21 del Consejo de Derechos

    Humanos. Mxico, 2013, pp. 5-12, disponible en , pgina consultada el 28 de noviembre de

    2013.

    8 Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos

    Humanos odos los Derechos para odas y odos

    (coord.), Respuesta de las al Inorme del Estado,

    Mxico, 2013, 44 pp.

    9 Accin Urgente para Deensores de los Derechos Humanos

    et al., Inorme conjunto presentado por organizaciones de la

    sociedad civil mexicana para la segunda ronda del Examen

    Peridico Universal de Mxico, 4 de marzo de 2013, p. 6,

    disponible en , pgina consultada

    el 28 de noviembre de 2013.10 Idem.

    11 Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

    Draf report o the Working Group on the Universal Periodic

    Review. Mexico, A/HRC/WG.6/17/L.5, 25 de octubre de

    2013, 28 pp., disponible en , pgina

    consultada el 28 de noviembre de 2013.

    Fotografa: Enrique Rashide Serrano/Concurso Rostros de la Discrminacin 2012.

    ANLISIS

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    24/6822

    27.422.6

    DESCA y pobreza*

    POBREZA 1

    2010 - 2012. Comparativo de poblacin con carencias sociales por rubros.

    .

    20

    30

    40

    50

    60

    70

    Millones

    Rezagoeducativo

    Acceso a losservicios de

    salud

    Acceso a laseguridad social

    Acceso a losservicios bsicos

    en la vivienda

    Acceso a laalimentacin

    Calidady espacios

    en la vivienda

    17.4

    23.7 26.3 28.4

    33.5

    69.6

    15.9

    24.9 25.3

    71.8

    de personas sin ingresossuficientes a las queel Estado no garantizalos derechos a laalimentacin, educacin,salud y vivienda.

    de personas padecenpobreza alimentaria.21.2

    millones

    2010 - 2012.Comparativo de la pobreza por poblacin en situacin de

    Indicadores de falta de acceso y garanta de los derechos econmicos

    sociales, culturales y ambientales (desca) 5

    52.8 millones 39.8 millones 13.0 millones

    53.3 millones 41.8 millones 11.5 millones

    57.7

    millones

    Pobreza2 Pobreza moderada3 Pobreza extrema4

    9.22% de las viviendas no cuentan con agua en el pas.

    5.12% tasa de desempleo en 2012.

    95% de los cuerpos hdricos en Mxico estncontaminados, una tercera parte debido

    a la actividad industrial.

    90% poblacin indgena jornalera agrcolaquelabora sin contratos.

    14 000

    muertes

    3 431

    muertes

    maternas asociadasal embarazo, parto yposparto.

    anuales causadas por lamala calidad del aire.

    Revista DfensoR eneRo 2014

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    25/6823

    Estados donde se concentra

    la pobreza extrema al rebasar

    los niveles de la media

    nacional

    Entidad Porcentaje

    Campeche 10.4

    Chiapas 32.2

    Guerrero 31.7

    Hidalgo 10.0

    Michoacn 14.4

    Nayarit 11.9

    Oaxaca 23.3

    Puebla 17.6

    San Luis Potos 12.8

    Tabasco 14.3Veracruz 14.3

    Niveles de pobreza por estados

    Entidad Porcentaje

    9.8 (media nacional)

    Aguascalientes 3.4

    Baja California 2.7Baja California Sur 3.7

    Coahuila 3.2

    Colima 4.0

    Chihuahua 3.8

    Distrito Federal 2.

    Durango 7.5

    Guanajuato 6.9

    Jalisco 5.8

    Mxico 5.8

    Morelos 6.3Nuevo Len 2.4

    Quertaro 5.2

    Quintana Roo 8.4

    Sinaloa 4.5

    Sonora 5.0

    Tamaulipas 4.7

    Tlaxcala 9.1

    Yucatn 9.8

    Zacatecas 7.5

    Contexto: La pobreza es uno de los

    retos ms importantes en el desarrollo

    del pas, pues limita las oportunidades

    a las personas, amilias y comunidades

    para alcanzar un crecimiento integral

    y dificulta el progreso general de la so-

    ciedad. Frente a las violaciones de los, las deficiencias estructurales y

    legislativas al interior del Estado mexi-

    cano complican el acceso a la justicia

    y a la reparacin del dao en esta ma-

    teria. Persisten as las violaciones a los

    derechos humanos por la implemen-

    tacin de megaproyectos que generan

    desplazamientos orzosos, pobreza

    agravada, dao al medio ambiente y el

    no ejercicio de los derechos culturales.

