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FLASH FISCAL Lunes, 28 de noviembre de 2016

Novedades fiscales comprendidas entre el 21 al 25 de noviembre

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BOE de

23/11/2016

CATALUNYA

Ley 2/2016, de 2 de noviembre, de modificaciones urgentes en

materia tributaria

BO de

Guipúzkoa de

21/11/2016

GUIPÚZKOA

ORDEN FORAL 533/2016, de 16 de noviembre, por la que se

aprueban los modelos 202 y 222 de pagos fraccionados del

impuesto sobre sociedades para aquellos contribuyentes

sometidos a normativa común.

Disposición final. La presente orden foral entrará en vigor al día siguiente de

su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Gipuzkoa y surtirá efectos para

las declaraciones a presentar a partir del 1 de diciembre de 2016.

BO de

Guipúzkoa de

21/11/2016

GUIPÚZKOA

ORDEN FORAL 534/2016, de 16 de noviembre, por la que se

aprueba el modelo 190 «Impuesto sobre la Renta de las Personas

Físicas. Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del

trabajo y de actividades económicas y premios. Resumen anual», y

las formas y plazos de presentación.

Única. Entrada en vigor y aplicación. La presente Orden Foral

entrará en vigor el 1 de enero de 2017, y será de aplicación, por

primera vez, para la presentación de la declaración a realizar en

2017, correspondiente al año 2016.

BO de

Guipúzkoa de

24/11/2016

GUIPÚZKOA

NORMA FORAL 4/2016, de 14 de noviembre, de adaptación del

sistema tributario del Territorio Histórico de Gipuzkoa a la Ley

5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.

Corrección de errores

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BO de Madrid

de 23/11/2016

MADRID

RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2016, de la Dirección

General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que

se publica el modelo de impreso correspondiente al

procedimiento “Reclamación Económico-Administrativa ante el

Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid”.

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DO de

Catalunya de

24/11/2016

CATALUNYA

ORDRE VEH/314/2016, de 14 de novembre, per la qual s'habilita la

presentació i el pagament telemàtic del model 652

d'autoliquidació de l'impost sobre successions i donacions en la

modalitat d'assegurances sobre la vida, i es modifica l'Ordre

ECO/330/2011, de 30 de novembre, per la qual s'aproven els

models d'autoliquidació dels tributs gestionats per l'Agència

Tributària de Catalunya.

Amb aquesta Ordre es completa la possibilitat de tramitació telemàtica de

tots els models d'autoliquidació de l' impost esmentat, que abasten totes les

operacions que hi estan subjectes, en habilitar-se la presentació i el

pagament telemàtic del model 652 d'autoliquidació de l'impost en la

modalitat d'assegurances sobre la vida.

Aquesta Ordre entra en vigor l'1 de desembre de 2016.

BO de Valencia

de 23/11/2016

VALENCIA

DECRETO 167/2016, de 11 de noviembre, del Consell, por el que

se modifica el Estatuto del Instituto Valenciano de Administración

Tributaria, aprobado por el Decreto 84/2015, de 29 de mayo, del

Consell. [2016/9318]

BO de

Catalunya de

25/11/2016

CATALUNYA

DECRET 321/2016, de 22 de novembre, d'obligacions d'informació

de caràcter econòmic de les mutualitats de previsió social i altres

entitats asseguradores supervisades per la Generalitat de

Catalunya

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Proyecto de

Orden

Proyecto de Orden

por la que se aprueba el modelo 121 «Impuesto sobre la Renta de

las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa o por

personas con discapacidad a cargo. Comunicación de la cesión del

derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a

presentar declaración», y el modelo 122 "Impuesto sobre la Renta

de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa, por

personas con discapacidad a cargo o por ascendiente separado

legalmente o sin vínculo matrimonial. Regularización del derecho

a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar

declaración", se establece el lugar, forma y plazo para su

presentación y se modifica otra normativa tributaria.

· Proyecto de Orden [Documento PDF] (54 KB)

· Anexo I. Modelo 121 [Documento PDF] (44 KB)

· Anexo II. Modelo 122 [Documento PDF] (45 KB)

Documento de

interés

Planificación fiscal agresiva

La iniciativa BEPS exige obtener anticipadamente información

sobre estructuras de planificación fiscal potencialmente agresivas

o abusivas y los usuarios de las mismas.

Actualidad web

Folletos informativos Publicado folleto informativo "Particular que importa vehículo de

un país no UE" • Folleto Devolución IVA en régimen de viajeros

• Folleto informativo:Viajeros paises no UE

• Traslado de residencia de un pais no EU

• Prevención del Blanqueo de Capitales

• Particular que importa vehiculo de un pais no UE

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Congreso de los

Diputados

Proposición de Ley Integral de Apoyo a los Autónomos

HA SIDO RETIRADA

21/11/2016

Congreso de los

Diputados

Proposición de Ley por la que se modifica la Ley

37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el

Valor Añadido, en relación con el tipo impositivo

aplicable a las actividades culturales Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.

La Mesa de la Cámara en su reunión del día de hoy, ha adoptado el acuerdo

que se indica respecto del asunto de referencia.

Acuerdo: Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos del

artículo 126 del Reglamento, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes

Generales y notificar al autor de la iniciativa.

Congreso de los

Diputados

Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo

Autónomo. Presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos

Medidas administrativas: Recargos por fuera de plazo: se modulan los recargos por el ingreso

fuera de plazo de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores

autónomos, garantizando con ello que su cuantía se ajusta al principio de

proporcionalidad.

Sistema de altas y bajas a la Seguridad Social de los trabajadores

autónomos: se modifica, de modo que la cuota correspondiente en el mes

en que se produzcan tanto las afiliaciones y las altas iniciales como las bajas

se computará desde el día en que aquéllas se produzcan, y no desde el

primer día del mes correspondiente.

Tarifa plana: Se establece la ampliación de la cuota reducida de 50 euros para los

nuevos autónomos hasta los doce meses, en lugar de los seis meses

actuales, en paralelo a una extensión por el mismo periodo del resto de

bonificaciones previstas para el fomento y promoción del trabajo autónomo.

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Conciliación de la vida familiar y laboral:

Se mejoran las bonificaciones para los autónomos por cuidado de

familiares, por períodos de descanso por maternidad, adopción,

acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural

o suspensión por paternidad, cuyo importe se amplía a la totalidad de la

cuota que viniese soportando la trabajadora beneficiaria, y

se equiparan los incentivos económicos de las madres autónomas

que se reincorporen a su actividad en los dos años posteriores a la

maternidad con los que disfruten las trabajadoras del Régimen General.

Todo ello con el fin de equiparar la protección social de los autónomos con

aquella de la que disfrutan los trabajadores por cuenta ajena

Impuestos:

Clarifica los supuestos de deducibilidad de los gastos relacionados con

el vehículo que está parcialmente afecto a la actividad económica del

autónomo, que podrán deducirse al 50 por ciento tal y como sucede con eI

IVA, equiparando tratamiento de ambos impuestos para los mismos

supuestos, dado que en la actualidad existe una diferenciación evidente en la

aplicación de IVA e IRPF para los mismos supuestos o hechos imponibles,

eliminando así la discrecionalidad en las comprobaciones e inspecciones que

realiza la Administración Estatal de la Agencia Tributaria y realzando el

principio de seguridad jurídica.

Congreso de los

Diputados

El Pleno acuerda abordar el aumento del Salario

Mínimo Interprofesional y pide un acuerdo sobre

pensiones

Proposición de Ley sobre fijación de la cuantía del salario mínimo

interprofesional

Artículo 1.

La cuantía del salario mínimo interprofesional, como máximo en el plazo de

la presente legislatura, deberá alcanzar el objetivo de 13.300 €/año. Las

subidas se efectuarán progresivamente cumpliendo como mínimo el

siguiente calendario:

— Con efectos de 1 de enero de 2018 ........... 800 euros mensuales,

equivalentes a 11.200 euros anuales.

— Con efectos de 1 de enero de 2020 ........... 950 euros mensuales,

equivalentes a 13.300 euros anuales. Esta cuantía del salario mínimo

interprofesional podrá incrementarse en años sucesivos, pero en ningún

caso podrá disminuir.

Artículo 2. Se modifica el artículo 27 del Texto Refundido de la

Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real

Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

El artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores queda redactado como sigue:

«Artículo 27. Salario mínimo interprofesional.

1. El Gobierno fijará, previa consulta con las organizaciones sindicales y

asociaciones empresariales más representativas, anualmente, el salario

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mínimo interprofesional, teniendo en cuenta:

a) Las necesidades de los trabajadores y de sus familias habida

cuenta del nivel general de salarios en el país y del coste de vida.

b) La productividad media nacional alcanzada.

c) EI incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.

d) La coyuntura económica general.

2. La cuantía del salario mínimo interprofesional será objeto de

revalorización al comienzo de cada año; la cuantía del SMI del año

precedente se revalorizará, como mínimo, en función del IPC previsto para

el año, y se revisará, con efectos retroactivos de 1 de enero de cada año, si

el IPC real supera el IPC previsto. En el caso de que los presupuestos no

contengan una previsión del IPC, se utilizará como referencia de cálculo el

IPC del año anterior.

3. En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin

que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de

la cuantía íntegra en dinero de aquel.

4. La revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura

ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y

cómputo anual, fueran superiores a aquel.

5. El salario mínimo interprofesional, en su cuantía, es inembargable.»

Comunicado de

prensa

ACTIVIDAD DE LA COMISIÓN

CRÉDITO HIPOTECARIO

La Comisión insta a Croacia, Chipre, Finlandia, Grecia,

Luxemburgo, Portugal, Eslovenia, ESPAÑA Y SUECIA de adoptar

las normas de la UE sobre el crédito hipotecario

Comunicado de

prensa

ACTIVIDAD DE LA COMISIÓN

PRESTACIÓN DE SERVICIOS La Comisión pide a 9 Estados miembros que eliminen obstáculos

excesivos e injustificados a las actividades transfronterizas

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Consulta de la

DGT

MODELO 720 Obligación de presentar el modelo 720 aunque se desconozca los

bienes en el exterior

Consulta V3608-16 de 09/08/2016

La DGT señala que el desconocimiento sobre la titularidad de los bienes en

el extranjero no le exime de la obligación de presentación del modelo 720

de tal modo que, cuando el contribuyente tenga la certidumbre de que esa

titularidad es un hecho, debe cumplir con su obligaciones tributarias, como

no puede ser menos.

Eso sí, es en materia sancionadora donde la aplicación de la norma se

relaja merced a la situación de hecho, reconociendo el órgano consultivo

que, en un caso como ese, probando la certeza del desconocimiento,

no procede la aplicación de sanción por la falta de presentación.

Consulta de la

DGT

IVA. La Transmisión de los cheques-regalo, que son

medios de pago, están exentos de IVA. Nº de Consulta: V3219-16 de 11/07/2016 Los “cheques regalo” objeto de consulta actúan como un medio de pago y

por sus propias características deben entenderse incluidas dentro del

concepto «otros efectos comerciales» por lo que su transmisión debe

quedar sujeta y exenta del Impuesto.

Consulta de la

DGT

IVA. Sujeción a IVA de la venta de tribunas para

presenciar las procesiones de Semana Santa. Nº de Consulta: V3622-16 de 31/08/2016

Los servicios consistentes en la cesión de uso de las tribunas

instaladas en la vía pública los días en que hay procesiones están

sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido y no están amparados

por la exención al ser servicios prestados para terceros.

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Consulta de la

DGT

IVA. La consultante es una sociedad mercantil que en

el desarrollo de su actividad adquiere entradas para la

visita a un monumento localizado en el territorio de

aplicación del Impuesto. Posteriormente vende esas

entradas a terceros en nombre propio.” Se pregunta

“si la venta de entradas en nombre propio se

encuentra exenta y, en caso de no ser así, tipo

impositivo aplicable. Nº de Consulta: V3577-16 de 09/08/2016

El tipo impositivo aplicable a la operación objeto de consulta

cuando no resulte aplicable el tipo reducido será el general del 21

por ciento

Resolución del

TEAC

Intereses de demora y suspensivos. Reclamación

económico-administrativa promovida con la LGT

58/2003. Incumplimiento del plazo de un año para

resolver y notificar el fallo. Resolución del TAEC de 23/11/2016

Criterio:

Transcurrido un año desde la interposición de la reclamación

económico-administrativa sin haberse notificado resolución

expresa de la misma y existiendo suspensión, dejan de devengarse

intereses de demora, siendo improcedente la exigencia de

intereses de demora por el tiempo que media entre el dictado de

la resolución del TEA y su notificación. En el presente caso,

interpuestas las reclamaciones en 4 de mayo de 2006, habiéndose

dictado resolución en 30 de abril de 2008 notificada en 15 de mayo

de 2008, no son exigibles intereses por el periodo que media

desde 1 de mayo de 2008 hasta 15 de mayo de 2008.

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Sentencia de

interés

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de

Justicia de Madrid ha declarado que la prestación por

maternidad que abona la Seguridad Social está exenta

del IRPF. La decisión contradice el criterio de la

Agencia Tributaria. El efecto de la sentencia se

circunscribe al caso en litigio y no genera

jurisprudencia, pero abre la puerta a que las

contribuyentes que han cobrado la prestación por maternidad desde 2012 reclamen la devolución del

IRPF.

Sentencia del TSJ de Madrid de 06/07/2016

La parte actora entiende que le es aplicable la exención a la prestación por

maternidad percibida por el INSS. Hacienda opina lo contrario.

La redacción del art. 7 h) de la Ley 35/2006 IRPF, aplicable en el ejercicio

2009, era la siguiente en cuanto a las exenciones aplicables:

h) Las prestaciones familiares reguladas en el Capítulo IX del Título II del texto

refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto

Legislativo 1/1994, de 20 de junio, y las pensiones y los haberes pasivos de

orfandad y a favor de nietos y hermanos, menores de veintidós años o

incapacitados para todo trabajo, percibidos de los regímenes públicos de la

Seguridad Social y clases pasivas.

Asimismo, las prestaciones reconocidas a los profesionales no integrados en el

régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o

autónomos por las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas

al régimen especial de la Seguridad Social mencionado, siempre que se trate de

prestaciones en situaciones idénticas a las previstas en el párrafo anterior por la

Seguridad Social para los profesionales integrados en dicho régimen especial. La

cuantía exenta tendrá como límite el importe de la prestación máxima que

reconozca la Seguridad Social por el concepto que corresponda. El exceso

tributará como rendimiento del trabajo, entendiéndose producido, en caso de

concurrencia de prestaciones de la Seguridad Social y de las mutualidades antes

citadas, en las prestaciones de estas últimas.

Igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto

o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad. También estarán exentas

las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las Comunidades

Autónomas o entidades locales."

Es decir, se añadió en ese texto legal un nuevo párrafo, el tercero, que se

refiere, en general, al alcance de la exención de las prestaciones públicas por

nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad,

sin distinguir la procedencia de las prestaciones y solo es en el cuarto

párrafo donde se aclara que estarán exentas también las prestaciones

públicas por maternidad percibidas de las Comunidades Autónomas o

entidades locales.

No hay que olvidar que el Instituto Nacional de la Seguridad Social es una

entidad gestora de la Seguridad Social, con personalidad jurídica propia,

adscrita al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a través de la SESS, que

tiene encomendada la gestión y administración de las prestaciones

económicas del sistema de la Seguridad Social.

De ahí que la prestación por maternidad percibida por la actora de ese ente

público tiene que estar forzosamente incluida en el tercer párrafo del art.

7h) LIRPF, ya que ese precepto reconoce tal beneficio tributario, con

carácter general, en su párrafo tercero y lo que hace en el párrafo cuarto es

ampliar el beneficio fiscal a las prestaciones que tengan procedencia de

otros entes públicos, ya sean locales o autonómicos. Por ello, la

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interpretación que realiza la AEAT de la regulación legal no es acertada, ya

que se queda en el párrafo cuarto para denegar la exención pretendida de la

prestación por maternidad, sin tener en cuenta la redacción del tercer

párrafo

Sentencia de

interés

IVA. En principio, la entrega posterior al certificado de

final de obra es primera transmisión; sin embargo,

cuando no se hayan implantado los servicios esenciales,

aunque se haya emitido dicho certificado no se puede

considerar, a efectos fiscales, terminada la edificación. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 13 de

junio de 2016, Recurso 328/2014.

La falta de implantación de servicios urbanísticos esenciales, como es el

suministro de agua potable, debe llevar a calificar la edificación como no

terminada a los efectos de la aplicación de la exención prevista en el artículo

20, apartado uno, número 22º de la Ley 37/1992, aun cuando se haya

emitido la certificación de final de obra.

Sentencia de

interés

IS. Deducción por reinversión de beneficios

extraordinarios. Plazo fijado para la reinversión. Sentencia del TS de 22/06/2016 No se puede, al impedirlo el espíritu de la norma, prorrogar el plazo

inicialmente concedido por dificultades puestas de manifiesto con

posterioridad, no suponiendo ello para la Administración ir en contra de sus

actos propios.

Las dificultades para efectuar la reinversión reconocidas en un plan especial

no amparan una prórroga posterior del plazo concedido inicialmente

Sentencia de

interés

IS. Sentencia que declara que los intereses de demora

son deducibles en el IS en la actual ley de IS y en las

dos anteriores. Sentencia del TSJ de Aragón de 20/07/2016

El TSJ estima que no solo son deducibles los intereses liquidados

por la Administración estando vigente la actual Ley del IS, sino

también los de la Ley 43/1995 y el Texto Refundido de 2004

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Novedades en el

Parlamento Europeo

Evasión fiscal: el PE respalda el intercambio

automático de información bancaria

SESIÓN PLENARIA Notas de prensa - 22-11-2016 - 12:40

Tras los últimos escándalos sobre evasión fiscal, incluida la filtración de los

“papeles de Panamá”, el Parlamento confirmó el martes su apoyo al

intercambio automático dentro de la UE de información sobre titulares de

cuentas bancarias. El pleno respaldó la propuesta con 590 votos a favor, 32

en contra y 64 abstenciones.

Las nuevas reglas obligan a las autoridades fiscales de los Estados miembros

con responsabilidad frente al blanqueo de capitales a compartir

automáticamente con sus equivalentes en otros países de la UE información

sobre el saldo de las cuentas bancarias, los ingresos por intereses y

dividendos.

Emmanuel Maurel (S&D, Francia), responsable de preparar la resolución

parlamentaria, subrayó que son necesarios “grandes esfuerzos para

aumentar la transparencia y combatir así la lacra que el fraude supone para

las arcas públicas”.

En su resolución, la Cámara destaca que los vínculos entre el lavado de

dinero, la financiación del terrorismo, el crimen organizado y la evasión

fiscal evidencian la importancia de la cooperación y coordinación entre los

Estados miembros.

La Comisión Europea presentó en julio su propuesta para revisar la

legislación antiblanqueo y el Consejo dio su visto bueno en septiembre. La

aprobación por parte del PE permitirá su entrada en vigor inmediata. Los

países deberán desarrollarla antes del final de 2017.

Procedimiento: consulta

Actualitat

Bonificació per l'escriptura pública de separació i

divorci i d'extinció de parella estable Arran de la publicació de la Llei 2/2016, de 2 de novembre, de modificacions

urgents en matèria tributària (DOGC núm. 7241, de 07.011.206), el 8 de

novembre va entrar en vigor una bonificació en la modalitat

d'actes jurídics documentats que grava l'escriptura pública de

separació i divorci i d'extinció de parella estable, amb la finalitat

d'incentivar que aquests tràmits es facin per la via notarial i així es

descongestionin els jutjats.

Tal com es recull a les instruccions del model 600, d’autoliquidació de

l’impost sobre transmissions patrimonials i actes jurídics documentats, el

codi que correspon a aquesta bonificació és el 445. Pel que fa a les

autoliquidacions que es confeccionin mitjançant el programa d’ajuda, fins

que no es publiqui la versió per al 2017, cal utilitzar el codi 450,

corresponent a altres bonificacions.

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Operación "El

Dorado"

La Agencia Tributaria desarticula una trama de fraude

en el IVA que operaba en los sectores de

hidrocarburos y electrónica La trama hacía efectivo el fraude por una doble vía. Por un lado,

se apropiaba del IVA correspondiente a sus ventas de

hidrocarburos a gasolineras. Por otro, formaba parte de un fraude

carrusel intracomunitario mediante ventas de material

informático y electrónico a otros países miembros de la Unión

Europea.

Leído en la

prensa

AMNISTÍA FISCAL Leído en El Confidencial

Los beneficiados por la amnistía fiscal llevarán a Montoro al

Constitucional si les obliga a pagar más Despachos de abogados están redactando recursos contra una nueva

normativa de Hacienda que cambie las condiciones que garantizó entonces

el Ministerio en un decreto ley.

Los beneficiados por la amnistía fiscal de Montoro están dispuestos a llevar

a Hacienda ante el Tribunal Constitucional si modifica ahora, a instancias de

Ciudadanos, las condiciones que estableció en 2012 para acogerse a la

regularización extraordinaria. Investigar el origen ilícito del dinero aflorado

sí, pero ni oír hablar de pagar un diferencial sobre lo que ya se abonó.

Leído en la

prensa

RETORNADOS GALLEGOS Leído en El Faro de Vigo

Hacienda multará a los retornados que no regularizaron sus

pensiones del extranjero Hacienda multará a los retornados que no regularizaron sus

pensiones del extranjero

La Agencia Tributara envía otra remesa de misivas a los

emigrantes que no se acogieron a la regularización -Casi 30.000

gallegos se beneficiaron del proceso extraordinario

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Leído en la

prensa

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES EUROPEOS Leído en El Economista

Hungría desafía a Irlanda e impondrá el Impuesto sobre

Sociedades más bajo de EuropaHungría sigue así los pasos de

Irlanda, Bulgaria o Chipre en Sociedades

El primer ministro húngaro, Viktor Orbán ha anunciado la

reducción del Impuesto sobre Sociedades hasta el 9%, desde las

tipos actuales del 10 y 19% que se imponen según el nivel de

ingresos de las empresas. De este modo, Hungría será el país de la

Unión Europea con un tipo de Sociedades más reducido, incluso

por debajo de Irlanda y Bulgaria.

Leído en la

prensa

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES ESPAÑOL

Leído en El Economista

El Gobierno eliminará deducciones en Sociedades y subirá

impuestos especiales para cumplir con Bruselas

Quiere aprobar el techo de gasto este viernes, que congelará el gasto

público porque contempla una cifra similar a lo que ha gastado el Estado

este año.

El Gobierno revisará el Impuesto de Sociedades y elevará algunos impuestos

especiales como el tabaco para cumplir con los ajustes de 5.500 millones de

euros que la Comisión Europea ha pedido a España de cara a 2017, según

trasladaron a Europa Press en fuentes del Ministerio de Hacienda, que

precisaron "que no se tocará" ni el IRPF ni el IVA para no afectar al

consumo y a la recuperación económica.

Leído en la prensa

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DE GRAN

BRETAÑA

Leído en ElEconomista

Reino Unido bajará el Impuesto de Sociedades e invertirá en I+D

para atraer empresas tras el 'Brexit'

La primera ministra británica, Theresa May, ha expresado la voluntad de su

Gobierno de convertir al Reino Unido fuera de la UE en el destino

preferido de las empresas para invertir, para lo que ha anunciado un nuevo

plan de inversiones de 2.000 millones de libras (2.520 millones de euros) al

año en I+D, así como rebajas en el Impuesto de Sociedades que situarán la

tasa del país como la más baja entre las economías avanzadas.

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Leído en la

prensa

AMNISTÍA FISCAL Leído en LaVanguardia

Montoro advierte de que las investigaciones por la amnistía fiscal

no prescribenLa Agencia Tributaria enviará “en las próximas

horas” un aviso a los declarantes que se acogieron a la medida La Agencia Tributaria enviará “en las próximas horas” un aviso a

los declarantes que se acogieron a la amnistía fiscal de 2012 para

advertirles de que no existe prescripción de “posibles y futuras

investigaciones” al respecto, según ha asegurado hoy el ministro

de Hacienda, Cristóbal Montoro.

“No hay una prescripción”, ha subrayado el ministro en

declaraciones a los medios.

“Hay quien opina que hay prescripción pero no hay prescripción”,

ha aclarado Montoro, ante la posibilidad de que el 30 de

noviembre prescriban las posibles responsabilidades fiscales

administrativas pendientes, como plantea Ciudadanos. Asimismo

ha agregado que “por tanto, no hay ninguna preocupación porque

prescriba nada a final de mes”, pero aún así la Agencia Tributaria

se dirigirá a cada uno de esos contribuyentes para decirles que

“no existe ninguna prescripción al respecto de posibles y futuras

investigaciones”.

Leído en la

prensa

AMNISTÍA FISCAL Leído en ElEconomista

Hacienda responde a C's que las inspecciones que se van a iniciar

sí paran la prescripción de la amnistía

La Agencia Tributaria ha respondido a Ciudadanos que las

actuaciones inspectoras relacionadas con los declarantes de la

amnistía fiscal --modelo 750-- y las que se van a iniciar antes del 30

de noviembre sí interrumpen la prescripción de la inspección,

según trasladaron a Europa Press en fuentes de este organismo.

Fuentes de la Agencia Tributaria añaden que de acuerdo con el

contenido de la carta remitida a estos declarantes, se "ha

realizado y continúa realizando un seguimiento exhaustivo de los

contribuyentes presentadores del modelo 750 para garantizar que

han realizado una regularización completa de toda su situación

tributaria".

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Leído en la

prensa

AMNISTÍA FISCAL Leído en ABC

Hacienda investiga las declaraciones de bienes en el exterior de

los acogidos a la amnistía

La Agencia Tributaria envía las 30.000 cartas a los que

regularizaron en 2012 en las que avisa que está realizando «un

especial seguimiento» de su patrimonio en el extranjero

En la misiva, la Agencia Tributaria no les reclama el 10% total de

lo aflorado, como pedía Ciudadanos, pero sí les avisa de que «la

Agencia Tributaria ha realizado y continúa realizando

un seguimiento exhaustivo de los contribuyentes presentadores

del modelo 750 para garantizar que dichos contribuyentes han

realizado una regularización completa de toda su situación

tributaria».

Leído en la

prensa

REFORMA FISCAL EN ESPAÑA Leído en El Economista

El Gobierno aprobará en diciembre un decreto con las medidas

que envíe a Bruselas y la subida de Sociedades

El Gobierno aprobará a mediados de diciembre un decreto ley en

el que se incluirá el paquete de medidas que España enviará a

Bruselas para reducir el déficit público al 3 por ciento y en este

decreto se incluirá también la subida del impuesto de sociedades y

de algunos impuestos especiales, según explicó esta tarde el

ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

Leído en la

prensa

LIQUIDACIONES DE IVA

Leído en ElEconomista

Montoro anuncia que no subirá el IVA pero sí endurecerá el

control de sus liquidaciones

El ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro, ha anunciado

este miércoles que no subirán el IVA pero que sí endurecerán el control de

la liquidación de este impuesto, dentro de una serie de medidas con el

objeto de aumentar la recaudación.

En este sentido, el ministro ha avanzado que "pronto" llevarán al Congreso

un plan de lucha contra el fraude con medidas concretas que repercutan en

la recaudación del próximo año 2017.

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Leído en la

prensa

APLAZAMIENTOS EN EL PAGO DE IMPUESTOS Leído en ElEconomista

Montoro endurecerá la concesión de aplazamientos

fiscalesHacienda anuncia un nuevo plan contra el fraude que

restringirá más el pago de impuestos

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, avanzó este miércoles que el

Gobierno llevará al Congreso de los Diputados un nuevo plan contra el

fraude fiscal que endurecerá el acceso al aplazamiento del pago de

impuestos, restringirá los pagos en efectivo y elevará el control sobre las

liquidaciones del IVA. Aseguró que estas medidas servirán para elevar los

ingresos y cumplir el objetivo de déficit público de 2017.

El ministro argumentó que es necesario endurecer los procesos de

aplazamientos fiscales. “No tiene sentido económico que, teniendo la

facilidad de crédito, las empresas se financien con la Hacienda de todos”.