DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una...

115
1 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. VEEDURÍA DISTRITAL POLÍTICA PÚBLICA DE TRANSPARENCIA, INTEGRIDAD Y NO TOLERANCIA CON LA CORRUPCIÓN EN BOGOTÁ DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE Agosto de 2015

Transcript of DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una...

Page 1: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

1

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. VEEDURÍA DISTRITAL

POLÍTICA PÚBLICA DE TRANSPARENCIA, INTEGRIDAD Y NO TOLERANCIA CON LA CORRUPCIÓN EN BOGOTÁ

DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE

Agosto de 2015

Page 2: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

2

TABLA DE CONTENIDO PRESENTACIÓN .................................................................................................................................... 4

I. ANTECEDENTES ............................................................................................................................... 5

NORMATIVOS .................................................................................................................................. 5

NORMATIVIDAD INTERNACIONAL .............................................................................................. 5

NORMATIVIDAD NACIONAL ....................................................................................................... 6

NORMATIVIDAD DISTRITAL ........................................................................................................ 6

DE POLÍTICA PÚBLICA .................................................................................................................... 8

II. MARCO CONCEPTUAL ................................................................................................................. 10

ENFOQUE DE LA POLÍTICA PÚBLICA .......................................................................................... 10

DEFINICIÓN DE CONCEPTOS ........................................................................................................ 14

CULTURA CIUDADANA.............................................................................................................. 14

LO PÚBLICO Y EL INTERÉS GENERAL ..................................................................................... 14

CORRUPCIÓN ............................................................................................................................. 15

INTEGRIDAD .............................................................................................................................. 16

TRANSPARENCIA ....................................................................................................................... 16

PARTICIPACIÓN CIUDADANA .................................................................................................... 17

III. MARCO NORMATIVO DISTRITAL ............................................................................................... 19

IV. CONTEXTO ................................................................................................................................... 24

V. EL PROBLEMA CENTRAL Y LOS PROBLEMAS ESPECÍFICOS ..................................................... 58

EL PROBLEMA CENTRAL .............................................................................................................. 58

LOS PROBLEMAS ESPECÍFICOS .................................................................................................... 59

VI. OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS ........................................................................................................ 59

OBJETIVO GENERAL ...................................................................................................................... 60

OBJETIVOS ESPECÍFICOS ............................................................................................................... 60

ESTRATEGIAS ................................................................................................................................. 61

CULTURA CIUDADANA.............................................................................................................. 61

PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL ......................................................................................... 61

INFORMACIÓN DE CALIDAD, OPORTUNA Y ASEQUIBLE ....................................................... 62

ENTORNO DE NEGOCIOS Y COMERCIO JUSTO ..................................................................... 62

GESTIÓN PREVENTIVA .............................................................................................................. 62

Page 3: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

3

FORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA ........................................................ 63

VII. INSTRUMENTOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA ........................................................ 63

VIII. LÍNEAS DE ACCIÓN PRIORITARIAS ............................................................................................. 64

IX. RESPONSABILIDADES.................................................................................................................... 64

LISTADO DE SIGLAS .......................................................................................................................... 65

BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................................... 65

ANEXOS ............................................................................................................................................. 69

Page 4: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

4

“(…) el gran desafío se traduce en el logro de un cambio cultural de rechazo a la corrupción, producto de una

mayor comprensión sobre los efectos de este fenómeno en nuestras vidas y de las causas que lo están

generando. Esta comprensión nos debe generar una indignación suficiente que nos obligue a la movilización y

a la corresponsabilidad en la construcción de integridad, de transparencia y de no tolerancia con la corrupción”.

Adriana Córdoba Alvarado

PRESENTACIÓN Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá -PPTINTC- que hacen parte de este Documento Técnico de Soporte se desarrollan en cumplimiento de lo establecido en el Capítulo IV del Plan de Desarrollo Distrital Bogotá Humana, en el que se plantea la necesidad de avanzar en la construcción de “Una Bogotá que Defiende y Fortalece lo Público”, como fundamento del Estado Social de Derecho, lo que significa garantizar procesos participativos en la gestión de la ciudad, fortaleciendo la democracia, trabajando por la construcción de paz, promoviendo un enfoque de seguridad humana y convivencia, e impulsando el uso transparente y responsable del patrimonio y los recursos de la ciudad, sin tolerar la corrupción pública ni privada1. El Plan de Desarrollo Distrital busca responder así a una serie de comportamientos y de formas de gestionar lo público en la ciudad que no abogan por la prevalencia del interés general y generan riesgos de corrupción como son: la escasa aprobación cultural y moral de la legalidad; la desconfianza en las instituciones; la baja capacidad de regulación mutua; la escasa participación ciudadana; el hecho de que la educación no se perciba como agente de transformación de los comportamientos; la falta de transparencia en la gestión de lo público, la deficiencia en la implementación y la articulación de las herramientas de prevención de la corrupción; y la existencia reglas, normas y procedimientos que no facilitan la gestión integra y transparente de lo público. Conforme a lo establecido en dicho capítulo del Plan de Desarrollo Distrital el proceso de formulación de la política fue coordinado por la Veeduría Distrital, con el acompañamiento del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo –PNUD-, a partir de un proceso de participación local y sectorial, que incluyó ciudadanos y ciudadanas en ejercicio de distintos roles: sector privado, organizaciones sociales, academia, expertos, medios de comunicación y servidores públicos. En este marco se elaboró un diagnóstico ampliado de la situación de transparencia, integridad y corrupción en la ciudad, que incluyó 11 estudios de caso sectoriales, y se definieron los lineamientos técnicos preliminares de la política, lo que posteriormente fue

1 BOGOTÁ. CONCEJO DE BOGOTÁ. Acuerdo 489 (12, junio2012) Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo

Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2012-2016 Bogotá Humana. Diario Oficial. Bogotá, D.C. 2012. p. 55.

Page 5: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

5

validado y enriquecido en el proceso participativo. Además, se generaron espacios de presentación de la iniciativa y de articulación de ésta con otras acciones en curso, con actores privados (empresarios, académicos y medios de comunicación), que evidenciaron su interés en suscribirla. Este documento se desarrolla a lo largo de siete capítulos. En el primero aparecen los antecedentes normativos e institucionales; en el segundo, un marco conceptual que da cuenta del enfoque de la política y de la definición de los conceptos claves; en el tercero el marco normativo distrital que permite construir sobre lo construido y acota el alcance de la política; en el cuarto, un contexto que presenta el diagnóstico; en el quinto, la identificación del problema general y los problemas específicos que se derivan de la información de contexto; en el sexto, la precisión de los objetivos y las estrategias; y en el séptimo, la descripción del conjunto de instrumentos que darán viabilidad a la ejecución, el monitoreo y la evaluación de la política. En síntesis, los lineamientos de política que aquí se presentan no son otra cosa que una invitación a los habitantes de la ciudad a que, tratándose de la gestión de lo público -desde la orilla pública, privada o social-, hagan prevalecer el interés general, actúen en favor del cuidado y la defensa de lo público, de lo que nos une, de lo que nos da sentido social y de lo que depende el bienestar de todos y todas, pero sobre todo de aquellas personas en mayor situación de vulnerabilidad.

I. ANTECEDENTES La búsqueda de mayores niveles de transparencia e integridad en la gestión de lo público tiene antecedentes normativos y de política pública que dan marco a lo que aquí se plantea. Este capítulo presenta una síntesis de las principales iniciativas que han sido trazadas a nivel internacional, a las cuales ha adherido el Estado Colombiano, que han sentado las bases sobre las que se ha construido todo un sistema regulatorio tanto a nivel Nacional como Distrital, con el fin de fortalecer las instituciones públicas, la participación ciudadana y la promoción de la transparencia. También da cuenta de la manera como la administración distrital ha incluido estos propósitos en los planes de desarrollo desde la primera administración de Antanas Mockus Sivickas (1995 – 1997). El Anexo 1 presenta en extenso el marco normativo, las Leyes y los Acuerdos y Decretos Distritales, y el Anexo 2 los antecedentes de política pública.

NORMATIVOS NORMATIVIDAD INTERNACIONAL A nivel internacional, el Estado Colombiano participó en los procesos de adopción de la Convención Interamericana contra la Corrupción2 -CICC- (el 10 de abril del 2000), la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción –CNUCC- (aprobada por la ley 970 de 2005) y en 2013 firma la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico –OCDE-, a través de los cuales se busca fortalecer

2 Ir al Anexo 1, en donde se encuentra la descripción de las diferentes Convenciones, Políticas y Leyes nombradas.

Page 6: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

6

los mecanismos para prevenir, detectar y sancionar la corrupción, así como potenciar la cooperación internacional para la investigación y sanción de los delitos de esta índole. NORMATIVIDAD NACIONAL La Constitución Política estableció el marco en el cual se debe desarrollar la normatividad colombiana en materia de transparencia, integridad y prevención de la corrupción. Así mismo, el texto define que Colombia es un Estado Social de Derecho, y por ende que prevalece el interés general sobre el particular. Las principales acciones que se han adelantado por parte del gobierno nacional durante la última década, se han caracterizado por apostar a los cambios y reformas institucionales tendientes al fortalecimiento de las instituciones públicas y la promoción de la transparencia en la gestión pública, para lo cual el gobierno nacional ha impulsado una amplia producción de instrumentos normativos. Entre ellos vale destacar: la Ley de Veedurías ciudadanas (Ley 850 de 2003), la Política Nacional de Servicio al Ciudadano (el CONPES 3649/10), la Estrategia de Gobierno en Línea (CONPES 3650/10), la Política de Rendición de Cuentas de la Rama Ejecutiva a los Ciudadanos (CONPES 3654/10), el Estatuto Anticorrupción (Ley 1474 de 2011), el Decreto Antitrámites, (Decreto 19 de 2012), la Estrategia Nacional de la Política Pública Integral Anticorrupción (CONPES 167/13), y Ley de Transparencia y Acceso a la información pública (ley 712 2014). NORMATIVIDAD DISTRITAL A nivel distrital, el desarrollo normativo en materia de transparencia, integridad y prevención de la corrupción cobra importancia a partir del Plan de Desarrollo "Formar Ciudad" del ex alcalde Antanas Mockus, en el que se considera la transparencia como condición necesaria para la legitimidad institucional. Posteriormente, el desarrollo legislativo distrital ha sido acentuado y cabe destacar tres normas importantes: el Acuerdo 257 de 2006, "por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones"; el Acuerdo 244 de 2006, “por medio del cual se establecen y desarrollan los principios y valores éticos para el ejercicio de la función pública en el Distrito Capital"; el Decreto 489 de 2009, "por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones” y el Decreto 371 de 2010, "por el cual se establecen lineamientos para preservar y fortalecer la transparencia y para la prevención de la corrupción en las Entidades y Organismos del Distrito Capital". Ahora bien, como se observa en el Anexo 1 el Distrito Capital para promover la transparencia y la integridad y prevenir la corrupción dispone hoy de ciento nueve postulados normativos (entre los nacionales y los distritales) a los que hay que adicionar los nuevos productos jurídicos que surjan de la implementación de la nueva normatividad (aún por reglamentar), sin contar con otras fuentes normativas como las decisiones de carácter judicial o los actos administrativos proferidos por las instituciones del Distrito sobre la

Page 7: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

7

materia. Esto es un asunto que hay que considerar pues puede dar cuenta de una inflación normativa3 que a la postre se traduzca en pérdida de la certeza jurídica, amenazando el cumplimiento de la seguridad y la justicia como principios básicos del derecho. El cuadro que aparece a continuación ilustra la situación: Cuadro 1. Consolidado de normas para la transparencia, la integridad y la prevención de

la corrupción: Leyes, Acuerdos Distritales y Decretos del Alcalde Mayor.

CATEGORÍA LEYES ACUERDOS DISTRITALES

DECRETOS ALCALDE MAYOR

TOTAL

1. TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO

13 24 19 56

Contratación 2 0 3 5

Declaraciones Anticorrupción 3 0 1 4

Recursos Públicos 1 4 0 5

Buenas Prácticas 7 20 16 42

2. CIUDADANÍA 2 14 7 23

3. CONTROL 19 5 6 30

Autocontrol 2 1 2 5

Control Fiscal 5 3 1 9

Control Disciplinario 5 1 3 9

Control Penal 7 0 0 7

TOTAL 34 43 33 110 Fuente: Morales, Zapata, Daniel Alfonso, “Propuestas de Gestión: Análisis Normativo”, documento inédito realizado en el marco del proceso de formulación de la presente política, 2014, pág. 6.

En resumen, los gobiernos Nacional y Distrital han realizado esfuerzos por ajustar sus marcos jurídicos con el fin de contemplar los derechos, las garantías, las obligaciones y las sanciones necesarias para dar respuesta a la necesidad colectiva de seguridad y justicia. Lo anterior ha conllevado la producción de numerosas herramientas jurídicas relacionadas con el problema social abordado por la política. Prueba de lo anterior es la manera como las alternativas de intervención generadas por referentes nacionales e internacionales, así como surgidas en los escenarios de participación e insumos construidos dentro de la formulación de la política pública, son anticipadas por el marco jurídico con amplitud y suficiencia. Esta situación presenta dos lecturas: por un lado la favorable, que indica un compromiso normativo con la causa por la transparencia y el buen gobierno, el fortalecimiento de la participación ciudadana y la afinación de los mecanismos de control y sanción, a partir del amplio marco regulatorio. Y por otra parte, la sensación de que los textos normativos constituyen evidencia de formalismos institucionales para disminuir la presión sobre el compromiso requerido a los sectores sociales y sus representantes con los principios que plantea la política pública, generando duda respecto a la real aplicación de la ley.

3Monroy Cabra, Marco Gerardo, “Seguridad Jurídica e inflación normativa”, Bogotá D.C.: Academia Colombiana de Jurisprudencia, 2011.

Page 8: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

8

Para finalizar, es claro que la tendencia regulatoria en la materia se enfoca en estrategias anticorrupción, más que en transformaciones en el comportamiento tanto de los ciudadanos como de las organizaciones.

DE POLÍTICA PÚBLICA La tabla que aparece a continuación recoge las “ideas fuerza” que en materia de transparencia, integridad y prevención de la corrupción han guiado el quehacer de la administración de la ciudad, desde el primer gobierno de Antanas Mockus Sivickas que tuvo lugar entre 1995 y 1997. En el Anexo 2 se encuentra la información detallada. Cuadro 2. Antecedentes de transparencia, integridad y prevención de la corrupción en los

planes de desarrollo del Distrito Capital 1995 -2015.

Ideas Fuerza en materia de transparencia integridad y prevención de la corrupción por Plan de Desarrollo

% recursos de inversión destinados

Formar Ciudad: Antanas Mockus Sivickas (1995-1997)

Generar en los ciudadanos credibilidad en las instituciones, las normas, el servicio público y los gobernantes; simplificar y dar transparencia a los procedimientos administrativos; simplificar trámites; lograr mayores, más cercanos y mejores servicios y aumentar la capacidad de control de los mismos; poner en marcha mecanismos para controlar la corrupción, disminuir la evasión tributaria y aumentar los recaudos.

18% Vincular el sentido de pertenencia a la ciudad con el sistema de tributos, la ampliación de la conciencia de deberes y de derechos, la corrección de la evasión y la elusión, y el respeto y uso racional de los bienes y servicios públicos.

Autorregulación ciudadana, generación de conciencia individual y colectiva sobre deberes y derechos, apropiación social de la ciudad, ruptura con la cultura del atajo, enriquecimiento de las formas de expresión, fortalecimiento del sentido de pertenencia por la ciudad, construcción de propósitos comunes e individuales tendientes al bien común.

Por la Bogotá Que Queremos: Enrique Peñalosa Londoño (1998-2002)

Quitar la delegación de la ordenación del gasto a los alcaldes locales y crear unidades ejecutivas locales, en razón a la eficiencia en la planeación y la ejecución del gasto, las debilidades institucionales y la ocurrencia de prácticas irregulares y corruptas.

8%

Mejorar la condición y la calidad de vida a través de la promoción de un compromiso cívico, guiado desde programas educativos.

Prevenir y sancionar los comportamientos que lesionan el bienestar de los ciudadanos e impulsar aquellos que promueven la paz, solidaridad, el respeto y la vida en comunidad.

Aumentar los controles administrativos para mitigar y prevenir la corrupción y hacer de la cultura de servicio al usuario y de la participación ciudadana mecanismos de control a la gestión.

Bogotá Para Vivir Todos del Mismo Lado: Antanas MockusSivickas (2001-2004)

Page 9: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

9

Lo público es sagrado: fortalecer la ciudad y su institucionalidad bajo los preceptos del civismo, la transparencia, el respeto de lo público y de la ley, la solidaridad, la honradez, la equidad y la armonía entre la ley, la moral y la cultura.

10%

Aumentar el cumplimiento voluntario de normas, la capacidad de celebrar y cumplir acuerdos y la mutua ayuda para actuar según la propia conciencia, en armonía con la ley. Promover la comunicación y la solidaridad entre los ciudadanos.

Promover la Cultura de la Probidad, conformada por hábitos y creencias que reconozcan las actuaciones administrativas probas y castiguen socialmente las ímprobas y facilitar a los habitantes de Bogotá y a sus organizaciones su participación activa en la construcción de lo público.

Bogotá Sin Indiferencia: Luis Eduardo Garzón (2004-2007)

Desarrollar una institucionalidad pública y una organización ciudadana que propicie y dinamice una cultura de reconciliación, de solidaridad, de inclusión, de participación, de responsabilidad y corresponsabilidad, de respeto a la vida, a los derechos humanos, a la justicia, la seguridad, a la participación y al control social.

7%

Realizar acciones de fortalecimiento a la organización y al suministro de información para que ciudadanos y ciudadanas participen en la toma de decisiones públicas; diseñar herramientas para que la ciudadanía ejerza un control social efectivo a las políticas, planes, programas y proyectos.

Brindar un servicio oportuno y adecuado a los ciudadanos y las ciudadanas buscando un mayor acercamiento y una interacción más abierta, transparente e incluyente de la administración con toda la comunidad; construir una cultura organizacional ética y de servicio que propicie el compromiso de los servidores y las servidoras públicas con el desarrollo y el fortalecimiento de sus competencias y habilidades; implementar un modelo de gestión efectivo, transparente y participativo que convocara la solidaridad de los demás agentes y sectores de la sociedad; hacer un manejo responsable de los recursos; garantizar que la información pública esté disponible y sea suficiente y veraz como soporte fundamental para la toma de decisiones, la rendición de cuentas y el control social.

Bogotá Positiva: Samuel Moreno Rojas / Clara López Obregón (2008-2011)

Coherencia de la administración entre su accionar y su discurso; corresponsabilidad para generar en los ciudadanos responsabilidad compartida frente al destino de la ciudad; defensa de lo público para fortalecer al Distrito Capital como espacio ciudadano de defensa del interés colectivo; probidad para que la administración actúe con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos.

3.5%

Participación: ahora decidimos juntos y control social al alcance de todas y todos.

Gestión pública efectiva y transparente: servicios más cercanos al ciudadano.

Bogotá Humana: Gustavo Petro Urrego (2012-2015)

Page 10: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

10

Una Bogotá que Defiende y Fortalece lo Público: defender y fortalecer lo público como fundamento del Estado Social de Derecho; garantizar procesos participativos, fortalecer la democracia, trabajar por la construcción de paz, promover un enfoque de seguridad humana y convivencia, e impulsar el uso transparente y responsable del patrimonio y los recursos de la ciudad, sin tolerar la corrupción pública ni privada.

6%

Recuperar la confianza ciudadana en las instituciones; combatir la corrupción mediante un trabajo coordinado y transparente entre instituciones y ciudadanía; fomentar una ética pública; promover el control preventivo, la eficiencia en la gestión pública, y los ejercicios de control social, de rendición de cuentas, de conformación de veedurías ciudadanas y de pactos éticos entre la administración pública y el sector privado; implementar mecanismos de comunicación e información, de supervisión a la contratación pública y su ejecución, y de seguimiento a la gestión.

Promover un cambio cultural de rechazo a la corrupción y de corresponsabilidad en la construcción de probidad y defensa de lo público. Planificar y gestionar de manera articulada el control interno, las TIC para el control social, el sistema de participación, el de quejas y reclamos, y el de atención al ciudadano, los programas de transparencia, de mejoramiento de la gestión y de formación de servidores y servidoras públicas.

II. MARCO CONCEPTUAL

ENFOQUE DE LA POLÍTICA PÚBLICA El enfoque utilizado en la presente política es preventivo de cambio cultural y corresponsabilidad. Es entendido tanto como un método de lectura, comprensión y análisis de la realidad, como una guía para la acción. En el primer caso, permite una lectura de la realidad que pretende hacer visibles los comportamientos tanto institucionales como ciudadanos que atentan contra lo público. En el segundo caso, toma en cuenta dicho análisis para ofrecer alternativas de cambio que permitan fortalecerlo. El reto de alcanzar una gestión transparente e integra de lo público y de prevenir comportamientos contrarios a éste, como la corrupción, se refiere, ante todo, a la necesidad de cambiar las creencias, los valores y las motivaciones, de manera que se transformen los comportamientos. Estos cambios tienen efectos en renovaciones económicas, políticas y sociales y, principalmente, entregan las condiciones para generar posibilidades de transformación duradera en la sociedad, principalmente en lo que se refiere al fortalecimiento de la democracia. El cambio cultural es uno de los procesos más complejos, lentos y difíciles en cualquier sociedad. Las costumbres, los hábitos, las reglas de conducta, los conocimientos y todas las demás manifestaciones de la cultura tienden a sedimentarse, institucionalizarse y arraigarse en la conciencia de los individuos y en lo que podría llamarse “conciencia colectiva”. Por eso son tan difíciles de cambiar. Sin embargo, la experiencia de Bogotá en las últimas dos

Page 11: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

11

décadas es testimonio de cómo una sociedad no solo puede cambiar sus costumbres, en algunos casos con extraordinaria rapidez, sino, en verdad, transformar aspectos importantes de su cultura. Podrían citarse, a manera de ejemplo, cambios como el uso del cinturón de seguridad en los vehículos, el respeto por las cebras en los cruces peatonales por parte de conductores y peatones, la reducción sostenida en el consumo de agua potable en las residencias, y la disminución en varios períodos, de las lesiones personales y los homicidios sobre la base de mejoras en la capacidad de resolución de conflictos entre las personas. Estos cambios están asociados con una estrategia implementada en la ciudad a partir de la década de 1990 bajo la denominación de cultura ciudadana. La cultura ciudadana está en el centro de esta política pública. Bogotá necesita fortalecer las capacidades y los comportamientos ciudadanos que favorezcan normas sociales de gestión transparente e integra de lo público y de prevención de la corrupción y no solo el ideal prescrito por la ley y la moral. Es el reto propiciar un cambio cultural voluntario para disminuir la aprobación cultural y moral de la ilegalidad y aumentar la aprobación cultural y moral del cumplimiento de la ley y reducir la aprobación cultural del “vivo”, del todo vale, de los atajos y de las justificaciones para incumplir la ley. Cada comportamiento individual es una respuesta a determinadas motivaciones. Tales motivaciones responden a una o más de tres tipologías principales: intereses, relacionados, por una parte, con la utilidad, la ganancia o el provecho que pueden derivarse de un comportamiento, y por otro, con una inclinación particular de la persona hacia un objeto, persona o idea. Ejemplos comunes de intereses son el lucro, el beneficio material o inmaterial y la conveniencia, o bien la atracción, el aliciente o la seducción que un objeto, persona o idea tengan para la persona. Otro tipo de motivaciones son las razones, definidas en esencia como los argumentos o las consideraciones que se aducen como motivos para los comportamientos. En el lenguaje de cultura ciudadana, las razones suelen corresponder a las justificaciones de los comportamientos, por ejemplo: “ayudar a la familia”, “responder a una ofensa al honor”, “es lo acostumbrado”, “la ley lo exige”. El tercer tipo de motivaciones son aquellas relacionadas con las emociones, que en su acepción más primaria se definen como impulsos o reacciones ante determinados estímulos. Ejemplos de emociones son el miedo, caracterizado a veces como la emoción más fuerte del ser humano, la alegría, la sorpresa, la tristeza, la aversión, el amor. Los intereses, las razones y las emociones que motivan a los individuos están mediatizados por sistemas de regulación cuyas principales funciones son las de orientar, poner límites y otorgar sentido a los comportamientos. Los tres sistemas de regulación de los comportamientos son, en primer lugar, la ley, o cuerpo de disposiciones y preceptos formales que establecen lo que está permitido y lo que no está permitido en una sociedad, y emanan de una autoridad competente. En cultura ciudadana, dentro de la noción de ley están comprendidas desde la Constitución hasta las normas de convivencia contenidas en los códigos de ciudadanía o de policía, incluidas las normas de tránsito, espacio público, medio ambiente y urbanismo, pasando por toda la compleja estructura legal que rige a un país. En segundo lugar, la moral, o conciencia del individuo, desarrollada socialmente en un conjunto de preceptos éticos. Y en tercer lugar, la cultura, más relacionada, como sistema regulador, con las costumbres o los modelos usualmente aceptados en una sociedad o un grupo social.

Page 12: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

12

Existe una relativa independencia entre los tres sistemas reguladores del comportamiento, pues cada uno tiene características específicas. La ley, incluso la ley basada en la costumbre o consuetudinaria, tiene como rasgos propios el emanar de una autoridad competente –aún si se define como emanada del pueblo, siempre la establece una autoridad-, es de obligatorio cumplimiento, aún si contradice la voluntad de los individuos, y en general tiene un carácter formal. Las normas morales y las normas culturales no tienen ese vínculo con una autoridad, no son de obligatorio cumplimiento en el mismo sentido que la ley, y en general su carácter es informal, o al menos tienen grados de formalidad muy distintos a los de la ley. Cada sistema de regulación, a su vez, comporta un conjunto de castigos específicos por el incumplimiento de sus normas: la privación de la libertad, multas y otras penas en el caso de la ley, remordimiento e intranquilidad del individuo en el caso de la moral, y condena o rechazo social en el de la cultura. La armonía, o su contrario, el divorcio, entre la moral y la cultura, por un lado, y la ley, por otro, se encuentra en el núcleo central de la conceptualización de cultura ciudadana. No es de esperarse que en una sociedad moderna compleja exista armonía entre los tres sistemas reguladores principales del comportamiento de las personas. Dicha armonía sólo existe, quizás, en una sociedad hipotética en estado cercano al de naturaleza, y en verdad sólo se presenta en las sociedades reales en relación con pocos comportamientos. Un ejemplo es la acción de matar, cuya prohibición está profundamente arraigada en la conciencia del individuo (moral), se acepta universalmente como norma social (cultura) y está prescrita en todos los sistemas legales (ley). Es más frecuente la ausencia de equivalencias entre los tres sistemas regulatorios y, mucho más frecuente aún, el divorcio o la falta de armonía entre ellos. Del primer caso son ejemplos las normas de etiqueta en la mesa o los modales prescritos de urbanidad. Se trata de normas sociales (cultura) que no tienen correspondencias en la ley y, salvo una desmesurada influencia de las costumbres sobre la conciencia, tampoco en la moral. La armonía entre ley, moral y cultura en la conceptualización de cultura ciudadana se restringe a una sola faceta: “reducir la aprobación moral o cultural de la ilegalidad y aumentar la aprobación moral y cultural de las obligaciones legales”4. Puesto de otro modo, hacer que la sociedad y los individuos - en su intimidad moral- reprueben la ilegalidad y aprueben la legalidad, y que igualmente rechacen toda justificación de las infracciones de las normas formales o informales favorables a la convivencia y el imperio de la ley. Tal es el sentido específico de la armonía entre ley, moral y cultura en el contexto de la cultura ciudadana. Por determinadas razones, intereses o emociones, un individuo o un grupo dentro de la sociedad puede tener por norma infringir ciertas normas legales, y censurar a quienes las cumplen. Tal es el caso de la corrupción en aquellas sociedades donde esta es generalizada o sistemática. Está prohibida por la ley y se castiga, pero la norma social es ser corrupto (no está mal visto, pues todos lo hacen), y en el fuero interno del individuo probablemente no habrá remordimientos de conciencia al incurrir en un acto corrupto. En el cálculo de costos y beneficios que hacen las personas, probablemente resulta más costoso –socialmente y, desde luego, en términos económicos-

4 “Divorcio entre ley, moral y cultura” [en línea], disponible en:

http://www.culturadelalegalidad.org.mx/recursos/Contenidos/Artculosdeintersgeneral/documentos/Divorcio%

20entre%20ley,%20moral%20y%20cultura.pdf , recuperado: 15 de julio de 2014.

Page 13: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

13

no ser corrupto que serlo. Pero si cambian las reglas del juego, es decir, si la expectativa dominante en la sociedad es la probidad y no la corrupción (cultura), y las conciencias individuales están más dispuestas a rechazarla que a tolerarla (moral), los costos ascenderán para quienes cometan actos de corrupción y por lo tanto habrá una mayor probabilidad de que se mantengan dentro de la ley. Para el caso de la transparencia y de las conductas de corrupción, es posible observar, (como se ha mostrado in extenso en el presente documento), que la tolerancia por ideas como ser ¨vivo¨ o ¨aventajado¨ en la familia, negocios, relaciones sociales, etc., por acortar la ruta entre la acción y el logro; no es más que la naturalización de las conductas desviadas, de las cuales se considera menor su impacto, debido a que por medio de esa naturalización, se han justificado dichas conductas, llevándolas al extremo de considerarlas inherentes o naturales a las acciones y actos que se requieren para obtener el éxito que se desea. Ahora bien, desde la perspectiva de la Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción, la dirección de la sociedad trasciende la acción gubernamental. Los gobiernos, para reconstruir la posibilidad de que las sociedades no entren en decadencia y alcancen sus metas tienen que integrar a su deliberación y acción a agentes económicos y sociales. Esto quiere decir que hay políticas públicas, bienes y servicios públicos, que deben llevarse a cabo mediante formas que ya no son exclusivamente gubernamentales y que incorporan mecanismos de mercado y de participación de la sociedad. Así, se introducen formas de asociación y cooperación del sector público con el sector privado y social para enfrentar problemas sociales endémicos y producir los futuros deseados. En este marco, los actores no gubernamentales (empresas económicas, organizaciones de la sociedad civil, centros de pensamiento) adquieren mayor capacidad de decisión e influencia en el procesamiento de los asuntos públicos y en la orientación e implementación de las políticas y los servicios públicos. A esto es a lo que se alude cuando se habla de gobernanza, la gobernanza en una manera de llevar los asuntos públicos, de conducir a la sociedad y de organizar la acción colectiva. La gobernanza nos lleva al concepto de corresponsabilidad. El cambio cultural para la construcción y defensa de lo público requiere de la participación colectiva de los individuos. Ni el cambio cultural ni el cuidado de lo público, son de competencia exclusiva del Estado, éste es responsable en tanto la sociedad ha delegado en él el poder para cumplir los objetivos de desarrollo deseados, pero la sociedad en su conjunto es corresponsable. Instaurar una cultura ciudadana de cuidado y gestión responsable de lo público, un conjunto de costumbres, acciones y reglas mínimas compartidas que generen sentido de pertenencia, faciliten la convivencia urbana y conduzcan al respeto del patrimonio común y al reconocimiento de los derechos y los deberes ciudadanos, no es asunto que se pueda imponer desde el gobierno.

Page 14: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

14

DEFINICIÓN DE CONCEPTOS Las definiciones que aquí se ofrecen buscan de una parte, precisar lo que para la política significa cada uno de los términos que se emplean, y de otra, delimitar el alcance de las iniciativas que se emprendan. CULTURA CIUDADANA La cultura ciudadana en el marco de ésta política es entendida como una estrategia de política pública para intervenir sobre la cultura con el fin de intentar cambiar algunos comportamientos y, a la vez, un método y una conceptualización para interpretar ciertos fenómenos sociales. Se parte del concepto de Cultura como el conjunto de actitudes, percepciones, creencias, tradiciones y conocimientos –y sus productos- que orientan el comportamiento y otorgan sentido al mundo entre las personas de una sociedad con cuatro dimensiones:

Dimensión Social (Cultura Ciudadana): imperio de la ley en igualdad de condiciones, justicia para todos, respeto por los derechos, equidad, tolerancia, seguridad social, entre otros factores.

Dimensión Económica (Cultura económica): se refiere a la capacidad de crear,

generar y disfrutar de la productividad y la riqueza.

Dimensión Política (Cultura Política): capacidad de los ciudadanos de participar y organizarse dentro de un sistema democrático que garantice las libertades civiles.

Dimensión Simbólica (Cultura en sentido específico): religión, filosofía, arte y

patrimonio)el respeto por la diversidad, el desarrollo del sentido de pertenencia, el respeto y posibilidad de disfrute del patrimonio colectivo natural, intelectual y artístico.

LO PÚBLICO Y EL INTERÉS GENERAL Para efectos de esta política lo público hace referencia a dos cosas. De una parte, a un espacio de interacción entre el Estado y la sociedad civil5, que otorga reglas de juego comunes a los actores y contenidos éticos mínimos, y que se constituye en el escenario de la participación de la ciudadanía en los proyectos de Estado, en el marco de una relación constructiva entre ambas partes. Este tipo particular de interrelación entre los

5 En el marco de la Política y conforme a la definición adoptada por el Banco Mundial “el término sociedad civil se refiere a una amplia gama de organizaciones no gubernamentales y sin fines de lucro que están presentes en la vida pública, expresan los intereses y valores de sus miembros y de otros, según consideraciones éticas, culturales, políticas, científicas, religiosas o filantrópicas. Por lo tanto, el término organizaciones de la sociedad civil abarca una gran variedad de instancias: grupos comunitarios, organizaciones no gubernamentales, sindicatos, grupos indígenas, instituciones de caridad, organizaciones religiosas, asociaciones profesionales y fundaciones”. Así es válido hablar de la sociedad civil y sus organizaciones, la “asociación” entre sociedad civil, organizaciones sociales, organizaciones no gubernamentales y tercer sector es intrínseca.

