Elementos existenciales del estado.docx

10
Estado Lo conocemos como una sociedad necesaria, orgánicamente perfecta, la cual se encuentra establecida en un territorio determinado y procura realización de sus nes humanos mediante un régimen de poder supremo independiente. Es un ente indivisible, conformado por el territorio, y poder como un ente homogéneo llamado Estado. No se puede establecer de manera precisa cuando surge el Estado como es en la época del enacimiento cuando Nicolás de !a"uiavelo introduc la literatura pol#tica el vocablo Estado para designar lo "ue hoy con por tal Estado. La utilización de este vocablo trae como consecuencia las poliar"u#as del enacimiento "ue hasta ese momento ten#an un cará impreciso en lo territorial y carec#an coherencia pasan a ser unidades de poder continuas y organizadas, tienen e$ercito permanente, una $erár"uica "ue funciona y un orden $ur#dico unitario, imponi s%bditos el deber de obediencia con carácter general, es as# como med la unidad de acción pol#tica se introducen instrumentos de mando milita burocráticos y económicos. &ara la Edad !oderna el poder de mano pasa a ser propiedad del Estado, sumándole a esto una serie de tareas "ue se encontraban anteriormente manos de familias, la iglesia y otras instituciones privadas, tales como las comunicaciones, la administración de $usticia, le ense'anza, la sani medicina. (e $erar"uizaron las autoridades, ordenándolas de modo regular, estableciendo competencias espec#cas en las "ue funcionarios especializados nombrados por el superiory económicamente dependientes, consagraron su actividad de modo continuo y principal a función para "ue estaban destinados, cooperando de esta maner formación de una unidad de poder estatal. )on la institución del poder pol#tico y el aparato burocrático desapa administración de carácter feudal predominante en la Edad !edia en la no e*ist#an presupuestos ni distinción entre los gastos p%bli privados del (e'os, ni un patrimonio independiente "ue perteneciera a territorio y al estado. En el estado moderno ning%n miembro de la +dministración tiene propiedad de los medios "ue administra, ya "ue t patrimonio es del Estado. En el siglo - los pr#ncipes establecen los impuestos. El derecho culto fue encomendado a funcionarios especializ formados en el derecho omano sustituyendo en los tribunales personas "ue carec#an de preparación, eliminando de esta mane práctica del derecho del más fuerte mediante la aplicación d racionales "ue tra$eron seguridad $ur#dica y paz territorial. !ás tarde aparecen los codicadores y $urisdicción burocrática y la emancipación del Estado como autoridad %nica "ue conocemos hoy en d#a /asta con la e*istencia de un Estado para "ue de hecho y de derecho y

Transcript of Elementos existenciales del estado.docx

EstadoLo conocemos como una sociedad necesaria, orgnicamente perfecta, la cual se encuentra establecida en un territorio determinado y procura la realizacin de sus fines humanos mediante un rgimen de poder supremo e independiente. Es un ente indivisible, conformado por el territorio, poblacin y poder como un ente homogneo llamado Estado.No se puede establecer de manera precisa cuando surge el Estado como tal, es en la poca del Renacimiento cuando Nicols de Maquiavelo introduce en la literatura poltica el vocablo Estado para designar lo que hoy conocemos por tal Estado. La utilizacin de este vocablo trae como consecuencia que las poliarquas del Renacimiento que hasta ese momento tenan un carcter impreciso en lo territorial y carecan coherencia pasan a ser unidades de poder continuas y organizadas, tienen ejercito permanente, una unidad jerrquica que funciona y un orden jurdico unitario, imponiendo a los sbditos el deber de obediencia con carcter general, es as como mediante la unidad de accin poltica se introducen instrumentos de mando militar, burocrticos y econmicos.Para la Edad Moderna el poder de mano pasa a ser propiedad del Estado, sumndole a esto una serie de tareas que se encontraban anteriormente en manos de familias, la iglesia y otras instituciones privadas, tales como las comunicaciones, la administracin de justicia, le enseanza, la sanidad y la medicina.Se jerarquizaron las autoridades, ordenndolas de modo regular, estableciendo competencias especficas en las que funcionarios especializados nombrados por el superior y econmicamente dependientes, consagraron su actividad de modo continuo y principal a la funcin para que estaban destinados, cooperando de esta manera a la formacin de una unidad de poder estatal. Con la institucin del poder poltico y el aparato burocrtico desaparece la administracin de carcter feudal predominante en la Edad Media en la cual no existan presupuestos ni distincin entre los gastos pblicos y los privados del Seos, ni un patrimonio independiente que perteneciera al territorio y al estado. En el estado moderno ningn miembro de la Administracin tiene propiedad de los medios que administra, ya que todo el patrimonio es del Estado. En el siglo XVI los prncipes establecen los impuestos. El derecho culto fue encomendado a funcionarios especializados formados en el derecho Romano sustituyendo en los tribunales a las personas que carecan de preparacin, eliminando de esta manera la prctica del derecho del ms fuerte mediante la aplicacin de normas racionales que trajeron seguridad jurdica y paz territorial. Ms tarde aparecen los codificadores y jurisdiccin burocrtica y la emancipacin del Estado como autoridad nica que conocemos hoy en da. Basta con la existencia de un Estado para que de hecho y de derecho ya sea una persona jurdica. Para ingresar a la comunidad internacional de Estado se debe hacer El reconocimiento el cual ser el momento que se acepta una nueva personalidad jurdica entre naciones, esta va a tener igualdad en jerarqua y privilegios como miembro y se le reconoce su personalidad jurdica. Un Estado es igual a otro sin distincin de naturaleza en cuanto a los derechos y obligaciones que tenga.

Funciones del EstadoLa principalfuncindel estado consiste en satisfacer los fines fundamentales y complementarios de lapoblacin, organizadas en las diferentes comunidades que hacen vida en el territorio nacional, garantizndoles la libertad, la igualdad y dems derechos fundamentales del hombre.El Estado tiene como fines esenciales la defensa y eldesarrollode la persona y elrespetoa sudignidad, el ejercicio democrtico de la voluntad popular, laconstruccinde una sociedad justa y amante de la paz, lapromocinde la prosperidad y bienestar del pueblo y la garanta del cumplimiento de losprincipios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitucin.De modo simple podemos afirmar que las funciones equivalen a lo que hay que hacer para realizar los fines del Estado. En el Estado contemporneo se reconocen cinco funciones bsicas: la legislativa, ejecutiva, judicial, ciudadano y electoral, cada una de las ramas del poder pblico est instituida para llevar a cabo por regla general una de esas funciones.

Legislativo: ejercido por la Asamblea Nacional integrada por diputados(as). Es competencia de ste: Legislar en materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas de Poder Nacional. Proponer enmiendas y reformas a la Constitucin, en los trminos establecidos en ella. Ejercerfuncionesdecontrolsobre el Gobierno y laAdministracinPblica Nacional. Organizar y promover la participacin ciudadana en los asuntos de su competencia. Decretar amnistas. Discutir y aprobar el presupuesto nacional y todoproyectode ley concerniente al rgimen tributario y alcrditopblico. Autorizar los crditos adicionales al presupuesto. Aprobar las lneas generales del plan de desarrollo econmico y social de laNacin, que sern presentadas por el Ejecutivo Nacional. Autorizar al Ejecutivo Nacional para celebrar contratos de inters nacional. Autorizar los contratos de inters pblico municipal, estadal o nacional con estados o entidades oficiales extranjeras o consociedadesno domiciliadas enVenezuela. Dar voto de censura al (o la) Vicepresidente(a) Ejecutivo(a) y los Ministros(as). La mocin de censura podr decidir, por las tres quintas partes de los diputados(as), que el voto de censura implica la destitucin del Vicepresidente(a) o Ministro(a). Autorizar elempleode misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el pas. Autorizar a Ejecutivo Nacional para enajenarbienesinmuebles deldominioprivado de la Nacin. Autorizar a los funcionarios(as) pblicos(as) para aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros. Autorizar el nombramiento del (o la) Procurador(a) general de la Repblica y de los (o las) Jefes(as) de Misiones Diplomticas Permanentes. Acordar los honores del Panten Nacional a venezolanos(as) ilustres, que hayan prestadoservicioseminentes a la Repblica, despus de transcurridos veinticinco aos de su fallecimiento. Esta decisin podr tomarse por recomendacin del Presidente(a) de la Repblica, de las dos terceras partes de los Gobernadores(as) deEstado, o de los rectores(as) de las Universidades Nacionales en pleno. Velar por losinteresesy autonoma de los Estados. Autorizar la salida del presidente(a) de la Repblica del territorio nacional cuando su ausencia se prolongue por un lapso superior a cinco das consecutivos. Aprobar por ley los tratados o convenios internacionales que celebre el Ejecutivo Nacional. Dictar su reglamento y aplicar las sanciones que en l se establezcan. Calificar a sus integrantes y conocer de su renuncia. La separacin temporal de un diputado(a) slo podr acordarse por el voto de las dos terceras partes de los diputados(as) presentes. Organizar suserviciodeseguridadinterna. Acordar y ejecutar su presupuesto degastos, tomando encuentalas limitaciones financieras del pas. Ejecutar las resoluciones concernientes a su funcionamiento y organizacin administrativa.Ejecutivo: lo ejerce el Presidente(a) de la Republica, el(la) Vicepresidente(a) Ejecutivo(a) y los Ministros(as). El ejecutivo ser responsable de sus actos y del cumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo. Se encuentra obligado a procurar la garanta de los derechos y libertades de los venezolanos, as como la independencia, integridad, soberana del territorio y defensa de la Republica.

