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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 90 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de Distrito Guanajuato EDICTO Publicarse por tres veces con intervalos de siete días entre sí, en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los de mayor circulación en la República Mexicana y Tablero de Avisos de este tribunal federal, éste último durante todo el tiempo del emplazamiento, a efecto de emplazar a la tercera perjudicada Candy Jaquelín Padierna Almaguer, para que comparezca a defender sus derechos en el juicio de garantías 893/2007-D, radicado en el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado, con residencia en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, promovido por Sergio Domínguez Esquivel, por su propio derecho, contra un acto del Juez Unico Menor Mixto, con sede en Dolores Hidalgo, Guanajuato, por lo que deberá presentarse ante este tribunal federal, dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación del edicto respectivo a recibir copia de la demanda de amparo y a señalar domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal federal, aun las de carácter personal. Guanajuato, Gto., a 30 de mayo de 2008. El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado Renán Cetina Pons Rúbrica. (R.- 277304) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado San Andrés Cholula, Puebla EDICTO Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado. San Andrés Cholula, Puebla. En el proceso penal 23/2008 que se instruye en este juzgado federal a María del Carmen González Garrido por el delito contra la salud en la modalidad de posesión de marihuana, con fines de venta, se hace saber al testigo de cargo Joaquín Morales Aquino que debe asistir con identificación oficial ante este tribunal a la diligencia de careos procesales que sostendrá con la aludida encausada González Garrido a las diez horas del treinta y uno de octubre de dos mil ocho, diligencia en la que

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 90

SECCION DE AVISOS

AVISOS JUDICIALES

Estados Unidos MexicanosJuzgado Segundo de Distrito

GuanajuatoEDICTO

Publicarse por tres veces con intervalos de siete días entre sí, en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los de mayor circulación en la República Mexicana y Tablero de Avisos de este tribunal federal, éste último durante todo el tiempo del emplazamiento, a efecto de emplazar a la tercera perjudicada Candy Jaquelín Padierna Almaguer, para que comparezca a defender sus derechos en el juicio de garantías 893/2007-D, radicado en el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado, con residencia en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, promovido por Sergio Domínguez Esquivel, por su propio derecho, contra un acto del Juez Unico Menor Mixto, con sede en Dolores Hidalgo, Guanajuato, por lo que deberá presentarse ante este tribunal federal, dentro del término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación del edicto respectivo a recibir copia de la demanda de amparo y a señalar domicilio para recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes, se le harán por medio de lista que se fija en los estrados de este tribunal federal, aun las de carácter personal.

Guanajuato, Gto., a 30 de mayo de 2008.El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado

Renán Cetina PonsRúbrica.

(R.- 277304)Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la FederaciónJuzgado Séptimo de Distrito en el Estado

San Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado. San Andrés Cholula, Puebla. En el proceso penal 23/2008 que se instruye en este juzgado federal a María del Carmen González Garrido por el delito contra la salud en la modalidad de posesión de marihuana, con fines de venta, se hace saber al testigo de cargo Joaquín Morales Aquino que debe asistir con identificación oficial ante este tribunal a la diligencia de careos procesales que sostendrá con la aludida encausada González Garrido a las diez horas del treinta y uno de octubre de dos mil ocho, diligencia en la que aclararán los puntos contradictorios que emergen de entre sus respectivas declaraciones.

San Andrés Cholula, Pue., a 6 de octubre de 2008.El C. Juez Séptimo de Distrito en el Estado

Lic. Jesús Díaz BarberRúbrica.

(R.- 277340)

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91 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito FederalAmparos I

Pral. 1281/2007Juan Mateos Pérez

EDICTO

DONDE SE ENCUENTREEn el juicio de amparo número 1281/2007, promovido por Juan Mateos Pérez, se dictó el auto que dice:México, Distrito Federal, a uno de octubre de dos mil ocho.Visto el estado procesal que guardan los presentes autos, de los cuales se advierte que no fue posible

emplazar al tercero perjudicado Elidio Arreola Alvarado, toda vez que mediante proveído de veintitrés de enero del año en curso, se giró el exhorto 7/2008 a efecto que se emplazara a juicio al referido tercero, el cual fue devuelto sin diligenciar por que según la razón del actuario judicial adscrito al Juzgado exhortante manifestó que el número del domicilio buscado no era el correcto; mediante auto de seis de marzo del presente año, se giró la comunicación oficial 23/2008 dirigida al Juez de Distrito en el Estado de Michoacán con residencia en Morelia, el cual también fue devuelto sin diligenciar, por que según la razón del actuario judicial, el citado tercero se fue a radicar a la ciudad de San Miguel de Allende, Guanajuato (foja 397), razón por la que mediante proveído de ocho de mayo pasado se requirió a la parte quejosa a efecto que manifestará el domicilio cierto y actual de la citada parte, asimismo a través de auto de veintinueve de mayo de dos mil ocho, se requirió al Pleno del tribunal Superior Agrario, en los mismo términos que tal solicitud fue hecha a la quejosa; no obstante lo anterior mediante proveído cinco de junio del presente año se realizó un requerimiento al Jefe del Servicio de Administración Tributaria, al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social y al Director Jurídico del Instituto Federal Electoral, para que proporcionarán el domicilio del citado perjudicado, siendo el Instituto Federal Electoral la autoridad que desahogó satisfactoriamente dicho requerimiento proporcionando el domicilio correspondiente (foja 429), razón por la cual se giró el exhorto 55/2008 al Juez de Distrito en el estado de Guanajuato con residencia en León, a efecto de emplazar a dicha parte, el cual se devolvió sin diligenciar, ya que según la razón del actuario judicial adscrito al juzgado exhortante manifestó los siguiente: “ procedo a cerciorarme de ser el domicilio correcto por que existe letrero con el nombre de la calle y número al exterior visible en una placa, acta seguido y procedo a tocar en inmueble marcado con el número siete y me atiende una persona del sexo femenino quien no proporciona su nombre, siendo de tez morena, cabello largo y aproximadamente de 1.60 estatura, a quien le pregunto por la persona de mi búsqueda, manifestándome que no lo conoce y que actualmente la casa marcada con el número cinco está en remodelación, y está deshabitada”, en atención a lo anterior se realizan de nueva cuenta dos requerimientos más mediante autos de veinticinco de julio y ocho de agosto del año en curso sin, que hasta el momento se tenga un resultado satisfactorio de dicha búsqueda.

Atento a lo anterior y toda vez que se agotaron todos los medios conducentes con la finalidad de localizar al tercero perjudicado Elidio Arreola Alvarado, como está ordenado en proveído de ocho de agosto de dos mil ocho, en consecuencia, se hace efectivo el apercibimiento decretado en auto de mérito, y se ordena la notificación por edictos a la parte tercero perjudicada, lo anterior con fundamento en el artículo 30 y 157 de la Ley de Amparo, con relación con el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la ley de la materia, los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos o diarios de mayor circulación en la República Mexicana, para que dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última notificación, se apersone a este juicio en su carácter de tercero perjudicado en la secretaría de este juzgado, en la que además, quedará a su disposición copia simple de la demanda de garantías.

Sin que obste la anterior circunstancia que del último acuerdo de referencia se apercibe a la quejosa, en el sentido que dicha publicación se hará por edictos a su costa, ahora bien toda vez que se trata un asunto de naturaleza agraria, y que el quejoso pertenece a un núcleo de población desprotegido, con lo cual se estaría causando un perjuicio atendiendo que probablemente no cuenta con los recursos económicos necesarios para absorber un gasto de tal naturaleza, en obvio de mayores dilaciones procesales y para evitar dejarlo en estado de indefensión se solicita al Consejo de la Judicatura Federal, para que cubra los gastos relacionados con la notificación que por medio de edictos se realice al tercero perjudicado de referencia.

Es aplicable al caso concreto, la jurisprudencia por contradicción de Tesis número 2ª. /J. 91/2006, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, tomo XXIV, julio de 2006, página 349, con el rubro y texto que a continuación se trascribe:

EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS AL TERCERO PERJUDICADO EN AMPARO AGRARIO. EL INCUMPLIMIENTO DEL QUEJOSO DE RECOGERLOS Y PAGAR SU PUBLICACION, NO DA LUGAR AL SOBRESEIMIENTO. Para cumplir con lo dispuesto en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en caso de que se requiera emplazar a un tercero perjudicado de quien se desconoce su domicilio, es necesario que el juzgador agote las siguientes etapas: requerir al quejoso para que lo proporcione; de no obtener dato cierto, requerir a las autoridades responsables para que lo señalen; en caso de no obtenerse, iniciar un procedimiento de investigación requiriendo a autoridades de cualquier índole que pudieran conocerlo, y si ello

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 92

no arroja un resultado satisfactorio, deberá ordenarse el emplazamiento por medio de edictos a costa del promovente del juicio. Ahora bien, derivado de tal disposición, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 2a./J. 64/2002, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca, Tomo XVI, julio de 2002, página 211, sostuvo que el incumplimiento del quejoso de recoger los edictos, pagar su publicación y exhibirla, da lugar al sobreseimiento en el juicio fuera de audiencia; sin embargo, este criterio no es aplicable en materia agraria, pues resulta evidente que si la regulación específica de la materia tiene como finalidad tutelar a los núcleos de población ejidal o comunal y a los ejidatarios y comuneros en sus derechos agrarios, así como, en su pretensión de derechos, a quienes pertenezcan a la clase campesina, ello implica la obligación del juzgador de considerar ciertos aspectos para la toma de decisiones; de manera que de presentarse los supuestos mencionados hasta ordenar el emplazamiento del tercero perjudicado a través de edictos a costa del quejoso con apercibimiento de aplicarle medidas de apremio en caso de no acatar tal decisión, y darse el caso de que el promovente comparezca a manifestar su imposibilidad para cubrir un gasto de esa naturaleza, y tanto de su afirmación como de los elementos que consten en autos existan indicios que confirmen tal situación, el juzgador debe, exclusivamente en este supuesto, solicitar al Consejo de la Judicatura Federal que absorba el gasto relacionado con la publicación de los edictos para emplazar al tercero perjudicado, pues de lo contrario se dejaría a los sujetos a que se refiere el artículo 212 de la Ley de Amparo en estado de indefensión.

Asimismo, se ordena fijar en la puerta de este juzgado copia íntegra del presente acuerdo por todo el tiempo del emplazamiento.

En consecuencia, para dar tiempo a lo anterior, la audiencia constitucional señalada para hoy se difiere y en su lugar se fijan las DIEZ HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DIEZ DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo su celebración.

NotifíqueseAsí lo proveyó y firma, la licenciada Ana Luisa Hortensia Priego Enríquez, Jueza Decimoprimera de Distrito en

Materia Administrativa en el Distrito Federal, ante la secretaria Verónica Méndez Mendoza, que autoriza y da fe.-Y EN CUMPLIMIENTO AL AUTO INSERTO, PARA FIJARSE EN LA PUERTA DE ESTE JUZGADO,

EXPIDO EL PRESENTE EN LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, A UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO.

