Fase 3 301139 1 Laura Lopez

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Intervención Psicosocial en el Contexto Jurídico Trabajo Individual Fase 3 Laura López Pérez CC. 1065653475 Grupo: 301139_1 Tutora Clara Ines Ospina Universidad Nacional Abierta y a Distancia Escuela de Ciencia Sociales Artes y Humanidades Programa de Psicología 2015

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Intervención Psicosocial en el Contexto JurídicoTrabajo Individual

Fase 3

Laura López PérezCC. 1065653475

Grupo:301139_1

Tutora

Clara Ines Ospina

Universidad Nacional Abierta y a DistanciaEscuela de Ciencia Sociales Artes y Humanidades

Programa de Psicología 2015

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Caso planteado

Violencia intrafamiliar

Una mujer de 34 años que debió ser trasladada por la Policía junto a su hijo de dos meses. En la dependencia especializada en violencia doméstica, la mujer aseveró que su esposo, "que estaba alcoholizado", la agredió físicamente tomándola por el cuello, tirándola contra la pared y luego agarrándola de los cabellos, arrastrándola por el piso.

La mujer, su bebé y el hombre fueron llevados al hospital local. Vistos por un médico se les diagnóstico "sin lesiones agudas" a los primeros. Y para el hombre "escoriación a nivel de cuello".

Enterado el magistrado de turno dispuso "prohibiciones recíprocas de acercamiento a la persona, hogar, trabajo y lugares donde frecuentan; prohibiciones recíprocas de comunicación por cualquier medio, prestación de garantías para la víctima si lo solicita, seguimiento por una semana, elevar antecedentes con todo lo actuado".

La mujer refiere que desea tener la custodia del menor, ya que su padre por el problema de alcohol no podría atender al niño en caso de un proceso legal de divorcio o separación, además justifica que por ser tan menor debe estar bajo el cuidado y la atención de su madre, Por los constantes ataques y agresiones de padre la mama justifica que el niño también podría estar en peligro, ser sometido a malos tratos y además en estado de indefensión, el padre no tiene un empleo estable aspecto que también podría influir significativamente en la crianza del menor.

Por otra parte han intentado buscar apoyo psicológico pero no ha sido posible pues el padre no acude y ha incumplido en varias oportunidades, hecho que podría demostrar desinterés porque la situación mejore, su esposa le ha recomendado buscar también ayuda para manejar su dependencia pero dice no necesitarlo puesto que no es alcohólico.

Se ha impuesto una medida cautelar con el fin de que la vida de la víctima y del menor no estén en peligro, también mientras se desarrolla un proceso de investigación y el proceso de separación.

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¿Qué tipo de problemática psicosocial se está presentando en el caso?

Autoritarismo de Género

En la actualidad todavía existen mujeres que se dejan dominar por sus conyugues, sea por la imposición que hace el hombre de su voluntad sobre la mujer, es una clara forma de violencia que demuestran relaciones de desigualdades entre ambos género. Es importante recordar la cultura como un instrumento potente que influye tajantemente en la forma de pensar, sentir y actuar de las personas. Conviene distinguir que en las familias, se establecen relaciones asimétricas entre el hombre y la mujer, en las cuales se asegura el monopolio de poderes de dominio, de autoafirmación al género masculino. La aceptación de la mujer como igual, por marido, la inclusión de la comparación y la tolerancia en la vida doméstica.

La Drogadicción.

Cabe señalar que la drogadicción es una de las causas de la violencia intrafamiliar en Colombia, se expresa, en alto grado, en la forma del alcoholismo. Con respecto a este punto el consumo de bebidas alcohólicas, es un hábito nocivo. Por lo tanto produce en el consumidor, crisis degenerativas de la psiquis. La persona bajo el influjo del alcohol, y el alcohólico presentan comportamientos violentos; estos comportamientos, en el padre de familia se dirigen contra su mujer e hijos cuando el se encuentra bajo dicho estado. El maltrato por lo general se presenta si el padre de familia bebe periódicamente alcanzando el nivel de enfermo alcohólico. Concibo, pues, que los hombres bebidos se vuelven aún más autoritarios y el desafío de su autoridad se expresa en actos de violencia tendientes a imponer un supuesto respeto a dicha autoridad. Las mujeres son en general, el sujeto pasivo o víctima de sus maltratos que pueden ser de todas las categorías conocidas.

La agresión es el resultado de cierta interacción entre los cónyuges, son formas de comunicación que conduce a los estallidos de la violencia y la acción de uno corresponde a la reacción del otro. Los autores que estudian sobre este tema, hacen referencia a las actitudes de desprecio, agresión verbal e incluso sumisión, que constituyen conductas a provocar violencia, además el silencio, gestos, mímica, miradas desdeñosas, muecas burlonas, actitudes como interrumpir constantemente al otro, hablar más fuerte, hacer el papel del que no "entiende", cambiar de tema repentinamente, son recursos y técnicas de lucha que pueden llevar a las parejas a los estallidos del otro.

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Autores como Goggett, Brenda y Pearl, David, sostienen que una serie de estos comportamientos, puede ser interpretada como un desafío a la dominación masculina, como una provocación a dicha autoridad

Esta teoría también ha sido muy discutida pues solo expresaría formas de rechazo a los deseos o autoridad del cónyuge.

Otro aspecto importante de considerar en este modelo psicosocial, es la actitud del masoquismo y del machismo. De acuerdo con algunas teorías psicológicas, el primero es una forma de defensa femenina mediante la cual a través de la provocación del sufrimiento y el dolor, se disminuyen los sentimientos de culpabilidad en la mujer e implica la necesidad de una "golpiza" de vez en cuando para mantener un equilibrio emocional; y el segundo, o sea el machismo afirma GISSI Jorge, es por una parte una situación social de dominio y privilegio del hombre sobre la mujer en diversos aspectos (económico, político, social, etc.); y por la otra los mitos de la superioridad del hombre en uno o mas aspectos (biológico, sexual, intelectual, etc.)

La agresión es el resultado de la violencia que los protagonistas vivieron durante la infancia y la agresión, desplegada o sufrida en la relación conyugal. Gelles afirma que si un individuo aprende que la violencia constituye un comportamiento apropiado cuando se siente frustrado o irritado, entonces la agresión será un modo de adaptación al stress, concluyen los estudios de Gelles que la conducta violenta es aprendida socialmente, es decir adquirida bajo el influjo de concretas condiciones del medio ambiente.

Esta problemática psicosocial, ofrece dos variantes: una se refiere al aprendizaje por el resultado y la otra, al aprendizaje por imitación.

Gwartney, Patricia, en una investigación que hizo sobre agresiones en la familia, detectó que el comportamiento agresivo puede ser aprendido en distintos ambientes sociales: relaciones con padres, amigos o compañeros, es decir, por experiencias personales; la escuela, que es el lugar donde se aprende a desarrollar tales géneros.

Definición del problema psicojurídico del caso que ha seleccionado y la responde en el producto académico final individual.

La violencia familiar ha sido investigada desde hace varias décadas, conviene retomar las definiciones más representativas, de este problema social, de salud y de seguridad, para la sociedad misma, y para sus víctimas, que sirvan de referente para precisar puntualmente que es y que no es la violencia familiar. Podemos referirnos a la violencia familiar como, todo acto de poder, u omisión de

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índole intencional, que busca dominar, someter o controlar a cualquier miembro de la familia, principalmente mujeres, niños, ancianos o personas con alguna discapacidad, actos cometidos por alguna persona con la que se tenga parentesco o lo haya tenido por consanguinidad, afinidad civil, matrimonio, concubinato, o se mantenga una relación de hecho con la víctima, y dichos actos tengan por efecto causar daño. Así, la violencia familiar puede comprenderse como la agresión, o amenaza de, daño o afectación producida sistemáticamente y de forma intencional y directa, generada dentro del hogar y en contra algún miembro de la familia, por algún miembro de la propia familia.

La violencia que viven las mujeres dentro del núcleo familiar, generada por personas con las que han establecido o establecieron un vínculo íntimo ha sido llamada de formas diferentes, violencia doméstica, violencia familiar, violencia conyugal, violencia de pareja, entre otras.

El problema psicojuridico es un problema de la psicología en el entorno social que se está presentando en una familia donde su esposo presenta problemas de alcohol lo cual según el caso donde se manifiesta que llega en estado de embriagues a golpear a su esposa hay se está presentando una violencia intrafamiliar.

¿Cómo relaciono cada uno de los casos expuestos, con el que hacer de la psicología jurídica?

El quehacer del psicólogo en relación a los casos planteados consiste en La aplicación de pruebas psicológicas para proveer información al sistema legal.

La intervención en poblaciones en el ámbito forense (para lo cual es importante conocer las ventajas y desventajas de diferentes intervenciones), además, se establecen de manera novedosa los planes de tratamiento persuasivos, dado que en el contexto legal son muy frecuentes los casos en que las personas no desean participar voluntariamente en un programa de tratamiento.

La consultoría en la que se provee información a diferentes instancias como las cortes, los departamentos de policía, los jueces, los abogados y, en general, el personal de escenarios psiquiátricos forenses y correccionales.

La investigación, que permite proveer al Sistema de Justicia de respuestas a preguntas sobre el comportamiento humano, por ejemplo: ¿qué intervención es más efectiva con los delincuentes sexuales?, ¿cuáles son las implicaciones de un prolongado abuso sexual?, ¿cuáles son los efectos de ser testigo de repetidos actos de violencia en el hogar o de vivir en un vecindario caracterizado por la

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violencia callejera?, ¿qué factores afectan las decisiones de los jurados? y ¿qué características conductuales afectan las deliberaciones en el Sistema de Justicia?

¿Cuáles normas del marco Jurídico nacional le puedo aplicar a cada uno de los casos expuestos?

l papel de la mujer en la sociedad se ha visto condicionado por la problemática de violencia de diversos ordenes contra ella, ya que en las regiones está estigmatizada por patrones y factores culturales y políticos como los pensamientos tradicionales de la sociedad, una falta de sensibilización sobre este problema y por mucho tiempo la falta de herramientas efectivas que hagan posible la defensa de los derechos de la mujer. Precisamente, La ley 1257 de 2008 tiene como objeto garantizar y proteger la vida digna de la mujer y evitar cualquier tipo de discriminación o victimización hacia Ellas. Nuestro país ha sido una sociedad machista, donde por mucho tiempo la mujer no tuvo igualdad frente al hombre y fue discriminada social y políticamente solo por su género, por el hecho de ser mujer. Sólo 50 años atrás se le permitió a la mujer ejercer su derecho al voto, para elegir sus gobernantes; Además de la equidad de género esta La Ley que desaprueba en total cualquier tipo de violencia contra la mujer y garantiza el derecho de no ser maltratada, ya que por mucho tiempo, al ser considerado como "sexo débil" la mujer ha sido bastante abusada por parte de la sociedad machista, no solo físicamente sino psicológica y moralmente, Todos los posibles daños de los cuales la mujer puede ser víctima están amparados en esta Ley para el libre desarrollo de la personalidad de la mujer y de sus derechos como persona, en familia y sociedad.

Con La Ley 1257 de 2008 y con sus Decretos Reglamentarios, se ha conseguido un avance real frente al problema de la violencia de género contra la mujer que se aplica en el ámbito familiar y sexual en Colombia, escenario donde se manifiesta distintas formas de maltrato físico, psicológico y sexual. Ésta situación familiar, ha motivado a los movimientos feministas y los en pro de la no discriminación contra la mujer que han estado haciendo eco en contra del maltrato a los niños y de la violencia contra la mujer Ellos han desarrollado una serie de estudios sobre las condiciones situacionales familiares y han llegado a la conclusión de que en el espacio privado del hogar la vigencia de los derechos individuales fundamentales, es bastante relativa, porque en muchas familias es usual que prevalezcan las desigualdades entre los géneros y en todas las generaciones, desigualdades que implican discriminaciones de importancia: "La mujer, vive en una situación, en que, por su dependencia económica, y la de sus hijos, tiene que renunciar, parcialmente, a sus derechos y libertades fundamentales"(Evaluación Del Cumplimiento De La Ley 1257 De 2008. (2011,Mayo13). Sitio Buenas tareas

