Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 137 del 24 de ...la gaceta - diario oficial 5985 24-07-13...

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LA GACETA DIARIO OFICIAL Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344 Tiraje:650 Ejemplares 28 Páginas Valor C$ 45.00 Córdobas AÑO CXVII No. 137 Managua, Miércoles 24 de Julio de 2013 5984 SUMARIO Pág. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Acuerdo Ministerial No. 36-2013.......................................5985 Acuerdo Ministerial No. 37-2013.......................................5985 Acuerdo Ministerial No. 38-2013.......................................5985 Acuerdo Ministerial No. 39-2013.......................................5985 Acuerdo Ministerial No. 40-2013.......................................5985 Acuerdo Ministerial No. 42-2013.......................................5985 Acuerdo Ministerial No. 43-2013.......................................5986 Resolución Ministerial No. 6-2013.....................................5986 Resolución Ministerial No. 7-2013.....................................5986 MINISTERIO DE GOBERNACION Estatutos Asociación para el Desarrollo Cultural Coreano en Nicaragua (ADECONIC)....................5987 Nacionalizados......................................................................5991 MINISTERIO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO Fe de Errata............................................................................5992 MINISTERIO DE SALUD Licitación Pública LP-28-07-2013.......................................5992 Resolución Ministerial No. 6-2013.....................................5986 INSTITUTO NICARAGÜENSE DE DEPORTES Resolución.............................................................................5992 DIRECCION GENERAL DE INGRESOS Resolución.............................................................................5993 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdo.................................................................................5995 GOBIERNO REGIONAL AUTONOMO ATLANTICO NORTE Licitación No. 002-07-2013.................................................5996 UNIVERSIDADES Aviso.....................................................................................5996 Títulos Profesionales...........................................................5997 SECCION JUDICIAL Certificación..........................................................................6010 Edictos...................................................................................6011

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LA GACETADIARIO OFICIAL

Teléfonos: 2228-3791 / 2222-7344

Tiraje:650 Ejemplares28 Páginas

Valor C$ 45.00Córdobas

AÑO CXVII No. 137Managua, Miércoles 24 de Julio de 2013

5984

SUMARIOPág.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Acuerdo Ministerial No. 36-2013.......................................5985Acuerdo Ministerial No. 37-2013.......................................5985Acuerdo Ministerial No. 38-2013.......................................5985Acuerdo Ministerial No. 39-2013.......................................5985Acuerdo Ministerial No. 40-2013.......................................5985Acuerdo Ministerial No. 42-2013.......................................5985Acuerdo Ministerial No. 43-2013.......................................5986Resolución Ministerial No. 6-2013.....................................5986Resolución Ministerial No. 7-2013.....................................5986

MINISTERIO DE GOBERNACION

Estatutos Asociación para el DesarrolloCultural Coreano en Nicaragua (ADECONIC)....................5987Nacionalizados......................................................................5991

MINISTERIO DE FOMENTO,INDUSTRIA Y COMERCIO

Fe de Errata............................................................................5992

MINISTERIO DE SALUD

Licitación Pública LP-28-07-2013.......................................5992Resolución Ministerial No. 6-2013.....................................5986

INSTITUTO NICARAGÜENSE DE DEPORTES

Resolución.............................................................................5992

DIRECCION GENERAL DE INGRESOS

Resolución.............................................................................5993

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdo.................................................................................5995

GOBIERNO REGIONAL AUTONOMO ATLANTICO NORTE

Licitación No. 002-07-2013.................................................5996

UNIVERSIDADES

Aviso.....................................................................................5996Títulos Profesionales...........................................................5997

SECCION JUDICIAL

Certificación..........................................................................6010Edictos...................................................................................6011

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Reg. 13827 - M. 202514 - Valor C$ 1,140.00

ACUERDO MINISTERIAL No 36-2013

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades

A C U E R D A

Artículo 1. Modifíquese el Acuerdo Ministerial No. 34-2013 de fechasiete de mayo del año dos mil trece, en el sentido que el nombramientodel Compañero Licenciado CARLOS YAROCK SARAVIAALVARADO, Agregado Técnico con Funciones Consulares delConsulado General de la República de Nicaragua en la República dePanamá, es efectivo a partir del veinticuatro de mayo del presente año.

Artículo 2. El Presente Acuerdo surte sus efectos a partir delveinticuatro de mayo del año dos mil trece. Publíquese en La Gaceta,Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de RelacionesExteriores, a los tres días del mes de junio del año dos mil trece.Samuel Santos López.

————————ACUERDO MINISTERIAL No. 37-2013

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades

A C U E R D A

Artículo 1. Nómbrese al Compañero AMÍLCAR ANTONIOAGUILAR SIRIAS, en el cargo de Primer Cónsul con equivalenciadiplomática de Consejero del Consulado de la República de Nicaraguaen Ciudad Quesada, Provincia de Alajuela y Sarapiquí, Provincia deHeredia, República de Costa Rica.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir del tres dejunio del año dos mil trece. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de RelacionesExteriores, a los cinco días del mes de junio del año dos mil trece.Samuel Santos López.

———————————ACUERDO MINISTERIAL No. 38-2013

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades

A C U E R D A

Artículo 1. Rotar al Compañero NORMAN ANTONIOSOMARRIBA FONSECA, Primer Secretario con FuncionesConsulares de la Embajada de la República de Nicaragua ante el Reinode Bélgica al cargo de Coordinador para la Unión Europea de laDirección General de Europa de este Ministerio; conforme lo dispuestopara tales efectos en el artículo 54 y 55 de la Ley del Servicio Exteriory artículo 148 y 149 de su Reglamento.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir del uno deseptiembre del año dos mil trece. Publíquese en La Gaceta, DiarioOficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de RelacionesExteriores, a los seis días del mes de junio del año dos mil trece.Samuel Santos López.

—————————ACUERDO MINISTERIAL No. 39-2013

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades

A C U E R D A

Artículo 1. Rotar al Compañero Licenciado RICHARD IVÁNMONTIEL REYES, Especialista de Política Exterior de la DirecciónGeneral de Europa de este Ministerio al cargo de Agregado conFunciones Consulares y con rango diplomático protocolar de Consejerode la Embajada de la República de Nicaragua ante el Reino de Bélgica.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir del uno deseptiembre del año dos mil trece. Publíquese en La Gaceta, DiarioOficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de RelacionesExteriores, a los seis días del mes de junio del año dos mil trece.Samuel Santos López.

——————————ACUERDO MINISTERIAL No. 40-2013

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades

A C U E R D A

Artículo 1. Nombrar al Compañero Licenciado BAYARDOLUPERCIO BARBERENA LACAYO, Ministro Consejero conFunciones Consulares de la Embajada de la República de Nicaraguaante la República de Honduras.

Artículo 2. Cancelar el Acuerdo Ministerial No. 059-2008 del 21 deagosto del 2008, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 179 del18 de septiembre del mismo año y Acuerdo Ministerial No. 27-2012del 10 de julio del año 2012, publicado en La Gaceta, Diario OficialNo. 226 del 26 de noviembre del mismo año, de nombramiento en elcargo de Consejero con Funciones Consulares de la Embajada de laRepública de Nicaragua en la República de Honduras.

Artículo 3. El Presente Acuerdo surte sus efectos a partir del uno dejulio del año dos mil trece. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de RelacionesExteriores, a los seis días del mes de junio del año dos mil trece.Samuel Santos López.

—————————ACUERDO MINISTERIAL No. 42-2013

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades

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A C U E R D A

Artículo 1.Nombrar a la Compañera Máster Karla Vanessa RamírezSánchez, Agregada con rango diplomático protocolar de TercerSecretaria de la Misión Permanente de la República de Nicaragua antela Organización de las Naciones Unidas, con sede en la Ciudad deNueva York, Estados Unidos de América.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir del diez dejulio del presente año. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de RelacionesExteriores, a los diez días del mes de junio del año dos mil trece.Samuel Santos López.

———————ACUERDO MINISTERIAL No. 43-2013

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades

A C U E R D A

Artículo 1. Nombrar al Compañero Inti Raymi Zambrana Torres,Agregado con rango diplomático protocolar de Tercer Secretario de laEmbajada de la República de Nicaragua ante la República Federativadel Brasil.

Artículo 2. El presente Acuerdo surte sus efectos a partir del catorcede junio del año dos mil trece. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de RelacionesExteriores, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil trece.Samuel Santos López

———————RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. 6-2013

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290 “Ley deOrganización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”,Decreto No. 118-2001"Reformas e Incorporaciones al Reglamento dela Ley No. 290"; Ley No. 737 “Ley de Contrataciones Administrativasdel Sector Público, Decreto No. 75-2010 Reglamento General a la LeyNo. 737.

CONSIDERANDO

I

Que el Comité de Licitación, constituido mediante Resolución No. 4-2013 del 17 de Abril del año 2013, para efectuar el proceso deLicitación Selectiva No. 02-2013 para el “Servicio de Mejoramientodel Sistema Eléctrico de los Edificios del MINREX”, conforme elartículo 15 de la Ley de Contrataciones Administrativas del SectorPúblico y artículo 31 del Reglamento General de la Ley de ContratacionesAdministrativas del Sector Público, emitió recomendación referida ala Licitación “Servicio de Mejoramiento del Sistema Eléctrico de losEdificios del MINREX”, informe que fue recibido por esta Autoridadcon fecha 14 de Mayo del año dos mil trece; el que ha sido estudiadoy analizado.

II

Que esta Autoridad está plenamente de acuerdo con dichaRecomendación porque considera que la oferta recomendada

corresponde efectivamente a la más favorable, observando que secumplieron en el proceso evaluativo con los factores y valores deponderación establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones,seleccionando de esta manera la mejor propuesta y la que más convienea los intereses de la Institución.

III

Que de conformidad con el artículo 48 de la Ley de ContratacionesAdministrativas del Sector Público y artículo 118 de su ReglamentoGeneral, esta Autoridad debe adjudicar la Licitación en referencia,mediante Resolución motivada, en el término de tres días hábilesdespués de recibido el dictamen de recomendación de parte del Comitéde Evaluación, y siendo que no se presentó ningún Recurso por partede los oferentes participantes, el suscrito en uso de sus facultades:

RESUELVE:

PRIMERO: Ratificar la recomendación del Comité de Licitación,correspondiente a la Licitación Selectiva No. 02-2013, para el “Serviciode Mejoramiento del Sistema Eléctrico de los Edificios del MINREX”,contenida en Acta de Evaluación de Oferta y Recomendación deAdjudicación del día 14 de Mayo del año 2013.

SEGUNDO: Adjudicar la Licitación Selectiva No. 02-2013 “Serviciode Mejoramiento del Sistema Eléctrico de los Edificios del MINREX”,al Proveedor Sistems Enterprise, S.A, hasta por la suma total deC$1,044,180.94 (Un millón cuarenta y cuatro mil ciento ochentacórdobas con 94/100), con el impuesto al Valor Agregado (IVA)Incluido.

TERCERO: La División General Administrativa Financiera delMinisterio de Relaciones Exteriores y la División de Informática, serála encargada de verificar la correcta ejecución del objeto de la contratación,quien dispone con los recursos humanos y materiales para realizar estatarea.

CUARTO: Comunicar la presente Resolución a cuantos correspondaconocer de la misma y publicar por una vez en el mismo medioempleado para la convocatoria de la Licitación.

Dado en la ciudad de Managua a los veintisiete días del mes de Mayodel año dos mil trece. Samuel Santos López.

——————RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. 7-2013

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES En uso de las facultades que le confiere la Ley No. 290 “Ley deOrganización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo”,Reglamento de la Ley No. 290, Decreto No. 118-2001 y sus reformas;Ley No. 737 “Ley de Contrataciones Administrativas del SectorPúblico, Reglamento General a la Ley No. 737, (Decreto No.75-2010).

CONSIDERANDO I

Que es Responsabilidad ineludible y de primordial pronunciamientopor parte de esta Autoridad autorizar las ContratacionesAdministrativas establecidas en la Ley de ContratacionesAdministrativas del Sector Público y su Reglamento General, dentrode un marco de legalidad y estricto derecho permitiendo la aplicaciónefectiva de los principios que regulan los procesos de ContrataciónAdministrativa.

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II

Que dentro del Programa Anual de Contrataciones del presenteperíodo presupuestario de esta Institución, se encuentra proyectadala Licitación Selectiva “Contratación Servicio de Envío deCorrespondencia al Exterior”, esta contratación se realizará confondos del presupuesto General de la República, de tal manera que lasnecesidades institucionales se satisfagan en tiempo oportuno y en lasmejores condiciones de calidad y costo.

III

Que la ejecución completa objeto de la presente contratación sedesarrollará en dos períodos presupuestarios (período presupuestarioen curso y período presupuestario correspondiente al año dos milcatorce); dicha contratación se llevará a efecto con fondos provenientesdel Presupuesto General de la República, por lo que deberá incluirsedentro del presupuesto del próximo año la provisión necesaria paragarantizar el pago de las obligaciones generadas de la contratación.

IV

Que en el valor estimado de esta adquisición se tomaron en cuenta loscostos, los intereses, los tributos, los derechos, las obligaciones ycualquier otra suma que deba reembolsarse como consecuencia de laContratación, y de conformidad a lo establecido en los arto. 27 numeral1) inciso b), arto. 52 de la Ley No. 737 “Ley de ContratacionesAdministrativas del Sector Público”, y el artículo 70 inciso b) de suReglamento, el procedimiento que corresponde a esta Contratación es“LICITACION SELECTIVA”.

POR TANTO Con base y fundamento en las Consideraciones antes expuestas, Leyesy Normas antes citadas, y conforme lo dispuesto en el Artículo 52 dela Ley No. 737 “Ley de Contrataciones Administrativas del SectorPúblico”, le confieren.

RESUELVE: PRIMERO: Dar inicio al Proceso de Licitación Selectiva“Contratación Servicio de Envío de Correspondencia al Exterior”. SEGUNDO: Con Fundamento en el artículo 15 de la Ley deContrataciones Administrativas del Sector Público y artículos 31-34del Decreto 75-2010 “Reglamento General de la Ley de ContratacionesAdministrativas del Sector Público”, esta Autoridad designa un Comitéde Evaluación, el cual es un órgano colegiado, que estará encargado dela evaluación de las ofertas quien emitirá un Acta de Evaluación yRecomendación de Adjudicación, la que será dirigida a la MáximaAutoridad.

Este Comité estará conformado por cinco miembros, presidido por elResponsable de la División de Adquisiciones.

1. Responsable de División de Adquisiciones.2. Responsable de División de Asesoría Legal.3. Responsable de División General Administrativa Financiera.4. Responsable de División Administrativa.5. Responsable de Servicios Generales.

El Oficial de Ética Pública de este Ministerio podrá actuar comoobservador en el Comité de Evaluación.