Judicial: est constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, el Ministerio Pblico, la Defensora Pblica, los rganos de investigacin penal, los auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos que participan en la administracin de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados para el ejercicio. En trminos generales se establecen como competencia judicial la potestad de administrar la justicia la cual emana de los ciudadanos venezolanos y es impartida en nombre de la Repblica por autoridad de la ley. Corresponde a los rganos del Poder Judicial conocer las causas y asuntos que sean de su competencia mediante los procedimientos que determinen las leyes, y ejecutar o hacer ejecutar sus sentencias.

Ciudadano: es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la Repblica y el Contralor General de la Repblica. Los rganos que ejercen el Poder Ciudadano tienen a su cargo, de conformidad con la Constitucin y con la ley, prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la tica pblica y la moral administrativa; velar por la buena gestin y la legalidad en el uso del patrimonio pblico, el cumplimiento y la aplicacin del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado; e, igualmente, promover la educacin como proceso creador de la ciudadana, as como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo. Electoral: se ejerce por el Consejo Nacional Electoral como ente rector; y son organismos subordinados a ste, la Junta Electoral Nacional, la Comisin de Registro Civil y Electoral y la Comisin de Participacin Poltica y Financiamiento. Reglamentar las leyes electorales y resolver las dudas y vacos que stas susciten o contengan. Formular su presupuesto, el cual tramitar directamente ante la Asamblea Nacional y administrar autnomamente. Dictar directivas vinculantes en materia de financiamiento y publicidad poltico electorales y aplicar sanciones cuando no sean acatadas. Declarar la nulidad total o parcial de las elecciones. La organizacin, administracin, direccin y vigilancia de todos los actos relativos a la eleccin de los cargos de representacin popular de los poderes pblicos, as como de los referendos. Organizar las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y organizaciones con fines polticos. As mismo, podrn organizar procesos electorales de otras organizaciones de la sociedad civil a solicitud de stas, o por orden de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. Las corporaciones, entidades y organizaciones aqu referidas cubrirn los costos de sus procesos eleccionarios. Mantener, organizar, dirigir y supervisar el Registro Civil y Electoral. Organizar la inscripcin y registro de las organizaciones con fines polticos y velar porque stas cumplan las disposiciones sobre su rgimen establecidas en la Constitucin y en la ley. En especial, decidir sobre las solicitudes de constitucin, renovacin y cancelacin de organizaciones con fines polticos, la determinacin de sus autoridades legtimas y sus denominaciones provisionales, colores y smbolos. Controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de las organizaciones con fines polticos.Los rganos del Poder Electoral garantizarn la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de los procesos electorales, as como la aplicacin de la personalizacin del sufragio y la representacin proporcional