Page 15: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

15

actores de una democracia es lo que hace que lo público pueda interpretarse como la vigencia plena del Estado Social de Derecho, el predominio de la legalidad y del orden jurídico, entendido como reglas de juego construidas de manera colectiva. Así, lo público es el lugar en donde se definen y se construyen el interés general y el bien común, el punto de encuentro entre el Estado, la sociedad civil y sus organizaciones, la sociedad política y el mercado. En este contexto, un llamado a rescatar lo público es a la vez un llamado para convocar nuevas formas de integración social, tolerantes y abiertas que admitan en su interior la convivencia pacífica de la multiplicidad de voces que hoy componen el escenario social. Se reclama lo público como sentimiento ciudadano o identidad comunitaria para que esté presente en la definición de políticas, en la toma de decisiones y en la reforma del Estado. De otra parte, de manera más tradicional, lo público aquí hace referencia al discurso público, la hacienda y los bienes y servicios colectivos cuyo uso y disfrute puede llevarse a cabo por cualquier ciudadano sin distinción, bajo el entendido de que la gestión y provisión de tales bienes y servicios no es exclusiva del Estado, sino que también pueden ser provistos por el sector privado. Si lo público hace referencia a un escenario de interacción y a bienes públicos que nos dan sentido colectivo, la construcción del interés general es el medio para lograrlo. Los patrones de conducta que nos llevan a cuidar lo público, se encuentran orientados por una condición ética de cada individuo que propende por el interés general. Cuando esa condición ética del individuo se convierte en colectiva, hablamos de la voluntad general que propone y prioriza como eje orientador, la búsqueda del interés general que, en este caso, es un mecanismo que permite dirigir la actuación de los ciudadanos, hacia el cuidado de lo público. Así, la disposición para construir lo público está atada a la construcción del interés general y la construcción del interés general depende de que las creencias, valores y normas que funcionan como guía para actuar nos indiquen que “apostarle” al interés general es lo correcto. Como un comportamiento ético es aquel que atiende a la moral entonces podemos afirmar que “(…) los patrones de conducta que nos llevan a cuidar lo público, se encuentran orientados por una condición ética” (consecuente con una moral que indica que lo correcto es privilegiar el interés general). CORRUPCIÓN En concordancia con la mayoría de definiciones de corrupción6 aquí se la entiende como el abuso del poder social, político o económico, en beneficio particular y en detrimento de lo público.

6 Por ejemplo, organismos como Transparencia Internacional, comprenden la corrupción como "el mal uso del poder encomendado para obtener beneficios privados. Esta definición incluye tres elementos: 1) El mal uso del poder. 2) Un poder encomendado, es decir, puede estar en el sector público o privado. 3) Un beneficio privado, que no necesariamente se limita a beneficios personales para quien hace mal uso del poder, sino que puede incluir de su familia o amigos. De manera similar, para Transparencia por Colombia la corrupción se define como el abuso de posiciones de poder o de confianza, para beneficio particular en detrimento del interés colectivo, realizada a través de ofrecer o solicitar, entregar o recibir, bienes en dinero o en especie, en servicios o beneficios, a cambio de acciones, decisiones u omisiones", Disponible en:

Page 16: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

16

El rechazo y la prevención de la corrupción, son comportamientos íntegros, ya que la corrupción es opuesta a la integridad. Entonces, cuando se hace referencia a una actitud de rechazo y prevención de la corrupción, se busca que los bogotanos y las bogotanas, de manera individual y colectiva, expresen públicamente su desacuerdo y ejerzan sanciones sociales sobre quienes cometen actos que vulneren lo público y el interés general. INTEGRIDAD Para la política, la integridad se refleja en dos ámbitos: el de la actuación individual y el de la actuación pública. A nivel individual es una actitud correcta y coherente, que lleva a las personas a actuar en defensa de lo público. Desde la actuación pública, es el conjunto de acciones institucionales que hacen posible que dicha actuación individual sea en función de valores del servicio público como son la imparcialidad, la eficacia, la transparencia y la legalidad que permitan cumplir con lo prometido y de esta manera contribuir con el bienestar general. De esta manera, el comportamiento íntegro implica de manera esencial la búsqueda del interés general y conlleva al cuidado de lo público. Es así que la integridad, se convierte en una manera de actuar, que da cuenta de la coherencia entre lo que se piensa, se dice y se hace con relación a la preservación y el respeto de lo público. Desde la actuación pública, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico –OCDE- ofrece una definición importante, en la medida en que plantea que la integridad en una organización pública o privada es la capacidad de actuar coherentemente entre los valores morales, las normas y reglas aceptadas por los miembros de la organización y sus grupos de interés (stakeholders7)8. Esta definición coincide con nuestro enfoque de cambio cultural y corresponsabilidad en tanto le da un lugar relevante a la armonía entre ley, moral y cultura. Es decir, no sólo es necesario actuar de manera coherente y correcta, sino que implica actuar de manera acorde con las reglas establecidas y aceptadas por todos. TRANSPARENCIA Para esta política, transparencia se refiere al acceso a la información pública. Está relacionada con el derecho a saber y el acceso público a la información. En términos generales, se refiere al acceso que tienen los ciudadanos a la información respecto a la

http://www.transparenciacolombia.org.co/index.php?option=com_content&view=article&id=106:radiografia-de-la-corrupcion&catid=79:sobre-la-corrupcion&Itemid=535. Consultado el 10 de mayo de 2014). 7 El concepto de Stakeholders se entiende como: “Cualquier grupo o individuo identificable que pueda afectar el logro de los objetivos de una organización o que es afectado por el logro de los objetivos de una organización (grupos de interés público, grupos de protesta, agencias gubernamentales, asociaciones de comercio, competidores, sindicatos, así como segmentos de clientes, accionistas y otros).” IESE Business School. (2009) La Evolución del Concepto Stakeholdersen los Escritos de Ed Freeman. Recuperado de: http://www.iese.edu/es/files/La%20evaluaci%C3%B3n%20del%20concepto%20de%20stakeholders%20seg%C3%BAn%20Freeman_tcm5-39688.pdf el 7 de julio de 2014. 8 OECD. Components of Integrity: Data and Benchmarks for Tracking Trends in Government. Global Forum on Public Governance, 4-5 de mayo de 2009, Paris, France. Tomado de: http://search.oecd.org/officialdocuments/displaydocumentpdf/?cote=GOV/PGC/GF%282009%292&docLanguage=En. Consultado en el mes de marzo de 2014. Traducido por Felipe Aulestia.

Page 17: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

17

gestión de lo público, y al alcance, la precisión y la puntualidad de dicha información. Permite “hacer público lo público”, visibilizar y permitir el acceso libre a la información sobre la ciudad, la gestión y el proceso de toma de decisiones, de la administración de la ciudad y de quienes ejercen funciones públicas desde otros ámbitos, respecto a los recursos humanos, técnicos y económicos de Bogotá9. En esta misma línea, la OCDE la define como la comunicación exitosa de doble vía sobre la política pública, los arreglos institucionales que la hacen posible y que reflejan la cultura, la historia y los valores de un país o una ciudad. Para Gobierno Abierto- GA- es la información sobre las actividades de los organismos públicos creada y puesta a disposición del público, con excepciones limitadas, de manera oportuna y en formatos de datos abiertos sin límites a la reutilización10. Los comportamientos están motivados por el conocimiento que se tiene de los asuntos. Por lo tanto la información es necesaria para entender el valor que para la vida individual y colectiva tienen el patrimonio, los bienes y servicios públicos; para poder discernir por cuenta propia qué comportamientos, hábitos y costumbres van en detrimento de éstos; y para motivar una acción decidida en su defensa. Con una ciudadanía con más acceso y mejor información de lo público es posible avanzar por este camino. Divulgar información de calidad no es útil únicamente en relación a la ciudadanía, al mejoramiento de la relación estado-ciudadanía y de la prestación de los servicios, al ejercicio de la participación y del control etc., sino que sirve también a los propósitos de mejorar la gestión. Por ejemplo, sirve claramente a los principios de de la función administrativa distrital: coordinación, concurrencia, subsidiaridad y complementariedad, establecidos en el artículo 3 del Acuerdo 257 de 2006. Además, transparentar la información pública es en sí misma una acción de defensa del interés general en el entendido de que ésta, hace parte del patrimonio de la ciudad y de que es un bien público naturalmente indivisible. Contar con una gestión transparente avanza en integridad y en eficiencia. Descubrir la información busca tener un efecto también sobre la confianza que no es otra cosa que la “esperanza firme que se tiene de alguien o algo” y que resulta imprescindible a la hora de refundar el acuerdo sobre lo colectivo. PARTICIPACIÓN CIUDADANA La participación ciudadana es un mecanismo de ejercicio democrático de la ciudadanía que implica una actuación concreta en el escenario público, faculta e impone a las personas el derecho y el deber que tienen de integrarse activamente en los procesos de toma de decisiones colectivas, e incentiva la movilización para la resolución de los problemas que afectan el bien común.

9 Tomado de Documento en Power Point denominado "Marco Conceptual", y elaborado por el equipo de PNUD, Bogotá, 13 de mayo de 2014. 10 María Eugenia Avendaño, Documento de Trabajo: Política Publica de Integridad y No Tolerancia con la Corrupción. Versión abril 15 de 2014. Veeduría Distrital.

Page 18: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

18

Debe entenderse como todo escenario de discusión, organización y movilización en torno al poder, a los gobiernos, a las políticas públicas y en general a la gestión de lo público. Lo anterior implica una serie de niveles (con actividades de espectador, de transición o de contendiente)11, y condiciones del entorno que permitan libertades civiles y garantías democráticas para la realización del ejercicio participativo. Dicho ejercicio tiene como finalidad incidir en la toma de decisiones y en el proceso de la actividad pública para hacerla más cercana a las diferentes comunidades de la ciudad, estrechando y profundizado el dialogo entre el Estado y los ciudadanos.

11 Lester Milbrath, Political Participation. Rand McNally College Publishing Company Chicago, 1965.

Page 19: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

19

III. MARCO NORMATIVO DISTRITAL La información que aparece en el siguiente cuadro12da cuenta de la normatividad distrital que enmarca el quehacer de la presente política. Los Acuerdos y decretos distritales aparecen organizados en tres categorías. En la categoría Transparencia y Buen Gobierno se incluyen normas relativas a la contratación en términos de transparencia y publicidad, a la gestión adecuada de recursos públicos y a la implementación de buenas prácticas de gobierno; y las declaraciones expresas de prevención y rechazo a la corrupción. En la categoría Ciudadanía y Control Social se contemplan normas dirigidas a garantizar los procesos de participación democrática y el fortalecimiento de las veedurías ciudadanas y de las organizaciones dedicadas a vigilar la gestión pública. Por último, en la categoría Control, se despliegan los productos jurídicos relacionados con el autocontrol y las tres modalidades de control sancionatorio principales aplicables en el marco de la actividad administrativa: Fiscal, Disciplinario y Penal13.

Cuadro 3. Normatividad Distrital. Acuerdos y Decretos Distritales que dan marco a la Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción.

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y

HERRAMIENTAS

1. TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO

1.4 Buenas Prácticas

ACUERDO DISTRITAL 244 de 2006

Por medio del cual se establecen y desarrollan los principios y valores éticos para el ejercicio de la función pública en el Distrito Capital.

Exige a los servidores públicos y a los colaboradores de la Administración Distrital compromiso con el cumplimiento de los principios y valores éticos. Ofrece definiciones conceptuales de “ética”, “principio” y “valor” relacionando los siguientes:

Probidad Respeto Responsabilidad Solidaridad Trabajo en equipo Servicio

Así mismo otorga a la administración la facultad para suscribir acuerdos voluntarios para fortalecer la transparencia, la equidad y la probidad. Se crea la figura del “Gestor de Ética” dentro de las entidades públicas distritales.

12 Este Capítulo fue construido a partir del documento de Morales, Zapata, Daniel Alfonso, “Propuestas de Gestión: Análisis Normativo”, documento inédito realizado en el marco del proceso de formulación de la presente política, 2014. 13 Información más detallada sobre el marco normativo, incluyendo el nacional, se puede ver en el Anexo 1.

Page 20: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

20

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y

HERRAMIENTAS

DECRETO 489 DE 2009

Por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”.

Define la integración , las sesiones, las funciones y la secretaría técnica de la Comisión. También el rol, la misión, el perfil, las responsabilidades, la formación y la capacitación de los gestores de ética. Señala la responsabilidad de las área sde talento humano para con éstos. Además, los grupos de trabajo para prácticas éticas, su naturaleza, objeto y criterios para su conformación y sus reglas de funcionamiento. Adicionalmente, se refiere a la actualización de los principios y valores distritales. Finalmente, a los Acuerdos de Transparencia, su aplicación en el distrito capital y los criterios para su establecimiento.

ACUERDO DISTRITAL 257 de 2006

Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones.

Establece la estructura organización y funcionamiento general de la Administración Distrital. Determina los siguientes principios de la función administrativa distrital: Moralidad, transparencia, publicidad, igualdad, imparcialidad, efectividad, economía, celeridad y buena fe, así como a los principios de distribución de competencias, coordinación, concurrencia, subsidiaridad y complementariedad. Ordena el cumplimiento de la gestión administrativa distrital con moralidad, transparencia, publicidad, igualdad e imparcialidad. Encomienda al Consejo Territorial Distrital el seguimiento de la gestión distrital, a través de mecanismos participativos y de vinculación ciudadana. Posteriormente procede a desarrollar la organización y funciones de los sectores distritales.

ACUERDO DISTRITAL 489 de 2012

Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C.

Aprueba el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Humana” para el periodo 2012-2016. En el eje 3, denominado “Una Bogotá que defiende y fortalece lo público”,

Page 21: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

21

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y

HERRAMIENTAS

2012 - 2016 “Bogotá Humana”.

busca garantizar la movilización, organización, deliberación y toma de decisiones de la ciudadanía, sin tolerar la corrupción pública ni privada. Plantea cinco objetivos:

Construir un nuevo modelo de participación ciudadana.

Fortalecer la gobernabilidad local.

Recuperar la confianza de la ciudadanía.

Construir territorios de paz. Garantizar eficiencia

administrativa. También establece las siguientes

estrategias: Rediseñar el Sistema Distrital de

Participación. Desarrolla pedagogías de

comunicación social. Incorpora la perspectiva de goce

efectivo de derechos para grupos poblacionales.

Fortalece la capacidad de prevención y respuesta contra la delincuencia.

Fortalece la estructura administrativa distrital.

Fortalece la Veeduría Distrital como ente de control preventivo, para impulsar el control social, la publicidad y la transparencia.

El programa denominado “Transparencia, probidad, lucha contra la corrupción y control social efectivo e incluyente” determina que el control interno, las TIC para el control social, el sistema de participación, el sistema de quejas y reclamos, el sistema de atención al ciudadano, y el sistema de gestión y formación a servidores, será coordinado a través de una política transversal de lucha contra la corrupción y la promoción de la transparencia y probidad, liderada por

Page 22: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

22

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y

HERRAMIENTAS

la Veeduría Distrital. Este programa cuenta con tres programas específicos:

Fortalecimiento de la capacidad institucional para identificar, prevenir y resolver problemas de corrupción y para identificar oportunidades de probidad.

Promoción del control social. Impulso a la Cultura Ciudadana

y Legalidad.

2. CIUDADANÍA Y CONTROL SOCIAL

DECRETO DISTRITAL 371 de 2010

Por el cual se establecen lineamientos para preservar y fortalecer la transparencia y para la prevención de la corrupción en las Entidades y Organismos del Distrito Capital.

Determina las líneas de la administración para preservar la transparencia y prevenir la corrupción en las entidades del Distrito. Para ello, plantea los siguientes requerimientos:

Realizar procesos contractuales planificados, documentados y ágiles, cumplidores de los principios de la contratación estatal.

Elaborar análisis detallados de factores para determinar el presupuesto del proceso contractual.

Conformar equipos idóneos y experimentados para garantizar la calidad de los estudios previos y documentos precontractuales, asumiendo la responsabilidad de sus contenidos.

Evaluar los riesgos derivados de la ejecución contractual.

Seleccionar de manera correcta y verificar la gestión desarrollada por los interventores.

Definir los procedimientos y trámites para la expedición de requerimientos o autorizaciones para una ágil gestión contractual.

Retroalimentar las diferentes

Page 23: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

23

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y

HERRAMIENTAS

experiencias en materia de gestión contractual, tanto exitosas o no, para realizar los ajustes correspondientes.

DECRETO DISTRITAL 448 de 2007

Por el cual se crea y estructura el Sistema Distrital de Participación Ciudadana.

Crea el Sistema Distrital de Participación Ciudadana, como mecanismo de articulación entre los actores gubernamentales y sociales del Distrito y desarrolla su estructura en los siguientes términos:

Autoridades de participación. Formas de organización

ciudadana. Espacios de articulación: Comisión Intersectorial de

Participación. Espacios cívicos de encuentros. Mesas de concertación. Asambleas ciudadanas. Subsistemas locales de

participación ciudadana. Otros: Foros, congresos,

espacios virtuales. Establece la dirección del Sistema a la Secretaría de Gobierno en coordinación con el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal. Crea la Comisión Local Intersectorial de Participación. De igual manera crea el Observatorio para la Participación y la Descentralización como instancia para el seguimiento y la evaluación del sistema y de las políticas relacionadas.

3. CONTROLES

3.1 Autocontrol

ACUERDO DISTRITAL 122 de 2004

Por el cual se adopta en Bogotá, D.C. el Sistema de Gestión de la Calidad creado por la Ley 872 de 2003.

Adopta por medio de Acuerdo el Sistema de Gestión de Calidad para el Distrito.

3.2 Control Fiscal

ACUERDO DISTRITAL 519 de 2012

Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura

Reglamenta la estructura organizativa de la Contraloría de Bogotá, D.C. Determina sus objetivos y los sujetos del proceso de responsabilidad fiscal, al igual que se refiere a su autonomía

Page 24: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

24

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y

HERRAMIENTAS

orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones.

administrativa, financiera y contractual. Señala las funciones de sus dependencias.

3.3 Control Disciplinario

DECRETO DISTRITAL 284 de 2004

Por el cual se adoptan las estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional en materia disciplinaria para las entidades distritales a las que es aplicable el Código Disciplinario Único.

Adopta mediante resolución (372 de 2006) el Manual Único de Procesos y Procedimientos Disciplinarios, elaborado por la Secretaría General para que sea implementado como guía de gestión disciplinaria por los operadores del Distrito. También crea el Sistema de Información Disciplinaria del Distrito y crea la Comisión Distrital de Control Disciplinario, la cual debe realizar recomendaciones para expedir políticas que prevengan las conductas con incidencia disciplinaria.

IV. CONTEXTO Bogotá tiene 7,6 millones de habitantes que representan el 16% de la población del país y recibe a diario una población flotante de alrededor de 2 millones y medio de personas. Es el motor económico de Colombia, el centro de negocios del país y el mayor centro de consumo. El PIB supera el de países como Ecuador, Costa Rica y Panamá, asciende a US$ 90 mil millones (2012) y representa el 24% del PIB Nacional; el PIB per cápita (2012) alcanzó los US$11.918, y tiene un ingreso per cápita de $857.325, frente al promedio nacional, que es de $500.531 pesos. Genera el 46% de los ingresos tributarios de la Nación y es la ciudad en la que más del 72% de la población en edad de trabajar está empleada. Además, el 54% de las transacciones financieras tienen lugar en la ciudad, alberga 286 mil empresas que representan el 29% del total de Colombia, y su participación en el total nacional de medianas y grandes empresas es del 53,8%14. En el contexto de América Latina, es la segunda ciudad según incentivos tributarios y clima pro-inversión (AméricaEconomíaIntelligence); la tercera para hacer negocios (Doing Business del Banco Mundial); la quinta ciudad global de América Latina (AY Kearney – Chicago

14 Cálculo Invest in Bogotá, con base en Superintendencia de Sociedades de Colombia.

Page 25: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

25

Council on Global Affairs) y del futuro (fDi magazine) y para la atracción de inversiones (América Economía Intelligence); la sexta ciudad para el turismo corporativo (ICCA); la octava mejor ciudad para hacer negocios (América Economía Intelligence); y una de las quince nuevas ciudades para hacer negocios en el mundo (Fortune). Es además, la mayor proveedora de talento humano de Colombia con más de 100.000 graduados en educación superior al año, aproximadamente 30.000 de posgrado, el 44% de los PHD del país y el 33% de los técnicos y tecnólogos de Colombia. Seis de las 100 mejores universidades de América Latina se localizan en Bogotá15. También cuenta con invaluables espacios naturales, el 75% de su territorio es rural, dispone de 5.016 parques urbanos y 14 humedales que regulan el ciclo del agua y mejoran la calidad del aire. Dispone de corredores alternos de movilidad exclusivos para bicicletas, 344 kilómetros de ciclorutas utilizados a diario por más de 450 mil ciudadanos y 127 kilómetros de ciclovía (replicada en más de 50 ciudades), además del proyecto “Pedalea por Bogotá” a través del cual se prestan bicicletas públicas en varios puntos de la ciudad. Ha desarrollado soluciones innovadoras en movilidad como Transmilenio y el Sistema Integrado de Transporte Público –SITP-. Es hoy una ciudad multicultural, resultado de migraciones de grupos de población, que la han convertido en una ciudad cada vez más respetuosa de la diversidad étnica, social, territorial y religiosa. Cuenta con una oferta cultural amplia y diversa: 58 museos, 70 galerías de arte, 45 teatros, la Feria Internacional de Arte de Bogotá artBO, el Festival Internacional de Teatro, la Red de Bibliotecas Públicas, Biblored, que recibe más de 4,3 millones de personas anualmente, y es miembro de la Red de Ciudades Creativas de la Música de UNESCO, con 6 festivales de música al parque anuales y gratuitos (Jazz, Salsa, Rock, Colombia, Opera y Hip-Hop). Bogotá registró el mayor aumento en las condiciones de vida en los últimos cinco años, según el informe anual (2012) de “The Economist Intelligence Unit” (brazo investigativo del semanario inglés The Economist), realizado en 140 ciudades, en el que se analizan factores como seguridad, estabilidad, salud, clima, recreación, ingresos, educación e infraestructura, entre otros. La Capital presentó el mayor avance en el escalafón al pasar del puesto 126 al puesto 111, seguida de Harare, capital de Zimbabue y Dubái, capital de los Emiratos Árabes Unidos. “La ciudad está viviendo el efecto de un récord histórico: bajar la pobreza en 20 puntos, al pasar de 31,7 a 11,6 por ciento entre 2002 y 2012. Hoy es la segunda ciudad menos pobre del país, después de Bucaramanga, que está en 10,4. (…) Significa haber sacado de la pobreza a más de un millón de personas”16. Eso se debe al esfuerzo de las últimas dos décadas en las que la ciudad convirtió la inversión social en una política de Estado. Hoy, más del 60% de los recursos de inversión de la ciudad se destinan al sector social (salud, educación, integración social etc.).

15QS Latin American University Rankings. [en línea], disponible en: http://www.topuniversities.com/university-rankings/latin-american-university-rankings/2013, 2013. 16 El Tiempo. “La pobreza en Bogotá ha caído a la mitad en 10 años.” Disponible en: : http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-12985711, consultado el domingo 15 de junio de 2014.

Page 26: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

26

Sin embargo, a pesar de todo esto, en Bogotá lo público, lo colectivo, lo que le da sentido a la vida en comunidad parece no ser importante. De una parte, no se han desarrollado comportamientos, actitudes y percepciones sostenibles que privilegien el cuidado de lo público sobre el interés particular, persisten comportamientos como los que se señalan a continuación: 1. Escasa aprobación cultural y moral de la legalidad.

a. La ciudad no es apropiada como un bien público colectivo Solamente el 50% de los ciudadanos en Bogotá consideran que los asuntos públicos son importantes o muy importantes, porcentaje que alcanzó un 65% en los sondeos realizados por la Veeduría Distrital entre servidores públicos del Distrito. Esto evidencia que la valoración de lo público es frágil, pues se considera que lo público es ajeno y distante por lo que las motivaciones para cuidarlo son bajas. A continuación se presentan un gráfico en el que los ciudadanos indagados por Bogotá Cómo Vamos manifiestan su grado de satisfacción respecto al comportamiento de sus conciudadanos, frente a distintos asuntos que dan cuenta del respeto por lo público.

Cuadro 4. ¿Cómo cree que se comportan los bogotanos en general frente a …?

Page 27: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

27

Fuente: Bogotá Cómo Vamos. (2013) Encuesta de percepción ciudadana Bogotá 2013. Ipsos Napoleón Franco. Bogotá. P. 67-68.

b. Incoherencia entre las creencias y los comportamientos

Si bien alrededor del 91% de los ciudadanos de Bogotá afirman que les queda fácil actuar o que actúa conforme a la ley o conforme a su conciencia y el 82% considera que lo ordenado por la ley coincide con lo ordenado por la propia conciencia, cuando se les pregunta si es más grave robar al Estado o robar a un vecino (pregunta donde se contrapone el interés particular al interés general), el 19% considera que es más grave robarle al vecino y el 70% que es igual de grave, mientras que solamente el 11% considera que es más grave robarle al Estado17. Continúa siendo evidente la baja capacidad de considerar lo público y el interés general como ejes prioritarios de la actuación. Este tipo de comportamiento lleva a que los individuos actúen de manera incoherente y muchas veces contraria. Por ejemplo, cuando se les pregunta a los ciudadanos de Bogotá qué es lo que más influye sobre su comportamiento, la gran mayoría responde que se trata del placer por cumplir con la propia conciencia (63% para el 2013). En segundo lugar se encuentran la admiración por la ley y el temor a la multa o a la cárcel, ambos con 11%. Por su parte, el 9% considera que se trata de reconocimiento social y un 3% considera que es temor a la culpa o temor a le censura y el rechazo social. A pesar de esto, el 27% de las personas de Bogotá afirmaron que aceptarían comprar un artículo sin factura y que se sentirían bien al respecto.

17

Corpovisionarios. Encuesta de Cultura Ciudadana Bogotá 2013.

Page 28: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

28

Por su parte, el 97% de los servidores públicos y contratistas del Distrito está totalmente en desacuerdo con pagarle un soborno a un funcionario público si ésta es la única manera de obtener las cosas, el 51% considera que sí se aceptan en su entidad influencias contrarias a la buena administración como recomendaciones políticas, nepotismo, amiguismo y clientelismo en la vinculación de personal, mientras que tan solo el 14% considera que no. Con respecto a contratar familiares el panorama tampoco es muy positivo: mientras que el 51% de ellos considera que esta práctica es incorrecta y debe ser sancionada, el 39% lo justifica al considerar que es incorrecto pero comprensible, mientras que el 9% considera que es correcto.

c. Tolerancia a la ilegalidad

El 82% de las personas en Bogotá consideran que lo ordenado por la ley coincide con lo ordenado por la costumbre, el 27% aceptarían comprar sin factura si les ofrecen un menor precio: un 13% afirmó que se siente bien haciéndolo (3 puntos porcentuales por debajo de los registrado para el 2011), mientras que un 9% dice que siente culpa (2 puntos porcentuales por debajo de los registrado para el 2011). Le siguen quienes no lo aceptan por temor a sanciones legales (8%) y quienes lo aceptan pero sienten vergüenza si otros lo supieran (2%). Cuando se les preguntó a las personas de Bogotá (2013) a quiénes no les gustaría tener como vecinos, el 80% respondió que a drogadictos, el 70% guerrilleros, el 69% paramilitares, el 64% a alcohólicos y el 63% narcotraficantes. Le siguen las prostitutas con 45%, los homosexuales con 41%, las personas que son reconocidas como corruptas con 39%, los desmovilizados o reinsertados con 27%, los políticos con 25%, los enfermos de sida con 21%, los policías o militares con 16% y los desplazados con 13%. En este sentido, a más personas les molesta tener como vecinos a drogadictos y alcohólicos que a las que les molesta tener como vecinos a narcotraficantes, personas que delinquen, guerrilleros o paramilitares, actores que representan la ilegalidad. Adicionalmente, el porcentaje de personas que no quisieran tener como vecinos a guerrilleros disminuyó de 89% en 2011 a 70% en 2013, de 88% a 69% a paramilitares y de 83% a 63% a narcotraficantes. Por último, los ciudadanos perciben como fallas en la movilidad que la autoridad se deje sobornar y que ésta a su vez infrinja las normas. Se percibe que no hay justicia en tanto se sanciona sólo a unos y a otros no, la autoridad no es sancionada y se establece un comportamiento como incorrecto pero no se sanciona18. Así, el 22% de los colombianos dice haber pagado sobornos en contacto con instituciones o servicios del estado, y de éstos el 27% dice haberlo hecho a la policía19. Esto nos lleva a afirmar que, por una parte, se identifican fallas en el cumplimiento de las normas y en las sanciones, pero los ciudadanos no asumen su corresponsabilidad frente a tales comportamientos, no se asumen como una falla mutua entre ciudadanos y autoridad, los identifican como problemáticos, pero los toleran.

18 Fondo de Prevención Vial. “Segundo Estudio de Comportamiento y Seguridad Vial.” Bogotá: Ipsos Napoleón Franco. marzo de 2012. Pp. 40-41. 19 Barómetro Global de Corrupción 2013. Informe de Colombia. Bogotá: Corporación Transparencia por Colombia. 2013. p. 13

Page 29: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

29

d. Existencia de justificaciones para infringir la Ley

El porcentaje de personas que usando diferentes razones justifica desobedecer la ley registra 41% cuando es la única manera de luchar contra una ley o un régimen injustos, 35% cuando es la única manera de ayudarle a la familia, 28% para defender propiedades o bienes, 23% cuando se hace para responder a una ofensa de honor, 22% cuando es la única manera de alcanzar sus objetivos, 16% cuando es bastante seguro que no será castigado, 15% cuando la creencia religiosa lo permite, 14% cuando es muy provechoso económicamente, 11% cuando es lo acostumbrado, 10% cuando alguien más lo ha hecho y le ha ido bien y 9% para pagar un favor20. En lo que se refiere al comportamiento en las vías se puede ver que el 21% justifica desobedecer las normas si es la única manera de saltarse un trancón, el 19% cuando es la única manera de llegar más rápido a su destino, el 17% cuando es muy seguro que no será castigado, el 14% cuando alguien lo ha hecho y le ha ido bien y el 13% cuando es lo acostumbrado. Adicionalmente 1 de cada 4 colombianos cree que es comprensible el no cumplimiento de las normas de transito, por el atraso de las mismas o la realidad del país21. Según la “Encuesta de transparencia, rechazo a la corrupción y sentido de lo público” realizada por la Secretaría General en el 2013 entre más de 1800 servidores públicos del Distrito, el 5% de los servidores justifican desobedecer la normatividad que regula el quehacer institucional o los procedimientos establecidos porque al hacerlo es muy probable que no le pase nada, el 3% porque es lo acostumbrado en su entidad, el 2% porque no importan los medios para lograr un resultado y otro 2% porque al hacerlo se puede recibir dinero, favores o dádivas a cambio de favorecer intereses de terceros. Los resultados del Índice de Percepción de la Integridad y la Transparencia del Distrito 2013 muestran, además, que el 36% de los servidores públicos del distrito considera que en su entidad existe una cultura del atajo, mientras que el 23% considera que en su entidad se aprueba culturalmente al vivo y el 21% que en su entidad es común presentar justificaciones por violar comportamientos éticos.

e. Fragilidad del Capital Social –Ksocial-

Según el estudio “La Evolución del Capital Social en Colombia, 1997-2005”, “Bogotá se ubica dentro del cuadro Individualista, posición que mantiene desde 1997”22. Lo anterior significa que la ciudad no tiene percepción de vida en comunidad y que las acciones de los ciudadanos están alejadas del interés general. Adicionalmente, “Entre el 2005 y 2011 Bogotá registró una caída dramática de ksocial debido, principalmente, a la disminución de Solidaridad y Mutualidad (cae 57%), Relaciones

20 Corpovisionarios. Encuesta de Cultura Ciudadana Bogotá 2013. 21 Fondo de Prevención Vial, Primer Estudio de Comportamiento y Seguridad Vial. Bogotá: Ipsos Napoleón Franco. junio de 2010. Pp. 34-36 22Sudarsky R, John, “La Evolución del Capital Social en Colombia, 1997-2005”, Fundación Restrepo Barco, 2007, pág. 261.

Page 30: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

30

Horizontales (cae 18%) y en menos medida de Jerarquía (cae 16%). La disminución de Solidaridad y Mutualidad en Bogotá estuvo marcada por las caídas de Reciprocidad (-36%) y Solidaridad General (-21%). También por el aumento de Atomización23 (98%) y Oportunismo (15%)”24 lo que es reflejo del contexto bogotano en el que se ha desenvuelto la ciudad en los últimos años. Si se hace un análisis por localidades se tiene que “Tunjuelito, Usaquén y Bosa tuvieron los mayores niveles de ksocial. Por contraste, los niveles más bajos en este factor los tuvieron Puente Aranda, Santa Fe y Los Mártires”25. Lo anterior, es consecuencia de la percepción de corrupción en la ciudad pues, según este mismo estudio, “Bogotá (…) registró un promedio más alto que el nacional en Percepción de corrupción (7,92 vs. 7,44 nacional) y una diferencia pequeña de Confianza Interpersonal (12% vs. 11% nacional). Respecto al cambio de estos dos indicadores en la ciudad, el nivel de Percepción de corrupción en Bogotá bajó de 1997 al 2005, pero aumentó 16% en el 2011 (…). En cuanto a Confianza Interpersonal el nivel aumentó de 1997 al 2005, al pasar de 10% a 16%, pero tuvo una caída en el 2011 y quedó en 12%”26. Por otro lado, acorde con la Encuesta de Cultura Ciudadana 2013, se pueden llegar a las siguientes conclusiones de acuerdo a los niveles de confianza entre los ciudadanos:

A mayor vulnerabilidad social, menor confianza: los estratos bajos confían menos que los estratos altos, las mujeres confían menos que los hombres, y mientras que la menor proporción de confiados se encuentra en el grupo de edad de 14 a 19 años, la mayor proporción se encuentra en el grupo de 40 a 44 años.

La confianza en los desconocidos (o en “la mayoría de la gente”) es relativamente baja en Bogotá en comparación con otras ciudades. El 38% de la ciudadanía manifiesta tenerla, en comparación con el 49% en 2010 en Cali y el 50% en 2011 en Medellín.

La confianza interpersonal aumenta a medida que “el otro” se aproxima a la persona en los círculos de cercanía. Mientras que el 85% de bogotanos afirma confiar en los parientes, el porcentaje se reduce a 61% en los vecinos, 59% en los amigos y 54% en los compañeros de estudio o de trabajo27.