TERCERO: Levantar un Expediente Administrativo con el propósitode registrar todas las actuaciones que se realicen y dejar constanciaexpresa de esta Resolución en dicho expediente.

CUARTO: Esta Adquisición deberá adaptarse en todos sus extremosa los principios generales, requisitos previos, derechos y obligacionesde las partes, los controles, Régimen de Prohibiciones y Sancionesprevistas en la Ley de la Materia. QUINTO: Comunicar la presente Resolución a cuantos correspondaconocer de la misma.

SEXTO: La presente Resolución surte sus efectos a partir de lapresente fecha, publíquese en La Gaceta Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, en el Ministerio de RelacionesExteriores, el 04 de junio del año dos mil trece. Samuel Santos López.

MINISTERIO DE GOBERNACION

Reg. 13754- M. 201700- Valor C$ 1,545.00

“ASOCIACION PARA EL DESARROLLO CULTURALCOREANO EN NICARAGUA” (ADECONIC)

CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN

El suscrito Director del Departamento de Registro y Control deAsociaciones del Ministerio de Gobernación, de la República deNicaragua. HACE CONSTAR. Que bajo el Número Perpetuocinco mil seiscientos cincuenta y cuatro (5654), del folio númeroseis mil quinientos uno al folio número seis mil quinientos diez(6501-6510), Tomo: IV, Libro: TRECEAVO (13º) que esteDepartamento lleva a su cargo, se inscribió la entidad nacionaldenominada: “ASOCIACION PARA EL DESARROLLOCULTURAL COREANO EN NICARAGUA” (ADECONIC).Conforme autorización de Resolución del dieciséis de mayo delaño dos mil trece. Dado en la ciudad de Managua, el día trece dejunio del año dos mil trece. Deberán publicar en La Gaceta, DiarioOficial, los estatutos insertos en la escritura número nueve (9),Autenticado por el Doctor Mariano Matilde Suarez Salazar, el díadieciséis de enero del año dos mil trece. (f) Dr. Gustavo A. SiriasQuiroz, Director.

NOVENA.-(APROBACIÓN DEL ESTATUTO).- En este mismoacto los comparecientes resuelven constituirse en AsambleaGeneral de asociados o miembros, para conocer, discutir y aprobarde forma unánime el Estatuto de la Asociación, mismo que haquedado aprobado en los siguientes términos: ESTATUTO DELA ASOCIACION PARA EL DESARROLLO CULTURALCOREANO EN NICARAGUA(ADECONIC).-CAPITULOPRIMERO.- (NATURALEZA, DENOMINACIÓN,DOMICILIO Y DURACIÓN).- Art ículo 1 . - Naturaleza:ASOCIACION, es sin fines de lucro, apolítica y de interéscientífico, social y educativo, que se rige por lo establecido en elacto constitutivo, el presente Estatuto, así como por las regulacionesestablecidas en la Ley de General de sobre personas jurídicas sinfines de lucro, Ley número Ciento Cuarenta y Siete, publicada enLa Gaceta, Diario Oficial, número ciento dos, del veintinueve demayo de mil novecientos noventa y dos y las disposicionescontenidas en el Libro I, Titulo I, Capitulo XIII del Código Civil,así como los Reglamentos y Resoluciones, o cualquier otranormativa que al respecto se dicte para el funcionamiento de lamisma. En lo no previsto por la ley de la materia, se regirá por las

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disposiciones del derecho común vigente.- Art ículo 2.-Denominación.- La Asociación se denominará ASOCIACIONPARA EL DESARROLLO CULTURAL COREANO ENNICARAGUA, la que podrá identificarse con las siglas“ADECONIC” Artículo 3.- Domicilio y duración.- El domicilio dela Asociación será la ciudad de Managua, DepartamentoMismo nombre, pudiendo establecer sedes, sub sedes u oficinasfiliales en cualquier parte del territorio nacional o fuera de él sifuera necesario para el cumplimiento de sus fines y objetivos.-La Asociación tendrá una duración indefinida en el tiempo.-CAPITULO SEGUNDO.- (FINES Y OBJETIVOS).- Artículo 4.-Fines y objetivos.- La Asociación para el Desarrollo CulturalCoreano en Nicaragua tiene como finalidad el Interés Social parael pueblo de Nicaragua en general tanto a nivel Urbano como Ruralsus objetivos son los siguientes: 1) Promover la enseñanza delIdioma Coreano a los hijos de Coreano que han nacido aquí enNicaragua, y a las demás personas que lo quieren tener Comosegunda lengua y de esta forma fortalecer que los hijos de losCoreano mantengan sus costumbres y contribuya a difundir elidioma Coreano. 2). Construir y administrar comedores infantiles,3) Construir y administrar puestos de salud, casa Maternasinfantil y Centros Médicos de rehabilitación social para adictos ala drogas y a todo tipo de sustancias toxicas para el ser humano;4) Crear proyectos para el fortalecimiento del Medio Ambiente,como Forestación y reforestación y Asesoráis Técnico; 5).Organizar e impartir Seminarios y Programas de CapacitaciónCiudadanas dirigidas a los Jóvenes y a todos los Ciudadanos. yestablecer vínculos de hermanamientos con Ministerio yOrganizaciones Nacionales e Internacionales que ayuden aconsolidar los objetivos de Asociación. - CAPITULO TERCERO.-(DE LOS MIEMBROS, DERECHOS Y DEBERES).- Artículo 5.-Clases de miembros.- En la Asociación existen tres clases demiembros, siendo estos los siguientes: 1) Miembros Fundadores;2) Miembros Plenos y 3) Miembros Honorarios.- Artículo 6.-Miembros fundadores.- Son miembros fundadores de la Asociacióntodos los comparecientes en el acto constitutivo de la Asociacióny aquellos que posteriormente fueren aceptados en ese carácter,después de haber cumplido los requisitos que se fijan en elpresente Estatuto, en los subsiguientes seis meses de aprobada lapersonalidad jurídica de la Asociación.- Artículo 7.- MiembrosPlenos.- Para ser miembro pleno se requiere llenar los requisitossiguientes: 1) Ser nacional de Nicaragua o nacionalizado, o bien serciudadano extranjero identificado con los fines y objetivos de laAsociación; 2) Estar en pleno goce de los derechos civiles ypolíticos; 3) Aceptar el contenido del Acto Constitutivo, elpresente Estatuto, los Reglamentos y Código de ética de laAsociación y 4) Disponer de la aprobación de aceptación de lasolicitud de ingreso a la Asociación por parte de la Asambleageneral de miembros.- Artículo 8.- Miembros Honorarios.- Puedenser miembros honorarios todas aquellas personas, naturales ojurídicas, que se hayan destacado en el cumplimiento de los finesy objetivos de la Asociación o quienes hayan apoyado la gestióny desarrollo de la misma, la solicitud debe de ser presentada porla Junta Directiva, de forma especial y particularmente a favor dequienes hubieren prestado servicios meritorios en pro de laAsociación.- Artículo 9.- Derechos de los Miembros.- LosMiembros plenos de la Asociación gozan de los derechos que acontinuación se establecen así: 1) Participar con derecho a voz yvoto en las reuniones de la Asamblea General de Miembros; 2)Elegir y ser electos en los cargos y órganos de dirección de laAsociación.- 3) Tener acceso a la información sobre los proyectosy demás asuntos de la Asociación.- 4) Integrar las comisiones oequipos de trabajo que se organicen y ser parte de los demásórganos de dirección.- 5) Tener acceso a los servicios de formación

técnico – profesional y de especialización que ofrece la asociacióna sus miembros, así como las alternativas de superación profesionalque ofrezcan los órganos de dirección de la Asociación.- Artículo10.- Deberes de los Miembros.- Son deberes de los Miembros dela Asociación los siguientes: 1) Participar de forma sistemática enlas reuniones que realicen los Órganos de Dirección de la Asociaciónno la Asamblea General de Miembros.- 2) Promover y divulgar losprincipios y objetivos de la Asociación.- 3) Cumplir y hacercumplir lo establecido en el acto constitutivo y el presenteEstatuto.- 4) Realizar las gestiones conducentes a la consecuciónde recursos económicos, financieros y materiales en pro delcrecimiento y fortalecimiento de la Asociación, sus programas yproyectos generales y los específicos.- 5) Conservar y preservarun comportamiento ético y moral a fin a los objetivos que sepersiguen desde la Asociación.- 6) Efectuar aportes económicosvoluntarios ordinarios y extraordinarios, según sea el caso.- 7)Concurrir a las reuniones, ordinarias o extraordinarias, de laAsamblea General de Miembros para las cuales se les hayaconvocado.- Artículo 11.- Motivos de separación de la Asociación.-Los Miembros plenos de la Asociación podrán ser separados dela Asociación en los casos siguientes: 1) Cuando sus actuacionesafecten el desarrollo normal de la Asociación.- 2) Cuando de formareiterada faltaren a las reuniones de los diferentes Órganos deDirección y Administración que hubiesen sido convocados deacuerdo al procedimiento establecido para tal efecto.-3) Cuandosus actuaciones Fuesen reñidas o contrarias al Código de Ética dela Asociación y las leyes del país.- 4) Por Interdicción Civil.- 5)Por medio de renuncia expresa ante la Junta Directiva la que tendráefecto desde a partir de su aceptación.- 6) Por exclusión decretadaformalmente por la Asamblea General de asociados, y 7) Pormuerte.- CAPITULO CUARTO.- (ÓRGANOS DE GOBIERNOY DIRECCIÓN).- Artículo 12.- Órganos de dirección.- SonÓrganos de Dirección de la Asociación los siguientes: 1) LaAsamblea General de Asociados; 2) La Junta Directiva y 3) LaDirección Ejecutiva.- 1) La Asamblea General de Asociados serála máxima Autoridad, el Presidente de ésta tambié´n será el de laJunta Directiva, la Asamblea General la integran el total de losasociados o miembros. 2) La Junta Directiva será la encargada dela administración de la Asociación y 3) Corresponde a laDirección Ejecutiva la ejecución de los acuerdos y resolucionesque adopte la Asociación para la ejecución de los diferentesprogramas y proyectos que ésta desarrolle.- CAPITULOQUINTO.- FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNOY DIRECCIÓN.- Artículo 13.- Funciones de la Asamblea Generalde Miembros.- La Asamblea General es el máximo Órgano deGobierno y esta integrada por el total de los Miembros fundadores,plenos y los honorarios, siendo sus funciones las siguientes: 1)Define y aprueba las políticas generales, la estrategia de lasacciones y proyectos de la Asociación, así como las políticasgenerales y especificas de la misma.- 2) Elabora, aprueba omodifica el Estatuto de la Asociación, sea por propuesta presentadapor la Junta Directiva o a iniciativa de dos tercios de los Miembrosde Asamblea General de asociados.- 3) Conoce y aprueba losplanes de trabajo y el informe de la gestión anual que presente laJunta Directiva.- 4) Conoce, aprueba o rechaza los estadosfinancieros de la Asociación- 5) Elige de su seno a la JuntaDirectiva, 6) Acepta o rechaza la solicitud de ingreso de nuevosMiembros presentada por la Junta Directiva.- 7) A propuesta dela Junta Directiva, conoce y resuelve en última instancia el retirode los Miembros de la Asamblea General de asociados.- 8) Aprobarla reglamentación del Estatuto y el Código de ética de la Asociación.-9) A propuesta de la Junta Directiva, autoriza la enajenación delos Bienes Inmuebles de la Asociación.- 10) Otorga la condiciónde Miembro Honorario, condecoraciones y reconocimientos a las

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personas Naturales o Jurídicas que hayan apoyado el desarrollode los proyectos y gestiones de la Asociación, así como elcumplimiento de los Fines y Objetivos de la misma.- Artículo 14.-Tipos de sesiones.- La Asamblea General tendrá dos tipos desesiones, ordinarias y Extraordinarias, Ordinariamente se reunirándos veces al año y extraordinariamente cuando sea convocada poracuerdo de la Junta Directiva o cuando Lo soliciten de formaescrita un tercio del total de sus miembros. En cualquiera de loscasos las convocatorias se realizarán de forma escrita o como loestablezca la Junta Directiva por lo menos con ocho días deanticipación.- Artículo 15.- Quórum.- El quórum se formará conla mitad más uno del total de los miembros y las decisiones setomarán por mayoría simple del total presente, en caso de empate,el voto del presidente de la Junta Directiva tendrá valor de dos. Lasvotaciones son directas, públicas e indelegables. En los casos enque no hayan quórum, se efectuará una segunda convocatoria conel mismo tiempo de anticipación y se realizará la Asambleacon el total de miembros que se encuentren presentes, los acuerdosy resoluciones serán de obligatorio y estricto cumplimiento paratodos los miembros de la Asociación.- Artículo 16.- Funciones dela Junta Directiva.- 1) Impulsar el desarrollo de las actividades dela Asociación de conformidad a lo establecido en el Estatuto y laspolíticas establecidas por la Asociación.- 2) Cumplir y hacercumplir con el Estatuto, reglamentos, resoluciones y demás acuerdosde la Asociación.- 3) Canalizar y dar a conocer a la AsambleaGeneral las solicitudes de ingreso de los nuevos miembros para suposterior aprobación.- 4) Establecer las fechas de reuniones de laAsamblea General y de la misma Junta Directiva.- 5) Separarprovisionalmente a cualquiera de los miembros de la Asociaciónde acuerdo a las causales establecidas en el presente Estatuto.- 6)Conocer los planes e informes de trabajo anual de la DirecciónEjecutiva, para su posterior presentación a la Asamblea Generalde miembros.- 7) Crear comisiones Ad Hoc para realizar trabajosespecíficos.- 8) Conocer el informe financiero que se deberá desometer para su conocimiento y aprobación de la AsambleaGeneral de miembros.- 9) Elaborar su propio Reglamento internode funcionamiento.- 10) Nombrar al Director Ejecutivo, al AuditorInterno de la Asociación y demás cargos de dirección o coordinadoresde proyectos o programas.- 11) Elabora y envía el informecorrespondiente al Ministerio de Gobernación. En los casos en queel Director Ejecutivo sea miembro pleno de la Asociación, estepodrá participar en calidad de invitado permanente a las reunionesde la Junta Directiva, con derecho a voz y voto, en los casos en quese tratare de un profesional contratado para tal fin, este podráparticipar en las reuniones solamente con derecho a Voz.- Artículo17.- Reuniones de la Junta Directiva.- La Junta Directiva sereunirá de forma ordinaria una vez al mes y extraordinariamentecuando lo estimen necesario, a criterio del Presidente o de la mitadmás uno del total de los miembros de la Junta Directiva.- Lasdecisiones se tomarán por mayoría simple del total de los miembrosdirectivos, en caso de empate el voto del Presidente de la JuntaDirectiva tendrá valor de dos para resolver la controversia.-Artículo 18.- Funciones del Presidente.- Son funciones delPresidente de la Asociación las siguientes: 1) Coordinar lasgestiones relacionadas a la Asociación de acuerdo a la estrategiadefinida por la asamblea General de miembros y la JuntaDirectiva.- 2) Ejercer la Representación judicial y extrajudicial dela Asociación en todos los actos públicos y privados y antecualquier Autoridad, persona o entidad, pudiendo conferir poderesgenerales, especiales o judiciales.- 3) Ser delegatario de lasatribuciones de la Junta Directiva.- 4) Convocar y presidir lassesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General seanordinarias o extraordinarias.- 5) Formular la agenda de las sesionesde la Junta Directiva y de la Asamblea General.- 6) Refrendar

