El Mercado Laboral Ecuatoriano: Propuesta de una … · Simulando las condiciones de equilibrio:...

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  • El Mercado Laboral Ecuatoriano: Propuesta de

    una reforma.

    Vctor Aguiar

    Para citar este libro puede utilizar el siguiente formato:

    Vctor Aguiar (2007): El Mercado Laboral Ecuatoriano: Propuesta de una reforma Edicin electrnica. Texto completo en www.eumed.net/libros/2007a/240/

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  • I. Introduccin:.................................................................................................... 4 II. Marco Terico: ............................................................................................... 8

    Caracterizacin del Desempleo: ..................................................................... 9 Subempleo:................................................................................................... 12

    III. Marco Institucional del Mercado Laboral: .................................................... 13 Las Reformas Laborales (1979-2006): ......................................................... 13

    La Etapa Reformista: ................................................................................ 13 El inicio de la flexibilizacin: ...................................................................... 14 La profundizacin de la flexibilizacin laboral: .......................................... 16 La Tercerizacin:....................................................................................... 20

    Principios y Constitucin Poltica del Ecuador: ............................................. 21 Fijacin de Salarios y Remuneraciones:....................................................... 22

    Sector Privado: Fijacin de Salarios, Remuneraciones y reparticin de utilidades ................................................................................................... 24 Criterios para la fijacin de sueldos salarios y remuneraciones bsicas unificadas: ................................................................................................. 26

    IV. Marco Emprico:.......................................................................................... 31 Evolucin y tendencias del empleo, el subempleo urbano y los salarios y remuneraciones: ........................................................................................... 31

    Evolucin del Salario Mnimo Vital y Remuneraciones Complementarias 31 Salario Real:.............................................................................................. 34 Variacin del Salario Real: ........................................................................ 36 El Salario Mnimo o Bsico: ...................................................................... 38

    Evolucin del Desempleo y el Subempleo:................................................... 41 Evolucin reciente del empleo y el subempleo: ............................................ 44

    V. Anlisis Formal del Desempleo y el Subempleo: ......................................... 49 Un Modelo Simple de Histresis para el desempleo y el subempleo: .......... 49

    El proceso de caminata aleatoria con variaciones: ................................... 51 Implicaciones de los resultados: ............................................................... 53

    Una extensin de la Histresis al subempleo: .............................................. 55 Desempleo estacional: .............................................................................. 57

    El desempleo estructural: ............................................................................. 60 El equilibrio del Mercado de Trabajo; ........................................................... 61

    Demanda de Trabajo: ............................................................................... 62 La Oferta de Trabajo: ................................................................................ 65

    Simulando las condiciones de equilibrio: ...................................................... 67 VI. Conclusiones y Recomendaciones: ............................................................ 69 Bibliografa: ...................................................................................................... 75

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  • In this text, we will characterize the Ecuadorian Labor Market, in the period 1998-2006. Based on a broad analysis of its institutions, performance and other stylized facts, this paper will help to understand the role of regulations, wage rigidities and the mechanisms of wage bargaining in the evolution of the main labor market indicators. The impossibility of the Ecuadorian economical structure, to absorb the growing labor force will be shown as a consequence of bad wage fixation mechanism due, specially, to the use of adjustment criteria, not related to productivity incentives. In the same line, the existence of a large informal sector will be explained. Finally, a very punctual reform will be proposed, in the attempt of improving the performance of this market and therefore the welfare of employers and employees. Keywords: labor market, wage fixation, rigidities, reform, informal, productivity, bargaining. En el presente trabajo se hace un anlisis del mercado laboral ecuatoriano, en el perodo 1998-2006. Se tratar de dilucidar el papel que desempea en el mercado laboral ecuatoriano, las regulaciones y sobretodo la rigidez de salarios y los mecanismos de su negociacin y fijacin. Se buscar entender si la imposibilidad de absorber la mano de obra existente, por parte de la estructura econmica del pas; se debe a los pagos no atados a incentivos de la productividad y a una mala regulacin. De la misma manera, se tratar de explicar la existencia de un amplio sector informal desde esta estructura normativa vigente. Se presentar en este contexto un anlisis de las instituciones del mercado laboral ecuatoriano y una descripcin del desempeo del mismo. Finalmente, se propondr reformas puntuales, que permitan un mejor desempeo del mismo. Palabras clave: mercado trabajo, fijacin salarios, negociacin salarial, rigideces, informal, productividad.

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  • I. Introduccin:

    Dos de las variables macroeconmicas en Ecuador que ms preocupacin

    causan por su desempeo, son el desempleo y el subempleo. El desempleo se

    ha mantenido relativamente alto en las dcadas de los 80s, 90s y en el primer

    lustro del nuevo siglo. Las tasas de desempleo han estado en un rango del 8 al

    15%, con su pico en la crisis del 99 y su sima en el ao 1980. El subempleo, ha

    tenido unas tasas igualmente altas llegando a 54% en 1991 y de igual manera

    teniendo su nivel ms bajo en 1980, con 30%. Lo que demuestra un

    empeoramiento real con respecto a la dcada de los 70s, que mantuvo tasas

    de desempleo y subempleo promedio de 4% y 26% respectivamente.1

    El ajuste estructural, que comenz con la nueva etapa democrtica, fue el

    contexto en el cul se produjo esta evolucin del mercado laboral. La

    flexibilizacin laboral, una mayor apertura comercial, las propuestas

    privatizadoras, la apertura financiera, las reformas de la poltica cambiara, la

    reforma tributaria; fueron los puntales bsicos de este cambio2. Las reformas

    propuestas, estaban diseadas para lograr un mejor funcionamiento del

    aparato econmico teniendo como pilar fundamental a la eficiencia del mercado

    libre, abierto y competitivo; dejando atrs el modelo estado-cntrico, cerrado y

    proteccionista que haba dominado las dcadas anteriores a los 80s. Sin

    embargo, los resultados no han sido los prometidos quiz debido a la mala o

    incompleta implementacin de las reformas.

    Cabe destacar, que la crisis del ao 1999 represent un grave retroceso para el

    pas, que se vio reflejado tambin en el empleo. Luego de alcanzar la sima del

    ciclo depresivo, la economa comenz su proceso de recuperacin y

    expansin. Esto, junto a las reformas laborales en el gobierno de Noboa y con

    la adopcin formal del dlar como moneda de curso; lograron una ligera

    recuperacin en los niveles de desempleo; que han estabilizado a niveles

    1 Banco Central del Ecuador, Boletn Anuario (varios nmeros) e Informacin Estadstica Mensual (varios nmeros). 2 Acosta, Alberto; Breve Historia Econmica del Ecuador; Corporacin Editora Nacional; Quito; 2005; pg. 202-230.

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  • similares a los de pre-crisis (1994-1998). En el perodo (1999-2006) se tuvo un

    pico de 17% de desempleo total en febrero del 2000; posteriormente el

    desempleo ms alto que se tuvo fue de 12.05% en abril del 2004. El mes con

    menos desempleo, fue diciembre 2002 con 7.74%. Si se compara con las cifras

    de desempleo para el perodo 1994-1998 se observar que en ao 98 se tuvo

    un desempleo de 11.8% mientras que en el ao 1995 se tuvo una sima con

    6.9%3. Para diciembre del 2006 el desempleo total lleg a 9.03%.

    Los niveles de subempleo han tenido una evolucin similar, para mayo del

    2000 bajo los efectos de la crisis el subempleo lleg a 59.9%. Posteriormente

    desciende hasta 39.2% en febrero del 2004, para luego ascender hasta 51.33%

    en mayo del 2005. Para diciembre del 2006 el subempleo total lleg a 45.04%.

    Si se compara con el perodo de pre-crisis (1994-1998); se observar que en

    diciembre de 1998 se tienen un subempleo de 51.8 siendo este el pico,

    mientras que en 1997 se tiene un subempleo total de 41.3%4.

    La dolarizacin de la economa ecuatoriana en 2000, represent un cambio

    profundo en el entorno competitivo de las empresas nacionales. Esto se refleja

    en la mayor exposicin a la competencia de productos importados y sobretodo

    en la imposibilidad de utilizar las devaluaciones como una estrategia

    competitiva. Volviendo prioritario, que las industrias ecuatorianas mejoren sus

    niveles de productividad. De la misma manera, la vulnerabilidad de la economa

    a los choques provenientes del mercado externo, exigen un nivel de flexibilidad

    interna que permita que estos sean menos traumticos y que nos podamos

    recuperar ms rpidamente.

    En este contexto, se reconoce que la reforma laboral es importante para lograr

    mejorar la productividad y la eficiencia. Un mercado laboral sano permitir la

    eficiente asignacin del recurso laboral y la generacin de incentivos que

    viabilizarn una mejora en la productividad, sostener mejores niveles de

    salarios e incrementar las oportunidades de empleo y la disminucin de la

    informalidad. Claro est que su estado depende en gran medida de la

    3 Banco Central del Ecuador, Boletn de Coyuntura (varios nmeros). 4 Banco Central del Ecuador, Boletn Anuario y Boletines Mensuales varios nmeros-.

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  • estructura del mercado de trabajo, de su institucionalidad, de sus regulaciones

    y del sistema impositivo. Este marco institucional es la base donde funciona el

    mercado laboral y es el que determina los costos de transaccin.

    En el presente trabajo nos ocuparemos de determinar el papel que desempea

    en el mercado laboral ecuatoriano, las regulaciones y sobretodo la rigidez de

    salarios y los mecanismos de su negociacin y fijacin. Se tratar de entender

    si la imposibilidad de absorber la mano de obra existente, por parte de la

    estructura econmica del pas; se debe a los pagos no atados a incentivos de

    la productividad y a una mala regulacin. De la misma manera, se tratar de

    explicar la existencia de un amplio sector informal desde esta estructura

    normativa vigente.

    Todo lo expuesto ms que justifica un anlisis del mercado laboral ecuatoriano

    y su caracterizacin. Pues es prioritario establecer los problemas y

    peculiaridades del mismo para poder identificar cules son los obstculos que

    han bloqueado su reforma exitosa. Y de esta manera, proponer polticas que

    sean efectivas, eficientes y consistentes en el tiempo.

    En este trabajo se realizar, en la seccin II, un breve recorrido sobre los

    aportes tericos sobre los cules fundamentaremos nuestra investigacin.

    Posteriormente, en la seccin III, haremos un anlisis institucional del mercado

    laboral ecuatoriano. En la parte IV, haremos una caracterizacin estadstica del

    desempleo y el subempleo en el pas. En la seccin V, presentaremos un

    anlisis economtrico de algunos de los puntos a discutirse sobre el mercado

    laboral. Finalmente, en la seccin VI presentaremos las conclusiones de

    nuestro trabajo y las recomendaciones para las reformas necesarias en materia

    laboral.

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  • II. Marco Terico:

    El desempleo es el problema macroeconmico que afecta a las personas de

    manera ms directa. Por este motivo, es necesaria una comprensin profunda

    del mercado laboral. Se debe reconocer, que su anlisis es uno de los temas

    ms complejos de la ciencia econmica. A pesar de esto, existen ciertos

    consensos entre los economistas que nos dan una base slida para desarrollar

    un estudio del mercado laboral ecuatoriano. Claro est, que el Ecuador

    presenta caractersticas peculiares o especficas que tendrn que ser tomadas

    en cuenta para poder entender la realidad de manera satisfactoria.

    El empleo es un medio para que las personas obtengan los ingresos

    necesarios para satisfacer sus necesidades materiales bsicas. Tambin

    constituye una necesidad bsica en s mismo, en tanto que proporciona al ser

    humano una sensacin de reconocimiento y utilidad en la sociedad5. Una

    insercin inadecuada en el mercado laboral o una baja remuneracin son

    determinantes importantes de la pobreza y de la concentracin del ingreso en

    los pases en desarrollo. En

    Ecuador esto es especialmente cierto por el peso del subempleo de la

    economa; que llega en 2006 a 60% en el rea urbana6. De acuerdo con el

    enfoque de Amartya Sen, para la gran mayora de la poblacin tener un empleo

    digno es la principal fuente de comando y control sobre los bienes necesarios

    para alcanzar un adecuado funcionamiento y el desarrollo de las capacidades.

    La Constitucin Poltica de la Repblica establece, entre los objetivos de la

    economa, la eliminacin de la indigencia, la superacin de la pobreza, la

    reduccin del desempleo y subempleo, el mejoramiento de la calidad de vida

    de los habitantes y la distribucin equitativa de la riqueza. Segn la carta 5 VOS, Rob: La estructura de la produccin, el funcionamiento del mercado de trabajo y las necesidades bsicas: revisin de

    algunos asuntos importantes. En, Ecuador: teora y diseo de polticas para la satisfaccin de las necesidades bsicas. Santiago de

    Chile: PREALC-OIT e Instituto de Estudio Sociales, 1987. 6 ENEMDU-Marzo-2006 INEC. Undcima Ronda. rea Urbana.

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  • poltica, le corresponde al Estado, en el marco de una economa social de

    mercado, incentivar el pleno empleo, el mejoramiento de los salarios reales y el

    aumento de la productividad, as como otorgar subsidios especficos a la

    poblacin que los necesite7.

    Queda claro que garantizar el empleo y adems lograr que este sea adecuado

    y bien remunerado, es deseable social e individualmente. Por lo tanto, el

    disminuir el desempleo, el subempleo y mejorar los salarios reales; son

    objetivos de poltica muy importantes. Sin embargo, debemos recordar que

    para poder influir sobre el sistema econmico de manera de obtener los

    resultados deseados si es que acaso es posible-; debemos conocerlo muy

    bien y adems estar concientes de las interrelaciones entre las variables y de

    las restricciones a las cuales nos enfrentamos para hacerlo.

    Caracterizacin del Desempleo:

    Es importante caracterizar los diferentes tipos de desempleo. La tasa de

    desempleo U- en un punto del tiempo es la fraccin de personas que quieren

    trabajar pero no pueden encontrar empleo. Esta tasa, est en principio

    compuesta de diferentes tipos de desempleo: Primero, dado el hecho de que

    los empleos tienden a destruirse o desaparecer, y que toma tiempo para que

    los desempleados temporales encuentren empleadores nuevos que sean

    apropiados, siempre habr una tasa positiva friccional de desempleo (Uf)8.

    Segundo, en todas las economas existen perodos de contraccin y otros de

    expansin de la economa. Se producen shocks tanto a la demanda como a la

    oferta, y los cambios adversos de este tipo causan reducciones en la demanda

    de trabajo que a su vez hacen que muchos trabajadores pierdan sus empleos.

    7 En la Seccin III se ampla el anlisis institucional del Mercado Laboral Ecuatoriano. 8 Mankiw, Gregory; Principles of Macroeconomics; South-Western College Pub; 4 edition 2006.

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  • Este desempleo se conoce como cclico (Uc). En este sentido es temporal se

    espera que dure no ms de dos aos-9.

    En una economa sin imperfecciones en su mercado laboral, tales como

    sindicatos, rigideces legales o un gobierno intervencionista. La tasa total de

    desempleo, en un punto del tiempo ser igual a U=Uf+Uc. Ms an, U tender

    a Uf o de manera alterna Uc tender en promedio a cero en el tiempo. Esto

    debido a que en el largo plazo el empleo se iguala con la oferta de trabajo

    efectiva uno menos Uf mide la oferta laboral-. El desempleo friccional en este

    caso es considerado como la tasa de desempleo de equilibrio Ue. Esta tambin

    se conoce como la tasa natural de desempleo, o como NAIRU -non-

    accelerating inflation rate of unemployment- tasa de desempleo que no acelera

    la inflacin, en una economa sin distorsiones importantes10.

    Cuando se relaja el supuesto de una institucionalidad perfecta, otros tipos de

    desempleo pueden ocurrir. En primer lugar, una condicin necesaria para que

    Ue sea igual a Uf, es que tanto el nivel de salario real como la estructura

    relativa de los salarios sean libres para ajustarse, de tal manera que la

    demanda de trabajo (en el agregado y en cada sector) sea igual a la oferta de

    trabajo efectiva (1-Uf). El salario debe determinarse de manera consistente con

    el pleno empleo (Wf=We)-con Ns=Nd equilibrio del mercado laboral-. Si, por

    alguna razn y existen muchas razones potenciales en la literatura,

    especialmente para los pases menos desarrollados PMDs-, el salario se fija

    artificialmente en W sobre Wf, entonces el valor de Nd ser menor que Ns.

    Esta falla de la estructura del salario para ajustarse produce el desempleo

    estructural11.

    Otro de los fenmenos relacionados con el desempleo estructural, es el

    desempleo que se produce por el efecto de emparejamiento fallido mismatch-

    entre regiones, dentro de un pas. Supngase que existe una regin en la cual

    9 Larran, F; Sachs, Jeffrey; Macroeconoma en la economa global; Segunda Edicin; Pearson-Prentice Hall; Chile 2004. 10 Blanchard, O.; The Economics of Unemployment: Shocks, Institutions and Interactions, Octubre 2000; MIT-NBER Working Paper. 11 Johnson, G; Differences in the Analysis of Unemployment in More and Less Developed Economies; Departament of Economics; The University of Michigan; march 2001; Employment and Unemployment Seminar; Banco de Colombia; Bogot 30 March 2001.

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  • existe pleno empleo a un salario que est apenas sobre el salario mnimo W y

    el nivel salarial puede ajustarse en respuesta a los cambios en la oferta. Existe

    tambin otra regin dnde la demanda laboral es menor a la oferta laboral al

    salario W, las personas de esta regin prefieren seguir viviendo en su lugar de

    origen o no saben acerca de la alternativa de trabajar en la regin de pleno

    empleo. En este caso el desempleo es una combinacin de rigideces salariales

    cualquiera sean sus causas- en una regin y el emparejamiento fallido relativo

    mismatch- de la demanda de trabajo y la oferta de trabajo a travs de las dos

    regiones12.

    Una segunda imperfeccin surge, cuando el gobierno provee beneficios para

    los desempleados. Tal institucin es un subsidio para los potenciales

    trabajadores, para las actividades fuera del mercado y tiene el efecto terico de

    desplazar la oferta de trabajo a la izquierda o negativamente. Esto produce una

    subida en el salario de equilibrio, causado por la intervencin de un ente no

    competitivo que distorsiona el mercado laboral13.

    El desempleo de tipo cola, es otra variante del desempleo estructural, pero es

    importante enfatizarlo dado su importancia en los pases menos desarrollados.

    Este tiene lugar cuando los niveles de salario en algunos mercados laborales

    se fijan arbitrariamente altos, causando que las personas in los mercados de

    salarios bajos escojan atarse a los mercados de salarios altos en la

    esperanza de obtener un empelo con una alta remuneracin. Este modelo fue

    originalmente formulado para explicar los equilibrios de los mercados

    urbano/rural por Harris y Todaro (1970)14. Posteriormente, los habitantes de la

    regin con bajos salarios y desempleo migran a la regin con altos salarios,

    hasta que se genera desempleo en la segunda regin, pues estn sujetos al

    salario mnimo W que ahora ser mayor al nuevo We con la oferta de trabajo

    mayor.

    12 Romer, David; Advanced Macroeconomics; McGraw-Hill Companies Inc.; printed in the United States of America; 1996. 13 Johnson, G; Differences in the Analysis of Unemployment in More and Less Developed Economies; Departament of Economics; The University of Michigan; march 2001; Employment and Unemployment Seminar; Banco de Colombia; Bogot 30 March 2001. 14 Harris, John R. and Michael P. Todaro, Migration, Unemployment and Development: A Two-Sector Analysis, American Economic Review 60, March 1970, pp. 126-42.

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  • Subempleo:

    La medicin de la subutilizacin de la fuerza laboral se ha asociado

    principalmente con el desempleo y sus distintos tipos --abierto, oculto,

    estacional, etc.-- y, por tanto, ha desestimado otro tipo de subutilizacin, el

    subempleo, de importancia en los pases en desarrollo. El concepto de

    subempleo se origin en los anlisis de la crisis econmica de la dcada de

    1930 en los pases desarrollados, crisis que gener no solamente desempleo

    sino tambin de actividades de baja productividad como, por ejemplo, las

    ventas ambulantes. Los estudios del PREALC dieron cuenta del subempleo en

    Amrica Latina asocindolo a la insuficiencia de recursos a los que tienen

    acceso las unidades productivas. Esta insuficiencia se manifiesta en

    actividades de baja productividad e ingreso y/o inadecuacin de calificaciones,

    que son caractersticas del sistema econmico en la regin y, por tanto,

    determinan una situacin de "subempleo estructural"15

    Pueden diferenciarse varios tipos de subempleo. El subempleo invisible implica

    la realizacin de trabajos que generan insuficiente productividad, insuficientes

    ingresos y/o aprovechan de forma inadecuada la capacidad de los

    trabajadores. El subempleo visible comprende a aquellas personas que,

    estando ocupadas, trabajan involuntariamente menos horas que la jornada

    normal. Un tercer tipo es el subempleo productivo, que tiene que ver con la

    forma de organizacin y las caractersticas de las unidades productivas16.

    15 PREALC-OIT; Planificacin del empleo. Santiago de Chile,1982. 16 OIT; "Trabajo". Revista de la OIT, No. 24, abril de 1998.

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  • III. Marco Institucional del Mercado Laboral:

    En este apartado, se realizar una descripcin amplia de las instituciones del

    mercado laboral, que sirva tanto como contexto de la investigacin, como base

    para explicar y buscar las razones de los problemas y obstculos que presenta

    el mercado laboral ecuatoriano. En una primera parte se har un repaso de las

    principales reformas en materia laboral, en el nuevo perodo democrtico y

    especialmente en las reformas post-dolarizacin flexibilizadoras-.

    En la segunda parte se pasar al anlisis de los principios constitucionales y

    los aspectos ms importantes del Cdigo de Trabajo. En este punto se

    expondr la normativa en cuanto a la fijacin de salarios, remuneraciones,

    reparto de utilidades, obligaciones del empleador y otros factores importantes

    que caracterizan el mercado laboral ecuatoriano. De esta manera se buscar

    identificar y describir los problemas institucionales bsicos a ser superados

    para lograr una reforma eficaz y eficiente.

    Las Reformas Laborales (1979-2006):

    La Etapa Reformista: Despus del retorno a la democracia con los gobiernos de Jaime Rolds (1979-81) y Osvaldo Hurtado (1981-84) se realizaron pocas

    reformas en materia laboral, debido sobretodo a que los sindicatos y las

    centrales de trabajadores detentaban gran poder y presencia poltica. Las

    huelgas nacionales constituyen un fenmeno evidentemente poltico de esta

    etapa. El FUT las impuls desde su constitucin en 1981. El Congreso, sin

    embargo, expidi la Ley de Jubilacin de la Mujer a los 25 aos de trabajo y sin

    lmite de edad, la instauracin del dcimo quinto sueldo compensacin por

    costo de vida- y la Ley de la Semana Laboral de 40 horas desde octubre del

    1980-; que no fueron vetadas por el ejecutivo aunque se las consideraba como

    13

  • demaggicas y sobre esto se duplic el salario mnimo vital con lo que se

    afect a las pequeas y medianas industrias17.

    El inicio de la flexibilizacin:

    El rgimen de Len Febres Cordero (1984-88), se caracteriz por una poltica

    autoritaria particularmente orientada contra el Frente Unitario de Trabajadores

    (FUT). Esto junto a un desprestigio de las organizaciones obreras por el

    fracaso de las paralizaciones y huelgas, por ellos convocadas; debilitaron la

    influencia de los mismos18. Sin embargo, la fragilidad poltica del rgimen no

    permiti avance alguno en la reforma laboral.

    Es en el gobierno de Rodrigo Borja (1988-1992), que lleg al poder con una

    mayora en el Congreso, que se realizaron reformas laborales importantes

    como el aumento del nmero de trabajadores para formar un sindicato19, que

    pas de 15 personas a 30; la expedicin de la Ley de Maquilas; y la

    contratacin por tiempo parcial.

    Ley de Rgimen de Maquila y Contratacin Laboral a Tiempo Parcial -Ley 90- La normativa de la industria maquiladora se halla expuesta en la Ley de

    Rgimen de Maquila y Contratacin Laboral a Tiempo Parcial20, conocida

    tambin como Ley 90. Esta ley se dict hace ms de quince aos y desde su

    expedicin no ha sido modificada de manera substancial. Sus objetivos son:

    generar fuentes de empleo lo cual permitir captar mano de obra para

    capacitarla. Modernizar o tecnificar los sectores productivos (transferencia de

    tecnologa). Invertir en sectores de tecnologa avanzada. Incorporar

    componentes nacionales en los procesos de maquila y estimular la inversin

    extranjera directa en el pas.21 Muchas de las operaciones permitidas a las

    17 Espinosa Cordero S.; Presidencia: Jaime Rolds Aguilera; Edufuturo; Pichincha - Ecuador 2006 Diseo y Programacin: Pentaedro; http://www.edufuturo.com/educacion.php; 28/12/2006 16h30. 18 La flexibilidad: el fracaso de la poltica laboral en Ecuador; Juan J. Paz y Mio Cepeda; Semana de Economa Facultad de Economa PUCE Quito, martes 22 noviembre 2005, http://the.pazymino.com; Boletn nov/dic 2005. 19 R.O. S- 817, del 21 noviembre 1991. Ley 133. 20 (RO 493 de 3 de agosto de 1990). 21 (Art. 2). Ley de Rgimen de Maquila. RO. 493 3/10/1990

    14

    http://www.edufuturo.com/educacion.php?cat=Contactohttp://www.pentaedro.com/http://the.pazymino.com/

  • maquiladoras se hallan sujetas a las disposiciones del Cdigo del Trabajo y

    Cdigo Tributario22.

    En el aspecto laboral, el Ministerio del Trabajo y Empleo funciona como

    regulador y ejecutor de poltica. El trabajador ecuatoriano, que labore en

    maquiladoras goza de una proteccin parcial. El empleador, es decir, la

    maquila mantendr las obligaciones correspondientes a lo estipulado en el

    Cdigo de Trabajo23. La remuneracin del trabajador podr ser fijada de mutuo

    acuerdo, pero nuca ser inferior al salario mnimo vital general o al fijado por

    las Comisiones Sectoriales. Adems, el trabajador de maquila tiene derecho a

    todas las bonificaciones y remuneraciones adicionales previstas por la ley, as

    como a la afiliacin al IESS. Los trabajadores de maquila, de esta manera,

    pertenecen al sector laboral formal de la economa, pero en la prctica los

    contratos de maquila no gozan de la estabilidad mnima laboral contemplada en

    el artculo 14 del Cdigo del Trabajo, segn el cual se establece un ao como

    tiempo mnimo de duracin para todo contrato por tiempo fijo o por tiempo

    indefinido. La duracin de la jornada se regula segn lo dispuesto en el Cdigo

    de Trabajo, es decir, no puede superar las ocho horas diarias y las cuarenta

    semanales.

    De todas maneras, el proceso de flexibilizacin de toda la normativa laboral

    que seguira a la expedicin de esta ley (cmo se ver ms adelante),

    proporciona a la industria maquiladora otras opciones de contratacin laboral a

    travs de las cuales puede flexibilizar la contratacin de mano de obra. Estas

    son la contratacin de personal a travs de: Oficinas privadas de colocacin

    (tercerizadoras). Contratos eventuales y por horas. Ampliacin de la facultad de

    contratar trabajadores a prueba para aquellas empresas que amplen o

    diversifiquen su industria. Trabajo suplementario en la contratacin por horas.24

    22 Baquero, Escobar y Fernndez; La Maquila en el Ecuador : 1990-2002-Nota Tcnica No 72; Notas Tcnicas; Direccin de Investigaciones Econmicas; septiembre 2003; www.bce.fin.ec; accedido 20 diciembre 2006 15h00. 23Segn lo expresado en el Cdigo de Trabajo: en el Captulo Tercero art. 42 ver (arriba). Obligaciones del Empleador. 24 Baquero, Escobar y Fernndez; La Maquila en el Ecuador : 1990-2002-Nota Tcnica No 72; Notas Tcnicas; Direccin de Investigaciones Econmicas; septiembre 2003; www.bce.fin.ec; accedido 20 diciembre 2006 15h00.

    15

    http://www.bce.fin.ec/http://www.bce.fin.ec/

  • La profundizacin de la flexibilizacin laboral:

    En los aos subsiguientes, los congresos y gobiernos de turno, realizaron

    nuevas reformas al Cdigo del Trabajo. Sin embargo, las ms importantes se

    hicieron en el gobierno del Dr. Gustavo Noboa Bejarano (2000-2003). La

    poltica laboral de este gobierno tuvo como objetivo la profundizacin de la

    flexibilizacin. Con la ratificacin de la dolarizacin formal de la economa

    ecuatoriana y en un contexto de apertura comercial y financiera, se

    consideraba indispensable una reforma en este campo que asegure el acceso

    al trabajo; mejore la competitividad de las empresas nacionales y disminuya la

    vulnerabilidad de la economa a los shocks del mercado mundial. Estas

    reformas fueron resistidas y criticadas por diversos sectores sociales y crculos

    acadmicos como un retroceso en materia de derechos laborales tanto

    individuales como colectivos.

    Las reformas legales en materia laboral que se dieron en este gobierno,

    tuvieron dos pilares fundamentales: La Ley para la transformacin econmica

    del Ecuador y la Ley para la promocin de la inversin y participacin

    ciudadana.

    Ley Para La Transformacin Econmica Del Ecuador. Trole 1. (Publicada en el Registro Oficial No 33 del lunes 13 de marzo de 2000-Captulo XII de las reformas al Cdigo del Trabajo.)

    Esta ley adems de implementar al dlar como moneda de curso legal, trat de

    promover la privatizacin y la modernizacin del Estado, y afect a varios

    cuerpos legales siendo uno de ellos el Cdigo de Trabajo. Entre las reformas

    se incorpor la contratacin por horas, entendindose en la remuneracin pactada por horas incluidos otros beneficios (13. -Bono navideo- y 14. -Bono

    Escolar- remuneraciones y descanso semanal), aplicndose tanto a las labores

    continuas como discontinuas y pactndose una jornada diaria de hasta ocho

    horas. Como derechos de estos trabajadores se establecieron, adems de la

    remuneracin, la obligatoria afiliacin al IESS (Instituto Ecuatoriano de

    Seguridad Social) y la participacin proporcional en las utilidades de la

    16

  • empresa.25 De acuerdo a esta reforma, la ley dicta que se pueden establecer

    contratos por horas libre y voluntariamente siendo las partes las que acuerden

    la remuneracin salarial por hora trabajada.26 Este tipo de contrato es vlido

    para cualquier tipo de actividad y cualquiera de las partes podr dar por

    concluido el contrato.

    La remuneracin mnima establecida por hora de trabajo en el ao 2000 fue de

    0.50 USD y como se dijo, se daba por entendido que con ella quedaban

    cancelados todos los beneficios econmicos legales que conforman la

    remuneracin total. Los empleadores quedaron en la obligacin de afiliar a sus

    trabajadores al seguro social y de realizar las aportaciones pertinentes de

    acuerdo a la ley. Con la aprobacin de la ley TROLE 1 en el Ecuador se

    pueden establecer contratos laborales por tiempo fijo, por tiempo indefinido, de

    temporada, eventual, ocasional y por horas. En todo contrato de trabajo se

    debe estipular el pago por horas o das si las labores no son permanentes. Se

    estableci al Consejo Nacional de Remuneraciones del Sector Pblico

    (CONAREM), como organismo encargado de la determinacin de las polticas y

    la fijacin de las remuneraciones de los servidores pblicos y obreros del sector

    pblico, sujetos a la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa y al Cdigo

    del Trabajo, respectivamente.

    El CONADES (Consejo Nacional de Salarios) es quien establece anualmente el

    monto del salario bsico unificado para el sector privado. Se prohibi indexar

    las remuneraciones de los trabajadores tomndose como base cualquier

    salario sectorial. Se materializ la unificacin salarial eliminndose el pago del dcimo sexto y dcimo quinto sueldo (la Bonificacin Complementaria y la

    Compensacin por el Incremento del Costo de Vida), adems se congel el

    valor de estas remuneraciones junto a la prohibicin de la creacin de otros

    sueldos, pues estos valores ya estn incluidos en la remuneracin unificada

    (bajo el nombre de "remuneraciones sectoriales unificadas"). Los contratos

    pactados por horas quedaban excluidos del plazo mnimo de duracin de un

    25La flexibilidad: el fracaso de la poltica laboral en Ecuador; Juan J. Paz y Mio Cepeda; Semana de Economa Facultad de Economa PUCE Quito, martes 22 noviembre 2005, www.geocities.com/the ; Boletn nov/dic 2005. 26 Ley Trole 1: Art. 84.- Refrmase el Ttulo del artculo 17, por el siguiente: "Contratos eventuales, ocasionales, de temporada y por horas".

    17

    http://www.geocities.com/the

  • contrato de un ao estipulado en el Cdigo de Trabajo (art. 14). Para la real

    implementacin de estas reformas, el Ejecutivo dictara un Reglamento para la

    contratacin laboral por horas27, en el cual (como regulaciones ms

    importantes), se estableca que ninguna empresa podra tener ms de 40% de

    empleados contratados bajo la modalidad de contrato por hora en labores

    continuas y no se podra cambiar a esta modalidad por horas los contratos de

    trabajadores estables. De la misma manera, en las labores discontinuas, se

    permita trabajar ms de las ocho horas diarias siempre y cuando se respetaran

    los tiempos de descanso establecidos en el art. 51 del Cdigo de Trabajo.

    Ley Para La Promocin De La Inversin Y Participacin Ciudadana.Ley Trole 2. (Publicada En El Registro Oficial No 144 Del 18 De Agosto De 2000-Ttulo XXX De Las Reformas Al Cdigo De Trabajo.)

    Esta ley toc temas de los sectores laboral, petrolero, minera, electricidad,

    aviacin civil y tributacin. El argumento bajo el cual el Gobierno del Dr.

    Gustavo Noboa present reformas al cdigo del trabajo en su proyecto de ley,

    fue el siguiente: Para conseguir nuevas fuentes de empleo es necesario

    flexibilizar y actualizar ciertas normas que pudieran impedir la apertura de

    nuevas oportunidades a los ecuatorianos. Este es el principio que alienta las

    reformas que se proponen en el marco del Cdigo de Trabajo.28

    Pero por sus caractersticas, esta ley fue rechazada por diversos sectores

    poltico-sociales. La Trole 2 (como la calific la ciudadana) tuvo como

    propsito profundizar en las reformas econmicas y laborales ya

    implementadas con la ley Trole 1. El 18 de agosto del 2000 entra en vigencia

    como decreto-ley (por el ministerio de la ley) y contena reformas de tipo laboral

    tales como: Cambiar el concepto de lo que se entenda como remuneracin

    para las indemnizaciones. Fij techos al reparto de utilidades. Trat de afectar

    los contratos colectivos (derog el artculo del Cdigo de Trabajo que permita

    la celebracin de Contrato Colectivo cuando exista una asociacin de ms de

    30 trabajadores); regular huelgas, facilitar despidos. Adems de introducir el 27 R.O. 305(s), 12 abril 2001. 28 Texto de la ley y el Decreto 690, PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Oficio N0 00 - 781 - DAJ.T.441 Quito, 13 de julio del 2000

    18

  • concepto de trabajador poli funcional. Exoneracin a los nuevos empleadores,

    de las garantas econmicas que deberan otorgar a sus trabajadores (por un

    periodo de 6 meses al iniciar su vida empresarial). Se implementaron los

    contratos eventuales de trabajo. Adems, otras reformas como: los

    trabajadores que presten sus servicios en favor de contratistas o

    intermediarios, tendrn derecho a participar en las utilidades (art. 174).

    Contratos eventuales29. Contratos ocasionales y por temporadas.

    La ley Trole 2 fue impugnada por la CONAIE con el apoyo de otros

    movimientos sociales (entre ellos: CEOSL, FUT) ante le Tribunal

    Constitucional. (De los 216 artculos de esta ley fueron vetados 34, la mayora

    fundamentales). El TC mediante Resolucin No. 193-2000-TP30; declar la

    inconstitucionalidad de varios de los artculos. En materia laboral declar

    inconstitucionales a los artculos 182, 183 y 186 de la Ley Trole II que en su

    conjunto establecan que los trabajadores no reciban indemnizacin, luego de

    la terminacin de su relacin contractual con una empresa, si perciben sueldos

    que sobrepasan los USD 1 000. El TC consider que muchos de los cambios

    propuestos por la Trole II (art. 191, 192, 198, 202, 205, 211) violaban el

    derecho que tienen los trabajadores de organizarse y mantener su estabilidad.

    Tambin el concepto de trabajador poli funcional (art. 168) que se trat de

    introducir en esta ley, sufri la misma suerte.

    El gobierno retrocedi, luego de los pedidos de sectores polticos y gremiales y

    de esta forma, se ampla la participacin de los empleados en las utilidades de

    las empresas que llegan hasta US$ 6.000 anuales, superiores a los US$ 4.000

    establecidos en esta ley. Las indemnizaciones por despido se incrementan, y

    se restituye el artculo que permite la celebracin de contratos colectivos

    cuando el empleador tenga ms de 30 trabajadores pertenecientes a una

    asociacin. El Congreso con la Ley Modificatoria de la Ley para la Promocin de a Inversin y la Participacin Ciudadana31, reform la mayora de estos artculos declarados inconstitucionales o los derog.32

    29 Son contratos eventuales aquellos que se realizan para satisfacer exigencias circunstanciales del empleador. 30 R.O. 234 (s). 29 de diciembre de 2000. 31R.O. 374. 23 de julio de 2001 32 Diario Hoy Online; HECHOS 2000 - Diciembre.htm; http://www.hoy.com.ec/hoy.htm, Incertidumbre Poltica.

    19

    http://www.hoy.com.ec/hoy.htm

  • La Tercerizacin: Otra reforma laboral importante ha sido la tercerizacin, introducida en

    1998.33 Posteriormente, se amplio las facultades legales de las colocadoras en

    el gobierno del Ing. Lucio Gutirrez Borbua (2003-2005), que mediante

    Decreto 2166 dicta las Normas que se deben observar en la prestacin de

    servicios de intermediacin laboral conocida como tercerizacin34. Pero la ms

    reciente reforma, fue la ley promulgada el 23 de junio del 200635

    Las oficinas privadas de colocaciones, se definen segn la ley, como aquellas

    que con fines de lucro se dedican a la promocin o intermediacin de empleo,

    para formalizar un contrato de trabajo directo entre empleadores y

    trabajadores, o que actan en calidad de empleadores, para brindar servicios

    de personal a terceras personas36 El trabajo tercerizado puede ofrecerse a

    travs de empresas intermediarias, que son las que contratan a los

    trabajadores; o en forma personal para el sector agrcola. Se aplica a las

    actividades de naturaleza eventual, complementaria, de temporada y por horas.

    Los trabajadores tercerizados no pueden exceder el 75% de la totalidad de los

    trabajadores de una empresa, su remuneracin no puede ser menor al mnimo

    bsico unificado para cada sector y deben estar afiliados al IESS en forma

    obligatoria. Los trabajadores tienen garantizado el derecho a la libre

    organizacin. Y la empresa usuaria es solidariamente responsable con la

    tercerizadora del cumplimiento de las obligaciones laborales37.

    En la Ley de Intermediacin Laboral del 2006, se introducen varios cambios,

    que buscan regular de manera ms estricta a las tercerizadoras. Se obliga a

    niveles ms altos de capitalizacin, se dispone que inspectores del Ministerio

    de trabajo realicen supervisiones peridicas a la actividad de las intermediarias.

    Se da el derecho al pago de utilidades de manera proporcional- al trabajador

    33 R.O. 285 del 27 de marzo de 1998). 34 R.O. 442, del 14 octubre 2004. Decreto Ejecutivo 2166. 35 Ley Reformatoria al Cdigo del Trabajo, Mediante la cual se Regula la actividad de la intermediacin laboral y la de tercerizacin de servicios complementarios. RO.No.298 del 23 de junio de 2006. 36 R.O. 442, del 14 octubre 2004. Decreto Ejecutivo 2166. 37 La flexibilidad: el fracaso de la poltica laboral en Ecuador; Juan J. Paz y Mio Cepeda; Semana de Economa Facultad de Economa PUCE Quito, martes 22 noviembre 2005, www.geocities.com/the ; Boletn nov/dic 2005.

    20

    http://www.geocities.com/the

  • intermediado. Las tercerizadoras debern pagar utilidades a los contratos de

    servicios complementarios38.

    El nuevo presidente de la Repblica del Ecuador Ec. Rafael Correa (2007- ),

    ha anunciado que en su gobierno se eliminar la tercerizacin, argumentando

    que su efecto no ha sido positivo para la creacin y la calidad del empleo. Esto

    es, que no ha logrado generar nuevas plazas de trabajo sino que ha

    empeorado las condiciones de contratacin y el bienestar de los ya empleados

    y por tanto, ser una causa de la pobreza39.

    Principios y Constitucin Poltica del Ecuador:

    La Constitucin Poltica vigente, en el Ttulo III sobre los Derechos, Garantas y

    Deberes de los ecuatorianos, en la Seccin 2. del Captulo IV, Del Trabajo;

    propugna los principios fundamentales sobre los cuales se sustenta la

    legislacin laboral ecuatoriana:

    Pro-operario. Contratacin individual. Irrenunciabilidad e Intangibilidad de

    derechos. Libertad de asociacin (organizaciones de trabajadores: sindicatos,

    comits de empresa o asociaciones).Derecho de huelga. Remuneracin

    mnima. Seguridad social. Indemnizaciones. Se garantiza la contratacin

    colectiva. Participacin de los trabajadores en las utilidades lquidas de las

    empresas. La eliminacin de la subocupacin y la desocupacin como objetivo

    de Estado.40

    De igual manera en el Artculo 23, en el Captulo 2 De los Derechos Civiles, se

    consagran los siguientes derechos fundamentales: (20) La libertad de trabajo.

    Ninguna persona podr ser obligada a realizar un trabajo gratuito o forzoso.

    (21) La libertad de contratacin, con sujecin a la ley. (23) El derecho a una

    38 Disposicin dada por Ley No. 48, publicada en Registro Oficial Suplemento 298 de 23 de Junio del 2006 (Dcimo Primera). 39 Discurso de Posesin de Rafael Correa Presidente del Ecuador; www.rafaelcorrea.com; 16 enero 2007. 40 Art. 35. Constitucin Poltica del Ecuador vigente -1998-2007-.

    21

  • calidad de vida que asegure la salud, alimentacin y nutricin, agua potable,

    saneamiento ambiental; educacin, trabajo, empleo, recreacin, vivienda,

    vestido y otros servicios sociales necesarios.

    En el artculo 244 como objetivo del Estado, dentro de la definicin de nuestra

    economa como Social de Mercado, se propugna: (10) Incentivar el pleno empleo y el mejoramiento de los salarios reales, teniendo en cuenta el aumento de la productividad, y otorgar subsidios especficos a quienes los

    necesiten.

    Como podemos ver, la Constitucin Poltica vigente proporciona la base

    jurdica para cualquier reforma en el mercado laboral. Este marco es

    importante, pues nos da las limitaciones as como los objetivos que debera

    tener una poltica laboral. Es importante destacar, que an en el escenario de

    una posible Asamblea Constituyente las lneas bsicas de este cuerpo

    normativo en materia laboral se mantendran. Los principios fundamentales

    tienen una larga tradicin jurdica y han sido el producto de la evolucin

    institucional surgida de la interaccin de las organizaciones de trabajadores,

    empresarios y estado a lo largo de la historia. De la misma manera los

    objetivos de pleno empleo, mejora en los salarios reales, y proteccin son

    bsicos y difcilmente cuestionables. Los principios y derechos de la libertad de

    trabajo, libertad de contratacin y a una calidad de vida digna que incluye el

    derecho al trabajo y al empleo; son pilares de la legislacin laboral del Estado

    Moderno. En este sentido, lo que se puede esperar, es la posibilidad de que se

    otorgue al Estado un papel ms preponderante en el sistema econmico. Es

    decir, que se le de un rol ms activista para la generacin de empleo y de

    inversin y no slo para su incentivo.

    Fijacin de Salarios y Remuneraciones:

    En el Ecuador, en concordancia con lo que manda la Constitucin Poltica de la

    Repblica, se reconoce el principio de la remuneracin mnima. Cada ao, el

    22

  • Consejo Nacional de Salarios (CONADES), en el cual estn representados los

    empleadores y trabajadores, determina el incremento del salario o sueldo

    bsico unificado para los trabajadores del sector privado. As mismo, las

    Comisiones Sectoriales revisan estos incrementos para los diferentes sectores

    o ramas de trabajo41. En el sector pblico el encargado de la fijacin de

    remuneraciones es la Secretara Nacional Tcnica de Recursos Humanos y de Remuneraciones (SENRES), para la administracin pblica; y por las Unidades de Administracin de Recursos Humanos de cada Entidad

    Pblica.42

    Obligaciones del Empleador: En el Art. 42 del Cdigo de Trabajo -consta de 35 numerales-, se establecen las obligaciones que tiene el empleador para con

    sus empleados. Entre las ms importantes se encuentran por ejemplo: pago

    de un salario justo y sus bonificaciones, buen trato al empleado, dotacin de

    uniformes, tiles y herramientas adecuadas para realizar su trabajo, creacin

    de comedores para los trabajadores, as como de comisariatos y escuelas para

    beneficiar a la familia del trabajador, establecimiento de un seguro mdico y

    pago de una indemnizacin en caso de accidentes de trabajo, derecho de

    vacaciones pagadas cada ao, permiso por enfermedad, afiliacin al seguro

    social, atencin a los reclamos de los trabajadores, pago de la remuneracin

    correspondiente al tiempo perdido cuando se vea imposibilitado de trabajar por

    culpa del empleador, contrato de personas discapacitadas segn sus aptitudes,

    entre otras.

    Definiciones y aclaraciones: De manera general, en la legislacin ecuatoriana, se diferencia a los trabajadores en empleados y obreros. Los

    primeros son los que realizan un esfuerzo predominantemente intelectual sobre

    fsico mientras que los segundos haran un mayor esfuerzo fsico que

    intelectual43. As, se hace una distincin entre el salario y el sueldo; el primero

    41 Art. 117. Cdigo de Trabajo. De la poltica de Salarios Remuneracin Unificada. 42 Art. 53. Ley de Ley Orgnica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificacin y Homologacin de las Remuneraciones del Sector Pblico. 43 Trujillo J. C.; Pez Parral J. F.; Apuntes de Clase: Instituciones de Derecho Laboral; PUCE; Ctedra a cargo: Dra. Ximena Moreno de Solines y Gracielas Monesterolo de Ramrez, 2005-2006.

    23

  • corresponde a los empleados y el segundo a los obreros44. El empleado

    particular se define como el que presta servicios a un empleador de carcter

    intelectual y material e intelectual por un sueldo, participacin en beneficios u

    otra forma de retribucin siempre que no sean actividades ocasionales-.45

    Se debe aclarar que todos los obreros, tanto pblicos cmo privados estn

    sujetos al Cdigo de Trabajo; as como los empleados privados o particulares.

    Los empleados pblicos estn sujetos a la Ley de Ley Orgnica de Servicio

    Civil y Carrera Administrativa y de Unificacin y Homologacin de las

    Remuneraciones del Sector Pblico. As, mismo en las empresas de capital

    mixto con participacin mayoritaria del Estado se sujetarn a esta ley en

    materia de reparticin de utilidades46.

    Sector Privado: Fijacin de Salarios, Remuneraciones y reparticin de utilidades

    En Ecuador, como se expuso anteriormente, el CONADES y las Comisiones

    Sectoriales, cada ao fijan el incremento sobre el sueldo, salario y

    remuneraciones bsicas unificadas (general y luego sectorial) en el sector

    privado. El Consejo Nacional de Salarios fue creado como un organismo

    tcnico del Ministerio de Trabajo y Empleo. Pero funciona ms como una

    instancia de negociacin o arbitraje.

    CONADES: El CONADES est conformado por tres representantes: el Subsecretario de Trabajo que lo preside, un representante de la empresa

    privada Cmaras de Industria, Comercio, Agricultura, Pequea Industria,

    Construccin- y un representante de las Centrales de Trabajadores

    legalmente reconocidas-47. En diciembre de cada ao, el Consejo Nacional de

    44 Art. 80. Cdigo de Trabajo desde aqu en adelante CT-. 45Art. 305. CT. Nota: En la prctica la diferenciacin es difcil especialmente hoy debido los procesos de innovacin tecnolgica, gerencial y organizacional; por lo que esta definicin puede dar lugar a ambigedades. 46 Art. 97. CT. 47 Art. 118. CT.

    24

  • Salarios (y las Comisiones Sectoriales) decide el incremento que se aplicar en

    el ao siguiente para las remuneraciones bsicas mnimas legales que constan

    en las 113 tablas sectoriales para las diferentes ramas o actividades del sector

    privado del pas, de los trabajadores en general, de la pequea industria,

    agrcolas y de maquila.

    Toda vez que no haya unanimidad con respecto al porcentaje de alza de

    sueldos, el valor vigente del incremento deber ser igual a la proyeccin de la

    variacin proyectada del ndice de precios al consumidor establecido por la

    entidad pblica autorizada al efecto48 --el Banco Central del Ecuador-. Existe

    el recurso de apelacin (art. 127 C.T.). El CONADES, segn el Cdigo de

    Trabajo, deber sealizar una poltica salarial que permita el equilibrio entre

    los factores productivos, con miras al desarrollo del pas49.

    Comisiones Sectoriales: Las Comisiones Sectoriales tambin intervienen en la fijacin de los sueldos o salarios bsicos. Estarn conformadas por un vocal

    designado por el Ministro de Trabajo y Empleo preside-, un vocal por los

    empleadores y un vocal por los trabajadores. Estas Comisiones proponen la

    fijacin y revisin de sueldos, salarios bsicos y remuneraciones bsicas

    unificadas en las diferentes ramas del sector privado. Finalmente, es de notar,

    que en el Cdigo de Trabajo se define la gestin del CONADES y de la

    Comisiones Sectoriales como tendientes a la modernizacin, adaptabilidad y

    simplicidad del rgimen salarial, considerando aspectos como la eficiencia y

    productividad.50

    El CONADES, de existir una justificacin tcnica, podr convocar a la

    Comisiones Sectoriales, que debern presentar luego de tres meses un estudio

    o investigacin ante este organismo, para revisar los salarios bsicos

    unificados de la respectiva rama. La fijacin de salarios quedar sujeta a

    aprobacin del Ministerio de Trabajo y Empleo51.

    48 Art. 118. CT. 49 Art. 119. C.T. 50 Art. 122. CT. 51 Art. 123 y Art. 124. C.T.

    25

  • Unidad Tcnica Salarial: Deber recopilar y evaluar los datos relacionados a la calidad de vida del trabajador, salarios, horas de labor, rendimientos,

    situacin econmica del medio, situacin financiera de las empresas. Puede

    pedir la exhibicin de la contabilidad de las empresas y deber efectuar

    estudios en relacin a la rama de actividad donde se fijarn los sueldos,

    salarios o remuneraciones bsicas mnimas unificadas. Puede intervenir y

    orientar para la fijacin de sueldos, salarios y remuneraciones por parte de las

    comisiones. Deber llevar la estadstica general y clasificada relacionada con

    los sueldos y salarios mnimos. Tiene facultades para planificar y orientar la

    poltica a seguirse respecto al sueldo, salario o remuneracin del pas52.

    Criterios para la fijacin de sueldos salarios y remuneraciones bsicas unificadas:

    Las consideraciones o criterios que se establecen el Cdigo de Trabajo para la

    fijacin de los precios laborales mnimos son: La satisfaccin las necesidades

    normales de la vida del trabajador, considerndole como jefe de familia y

    atendiendo a las condiciones econmicas y sociales de la circunscripcin

    territorial. En relacin con el desgaste de energa biosquica en las distintas

    ramas la explotacin industrial, agrcola, mercantil, manufacturera, etc-. El

    rendimiento efectivo del trabajo. Las sugerencias y motivaciones de los

    interesados, tanto empleadores como trabajadores53.

    Estos criterios dan lugar a ambigedades pues no se define con claridad que

    se debe entender por las necesidades normales de la vida del trabajador, o la

    energa biosquica. El rendimiento efectivo del trabajo se puede entender como

    una definicin amplia de la productividad del trabajo. En las negociaciones

    salariales se ha considerado por parte de los trabajadores que satisfacer las

    necesidades normales de la vida tienen que ver con cerrar la brecha del salario

    mnimo y la canasta familiar bsica medida por el INEC-. Por su parte los

    empresarios en general han insistido en fijar el incremento de los salarios en un

    52 Art. 128. C.T. 53 Art. 126. C.T.

    26

  • monto igual a la proyeccin de la inflacin pero con un sesgo a la baja-. La

    aparente ausencia del factor productividad tiene que ver con muchos factores,

    entre ellos la falta de un indicador consolidado de la misma en las Cuentas

    Nacionales.

    Sueldos y Salarios: Los sueldos y salarios se estipularn libremente, pero en ningn caso podrn

    ser inferiores a los mnimos legales54. As mismo, se establece en el Cdigo de

    Trabajo (Art. 82) que en todo contrato de trabajo se estipular el pago de la

    remuneracin por horas o das, si las labores del trabajador no fueran

    permanentes o se trataren de tareas peridicas o estacionales; y, por semanas

    o mensualidades, si se tratare de labores estables y continuas.

    Si en el contrato es de prestacin de servicios personales por jornadas

    parciales permanentes, la remuneracin se pagar tomando en consideracin

    la proporcionalidad en relacin con la remuneracin que corresponde a la

    jornada completa, que no podr ser inferior a los mnimos vitales generales o

    sectoriales. As mismo, se pagarn los restantes beneficios de ley, a excepcin

    de aquellos que por su naturaleza no pueden dividirse, que se pagarn

    ntegramente (Art 82).

    Unificacin Salarial: Desde el 13 de marzo del 2000, se unific las remuneraciones que se encuentren percibiendo los trabajadores del sector

    privado del pas, los valores correspondientes al decimoquinto sueldo

    mensualizado y el decimosexto sueldo; en virtud de lo cual dichos

    componentes salariales ya no se seguirn pagando en el sector privado. En lo

    relativo a los componentes salariales denominados bonificacin

    complementaria y compensacin por el incremento del costo de vida

    mensualizados cuya suma se fue incorporando de manera descendente bajo el

    ttulo de: componentes salariales en proceso de incorporacin a las

    remuneraciones. Tambin, se dispone el congelamiento de los valores

    54 Art. 81. C.T.

    27

  • correspondientes a la compensacin por el incremento del costo de vida y a la

    bonificacin complementaria mensualizada, al 1 de enero del ao 2000, esto

    es, doce dlares (US $ 12.00) y veintiocho dlares de los Estados Unidos de

    Amrica (US $ 28.00), y se prohbe la creacin de nuevos sueldos o

    remuneraciones, as como la revisin o incremento de estos valores.55

    Decimotercer Sueldo o Bono Navideo: Prestacin anual equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que hubiere percibido el trabajador,

    durante el perodo comprendido entre el 1 de diciembre del ao inmediato

    anterior al 30 de noviembre. El pago debe efectuarse hasta el da 24 de

    diciembre.56

    Decimocuarto Sueldo o Bono Escolar: Bonificacin anual equivalente a un (1) Salario Bsico Unificado. Si el trabajador no hubiere trabajado el ao

    completo, se pagar la parte proporcional. El pago deber efectuarse hasta el

    15 de septiembre en la regin Sierra y hasta el 15 de abril en la regin Costa e

    Insular de cada ao, por el perodo anual inmediato anterior, comprendido entre

    el 1 de septiembre y el 31 de agosto.57

    Es importante destacar que el art. 130 del Cdigo de Trabajo Vigente se hace

    una prohibicin explcita de indexacin del el sueldo o remuneracin bsica

    mnima unificada o el salario sectorial unificado como referentes para

    cuantificar o reajustar toda clase de ingreso de los trabajadores pblicos o

    privados.

    Distribucin de las Utilidades a los Trabajadores:

    Los trabajadores de una empresa tienen derecho a recibir el 15% de las

    utilidades antes del pago del Impuesto a la Renta. El 10% de la utilidad ser 55 Art. 131 y 132. C.T. 56 Art. 111 C.T. 57Art.113 y Art. 131 C.T. Componentes Salariales en Proceso de Incorporacin: Estuvieron vigentes hasta 2005.Equivalente a USD16.00 mensuales, los cuales se componen de la suma de los antiguos beneficios conocidos como Bonificacin Complementaria y Compensacin por el Costo de Vida, luego de las reformas al Cdigo de Trabajo aprobadas en la Ley de Transformacin Econmica. A este proceso le restan incorporar USD16 a la remuneracin bsica, los mismos que se irn introduciendo en dos incorporaciones de USD8 en enero del 2004 y enero del 2005, respectivamente.

    28

  • distribuida independientemente de las compensaciones recibidas, el 5%

    restante ser distribuido segn el nmero de hijos de cada trabajador. Aquellos

    trabajadores que no hayan servido todo el ao recibirn una proporcin del

    tiempo que han trabajado durante el ao58. Se excluyen del pago de utilidades

    a los artesanos. Las utilidades se pagarn dentro del plazo de quince das,

    contados a partir del 31 de marzo de cada ao.

    Para la determinacin de las utilidades anuales de las respectivas empresas se

    tomarn como base las declaraciones o liquidaciones que se hagan para el

    efecto del pago del impuesto a la renta (Art.104 C.T.).

    Sector Pblico: Fijacin de Salarios, Remuneraciones y reparticin de utilidades:

    La Secretara Nacional Tcnica de Desarrollo de Recursos Humanos y

    Remuneraciones del Sector Pblico -SENRES-, es la encargada de determinar

    las polticas y la fijacin de las remuneraciones de los servidores pblicos y

    obreros del sector pblico59. La SENRES fija las remuneraciones y determinar

    las escalas de incremento aplicables a dichos servidores pblicos y obreros

    que prestan sus servicios en dicho sector. De la misma manera las Unidades

    de Administracin de Recursos Humanos de cada Entidad Pblica

    intervendrn en la fijacin de remuneraciones especficas.

    Los criterios que se tomarn en cuenta para la fijacin remuneraciones son: La

    proteccin del poder adquisitivo de los servidores y obreros del sector pblico.

    La disponibilidad de fondos en el Estado.60 De la misma manera se establece

    entre las funciones del SENRES la remisin de estudios tcnicos sobre la

    gestin de remuneraciones del sector pblico. Determinar los montos mximos

    obligatorios que se asignarn para cubrir los incrementos salariales y los

    58 Art. 97 C.T. 59 Art. 118 CT. Y Art. 54. Ley Orgnica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificacin y Homologacin de las Remuneraciones del Sector Pblico Los servidores pblicos a la Ley Orgnica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y los obreros pblicos al Cdigo del Trabajo. 60 Art. 118 C.T.

    29

  • dems beneficios econmicos y sociales que pacten en los contratos colectivos

    y actas transnacionales.61

    Con la expedicin de la Ley Orgnica de Servicio Civil y Carrera

    Administritativa se creo la remuneracin mensual unificada, la misma que

    resulta de dividir para doce la suma de todos los ingresos anuales que el

    dignatario, autoridad, funcionario, servidor y trabajador, tenga derecho y que se

    encuentre presupuestado. En esta remuneracin mensual unificada no se

    suman aquellos ingresos que correspondan a los siguientes conceptos: Dcimo Tercer Sueldo o Remuneracin. Dcimo Cuarto Sueldo o Remuneracin.

    Viticos, subsistencias, dietas, horas suplementarias, extraordinarias, encargos

    y subrogaciones62.

    61 Art. 550 Ley Orgnica de Servicio Civil y Carrera Administrativa. 62 Art. 104 y Art. 105 Ley Orgnica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificacin y Homologacin de las Remuneraciones del Sector Pblico

    30

  • IV. Marco Emprico:

    Evolucin y tendencias del empleo, el subempleo urbano y los salarios y remuneraciones:

    En esta seccin se presentar una descripcin de la evolucin del desempleo y

    el subempleo en los aos 1994 -2006. Se busca comprender de una mejor

    manera cul ha sido el desempeo del mercado laboral ecuatoriano urbano.

    Para este anlisis se utilizarn como insumos bsicos a la Encuesta sobre el

    Empleo y el Subempleo Urbano del INEC y la Encuesta del Empleo del Banco

    Central (PUCE hasta 2003-FLACSO hasta 2006). De nuevo, se aclara que se

    profundizar en el anlisis del desempleo urbano y se lo describir

    ampliamente. Se har lo mismo con los salarios y remuneraciones, y se tratar

    de proporcionar sino un cuadro completo del mercado laboral si una buena

    representacin del mismo, que nos permitir delinear las caractersticas de una

    reforma eficiente, eficaz y consistente.

    Evolucin del Salario Mnimo Vital y Remuneraciones Complementarias

    Evolucin Salarios y Remuneraciones

    0200000

    400000600000800000

    1000000

    12000001400000

    01/9

    4

    05/9

    4

    09/9

    4

    01/9

    5

    05/9

    5

    09/9

    5

    01/9

    6

    05/9

    6

    09/9

    6

    01/9

    7

    05/9

    7

    09/9

    7

    01/9

    8

    05/9

    8

    09/9

    8

    01/9

    9

    05/9

    9

    09/9

    9

    01/0

    0

    05/0

    0

    mes

    sucr

    es

    Fuente: Boletn Anuario 2001 Banco Central del Ecuador. Datos: Ministerio de Trabajo y Empleo. Procesamiento y

    Grfico: Propio.

    Como ya se expuso en la Seccin III. del presente trabajo Anlisis

    Institucional del Mercado Laboral-; los salarios, sueldos y remuneraciones

    mnimas se fijan mensualmente en CONADES en el perodo descrito (1994-

    31

  • 2000). Esto, hasta la reforma de la ley Trole I (marzo-2000), mediante la cual

    se dispuso la fijacin anual de los mismos y la unificacin salarial. As, vemos

    un grfico escalonado que corresponde a los ajustes semestrales. Los salarios

    mnimos nominales crecieron escalonadamente cada seis meses hasta marzo

    del 2000. En este ao, ya dolarizados los incrementos se harn en dlares

    anualmente.

    As en el siguiente grfico se puede observar los incrementos en las

    remuneraciones nominales bsicas. Estos incluyen para su clculo, el salario

    bsico unificado fijado por el CONADES cada ao, sumado el dcimo tercer y

    dcimo cuarto sueldo (divididos cada uno para 12, para tener su valor mensual)

    y ms las remuneraciones sectoriales unificadas (llamadas as desde el 2005)

    que corresponden hoy a 8 dlares.

    Evolucin salario nominal bsico y remuneraciones

    0

    50

    100

    150

    200

    Ene-

    00

    Jul-0

    0

    Ene-

    01

    Jul-0

    1

    Ene-

    02

    Jul-0

    2

    Ene-

    03

    Jul-0

    3

    Ene-

    04

    Jul-0

    4

    Ene-

    05

    Jul-0

    5

    Ene-

    06

    Jul-0

    6

    t

    dla

    res

    Fuente: Boletn Mensual (dic-2006) Banco Central del Ecuador. Procesamiento y Grfico: Propio.

    Estos ajustes salariales, fueron hechos en base a la negociacin en el seno del

    CONADES, entre un representante de la empresa privada Federacin de

    Cmaras de Industria, Comercio, Agricultura, Construccin, etc.- y un

    representante de los movimientos legalmente reconocidos- de trabajadores.

    En la mayora de los casos, no se lleg a un acuerdo y los salarios, sueldos y

    remuneraciones bsicas fueron fijados a criterio del Ministro de Trabajo y

    Empleo. La ley manda que cuando no hay acuerdo se incremente el salario

    bsico en la misma cantidad que la inflacin proyectada por el Banco Central

    del Ecuador. Sin embargo, las disposiciones del Cdigo de Trabajo dan lugar a

    ambigedades pues en el Art. 126, sobre los criterios de la fijacin de salarios

    se exponen criterios cmo la satisfaccin de las necesidades normales, el

    rendimiento del trabajo y el desgaste fsico.

    32

  • Es destacable que el sistema de negociacin salarial establecido por el

    CONADES ha dado lugar a que en la mayora de los casos la decisin quede

    en manos del Ministro de Trabajo, debido a la imposibilidad de llegar a

    acuerdos entre los empresarios y trabajadores.

    El mecanismo de fijacin de salarios no considera en la negociacin salarial,

    los niveles de desempleo como un factor preponderante en la fijacin de los

    salarios bsicos. Esto puede dar lugar, a que se produzca un fenmeno del tipo

    interno-externo (insider-outsider) en relacin a la fuerza de trabajo empleada

    que busca mejorar su situacin y la parte de la poblacin que estando

    desempleada pudiera verse afectada por un aumento de salarios63. La fijacin

    de salarios mnimos dentro de este marco de negociacin, claramente tiende a

    mantener o mejorar la capacidad adquisitiva de los ya empleados. Esto debido

    a que los internos son los nicos con representacin dentro del CONADES. Es

    claro que tener un representante de los desempleados en la negociacin es

    algo irreal, dado que no existen organizaciones legalmente reconocidas de los

    mismos. En este caso, el Ministro de Trabajo y Empleo debera actuar como si

    lo fuese; es decir, tomando en cuenta estos intereses en la toma de sus

    decisiones.

    Los salarios bsicos en Ecuador, no se determinan por el equilibrio de la oferta

    y la demanda de trabajo, sino que son el resultado de la negociacin y ms an

    debido al diseo y los incentivos de la misma, se imposibilitan el llegar a

    acuerdos entre los empleados y los empleadores, como lo demuestra la

    sucesin de negociaciones fallidas en el seno del CONADES. Queda, en la

    prctica, a discrecin Ministro de Trabajo y Empleo que ajustar la mayor parte

    de las veces el incremento tomando en cuenta, slo la inflacin proyectada o

    invocando los criterios de satisfaccin de necesidades en relacin a la brecha

    del salario bsico y la canasta familiar-. La literatura econmica nos dice, que

    en general, los acuerdos derivados de este tipo de negociaciones, al

    63 Romer, David; Advanced Macroeconomics; McGraw-Hill Companies Inc.; printed in the United States of America; 1996; pg 466.

    33

  • incrementar los salarios nominales, incrementan a su vez los salarios reales

    por sobre el equilibrio competitivo y permiten a las firmas decidir sobre el

    nmero de trabajadores que emplearn. El resultado es la reduccin en el

    nmero de trabajadores contratados, o en el caso de existir costos altos de

    despido o contratos de largo plazo, afectarn ms bien la probabilidad de

    encontrar trabajo para los desempleados. Creando as un aumento del

    desempleo estructural64.

    Salario Real:

    Es claro que mirar solamente al salario nominal es insuficiente, debido a que lo

    que interesa son los precios relativos, pues son sobre estos que los agentes

    econmicos racionales hacen sus decisiones. As, utilizando el ndice de

    Salario Real (con base septiembre 94-agosto 95=100), para el perodo 1994-

    2005, podemos ver que:

    El salario real tuvo una evolucin positiva desde enero de 1994, con un ndice

    de 85.5 que va poco a poco ascendiendo hasta llegar a un pico en el mes de

    julio de 1996 al alcanzar un ndice de 120.5. Posteriormente podemos ver la

    sima de todo el perodo analizado que corresponde como era de esperarse al

    perodo de crisis que sufri el pas a finales de la dcada del 90. Cmo

    observamos en las secciones anteriores, los salarios nominales siguieron

    incrementndose en este perodo por lo que la cada del salario real se debi al

    aumento de precios. As, en marzo del 2000 se llega a 64.3. Esto represent

    sin duda alguna un grave retroceso en materia de bienestar social.

    Posteriormente debido a los incrementos salariales ya en dlares y sobre todo

    a la estabilizacin del nivel de precios, el ndice del salario real se va

    incrementando poco a poco, hasta alcanzar un mximo de 111.9 en enero del

    2005.

    64 Mankiw, Gregory; Principles of Macroeconomics; South-Western College Pub; 4 edition 2006; pg.116.

    34

  • Evolucin ndice de Salario Real (base sep94-ago95)

    020406080

    100120140

    Ene-9

    4

    Ene-9

    5

    Ene-9

    6

    Ene-9

    7

    Ene-9

    8

    Ene-9

    9

    Ene-0

    0

    Ene-0

    1

    Ene-0

    2

    Ene-0

    3

    Ene-0

    4

    Ene-0

    5

    t

    ndi

    ce

    Fuente: INEC y Ministerio de Trabajo. Procesamiento y Grfico: Propios.

    Evolucin ndice salario real (Base ene-dic 2004)

    0

    20

    40

    60

    80

    100

    120

    Ene/

    02

    May

    /02

    Sep/

    02

    Ene/

    03

    May

    /03

    Sep/

    03

    Ene/

    04

    May

    /04

    Sep/

    04

    Ene/

    05

    May

    /05

    Sep/

    05

    Ene/

    06

    May

    /06

    Sep/

    06

    t

    ndi

    ce

    Fuente: INEC y Ministerio de Trabajo. Procesamiento y Grfico: Propios.

    El INEC, desde enero del 2002 ha realizado un reprocesamiento del ndice de

    Precios al Consumidor Urbano y de la misma manera del ndice del Salario

    Real. La base para este perodo est dada por el ao 2004 (enero-diciembre

    2004=100). La tendencia del salario real para el perodo 2002-2006, no difiere

    de la anterior descrita. Vemos una tendencia ascendente bastante lenta, que se

    debe bsicamente a dos motivos: la negociacin anual de los salarios ya no

    semestral-, la unificacin salarial que elimin el 15to y 16to sueldos-, y la

    estabilizacin de los precios. Esta ltima, ha jugado un papel positivo sobre la

    evolucin de los salarios, pues tpicamente si el incremento salarial es fijado

    sobre la inflacin proyectada, el salario real slo se incrementar dado que la

    35

  • inflacin efectiva sea menor a la primera. De esta manera, observamos que la

    evolucin de esta serie es similar a la serie de salarios nominales. Esto

    contrasta con la evolucin en picos antes de la dolarizacin e la economa,

    debido a que la inflacin efectiva superaba siempre a la proyectada y al ajuste

    salarial.

    Salario Real (base ene-dic 2004)

    0

    50

    100

    150

    200

    Ene-

    02

    May

    -02

    Sep-

    02

    Ene-

    03

    May

    -03

    Sep-

    03

    Ene-

    04

    May

    -04

    Sep-

    04

    Ene-

    05

    May

    -05

    Sep-

    05

    Ene-

    06

    May

    -06

    Sep-

    06

    dla

    res

    t

    Fuente: Clculos propios sobre la base del Encuesta Empleo BCE (PUCE-FLACSO) Procesamiento y elaboracin: Propia.65

    Variacin del Salario Real:

    El salario real como vemos, posterior a la dolarizacin y por efecto de la

    estabilizacin de los precios, logra estabilizar su variacin porcentual (calculada

    sobre el ndice de salario real), esto demuestra que la dolarizacin tuvo un

    efecto estabilizador sobre esta variable. Sin duda, la mayor fuente de variacin

    est en la fijacin salarial de precios que se haca antes de marzo del 2000

    semestralmente y desde esa fecha hasta el da de hoy anualmente. Podemos

    ver que la figura tiene una forma de sierra, donde cada pico est asociado a los

    procesos de negociacin en el CONADES. En el perodo antes de la

    dolarizacin observamos que existen perodos de variacin negativa

    destacables como en el ao 1999, esto debido al efecto negativo sobre el

    65 Para el clculo del salario real en dlares, ms bien el salario mnimo real en dlares; se utiliz una simple regla de tres donde la base ene-dic 2004=100 corresponda al valor nominal de 166.1. Al mismo tiempo se tena el ndice de salario real con esta base, con lo que se calcul el valor en dlares del salario real, para el perodo 2002-2006.

    36

  • salario real del aumento de los precios. Luego de la dolarizacin la variaciones

    negativas son muy pequeas y no sobrepasan el 0.05%.

    Variacin del Salario Real (base sep94-ago 2005=100)

    -20

    -10

    0

    10

    20

    30

    40

    Ene/

    94

    Ene/

    95

    Ene/

    96

    Ene/

    97

    Ene/

    98

    Ene/

    99

    Ene/

    00

    Ene/

    01

    Ene/

    02

    Ene/

    03

    Ene/

    04

    Ene/

    05

    t

    %

    Fuente: Clculos sobre la base de datos INEC y Ministerio de Trabajo. Procesamiento y Grfico: Propios.

    Variacin del Salario Real (base ene-dic 2004=100)

    -0.05

    0

    0.05

    0.1

    0.15

    Ene-

    02

    May

    -02

    Sep-

    02

    Ene-

    03

    May

    -03

    Sep-

    03

    Ene-

    04

    May

    -04

    Sep-

    04

    Ene-

    05

    May

    -05

    Sep-

    05

    Ene-

    06

    May

    -06

    Sep-

    06

    t

    %

    Fuente: Clculos sobre la base de datos INEC y Ministerio de Trabajo. Procesamiento y Grfico: Propios.

    37

  • Fuente y Elaboracin: Boletn de Coyuntura Diciembre 2006 BCE.

    El Salario Mnimo o Bsico:

    El papel de los salarios bsicos o mnimos en una economa, ha sido y sigue

    siendo un campo polmico tanto en la teora como en la prctica econmica y

    poltica. La mayora de tericos sealan las distorsiones que causan la

    existencia de precios fijos o inflexibles en cualquier mercado, incluido el laboral.

    En especial se seala, su efecto negativo sobre los trabajadores jvenes y/o

    sobre los menos capacitados, que podran ser contratados a un salario

    relativamente ms bajo. El razonamiento es simple, el salario mnimo afecta

    solamente a aquellos cuya productividad marginal sea tan baja que el salario

    real al que le corresponde -dado los precios- el salario nominal (Wc) sea

    menor que el fijado por las autoridades (Wa>Wc). Este punto, a pesar de su

    simpleza es crucial, ya que se ha probado que la distancia o la brecha entre el

    salario competitivo y el fijado determinan el efecto real de un incremento

    salarial sobre el empleo66. Si Wc< Wa entonces el salario mnimo no tendr

    efecto pues estar bajo el nivel de equilibrio y por tanto, los agentes

    contratarn al nivel competitivo. Si acaso Wa>Wc entonces habr desempleo

    estructural.

    66 Blanchard, Oliver; Designing Labor Market Institutions; MIT-NBER Working Papers; March 28, 2004; Lecture given at the seventh annual conference of the Central Bank of Chile, on \Labor markets and Institutions". This lectureis based on joint work with Jean Tirole.

    38

  • El mayor consenso est en el efecto negativo de un incremento sobre el

    empleo adultos no calificados y jvenes-67. Sin embargo, algunos estudios

    empricos no han encontrado una relacin negativa significativa y a veces se

    ha estimado una relacin positiva- entre el empleo y el incremento de los

    salarios mnimos. Existe una explicacin tentativa a esta aparente

    contradiccin. La primera es que existen firmas que tienen un poder

    monopsnico y por tanto, subiendo el precio del trabajo se les forzar a

    aumentar la cantidad demandada y por ende el empleo, para maximizar su

    utilidad-beneficio68. Se debe decir, que en Ecuador, es difcil sostener la teora

    del Monopsonio, pues es difcil encontrar empresas con tal poder de mercado

    en la demanda de trabajo. Ninguna empresa en el Ecuador es lo

    suficientemente grande para tener este poder (no como el caso de Daewoo en

    Corea del Sur, que emplean a una parte importante de la poblacin o como

    Mc.Donalds en EEUU que contrata a gran cantidad de la poblacin adolescente

    de ese pas). Sobretodo, an de existir tal empresa no por eso, no tendr

    competencia en el mercado de trabajo; esto debido sobretodo a la buena

    integracin geogrfica del pas que permite gran movilidad de la fuerza de

    trabajo dentro de las fronteras y la posibilidad de la migracin de la mano de

    obra al exterior69.

    En los siguientes grficos podemos ver claramente que el desempleo de

    acuerdo a nivel educativo, que puede ser una variable Proxy de productividad.

    De igual manera el desempleo por grupos de edad.

    67 Mankiw, Gregory; Principles of Macroeconomics; South-Western College Pub; 4 edition 2006; pg.115. 68 Lawrence Katz and Alan Krueger,The Effects of the Minimum Wage on the Fast-Food Industry, Industrial and Labor Relations Review 46 (October 1992): 621. 69Amores C, Izquierdo S, Len M, Lucio R, Ponce J; Informe Social 2003: Desarrollo social y pobreza en el Ecuador, 1990-2001 Cp. 6 Empleo; Secretara Tcnica del Frente Social, SIISE IV; Quito Ecuador.

    39

  • Los salarios mnimos tambin son justificados, debido a su efecto sobre la

    pobreza. Los defensores de un alza en el mismo lo miran como un medio para

    aumentar el ingreso de los pobres que trabajan y/o son asalariados-70.

    Efectivamente, en Ecuador la brecha entre la canasta bsica familiar medida

    por el INEC para diciembre del 2006 y el salario bsico era de $ 453, y del

    salario bsico unificado, que era de $ 160. Si se suman los ingresos por el 13er

    y 14to sueldo, ms vacaciones y utilidades (divididos para 12) la brecha

    decrece pero sigue siendo grande. Otros anlisis sugieren que la prdida de

    empleo generada por estas rigideces es an ms perjudicial para la lucha

    contra la pobreza. Se ha sugerido, por ejemplo, que una salida mejor a esta 70 CEPAL; Pobreza y distribucin del ingreso; Captulo I: Panorama social de Amrica Latina 2004, pp.-51-95; (2004). Pinto, A. y de Filipo, A; Desarrollo.

    40

  • disyuntiva es el impuesto negativo a la renta para los ingresos bajo la lnea de

    la pobreza. Combinado con una desregulacin del mercado laboral en materia

    de salarios mnimos. Esto permitira un mayor empleo, que a pesar de tener un

    salario promedio ms bajo, ser compensado por estas transferencias

    focalizadas71. Estas dos polticas combinadas pueden ayudar a disminuir la

    pobreza ms efectivamente al permitir que los pobres tengan una mayor

    probabilidad de tener un empleo y al mismo tiempo ayudando a mantener un

    nivel de ingreso mejor.

    Evolucin del Desempleo y el Subempleo:

    Podemos ver, que desde 1981 se produce un cambio importante en la

    estructura del mercado laboral ecuatoriano. Los niveles de desempleo y

    subempleo se vuelven permanentemente ms altos. Esto puede deberse a

    varios factores, que se tratarn de dilucidar posteriormente72. Desde un punto

    de vista histrico este punto de quiebre, tienen que ver con la cada del modelo

    de industrializacin por sustitucin de importaciones (desde aqu en adelante

    MSI), la crisis de la deuda externa, el fin del auge petrolero y una crisis

    econmica interna y externa73. Los picos del subempleo en el perodo descrito

    son: 1991 con 54% y en 1998 con 52%. Los picos del desempleo son 1996

    10.4% y en 1999 15.1%. As mismo los niveles ms bajos de desempleo y

    subempleo corresponden a la dcada de los 70s; pero en el perodo (1980-

    2006) las simas son: 1990 con 6.1% de desempleo y 2002 con 30.7% de

    subempleo.

    71 Mankiw, Gregory; Principles of Macroeconomics; South-Western College Pub; 4 edition 2006; pg.115. 72 Al analizar la composicin del desempleo y al analizar las productividades marginales del trabajo para la Economa Ecuatoriana en el Perodo 1950-2006. Seccin IV. 73 Acosta, Alberto; Breve Historia Econmica del Ecuador; Corporacin Editora Nacional; Quito; 2005; pg. 220-230.

    41

  • Evolucin del Desempleo y Subempleo (PUCE-FLACSO-BCE)

    010203040506070

    1970

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    1982

    1985

    1988

    1991

    1994

    1997

    2000

    2003

    2006 aos

    %

    subempleodesempleo

    Fuente: Varios Boletines Anuario. BCE. ndice de Precios al Consumidor y Productor, Salarios, Empleo y Mercado Laboral (Varios Nmeros) Los valores presentados son a diciembre de cada ao. Procesamiento y Elaboracin: Propio.

    En el perodo recin descrito, el desempleo tambin se puede definir como un

    proceso aleatorio con tendencia estocstica74. Significando esto, que varia de

    manera aleatoria sobre una tendencia que en este caso es la tasa de

    desempleo natural. La definicin de este trmino es muy amplia (ver Seccin

    II), pero de manera sucinta se puede decir, que es la tasa de desempleo

    friccional o se lo puede ver como la tasa de desempleo que no acelera la

    inflacin (NAIRU)75. Las fluctuaciones se deberan a factores: cclicos,

    estacionales. Que se espera que en el largo plazo tengan un efecto nulo (su

    suma debera ser cero). Las fluctuaciones debidas a factores estructurales.

    Que cambian o logran un desplazamiento de la tendencia y que son: choques a

    la productividad y de la misma manera las imperfecciones institucionales76.

    Estas ltimas juegan un papel importante en la determinacin del desempleo y

    son el objeto del presente estudio. Finalmente, existe un aspecto contenedor,

    que viene de la migracin que alivia la presin de la creciente PEA sobre el

    mercado laboral rgido.

    La tendencia del desempleo es un indicador de la salud de un mercado laboral,

    pues mientras ms alta es, ms esclertico es el mismo. Esto puede significar

    74 Se tratar sobre las propiedades probabilsticas del desempleo ms ampliamente en la seccin IV. 75 Mankiw, Gregory; Principles of Macroeconomics; South-Western College Pub; 4 edition 2006; pg.109. 76 Cap Parrilla, Gmez Garca; Pleno empleo: Concepto y estimaciones para las regiones espaolas; marzo 2006; Revista Economa Laboral; VI Jordanas de Economa Laboral.

    42

  • que la movilidad laboral ha decrecido, es decir, los flujos de trabajadores que

    fluyen entre el empleo y el desempleo han cado y sobretodo la probabilidad de

    encontrar trabajo es menor en trminos relativos a la posibilidad de perderlo.

    Tambin puede deberse a que existen fuerzas, barreras o rigideces que lo

    mantienen permanentemente alto pues limitan el dinamismo de estos flujos en

    el mercado laboral (de ah el sentido de esclerosis dado por Blanchard)77.

    Finalmente si el desempleo es un proceso estacionario o no estacionario,

    siendo el primer caso la caracterstica de la Histeresis, no lo trataremos

    todava. Pero puede adelantarse que se probar que en el perodo de crisis de

    1999 y los dos aos subsiguientes se probar que existi un proceso de raz

    unitaria, es decir, un alto componente de desempleo cclico causado por un

    choque negativo que tiene efectos durables-o memoria infinita-78.

    Evolucin del Desempleo y Desempleo Natural

    02468

    10121416

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