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En ese sentido de luchar contra la discriminación y violencia contra la mujer, La Organización Panamericana de la Salud, OPS desde el año 1993 y la Organización Mundial de la Salud, OMS en el 1996, aceptaron que la violencia es un problema de salud pública, situación que se corrobora en el Informe de Violencia y Salud ONU; Por otro lado, el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM) publicó en octubre del 2010 los resultados del estudio denominado "Línea de base de tolerancia social e institucional a la violencia basada en el género en Colombia", en el cual reseña que cada minuto seis mujeres Colombianas son víctimas de algún tipo de violencia y 3 son asesinadas cada mes. La violencia contra las mujeres "es grave y la más extendida forma de violación de derechos humanos en el País" Igualmente, alude la información del Instituto Nacional de Medicina Legal que para el período 2002-2009 se registran más de 600.000 hechos de violencia contra las mujeres. De esos casos se precisa que 101.000 son de violencia de pareja; 100.000 más de lesiones personales; 40.000 de violencia sexual y 4.000 de mujeres que fueron asesinadas en ese período.

El reporte añade también, que de 60.000 casos por maltrato de pareja en el 2009 en Colombia, casi la totalidad, 53.800, fueron contra las mujeres. Igualmente en el año 2008, más de 43 mujeres murieron en Colombia a manos de su pareja, y 7 mujeres fueron asesinadas por miembros de su familia diferentes a su pareja, mientras que el promedio de agresión a mujeres por sus parejas fue de 150 casos diarios. Un estudio sobre la tolerancia social e institucional a la violencia contra las mujeres realizado a través de un sondeo difundido recientemente por la UNIFEM, identifica que el 52% de la población encuestada fueron mujeres, de las cuales el 48% manifestó haber sido víctima de la violencia basada en el género, pero sólo el 38% denunció los hechos ante las autoridades. Ahora bien, y para agravar más la situación de la mujer, el informe señala que más del 90% de los casos de violencia basada en el género en Colombia quedan en la impunidad, ya que en gran parte ni siquiera se denuncian, bien por miedo o temor a represalias y por desconocimiento de Las Leyes que las protegen.

Con base en la Constitución Nacional, la Ley 1098 de 2006, el Código Penal (Ley 599 del año 2000) y la Ley de Víctimas, la/el estudiante debe señalar cinco derechos que se vulneren a una de las víctimas señaladas en el Caso seleccionado.

Artículo 43. La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozara de especial asistencia y protección del estado, y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada.

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Ley 1098 de 2006

Artículo 17. Derecho a la vida y a la calidad de vida y a un ambiente sano. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a la vida, a una buena calidad de vida y a un ambiente sano en condiciones de dignidad y goce de todos sus derechos en forma prevalente.

La calidad de vida es esencial para su desarrollo integral acorde con la dignidad de ser humano. Este derecho supone la generación de condiciones que les aseguren desde la concepción cuidado, protección, alimentación nutritiva y equilibrada, acceso a los servicios de salud, educación, vestuario adecuado, recreación y vivienda segura dotada de servicios públicos esenciales en un ambiente sano

Artículo 18. Derecho a la integridad personal. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen derecho a la protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus representantes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su grupo familiar, escolar y comunitario.

Artículo 22. Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a tener y crecer en el seno de la familia, a ser acogidos y no ser expulsados de ella.

Los niños, las niñas y los adolescentes sólo podrán ser separados de la familia cuando ésta no garantice las condiciones para la realización y el ejercicio de sus derechos conforme a lo previsto en este Código. En ningún caso la condición económica de la familia podrá dar lugar a la separación.

LEY 599 DE 2000

Artículo 1°. Dignidad humana. El derecho penal tendrá como fundamento el respeto a la dignidad humana.

Artículo 230. Maltrato mediante restricción a la libertad física. El que mediante fuerza restrinja la libertad de locomoción a otra persona mayor de edad perteneciente a su grupo familiar o en menor de edad sobre el cual no se ejerza patria potestad, incurrirá en prisión de uno (1) a dos (2) años y en multa de uno (1) a dieciséis (16) salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor.

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Una vez identificados los derechos que se han vulnerado a las víctimas, se debe ilustrar con situaciones que se han presentado en el caso que se ha escogido.

Como actividad de cierre la/el aprendiz se dará al trabajo de escribir 5 palabras de más uso en el lenguaje escrito/oral en la Psicología Jurídica.

Violencia intrafamiliar

Agresión

Derecho

Justicia

Ley