Por lo anterior, se puede concluir entonces, que el capital social en Bogotá se ha visto afectado por los diferentes contextos en los que se ha desenvuelto la ciudad. Las relaciones entre los ciudadanos y con las instituciones se han venido deteriorando al punto de verse cómo la ciudad privilegia el interés particular sobre el general, propiciando falta de confianza y de cooperación.

f. Falta de corresponsabilidad del sector privado con la construcción de lo público

23 Atomización “indica el grado de aislamiento o exclusión social en varios contextos relevantes para el fomento del Capital Social.” Hurtado, David; García, Diana Marcela; Copete, Andrés Felipe. “Las Vicisitudes del Capital Social de Colombia”, Fundación Restrepo Barco, 2013, pág. 150. 24Hurtado, David; García, Diana Marcela; Copete, Andrés Felipe. “Las Vicisitudes del Capital Social de Colombia”, Fundación Restrepo Barco, 2013, pág. 446. 25Ibid, pág. 449 26 Hurtado, David; García, Diana Marcela; Copete, Andrés Felipe, “Las Vicisitudes del Capital Social de Colombia”, Fundación Restrepo Barco, 2013, pág. 445. 27 Corpovisionarios. Encuesta de Cultura Ciudadana Bogotá 2013.

Page 31: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

31

En la ciudad está latente la necesidad de vincular al sector privado en la promoción de la transparencia y la integridad. Según el Barómetro Global de la Corrupción 2010 “el 24% de los encuestados manifestaron haber pagado un soborno en los últimos 12 meses”28. Así mismo, en la Tercera Encuesta Nacional sobre Prácticas contra el Soborno en Empresas Colombianas, realizada por Transparencia Por Colombia y la Universidad del Externado, el 94% de los empresarios colombianos respondió que hay empresarios que ofrecen sobornos dentro del giro de sus negocios. Los principales motivos para ofrecer sobornos son los trámites y procedimientos engorrosos (55%) y la presión sobre los funcionarios29. Las prácticas corruptas identificadas por los empresarios son: monopolio de contratistas (50%), pliegos ajustados a empresas (46%), concursos ficticios cuando ya se ha decidido la contratación (39%), hacer ofertas para competidores no reales para cumplir los requisitos de ley (32%), fraccionar los contratos (26%) y hacer contratos con compañías ficticias (23%). Las organizaciones que reconocen haber pagado alguna clase de soborno, lo han hecho en la tramitación de licencias y permisos (4%), en las diligencias de servicios públicos (3%), en la adjudicación de contratos (2%) y en trámites tributarios (1%)30. El problema de la baja vinculación del sector privado reside no solamente en la alta disposición al soborno y la corrupción, sino también en el bajo conocimiento y apropiación de las normas a cumplir. Así por ejemplo sólo el 29% de los empresarios encuestados manifestó conocer el Estatuto Anticorrupción aprobado en agosto de 201131, este conocimiento en empresas que contratan con el Estado asciende a tan solo el 40%32. Para el caso de Bogotá, según el Informe de resultados del Índice de Percepción de Integridad y Transparencia del Distrito 2013 “se encuentra que existe una brecha entre la percepción de integridad de los funcionarios del Distrito y de los demás segmentos de la población: empresarios y ciudadanía. Es así como el 78% de los funcionarios considera que su entidad trabaja con altos niveles de integridad, mientras que solo el 58% de los empresarios opina lo mismo”33. Adicionalmente, “Los resultados del análisis también señalan que los factores en los que se debe actuar para mejorar la percepción de los empresarios y la ciudadanía se relaciona con el mejoramiento en la percepción de transparencia en las licitaciones, contrataciones y la realización de trámites y calidad en los servicios que prestan las entidades”34. 2. Desconfianza en las Instituciones. En la definición de Francis Fukuyama la confianza es la “expectativa que surge dentro de una sociedad, sobre la base de normas compartidas, de un comportamiento regular,

28 Transparencia por Colombia, Universidad Externado de Colombia, “Encuesta Nacional sobre Prácticas contra el Soborno en Empresas Colombianas”, 2013, pág. 10. 29Ibíd., pág. 54. 30 Alcaldía Mayor de Bogotá. Informe de Resultados sobre el Índice de Percepción de la Integridad y Transparencia 2013. Secretaria General. 2013. Bogotá. 31 Transparencia por Colombia, Universidad Externado de Colombia, “Encuesta Nacional sobre Prácticas contra el Soborno en Empresas Colombianas”, 2013, pág. 77. 32Ibíd. 33 Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría General y Centro Nacional de Consultoría, Índice de Percepción de Integridad y Transparencia del Distrito, 2013. 34Ibíd., pág. 8.

Page 32: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

32

honrado y cooperativo por parte de los otros miembros de esa sociedad”. Y agrega: “Si los miembros de un grupo adquieren la expectativa de que los demás se comporten de manera responsable y honesta, llegarán a tener confianza mutua. La confianza actúa como lubricante que hace que todo grupo u organización funcione de modo más eficiente”35. Aparte del cumplimiento de normas compartidas y una conducta caracterizada por la integridad, la confianza está estrechamente relacionada con aspectos como la capacidad de las personas de hacer, cumplir y reparar acuerdos, la capacidad de auto regulación y la coherencia que muestren entre su pensamiento y sus comportamientos. En la conceptualización de cultura ciudadana se distingue entre la confianza interpersonal y la confianza en las instituciones. En la segunda intervienen factores como la transparencia y la integridad percibidas, así como el acatamiento de las leyes y las normas por parte de estas, y el cumplimiento de sus promesas, planes y acuerdos. En estas dos categorías, se pueden señalar las siguientes características de diagnóstico de la confianza en Bogotá:

Es notoria la desconfianza de la ciudadanía bogotana en las instituciones públicas. De las instituciones sobre las cuales la Encuesta de Cultura Ciudadana indaga la confianza que generan entre los habitantes de la ciudad, los menores porcentajes los obtuvieron en 2013 los políticos (4%), el Congreso (9%) y los funcionarios públicos (10%). Los mayores porcentajes de aquellos en quienes la ciudadanía afirma tener mucha o muchísima confianza los reciben los maestros (64%), la Iglesia (56%) y el Ejército (49%).

En la Alcaldía Mayor sólo manifiesta tener mucha o muchísima confianza una cuarta parte de la ciudadanía (25% en 2013 y 2011), proporción que perdió 15 puntos porcentuales desde 2008 (40%). Estas cifras demuestran el impacto que los escándalos de corrupción han ocasionado en la confianza ciudadana para con las instituciones.

Por su parte, la encuesta de percepción de integridad incluye algunos resultados pertinentes para identificar el porcentaje que está de acuerdo con un alto nivel de integridad al interior de las entidades. Así, existe un índice interno (el cual toma como referente la entidad en su interior), que para el caso del Distrito es de 79%; mientras que el índice de reputación (siendo aquella percepción externa, dada la interacción entre la entidad y los grupos de interés), arroja un índice de integridad percibida por los grupos de interés de 49%.36 A continuación se presenta un cuadro en el que muestra la reputación en integridad de los sectores del Distrito según los grupos de interés, asunto central para identificar la confianza interinstitucional.

35 Fukuyama, Francis. Trust The Social Virtues and the Cration of Property. New York The Free Press. 1995, p.26 ss. 36Alcaldía Mayor de Bogotá. “Informe de resultados sobe el índice de percepción de la integridad y transparencia del Distrito 2013”. Centro Nacional de Consultoría 2013. p. 23, 28.

Page 33: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

33

Gráfico1. Promedio de reputación en integridad de los sectores del Distrito según los grupos de interés

Fuente: Alcaldía Mayor de Bogotá. (2013). Informe de resultados sobe el índice de percepción de la integridad y transparencia del Distrito 2013. Centro Nacional de Consultoría. P. 29.

Así, se evidencia que: en primer lugar, la ciudadanía no confía en las instituciones; en segundo lugar, las entidades se consideran a sí mismas sumamente íntegras; mientras que, por último y en tercer lugar, el grupo de interés de los servidores considera a las entidades mucho menos íntegras de lo que ellas se consideran a sí mismas. 3. Baja capacidad de regulación mutua. “Los individuos ejercen su papel regulador del comportamiento de dos maneras: En primer término, como individuos sobre sí mismos, en lo que en cultura ciudadana se llama auto regulación… pero también, con lo que conoce y entiende de la ley como miembro de una sociedad, en su interacción con los demás y con respecto a los comportamientos de los demás (...) Cuando el individuo actúa como agente regulador de los demás, pone en juego aquello que en cultura ciudadana se llama regulación mutua. Esta se da cuando una persona corrige, censura o aplaude el comportamiento de otro u otros, a partir de su

Page 34: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

34

concepción de la ley, la moral y la cultura. En este caso, la persona actúa en su doble condición de agente individual y agente social”37. Los datos de las investigaciones y encuestas aplicadas en los últimos años en Bogotá corroboran lo poco que los ciudadanos regulamos el accionar de otros en el espacio público. Los resultados de la encuesta de Cultura Ciudadana, aplicada en el año 2013, señalan que 20% de los ciudadanos no haría nada, ante un acto negativo de terceros, por indiferencia y 12% por temor a la reacción. De otra parte, la encuesta 2013 de Corpovisionarios, muestra que 2 de cada 10 ciudadanos no harían nada sobre el soborno, lo cual demuestra que una porción amplia de la ciudadanía tiende a tolerar la corrupción. Otros datos de la misma encuesta señalan que: a) Tres de cada 10 ciudadanos percibe que las autoridades los regulan cuando estos dañan el mobiliario público. b) Tres de cada 10 ciudadanos perciben que los ciudadanos corrigen a otras personas cuando estacionan vehículos en zonas prohibidas, tiran basuras a la calle, arrojan escombros o materiales en las vías o no usan casco al andar en moto o bicicleta. c) Ocho de cada 10 ciudadanos piensa que los problemas de movilidad de la ciudad no se deben al mal comportamiento ciudadano sino principalmente a deficiencias de infraestructura, exceso de automóviles, desorden del sistema público de transporte o precaria regulación de las autoridades. Para finalizar, es necesario señalar que aunque el Estatuto Anticorrupción creó la posibilidad de denunciar a los funcionarios públicos o a los particulares que cumplen funciones públicas, por cometer faltas o delitos de corrupción, los datos, muestran que: a) Aunque aumentó el porcentaje (de 32% en el 2008 a 36% en el 2013) de quienes se enteran que un conocido ofreció dinero a un funcionario público para obtener un contrato, la cuarta parte de encuestados creen que ese tema es competencia de la autoridad (25% en 2013) y el 17% de los encuestados no le llamarían la atención a esa persona, ni harían nada38. 4. Baja participación ciudadana orientada a la prevención de la corrupción.

a. La organización y la participación ciudadana en torno a lo público siguen siendo débiles.

La Constitución Nacional consolida en Colombia una democracia participativa que prioriza el accionar de los ciudadanos, organizados o de manera individual y a partir de sus intereses particulares, en la gestión de los asuntos públicos. “La planeación participativa, el control social y las veedurías ciudadanas son mecanismos con potencial para permitir escuchar la voz e influencia de la ciudadanía y sus organizaciones, que inducen a los funcionarios a estar más atentos a las demandas ciudadanas y a rendir cuentas sobre sus decisiones, además de permitir construir escenarios públicos de interlocución y diálogo”39.

37 Veeduría Distrital. Marco conceptual sobre transparencia, probidad, rechazo a la corrupción, valoración de lo público y control social desde el punto de vista de cultura ciudadana. Veeduría Distrital, Bogotá. 2013. p. 16-17. 38 Ibíd. 39 Alcaldía de Bogotá, Veeduría Distrital, “Ruta para el Fortalecimiento del Control Social”, noviembre de 2013.

Page 35: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

35

En relación con las dinámicas de la participación ciudadana en Bogotá, es necesario señalar que los resultados de la encuesta de Cultura Ciudadana aplicada en el año 2013 en Bogotá, indican que la principal motivación de la ciudadanía para participar en los asuntos de la ciudad es que los ciudadanos sienten que cumplen con un deber que genera satisfacción. Según el Barómetro de Capital Social –BARCAS- los niveles de organización social en Bogotá son bajos y han descendido desde 2005. Las organizaciones con mayor participación son las deportivas (15% en 2011 e inferior a 10% en todos los demás tipos de organizaciones). La encuesta Bogotá Cómo Vamos (2012), sin embargo, muestra un deseo de la ciudadanía por participar en organizaciones dedicadas a: causas comunitarias (62%), causas ecológicas o animalistas (62%), causas sociales (59%), causas culturales (59%), causas cívicas (53%), mientras que se reduce el interés por participar en organizaciones con una causa política (en 28%). Los procesos de participación ciudadana están altamente deslegitimados y tienen poca credibilidad entre los ciudadanos, en parte porque no cuentan con un carácter incidente, en la toma de decisiones respecto de la gestión de lo público y especialmente en relación con las políticas públicas. La Encuesta de Cultura Ciudadana 2013 señala que la participación reportada en actividades colectivas relacionadas con asuntos públicos bajó considerablemente entre el 2008 y el 2011, y luego se mantuvo estable con respecto a este último año para el 2013. Adicionalmente, “entre los resultados de la participación incluidos en la encuesta Bogotá Cómo Vamos, el porcentaje más alto corresponde a las personas que estuvieron de acuerdo con que la participación en Bogotá ha servido para fortalecer el poder de los políticos (45%) y ha sido manipulada por la politiquería y la corrupción (39%)”. Las actividades con mayor participación fueron: inscribirse para votar en las últimas elecciones (31%), asistir a una reunión política de la localidad (13%), asistir a una manifestación política, un discurso o una protesta (11.5%) y, firmar peticiones colectivas (10%)40. Para el año 2005 el 88,5% de los ciudadanos de la capital del país desconocían los espacios de participación, así: Revocatoria del Mandato 86%, Cabildo Abierto 87,68%, Consejo Distrital de Planeación 89,46%, Encuentros Ciudadanos 85,43%, Gobierno Escolar 87,22%, Comité de Participación Comunitaria en Salud 90,37%, Comité de Desarrollo y Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios 91,61%, Veedurías Ciudadanas u otras Formas de Control Social 89,13% y Consejo Distrital o Local de Cultura 90,23%41. Específicamente la participación en los Encuentros Ciudadanos42, aunque ha tenido una tendencia ascendente, es considerablemente baja. Por ejemplo, en el 200843 Bogotá tenía

40 Datos tomados de la Encuesta Bienal de Culturas 2013, en Veeduría Distrital, “Diagnóstico de Cultura Ciudadana 2014”. 41 Observatorio de Cultura Urbana, Instituto Distrital de Cultura y Turismo, 2003-2005. 42 El Acuerdo 13 de 2000, en su artículo 12 dice que los Encuentros Ciudadanos: Son la oportunidad para que la comunidad, en dialogo con las autoridades y la instancia de planeación local, defina los planes y programas de interés público en su respectivo sector para ser tenidos en cuenta en la elaboración del plan de desarrollo local. Disponible en Internet: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3784. Consultado el 10 de junio de 2014. 43 Se tomó como referencia el año 2008, ya que el Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal, no dispone de los datos de participación en los Encuentros Ciudadanos del 2012.

Page 36: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

36

una población total de 7.155.05244 (de los cuales "el 31% son niñas, niños y adolescentes es decir, 2.222.825 personas”45) y la participación en los encuentros ciudadanos para este año fue de 67.71546, si de esa población total excluimos a la primera infancia y a los niños y niñas, puede decirse que la participación en estos escenarios, sería aproximadamente del 1.37%, lo que es un dato significativamente bajo. En la información trabajada por el Observatorio de Cultura Urbana también se establecieron los motivos por los cuales los Bogotanos no participan, entre los que se cuentan: los ciudadanos no conocen los espacios de participación (26,75%); no se tiene claridad acerca de los objetivos de los espacios, ni cuál sería el rol a desempeñar por el ciudadano (10,46%); tiene poco tiempo libre y prefiere dedicarlo a otros temas (8,61%); no vale la pena participar, pues no sirve de nada (15,94%); los espacios están controlados por los políticos (11,34%); y en los espacios hay muchos conflictos (4,07%).

b. Fragilidad en el control social y la petición de cuentas El control social es “una modalidad de participación ciudadana que permite a las personas individualmente consideradas y las organizaciones de la sociedad civil influir en los asuntos del Estado, con el propósito de incrementar la responsabilidad y la integridad en el manejo de la gestión pública y de sustraerlo de la apropiación privada”.47 Este tiene como objetivo optimizar la forma en que el sector público suministra a los ciudadanos bienes y servicios, y el uso y consumo que de ellos realiza la ciudadanía. Así las cosas, “al generarse una relación entre el Estado y la ciudadanía, en el marco de la participación ciudadana, se establecen acuerdos estructurados en virtud del bienestar colectivo, que posteriormente deberán ser objeto de control social, como herramienta para optimizar las condiciones de vida de todos los ciudadanos de Bogotá”48 . Cabe resaltar que esta modalidad de participación es un ejercicio de corresponsabilidad entre la ciudadanía y el Distrito en defensa de lo público. La petición de cuentas es una expresión del control social “por cuanto (…) comprende acciones de petición de información y explicaciones, así como la evaluación de la gestión y la incidencia de la ciudadanía”49. Si la petición de cuentas la hace la ciudadanía, la rendición de cuentas la debe realizar el Estado, son dos caras de la misma moneda. En el marco de Gobierno Abierto se entiende la rendición de cuentas como normas,

44 Población de Bogotá por localidad 2008. Secretaría Distrital de Hacienda. 2009. Disponible en Internet: http://impuestos.shd.gov.co/portal/page/portal/portal_internet_sdh/economia/siec_eco/SIEC/demografia_btaendatos/localidades/Bta_Poblacion2008_14jul09.pdf. Consultado el 10 de Junio de 2014. 45"De acuerdo con las proyecciones de población por localidades, desagregadas por sexo y edades simples y grupos quinquenales de edad, 2009. DANE – SDP publicadas el 1 de marzo de 2009". Tomado de Infancia y Adolescencia en Bogotá Positiva. Informe de Cumplimiento Marzo de 2009. Secretaría Distrital de Hacienda y Secretaría Distrital de Planeación. Disponible en Internet: http://impuestos.shd.gov.co/portal/page/portal/portal_internet_sdh/presupuesto/informes_pre/Tab_infancia_adoles/Informe_infancia_Adolescencia_Trimestre1.pdf. Consultado el 10 de junio de 2014. 46 Tomado de Cuadro elaborado por la Gerencia de Instancias y Mecanismos de Participación del Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal. Participación en encuentros ciudadanos Bogotá D.C. 2001-2008. Enviado vía correo electrónico por la entidad. 47 Transparencia por Colombia. El Control Social a la Administración Pública en Colombia -Aproximaciones-. Cuadernos de Transparencia No. 8. Bogotá, 2004 p. 11. 48 Alcaldía de Bogotá, Veeduría Distrital, “Ruta para el fortalecimiento del Control Social”, noviembre de 2013. 49Ibid., pág. 9.

Page 37: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

37

reglamentos y mecanismos que orientan el comportamiento de las autoridades electas y funcionarios en el ejercicio del poder público y el gasto de los fondos públicos. Las normas deben incluir algunos requisitos en relación con las características de las decisiones, como que sean plenamente motivadas y justificadas, y que toda la información sobre la toma de decisiones sea puesta a disposición del público. En Bogotá, se plantean problemáticas relacionadas con la poca participación ciudadana, con tendencia a la disminución, en espacios de gestión o de control público, lo que reduce la capacidad de la ciudadanía para actuar como garante de la ciudad, mediante el ejercicio del control social sobre la gestión pública. Son muy pocas las iniciativas de control social que se implementan tanto por organizaciones de base como por organizaciones de segundo nivel en Bogotá; así mismo, el número de los ciudadanos asociados a estas iniciativas es muy pequeño, por lo cual “No son aún una práctica extendida en la ciudad”50. Según la Encuesta de Cultura Ciudadana del año 2013, el porcentaje de personas que conocen o utilizan los mecanismos de control social sobre la gestión pública en Bogotá es bastante bajo (el 8% para el 2008). Comparativamente, además, este porcentaje bajó en casi 4 puntos porcentuales desde el 2005. Otra de las problemáticas, es la asociación de los ejercicios de control social a intereses específicos, sean estos del sector público, del privado, de las organizaciones sociales o de las alianzas que se puedan generar entre los tres actores mencionados. Lo anterior, limita la legitimidad de esos procesos y permea la capacidad individual de los actores sociales para desarrollar acciones por su propia cuenta. Sobre la efectividad de los procesos de control social, es necesario señalar que muchas de las acciones emprendidas en materia de seguimiento, vigilancia y control a la gestión de lo público, no han logrado consolidar un impacto real que implique capacidad para generar sanciones legales y sociales, de ser el caso. Según la Procuraduría General de la Nación “Entre 1992 y 2008 se registran 54 sanciones a funcionarios locales. Las sanciones son 10 amonestaciones escritas, 3 destituciones, 20 multas, 3 solicitudes de destitución, 2 solicitudes de suspensión, y 16 suspensiones. Los funcionarios sancionados son 1 alcalde local, 1 edil, 18 funcionarios y 34 inspectores de policía. Por su parte en el archivo correspondiente al período 2008-2014 solamente aparecen 5 sanciones (...) Los hechos objeto de sanción fueron irregularidades administrativas y contractuales como suscribir contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales, celebrar indebidamente contratos o convenios interadministrativos y de asociación (...), se refieren a asuntos de contratación, de manejo presupuestal y de trámite de asuntos policivos”51. 5. La educación como reproductora de cultura y comportamientos ilegales y no como agente de transformación. Las Pruebas Ser definen las competencias ciudadanas como las “habilidades necesarias que cada ciudadano debe tener para actuar de manera constructiva en una sociedad

51 Maldonado Copello, Alberto, “Balance de la situación de corrupción en las localidades y propuesta de política de lucha contra la corrupción” . Veeduría Distrital, 2014, pág. 25.

Page 38: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

38

democrática, y así ayudar a construir las relaciones pacíficas, la participación democrática, la responsabilidad y el reconocimiento de las diferencias”. Los resultados en Bogotá para el 44% de los estudiantes de grado 5° y el 31% de los estudiantes de grado 9° resultan “insuficiente” y “mínimo”. Adicionalmente, una revisión de la Encuesta de Cultura Ciudadana para las edades entre 14 y 18 años indica diferencias sustanciales con los demás rangos de edad evaluados. Alrededor del 86% de las personas entre 14 y 18 años en Bogotá dicen tener sentimientos positivos y muy positivos hacia la ley. Estos porcentajes son más bajos que los de las personas entre 19 y 55 años pero comparables para las personas de más de 55 años. El 76% de las personas entre 14 y 18 años consideran que lo ordenado por la conciencia siempre o casi siempre coincide con lo ordenado por la ley, porcentaje bastante bajo comparado con los demás rangos de edad, que alcanzan valores cercanos al 90%. Los resultados también muestran que un porcentaje mayor de personas entre 14 y 18 años justifican desobedecer la ley ante distintas situaciones comparados con los demás rangos de edad, y de manera similar ocurre con aquellos que justifican usar la violencia ante distintas situaciones. Con respecto a las actitudes, percepciones y comportamientos relativos a la confianza y los acuerdos, la encuesta muestra que solamente el 32% de las personas entre 14 y 18 años consideran que, en general, se puede confiar en la gente. Estos porcentajes son los más bajos de todos los rangos de edad (los demás están entre 3 y 10 puntos porcentuales por encima). Finalmente, el 78% de las personas en este rango de edad afirman que ayudarían a impulsar o modificar una ley. Este porcentaje es bajo comparado con los demás rangos de edad, que están entre 3 y 13 puntos porcentuales por encima, con excepción de las personas de más de 65 años, que muestran un porcentaje equivalente. Además, de que persisten comportamientos actitudes y percepciones que denotan que en la ciudad no se privilegia el cuidado de lo público, como se ilustró anteriormente, también se vislumbran ineficiencias e ineficacias en la gestión de lo público y en la toma de decisiones que generan riesgos de corrupción. Las principales se señalan a continuación. 1. Falta de transparencia en la gestión de lo público.

a. Baja y débil rendición de cuentas A nivel nacional existe una obligación legal para todas las entidades para rendir cuentas a los ciudadanos, contenida en el CONPES 3654 de 2010 y en el proyecto de ley estatutaria de participación ciudadana. No obstante, no es una actividad que se ejerza de manera extensa y correcta por los entes obligados, como lo ilustran los resultados de la evaluación que sobre el cumplimiento de los Planes Anticorrupción y de Atención al Ciudadano hiciera la Veeduría Distrital en 201352: la información contenida en las páginas web sobre la rendición de cuentas se encontraba, en solo la mitad de las entidades (46%), sobre el

52 Veeduría Distrital. “Informe de Seguimiento al Plan Anticorrupción y de Atención al ciudadanos de las entidades del Distrito”, septiembre de 2013.

Page 39: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

39

proceso de planeación no se encontró información concreta y solamente el 60% de las entidades planeó la realización de audiencias públicas. El fortalecimiento de las capacidades ciudadanas e institucionales a través de procesos de formación en actitudes favorables a la rendición de cuentas, no estaba previsto por la mayoría de las entidades (56%), tampoco la divulgación de información de seguimiento a la gestión(84%) y en muchos casos (49%) no presentaban acciones dirigidas a concretar los propósitos institucionales. La situación de la rendición de cuentas de las corporaciones de elección popular, no es distinta, aunque el Acuerdo 151 de 200553, establece la rendición de cuentas obligatoria de los concejales dos veces al año, ésta se limita a informar detalles sobre proposiciones, debates, y proyectos de acuerdo presentados, sin revisar a fondo el impacto del trabajo normativo en los temas de la ciudad. Así mismo, la interacción con la ciudadanía es limitada.

b. Falta de Transparencia y Visibilidad

En la encuesta de “Mega-ciudades e infraestructura en América Latina, lo que piensa su gente”54, realizada por el Banco Interamericano de Desarrollo –BID-, los habitantes de la ciudad de Bogotá fueron preguntados sobre distintas problemáticas que afectan su calidad de vida. En orden de prioridad, los bogotanos demandan seguridad y mayor transparencia como las principales áreas a mejorar en la ciudad. Esta información también se constata en la encuesta de percepción ciudadana Bogotá Cómo Vamos 2013: el 41%55 de los ciudadanos de Bogotá considera que la Administración no ha sido transparente en sus actividades, si bien ha mejorado respecto al 2011 (61%) y al 2012 (42%). La visibilidad del quehacer de la administración es una obligación y por tanto un derecho de los ciudadanos a tener acceso a éste. La información proporcionada debe ser accesible y comprensible. En el Índice de Gobierno Abierto –IGA- el Distrito de Bogotá ocupa el puesto 80656 en la temática de organización de la información. El puntaje del Distrito respecto a la calidad y acceso a la información es baja, especialmente en lo que respecta a los temas contractuales: 34,8% (la media nacional es del 59,54%) respecto a la visibilidad en la contratación y 49,7% en la publicación de contratos.

c. Insuficientes herramientas que promuevan la integridad en el Distrito

El posicionamiento de valores y principios relacionados con la integridad no se ha desarrollado de manera efectiva en la administración distrital. Si bien, existen diferentes herramientas persisten aún los siguientes problemas en la materia:

53

"Por el cual se establecen mecanismos para la rendición de cuentas y la visibilidad de la gestión de los concejales y del Concejo de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones". Disponible en: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16213. Consultado: 7 de julio de 2014. 54 Banco Interamericano de Desarrollo – BID-, “Mega-ciudades e infraestructura en América Latina, lo que piensa su gente”, consultado en: http://publications.iadb.org/bitstream/handle/11319/6415/encuestaMegaciudades.pdf?sequence=1, junio 16 de 2014. 55Bogotá Cómo Vamos, Encuesta de percepción ciudadana Bogotá 2013, Ipsos Napoleón Franco, Bogotá. P. 67-68. 56 Ranking: Posición obtenida por la entidad entre los 1.101 municipios en el caso de las alcaldías. [en línea] Disponible en: http://www.procuraduria.gov.co/portal/Indice-de-Gobierno-Abierto.page

Page 40: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

40

Códigos de conducta de los servidores públicos. El ideario ético existente en el

Distrito se elaboró en la administración de Samuel Rojas pero es el mismo que en su día presentó la administración de Lucho Garzón. Los códigos de buen gobierno y ética, que deberían tener indicadores de gestión ética de lo público para el Distrito y ser públicos, son una herramienta para lograr una mayor integridad en la conducta de los servidores públicos. De acuerdo con la Encuesta de Desempeño Institucional –EDI- 2012, los funcionarios públicos han identificado falencias en aspectos fundamentales para la prevención de la corrupción relacionados con la existencia de prácticas irregulares al interior de las entidades públicas. Así, 75% de los funcionarios encuestados respondieron que la ausencia de valores éticos influye significativamente en el desarrollo de prácticas irregulares en la administración pública, seguido de una falta de control administrativo (61%) y de ausencia de sanción (57%)57.

Los mecanismos, actores e instancias de coordinación de la gestión ética no han tenido un impacto significativo. El Decreto 489 de 2009 crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética, con el propósito principal de "articular la implementación de las políticas, estrategias, planes y programas que en la materia se formulen"58. Así mismo, el Acuerdo 244 de 2006 estableció las figuras de los/las Gestores/as de Ética y los Grupos de Trabajo para prácticas Éticas, y los acuerdos voluntarios de transparencia, con el fin de adelantar procesos de gestión ética en las entidades y organismos del Distrito Capital. En concreto, "los/las Gestores/as de Ética son servidores/as del Distrito Capital, cuya misión es liderar la sensibilización y motivación para el arraigo de la cultura ética y de servicio en las prácticas cotidianas de la administración distrital"59. Por su parte, los grupos de trabajo tienen como objetivo, generar reflexiones y ejecutar acciones tendientes a fortalecer la Gestión Ética. Los acuerdos de transparencia son voluntarios y se realizan en relación con procesos administrativos. Sin embargo, a pesar de la importancia de estos instrumentos, no hay un seguimiento o evaluación que permita medir su impacto, ni se encuentran articulados de manera clara para lograr una verdadera gestión ética distrital.

Ausencia de reglas de manejo de conflicto de intereses. Aunque este tema será tocado más adelante en detalle, vale la pena señalar que el Departamento Nacional de Planeación –DNP- sostiene que en materia de contratación pública “no hay una regulación especial referente al conflicto de interés y, por tanto, no existe norma que prohíba a los servidores públicos que intervienen en la gestión contractual de

57 Documento CONPES Social No 167. Estrategia Nacional de la Política Pública Nacional Integral Anticorrupción. Pág.35 58 Alcaldía Mayor de Bogotá. Decreto 489 de 2009 (noviembre 9) "Por el cual crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones". Articulo 1. Bogotá. 59 Ibíd.

Page 41: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

41

la administración y a los particulares que intervienen en la misma, actuar incursos en este tipo de conflicto”60.

Ausencia de instrumentos que midan objetivamente la integridad y la transparencia. La ciudad cuenta desde hace varios años con la Encuesta de Cultura Ciudadana que mide las percepciones y los comportamientos de los ciudadanos en temas estratégicos. También con el Índice de Integridad Percibida, cuyos resultados se citan a lo largo de este documento. Sin embargo, ambos instrumentos miden percepciones. Durante 2014 se avanzó en el diseño de un Índice de Transparencia para el Distrito Capital que permite medir objetivamente los asuntos relacionados con este tema, pero éste no ha sido aplicado.

2. Deficiencia en la implementación y la articulación de las herramientas de prevención de la Corrupción.

a. Ausencia de un sistema de emisión de alertas tempranas que articule las distintas herramientas de prevención

El Estatuto Anticorrupción en su artículo 73 establece el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, en el cual se definen las acciones y herramientas que deben implementar las diferentes entidades en el marco de una estrategia para luchar contra la corrupción. Se contemplan dentro de dicha estrategia un mapa de riesgos de corrupción, las medidas para mitigar los riesgos identificados, la implementación de mecanismos anti-trámites y dispositivos para mejorar la atención al ciudadano y la rendición de cuentas. El Informe de seguimiento a los Planes Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, realizado por la Veeduría Distrital en septiembre 201361señala, en lo que respecta al componente que se refiere a la metodología para la identificación de riesgos de corrupción y a la implementación de acciones para su manejo, que de las 42 entidades, 20 localidades y 22 hospitales evaluados, el 55% cumplía con la publicación del mapa de riesgos en su página web y el 45% no cumplía con dicha obligación; 20% representado por las Entidades, 13 % por Alcaldías Locales y 12% por Hospitales. Lo que reflejan los datos, es que el instrumento del mapa de riesgos de corrupción, así como otros más, no han sido aplicados de la mejor manera y se encuentran aislados entre sí, lo que dificulta identificar los riesgos de corrupción. En cuanto a la divulgación de la información de seguimiento a la gestión, realizada por el 84% de las entidades, el 49% no presentaban acciones dirigidas a concretar sus propósitos institucionales.

60 Departamento Nacional de Planeación, Inhabilidades y conflictos de interés en la Contratación Pública. [en línea]

disponible en:

https://www.contratos.gov.co/Archivos/DocsPregFrec/inhabilidades%20incompatibilidades%20y%2,

Recuperado el 12 de noviembre de 2012, diciembre de 2011, Pág. 3.

61 Veeduría Distrital. Informe de Seguimiento al Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano en las Entidades del Distrito Capital. Septiembre del 2013.

Page 42: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

42

La herramienta de Mapas de Riesgo de la Gestión Contractual implementada por la Veeduría Distrital tiene como finalidad identificar las debilidades del proceso de contratación, en este sentido en las Alcaldías Locales se han identificado algunos riesgos generales que corresponden a62:

“Contratar sin el cumplimiento de los requisitos legales, debido a personal no competente y sin compromiso para la aplicación de los procedimientos existentes, generando investigaciones disciplinarias e incumplimiento de metas institucionales”.

No apropiación de recursos para ejecución de proyectos de inversión, por falta de ausencia de información relacionada para la elaboración del componente de los proyectos de inversión local, lo cual lleva a una deficiente elaboración de estudios de mercado.

Retrasos en el desarrollo de los procesos de contratación, debido a la demora en la formulación y aprobación de la etapa precontractual de los proyectos de inversión, lo cual lleva a un incumplimiento de las metas institucionales”.

Retrasos en el desarrollo de los procesos de contratación, por demora o no expedición de certificación por parte de la Dirección de Gestión Humana de la Secretaría Distrital de Gobierno, lo cual lleva a un incumplimiento en las metas institucionales.

“Retraso en la emisión de certificados de disponibilidad presupuestal y/o registro presupuestal, debido a la imprecisión en la información base para la emisión del Certificado de Disponibilidad Presupuestal y el Certificado de Registro Presupuestal, lo cual lleva a un retraso del proceso contractual.

Programación y pago sin completa realización de las actividades sujeto de pago, debido a la no verificación de los descuentos soportes para pago, lo cual lleva a inconvenientes administrativos, disciplinarios, fiscales y sociales por la ausencia de verificación de ejecución y documental.

Retraso en la entrega de bienes, por falta de que en el proceso de formulación en planeación no se tiene en cuenta la aplicabilidad de los procesos de almacén, lo cual genera una no legalización de los bienes, que conlleva a una información distorsionada sobre los activos del F.D.L..

“Retraso en los pagos, por falta de soportes que no llegan en los términos previstos, lo cual lleva a un incumplimiento de metas de gestión del proceso”.

Retraso en los pagos, debido a la no programación de los pagos en el Plan Anual de Caja del mes respectivo, lo cual genera un incumplimiento de metas de gestión del proceso”.

Hay que mencionar que estos riesgos se ubican en diferentes “zona de riesgo” (aceptable, moderado o tolerable) en cada una de las alcaldías locales, esto depende de la importancia e incidencia dentro de la gestión contractual de cada una.63 Así mismo, la mayoría de las Alcaldías Locales manifiestan presentar debilidades en el momento de elaborar los estudios de mercado en tema de inversión debido a la dificultad de concretar cotizaciones con el sector privado.

62 Veeduría Distrital. “Mapa de riesgos de la Gestión Contractual, Alcaldías Locales”. Bogotá D.C. octubre de 2012 pp. 21-22 63 Ibídem.

Page 43: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

43

Sin embargo, la existencia de este conjunto de herramientas no es garantía de su correcto o eficiente funcionamiento, dado que se cumple con los requisitos de ley pero no se puede asegurar que la información o la implementación responda a las necesidades de la ciudad, ni mucho menos que emitan alertas tempranas sobre actos de corrupción. Y si las emiten como es el caso del Mapa de Riesgos de la Gestión Contractual, no se puede garantizar su efectivo seguimiento debido a que es una acción voluntaria de parte de las entidades, otra dificultad es el cambio constante de personal o por que las estrategias implementadas para reducir los riesgos identificados mediante las alertas, no son lo suficientemente efectivas. Pero tal vez uno de los problemas más serios, radica en la falta de evaluación y articulación entre las distintas herramientas y dependencias64 que manejan información con la cuál sería posible descubrir posibles riesgos de corrupción. En términos generales se presenta una dificultad asociada a la publicación en las páginas WEB, de las estrategias anticorrupción y de atención al ciudadano. El 21% de las 45 entidades distritales no publicaron su Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, el 4.5% de los hospitales lo hizo de manera incompleta y el 31.8% no lo público, y el 20% de las Alcaldías Locales (Usme, Usaquén, Sumapaz y Suba) tampoco lo hizo65. Adicionalmente, el Distrito cuenta con otras herramientas con la capacidad potencial de alertar tempranamente sobre ineficiencias en la gestión que puedan originar riesgos de corrupción, como el Sistema de Seguimiento del Plan de Desarrollo Distrital –SEGPLAN-, el Sistema de Presupuesto Distrital –PREDIS-, el Sistema de Coordinación Distrital, la Declaración Juramentada de Bienes y Rentas y la Matriz Unificada de Seguimiento a la Inversión local –MUSI-. De estas herramientas solo las cinco primeras están dispuestas para todo el Distrito, pero en sí mismas no dan cuenta de la gestión en su conjunto, no obran sobre los procesos estratégicos y no fueron pensadas con el propósito de emitir alertas tempranas, por lo cual no cumplen cabalmente con dicha función. En conclusión, se puede decir que la falta de identificación de alertas tempranas en el distrito responde, por un lado, a una descoordinación entre los controles (ciudadanos, políticos, preventivos y posteriores) y de éstos con los procesos estructurales; por otro, a la nula articulación entre las herramientas, insumos y dependencias que podrían facilitar la identificación y prevención de los riesgos de corrupción66. Es decir, se evidencia que las herramientas anteriormente nombradas tienen funciones específicas no pensadas para emitir alertas tempranas, pero todas estas arrojan información que puede ser útil para crear un Sistema de Alertas Tempranas.

b. Deficiencias en el Sistema de Quejas y Reclamos y en la atención a la ciudadanía.

64 Cuando se habla de herramientas, se trata no sólo de las contempladas en el Plan Anticorrupción, sino también de los mapas de riesgos contractuales, el sistema de quejas y reclamos, la información proveniente de las denuncias y de los procesos de participación sectoriales, entre otros. Al referir las dependencias que manejan información que podría evidenciar riesgos de corrupción, se trata aquí de las siguientes: Oficinas de Planeación, de Contratación, de Control Interno, de Participación y de Atención al Ciudadano. 65 Para G. Petro (20 de mayo de 2013), Resultado verificación publicación estrategia anticorrupción y plan de atención al ciudadano en las páginas web de las entidades distritales, hospitales y alcaldías locales. (comunicación personal), radicado 85507. Veeduría Distrital. 66 Estos problemas tienen una dificultad de fondo asociada a la falta de formación de los funcionarios en cultura de la prevención y del control.

Page 44: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

44

El Sistema Distrital de Quejas y Reclamos–SDQS- está soportado por un módulo de reportes estático que no permite hacer tratamiento de la información en línea, no tiene un sistema de aplicación de filtros y por ende no es un módulo dinámico de consulta; el tratamiento de la información que entrega el sistema se debe hacer de manera manual; el sistema no entrega información o un resumen estadístico de frecuencias, porcentajes y reportes gráficos que faciliten al usuario un análisis según sus necesidades para detectar alarmas; la definición de parámetros se ha venido alimentado de manera espontánea, a medida que surgen nuevos requerimientos interpuestos por la ciudadanía; los subtemas crecen de manera exponencial, volviéndose inmanejable la clasificación de los mismos; y el modelo de base de datos no está bien estructurado, por lo que se presentan problemas en la generación de reportes, como la duplicación de registros67. Lo más relevante, sin embargo, es que el Sistema no está articulado al de atención y servicio a la ciudadanía. Por su parte, la estrategia de atención al ciudadano tampoco se ha publicado ni implementado adecuadamente, lo cual ha sido verificado por la Veeduría Distrital mediante un seguimiento a las páginas web de cada entidad, con los siguientes resultados: el 67% (56 entidades) cumplía con la definición y difusión del portafolio de servicios en sus portales web, el 48% con la publicación de las dependencia, el nombre y el cargo del servidor a quien deben dirigirse los ciudadanos en caso de una queja o un reclamo, y 64% con la publicación de los procedimientos internos68. La mayor falencia que se presenta tiene que ver con identificar y conocer el tiempo de entrega de cada trámite en las entidades distritales. Según el estudio, sólo 11 entidades de las 84 cumplían con la publicación de los tiempos de entrega de cada trámite, para que los ciudadanos tengan claro e identifiquen el tiempo en el que pueden recibirles y responderles sus quejas y reclamos y ellos mismos les puedan hacer seguimiento69. Para mejorar la atención al ciudadano se requiere que las entidades cumplan con la estrategia anti-trámites. En 2013 ésta era atendida por menos de la mitad de las entidades (49%) en lo que concierne a identificar, priorizar e implementar nuevos procedimientos para reducir el tiempo de respuesta a la ciudadanía. Adicionalmente, no todas los registraban en el Sistema Único de Información de Tramites –SUIT- (el 69% que equivale a 58 entidades) y las entidades no compartían información para facilitar la gestión de trámites a la ciudadanía70.

c. Deficiencias en el tema de denuncias Cuando se observa el tema de denuncias a nivel nacional se puede ver que se pretende crear la Ventanilla Única de Denuncias de actos de corrupción, como estrategia del gobierno nacional para luchar contra la corrupción. Se trata de una herramienta que impulsará la Comisión Nacional de Moralización creada por el artículo 62 de la Ley 1474 de 2011, mediante la cual se busca centralizar las denuncias de los actos de corrupción

67 Veeduría Distrital, “Recomendaciones para la Implementación de la Nueva Versión del Sistema Distrital de Quejas y Soluciones – SDQS-“, 2013, pág.6. 68 Veeduría Distrital. Informe de Seguimiento al Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano en las Entidades del Distrito Capital. Septiembre del 2013, Págs. 36, 40 y 51. 69 Ibíd., pág. 46 70Veeduria Distrital. Op. Cit. Págs. 13 y 14

Page 45: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

45

con el fin de contar con un registro unificado de las mismas que permita hacerles un adecuado seguimiento71. Por su parte el Distrito cuenta con una serie de herramientas para que la ciudadanía sea más activa y tenga mecanismos adecuados de denuncia, entre las que se encuentran el Sistema Distrital de Quejas y Soluciones y el vínculo de denuncia que deben tener las páginas Web de cada entidad, en los cuales se pueden radicar peticiones, quejas, reclamos, felicitaciones y denuncias en general. Además de esto una línea 01-8000 para denunciar actos de corrupción. La principal falencia a este respecto se encuentra en que los sistemas no están articulados y por tanto no se nutren mutuamente ni existe evidencia de que resulten útiles para mejorar la gestión o sancionar actos que atenten contra el interés general.

d. Captura del Estado y Conflictos de Interés La captura del Estado se refiere a la capacidad que tiene un individuo o grupo de interés de influir directa y efectivamente sobre las decisiones del Estado, para favorecer sus intereses particulares, por lo general por fuera de los canales formalmente establecidos. Cuando las decisiones no son justas no sólo no favorecen el interés general, sino que ponen en riesgo el sistema político y disminuye la disposición de las personas a respetarlas y las justificaciones para hacerlas cumplir. En Colombia, la Captura del Estado, ha sido abordada desde análisis políticos e institucionalistas. Basta con mencionar el trabajo reciente de Luis Jorge Garay que va más lejos que la visión tradicional, la captura por grupos legales, y plantea que en el país el Estado es capturado también por grupos ilegales y que ello ha conllevado a la reconfigurado del Estado, por lo que recomienda analizar la corrupción con base a los procesos sociales que han venido ocurriendo (que hablan de la problemática de acceso al poder) y no solamente a la luz del interés de obtener rentas legales del Estado. La Comisión Económica para América Latina –CEPAL- incluso considera que en Colombia, la Captura del Estado, desborda todo análisis, e insinúa que tiene que ver con la tradición clientelista de los partidos políticos y fenómenos profundos como el narcotráfico que en últimas, permiten entender la relación corrupción, violencia y desigualdad social72. En cuanto al conflicto de interés, la declaración juramentada de bienes y rentas es una herramienta anti-corrupción que deben diligenciar los funcionarios públicos antes de posesionarse, sin embargo, esta no es efectiva en tanto no se le hace seguimiento a la información consignada y no tiene la capacidad de generar alertas tempranas73.

71 María Eugenia, Avendaño. “Política de integridad transparencia y no tolerancia con la corrupción en Bogotá” (Documento de Trabajo) Veeduría Distrital, marzo de 2014. Bogotá. 72Garay, L. J. Salcedo, E. León Beltrán, I & Gurrero, B. (S.F) La reconfiguración cooptada del Estado: Más allá de la concepción tradicional de captura económica del Estado. Bogotá: Transparencia por Colombia. 73Departamento Nacional de Planeación. “Estrategia Nacional de la Política Pública Integral Anticorrupción” Documento CONPES Social 167. Bogotá D.C., Colombia: DNP 9 de noviembre de 2012.

Page 46: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

46

La Constitución de 1991 “(…) buscando depurar la gestión del Congreso, profesionalizar su trabajo y evitar la obtención de ventajas particulares por parte de los congresistas, estableció un Régimen de Inhabilidades, Incompatibilidades y Conflicto de Intereses que imponía la perdida de investidura como la principal sanción (Constitución Política. Artículo 183). En ese sentido, constitucionalmente quedó prohibido que los congresistas desempeñaran otro cargo público o privado, excepto la cátedra universitaria, y celebrar contratos con entidades públicas (Ibid. Artículo 180), al tiempo que se ordenaba a los parlamentarios presentar una declaración sobre su patrimonio y las actividades que pudieran significar ingresos adicionales (Ley 5 1992. Artículo 268), dar a conocer al Congreso las situaciones de carácter económico y moral que los inhibieran para participar en el trámite de asuntos particulares (Ibid. Artículo 182), declararse impedidos para participar en debates y votaciones que lo afectaran directamente o a sus familiares y socios en los términos que establece la ley (Ibid. Artículo 286) y la obligación del Congreso de llevar un libro de registro de intereses de los congresistas (Ibid. Artículo 287)”74. Teniendo en cuenta que la corrupción se refiere al abuso del poder en detrimento del interés general, el régimen de Conflicto de Intereses funciona como herramienta para prevenir y castigar la corrupción en la gestión de los funcionarios públicos, corporaciones públicas de elección popular y congresistas. “La consagración del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, se justifica en la prevalecía de los intereses estatales y en los principios y valores de igualdad, moralidad, ética, corrección, probidad, transparencia e imparcialidad que deben imperar en la actuación de los sujetos que desempeñan la función pública, o de quienes aspiran o pretendan acceder a la misma. En efecto, el desarrollo indigno del poder, la influencia negativa de la posición, el privilegio indebido con olvido del Interés público, de la legalidad, de la buena administración, del patrimonio público y de la probidad en las actuaciones, constituyen, sin duda, razones para establecer restricciones a la libertad y a los derechos de los sujetos en el ámbito del derecho público, tendientes a evitar la vinculación a la función pública o el ejercicio de ésta en las diferentes ramas del Poder público, de personas cuya conducta o situación pueda ser lesiva a esos intereses, principios y valores”75. La inhabilidad es la incapacidad, ineptitud o circunstancias que impiden a una persona ser elegida o designada en un cargo público y, en ciertos casos, impiden el ejercicio del empleo a quienes ya se encuentran vinculados al servicio. El ordenamiento jurídico consagra dos tipos de inhabilidades en consideración a la naturaleza y la finalidad de la limitación:

74Transparencia por Colombia, “Documento Guía 2011”, Conflicto de Interés [en línea], disponible en: http://transparenciacolombia.org.co/images/publicaciones/transparencia_politica/Guia_ConflictoDeIntereses.pdf, consultado el 16 de junio de 2014. Bogotá. 75 Consejo de Estado. Sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo Radicación11001-03-15-000-2007<00581>00. Providencia de fecha veintiuno (21) de abril de dos mil nueve (2009). Consejero Ponente Dr. Mauricio Torres Cuervo, en Cartillas de Administración Pública, Inhabilidades e Incompatibilidades de los Servidores Públicos, versión 2, Departamento Administrativo de la Función Pública y ESAP, 2013.

Page 47: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

47

Inhabilidades relacionadas directamente con la potestad sancionadora del Estado, la cual se aplica en los ámbitos penal, disciplinario, contravencional, correccional y de punición por indignidad política.

Inhabilidades que no constituyen sanción ni están relacionadas con la comisión de faltas, sino que corresponden a modalidades diferentes de protección del interés general y obedecen a la efectividad de principios, derechos y valores constitucionales, como son la lealtad empresarial, moralidad, imparcialidad, eficacia, transparencia o sigilo profesional, entre otros postulados76.

Por su parte la incompatibilidad ha sido definida jurisprudencialmente como “imposibilidad jurídica de coexistencia de dos actividades”. Tienen como función primordial “(…) preservar la probidad del servidor público en el desempeño de su cargo, al impedirle ejercer simultáneamente actividades o empleos que eventualmente puedan llegar a entorpecer el desarrollo y buena marcha de la gestión pública. Igualmente, cumplen la misión de evitar que se utilice su cargo de elección popular para favorecer intereses de terceros o propios en desmedro del interés general y de los principios que rigen la función pública”77. Los vacíos existentes en la legislación, las dificultades en el acceso a la información sobre los intereses de los servidores y la falta de una reglamentación que indique el tipo de datos que se requiere y la manera en que deben ser registrados, son los principales impases identificados por Transparencia por Colombia. También el hecho de que el régimen aplique prioritariamente a los representantes políticos. 3. Ineficiencias e ineficacias en la gestión de lo público y en la toma de decisiones que generan riesgos de corrupción.

a. Deficientes controles internos y externos de la administración La gestión de la Administración Distrital, tiene una serie de controles que vale la pena diferenciar para comprender el problema en su conjunto. Para efectos de esta política, se distinguen tres que a su vez presentan clasificaciones, a saber:

Cuadro 5: Tipos de control a la gestión pública

CONTROL INTERNO (Autocontrol)

CONTROL EXTERNO CONTROLES ESPECIALES

Control Interno Control disciplinario Control Social

Control interno Disciplinario Control fiscal Control Político

Control contable

Control administrativo Fuente: Elaboración equipo de Política de Integridad, Transparencia y No Tolerancia con la Corrupción, Veeduría Distrital, 2014.

76COLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-348/04, (20 de abril). M. P. Dr. Jaime Córdoba Triviño, en Cartillas de Administración Pública, Inhabilidades e Incompatibilidades de los Servidores Públicos, versión 2, Departamento Administrativo de la Función Pública y ESAP, 2013. 77COLOMBIA, CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-426 de 1996. M. P. Dr. Hernando Herrera Vergara, en Cartillas de Administración Pública, Inhabilidades e Incompatibilidades de los Servidores Públicos, versión 2, Departamento Administrativo de la Función Pública y ESAP, 2013.

Page 48: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

48

Cada uno de estos controles presenta dificultades que no han permitido desarrollar un tipo de gestión de lo público que se oriente a prevenir, de manera organizada, hechos de corrupción. Por ejemplo, la ineficiencia del control interno en su capacidad preventiva se evidencia en el Análisis Situacional del Control Interno en el Distrito, realizado por la Veeduría Distrital78, del cual puede señalarse a grandes rasgos que el control interno a la administración se establece en cada dependencia de manera fragmentada, y no está articulado como un sistema. Así, en el documento mencionado se destaca de manera particular que:

El control interno en la Administración distrital de Bogotá no está estructurado como un sistema, sino que coexisten estructuras individuales en cada una de las entidades.

La Administración de Bogotá D.C., ha establecido un control interno en cada dependencia, fragmentando el sistema único que debía aplicarse en todo el Distrito.

El Modelo Estándar de Control Interno MECI, fue adoptado en las dependencias distritales, en lo que concierne a los subsistemas de ambiente de control, control de gestión y control de evaluación, dejando de lado los objetivos específicos de control de cumplimiento y control de información.

Las estructuras de control interno existentes en la Administración Distrital, presentan diversos grados de desarrollo en su implementación y puesta en marcha. Una buena cantidad de herramientas no estén al servicio de todas las entidades.

Los hallazgos de la Contraloría de Bogotá D.C., en sus auditorías regulares, presentan como la norma más violada la Ley 87 de 1993 (por la cual se establecen normas referentes al control interno), lo cual es un indicativo de la baja observancia de las disposiciones de control interno en Bogotá.

Las actividades de las oficinas de control interno, de acuerdo con los informes elaborados por ellas mismas, se concentran en realización de auditorías y elaboración de informes, sin que aparezcan actividades referentes a evaluaciones de los aspectos estratégicos y de aspectos propios del mismo control interno.

No hay evidencia de cumplimiento de la función establecida por el artículo 65 de la ley de 1993, ratificada por la sentencia 623 de 1999 de la Corte Constitucional, sobre el control administrativo de la fase previa de la contratación, en cabeza de las oficinas de control interno.

La responsabilidad del control interno, en cabeza de todos los funcionarios se ha ido concentrando exclusivamente en la oficina de control interno, en contravía del principio del autocontrol.

El control de información constituye una de las fallas permanentes, poniendo en riesgo, los asuntos estratégicos, la gestión y la evaluación de las entidades.”

Respecto al control interno disciplinario, la Personería de Bogotá presentó en su informe de gestión 2013 que79:

78 Alcaldía de Bogotá, Veeduría Distrital, “Cómo Avanza el Distrito en Control Interno”, 2012. 79 Personería de Bogotá. Informe de gestión. Bogotá. 2013. p. 43 y 44.

Page 49: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

49

“A la fecha no hay ninguna investigación interna en las 62 entidades de la

Administración Petro por el tema de “Carrusel de Contratación. No existe una política pública en materia disciplinaria como herramienta de

lucha contra la corrupción. Con 195 servidores públicos de planta y 62 contratistas, el Distrito pretende

ejercer control disciplinario interno a unos 70.000 funcionarios y contratistas. No se estaría observando ni las normas disciplinarias ni las directrices de la

Procuraduría General de la Nación. Organismos de control encuentran tropiezos en las investigaciones en las

entidades y molestia de los servidores públicos.” Así mismo, “De 62 entidades distritales solamente 19 de ellas tienen Oficina de Control Interno Disciplinario, mientras que en 44 esa labor es encargada a dependencias sin criterios de especialidad, pericia, capacidad, profesionalismo y dedicación. (…) Doce entidades que manejan un rango de 50 a 100 procesos, 24 tienen entre 11 a 50, 18 de 0 a 10, y 9 no tienen ninguna acción disciplinaria”80. Las principales causas o hechos generadores de apertura de procesos disciplinarios en relación con los servidores públicos y sujetos activos de la acción disciplinaria vinculada a la administración distrital, iniciada durante el periodo 2009-2013, son el incumplimiento del manual de funciones y de los procedimientos determinados y la pérdida o daño de documentos o elementos. De igual forma, los análisis de los riesgos y hallazgos fiscales y disciplinarios81 en las Secretarías de Educación y Salud del Distrito, para el periodo comprendido entre 2008 y 2012 plantean que:

La estadística presentada por el Sistema de Información Disciplinaria del Distrito es concluyente respecto de la suerte de los procesos disciplinarios. La gran mayoría finaliza con el archivo de las diligencias o eventualmente con la expedición de un fallo absolutorio. Las causas de la declaración de la terminación del proceso no necesariamente obedecen al esclarecimiento de los hechos o a la detección de un eximente de responsabilidad disciplinaria. Influyen en esta decisión aspectos como la prescripción de la acción, ausencia de acervo probatorio, duda en la calificación de la falta o en la ocurrencia de los hechos no despejada, incapacidad de identificar con claridad al presunto responsable pese a la ocurrencia de la falta o por la alegación de un vicio de procedimiento generado por el operador disciplinario. Estas causales, al afectar la “realidad procesal”, impiden el juzgamiento de presuntos infractores disciplinables y obstaculiza la aplicación de la justicia ante la “realidad material”.

La gestión de las oficinas de control interno de la Secretaría de Educación y Salud Distrital, presenta márgenes de condenas en procesos disciplinarios del 10% del total de los procesos disciplinarios desarrollados en relación con el

80 Ibid. P. 44. 81 Estudio realizado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo –PNUD- y la Veeduría Distrital en el marco del Convenio suscrito para la formulación de la presente política.

Page 50: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

50

primer sector, y en el caso de Salud arroja una sola sanción en seis años de labores, producida en el 2009.

De igual forma, debe resaltarse que “no existe un esquema o mecanismo que articule los distintos tipos de control (…) y que además no existe un esfuerzo sistemático y organizado por investigar la corrupción”82. Sobre este tema, vale la pena señalar algunos resultados y conclusiones del análisis de los riesgos y hallazgos fiscales y disciplinarios83, en las Secretarías de Educación y Salud del Distrito, para el periodo comprendido entre 2008 y 2012, que permiten arrojar conclusiones sobre la efectividad del control externo:

Sobre la gestión desarrollada por la Contraloría Distrital respecto a la decisión de fondo adoptada en procesos de responsabilidad fiscal, el 93.4% de ellos finalizan con una decisión de ausencia de responsabilidad fiscal. El índice de ausencia de responsabilidad en esta clase de actuaciones es evidentemente favorable a los intereses de los procesados. A la luz de los resultados, el proceso de responsabilidad fiscal en el Distrito puede que no sea fuente generadora de disuasión entre los corruptos.

Las cifras presentadas por la Procuraduría General de la Nación no varían la tendencia marcada por las oficinas de control interno. La fortaleza que genera el grado de autonomía que posee la Procuraduría General de la Nación como ente de control y las posibles injerencias que pueden verse generadas dentro de las oficinas internas no producen diferencia según los resultados, por lo que el procedimiento disciplinario ofrece un grado de impacto similar ya sea ante el mandato de la Procuraduría o del operador disciplinario: Bajo.

Ante el perjuicio causado a la ciudadanía en general, sorprende que las investigaciones impulsadas por los organismos de control no produzcan las decisiones sancionatorias necesarias de manera oportuna. Esta situación es reiterativa en el proceso fiscal, disciplinario y penal. La situación es tan crítica que la Estrategia Nacional de la Política Pública Integral Anticorrupción define como el principal problema la ineficiencia de las herramientas y mecanismos para la prevención, investigación y sanción de la corrupción.

De otro lado, el Acuerdo 257 de 2006, en su artículo 41 señala en el capítulo sobre mecanismos de control administrativo, que éste corresponde al Alcalde Mayor como jefe de gobierno y de la administración distrital, sobre los organismos y entidades que conforman dicha Administración. Por su parte, las secretarias o secretarios de despacho, ejercen control administrativo sobre los organismos y entidades que conforman el Sector Administrativo de Coordinación a su cargo y sobre las localidades de su competencia. Este artículo, además de concentrar la responsabilidad, incurre en omitir que una ineficiencia administrativa, puede ser un factor que alimente la corrupción, es decir, al tiempo que traslada la ineficiencia, de paso crea la posibilidad de corrupción en cabeza del Alcalde Mayor.

82 Maldonado Copello, Alberto. (2014). Balance de la situación de corrupción en las localidades y propuesta de política de lucha contra la corrupción, Veeduría Distrital, Bogotá. 83 Estudio realizado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo –PNUD- y la Veeduría Distrital en el marco del Convenio suscrito para la formulación de la presente política.

Page 51: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

51

En lo referente al control político, el Informe de Gestión del Concejo de Bogotá, correspondiente al II Semestre del 2013, evidencia que se realizaron 80 sesiones plenarias, de las cuáles el 31.25% fueron de control político y el 31.25% de gestión normativa, lo que muestra un equilibrio en las dos principales tareas encomendadas a la Corporación. Sin embargo a la hora de ver el trabajo producto de las sesiones, sí se observa un desbalance ya que presentaron 138 proposiciones de control político, frente a 291 proyectos de acuerdo. Este dato explica que la actividad del Concejo en sesiones plenarias se concentró más en la gestión normativa que en el control político. De esas 138 proposiciones presentadas, se aprobaron 98 y sólo se debatieron 64. Según el informe del segundo semestre de 2013 de Concejo Cómo Vamos, los temas debatidos más sensibles en estas proposiciones fueron los de integración social, aseo, educación y movilidad. Sin embargo, aunque ha mejorado con respecto a años anteriores, aún se evidencia un bajo impacto en la capacidad de realización de control político por parte del Concejo de Bogotá, ya que los debates no necesariamente conllevan a cambios trascendentales o investigaciones concretas. Esta podría ser una de las razones que explica por qué sólo el 35% de personas califican la gestión del Concejo como buena o muy buena84. Tal como lo muestra la siguiente gráfica, la gestión del Concejo ha tenido una tendencia histórica a ser calificada como mala.

Gráfico 2. ¿Cómo califica la gestión del Concejo?

Fuente: Bogotá Cómo Vamos. (2013) Encuesta de percepción ciudadana Bogotá 2013. Ipsos Napoleón Franco. Bogotá. P. 101

En cuanto a las Juntas Administradoras Locales, es evidente que adolecen de la misma debilidad que el Concejo para vigilar y controlar los recursos locales, ya que entre otras razones, no tienen los insumos técnicos y administrativos necesarios para llevar a cabo esta tarea. Aunque esto es evidente, lo cierto es que no hay estudios que permitan determinar de manera cierta, el nivel de incidencia del control político que tienen estas corporaciones en los recursos de inversión de los Fondos de Desarrollo Local.

84

Bogotá Cómo Vamos. “Encuesta de percepción ciudadana Bogotá 2013”. Ipsos Napoleón Franco. 2013

Bogotá.

Page 52: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

52

Así mismo, el control externo ha privado de la libertad a diversos implicados que se han visto involucrados en la adjudicación de contratos de manera indebida y el desfalco al erario Distrital. Así, “hoy hay 15 detenidos (entre ellos, seis condenados) y diez más están en libertad, pero pendientes de lo que decida la Fiscalía que los vinculó ya al proceso. En el ramillete de detenidos está el entonces alcalde Samuel Moreno, dos ex congresistas, dos concejales, cinco contratistas, el contralor, el personero y dos secretarios del gabinete de la época. Eso sin contar cerca de ocho funcionarios de jerarquía media del IDU, que también están investigados”85. Los ejemplos aquí presentados, evidencian que los distintos controles internos, externos y especiales se encuentran desarticulados y no se presentan como un sistema de control con un impacto concreto, tanto en la prevención como en la sanción de la corrupción. Esta desarticulación hace que el control no sea contundente en la identificación de los riesgos de corrupción, por lo que no se ha instaurado una cultura del autocontrol que fortalezca la prevención.

b. Fallas en la planeación y en la presupuestación La planeación en las entidades del Distrito debe implementarse de manera adecuada, para que así no se afecte la calidad de la gestión (la provisión de bienes y servicios públicos) y se generen riesgos para posibles hechos de corrupción. Un ejemplo claro de lo anterior es el de la planeación local. En un informe de la Contraloría86 de Bogotá, se evidencia como uno de los factores que afecta la gestión local es que los Fondos de Desarrollo Local no han cumplido con las metas formuladas en los planes de desarrollo local lo que genera demora en la acción estatal para la solución de los problemas socialmente relevantes. Así mismo, si bien la ejecución de recursos presupuestados muestra niveles de eficiencia que sobrepasan el 96%, las autorizaciones de giro que materializan dicha ejecución no sobrepasan el 45%, con lo que se afecta de manera directa el cumplimiento de las metas trazadas en los planes de desarrollo local y por lo tanto, los niveles de eficiencia y eficacia administrativa. Hay debilidades de medición de los impactos de la inversión local sobre las condiciones de vida de la población y sobre el territorio. La revisión realizada hasta el momento muestra que el seguimiento y evaluación se realiza sobre la ejecución presupuestal pero poco se conoce sobre los bienes y servicios producidos y mucho menos sobre los impactos87. De igual forma, la Secretaría Distrital de Planeación realizó un análisis de los planes de desarrollo local donde se plantea que las localidades a pesar de reportar avances siguen mostrando debilidades para lograr una mayor eficiencia e impacto de la inversión, dado que se establecen metas de difícil o imposible cumplimiento, hace falta pasar de una planeación financiera a una planeación con metas físicas y de resultados y es necesario

85

Revista Semana. “Pánico en el Concejo”. [en línea] disponible en : http://www.semana.com/nacion/articulo/panico-concejo/344343-3. Mayo 25 de 2013. Consultado el 6 de Junio de 2014. 86 Maldonado Copello, Alberto. Balance de la situación de corrupción en las localidades y propuesta de política de lucha contra la corrupción, Veeduría Distrital, 2014. Bogotá. 87 Ibíd. pág. 21.

Page 53: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

53

construir tableros de control que articulen todas las fuentes de información sobre la gestión local. Más allá de lo planteado arriba, lo cierto es que el Distrito aún no cuenta con un sistema de planeación que acompase los tiempos entre la planeación local y la distrital y articule los distintos instrumentos de planeación. La ausencia de este sistema no solo afecta la entrega de bienes y servicios a los ciudadanos, sino que además dificulta la participación de los ciudadanos en la gestión de lo público y abre espacios que generan riesgos de corrupción.

c. Fallas en el gasto, la contratación y las compras públicas En el ámbito de la contratación, es posible identificar un factor que potencialmente podría generar riesgos de corrupción. Entre las diversas modalidades de selección de contratación, es la contratación directa la que trae consigo mayores riesgos en el sentido expuesto, en la medida en que aumenta la discrecionalidad. En el Distrito para la vigencia de 2013, “se suscribieron 51.943 contratos, distribuidos en las siguientes modalidades de selección, por contratación directa se realizaron 47.597; por mínima cuantía 1.154; mediante selección abreviada 1.123; con fundamento en el Decreto 777 de 1992, 1.048; a través de licitación pública 705 y por concurso de méritos 316. En la gráfica se muestran los porcentajes correspondientes a cada modalidad.”88 A continuación se presenta la gráfica que demuestra la cantidad de contratos suscritos por modalidad de selección.

Gráfico 3. Porcentaje de contratos suscritos por modalidad de selección.

Fuente: Veeduría Distrital. (2013). Seguimiento a la gestión contractual. Rendición de cuentas. Delegada para la Contratación. Bogotá.

Sin embargo, es preciso examinar el detalle de la cuantía de los contratos, para tener una visión más completa sobre lo que sucede. Así, “los 13 sectores suscribieron contratos por $6.293.547,2 millones, discriminados de la siguiente manera según la modalidad de

88Veeduría Distrital. “Seguimiento a la gestión contractual. Rendición de cuentas”. Delegada para la Contratación. 2013. Bogotá.

Page 54: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

54

selección: contratación directa $3.350.440,0 millones; licitación pública $1.352.423,7 millones; selección abreviada $782.018,8 millones; con fundamento en el Decreto 777 de 1992 $418.119,9 millones; concurso de méritos $373.585,9 millones y mínima cuantía $16.959,0 millones. En la gráfica se muestran los porcentajes correspondientes a cada modalidad”89.

Gráfico 4. Porcentaje de recursos invertidos por modalidad de contratación

Fuente: Veeduría Distrital. (2013). Seguimiento a la gestión contractual. Rendición de cuentas. Delegada para la

Contratación. Bogotá. En síntesis, la principal modalidad de selección de contratación en el Distrito es la contratación directa. Si bien ésta en sí misma no representa un hecho de corrupción, debe señalarse que el abuso de ésta modalidad de selección podría traer consigo niveles desmedidos de discrecionalidad, elemento que potencialmente generaría riesgos de corrupción. En los procesos de compras públicas se han identificado problemas como la elección recurrente de los mismos proveedores, procesos de planificación y presupuestación que no dialogan y que requieren integrarse para evitar bolsa de recursos con gran discrecionalidad de gasto, el pago de sobrecostos muy por encima de los precios del mercado, irregularidades en el pago de honorarios no liquidados, irregularidades en la liquidación de contratos, pagos dobles, detrimentos patrimoniales, ajustes de precios irregulares, irregularidades en la ejecución contractual, no acatamiento de la oferta inicial, interventorías fallidas y falta de herramientas de control de procesos de compra y evaluación de precios. Una de las prácticas que de acuerdo con los informes consultados genera mayores riesgos y preocupación en los órganos de control, es la modalidad de contratación directa mediante convenios de asociación. La Veeduría Distrital en su investigación sobre convenios realizados con fundamento en la decreto ley 777 de 1992 encontró que para el 2012: “De las 34 entidades y 20 localidades analizadas (…) que 17 entidades (50%) y 19 localidades (95%), utilizaron este tipo de contratación, suscribiendo un total de 403 convenios, de los

89 Ibíd.

Page 55: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

55

cuales tan sólo 24, es decir el 5%, fueron celebrados de conformidad con la normatividad vigente”90 (paréntesis fuera de texto). Por otra parte, “en el caso de las inversiones, el 43% manifiesta no saber si la inversión realizada por la Alcaldía local se ejecuta a favor de alguien. Sin embargo el 38% percibe que la inversión se ejecuta a favor de algunos grupos”91. Respecto a los procesos adelantados por la Contraloría de Bogotá durante el periodo comprendido entre los años 2009 y 2012, esta institución dio apertura a 724 procesos, de los cuales el 95% vinculaba de manera directa como presunto responsable a personal de cargos de dirección, confianza y manejo.

d. Problemas en la selección y formación del talento humano. “Una de las consecuencia más inmediatas de la baja capacidad institucional de las alcaldías locales para cumplir sus obligaciones con la planta de personal asignada por la Secretaría Distrital de Gobierno, es la vinculación masiva de contratistas (prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión), que en promedio representan el 69,10% del personal vinculado a las alcaldías locales con las consecuencias que esto conlleva: discontinuidad en labores y procesos, desgaste administrativo, deterioro del clima laboral y pérdida de memoria institucional92”. De otra parte, “la utilización de recursos de inversión para cubrir carencias de personal, representa una distorsión del concepto de inversión por cuanto la contratación con fines administrativos no es económicamente productiva y no genera bienes de capital o capital social; en últimas representa una trasgresión a la transparencia debida en el manejo de los recursos públicos y una puerta de entrada a actos de corrupción93”. Aquí se debe hacer hincapié en el problema relacionado con que los gastos de inversión deben ir enfocados a generar capital institucional, asunto que queda a la deriva y desvirtuado dada la naturaleza de los contratos de prestación de servicios o las plantas temporales enfocadas en proyectos específicos. Otro ejemplo lo ofrecen los Hospitales. La gran mayoría de las personas que trabajan allí son elegidas por medio de una empresa temporal que hace llegar las hojas de vida vía correo electrónico al gerente o encargado de elegir a la persona; y algunos contratistas tienen contratos por dos o tres meses, lo que dificulta el ambiente laboral ya que hay una sensación de inseguridad laboral94.

90 Alcaldía de Bogotá, Veeduría Distrital. Informe de Gestión y Resultados Año 2012. Bogotá D.C. marzo de 2013. pág. 110. 91Alcaldía Mayor de Bogotá. Informe de resultados sobre el Índice de Percepción de la Integridad y Transparencia del Distrito 2013. Secretaria General, 2013. Bogotá. 92 Alcaldía de Bogotá, Veeduría Distrital. “Informe de Esquema de Análisis Integral Preventivo: Análisis de Condiciones y Resultados Sector Localidades”. 2014. Bogotá. 93 Alcaldía de Bogotá, Veeduría Distrital. “Informe de Esquema de Análisis Integral Preventivo: Análisis de Condiciones y Resultados Sector Localidades”. 2014. Bogotá. 94 Alcaldía de Bogotá, Veeduría Distrital. “Informe de Esquema de Análisis Integral Preventivo: Análisis de Condiciones y Resultados Hospitales de Primer Nivel”. 2014. Bogotá.

Page 56: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

56

Este problema de selección y nombramiento de los servidores públicos se ve reflejado en los resultados de la Encuesta sobre Ambiente y Desempeño Institucional –EDI, aplicada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística –DANE- según los cuales “para el 2012 el 28,7% de los servidores públicos refiere que, durante los últimos doce meses, la vinculación de funcionarios de libre nombramiento y remoción se basó en vínculos personales, familiares o de amistad; el 26,4% en influencias políticas y el 18,5% en vínculos regionalistas”95, incrementando en esa medida el riesgo de corrupción en la medida en que aumenta la discrecionalidad para contratar personal y con ello la posibilidad de consolidar estructuras clientelares. Otro elemento relacionado con el talento humano tiene que ver con procesos de formación y cualificación de los funcionarios públicos. Aunque en la mayoría de las entidades las acciones se enfoquen a capacitación, estos procesos se encuentran desarticulados y no avanzan en la promoción de una verdadera ética del servicio público. "Los bienes comunes de la sociedad deben ser administrados por personas con sólida formación ética individual y con una idea definida de compromiso social. En La República de Platón, encontramos antecedentes de la idea de servicio público, así como de las características y cualidades que deberían cumplir quienes lo prestaban. Desde entonces se advierte la doble dimensión del hombre: de una parte, en tanto ser humano y, de otra, en tanto ciudadano, que desempeña un papel específico dentro del todo social y su organización política"96. La situación descrita impacta el desarrollo integral de la ciudad. Desde la perspectiva social afecta la formación de capital social. El capital social comprende la confianza, las normas y las redes de asociatividad cívica, elementos que mejoran la eficiencia de la organización social, promoviendo iniciativas tomadas de común acuerdo97. A partir del reconocimiento de la norma de reciprocidad relacionada con la confianza, Putnam plantea que el capital social consiste en aquellas "características de la vida social traducidas en la forma de normas de reciprocidad, redes, asociatividad, confianza y compromiso cívico que mejoran la eficacia de la sociedad facilitando la acción coordinada"98. Desde la perspectiva de la teoría de la acción racional, la confianza es el sustento de las relaciones de reciprocidad en que se basa el capital social99. De esta manera, la norma de reciprocidad basada en la confianza, al lado de diversas normas sociales que favorecen determinadas conductas y constriñen otras, ayuda a resolver problemas relacionados con los bienes públicos en una comunidad, de ahí que el capital social también pueda beneficiar a colectividades y esté, por ello, dotado de una naturaleza colectiva.

95 COLOMBIA, DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN. Documento CONPES 167. Estrategia Nacional de la Política Pública Integral Anticorrupción. República de Colombia. 9 de noviembre de 2013. 96Lugo Verdusco, Adolfo. La ética en el servicio público. [en línea], disponible en: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/3/1374/15.pdf. Consultado el 24 de mayo de 2014. 2014. Bogotá. 97Putnam, Robert. “Para hacer que la democracia funcione”, Editorial Galac, Venezuela, 1993; "The Prosperous Community - Social Capital and Public Life", en American Prospect, No. 13. Washington. D.C., 1993; “Making Democracy Work: Civic Traditions in Modern Italy”, Princeton NJ, Princeton University Press, 1993 citado por Saiz, Jorge Enrique y Rangel Jiménez, Sander, en “Capital social: una revisión del concepto”, Universidad Santo Tomás, Revista CIFE No 13, 2008. p. 252 98 Ibíd. p. 252 99Coleman, J. C., “Social Capital in The Creation of Human Capital”, en American Journal of Sociology No. 94, Washington D.C., 1990, citado por Saiz, Jorge Enrique y Rangel Jiménez, Sander, en “Capital social: una revisión del concepto”, Universidad Santo Tomás, Revista CIFE No 13, 2008.

Page 57: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

57

Desde la perspectiva institucional afecta la justicia de los acuerdos y de las decisiones, entendida en términos de su validez social, en tanto no responden al interés general. Tal es el caso de la captura del Estado que se refiere a la capacidad que tiene un individuo (ciudadano) o grupo de interés de influir directa y efectivamente, sobre las decisiones del Estado para favorecer sus intereses particulares, por lo general por fuera de los canales formalmente establecidos. Cuando las decisiones no son justas no sólo no favorecen el interés general, sino que ponen en riesgo el sistema político y disminuye la disposición de las personas a respetarlas y las justificaciones para hacerlas cumplir. Desde la perspectiva económica, incide negativamente en los principios de equidad e inclusión, propios del Estado Social de Derecho y en la posibilidad de lograr una distribución equitativa de la prosperidad colectiva, en tanto disminuye el desarrollo y el crecimiento económico, aumenta los costos, reduce la inversión privada, destruye negocios productivos, castiga el desarrollo de la economía y el ambiente competitivo, afectando el empleo y profundizando la pobreza. En términos de la gestión, socava la efectividad y la eficiencia, el buen uso de los recursos y la capacidad del Estado para producir resultados en pro de los intereses ciudadanos, para producir los bienes y servicios públicos con calidad, para dar cuenta de su quehacer, para contar con talento humano comprometido con el servicio público y para contar con mecanismos adecuados para ejercer los controles. En términos de la cultura, la situación descrita genera e incentiva creencias, comportamientos, percepciones y acciones, contrarios al interés general, incrementa la aprobación cultural y moral de la ilegalidad y del “vivo”, del “todo vale”, de los atajos y de las justificaciones para violar la ley.

Page 58: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

58

V. EL PROBLEMA CENTRAL Y LOS PROBLEMAS ESPECÍFICOS

EL PROBLEMA CENTRAL En Bogotá no se ha desarrollado, de manera sostenible, un sistema de creencias y comportamientos que valore y cuide lo público y por esa vía prevenga corrupción y promueva transparencia e integridad. Ello ha conducido a que se desdibuje el proyecto colectivo. En aras de la convivencia, el desarrollo integral, el mejoramiento continuo de la calidad de vida y la construcción de un escenario en donde la vida digna sea posible y en el que todos y todas puedan vivir mejor, la sociedad pactó100 constituir un Estado Social de Derecho101 instaurado en la prevalencia del interés general. Además, determinó como fines de ese Estado servir a la comunidad, promover la prosperidad general, garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución Política, facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural, y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo102. En consecuencia, es un deber de todos atenerse a tales mandatos: hacer prevalecer el interés general, participar y procurar un orden justo103. Los tres deberes son de responsabilidad compartida entre la ciudadanía y la administración pública. Son ejemplos claros de corresponsabilidad. La falta de compromiso con su logro

100Desde esta perspectiva la Constitución Política de 1991 es considerada el pacto social fundacional. 101El Estado social es un sistema que se propone fortalecer servicios y garantizar derechos considerados esenciales para mantener el nivel de vida necesario para participar como miembro pleno en la sociedad. De acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Constitución Política de Colombia "Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general". El Estado Social de Derecho es un estado de tipo democrático, que se caracteriza por el reconocimiento de derechos de índole individual y de orden colectivo (económicos, sociales, culturales), con una idea de propiedad privada, pero sumada a la existencia de su función social, con una importante labor interventora del Estado en todos los niveles. Cuando solo se habla de Estado de Derecho, se habla del gobierno de las leyes. En este sentido no gobiernan los individuos, sino que se está bajo la directriz de las normas de ese Estado. El Estado de Derecho se sujeta a la propia normatividad que emite, en tanto las autoridades, los gobernantes lo hacen supeditados a esas mismas normas. El Estado se sujeta al Derecho. Cuando se habla de lo social, se refiere a los intereses colectivos y a las acciones que, en los distintos campos de la vida, se dirigen desde allí. El Estado Social hoy es por antonomasia democrático y pluralista: conforme se establece en muchos lugares de la Constitución Política de 1991, se tiene una concepción pluralista, democrática que hace parte de la caracterización del Estado Social de Derecho, que la entiende allí mismo expresada. 102 Artículos 1 y 2 de la Constitución Política Nacional. 103 Desde el artículo 1° de la Constitución Política Nacional está claro que en el nuevo orden constitucional no hay espacio para el ejercicio arbitrario de los derechos, pues su ejercicio debe estar matizado por las razones sociales y los intereses generales. Pero estas implicaciones se descontextualizan si no se tienen en cuenta los fines anunciados en el artículo 2º y, para el efecto que aquí se persigue, el aseguramiento de la vigencia de un orden justo. En efecto, un orden justo sólo puede ser fruto de unas prácticas sociales coherentes con esos fundamentos. No se puede asegurar orden justo alguno si a los derechos no se accede mediante el trabajo honesto sino ilícitamente y si en el ejercicio de los derechos lícitamente adquiridos priman intereses egoístas sobre los intereses generales (Corte Constitucional, Sentencia C-740/03).

Page 59: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

59

y la ausencia de ésta facilitan que ciudadanos y servidores públicos hagan uso indebido del poder para desviar los recursos y la gestión de lo público hacia el beneficio privado. Así, en el marco de esta Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá -PPTINTC-, la corrupción, como resultado del poco aprecio, respeto y cuidado de lo público, que deriva en abuso del poder para beneficio particular, impide la realización efectiva de los derechos fundamentales y el logro del bien común, imposibilita que los bienes y servicios públicos atiendan las necesidades de los ciudadanos como debe ser. En tanto el cumplimiento del Estado Social de Derecho no es discrecional, sino una disposición obligatoria de la Constitución Política de Colombia, la realización de todas las acciones necesarias para prevenir y mitigar situaciones o escenarios propicios para el abuso de poder en detrimento del interés general, que impidan la realización efectiva de los derechos en Bogotá, se hace también imperativa. Este es el marco en el que se inscribe la Política.

LOS PROBLEMAS ESPECÍFICOS Ahora bien, hay dos escenarios que facilitan que en la ciudad no se privilegie el interés general y por tanto no se haga una gestión íntegra y transparente de lo público104:

Creencias, actitudes, percepciones y comportamientos existentes frente a lo público por parte de la ciudadanía y los servidores públicos; y

Reglas, normas formales y no formales y procesos y procedimientos en la gestión de lo público y en la toma de decisiones públicas, que impiden la gestión responsable de lo público y generan riesgos de corrupción.

Es de estos escenarios de donde se derivan los dos problemas específicos y es la necesidad de actuar sobre ellos la que da origen a los objetivos específicos de la política: Problema específico 1. Desde la perspectiva de la ciudadanía: En la ciudad prevalecen creencias, comportamientos y condiciones que incentivan la cultura del atajo, el “todo vale”, la aprobación cultural del “vivo” y las justificaciones para incumplir la ley. Problema específico 2: Desde la perspectiva de las instituciones. En la ciudad prevalecen maneras de decidir y gestionar lo público opacas, ineficientes y deshonestas que generan oportunidades de corrupción.

VI. OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS Así, la Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá –PPTINTC- busca aumentar la capacidad de las instituciones y de la ciudadanía para autorregularse y ejercer mutua regulación pacífica, prevenir y sancionar la corrupción, y disminuir la impunidad legal, moral y cultural frente a ella.

104 Estos dos escenarios surgen de las discusiones llevadas a cabo en la etapa de movilización que tuvo lugar en 2013.

Page 60: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

60

OBJETIVO GENERAL Es en ese marco es que la presente política se propone generar cambios culturales sostenibles, en la ciudadanía y las instituciones, orientados a desarrollar comportamientos tendientes al cuidado y la gestión íntegra y transparente de lo público, para prevenir y sancionar la corrupción. Es la transformación de valores y creencias lo que posibilita cambios en los comportamientos de las personas, que a su vez modifican las instituciones y las organizaciones. Los cambios culturales institucionales generan cambios sistémicos en los comportamientos de los individuos y de la sociedad, dado que son las instituciones las que guían su comportamiento. Al mismo tiempo, son los individuos los que crean, diseñan y transforman sus instituciones, a través de sus comportamientos y decisiones. Este círculo virtuoso entre cambio cultural y transformación de instituciones es el que la política pretende reforzar en aras de la transparencia, la integridad y la prevención de la corrupción en la ciudad, bajo el entendido de que el cambio cultural no es algo que se “hace” desde la administración pública, sino que tiene lugar en el seno de la sociedad.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS Ahora bien, promover cambios culturales orientados a desarrollar comportamientos y acciones sostenibles, tendientes al cuidado y la gestión íntegra, responsable y transparente de lo público, pasa por: Objetivo específico 1 - Más Ciudadanía: Aumentar la valoración y corresponsabilidad ciudadana en la construcción y cuidado de lo público. Construir condiciones e incentivos para lograr una participación incidente e incluyente y hacer del control social una herramienta que prevenga la corrupción y que promueva una gestión más íntegra, transparente y honesta de lo público. Objetivo específico 2 - Mejores Decisiones: mejorar el proceso de toma decisiones en aras de construir decisiones socialmente legítimas y visibilizar las decisiones que toman los actores que intervienen en la gestión de lo público, evidenciando aspectos tales como quién toma las decisiones, cuándo se toman y qué impactos tienen en la ciudad. Se trata de lograr que las decisiones sean transparentes, estén fundamentadas en argumentos técnicos y consulten el modelo de ciudad, la contribución al fortalecimiento del esta Social de Derecho y sus efectos de mediano y largo plazo. Objetivo específico 3- Mejor Gestión: Fortalecer la capacidad institucional para mejorar la transparencia y la integridad en la gestión de lo público. Busca que los procesos y los controles institucionales se articulen para prevenir la corrupción y sancionarla, así como

para para garantizar la gestión, la realización de los derechos y la observancia de los deberes, en el marco del modelo compartido de ciudad.

Page 61: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

61

ESTRATEGIAS Ahora bien, las estrategias que permitirán alcanzar los objetivos y articular las acciones que se desplieguen para la implementación de la política, son las siguientes: cultura ciudadana; participación y control social; información de calidad, oportuna y asequible; entorno de negocios y comercio justo; gestión preventiva; y controles y sanciones. Estas estrategias a su vez se encuentran apoyadas en unas transversales que le dan soporte a la actuación de la política, éstas son: comunicación, formación y asistencia técnica. CULTURA CIUDADANA La estrategia de cultura ciudadana comprende acciones en materia de formación y sensibilización de actores y grupos de interés desde el sistema de educación formal, la educación informal, la educación para el trabajo y el desarrollo humano y las campañas de comunicación y divulgación. Las primeras se orientan a conseguir que las personas adquieran los conocimientos, las habilidades y las aptitudes requeridas para sostener el cambio cultural que pretende esta política. Las segundas, son todas aquellas que se realicen en el ámbito de la construcción de sentidos, que tengan por objeto las maneras de percibir, representar y reconocer lo público y hagan posible la movilización social en torno a la transparencia, la integridad y la prevención de la corrupción en la gestión de lo público. Se trata de acciones que tienen que ver con informar,105 contextualizar,106 colectivizar107 y poner en agenda pública los asuntos de interés de la política108. Las terceras se refieren al desarrollo de medios para la circulación de los contenidos. PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL Comprende las acciones orientadas a aumentar la valoración social de los bienes colectivos, fortaleciendo a los actores para el cuidado y la construcción corresponsable de lo público. Se trata de acciones que buscan fortalecer el control social como herramienta de prevención y de fortalecimiento de la participación ciudadana en la gestión íntegra de lo público. De esta manera, busca consolidar un sistema de petición y rendición de cuentas en el Distrito Capital, que permita visibilizar la gestión e interactuar de manera más clara y franca con los ciudadanos. Para ello además de brindar información y formación para un efectivo control social, se implementarán veedurías especializadas, alianzas público –privadas para el cuidado de lo público y la ruta del control social y se reconocerá e incentivará el ejercicio del control social.

105Proceso a través del cual se hace posible establecer una relación entre un conjunto de elementos (investigaciones, documentos, experiencias sistemáticas, materiales, métodos, datos, etc.) y un problema o conjunto de problemas. (Mauricio Ortiz González 2006, documento inédito). 106Proceso comunicativo que permite a una persona o grupo social establecer marcos de referencia, de acción e interpretación sobre hechos, actores, saberes colectivos, etc., acerca de un tema especifico. (Mauricio Ortiz González 2006, documento inédito). 107Proceso comunicativo que permite que un grupo social se sienta parte de un “proyecto”, a través de la oferta de un horizonte o norte compartido. (Mauricio Ortiz González 2006, documento inédito). 108Se refiere a poner en circulación pública un discurso específico de interés general, a través de palabras, hechos, actos y actitudes. En otras palabras es poner a hablar a una sociedad sobre un tema. (Mauricio Ortiz González 2006, documento inédito).

Page 62: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

62

Como se dijo arriba, el control social tiene el propósito de mejorar el manejo de la gestión pública y optimizar la entrega de bienes y servicios a los ciudadanos. El fortalecimiento del control social, implica el fortalecimiento de la corresponsabilidad ciudadana en la gestión de lo público. INFORMACIÓN DE CALIDAD, OPORTUNA Y ASEQUIBLE La estrategia de información de calidad, oportuna y asequible comprende acciones encaminadas a garantizar el derecho de acceso universal a la información pública, la gestión del conocimiento para la toma de decisiones y la utilización de tecnologías de la información y la comunicación para la divulgación proactiva. Se trata de acciones encaminadas a dar a conocer y permitir el acceso libre a la información sobre la ciudad, la gestión y el proceso de toma de decisiones de la administración de la ciudad y de quienes ejercen funciones públicas desde otros ámbitos, respecto a los recursos humanos, técnicos y económicos de Bogotá; a lograr la plena implementación de la Ley de Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública; a poner las tecnologías de la información y la comunicación al servicio de la divulgación proactiva y sin barreras de acceso de la información referida a la gestión de lo público en la ciudad; y a realizar una adecuada gestión del conocimiento que coadyuve los propósitos de la política. ENTORNO DE NEGOCIOS Y COMERCIO JUSTO Comprende el conjunto de acciones orientadas a garantizar el compromiso y promover la corresponsabilidad del sector privado en la sostenibilidad de la ciudad, la garantía de derechos y el mantenimiento de un entorno de negocios transparente. Reúne acciones encaminadas a procurar que las relaciones entre el sector público y el sector productivo y empresarial tengan lugar en el marco de los propósitos de la presente política. Se trata de transparentar la participación del sector privado en las decisiones públicas, de incentivar la transparencia en los negocios al interior de los distintos sectores, la competencia leal, el comercio legal y la rentabilidad legítima y de simplificar los permisos y trámites para el adecuado desarrollo de las actividades productivas. GESTIÓN PREVENTIVA Comprende el conjunto de acciones encaminadas a fortalecer la identificación y administración de los riesgos que afectan la transparencia y la integridad favoreciendo la corrupción; y definir y consolidar la operación de los controles de tipo preventivo para mejorar la capacidad de reacción de las organizaciones frente a las amenazas de corrupción. Reúne el conjunto de acciones encaminadas a lograr mayores niveles de eficiencia y efectividad en la gestión de lo público, a mejorar las reglas del juego, la manera de hacer las cosas, los procesos, los procedimientos, las formas de interactuar con los ciudadanos y de ejercer el control al interior de las organizaciones que tienen a su cargo la gestión de lo público. Se trata de acciones orientadas a mejorar y articular los procesos de planeación y presupuestación en el Distrito Capital para mejorar la efectividad y disminuir la

Page 63: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

63

discrecionalidad en el gasto; a cualificar la gestión del talento humano en términos de los mecanismos de acceso y evaluación del empleo público y de la formación en ética del servicio; a racionalizar y publicar los trámites; a perfeccionar y articular las herramientas de identificación de riesgos existentes; y a instaurar en el Distrito capital un Sistema de Alertas Tempranas. ESTRATEGIA DE CONTROL Y SANCIÓN Comprende el conjunto de acciones encaminadas a mejorar la articulación entre los diferentes controles; agilizar y fortalecer los mecanismos de sanción que regulan la actuación estatal y privada; y promover la transformación de las instancias que controlan la actuación pública para garantizar autonomía, objetividad y eficiencia. Se trata del conjunto de acciones encaminadas a disminuir la impunidad legal y social. FORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA Las estrategias transversales de formación, comunicación y asistencia técnica suponen que la implementación de la Política en su conjunto y de cada una de las acciones en ella previstas, en aras del logro de los objetivos propuestos, deberá estar acompañada de acciones de soporte, en materia de formación, que permitan conocer más la problemática y las ventanas de oportunidad que ciertos comportamiento y formas de hacer abren a acciones contrarias al interés colectivo; de comunicación, que permitan poner en la agenda pública el tema, colectivizar la voluntad de generar un cambio cultural en ciudad e informar de manera permanente a la ciudadanía; y de asistencia técnica, para transformar adecuadamente las maneras en que se gestiona lo público, construir sobre lo construido y aprender de distintas experiencias que hayan resultado exitosas.

VII. INSTRUMENTOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA POLÍTICA Ejecutar, monitorear, evaluar y dar sostenibilidad a la política implica contar con medios para alcanzar los fines propuestos. El conjunto de instrumentos de la política se describe a continuación:

Plan Estratégico. Organiza, armoniza y sistematiza el conjunto de planes de acción de los distintos actores (públicos, privados, sociales, académicos y medios de comunicación).

Planes de Acción. Comprenden las acciones que llevarán a cabo cada uno de los actores en el corto, mediano y largo plazo y su contribución al cumplimiento de las metas previstas en la PPTINTC. Los planes de acción se incorporarán en los respectivos Planes de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas.

Financiamiento. Para la implementación de los planes de acción los actores y responsables de la PPTINTC formularán planes o proyectos de inversión que les permitan alcanzar metas para el logro de mayores niveles de transparencia, integridad y no tolerancia con la corrupción en Bogotá.

Observatorio de Transparencia e Integridad del Distrito Capital. Será un instrumento a través del cual se realice la gestión del conocimiento en materia de transparencia, integridad y no

Page 64: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

64

tolerancia con la corrupción en el Distrito Capital. Se ocupará del proceso de apropiación, distribución y uso efectivo del conocimiento para el logro de los objetivos de la PPTINTC y el seguimiento y evaluación de la misma.

VIII. LÍNEAS DE ACCIÓN PRIORITARIAS El conjunto de acciones adelantadas por los diferentes actores en sus respectivos planes de acción, se orientarán prioritariamente al desarrollo, implementación y consolidación de:

La promoción y garantía del derecho de acceso a la información pública. Una estrategia de formación y sensibilización en cultura ciudadana y control social. Una estrategia de petición y rendición de cuentas permanente. Un sistema de alertas tempranas en corrupción. Un mecanismo de articulación de los diferentes controles y las sanciones. Una estrategia de gestión del conocimiento.

IX. RESPONSABILIDADES La dirección de la PPTINTC en Bogotá D.C. estará en cabeza del Alcalde o Alcaldesa Mayor de la ciudad. La Secretaría General de la Alcaldía Mayor orientará la implementación, seguimiento y evaluación de la PPTINTC. La implementación y ejecución de esta política estará a cargo de las diferentes entidades u organismos del distrito capital, y la articulación entre las entidades y organismos distritales se realizará en la comisión intersectorial de gestión ética.

Además, en aras de la sostenibilidad de la Política se debe crear un escenario público privado de articulación y coordinación, como una Mesa de Sostenibilidad o un Consejo Consultivo, que recomiende acciones para orientar la implementación, seguimiento y evaluación de la PPTINTC; impulse el debate y consulte a los distintos actores de la PPTINTC respecto de su implementación; armonice la PPTINTC y los programas y proyectos de transparencia, integridad y lucha contra la corrupción del orden nacional; contribuya con la formulación de estrategias e instrumentos normativos referidos a los asuntos de la PPTINTC; y proponga estrategias de operación, financiación y comunicación.

LISTADO DE CUADROS Y GRÁFICOS

Cuadro 1: Consolidado de normas para la transparencia, la integridad y la prevención de la corrupción: Leyes, Acuerdos Distritales y Decretos del Alcalde Mayor. Cuadro 2: Antecedentes de transparencia, integridad y prevención de la corrupción en los planes de desarrollo del Distrito Capital 1995 -2015. Cuadro 3: Normatividad Distrital. Acuerdos y Decretos Distritales que dan marco a la Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción. Cuadro 4: ¿Cómo cree que se comportan los bogotanos en general frente a …? Cuadro 5: Tipos de control a la gestión pública.

Page 65: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

65

Gráfico 1: Promedio de reputación en integridad de los sectores del Distrito según los grupos de interés. Gráfico 2: ¿Cómo califica la gestión del Concejo? Gráfico 3: Porcentaje de contratos suscritos por modalidad de selección. Gráfico 4: Porcentaje de recursos invertidos por modalidad de contratación.

LISTADO DE SIGLAS BARCAS: Barómetro de Capital Social. BID: Banco Interamericano de Desarrollo. CEPAL: Comisión Económica para América Latina. CICC: Convención Interamericana contra la Corrupción. CNUCC: Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción. DNP: Departamento Nacional de Planeación. EDI: Encuesta de Desempeño Institucional. GA: Gobierno Abierto. IGA: Índice de Gobierno Abierto. OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. PNUD: Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. PPTINTC: Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá. PREDIS: Sistema de Presupuesto Distrital. SDQR: Sistema Distrital de Quejas y Reclamos. SEGPLAN: Sistema de Seguimiento del Plan de Desarrollo Distrital. SITP: Sistema Integrado de Transporte Público. SUIT: Sistema Único de Información de Tramites.

BIBLIOGRAFÍA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Secretaría General y Centro Nacional de Consultoría, Informe de resultados sobre el Índice de Percepción de Integridad y Transparencia del Distrito, 2013. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Veeduría Distrital, “Cómo Avanza el Distrito en Control Interno”, 2012. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Veeduría Distrital, “Informe de Esquema de Análisis Integral Preventivo: Análisis de Condiciones y Resultados Sector Localidades”, 2014. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Veeduría Distrital, “Informe de Esquema de Análisis Integral Preventivo: Análisis de Condiciones y Resultados Sector Localidades”, 2014. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Veeduría Distrital, “Informe de Esquema de Análisis Integral Preventivo: Análisis de Condiciones y Resultados Hospitales de Primer Nivel”, 2014.

Page 66: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

66

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Veeduría Distrital, “Marco conceptual sobre transparencia, probidad, rechazo a la corrupción, valoración de lo público y control social desde el punto de vista de cultura ciudadana” Veeduría Distrital, 2013. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Veeduría Distrital, “Recomendaciones para la Implementación de la Nueva Versión del Sistema Distrital de Quejas y Soluciones – SDQS-“, 2013. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Veeduría Distrital, “Ruta para el Fortalecimiento del Control Social”, noviembre de 2013. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Veeduría Distrital, “Seguimiento a la gestión contractual. Rendición de cuentas”, 2013. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Veeduría Distrital. Informe de Seguimiento al Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano en las Entidades del Distrito Capital. Septiembre del 2013. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Veeduría Distrital; Pontificia Universidad Javeriana – Instituto Pensar, “Control Social a la Gestión Pública. Unidad Cinco. Diplomado en Gestión Comunitaria y Gerencia Social –Lideres para Bogotá”, 2000. AVENDAÑO, María Eugenia, Documento de Trabajo: Política Publica de Integridad y No Tolerancia con la Corrupción, Versión abril 15 de 20014, Veeduría Distrital. BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO – BID-, “Mega-ciudades e infraestructura en América Latina, lo que piensa su gente”, 2013. BARÓMETRO GLOBAL DE CORRUPCIÓN 2013. Informe de Colombia. Bogotá: Corporación Transparencia por Colombia. 2013. p. 13 BELTRÁN, J. M. (Enero-Junio de 2010). Diseño del sistema de Alerta Temprana en la Fundación Cultural Javeriana de Artes Graficas JAVERGRAF. Recuperado el 19 de Mayo de 2014, de Universidad del Bosque: http://www.uelbosque.edu.co/sites/default/files/publicaciones/revistas/revista_tecnologia/volumen9_numero1/diseno_sistema_alerta_temprana9-1.pdf. BOGOTÁ CÓMO VAMOS, Encuesta de percepción ciudadana Bogotá 2013, Ipsos Napoleón Franco, Bogotá. COLEMAN, J. C., “Social Capital in theCreation of Human Capital”, en American Journal of Sociology No. 94, Washington D.C., 1990, citado por Saiz, Jorge Enrique y Rangel Jiménez, Sander, en “Capital social: una revisión del concepto”, Universidad Santo Tomás, Revista CIFE No 13, 2008. CONCEJO DISTRITAL, Acuerdo 489 de 2012, “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2012-2016 Bogotá Humana”.

Page 67: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

67

COLOMBIA. CONSEJO DE ESTADO, Sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo Radicación11001-03-15-000-2007<00581>00. Providencia de fecha veintiuno (21) de abril de dos mil nueve (2009). Consejero Ponente Dr. Mauricio Torres Cuervo, en Cartillas de Administración Pública, Inhabilidades e Incompatibilidades de los Servidores Públicos, versión 2, Departamento Administrativo de la Función Pública y ESAP, 2013. CORPOVISIONARIOS. Encuesta de Cultura Ciudadana Bogotá 2013. COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia C-348/04, (20 de abril). M. P. Dr. Jaime Córdoba Triviño, en Cartillas de Administración Pública, Inhabilidades e Incompatibilidades de los Servidores Públicos, versión 2, Departamento Administrativo de la Función Pública y ESAP, 2013. COLOMBIA. CORTE CONSTITUCIONAL. Sentencia C-426 de 1996. M. P. Dr. Hernando Herrera Vergara, en Cartillas de Administración Pública, Inhabilidades e Incompatibilidades de los Servidores Públicos, versión 2, Departamento Administrativo de la Función Pública y ESAP, 2013. COLOMBIA. DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN (9 de noviembre de 2012) Estrategia Nacional de la Política Pública Integral Anticorrupción (Documento CONPES Social 167) Bogotá D.C., Colombia: DNP. COLOMBIA. DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN. (diciembre de 2011), Inhabilidades y conflictos de interés en la Contratación Pública. DOCUMENTO CONPES SOCIAL NO 167. Estrategia Nacional de la Política Pública Nacional Integral Anticorrupción. 2013. FONDO DE PREVENCIÓN VIAL, (junio de 2010) Primer Estudio de Comportamiento y Seguridad Vial. Bogotá: Ipsos Napoleón Franco. FONDO DE PREVENCIÓN VIAL. (marzo de 2012) Segundo Estudio de Comportamiento y Seguridad Vial. Bogotá: Ipsos Napoleón Franco. GARAY, L. J. Salcedo, E. León Beltrán, I & Gurrero, B. (S.F) La reconfiguración cooptada del Estado: Más allá de la concepción tradicional de captura económica del Estado. Bogotá: Transparencia por Colombia. HURTADO, David; García, Diana Marcela; Copete, Andrés Felipe, “Las Vicisitudes del Capital Social de Colombia”, Fundación Restrepo Barco, 2013. LESTER Milbrath, PoliticalParticipation. Chicago, 1965. LUGO VERDUSCO, Adolfo. (2014). La ética en el servicio público. Disponible en: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/3/1374/15.pdf. Consultado el 24 de mayo de 2014. MALDONADO Copello, Alberto, Balance de la situación de corrupción en las localidades y propuesta de política de lucha contra la corrupción, Veeduría Distrital, 2014, pág. 25.

Page 68: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

68

MONROY Cabra, Marco Gerardo, “Seguridad Jurídica e inflación normativa”, Academia Colombiana de Jurisprudencia, Bogotá, 2011. MORALES, Zapata, Daniel Alfonso, “Propuestas de Gestión: Análisis Normativo”, documento inédito realizado en el marco del proceso de formulación de la presente política, 2014, pág. 6. OBSERVATORIO DE CULTURA URBANA, Instituto Distrital de Cultura y Turismo, 2003-2005. ORGANISATION FOR ECONOMIC CO-OPERATION AND DEVELOPMENT OECD. Components of Integrity: Data and Benchmarks for Tracking Trends in Government. Global Forum on Public Governance, 4-5 de mayo de 2009, Paris, France. Tomado de: http://search.oecd.org/officialdocuments/displaydocumentpdf/?cote=GOV/PGC/GF%282009%292&docLanguage=En. Consultado en el mes de marzo de 2014. Traducido por Felipe Aulestia. PERSONERÍA DE BOGOTÁ. (2013). Informe de gestión. Bogotá. PUTNAM, Robert. “Para hacer que la democracia funcione”, Editorial Galac, Venezuela, 1993; "The Prosperous Community - Social Capital and PublicLife", en American Prospect, No. 13. Washington. D.C., 1993; “Making Democracy Work: Civic traditions in modern Italy”, Princeton NJ, Princeton University Press, 1993 citado por Saiz, Jorge Enrique y Rangel Jiménez, Sander, en “Capital social: una revisión del concepto”, Universidad Santo Tomás, Revista CIFE No 13, 2008. REVISTA SEMANA. “Pánico en el Concejo”. Mayo 25 de 2013. Consultado el 6 de Junio de 2014. Disponible online en: http://www.semana.com/nacion/articulo/panico-concejo/344343-3 Secretaria de Gobierno; Universidad del Rosario. (2010). SUDARSKY R, John, “La Evolución del Capital Social en Colombia, 1997-2005”, Fundación Restrepo Barco, 2007. TRANSPARENCIA POR COLOMBIA, Documento Guía 20111, Conflicto de Interés en: http://transparenciacolombia.org.co/images/publicaciones/transparencia_politica/Guia_ConflictoDeIntereses.pdf, consultado el 16 de junio de 2014. TRANSPARENCIA POR COLOMBIA, Universidad Externado de Colombia, “Encuesta Nacional sobre Prácticas contra el Soborno en Empresas Colombianas”, 2013.

Page 69: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

69

ANEXOS ANEXO 1: DESCRIPCIÓN DEL MARCO JURÍDICO PARA LA TRANSPARENCIA, LA INTEGRIDAD Y LA PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN: LEYES, ACUERDOS DISTRITALES Y DECRETOS DEL ALCALDE MAYOR

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

1. TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO

1.1 Contratación

LEY 80 de 1993

Por la cual se expide el Estatuto General de

Contratación de la Administración Pública.

Marco general de principios y procedimientos para la gestión de contratación estatal. Hace referencia a: Definiciones, derechos y deberes de los contratistas, modalidades de asociación para contratar, inhabilidades e incompatibilidades para contratar, delegación para contratar por parte de servidor público y cláusulas exorbitantes. Determina los principios de la contratación estatal y a partir de ellos fija procedimientos de selección objetiva y pública mediante diferentes tipos de procesos contractuales a partir de aspectos como la cuantía y la necesidad de servicio o bien, entre otros. Define la responsabilidad contractual, la liquidación de los contratos, señala los momentos del proceso contractual y la manera de resolver controversias en el marco de ejecución del contrato. Se complementa con la reciente expedición del Decreto 1510 de 2013 que reglamenta el sistema de compras y contratación pública.

LEY 1150 de 2007

Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la

transparencia en la Ley 80 de 1993, "por la

cual se expide el Estatuto General de Contratación de la

Administración Pública" y se dictan otras

disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos.

Complementa la Ley 80 de 1993 en cuanto a las modalidades de selección, limitándolas a la licitación Pública, la selección abreviada, el concurso de méritos y la contratación directa. Indica la necesidad de analizar los riesgos contractuales, crea el Registro Único de Proponentes - RUP, fortalece el sistema de publicación de los procesos contractuales, define el régimen contractual de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado así como del sector Defensa y también se refiere a los aportes al sistema de seguridad social de los contratistas.

Page 70: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

70

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

DECRETO DISTRITAL

291 de 2008

Por el cual se crea la Comisión Intersectorial

de Apoyo a la Contratación y se

dictan otras disposiciones.

Crea la Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación con carácter permanente, la cual respalda la gestión distrital en materia contractual. Se encuentra integrada por doce secretarios distritales de despacho y coordinadores de contratación de la Secretaría General. Esta Comisión busca articular acciones y estrategias para orientar la implementación de recomendaciones en materia contractual expresadas por la Secretaría General. Así mismo sirve como escenario para la unificación de criterios, espacios de divulgación de experiencias, capacitación en temas específicos de contratación estatal.

DECRETO DISTRITAL

469 de 2009

Por el cual se aclaran algunos aspectos sobre la capacidad o facultad de contratación de los

Secretarios y Secretarias de

Despacho, y de otros servidores del Distrito

Capital.

Determina que las capacidades o facultades de contratación de los funcionarios que cuenten con esa función legal o delegada, presenta alcance integral, es decir, pueden solicitar, requerir, suscribir, suministrar, usar y destinar información relacionada con respecto al propósito de la delegación.

DECRETO DISTRITAL

579 de 2011

Por medio del cual se deroga el Decreto

Distrital 341 de 2010. – Apoyo técnico en

contratación a Alcaldías locales.

Facilita los procesos de contratación por parte de Alcaldes Locales, eliminando la solicitud de autorizaciones y reemplazándola por procesos de asistencia y acompañamiento técnico en materia de contratación.

1.2 Declaraciones anticorrupción

Page 71: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

71

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

LEY 412 de 1997

Por la cual se aprueba la "Convención

Interamericana contra la Corrupción", suscrita

en Caracas el 29 de marzo de mil

novecientos noventa y seis (1996).

La Convención Interamericana contra la Corrupción, plantea dos grandes propósitos: Promover y fortalecer mecanismos para abordar el problema de la corrupción y de otra parte garantizar la eficacia de las medidas adoptadas dentro del ejercicio de la función pública. En consecuencia, determina la incorporación de medidas preventivas, como el compromiso ético que deben tener los colaboradores públicos, sistemas de contratación estatal transparentes y públicos, sistemas de protección para el denunciante, mecanismos impulsores de participación ciudadana. Así mismo, compromete a los Estados Signatarios a dar cumplimiento a lo pactado. Plantea actividades catalogadas como corrupción, se refiere al soborno transnacional, el enriquecimiento ilícito, la posibilidad de extradición entre los Estados Signatarios, implicaciones sobre los bienes y el secreto bancario en este tipo de casos.

LEY 970 de 2005

Por medio de la cual se aprueba la

"Convención de las Naciones Unidas contra

la Corrupción", adoptada por la

Asamblea General de las Naciones Unidas, en

Nueva York, el 31 de octubre de 2003.

Norma de carácter internacional aprobada mediante Ley por el Estado Colombiano. Dicho régimen busca fortalecer las medidas para prevenir y combatir la corrupción, apoyar la cooperación internacional sobre la materia y promover la integridad, la publicidad y la debida gestión de los asuntos y bienes públicos. Emplea las siguientes herramientas:

Establece definiciones conceptuales.

Compromete a los Estados signatarios a ajustar el marco jurídico y a implementar lo acordado, especialmente respecto de la necesidad de formular y aplicar una política contra la corrupción.

Sector Público:

Adopción de sistemas de convocatoria, contratación, retención, promoción y jubilación de empleados públicos.

Definir una remuneración adecuada.

Realizar programas de capacitación.

Promover la integridad, la honestidad y la responsabilidad entre los funcionarios públicos, a través de normas de conducta, facilitar mecanismos de denuncia, declaraciones sobre sus bienes y medidas disciplinarias.

Page 72: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

72

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Contar con sistemas de contratación pública, fortaleciendo la publicidad, la transparencia, la selección objetiva, la selección y calidad del personal al frente de la gestión contractual.

Rendir cuentas sobre la gestión de la hacienda pública, a través de fijación de procedimientos, informes, normas de contabilidad y auditoría, gestión de control interno e identificación de riesgos y mecanismos coercitivos.

Fortalecer la publicidad de los procesos públicos y la racionalización de trámites

Regular la conducta de los funcionarios de la rama judicial y del ministerio público.

Sector Privado:

Mejorar los procesos contables y de auditoría, así como el sistema sancionatorio.

Establecer códigos de conducta.

Prevenir conflictos de intereses.

Promover la publicidad y el registro.

Denegar deducción tributaria respecto de gastos que constituyan soborno.

Sociedad Civil:

Fomentar la participación activa de grupos sociales organizados que no pertenezcan al sector público.

Garantizar el acceso a la información.

Realizar programas de educación pública.

Difundir la oferta pública sobre prevención y control de la corrupción.

Blanqueo de dinero:

Regular el comportamiento de las entidades bancarias o instituciones financieras no bancarias.

Medidas penales:

Definir como conductas penales:

Soborno de funcionarios públicos nacionales.

Soborno de funcionarios públicos extranjeros.

Malversación o peculado.

Tráfico de influencias.

Abuso de funciones.

Enriquecimiento ilícito.

Page 73: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

73

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Soborno en el sector privado.

Malversación o peculado en el sector privado.

Blanqueo del producto del delito.

Encubrimiento.

Obstrucción de la justicia.

Responsabilidad de las personas jurídicas.

Participación y tentativa.

Conocimiento, intención y propósito como elementos de un delito.

Determinar plazos de prescripción amplios para delitos relacionados con corrupción.

Realizar ajustes a los procesos penales, aumentar su severidad y procurar la reinserción social.

Emplear medidas cautelares ante casos relacionados con corrupción.

Emplear medidas de protección a testigos, peritos y denunciantes.

Proteger a las víctimas de la corrupción y facilitar su reparación.

Facilitar mecanismos de cooperación con la justicia de involucrados.

Evitar obstáculos como el secreto bancario en investigaciones adelantadas por presunta corrupción.

Constituir un registro de antecedentes penales.

Fortalecer procesos de cooperación internacional contra la corrupción, como la extradición, la asistencia judicial, el cumplimiento de la ley, mecanismos de recuperación de bienes, el decomiso, capacitaciones y asistencia técnica, investigaciones en conjunto y la aplicación y transmisión de técnicas especiales de investigación.

Prevenir y detectar transferencias producto del delito.

Facilitar la restitución de bienes de las víctimas.

Coordinación de la estrategia:

Asignar a una entidad independiente el liderazgo de la política/estrategia anticorrupción, otorgando formación y recursos necesarios.

Page 74: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

74

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Constituir oficina de inteligencia financiera.

LEY 668 de 2001

Por medio de la cual se declara anualmente el 18 de agosto como

Día Nacional de la Lucha Contra la

Corrupción.

Se Decreta el 18 de agosto como la conmemoración anual del Día Nacional de la Lucha contra la Corrupción. En ese marco se realizarán:

Campañas de sensibilización.

Reconocimiento con la medalla “Luis Carlos Galán” para el trabajo ejemplar en la lucha contra la corrupción.

Reconocimiento con la medalla “Pedro Pascasio Martínez” para el menor de 25 años que haya trabajado en la recuperación de los valores éticos ciudadanos que conduzcan a la prevención de la corrupción.

DECRETO DISTRITAL

371 de 2010

Por el cual se establecen lineamientos

para preservar y fortalecer la

transparencia y para la prevención de la corrupción en las

Entidades y Organismos del Distrito Capital.

Realiza recomendaciones en diferentes escenarios a partir de los contenidos de los Códigos de Ética y Buen Gobierno:

Cumplimiento de los principios para la gestión de la contratación estatal en sus diferentes etapas.

Procesos de atención al ciudadano en condiciones de equidad, transparencia y respeto.

Impulso a los procesos de participación ciudadana y control social.

Fortalecimiento a los sistemas de control interno del Distrito.

Designación a la Veeduría Distrital como entidad de seguimiento al cumplimiento de las iniciativas mencionadas en el Decreto.

1.3 Recursos Públicos

LEY 819 de 2003

Por la cual se dictan normas orgánicas en

materia de presupuesto,

responsabilidad y transparencia fiscal y

se dictan otras disposiciones.

Establece el procedimiento para la aprobación del Marco Fiscal de Mediano Plazo, para el nivel nacional y el nivel territorial. Define el superávit financiero y determina la necesidad de realizar análisis del impacto fiscal de las normas. Así mismo, presenta normas para fomentar la disciplina fiscal como la programación, el manejo de vigencias futuras y la responsabilidad por la gestión fiscal. También plantea aspectos para los entes territoriales como la capacidad de pago, los créditos, manejo de excedentes por liquidez, límites a realización de créditos cruzados, restricciones al apoyo de la Nación, límites al endeudamiento por

Page 75: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

75

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

deudas con la Nación y otras herramientas a favor de la trasparencia e integridad como el cobro coactivo de excedentes, responsabilidad fiscal en reestructuraciones administrativas, y consideraciones de responsabilidad frente al incumplimiento.

ACUERDO DISTRITAL 27

de 2001

Por el cual se adecua el régimen

sancionatorio en materia impositiva para

el Distrito Capital de Bogotá.

Reglamenta la manera como se imponen sanciones por el no pago oportuno de las contribuciones a nivel distrital, contra los ciudadanos que se encuentran en la obligación de hacerlo. Así mismo, plantea la necesidad de acompañar la implementación del Acuerdo con un programa de capacitación al ciudadano.

ACUERDO DISTRITAL 52

de 2001

Por el cual se establecen algunas

modificaciones a los regímenes

procedimental y sustantivo de los

tributos en el Distrito Capital de Bogotá.

Realiza diferentes modificaciones relacionadas con el procedimiento para el recaudo tributario, bajo los siguientes parámetros:

Pagos mediante canales electrónicos.

Corrección de errores e inconsistencias en el pago.

Compensación de saldos.

Actualizaciones del valor de obligaciones tributarias en mora.

ACUERDO DISTRITAL

399 de 2009

Por medio del cual se adoptan medidas de

simplificación tributaria en el Distrito Capital.

Reglamenta aspectos relacionados con la gestión tributaria, así:

Fusiona tributos.

Plantea el procedimiento para el pago de impuestos.

Establece el régimen de beneficios tributarios.

Define reglas de distribución de recaudo tributario.

ACUERDO DISTRITAL

438 de 2010

Por el cual se establece la obligación

de presentar un informe de gestión y ejecución de recursos

de cooperación nacional e internacional

del Distrito.

Otorga como función a la Secretaría de Planeación Distrital la presentación de un informe de gestión y ejecución de los recursos de cooperación nacional e internacional, a más tardar el último día hábil del mes de febrero de cada año. También impone la obligación de publicar el informe en la página web.

1.4 Buenas Prácticas

LEY 190 de 1995

Por la cual se dictan normas tendientes a

preservar la moralidad en la Administración

Pública y se fijan disposiciones con el fin

de erradicar la

Obliga a los servidores públicos o a los contratistas a presentar el formato único de hoja de vida, así como la declaración de Bienes y Rentas el cual presenta información relacionada con sus datos personales, su trayectoria profesional, académica y experiencia en general. Determina la elaboración de manuales de funciones

Page 76: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

76

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

corrupción administrativa.

para los servidores públicos. Modifica el código penal incluyendo delitos contra la administración pública. Establece controles a las entidades sin ánimo de lucro. Instituye el sistema de quejas y reclamos en las entidades públicas. Obliga a realizar campañas en materia de responsabilidad de los servidores públicos, así como derechos y deberes ciudadanos. Crea la Comisión Nacional de Moralización, la cual se reglamenta según el Decreto 978 de 1999. Establece las funciones para los revisores fiscales.

LEY 909 de 2004

Por la cual se expiden normas que regulan el

empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se

dictan otras disposiciones.

La Ley de carrera administrativa determina principios básicos y procedimientos para el acceso al empleo público por parte de los ciudadanos a partir de la igualdad, el mérito, la moralidad, la eficiencia, economía, imparcialidad, transparencia, celeridad y publicidad. Para ello, regula el papel desempeñado por la Comisión Nacional del Servicio Civil, entidad autónoma que garantiza el mérito en los procesos de selección de personal de carrera. De igual manera, desarrolla las funciones del Departamento Administrativo de la Función Pública que a su vez coordina el recurso humano de la administración nacional y territorial. Crea el SIGEP - Sistema General de Información Administrativa del Sector Público, como herramienta de información que recoge los datos personales, la experiencia académica y laboral de los servidores públicos y contratistas del Estado Colombiano. Por último, procede a definir cómo se estructura el empleo público en Colombia, las etapas del proceso de selección, derechos de los empleados de carrera administrativa a la capacitación, principios que orientan la permanencia en la carrera, las causales de retiro y finaliza definiendo los principios de la función gerencial de los directivos de las entidades públicas.

LEY 951 de 2005

Por la cual se crea el acta de informe de

gestión.

Determina como obligación para los servidores públicos que finalizan o se separan de sus cargos, la presentación de informe del estado de los asuntos que le competen, así como la gestión de recursos humanos, financieros y administrativos, so pena de ser procesado por control disciplinario.

Page 77: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

77

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

LEY 962 de 2005

Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de

trámites y procedimientos

administrativos de los organismos y entidades

del Estado y de los particulares que ejercen

funciones públicas o prestan servicios

públicos.

La Ley “Anti trámites” es una iniciativa legal que busca racionalizar los trámites y procedimientos fijados por la administración para el acceso a la oferta pública de derechos o servicios prestados por el Estado o particulares que cumplan funciones públicas. Esta Ley desarrolla derechos ciudadanos como el acceso a la información en las entidades públicas, tratando lo siguiente:

Notificación al solicitante.

Uso de medios electrónicos.

Entrega de información integral, oportuna y eficaz.

Eliminación de la prueba personal de supervivencia.

Derecho de turno.

Supresión de sellos.

Prohibición de retención de documentos.

Prohibición de declaraciones extra juicio.

Factura electrónica.

Divorcio ante notario.

Regulaciones relacionadas con trámites ante el sector Relaciones Exteriores, Hacienda, Protección Social (Trabajo y Salud), Comercio, Educación, Transporte, Ambiente, Vivienda, Cultura, Minas y Registraduría.

LEY 1437 de 2011

Por la cual se expide el Código de

Procedimiento Administrativo y de lo

Contencioso Administrativo.

El nuevo Código Contencioso Administrativo actualiza y reemplaza el anterior expedido en el año de 1984. Se divide en dos partes: La primera, relacionada con el procedimiento administrativo o aquel adelantado ante las entidades públicas, conducido por una serie de principios como el debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad. La segunda parte hace mención a la organización judicial de lo contencioso administrativo, como instancia que resuelve las disputas generadas entre particulares y la administración, a través de los medios de control.

LEY 1475 de 2011

Por la cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de

los partidos y movimientos políticos,

La Reforma Política del año 2011 aborda los siguientes campos relacionados con los procesos electorales y el ejercicio desarrollado por las organizaciones políticas:

Plantea principios de acción de las

Page 78: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

78

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

de los procesos electorales y se dictan

otras disposiciones.

organizaciones políticas.

Determina un régimen de responsabilidad para las organizaciones.

Reglamente el sistema de financiación.

Modifica el sistema electoral.

LEY 1712 de 2014

Por medio de la cual se crea la Ley de

Transparencia y del derecho de acceso a la

información pública nacional y se dictan otras disposiciones.

Regula el derecho a la información pública, estableciendo en primer lugar que toda la información que tenga un sujeto obligado es pública y por ende no puede oponerse a su entrega a menos que la misma sea reservada, según lo ordene la Constitución o la ley. En segundo lugar, determina como obligados a:

Cualquier entidad pública.

Órganos estatales independientes, autónomos o de Control.

Personas naturales y jurídicas que presten función pública, respecto de la información relacionada con el servicio.

Organizaciones políticas.

Entidades que manejen parafiscales o fondos públicos respecto de lo público.

Así mismo, determina elementos básicos que las entidades públicas deben ofrecer en el sitio web, como la obligación a publicar y suministrar la información en diferentes formatos, lenguajes o idiomas, provenientes de solicitudes elevadas por grupos étnicos o por personas con discapacidad. De otra parte, pone límites a la publicidad de la información, con el fin de salvaguardar derechos fundamentales en términos generales. Por último, determina la necesidad de formular una política pública de acceso a la información pública, a cargo de la Secretaría de Transparencia de la Presidencia, con el concurso de otras organizaciones.

ACUERDO DISTRITAL 23

de 2001

Por el cual se dictan normas para la

simplificación de trámites o “Ventanilla Única” para la creación de nuevas empresas en

el Distrito Capital y/o actualización de las

existentes.

Crea la ventanilla única para facilitar la creación de empresas en el Distrito, las cuales sirven como instancia facilitadora para la realización de los múltiples trámites administrativos en relación a la oferta institucional, tanto para su trámite como para su recepción.

ACUERDO DISTRITAL 60

Por medio del cual se dictan normas para

Busca implementar mecanismos de selección transparente y público para la escogencia del

Page 79: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

79

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

de 2002 promover la transparencia en la

vinculación de personal al servicio del Distrito

Capital.

personal al servicio del Distrito, buscando fortalecer la confianza ciudadana sobre las instituciones gubernamentales. Este acuerdo sirvió como argumentación para la expedición de la Circular 73 de 2002, la cual da indicaciones a las entidades distritales para la construcción de mecanismos de selección meritocráticos y transparentes.

ACUERDO DISTRITAL 67

de 2002

Por el cual se dictan normas para establecer

la publicidad permanente de

indicadores de gestión en la administración distrital y se dictan otras disposiciones.

Establece una batería de indicadores relacionados con la evaluación permanente a la gestión desarrollada por la administración distrital en los siguientes campos: Atención a grupos vulnerables, educación, salud, seguridad y convivencia, ambiente, servicios de acueducto y alcantarillado, vivienda, movilidad, y otra serie de dimensiones relacionadas con el nivel de desarrollo socioeconómico de la Ciudad. Se solicita al Alcalde Mayor, los Alcaldes Locales y directores de entidades distritales la presentación en el primer trimestre de cada año y al final de su gestión, de un balance de gestión que debe publicarse en el sitio web del Distrito.

ACUERDO DISTRITAL

131 de 2004

Por el cual se establecen informes de

rendición de cuentas de la gestión contractual y

administrativa a cargo del Distrito, sus

localidades y entidades descentralizadas, y se

dictan otras disposiciones.

Requiere al Alcalde Mayor para que presente un informe de rendición de cuentas sobre la gestión contractual y administrativa en el mes de marzo de cada año y en el último año de gestión adicionalmente en diciembre, bajo los siguientes parámetros:

Sectorización.

Avances y ejecución del plan de desarrollo y el presupuesto.

Avance y cumplimiento de los contratos.

Audiencia pública.

ACUERDO DISTRITAL

151 de 2005

Por el cual se establecen mecanismos

para la rendición de cuentas y la visibilidad

de la gestión de los concejales y del

Concejo de Bogotá, D.C. y se dictan otras

disposiciones.

Se ordena a los concejales rendir cuenta de manera semestral sobre la gestión desarrollada, incluyendo elementos específicos de su gestión, como presentación de proposiciones, debates, ponencias rendidas, proyectos de acuerdo y la labor realizada en la bancada, como otras actividades complementarias como Concejal. De otra parte, se determina que el Concejo también rendirá cuentas como organización, dos veces al año. También se ordena publicar información y novedades relacionadas con los concejales como las hojas de vida, impedimentos, excusas, faltas temporales o absolutas y la composición de la Unidad de Apoyo Normativo. Así mismo,

Page 80: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

80

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

información de las plenarias y comisiones como grabaciones y actas, y se ordena la transmisión vía “streaming” de las sesiones del Concejo en plenaria y comisiones permanentes.

ACUERDO DISTRITAL

202 de 2005

Por el cual se establece el día de la

Transparencia Distrital y se dictan otras disposiciones.

Se establece el 18 de agosto como el Día de la Transparencia Distrital. En consecuencia se ordena lo siguiente:

Crear la Orden de Transparencia Luis Carlos Galán para estimular la transparencia y el control social en la ciudadanía.

Crear el Comité Distrital de Lucha contra la Corrupción, integrado por la Veedora Distrital, el Contralor Distrital y el Personero Distrital, con las siguientes funciones:

Elaborar un diagnóstico de la corrupción.

Elaborar un programa integral de lucha contra la corrupción.

Promover campañas de educación.

Promover participación ciudadana.

Presentar evaluación del cumplimiento de sus funciones.

ACUERDO DISTRITAL

223 de 2006

Por medio del cual se establece un

mecanismo de seguimiento a los

planes maestros de Bogotá, D.C.

Obliga a las entidades responsables de los planes maestros en el Distrito a presentar un informe de avance sobre su cumplimiento al Concejo de Bogotá, definiendo las siguientes variables: Ejecución presupuestal, balanza financiera para la siguiente vigencia, efectividad, impacto social, dificultades, impacto ambiental, participación, divulgación y cuantificación.

ACUERDO DISTRITAL

244 de 2006

Por medio del cual se establecen y

desarrollan los principios y valores

éticos para el ejercicio de la función pública en el Distrito Capital.

Exige a los servidores públicos y a los colaboradores de la Administración Distrital compromiso con el cumplimiento de los principios y valores éticos. Ofrece definiciones conceptuales de “ética”, “principio” y “valor” relacionando los siguientes:

Probidad

Respeto

Responsabilidad

Solidaridad

Trabajo en equipo

Servicio Así mismo otorga a la administración la facultad para suscribir acuerdos voluntarios para fortalecer la transparencia, la equidad y la probidad.

Page 81: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

81

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Se crea la figura del “Gestor de Ética” dentro de las entidades públicas distritales.

ACUERDO DISTRITAL

257 de 2006

Por el cual se dictan normas básicas sobre

la estructura, organización y

funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se

expiden otras disposiciones.

Establece la estructura organización y funcionamiento general de la Administración Distrital. Determina los siguientes principios de la función administrativa distrital: Moralidad, transparencia, publicidad, igualdad, imparcialidad, efectividad, economía, celeridad y buena fe, así como a los principios de distribución de competencias, coordinación, concurrencia, subsidiaridad y complementariedad. Ordena el cumplimiento de la gestión administrativa distrital con moralidad, transparencia, publicidad, igualdad e imparcialidad. Encomienda al Consejo Territorial Distrital el seguimiento de la gestión distrital, a través de mecanismos participativos y de vinculación ciudadana. Posteriormente procede a desarrollar la organización y funciones de los sectores distritales.

ACUERDO DISTRITAL

276 de 2007

Por el cual se crea un reconocimiento por permanencia en el

servicio público para empleados públicos del

Distrito Capital.

Reconoce el trabajo continuo de los servidores públicos adscritos a la nómina oficial del Distrito que lleven más de cinco años continuos de trabajo, con excepción de los directivos y docentes, otorgando como incentivo el 15% del valor del último año percibido, cada vez que cumplan cinco años de servicios continuos.

ACUERDO DISTRITAL

299 de 2007

Por medio del cual se promueve el acceso a la información relativa a los servicios públicos domiciliarios en Bogotá

D.C.

El Distrito se compromete a realizar gestiones para facilitar el acceso de la información generada sobre servicios públicos domiciliarios, vinculando a los Comités de Desarrollo y Control Social de Servicios Públicos domiciliarios.

ACUERDO DISTRITAL

348 de 2008

Por el cual se expide el reglamento interno

del Concejo de Bogotá, Distrito Capital.

Se reglamenta la gestión desarrollada por el Concejo Distrital como autoridad político administrativa de la Ciudad. Además de establecer la estructura administrativa y orgánica, regula el control político como mecanismo para vigilar, debatir o controvertir la gestión que desarrollan las autoridades distritales. También regula el procedimiento de moción de censura. De igual forma establece los procedimientos para la elección de la mesa directiva, el Personero, Contralor y Secretarios de la Corporación. Define la responsabilidad de los Concejales frente a sus actuaciones dentro y fuera de las instalaciones del Concejo, impone sanciones y describe el conflicto

Page 82: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

82

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

de intereses.

ACUERDO DISTRITAL

380 de 2009

Por el cual se modifica el Acuerdo 131 de 2004 (Rendición de

cuentas Alcalde Mayor).

Realiza modificaciones para reglamentar la rendición de cuentas en el Distrito, observando los siguientes criterios:

Sectorización.

Indicadores de efectividad.

Avance y cumplimiento de los contratos estatales.

Presentación anticipada del informe en sitios web.

Celebración de audiencia pública para la rendición del informe.

Diversificación de canales para realizar preguntas sobre el informe y obligación de dar respuesta según los términos legales.

Designación de la Veeduría Distrital como coordinadora metodológica del proceso de rendición de cuentas y su divulgación y promoción.

ACUERDO DISTRITAL

416 de 2009

Por el cual se dispone dar publicación amplía

y permanente al expediente distrital que hace seguimiento a los

avances del Plan de Ordenamiento

Territorial del Distrito.

Publicación en línea del expediente distrital como instrumento que contiene la caracterización del Distrito a partir de una batería de indicadores relacionados con la realidad de la ciudad. Así mismo, se solicita presentar el modelo de ocupación territorial adoptado por el POT y mecanismos de seguimiento y verificación de sus políticas.

ACUERDO DISTRITAL

446 de 2010

Por el cual se dictan normas para difundir

información a la ciudadanía relacionada

con el Sistema Integrado sobre Información de

Movilidad Urbana y Regional –SIMUR.

El Distrito se compromete a facilitar la información del Sistema Integrado de Transporte Público para consulta de la ciudadanía interesada, mediante el uso de las tecnologías de información.

ACUERDO DISTRITAL

475 de 2011

Por medio del cual se ordena a la

administración distrital que de manera

permanente y pública, informe sobre las

capacitaciones dirigidas a los ciudadanos por el

Distrito Capital.

Ordena fortalecer la oferta pública de capacitaciones dirigidas a los ciudadanos por parte del Distrito y sus entidades, principalmente a través de sitios web. Para tal fin delega al Sector de Gestión Pública dicha tarea.

Page 83: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

83

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

ACUERDO DISTRITAL

489 de 2012

Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo

Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá

D.C. 2012 - 2016 “Bogotá Humana”.

Aprueba el Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Humana” para el periodo 2012-2016. En el eje 3, denominado “Una Bogotá que defiende y fortalece lo público”, busca garantizar la movilización, organización, deliberación y toma de decisiones de la ciudadanía, sin tolerar la corrupción pública ni privada. Plantea cinco objetivos:

Construir un nuevo modelo de participación ciudadana.

Fortalecer la gobernabilidad local.

Recuperar la confianza de la ciudadanía.

Construir territorios de paz.

Garantizar eficiencia administrativa. También establece las siguientes estrategias:

Rediseñar el Sistema Distrital de Participación.

Desarrolla pedagogías de comunicación social.

Incorpora la perspectiva de goce efectivo de derechos para grupos poblacionales.

Fortalece la capacidad de prevención y respuesta contra la delincuencia.

Fortalece la estructura administrativa distrital.

Fortalece la Veeduría Distrital como ente de control preventivo, para impulsar el control social, la publicidad y la transparencia.

El programa denominado “Transparencia, probidad, lucha contra la corrupción y control social efectivo e incluyente” determina que el control interno, las TIC para el control social, el sistema de participación, el sistema de quejas y reclamos, el sistema de atención al ciudadano, y el sistema de gestión y formación a servidores, será coordinado a través de una política transversal de lucha contra la corrupción y la promoción de la transparencia y probidad, liderada por la Veeduría Distrital. Este programa cuenta con tres programas específicos:

Fortalecimiento de la capacidad institucional para identificar, prevenir y resolver problemas de corrupción y para identificar oportunidades de probidad.

Promoción del control social.

Impulso a la Cultura Ciudadana y Legalidad.

Page 84: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

84

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

ACUERDO DISTRITAL

494 de 2012

Por medio del cual se promueve la

responsabilidad social en el Distrito Capital y

se dictan otras disposiciones.

Estimula la realización de prácticas orientadas a la responsabilidad social, mediante los diferentes canales de comunicación del Distrito. Instituye el primer viernes de septiembre como el Día de la Responsabilidad Social, estableciendo actividades complementarias como sesiones del Concejo Distrital sobre el tema, presentación de buenas prácticas y reconocimiento a las mismas.

ACUERDO DISTRITAL

540 de 2013

Por medio del cual se establecen los

lineamientos del programa distrital de compras verdes y se

dictan otras disposiciones.

Determina en todas las entidades distritales procesos de adquisición de bienes, servicios y obras con impacto ambiental reducido, bajo los siguientes principios: Eficiencia, recursos naturales renovables, sostenibilidad, reutilización, reciclaje, prevención de la contaminación, gradualidad, calidad, corresponsabilidad y concurrencia y análisis del ciclo de vida. Para ello indica que los procesos de compra se deben someter al manual creado por la organización Green PublicProcurement, Planes institucionales de Gestión Ambiental (PIGA), Política Nacional de producción y consumo sostenible, guía metodológica de compras verdes y la guía de ICONTEC sobre la materia. Establece como responsable y coordinador de la estrategia a la Secretaría de Ambiente.

ACUERDO DISTRITAL

547 de 2014

Por el cual se establece hacer pública

la programación del mantenimiento

periódico de la malla vial local y se dictan otras disposiciones.

Ordena a las entidades responsables del mantenimiento de la malla vial y el espacio público, designando a la Secretaría de Movilidad como coordinadora de la estrategia, la cual debe hacer uso de las tecnologías de la información para su cometido.

DECRETO DISTRITAL

040 de 2002

Por el cual se implementa para el

año 2002 el mecanismo de aportes voluntarios

"Aportas para progresar".

Establece la oportunidad para los contribuyentes de tributar voluntariamente para respaldar con recursos, la ejecución de programas de inversión social fijados por el Distrito, incluyendo la obligación de reconocer públicamente el aporte voluntario del ciudadano.

DECRETO DISTRITAL

374 de 2002

Por el cual se asigna una función al Departamento

Administrativo de Servicio Civil Distrital.

Asigna al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital la responsabilidad de recepcionar la información relacionada con los procesos de vinculación del personal, para que a su vez ésta proceda con la difusión respectiva, mediante los canales de comunicación con los que cuenta la entidad. Si este procedimiento no se surte, la norma determina la imposibilidad de vincular personal de manera permanente o temporal.

Page 85: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

85

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

DECRETO DISTRITAL

187 de 2003

Por el cual se modifica el nombre de la

Unidad Ejecutora del Programa de

Fortalecimiento Institucional de Bogotá, Distrito Capital UCP y se deroga el Decreto

058 de 2002.

Crea la Unidad Coordinadora del Programa de Fortalecimiento Institucional de Bogotá y fija sus funciones.

DECRETO DISTRITAL

342 de 2006

Por el cual se establecen medidas

para la integración de ternas y designación de Alcaldes Locales en el

Distrito Capital, en cumplimiento del

Decreto Nacional 1350 de 2005.

Establece el procedimiento meritocrático para la elección por ternas de los Alcaldes Locales, adaptándose al contenido de la Ley 581 de 2000 (Ley de cuotas).

DECRETO DISTRITAL

335 de 2006

Por medio del cual se estructura la Red CADE - Centros de Atención Distrital Especializados.

Define a la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano como la entidad orientadora y supervisora de la Red CADE (CADE, Súper CADE, Rapi CADE, Turis CADE, Línea 195 y Feria del Servicio al Ciudadano). Ordena a la Red CADE a participar en la Comisión Intersectorial de Servicio al Ciudadano, estableciendo sus funciones.

DECRETO DISTRITAL

087 de 2007

Por el cual se asignan las funciones de

evaluación anual del servicio y de evaluación

y calificación del desempeño de los

Curadores Urbanos del Distrito Capital a la

Secretaría Distrital de Hábitat y se dictan otras disposiciones.

Responsabiliza a la Secretaría de Hábitat de la evaluación y calificación sobre la calidad del servicio de las actividades desarrolladas por los Curadores Urbanos del Distrito, salvaguardando los principios de objetividad, transparencia, imparcialidad e integridad, con el apoyo de la Secretaría Distrital de Planeación.

DECRETO DISTRITAL

505 de 2007

Por el cual se reglamenta el Consejo de Gobierno Distrital y los Comités Sectoriales.

Denomina al Consejo de Gobierno como la máxima instancia de adopción y formulación de la política macro a nivel Distrital y el escenario de coordinación para su ejecución. Está conformado por los secretarios de despacho y el Alcalde Mayor. En ese sentido, es el escenario de adopción, articulación y verificación de las políticas públicas de desarrollo administrativo y sectorial. Instituye diferentes comités sectoriales, entre ellos el de Gestión Pública, liderado por la Secretaría

Page 86: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

86

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

General y el Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital. La Veeduría Distrital es invitada a los diferentes comités para lo concerniente al control que desarrolla.

DECRETO DISTRITAL

011 de 2008

Por el cual se dictan medidas para la

integración de ternas para la designación de los Alcaldes Locales en

el Distrito Capital.

Determina reglas meritocráticas para la selección de los alcaldes locales, facilitando la participación de la ciudadanía y especialmente de la mujer.

DECRETO DISTRITAL

241 de 2008

Por el cual se establece la Mención

Cívica "Amor por Bogotá" para reconocer

e incentivar el compromiso social de

los ciudadanos y ciudadanas con la

Capital de la República y se dictan otras

disposiciones en la materia.

Se crea la mención “Amor por Bogotá” como reconocimiento al aporte de personas naturales o jurídicas al desarrollo y bienestar de los habitantes del Distrito. Se determina el día 06 de agosto como fecha para su celebración.

DECRETO DISTRITAL

489 de 2009

Por el cual se crea la Comisión Intersectorial

de Gestión Ética del Distrito Capital y se

dictan otras disposiciones.

La Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito se encarga de articular procesos relacionados con la materia. También crea la figura de gestor de ética, referente a servidores públicos de la administración Distrital que lideran procesos para la apropiación de la cultura ética y de servicio en las entidades. Faculta a las entidades Distritales para la suscripción de acuerdos de transparencia dentro de los procesos administrativos.

DECRETO DISTRITAL

494 de 2010

Por el cual se institucionaliza la

realización de las Ferias Distritales de Servicio

al Ciudadano y se dictan otras

disposiciones.

Establece la obligación de realizar ferias de servicio al ciudadano por parte de las entidades pertenecientes al Distrito Capital y también nacionales que deseen vincularse. En ellas, se presenta la oferta institucional al servicio de la ciudadanía, así como espacios lúdicos recreativos para acercar la administración al ciudadano. La coordinación de estos eventos está a cargo de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano.

DECRETO DISTRITAL

651 de 2011

Por medio del cual se crean el Sistema

Integrado de Gestión Distrital -SIGD y la

Crea la Comisión Intersectorial del Sistema Integrado de Gestión Distrital, encargada de articular y efectuar seguimiento a las estrategias desplegadas sobre la materia.

Page 87: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

87

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Comisión Intersectorial del SIGD, y se dictan

otras disposiciones.

DECRETO DISTRITAL

652 de 2011

Por medio del cual se adopta la Norma

Técnica Distrital del Sistema Integrado de

Gestión para las Entidades y Organismos

Distritales.

Adopta la Norma Técnica Distrital del Sistema Integrado de Gestión NTD – SIG 001:2011, la cual reúne las directrices sustanciales y procedimentales de la gestión pública desplegada por parte de las entidades del Distrito. A la par, determina mecanismos de seguimiento y reconocimiento a la labor.

DECRETO DISTRITAL

654 de 2011

Por el cual se adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para las entidades, organismos y órganos de control del

Distrito Capital.

Constituye un sistema de gestión y control de los asuntos jurídicos del Distrito, estableciendo un marco de política pública para la prevención de las situaciones con implicaciones legales, buscando parámetros gerenciales para su funcionamiento. Plantea dos escenarios de atención: El daño antijurídico generado por el Distrito, como productor de responsabilidades patrimoniales y de otra parte la defensa judicial de los intereses del Distrito. La coordinación del programa está a cargo de la Secretaría General del Distrito y crea instancias complementarias de coordinación:

Comité Jurídico Distrital.

Comité de Conciliación.

Comisión Intersectorial de Apoyo a la Contratación.

Subcomité de Asuntos Disciplinarios. Establece directrices para la gestión desarrollada por los abogados al servicio del Distrito Capital, la publicación de actos administrativos y la creación de sistemas de información, entre ellos los siguientes:

Sistema de información de procesos judiciales de Bogotá - SIPROJWEB.D.C.

Sistema de Información Régimen Legal de Bogotá – RLB.

Biblioteca Virtual de Bogotá – BVB.

Sistema Distrital de Información Disciplinaria – SID.

Sistema de información abogacía general del servicio jurídico del Distrito Capital.

Sistema de Contratación a la Vista – CAV.

Sistema de información de personas jurídicas – SIPEJ.

Boletín Bogotá Jurídica. Plantea normas sobre la unidad de concepto

Page 88: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

88

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

jurídico, estudios jurídicos, política de prevención del daño antijurídico y plantea una política de defensa judicial.

DECRETO DISTRITAL

688 de 2011

Por medio del cual se crea el Índice de

Desarrollo Institucional Distrital – IDID – para

las Entidades, Organismos, Alcaldías Locales y Hospitales

Distritales y se establece el

procedimiento para su implementación.

En virtud de la creación de un cuadro de mando integral para el monitoreo de la gestión pública Distrital, se crea el Índice de Desarrollo Institucional Distrital – IDID. Establece tres campos de medición: Enfoque, Operación y Resultados. La coordinación del indicador y su medición está a cargo de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General del Distrito.

2. CIUDADANÍA Y CONTROL SOCIAL

LEY 134 de 1994

Por la cual se dictan normas sobre

mecanismos de participación ciudadana.

Regula los siguientes mecanismos de participación ciudadana:

Iniciativa popular legislativa y normativa.

Referendo.

Consulta Popular.

Revocatoria del Mandato.

Plebiscito.

Cabildo Abierto. Así mismo, enuncia la posibilidad de ejercer control ciudadano por parte de las veedurías. De otra parte, crea el “Fondo para la participación ciudadana”.

LEY 850 de 2003

Por medio de la cual se reglamentan las

veedurías ciudadanas.

Regula el ejercicio desarrollado por las veedurías ciudadanas, entendidas como las organizaciones de la sociedad civil constituidas por dos o más ciudadanos registrados ante la Cámara de Comercio o la Personería Distrital para Bogotá, encargada de realizar vigilancia a la gestión pública y administrativa. La Ley desarrolla los siguientes elementos :

Presenta una definición del término.

Determina la facultad de constitución, el procedimiento y el objeto.

Principios rectores de la vigilancia.

Funciones.

Instrumentos de acción.

Derechos, Deberes e impedimentos.

Constitución de redes de veedurías. Además crea los siguientes escenarios para el apoyo a la actividad desplegada por las veedurías:

Red Institucional para el apoyo a las

Page 89: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

89

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Veedurías Ciudadanas, conformado por la Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo y Ministerio del Interior.

Consejo Nacional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas.

ACUERDO DISTRITAL 13

de 2000

Por el cual se reglamenta la

participación ciudadana en la elaboración

aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de

Desarrollo Económico y Social para las

diferentes Localidades que conforman el

Distrito Capital y se dictan otras

disposiciones.

Determina la obligación de constituir planes de desarrollo para las localidades del Distrito, como mecanismo de planificación local, teniendo como referentes las estrategias de planificación distritales como el plan de desarrollo, el plan de ordenamiento territorial y las políticas sectoriales entre otros. Establece el procedimiento para su formulación, escenarios de participación ciudadana, mecanismos de implementación, seguimiento y evaluación.

ACUERDO DISTRITAL 21

de 2001

Por el cual se promueve la

conformación de los comités de desarrollo y

control social de los servicios públicos

domiciliarios en Bogotá, D.C."

Obliga a las empresas prestadoras de servicios públicos a realizar procesos anuales de divulgación y difusión de los “Comités de Desarrollo y Control Social”, los cuales se proyectan como escenarios de participación ciudadana para la vigilancia y la fiscalización de la prestación de los servicios.

ACUERDO DISTRITAL

142 de 2005

Por medio del cual se adoptan mecanismos e instancias para apoyar

y promover en el ámbito distrital las

Veedurías Ciudadanas y se dictan otras disposiciones.

En concordancia con lo establecido por la Ley 850 de 2003, este Acuerdo Distrital refleja algunos de los elementos de la norma referida, como el concepto, las funciones de las veedurías y los principios de operación. Crea la Red Institucional Distrital de apoyo a las Veedurías Ciudadanas, integrada por:

Veeduría Distrital.

Personería de Bogotá D.C.

Contraloría de Bogotá.

Secretaría de Gobierno.

El Departamento Administrativo de Acción Comunal.

Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

Universidad Distrital. Determina las siguientes funciones para la Red:

Page 90: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

90

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Establece políticas públicas para el apoyo al control social.

Brindar asesoría legal para el control.

Diseñar metodologías de evaluación.

Diseñar programas de capacitación.

Suministrar la información requerida en el marco de sus funciones.

Crea el Consejo Distrital de apoyo a las Veedurías Ciudadanas, con los siguientes integrantes:

Veedor Distrital.

Personero Distrital.

Contralor Distrital.

Secretario de Gobierno.

Dos delegados de la Red de Veedurías. Establece las funciones del Consejo:

Evaluar la ejecución de políticas.

Sugiere a la Red de Veedurías lineamientos de política.

Crea el registro único de Veedurías Ciudadanas de Bogotá D.C., el cual es gestionado por la Personería de Bogotá.

ACUERDO DISTRITAL

207 de 2006

Por el cual se modifica la estructura orgánica,

la planta y se ajusta la nomenclatura y la clasificación de los

empleos de la Veeduría Distrital.

Establece la estructura orgánica de la Veeduría Distrital, como entidad encargada de fomentar la transparencia y evitar la corrupción en la administración distrital.

ACUERDO DISTRITAL

239 de 2006

Por medio del cual se organiza el control

social de usuarios del servicio público de transporte terrestre automotor masivo,

colectivo e individual de pasajeros en

Bogotá, Distrito Capital.

Crea los Comités de Desarrollo y Control Social de usuarios del Servicio Público de transporte terrestre automotor masivo, colectivo e individual de pasajeros, con el fin de promover la vigilancia ciudadana a la actividad desplegada por las empresas prestadoras del servicio. Establece el procedimiento de conformación, su estructura, funciones y derechos de los voceros de los comités.

ACUERDO DISTRITAL

240 de 2006

Por medio del cual se promueve la creación de la Junta Local de Veeduría en el D.C.

para verificar la calidad y accesibilidad de la

educación en los planteles públicos y

Crea la Junta Local de Veeduría en el Distrito para verificar la calidad y accesibilidad de la educación en los planteles públicos y privados, como escenario de participación democrática para la vigilancia sobre la gestión desarrollada por entidades dedicadas al servicio de educación en los diferentes niveles. Determina sus funciones, forma de constitución, principios de operación,

Page 91: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

91

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

privados, se deroga el acuerdo 23 de 1996 y

se dictan otras disposiciones.

instrumentos de acción, prohibiciones e impedimentos para ser parte de la junta y la necesidad de coordinar actividades con la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas.

ACUERDO DISTRITAL

242 de 2006

Por medio del cual se implementa en el

Distrito Capital mecanismos para la

formación en participación ciudadana,

en las instituciones educativas públicas y

privadas en los niveles preescolar, básica y media, formal, no formal e informal.

Plantea la necesidad de vincular en los contenidos de formación de las instituciones educativas y en todos los niveles, la participación y vinculación de la ciudadanía en la toma de decisiones y en las discusiones sobre asuntos públicos.

ACUERDO DISTRITAL

292 de 2007

Por medio del cual se establecen lineamientos de política pública, en

materia de comunicación

comunitaria en Bogotá, se ordena implementar

acciones de fortalecimiento de la

misma y se dictan otras disposiciones.

Se ordena expedir la política pública encaminada a gestar procesos comunitarios, locales o distritales, como generadora de escenarios de interlocución y reflexión ciudadana.

ACUERDO DISTRITAL

326 de 2008

Por el cual se crea una distinción anual a la

persona u organización social que se haya

destacado en el ejercicio del control social en el Distrito

Capital.

Ordena reconocer a una persona u organización que se haya destacado en el ejercicio del control social a la gestión pública del Distrito. Compromete a la Veeduría de Bogotá para que coordine y dirige el proceso de entrega del reconocimiento, así como la posterior difusión de experiencias de control que hayan sido reconocidas.

ACUERDO DISTRITAL

443 de 2010

Por el cual se implementa el literal b

del artículo 35 de la Ley 743 de 2002"

(Atención a comunales).

Faculta al Gobierno Distrital para reglamentar la atención a los dignatarios de Acción Comunal.

ACUERDO DISTRITAL

444 de 2010

Por el cual se establecen herramientas

para el control ciudadano sobre la

calidad de las obras del sistema

Transmilenio mediante

Ordena a la Secretaría de Movilidad y al Instituto de Desarrollo Urbano reportar la información de las losas de las troncales de Transmilenio a través de la página web de las entidades, con el fin de facilitar el control ciudadano sobre las fases del sistema Transmilenio.

Page 92: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

92

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

la identificación de las losas reemplazadas o reparadas y se dictan

otras disposiciones.

ACUERDO DISTRITAL

454 de 2010

Por el cual se fortalece, dentro de los

planes de estudio de los Proyectos

Educativos Institucionales (PEI) de

los establecimientos educativos públicos y privados del Distrito

Capital, la temática de cultura ciudadana,

como proyecto pedagógico transversal.

Se ordena incentivar a las instituciones educativas que dentro de sus proyectos educativos institucionales (PEI) incluyan contenidos sobre Cultura Ciudadana como proyecto pedagógico transversal.

ACUERDO DISTRITAL

477 de 2011

Por medio del cual se crea el día del

cabildante estudiantil y se dictan otras disposiciones,

Se ordena la celebración del día del cabildante estudiantil en dos sesiones a saber: La primera para el último viernes del mes de abril de cada año. La segunda para efectos de seguimiento, el viernes de la segunda semana de agosto.

ACUERDO DISTRITAL

522 de 2013

Por medio del cual se dictan normas para

fortalecer la participación y la

Veeduría Ciudadana en el seguimiento,

evaluación y control de la contratación en el

Distrito Capital.

Se solicita a las entidades distritales que presenten en el portal de Contratación a la Vista la información de ejecución contractual y los datos de contratistas e interventores.

DECRETO DISTRITAL

371 de 2010

Por el cual se establecen lineamientos

para preservar y fortalecer la

transparencia y para la prevención de la corrupción en las

Entidades y Organismos del Distrito Capital.

Determina las líneas de la administración para preservar la transparencia y prevenir la corrupción en las entidades del Distrito. Para ello, plantea los siguientes requerimientos:

Realizar procesos contractuales planificados, documentados y ágiles, cumplidores de los principios de la contratación estatal.

Elaborar análisis detallados de factores para determinar el presupuesto del proceso contractual.

Conformar equipos idóneos y experimentados para garantizar la calidad de los estudios previos y documentos precontractuales, asumiendo la responsabilidad de sus contenidos.

Page 93: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

93

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Evaluar los riesgos derivados de la ejecución contractual.

Seleccionar de manera correcta y verificar la gestión desarrollada por los interventores.

Definir los procedimientos y trámites para la expedición de requerimientos o autorizaciones para una ágil gestión contractual.

Retroalimentar las diferentes experiencias en materia de gestión contractual, tanto exitosas o no, para realizar los ajustes correspondientes.

DECRETO DISTRITAL

854 de 2001

Por el cual se delegan funciones del Alcalde Mayor y se precisan

atribuciones propias de algunos empleados de

la Administración Distrital. (Veedurías

ciudadanas)

Realiza diferentes delegaciones a distintos empleados de la Administración Distrital. En el caso de los Alcaldes Locales, son facultados para celebrar asambleas ciudadanas para elegir los integrantes de los comités de Veeduría Ciudadana.

DECRETO DISTRITAL

053 de 2007

Por el cual se reglamenta el Artículo No. 4 del Acuerdo 142

del 10 de marzo de 2005, expedido por el

Concejo de Bogotá D.C.

Determina responsables para la coordinación de diferentes sistemas de información distritales, advirtiendo la necesidad de facilitar en el corto tiempo el acceso a dichos portales por parte de las veedurías ciudadanas:

SEGPLAN – Secretaría Distrital de Planeación.

Contratación a la Vista – Secretaría General.

DECRETO DISTRITAL

060 de 2007

Por el cual se asigna a la Secretaría del

Hábitat la función de presidir la Comisión de

Veeduría a las Curadurías urbanas de

Bogotá D.C.

Ordena a la Secretaría de Hábitat presidir la Comisión de Veeduría a las Curadurías Urbanas del Distrito.

DECRETO DISTRITAL

448 de 2007

Por el cual se crea y estructura el Sistema

Distrital de Participación Ciudadana.

Crea el Sistema Distrital de Participación Ciudadana, como mecanismo de articulación entre los actores gubernamentales y sociales del Distrito y desarrolla su estructura en los siguientes términos:

Autoridades de participación.

Formas de organización ciudadana.

Espacios de articulación:

Comisión Intersectorial de Participación.

Espacios cívicos de encuentros.

Mesas de concertación.

Page 94: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

94

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Asambleas ciudadanas.

Subsistemas locales de participación ciudadana.

Otros: Foros, congresos, espacios virtuales.

Establece la dirección del Sistema a la Secretaría de Gobierno en coordinación con el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal. Crea la Comisión Local Intersectorial de Participación. De igual manera crea el Observatorio para la Participación y la Descentralización como instancia para el seguimiento y la evaluación del sistema y de las políticas relacionadas.

DECRETO DISTRITAL

278 de 2008

Por el cual se fija el procedimiento para la

elección de los dos delegados de las Redes

de Veedurías Ciudadanas del Distrito Capital ante el Consejo Distrital de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas y

se dictan otras disposiciones.

Reglamenta el proceso de elección de los dos delegados de las Veedurías Ciudadanas del orden Distrital ante el Consejo Distrital de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas.

DECRETO DISTRITAL

503 de 2011

Por el cual se adopta la Política Pública de

Participación Incidente para el Distrito Capital.

Aprueba la Política Pública de Participación Incidente, entendida como la capacidad de incidencia expresada por la ciudadanía organizada en la toma de decisiones y en la intervención de procesos de gestión pública. Establece los siguientes objetivos:

Fortalecer la cultura democrática incidente.

Fortalece los mecanismos de participación. Ciudadana.

Fortalece las redes sociales.

Fortalece mediante recursos de diversa índole el ejercicio de las acciones participativas de gestión pública.

Acerca al Gobierno Distrital con la ciudadanía.

Plantea las siguientes líneas estratégicas:

Deliberación y articulación.

Construcción de agendas.

Presupuestos participativos.

Compilación normativa.

Movilización social.

Comunicación.

Page 95: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

95

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Investigación.

Seguimiento y evaluación.

Divulgación. Determina la responsabilidad de coordinación de la política en la Comisión Intersectorial de Participación.

3. CONTROLES

3.1 Autocontrol

LEY 87 de 1993

Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control

interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan

otras disposiciones,

Reglamenta el ejercicio del control interno en las entidades públicas bajo los siguientes parámetros:

Identificar y proteger a la administración de riesgos.

Garantizar economía y eficiencia en la ejecución de la función pública.

Efectuar gestión orientada a resultados.

Realizar seguimiento y evaluación institucional.

Asegurar confiabilidad de la información.

Velar por procesos planificadores de la gestión.

Ordena constituir un Jefe o Coordinador de la Oficina de Control Interno, de nivel jerárquico superior. Crea el Comité de Coordinación de Control Interno.

LEY 872 de 2003

Por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama

Ejecutiva del Poder Público y en otras

entidades prestadoras de servicios.

Crea el Sistema de Gestión de Calidad, entendido como herramienta de gestión pública sistémica y transparente, basado en procesos y orientado a la consecución de resultados. Establece el Certificado del Sistema de Gestión de Calidad, bajo los siguientes parámetros:

Definición de la política y objetivos de calidad, manuales de procedimiento y demás documentación que oriente la gestión.

Factores mínimos de calidad respecto a la planeación estratégica.

Controles de calidad en la gestión de recursos humanos e infraestructura.

Principios de calidad que definan la prestación del servicio.

Mecanismos de seguimiento y medición de la calidad del servicio.

Objetivos y principios del mejoramiento continuo.

ACUERDO DISTRITAL

Por el cual se adopta en Bogotá, D.C. el

Adopta por medio de Acuerdo el Sistema de Gestión de Calidad para el Distrito.

Page 96: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

96

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

122 de 2004 Sistema de Gestión de la Calidad creado por la Ley 872 de 2003.

DECRETO DISTRITAL

387 de 2004

Por el cual se reglamenta el Acuerdo

122 de 2004 que adopta en Bogotá, D.C., el Sistema de Gestión de Calidad creado por medio de la Ley 872

de 2003.

Reglamenta el Acuerdo Distrital 122 de 2004, en el entendido de establecer el procedimiento para la adopción del Sistema de Gestión de Calidad, encomendando la formulación a la Dirección de Desarrollo Institucional de la Secretaría General. Responsabiliza a la Veeduría Distrital de la coordinación del Sistema Distrital de Control Interno.

DECRETO DISTRITAL

176 de 2010

Por el cual se definen los lineamientos para la conformación articulada

de un Sistema Integrado de Gestión en las entidades del Distrito Capital y se

asignan unas funciones.

El Sistema Integrado de Gestión es un conjunto de estrategias, acciones e instancias para garantizar un mejor desempeño institucional, el cual se encuentra enmarcado en el Sistema de Desarrollo Administrativo. Está conformado por:

Subsistema de Gestión de Calidad.

Subsistema Interno de Gestión Documental.

Subsistema de Gestión de Seguridad de la Información.

Subsistema de Seguridad y salud ocupacional.

Subsistema de Responsabilidad Social.

Subsistema de Gestión Ambiental.

Subsistema de Control Interno.

Subsistema Único de Acreditación. La coordinación del proceso está a cargo de la Secretaría General. Se debe constituir un Observatorio del Modelo de Sistema Integrado de Gestión Distrital.

3.2 Control Fiscal

LEY 106 de 1993

Por el cual se dictan normas sobre organización y

funcionamiento de la Contraloría General de

la República, se establece su estructura orgánica, se determina

la organización y funcionamiento de la auditoría externa, se organiza el Fondo de Bienestar Social, se

determina el sistema de personal, se

Determina normas sobre la organización y estructura de la Contraloría General de la República como ente operador del control fiscal a nivel nacional, así como del Auditor de la Contraloría General de la República, quien a su vez verifica la gestión fiscal de la Contraloría.

Page 97: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

97

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

desarrolla la carrera administrativa especial

y se dictan otras disposiciones.

LEY 330 de 1996

Por la cual se desarrolla el artículo

308 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones

relativas a las Contralorías

Departamentales.

Reglamenta la composición administrativa de las Contralorías Departamentales, quienes se encargan del control fiscal en las entidades territoriales departamentales. Así mismo, se determina que el Control Fiscal de la gestión desplegada por estas entidades será competencia de la Auditoría de la Contraloría General de la República.

LEY 610 de 2000

Por la cual se establece el trámite de

los procesos de responsabilidad fiscal

de competencia de las contralorías.

Establece el procedimiento de responsabilidad fiscal adelantado por la Contraloría General de la República, y las Contralorías territoriales. Define el concepto de “Gestor Fiscal”. Determina la independencia de la responsabilidad fiscal respecto de otras instancias de responsabilidad. Establece la posibilidad de crear grupos interinstitucionales entre la Contraloría, la Procuraduría y la Fiscalía, así como las demás entidades de control para el desarrollo de investigaciones. Reglamenta la adopción de medidas cautelares. Determina el emplazamiento a los herederos en caso de fallecimiento del responsable fiscal. Trata lo concerniente al acervo probatorio, las condiciones del proceso y su trámite, y define las consecuencias sancionatorias de la responsabilidad fiscal.

LEY 678 de 2001

Por medio de la cual se reglamenta la determinación de

responsabilidad patrimonial de los

agentes del Estado a través del ejercicio de la acción de repetición o de llamamiento en garantía con fines de

repetición.

Ofrece al Estado Colombiano la facultad de adelantar el proceso de Repetición. Esta es una acción civil con implicaciones patrimoniales la cual se ejerce contra el servidor público o particular que ejerza funciones públicas, activo o inactivo, que haya generado a través de su conducta dolosa o gravemente culposa, la necesidad de reconocimiento indemnizatorio con cargo a las finanzas públicas. La competencia para conocer de la acción es de la jurisdicción contenciosa administrativa. La no realización oportuna de la acción de repetición generará en contra del representante legal causal de destitución. Determina como término de caducidad para adelantar la acción dos años.

Page 98: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

98

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Permite adoptar medidas cautelares.

LEY 1416 de 2010

Por medio de la cual se fortalece al ejercicio

del control fiscal.

Modifica el límite de gastos de funcionamiento de las Contralorías Departamentales. De igual forma modifica el porcentaje de presupuesto destinado para el funcionamiento de las Contralorías Distritales y Municipales.

ACUERDO DISTRITAL

401 de 2009

Por el cual se crean las Contralorías

Estudiantiles en las instituciones educativas del distrito, y las redes

de contralores estudiantiles locales y distritales de Bogotá.

Crea las Contralorías Estudiantiles como escenarios de fomento al control fiscal y social. Establece funciones, procedimiento para elección del Contralor, Vice Contralor y el Comité Estudiantil de Control Social quienes ejercerán por el periodo de un año. Crea la Red Distrital de Contralores Estudiantiles, a la cual se le ofrece la posibilidad de reunirse una vez al año con el Contralor, el Secretario de Educación y el Director del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.

ACUERDO DISTRITAL

429 de 2010

Por medio del cual se modifica el Acuerdo 361 de 2009 y se

dictan otras disposiciones

(Funcionamiento Contraloría Distrital).

Crea el cargo de Auditor Fiscal dentro de la estructura organizativa de la Contraloría Distrital, la cual se encarga de ejercer control fiscal del manejo de bienes y recursos de la Contraloría de Bogotá, el cual será elegido por un periodo de dos años.

ACUERDO DISTRITAL

519 de 2012

Por el cual se dictan normas sobre organización y

funcionamiento de la Contraloría de Bogotá,

D.C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las

funciones de sus dependencias, se

modifica su planta de personal y se ajustan

el sistema de nomenclatura y los grados de la escala

salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones.

Reglamenta la estructura organizativa de la Contraloría de Bogotá, D.C. Determina sus objetivos y los sujetos del proceso de responsabilidad fiscal, al igual que se refiere a su autonomía administrativa, financiera y contractual. Señala las funciones de sus dependencias.

Page 99: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

99

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

DECRETO DISTRITAL

236 de 2006

"Por el cual se asigna una función al Comité de Conciliación de la

Secretaría de Gobierno"

Se establece que el Comité de Conciliación de la Secretaría de Gobierno establecerá si es procedente la interposición de acción de repetición por procesos fallados contra el Fondo de Desarrollo Local.

3.3 Control Disciplinario

LEY 734 de 2002

Por la cual se expide el Código Disciplinario

Único.

Establece el régimen disciplinario para Servidores públicos, particulares que ejerzan funciones públicas, interventores, consultores, contratistas que ejerzan funciones públicas, indígenas que administren recursos del Estado, gerentes de cooperativas, fundaciones, corporaciones y asociaciones que se creen con presupuesto público. Plantea principios del control disciplinario, el cual será ejercido por la Procuraduría General de la Nación, las Personerías Distritales y Municipales y los operadores de control interno disciplinario de las entidades públicas. Sobre las oficinas de control interno, determina que deben ser del más alto nivel jerárquico, garantizando el principio de doble instancia. Reglamenta aspectos relacionados con el proceso disciplinario, su origen, sus etapas, derechos de las partes, impulso, decisiones sustantivas, la aplicación de medidas cautelares y el término de prescripción que para la sanción disciplinaria es de cinco años. Expone el poder de preferencia que corresponde a la Procuraduría General de la Nación. Determina derechos, deberes y prohibiciones de los servidores públicos, inhabilidades, impedimentos y conflictos de interés, faltas gravísimas, regula el procedimiento desde sus modalidades: Ordinario y Verbal. Establece las sanciones del proceso disciplinario, las cuales se definen a partir de la falta imputada: Amonestación Escrita, Multa, Suspensión, Suspensión e Inhabilidad Especial y Destitución e Inhabilidad General. De igual manera desarrolla las normas de procedimiento disciplinario para los funcionarios de la rama judicial y para los Notarios.

LEY 821 de 2003

Por la cual se modifica el artículo 49 de la Ley

617 de 2000 - Prohibiciones relativas

a cónyuges, compañeros

Modifica las prohibiciones relativas a los cónyuges, compañeros permanentes y parientes de los Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales y Ediles, indicando que no pueden ser nombrados en juntas o consejos directivos, ni en cargos directivos ni celebrar contratos estatales, en el

Page 100: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

100

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

permanentes y parientes de los

gobernadores, diputados, alcaldes

municipales y distritales; y miembros

de juntas administradoras locales

municipales y distritales.

correspondiente ente territorial.

LEY 836 de 2003

Por la cual se expide el reglamento del

Régimen Disciplinario para las Fuerzas

Militares.

Se determina el procedimiento disciplinario para oficiales, suboficiales y soldados, en servicio activo. Hace referencia a las órdenes de los superiores, a la disciplina militar y de los estímulos. Complementa las faltas gravísimas descritas en el artículo 48 de la Ley 734 de 2002 con nuevas conductas, relaciona faltas graves y leves. Determina sus propias sanciones: Separación absoluta, suspensión y reprensión simple, formal o severa. Así mismo, desarrolla los elementos propios del proceso disciplinario, desplegado de dos maneras: Abreviado y Ordinario.

LEY 1015 de 2006

Por medio de la cual se expide el Régimen Disciplinario para la

Policía Nacional.

Desarrolla el régimen disciplinario para los miembros de la Policía Nacional, es decir, personales uniformados y auxiliares, activos o inactivos. Hace mención de las órdenes en el servicio policial, complementa las conductas consideradas como faltas gravísimas del artículo 48 de la Ley 734 de 2002, y describe faltas graves y leves. Respecto de las sanciones son similares a las del régimen disciplinario general, es decir, Destitución e Inhabilidad General, Suspensión e inhabilidad Especial, Multa y Amonestación. Respecto del procedimiento disciplinario, indica que éste se surtirá con base en lo establecido por el régimen disciplinario único.

LEY 1367 de 2009

Por la cual se adicionan unas

funciones al Procurador General de la Nación,

sus delegados y se dictan otras

disposiciones.

Faculta a los procuradores delegados para adelantar procesos de conciliación ante los despachos contenciosos administrativos, con el fin de resolver las diferencias patrimoniales surgidas de la actividad del Estado de una manera alternativa y reduciendo el perjuicio patrimonial para las finanzas públicas.

Page 101: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

101

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

ACUERDO DISTRITAL

182 de 2005

Por el cual se modifica la estructura básica de

la Personería de Bogotá, D.C., en

cumplimiento de lo dispuesto por el

decreto ley 785 de 2005 y se señalan las funciones de algunas

dependencias.

Modifica la estructura básica de la Personería de Bogotá D.C., constituyendo direcciones en reemplazo de unidades.

DECRETO DISTRITAL

284 de 2004

Por el cual se adoptan las estrategias,

metodologías, técnicas y mecanismos de

carácter administrativo y organizacional en materia disciplinaria para las entidades

distritales a las que es aplicable el Código Disciplinario Único.

Adopta mediante resolución (372 de 2006) el Manual Único de Procesos y Procedimientos Disciplinarios, elaborado por la Secretaría General para que sea implementado como guía de gestión disciplinaria por los operadores del Distrito. También crea el Sistema de Información Disciplinaria del Distrito y crea la Comisión Distrital de Control Disciplinario, la cual debe realizar recomendaciones para expedir políticas que prevengan las conductas con incidencia disciplinaria.

DECRETO DISTRITAL

352 de 2006

Por el cual se modifica el Decreto 332 de 2003 y se asignan

funciones disciplinarias en el Departamento

Administrativo del Servicio Civil Distrital.

Determina la competencia de la Oficina Asesora Jurídica en materia disciplinaria en primera instancia para adelantar las investigaciones de esta naturaleza contra los servidores públicos del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

DECRETO DISTRITAL

342 de 2007

Por el cual se adoptan unas medidas en

relación con la implementación del Control Disciplinario Interno en algunas

entidades del Distrito Capital, de acuerdo con

las normas que consagra la Ley 734 del 5 de febrero del 2002,

actual Código Disciplinario Único.

Adecúa la estructura de la Administración Distrital para dar cumplimiento al numeral 32 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, la cual ordena establecer el control disciplinario interno al más alto nivel jerárquico. Así mismo ordena dar cumplimiento a la actualización del Sistema Distrital de Información Disciplinaria, creada por el Decreto Distrital 284 de 2004.

3.4 Control Penal

LEY 599 de 2000

Por la cual se expide el Código Penal.

El Código Penal Colombiano expone de manera amplia las diferentes conductas punibles en las que puede incurrir toda persona que la infrinja, con la salvedad de las excepciones consagradas por las normas internacionales sobre la materia.

Page 102: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

102

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Respecto a la Transparencia, la Integridad y la No Tolerancia con la Corrupción se debe mencionar lo siguiente: El Código penal considera sujetos calificados como servidores públicos aquellos que cumplan funciones públicas al servicio del Estado o los particulares que hagan lo propio de manera temporal o permanente. El proceso penal establece tres tipos de penas: Principales, Sustitutivas y Accesorias. Acerca de las penas para los servidores públicos, se encuentran la inhabilitación para ejercer cargos públicos o pérdida del empleo. Para particulares, la inhabilitación para ejercer profesión, arte, oficio, industria o comercio. El servidor público incurre en múltiples conductas típicas consideradas como delito. El código establece para estos casos el aumento del término de la prescripción hasta en la mitad y en otras ocasiones agrava la pena cuando es cometida por él. A continuación se relaciona los delitos que puede cometer un servidor público en ejercicio de sus funciones:

Privación Ilegal de la Libertad o su prolongación ilícita.

Detención arbitraria especial.

Violación de habitación ajena.

Omisión de denuncia.

Emisiones ilegales de moneda o de efectos oficiales.

Falsedad ideológica en documento público.

Favorecimiento por servidor público o de voto fraudulento.

Mora en entrega de documentos de votación.

Denegación de inscripción.

Peculado (Apropiación, Uso, Aplicación oficial diferente, Culposo).

Destino de recursos para estímulo o beneficio indebido de explotadores y comerciantes de metales preciosos.

Concusión.

Cohecho (Propio, Impropio).

Violación del régimen de incompatibilidades o inhabilidades.

Interés indebido en la celebración de contratos.

Page 103: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

103

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

Tráfico de influencias.

Enriquecimiento ilícito.

Prevaricato (Acción, Omisión).

Abuso de autoridad.

Revelación de Secreto.

Utilización de asunto sometido a reserva.

Utilización indebida de información privilegiada.

Asesoramiento y otras actividades ilegales.

Intervención en política.

Empleo ilegal de la fuerza pública.

Abuso de función pública.

Utilización indebida de información e influencias obtenidas en el ejercicio de función pública.

Asociación para la comisión de un delito contra la administración pública.

Favorecimiento de la fuga (Dolo o culpa).

LEY 273 de 1996

Por la cual se modifica el Reglamento del

Congreso en cuanto al juzgamiento de altos

funcionarios.

Se modifica el reglamento interno del congreso para fortalecer el juzgamiento de funcionarios por parte de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.

LEY 906 de 2004

Por el cual se expide el Código de

Procedimiento Penal

Reglamenta el proceso penal como mecanismo de control ante las infracciones cometidas contra la ley penal ordinaria. Se encarga de procesar y juzgar los delitos cometidos en el territorio nacional y los cometidos en el extranjero según las normas internacionales con excepción de los delitos cometidos por la fuerza pública en servicio activo y los conocidos por la jurisdicción indígena. Esta norma determina la responsabilidad de la Fiscalía General de la Nación de ejercer la acción penal como ente investigador y acusador, ante los jueces y magistrados competentes.

LEY 1407 de 2010

Por la cual se expide el Código Penal Militar.

Desarrolla el procedimiento para procesar a los miembros de la fuerza pública quienes en ocasión de sus funciones infrinjan la ley penal. Para ello desarrolla una serie de conductas delictivas aplicables a su esfera funcional.

LEY 1474 de 2011

Por la cual se dictan normas orientadas a

fortalecer los mecanismos de

Esta norma establece medidas en diversos campos de control: Medidas administrativas:

Genera inhabilidades para contratar a

Page 104: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

104

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

prevención, investigación y sanción de actos de corrupción

y la efectividad del control de la gestión

pública.

quienes incurren en actos de corrupción, por veinte años.

Inhabilita a quienes financien campañas políticas.

Prohibición de gestiones privadas por ex servidores públicos.

Inhabilidad para que ex servidores públicos contraten con el Estado.

Inhabilidad para contratar interventorías por parte de contratistas o sus parientes.

Se modifica la elección de los responsables de control interno.

Se efectúan controles al gasto por publicidad.

Se adoptan medidas de control y vigilancia para el sector Salud.

Se crea el Sistema Preventivo de Prácticas Riesgosas Financieras y de Atención en Salud.

Medidas Penales:

Excluye beneficios como subrogados penales o mecanismos sustitutivos de la pena respecto a delitos relacionados con corrupción.

Aumenta el término de prescripción de delitos realizados por servidor público.

Plantea nuevas conductas delictivas contra recursos públicos y el sistema de seguridad social.

Plantea medidas penales contra personas jurídicas.

Presenta principio de oportunidad para involucrados en cohecho.

Crea un nuevo tipo penal denominado “Corrupción privada”, entre otros delitos, como la administración desleal, utilización indebida de información privilegiada, especulación o agiotaje con medicamentos y dispositivos médicos, evasión fiscal, omisión de control en el sector salud, peculado contra recursos de la seguridad social, fraude de subvenciones, acuerdos restrictivos de competencia y soborno transnacional.

Establece medidas de protección al denunciante.

Page 105: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

105

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

Medidas disciplinarias:

Determina responsabilidades del interventor por faltas gravísimas disciplinarias.

Amplía el espectro de sujetos disciplinables del Código Disciplinario Único.

Amplía el término de la investigación disciplinaria hasta doce meses.

Modifica el procedimiento verbal para hacerlo más expedito.

Modifica el término de caducidad y prescripción de la acción disciplinaria.

Medidas Fiscales:

Crea y regula el procedimiento verbal en materia de responsabilidad fiscal.

Faculta a las Contralorías territoriales para que realicen alianzas estratégicas con el propósito de realizar control social.

Se regula el proceso de control excepcional por parte de la Contraloría General de la República respecto de procesos desarrollado por sus pares territoriales.

Fortalece el control desarrollado por la Contraloría General de la República creando la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, la Unidad de Cooperación Nacional e Internacional de Prevención, Investigación e Incautación de Bienes, la Unidad de Apoyo Técnico al Congreso y la Unidad de Seguridad y Aseguramiento Tecnológico e Informático.

Ordena la elaboración de un plan estratégico para las Contralorías territoriales.

Medidas para proteger la contratación pública:

Responsabiliza a los interventores.

Obliga a las entidades a verificar el cumplimiento de las labores de los interventores.

Solicita la maduración de proyectos (implementación de fases).

Modifica lo relativo a factores de selección, haciendo énfasis y aclarando el concepto de “oferta más favorable”.

Crea la inhabilidad para los contratistas por incumplimiento reiterado.

Crea la Comisión Nacional de Moralización, con sus

Page 106: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

106

NORMA TÍTULO DESCRIPCIÓN GENERAL Y HERRAMIENTAS

respectivas comisiones regionales. Ordena la formulación de un Plan Anticorrupción y de atención al ciudadano. Solicita fortalecer las oficinas de recepción de quejas y reclamos de las entidades públicas. Ordena incluir en los Proyectos Educativos Institucionales pedagogías de competencias ciudadanas y determina responsabilidades por su incumplimiento.

LEY 1573 de 2012

Por medio de la cual se aprueba la

Convención para combatir el cohecho de

servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales

internacionales, adoptada por la

Conferencia Negociadora en París, República Francesa, el 21 de noviembre de

1997.

Este convenio surge de una iniciativa de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, indicando las siguientes acciones:

Tipificar el delito de Cohecho de un servidor público extranjero.

Tipificar el delito de lavado de dinero nacional o internacional.

Adoptar medidas de contabilidad para realizar seguimiento a las actividades de las empresas.

Brindar apoyo jurídico recíproco a los signatarios de la convención.

Permitir la extradición por la comisión del delito de cohecho de servidor público extranjero.

Identificar un responsable por Estado para atender las solicitudes relacionadas con el cumplimiento de la Convención.

Monitorear y promover la plena aplicación de los contenidos de la Convención.

LEY 1708 de 2014

Por medio de la cual se expide el Código de Extinción de Dominio.

Establece el procedimiento para realizar la extinción de dominio generada por la comisión de actividades ilícitas que deterioran gravemente a la sociedad, suscitando como consecuencia el traspaso de la titularidad de dominio a nombre del Estado sin compensación alguna. Se determina cuáles son las causales para iniciar el procedimiento, se regula el mismo, creando la jurisdicción de “extinción de dominio” a nivel de Juzgado Especializado, Tribunal y Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Page 107: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

107

ANEXO 2: ANTECEDENTES DE POLÍTICA PÚBLICA Se describen a continuación de manera general, los principales enfoques y estrategias que se han utilizado por las administraciones de la ciudad, para el periodo comprendido entre la primera administración de Antanas Mockus (1995) y lo que va corrido de la administración de Gustavo Petro (2014). FORMAR CIUDAD: ANTANAS MOCKUS SIVICKAS (1995-1997) El Plan de Desarrollo Formar Ciudad109planteó algunos elementos pertinentes de resaltar sobre el tema de transparencia, prevención de la corrupción y cultura ciudadana. En el Artículo 17 expresa la necesidad de “generar en los ciudadanos credibilidad en las instituciones, las normas, el servicio público y los gobernantes (…) (estructurando) la actividad gubernamental en proyectos y programas, simplifica(ndo) y (dándole) transparencia a los procedimientos administrativos con el propósito de lograr mayores, más cercanos y mejores servicios, y aumenta(ndo) la capacidad de control de los mismos”110, y en el Artículo 28 se formularon iniciativas para “simplificar trámites, hacer más transparentes los procesos, poner en marcha mecanismos para controlar la corrupción, disminuir la evasión tributaria y aumentar los recaudos”111. Asimismo, la generación de una nueva cultura tributaria por medio del “pago voluntario del impuesto predial generó corresponsabilidad ciudadana que se vio reflejada en mayores recursos tributarios que aumentaron inversiones en la calidad de vida de las personas”112. Al respecto, el Artículo 47 planteaba que “Se debe vincular el sentido de pertenencia a la ciudad con el sistema de tributos, la ampliación de la conciencia de deberes y de derechos, la corrección de la evasión y la elusión, y el respeto y uso racional de los bienes y servicios públicos”113. En síntesis, la combinación entre regulación y autorregulación, fue la clave del éxito de la política de cultura ciudadana del ex Alcalde Mockus, la cual tuvo como base un marco conceptual en el que partió de la hipótesis del “divorcio” entre ley, moral y cultura, a partir de reconocer la existencia de tres sistemas reguladores del comportamiento114. Por último, vale la pena resaltar algunos elementos que constituyeron un marco de origen para el programa de gobierno, en particular para la idea de cultura ciudadana: la autorregulación ciudadana, la generación de conciencia individual y colectiva sobre los deberes y derechos que tienen los ciudadanos, la apropiación social de la ciudad, la ruptura con la cultura del atajo, el enriquecimiento de las formas de expresión, el fortalecimiento del sentido de pertenencia por la ciudad, y la construcción de propósitos comunes e individuales tendientes al bien común.115

109 Decreto 269 de 1995. 110Decreto 269 de 1995. Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas para Santa Fe de Bogotá, D. C., 1995-1998 -Formar Ciudad. 111Ibíd. 112Avendaño, M. E. (2014) Política de Integridad, Transparencia y no Tolerancia con la Corrupción en Bogotá. [documento de trabajo]. Bogotá D.C., Veeduria Distrital. p. 18 113BOGOTÁ, ALCALDÍA MAYOR. Decreto 269 de 1995. Plan de Desarrollo Económico y Social y de Obras Públicas para Santa Fe de Bogotá, D. C., 1995-1998 -Formar Ciudad. 114Ibídem. 115Cfr. Córdoba, A. (2003). Entre planeación y gestión gubernamental: Re-contextualización. Universidad de los Andes. Centro Interdisciplinario de Estudios Regionales. P. 52.

Page 108: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

108

Del total de los recursos de inversión dispuestos para el Plan de Desarrollo el 18% fueron destinados a estos propósitos116. POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS: ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO (1998-2002) El Plan de Desarrollo “Por la Bogotá que Queremos”117 tuvo como objetivo transformar la ciudad buscando generar confianza en los ciudadanos para asumir los retos futuros, a través de dinamizar el progreso social, cultural y económico118. Ni las iniciativas ni el enfoque orientado a mejorar los procesos para responder de manera preventiva a la corrupción, o aumentar la integridad y transparencia en los funcionarios y ciudadanos, son tan evidentes. Aun así, durante este periodo se justificó la decisión de quitar la delegación de la ordenación del gasto a los alcaldes locales y de crear unidades ejecutivas locales en varias secretarías y entidades de la administración central, en razones de eficiencia en la planeación, ejecución del gasto, debilidad institucionales y ocurrencia de prácticas irregulares y corruptas, una de cuyas expresiones más evidentes era la presencia de obras inconclusas119. Vale la pena mencionar algunas de las prioridades de este Plan de Desarrollo: “Interacción Social”, “Seguridad y Convivencia” y “Eficiencia Institucional”120. La primera, buscaba mejorar la condición y la calidad de vida de los ciudadanos a través de la promoción de un compromiso cívico, guiado desde programas educativos. La segunda, buscaba “Prevenir y sancionar los comportamientos que lesionan el bienestar de los ciudadanos e impulsar aquellos que promueven la paz, solidaridad, el respeto y la vida en comunidad”121. Dentro de sus programas se destacan “Desarrollo normativo y fortalecimiento de la acción coordinada entre las autoridades de policía y la ciudadanía”, “Promoción de la solidaridad y compromiso para la convivencia ciudadana” y “Fomento al buen uso del tiempo libre y el espacio Público”.122 Los tres tenían un importante componente que buscaba y propendía por la convivencia de los ciudadanos entorno al cuidado y respeto del bien público. La prioridad de “Eficiencia Institucional” buscaba aumentar los controles administrativos para mitigar y prevenir la corrupción y hacer de “la cultura de servicio al usuario” y de la participación ciudadana mecanismos de control a la gestión. Del total de los recursos de inversión dispuestos para el Plan de Desarrollo el 8% fue destinado a éstos estos propósitos123.

116Información tomada del Plan de Inversiones respectivo. Agrega las prioridades de Cultura Ciudadana y legitimidad Institucional. 117Acuerdo 6 de 1998. 118 Restrepo, M., “Impacto Social de los Planes de Desarrollo, Análisis de la Inversión Social en Bogotá 1995-2004, Editorial Universidad del Rosario, 2006, Pp. 79-78. 119Maldonado Copello, Alberto. Documento de balance de la situación de corrupción en las localidades y de propuesta de política de lucha contra la corrupción. Veeduría Distrital, 2014. Página 7. 120Acuerdo 6 de 1998, “Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Santa Fe de Bogotá, D.C., 1998 - 2001 -POR LA BOGOTÁ QUE QUEREMOS”, Título II, Las siete prioridades y sus correspondientes estrategias, programas y metas, 1998. 121Ibíd. Capítulo II. 122Ibíd. 123Información tomada del Plan de Inversiones respectivo. Agrega los objetivos de Seguridad y Convivencia y Eficiencia Institucional.

Page 109: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

109

BOGOTÁ PARA VIVIR TODOS DEL MISMO LADO: ANTANAS MOCKUS SIVICKAS (2001-2004) El Plan de Desarrollo “BOGOTA para VIVIR todos del mismo lado” 124 se introduce por primera vez la idea de que lo público es sagrado. A partir de esto, la administración se enfocó en fortalecer la ciudad y su institucionalidad bajo los preceptos del civismo, la transparencia, el respeto de lo público y de la ley, la solidaridad, la honradez, la equidad y la armonía entre la ley, la moral y la cultura. En consecuencia, se formularon y ejecutaron diversas políticas, programas y proyectos encaminados a generar un cambio cultural, a prevenir la corrupción y a mejorar la convivencia ciudadana, a través del respeto de lo público, de las leyes y de las normas. Todo acompañado de un componente cultural, que propiciaría los espacios de participación y solidaridad entre los ciudadanos. De los objetivos contenidos en el plan de desarrollo, se destaca el de Cultura Ciudadana, que buscaba “aumentar el cumplimiento voluntario de normas, la capacidad de celebrar y cumplir acuerdos y la mutua ayuda para actuar según la propia conciencia, en armonía con la ley. Promover la comunicación y la solidaridad entre los ciudadanos”125. En ese marco se introducen conceptos importantes, como el de cultura del atajo que se entiende como “(…) (alcanzar) una meta de una manera que permite ahorrar tiempo, distancia, esfuerzo o dinero respecto a métodos o caminos más convencionales”126. La importancia de la definición de conceptos como este, radica en la idea de concebir y pensar en los ciudadanos a través de rasgos culturales, y de esta manera poder determinar qué se quiere cambiar y modificar en los comportamientos y hábitos. Por otra parte, se evidencia entre las iniciativas más importantes de esta administración el programa de Cultura de la Probidad y del Control Social, que hace parte del objetivo de Gestión Pública Admirable, y que define “Bogotá Transparente como un propósito compartido entre las entidades distritales y la sociedad civil, para promover la Cultura de la Probidad, conformada por hábitos y creencias que reconozcan las actuaciones administrativas probas y castiguen socialmente las ímprobas y facilitar a los habitantes de Bogotá y a sus organizaciones su participación activa en la construcción de lo público” 127. De Bogotá Transparente también se desprende el trámite de denuncias de corrupción que buscaba evitar, por medio de la consolidación de herramientas, comportamientos no íntegros o que afectaran la transparencia en la gestión pública128. Del total de los recursos de inversión dispuestos para el Plan de Desarrollo el 10% fue destinado a estos propósitos.

124Alcaldía Mayor de Bogotá, Decreto 440 de 2001, “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2001 - 2004 "BOGOTA para VIVIR todos del mismo lado", 2001. 125Ibid. 126Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría Distrital de Planeación, “Memorias de Planes de Desarrollo Distritales. Bogotá para Vivir 2001-2003, [CD ROM]. 127Alcaldía Mayor de Bogotá, Directiva 008 de 2001, Programa Cultura de la Probidad, Bogotá Transparente. 128 Alcaldía Mayor de Bogotá, Directiva 004 de 2003, Trámite de denuncias sobre corrupción.

Page 110: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

110

BOGOTÁ SIN INDIFERENCIA: LUIS EDUARDO GARZÓN (2004-2007) El Plan de Desarrollo Bogotá Sin Indiferencia129contiene los asuntos relacionados con la política que aquí se presenta articulados a sus objetivos de Reconciliación y Gestión Pública Humana. En el objetivo de Reconciliación se planteó la necesidad de “(…) Desarrollar una institucionalidad pública y una organización ciudadana que propicie y dinamice una cultura de reconciliación, de solidaridad, de inclusión, de participación, de responsabilidad y corresponsabilidad, de respeto a la vida, a los derechos humanos, a la justicia, la seguridad, a la participación y al control social (…)”130; y entre sus políticas, la participación orientada a promover “la formulación participativa y la ejecución de una política distrital de participación efectiva que propicie el ejercicio de los derechos, la concertación y el control social a la gestión pública como elementos constitutivos del Estado Social de Derecho”131. También contempló programas132 como Participación para la decisión, orientado a realizar “acciones de fortalecimiento a la organización y al suministro de información para que ciudadanos y ciudadanas participen en la toma de decisiones públicas que les afecten en el ámbito del desarrollo local, distrital y regional, apoyando los organismos de control en sus programas de participación. Para este efecto, se diseñará e implementará el Sistema Distrital de Participación”; y Control social a la gestión pública, orientado a asesorar, brindar información y diseñar “las herramientas necesarias para que la ciudadanía ejerza un control social efectivo a las políticas, planes, programas y proyectos distritales y locales”. De la misma manera, las políticas del Objetivo de Gestión Pública Humana133 se proponían brindar un servicio oportuno y adecuado a los ciudadanos y las ciudadanas buscando un mayor acercamiento y una interacción más abierta, transparente e incluyente de la administración con toda la comunidad; construir una cultura organizacional ética y de servicio que propicie el compromiso de los servidores y las servidoras públicas con el desarrollo y el fortalecimiento de sus competencias y habilidades; implementar un modelo de gestión efectivo, transparente y participativo que convocara la solidaridad de los demás agentes y sectores de la sociedad; hacer un manejo responsable de los recursos en el que prevaleciera; hacer de la comunicación el fundamento para la participación y el fortalecimiento de la institucionalidad y la legitimidad de la Administración; y, garantizar que la información pública estuviera siempre disponible y fuera suficiente y veraz como soporte fundamental para la toma de decisiones, la rendición de cuentas y el control social. Entre los programas134 que integran el objetivo vale la pena señalar Administración Moderna y Humana orientado a “Garantizará la relación misional, adecuación, fortalecimiento y modernización de la institucionalidad (…)”; Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, que buscaba “fortalecer la infraestructura y la definición de políticas, estándares, indicadores y mecanismos de seguimiento y control compartidos para garantizar

129 Acuerdo 119 de 2004. 130 Artículo 16. 131 Artículo 17. 132Artículo 19. 133 Artículo 22. 134 Artículo 29.

Page 111: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

111

la calidad y la oportunidad en la prestación de los servicios a la ciudadanía”; Bogotá transparente y efectiva, cuyo propósito era “Desarrollar un conjunto de proyectos y acciones dirigidos a fortalecer la capacidad institucional distrital (…) mediante el diseño y aplicación de un amplio proceso de autorregulación institucional y de evaluaciones integrales a sectores estratégicos de la ciudad para garantizar la transparencia y enfrentar la corrupción” y fortalecer la gestión de los órganos de control, modernizando sus sistemas y procedimientos tecnológicos; y Sistema Distrital de Información, orientado a desarrollar manera integral los sistemas informáticos y la gestión documental para garantizar a la administración y a la ciudadanía información oportuna y confiable. Finalmente, hay que mencionar que durante ésta administración se expidió el Acuerdo 244 de 2006, "por medio del cual se establecen y desarrollan los principios y valores éticos para el ejercicio de la función pública en el Distrito Capital". En general el acuerdo plantea una serie de valores a seguir por los servidores y servidoras públicas, y crea el comité de ética y la figura de los gestores de ética, "quienes serán los dinamizadores del proceso de la gestión ética"135. Del total de los recursos de inversión dispuestos para el Plan de Desarrollo el 7% fue destinado a éstos propósitos136. BOGOTÁ POSITIVA: SAMUEL MORENO ROJAS / CLARA LÓPEZ (2008-2011) En el Plan de Desarrollo de la Administración del Alcalde Samuel Moreno: “Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor”, del período 2008 – 2012, aprobado por el Acuerdo 308 de 2008 del Concejo de Bogotá, se abordó el tema de la Integridad, transparencia y lucha contra la corrupción, mediante el establecimiento de objetivos y principios orientados a promover la participación y la gestión pública efectiva y transparente, pero no a través de un programa específico. Sin embargo, desde el Objetivo General del Plan de Desarrollo, se estableció la necesidad de consolidar una ciudad con finanzas sanas y una gestión pública efectiva, transparente, abierta a la participación ciudadana y con servicios cercanos a la ciudadanía. Para lograr dichos propósitos, establecieron los siguientes principios: i) Coherencia de la administración entre su accionar y su discurso; ii) Corresponsabilidad para generar en los ciudadanos responsabilidad compartida frente al destino de la ciudad; iii) Defensa de lo público para fortalecer al Distrito Capital como espacio ciudadano de defensa del interés colectivo y iv) Probidad para que la administración actúe con rectitud en el ejercicio de lo público y en la administración y manejo de los recursos; todos ellos orientadores de diversas acciones organizadas en programas sectoriales e intersectoriales que dieron contenido primordialmente a dos de los 7 objetivos estructurantes, que nos interesan particularmente: Participación y Gestión Pública Efectiva y Transparente137.

135 Acuerdo 244 de 2006, "por medio del cual se establecen y desarrollan los principios y valores éticos para el ejercicio de la función pública en el Distrito Capital". Artículo 8. 136 Información tomada del Plan de Inversiones respectivo. Agrega los objetivos de Reconciliación y Gestión Pública Humana. 137 Plan de Desarrollo Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor, 2008 – 2011, artículo 3.

Page 112: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

112

Dentro del objetivo estructurante de Participación se desarrollaron los siguientes programas: i) Ahora decidimos juntos, ii) Organizaciones y redes sociales y iii) control social al alcance de todas y todos138. A su vez, dentro del objetivo estructurante Gestión Pública Efectiva y Transparente se establecieron en el artículo 27 del PDD los programas: i) Servicios más cerca del ciudadano, ii) Ciudad digital, iii) Comunicación al servicio de todas y todos, iv) Tecnologías de la información y comunicación al servicio de la ciudad y, v) Gerencia jurídica pública integral. De esta manera, se fortaleció el servicio al ciudadano con una política de calidad liderada por la Secretaría General que permitió, entre otras cosas, disminuir el tiempo de trámite y respuesta a los requerimientos ciudadanos y alcanzar el 85% de satisfacción ciudadana en los puntos de la red CADE. Igualmente, se reconoció que la red de conectividad distrital hace parte de la infraestructura necesaria para la consolidación del Sistema Distrital de Información, como herramienta importante para consolidar el gobierno electrónico, al cual se integraron 10 entidades más.139 Tal vez, el hecho más importante en materia de prevención a la corrupción se dio en el 2008 con la actualización del ideario ético de la Administración de Garzón. El documento señala: "En estas páginas se presentan los principios y valores que hemos priorizado para fortalecer una cultura ética y de servicio, como parte de un propósito más amplio dirigido a humanizar la gestión pública en el Distrito. Estos principios y valores (solidaridad, equidad, respeto, vocación de servicio, probidad, trabajo en equipo y responsabilidad) son expresión de nuestras aspiraciones éticas. Por esto han sido desagregados en pautas para el comportamiento individual e institucional, y en orientaciones para la construcción de políticas públicas concordantes con la misión de realizar los derechos humanos y el Estado Social de Derecho"140. Para finalizar, fue durante esta administración que mediante el Decreto 489 de 2009 se creó la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital, "como la instancia encargada de articular la implementación de las políticas, estrategias, planes y programas que en la materia se formulen"141. Del total de los recursos de inversión dispuestos para el Plan de Desarrollo el 3.5% fue destinado a éstos propósitos142.

138Secretaria de Planeación. Plan Distrital de Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor, Balance General 2008-201. Bogotá, Diciembre de 2011. Pág. 119-124: Los principales resultados de estos programas fueron: La consolidación del Sistema Distrital de Participación; la creación de instrumentos de incidencia efectiva mediante 20 ejercicios de presupuestos participativos, los cuales permitieron que más de 147.000 ciudadanas y ciudadanos decidieran sobre un total de $182.706 millones de pesos; la Comisión Intersectorial de Participación realizó esfuerzos para la consolidación de la Escuela Distrital de Participación y Gestión Social; se apropiaron espacios comunitarios para la participación en la construcción y adecuación de espacios públicos con la entrega de 536 nuevas obras ejecutadas en un 90% por Juntas de Acción Comunal, entre otros. 139Op. Cit. p.137 – 148. 140 Acuerdo 244 de 2006. 141 Decreto 489 de 2009. Artículo 1. 142Información tomada del Plan de Inversiones respectivo. Agrega los objetivos de Participación y Gestión Pública Efectiva y Transparente.

Page 113: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

113

BOGOTÁ HUMANA: GUSTAVO PETRO URREGO (2012-2015) El Plan de Desarrollo Bogotá Humana143 contempla en su Capítulo IV – Eje 3, Una Bogotá que Defiende y Fortalece lo Público, cuya definición y alcance quedaron definidos así: “ (…) busca defender y fortalecer lo público como fundamento del Estado Social de Derecho (…) significa garantizar procesos participativos(…) en la gestión de la ciudad, fortaleciendo la democracia, trabajando por la construcción de paz, promoviendo un enfoque de seguridad humana y convivencia, e impulsando el uso transparente y responsable del patrimonio y los recursos de la ciudad, sin tolerar la corrupción pública ni privada”144. Una Bogotá que Defiende y Fortalece lo Público busca “(…) Recuperar la confianza ciudadana en las instituciones del Distrito Capital. Combatir la corrupción mediante un trabajo coordinado y transparente entre instituciones y ciudadanía, fomentando una ética pública, promoviendo el control preventivo, la eficiencia en la gestión pública, ejercicios de control social, de rendición de cuentas, de conformación de veedurías ciudadanas, de pactos éticos entre la administración pública y el sector privado, implementando mecanismos de comunicación e información, de supervisión a la contratación pública y su ejecución, y de seguimiento a la gestión de la Administración Distrital”145. Para lograrlo, propuso desarrollar el Programa146Transparencia, probidad, lucha contra la corrupción y control social efectivo e incluyente, orientado a

“Promover un cambio cultural de rechazo a la corrupción y de corresponsabilidad en la construcción de probidad y defensa de lo público, donde el Gobierno Distrital, las localidades, los entes de control, los servidores públicos, los contratistas, los interventores, el sector privado, las organizaciones sociales, los medios de comunicación y la ciudadanía, apliquen normas y comportamientos que favorezcan la probidad y la cultura de la legalidad” y establece que “El control interno, las TIC para el control social, el sistema de participación, el de quejas y reclamos, y el de atención al ciudadano, los programas de transparencia, de mejoramiento de la gestión y de formación de servidores y servidoras públicas (…) se planificarán y gestionarán de manera articulada (…) y se coordinarán desde la Veeduría como parte integral de una política transversal de lucha contra la corrupción y promoción de la transparencia y probidad en la ciudad (…)”.

Dicho Programa se está desarrollando actualmente a través de los siguientes tres proyectos prioritarios:

1. Fortalecimiento de la capacidad institucional para identificar, prevenir y resolver problemas de corrupción y para identificar oportunidades de probidad.

2. Bogotá promueve el control social para el cuidado de lo público y lo articula al control preventivo. Fortalecer las alianzas interinstitucionales, intersectoriales y público.

3. Bogotá promueve una cultura ciudadana y de la legalidad. Fortalecer las capacidades.

143Plan Distrital de Desarrollo: Bogotá Humana. Acuerdo 489 de 2012. 144Ibíd. Artículo 33. 145Óp. Cit. Artículo 34. 146 Óp. Cit Artículo 38.

Page 114: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

114

La Veeduría Distrital en su rol de coordinación, ha promovido la formulación de proyectos de transparencia en las entidades del Distrito, orientados a establecer metas que persigan los objetivos de los tres proyectos prioritarios mencionados. En esta labor ha logrado vincular a 27147 entidades distritales dentro del Programa de Transparencia, Probidad, Lucha contra la corrupción y Control Social Efectivo e Incluyente, mediante la formulación de 32 proyectos. La mayoría de entidades vinculadas, con algunas excepciones: Contraloría Distrital y Personería Distrital, cuentan con metas y recursos pertinentes para el logro de los objetivos de los proyectos prioritarios mencionados, que ascienden a 51.626 millones de pesos, de los que ya se han ejecutado, al 31 de marzo de 2014, un total de 13.423 millones de pesos, es decir un 26%, lo que no se considera una cifra desalentadora, si se tiene en cuenta que aún quedan casi 3 años de ejecución: 2014, 2015 y 2016. Las entidades que están contribuyendo al logro de los objetivos del Primer Proyecto Prioritario de Fortalecimiento de la capacidad institucional, lo hacen a través de metas, que por una parte apoyan la construcción e implementación de la Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción como la Veeduría Distrital, la Secretaría General, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Educación, la Secretaría de Gobierno y la UAESP; o mediante metas que le aportan a la construcción de herramientas para la transparencia, probidad, cultura ciudadana y de la legalidad tales como la adecuada implementación del plan anticorrupción, la formación en la identificación de riesgos de corrupción, la creación de programas de gestión ética, la mejora en la atención al ciudadano y la implementación de programas de incentivos a las buenas prácticas de los servidores públicos, entre otras148. Por último, también contribuyen con este proyecto prioritario aquellas entidades cuyas metas se orientan a mejorar la gestión contractual, los sistemas de control interno y de atención a quejas y reclamos como la Veeduría Distrital, la Secretaría de Ambiente, la Secretaría de Salud y la Orquesta Filarmónica de Bogotá. Por otra parte, se encuentran aquellas entidades que dirigen sus proyectos hacia el segundo proyecto prioritario que consiste en promover el control social para el cuidado de lo público articulado al control preventivo, apoyando la construcción e implementación de alianzas público - privadas como la Veeduría Distrital y la Secretaría de Salud, o la implementación de procesos de control social y veedurías especializadas como la Veeduría Distrital, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Ambiente, el IPES, IDARTES, ERU, Catastro y la Secretaría de Movilidad. Finalmente, se encuentran aquellas entidades que mediante sus proyectos contribuyen al logro del tercer proyecto prioritario de promoción de una cultura ciudadana y de la legalidad, fundamentalmente a través de acciones de formación o sensibilización de sus servidores públicos en cultura ciudadana como la Veeduría Distrital, la Secretaría de Salud,

147 Incluyendo la Veeduría misma. 148 De este grupo hacen parte entidades como: la Veeduría Distrital, el IDPC, la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de Salud, la UAESP, la Secretaría de Ambiente, la Secretaría de Hacienda, la Secretaría de Hábitat, Catastro, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, la Orquesta Filarmónica de Bogotá, el Fondo de Vigilancia y Seguridad, la Secretaría de Movilidad, la Secretaría de la Mujer, la Secretaría de Desarrollo Económico, el IDRD y la Secretaría de Cultura.

Page 115: DOCUMENTO TÉCNICO DE SOPORTE - Veeduria …...Los lineamientos para la formulación de una Política Pública de Transparencia, Integridad y No Tolerancia con la Corrupción en Bogotá

115

la Caja de Vivienda Popular, ERU, el Servicio Civil, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, la Secretaría de Movilidad, la Secretaría de Gobierno, la Secretaría de la Mujer y la Secretaría de Hábitat.149 Del total de los recursos de inversión dispuestos para el Plan de Desarrollo el 6,3% es destinado a éstos propósitos150.

149

La información desarrollada en este aparte, proviene del Reporte de SEGPLAN al 31 de marzo de 2014, del Plan de Desarrollo Bogotá Humana y de la Oficina Asesora de Planeación de la Veeduría Distrital. 150Información tomada del Plan de Inversiones respectivo. Los recursos corresponden a lo destinado al Eje 3 del Plan.