Con sus firma las actas de las sesiones de la Junta Directiva y dela Asamblea General, respectivamente, dirigir y supervisar laorganización de la Asociación.- 7) Proponer a la Junta Directivala integración de comisiones y delegaciones; 8) Supervisar ycontrolar la administración de los fondos de la Asociación .- 9)Nombrar el personal administrativo y ejecutivo de la Asociacióna propuesta del Director Ejecutivo.- 10) Proponer el plan detrabajo y el informe anual de la Junta directiva.- 11) Custodiar losdocumentos legales de la Asociación, incluyendo los libros propiosde la Asociación y los sellos de ésta.- 12) Firmar los documentosde carácter financiero, en coordinación con los funcionarios quedesigne y autorice la Junta Directiva.- 13) Cumplir y hacer cumplirtodos los acuerdos y disposiciones emanadas de la AsambleaGeneral de miembros y de la Junta Directiva.- 14) Administrar losbienes y el presupuesto de la Asociación de conformidad con suReglamento.- 15) Las demás funciones que le asignen la AsambleaGeneral y la Junta Directiva.- Artículo 19. - Funciones delvicepresidente.- Son funciones del vicepresidente las siguientes:1) Sustituir al Presidente en su ausencia, renuncia o por delegaciónde éste con todas las atribuciones que el Estatuto le confiere; 2)Colabora con el Presidente en el desempeño de sus funciones.- 3)Representa a la Asociación en aquellos actos para los cuales seadesignado.- Artículo 20.- Funciones del Secretario.- Son funcionesdel Secretario las siguientes: 1) Levantar las Actas de las diferentesreuniones que realice la Asociación y redactar una ayuda memoriaque debe de ser entregada a los Miembros asistentes a las reunionesa más tardar ocho días después de realizada la reunión.- 2) Verificarel cumplimiento de los Acuerdos tomados por la asamblea Generalde Miembros y los de la Junta Directiva.- 3) Convocar a lassesiones de trabajo de la Asamblea General de asociados y de laJunta Directiva, por indicaciones del Presidente.- 4) Ser la instanciade comunicación entre la Junta Directiva y la Asamblea Generalcon los Miembros de la Asociación- 5) Realizar los tramitesordinarios de acreditación de los Miembros de la Junta Directivaante las autoridades gubernamentales.- 6) Librar las certificacionessobre el contenido de las actas y acuerdos de la Junta Directiva yde la Asamblea General de Miembros de la Asociación.- 7) Lasdemás funciones que le asigne el Presidente de la Junta Directiva.-Artículo 21.- Funciones del Tesorero: Son funciones del Tesorero:1) Recaudar la cuota ordinaria o extraordinaria de los Miembros dela Asociación y llevar un Libro del Control de las mismas.- 2)Promover la formación e incremento del Patrimonio de la Asociaciónde acuerdo a las políticas que apruebe y establezca la AsambleaGeneral y los planes de trabajo que apruebe la Junta Directiva.-3) Revisar y firmar junto con el Presidente de la Asociación, losinformes Relativos a los estados financieros de la Asociación.- 4)Supervisar las operaciones Contables de las actividadesdesarrolladas por la Dirección Ejecutiva.- 5) Presentar a la AsambleaGeneral el informe financiero anual elaborado por la DirecciónEjecutiva o ante la Junta Directiva cuando ésta lo solicite.- 6)Conocer la propuesta de presupuesto anual de parte del DirectorEjecutivo de la Asociación y presentarlo para su consideraciónante la Junta Directiva y/o a la Asamblea General de miembros parasu posterior aprobación.- 7) Las demás funciones que le asigne laJunta Directiva o la Asamblea General.- Artículo 22.- Funcionesdel Fiscal.- Son funciones del Fiscal las siguientes: 1) Supervisarla buena marcha del trabajo de la Asociación, procurando que secumplan los Fines y objetivos de la misma; 2) Fiscalizar elcumplimiento del Estatuto, los reglamentos y el Código de Ética,así como los acuerdos y resoluciones de la Asociación y de susÓrganos de Gobierno y Administración.- 3) Vigilar la conservacióny buen uso de los Bienes Muebles e Inmuebles de la Asociación.-4) Las demás funciones que le asigne la Asamblea General deMiembros o el Presidente de la Junta Directiva.- Artículo 23.-

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Periodo de los Cargos Directivos.- Los Miembros de la JuntaDirectiva serán electos para el ejercicio de sus cargos para unperiodo de Dos Años, pudiendo ser reelectos por otros periodosigual. En el caso de que uno de los Miembros de la Junta Directivacese en su cargo antes de finalizar el periodo, se procederámediante elección en Asamblea General Extraordinaria convocadaespecialmente para tal efecto.- Artículo 24.- Funciones del DirectorEjecutivo.- La Dirección Ejecutiva estará a cargo de un DirectorEjecutivo, quien dispondrá del personal técnico necesario paracumplir con las funciones que le determine la Junta Directiva dela Asociación, misma que debe de nombrarlo y definirle susfunciones . Las funciones del Direc tor Ejecut ivo y losprocedimientos Administrativos se determinarán en un reglamentoque para tal efecto establecerá la Junta Directiva.- CAPITULOSEXTO.- (INTEGRACION Y COMPOSICION DE LA JUNTADIRECTIVA Y LA REPRESENTACION LEGAL).- Artículo 25.-Integración y Composición de la Junta Directiva.- La JuntaDirectiva estará integrada por los siguientes cargos: 1)PRESIDENTE; 2) VICEPRESIDENTE; 3) UN SECRETARIO;4) UN TESORERO; 5) UN FISCAL.- Artículo 26.- Composiciónde la Junta Directiva.- Los Miembros fundadores de estaAsociación, han acordado integrar la Junta Directiva de laAsociación de la forma siguiente: 1) Presidenta: Martha LorenaMoreno. 2) Vice-Presidente: Manuel de Jesús Mayorga Moreno.3) Secretaria: Cristina Valle Moreno. 4) Tesorera: Ernesto JoséMora Valle. 5)Vocal: Juana Feliciana Suarez Salazar, misma quetendrá carácter provisional hasta la aprobación del Decreto deotorgamiento de la Personalidad Jurídica y que Una vezpublicados en La Gaceta, Diario Oficial, e inscrita en elMinisterio de Gobernación, quedarán en función de sus cargos porun período de dos años, pudiendo ser reelectos hasta por unperiodo.- Artículo 27.- Representación Legal.- La RepresentaciónLegal , Judicial y Extrajudicial, de la asociación le correspondeal Presidente de la Junta Directiva, con facultades de MandatarioGeneralísimo, pudiendo éste delegar su Representación encualquiera de los Miembros de la Junta Directiva, o si fueranecesario, en cualquiera de los Miembros de la Asociación, previaautorización de la Junta Directiva.- Artículo 28.- Autorizaciónexpresa para Enajenar y Gravar.- El Presidente de la Junta Directivapara que pueda enajenar, gravar o hipotecar los bienes de laAsociación, debe de disponer de la autorización expresa de partede la Asamblea General de miembros de la Asociación.- Artículo29.-Nombramiento de Asesores.- La Junta Directiva podrá nombrarlos asesores, que a su juicio, considere necesario y convenientepara el funcionamiento de la misma, estos Asesores requerirán dela aprobación de la Asamblea General de Asociados.- Artículo 30.-Reelección en cargos directivos.- Los miembros de la Junta Directivaserán electos para el ejercicio de sus cargos para un periodo de dosaños, pudiendo ser reelectos por otros periodos igual. las vecesque la Asamblea General de miembros lo considere pertinente ynecesario.- Artículo 31.- Aprobación de las decisiones de la JuntaDirectiva.- Las decisiones de la Junta Directiva se aprobarán pormayoría simple de entre sus miembros.- CAPITULO SEPTIMO.-(PATRIMONIO).- Art ículo 32.- Monto Patr imonial . - ElPatrimonio de la Asociación está constituido por la cantidad decien mil córdobas netos (C$ 100,000.00 ), sin perjuicio de lasaportaciones o contribuciones que de forma general harán cada unode los asociados y que se definirá como contribución voluntaria,ordinaria o extraordinaria, así como las demás aportacionesprovenientes de otras personas o instituciones, sean estas, naturaleso jurídicas, así como las donaciones, herencias, legados ysubvenciones que reciba la Asociación y demás bienes que éstareciba o adquiera a cualquier título de otras instituciones uorganismos de cooperación nacional o internacional, así como los

bienes muebles e inmuebles que la Asociación adquiera para eldesarrollo de sus actividades.- CAPITULO OCTAVO.-(DISOLUCION Y LIQUIDACION).- Artículo 33.- Causas dedisolución.- Son causas de disolución de esta Asociación lassiguientes: 1) Por pérdida de la Personalidad Jurídica al darsecualquiera de los hechos o circunstancias establecidos en la Ley dela materia; 2) Por decisión voluntaria tomada en Asamblea Generalcon el voto afirmativo de las dos terceras partes del total de losmiembros de la Asamblea General. En este caso, el quórum paraque la Asamblea se instale y pueda tomar decisiones válidas,deberá estar constituido al menos por las dos terceraspartes del total de los miembros asociados.- Artículo 34.-Procedimiento para la liquidación.- Se decretará la disolución conaviso a las autoridades competentes, correspondiendo a la JuntaDirectiva o en su defecto, a una Comisión Liquidadora integradapor tres miembros que serán nombrados por la Asamblea Generalde Miembros con funciones y plazos de ejercicio. – Artículo 35.-Destino del remanente de los bienes.- Al producirse la disolución,los bienes se pondrán a disposición de las personas jurídicas quedetermine la Asamblea General de Asociados, preferiblemente aotras Asociaciones sin fines de lucro, financiadas por él o losmismos organismos que den apoyo a la Asociación y que tenganlos mismos fines y objetivos.- Artículo 36.- Procedimiento parael funcionamiento de la Comisión liquidadora.- La comisiónliquidadora realizará los activos, cancelará los pasivos y elremanente, en caso Que existiera, será utilizado en primer lugarpara satisfacer los gastos de liquidación y si aún persistieraremanente alguno será entregado a cualquier Asociación Civilsin Fines de Lucro de carácter y naturaleza similar, previo acuerdode la Asamblea General de miembros. Con la aprobación de lascuentas de los liquidadores y del balance de liquidación final porparte de la Asamblea General de miembros, se procederá a publicarla disolución y liquidación de la Asociación en cualquier medio decomunicación social escrito de circulación nacional o a través decualquier medio local con lo que se dará por concluida la existencialegal de la Asociación. De esto se deberá informar al RegistroNacional de Asociaciones Civiles sin Fines de Lucro que para talefecto lleva el Departamento de Asociaciones civiles sin fines delucro del Ministerio de Gobernación.- CAPITULO NOVENO.-(DISPOSICIONES GENERALES).- Artículo 37.- Impedimentode acción judicial.- La Asociación no podrá ser demandada por susmiembros ante los Tribunales de Justicia por motivo de liquidacióno disolución, ni por desavenencias que surgieren entre Los miembrosde la misma con respecto a la administración y dirección de éstao por la interpretación y aplicación de las disposiciones de lapresente Escritura de Constitución y aprobación del Estatuto.-Artículo 38.- Formas de dirimir conflictos.- Las desavenencias ycontroversias que surgieren por los motivos expresados, o porlas dudas que se presentaren con relación a las mismas seránresueltas sin ulterior recurso por tres miembros honorariosdesignados para tal efecto por la Asamblea General de miembros,quienes por simple mayoría de votos resolverán la controversia.-En caso de persistir la controversia, se procederá al nombramientode tres peritos o árbitros para que resuelvan el fondo del asunto.El nombramiento o designación de cada uno de ellos corresponderáuno a cada una de las Partes en controversia y un tercero queserá el notario autorizante del presente Instrumento Público.-Artículo 39.- Fundamento organizativo.- La ASOCIACIONPARA EL DESARROLLO CULTURAL COREANO ENNICARAGUA, fundamenta su organización y el cumplimiento desus fines y objetivos en el principio universal de los DerechosHumanos, la paz y la tolerancia, sin discriminación por razones decredo político y religioso, sexo, raza, nacionalidad o en virtud deantecedentes sociales y económicos.- CAPITULO DECIMO.-

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(CUERPO LEGAL SUPLETORIO).- Artículo 40.- En todo lo noprevisto en el presente Acto Constitutivo y aprobación delEstatuto de la Asociación, le serán aplicable las disposiciones delDerecho positivo nicaragüense vigente.- Así se expresaron loscomparecientes, a quienes advertí e hice de su conocimiento de lastrascendencias legales de este acto, del objeto de las cláusulasespeciales que contiene, de las que envuelven renuncias yestipulaciones explícitas e implícitas, de las generales que aseguranla validez de este instrumento, de la obligación y necesidad deinscribir la Asociación en el registro correspondiente que para talfin lleva el Ministerio de Gobernación, y leída que fue por mí, laNotario, todo lo escrito a los comparecientes, la encuentranconforme y le dan Su entera satisfacción, sin hacerle ningunamodificación, quienes la ratifican y firman junto conmigo que doyfe de todo lo relacionado. (f) NORMAN JOSE AGUILAR PINERA,(ILEGIBLE), (f) HEE JEONG LEE (ILEGIBLE), (f) EUN YOUNGCHOI DE CHOI (ILEGIBLE), (f) JUSTO EMIL ABURTO PÉREZ(ILEGIBLE), (f) MYUNG HEE JUNG DE LEE (ILEGIBLE) (F)MPADILA (LEGIBLE) (LA NOTARIO). PASÓ ANTE MI: Alfrente del folio número seis al reverso del Folio numero once de miPROTOCOLO NÚMERO OCHO, que llevo durante el corrienteAño. Y a solicitud del Señor NORMAN JOSE AGUILARPINERA, en su calidad de Presidente de la ASOCIACION PARAEL DESARROLLO CULTURAL COREANO EN NICARAGUAlibro este primer Testimonio en siete hojas de ley, que sello, firmoy rubrico en la ciudad de Managua a las dos de la tarde del díadieciocho del mes de Marzo del año dos mil Once. (F) DRA.MARTHA LORENA PADILLA NAVARRO, Abogado y NotarioPúblico.