La Secretaria del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia AdministrativaLic. Verónica Méndez Mendoza

Rúbrica.(R.- 277346)

Estados Unidos MexicanosEstado de Chihuahua

Poder Judicial de la FederaciónJuzgado Tercero de Distrito

Sección AmparoJ.A. 550/2008

EDICTO

Por auto de veinticinco de agosto de dos mil siete, pronunciado por el licenciado José Alberto Arriaga Farías, Juez Tercero de Distrito en el Estado, con residencia en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, se ordenó el emplazamiento por edictos de la moral aquí tercero perjudicada Corporación Técnica de la Construcción, Sociedad Anónima de Capital Variable, dentro del juicio de amparo 550/2008, promovido por Olivia Ochoa Romero y Gloria González Valdez, en su carácter de mandatarias generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio y para otorgar y suscribir títulos y operaciones de crédito, de las personas morales denominadas Corporativo Inmobiliario del Norte, Sociedad Anónima de Capital Variable y Grupo Promotor y Constructor Tres Estrellas, Sociedad Anónima de Capital Variable, respectivamente, contra actos del Administrador Local de Recaudación de Chihuahua, con sede en esta ciudad, y otras autoridades, al tenor del auto que se inserta, en lo conducente:

"Chihuahua, Chihuahua, veinticinco de agosto de dos mil ocho.…En tales condiciones, advirtiéndose de las constancias de autos que no fue posible localizar el domicilio en

el que pueda ser emplazado a este juicio de garantías, el tercero perjudicado en cita, pese a haberse agotado lo ordenado en el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo; por consiguiente, en términos de lo dispuesto por el artículo 157 de la ley de la materia, y a efecto de no dejar indefinido el presente juicio de amparo, se ordena el emplazamiento del citado tercero perjudicado, por medio de edictos y a costa de la parte quejosa, a quien deberá requerirse para que dentro del término de tres días, contados a partir del siguiente al en que quede legalmente notificada de este proveído, comparezca a recogerlos y, en el plazo de treinta días, acredite

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93 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

haber mandado hacer su publicación; en la inteligencia de que dichos edictos deberán ser publicados por tres veces consecutivas, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación, y en un periódico de circulación nacional; y hágase del conocimiento del tercero perjudicado que deberá presentarse dentrodel término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación ante este Juzgado, apercibido que de no comparecer dentro del plazo indicado por sí, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, el juicio seguirá su curso y las ulteriores notificaciones se le harán por rotulón que se fijará en la puerta del Juzgado.

Por otra parte, visto el estado actual de los autos, hágase del conocimiento del referido tercero perjudicado la instauración de este juicio de garantías 550/2008, promovido por Olivia Ochoa Romero y Gloria González Valdez, en su carácter de mandatarias generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio y para otorgar y suscribir títulos y operaciones de crédito, de las personas morales denominadas Corporativo Inmobiliario del Norte, Sociedad Anónima de Capital Variable y Grupo Promotor y Constructor Tres Estrellas, Sociedad Anónima de Capital Variable, respectivamente, contra actos del Administrador Local de Recaudación de Chihuahua, Subadministrador Local de Recaudación de Chihuahua, Ministro Ejecutor Elodia Araceli Gamboa Hernández, o quien la reemplace en sus funciones, Ministro Ejecutor Julio César Castillo Mendoza, o quien lo reemplace en sus funciones y Coordinador o Jefe de los Ministros Ejecutores del Servicio de Administración Tributaria, todos con residencia en esta ciudad, mismo que se hizo consistir en:

"ACTOS RECLAMADOS DE CADA UNA DE LAS AUTORIDADES SEÑALADAS COMO RESPONSABLES:En cuanto a las ordenadoras, se reclama lo siguiente:A.- Del ADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACION DE CHIHUAHUA y del SUBADMINISTRADOR

LOCAL DE RECAUDACION DE CHIHUAHUA, reclamo los actos siguientes:a) Los mandamientos de ejecución correspondientes a los créditos fiscales con números H-422660,

H-422661, H422662 y H- 422663 suscritos en once de abril de dos mil ocho, mandamientos que suscribió el Subadministrador de la Administración Local de Recaudación, en ausencia del Administrador Local de Recaudación.

b) Asimismo, cualquier otro mandamiento que en ampliación del embargo anteriormente realizado, tienda a afectar bienes de nuestra propiedad en nuestro domicilio que se ubica en Deza y Ulloa número 2123, colonia San Felipe de este cudad.

B.- Del ADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDACION DE CHIHUAHUA, el acuerdo despachado en el oficio 400-32-2008-2611, mediante el cual se acuerda, sin que previamente se hubiera asentado en el acta respectiva la oposición que se hizo valer, nilas causas por las que ello se expresó, el rompimiento de cerraduras y chapas en el domicilio ubicado en Deza y Ulloa número 2123, colonia San Felipe de este ciudad.

C.- De los MINISTROS EJECUTORES ELODIA ARACELI GAMBOA HERNANDEZ, JULIO CESAR CASTILLO MENDOZA y el COORDINADOR O JEFE DE LOS MINISTROS EJECUTORES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, con residencia en esta ciudad:

a) La diligencia realizada en fechas veintiséis y veintisiete de mayo de dos mil ocho en el domicilio ubicado en la calle Deza y Ulloa número 2123, colonia San Felipe de esta ciudad, mediante la cual se dejó citatorio y se ingresó en el domicilio de nuestras representadas, y sin que existiera un mandamiento girado en contra de ellas, en forma totalmente arbitraria, negándoles la posibilidad de acreditar que son propietarias de los bienes que se encontraban en el domicilio, se realizó embargo sobre bienes de su propiedad y posesión.

b) Cualquier otra diligencia que se vaya a realizar con relación a los créditos mencionados, para afectar bienes de nuestra propiedad en nuestro domicilio."

…Notifíquese y personalmente a la parte quejosa.Así, lo acordó y firma el licenciado José Alberto Arriaga Farías, Juez Tercero de Distrito en el Estado, ante

la licenciada Cristina Lozoya Gámez, Secretaria con quien actúa y da fe. Doy fe." Dos rúbricas.Lo que transcribo en vía de edicto, para que tenga debido cumplimiento.

Chihuahua, Chih., a 28 de agosto de 2008."2008, Año de la Educación Física y el Deporte”

La Secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en el EstadoLic. Cristina Lozoya Gámez

Rúbrica.(R.- 276490)

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 94

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Décimo de DistritoCoatzacoalcos, Ver.

EDICTO

ADRIANA LUCIA MARTINEZ VELA, MARCEL ALFREDO BENITEZ MESSMER Y SUMINISTRO DE PERFILES Y VIDRIO, S.A., POR CONDUCTO DE QUIEN LO REPRESENTE.

En los autos del Juicio de Amparo número 562/2008, promovido por el JAIME RAFAEL RAFAEL QUINTANILLA HAYEK, en contra actos del Juez Sexto de Primera Instancia de esta ciudad, dictado dentro del juicio ordinario mercantil 808/2000/IV, promovido por MANUEL DE JESUS SANCHEZ ROMERO, EN SU CARACTER DE APODERADO LEGAL DE BANCOMER, S, A, en contra de SUMINISTRO DE PERFILES Y VIDRIO, S.A. DE C.V. MARCEL ALFREDO BENITEZ MESSMER Y ADRIANA LUCIA MARTINEZ VELA; el Juez Décimo de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en esta ciudad de Coatzacoalcos, ordenó emplazarlos por medio de EDICTOS por desconocerse su domicilio, los cuales se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, EXCELSIOR DIARIO DEL ISTMO o el LIBERAL, así como los ESTRADOS de este Tribunal, haciéndole saber que está a su disposición en la secretaría de este Juzgado las copias simples de la demanda de amparo; que tienen expedito su derecho para comparecer a este Tribunal a deducir sus derechos, si a sus intereses conviene y que la audiencia constitucional se celebrará el día treinta de septiembre de dos mil ocho a las diez horas con cinco minutos.

Coatzacoalcos, Ver., a 29 de agosto de 2008.El Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Veracruz

Lic. Carlos Porfirio Fuentes MenaRúbrica.

(R.- 275902)Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la FederaciónJuzgado Séptimo de Distrito en Materia Civil en México, D.F.

EDICTOAL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: PODER JUDICIAL DE LA

FEDERACION, JUZGADO SEPTIMO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, TRECE DE MARZO DE DOS MIL SIETE.

EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 310/2008-III, PROMOVIDO POR INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), CONTRA ACTOS DEL JUEZ VIGESIMO NOVENO DE LO CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL Y DIRECTOR DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL, CON FECHA CINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL OCHO, SE DICTO UN AUTO POR EL QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LOS TERCEROS PERJUDICADOS TEODORA CASIMIRO DE HERNANDEZ Y JUAN HERNANDEZ GARCIA, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS, A PARTIR DEL SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICION COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, APERCIBIDO QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES AUN LAS DE CARACTER PERSONAL, SE HARAN EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION II, DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, SE SEÑALARON LAS ONCE HORAS DEL DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL OCHO, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, EN ACATAMIENTO AL AUTO DE MERITO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, EN LA QUE LA PARTE QUEJOSA SEÑALO COMO AUTORIDADES RESPONSABLES A LAS QUE CON ANTELACION QUEDARON PRECISADAS, Y COMO TERCEROS PERJUDICADOS A TEODORA CASIMIRO DE HERNANDEZ Y JUAN HERNANDEZ GARCIA Y PRECISA COMO ACTO RECLAMADO TODO LO ACTUADO EN EL JUICIO DE EJECUTIVO MERCANTIL, A PARTIR DEL AUTO DE FECHA UNO DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS, EXPEDIENTE NUMERO 337/1996, EN EL CUAL SE TRABO EMBARGO SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE SUR SETENTA Y TRES, NUMERO CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES, DEPARTAMENTO CINCO, COCHERA UNO, Y CUARTO DE SERVICIO NUMERO CUATRO, DEL INMUEBLE, COLONIA VIADUCTO PIEDAD, DELEGACION IZTACALCO, EN MEXICO, DISTRITO FEDERAL.