    Adems, la situacin laboral de la po-

    blacin y la carencia de prestaciones

    limitan el acceso, goce y disrute de

    otros derechos.

    1 Reportes del .

    2 Poblacin vulnerable slo por alguna de las

    carencias sociales.

    3 Poblacin que presenta por lo menos una

    carencia social y que perciben un ingreso

    inerior a la lnea de bienestar.4 Poblacin que presenta al menos tres caren-

    cias sociales y su ingreso es menor a la lnea

    de bienestar mnimo.

    5 Casos reportados por la Red //

    en Mxico.

    * Fuentes:

    Inorme conjunto presentado por organizaciones

    de la sociedad civil mexicana para la segun-

    da ronda del Examen Peridico Universal de

    Mxico, julio de 2013, Mxico, Red , 2013,disponible en ; e ,

    Estadsticas a propsito del da internacional

    para la erradicacin de la pobreza , Aguasca-

    lientes, octubre de 2013, disponible en .

    Investigacin:Valeria Garca/.

    2012.Niveles de pobreza por estados1

    ANLISIS

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    26/6824

    Dar cuenta de un balance de 2013 sobre las de-

    ensoras y deensores de derechos humanosnecesariamente implica ubicar un contexto

    adverso para el goce y deensa de los derechos

    humanos, con altos ndices de violencia, inseguridad e im-

    punidad, en medio del cual las personas deensoras han

    acompaado a las vctimas, documentado graves violacio-

    nes a derechos humanos, impulsado acciones para conseguir

    justicia y reparacin de daos, denunciado pblicamente la

    violencia institucional en su contra y hasta se han deendi-

    do y protegido a s mismas de quienes las agreden y obsta-

    culizan su labor.

    Dicha tarea de deensa de los derechos humanos aecta

    intereses de diversa ndole que son sostenidos por actorestanto pblicos como privados, los cuales a travs de amena-

    zas, actos de intimidacin, robo, uso arbitrario del sistema

    penal, e incluso, agresiones sicas, privacin de la libertad,

    tortura y hasta homicidio o ejecucin extrajudicial, han

    pretendido acallar las voces de las vctimas y de quienes las

    apoyan y acompaan. Esta situacin no es reciente y, por el

    contrario, ciertos indicadores sealan el incremento de las

    agresiones que suren las personas deensoras, as como

    los obstculos y limitaciones con los que se encuentran

    para ejercer el derecho a deender derechos humanos.

    En un escenario donde las agresiones contra las personas

    defensoras de los derechos humanos en Mxico no cesan,

    hoy la denuncia enciende la alerta al reportarse un aumento

    de casi 1 000% de los casos ocurridos en los recientes

    cuatro aos. En respuesta se han conjuntado esfuerzosgubernamentales y de la sociedad civil que avanzan, no

    sin tropiezos, con el nico objetivo de avivar las voces de

    las vctimas y de quienes las apoyan y acompaan en su

    bsqueda de justicia.

    Proteccin a las ylos defensores de

    derechos humanos: unaasignatura pendiente

    para 2014Claudia Ordez Vquez*

    * Encargada de

    la Relatora para

    la Atencin a

    Deensoras y

    Deensores de

    Derechos Humanos

    de la Comisin de

    Derechos Humanosdel Distrito Federal

    ().

    Revista DfensoR eneRo 2014

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    27/68

    Agresiones al derecho a defender derechos

    humanos 2010-2013

    La Comisin de Derechos Humanos del Distrito

    Federal (), a travs de la Relatora para la

    Atencin a Deensoras y Deensores de Derechos

    Humanos, registr 47 presuntas agresiones con-

    tra personas deensoras a nivel nacional durante

    2010; 63 en 2011,1485 para 2012; y de enero aoctubre de 2013, 365 agresiones, en donde las

    detenciones arbitrarias encabezan dicha lista,

    seguidas por actos de hostigamiento, agresin

    sica, amenazas, desapariciones, homicidios,

    allanamiento y uso arbitrario del sistema penal

    (judicializacin del derecho a deender), entre

    otros.2

    En el presente ao se han contabilizado 249

    agresiones contra hombres, 49 contra mujeres

    y 70 en contra de comunidades, organizaciones y

    otras. Asimismo, es importante destacar que la

    sistematizacin de los datos arroja como respon-

    sables a las autoridades de los tres niveles de go-

    bierno en 70% de los registros.