----------------------NACIONALIZADOS

Reg. 14254 - M. 203655 - Valor C$ 290.00

C E R T I F I C A C I O N

La suscrita Directora General de Migración y Extranjería delMinisterio de Gobernación de la República de Nicaragua, Cmdte.Bgda. María Antonieta Novoa Salinas, CERTIFICA: Que enlos folios: 292-293 del libro de nacionalizados nicaragüenses No.9, correspondiente al año: 2013, que para tal efecto lleva laDirección General de Migración y Extranjería, se encuentra inscritala Resolución No. 2817, donde se acuerda otorgar la nacionalidadnicaragüense en calidad de nacionalizado al ciudadano MARIORENE GARCIA MARTINEZ, originario de la República deHonduras y que en sus partes conducentes establece: La DirecciónGeneral de Migración y Extranjería del Ministerio del PoderCiudadano de Gobernación, de la República de Nicaragua; en usode las facultades que le confiere la Constitución Política deNicaragua y la Ley No. 761, Ley General de Migración y Extranjería,publicada en Las Gacetas, Diario Oficial No.125 y 126, del seis ysiete de julio del año dos mil once, su Reglamento contenido en elDecreto No. 031-2012 de Casa de Gobierno publicado en la GacetaDiario Oficial Nos. 184, 185 y 186 del veintisiete y veintiocho deseptiembre, y uno de octubre del año dos mil doce, y conforme alAcuerdo Ministerial No.004-2007 de la Ministra del PoderCiudadano de Gobernación de la República de Nicaragua, emitidoel once de enero de dos mil siete. CONSIDERANDO: PRIMERO.-Que el ciudadano MARIO RENE GARCIA MARTINEZ, de origenhondureño, mayor de edad, soltero, futbolista, con domicilio yresidencia en el Departamento de Managua, República de Nicaragua;identificado con cédula de residencia nicaragüense No.D00015591,registro No. 030520130216, nacido el día veintitrés de diciembredel año mil novecientos ochenta y tres, en la Ciudad Puerto de

Tela, Departamento de Atlántida, República de Honduras; presentóante la Dirección General de Migración y Extranjería, lacorrespondiente sol ici tud de nacionalidad nicaragüense.SEGUNDO.- Que el ciudadano MARIO RENE GARCIAMARTINEZ, ha cumplido con todos los requisitos y formalidadesestablecidas en las leyes para adquirir la nacionalidad nicaragüense,tomando en cuenta su permanencia continua por cinco años en elterritorio nacional al haber ingresado desde el año dos mil ocho, seencuentra acreditado como residente en Nicaragua, posee vinculode consanguinidad con menor nicaragüense y por contribuir aldesarrollo de futbol como una de las disciplinas del deportenicaragüense. TERCERO.- Que de forma expresa ha manifestadosu voluntad de adquirir la nacionalidad nicaragüense, sin necesidadde renunciar a su nacionalidad hondureña por ser centroamericanode origen, de conformidad al artículo 54 de la Ley No. 761 LeyGeneral de Migración y Extranjería, y sometiéndose a lasdisposiciones legales establecidas en nuestra legislación vigente,en cuanto a derechos y obligaciones que les corresponden a losnicaragüenses nacionalizados. ACUERDA: PRIMERO.-Otorgarla nacionalidad nicaragüense en calidad de nacionalizado alciudadano MARIO RENE GARCIA MARTINEZ, originario de laRepúbl ica de Honduras . SEGUNDO.- De acuerdo a loanteriormente establecido el ciudadano MARIO RENE GARCIAMARTINEZ, gozará de todos los derechos y prerrogativas que lasleyes le conceden y estará sometido a las obligacionescorrespondientes a los nacionales nicaragüenses, de conformidada lo que establece la Constitución Política de Nicaragua y la LeyNo. 761 “Ley General de Migración y Extranjería” y su Reglamento.TERCERO.- Regístrese en el libro de nacionalizados que para talefecto lleva la Dirección General de Migración y Extranjería ylíbrese la certificación correspondiente. CUARTO.- El presenteacuerdo surtirá efecto a partir de su publicación en La Gaceta,Diario Oficial. NOTIFIQUESE: Managua, dieciséis de julio delaño dos mil trece. (F) Cmdte. Bgda. María Antonieta NovoaSalinas - Directora General de Migración y Extranjería. La Ministradel Poder Ciudadano de Gobernación de la República de Nicaragua,visto el Acuerdo que antecede y habiéndose cumplido con todoslos requisitos legales establecidos, refrenda la presente Resoluciónde Nacionalización. (F) Dra. Ana Isabel Morales Mazún, Ministradel Poder Ciudadano de Gobernación. Libro la presenteCertificación de Nacionalización en la ciudad de Managua, a losdieciséis días del mes de julio del año dos mil trece. (f) Cmdte.Bgda. María Antonieta Novoa Salinas, Directora General deMigración y Extranjería. Ministerio del Poder Ciudadano deGobernación.

-------------------------Reg. 14255 - M. 203654 - Valor C$ 290.00

C E R T I F I C A C I O N

La suscrita Directora General de Migración y Extranjería delMinisterio de Gobernación de la República de Nicaragua, Cmdte.Bgda. María Antonieta Novoa Salinas.- C E R T I F I C A: Queen los folios: 294-295 del libro de nacionalizados nicaragüensesNo.9, correspondiente al año: 2013, que para tal efecto lleva laDirección General de Migración y Extranjería, se encuentra inscritala Resolución No. 2818, donde se acuerda otorgar la nacionalidadnicaragüense en calidad de nacionalizado al ciudadano DARWINJESÚS RAMÍREZ CASTILLO, originario de la República deHonduras y que en sus partes conducentes establece: La DirecciónGeneral de Migración y Extranjería del Ministerio del PoderCiudadano de Gobernación de la República de Nicaragua, en usode las facultades que le confiere la Constitución Política deNicaragua, la Ley No.761, Ley General de Migración y Extranjería,

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publicada en La Gaceta, Diario Oficial Nos.125,126 del 6 y 7 dejulio del año 2011, su Reglamento contenido en el Decreto No.031-2012 de Casa de Gobierno publicado en La Gaceta – Diario OficialNos.184, 185 y 186 del 27 y 28 de septiembre y 01 de octubre deaño 2012 y conforme al Acuerdo Ministerial No.004-2007 de laMinistra de Gobernación de la República de Nicaragua, emitido el11 de enero del año 2007.- C O N S I D E R A N D O: PRIMERO.-Que el ciudadano DARWIN JESÚS RAMÍREZ CASTILLO,originario de la República Honduras, mayor de edad, soltero,Deportista, con domicilio y residencia en la ciudad de Managua,República de Nicaragua, identificado con cédula de residencianicaragüense No.D00015590, registro No. 030520130219, nacidoel día siete de junio del año mil novecientos ochenta y tres, enTegucigalpa, República de Honduras, presentó ante la DirecciónGeneral de Migración y Extranjería la correspondiente solicitud denacionalidad nicaragüense. SEGUNDO.- Que el ciudadanoDARWIN JESÚS RAMÍREZ CASTILLO, ha cumplido con losrequisitos y formalidades establecidas en la ley para adquirir lanacionalidad nicaragüense, tomando en cuenta la permanenciaconstante en el territorio nacional, gozar del estatus de residente,y por tener vinculo de consanguinidad en primer grado que le unea su hija nicaragüense y por contribuir al desarrollo del DeporteNicaragüense. TERCERO.- Que de forma expresa ha manifestadosu voluntad de adquirir la nacionalidad nicaragüense, sin necesidadde renunciar a la nacionalidad hondureña de origen por sercentroamericano, de conformidad a lo establecido en el Arto. 54 dela Ley No.761, “Ley General de Migración y Extranjería y suReglamento, sometiéndose a las disposiciones legales establecidasen nuestra legislación vigente en cuanto a derechos y obligacionesque le corresponden a los nicaragüenses nacionalizados. A C U ER D A: PRIMERO.- Otorgar la nacionalidad nicaragüense encalidad de nacionalizado al ciudadano DARWIN JESÚS RAMÍREZCASTILLO, originario de República Honduras. SEGUNDO.- Deacuerdo a lo anteriormente establecido, el ciudadano DARWINJESÚS RAMÍREZ CASTILLO , gozará de los derechos yprerrogativas que la ley le concede y estará sometido a lasobligaciones correspondientes a los nacionales nicaragüenses, deconformidad a lo que establece la Ley No. 761 “Ley General deMigración y Extranjería” y su Reglamento. TERCERO.- Regístreseen el libro de nacionalizados que para tal efecto lleva la DirecciónGeneral de Migración y Extranjería y líbrese la certificacióncorrespondiente. CUARTO.- El presente acuerdo surtirá efecto apart i r de su publ icación en La Gaceta , Diar io Oficial .NOTIFIQUESE.- Managua, dieciséis de julio del año dos miltrece. (f) Cmdte. Bgda. María Antonieta Novoa Salinas - DirectoraGeneral de Migración y Extranjería. La Ministra del PoderCiudadano de Gobernación de la República de Nicaragua, visto elacuerdo que antecede y habiéndose cumplido con los requisitoslegales establecidos, refrenda la presente resolución denacionalización. (f) Dra. Ana Isabel Morales Mazún - Ministra delPoder Ciudadano de Gobernación. Libro la presente certificaciónde nacionalización en la ciudad de Managua, a los dieciséis días delmes de julio del año dos mil trece. (f) Cmdte.Bgda. MaríaAntonieta Novoa Salinas, Directora General de Migración yExtranjería Ministerio de Gobernación.

MINISTERIO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO

FE DE ERRATA

Por error involuntario en Marcas de Fábrica, Comercio y Serviciopublicadas en las Gacetas detalladas a continuación, se hacen lassiguientes correcciones:

Número de Gaceta

Fecha de la Publicación

Número de Registro

ClasesNúmero de Expediente

Incorrecto Correcto

88-2012 14/5/2012 4992 36 2012-000034 asociadas asociaciones

11026 2013-001798 agente de adunas agente de aduanas

11024 2013-001698 AMIPORT AMIPROT

Libro II de Inscripciones Libro III de Inscripciones

de color azul en color azul

11236 41 2013-002057 transmisión al acontecer transmisión del acontecer

120-2013 28/6/2013 11867 2010-00049 CILAG CILAG AG

122-2013 2/7/2013 12085 29 2013-001931CARNE DE AVE (NO

VIVOS)CARNE DE AVE (NO

VIVOS);

126-2013 8/7/2013 12319 2013-001997Expediente No 2013-

001697Expediente No. 2013-

001997

109-2013 13/6/2013

11230 2013-000005721/6/2013115-2013

MINISTERIO DE SALUD

Reg. 14250 - M. 203683 - Valor C$ 95.00

AVISO

El Ministerio de Salud (MINSA), según Resolución No. 391-2013invita a las personas naturales o jurídicas autorizadas en nuestro paíspara ejercer las actividades comerciales e inscritas en el RegistroCentral de Proveedores del Estado del Ministerio de Hacienda yCrédito Público (MHCP) a presentar Ofertas en sobre sellados parala:

LICITACION PUBLICA LP-28-07-2013 “SUSTITUCION DESISTEMAS DE CLIMATIZACION DE QUIROFANOS DE TRESHOSPITALES”

Fuente de Financiamiento: Fondos Rentas del Tesoro

Fecha de Publicación: 24 de Julio 2013

Los licitantes interesados pueden obtener la información completaincluyendo el Pliego de Bases y Condiciones en: División General deAdquisiciones/Ministerio de Salud, Costado Oeste Colonia 1ro. deMayo, Managua, Nicaragua, Teléfono: 2289-4700, 2289-4300 o enlos siguientes portales:

www.minsa.gob.ni

www.nicaraguacompra.gob.ni

Todas las respuestas de solicitudes de aclaración serán igualmentepublicadas en los portales antes mencionados.

La fecha para presentar ofertas es el Viernes 23 de Agosto del 2013de 8:00 am a 9:30 am en el Despacho de la División General deAdquisiciones

(f) Lic. Ramón E. Cortés Mayorga, Director General deAdquisiciones Ministerio de Salud.

INSTITUTO NICARAGÜENSE DE DEPORTES

Reg. 14251 - M. 203728 - Valor C$ 190.00

RESOLUCION DE ADJUDICACION No. 046-2013LICITACION PUBLICA No. 013-2013

PROYECTO: “ADQUISICION DE MICROBUSES NUEVOSPARA USO DE LAS NECESIDADES DEL IND”

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El suscrito Director Ejecutivo del Instituto Nicaragüense deDeportes, Arq. Marlon Torres Aragón, en nombre y representacióndel Instituto Nicaragüense de Deportes (IND) como DirectorEjecutivo del Instituto Nicaragüense de Deportes (IND), en usode las facultades que le confiere la Ley 522, “Ley General deDeporte, mayor de edad, soltero, Arquitecto del domicilio deManagua, cé :dula de identidad número 401-141157-0009B,actuando Educación Física y Recreación Física, publicada en LaGaceta número 68, del 8 de Abril del 2005 y conforme AcuerdoPresidencial Número 01-2012, publicado en la Gaceta, DiarioOficial No. 23 publicado el 6 de Febrero del año 2012 ycumplimiento de las disposiciones contenida en la Ley 737 “Leyde Contrataciones Administrativas del Sector Público” yReglamento a la Ley 737, (Decreto 75-2010), publicado en laGaceta el 15 de Diciembre del año 2010.

CONSIDERANDO

IQue en el procedimiento de Licitación Pública No. 013-2013 parael Proyecto: “Adquisición de Microbuses nuevos para uso de lasnecesidades del IND” se invitaron públicamente a diversasempresas elegibles que quisieran presentar oferta.

IIQue el día dieciocho de Junio del año dos mil trece se realizó laRecepción y Apertura de las ofertas de la presente Licitación, ala cual se presentaron los siguientes oferentes: AUTO NICA, S.A y AUTOSTAR, S. A.

IIIQue de acuerdo al Arto. 47 de la Ley No. 737, Ley de ContratacionesAdministrativas del Sector Público, se remitió copia de Dictamende Recomendación de Adjudicación a las empresas oferentes,recomendado por el Comité de Evaluación.

IVQue el Comité de Evaluación, conforme a Dictamen deRecomendación de Adjudicación, emitió las recomendaciones parala adjudicación de la Licitación Pública No. 013-2013 para elProyecto: “Adquisición de Microbuses nuevos para uso de lasnecesidades del IND”, informe que fue recibido por esta Autoridadcon fecha ocho de Julio del año dos mil trece; el que ha sidoestudiado y analizado.