México, D.F., a 12 de septiembre de 2008.La Secretaria del Juzgado

Lic. María Dolores López AvilaRúbrica. (R.- 275904)

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95 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Coahuila,con residencia en Piedras Negras, Coahuila

Juicio de Amparo 467/2008EDICTO

“Lorenzo Felipe de Jesús Madero Madero”:Mediante proveído de 23 de septiembre de 2008, dictado en el juicio de amparo 467/2008, promovido por

el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, contra actos del Juez de Primera Instancia del Ramo Civil, residente en Sabinas, Coahuila, con fundamento en el artículo 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, se ordenó emplazarlo a juicio en su carácter de tercero perjudicado que usted tiene en el mencionado asunto, como se ordenó en proveído de veintidós de mayo de dos mil ocho. En el entendido que los actos reclamados son los siguientes: “a) El auto de doce de mayo de dos mil ocho, dictado dentro del juicio ordinario civil 617/2002, promovido por Lorenzo Felipe de Jesús Madero en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de NACIONAL FINANCIERA, INSTITUCION DE BANCA DE DESARROLLO como fiduciaria del fideicomiso liquidador de Instituciones y Organizaciones Auxiliares de Crédito denominado FEDELIQ, contra Carlos Alejandro Santos Múzquiz y Urgano Santos Landois y b) La orden girada mediante oficio 841/2008, de doce de mayo del año en curso, a las Instituciones Bancarías BBVA Bancomer Sociedad Anónima; Banco Mercantil del Norte, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte; Scotianbank Inverlat, Sociedad Anónima; Banco Santander, Sociedad Anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander, mediante el cual la autoridad responsable ordena embargar las cuentas bancarias de la parte quejosa, hasta por la cantidad de $22’643,318.30 (veintidós millones seiscientos cuarenta y tres mil trescientos dieciocho pesos 30/100 moneda nacional)”. Lo anterior se hace de su conocimiento, para que dentro del término de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación comparezca por sí o por apoderado que pueda representarlo al juicio de amparo mencionado, requiriéndolo para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, con apercibimiento que de no señalarlo, las subsecuentes se les harán por lista de acuerdos. Quedan en la Secretaría del Juzgado copia de la demanda para que se impongan de ella. Se le hace del conocimiento que el presente edicto se publicará por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico o diario de mayor circulación en la República Mexicana.

Piedras Negras, Coah., a 26 de septiembre de 2008.Por Acuerdo del Juez Tercero de Distrito en el Estado de Coahuila

El Secretario de AcuerdosLic. Rubén Aguayo Jiménez

Rúbrica. (R.- 276098)Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de MichoacánJuzgado Primero Civil

Zamora, Mich.EDICTO

En el juicio mercantil ejecutivo 99/2007, seguido por GASOLINERA DEL VALLE DE ZAMORA, S.A. DE C.V. frente a JORGE CONTRERAS MURATALLA, se fijaron las 13:00 horas del próximo día 5 cinco de noviembre, para rematar en PRIMERA ALMONEDA, que tendrá verificativo en el interior del Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Zamora, Michoacán, ubicado en la calle Madero norte número 115, lo siguiente:

Casa habitación duplex en la planta alta, ubicada en Andador Caoba número 70 A, del Infonavit Arboledas de esta ciudad, misma que mide y linda:

NORTE, 6.00 metros con andador Caoba de ubicación;SUR, 6.00 metros con propiedad privada;ORIENTE, 18.00 metros con propiedad privada;PONIENTE, 18.00 metros con propiedad privada.Misma que tiene un valor pericial promedio de los avalúos de: $207,825.55 (DOSCIENTOS SIETE MIL

OCHOCIENTOS VEINTICINCO PESOS 55/100 M.N.).-Sirve base para el remate el valor pericial fijado y será postura legal la cubra las dos terceras partes de

dicha cantidad.

Zamora de Hidalgo, Mich., a 14 de agosto de 2008.La Secretaria del Juzgado Primero CivilLic. Claudia Alejandra Ortiz Sámano

Rúbrica.(R.- 276489)

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 96

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto CircuitoMexicali, B.C.

EDICTO

EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO 252/2008, DE ESTE CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMOQUINTO CIRCUITO, FORMADO CON MOTIVO DE LA DEMANDA DE GARANTIAS PROMOVIDA POR MARCO ANTONIO GARCIA GUTIERREZ y AARON ZAÑUDO LOPEZ, EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE VEINTICINCO DE ENERO DE DOS MIL OCHO DICTADA EN EL TOCA CIVIL 652/2007 DE LA SEGUNDA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL 696/2006 DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL DEL POBLADO DE SAN FELIPE, PERTENECIENTE AL MUNICIPIO DE MEXICALI, DE LA ENTIDAD FEDERATIVA YA CITADA, POR ACUERDO DE FECHA TREINTA DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, SE ORDENO EMPLAZAR POR EDICTOS A JESUS MARIA GARCIA, PARA QUE DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION COMPAREZCA EN ESTE CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMOQUINTO CIRCUITO, UBICADO EN EL QUINTO PISO DEL EDIFICIO SEDE DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION, SITO EN CALLE DEL HOSPITAL NUMERO 594, ZONA INDUSTRIAL, CENTRO CIVICO DE LA CIUDAD DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, CODIGO POSTAL 21000, A DEFENDER SU DERECHOS CON MOTIVO DE LA DEMANDA DE AMPARO PROMOVIDA POR LA PARTE QUEJOSA YA PRECISADA, LA CUAL FUE RADICADA CON EL NUMERO DE JUICIO DE AMPARO DIRECTO YA INDICADO. QUEDANDO A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ACUERDOS DE ESTE TRIBUNAL UNA COPIA SIMPLE DE LA DEMANDADE GARANTIAS. EMPLAZAMIENTO QUE SE VERIFICA POR MEDIO DE EDICTOS EN VIRTUD DE IGNORARSE SU DOMICILIO.

Mexicali, B.C., a 30 de septiembre de 2008.El Secretario de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado del XV Circuito

Lic. Federico González RamírezRúbrica.

(R.- 276612)Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la FederaciónJuzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León

EDICTO

Por este medio, en cumplimiento a lo ordenado en auto de ocho de septiembre de dos mil ocho, dictado en el cuaderno principal del juicio de amparo 169/2008/V-A, promovido por Graciela Alvarez Martínez Viuda de Andrade, contra actos del Procurador General de Justicia del Estado de Nuevo León y otra autoridad, se emplaza a juicio a Angel Humberto Alanís González, Porfirio Zamudio Pérez y Guadalupe Hernández Gutiérrez, terceros perjudicados en el referido juicio de garantías, en virtud de que se desconoce sus domicilios. Lo anterior, de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente conforme lo dispone el numeral 2o. de la Ley de Amparo. Quedan a su disposición, en la secretaría de este Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo León, copia simple del escrito inicial de demanda. Se les hace saber que cuenta con el plazo de treinta días, contado a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a este órgano jurisdiccional a hacer valer lo que a su interés conviniere y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad. Se les apercibe que de incumplir esto último, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal se les harán por lista; en el entendido que la audiencia constitucional se encuentra señalada a las diez horas con tres minutos del veintidós de octubre de dos mil ocho.

AtentamenteMonterrey, N.L., a 8 de septiembre de 2008.

El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Nuevo LeónLic. José Merced Quintanilla Vega

Rúbrica.(R.- 276794)

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97 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito FederalEDICTO

JUAN CARMONA, LETICIA CORONA ARELLANO y JESUS TOVAR.En los autos del juicio de amparo número 920/2008-V, promovido por CECILIA CORONA ARELLANO, por

propio derecho y en su carácter de apoderada legal de SERVICIOS INTEGRALES PARA LA OPERACION INSTITUCIONAL, SOCIEDAD CIVIL, contra actos de la Junta Especial Número Quince de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, radicado en el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, se les ha señalado como terceros perjudicados y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado por auto de doce de septiembre de dos mil ocho, emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico Excélsior, que resultan ser de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles. Por lo anterior, se encuentran a su disposición en la Actuaría de este Juzgado, copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles saber que cuentan con un plazo de treinta días, contados a partir dela última publicación de tales edictos, para apersonarse en el juicio de referencia, y hagan valer sus derechos; así también, se les informa que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se les harán por medio de lista en la que se publican los acuerdos emitidos en los juicios de amparo del índice de éste órgano jurisdiccional, según lo dispone el artículo 30 de la Ley de Amparo.

AtentamenteMéxico, D.F., a 24 de septiembre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito FederalLic. María Victoria Villarreal Lizárraga

Rúbrica.(R.- 276808)

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Quinto de Distrito en el EstadoSan Andrés Cholula, Puebla

EDICTO

EN LOS AUTOS DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 138/2008 PROMOVIDO POR ELIESER CASIANO POPOCATL CASTILLO APODERADO LEGAL DE LA PARTE QUEJOSA PERSONA MORAL DENOMINADA “AGRUPACION DE MOMOXPAN PUEBLA, ASOCIACION CIVIL, CONTRA ACTOS DEL JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHOLULA, PUEBLA Y OTRAS AUTORIDADES, RECLAMANDO LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO Y TODO LO ACTUADO DENTRO DEL JUICIO NUMERO 1136/2000, QUE FUE RADICADO EN ESTE JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA; SE HA SEÑALADO A GUILLERMO CERVANTES FARFAN, COMO TERCERO PERJUDICADO, COMO SE DESCONOCE SUS DOMICILIO SE ORDENA EMPLAZARLO POR MEDIO DE EDICTOS, QUESE PUBLICARAN EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN EL EXCELSIOR, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 30, FRACCION II DE LA LEY DE AMPARO Y 315 DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES. HACIENDOLES SABER QUE DEBERAN PRESENTARSE DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION QUEDANDO COPIA DE LA DEMANDA A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO, Y SE LES HACE SABER QUE ESTAN SEÑALADAS LAS ONCE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL DIEZ DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO, PARA LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL.

AtentamenteSan Andrés Cholula, Pue., a 24 de septiembre de 2008.

El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de PueblaLic. José I. Carlos López Ramos

Rúbrica.(R.- 276995)

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 98

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Baja California SurJuzgado Segundo de Distrito La Paz

Baja California SurEDICTO

LAURA FERNANDEZ MCGREGOR.En el juicio de amparo número 711/2008-I, promovido por “DESARROLLO ACTIVO DE NEGOCIOS”,

Sociedad Anónima de Capital Variable, contra actos del Juez Segundo de Primera Instancia del Ramo Penal del Partido Judicial de Los Cabos, Baja California Sur y otras autoridades, y por desconocerse el domicilio de la tercero perjudicada LAURA FERNANDEZ MCGREGOR, por auto dictado con esta misma fecha, se ordenó su emplazamiento por medio de edictos que se publicarán por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, en los periódicos “El Excelsior” de la Ciudad de México, Distrito Federal y, “El Sudcaliforniano”, de esta entidad, para que dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente en que se efectúe la última publicación, señale domicilio en esta ciudad, donde oír y recibir notificaciones, apercibiéndola que de no hacerlo en el término concedido, se le formularán por medio de lista que se fije en los estrados de este Juzgado, de conformidad con la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, haciéndose de su conocimiento que la copia de la demanda de amparo se encuentra en este Juzgado a su disposición.