    Por su parte, los estados con mayor nme-

    ro de agresiones contra el derecho a deender

    derechos humanos son: Distrito Federal, Guerre-

    ro, Oaxaca, Chiapas, Estado de Mxico y Chi-

    huahua. Asimismo, entre los temas por los cuales

    han sido obstaculizados en su labor destacan los

    de la deensa de la tierra y el territorio, medioambiente, justicia y reparacin del dao, educa-

    cin y migrantes, etctera.

    Las mujeres deensoras tambin enrentan la

    violencia producto de la criminalizacin de

    la protesta social, de las prcticas represivas y

    de la violencia. Adems, les aecta la discrimina-

    cin de gnero y la creciente violencia contra las

    mujeres, las cuales limitan seriamente sus con-

    diciones para ejercer el derecho a deender los

    derechos humanos. Muchas mujeres que luchanactivamente en esta materia no son reconoci-

    das por la sociedad ni se reconocen a s mismas

    como deensoras.3

    La Relatora de Deensores de la Organiza-

    cin de las Naciones Unidas ha aceptado que las

    mujeres deensoras estn ms expuestas a surir

    violencia, particularmente cuando desaan nor-

    mas y estereotipos patriarcales, y ha denunciado

    que en las Amricas las deensoras corren mayor

    riesgo de surir amenazas.

    Acciones para la proteccin

    de las personas defensoras

    Preocupados por la situacin que enrentan las

    personas deensoras en el mundo y reconocien-

    do el papel decisivo que desempean, la Organi-

    zacin de las Naciones Unidas () consider

    necesario realizar esuerzos especiales para su

    proteccin.

    Por ello, la primera medida adoptada ue de-

    finir que la deensa de los derechos humanos esun derecho y reconoci a las personas que traba-

    jan en avor de ellos como deensores de derechos

    Fotografa: Aldo Amador/uacm.

    ANLISIS

    25

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    28/6826

    humanos. El 9 de diciembre de 1998, en virtud se

    su Resolucin 53/144, la Asamblea General de la

    aprob la Declaracin sobre el derecho y el

    deber de los individuos, los grupos y las institucio-

    nes de promover y proteger los derechos humanos

    y las libertades undamentales universalmente re-

    conocidos (conocida como la Declaracin de los

    deensores de derechos humanos).

    La segunda medida de la consisti en so-

    licitar en abril de 2000 al secretario general que

    nombrara a una o un representante especial so-bre la cuestin de las personas deensoras, que se

    encargara de apoyar y vigilar la aplicacin de la

    Declaracin.

    La Declaracin de las y los deensores de dere-

    chos humanos otorga garantas y proteccin a las

    personas deensoras de los derechos humanos en

    el contexto de su labor.4 As, de orma reiterada

    seala que el carcter de las acciones, como por

    ejemplo las maniestaciones, debe de ser pacfico.

    Los artculos 1, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12 y 13

    de la Declaracin contienen disposiciones espe-cficas para la proteccin de los deensores de los

    derechos humanos, en particular sus derechos a:

    Procurar la proteccin y realizacin de los

    derechos humanos en los planos nacional e

    internacional;

    Realizar una labor en favor de los derechos

    humanos individualmente o en asociacin

    con otros; ormar asociaciones y organismos

    no gubernamentales;

    Reunirse o manifestarse paccamente;

    Recabar, obtener, recibir y poseer informa-

    cin sobre los derechos humanos;

    Denunciar las polticas y acciones ociales en

    relacin con los derechos humanos y a que se

    examinen esas denuncias;

    Ofrecer y prestar asistencia letrada profesio-

    nal u otro asesoramiento o asistencia perti-

    nentes para deender los derechos humanos;

    Disponer de recursos ecaces;

    Ejercer legtimamente la ocupacin o profe-sin de deensor de los derechos humanos;

    Obtener proteccin ecaz de las leyes nacio-

    nales al reaccionar u oponerse, por medios

    pacficos, a actividades y actos, con inclusin

    de las omisiones, imputables a los Estados que

    causen violaciones a los derechos humanos, y

    Solicitar, recibir y utilizar recursos con el

    objeto de proteger los derechos humanos (in-

    cluida la recepcin de ondos del extranjero).

    Por otro lado, los Estados tienen la responsabili-dad de aplicar y respetar todas las disposiciones

    de la Declaracin. No obstante, en los artculos

    2, 9, 12, 14 y 15 se hace especial reerencia a la

    uncin de los Estados y se indica que cada uno

    de ellos tiene la responsabilidad y el deber de:

    Proteger, promover y hacer efectivos todos los

    derechos humanos;

    Garantizar que toda persona sometida a su

    jurisdiccin pueda disrutar en la prctica de

    Hay diversos factores que limitan

    seriamente las condiciones de las

    mujeres para ejercer el derecho a

    defender los derechos humanos,

    como el hecho de enfrentar violencia

    producto de la criminalizacin de la

    protesta social, de la discriminacin

    por motivos de gnero y de la falta del

    reconocimiento social

    por su labor. Fotografa: Prometeo Lucero/Red TDT.

    Revista DfensoR eneRo 2014

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    29/68

    todos los derechos y libertades sociales, eco-

    nmicos, polticos y de otra ndole;

    Adoptar las medidas legislativas, administrati-

    vas y de otra ndole que sean necesarias para

    asegurar la aplicacin eectiva de los derechos

    y las libertades;

    Proporcionar recursos ecaces a las personas

    que denuncien haber sido vctimas de una vio-lacin de los derechos humanos;

    Realizar una investigacin rpida e imparcial

    sobre las presuntas violaciones de derechos hu-

    manos;

    Adoptar todas las medidas necesarias para ga-

    rantizar la proteccin de toda persona rente a

    toda violencia, amenaza, represalia, discrimi-

    nacin negativa, presin o cualquier otra ac-

    cin arbitraria resultante del ejercicio legtimo

    de los derechos mencionados en la Declara-

    cin;

    Promover la comprensin pblica de los dere-

    chos civiles, polticos, econmicos, sociales y

    culturales;

    Garantizar y apoyar la creacin y el desarrollo

    de instituciones nacionales independientes en-

    cargadas de promover y proteger los derechos

    humanos; por ejemplo, mediadores o comisio-

    nes de derechos humanos;

    Promover y facilitar la enseanza de los dere-

    chos humanos en todos los niveles de la educa-cin y la ormacin proesional oficial.5

    Recomendaciones al Estado mexicano

    en materia de proteccin

    En 2006, la Comisin Interamericana de Dere-

    chos Humanos () public su Inorme sobre la

    situacin de las deensoras y deensores de derechos

    humanos en las Amricas, en el que realiz varias

    recomendaciones a los Estados Parte de la Orga-

    nizacin de los Estados Americanos () sobre

    la necesidad de instrumentar medidas de preven-

    cin, proteccin e investigacin eficaces a avor de

    las y los deensores de derechos humanos que se

    encuentren en riesgo o que hayan sido victimiza-

    dos por su labor.6 Entre ellas se encuentran:

    Implementar en forma prioritaria una poltica

    global de proteccin a los deensores y deen-

    soras,

    Adoptar una estrategia efectiva y exhaustiva de

    prevencin con el fin de evitar ataques contra

    las personas deensoras de derechos humanos.

    Para ello se requieren adoptar ondos apropia-

    dos y apoyo poltico a las instituciones y a los

    programas, y

    Adoptar de manera urgente medidas efectivas

    para proteger la vida y la integridad sica de

    las deensoras y deensores de derechos huma-

    nos que se encuentran amenazados, y que estas

    medidas sean decididas en consulta con ellos

    para garantizar su pertinencia y permitir que

    puedan continuar con el desarrollo de sus ac-

    tividades.

    En el mbito universal, con motivo del primer

    Examen Peridico Universal () realizado en

    2009 a Mxico, diversos Estados Parte del Conse-jo de Derechos Humanos sealaron la necesidad

    de que el Estado mexicano tomara medidas para

    proteger a las y los deensores.7Recomendaron,

    entre otras cuestiones:

    Investigar los casos contra periodistas y defensores;

    Investigar las denuncias de asesinatos, ame-

    nazas, agresiones y actos de violencia contra

    Fotografa: Prometeo Lucero/Red TDT.

    ANLISIS

    27

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    30/68

    deensores, a fin de someter a la justicia a los

    autores;

    Implementar medidas estructurales para com-

    batir la violencia y la violacin de los derechos

    undamentales que sistemticamente suren, y

    Mejorar la ecacia de las medidas cautelares

    adoptadas internamente con el fin de proteger

    adecuadamente a los deensores y deensorasde derechos humanos.

    Por otro lado, en 2010 la seal al Estado

    mexicano que deba cumplir con diversas reco-

    mendaciones e inormar en el plazo de un ao

    sobre las acciones tomadas para ello. Entre stas

    solicit implementar medidas para la proteccin

    eficaz de periodistas y deensores; velar por la in-

    vestigacin inmediata, eectiva e imparcial de las

    amenazas, ataques violentos, asesinatos y otros, y

    proporcionar toda la inormacin sobre agresio-

    nes a personas deensoras registradas.

    En 2009 la Oficina del Alto Comisionado de

    las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

    () en Mxico estructur un primer in-

    orme sobre la situacin de las personas deen-

    soras de derechos humanos en el pas. Un ao

    despus eectu una actualizacin del mismo, y

    en 2013 emiti una serie de recomendaciones,

    entre las cuales se encuentran:8

    Que las autoridades federales y

    estatales articulen una campaa

    masiva y sostenida para visibilizar

    y reconocer la legitimidad del trabajo de las y

    los deensores de derechos humanos, as como

    para diundir la Declaracin sobre deensores

    de derechos humanos entre la poblacin en

    general y, de manera particular, entre las y los

    uncionarios de todos los poderes y niveles de

    gobierno.

    Se fortalezca de manera conjunta con las y losdeensores de derechos humanos la eficiencia de

    los mecanismos para implementar el Programa

    Nacional de Derechos Humanos, as como de

    los espacios de trabajo establecidos en el marco

    de la Comisin de Poltica Gubernamental en

    Materia de Derechos Humanos ().

    Que con relacin al marco jurdico que regula la

    labor de las y los deensores, es necesario seguir

    tomando medidas para incorporar plenamen-

    te la Declaracin sobre deensores de derechos

    humanos en la legislacin ederal y estatal. Para

    ello, la Subcomisin de Armonizacin de la

    podra servir como marco para la con-

    ormacin de un grupo de trabajo en el que las

    autoridades, las organizaciones de la sociedad

    civil () y la evalen la pertinencia

    de una legislacin especializada y determinen

    los elementos para sta debera contener.

    Se refuercen los mecanismos de protec-

    cin de derechos humanos, especialmente el

    juicio de amparo. Se regule a nivel federal, estatal y municipal el

    uso de la uerza pblica en la contencin del

    derecho a la protesta social, a la luz de los es-

    Fotografa: Alejandro Cuevas Romo/CDHDF.

    Revista DfensoR eneRo 2014

    28

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    31/68

    tndares internacionales de derechos humanos.

    Que con el n de combatir la impunidad, se

    trabaje de manera conjunta con las en un

    protocolo de investigacin que sea implemen-

    tado por las procuraduras de justicia en todos

    los casos en los que las y los deensores denun-

    cien haber sido vctimas de algn delito relacio-

    nado con su actividad de deensa.

    Por ltimo, en el realizado recientemente en

    octubre de 2013,9algunas de las recomendacio-

    nes se hicieron de orma reiterada a las del exa-

    men de 2009:

    Intensicar los esfuerzos dirigidos a garantizar

    la seguridad de los deensores de derechos hu-

    manos y los periodistas, y ortalecer el nuevo

    mecanismo de proteccin, especialmente a tra-

    vs de un financiamiento adecuado.

    Asegurar que todos los alegatos de abusos

    de derechos humanos perpetrados por uer-

    zas de seguridad sean investigados en un

    tiempo adecuado y de manera imparcial y

    continuar con la lucha contra la impunidad.

    Consideraciones

    Como se puede apreciar, las recomendaciones

    giradas a nivel internacional coinciden con la

    preocupacin por el incremento de los ndices deviolencia en contra de las personas deensoras

    de derechos humanos en el pas, as como por lo

    altos ndices de impunidad y al no contar con un

    mecanismo de proteccin eficiente. Es decir, por

    no disponer de un sistema integral de atencin a

    personas deensoras.

    Si bien se han adoptado medidas tendientes a

    ello, algunas siguen siendo acciones poco estruc-

    turadas, coordinadas y eficientes, por lo que es

    importante que stas no slo evidencien el tema

    de la emergencia, sino que atiendan a las cau-sas estructurales de la violencia, vulnerabilidad

    e impunidad que enrentan las deensoras y los

    deensores de derechos humanos.

    El empuje de este tipo de acciones sin duda es

    resultado de las luchas organizadas, las demandas,

    denuncias y trabajo de las , impulsadas por las

    numerosas recomendaciones que el sistema inter-

    nacional de proteccin a los derechos humanos

    ha emitido, as como de un puado de medios de

    comunicacin con compromiso social.

    El 22 de junio de 2012 se promulg la Ley para

    la Proteccin de Personas Deensoras de Dere-

    chos Humanos y Periodistas a nivel ederal, la

    cual mandata implementar y operar medidas de

    prevencin que garanticen la vida e integridad,

    libertad y seguridad de las personas que se en-

    cuentren en situacin de riesgo con motivo de

    su labor de deensa y promocin de los derechos

    humanos. En su estructura se establece entre

    otros aspectos la creacin de un mecanismoinstitucional de proteccin a personas deenso-

    ras y periodistas que se encuentran en riesgo con

    motivo de su labor.

    ANLISIS

    29

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    32/6830

    Por su parte, en la ciudad de Mxico, el 29 de

    marzo de 2012 se firm el Convenio de colabo-

    racin interinstitucional entre el jee de gobierno

    del Distrito Federal, la Secretara de Gobierno, la

    Secretara de Seguridad Pblica, la Procuradura

    General de Justicia, la Comisin de Derechos Hu-

    manos y el ribunal Superior de Justicia, todas del

    Distrito Federal. Este Convenio crea el Mecanis-mo de prevencin y proteccin a periodistas, co-

    laboradores periodsticos, as como a deensoras y

    deensores de derechos humanos en situacin de

    riesgo con el motivo del ejercicio de sus labores, el

    cual entr en vigor en septiembre de 2012.10

    Sin pretender hacer un anlisis o revisin de

    los resultados de la implementacin de ambos

    mecanismos dado que cada uno tiene una natu-

    raleza e inraestructura distinta, adems de que

    no es el tema de la presente exposicin sobra

    decir que la realidad de la violencia, las amenazas

    y las agresiones que se concretan han rebasado la

    capacidad de respuesta de los gobiernos locales y

    del ederal.

    El incremento de los ndices de violencia, par-

    ticularmente en aquellos lugares donde se disputa

    el control territorial a cargo de grupos del crimen

    organizado, ha orillado a las y los deensores a

    abandonar las zonas en las que habitan y laboran

    para poder reugiarse en otro lugar. As, tanto pe-

    riodistas como personas deensoras se han vistoobligadas a un tipo de desplazamiento orzado

    rente a las inexistentes garantas para realizar su

    trabajo, dejando de documentar, de acompaar a

    las vctimas, de denunciar, de visibilizar las pro-

    blemticas que ah ocurren, generando importan-

    tes vacos y ausencias de inormacin y, peor an,

    dejando de dar voz a las vctimas. El incremento

    alarmante de las agresiones a quienes ejercen el

    derecho a deender derechos humanos requiere de

    polticas pblicas y reormas legislativas al interior

    de cada entidad ederativa en un plano preventivo.Ello, aparejado de un sistema de justicia eficiente e

    imparcial, dado que hasta ahora existe una marca-

    da tendencia en el aumento de los ndices de im-

    punidad, lo que ha derivado en un claro mensaje:

    agredir o silenciar a una deensora o deensor de

    derechos humanos no es motivo de sancin o de

    costo poltico alguno.

    Dado este escenario, la en coordina-

    cin con las osc, dise una agenda de trabajo

    sobre el derecho a deender los derechos hu-

    manos, en la que se distinguieron algunas proble-

    mticas a partir de las cuales elaborarn diversas

    propuestas para impulsar procesos que posibiliten

    generar una poltica pblica integral para el ejerci-

    cio, deensa y promocin del derecho a deender

    derechos humanos en la ciudad de Mxico. En-

    tre las problemticas detectadas estn:

    1. Falta de conocimiento de los derechos huma-

    nos en general y en particular del derecho a

    deender derechos humanos, por parte de ser-

    vidores pblicos y la sociedad en general.

    2. Nulo reconocimiento a la labor de las personas

    deensoras de derechos humanos en el mbito

    gubernamental y social.

    3. Falta de conocimiento detallado de todas las

    herramientas para la deensa de los derechos

    humanos por parte de las personas deensoras.

    4. Ineficiencia en los mecanismos, prcticas y he-

    rramientas para asegurar investigaciones ade-

    cuadas que permitan hacer rendir cuentas a

    quienes han cometido delitos contra personas

    deensoras de derechos humanos.

    5. Ausencia de polticas pblicas en materia de

    proteccin a personas deensoras y de un marco

    legal que establezca obligaciones y presupuesto

    para dar a atencin a la poblacin que reside,

    transita o se reugia en la ciudad de Mxico.

    6. Ineficacia en el uncionamiento e implementa-cin de medidas para salvaguardar la vida e in-

    tegridad de personas deensoras y periodistas

    en la ciudad de Mxico, por parte del mecanis-

    mo de proteccin.

    7. Aumento en el nmero de agresiones y asesi-

    natos a deensores y deensoras con un mnimo

    costo poltico.

    8. Ausencia de una poltica pblica que promue-

    va, respete y garantice el derecho a la protesta

    social y a la libre maniestacin.

    9. Falta de un captulo sobre el derecho a deen-der derechos humanos en el Programa de De-

    rechos Humanos del Distrito Federal, el cual se

    empezar a delinear en 2014.

    Slo resta decir que a partir de este listado de

    problemticas pendientes de abordar, nueva-

    mente el involucramiento de la sociedad civil

    marca el paso de las acciones progresivas para el

    cumplimiento y goce de los derechos humanos,

    en este caso, del derecho a deenderlos.

    Revista DfensoR eneRo 2014

  • 7/21/2019 DFensor Enero 2014

    33/6831

    El incremento alarmante de las

    agresiones a quienes ejercen el

    derecho a defender derechos

    humanos requiere de polticas

    pblicas y reformas legislativas

    en un plano preventivo, aparejado

    de un sistema de justicia eficiente

    e imparcial que abata los ndices

    de impunidad.

    NOTAS

    1 , Inorme especial sobre el derecho humano a

    deender los derechos humanos en la ciudad de Mxico,

    Mxico, , 2011, p. 47.

    2 Entendemos por agresin a toda aquella accin que se

    eecta en contra de las personas deensoras de derechoshumanos, con la finalidad de obstaculizar o terminar con

    su labor. Cabe sealar que existe una dierencia entre

    una agresin y una violacin a los derechos humanos.

    La primera se refiere a las acciones emitidas por un

    particular que atentan contra los derechos humanos de

    una persona, la segunda se encamina hacia las acciones u

    omisiones que las autoridades realizan con el resultado de

    daar a una persona o grupo de personas en sus derechos,

    libertades y garantas.

    3 Iniciativa Mesoamericana de Deensoras de Derechos

    Humanos, 8 aos celebrando el Da Internacional de

    las Mujeres Deensoras de los Derechos Humanos,29 de noviembre de 2013, disponible en , pgina consultada el 2 de diciembre de

    2013.

    4 , . Proteccin de las Naciones Unidas a los

    deensores de los derechos humanos y apoyo a su labor,

    en Los deensores de los derechos humanos: Proteccin del

    derecho a deender los derechos humanos, Ginebra,

    (olleto inormativo nm. 29), 2004, pp. 20-31.

    5 Vase Declaracin sobre el derecho y el deber de los

    individuos, los grupos y las instituciones de promover

    y proteger los derechos humanos y las libertades

    undamentales universalmente reconocidos, aprobada

    por la Asamblea General de las Naciones Unidas

    mediante su Resolucin A/RES/53/144, del 8 de marzo

    de 1999, disponible en , pgina

    consultada el 2 de diciembre de 2013.6 , Inorme sobre la situacin de las deensoras y

    deensores de derechos humanos en las Amricas, OEA/

    Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev. 1, aprobado por la en su

    124 periodo de sesiones, 7 de marzo de 2006.

    7 Vase Consejo de Derechos Humanos de las Naciones

    Unidas, Inorme del Grupo de Trabajo sobre el Examen

    Peridico Universal, Mxico, A/HRC/11/27, 5 de octubre

    de 2009, prrs. 29, 44 y 45.

    8 , Inorme sobre la situacin de las y los deensores

    de derechos humanos en Mxico: actualizacin 2012

    y balance 2013, Mxico, , 2013, disponible

    en , pgina consultada el 2 de

    diciembre de 2013.

    9 Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

    Inorme preliminar del Grupo de Trabajo sobre el Examen

    Peridico Universal: Mxico, A/HRC/WG.6/17/L.5, 25 de

    octubre de 2013, disponible en , pgina consultada

    el 2 de diciembre de 2013.

    10 Inormacin disponible en , pgina

    consultada el 2 de diciembre de 2013.

    Es un orgullo para la contar con el

    compromiso de deensoras y deensores tan va-

    liosos, como tambin lo es su vigilancia y exigen-

    cia para que esta institucin responda con todas

    sus capacidades a los retos y las problemticas

    que arontan las deensoras de derechos huma-

    nos en la ciudad y, en cierta orma, en el pas,

    pues no son realidades que se puedan disgregar.

    Fotografa: Artculo 19.

    ANLISIS

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    34/6832

    Situacin de las y los defensoresde derechos humanos*

    Enero de 2005-junio de 2013**

    Agresiones diversas 1

    27 Personas asesinadas

    8 Desapariciones forzadas

    156 Medidas cautelares solicitadas entre enero de 2005 y mayo de 2011

    1 256 Detenciones arbitrarias entre diciembre de 2006 y junio de 2013

    Violaciones

    a derechos humanos

    entre enero y octubre de 2013 3

    365Agresiones

    121Casos

    Mujeres defensoras

    de derechos humanos2

    26 Mujeres asesinadasentre 2009 y 2012

    109 Agresiones en 2012

    Casos de agresiones documentadas de 2006 a 20124

    10

    20

    30

    40

    50

    Casos

    2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012

    24

    4032 30

    4236

    41

    Agresiones por estadoDistrito Federal 101Guerrero 74Oaxaca 54Chiapas 30Estado de Mxico 17Chihuahua 13Veracrz 8Michoacn 7Sonora 7

    Morelos 6Puebla 6Nuevo Len 5

    Guanajuato 5Tabasco 5Coahuila 4Sinaloa 4Hidalgo 3Jalisco 3Quertaro 3Quintana Roo 2Zacatecas 2Colima 1Durango 1Tamaulipas 1Yucatn 1

    ** N. del E.: Los datos estadsticos presentados pueden variar radicalmente, dependiendo de la

    uente de inormacin y de los mtodos de investigacin empleados para su obtencin.

    Revista DfensoR eneRo 2014

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    Contexto: En medio de la crisis de seguridad continan

    las amenazas, el acoso y los asesinatos de defensores y

    defensoras de los derechos humanos y periodistas. La

    mayora de estos delitos siguen impunes. En junio de

    2012 se aprob la Ley de Proteccin para Personas De-

    fensoras de Derechos Humanos y Periodistas que esta-

    bleci un mecanismo encargado de analizar los casos

    presentados y proveer proteccin para salvaguardar la

    vida e integridad de quienes se encuentren en riesgo.

    NOTAS:

    1 Casos reportados por la Comisin Nacional de los Derechos

    Humanos () y la organizacin Accin Urgente para Deensores

    de Derechos Humanos (Accudeh).

    2 Casos reportados por la Red Nacional de Deensoras de Derechos

    Humanos.

    3 Base de dato