VQue esta Autoridad está plenamente de acuerdo con dichasRecomendaciones, ya que considera la adjudicación de maneratotal, en base al Artículo 47 de la ley 737, Ley de ContratacionesAdministrativas del Sector Público, al oferente AUTO NICA, S.A, por ajustarse a los requisitos

establecidos en el pliego de bases y condiciones, siendo estaconsiderada la oferta más favorable para los intereses de laInstitución.

POR TANTO

Basándose en las consideraciones anteriores y a lo dispuesto en elArto.48 de la Ley 737, Ley de Contrataciones Administrativas delSector Público.

RESUELVE

PRIMERO: Adjudicar de acuerdo a las recomendaciones delComité de Evaluación correspondiente a Licitación Pública No.013-2013 para el Proyecto: “Adquisición de Microbuses nuevospara uso de las necesidades del IND”, al oferente AUTO NICA,S. A por la cantidad de C$ 3, 744,400.00 (Tres millones setecientoscuarenta y cuatro mil cuatrocientos córdobas netos).

SEGUNDO: Procédase a formalizar el Contrato correspondienteuna vez presentada la Garantía de Cumplimiento respectiva.

TERCERO: Comuníquese la presente resolución a cuantoscorresponda conocer de la misma y publíquese por una vez en elmismo medio empleado para el aviso de la Licitación.

Dado en la ciudad de Managua, el día diez de Julio del año dos miltrece. (f) Arq. Marlon Torres Aragón, DIRECTOR EJECUTIVOIND.

DIRECCION GENERAL DE INGRESOS

Reg. 14252 - M. 203641 - Valor C$ 570.00

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA PARA REINICIO DE LICITACIÓN.

Segundo reinicio al procedimiento de reparaciones deAdministraciones de Rentas a nivel nacional.

El Director General de Ingresos, Lic Martín Rivas Ruiz, conforme AcuerdoPresidencial Número 01-2012, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, elseis de febrero del año dos mil doce, en uso de las facultades que le confierela Ley 290, “Ley de Organización, Competencia y Procedimientos delPoder Ejecutivo”; Reglamento de la Ley 290, la Ley 339, “Ley Creadorade la Dirección General de Servicios Aduaneros y de Reforma a la LeyCreadora de la Dirección General de Ingresos” y su Reglamento y la Ley737, “Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público” yDecreto 75-2010 Reglamento General de la Ley 737.

CONSIDERANDO:

I

Que es deber de toda Administración Pública garantizar la transparenciade todos los procedimientos tendientes a escoger a los contratistas privadospara proveer al Estado los bienes y servicios que necesite; adquiriéndoloscon la calidad y al precio más conveniente para el Ente Público, prestandodebida atención a principios de economía y eficiencia.

II

Que para la función adecuada de las recaudaciones diarias, efectuadas poresta institución; es necesaria la adquisición de servicios especializados parala reparación de los edificios utilizados como Administraciones de Rentasa nivel nacional, a fin de dar el mantenimiento adecuado a los edificios ymejor atención al contribuyente, en cumplimiento a las orientaciones delGobierno de Reconciliación Nacional.

III

Que se ha realizado procedimiento para la contratación de Servicios dereparaciones de rentas a nivel nacional, mediante proceso 04-DGI/2013donde se recibieron ofertas por parte de Guillermo Barreto Esquivel,Montajes Industriales Tecnológicos (Mintecsa) y Francisco Cano Ruiz eldía designado para la apertura de este proceso, los oferentes antes

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mencionados no cumplieron con la presentación de garantía de seriedad deoferta a como lo establecía el Pliego de Bases y Condiciones y deconformidad con lo estipulado en el Arto 39 de la Ley 737, “Ley deContrataciones Administrativas del Sector Público”, cuando no existaoferta alguna que llene los requisitos exigidos en el pliego de bases ycondiciones, el Comité de Evaluación deberá recomendar que la licitaciónsea declarada desierta.

IV

Que según lo indicado en el Arto 50 de la Ley 737, “Ley de ContratacionesAdministrativa del Sector Público”, esta licitación deberá reabrirse con lostiempos reducidos en un 50% de los plazos, previa revisión y ajustes alPliego de Bases y Condiciones, por tanto.

RESUELVE:

PRIMERO: dar Inicio proceso de Licitación Selectiva 08-DGI/2013, parala “Adquisición de servicios de reparaciones de rentas a nivel nacional”, lacual es financiada con fondos propios de la Dirección General de Ingresos,proveniente del Presupuesto General de la República; del periodopresupuestario 2013, y se llevará a efecto con fondos provenientes delPresupuesto General de la República de Nicaragua, por lo que deberáincluirse la previsión necesaria para garantizar el pago de las obligacionesgeneradas de la presente contratación. El proceso a utilizar es de conformidadcon las Normas y Procedimientos establecidos en la Ley N°737, “Ley deContrataciones Administrativas del Sector Público” y “Decreto 75-2010Reglamento General de la Ley 737”.

SEGUNDO: constituir el Comité de Evaluación que intervendrá en elproceso de calificación, evaluación y recomendación de la oferta, para losefectos del Arto 15 de la Ley de Contrataciones Administrativas del SectorPúblico y Arto 31 del Reglamento General a la Ley de ContratacionesAdministrativa del Sector Público, el cual será integrado por los siguientesfuncionarios:

a) Lic. Iveth Leytón Pinell- Coordinadora de Adquisiciones.b) Ing. José de la Cruz Barrios - Responsable de Mantenimiento General.c) Dr. Enrique José Bermúdez Silva - Asesor Legal.

TERCERO: el Departamento de Adquisiciones en conjunto con el Áreade Mantenimiento General, deben garantizar la tramitación delprocedimiento, las comunicaciones que correspondan, así como implementarlos recursos humanos y materiales de que disponen para verificar la correctaejecución del objeto de la contratación.

CUARTO: el garante del debido proceso de la Licitación Selectiva No. 08-DGI/2013, le corresponde a la Asesoría Legal de la Dirección General deIngresos, que se cumpla con cada una de las etapas de los procedimientoscorrespondientes.

QUINTO: la presente Resolución entrará en vigencia a partir de esta fecha.Notifíquese.

Dada en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, el día veintidós demayo del año dos mil trece.

(F) MARTÍN RIVAS RUIZ, DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS.-------------------------------

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE DECLARACIÓN DESIERTA 02.

Declaración Desierta del Proceso de Licitación Selectiva 04-DGI/2013, para la adquisición de “Servicio de reparación de edificios,utilizados como administraciones de rentas a nivel nacional”.

Martín Rivas Ruiz, mayor de edad, casado, Licenciado en Economía,de este domicilio y residencia, quien se identifica con cédula nicaragüensenúmero: tres, seis, uno, guion, veinticinco, doce, cincuentainueve,guion, triple cero, seis, doble uve (361-251259-0006W), en su carácterde Director General de la Dirección General de Ingresos, la que enadelante se denominará simplemente “DGI”, institución organizada yexistente bajo las Leyes de la República de Nicaragua, conforme la Ley339, Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros yde Reforma a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos deldía seis de abril del año dos mil, calidad que acredita con nombramientootorgado en Acuerdo Presidencial Número: cero, uno, guion, dosmil doce (01-2012), publicado en La Gaceta, Diario Oficial, númeroveintitrés (23), del día seis (06) de febrero del año dos mil doce y laLey 737, “Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público”y Decreto 75-2010 Reglamento General de la Ley 737.

CONSIDERANDO:

I

Que mediante Resolución Administrativa para el inicio de LicitaciónSelectiva No 04 del día tres del mes de mayo, del año dos mil trece, sedio inicio al procedimiento de adquisición de “Servicio de reparaciónde edificios utilizados como administraciones de rentas a nivelnacional”, en dicha resolución se constituyó el Comité de Evaluaciónpara calificar y evaluar las ofertas presentadas en el procedimientosde Contratación en referencia, recayendo en el la garantía de que elproceso sea totalmente transparente, se reunió para evaluarestableciendo a través de acta que rolan en expediente susrecomendaciones para la adjudicación del servicio.

II

Se recibieron ofertas por parte de los oferentes: Guillermo BarretoEsquivel, Montajes Industriales Tecnológicos (Mintecsa) y FranciscoCano Ruiz el día designado para la apertura de este proceso, losoferente antes mencionado no cumplen con la presentación de garantíade seriedad de oferta a como lo establecía el Pliego de Bases yCondiciones.

Según lo establecido en el Arto 39 de la Ley 737, “Ley de ContratacionesAdministrativas del Sector Público”, cuando no exista oferta algunaque llene los requisitos exigidos en el pliego de bases y condiciones,el Comité de Evaluación deberá recomendar que la licitación seadeclarada desierta.

II

Que esta Autoridad está plenamente de acuerdo con lasRecomendaciones hechas por el comité evaluador, pues considera quelo recomendado corresponde efectivamente a lo establecido por la Ley737, “Ley de Contrataciones Administrativa del Sector Público”.

POR TANTO.

Con a base a las facultades y consideraciones antes expuestas.

ACUERDA:

PRIMERO: declarar desierta la licitación selectiva 04-DGI/2013 parala adquisición de “Servicio de reparación de edificios, utilizados comoadministraciones de rentas a nivel nacional”, que según lo indicado enel Arto 50 de la Ley 737,”Ley de Contrataciones Administrativa delSector Público”, esta licitación deberá reabrirse con los tiemposreducidos en un 50% de los plazos, previa revisión y ajustes al Pliegode Bases y Condiciones.

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SEGUNDO: publíquese la presente Resolución en el Portal Único deContratación, y comuníquese a quien corresponda, sin perjuicio de supublicación en otro medio de difusión.

Dada en la ciudad de Managua, a los veintidós días del mes de mayo,del año dos mil trece.

(F) MARTÍN RIVAS RUIZ, DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS.

------------------------RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE ADJUDICACIÓN.

Adjudicación de proceso de Contratación Simplificada 04-DGI/2013para la adquisición de “Servicios de reparación de banco detransformadores”.

Martín Rivas Ruiz, mayor de edad, casado, Licenciado en Economía,de este domicilio y residencia, quien se identifica con cédula nicaragüensenúmero: tres, seis, uno, guion, veinticinco, doce, cincuentainueve,guion, triple cero, seis, doble uve (361-251259-0006W), en su carácterde Director General de la Dirección General de Ingresos, la que enadelante se denominará simplemente “DGI”, institución organizada yexistente bajo las Leyes de la República de Nicaragua, conforme la Ley339, Ley Creadora de la Dirección General de Servicios Aduaneros yde Reforma a la Ley Creadora de la Dirección General de Ingresos deldía seis de abril del año dos mil, calidad que acredita con nombramientootorgado en Acuerdo Presidencial Número: cero, uno, guion, dos mil doce (01-2012), publicado en La Gaceta, Diario Oficial, númeroveintitrés (23), del día seis (06) de febrero del año dos mil doce y laLey 737, “Ley de Contrataciones Administrativas del Sector Público”y Decreto 75-2010 Reglamento General de la Ley 737.

CONSIDERANDO:

I

Que mediante Resolución Administrativa para el inicio de ContrataciónSimplificada No. 04 del día tres del mes de mayo del año dos mil trece,se dio inicio al procedimiento de adquisición de “Servicios dereparación de bancos de transformadores”, en dicha resolución seconstituyó el Comité de Evaluación para calificar y evaluar las ofertaspresentadas en el procedimientos de contratación en referencia, sereunió el Comité Evaluador nombrado para ello, quien es el garante dela transparencia de este procedimiento, estableciendo susrecomendaciones para la adjudicación del mismo, mediante acta querola en el expediente.

II

Que esta Autoridad está plenamente de acuerdo con lasrecomendaciones hechas por el Comité Evaluador, pues considera quela oferta recomendada corresponde efectivamente a la presentación delos requerimientos solicitados para esta contratación. Según lainformación se recibieron dos ofertas de los proveedores MultiserviciosJirón & Cía. Ltda, quien cumplió con los formatos establecidos porla ley y solicitados en la invitación a cotizar y Edgar Gazo Cárdenas(Gazo Eléctrica), quien no cumple con los formatos y documentaciónestablecida como requisito mediante Ley 737 y solicitados en lainvitación a cotizar, las oferta fueron

evaluadas y se recomendó la adjudicación mediante acta del comité deevaluación del día quince de mayo del corriente, siendo que la DirecciónGeneral de Ingresos ya obtuvo los permisos de las entidades pertinentespara realizar dicha reparación.

POR TANTO

Con a base a las facultades y consideraciones antes expuestas,

ACUERDA:

PRIMERO: adjudicar la Contratación Simplificada No. 04-DGI/2013, al oferente, Multiservicios Jirón & Cía. Ltda., hasta por la sumade U$ 20,815.00 (veinte mil ochocientos quince dólares netos), el tipode cambio a la fecha es de C$24.5648 por dólar para un total de C$511,316.31 (quinientos once mil trescientos dieciséis córdobas con 31/100), la entrega del servicio deberá ser en tres etapas de acuerdo a loofertado.

SEGUNDO: publíquese la presente Resolución en el Portal Único deContratación, y comuníquese a los oferentes participantes, sin perjuiciode su publicación en otro medio de difusión.

Dada en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mes de juniodel año dos mil trece.

(F) MARTÍN RIVAS RUIZ, DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Reg. 5730 – M. 162590 – Valor C$ 95.00

Managua, 20 de Febrero del 2013.

LicenciadoNOEL FRANCISCO ESCOTO CARREROPresente

Estimado Licenciado Escoto:

Para su conocimiento y demás efectos le transcribo Acuerdo No. 17del seis de febrero del año dos mil trece, que en su parte conducentedice;

ACUERDO No. 17

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACUERDA

Autorizar al Notario Licenciado NOEL FRANCISCO ESCOTOCARRERO, para Cartular en el quinquenio que inicia el día seis defebrero del año dos mil trece y finalizará el día cinco de febrero del añodos mil dieciocho; en virtud de cumplir con los requisitos de ley.Comuníquese y Publíquese.

Managua, seis de febrero del año dos mil trece.- YADIRA CENTENOG.- A. CUADRA L.- RAFAEL SOL. C.- I. ESCOBAR F.- L.M.A.-MANUEL MARTÍNEZ S.- J. MÉNDEZ.- ANT. ALEMAN L.- G.RIVERA Z.- Ante mí, RUBEN MONTENEGRO ESPINOZA.-Secretario.-

Atentamente,

(f) Rubén Montenegro Espinoza, Secretario Corte Suprema deJusticia.

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GOBIERNO REGIONAL AUTÓNOMOATLANTICO NORTE

Reg. 14249 - M. 203685 - Valor C$ 190.00

CONVOCATORIA

PARA LICITACION DE EJECUCION

DE PROYECTOS DE INVERSION PÚBLICA EN LA RAAN.DEL AÑO 2013

AVISO DE LICITACION No. 002-07-2013- GRAAN

PROYECTOS:

1. CONSTRUCCION DE 500ML ANDÉN PEATONAL EN LACOMUNIDAD DE YULO, MUNICIPIO DE PUERTO CABEZAS.

2. CONSTRUCCION DE 30ML PUENTE PEATONAL EN LACOMUNIDAD DE ASANG, MUNICIPIO DE PUERTO WASPAM.

3. CONSTRUCCION DE 58.17ML PUENTE PEATONAL EN LACOMUNIDAD DE SAN PABLO DE AZA, MUNICIPIO DE SIUNA.

4. CONSTRUCCION DE ATRACADERO EN LA COMUNIDADDE NINA YARI, SANDY BAY, MUNICIPIO PUERTO CABEZAS.

5. CONSTRUCCION DE OFICINA PARA LAS COMISIONESPERMANENTES DEL CRAAN, RAAN, MUNICIPIO PUERTOCABEZAS.

6. REHABILITACION DE ESCUELA MULTIGRADO EN LACOMUNIDAD DE BUM SIRPI, MUNICIPIO DE PUERTOCABEZAS.

7. REHABILITACION DE CASA MULTIUSO PARA LOSDISCAPACITADOS EN BILWI, MUNICIPIO PUERTOCABEZAS..

8. REHABILITACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE ENBONANZA, MUNICIPIO DE BONANZA.

1. El Gobierno Regional Autónomo Atlántico Norte, entidadadjudicadora, a través de la División de Adquisiciones, INVITA atodas aquellas personas naturales o jurídicas calificadas en nuestroPaís, con Licencia de Operación Vigente para la Ejecución de ObrasCiviles en General, emitida por el Ministerio de Transporte eInfraestructura e inscritos en el Registro Central de Proveedores delMinisterio de Hacienda y Crédito Público, interesados en presentarofertas selladas para la ejecución de los Proyecto antes descritas.

2. Estas obras son financiadas con fondos provenientes del Ministeriode Hacienda Crédito Público.

3. Los oferentes elegibles podrán obtener el documento completo enidioma español del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación enla caja general del Gobierno Regional Autónomo Atlántico Norte,Puerto Cabezas y Oficina de Enlace de ODACAN en Managua,ubicada del Busto José Martí 1cuadra arriba ½ al lago, los días Jueves25 y Viernes 26 de Julio del 2013, El valor del Documento Pliegode Bases y Condiciones es por la suma de C$ 500.00 (Quinientoscórdobas netos), no reembolsables.

4. La reunión de Homologación para la discusión del Pliego de Basesy condiciones y aclaración del mismo, se realizará el lunes 29 díaLunes 29 de julio 2013, a las 2:00 pm, en la oficina de la Secretariade Infraestructura del Gobierno Regional Autónomo Atlántico Norte.El plazo de ejecución de las obras está indicado en el Pliego de Basey Condiciones, partiendo de la fecha de entrega de sitio.

5. Las disposiciones contenidas en este Pliego de Bases y Condicionesde la Licitación tienen su base legal en la nueva Ley de Contrataciones,Decreto No. 75-2010 Ley No. 737 “Ley de ContratacionesAdministrativas del Sector Público y su Reglamento General a la Leyde Contrataciones.

6. La recepción y apertura de las ofertas se hará en dos sobressellados y entregados el día Miércoles 07 de Agosto del 2013, alas 10:30 AM. En la sala de conferencia del Gobierno RegionalAutónomo Atlántico Norte, Puerto Cabezas.

7. Las ofertas entregadas después de la hora estipulada no seránaceptadas.

8. Ningún oferente podrá retirar, modificar o corregir su oferta despuésque ésta haya sido presentada y abierta la oferta, sin ejecutar la garantíade oferta. (Arto. 87 inc. n) Reglamento a la Ley de ContratacionesAdministrativas del Sector Publico, Ley 737.

9. La oferta debe incluir una Garantía de Seriedad de Oferta por unmonto del dos por ciento (2%) del valor total de la oferta.

Dado en la ciudad de Bilwi Puerto Cabezas, a los 25 días del mes deJulio del año dos mil trece.

(F) LIC. EVELYN TAYLOR IRIAS, Coordinadora. Gobierno RegionalAutónomo Atlántico Norte.

UNIVERSIDADES

Reg. 14253 - M. 203596 - Valor C$ 190.00

ESCUELA INTERNACIONAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA DE RIVAS

EIAG

AVISO DE CONTRATACIÓN SIMPLIFICADA

El Director de la Escuela Internacional de Agricultura y Ganadería deRivas (EIAG), en uso de las facultades que le otorga el numeral 9 delartículo 21 de la Ley 89 “Ley de Autonomía de las Instituciones deEducación Superior”, y dando cumplimiento a lo dispuesto en elartículo 58, numeral 9 de la Ley 737 “Ley de ContratacionesAdministrativas del Sector Público” y el artículo 146 del Decreto N°75-2010 “Reglamento General a la Ley 737”, comunica a todos losinteresadas que se ha iniciado el proceso de contratación simplificadaN° 352013/2013 para los servicios de Consultoría “Construcción yValidación de Instrumentos para uso en el Proceso de AutoevaluaciónInstitucional”. Los interesados podrán obtener los términos dereferencia en el portal único de contrataciones(www.nicaraguacompra.gob.ni) y en la oficina de la Unidad deAdquisiciones de la EIAG.

Rivas, 22 de julio del año 2013.

(f) P. Carlos Irías Amaya, Director General EIAG.

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TITULOS PROFESIONALES

Reg. 12353 – M. 196309 - Valor C$ 190.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Secretario General de la Universidad Nacional Agraria,certifica el Acuerdo de la Incorporación Profesional de MARIACAROLINA VEGA JARQUIN en Nicaragua, adoptado por elRector mediante RESOLUCION Nº 043-2013 del veintisiete demayo del año dos mil trece que literalmente dice: “El Rector de laUniversidad Nacional Agraria, Ing. Telémaco Talavera Siles en usode la facultad que la Ley Nº.89. Ley de Autonomía de lasInstituciones de Educación Superior le confiere y teniendo a lavista el Acuerdo del Consejo Universitario Nº. 2305 Sesión Nº. 567del veintisiete de mayo 2013, en el que aprueba el dictamen emitidopor el Secretarío General , en consecuencia, aprueba laIncorporación Profesional como Maestra en Ciencias a MARIACAROLINA VEGA JARQUIN, de nacionalidad nicaragüense ydeclara legalmente válido e incorporado en Nicaragua el Título deBiotecnología en el Grado de Maestra en Ciencias, extendidopor Centro de Investigación y Estudios Avanzados del InstitutoPolitécnico Nacional, México D.F, el treinta y uno de marzo deldos mil uno. El Secretarío General extenderá certificación de lapresente Resolución para su debida inscripción en la Oficina deRegistro de la Universidad Nacional Agraria, para su ulteriorpublicación en La Gaceta, Diario Oficial a instancia y por cuentadel solicitante. Dado en Managua, República de Nicaragua a losveintisiete días del mes de mayo del año dos mil trece. Ing.Telémaco Talavera Siles. Rector (firma) y sello.”

Es conforme su original con el que debidamente cotejado, y el cualse encuentra registrado en el Libro de Resoluciones correspondientey para efectos de ley se le extiende la presente certificación en laciudad de Managua, República de Nicaragua a los tres días del mesde Junio del dos mil trece. (f) Ilegible. Ing. Alberto Sediles Jáen.

UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DEPARTAMENTODE REGISTRO, REGISTRADO EN EL LIBRO DERECONOCIMIENTO DE TITULOS PROFESIONALES DE LAU.N.A. Inscripción No. 144, Folio(s) 160, Tomo: I.

Managua, República de Nicaragua, 06 de Junio de 2013. Firma.Director

———————Reg. 12354- M.- 196275 - Valor C$ 145.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Coordinadora de Registro Académico de la UniversidadAmericana (UAM), CERTIFICA que en el Libro Registro deTítulos de Pregrado Tomo XXVI del Departamento de RegistroAcadémico rola con el Número 021 en el Folio 021 la inscripcióndel Título que íntegramente dice: “Número 021. Hay una foto enla parte superior derecha. La Suscrita Coordinadora de RegistroAcadémico de la Universidad Americana procede a inscribir elTítulo que literalmente dice: “Hay un Escudo de Nicaragua repujado.LA UNIVERSIDAD AMERICANA. Hay un logo de la UAM endorado. Considerando que:

SOLMA JANETHLA GOMEZ RAMIREZ, ha cumplido contodos los requisitos académicos del plan de estudio de su carreray en virtud de las potestades otorgadas por las leyes de laRepública de Nicaragua, por tanto le extiende el TÍTULO de

Ingeniera Industrial , para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, Nicaragua, al primer día del mesde diciembre del año dos mil doce. Firma Ilegible. Doctor ErnestoMedina Sandino. Rector. Firma Ilegible. Doctora Thelma SandovalSuazo. Secretaria General. Hay un sello seco de Rectoría impregnadoen una estampa dorada.

Registrado con el Número 021, Folio 021, Tomo XXVI del Librode Registro de Títulos. Managua, Nicaragua 01 de diciembre delaño 2012.” Es conforme con su original con el que fue debidamentecotejado. Managua, primero de diciembre del año dos mil doce.Firma ilegible. Licenciada Yanina Argüello Castillo. Coordinadorade Registro Académico.”

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, primero de diciembre del año dos mil doce. (f) LicenciadaYanina Argüello Castillo. Coordinadora de Registro Académico.

————————Reg. 12451 – M. 1887991 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Nacional de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el Nº 447, Página 009,Tomo I-2011, Libro de Registro de Títulos de la Universidad,correspondiente a la Facultad de Ciencias de la Economía, y queesta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA. POR CUANTO:

SCARLETH PAMELA MONTANO DAVILA , natural deChinandega, Departamento de Chinandega, República de Nicaragua,ha cumplido con todos los requisitos académicos del plan deestudio de su carrera y las pruebas establecidas en las disposicionesvigentes. POR TANTO se le extiende el Título de: Licenciada enContabilidad Pública y Finanzas, para que goce de los derechosy prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua a losdieciséis días del mes de abril del año dos mil trece. Rectora de laUniversidad: Dra. Olga Soza Bravo. Secretaria General: Lic. OlgaAsunción Meza Soza. Jefe Nacional de Carrera: Lic. Aracely delCarmen Herrrera Cruz (f) Ing. Manuel López Miranda. Directorde Registro Nacional. UPONIC.

————————Reg. 12452 – M. 1887999 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Nacional de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el Nº 457, Página 009,Tomo I-2011, Libro de Registro de Títulos de la Universidad,correspondiente a la Facultad de Ciencias de la Economía, y queesta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA. POR CUANTO:

YADIRA DEL CARMEN SALAZAR MUNGUIA, natural deChinandega, Departamento de Chinandega, República de Nicaragua,ha cumplido con todos los requisitos académicos del plan deestudio de su carrera y las pruebas establecidas en las disposicionesvigentes. POR TANTO se le extiende el Título de: Licenciada enContabilidad Pública y Finanzas, para que goce de los derechosy prerrogativas que las leyes y reglamentos del país le conceden.

Page 15: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 137 del 24 de ...la gaceta - diario oficial 5985 24-07-13 137 ministerio de relaciones exteriores reg. 13827 - m. 202514 - valor c$ 1,140.00

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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24-07-13 137

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua a losdieciséis días del mes de abril del año dos mil trece. Rectora de laUniversidad: Dra. Olga Soza Bravo. Secretaria General: Lic. OlgaAsunción Meza Soza. Jefe Nacional de Carrera: Lic. Aracely delCarmen Herrrera Cruz (f) Ing. Manuel López Miranda. Directorde Registro Nacional. UPONIC.

————————Reg. 12453 – M. 1887987 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director, de Registro Nacional de la UniversidadPopular de Nicaragua: Certifica que bajo el Nº 461, Página 009,Tomo I-2011, Libro de Registro de Títulos de la Universidad,correspondiente a la Facultad de Ciencias de la Economía, y queesta instancia lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:UNIVERSIDAD POPULAR DE NICARAGUA. POR CUANTO:

GLENDIS MARIELA VARELA ESPINALES, natural de SantoTomas del Norte, Departamento de Chinandega, República deNicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicos delplan de estudio de su carrera y las pruebas establecidas en lasdisposiciones vigentes. POR TANTO se le extiende el Título de:Licenciada en Contabilidad Pública y Finanzas, para que gocede los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos delpaís le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua a losdieciséis días del mes de abril del año dos mil trece. Rectora de laUniversidad: Dra. Olga Soza Bravo. Secretaria General: Lic. OlgaAsunción Meza Soza. Jefe Nacional de Carrera: Lic. Aracely delCarmen Herrrera Cruz (f) Ing. Manuel López Miranda. Directorde Registro Nacional. UPONIC.

————————Reg. 12454 – M. 196680 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro Académico de la UniversidadMartín Lutero (UML), Certifica que bajo Folio: 81; Número:1407; Tomo: I, del Libro de Registro de Títulos que lleva estedespacho, se encuentra inscrito el Título que integra y literalmentedice: La Universidad Martín Lutero. POR CUANTO:

ALBA YAMILETH VELASQUEZ RUGAMA, Natural de Estelí,Departamento de Estelí República de Nicaragua, ha cumplido contodos los requisitos académicos del plan de Estudios de su carreray las normativas establecidas en las disposiciones vigentes. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciada en ContaduríaPublica y Auditoria, para que goce de los derechos y prerrogativasque las leyes y reglamentos del país les conceden.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 01dias del mes de noviembre del año 2011. (F) Ilegible Director deRegistro Académico; (F) Ilegible Rector; (F) Ilegible SecretarioGeneral.

Es conforme, jueves, 17 de noviembre de 2011. Ante Mi, (f) Lic.Adilia Calero Áreas Departamento de Registro Académico. (f)Msc. Erick Pérez Chavarría, Secretaría General.

————————Reg. 12455 – M. 29643 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de Registro Académico de la UniversidadMartín Lutero (UML), Certifica que bajo Folio: 38; Número: 374;Tomo: I, del Libro de Registro de Títulos que lleva este despacho,se encuentra inscrito el Título que integra y literalmente dice: LaUniversidad Martín Lutero. POR CUANTO:

DAVID EXEQUIEL GOMEZ ACUÑA, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del plan de Estudios de su carrera y lasnormativas establecidas en las disposiciones vigentes. PORTANTO: Le extiende el Título de Ingeniero en GerenciaAgropecuaria, para que goce de los derechos y prerrogativas quelas leyes y reglamentos del país les conceden.

Dado en la Ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 3días del mes de diciembre del año 2009. (F) Ilegible Director deRegistro Académico; (F) Ilegible Secretario General.

Es conforme, lunes, 18 de enero de 2010. Ante Mi, Lic. Erick PérezChavarría, Departamento de Registro Académico. (F) IlegibleRector; (f) Ilegible Secretario General. (f) Ilegible Director deRegistro Académico.

———————————Reg. 12456 – M. 29645 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León,Certifica que a la Página 420, Tomo XII del Libro de Registro deTítulos de la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidadesque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:“La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

ANA CECILIA MARTINEZ, ha cumplido con todos los requisitosestablecidos por la Facultad de Ciencias de la Educación yHumanidades. POR TANTO le extiende el Título de Licenciadaen Ciencias de la Educación mención Psicopedagogía, paraque goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se leconceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los cuatrodías del mes de marzo del dos mil trece. El Rector de la Universidad,O.Gue. El Secretario General, Sonia Ruiz S.”

Es conforme. León, 4 de marzo de 2013. Lic. Teresa Rivas Pineda,Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

———————————Reg. 12457 – M. 196603 – Valor C$ 190.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León,Certifica que a la Página 494, Tomo IX del Libro de Registro deTítulos de la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidadesque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:“La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

ESTHER DANELIA REAL SILVA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias de la Educacióny Humanidades. POR TANTO le extiende el Título de Licenciadaen Trabajo Social, para que goce de los derechos y prerrogativasque legalmente se le conceden.

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

5999

24-07-13 137

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los trece díasdel mes de julio del dos mil doce. El Rector de la Universidad, Rog.Gurdian. El Secretario General, Sonia Ruiz S.”

Es conforme. León, 13 de julio de 2011. Lic. Teresa Rivas Pineda,Director de Registro, UNAN-LEÓN.

————————CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 253, Tomo II, del Libro de Registro del Título de laFacultad Ciencias e Ingeniería, que ésta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

ESTHER DANELIA REAL SILVA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias e IngenieríaPOR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en QuímicaFarmacéutica, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los docedías del mes de junio del dos mil trece. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime LópezLowery”.

Es conforme, Managua, 12 de junio del 2013. (f) César RodríguezLara, Director.

———————————Reg. 12458 – M. 196838 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León,Certifica que a la Página 291, Tomo XIII del Libro de Registro deTítulos de la Facultad de Ciencias Medica que esta Oficina llevaa su cargo, se inscribió el Título que dice: “La UniversidadNacional Autónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

KARLA MARCELA LOAISIGA GARCIA, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de CienciasMedicas. POR TANTO le extiende el Título de Licenciada enPsicología, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintidósdías del mes de abril del dos mil trece. El Rector de la Universidad,O.Gue.. El Secretario General, Sonia Ruiz S.”

Es conforme. León, 22 de abril de 2013. Lic. Teresa Rivas Pineda,Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

———————————Reg. 12459 – M. 196673 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León,Certifica que a la Página 101, Tomo XIII del Libro de Registro deTítulos de la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidadesque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:“La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

CARMENZA ZUNIGA CANALES, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias de la Educacióny Humanidades. POR TANTO le extiende el Título de Licenciadaen Ciencias de la Educación mención Educación Primaria,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se leconceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintedías del mes de mayo del dos mil trece. El Rector de la Universidad,O.Gue. El Secretario General, Sonia Ruiz S.”

Es conforme. León, 20 de mayo de 2013. Lic. Teresa Rivas Pineda,Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

———————————Reg. 12460 – M. 196673 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León,Certifica que a la Página 10, Tomo XII del Libro de Registro deTítulos de la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidadesque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:“La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

NOHEMI JEANETH RODRIGUEZ DAVILA, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias de laEducación y Humanidades. POR TANTO le extiende el Título deProfesora de Educación Media mención Ciencias Naturales,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se leconceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los doce díasdel mes de septiembre del dos mil doce. El Rector de la Universidad,Rog. Guardián.. El Secretario General, Sonia Ruiz S.”

Es conforme. León, 12 de septiembre de 2012. Lic. Teresa RivasPineda, Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

———————————Reg. 12461 – M. 196673 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León,Certifica que a la Página 38, Tomo XIII del Libro de Registro deTítulos de la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidadesque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:“La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

WISTON GUILLERMO LOPEZ LOPEZ ZUNIGA, ha cumplidocon todos los requisitos establecidos por la Facultad de Cienciasde la Educación y Humanidades. POR TANTO le extiende elTítulo de Licenciado en Comunicación Social, para que goce delos derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintidósdías del mes de abril del dos mil trece. El Rector de la Universidad,O.Gue.. El Secretario General, Sonia Ruiz S.”

Es conforme. León, 22 de abril de 2013. Lic. Teresa Rivas Pineda,Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

———————————Reg. 12462 – M. 196673 – Valor C$ 95.00

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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24-07-13 137

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN-León,Certifica que a la Página 102, Tomo XIII del Libro de Registro deTítulos de la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidadesque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:“La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

ESMARIA DEL SOCORRO ZUNIGA CANALES, ha cumplidocon todos los requisitos establecidos por la Facultad de Cienciasde la Educación y Humanidades. POR TANTO le extiende elTítulo de Licenciada en Ciencias de la Educación menciónEducación Primaria, para que goce de los derechos y prerrogativasque legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintedías del mes de mayo del dos mil trece. El Rector de la Universidad,O.Gue.. El Secretario General, Sonia Ruiz S.”

Es conforme. León, 20 de mayo de 2013. Lic. Teresa Rivas Pineda,Directora de Registro, UNAN-LEÓN.

————————Reg.12463 – M. 196555 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director Adjunto de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 244, Tomo XI, del Libro de Registro del Título de laFacultad Ciencias Económicas, que ésta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

JULIO MAX DIAZ RODRIGUEZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias EconómicasPOR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciado en ContaduríaPública y Finanzas, para que goce de los derechos y prerrogativasque legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losveinte días del mes de febrero del dos mil trece. El Rector de laUniversidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, JaimeLópez Lowery”.

Es conforme, Managua, 20 de abril del 2013. (f) Director Adjunto.————————

Reg. 12464 – M. 29652 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro de la UNAN,certifica que a la Página 97, Tomo II, del Libro de Registro deTítulo de la Facultad de Regional Multidisciplinaria de Estelí, queésta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LaUniversidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

ALMA IRIS CALDERON OLIVAS, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad Regional Multidisciplinariade Estelí. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada enCiencias de la Computación, para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los docedías del mes de julio del dos mil once. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime LópezLowery”.

Es conforme, Managua, 12 de julio del 2011. (f) Directora.————————

Reg.12465 – M. 196688 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 251, Tomo II, del Libro de Registro del Título de laFacultad Ciencias e Ingeniería, que ésta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

DOMINGA JOSE ÑAMENDI MARTINEZ, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias eIngeniería POR TANTO: Le extiende el Título de: IngenieroElectrónico, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a loscuatro días del mes de junio del dos mil trece. El Rector de laUniversidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, JaimeLópez Lowery”.

Es conforme, Managua, 4 de junio del 2013. (f) Director.————————

Reg.12466 – M. 194715 – Valor C$ 190.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 289, Tomo IV, del Libro de Registro del Título de laFacultad Educación e Idiomas, que ésta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

VANESSA MARGARITA RUIZ RIVERA, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Educación e IdiomasPOR TANTO: Le extiende el Título de: Profesora de EducaciónMedia con mención en Lengua y Literatura Hispánica, paraque goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los dosdías del mes de octubre del dos mil doce. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime LópezLowery”.

Es conforme, Managua, 2 de octubre del 2012. (f) Directora.————————CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 13, Tomo V, del Libro de Registro del Título de laFacultad Educación e Idiomas, que ésta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

Page 18: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 137 del 24 de ...la gaceta - diario oficial 5985 24-07-13 137 ministerio de relaciones exteriores reg. 13827 - m. 202514 - valor c$ 1,140.00

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

6001

24-07-13 137

VANESSA MARGARITA RUIZ RIVERA, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Educación e IdiomasPOR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en Cienciasde la Educación con mención en Lengua y LiteraturaHispánicas, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losveinticuatro días del mes de junio del dos mil trece. El Rector dela Universidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General,Jaime López Lowery”.

Es conforme, Managua, 24 de junio del 2013. (f) Cesar RodríguezLara, Director.

————————Reg.12467 – M. 196707 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 366, Tomo III, del Libro de Registro del Título de laFacultad Regional Multidisciplinaria de Matagalpa, que éstaDirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LaUniversidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

HAZEL FRANCISCA ARAUZ ROMERO, ha cumplido con todoslos requisi tos establecidos por la Facultad de RegionalMultidisciplinaria de Matagalpa POR TANTO: Le extiende elTítulo de: Ingeniera Industrial y de Sistemas, para que goce delos derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los docedías del mes de junio del dos mil trece. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime LópezLowery”.

Es conforme, Managua, 12 de junio del 2013. (f) Cesar RodríguezLara, Director.

————————Reg.12468 – M. 196704 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 366, Tomo III, del Libro de Registro del Título de laFacultad Regional Multidisciplinaria de Matagalpa, que éstaDirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LaUniversidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

PERLA CAROLINA CASTILLO GUTIERREZ, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de RegionalMultidisciplinaria de Matagalpa POR TANTO: Le extiende elTítulo de: Ingeniera Industrial y de Sistemas, para que goce delos derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los docedías del mes de junio del dos mil trece. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime LópezLowery”.

Es conforme, Managua, 12 de junio del 2013. (f) Cesar RodríguezLara, Director.

————————Reg.12469 – M. 196702 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 365, Tomo III, del Libro de Registro del Título de laFacultad Regional Multidisciplinaria de Matagalpa, que éstaDirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LaUniversidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

LISBETH ISAYANA MIRANDA CHAVARRIA, ha cumplidocon todos los requisitos establecidos por la Facultad de RegionalMultidisciplinaria de Matagalpa POR TANTO: Le extiende elTítulo de: Ingeniera Industrial y de Sistemas, para que goce delos derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los docedías del mes de junio del dos mil trece. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime LópezLowery”.

Es conforme, Managua, 12 de junio del 2013. (f) Cesar RodríguezLara, Director.

————————Reg.12470 – M. 196699 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 365, Tomo III, del Libro de Registro del Título de laFacultad Regional Multidisciplinaria de Matagalpa, que éstaDirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LaUniversidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

ENMA LISETH ARAUZ HERRERA, ha cumplido con todos losrequ i s i tos es tab lec idos por l a Facu l t ad de Reg iona lMultidisciplinaria de Matagalpa POR TANTO: Le extiende elTítulo de: Ingeniera Industrial y de Sistemas, para que goce delos derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los docedías del mes de junio del dos mil trece. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime LópezLowery”.

Es conforme, Managua, 12 de junio del 2013. (f) Cesar RodríguezLara, Director.

————————Reg.12471 – M. 196787 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 253, Tomo III, del Libro de Registro del Título de laFacultad Regional Multidisciplinaria de Matagalpa, que éstaDirección lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “LaUniversidad Nacional Autónoma de Nicaragua - PORCUANTO:

Page 19: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 137 del 24 de ...la gaceta - diario oficial 5985 24-07-13 137 ministerio de relaciones exteriores reg. 13827 - m. 202514 - valor c$ 1,140.00

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

6002

24-07-13 137

MAGDIELL SARAI FLORES ARRIETA, ha cumplido con todoslos requisi tos establecidos por la Facultad de RegionalMultidisciplinaria de Matagalpa POR TANTO: Le extiende elTítulo de: Enfermera Profesional, para que goce de los derechosy prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losveinticuatro días del mes de agosto del dos mil doce. El Rector dela Universidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General,Jaime López Lowery”.

Es conforme, Managua, 24 de agosto del 2012. (f) Directora.————————

Reg.12472 – M. 196811 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 26, Tomo IV, del Libro de Registro del Título delInstituto Politécnico de la Salud, que ésta Dirección lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

MARIA ELENA ZAPATA RAMIREZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por el Instituto Politécnico de la SaludPOR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciada en BioanálisisClínico, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losveinticuatro días del mes de junio del dos mil trece. El Rector dela Universidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General,Jaime López Lowery”.

Es conforme, Managua, 24 de junio del 2013. (f) César RodríguezLara, Director.

————————Reg.12473 – M. 196808 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 14, Tomo IV, del Libro de Registro del Título delInstituto Politécnico de la Salud, que ésta Dirección lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

MARIA MERCEDES SARRIA RUEDA, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por el Instituto Politécnico de la SaludPOR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciado en BioanálisisClínico, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los docedías del mes de junio del dos mil trece. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime LópezLowery”.

Es conforme, Managua, 12 de junio del 2013. (f) César RodríguezLara, Director.

————————Reg.12474 – M. 196795 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 311, Tomo V, del Libro de Registro del Título de laFacultad Ciencias Medicas, que ésta Dirección lleva a su cargo, seinscribió el Título que dice: “La Universidad Nacional Autónomade Nicaragua - POR CUANTO:

EL DOCTOR ERICK DANIEL URIARTE BARRERA, hacumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad deCiencias Medicas POR TANTO: Le extiende el Título de:Especialista en Medicina Interna, para que goce de los derechosy prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a lostreinta días del mes abril del dos mil trece. El Rector de laUniversidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, JaimeLópez Lowery”.

Es conforme, Managua, 30 de abril del 2013. (f) Director.————————

Reg.12475 – M. 196804 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que ala Página 407, Tomo II, del Libro de Registro del Título de laFacultad Regional Multidisciplinaria de Estelí, que ésta Direcciónlleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “La UniversidadNacional Autónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

ZARAI GALEANO JIMENEZ, ha cumplido con todos losrequ i s i tos es tab lec idos por l a Facu l t ad de Reg iona lMultidisciplinaria de Estelí POR TANTO: Le extiende el Títulode: Profesora de Educación Media con mención en Biología,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trecedías del mes de mayo del dos mil trece. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime LópezLowery”.

Es conforme, Managua, 13 de mayo del 2013. (f) Director.————————

Reg.12476 – M. 196880 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director Adjunto de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a laPágina 452, Tomo IV, del Libro de Registro del Título de laFacultad Educación e Idiomas, que ésta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

YOLANDA TERESA TINOCO JALINA, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Educación e IdiomasPOR TANTO: Le extiende el Título de: Profesora de EducaciónMedia con mención En Ingles, para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le conceden.

Page 20: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 137 del 24 de ...la gaceta - diario oficial 5985 24-07-13 137 ministerio de relaciones exteriores reg. 13827 - m. 202514 - valor c$ 1,140.00

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

6003

24-07-13 137

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losdieciocho días del mes de abril del dos mil trece. El Rector de laUniversidad, Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, JaimeLópez Lowery”.