A).- Nombre del quejoso: “DESARROLLO ACTIVO DE NEGOCIOS”, Sociedad Anónima de Capital Variable.B).- Terceros perjudicados: Laura Fernández Mcgregor e Hilario Vargas Espinoza.C).- Acto reclamado:“De la única Autoridad Responsable Ordenadora se le reclama “La ilegalidad de la Orden de Restitución

Provisional de fecha 13 de diciembre del 2004, emitida por dicha responsable ordenadora dentro de la causa penal numero 137/2003 (actualmente 158/2007), respecto de dos lotes de terreno propiedad de mi representada, comprendidos dentro de las 400-00-00 hectáreas del predio rústico denominado EL ZACATON, ubicado en la Delegación de la Playa, del Municipio de Los Cabos B.C.S., consistente en:

1.- “Lote de terreno rústico identificado con el número seis, de la fracción C 2, del predio EL ZACATON, de la Delegación de La Playa, Municipio de Los Cabos, Baja California Sur, con clave catastral 401-067-0081, con una superficie de 2,812.06 metros cuadrados y con las siguientes medidas y colindancias:

“Partiendo del punto 10 al 9 con rumbo N 28° 08´ 04” W, con una distancia de 116.30 metros, colindando con lote cinco del rancho el zacatón. Partiendo del punto 9 al punto 11 con un rumbo N 63° 40’ 36” E, en una distancia de 23.96 metros colindando con el camino. Partiendo del punto 11 al punto 12 con tumboS 28° 08’ 04” E, con una distancia de 118.53 metros, colindando con lote 7 de rancho el Zacatón. Partiendo del punto 12 al punto de partida 10 con un rumbo S 68° 57´ 45” W, con una distancia de 25.15 metros colindando con Golfo de California.”

2.- “Lote de terreno rústico identificado con el numero siete, de la fracción C 2, del predio EL ZACATON, de la Delegación de La Playa, Municipio de Los Cabos, Baja California Sur, con clave catastral 401-067-0082, con una superficie de 2,816.05 metros cuadrados y con las siguientes medidas y colindancias:

“Partiendo del punto 12 al punto 11 con un rumbo N 28° 08' 04" W, con una distancia de 118.53 metros, colindando con lote 6, de rancho el Zacatón. Partiendo del punto 11 al punto 33 con rumbo N 63° 43' 36" E, en una distancia de 12.16 metros, colindando con el camino. Partiendo del punto 33 al punto 13, con rumboN 70° 31' 01" E, con una distancia de 11.58 metros, colindando con camino. Partiendo del punto 12 al punto de partida 14 con rumbo S 28° 08' 04" E, con una distancia de 119.34 metros colindando con lote 8 del rancho el Zacatón, partiendo del punto 14 al punto de partida 12 con rumbo S 68° 57'X, con una distancia de 23.79 metros colindando con Golfo de California.”

Reclamando así mismo todas y cada una de las consecuencias jurídicas inherentes a dicha orden de restitución, entre ellas la ilegal de la desposesión de dichos bienes inmuebles propiedad de mi representada; todo ello dentro del Proceso Penal 137/2003 (actualmente 158/2007), seguido ante la responsable ordenadora, procedimiento este que es seguido entre los terceros perjudicados y al cual mi representada es tercero extraño, vulnerándose ante ello las garantías individuales consagradas en los artículos 14 y 16 constitucional.

De las autoridades responsables ejecutoras, se les reclama la indebida ejecución material de la Orden de Restitución y Aseguramiento Provisional de fecha 13 de diciembre del 2004, llevada a cabo sobre bienes inmuebles propiedad de mi representada, provocando con ello la desposesión de los mismos, razón por la cual se violan en nuestro franco perjuicio las garantías individuales consagradas por los artículos 14 y 16 Constitucional.”

D).- Se fijaron las DIEZ HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DOS DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO, para la celebración de la audiencia constitucional en el presente juicio.

AtentamenteLa Paz, B.C.S., a 18 de septiembre de 2008.

El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el EstadoLic. Francisco Dante Coronado Díaz Bonilla

Rúbrica.(R.- 276609)

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99 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial del Estado de Michoacán

Supremo Tribunal de Justicia del Estado de MichoacánJuzgado Segundo Civil

Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia CivilMorelia, Mich.

Of. 1689Exp. 1135/2006, E.M.

EDICTOQUE DENTRO DEL EXPEDIENTE NUMERO 1135/2006, RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO

MERCANTIL, PROMUEVE CAJA MORELIA, VALLADOLID S.C. DE R.L., DE C.V. EN CONTRA DE EFRAIN JAIMES CERVANTES; SE ORDENO SACAR A REMATE EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE, EN SU PRIMERA ALMONEDA:

1.- CASA HABITACION UBICADA EN LA CALLE LORENZO BOTURINI NUMERO 304 DEL NUCLEO AGRARIO ISAAC ARRIAGA II, CONSTRUIDA EN EL LOTE 33, MANZANA 09, ZONA 01, EN MORELIA, MICHOACAN, tiene las siguientes medidas y colindancias:

AL NORESTE. 07.00 metros con el Lote 40.AL SURESTE. 19.00 metros con lote 41.AL SUROESTE. 08.30 METROS CON CALLE LORENZO BOTURINI.AL NOROESTE. 18.80 metros con lote 34.SUPERFICIE DE TERRENO.- 118.00 M2 METROS CUADRADOS.Sirve de base para el mismo la cantidad de $370,894.66 TRESCIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS

NOVENTA Y CUATRO PESOS, 66/100 M.N., y como postura legal la que cubra las 2/3 dos terceras partes de dicha suma. Convóquense postores mediante la publicación de 3 tres Edictos dentro de 9 nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Puerta de este Juzgado.

Dicha Audiencia de Remate se llevará a cabo el día 13 trece de noviembre del año 2008 Dos Mil ocho,- siendo las 11:00 once horas del día citado.-

Morelia, Mich., a 15 de septiembre de 2008.El Secretario del Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial

Lic. Manuel Alcaraz AvilaRúbrica.

(R.- 276922)Estados Unidos Mexicanos

Estado de GuanajuatoPoder Judicial del Estado

Juzgado Décimo Primero CivilSecretaríaLeón, Gto.EDICTO

Por este publicarse por 3 tres veces dentro de 9 nueve días en la tabla de avisos de este Juzgado y en el Diario Oficial de la Federación, anúnciese REMATE EN PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble embargado en el Juicio Ejecutivo Mercantil sobre Pago de Pesos, número de expediente M227/04, promovido inicialmente por FRANCISCO ESPINOZA LOZANO, JORGE ARTURO MARTIN MORAN y MARTHA YOLANDA MUÑOZ LOPEZ y continuado por el Licenciado ERWIN SVEN MARTINEZ PLAZA, todos en su carácter de Apoderados Legales de “METROFINANCIERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO” en contra de GABRIEL OJEDA RAMOS y BELIA MARGARITA ZERMEÑO SOLIS, inmueble ubicado en calle Condado de Andalucia número 223 del FraccionamientoEl Condado primera sección de esta ciudad, construido sobre el lote de terreno 32, Manzana 16, con una superficie de 120.00 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte 6.00 metros lineales con lote 5 de la manzana 16, al Sur 6.00 metros lineales con la calle de Condado de Andalucia, al Este 20.00 metros lineales con lote 31 de la Manzana 16 y al Oeste 20.00 metros lineales con lote 33 de la Manzana 16.

Almoneda a verificarse a las 10:00 horas del día diez del mes de Noviembre del año dos mil ocho, y será postura legal aquella que cubra las dos terceras partes de la cantidad de $750,000.00 (SETECIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), precio de avalúo; convóquese a postores y cítesea acreedores.

León, Gto., a 13 de octubre de 2008.La Secretaria del Juzgado Décimo Primero Civil

Lic. Daniela Lorena Mandujano ZamoraRúbrica.

(R.- 277111)

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 100

Estados Unidos MexicanosTribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

MéxicoJuzgado Vigésimo de lo Civil

En los autos del juicio ESPECIAL MERCANTIL, PROMOVIDO POR PANASONIC DE MEXICO SA DE CV EN CONTRA DE CLUB DE GOLF MEXICO SA DE CV, EXP. NO. 716/08 SRIA "B" EL C. JUEZ VIGESIMO DE LO CIVIL DE ESTA CAPITAL, LICENCIADO JOSE AGUSTIN PEREZ CORTES, ORDENO PUBLICAR POR UNA SOLA OCASION UN EXTRACTO DEL AUTO DE FECHA VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO EN EL QUE:

México, Distrito Federal a veintitrés de septiembre del dos mil ocho.Dada nueva cuenta con el expediente 716/08, estando el mismo en estudio para dictado de sentencia, se

aprecia de constancias de autos, que gozan de pleno valor demostrativo en términos de lo establecido por el articulo 1294 del Código de Comercio que habiéndose promovido el procedimiento especial de cancelación y reposición de titulo de crédito, al dia de la fecha no obra constancia alguna de que haya efectuado la publicación a que se refiere el articulo 45 fracción III del ordenamiento en cita por lo cual en este acto se decreta, la cancelación del titulo de Crédito denominado acción numero 267 (doscientos sesenta y siete) serie B, expedida por la demandada persona jurídica denominada CLUB DE GOLF MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a favor de la parte actora persona jurídica denominada PANASONIC DE MEXICO SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE..." ... Para que en caso de existir persona con derecho a oponerse a la cancelación comparezca dentro del termino de sesenta días contados a partir del día de la publicación a hacerlo valer..." ... Por tanto el suscrito me encuentro impedido, por el momento, para pronunciarme validamente sobre la cancelación y reposición del titulo de crédito mencionado hasta en tanto transcurra el plazo referido y en su caso sean substanciadas las oposiciones que pudieran surgir al efecto..." ... NOTIFIQUESE...". RUBRICAS.

México, D.F., a 9 de octubre de 2008.La C. Secretaria de Acuerdos "B"

Lic. Nitza Rodríguez HigueraRúbrica.

(R.- 277196)Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la FederaciónJuzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal

EDICTO

ORMOCONSULTORIA PROFESIONAL, SOCIEDAD CIVIL.En los autos del juicio de amparo número 282/2008-II, promovido por Unión de Crédito del Valle del

Anáhuac, Sociedad Anónima de Capital Variable, por conducto de sus apoderados Pablo Sánchez López y Maurilio Sánchez Fonseca, contra actos de la Junta Especial Número Catorce de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Auxiliar y Actuario adscritos a la misma, al ser señalada como tercera perjudicada y desconocerse su domicilio actual, con fundamento en la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo, así como en el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo, se ordena su emplazamiento al juicio de mérito por edictos, que se publicarán por tres veces, de siete en siete días hábiles, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República; haciendo de su conocimiento que en la secretaría de este juzgado queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo, y que cuenta con un término de treinta días, contados a partir de la última publicación de estos edictos, para que ocurra a este juzgado a hacer valer sus derechos.

AtentamenteMéxico, D.F., a 14 de octubre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito FederalLic. Araceli Palacios Duque

Rúbrica.(R.- 277257)

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101 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

Estados Unidos MexicanosTribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

MéxicoJuzgado Cuadragésimo Primero de lo Civil

EDICTO

SE CONVOCAN POSTORES.En cumplimiento a lo ordenado en proveído de fecha veintiséis de septiembre del año en curso, dictado en

los autos relativos al Juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por PONCE DIMAS MARIO ALBERTO en contra de GARCIA ORTIZ JOSE GILBERTO Y OTRA, expediente 118/2005, Secretaria. "B", La C. Juez Cuadragésimo Primero de lo Civil del Distrito Federal; ORDENA SACAR A REMATE EN PRIMERA ALMONEDA el inmueble ubicado en: Héroes de Padierna 50 departamento A-301 colonia Tacubaya, Delegación Miguel Hidalgo en esta ciudad, y para que tenga verificativo la diligencia de REMATE se señalan las DOCE HORAS DEL DIEZ DE NOVIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, debiéndose convocar postores por medio de edictos que se publicarán en los Tableros de Avisos de este Juzgado, en los de la Tesorería del Distrito Federal y en el Diario Oficial de la Federación, por tres veces dentro de nueve días hábiles, sirviendo como precio de remate la cantidad de SETECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS, siendo postura legal la que cubra el total del precio fijado para esta almoneda, sin cuyo requisito no serán admitidos.

México, D.F., a 8 de octubre de 2008.El C. Secretario de Acuerdos "B"

Lic. Roberto Alfredo Chávez SánchezRúbrica.

(R.- 277287)Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial del Estado de Baja CaliforniaTribunal Superior de Justicia

Sección Amparos

EDICTO

JUAN FLORES DUARTE.EN LOS AUTOS DEL CUADERNO DE AMPARO PROMOVIDO POR JOSE ANTONIO SALAZAR

SIERRA, RELATIVO AL TOCA CIVIL NUMERO 0458/2006, DEDUCIDO DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL, EXPEDIENTE 0904/2004, PROMOVIDO POR JOSE ANTONIO SALAZAR SIERRA EN CONTRA DE MARIA DE LA SALUD MORFIN CARABEZ Y OTROS. POR ACUERDO DE FECHA SEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, LOS CC. MAGISTRADOS INTEGRANTES DE LA PRIMERA SALA DE ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, ORDENARON SE LE EMPLACE POR MEDIO DE EDICTOS PARA QUE DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL QUE SE HAGA LA ULTIMA PUBLICACION, COMPAREZCA ANTE EL TRIBUNAL DE GARANTIAS EN DEFENSA DE SUS INTERESES SI ASI LO ESTIMARE CONVENIENTE. QUEDAN A SU DISPOSICION EN LA SECCION DE AMPAROS DE LA SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO, LAS COPIAS SIMPLES DE LA DEMANDA DE GARANTIAS.

EMPLAZAMIENTO QUE SE VERIFICA POR MEDIO DE EDICTOS EN VIRTUD DE IGNORARSE SU DOMICILIO.

Mexicali, B.C., a 6 de octubre de 2008.El Secretario General de Acuerdos

Lic. Pedro Amaya RábagoRúbrica.

(R.- 277311)

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 102

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el EstadoSan Luis Potosí

EDICTOALFREDO FERNANDEZ GARCIA, ARTURO SULVARAN Y HUGO GONZALEZ DELGADO:Dentro de la causa penal 86/2000 instruida contra Javier Pérez Ulivarri, por un delito contra la salud, del

índice de este Juzgado de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, mediante sentencia condenatoria de dieciséis de febrero de dos mil uno, dictada en su contra, se ordenó girar oficio al Ministerio Público Federal para que informara sobre el trámite que dio a los exhortos en relación al aseguramiento del vehículo, tractocamión marca Kenworth, color blanco, placas de circulación 898-CD6 del Servicio Público Federal, acoplado a un semiremolque tipo tanque (pipa), placas de circulación 302-VD2, del Servicio Público Federal, color blanco, con fundamento en los dispuesto por el numeral 182-B, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Penales, se ordena hacer del conocimiento a las personas de nombres Alfredo Fernández García, Arturo Sulvaran y Hugo González Delgado, por medio de edictos, el aseguramiento y no decomiso decretado al automotor antes mencionado, lo que se realizará por una sola ocasión en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional.

Así, las cuestiones relacionadas al aseguramiento son: que con fundamento en el numeral 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, se apercibe a las personas antes señaladas, para que no enajenen o graven el bien asegurado, así como que, de no manifestar lo que a su derecho convenga en un término de noventa días naturales a la legal notificación de este proveído, el bien causará abandono a favor del Gobierno Federal. Asimismo se pone a su disposición, en la Secretaría de este Juzgado, una copia certificada del acta de inventario del automotor.

En caso de que las personas realicen alguna manifestación, en su libelo deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidos que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se realizarán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal, lo anterior, de conformidad con los arábigos 107, 108 y 182-B, fracción II, de la Ley Adjetiva Penal Federal.

San Luis Potosí, S.L.P., a 9 de octubre de 2008.La Juez Segundo de Distrito en el Estado

Lic. Leticia Morales GarcíaRúbrica.

(R.- 277317)Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la FederaciónJuzgado Segundo de Distrito en el Estado

San Luis PotosíProceso 22/2001

EDICTOTRANSPORTES TEPPSA, S.A.:Dentro de la causa penal 22/2001 instruida contra Juan José Aguillón Flores, por un delito contra la salud,

del índice de este Juzgado de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, mediante sentencia condenatoria de diecisiete de septiembre de dos mil uno, dictada en su contra, se determinó el no decomiso del vehículo, tractocamión marca Kenworth, color azul marino, placas de circulación 112-BN4 del Servicio Público Federal, acoplado a semiremolque tipo tanque (pipa), placas de circulación 226-TY7, del Servicio Público Federal, color azul marino, con la leyenda TEPPSA, con fundamento en los dispuesto por el numeral 182-B, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Penales, se ordena hacer del conocimiento de la empresa Transportes TEPPSA, S.A., por medio de edictos, el aseguramiento y no decomiso decretado al automotor antes mencionado, lo que se realizará por una sola ocasión en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional.

Así, las cuestiones relacionadas al aseguramiento son: que con fundamento en el numeral 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, se apercibe a la persona antes señalada, para que no enajene o grave el bien asegurado, así como que, de no manifestar lo que a su derecho convenga en un término de noventa días naturales a la legal notificación de este proveído, el bien causará abandono a favor del Gobierno Federal. Asimismo se pone a su disposición, en la Secretaría de este Juzgado, una copia certificada del acta de inventario del automotor.

En caso de que la persona moral realice alguna manifestación, en su libelo deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se realizarán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal, lo anterior, de conformidad con los arábigos 107, 108 y 182-B, fracción II, de la Ley Adjetiva Penal Federal.

San Luis Potosí, S.L.P., a 1 de octubre de 2008.La Juez Segundo de Distrito en el Estado

Lic. Leticia Morales GarcíaRúbrica.

(R.- 277338)

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103 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en el EstadoSan Luis PotosíProceso 9/2001

EDICTOJavier Gutiérrez Armendáriz:Dentro de la causa penal 9/2001 instruida contra Juan Treviño de la Cruz, por un delito contra la salud, del

índice de este Juzgado de Distrito en el Estado de San Luis Potosí, mediante sentencia condenatoria de dos de mayo del dos mil uno, dictada en contra de Juan Treviño de la Cruz, por un delito contra la salud, se determinó el no decomiso del vehículo, autobús tipo panorámico, de fabricación nacional, marca MASA, color cromado con blanco con franjas laterales azul rey, modelo 1975, motor número 8VA321626, placas de circulación número 346RC1, SPF Turismo México, con número económico 083, con fundamento en los dispuesto por el numeral 182-B, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Penales, se ordena hacer del conocimiento de JAVIER GUTIERREZ ARMENDARIZ, por medio de edictos, el aseguramiento y no decomiso decretado al automotor antes mencionado, lo que se realizará por una sola ocasión en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico de circulación nacional.

Así, las cuestiones relacionadas al aseguramiento son: que con fundamento en el numeral 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, se apercibe a la persona antes señalada, para que no enajene o grave el bien asegurado, así como que, de no manifestar lo que a su derecho convenga en un término de noventa días naturales a la legal notificación de este proveído, el bien causará abandono a favor del Gobierno Federal. Asimismo se pone a su disposición, en la Secretaría de este Juzgado, una copia certificada del acta de inventario del automotor.

En caso de que la persona realice alguna manifestación, en su libelo deberá señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido que de no hacerlo, las subsecuentes, aún las de carácter personal, se realizarán por medio de lista que se fija en los estrados de este Tribunal, lo anterior, de conformidad con los arábigos 107, 108 y 182-B, fracción II, de la Ley Adjetiva Penal Federal.

San Luis Potosí, S.L.P., a 1 de octubre de 2008.La Juez Segundo de Distrito en el Estado

Lic. Leticia Morales GarcíaRúbrica.

(R.- 277339)Estados Unidos Mexicanos

Poder Judicial de la FederaciónConsejo de la Judicatura Federal

Juzgado Segundo de Distrito en el EstadoMorelia, Mich.

EDICTOEULALIA SOLIS CORREAANGELA SOLIS CORREATERCERAS PERJUDICADASDentro de juicio de amparo numero I-377/2007 y sus acumulados I-1045/2007 y I-57/2008, promovido por

MAGADELNA LOPEZ BUCIO, contra actos del Juez Mixto de Primera Instancia, residente en Zinapécuaro, Michoacán, y otra autoridad, los que se hacen consistir en: "Reclamo de la Juez Ordenadora y Ejecutora, todo el procedimiento que se llevó a cabo dentro del expediente número 585/2005, relativo al Juicio Ordinario Civil seguido por los ahora terceros perjudicados, sobre Reivindicación del inmueble denominado Rancho del Sauz, ubicado en la comunidad de Milpillas, de la tenencia de Otzumatlán, municipio de Queréndaro, Michoacán, frente a los señores Daniel e Imelda Solís Carmona, hasta la sentencia definitiva, el auto que la haya declarado firme y todas las demás actuaciones sobre la cuales se ordenó la ejecución de la misma, y por último reclamo todas y cada una de las consecuencias legales que pudiera haber ocasionado y ocasionen los actos aquí reclamados" Dentro del presente juicio de garantías, se han considerado a Ustedes como terceras perjudicadas; y, como se desconoce sus domicilios actuales, se ha ordenado el emplazamiento por edictos, los que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial, y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, así como en el de mayor circulación en el Estado de Michoacán, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de treinta días, contado del siguiente al de la última publicación ante este Juzgado, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia simple de la demanda de garantías, haciéndoles de su conocimiento que se han señalado las NUEVE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DIECISEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO, para la celebración de la AUDIENCIA CONSTITUCIONAL y previniéndoles para que señalen domicilio en esta ciudad para oír notificaciones personales, apercibidas de que no hacerlo, las subsecuentes le correrán por lista en términos del artículo 30, fracción II de la Ley de Amparo.

AtentamenteMorelia, Mich., a 6 de octubre de 2008.

El Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el EstadoLic. Pedro Chávez Partida

Rúbrica. (R.- 277428)

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 104

Estados Unidos MexicanosTribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

MéxicoJuzgado Quinto de lo Civil

Secretaría AExpediente 517/2005

EDICTOCONVOCANDO A POSTORES.EN LOS AUTOS DEL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, PROMOVIDO POR DU PONT MEXICO, S.A. DE

C.V., EN CONTRA DE GERARDO ALBERTO ROMO GARZA Y OTRO, LA C. JUEZ QUINTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL, ORDENO MEDIANTE PROVEIDO DE FECHA VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, SACAR A VENTA EN PUBLICA SUBASTA Y A LA PRIMERA ALMONEDA EL BIEN INMUEBLE UBICADO EN EL FRACCIONAMIENTO VISTA ALEGRE, CALLE JINETEO 106 MANZANA 17 LOTE 10 REGISTRO BAJO EL NUMERO 0050 DEL LIBRO 04138 DE LA SECCION 1 DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES Y QUE ALCANZARA EL PRECIO DE AVALUO DE $1,600,000.00 (UN MILLON SEISCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) Y SERA POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA DICHA CANTIDAD, Y SEÑALO PARA LA PRACTICA DE TAL DILIGENCIA LAS ONCE HORAS DEL DIA SEIS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, EN EL ENTENDIDO DE QUE LOS INTERESADOS PARA QUE SE LES TENGA COMO POSTORES DEBERAN EXHIBIR POR LO MENOS EL 10% DE DICHA CANTIDAD EN BILLETE DE DEPOSITO DE BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS. NOTIFIQUESE. LO PROVEYO Y FIRMA EL C. JUEZ POR MINISTERIO DE LEY Y C. SECRETARIO DE ACUERDOS.

AtentamenteSufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 23 de septiembre de 2008.El C. Secretario de Acuerdos “A”

Lic. J. Félix López SegoviaRúbrica. (R.- 276621)

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito FederalEDICTO

LLAMAMIENTO A JUICIO A LA FIADA: FRL, CONSTRUCCION Y SERVICIOS DE INGENIERIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

En los autos del juicio especial de fianzas número 115/2007-III, promovido por INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, en contra de ING FIANZAS, SOCIEDAD ANONIMA (ANTES FIANZAS COMERCIAL AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA) ante este Juzgado se dicto el siguiente auto: con fundamento en el numeral 118 bis, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se ordena llamar a juicio al fiado FRL, CONSTRUCCION Y SERVICIOS DE INGENIERIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, a fin de que, una vez que se abra el presente juicio a prueba, rinda las que estime convenientes; asimismo, para que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibido, llamamiento que se ordenapor medio de edictos, mismos que se publicarán tres veces, de siete en siete días en el Diario Oficialde la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana. Quedan a su disposición copias de traslado en la Secretaría de este Juzgado.

AtentamenteMéxico, D.F., a 9 de mayo de 2008.

El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil en el Distrito FederalLic. Ernesto Martínez Delgado

Rúbrica.(R.- 276684)

Coahuila de ZaragozaPoder Judicial del Estado de Coahuila

Juzgado Tercero de Primera Instancia en Material MercantilTorreón, Coah.

EDICTOEn el Expediente Numero 483/2006, que corresponde al JUICIO ESJECUTIVO MERCANTIL, promovido

por NORBERTO GALINDO CARRILLO en contra de MARIA CRISTINA ESCAMILLA VELA Y RAUL MORALES ESCAMILLA, EL LICENCIADO JOSE REYES RODRIGUEZ JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE VIESCA CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE TORREON, COAHUILA, SEÑALO LAS DOCE HORAS DEL DIA MARTES DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo en Pública almoneda el remate del siguiente bien inmueble:

LOTES 19 Y 20 MANZANA 32 ZONA SEGUNDA DEL FRACCIONAMIENTO TORREON JARDIN EN ESTA CIUDAD, CON UNA SUPERFICIE DE 810.00 METROS CUADRADOS. CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS, AL NORTE EN 30.00 METROS CON FRACCION DE LOTE 20, AL SUR EN 30.00 METROS CUADRADOS CON LOTE 18, AL ORIENTE EN 27.00 METROS CUADRADOS CON LOTES

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105 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

6 Y 7, AL PONIENTE EN 27.00 METROS CUADRADOS CON CALLE PETUNIAS.- DICHA PROPIEDAD SE ENCUENTRA INSCRITA EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD DE ESTA CIUDAD BAJO LA PARTIDA 2831, FOJA 347, LIBRO 14-D, SECCION I, DE FECHA 08 DE JULIO DE 1985 POR ADQUISICION A FAVOR Y DOMINIO DE MARIA CRISTINA ESCAMILLA VELA DE MORALES.-

Sirve de base para el remate la cantidad de $2´935,504.80 (DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUATRO PESOS 80/100 M.N.), valor fijado por los peritos de las partes.- En solicitud de postores publíquese edicto por UNA SOLA VEZ en el Diario Oficial de la Federación, así como en la Tabla de Avisos de éste Juzgado, haciéndole saber a los postores que para tomar parte de la subasta deberán consignar previamente y por conducto de la dependencia autorizada una cantidad equivalente a por lo menos el 10% del valor del bien que sirva de base para el remate en comento.

SE CONVOCAN POSTORESTorreón, Coah., a 26 de septiembre de 2008.

El C. SecretarioLic. Juan Elcifar González Flores

Rúbrica.(R.- 277437)

Estados Unidos MexicanosTribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

MéxicoJuzgado Vigésimo Tercero de lo Civil

EDICTOSE CONVOCAN POSTORES.En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por AUTOFINANCIAMIENTO MEXICO S.A.

DE C.V., EN CONTRA DE PETRA CRUZ TORRES, JAVIER SERRANO MENDEZ, GUADALUPE MARTINEZ AGUILAR Y JOSE SAMUEL JIMENEZ CORTES, EXPEDIENTE NUMERO 787/2006, el C. Juez Vigésimo Tercero Civil del Distrito Federal, dictó un auto de fecha cinco de agosto y once de septiembre, ambos del año en curso, en el cual señala LAS DIEZ HORAS DEL DIA CINCO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo el Remate en PRIMERA ALMONEDA del bien inmueble embargado ubicado en: LA CASA HABITACION UBICADA EN CALLE SANTA MONICA LOTE DE TERRENO NUMERO 23 (VEINTITRES), MANZANA 160 (CIENTO SESENTA), ZONA UNO, ACTUALMENTE NUMERO 2 (DOS) COLONIA SAN AGUSTIN DEL EX EJIDO SAN AGUSTIN ATLAPULCO, CODIGO POSTAL 56346, MUNICIPIO DE CHIMALHUACAN, ESTADO DE MEXICO, CON SUPERFICIE DE 137:00 METROS CUADRADOS, sirviendo de base para el remate la cantidad de $479,000.00 (CUATROCIENTOS SETENTAY NUEVE MIL PESOS 00/100) que equivale al cien por ciento del valor del inmueble antes descrito, debiendo los licitadores exhibir el DIEZ POR CIENTO precio del avaluo para tenerlos como postores.

AtentamenteMéxico, D.F., a 19 de septiembre de 2008.

La C. Secretaria de Acuerdos “A”Lic. Lourdes Regina Germán

Rúbrica.(R.- 276912)

Estados Unidos MexicanosTribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

MéxicoJuzgado Trigésimo de lo Civil

EDICTO

En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por IMPULSEMOS, S.A. DE C.V. en contra de JULIO CESAR MARTINEZ ROMERO Y OTROS, EXP. NUM. 195/2007, La C. Juez Trigésimo de lo Civil, dicto autos y audiencias que a la letra dice: México, Distrito Federal, a treinta de abril, dos audiencias de once de julio, audiencia de dicienueve de agosto y cuatro de agosto, audiencia de fecha once de septiembre y audiencia de fecha diez de octubre de dos mil ocho, para que tenga lugar la audiencia de remate en cuarta almoneda del bien embargado, con reducción del diez por ciento al precio, se señalan las DIEZ HORAS DEL DIA TREINTA Y UNO DE OCTUBRE PROXIMO, sirviendo de base para el mismo la cantidad de QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TRECE PESOS 30/100 M.N., DEL BIEN INMUEBLE UBICADO EN CALLE DE MAZATECAS, MANZANA 51, LOTE 13, COLONIA CULTURAS DE MEXICO, EN EL MUNICIPIO DE CHALCO ESTADO DE MEXICO.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez Trigésimo de lo Civil, licenciada MAGDALENA MENDOZA GUERRERO.- Doy fe.

SE CONVOCAN POSTORES

México, D.F., a 15 de octubre de 2008.El C. Secretario de AcuerdosLic. Armando Vázquez Nava

Rúbrica.(R.- 277367)

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 106

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Cuarto de Distrito en el EstadoMorelia, Mich.

Sección Amparo

EDICTO

AGUSTIN Y FRANCISCO, AMBOS DE APELLIDOS HERNANDEZ POZOS.TERCEROS PERJUDICADOS.En los autos del juicio de amparo número I-343/2008, promovido por JOSE SANCHEZ AVILA, por su

propio derecho, contra actos de la Magistrada de la Sexta Sala civil del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, con sede en esta ciudad y otra autoridad, los que se hacen consistir “…del Juez de Primera Instancia en Materia Civil, del distrito judicial de Ciudad Hidalgo, Michoacán todas y cada una de las actuaciones que conforman el Juicio Ordinario Civil 674/2007, en especial la falta de emplazamiento a el juicio ordinario en cita; … de la Magistrada de la Sexta Sala Civil Unitaria, del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Michoacán, le reclamo todo lo actuado dentro del toca de apelación número I-94/2008, que se formo y registró ante la Sexta Sala Civil, en especial la falta de emplazamiento al toca de apelación antes indicado...” En el que se les ha señalado a ustedes como terceros perjudicados; y, como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado el emplazamiento por medio de edictos, los que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, en uno de los periódicos de mayor circulacion en la República, así como otro de mayor circulación en el Estado de Michoacán; haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación ante este Juzgado a deducir sus derechos; quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia de la demanda de garantías, haciendo de su conocimiento que se han señalado las NUEVE HORAS CON CINCUENTA MINUTOS DEL VEINTISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO, para la celebración de la audiencia CONSTITUCIONAL y previniéndoles para que señalen domicilio en esta ciudad para oír notificaciones personales, apercibidos que de no hacerlo las subsecuentes les correrán por lista, en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo. Sin que obste que a la fecha del emplazamiento haya transcurrido el día y hora señalados para la celebración de la audiencia constitucional, toda vez que en tal supuesto, este órgano jurisdiccional proveerá su diferimiento hasta en tanto trascurra el término de su llamamiento a juicio.

AtentamenteMorelia, Mich., a 14 de octubre de 2008.

La Secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el EstadoLic. Sandra Mota Velasco Sánchez

Rúbrica.(R.- 277160)

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial de la Federación

Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito FederalEDICTO

Por auto de trece de octubre de dos mil ocho, se ordenó emplazar a: Marcelo Gustavo Manfredi Demarchi, mediante edictos, publicados por tres veces, de siete en siete días, para que comparezcan a este juzgado dentro del término de treinta días a partir del siguiente al de la última publicación; quedando a su disposición en la secretaría de este juzgado copia de la demanda de amparo relativa al juicio de garantías 1010/2008, promovido por Azaid Arturo Aguirre Aguilar y otros, contra actos de la Junta Especial Número Tres Bis de la Federal de Conciliación y Arbitraje.

México, D.F., a 16 de octubre de 2008.“2008, Año de la Educación Física y el Deporte”

La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito FederalLic. María de Lourdes Meléndez Martínez

Rúbrica.(R.- 277283)

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107 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial del Estado de Jalisco

Supremo Tribunal de Justicia del EstadoJalisco

Sexta Sala

EDICTO

Mediante proveído de 14 catorce de enero del año 2008 dos mil ocho, dictado por los integrantes de la Sexta Sala del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, en los autos del toca penal número 1413/2006, deducido de la causa penal número 140/2003-B, del índice del Juzgado Octavo de lo Criminal del Primer Partido Judicial del Estado, instruido en contra de JAVIER CASTRO MARQUEZ o JAVIER CASTILLO MARQUEZ, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, en agravio de JUAN BALTAZAR HERNANDEZ HERNANDEZ, con motivo del juicio de amparo directo número 361/2007 promovido por el Licenciado J. GUADALUPE OSORNIO ABREGO en su carácter de defensor particular del quejoso JAVIER CASTRO MARQUEZ o JAVIER CASTILLO MARQUEZ, ante el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito contra actos de este Tribunal, consistente en la resolución dictada dentro del citado toca de apelación el día 02 dos de abril del año 2007 dos mil siete, en la que se condenó al quejoso de mérito a la pena de 13 TRECE AÑOS DE PRISION así como al PAGO DE LA REPARACION DEL DAÑO por la cantidad de $148,771.00 CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL; en términos del artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia, se ordenó emplazar por edictos a la tercera perjudicada FIDELINA MARQUEZ HERNANDEZ, misma que deberá presentarse en el local del citado Tribunal Federal ubicado en avenida Américas número 1221 mil doscientos veintiuno, colonia Circunvalación Américas del sector Hidalgo en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, con el objeto de hacer valer sus derechos, previniéndola con el fin de que señale domicilio para recibir notificaciones dentro de la zona metropolitana de Guadalajara, apercibida que de incumplir le serán practicadas por lista de acuerdos que se publique en los estrados del local que ocupa ese Tribunal Federal en el juicio de amparo 361/2007; quedando a disposición de la Secretaría de esta Sexta Sala copia simple de la demanda.

Se expide el presente edicto para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION y EN UNO DE LOS PERIODICOS DE MAYOR CIRCULACION EN LA República (Excelsior); Guadalajara, Jalisco, a los 25 veinticinco días del mes de enero de 2008 dos mil ocho.

La Secretario de Acuerdos de la Sexta Sala delSupremo Tribunal de Justicia en el Estado de Jalisco

Lic. Laura Mercado ChávezRúbrica.

(R.- 277337)

Estados Unidos MexicanosPoder Judicial del Estado de Nuevo León

Juzgado Octavo de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito JudicialMonterrey, N.L.

EDICTO

En Monterrey, Nuevo León a las 11:00-once horas del día 13-trece de noviembre del año 2008-dos mil ocho, tendrá verificativo la audiencia de remate en pública subasta y primer almoneda, dentro de los autos del expediente judicial número 1034/2005 relativo al JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL promovido por MILTON FABIAN DIAZ GARCIA, por sus propios derechos, en contra de SARA PUENTE AVILA, del bien inmueble embargado en autos consistente en: LOTE DE TERRENO MARCADO CON EL NUMERO 34 DE LA UNION DE POSESIONARIOS EMILIANO ZAPATA DE ESTA CIUDAD, CON UNA SUPERFICIE DE 145.40 M2 Y LAS

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 108

SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS; 8.00 OCHO METROS DE FRENTE AL SUR Y A LA CALLE GRAL. MANUEL GONZALEZ; 8.00 OCHO METROS AL NORTE A COLINDAR CON BARDA DE LOS FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO; 18.15 DIECIOCHO METROS QUINCE CENTIMETROS AL ORIENTE A COLINDAR CON EL LOTE NUMERO 33; Y 18.20 DIECIOCHO METROS VEINTE CENTIMETROS AL PONIENTE A COLINDAR CON EL LOTE NUMERO 35. Y TIENE COMO MEJORAS SEGUN SE DESPRENDE DE LOS AVALUOS EMITIDOS POR LOS PERITOS DESIGNADOS EN AUTOS LA FINCA MARCADA CON EL NUMERO 909 DE LA CALLE GENERAL MANUEL GONZALEZ DE LA COLONIA HIDALGO EN MONTERREY, NUEVO LEON. Al efecto, convóquese a los postores a la citada audiencia mediante edictos que deberán publicarse 3-tres veces dentro de 9-nueve días en el Diario Oficial de la Federación, en los estrados de éste juzgado, así como en el lugar de ubicación del inmueble, entendiéndose que el primero de los anuncios habrá de publicarse el primer día del citado plazo y el tercero de estos, en el noveno día, pudiendo efectuarse el segundo de ellos en cualquier tiempo. Sirviendo como postura legal la cantidad de $436,666.66 (CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/100 M.N.), que corresponde a las dos terceras partes del avalúo emitido por los peritos designados en autos, cuyo valor total del inmueble asciende a la cantidad de $655,0000.00 (SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.). En la inteligencia de que en la Secretaría de este juzgado se les proporcionará mayores informes a los interesados. Doy fe.- Monterrey, Nuevo León a 14-catorce de octubre del año 2008-dos mil ocho.-

El C. Secretario Adscrito al Juzgado Octavo de JurisdicciónConcurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado

Lic. Sergio Rodríguez BorjaRúbrica.

(R.- 277429)AVISO AL PUBLICO

REQUISITOS NECESARIOS PARA LA INSERCION DE DOCUMENTOS A PUBLICAR:• Escrito dirigido al Director General Adjunto del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación

de su documento, con dos copias legibles.• Original del documento a publicar en papel membretado, con sello legible, firma autógrafa y fecha de

expedición del mismo, sin alteraciones y acompañado de dos copias legibles.• En caso de documentos a publicar de empresas privadas, deberá anexar copia de la cédula del R.F.C.• En caso de licitación pública o estado financiero, necesariamente deberá acompañar su documentación

con un disquete en cualquier procesador WORD.• A partir del 1 de enero de 2007, el pago por derechos de publicación deberá efectuarse mediante el

esquema para pago de derechos e5cinco del SAT en ventanilla bancaria o a través de Internet, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000. El comprobante de pago deberá presentarse (el original que devuelve la institución bancaria o la impresión original del pago realizado en Internet), acompañado de una copia simple. El original del pago será resguardado por esta Dirección.

LAS PUBLICACIONES SE PROGRAMARAN DE LA SIGUIENTE FORMA:• Las convocatorias para concursos de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios del sector público

recibidas los días miércoles, jueves y viernes, se publicarán el siguiente martes, y las recibidas en lunes y martes, se publicarán el siguiente jueves.

• Avisos, edictos, balances finales de liquidación, convocatorias de enajenación de bienes y convocatorias de asambleas se publicarán cinco días hábiles después de la fecha de recibido y pagado, y tres días después si se acompañan con disquete, mientras que los estados financieros, de acuerdo al espacio disponible para publicación.

• El disquete deberá contener un solo archivo con toda la información.• Por ningún motivo se recibirá documentación que no cubra los requisitos antes señalados.• Horario de recepción de 9:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes.• Teléfonos: 50 93 32 00 y 51 28 00 00, extensiones 35078, 35079, 35080 y 35081. Fax extensión 35076.

Nota: Si envía la documentación por correspondencia o mensajería, favor de anexar guía prepagada de la mensajería de su preferencia, correctamente llenada, para poder devolverle la forma fiscal que le corresponde.

AtentamenteDiario Oficial de la Federación

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109 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

AVISOS GENERALES

Pemex Exploración y ProducciónSubdirección de la Coordinación de Servicios Marinos

Gerencia de Administración y Finanzas

EDICTO

COMUNICACION DE LA DETERMINACION AL PROCEDIMIENTO DE RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO NUMERO 428237809 A LA COMPAÑIA EXSOLL INGENIERIA, S.A. DE C.V.

Con fundamento en los artículos 13 y 61 fracciones II y III de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 35 fracción III y 37 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y Cláusula Vigésima Novena del contrato número 428237809, por ignorarse el domicilio de la empresa Exsoll Ingeniería, S.A. de C.V., se comunica lo siguiente:

Determinación del Procedimiento de Rescisión Administrativa del contrato número 428237809, referente a la "Construcción de cuarto de control principal y subestación eléctrica para CDGM Cd. Pemex", que Pemex Exploración y Producción tiene celebrado con la empresa Exsoll Ingeniería, S.A. de C.V., de conformidad con lo siguiente:

Con fecha 21 de mayo de 2008, fue notificado a la contratista el oficio número PEP-SCSM-GAF-317-2008 de fecha 25 de abril de 2008 y que aquí se da por reproducido como si a la letra se insertase para los efectos legales a que haya lugar, relativo al inicio de Procedimiento de Rescisión Administrativa del contrato número 428237809, misma notificación que se efectuó bajo la fe del Lic. Armando Gálvez Pérez Aragón, Notario Público número 103, de la Ciudad de México, D.F.; comunicándosele los incumplimientos imputables a la misma y por los que se ubica en las causales de Rescisión marcados con los números 2, 3 y 4 de la Cláusula Vigésima Octava "Rescisión Administrativa", del contrato número 428237809, que estipula en su parte conducente lo siguiente:

"VIGESIMA OCTAVA.- RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.PEP podrá rescindir administrativamente el presente contrato en caso de incumplimiento de las

obligaciones a cargo del CONTRATISTA, en los siguientes casos:...2). Si el CONTRATISTA, interrumpe injustificadamente la ejecución de los trabajos o se niega a reparar o

reponer alguna parte de ellos, que hubiere sido detectada como defectuosa por PEP.3).- Si el CONTRATISTA no ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado en el presente contrato

o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por el residente de obra o por el supervisor.4).- Si el CONTRATISTA no da cumplimiento al programa de ejecución por falta de materiales,

trabajadores o equipo de construcción y, que a juicio de PEP el atraso pueda dificultar la terminación satisfactoria de los trabajos en el plazo estipulado."

Con fecha 10 de junio de 2008, la empresa Exsoll Ingeniería, S.A. de C.V. presentó ante la Gerencia de Administración y Finanzas de la Subdirección de la Coordinación de Servicios Marinos, el escrito sin número de referencia de fecha 6 de junio de 2008, mediante el cual da contestación al comunicado de inicio de Rescisión Administrativa número PEP-SCSM-GAF-317-2008, exponiendo los argumentos que a su derecho convinieron, así como las pruebas que estimó pertinentes, por lo que en términos del artículo 61 fracción II de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en la Cláusula Vigésima Novena del contrato número 428237809; Pemex Exploración y Producción, considera los argumentos expuestos y pruebas aportadas por el contratista Exsoll Ingeniería, S.A. de C.V., en su escrito de contestación al inicio de

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 110

Procedimiento de Rescisión, recibido el día 10 de junio de 2008, los mismos, no desvirtúan los incumplimientos que se le imputaron en el oficio número PEP-SCSM-GAF-317-2008, notificado a la contratista el 21 de mayo del presente año y que en este acto se ratifican por Pemex Exploración y Producción; por tal motivo, su conducta encuadra en los supuestos de Rescisión establecidos en las causales 2, 3 y 4 de la Cláusula Vigésima Octava del contrato número 428237809.

En cuanto a las pruebas que son enlistadas por el proveedor en su escrito de cuenta, son valoradas en términos del artículo 61, fracción II, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, sin embargo, dichos argumentos y medios probatorios enlistados, resultan insuficientes para generar ánimo de convicción en esta entidad, toda vez que no desvirtúan los incumplimientos imputados en el oficio del inicio de Rescisión Administrativa número PEP-SCSM-GAF-317-2008, de fecha 25 de abril de 2008, y que en este acto se ratifican por Pemex Exploración y Producción, por tal motivo la conducta del contratista encuadra en los supuestos de rescisión establecidos en los numerales 2, 3 y 4 de la Cláusula Vigésima Octava denominada Rescisión Administrativa del Contrato del contrato número 428237809.

Pemex Exploración y Producción, con fundamento en el artículo 61, fracciones II y III, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y Cláusulas Vigésima Novena, puntos 2 y 3, del contrato número 428237809, dentro del término señalado en el citado precepto legal, determina rescindir administrativamente el Contrato de Obra Pública sobre la Base de Precios Unitarios número 428237809, cuyo objeto consiste en la "Construcción de cuarto de control principal y subestación eléctrica para CDGM CD. PEMEX", celebrado con la empresa Exsoll Ingeniería, S.A. de C.V., para todos los efectos a que haya lugar. Esta determinación de rescisión administrativa surtirá sus efectos, a partir de que sea debidamente notificada al contratista, por lo que en el término de cinco días hábiles siguientes, deberá comparecer en las oficinas de la residencia de obras en el interior del Centro de Distribución de Gas Marino, en Ciudad Pemex, Tabasco, para proceder a la elaboración y formalización del finiquito correspondiente.

Queda a su disposición, en el domicilio ubicado en: Edificio Complementario Uno, tercer nivel, calle Aviación (Avenida 31) sin número cruzamiento con avenida Periférica Norte y Calle 60, colonia Petrolera, Ciudad del Carmen, Campeche, en horario de 8:00 a 15:30 horas; que corresponde a las oficinas de la Subgerencia de Recursos Materiales de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Subdirección de la Coordinación de Servicios Marinos; el oficio número PEP-SCSM-GAF-508-2008 y sus anexos, que contiene las consideraciones a los argumentos expuestos y pruebas aportadas por el contratista en su escrito de contestación al inicio de Procedimiento de Rescisión Administrativa del contrato número 428237809, recibido el día 10 de junio de 2008; que podrá ser consultado en días hábiles, en el domicilio y horarios antes mencionados.

Atentamente“2008, Año de la Educación Física y el Deporte”

Ciudad del Carmen, Camp., a 8 de octubre de 2008.Subdirección de la Coordinación de Servicios Marinos

El Gerente de Administración y FinanzasIng. Alfredo Estrada Barrera

Rúbrica.(R.- 277237)

EMPRESA PRIVADA DE SEGURIDAD PABLO VILCHIS ORTEGAAVISO

LA DIRECCION EJECUTIVA Y CONTROL DE EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA EN EL DISTRITO FEDERAL CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 76, FRACCION IV, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE LOS SERVICIOS DE SEGURIDAD PRESTADOS POR EMPRESAS PRIVADAS SUSPENDE LA AUTORIZACION DEL REGISTRO NUMERO 2218 DE LA EMPRESA PRIVADA DE SEGURIDAD PABLO VILCHIS ORTEGA A PARTIR DEL DIA 16 DE OCTUBRE AL 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (10 DIAS), CON DOMICILIO EN LA CALLE SAN ANTONIO NUMERO 13, COLONIA SAN ANTONIO, DELEGACION GUSTAVO A. MADERO, CODIGO POSTAL 07100, MEXICO, DISTRITO FEDERAL.

México, D.F., a 17 de octubre de 2008.Representante Legal

C. Pablo Vilchis OrtegaRúbrica.

(R.- 277164)

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111 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

Secretaría de la Función PúblicaContraloría Interna

Dirección General Adjunta de Responsabilidades e Inconformidades

ASUNTO: NOTIFICACION POR EDICTO.SE NOTIFICA A: C. EDUARDO ULISES CHAVEZ HIDALGO. RFC CAHE720829JJ9.Conforme acuerdo de inicio de 23 de septiembre de 2008 dictado en el expediente administrativo

A/053/2008 -a su disposición para consulta en la ubicación que adelante se indica- y fundamentadoen artículos 21 fracción I de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos,315 del Código Federal de Procedimientos Civiles (de aplicación supletoria), 3 apartado A fracción XIV subfracción XIV.1, 25, 26 fracciones II numeral 2, 27 fracciones V, VII y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública; se le NOTIFICA POR EDICTOS: se requiere su comparecencia personal, con identificación oficial vigente, a audiencia de ley -que se desarrollará ante el suscrito o ante el Director de Responsabilidades e Inconformidades “A” de la Contraloría Interna-, a las DIEZ HORAS, DE CUALQUIER DIA HABIL -COMPRENDIDO ENTRE LOS SEIS Y TREINTA DIAS HABILES QUE SIGAN A AQUEL EN QUE SE PUBLIQUE LA PRESENTE NOTIFICACION POR TERCERA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION-, en la Contraloría Interna de esta Secretaría, ubicada en avenida Insurgentes Sur número 1735, noveno piso, ala Sur, oficina 924, colonia Guadalupe Inn, Delegación Alvaro Obregón, código postal 01020, México, D.F. Para que en dicha audiencia manifieste lo que le convenga, sobre presuntos incumplimientos denunciados por la Directora General Adjunta de Quejas, Denuncias e Investigaciones de la Contraloría Interna Secretaría de la Función Pública en oficio 112.DGAQDI/2943-07/ICZ/2586/2008 de 2 de septiembre de 2008, consistentes en: UNICO: En su carácter de Titular del Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en la Lotería Nacional para la Asistencia Pública, omitió presentar la contestación a la demanda -presentada porel C. César Sánchez Morales en contra de la resolución de 28 de abril de 2005, emitida en el expediente administrativo número PA-70/2002- en el juicio contencioso administrativo número 21821/05-17-05-7,del índice de la Quinta Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa-, dentro del término de 45 días hábiles establecido a la sazón por el artículo 212 del Código Fiscal de la Federación; lo que provocó que la referida Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa instructora, desechara dicha contestación por extemporánea. Ello, porque el 23 de agostode 2005, recibió en el Area de Responsabilidades, el emplazamiento a juicio correspondiente. Sin embargo, no fue sino hasta el 17 de noviembre de 2005, cuando emitió el oficio 750-3/1255/2005, dando contestación a la demanda de nulidad de referencia, documento que incluso fue presentado ante la Oficialía de Partes del referido Tribunal al día siguiente, es decir, el 18 de noviembre de 2005, y ello evidentemente de manera extemporánea, pues el término para producir la contestación había fenecido desde el 27 de octubre de 2005. Lo cual, en su caso, presumiblemente infringe lo dispuesto en los artículos 8 fracción XXIV de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en relación con lo establecidoen los artículos 37 fracción XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 67, fracción I,numeral 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, 5 del Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las Unidades Administrativas de la Secretaría de la Función Pública y se establece subordinación jerárquica de servidores públicos previsto en su Reglamento Interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 2005 y 212 del Código Fiscal de la Federación vigente en la época de los hechos antes descritos. Tiene derecho de comparecer con defensor; pero de omitir comparecer usted personalmente a la audiencia, se tendrán por ciertos los hechos imputados y las subsecuentes notificaciones se harán por rotulón conforme dispone el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

México, D.F., a 1 de octubre de 2008.Secretaría de la Función Pública

El Director General Adjunto de Responsabilidades e InconformidadesLic. Guillermo González Luna

Rúbrica.(R.- 276538)

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dvFecha DIARIO OFICIAL (dvSeccion Sección) 112

Comisión Federal de ElectricidadAVISO

El presente aviso tiene por objeto informar a la opinión pública en general que con la fecha de la presente publicación, la Comisión Federal de Electricidad, CFE, emite los proyectos de Norma de Referencia, aprobados por el Comité de Normalización de CFE, listados a continuación, los cuales de conformidad con lo establecido por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, inician su período de Consulta Pública de 60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Clave TítuloPROY-NRF-028-CFE-2008

Segunda EdiciónInterruptores de potencia para media tensión de 15 kV a 38 kVCampo de aplicaciónAplica a interruptores de potencia de tanque muerto, autocontenidos, servicio intemperie, trifásicos para utilizarse en sistemas eléctricos conectados efectivamente a tierra, con tensiones nominales del sistema de 13, 8 kV a 34,5 kV y frecuencia de 60 Hz.Concordancia con Normas InternacionalesEsta Norma de Referencia es no equivalente con la Norma IEC 62271-100.

PROY-NRF-073-CFE-2008Primera Edición

Tuberías de uso geotérmicoCampo de aplicaciónLa aplicación de esta Norma de Referencia debe ser para la adquisición por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) de tubería de acero al carbono, sin cordón de soldadura o con cordón de soldadura longitudinal recto o longitudinal helicoidal, que será empleada para el transporte de fluido geotérmico.Concordancia con Normas InternacionalesNo puede establecerse concordancia con normas internacionales por no existir referencias al momento de la elaboración de la presente Norma de Referencia.

La fecha límite para la recepción de observaciones será al cumplirse el periodo de 60 días, y deben remitirse al Departamento de Normalización y Metrología del LAPEM de la Comisión Federal de Electricidad, sita en avenida Apaseo Ote. sin número, Ciudad Industrial, Irapuato, Gto., código postal 36541, mismo domicilio en el cual podrán ser consultados o adquiridos. Teléfono 01 (462) 623 9400, extensiones7180 y 7286, correo electrónico: [email protected].

Irapuato, Gto., a 21 de octubre de 2008.La Presidenta del Comité de Normalización de CFE

M.C. Cynthia Alejandra Pérez MalpicaRúbrica.

(R.- 277386)

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113 (dvSeccion Sección) DIARIO OFICIAL dvFecha

PAQUETE CON IMAGINACION S.A. DE C.V.BALANCE DE LIQUIDACIONAL 3 DE OCTUBRE DE 2008

ActivoEfectivo en caja $ 0PasivoCapital $ 0

México, D.F., a 8 de octubre de 2008.Liquidador

Liliana Escalante MendozaRúbrica.

(R.- 276666)

GASTRONOMICA VILLA MARIA S.A. DE C.V.BALANCE DE LIQUIDACION

AL 2 DE JUNIO DE 2008

ActivoEfectivo en caja $ 0PasivoCapital $ 0

México, D.F., a 28 de agosto de 2008.Liquidador

Bernardo Noé Sánchez RamosRúbrica.

(R.- 276679)