Elementos existencialesEl poder es un fenmeno social que se da en todos los rdenes de la relacin entre humanos, donde siempre existe una minora que gobierna y una mayora que obedece. Slo goza de autoridad aquel poder del Estado a quien se le reconoce que su poder est autorizado. La autoridad del poder se basa en la legitimidad y la confianza que el pueblo le ha dado al depositario del poder. El poder constituido en estas condiciones siempre es legal. Esta clase de poder, dentro de la constitucin del estado, es un poder de derecho y analiza el derecho mediante la coaccin, lo cual es un deber que el estado cumple a travs de sus rganos; pero el poder no es del rgano, sino del Estado, quien gobierna a travs del Poder Ejecutivo, hace las leyes a travs del Poder Legislativo e implanta la justicia a travs del Poder Judicial. En la composicin de poder del Estado Venezolano encontramos tambin el Poder Ciudadano encargado de velar por el buen cumplimiento de la administracin del estado y el Poder Electoral el cual tiene entre sus funciones dirigir, organizar, y vigilar todos los actos relativos a la eleccin de los cargos de representacin popular de los cargos pblicos as como referendos y plebiscitos.Poblacin es la agrupacin humana fijada por fronteras en un rea determinada. La poblacin del estado se encuentra compuesta de todas las personas, sin excepcin alguna, en un momento determinado, suele ser el da en el cual se efecta el censo nacional, donde se anexan a la poblacin tanto turistas como transentes. Existen estados que tienen concurrencia de turistas cada ao, estos tambin forman parte de la poblacin ya que las personas cambian pero el nmero de ellas es igual cada da. El estado supone una distribucin de funciones para poder asegurar de modo estable y definido, el desenvolvimiento de la vida humana en todas sus formas y garantice la autonoma. Sociolgicamente el estado requiere una determinada cifra de poblacin al igual que una divisin del trabajo, as como tambin una variedad en las condiciones de vida en la cual el mismo Estado va a adquirir la funcin de organismo superior de coordinacin.Pueblo es el producto de la historia que ha unido por nexos ntimos a los hombres, como lo son la religin, la cultura, el idioma y una idiosincrasia que el devenir de los aos lo ha venido formando y amoldando por sucesorios matrimonios hasta llegar a tener su propia fisionoma, su propia conciencia y una cultura propia influida por su entorno. Cada pueblo es nico, posee un propio cuerpo fsico el cual se mantiene mediante la reproduccin natural. El pueblo es un producto de generaciones que se vinculan las presentes con las anteriores.Nacin es una comunidad humana con nombre propio, asociada a un territorio nacional, que posee mitos comunes de antepasados, que comparte una memoria histrica, uno o ms elementos de una cultura compartida y un cierto grado de solidaridad, al menos entre sus miembros. Es un sentimiento nacional por medio del cual se vincula un conjunto de personas a una tradicin histrica y un mismo destino poltico. Nacin venezolana no se tiene un registro de fecha precisa acerca de su origen, fue despus de concluido el ciclo de la conquista cuando aparecen nucleos estables de poblacin organizados en el mbito social y poltico de manera similar, de esta manera se fueron creando vnculos que originaban un sentimiento comn de pertenecer a una totalidad diferente de otras que a su vez han recorrido un idntico proceso de fusin interna diferencindose con otros grupos. Territorio es el espacio donde se levanta y tiene asiento la comunidad o poblacin del estado. Se denomina territorio cuando el hombre divide la tierra para utilizar esta como asiento permanente de un Estado. En el territorio del Estado encontramos sus montaas, costas, ros, lagos, pantanos, depresiones, recursos naturales, clima y todas aquellas cosas que constituyan una unidad dentro de la frontera. Todo Estado debe tener su demarcaciones para poder diferenciarse, territorialmente, de los Estados que se encuentren continuos a l, esto lo conocemos como lneas divisoras entre Estados adyacentes (fronteras). Nuestro territorio no podr ser cedido, traspasado, arrendado o enajenado, ni temporal ni parcialmente a alguna potencia extranjera, a menos que exista una garanta de reciprocidad y basndose en las limitaciones establecidas por la ley. Mar territorial es el mbito donde el territorio estatal entra en el mar. Los criterios para fijarlos han variado a medida que pasa el tiempo, anteriormente el mar territorial se fijaba hasta aquel punto en el que una bala de can llegaba, luego en doce millas; y en la actualidad depende del poder de los estados. Hoy