Es conforme, Managua, 18 de abril del 2013. (f) Director Adjunto.————————

Reg.12477 – M. 196806 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director Adjunto de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a laPágina 403, Tomo II, del Libro de Registro del Título de la FacultadRegional Multidisciplinaria de Estelí , que ésta Dirección lleva asu cargo, se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

FATIMA LISETH OLIVAS VILCHEZ, ha cumplido con todoslos requisi tos establecidos por la Facultad de RegionalMultidisciplinaria de Estelí POR TANTO: Le extiende el Títulode: Profesora de Educación Media con mención En Biología,para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se leconceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los trecedías del mes de mayo del dos mil trece. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime LópezLowery”.

Es conforme, Managua, 13 de mayo del 2013. (f) Director.————————

Reg.12478 – M. 196817 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director Adjunto de la Dirección de Registro AcadémicoEstudiantil y Estadística de la UNAN-Managua, certifica que a laPágina 402, Tomo IV, del Libro de Registro del Título de laFacultad Educación e Idiomas, que ésta Dirección lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: “La Universidad NacionalAutónoma de Nicaragua - POR CUANTO:

LEYDON JOSE MONGE CENTENO, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Educación e IdiomasPOR TANTO: Le extiende el Título de: Licenciado en Cienciasde la Educación con mención en Física, para que goce de losderechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los docedías del mes de marzo del dos mil trece. El Rector de la Universidad,Elmer Cisnero Moreira. El Secretario General, Jaime LópezLowery”.

Es conforme, Managua, 12 de marzo del 2013. (f) Director Adjunto.———————

Reg. 12479 – M. 1887888 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica deNicaragua, Certifica que en el Folio 218 Tomo XII Partida 10258del Libro de Registro de Títulos de Graduados que esta Direcciónlleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “La UniversidadPolitécnica de Nicaragua. Por cuanto:

HAZZEL NOELY GONZALEZ LOPEZ, natural de Somoto,Departamento de Madriz, República de Nicaragua, ha cumplidotodos los requis i tos ex ig idos por e l P lan de Es tudioscorrespondiente, así como las disposiciones pert inentesestablecidas por la Universidad Politécnica de Nicaragua. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciada en AdministraciónTurística y Hotelera, para que goce de los derechos y prerrogativasque la Ley le concede.

Dado en la ciudad de Managua, a los diecisiete días del mes demarzo del año dos mil trece”. El Rector de la Universidad: Ing.Emerson Pérez Sandoval. El Secretario General (ai): Msc. TomasHandel Téllez Ruiz. El Director de Registro: Lic. Laura Cantarero.

Es conforme. Managua, treinta días del mes de abril del año dos miltrece. (f) Lic. Laura Cantarero, Directora.

———————Reg. 12480 – M. 196621 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica deNicaragua, Certifica que en el Folio 268 Tomo XI Partida 8910 delLibro de Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección llevaa su cargo, se inscribió el Título que dice: “La UniversidadPolitécnica de Nicaragua. Por cuanto:

AYDA EMILIA LAZO URRUTIA, natural de La Trinidad,Departamento de Estelí, República de Nicaragua, ha cumplidotodos los requis i tos ex ig idos por e l P lan de Es tudioscorrespondiente, así como las disposiciones pert inentesestablecidas por la Universidad Politécnica de Nicaragua. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Banca yFinanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que laLey le concede.

Dado en la ciudad de Managua, a los diecinueve días del mes demarzo del año dos mil doce”. El Rector de la Universidad: Ing.Emerson Pérez Sandoval. El Secretario General: Dr. NorbertoHerrera Zúniga. El Director de Registro: Lic. Laura Cantarero.Es conforme. Managua, doce días del mes de abril del año dos mildoce. (f) Lic. Laura Cantarero, Directora.

———————Reg. 12481 – M. 196792 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica deNicaragua, Certifica que en el Folio 260 Tomo XI Partida 8886 delLibro de Registro de Títulos de Graduados que esta Dirección llevaa su cargo, se inscribió el Título que dice: “La UniversidadPolitécnica de Nicaragua. Por cuanto:

RITA HERNANDEZ VEGA, natural de Matiguas, Departamentode Matagalpa, República de Nicaragua, ha cumplido todos losrequisitos exigidos por el Plan de Estudios correspondiente, asícomo las disposiciones pertinentes establecidas por la UniversidadPolitécnica de Nicaragua. POR TANTO: Le extiende el Título deEnfermera Profesional, para que goce de los derechos yprerrogativas que la Ley le concede.

Dado en la ciudad de Managua, a los diecinueve días del mes demarzo del año dos mil doce”. El Rector de la Universidad: Ing.Emerson Pérez Sandoval. El Secretario General: Dr. NorbertoHerrera Zúniga. El Director de Registro: Lic. Laura Cantarero.

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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Es conforme. Managua, doce días del mes de abril del año dos mildoce. (f) Lic. Laura Cantarero, Directora.

———————Reg. 12482 – M. 29681 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Politécnica deNicaragua, Certifica que en el Folio 032 Tomo XII Partida 9702del Libro de Registro de Títulos de Graduados que esta Direcciónlleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: “La UniversidadPolitécnica de Nicaragua. Por cuanto:

GABRIELA YESSENIA ORTIZ HERNANDEZ, natural deManagua, Departamento de Managua, República de Nicaragua, hacumplido todos los requisitos exigidos por el Plan de Estudioscorrespondiente, así como las disposiciones pert inentesestablecidas por la Universidad Politécnica de Nicaragua. PORTANTO: Le extiende el Título de Licenciada en Administraciónde Empresas, para que goce de los derechos y prerrogativas quela Ley le concede.

Dado en la ciudad de Managua, a los diecisiete días del mes de enerodel año dos mil trece”. El Rector de la Universidad: Ing. EmersonPérez Sandoval. El Secretario General: Dr. Norberto HerreraZúniga. El Director de Registro: Lic. Laura Cantarero.

Es conforme. Managua, once días del mes de febrero del año dosmil trece. (f) Lic. Laura Cantarero, Directora.

————————————Reg. 12483 – M. 196595 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad delas Américas (ULAM), Certifica que Registrado bajo el No 4582Acta No. 27 Tomo X Libro de Registro de Títulos de Graduadosque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:La Universidad de las Américas. POR CUANTO:

OSMIN ANTONIO BERMUDEZ PARRALES, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de CienciasEconómicas y Administrativas. POR TANTO: Le extiende elpresente Título de Licenciada en Contabilidad Pública yAuditoria, para que goce de los derechos y prerrogativas que lasleyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 26dias del mes de mayo del 2013. Rector General: (F) Evenor EstradaG., Secretario General: (F) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua 26 de mayo del 2013. (f) Lic.Jolieth Castillo Ugarte, Dir. Registro y Control Académico.

—————————Reg. 12484 – M. 196611 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad delas Américas (ULAM), Certifica que Registrado bajo el No 4568Acta No. 27 Tomo X Libro de Registro de Títulos de Graduadosque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:La Universidad de las Américas. POR CUANTO:

HELLEN ELLIETTE DAVILA GUTIERREZ, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de CienciasEconómicas y Administrativas. POR TANTO: Le extiende elpresente Título de Licenciada en Contabilidad Pública yAuditoria, para que goce de los derechos y prerrogativas que lasleyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 26dias del mes de mayo del 2013. Rector General: (F) Evenor EstradaG., Secretario General: (F) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua 26 de mayo del 2013. (f) Lic.Jolieth Castillo Ugarte, Dir. Registro y Control Académico.

——————————Reg. 12485 – M. 196675 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad delas Américas (ULAM), Certifica que Registrado bajo el No 4867Acta No. 27 Tomo X Libro de Registro de Títulos de Graduadosque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:La Universidad de las Américas. POR CUANTO:

FATIMA ARYERIS CERDA GARCIA, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Jurídicasy Sociales. POR TANTO: Le extiende el presente Título deLicenciada en Derecho, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 26dias del mes de mayo del 2013. Rector General: (F) Evenor EstradaG., Secretario General: (F) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua 26 de mayo del 2013. (f) Lic.Jolieth Castillo Ugarte, Dir. Registro y Control Académico.

———————————Reg. 12486 – M. 196591 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad delas Américas (ULAM), Certifica que Registrado bajo el No 4585Acta No. 27 Tomo X Libro de Registro de Títulos de Graduadosque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:La Universidad de las Américas. POR CUANTO:

MOISES ABRAHAM LOPEZ ZAPATA, ha cumplido con todoslos requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicasy Administrativas. POR TANTO: Le extiende el presente Títulode Licenciado en Contabilidad Pública y Auditoria, para quegoce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentosdel ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 26dias del mes de mayo del 2013. Rector General: (F) Evenor EstradaG., Secretario General: (F) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua 26 de mayo del 2013. (f) Lic.Jolieth Castillo Ugarte, Dir. Registro y Control Académico.

——————————Reg. 12487 – M. 196597 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

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La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad delas Américas (ULAM), Certifica que Registrado bajo el No 4787Acta No. 27 Tomo X Libro de Registro de Títulos de Graduadosque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:La Universidad de las Américas. POR CUANTO:

DAVID JOSUE BERMUDEZ LOPEZ, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Económicas yAdministrativas. POR TANTO: Le extiende el presente Título deLicenciado en Banca y Finanzas, para que goce de los derechosy prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 26dias del mes de mayo del 2013. Rector General: (F) Evenor EstradaG., Secretario General: (F) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua 26 de mayo del 2013. (f) Lic.Jolieth Castillo Ugarte, Dir. Registro y Control Académico.

———————————Reg. 12488 – M. 196597 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad delas Américas (ULAM), Certifica que Registrado bajo el No 4746Acta No. 27 Tomo X Libro de Registro de Títulos de Graduadosque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:La Universidad de las Américas. POR CUANTO:

JACARELY CAROLINA SILES CHAVARRIA, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de CienciasEconómicas y Administrativas. POR TANTO: Le extiende elpresente Título de Licenciada en Banca y Finanzas, para quegoce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentosdel ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 26dias del mes de mayo del 2013. Rector General: (F) Evenor EstradaG., Secretario General: (F) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua 26 de mayo del 2013. (f) Lic.Jolieth Castillo Ugarte, Dir. Registro y Control Académico.

———————————Reg. 12489 – M. 196597 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de Universidad delas Américas (ULAM), Certifica que Registrado bajo el No 4680Acta No. 27 Tomo X Libro de Registro de Títulos de Graduadosque esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:La Universidad de las Américas. POR CUANTO:

JESSICA GEOVANELIA SALASBLANCA GAITAN, hacumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad deCiencias Económicas y Administrativas. POR TANTO: Leextiende el presente Título de Licenciada en Banca y Finanzas,para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes yreglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los 26dias del mes de mayo del 2013. Rector General: (F) Evenor EstradaG., Secretario General: (F) Ariel Otero C.

Es conforme al original, Managua 26 de mayo del 2013. (f) Lic.Jolieth Castillo Ugarte, Dir. Registro y Control Académico.

———————————Reg. 12490 – M. 1887946 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional deIngeniería, certifica que bajo el N° 1112, Página 156 Tomo II delLibro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondientea la Facultad de Ciencias y Sistemas. Y que esta instancia lleva asu cargo, se inscribió el Título que dice: REPÚBLICA DENICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL. POR CUANTO:

KEYLIN MAYELA PINEDA RODRIGUEZ, natural de Jinotega,Departamento de Jinotega, República de Nicaragua, ha cumplidocon todos los requisitos académicos exigidos por la Facultad deCiencias y Sistemas, para obtener el grado correspondiente. PORTANTO: En virtud de lo prescrito en las disposiciones orgánicasy reglamentos universitarios vigentes le extiende el Título deIngeniero de Sistemas, para que goce de las prerrogativas que lasleyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losquince días del mes de marzo del año dos mil trece. Rector de laUniversidad, Ing. Aldo Urbina Villalta. Secretario General, Ing.Diego Muñoz Latino. Decano de la Facultad, Lic. Carlos SánchezHernández.

Es conforme, Managua, ocho de mayo de 2013. (f) Ing. MaríaMercedes García Bucardo. Directora de Registro UNI.

———————————Reg. 12491 – M. 196790 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional deIngeniería, certifica que bajo el N° 2559, Página 100 Tomo IV delLibro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondientea la Facultad de Tecnología de la Construccion. Y que estainstancia lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL. PORCUANTO:

MARILING ADANELI MAYORGA MANZANAREZ, natural deEl Rama, Región Autónoma del Atlántico Sur, República deNicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicosexigidos por la Facultad de Tecnología de la Construcción, paraobtener el grado correspondiente. POR TANTO: En virtud de loprescr i to en las disposiciones orgánicas y reglamentosuniversitarios vigentes le extiende el Título de Ingeniero Civil,para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos delramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losquince días del mes de marzo del año dos mil trece. Rector de laUniversidad, Ing. Aldo Urbina Villalta. Secretario General, Ing.Diego Muñoz Latino. Decano de la Facultad, Ing. Oscar GutiérrezSomarriba.

Es conforme, Managua, veinte de mayo del 2013. (f) Ing. MaríaMercedes García Bucardo. Directora de Registro UNI.

———————————Reg. 12492 – M. 196790 – Valor C$ 95.00

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CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional deIngeniería, certifica que bajo el N° 2561, Página 101 Tomo IV delLibro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondientea la Facultad de Tecnología de la Construcción. Y que estainstancia lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:REPÚBLICA DE NICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL. PORCUANTO:

GLORIA MARIA NAVARRO HERNANDEZ, natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplidocon todos los requisitos académicos exigidos por la Facultad deTecnología de la Cons t rucc ión , para obtener e l gradocorrespondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en lasdisposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes leextiende el Título de Ingeniero Civil, para que goce de lasprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losquince días del mes de marzo del año dos mil trece. Rector de laUniversidad, Ing. Aldo Urbina Villalta. Secretario General, Ing.Diego Muñoz Latino. Decano de la Facultad, Ing. Oscar GutiérrezSomarriba.

Es conforme, Managua, veinte de mayo del 2013. (f) Ing. MaríaMercedes García Bucardo. Directora de Registro UNI.

———————————Reg. 12493 – M. 196790 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional deIngeniería, certifica que bajo el N° 1167, Página 185 Tomo II delLibro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondientea la Facultad de Arquitectura. Y que esta instancia lleva a su cargo,se inscribió el Título que dice: REPÚBLICA DE NICARAGUA,AMÉRICA CENTRAL. POR CUANTO:

WILMER HERMOGENE PRADO ARAUZ, natural de NuevaGuinea, Región Autónoma del Atlántico Sur, República deNicaragua, ha cumplido con todos los requisitos académicosexigidos por la Facultad de Arquitectura, para obtener el gradocorrespondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en lasdisposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes leextiende el Título de Arquitecto, para que goce de las prerrogativasque las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losveinticinco días del mes de junio del año dos mil doce. