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Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2018

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Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía Dictamen de la revisión de la Cuenta Pública 2018

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía

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AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE NUEVO LEÓNAUDITOR GENERAL DEL ESTADO

OFICIO NO: ASENL-AGE-PLOl-1934/2019ASUNTO: Se remite Informe del Resultado

Monterrey, Nuevo León, a 29 de octubre de

2019

DIP. ITZEL SOLEDAD CASTILLO ALMANZA PRESIDENTA DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PRESENTE.-

De conformidad con lo establecido en los artículos 63 fracción XIII, 136 de la Constitución Política del Estado, 1, 2, fracciones 1, V, VIII y X, 3, 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, este Órgano Auxiliar del H. Congreso del Estado realizó con el objeto de evaluar los resultados de la gestión financiera, comprobar el ejercicio de las Leyes de Ingresos, Egresos y sus respectivos presupuestos y verificar el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables, la fiscalización de la Cuenta Pública 2018 del Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía.

Dicha función se desarrolló conforme a las normas y principios constitucionales rectores de la fiscalización, a saber, principios de posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, universalidad, imparcialidad y confiabilidad, con lo que se garantizó que los resultados obtenidos en el referido proceso de fiscalización, y plasmados en el Informe del Resultado , fueran suficientes para soportar el dictamen contenido en el mismo.

Por lo expuesto y en observancia a lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI, 82 fracciones XV y XXV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 8 fracción XVIII y 9 primer párrafo del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, me permito remitir a ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión que preside, en documento por escrito y forma digital, el Informe del Resultado de la revisión de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2018, del citado ente público.

Lo anterior, a fin de que se sirva dar el trámite legislativo que corresponda.

ATENT EL C. AUDIT

DEL ESTA O

ENTE GENERAL

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CONTENIDO

I. Dictamen del Auditor 1

II. Presentación 3

III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultados generales de la revisión practicada

5

IV. Entidad objeto de la revisión 12

V. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

12

VI. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión

15

A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público 15

B. Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes

38

C. La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados

38

VII. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

40

VIII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado

73

IX. Resultados de la revisión de situación excepcional 74

X. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

I. Dictamen del Auditor

Opinión

Hemos auditado los estados de situación financiera y de actividades que integran la Cuenta Pública del Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía, correspondiente al ejercicio fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018.

El Ente Público no reconoció al 31 de diciembre de 2018 en sus Estados Financieros la provisión correspondiente, para dar cumplimiento a la Norma de Información Financiera D-3 "Beneficios a los empleados", así como lo dispuesto en el Acuerdo por el que se reforman las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio, y las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Pasivo, emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), situación que originó observación señalada en el apartado VII del presente informe identificada como Provisiones a largo plazo.

En nuestra opinión, excepto por lo que se expresa en el párrafo anterior, los estados financieros adjuntos, presentan razonablemente, en todos los aspectos materiales, la situación financiera del Ente Público al 31 de diciembre de 2018, así como el resultado de sus actividades por el año terminado en esa fecha de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental y las normas contables emitidas por el Conac, así como, con las Normas de Información Financiera aplicables.

Responsabilidades de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León

La información mencionada en el párrafo anterior fue proporcionada por el Ente Público, por lo que nuestra responsabilidad consiste en expresar con seguridad razonable una opinión sobre la misma, la cual deriva del análisis del resultado de la gestión y situación financiera, la auditoría fue realizada en base a pruebas selectivas de acuerdo a Normas Internacionales de Auditoría (NIA), las cuales requieren que la revisión sea planeada y realizada de tal manera que permitan obtener elementos de juicio de que los estados financieros no contienen incorrecciones o errores importantes, que están preparados de acuerdo a la Ley General de Contabilidad Gubernamental y los Acuerdos emitidos por el CONAC.

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Monterrey, Nuevo León, a 4 de junio de 2019

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La auditoría se efectúa posterior a la gestión financiera, siendo de carácter externo, de manera independiente y autónoma del Ente Público fiscalizado y de cualquier otra forma de control y auditoría.

Responsabilidades del Ente Público

Es de señalar que el Ente Público es responsable de sus operaciones y del resultado de las mismas, así como de sus actos, hechos jurídicos y de la preparación y presentación fiel de la información financiera de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las normas contables emitidas por el CONAC y las Normas de Información Financiera aplicables, además de diseñar e implementar el control interno con base en planes, métodos y medidas necesarias que promuevan la eficiencia en su operación y permita la generación y preparación exacta y veraz de los estados e información financiera que conforman la Cuenta Pública.

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II. Presentación

La Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, de conformidad con lo establecido en los artículos 63 fracción XIII, 136, párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, 1, 2, fracciones I, VIII y X y 3 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se instituye como un órgano auxiliar del H. Congreso del Estado en su función de fiscalización de las Cuentas Públicas presentadas por los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionalmente Autónomos, los Organismos Públicos Descentralizados y Fideicomisos Públicos de la Administración Pública del Estado, los Municipios y sus Organismos Descentralizados, así como las Instituciones Públicas de Educación que reciban recursos públicos.

En el ejercicio de las referidas funciones, para la revisión de la Cuenta Pública del ejercicio 2018 del Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía recibida el 12 de abril de 2019, la Auditoría Superior del Estado de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, evaluó los resultados de la gestión financiera, comprobó si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos, verificó el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en materia de gestión financiera, así como los planes de desarrollo.

En tal sentido, y en cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 20 fracción XXXI y 82 fracción XV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, esta Auditoría Superior del Estado tiene a bien rendir el Informe del Resultado de la revisión practicada a la Cuenta Pública del ejercicio 2018 del referido Ente Público, al H. Congreso del Estado.

El Dictamen del Auditor, refleja la evaluación practicada al 4 de junio de 2019, que corresponde al último procedimiento de auditoría realizado por este Órgano Fiscalizador, como parte de la revisión al manejo y aplicación de los recursos públicos y al cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como, las normas contables emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac).

En el apartado V de este Informe, se incluyen los objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como en su caso al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados.

En el apartado VI se presenta una descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión, respecto de:

La evaluación de la gestión financiera y del gasto público; Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector gubernamental y de

las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes; La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

En el apartado VII del presente Informe, se detallan las observaciones no solventadas derivadas de la revisión practicada, con las aclaraciones presentadas por los funcionarios responsables, los análisis de las mismas preparados por este Órgano de Fiscalización, así como las acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán las cuales se notificarán una vez entregado el Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, en términos de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

Finalmente, se informa sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores.

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III. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y de los resultados generales de la revisión practicada

A. Resumen de la Cuenta Pública presentada por el ente fiscalizado y resultados generales de la revisión practicada

Como resultado de la revisión de la Cuenta Pública del Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía, nos permitimos enviar el presente resumen ejecutivo con cifras en pesos con los comentarios que consideramos más importantes, siendo los siguientes:

ACTIVO

Efectivo y equivalentes $315,038

Corresponde a la cuenta Bancos / tesorería la cual ampara principalmente cinco cuentas bancarias a nombre del Ente Público en moneda nacional y una en dólares las cuales son utilizadas para el gasto operativo y se encuentran registradas en Banco del Bajío, S.A.

Mobiliario y equipo de administración $845,509

Los cargos por $63,877 amparan las adquisiciones realizadas por el Ente Público durante el ejercicio 2018, las cuales corresponden a seis sillas ejecutivas, un estante de acero y una impresora multifuncional HP deskjt.

PASIVO

Cuentas por pagar a corto plazo $471,883

Representa principalmente los adeudos a cargo del Ente Público por los bienes y servicios recibidos, registrados en la cuenta Proveedores por pagar a corto plazo por $358,451, así como también las obligaciones fiscales y de seguridad social a cargo del Ente Público al cierre del ejercicio 2018 de la cuenta Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo por $111,972.

INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS

Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones,

subsidios y otras ayudas $42,996,074

Se integra principalmente por las aportaciones de $30,496,074 y $12,500,000 recibidas de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado y de la Secretaría de Cultura para ser destinadas al gasto operativo y realización de la edición 2018 del Festival Internacional de Santa Lucía.

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GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS

Gastos de funcionamiento $45,202,749

Se integra principalmente de las cuentas de: Servicios profesionales, científicos y técnicos y otros servicios de $21,580,412 entre las erogaciones que destacan: presentaciones artísticas de diversos espectáculos entre los que se encuentran: Grupo Sanfora, S.A. de C.V. por $2,663,824, Ilotopie de $1,615,536, Producciones y Eventos, S.A. de C.V. por 1,223,240, servicios profesionales de Lorenia Beatriz Canavati Von Borstel por $1,168,112, entre otros; Servicios de arrendamiento por instalación y desinstalación de escenarios, equipo de audio, iluminación, soporte de producción, planta generadora de energía eléctrica, renta de toldos, sillas, entre otros por $11,152,084, Servicios de traslado y viáticos de $5,532,608 tales como vuelos internacionales y hospedaje de los artistas participantes esto para la edición 2018 del "Festival Internacional de Santa Lucía".

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B. Resultados generales de la revisión

practicada Observaciones Preliminares

Derivado de los trabajos de fiscalización de la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2018, y de manera previa a la presentación del presente Informe del Resultado de la revisión, acorde con lo preceptuado en el artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, la Auditoría Superior del Estado dio a conocer a los titulares de los Sujetos de Fiscalización y en su caso, a los titulares responsables de los sujetos de fiscalización durante el período objeto de revisión, en los casos en que tales funcionarios dejaron de desempeñar su cargo, las presuntas deficiencias o irregularidades detectadas (observaciones preliminares), a efecto de que éstos en un plazo improrrogable de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, presentaran las justificaciones y aclaraciones que correspondan.

Resultado del análisis de las aclaraciones y justificaciones a las observaciones

Asimismo, en cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 137, cuarto párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, se comunicó al ente público auditado de manera previa a la emisión del presente informe, para efecto informativo, el resultado del análisis realizado por esta Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, respecto de las justificaciones y aclaraciones presentadas en su caso, en respuesta a las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública; señalando para tal efecto, las que a juicio de este órgano, resultaron o no solventadas.

En la siguiente gráfica, se ilustran las observaciones solventadas, no solventadas y parcialmente solventadas, por tipo de auditoría, como resultado del análisis efectuado por esta Auditoría Superior del Estado a las justificaciones y aclaraciones presentadas.

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GRÁFICA: Observaciones por tipo de auditoría

Asimismo, en función de las observaciones detectadas durante la fiscalización de la Cuenta Pública, en el siguiente CUADRO se presentan de manera sintetizada los resultados generales de la revisión.

Al efecto, es importante precisar que la clasificación adoptada, corresponde al tipo de auditoría de la cual se detectaron las observaciones preliminares respectivas, así como al aspecto preponderante con el que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

OBSERVACIONES PRELIMINARES OBSERVACIONES SUBSISTENTESNo. de

observaciones preliminares

Montoobservado1 $

No. deobservaciones solventadas

Montossolventados2 $

Recuperacionesoperadas3 $

No. deobservaciones

no solventadas

Montos nosolventados4 $

Probablesrecuperaciones5 $

GESTIÓN FINANCIERANormativaA 7 0 0 0 0 7 0 0

FinancieraB 6 765,032 2 563,160 0 4 201,872 0

EconómicaC 2 1,170,596 0 0 0 2 1,170,596 1,170,596ControlInternoE

1 0 0 0 0 1 0 0

Total

16 1,935,628 2 563,160 0 14 1,372,468 1,170,596

CUADRO: Resultados Generales de la revisión (Cifras en pesos)

A Normativa: Los actos u omisiones observados constituyen incumplimientos a las disposiciones legales o reglamentarias, en tanto no hagan presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).

B Financiera: Los actos u omisiones observados están relacionados con el incumplimiento de las normas de información financiera aplicables.

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C Económica: Los actos u omisiones observados hacen presumir la existencia de daños o perjuicios estimables en dinero, causados a la hacienda pública o patrimonio de los entes (federación, estado, municipios, y sus organismos públicos descentralizados).

E Control Interno: Los actos u omisiones observados guardan relación con el incumplimiento de los procedimientos establecidos por los entes públicos para salvaguardar y preservar sus bienes o asegurar la exactitud, oportunidad, confiabilidad y veracidad de la información que debe contener la Cuenta Pública, o bien, con la ausencia o deficiencias de los mismos.

Notas:

1El monto observado no constituye aún una cuantificación de tipo resarcitorio, y corresponde a la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados (registro contable, monto de la operación observada, cantidades no justificadas o comprobadas, trabajos pagados no ejecutados, entre otros).

2Los montos solventados corresponden a observaciones vinculadas con aspectos económicos o financieros que fueron solventadas por el ente público o por quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, bien sea por haber exhibido la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente o desvirtuado los motivos o fundamentos que dieron sustento a la observación.

3Las recuperaciones operadas que se reportan, devienen de la acción fiscalizadora y del ejercicio de las facultades de la ASENL, y se refieren a procesos realizados por el ente auditado, concluidos y conciliados, cuyos montos han sido reintegrados a su hacienda pública o patrimonio o al fondo federal respectivo, tratándose de recursos federalizados.

4Se consideran como montos no solventados, la cantidad a la que se encuentran vinculados los hechos u omisiones observados.

5Se consideran como probables recuperaciones, aquellos montos observados en relación a los cuales existe la posibilidad de obtener su reintegro a la hacienda pública, patrimonio del ente o al fondo federal respectivo tratándose de recursos federalizados, o bien, la solventación del aspecto económico observado, derivado del pliego presuntivo de responsabilidades y en su caso, del procedimiento para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias que instruya esta Auditoría Superior del Estado, o derivado de las gestiones de esta entidad de fiscalización ante la autoridad competente a la cual corresponde iniciar los procedimientos respectivos.

En alcance al CUADRO anterior, se presenta a continuación la integración de las observaciones indicadas como no solventadas del presente informe, así como su clasificación, señalando además las acciones que se emitirán o recomendaciones que se formularán con motivo de las mismas por esta Auditoría Superior del Estado.

Observación No. Aspecto Monto no solventado $ Acciones y recomendacionesGESTIÓN FINANCIERA

3 Normativa 0 VAI7 Normativa 0 VAI8 Normativa 0 VAI12 Normativa 0 VAI1 Normativa 0 VAI2 Normativa 0 VAI10 Normativa 0 VAI14 Financiera 78,248 VAI13 Financiera 9,583 VAI5 Financiera 78,248 VAI4 Financiera 35,793 VAI6 Económica 2,484 VAI11 Económica 1,168,112 VAI9 Control Interno 0 RG

Total 1,372,468

CUADRO: Relación de observaciones con sus acciones y recomendaciones (Cifras en pesos)

Acciones

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PEFCF.- Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal IDP.- Interposición de Denuncias PenalesIASF.- Informe a la Auditoría Superior de la Federación

VAI.- Vista a la Autoridad Investigadora

Recomendaciones

RG.- Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno RD.- Recomendaciones Referentes al Desempeño

Acciones que se ejercerán, recomendaciones que se formularán, y la promoción o gestiones que se realizarán para la intervención de otras autoridades.

Una vez presentado este Informe del Resultado al H. Congreso del Estado, esta Auditoría Superior del Estado, en relación a los casos en que el ente público auditado o quienes fungieron como titulares del mismo en el periodo objeto de revisión y dejaron de desempeñar dicho cargo, no presentaron justificaciones y aclaraciones dentro del plazo señalado para solventar las observaciones preliminares formuladas o bien las presentadas resultaron insuficientes para dicho efecto (observaciones no solventadas o parcialmente solventadas en GRÁFICA: Observaciones por Tipo de Auditoría), a más tardar dentro de los diez días hábiles siguientes, en términos de lo preceptuado en el artículo 54 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, procederá a emitir, según corresponda, las acciones y recomendaciones que se anuncian en el siguiente CUADRO:

Tipo deauditoría

Obs. Acciones Recomendaciones Totalacciones

Monto nosolventad

o$

PEFCF1 IDP2 IASF3 VAI4 RG5 RD6

GESTIÓNFINANCIERA

14 13 1 14 1,372,468

Total 14 13 1 14 1,372,468Monto no

solventado por tipo de acción $

0 0 0 1,372,468 0 0

CUADRO: Resumen de acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán derivadas de las observaciones en la revisión practicada

Acciones1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal: Acción mediante la cual se informa a la autoridad fiscal competente sobre una

posible evasión fiscal, detectada por la Auditoría Superior del Estado en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, o bien por la presunción de errores aritméticos, omisiones u otros que aparezcan en las declaraciones, solicitudes, avisos fiscales, y demás documentos en los que conste la determinación y liquidación de contribuciones, a efecto de que ejerzan sus facultades de comprobación fiscal.

2 Interposición de Denuncias Penales: Acción por la que se interpone ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, denuncia sobre hechos que la Auditoría Superior del Estado conoció durante su labor de fiscalización, o en las diligencias realizadas por su Autoridad Investigadora, que pueden implicar la comisión de un delito; con el propósito de que dicha Fiscalía inicie la investigación correspondiente, y en su caso ejercite acción penal en contra del posible autor o participe de los hechos denunciados.

3 Informe a la Auditoría Superior de la Federación: Informe que en observancia de lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, se emite para dar a conocer a la Auditoría Superior de la Federación, irregularidades relacionadas con la aplicación y destino de los recursos federales provenientes de los fondos previstos en el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal, a fines diversos a los establecidos en la referida ley.

4 Vista a la Autoridad Investigadora: Acción que tiene por objeto dar a conocer a la Unidad Investigadora competente sobre la existencia de actos u omisiones que la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala como falta administrativa, a efecto de que lleve las diligencias

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de investigación conducentes, para que en su caso emita el informe de presunta responsabilidad que se le dará a conocer a la Autoridad Substanciadora para el inicio del procedimiento de responsabilidad, en el que la Autoridad Resolutora determinará mediante sentencia, sobre la existencia o inexistencia de falta administrativa, así como de las sanciones o indemnizaciones que se fijarán a los servidores públicos o particulares responsables.

Recomendaciones5 Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para

fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.

6 Recomendaciones Referentes al Desempeño: Sugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente público fiscalizado con el objeto de fortalecer su desempeño, la actuación de los servidores públicos y el cumplimiento de metas y objetivos, a fin de fomentar las prácticas de buen gobierno.

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IV. Entidad objeto de la revisión

El Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía es un organismo sin fines de lucro, que se constituyó el 30 de junio de 2008, por el Gobierno del Estado e inició operaciones a partir del 1 de septiembre de 2008, teniendo como Fiduciario al Banco del Bajío, S.A. y como Fideicomitente y Fideicomisario al Gobierno del Estado de Nuevo León.

El objeto del Ente Público es la administración y distribución de los recursos que se destinen para apoyar la realización y distribución de los recursos destinados para la realización del Festival Internacional de Santa Lucía, para la realización de exposiciones expresiones culturales, diálogos y eventos culturales, así como los gastos propios de su funcionamiento.

Este festival se realizará anualmente en el Estado de Nuevo León, durante los meses de septiembre, octubre y noviembre.

V. Objetivos y alcances de la revisión practicada tanto a la gestión como al desempeño, incluyendo los criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

Auditorías programadas por tipo o materia

Con base en los criterios generales y particulares para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2019 para la Fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2018, presentado ante ese H. Congreso del Estado, para su conocimiento, por conducto de la Comisión de Vigilancia, en fecha 26 de marzo del presente año, y considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización, se determinó la siguiente auditoría a practicar al Ente Público en cuestión, por tipo o materia, a saber:

Entidad

Tipos de auditoría a Cuenta Pública 2018

Auditoría Financiera1

Auditoría Técnica a la

Obra Pública2

Auditoría en Desarrollo Urbano3

Laboratorio de Obra Pública4

Auditoría de Evaluación al Desempeño5

Auditoría a Recursos Federales6

Total

Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía 1 - - - - - 1

CUADRO. AUDITORÍAS PROGRAMADAS POR ENTE PÚBLICO Y TIPO DE AUDITORÍA

1Auditoría Financiera. Orientada fundamentalmente a comprobar que en la recaudación de los ingresos y en la aplicación del gasto se haya observado lo dispuesto en las Leyes de Ingresos y Egresos y sus respectivos Presupuestos, así como en la demás legislación aplicable.2Auditoría Técnica a la Obra Pública. Consiste en la verificación del cumplimiento de los objetivos fijados en los planes y programas de obraspúblicas, a la justificación de los servicios que se contraten para este fin, al ejercicio de los recursos y al desempeño de las funciones de los entes fiscalizables a cargo, con base a la correcta integración y procedencia de los documentos que integran las etapas de planeación, programación, presupuesto y ejecución de las obras, contenidos en los expedientes técnicos.3Auditoría en Desarrollo Urbano. Tiene por objeto verificar que las acciones de crecimiento, conservación y mejoramiento: licencias de uso de suelo, edificación, construcción, fraccionamientos, subdivisiones, parcelaciones, fusiones, conjuntos urbanos, entre otros, se hayan autorizado por los entes cumpliendo con los requisitos, lineamientos restrictivos y ambientales que establece la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, los planes y programas de desarrollo urbano y su zonificación, reglamentos de

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construcción, uso de suelo, y demás disposiciones aplicables; así como verificar que los derechos y demás contribuciones causadas con motivo de su aprobación, hayan sido cobradas conforme a las cuotas o tarifas establecidas en los ordenamientos jurídicos respectivos.4Laboratorio de Obra Pública. Para la verificación de la obra pública, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León cuenta con un laboratorio dedicado a comprobar la calidad de los materiales de la obra ejecutada o contratada por los entes públicos; mediante inspecciones físicas que se realizan a los inmuebles en los que se ejecutó la obra pública, se recaban muestras de materiales a efecto de practicar los ensayos o pruebas necesarias para verificar si la calidad de éstos se encuentran conforme a las especificaciones pactadas.5Auditoría de Evaluación al Desempeño. Consiste en verificar el cumplimiento de los objetivos y metas contenidos en los planes y programas, a través de indicadores establecidos; identificando las áreas de oportunidad que limitan la consecución de dichos objetivos, generando recomendaciones que promuevan una gestión gubernamental económica, eficaz y eficiente, además de contribuir a la rendición de cuentas.6Auditoría a los Recursos Federales. Su propósito es verificar y evaluar que los recursos fueron recibidos a través de los ramos generales y administrativos, o mediante reasignaciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y que se ejercieron y aplicaron de conformidad con lo dispuesto por la legislación y normativa en la materia.

Objetivos y alcances de la revisión practicada

En la implementación y ejecución del Programa Anual de Auditoría 2019 para la revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2018, entre las cuales se encuentra el Ente Público auditado en cuestión, se observaron métodos y criterios objetivos, aplicando las mejores prácticas y procedimientos de auditoría.

En ese sentido, en observancia de lo preceptuado en los artículos 18 y 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y acorde en cada caso con el tipo o materia de auditoría practicada, en los términos previamente anunciados, el objeto y alcances de la revisión y fiscalización, fue el siguiente:

I. Para evaluar los resultados de la gestión financiera, se verificó:

a) Si se cumplió con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, usufructo, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales, y demás normatividad aplicable al ejercicio del gasto público; y

b) Si la captación, recaudación, administración, custodia, manejo, ejercicio y aplicación de recursos, incluyendo subsidios, transferencias y donativos, y si los actos, contratos, convenios, mandatos, fondos, fideicomisos, prestación de servicios públicos, operaciones o cualquier acto que los Entes Públicos, celebren o realicen, relacionados con el ingreso y el ejercicio del gasto público, se ajustaron a la legalidad, y si no han causado daños o perjuicios, o ambos, en contra de la Hacienda Pública Estatal o Municipal, o al Patrimonio de los Entes Públicos.

II. Para comprobar si el ejercicio de las Leyes de Ingresos y Egresos, y sus respectivos presupuestos se ajustaron a los criterios señalados en los mismos; se revisó:

a) Si las cantidades correspondientes a los ingresos y a los egresos, se ajustaron o corresponden a los conceptos y a las partidas respectivas;

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b) Si los programas y su ejecución se ajustaron a los términos y montos aprobados en el presupuesto; y

c) Si los recursos provenientes de financiamientos se obtuvieron en los términos autorizados y se aplicaron con la periodicidad y formas establecidas por las leyes y demás disposiciones aplicables, y si se cumplieron los compromisos adquiridos en los actos respectivos.

III. Se realizaron pruebas de auditoría a fin de evaluar el cumplimiento de las leyes, los reglamentos y la normatividad aplicables en la materia de la gestión financiera, así como de los planes de desarrollo y los programas operativos anuales.

IV. De conformidad con lo estipulado en el inciso a) de la fracción I, del artículo 19 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, se verificó la aplicación por parte del Ente Fiscalizado, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como las disposiciones normativas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

Criterios de selección y descripción de los procedimientos de auditoría aplicados

La auditoría practicada se seleccionó con base en los criterios establecidos para la planeación específica utilizada en la integración del Programa Anual de Auditoría 2019 para la fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2018, considerando la importancia, pertinencia y factibilidad de su realización.

El universo seleccionado para la revisión fue el conjunto de operaciones, registros o movimientos de entre los cuales, se seleccionaron muestras para aplicarles procedimientos o pruebas de auditoría, partiendo esencialmente, del presupuesto asignado al Ente Público, y ejercido en los capítulos, conceptos, partidas, proyectos de inversión, programas presupuestarios y fondos, así como los conceptos de ingreso, en su caso, y en general cualquier otro concepto que se estimó pertinente incluir en el alcance de la revisión.

La muestra auditada consistió en las operaciones, registros o movimientos fiscalizados a través de procedimientos o pruebas de auditoría, cuyos resultados permitieron la emisión, debidamente soportada y fundamentada del Dictamen del Auditor. Asimismo, las áreas revisadas, fueron esencialmente las unidades administrativas de la entidad fiscalizada responsables de la ejecución de las operaciones, actividades o programas objeto de la revisión.

Con base en lo anterior, en forma específica en el Informe del Resultado, se señalan las operaciones, registros o movimientos fiscalizados, las técnicas y pruebas de auditoría aplicadas, y en su caso, el resultado de las mismas, mediante las cuales se obtuvo evidencia suficiente, competente, relevante y pertinente acerca del objeto auditado y con base en la cual se determinaron los resultados y el dictamen correspondiente.

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VI. Descripción de los elementos revisados y resultados obtenidos en la revisión

A. La evaluación de la gestión financiera y del gasto público

Para tal efecto se consideraron los Estados Financieros adjuntos, y su presupuesto por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, que el Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía presentó como parte de la información que integra la Cuenta Pública.

Para el desarrollo de la revisión de la información antes mencionada, la Auditoría Superior del Estado, aplicó una serie de procedimientos para asegurarse de la razonabilidad de las cifras presentadas que forman parte de la gestión financiera y gasto público, además que su presentación y registro estuvo conforme a las disposiciones de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y a los lineamientos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), considerando las Normas de Información Financiera emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C. (Cinif), asimismo que se apegaron al cumplimiento de las Leyes, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones aplicables y a los objetivos y metas establecidas en los programas.

Los Estados Financieros presentados en pesos del Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía al 31 de diciembre de 2018, que se mencionan en la Cuenta Pública, son los que se muestran a continuación:

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Cuenta Pública 2018 Estado de Situación Financiera

Al 31 de diciembre de 2018 y 2017(Pesos)

Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía

circulantesTotal hacienda pública/ patrimonio [sic⁴] $ 215,146 $ 730,029

Total del activo $ 710,300 $ 1,197,260 Total del pasivo y hacienda pública /

patrimonio

$ 710,300 $ 1,197,260

ConceptoACTIVOACTIVO CIRCULANTE

2018 2017 ConceptoPASIVOPASIVO CIRCULANTE

2018 2017

Efectivo y equivalentes $ 331,946 $ 264,431 Cuentas por pagar a corto plazo [sic²] $ 471,883 $ 467,232Derechos a recibir efectivo o 21,601 580,000 Documentos por pagar a corto plazo 23,270 -equivalentes Porción a corto plazo de la deuda pública a - -Derechos a recibir bienes o - - largo plazoservicios

Títulos y valores a corto plazo - -Inventarios - - Pasivos diferidos a corto plazo - -Almacenes - - Fondos y bienes de terceros en garantía - -Estimación por pérdida o - - y/o administración a corto plazodeterioro de activos - - Provisiones a corto plazo - -circulantes Otros pasivos a corto plazo - -Otros activos circulantes - -

Total de pasivos circulantes [sic³] $ 495,154 $ 467,232Total de activos $ 353,547 $ 844,431circulantes PASIVO NO CIRCULANTE - -

Cuentas por pagar a largo plazo - -ACTIVO NO CIRCULANTE Documentos por pagar a largo plazo - -Inversiones financieras a - - Deuda pública a largo plazo - -largo plazo Pasivos diferidos a largo plazo - -Derechos a recibir efectivo o - -equivalentes a largo plazo Total de pasivos no circulantes - -Bienes inmuebles, - -infraestructura y construcciones en proceso

Total del pasivo [sic³] $ 495,154 $ 467,232

Bienes muebles [sic¹] 1,784,604 1,720,728 HACIENDA PÚBLICA/ PATRIMONIOHacienda pública / patrimonio Contribuido $ - $ -Aportaciones - -

Activos intangibles 78,250 78,250 Donaciones de capital - -Depreciación, deterioro y (1,506,102) (1,446,149) Actualización de la hacienda pública / - -amortización acumulada de patrimoniobienesActivos diferidos - - Hacienda pública / patrimonio generado

[sic⁴]Resultados del ejercicio (ahorro /

215,146

(492,875)

730,029

634,790desahorro)

Estimación por pérdida o - - Resultados de ejercicios anteriores [sic⁵] 436,434 (198,355)deterioro de activos no Revalúos - -circulantes Reservas - -

Rectificaciones de resultados de ejercicios 271,587 293,594anteriores

Otros activos no circulantes - -Exceso o insuficiencia en laactualización de la hacienda pública /patrimonio - -Resultado por posición monetaria - -Resultado por tenencia de activos no - -

monetariosTotal de activos no $ 356,753 $ 352,829

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Cuenta Pública 2018Estado de Actividades

Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018 y 2017(Pesos)

Fideicomiso Festival Internacional de Santa LucíaConcepto 2018 2017 Concepto 2018 2017

INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS GASTOS Y OTRAS PÉRDIDASGastos de funcionamiento $ 45,202,749 $ 28,393,377

Ingresos de gestión $ - $ - Servicios personales 2,696,841 2,090,548Impuestos - - Materiales y suministros 1,942,083 2,546,781Cuotas y aportaciones de seguridad social

- - Servicios generales 40,563,825 23,756,048

Contribuciones de mejoras - - Transferencia, asignaciones, subsidios y otras ayudas

- -Derechos - -Productos de tipo corriente Aprovechamientos de tipo corriente

--

--

Transferencias internas y asignaciones al sector público

- -

Ingresos por ventas de bienes y servicios

- -Transferencias al resto del sector públicoSubsidios y subvenciones

-

-

-

-Ingresos no comprendidos en las fracciones de la ley de ingresos causados en ejercicios fiscales anteriores pendientes de liquidación o pago

- - Ayudas sociales Pensiones y jubilacionesTransferencias a fideicomisos, mandatos y contratos análogos Transferencias a la seguridad social

--

-

--

-

Donativos - -Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

42,996,074 28,000,000 Transferencias al exterior - -

Participaciones y aportaciones. 12,500,000 3,000,000 Participaciones y aportaciones - -Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas.

30,496,074 25,000,000 Participaciones Aportaciones

--

--

Convenios - -Otros ingresos y beneficios [sic⁶] 1,778,351 1,190,245Ingresos financieros 276,002 182,542 Intereses, comisiones y otros

gastos de la deuda pública- -

Incremento por variación de inventarios

- - Intereses de deuda pública comisiones de deuda pública

--

--

Disminución del exceso de estimaciones por pérdida o deterioro u obsolescencia

- - Costo por coberturas apoyos financieros

--

--

Disminución del exceso de provisiones

- - Otros gastos y pérdidas extraordinarias

64,551 162,079

Otros ingresos y beneficios varios 1,502,349 1,007,704 Estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y provisiones

63,163 115,101

Disminución de inventarios - -Total de ingresos y otros beneficios [sic⁷]

$ 44,774,425 $ 29,190,245 Aumento por insuficiencia de estimaciones por pérdida o deterioro y obsolescencia

- -

Aumento por insuficiencia de provisiones

- -

Otros gastos 1,388 46,978

Inversión pública - -Inversión pública no capitalizable - -

Total de gastos y otras pérdidas $ 45,267,300 $ 28,555,456

Resultado del ejercicio (ahorro / desahorro)

$ (492,875) $ 634,790

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[sic¹] En la columna 2018 debe ser $1,784,605 [sic²] En la columna 2017 debe ser $467,231[sic³] En la columna 2018 debe ser $495,153 y en 2017 debe ser $467,231 [sic⁴] En la columna 2018 debe ser $215,147[sic⁵] En la columna 2018 debe ser $436,435 [sic⁶] En la columna 2017 debe ser $1,190,246 [sic⁷] En la columna 2017 debe ser $29,190,246

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Los datos sobresalientes de los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2018, son los que se indican a continuación y están presentados en pesos:

Concepto Importe

a) Activo $ 710,300b) Pasivo 495,153c) Hacienda pública / patrimonio 215,147d) Ingresos y otros beneficios 44,774,425e) Gastos y otras pérdidas 45,267,300

RESULTADOS DE LA REVISIÓN

Para evaluar la razonabilidad de los rubros que integran los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2018 presentados como Cuenta Pública, se eligieron en nuestro examen partidas en forma selectiva con base al análisis de la información proporcionada por el Ente Público.

a) ACTIVO $710,300

Este importe se integra como sigue:

Concepto Importe

Activo circulante $ 353,547Activo no circulante 356,753

Total $ 710,300

ACTIVO CIRCULANTE $353,547

Se integra de los rubros siguientes:

Concepto Importe

Efectivo y equivalentes $ 331,946Derechos a recibir efectivo o equivalentes 21,601

Total $ 353,547

Efectivo y equivalentes $331,946

Rubro integrado por:

Concepto Importe

Efectivo $ 16,908Bancos / tesorería 315,038

Total $ 331,946

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20/

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Efectivo $16,908

Esta cuenta se integra por un fondo fijo destinado para el manejo operativo del Ente Público. Para su revisión se verificó el resguardo firmado por la persona responsable, además de realizar arqueo al fondo fijo.

Bancos / tesorería $315,038

Ampara principalmente cinco cuentas bancarias a nombre del Ente Público en moneda nacional y una en dólares registradas en Banco del Bajío, S.A., las cuales son utilizadas para el gasto operativo, así como para la preparación de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Las cuentas son las siguientes:

Cuenta Banco Importe*****70301 Banco del Bajío, S.A. dólares $ 240,837*****40201 Banco del Bajío, S.A. 56,141*****60301 Banco del Bajío, S.A. 38,726*****60201 Banco del Bajío, S.A. 1,316*****70301 Banco del Bajío, S.A. 469*****60872 Banco del Bajío, S.A. (22,484)

Total $ 315,005

Para su revisión se verificaron las conciliaciones bancarias al 31 de diciembre de 2018 de las cuales se corroboró que las partidas en tránsito hayan sido correspondidas en el ejercicio 2019, estados de cuenta bancarios, traspasos entre cuentas, auxiliares contables, adicionalmente se recibió la confirmación de saldos por parte de la institución bancaria.

Derechos a recibir efectivo o equivalentes $21,601

Representa el monto a recibir de los préstamos otorgados al personal del Ente Público, a través del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León (Isssteleon), siendo exigible en un plazo de doce meses.

Para su revisión se verificaron pólizas de egresos, transferencias bancarias, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, reporte de préstamos emitido por el Isssteleon, confirmación de saldo, auxiliares, así como su adecuado registro contable

En eventos posteriores al 31 de marzo de 2019 corroboramos que se han recibido $14,378, que representan el 67% del saldo.

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ACTIVO NO CIRCULANTE $356,753

Se integra como sigue:

ConceptoSaldo al 31/dic/17 Cargos Abonos

Saldo al 31/dic/18

Bienes muebles $ 1,720,728 $ 63,877 - $ 1,784,605Mobiliario y equipo de administración 781,632 63,877 - 845,509Mobiliario y equipo educacional y recreativo 931,388 - - 931,388Maquinaria, otros equipos y herramientas 7,708 - - 7,708

Activos Intangibles 78,250 - - 78,250Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes (1,446,149) 79,144 139,097 (1,506,102)

Total $ 352,829 $ 143,021 $ 139,097 $ 356,753

Mobiliario y equipo de administración $845,509

Los cargos por $63,877 amparan las adquisiciones realizadas por el Ente Público durante el ejercicio 2018, las cuales se detallan a continuación:

Cantidad Concepto Importe

6 Sillas ejecutivas. $ 31,0141 Estante de acero. 28,0841 Impresora multifuncional HP deskjt. 4,779

Total $ 63,877

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, resguardos, comprobantes fiscales digitales por internet, cotizaciones, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes $(1,506,102)

Los cargos por $79,144 corresponden principalmente a la baja por amortización total de software y licencias. Para su revisión se verificaron pólizas de diario, cálculo de la amortización, valuación de activos, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

Los abonos por $139,097 amparan las depreciaciones aplicadas a los diferentes activos propiedad del Ente Público en base a su vida útil mediante el método de línea recta.

Para su revisión se verificó el cálculo de la depreciación conforme a lo establecido en el Acuerdo por el que se Reforman las reglas específicas del registro y valoración del patrimonio (inciso B – punto 6 – Depreciación, deterioro y amortización, del ejercicio y acumulada de bienes), así como su adecuado registro contable.

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b) PASIVO $495,153

Corresponde al Pasivo circulante el cual se integra como sigue:

Concepto Importe

Cuentas por pagar a corto plazo $ 471,883Documentos por pagar a corto plazo 23,270

Total $ 495,153

Cuentas por pagar a corto plazo $471,883

Se integran como sigue:

Concepto Importe

Proveedores por pagar a corto plazo $ 358,451Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo 111,972Servicios personales por pagar a corto plazo 1,460

Total $ 471,883

Proveedores por pagar a corto plazo $358,451

El saldo ampara los adeudos a cargo del Ente Público por los bienes y servicios recibidos y pendientes de pago al 31 de diciembre de 2018, mismos que se integran como sigue:

Proveedor Servicio recibido Importe

Expresión Musical, A.C. “Concurso Internacional de Piano Parnassós” evento del 28 de octubre de 2018 en el Teatro de la Ciudad y del 4 de noviembre en el Auditorio San Pedro, esto para la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

$ 200,000

Universidad Autónoma de Nuevo León

Diversas presentaciones dentro del Festival Alfonsino 2018, en municipios del Estado de Nuevo León y activaciones en centros comerciales.

150,000

Gerencia Los Encinos, S.A. de C.V.

Servicio de pago por pensión de estacionamientos para el personal del Ente Público.

8,352

Otros (4). Menores de $100. 99

Total $ 358,451

Para su revisión se examinaron pólizas de diario y egresos, comprobantes fiscales digitales por internet, convenios, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

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Al 31 de marzo de 2019 verificamos que el Ente Público liquidó $158,352, mismo que representa el 44% del saldo.

Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo $111,972

Esta cuenta representa las obligaciones fiscales y de seguridad social a cargo del Ente Público al cierre del ejercicio 2018, las cuales se integran como sigue:

Concepto Importe

ISR Retención por asimilables a salarios $ 58,554Cuotas de Isssteleon 21,490IVA retenciones 16,450ISR Retención por servicios profesionales 15,422ISR Retención por fletes 56

Total $ 111,972

Para su revisión se examinaron, auxiliares, pólizas de diario, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, transferencias bancarias, comprobantes de pago de impuestos, así como su adecuado registro contable.

Durante enero 2019 fueron liquidadas en su totalidad estas obligaciones.

c) HACIENDA PÚBLICA / PATRIMONIO $215,147

ConceptoSaldo al

31/Dic/17 Cargos AbonosSaldo al

31/Dic/18Hacienda pública / patrimonio generado $ 730,029 $ 1,179,069 $ 664,187 $ 215,147

Resultado del ejercicio (Ahorro / desahorro) 634,790 1,127,665 - (492,875)Resultado de ejercicio anteriores (198,355) - 634,790 436,435Rectificaciones de resultados de ejercicios anteriores 293,594 51,404 29,397 271,587

Total $ 730,029 $ 1,179,069 $ 664,187 $ 215,147

Durante el ejercicio 2018 el rubro de patrimonio se vio afectado principalmente por el traspaso del Resultado del ejercicio 2017 (ahorro) a Resultados de ejercicios anteriores por $634,790, y el Resultado del presente ejercicio por un desahorro de $(492,875).

d) INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS $44,774,425

Este saldo se integra como sigue:

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Concepto Importe

Participaciones, aportaciones, transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas

$ 42,996,074

Otros ingresos y beneficios 1,778,351

Total $ 44,774,425

Para su revisión se verificó en forma selectiva la documentación de las pólizas de ingresos y diario, recibos de ingresos y estados de cuenta bancarios, con el objeto de comprobar su razonabilidad en la presentación de la Cuenta Pública, con un alcance del 99%.

PARTICIPACIONES, APORTACIONES, TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

$42,996,074

Se integra como sigue:

Concepto Importe

Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas $ 30,496,074Participaciones y aportaciones 12,500,000

Total $ 42,996,074

Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas $30,496,074

Esta cifra ampara las aportaciones estatales recibidas de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado de Nuevo León (Sfytge) para ser destinadas al gasto operativo del Ente Público.

Para su revisión se examinaron pólizas de ingresos, estados de cuenta bancarios, conciliación de las transferencias del Estado, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

Participaciones y aportaciones $12,500,000

Corresponde a los recursos federales recibidos por la Secretaría de Cultura, los cuales son destinados para la realización de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”, cuyos objetivos general y específicos son: ofrecer a la comunidad un festival cultural con estándares de excelencia que contribuya a generar condiciones sociales distintas y favorables que a la vez posibilite momentos de convivencia, armonía e integración social, mediante una oferta artística, influyente, atractiva y en su mayoría gratuita, para la población en la que colaboran artistas locales, nacionales e internacionales.

Para su revisión se examinaron pólizas de ingresos, estados de cuenta bancarios, Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

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OTROS INGRESOS Y BENEFICIOS $1,778,351

Se integra como sigue:

Concepto Importe

Otros ingresos y beneficios varios $ 1,502,349Ingresos financieros 276,002

Total $ 1,778,351

Otros ingresos y beneficios varios $1,502,349

El saldo refiere principalmente a las aportaciones recibidas como donativo por Radio Móvil Dipsa,S.A. de C.V. de $500,000, para la realización de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”, $375,551 de la Corporación para el Desarrollo Turístico de Nuevo León para apoyo de gastos operativos al proyecto "Ofrenda de muertos 2018", así como $335,298 para gastos operativos por parte del Fideicomiso Turismo Nuevo León.

Para su revisión se verificaron pólizas de diario, comprobantes fiscales digitales por internet, estados de cuenta bancarios, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

Ingresos financieros $276,002

Representan los rendimientos financieros y los derivados de la inversión en mercado de dinero del pagaré liquidable mensual de las cuentas bancarias del Ente Público.

Para su revisión se examinaron pólizas de ingresos, estados de cuenta bancarios, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

e) GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS $45,267,300

Se integran como sigue:

Concepto Importe

Gastos de funcionamiento $ 45,202,749Otros gastos y pérdidas extraordinarias 64,551

Total $ 45,267,300

Para su revisión se examinaron en forma selectiva las pólizas de diario y egresos, comprobantes fiscales digitales por internet, contratos o pedidos, nóminas, así como el cumplimiento a las disposiciones aplicables contenidas en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2018, y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

Estado de Nuevo León, con objeto de comprobar su razonabilidad en la Cuenta Pública, con un alcance del 93%.

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO $45,202,749

Se integra como sigue:

Concepto Importe

Servicios personales $ 2,696,841Materiales y suministros 1,942,083Servicios generales 40,563,825

Total $ 45,202,749

Servicios personales $2,696,841

Este rubro lo integran las siguientes cuentas:

Concepto Importe

Remuneraciones al personal de carácter permanente $ 2,023,869Seguridad social 359,087Remuneraciones adicionales y especiales 313,885

Total $ 2,696,841

Remuneraciones al personal de carácter permanente $2,023,869

Representan los pagos quincenales realizados al personal del Ente Público que tributa bajo el régimen de honorarios asimilables a salarios, al 31 de diciembre de 2018, los cuales se detallan a continuación:

Puesto Sueldo anual

Coordinador ejecutivo $ 862,783Coordinador de atención a visitantes 316,983Jefatura Jurídica 286,049Jefatura administrativa y contable 286,049Jefatura de actividades operativas 164,737Jefatura de contabilidad 107,268

Total $ 2,023,869

Para su revisión se verificaron selectivamente nóminas autorizadas, bases de datos, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, transferencias bancarias, estados de cuenta bancarios, prueba global de nóminas, Acta del Comité Técnico, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

Seguridad social $359,087

Esta cifra ampara el registro de las cuotas patronales pagadas al Isssteleon por concepto de seguridad social de enero a diciembre de 2018. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, recibos de pago, cálculos, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

Remuneraciones adicionales y especiales $313,885

Esta erogación se integra por el pago correspondiente al aguinaldo otorgado al personal del Ente Público. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, recibos de pago, cálculos, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, contrato de trabajo por tiempo indeterminado, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

Materiales y suministros $1,942,083

El rubro esta integrado por las siguientes cuentas:

Concepto ImporteAlimentos y utensilios $ 1,671,880Materiales de administración, emisión de documentos y artículos oficiales

147,803

Combustibles, lubricantes y aditivos 73,606Vestuario, blancos, prendas de protección y artículos deportivos

48,214

Herramientas, refacciones y accesorios menores 580

Total $ 1,942,083

A continuación, se detallan las erogaciones más importantes:

Alimentos y utensilios $1,671,880

Se integra principalmente por los gastos siguientes:

Prestador del Servicio Concepto Importe

Sign Food Group, S.A. de C.V.

Servicio de catering (agua, refrescos de lata, hielo, sándwiches, frutos secos, fruta fresca, carnes frías, ramos de flores, galletas surtidas, papas fritas, café, té, vino de mesa, tequilas, pizzas familiares, miel de abeja, barras de granola entre otros), esto para la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

$ 1,275,821

Yessica Daniela García Flores.

Servicio de alimentos y bebidas (bocadillos, meseros, hosstes y limpieza), para eventos en el Museo del Noreste (MUNE) y en el Museo del Obispado, del 24 de abril y del 2 de noviembre de 2018, respectivamente.

329,811

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

Prestador del Servicio Concepto Importe

Alimentos Preparados del Norte, S.A. de C.V.

Servicio de alimento para voluntariado del evento del 20 de noviembre de 2018 en el Museo del Noreste (MUNE).

20,300

Jui Fen Chen. Servicio de alimentos para el grupo de China “National Peking Ópera Company”, durante su presentación en la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

19,001

Total $ 1,644,933

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, transferencias bancarias, comprobantes fiscales digitales por internet, órdenes de compra, requerimientos de información a terceros, estudios de mercado, cotizaciones, Actas del Comité de Adquisiciones, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

Materiales de administración, emisión de documentos y artículos oficiales $147,803

Erogaciones que se integran principalmente como sigue:

Prestador del Servicio Concepto Importe

Productividad Integral,S.A. de C.V.

Servicio de impresión de lonas para escenarios y estructuras de módulos de información, para la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

$ 43,193

Signs Materias Primas,S.A. de C.V.

Servicio de impresión de las encuestas de Contraloría Social solicitadas por la Secretaría de Cultura, así como también la adquisición de cestos de plástico para la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

28,072

Fuerza Gráfica del Norte, S.A. de C.V.

Elaboración de tarjetas de presentación, sobres membretados y cinco libros tipo photobook para la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

16,366

Abel Jiménez Jiménez. Servicio de impresión, corte y enmicado de gafete, para el personal a participar en la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

15,387

Total $ 103,018

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, transferencias bancarias, comprobantes fiscales digitales por internet, órdenes de compra, requerimiento de información a terceros, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

Combustibles, lubricantes y aditivos $73,606

Esta cifra ampara la compra de gasolina utilizada por personal del Ente Público en diversas diligencias. Para su revisión se verificaron pólizas de egresos, comprobantes fiscales digitales por internet, reporte de reposición de caja chica, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

Vestuario, blancos, prendas de protección y artículos deportivos $48,214

Representa la compra de gorras y playeras bordadas para voluntariado y staff que participó en la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Para su revisión se verificaron pólizas de egresos, comprobantes fiscales digitales por internet, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, transferencias bancarias, registro en el padrón de proveedores, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

Servicios generales $40,563,825

Este rubro está integrado como sigue:

Concepto Importe

Servicios profesionales, científicos y técnicos y otros servicios

$ 21,580,412

Servicios de arrendamiento 11,152,084Servicios de traslado y viáticos 5,532,608Servicios financieros, bancarios y comerciales 1,245,280Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación

435,019

Servicios de comunicación social y publicidad 431,056Servicios oficiales 86,826Servicios básicos 62,823Otros servicios generales 37,717

Total $ 40,563,825

A continuación, se detallan las erogaciones más importantes:

Servicios profesionales, científicos y técnicos y otros servicios $21,580,412

Esta cuenta corresponde a las erogaciones realizadas por la prestación de diversos servicios otorgados al Ente Público durante la celebración en la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”, los cuales son proporcionados por los siguientes proveedores:

Prestador del servicio Importe

Grupo Sanfora, S.A. de C.V. $ 2,663,824Ilotopie 1,615,536Producciones y Eventos, S.A. de C.V. 1,223,240Lorenia Beatriz Canavati Von Borstel 1,168,112Vasa Multiproduction and Logistic, S.A. de C.V. 968,716Agrupacio Enllac Musical 879,597Operadora de Servicios Fanak, S.A. de C.V. 849,120Elsie Management Inc. 782,736

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

Prestador del servicio Importe

S.C. Entertainment 768,086China National Peking Opera Company 737,676Treviño Promotora y Administradora, S.A. de C.V. 705,194Consejo para la Cultura y las Artes de Nuevo León 696,000La Gran Audiencia Entretenimiento, S.C. 638,000Bárbara de Hoyos Villarreal 602,308Centre Internacional de Música Antiga Fundacio Privada 577,250Pirotecnia Especializada, S.A de C.V. 473,744Sequence del Norte, S.A. de C.V. 446,600Nagata Shachu Japanese Taiko and Music Group 421,392Sergio Rodríguez Villarreal 377,551House Beat Mexico, S.A. de C.V. 360,789Administración y Logística Especializada, S.A. de C.V. 352,814Villalón Alonso Contadores Públicos, S.C. 350,736Oscar René Carrillo Ortíz 314,959Koresh Dance Company 297,450Signs Materias Primas, S.A. de C.V. 274,356La Mezcladora, S.A. de C.V. 249,980Universidad Autónoma de Nuevo León 215,296Parnassos 200,000Otros menores a $197,000 (38). 2,369,350

Total $ 21,580,412

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, comprobantes fiscales digitales por internet, transferencias bancarias, contratos, reportes de actividades, Actas de Sesión del Comité Técnico, requerimientos de información a terceros, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

A continuación, se detallan los más importantes:

Grupo Sanfora, S.A. de C.V. $2,663,824

Esta erogación ampara principalmente los pagos realizados para diversos espectáculos entre los que se encuentran: “Nuevo Talento, Nuevo León” proyecto musical que presentó 15 grupos regiomontanos; “Nuevo León Suena” con la presentación de grupos como: School of Rock House Band, Elefante, Luisa González, Andrea Puga, Ulmater, Orfanos, Pehuenche, Serbia, Sánchez y José Madero; “Somos Regios: El Concierto”, con la presentación de grupos tales como: Semillero Regio, Chetes, Gran Silencio, Celso Piña con Pato Machete y Plastilina Mosh; el 16 de septiembre, 4 y 9 de noviembre de 2018, respectivamente, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

Ilotopie $1,615,536

Representa las erogaciones realizadas para la presentación del espectáculo “El Viaje Extraordinario”, del 25 al 28 de octubre de 2018 en el Lago de las Olas, dentro del Parque Fundidora, en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Producciones y Eventos, S.A. de C.V. $1,223,240

Corresponde a los pagos realizados para la presentación del espectáculo “La historia de un soldado” el 25 y 26 de octubre y 11 de noviembre de 2018 en el espacio al aire libre del Teatro de la Ciudad en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Lorenia Beatriz Canavati Von Borstel $1,168,112

Representa los servicios profesionales de enlace entre el Patronato del Festival Internacional de Santa Lucía, A.C. y la Junta Directiva del Festival Internacional de Santa Lucía apoyando en las directrices de planeación, organización, coordinación y ejecución de las actividades propias del festival.

Vasa Multiproduction and Logistic, S.A. de C.V. $968,716

Esta cifra ampara las erogaciones realizadas por la asesoría y consultoría en la coordinación de la planeación, el diseño y el seguimiento a las estrategias de seguridad y auxilio, antes, durante y al finalizar cada evento o espectáculo, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Agrupacio Enllac Musical $879,597

El monto representa las erogaciones realizadas para la presentación de la Orquesta de Cambra del Emporda con el espectáculo "Concerto A Tempo D´ Umore", del 7 al 12 de noviembre de 2018, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Operadora de Servicios Fanak, S.A. de C.V. $849,120

Corresponde a las erogaciones realizadas para la realización y presentación del “Vídeo Mapping” del 20 de septiembre de 2018, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

Elsie Management Inc. $782,736

Ampara los pagos realizados para la presentación del grupo “Australians Strange Fruit", con el espectáculo "Tall Tales from the High Seas", del 9 al 11 de noviembre de 2018, en la Plaza BOF, dentro del Parque Fundidora en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

S.C. Entertainment $768,086

Esta erogación representa los pagos realizados para la presentación del grupo “Theorem”, el 10 y 11 de noviembre de 2018, en la Explanada Santa Lucía, en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

China National Peking Opera Company $737,676

La cifra corresponde a los pagos realizados para la presentación del espectáculo “Havoc in the heavenly kingdom”, del 2 al 4 de noviembre de 2018, en la Explanada Santa Lucía, en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Treviño Promotora y Administradora, S.A. de C.V. $705,194

Representa las erogaciones realizadas para la presentación y contratación del baterista Antonio Sánchez (creador del soundtrack de la película Birdman), dentro del evento “Birdman movie screening”, el dos de noviembre de 2018, en el escenario del Museo del Obispado, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Consejo para la Cultura y las Artes de Nuevo León $696,000

Ampara las erogaciones realizadas para la presentación "Ópera Conarte: El Barbero de Sevilla", los días 9 y 11 de noviembre de 2018, en la Gran Sala del Teatro de la Ciudad en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

La Gran Audiencia Entretenimiento, S.C. $638,000

Corresponde a los pagos realizados por la presentación del grupo “Mariachi Vargas de Tecalitlán” el 7 de noviembre de 2018 en la Explanada de los Héroes en el Centro de Monterey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

Bárbara de Hoyos Villarreal $602,308

Servicios profesionales prestados durante el año por asesoría, consultoría, ejecución y seguimiento en materia cultural y de vinculación institucional, dentro de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Centre Internacional de Musica Antiga Fundacio Privada $577,250

El monto representa las erogaciones realizadas para la presentación del espectáculo "Jordi Saval, Tembenbe Ensemble and Hesperior XXI: “El Nuevo Mundo Folías Criollas” el 10 de noviembre de 2018, en la Explanada de los Héroes en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Pirotecnia Especializada, S.A. de C.V. $473,744

Servicios profesionales de pirotecnia y juegos artificiales para el espectáculo "Un Viaje Extraordinario", presentado por el grupo "Ilotopie", del 25 al 28 de octubre en el Lago de las Olas, dentro del Parque Fundidora en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Sequence del Norte, S.A. de C.V. $446,600

Corresponde al pago de servicios profesionales de fotografías oficiales de cada uno de los espectáculos realizados durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Nagata Shachu Japanese Taiko and Music Group $421,392

Representa las erogaciones realizadas para la presentación del espectáculo “Nagata Shachu” el 11 de noviembre de 2018 en la Explanada de los Héroes en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Sergio Rodríguez Villarreal $377,551

Ampara el pago del servicio de diseño, producción y montaje de "La Ofrenda de Muertos" del 2 al 11 de noviembre, en la extensión de la Explanada de los Héroes y el Museo Metropolitano de Monterrey, Nuevo León durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

House Beat México, S.A. de C.V. $360,789

La cifra representa las erogaciones realizadas por la presentación artística de Antonio Sánchez & Migration Banda con el espectáculo "Channels of Enery", el 3 de noviembre de 2018 en la Explanada de los Héroes en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Administración y Logística Especializada, S.A. de C.V. $352,814

Servicio de seguridad privada en los diversos escenarios durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”, del 22 de octubre al 14 de noviembre de 2018.

Villalón Alonso Contadores Públicos, S.C. $350,736

Servicios profesionales de auditoría interna de la información financiera y contable del Ente Público, durante el ejercicio 2018.

Oscar René Carrillo Ortíz $314,959

Representa las erogaciones realizadas para la presentación del espectáculo “Latinoamérica a París” el 28 de octubre de 2018 en la Explanada de los Héroes en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Koresh Dance Company $297,450

Ampara las erogaciones realizadas para la presentación del grupo "Koresh Dance", el 27 de octubre de 2018, en la Gran Sala del Teatro de la Ciudad en Monterrey, Nuevo León, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Signs Materias Primas, S.A. de C.V. $274,356

La cifra corresponde a los pagos realizados por la impresión, instalación y desinstalación de lonas ubicadas en diversos escenarios tales como: Explanada de los Héroes, Escuela Adolfo Prieto, Edificio Santa Lucía, Teatro de la Ciudad, Explanada Santa Lucía, Lago de las Olas, Museo Obispado, entre otros, durante la celebración de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

Servicios de arrendamiento $11,152,084

El monto ampara los gastos derivados de la contratación de los servicios de arrendamiento, mantenimiento, operación, instalación y desinstalación de escenarios, equipo de audio, iluminación, soporte de producción, planta generadora de energía eléctrica, renta de toldos, sillas,

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

entre otros para las diversas presentaciones al público dentro la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”, se integra principalmente como sigue:

Proveedor Descripción Importe

Troya Eventos y Producciones, S.A. de C.V.

Arrendamiento y servicios de instalación, mantenimiento, operación de escenarios, equipo de audio, iluminación, soporte de producción, planta generadora de energía eléctrica y equipo adicional para ensayos y presentaciones.

$ 5,742,000

Developmet and Services for Industry de México, S.A. de C.V.

Renta de tarimas, toldos, barreras, montaje y desmontaje de los diversos escenarios tales como: Explanada de los Héroes, Teatro de la Ciudad, Explanada Santa Lucía, Lago de las Olas, Plaza BOF, Museo Obispado y Paseo de la Mujer entre otros dentro la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

2,321,169

Signs Materias Primas,S.A. de C.V.

Servicios de instalación y desinstalación de toldos, carpas y/o techos estructurales en los diversos escenarios y edificios para publicidad de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

1,233,720

Transportes Tamaulipas,S.A. de C.V.

Renta de servicio de transportación de artistas a participar en la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía” en los diferentes municipios del Estado.

923,719

Cantú Rent a Car, S.A. de C.V.

Renta de vehículos para transportación de pasajeros y carga de los elencos y staff participantes de los eventos realizados en la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

377,209

Sani Rent de México, S.A. de C.V.

Renta de sanitarios portátiles sencillos y vip con servicio de limpieza diaria para la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

147,436

Jesús Ismael Duarte Ovalle.

Servicio de ambulancia y paramédicos por 10 horas diarias, del 22 de octubre al 12 de noviembre de 2018, durante la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

110,600

Sociedad de Actores y Compositores de México,S. de G.C. de I.P.

Derechos de autor del Festival Internacional de Santa Lucía 2018. 99,999

Interfaz Comercializadora,S.A. de C.V.

Renta de diverso equipo de sonido entre lo que se encuentra variedad de micrófonos tales como: dinámicos, de condensador, shure serie URD, presencial, inalámbricos; pódium; subsnakes; body pack; cajas directas; stand de partituras con lámpara; consola digital de 32 canales; tarimas con escaleras; planta eléctrica silenciosa, entre otros.

60,250

Espacios y Resguardos,S.A. de C.V.

Renta de bodega para resguardo de la documentación del Ente Público.

35,730

Kemebra, S.A. de C.V. Servicio de renta de impresora de enero a julio 2018. 25,458Máquinas, Información y Tecnología Avanzada, S.A. de C.V.

Servicio de renta de impresora de julio a diciembre 2018. 24,939

Total $ 11,102,229

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, transferencias bancarias, comprobantes fiscales digitales por internet, requerimiento de información a terceros, contratos, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

Servicios de traslado y viáticos $5,532,608

El saldo representa principalmente las erogaciones por concepto de vuelos internacionales y hospedaje de los diversos artistas participantes dentro de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, comprobantes fiscales digitales por internet, transferencias bancarias, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

Servicios financieros, bancarios y comerciales $1,245,280

Se integra principalmente como sigue:

Concepto Importe

Valiton Corp & Logistics,S.A. de C.V.

Servicio de logística de coordinación por despacho aduanal y coordinación terrestre nacional para la producción del espectáculo "El Viaje Extraordinario".

$ 597,106

Banco del Bajío, S.A. Registro de los honorarios fiduciarios cobrados durante el ejercicio 2018.

267,341

Chubb Seguros México, S.A.

Seguro de daños a terceros en sus personas y/o bienes, así como también los perjuicios y daño moral dentro de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía”.

207,640

Total $ 1,072,087

Para su revisión se verificaron pólizas de egresos, estados de cuenta bancarios, póliza de seguro, comprobantes fiscales digitales por internet, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, transferencias bancarias, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación $435,019

Corresponde principalmente a los pagos realizados a Troya Eventos y Producciones, S.A. de C.V. por la renta e instalación, mantenimiento, operación, limpieza, desinstalación de montacargas, equipo de audio, escenarios, valla, iluminación y generador de corriente eléctrica por $220,284, así como también a Operadora Intervasa, S.A. de C.V., por servicio de limpieza dentro de la edición 2018 del “Festival Internacional de Santa Lucía” por $141,636.

Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, comprobantes fiscales digitales por internet, transferencias bancarias, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

Servicios de comunicación social y publicidad $431,056

Refiere principalmente a las erogaciones por concepto de servicio de producción fotográfica y publicidad. Para su revisión se verificaron pólizas de diario y egresos, oficios de instrucción de pago de la fiduciaria, comprobantes fiscales digitales por internet, transferencias bancarias, contratos, auxiliares, así como su adecuado registro contable.

OTROS GASTOS Y PÉRDIDAS EXTRAORDINARIAS $64,551

Está integrado como sigue:

Concepto Importe

Estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y amortizaciones $ 63,163Otros Gastos 1,388

Total $ 64,551

Estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y amortizaciones $63,163

Este concepto ampara principalmente el cargo a resultados por la aplicación de los porcentajes de depreciación a los distintos activos del Ente Público como demérito por el uso de los mismos.

Para su revisión se verificó el cálculo de la depreciación conforme a lo establecido en el Acuerdo por el que se Reforman las reglas específicas del registro y valoración del patrimonio (inciso B – punto 6 – Depreciación, deterioro y amortización, del ejercicio y acumulada de bienes), así como su adecuado registro contable.

A continuación se presenta el cuadro comparativo proporcionado por el Ente Público del presupuesto de ingresos y egresos, lo presupuestado contra lo real, con sus respectivas variaciones:

Fideicomiso Festival Internacional de Santa LucíaPresupuesto contra real

Al cierre del ejercicio 2018

Concepto Presupuesto Real Variación %

Ingresos y otros beneficiosAportaciones estatales $ 31,175,000 $ 30,496,074 $ (678,926) (2)Aportaciones federales 12,500,000 12,500,000 - -Ingresos ventas bienes y servicios - - -

Total $ 43,675,000 $ 42,996,074 $ (678,926) (2)

Presupuesto Ejercido Variación %

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Fideicomiso Festival Internacional de Santa LucíaPresupuesto contra real

Al cierre del ejercicio 2018

Concepto Presupuesto Real Variación %

Gastos y otras pérdidasServicios personales $ 2,696,841 $ 2,696,841 $ - -Servicios generales 40,934,800 40,563,825 370,975 1Materiales y suministros 1,959,727 1,942,083 17,644 1Bienes muebles e intangibles 63,897 63,897 - -

Total $ 45,655,265 $ 45,266,646 $ 388,619 1

Para el análisis del presupuesto no se consideraron las estimaciones, depreciaciones, deterioros, amortizaciones, provisiones y reservas y otros gastos y pérdidas extraordinarias.

Al cierre del ejercicio se determinaron variaciones al presupuesto, de las cuales el Ente Público proporcionó las explicaciones siguientes:

“Las variaciones se deben al pago pendiente del Festival Alfonsino de la UANL por un importe de$150,000.00 y el pago pendiente del concurso internacional de piano por un importe de$200,000.00”.

B. Cumplimiento de las normas de información financiera aplicables al sector gubernamental y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos y normativa correspondientes

Con posterioridad a la verificación realizada por esta Auditoría Superior del Estado, con relación a los Estados Financieros que se incluyen en la Cuenta Pública, se concluye que su presentación, está de acuerdo con las normas de información financiera, normatividad aplicable a este tipo de Ente Público y que se apegó al cumplimiento de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el ejercicio fiscal 2018 y demás ordenamientos aplicables en la materia, excepto en su caso por lo mencionado en el apartado VII de este informe.

C. La evaluación del avance o cumplimiento de los programas y subprogramas aprobados

Los indicadores de gestión determinados por la administración del Ente Público son los siguientes:

GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LÓNIndicadores de Gestión

Del ejercicio 2018

Tipo Nombre Período Unidad de Medida

Programático Captación de Ingresos origen local

Anual del ejercicio 2018

Porcentaje

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GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LÓNIndicadores de Gestión

Del ejercicio 2018

Variables de cálculo Algoritmo Indicador Interpretación del resultado

IPFL = 42,996,074

IT= 43,675,000

IPFLx 100

IT

Muestra la razón porcentual que guardan

los ingresos provenientes de fuentes locales entre

los ingresos totales 98.44%

Meta 2017 Comportamiento (indicador/meta) Resultados a últimos años Gráfico

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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VII. Observaciones derivadas de la revisión practicada, las aclaraciones a las mismas por los funcionarios responsables y su análisis por la Auditoría Superior del Estado, incluyendo las acciones que se ejercerán y recomendaciones que se formularán

GESTIÓN FINANCIERA

Las observaciones detectadas durante la revisión en materia de Gestión Financiera, fueron comunicadas mediante el oficio ASENL-OPR-AEGE-AP82-AF102/2019-TE al titular del Ente Público, otorgándole de conformidad con el párrafo primero del artículo 46 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, un plazo de treinta días naturales contados a partir del día de su notificación, a fin de que presentara las justificaciones y aclaraciones de su intención, recibiéndose las mismas dentro del plazo otorgado.

Ley General de Contabilidad Gubernamental

1. Se revisó la observancia de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG)y la normatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), advirtiéndose incumplimientos por parte del Ente Público, a las obligaciones que diversos preceptos de la referida Ley le imponen, acorde con lo que se enuncia a continuación:

I. Registros contables

a) Establecer una lista de cuentas alineadas al plan de cuentas emitido por el Conac (artículo 37).

b) Registrar en cuentas específicas de activo los bienes muebles e inmuebles (artículos 23 y 24 conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio).

c) Realizar los registros contables con base acumulativa, el gasto conforme a su fecha de realización y el ingreso cuando exista jurídicamente el derecho de cobro (artículo 34, conforme a Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los ingresos y Normas y metodología para la determinación de los momentos contables de los egresos).

d) Constituir provisiones, revisarlas y ajustarlas periódicamente para mantener su vigencia (artículo 39).

e) Expresar en los estados financieros los esquemas de pasivos, incluyendo la deuda pública (artículo 45).

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f) Disponer de las matrices de conversión con las características señaladas en losartículos 40 y 41, (artículo cuarto transitorio del decreto por el que se expide la LGCG publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008).

II. Registros presupuestarios

a) Generar registros automáticos y por única vez en los momentos contables correspondientes de los procesos administrativos de los Entes Públicos que impliquen transacciones presupuestarias y contables (artículos 16 y 40, conforme al Acuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013).

b) El sistema interrelaciona de manera automática los clasificadores presupuestarios y lista de cuenta (artículos 19, fracción III y IV y 41, conforme al Acuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013).

c) Generar estados financieros en tiempo real (artículo 19, fracción V, VI y Sexto transitorio, conforme al Acuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013).

III. Registros administrativos

a) Llevar a cabo el levantamiento físico del inventario de los bienes muebles e inmuebles, conciliarlo con el registro contable, además registrar en un plazo de 30 días hábiles los bienes que se adquieran (artículos 23 y 27, conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio).

IV. Transparencia

a) Publicar trimestralmente a más tardar 30 días después del cierre del período que corresponda la información financiera (artículo 47 y 51).

NormativaRespuestaDel Ente

"Justificación y/o Aclaración: En atención al punto I, Registros Contables inciso a), de la observación que nos ocupa, se informa que el Sistema contable que maneja el Fideicomiso,

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"Sistema SAACG" cuenta con un plan de cuentas alineado con el CONAC, de conformidad con el artículo 37 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Me permito anexar copia certificada del plan de cuentas.

Anexo y Folios Anexo 1 A) Folio 1-31

En atención al punto I, Registros Contables inciso b), es de mencionarse que el Fideicomiso registra en cuentas específicas de activos los bienes muebles e inmuebles, tal y como lo dispone el artículo 23 y 24 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y conforme a las específicas de registro y valoración del patrimonio.

Se anexa copia certificada de cuentas específicas de activo.

Anexo y Folios Anexo 1 B) Folio 32-36

En atención al punto I, Registros Contables inciso c), se informa que este ente público en la actualidad contabiliza por momentos contables, cumpliendo con lo establecido en el artículo 34 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Se anexa copia certificada de las pólizas de registros contables con base acumulativa (momentos contables 2019).

Anexo y Folios Anexo 1 C) Folio 37-70

En atención al punto I, Registros Contables inciso d), es de indicarse que el Fideicomiso sigue los pasos presupuestales, cumpliendo con los establecido en el artículo 39 de la LGCG.

Se anexa copia certificada del auxiliar de la provisión efectuadas mes con mes de enero a diciembre de 2018.

Anexo y Folios Anexo 1 D) Folio 71-103

En atención al punto I, Registros Contables inciso e), es de indicarse que en los Estados Financieros si se expresan los esquemas de pasivos, particularmente los pasivos con proveedores y prestadores de servicios, siendo importante mencionar que el Fideicomiso a cargo no tiene pasivo por deuda pública, tal y como lo dispone el artículo 45 de la LGCG.

Se anexa copia certificada de estado de situación financiera, donde se refleja los pasivos correspondientes a los pasivos con proveedores y prestadores de servicios.

Anexo y Folios Anexo 1 E) Folio 104-223

En atención al punto I, Registros Contables inciso f), de la observación que nos ocupa, se informa que el Sistema contable que maneja el Fideicomiso, "Sistema SAACG" cuenta

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con

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matrices de conversión que la realiza automáticamente en cada registro contable con las características señaladas en los artículos 40 y 41 (artículo cuarto transitorio del decreto por el que se expide la LGCG publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008).

Se anexa copia certificada del "Sistema SAACG" las matrices de conversión.

Anexo y Folios Anexo 1 F) Folio 224-376

En atención al punto II, Registros Presupuestarios inciso a), es de mencionar que el Fideicomiso genera registros automáticos y por única vez en los momentos contables correspondientes de los procesos que impliquen transacciones presupuestarias y contables, cumpliendo con el artículo 16 y 40, conforme al Acuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Amortización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013.

Se anexa copia certificada ejemplos de algunas pólizas de momentos contables, donde se refleja la conciliación contable presupuestal.

Anexo y Folios Anexo 2 A) Folio 377-440

En atención al punto II, Registros Presupuestarios inciso b), es de informar que el "Sistema SAACG" interrelaciona de manera automática los clasificadores presupuestarios y la lista de cuentas conforme a las NIF. Esto conforme a los artículos 19, fracción III y IV y 41, conforme al Acuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el16 de mayo de 2013).

Se anexa copia certificada de los clasificadores presupuestarios y lista de cuentas.

Anexo y Folios Anexo 2 A) Folio 441-507

En atención al punto II, Registros Presupuestarios inciso c), se señala que el "Sistema SAACG" genera los estados financieros automáticamente, esto quiere decir que se generan en tiempo real cumpliendo con lo establecido en el artículo 19, fracción V, VI y Sexto transitorio, conforme al Acuerdo por el que se determina la norma de información financiera para precisar los alcances del Acuerdo 1 aprobado por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en reunión del 3 de mayo de 2013 y publicado el 16 de mayo de 2013.

Se anexa copia certificad de estados financieros 2018.

Anexo y Folios Anexo 2 C) Folio 508-591

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En atención al punto III, Registros Administrativos inciso a), de la observación que nosocupa, cabe mencionar que a la fecha, el Fideicomiso cuenta con el levantamiento físico del inventario de los bienes muebles conciliado con el registro contable, en el cual se registran dentro del plazo de 30 días hábiles los bienes que se adquieren, tal y como se señala en los artículos 23 y 27 de la LGCG y conforme a las Reglas específicas de registro y valoración del patrimonio.

Se anexa inventario de bienes muebles y el auxiliar contable de bienes muebles.

Anexo y Folios Anexo 3 A) Folio 592-595

En atención al punto IV, Transparencia inciso a), es de mencionarse que a la fecha se encuentra publicado al trimestre correspondiente de acuerdo al artículo 47 y 51 de la LGCG.

Se anexan capturas de pantalla y liga de la plataforma SIPOT (Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia) www.plataformadetransparencia.org.mx.

Anexo y Folios Anexo 4 A) Folio 596-597"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, solventa parcialmente lo observado debido a que no ha cumplido con la totalidad de las disposiciones señaladas en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la normatividad emitida por el Consejo Nacional de Armonización Contable (Conac), debido a lo siguiente:

Respecto a los REGISTROS CONTABLES y REGISTROS PRESUPUESTARIOS, auncuando anexó el plan de cuentas, cuentas específicas del activo, momentos contables 2019, Estado de Situación Financiera mediante el cual se reflejaron los pasivos; ejemplos de pólizas de momentos contables, los clasificadores presupuestarios, lista de cuentas y Estados Financieros 2018, al adjuntar los asientos de reclasificación y/o ajuste derivados de las observaciones subsecuentes, demostró que lo presentado al 31 de diciembre de 2018 no fue presentado correctamente y por lo tanto aun cuando generó registros automáticos y por única vez; y estados financieros en tiempo real, las cifras no fueron correctas.

En cuanto a los REGISTROS ADMINISTRATIVOS si bien exhibió el inventario de bienes muebles y auxiliar contable de éstos, al haber realizado la reclasificación en la observación relacionada con Bienes muebles demostró que lo presentado al 31 de diciembre de 2018, no fue correcto.

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Finalmente, lo relativo al cumplimiento de TRANSPARENCIA aunque adjuntó la publicaciónde la Cuenta Pública, ésta no fue difundida dentro de los treinta días naturales siguientes al cierre del periodo que corresponda la información financiera.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Ley de Disciplina Financiera

2. Se revisó el cumplimiento de las obligaciones de publicación e integración de Cuenta Públicaque le imponen a los entes fiscalizados los "CRITERIOS para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios", emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 11 de octubre de 2016, observando lo siguiente:

a) Obligaciones de publicación

En la consulta efectuada el día 28 de mayo de 2019 al portal de internet del ente público www.nl.gob.mx/fisl y en el Nuevo Sistema Estatal de Transparencia http:// transparencia.nl.gob.mx/site/bienvenida, se advirtió que éste ha sido omiso en publicar la Guía de Cumplimiento de la LDF, especificado en el anexo 3 de los citados CRITERIOS, incumpliendo con lo dispuesto en el punto 9 de los invocados CRITERIOS emitidos por el CONAC, y artículos 56, 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; artículo 70, fracciones XXI y XXII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y artículo 95 fracciones XXII y XXIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.

NormativaRespuestaDel Ente Público:

"Justificación y/o Aclaración: En atención al inciso a), Se informa que el Fideicomiso cumple con lo señalado en la Guía de Cumplimiento de la LDF, especificado en el anexo 3 de los citados CRITERIOS, además cumple con lo dispuesto en el punto 9 de los invocados CRITERIOS emitidos por el CONAC, y artículos 56, 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; artículo 70, fracciones XXI y XXII de la Ley General de Transparencia

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y Acceso a la Información Pública y artículo 95 fracciones XXII y XXIII de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.

Se anexan capturas de pantalla y liga para su consulta nl.gob.mx/publicaciones/guía- de-cumplimiento-de-la-ldf-fisl.

Anexo y Folios Anexo 5 Folio A) 598-600"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, solventa parcialmente lo observado, debido a que anexó pantalla de la página de internet en la cual se identificó la publicación de las citadas Guías, con fecha del 28 de agosto de 2018, sin embargo éstas no fueron difundidas dentro de los 30 días naturales siguientes al cierre del periodo que corresponda de conformidad con el artículo 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; la cual debió ser presentada en forma anual en conjunto con la Cuenta Pública en su página oficial de internet en los términos referidos en la observación.Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Estados financieros

Indicadores de gestión

3. El Ente Público incluyó en la Cuenta Pública Anual 2018 los Indicadores de gestión deltipo programático relativos a la captación de los ingresos recibidos mediante los cuales de acuerdo a la "interpretación de su resultado: muestran la razón porcentual que guardan los ingresos provenientes de fuentes locales entre los ingresos"; sin reflejar los que midan su objetivo, por lo que contraviene las disposiciones señaladas en el numeral 134, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Normativa

RespuestaDel Ente Público:

"Justificación y/o Aclaración: Se anexa copia certificada de la cuenta pública 2018, específicamente la hoja número 3, donde marcamos el porcentaje de recaudación de los ingresos locales, asimismo en las hojas número 30 y 31 se encuentran los indicadores de gestión donde se refleja la medición de los objetivos, los promedios de asistentes por evento y asistentes a conferencias, porcentaje de asistentes a

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talleres de capacitación impartidos y porcentaje de asistentes a clases magistradasimpartidas que obtuvo el ente público, por lo que se da cumplimiento al artículo 134, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Anexo y Folios Anexo 6 Folio 601-605"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, solventa parcialmente lo observado, debido que aún cuando anexó los indicadores de resultados del Reporte de Avance Físico - Financiero del Presupuesto por Resultados manifestados en su respuesta en la hoja 30 y 31, éstos no forman parte de los entregados durante el proceso de fiscalización y los incluidos como Indicadores de Gestión en el Informe de la Cuenta Pública Anual 2018.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

ACTIVO

Activo no circulante

Bienes muebles

Mobiliario y equipo de administración

4. El Ente Público adquirió durante el ejercicio 2018, siete bienes muebles cuyo costo unitariode adquisición fue menor a 70 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) tal y como se muestran a continuación:

Como resultado de la revisión, observamos lo siguiente:

a) Dichos bienes muebles fueron reconocidos contablemente como un aumento al Activo no circulante por un valor total de $35,793 según póliza contable E00304 del 14 de agosto de 2018, sin embargo el Acuerdo por el que se reforman las Reglas específicas del registro y valoración del patrimonio (Apartado B, punto

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de capitalización de los bienes muebles e intangibles) estipula que: "Los bienesmuebles e intangibles cuyo costo unitario de adquisición sea igual o superior a 70 veces el valor diario de la UMA, se registrarán contablemente como un aumento en el activo no circulante y se deberán identificar en el control administrativo para efectos de conciliación contable", condición o requisito que no se cumple.

b) Así mismo, no fueron considerados en el contenido de su Manual de Procedimientos el proceso, lineamiento y política que permitan acreditar el criterio del registro contable para identificar las características de los bienes a registrar en el Activo no circulante y cuyo costo unitario de adquisición sea menor a 70 veces el valor diario de la UMA, además de identificar el control administrativo de los mismos.

Financiera - Monto no solventado $35,793

RespuestaDel Ente Público:

Justificación y/o Aclaración: El Ente Público reconoció contablemente los siete bienes muebles cuyo monto de adjudicación fue menor a 70 veces el valor diario dela Unidad de Medida y Actualización, por lo que se registró en la cuenta correspondiente, de acuerdo al plan de cuentas como gastos de ejercicios anteriores, se anexa póliza contable de corrección; lo anterior, de conformidad con el acuerdo por el que se reforman las reglas específicas del registro y valoración del patrimonio, apartado B, punto 8. Monto de capitalización de los bienes muebles e inmuebles.

Se anexa copia certificada de pólizas contables de corrección solventando el inciso a y b.

Anexo y Folios Anexo 8 Folio A) y B) 617-622

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, solventa parcialmente lo observado, aun cuando anexa la póliza D00115 mediante la cual realiza la reclasificación del asiento objeto de esta observación, ésta fue realizada hasta el 31 de julio de 2019.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

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Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Depreciación, deterioro y amortización acumulada de bienes e intangibles

Amortización acumulada de activos intangibles

5. Al revisar el cálculo relativo a la Amortización acumulada de activos intangibles del EntePúblico registrada en el ejercicio 2018, determinamos una diferencia de $78,248 no aclarada ni justificada, derivada de comparar el resultado de nuestra revisión por $78,250 contra el saldo que presentan los registros contables al 31 de diciembre de 2018, el cual asciende a$2, incumpliéndose las disposiciones señaladas en los artículos 2 y 33 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Financiera - Monto no solventado $78,248RespuestaDel Ente Público:

"Justificación y/o Aclaración: Este organismo realizó el ajuste correspondiente por la cantidad de $2.00, derivada del cálculo relativo a la amortización acumulada de activos intangibles, por lo que, se anexa póliza de corrección, lo anterior para dar cumplimiento a los artículos 2 y 33 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Se anexa copia certificada de pólizas contable de corrección y auxiliar contable.

Anexo y Folios Anexo 9 Folio 623-627"

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

Derivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, no solventa lo observado, aun cuando anexó la póliza D00118 del 31 de julio de 2019 mediante la cual realizó un ajuste a la amortización objeto de esta observación, canceló el saldo de la cuenta, incumpliendo con los lineamientos emitidos por el Conac, referidos en la observación.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

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PASIVO

Pasivo circulante

Cuentas por pagar a corto plazo

Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo

6. El Ente Público efectúo erogaciones de $2,484, por concepto de actualizaciones yrecargos derivados de enterar en forma extemporánea las retenciones de ISR por servicios profesionales, asimilados a salarios e Impuesto al Valor Agregado del ejercicio 2018 como se detallan a continuación:

Mes Actualizaciones Recargos Total Abril $ 8 $ 102 $ 110Mayo 372 1,443 1,815Julio 0 559 559Total $ 380 $ 2,104 $ 2,484

Lo anterior, incumple con los numerales 106, último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 6, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación.

Económica - Monto no solventado $2,484

RespuestaDel Ente

"Justificación y/o Aclaración: En la presente observación se le comunica que, se hicieron declaraciones complementarias debido a un pasivo que no se canceló y al hacer el cierre mensual nos percatamos de esa diferencia.

Se anexan copias certificadas de declaraciones complementarias.

Anexo y Folios Anexo 10 Folio 628-663"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, no solventa lo observado, aun cuando ratificó en su manifiesto que el motivo de los recargos y actualizaciones obedeció al no enterar oportunamente esta obligación fiscal a cargo del Sujeto Fiscalizado.

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Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Pasivo no circulante

Provisiones a largo plazo

7. No fueron reconocidas las obligaciones laborales de los planes de beneficios que no seandirectos a corto plazo correspondientes al ejercicio 2018 a través de un cálculo actuarial, el cual debe hacerse, por lo menos, una vez al año a la fecha de los estados financieros anuales o dentro de los tres meses anteriores en forma consistente.

En este último caso, la entidad debe considerar cualesquier eventos relevantes ocurridos entre la fecha de valuación y el cierre anual.

Derivado de lo anterior, infringe diversos preceptos:

a) Lo establecido en el párrafo 41.3 de la NIF D-3 "Beneficios a los empleados" emitida por el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera, A.C.;

b) Lo estipulado en el artículo 39 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental;

c) Incumple con el Postulado Básico de Contabilidad Gubernamental 8) Devengo contable y;

d) Contraviene el Acuerdo por el que se emiten las Principales Reglas de Registro y Valoración del Patrimonio, en específico el inciso B. Definición de Pasivo.

Normativa

RespuestaDel Ente Público:

"Justificación y/o Aclaración: En la actualidad el ente público cuenta con el estudio actuarial, por lo que se da cumplimiento a lo establecido en el párrafo 41.3 de la NIF-D3 "Beneficios a los empleados" emitida por el Consejo Mexicano de las Normas de Información Financiera A.C.

Se anexa copia certificada del reporte de la valuación actuarial con base en la norma de información financiera D-3 (NIF D-3) "Beneficios a los empleados" y de la póliza contable.

Anexo y Folios Anexo 11 Folio 664-694"

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, solventa parcialmente lo observado, aun cuando anexó la póliza D000095 mediante la cual se registró la provisión para pensiones a largo plazo, así como también el Cálculo actuarial realizado por Actuarios y Consultores Estratégicos S.C., éstos fueron realizados hasta el 30 de junio y 18 de julio de 2019, respectivamente.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

GASTOS Y OTRAS PÉRDIDAS

Gastos de funcionamiento

Materiales y suministros

Alimentos y utensilios

8. El Ente Público efectuó un pago de $1,275,821 a favor de la persona moral denominada SignFood Group, S.A. de C.V., por la contratación de los servicios profesionales de preparación y entrega de los alimentos y bebidas (Catering), para los artistas que se presentaron en los eventos de la edición 2018 del "FESTIVAL" durante el período del 25 de octubre al 11 de noviembre de 2018, según póliza de egreso 516 del 21 de noviembre de 2018.

A continuación, se desglosa el servicio contratado, el cual fue obtenido de la factura folio 1 expedida por el prestador del servicio el 20 de noviembre de 2018.

Nombre del artículo Unidad Unidades Precio Importede

medidaBotella de agua de 500 ml Pieza 15,520 17.51 $ 271,755.20Refresco de lata Pieza 3,502 23.69 82,962.38 Bolsas de hielo para enfriar bebidas Pieza 390 51.50 20,085.00 Charola de sandwiches Pieza 372 365.65 136,021.80Charola de frutos secos Pieza 100 515.00 51,500.00Charola de fruta seca Pieza 145 236.90 34,350.50Charola de carnes frías Pieza 45 432.60 19,467.00Ramo de flores Pieza 92 360.50 33,166.00

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Nombre del artículo Unidad de

medida

Unidades Precio Importe

Charola de papas fritas Pieza 135 391.40 52,839.00Café o té para 20 o 35 personas Pieza 105 875.50 91,927.50Box lunch [maninitas, mini gansito/pinguio, jugo, condimentos]

Pieza 340 195.70 66,538.00

Gatorade Pieza 1,305 41.20 53,766.00Vinil de mesa Pieza 1 463.50 463.50Vinil de mesa Pieza 1 566.50 566.50Tequilas Pieza 2 831.95 1,663.90Pizzas familiares Pieza 30 309 9,270.00Servicio de meseros [1 por evento] Servicio 140 669.50 93,730.00Flete x día Servicio 22 1,339.00 29,458.00Cerveza miller Pieza 50 25.75 1,287.50Miel de abeja natural 300 grs Pieza 1 206.00 206.00Limón agrio Pieza 2 51.50 103.00Botellas de agua mineral Pieza 120 25.75 3,090.00Barras de granola Pieza 80 10.30 824.00

IVA 16% 175,975.32Total $ 1,275,821.10

Cabe señalar que la contratación de la prestadora del servicio fue realizada por medio de Adjudicación directa por excepción a la licitación conforme a los artículos 40 y 41 fracciones III y V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y los numerales 71 y 72 fracción III y V del Reglamento del citado ordenamiento federal.

Dicha erogación fue autorizada el 19 de octubre de 2018 mediante Acta de la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria del Comité del Fideicomiso No. 7636-06-132 denominado Festival Internacional de Santa Lucía para las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios.

Como resultado de la revisión observamos lo siguiente:

a) No fue exhibida en el proceso de la fiscalización, la documentación original que acredite, compruebe y justifique que el monto de $1,275,821, pagado al proveedor referido con antelación, por concepto de un servicio de preparación y entrega de los alimentos y bebidas (Catering) para los artistas que se presentaron en los eventos de la edición 2018 del "Festival" corresponden a obligaciones contraídas con dicha persona moral, por la recepción de conformidad de servicios oportunamente contratados y efectivamente prestados, en contravención a lo establecido en los numerales 42, párrafo primero y 43 en relación con el 67, párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 15 de la Ley de Fiscalización Superior del

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Estado de Nuevo León y 35 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

b) Con el fin de acreditar que la investigación de mercado de los servicios contratados se desprendió, a efecto de buscar las mejores condiciones para el Sujeto Fiscalizado y que se efectuará considerando las mismas condiciones en cuanto a los plazos y lugares de entrega de los bienes o de la prestación de los servicios; la moneda a cotizar; la forma y términos de pago; las características técnicas de los servicios, y las demás circunstancias que resulten aplicables y que permitan la comparación objetiva entre bienes o servicios iguales o de la misma naturaleza, no logramos validarlo, toda vez que no anexó las cotizaciones de las personas morales especializadas en ese mismo servicio que refiere como Anexo I en su Estudio de mercado comparativo y dictamen que realizó, en contravención a las disposiciones señaladas en los numerales 26, párrafo sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 28, fracción II y 30 del Reglamento del citado ordenamiento federal.

c) Infringe las disposiciones señaladas en los artículos 71 fracciones I, II, III y VII del Reglamento de la citada Ley, toda vez que en cuanto a la información que debe contener como mínimo el documento suscrito por el titular del Área requirente señalado en el segundo párrafo del artículo 40 de la citada Ley, o al servidor público en quien éste delegue la función para dictaminar sobre la procedencia de la excepción a la licitación pública, no exhibió ni proporcionó lo siguiente:

Información considerada conveniente por el Área requirente o el Área técnica, para explicar el alcance de la contratación;

Condiciones de entrega de los bienes o de prestación de los servicios;

El resultado de la investigación de mercado, que soporte el procedimiento de contratación propuesto.

La acreditación del o los criterios a que se refiere el segundo párrafo del artículo 40 de la Ley, en que se funde y motive la selección del procedimiento de excepción, según las circunstancias que concurran en cada caso.

d) En la factura número 1 expedida por el proveedor fueron incluidas bebidas alcohólicas (50 cervezas Miller, 2 vinos de mesa Cardonet-Chardone y 2 tequilas) que no se justifica adquirirlas para el evento con recursos públicos que ascienden a $3,983.

e) Adicionalmente, fue obtenida del C. Representante Legal de la persona moral antes referida en su carácter de tercero mediante el oficio número ASENL-AEGE- AP82-1031/2019 del 27 de mayo de 2019, diversa información y entre otros,

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manifiesta, que no se encuentra inscrito en el padrón de proveedores, por lo queel Sujeto Fiscalizado seleccionó a dicho participante sin encontrarse registrado, incumpliendo en el numeral 77, párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Normativa

RespuestaDel Ente

Justificación y/o Aclaración: En relación a lo señalado en el inciso a), se adjunta a la presente contestación copia certificada del Contrato de Prestación de Servicios, procedimiento de adjudicación directa, ficha técnica, estudio de mercado, cotizaciones comparativas, documentos que acreditan, comprueban y justifican que el monto pagado al proveedor Sign Food Group, S.A. de C.V., corresponde a obligaciones contraídas con él, ya que este organismo al erogar recursos públicos lo hace al amparo de los principios de transparencia, rendición de cuentas, austeridad, optimización, racionalización, disciplina y eficientización de los recursos, tal como lo señala el artículo 15 de la Ley de Administración Financiera del Estado de Nuevo León; por lo anteriormente expuesto y en atención a las documentales exhibidas se da cumplimiento a los numerales 42, párrafo primero y 43 en relación con el 67, párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 35 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

En relación a lo señalado en el inciso b), se adjunta a la presente contestación las tres cotizaciones, a través de las cuales se justifica lo establecido en el artículo 30, párrafo tercero del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el cual dispone:

"Articulo 30.-

(")

Para los procedimientos de contratación por adjudicación directa realizados al amparo del artículo 42 de la Ley, cuyo monto sea igual o superior al equivalente a trescientas veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, la investigación de mercado se podrá acreditar con al menos tres cotizaciones obtenidas dentro de los treinta días naturales previos a la contratación".

Por lo anterior, se da cumplimiento a lo establecido en los artículos 26, párrafo sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 28, fracción II y 30 del Reglamento del citado ordenamiento federal.

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Se adjuntas copias certificadas de las cotizaciones comparativas.

En relación a lo señalado en el inciso c), relativa a:

"Información considerada conveniente por el Área requirente o el Área técnica, para explicar el alcance de la contratación;

Condiciones de entrega de los bienes o de prestación de los servicios;

El resultado de la investigación de mercado, que soporte el procedimiento de contratación propuesto.

La acreditación del o los criterios a que se refiere el segundo párrafo del artículo 40 de la Ley, en que se funde y motive la selección del procedimiento de excepción, según las circunstancias que concurran en cada caso, La acreditación del o los criterios a que se refiere el segundo párrafo del artículo 40 de la Ley, en que se funde y motive la selección del procedimiento de excepción, según las circunstancias que concurran en cada caso."

Dicha información se desprende dentro del procedimiento de adjudicación de solicitud de contrato, el cual forma parte integral del estudio de mercado comparativo y dictamen para procedimiento de contratación, el cual dentro del objeto del contrato señalan que el alcance será "los servicios profesionales de preparación y entrega de los alimentos y bebidas para los artistas que se presentaron en la edición 2018 del festival".

Ahora bien, en lo que respecta a "condiciones de entrega de los bienes o de prestación de los servicios"; dichas condiciones se establecieron en el apartado objeto del documento denominado "estudio de mercado comparativo y dictamen para procedimiento de contratación", a través del cual se establece como condicionante que "los servicios profesionales de preparación y entrega de los alimentos y bebidas para los artistas que se presentaron en la edición 2018 del Festival", se presentarán en los eventos de la edición 2018 del Festival Internacional de Santa Lucía.

En cuanto a "el resultado de la investigación de mercado, que soporte el procedimiento de contratación propuesto", dicho resultado se plasma en la gráfica que obra agregada dentro del documento "estudio de mercado comparativo y dictamen para procedimiento de contratación", y en las cotizaciones que forma parte del citado documento.

Y, por último, en lo que concierne a "la acreditación del o los criterios a que se refiere el segundo párrafo del artículo 40 de la Ley, en que se funde y motive la selección del procedimiento de excepción, según las circunstancias que concurran en cada caso, La acreditación del o los criterios a que se refiere el segundo párrafo del artículo 40 de la Ley, en que se funde y motive la selección del procedimiento de excepción, según las circunstancias

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que concurran en cada caso."; cabe destacar, que dichos principios obran plasmados en el desahogo de los procedimientos que realiza este Fideicomiso.

En relación a lo señalado en el inciso d), a través del cual señala que no se justifica la adquisición de bebidas alcohólicas con recursos públicos, es importante señalar que el Festival Internacional Santa Lucía tiene como objeto la celebración de diversos actos culturales, dentro de los cuales se llevan a cabo diversos eventos sociales, y para amenizar se sirven alimentos y bebidas, estas fueron adquiridas al amparo de la partida presupuestas denominada Productos alimenticios, capítulos 2000 ( materiales y suministros) y la cuenta 2210 ( productos alimenticios), dentro de la cual se pueden incluir todo tipo de bebidas y alimentos; asimismo, hago de su conocimiento que dichas bebidas no son para el consumo del personal de este organismo, si no que se ponen a disposición de los diversos artistas que participan en la edición 2018 del Festival Internacional de Santa Lucía, junto con alimentos agua, refrescos, y demás bienes.

En relación a lo señalado en el inciso e) a través del cual, refiere que este Ente Fiscalizado, seleccionó al proveedor Sign Food Group, S.A. de C.V., sin encontrarse registrado en el padrón de proveedores, de acuerdo a lo señalado en el artículo 77, párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el cual dispone:

"Articulo 77.-

Para efectos de lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 40 de la Ley, la selección de participantes podrá hacerse de entre los proveedores que se encuentren inscritos en el registro único de proveedores y los supuestos señalados en dicho artículo podrán acreditarse con la información contenida en el citado registro referente a la experiencia, especialidad, capacidad técnica e historial de cumplimiento respecto de contratos que los proveedores de que se trate tengan celebrados con las dependencias o entidades, así como si su domicilio se encuentra cerca de la zona donde se pretendan utilizar los bienes o prestar los servicios."

Asimismo, el tercer párrafo del artículo 40 Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, señala lo siguiente:

"Articulo 40.-

(")

En cualquier supuesto se invitará a personas que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, así como con los recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales o profesionales estén relacionadas con los bienes o servicios objeto del contrato a celebrarse.

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(")"

Por lo anterior, y en atención a los precitados artículos, se le comunica que no es obligación para este Fideicomiso, contratar a proveedores o prestadores de servicios que se encuentren registrados en el Padrón de Proveedores, ya que señala que "la selección de participantes podrá hacerse de entre los proveedores que se encuentren inscritos en el registro único de proveedores"; por lo que, tal supuesto no es potestativo para los gobernados, en este caso para los participantes acatar tal encomienda, es decir registrarse en el padrón de proveedores de manera obligatoria, para que puedan ser adjudicados dentro de un procedimiento; sirve de base a lo antes referido el siguiente criterio jurisprudencial número 1a./J. 148/2007, publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXVII, enero de 2008, novena época, el cual señala:

"RECURSOS ORDINARIOS. EL EMPLEO DEL VOCABLO "PODRÁ" EN LA LEGISLACIÓN NO IMPLICA QUE SEA POTESTATIVO PARA LOS GOBERNADOS AGOTARLOS ANTES DE ACUDIR AL JUICIO DE AMPARO.

Si la ley que regula el acto reclamado permite recurrirlo a través de un determinado medio de impugnación utilizando en su redacción el vocablo "podrá", ello no implica que sea potestativo para los gobernados agotarlo antes de acudir al juicio de amparo, pues dichotérmino no se refiere a la opción de escoger entre un medio de defensa u otro, sino la posibilidad de elegir entre recurrir o no la resolución respectiva, supuesto este último que traería consigo el consentimiento tácito."

Se anexan copias certificadas del contrato de prestación de servicios, las cotizaciones comparativas de las empresas Signs Food, S.A. de C.V., Green House, Buffets Económicos Veintidos, S.A. de C.V., procedimiento de adjudicación, ficha técnica, estudio de mercado, póliza E00516 de fecha 21 de noviembre de 2018, comprobante electrónico de pago, instrucción de pago FISL/903/2018, factura del servicio de Signs Food Group, S.A. de C.V.

Anexo y Folios Anexo 13 Folio 702-728

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, solventa parcialmente lo observado, debido a lo siguiente:

a) En relación a la falta de documentación original que compruebe y justifique que los pagos realizados a la persona moral por los servicios profesionales de preparación y entrega de alimentos y bebidas (Caterig) corresponden a las obligaciones contraídas por la recepción de los servicios contratados, si bien adjuntó el contrato de prestación de servicios FISL-077/2018, las cotizaciones, estudio de mercado y dictamen para el

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procedimiento de contratación, solicitud de contrato, ficha técnica, póliza de egresoE00516 del 21 noviembre de 2018, comprobante electrónico de pago, instrucción de pago remitida a la fiduciaria, el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), no exhibió evidencia que acredite la efectiva recepción de los servicios contratados.

b) En cuanto a las cotizaciones de las personas morales especializadas en ese mismo servicio que refiere como Anexo I el Estudio de mercado comparativo y dictamen que realizó, exhiben para solventar este inciso las cotizaciones de: Buffets Económicos Veintidós, S.A. de C.V., Signs Food Group, S.A. de C.V. y Green House.

c) En lo que concierne a la información considerada conveniente por el Área requirente o el Área técnica, para explicar el alcance de la contratación; las condiciones de entrega de los bienes o de prestación de los servicios; el resultado de la investigación de mercado, que soporte el procedimiento de contratación propuesto y la acreditación del o los criterios a que se refiere el segundo párrafo del artículo 40 de la Ley, en que se funde y motive la selección del procedimiento de excepción, según las circunstancias que concurran en cada caso, anexó para subsanar lo observado: el estudio de mercado comparativo y el dictamen para procedimiento de contratación, no obstante, no acreditó en su aclaración lo relativo a las condiciones de entrega o de prestación de servicios.

d) En relación a las erogaciones que incluían bebidas alcohólicas, no solventa lo observado, aun cuando ratifica en su respuesta que las bebidas no son para el consumo del personal del Sujeto Fiscalizado, corresponde a recursos públicos.

e) Finalmente, en lo corresponde al incumplimiento de las disposiciones señaladas en el diverso 77, párrafo segundo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que dispone: "....................Para efectos de lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 40 de la Ley, la selección de participantes podrá hacerse de entre los proveedores que se encuentren inscritos en el registro único de proveedores y los supuestos señalados en dicho artículo podrán acreditarse con la información contenida en el citado registro referente a la experiencia, especialidad, capacidad técnica e historial de cumplimiento respecto de contratos que los proveedores de que se trate tengan celebrados con las dependencias o entidades, así como si su domicilio se encuentra cerca de la zona donde se pretendan utilizar los bienes o prestar los servicios", si bien ratifica en su respuesta que el vocablo "podrá" es potestativo de acuerdo a lo aludido en el referido ordenamiento federal, no exhibió evidencia que demuestre que el proveedor cuente con la experiencia, especialidad, capacidad Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

Vista a la Autoridad Investigadora.

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60/

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Servicios generales

Servicios básicos

9. Se efectuaron erogaciones de $56,257 por concepto de adquisición de 350 guías para envióde documentos, como se detalla a continuación:

Fecha Póliza Importe 19/02/2018 E00034 $ 23,27924/08/2018 E00286 16,48929/10/2018 E00422 16,489Total $ 56,257

Como resultado de nuestra revisión, observamos lo siguiente:

a) No mantiene un control que permita identificar cuales guías fueron utilizadas durante el año y cuales se encuentran disponibles.

b) Fueron registrados en la cuenta 5.1.3.1 Servicios básicos debiéndose registrar en la cuenta 5.1.3.6 Servicios de comunicación social y publicidad, lo anterior contraviene el Acuerdo por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental expedido por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en los Capítulos III y IV, Plan de Cuentas e Instructivo de Manejo de Cuentas respectivamente.

RespuestaDel Ente

"Justificación y/o Aclaración: Se anexa reporte de las guías utilizadas de enero a diciembre de 2018.

Anexo y Folios Anexo 14 Folio 729-743"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, solventa parcialmente lo observado, aun cuando anexó el reporte de guías utilizadas de enero a diciembre de 2018, el total corresponde a 370 guías, cantidad que difiere a la adquirida durante el 2018, además, respecto al inciso b), no refiere manifiesto alguno.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

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Recomendaciones en Relación a la Gestión o Control Interno.En lo sucesivo, implementar mecanismos de control que permitan identificar las guías utilizadas y cuales se encuentran disponibles.

Servicios de arrendamiento

10. El Ente Público efectuó erogaciones de $2,321,169 a favor de la persona moral denominadaDevelopment and Services for Industry de México, S.A. de C.V., por la contratación de los servicios profesionales para los eventos de la edición 2018 del "FESTIVAL" durante el período del 25 de octubre al 14 de noviembre de 2018, como se detalla a continuación:

Fecha Póliza Concepto Recurso Importe 26/11/18 E00520 Renta de barreras [vallas metálicas, mesas rectangulares con Federal $ 1,542,185

mantel, percheros para camerinos, espejos con base alta,sillas negras acojinadas]

23/11/18 E00519 Renta de tarimas para toldos, así como montaje y desmontaje. Estatal 778,984Total $ 2,321,169

Cabe señalar que la contratación del servicio citada en primer término de la tabla que antecede fue realizada por medio de Adjudicación directa mediante cotización por escrito de cuando menos tres proveedores, conforme a los artículos 40 y 41 fracciones III y V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En relación al segundo servicio fue adjudicada su contratación de conformidad con los numerales 25 fracción III, 41, 42 fracción I y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y 64 fracción II de la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León para el año 2018, respectivamente.

Como resultado de la revisión observamos lo siguiente:

a) No fue exhibida en el proceso de la fiscalización, la documentación original que compruebe y justifique que el monto de $2,321,169, pagado a la persona moral antes referida por el arrendamiento de equipos corresponden a obligaciones contraídas por la recepción de conformidad de los servicios oportunamente contratados y efectivamente prestados, en contravención a lo establecido en los artículos 42, párrafo primero y 43 en relación con el 67, párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León; 35 y 38 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

b) En cuanto a la contratación citada en primer término de la tabla que antecede, la información que debe contener como mínimo el documento suscrito por el

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del Área requirente señalado en el segundo párrafo del artículo 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que se someta a consideración del Comité o del titular de la dependencia o entidad, o al servidor público en quien éste delegue la función para dictaminar sobre la procedencia de la excepción a la licitación pública, no acompaña lo siguiente:

Información considerada conveniente por el Área requirente o el Área técnica, para explicar el alcance de la contratación;

Condiciones de entrega de los bienes o de prestación de los servicios, por lo tanto incumple con el artículo 71, fracciones I y II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

c) Respecto al servicio de la renta de las tarimas para toldos, así como el montaje y desmontaje del mismo, una de las cotizaciones que presenta uno de los proveedores oferentes por valor total de $862,918 no se identifica indubitablemente, por lo que contraviene el numeral 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.

d) Así mismo, requerimos al C. Representante Legal de la persona moral antes referida en su carácter de tercero mediante el oficio número ASENL-AEGEAP82-1029/2019 del 27 de mayo de 2019, la siguiente información:

Integración de las operaciones que le fueran pagadas a su representada por el referido ente público, en el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, anexando la documentación comprobatoria correspondiente, a saber, facturas, fotografías, lista de artículos vendidos, así como cualquier evidencia que justifique la efectiva prestación de los servicios.

Indique la(s) fecha(s) y lugar(es) en que prestó sus servicios, así como, adjunte la documentación que en su oportunidad haya respaldado sus trabajos como pueden ser bitácoras, contratos, facturas, fotografías, etc.

Sin embargo, recibimos únicamente del C. Representante Legal del citado prestador del servicio, el formato de validación de prestación de servicios y venta de bienes a las entidades fiscalizadas en el cual refiere lo siguiente:

El período de ejecución de los servicios;

El servicio prestado;

Número, monto de las facturas y la forma del pago;

Fecha, objeto y el nombre del servidor público con quien firmó el contrato;

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Señala que no se encuentra inscrito en el padrón de proveedores, lo anterior incumple lo estipulado en los artículos 24 de la Ley deAdquisiciones,Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León y 23 del Reglamento de la citada Ley.

Adicionalmente, refiere que cuenta con cinco años de experiencia en los servicios que prestó.

Por lo anteriormente expuesto, no logramos determinar que la persona moral antes referida cuente con los activos, infraestructura o capacidad material que utilizó en el servicio contratado por el Sujeto Fiscalizado.

NormativaRespuestaDel Ente

Justificación y/o Aclaración: En relación a lo señalado en el inciso a), se adjunta a la presente contestación copia certificada del Contrato de Prestación de Servicios, procedimiento de adjudicación directa, ficha técnica, estudio de mercado, cotizaciones comparativas, documentos que acreditan, comprueban y justifican que el monto pagado al proveedor Development and Services for Industry de México, S.A. de C.V., corresponde a obligaciones contraídas con él, ya que este organismo al erogar recursos públicos lo hace al amparo de los principios de transparencia, rendición de cuentas, austeridad, optimización, racionalización, disciplina y eficientización de los recursos, tal como lo señala el artículo 15 de la Ley de Administración Financiera del Estado de Nuevo León; por lo anteriormente expuesto y en atención a las documentales exhibidas se da cumplimiento a los numerales 42, párrafo primero y 43 en relación con el 67, párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León y 35 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

En relación a lo señalado en el inciso b), relativa a:

"Información considerada conveniente por el Área requirente o el Área técnica, para explicar el alcance de la contratación;

Condiciones de entrega de los bienes o de prestación de los servicios;

Dicha información se desprende dentro del procedimiento de adjudicación de solicitud de contrato, el cual forma parte integral del estudio de mercado comparativo y dictamen para procedimiento de contratación, el cual dentro del objeto del contrato señalan que el

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será ""los servicios de renta de barrera (vallas metálicas, mesas rectangulares con mantel,percheros con camerinos, espejos con base alta y sillas negras acojinadas".

Ahora bien, en lo que respecta a "condiciones de entrega de los bienes o de prestación de los servicios"; dichas condiciones se establecieron en el apartado objeto del documento denominado "estudio de mercado comparativo y dictamen para procedimiento de contratación", a través del cual se establece como condicionante que "los servicios de renta de barrera (vallas metálicas, mesas rectangulares con mantel, percheros con camerinos, espejos con base alta y sillas negras acojinadas", se presentarán en los eventos de la edición 2018 del festival internacional Santa Lucía.

En relación a lo señalado en el inciso c), se adjunta la cotización del proveedor señalado, de la cual se desprende que da cumplimiento a lo señalado en el artículo 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Nuevo León.

En relación a lo señalado en el inciso d), en cuanto al requerimiento que realizó el Ente Fiscalizador al representante legal de Development and Services for Industry de México, S.A. de C.V., si bien es cierto, no se requiere a este Organismo argumental algo al respecto; no obstante, es menester señalar que la persona moral contratada, brindó satisfactoriamente sus servicios.

Se anexan copias certificadas del contrato de prestación de servicios, las cotizaciones comparativas de las empresas Development and Services for Industry de México, S.A. de C.V., Comercializadora Jeframex, S.A. de C.V., Oremex Display, Impresos Almazan procedimiento de adjudicación, ficha técnica, estudio de mercado, pólizas E00519 y E00520 de fecha 23 de noviembre de 2018, comprobante electrónico de pago, instrucciones de pago FISL/914/2018 y FISL/915/2018, facturas del servicios de Development and Services for Industry de México, S.A. de C.V.

Anexo y Folios Anexo 15 Folio 744-821Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, solventa parcialmente lo observado, debido a lo siguiente:

a) En relación a la falta de documentación original que compruebe y justifique que los pagos realizados a la persona moral por el arrendamiento de equipos corresponden a las obligaciones contraídas por la recepción de los servicios contratados, si bien adjuntó pólizas de egreso E00519 y E00520 del 23 y 26 de noviembre de 2018, respectivamente, las instrucciones de pago remitidas a la fiduciaria, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), contratos de prestación de servicios FISL-076/2018 y FISL-079/2018, estudios de mercado y dictámenes para

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los procedimientos de contratación, fichas técnicas y las cotizaciones comparativas,no exhibió evidencia que acredite la efectiva recepción de los servicios contratados.

b) En cuanto a la Información considerada conveniente por el Área requirente o el Área técnica, para explicar el alcance de la contratación y las condiciones de entrega de los bienes o de prestación de los servicios, anexó para subsanar lo observado: el estudio de mercado comparativo y el dictamen para procedimiento de contratación, no obstante, no acreditó en su aclaración lo relativo a las condiciones de entrega o de prestación de servicios.

c) Respecto a una de las cotizaciones que presentó uno de los proveedores oferentes por $862,918 que no se identificaba indubitablemente, adjuntó para solventar este punto la cotización debidamente firmada.

d) Aun cuando señaló que la persona moral contratada le brindó satisfactoriamente sus servicios, este Órgano Fiscalizador no logró obtener evidencia documental que permita constatar que la persona moral contaba con los activos, infraestructura o capacidad material que utilizó en el servicio contratado Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)

Vista a la Autoridad Investigadora.

Servicios profesionales, científicos y técnicos y otros servicios

11. El Sujeto Fiscalizado celebró el 26 de marzo de 2018 con la persona que preside elPatronato del Festival Internacional de Santa Lucía, A.C. el contrato de prestación de servicios por tiempo indeterminado, devengando al 31 de diciembre de 2018 un importe total de $1,168,112.

Como antecedente y de conformidad al ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO, párrafo primero del Decreto por el que se crea el "Festival Internacional de Santa Lucía" publicado en el Periódico Oficial del Estado el 30 de junio de 2008 y sus respectivas modificaciones se estipula lo siguiente: "El Ejecutivo del Estado promoverá la constitución de un Patronato para el Festival Internacional de Santa Lucía, que tendrá por objeto coadyuvar en la planeación de las actividades culturales a que se refiere el Artículo Tercero del presente Decreto, así como colaborar en la gestoría, promoción y búsqueda de apoyos para la realización del Festival".

Adicionalmente, en el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO se dispone que: "El Presidente del Patronato fungirá como enlace entre la Junta Directiva y el Patronato".

Como resultado de la revisión, observamos lo siguiente:

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a) Pagos efectuados sin contar con el amparo de un contrato (retroactivo), toda vezque, mediante la póliza de egresos E00138 del 18 de mayo de 2018 se registraron los pagos de los servicios correspondientes al período del 1 de enero al 15 de mayo de 2018, sin embargo, fue signado dicho instrumento jurídico hasta el 26 de marzo de 2018.

Cabe destacar que la estructura del personal del Ente Público fue aprobada el 31 de enero de 2018 sin estar considerada la Presidencia del Patronato antes referido, según ACUERDO: V.1.

Así mismo, el 23 de marzo de 2018 fue llevada a cabo la Décima Tercera Sesión Ordinaria del Comité Técnico del Ente Público y en los puntos III y IV del orden del día fueron aprobados el sueldo de la Presidencia del Patronato del Festival Internacional de Santa Lucía, A.C. y el respectivo retroactivo al mismo al asumir funciones.

b) El sueldo o contraprestación que le otorga el Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía a la persona que preside el Patronato, es superior al que percibe la titular del Sujeto Fiscalizado, en contravención a las disposiciones establecidas en los numerales 127, párrafo segundo, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos y 23 de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado de Nuevo León.

Cabe señalar que ni en el Decreto por el que se crea el Festival Internacional de Santa Lucía del 30 de junio de 2008 en sus respectivas modificaciones, ni el Contrato de Constitución que regulan su funcionamiento, se estableció autorización, o facultad alguna a favor de los órganos que administran el citado Fideicomiso, para contratar a quien ocupe el cargo de Presidente del Patronato del Festival Internacional de Santa Lucía.

Económica - Monto no solventado $1,168,112

RespuestaDel Ente

"Justificación y/o Aclaración: En relación a lo señalado en el inciso a), de la observación que nos ocupa, cabe mencionar que este Ente Público cumplió con lo establecido en el Primer Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso Número 7636-06-132, en la Cláusula Sexta.- Fines del Fideicomiso.- numerales 5 que a la letra dice "Que EL FIDUCIARIO previas instrucciones que por escrito reciba del COORDINADOR EJECUTIVO DEL FESTIVAL, celebre los contratos de prestación de servicios del personal que serán contratados por el presente contrato de fideicomiso, como colaboradores en la organización del FESTIVAL INTERNACIONAL DE SANTA LUCÍA y el cumplimiento de los fines del mismo, en los términos y condiciones que haya autorizado por escrito el

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Comité Técnico, debiendo adjuntar EL COORDINADOR EJECUTIVO DEL FESTIVAL untanto de la sesión de COMITÉ TÉCNICO que corresponda, numeral 6-seis que a la letra dice " Que EL FIDUCIARIO previa instrucción por escrito del COORDINADOR EJECUTIVO DEL FESTIVAL en base a la autorización del Comité Técnico cubra la nómina y los honorarios del personal contratado por el fideicomiso, con cargo a la gastos de operación, mediante traspasos electrónicos de fondos o Speis a las cuentas que las personas físicas aperturen para ese objeto en Banco del Bajío, S.A., Institución de Banca Múltiple", y en la Cláusula Décima.- de las Facultades del Coordinador Ejecutivo del Festival.- número 24-veinticuatro que a la letra dice: "Instruir a EL FIDUCIARIO, a efecto de que proceda a cumplir los acuerdos adoptados por el Comité Técnico.

Se anexa copia certificada del Primer Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso Número 7636-06-132 y Acta de la Décima Tercera Sesión Ordinaria Del Comité Técnico Del Fideicomiso No. 7636-06-132 denominado Festival Internacional de Santa Lucía, de fecha 23 de marzo de 2018.

En relación a lo señalado en el inciso b), es de mencionarse que el sueldo o la contraprestación que percibe, quien preside el Patronato, es en relación a lo que desprende por las prestaciones que realice y por todos los demás actos que se originen como consecuencia de su trabajo, por tal motivo no se contrapone con las disposiciones establecidas en los numerales 127, párrafo segundo, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos y 23 de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado de Nuevo León.

Anexo y Folios Anexo 16 Folio 822-854"

Análisis de la Auditoría Superior del Estado

Derivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, no solventa lo observado, debido a lo siguiente:

a) En relación a los pagos efectuados sin contar con el amparo de un contrato (retroactivo), si bien ratificó en su manifiesto que los pagos fueron realizados conforme a las instrucciones del Coordinador Ejecutivo y autorizados a través del Comité Técnico del Ente Público, además anexó el primer convenio modificatorio al contrato del Sujeto Fiscalizado, en el que se estipula en su Cláusula Décima, punto 24-veinticuatro, lo siguiente: "Facultades del Coordinador Ejecutivo del Festival. Instruir a EL FIDUCIARIO, a efecto de que proceda a cumplir los acuerdos adoptados por el Comité Técnico", no obstante el numeral 2 de la misma cláusula dispone: "Instruir a EL FIDUCIARIO por escrito para llevar a cabo la contratación del personal con cargo al patrimonio del presente de acuerdo a la estructura, sueldos

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y prestaciones autorizadas previamente por el COMITÉ TÉCNICO"; debiendocomparecer la firma de dichos contratos, para ratificar las instrucciones, por lo tanto, no fue considerada para tal efecto, la estructura previamente autorizada el 31 de enero de 2018 según consta en Acta de la Segunda Sesión Ordinaria del Comité Técnico, asimismo no exhibió el instrumento jurídico debidamente signado por la prestadora de los servicios, los Delegados fiduciarios y la Coordinadora Ejecutiva del Ente Público mediante el cual se formalizó dicha contratación y que éste ampare los pagos realizados del 1 de enero al 25 de marzo de 2018, lo anterior debido a que fue firmado hasta el 26 de marzo de 2018.

Aún cuando el 23 de marzo de 2018 fue llevada a cabo la Décima Tercera Sesión Ordinaria del Comité Técnico del Ente Público y en los puntos III y IV del orden del día fueron aprobados el sueldo de la Presidencia del Patronato del Festival Internacional de Santa Lucía, A.C. y el respectivo retroactivo al mismo al asumir funciones, el puesto de la persona que preside el Patronato del Festival Internacional de Santa Lucía, no forma parte de la estructura orgánica del Ente Público.

En conclusión, determinamos que ni en el Decreto por el que se crea el Festival Internacional de Santa Lucía del 30 de junio de 2008 en sus respectivas modificaciones, ni en el contrato de constitución que regulan su funcionamiento, se estableció autorización, o facultad alguna a favor de los órganos que administran el citado Fideicomiso, para contratar a quien ocupe el cargo de Presidenta del Patronato del Festival Internacional de Santa Lucía, debido a que en el ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO del referido Decreto, dispone que: "El Presidente del Patronato fungirá como enlace entre la Junta Directiva y el Patronato", deduciendo que dicho cargo es honorífico.

b) En lo que concierne al sueldo o contraprestación que le otorgó el Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía a la persona que preside el Patronato, manifestó: "que se desprende por las prestaciones que realice y por todos los demás actos que se originen como consecuencia de su trabajo", sin embargo éste continúa siendo superior al que percibe la titular del Sujeto Fiscalizado, por lo que infringe a las disposiciones establecidas en los numerales 127, párrafo segundo, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos y 23 de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado de Nuevo León.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

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Servicios de instalación, reparación, mantenimiento y conservación

12. El Ente Público celebró el 24 de octubre de 2018 el contrato de prestación de serviciosnúmero FISL-059/2018 con la persona moral denominada Operadora Intervasa, S.A. de C.V., para la limpieza de los espacios en los que se ubicaron escenarios para los eventos de la edición 2018 del festival, particularmente: la Explanada de los Héroes, Teatro de la Ciudad en el Escenario al Aire Libre, Explanada Santa Lucía del Museo de Historia Mexicana, Museo del Obispado, Paseo de la Mujer, que se encuentra dentro del Parque Fundidora y en el Lago de las Olas del Paseo Santa Lucía, según consta en la póliza de egreso 497 del 16 de noviembre de 2018 por valor de $141,636.

Como resultado de la revisión, observamos que contraviene lo siguiente: no exhibió documentación comprobatoria y justificativa que acredite que el prestador del servicio que contrató haya sido inscrito en el padrón de proveedores en los términos previstos en los artículos 56 fracción III, inciso b, 56 Bis, párrafo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y los numerales 77 segundo párrafo y 79 del Reglamento del citado ordenamiento federal, por lo que contraviene las disposiciones señaladas en los artículos 42 párrafo primero y 43 en relación con el 67 párrafo primero de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 15 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León; 35 y 38 de la Ley de Administración Financiera para el Estado de Nuevo León.

Normativa

RespuestaDel Ente

"Justificación y/o Aclaración: En relación a la observación señalada por el Ente Fiscalizador, es importante señalar que, por un error involuntario, la declaración, I, inciso d) del contrato celebrado con la empresa Operadora Intervasa, S.A. de C.V., se fundamentó incorrectamente bajo la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; no obstante, dicho instrumento jurídico fue ejecutado con recursos estatales, por tanto, este debido ser fundamentado con la legislación en materia de adquisiciones Estatal; en tal virtud, la materia de la presente observación, referente a que el proveedor no se encuentra registrado en el padrón de proveedores conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no es aplicable al contrato celebrado con la citada empresa, ya que no se erogaron recursos de procedencia federal."

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Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta presentada por el Ente Público, no solventa lo observado, aun cuando manifestó que el servicio fue liquidado con recurso estatal, no exhibió documentación que acredite que la persona moral que contrató, haya sido inscrita en el padrón de proveedores en los términos previstos en el ordenamiento que le haya correspondido.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Otros gastos y pérdidas extraordinarias

Estimaciones, depreciaciones, deterioros, obsolescencia y amortizaciones

Depreciación de bienes muebles

13. Determinamos una diferencia de $9,583 no aclarada ni justificada por el Ente Público,derivada de comparar el resultado del cálculo obtenido de la Depreciación de los bienes muebles por $126,530 contra el saldo que presentan los registros contables al 31 de diciembre de 2018, el cual asciende a $116,947, tal y como se muestra a continuación:

Por lo anterior, contraviene las disposiciones señaladas en los artículos 2 y 33 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Financiera - Monto no solventado $9,583

Respuesta

Del Ente Público:

"Anexo y Folios Anexo 16 Folio 822-854

Justificación y/o Aclaración: Se hicieron los registros de ajuste de depreciaciones y hoja de cálculo, al corregir la respuesta de la observación 5.

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Se anexa copia certificada del auxiliar de cuentas del 01 de enero de 2019 al 01 deagosto de 2019.

Anexo y Folios Anexo 17 Folio 855-857"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, solventa parcialmente lo observado, aun cuando ratificó en su aclaración que realizaron los ajustes correspondientes a la observación de Bienes muebles, estos fueron realizados hasta el 31 de julio de 2019.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

Amortización de activos intangibles

14. El Ente Público registro mediante póliza de diario 260 del 31 de diciembre de 2018 la bajapor amortización total como se muestra a continuación:

Cuenta contable Cargo Crédito Amortización acumulada de Software $ 38,879 $ 0Amortización acumulada de Licencias 39,369 0Amortización de activos 0 78,248Total $ 78,248 $ 78,248

Como resultado de nuestra revisión, observamos que derivado del asiento contable se refleja al 31 de diciembre de 2018 un saldo de naturaleza contraria a la cuenta contable de Resultados denominada Amortización de activos intangibles por valor de $(61,337), mismo que no fue aclarado ni justificado por el Ente Público, por lo que contraviene las disposiciones estipuladas en los artículos 2, párrafo segundo y 33 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y el Capítulo IV Instructivo de Manejo de Cuentas del Acuerdo por el que se emite el Manual de Contabilidad Gubernamental, expedido por el Consejo Nacional de Armonización Contable, estableciéndose su observancia obligatoria, en el artículo 7 del ordenamiento citado en primer término.

Financiera - Monto no solventado $78,248

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RespuestaDel Ente Público:

"Justificación y/o Aclaración: por un error involuntario en el ejercicio 2018, en lugar de afectar a la cuenta contable 1251 activo intangible se afectó a la cuenta de gasto por lo que nos percatamos del error y se hizo una póliza de corrección afectando a rectificación de resultados de ejercicios anteriores contra la cuenta 1251software activo intangible en el año 2019.

Se anexa copia certificada de póliza contable.

Anexo y Folios Anexo 18 Folio 858-859"

Análisis de la Auditoría Superior del EstadoDerivado del análisis de la respuesta y documentación presentada por el Ente Público, no solventa lo observado, aun cuando anexó la póliza D00047 mediante la cual se realizó la corrección del asiento de la amortización, canceló el saldo de la cuenta de activo, incumpliendo con los lineamientos emitidos por el Conac, referidos en la observación.

Este Órgano Fiscalizador dará seguimiento en la revisión de la Cuenta Pública 2019.

Acción(es) o recomendación(es) emitida(s)Vista a la Autoridad Investigadora.

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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VIII. Trámite y resultados obtenidos, derivados de las solicitudes formuladas por el H. Congreso del Estado

Solicitud. -

Contenida en el acuerdo Legislativo, tomado por el Pleno, en la sesión del 6 de septiembre de 2017, remitida a esta Auditoría Superior del Estado, en fecha 7 de Septiembre de 2017 mediante oficio número C. V. 386/2017, emitido por los CC. Presidente y Secretario de la Comisión de Vigilancia del H. Congreso del Estado, en virtud del cual se instruye a este Órgano Superior de Fiscalización, para que en el ámbito de sus atribuciones de fiscalización solicite los acuerdos de reserva a los organismos descentralizados y desconcentrados del Gobierno del Estado para su análisis y revisión en las Cuentas Públicas.

Objetivo de la revisión. –

Para cumplir con lo solicitado, esta Auditoría Superior del Estado, programó el envío del Oficio al Ente Público solicitando informara si cuenta con acuerdos de reserva.

Procedimiento de auditoría realizado. -

Para efectuar lo anterior, esta Auditoría Superior del Estado, solicitó al Ente Público que proporcionara la información siguiente:

a) Escrito firmado por el Titular del Ente Público que incluya una relación de los acuerdos de reserva y/o si existe alguna información que por su naturaleza deba considerarse como reservada, confidencial, o bien que deba mantenerse en secrecía.

b) Anexar el Índice de los expedientes clasificados como reservados, y en su caso el (los) acuerdo (s) de clasificación correspondiente (s) en los que se establezca, según los dispuesto en los artículos 102 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, artículo 127 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Nuevo León la siguiente información:

Área que generó la información. Nombre del documento. Si se trata de reservada completa o parcial. Fecha en que inició y finalizó la reserva. Su justificación. Plazo de reserva, y en su caso, Partes del documento que se reserva y si se encuentra en prórroga.

Resultados obtenidos. –

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En respuesta a nuestro Oficio No. AEGE-D2-AP82-001/2019 del 28 de marzo de 2019, el Ente Público nos informa en su Oficio No. FISL/199/2019 del 01 de abril de 2019, que no cuenta con información que deba considerarse como reservada, confidencial, o bien, que deba mantenerse en secrecía.

IX. Resultados de la revisión de situación excepcional

En relación a la Cuenta Pública objeto de revisión, no se recibieron denuncias para la revisión de situaciones excepcionales, en los términos preceptuados en los artículos 136 quinto párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y 37 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León.

X. Situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas, en la fiscalización de las Cuentas Públicas de ejercicios anteriores

Como resultado de los procesos de fiscalización de las cuentas públicas, la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 53 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, 9 fracción III, 11, 98 y 99 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, promueve las acciones y recomendaciones, con el propósito de que las mismas sean atendidas por las autoridades competentes.

En el presente Informe del Resultado, se expone en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León, conforme a los registros de las Unidades Administrativas competentes de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León con corte al 30 de septiembre de 2019, la situación que guardan las acciones y recomendaciones derivadas de procesos de fiscalización de ejercicios anteriores del Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía, resultante de una actividad analítica y evaluativa de los documentos que en su caso hubiesen exhibido las propias entidades fiscalizadas o autoridades competentes para su atención.

Con motivo de la entrada en vigor el 19 de julio de 2017 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas derivada de la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción del 27 de mayo de 2015, la exposición señalada se realiza en dos apartados, el primero denominado “SEGUIMIENTO DE ACCIONES O RECOMENDACIONES DERIVADAS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTAPÚBLICA 2016 Y ANTERIORES” en el que se detalla la situación que guardan las acciones y/o recomendaciones reportadas como no concluidas en el Informe del Resultado de la Cuenta Pública 2017, y el segundo nombrado “SEGUIMIENTO DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES ANUNCIADAS EN EL INFORME DEL RESULTADO DE LA CUENTA PÚBLICA 2017”, que muestra lo relativo a las acciones y recomendaciones que derivaron de la revisión de la Cuenta Pública de 2017.

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Dicha escisión atiende a las modificaciones que a partir del ejercicio 2017 introdujo al catálogo de acciones previsto en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León sobre las observaciones subsistentes derivadas de un proceso de fiscalización de Cuentas Públicas, tanto la reforma a la Constitución Local publicada en el Periódico Oficial del Estado del 15 de abril de 2016, derivada de la diversa realizada a la Constitución General en materia anticorrupción, como el inicio de la vigencia de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, pues se concedieron facultades a las Entidades de Fiscalización de los Estados, para conocer de faltas administrativas de servidores públicos de los entes fiscalizados, se crearon nuevos procedimientos para la investigación y substanciación de ese tipo de faltas y autoridades al interior de los Órganos Internos de Control de los Entes Públicos.

I. SEGUIMIENTO DE ACCIONES O RECOMENDACIONES DERIVADAS DE LA FISCALIZACIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA 2016 Y ANTERIORES

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

2013

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 2*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 4*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 6

2014

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 5*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 2*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 7

2015

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 2*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 4*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 6

2016

Promoción de Fincamiento de Responsabilidad Administrativa (PFRA) 12*

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF) 2*

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 3*

Total de acciones y recomendaciones emitidas 17*Acciones o recomendaciones comunicadas como concluidas en el IDR 2017, presentado alH. Congreso del Estado el día 18 de octubre de 2018.

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II. SEGUIMIENTO DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES ANUNCIADAS EN EL INFORME DEL RESULTADO DE LA CUENTA PÚBLICA 2017

CUENTA PÚBLICA

ACCIÓN EJERCIDA/ RECOMENDACIÓN FORMULADA

CANTIDAD DE OBSERVACIONES

2017

Vista a la Autoridad Investigadora (VAI) 11

Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal (PEFCF) 1**

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno (RG) 13

Total de acciones y recomendaciones emitidas 25**Acción no admitida por la Autoridad Fiscal

DETALLE DE LAS ACCIONES EJERCIDAS Y RECOMENDACIONES FORMULADAS

VAI Vista a la Autoridad Investigadora

Acción que tiene por objeto dar a conocer a la Unidad Investigadora competente sobre la existencia de actos u omisiones que la Ley General de Responsabilidades Administrativas señala como falta administrativa, a efecto de que lleve las diligencias de investigación conducentes, para que en su caso emita el informe de presunta responsabilidad que se le dará a conocer a la Autoridad Substanciadora para el inicio del procedimiento de responsabilidad, en el que la Autoridad Resolutora determinará mediante sentencia, sobre la existencia o inexistencia de falta administrativa, así como de las sanciones o indemnizaciones que se fijarán a los servidores públicos o particulares responsables.

Cuenta Pública

Estado(Autoridad Investigadora)

Total Observaciones

2017

VAI – Órgano Interno de Control del Ente Público 10

VAI – Unidad de Investigación de la ASENL 1

Total 11

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

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A. Vista a la Autoridad Investigadora (Órgano Interno de Control del Ente Público fiscalizado)

Irregularidades que en términos de lo dispuesto en el artículo 11, segundo párrafo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se hacen del conocimiento de la Autoridad Investigadora del Órgano Interno de Control del Ente Público, a efecto de que continúe con las investigaciones respectivas y promueva en su caso las acciones que procedan.

CU

EN

TA

BLI

CA

OFICIO DE PROMOCIÓN

ME

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DE

O

BS

ER

VA

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AUTORIDAD ANTE LA QUE SE PROMUEVE

INFORME DE LA AUTORIDAD SOBRE EL

ESTADO DE LA PROMOCIÓN

RESULTADOS DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS

SERVIDOR(ES) PÚBLICO(S)

SANCIONADO(S)SANCIÓN IMPUESTA INDEMNIZACIÓN

2017

ASENL-VAI- CP2017-AP82-

56/2018

10

Director del Fideicomiso

Festival Internacional de

Santa Lucía

FISL/934/2018

En fecha 15 de noviembre de 2018 acordó no ser competente para iniciar una investigación y, en su caso, sustanciación y resolución de procedimientos de responsabilidad administrativa en relación a las irregularidades detectadas en la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública 2017, remite el oficio de VISTA, a la Autoridad Investigadora del Órgano Estatal de Control, para que realice las investigaciones correspondientes y determine lo que en derecho corresponda

ASENL-VAI- CP2017-PE01-

74/2018

Encargado del Despacho de la

Contraloría y Transparencia Gubernamental

CTG-307/2019 Etapa de investigación con número de carpeta UA-CI-28/2019

TOTAL DE OBSERVACIONES 10

B. Vista a la Autoridad Investigadora (ASENL)

Observaciones que en términos de lo dispuesto en el artículo 11, primer párrafo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se hacen del conocimiento de la Autoridad Investigadora de la propia Auditoría Superior del Estado de Nuevo León, a efecto de que realice las investigaciones respectivas y promueva en su caso las acciones que procedan.

CU

EN

TA

BLI

CA

OFICIO DE PROMOCIÓN

FECHA DE PRESENTACIÓN

ANTE AUTORIDAD INVESTIGADORA

ME

RO

DE

O

BS

ER

VA

CIO

NE

S

TIPO DE AUDITORÍA

DETERMINACIÓN DE LA

INVESTIGACIÓN

ADMISIÓN DE IPRA

RESULTADOS DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDADES

ADMINISTRATIVAS

Remisión de expediente al Tribunal de Justicia

Administrativa del Estado

Notificación de Recepción de Expediente

2017 ASENL-AEGE-UI-VAI- GF001/2018.CP2017-AP82 30-oct-18 1 Gestión

Financiera En trámite No aplica

TOTAL DE OBSERVACIONES 1

Cuenta Pública

Estado(Autoridad Investigadora)

Total Observaciones

2017En trámite 10Concluido 0

Total 10

Cuenta Pública Estado(Autoridad Investigadora)

Total Observaciones

2017En trámite 1Concluido 0

Total 1

Page 83: Dictamen del Auditor · Web viewEl monto representa las erogaciones realizadas para la presentación de la Orquesta de Cambra del Emporda con el espectáculo "Concerto A Tempo D´

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Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa

RGSugerencias de carácter preventivo que se formulan al ente fiscalizado para fortalecer sus procesos administrativos y los sistemas de control. Tienen por objeto señalar las áreas con deficiencias en cuanto a la gestión financiera, así como áreas de oportunidad en el control interno y de gestión.

CUENTA PÚBLICA OFICIO DE RECOMENDACIONES FECHA DE NOTIFICACIÓN FECHA DE RESPUESTA POR EL ENTE PÚBLICO

2017 ASENL-RG-CP2017-AP82- 056/2018 31-oct-18 23-nov-18

Detalle del trámite dado por el ente fiscalizado a las recomendaciones:

MATERIA EMITIDASATENDIDAS POR EL ENTE PÚBLICO NO ATENDIDAS

(Sin respuesta del Ente Público)Aceptadas Rechazadas Medidas Alternas Inaplicables

Gestión Financiera 13 13 0 0 0 0

Total 13

------------ EL RESTO DE LA PÁGINA SE DEJÓ INTENCIONALMENTE EN BLANCO ------------

Recomendaciones a la Gestión o Control Interno

Cuenta Pública Estado(En la ASENL)

Total Observaciones

2017En trámite 0Concluido 13

Total 13

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Lo anteriormente expuesto, se pone en conocimiento de ese H. Congreso del Estado, por conducto de la Comisión de Vigilancia, para los efectos legales a que haya lugar, acorde con lo preceptuado en los artículos 20, fracción XXXI, 82, fracciones XV y XXXII de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León; y 8, fracción XVIII, 15, fracciones XIII y XVIII, 17, fracciones I, III y XVII y 18, fracciones XVIII y XIX del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Nuevo León.

C.P.C. JORGE GUADALUPE GALVÁN GONZÁLEZ Auditor General del Estado de Nuevo León

C.P. EDUARDO GONZÁLEZ JASSOAuditor Especial de Gobierno del Estado

y Organismos Públicos Autónomos

C.P. HÉCTOR DAVID RIVERA ALEMÁNDirector General de Auditoría

C.P. ANGELA GARCÍA VALENZUELADirector de Auditoría (Gestión Financiera)

Informe del Resultado de la revisión a la Cuenta Pública por el ejercicio 2018 Fideicomiso Festival Internacional de Santa Lucía