en da todas las naciones reconocen la plena libertad de la alta mar y que esta no puede ser objeto de posesin sobre lo que no se puede retener. Se respeta el mar territorial de cada Estado, aceptando la mayora de las naciones, tres millas; aun cuando otras reclaman una extensin mayor. En nuestro pas, Venezuela, el mar territorial tiene 22 kilmetros y 240 metros e igual el mar territorial de cada una de sus islas. La longitud del mar territorial se mide desde la marea ms baja (cuando las aguas se han retirado a la parte ms baja de la playa) a la orilla de la playa, hasta llegar a la longitud indicada por la ley.La zona contigua es una faja del mar territorial, se considera adyacente al mar territorial. Se inicia donde termina el mar territorial y se extiende conjuntamente con ste en toda su extensin. Cada Estado designa la extensin de su zona contigua o de vigilancia en la anchura que ms convenga. En Venezuela se establece una anchura de 5 kilmetros y 556 metros (tres millas nuticas). En esta faja de mar el Estado adopta medidas de seguridad, ejerciendo funciones aduaneras, de seguridad, de inmigracin, de conservacin de la riqueza marina, salubridad entre otras determinadas por la ley todo esto en conformidad con su propia soberana para evitar infracciones a la ley.La plataforma continental es la continuacin del territorio nacional por debajo del amor, inicindose en la playa con una pendiente suave que va aumentando se desnivelacin continua, a medida que se aleja de la playa, hasta llegar a una brusca desnivelacin (talud continental), para luego precipitarse bruscamente a la zona abisal con una profundidad que oscila entre 2000 y 9000 metros aproximadamente. Pertenece a nuestra Repblica y se encuentran sujetos a su soberana el suelo y el subsuelo de la plataforma submarina adyacente al territorio de la Repblica, fuera de la zona del mar territorial y hasta una profundidad de 200 metros o hasta donde la profundidad de las aguas ms all de este lmite permita la explotacin de los recursos del suelo y del subsuelo de acuerdo con el avance de la tcnica de exploracin y de explotacin, el legislador contempla la plataforma continental en cada una de nuestras islas y garantiza que estas actividades de exploracin y explotacin de minas no causar ningn tipo de entorpecimiento a la libre navegacin, pesca y piscicultura, al igual que esto tambin se establecen precauciones que deben tomarse en cuenta al momento de realizar instalaciones de cables elctricos, oleoductos y otros semejantes.Zona econmica exclusiva se establece en Venezuela por ley el da 26 de julio de 1978 y esta trae consigo los derechos que poseemos en el mar a una extensin mayor a la establecida para el mar territorial, esta zona en nuestro pas se extiende a todo lo largo de las costas continentales e insulares a una distancia de 200 millas nuticas, esta tiene la misma base de medicin del mar territorial. De conformidad con la ley se ejerce el derecho de soberana del Estado venezolano para la exploracin, explotacin, conservacin y administracin de todos los recursos naturales renovables y no renovables, as como tambin para el ejercicio de cualquier actividad, sea para produccin de energa o de investigacin cientfica o cualquier ndole, se respeta la libertad de navegacin y sobrevuelo de la zona al igual que el tendido de cables submarinos y convenios internacionales. El espacio areo el 13 de Octubre de 1919 en Pars se firma un convenio entre pases denominada la Convencin sobre navegacin area y sostiene que todos los pases tienen una soberana completa y exclusiva sobre el espacio de aire que se extiende por encima de sus territorios y aguas territoriales y adyacentes, permitiendo la libertad de paso por encima de sus territorios a las naves de los pases integrantes del convenio. En Noviembre de 1944, 54 naciones llegan a acuerdos generales como los siguientes: los aparatos areos que no estn destinados a los servicios areos internacionales registrados, tienen el derecho de realizar vuelos dentro o en trnsito sin escalas por encima del territorio de los Estados contratantes y de hacer escalas que no estn destinadas al transporte, sin necesidad de obtener una autorizacin anterior, pero sometidos a las leyes del Estado en que aterricen, solo barcos y aviones nacionales pueden ejercer el comercio entre puertos y aerdromos nacionales.

Universidad Nororiental Gran Mariscal de AyacuchoFacultad de DerechoNcleo de Monagas

El Estado

Profesor: Bachilleres:Cesar Viso Fabiola Castelln CI 24504594Maturn 3 de Noviembre del 2014BIBLIOGRAFA

Principios de Derecho Constitucional Autor: ngel R. Fajardo H. Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela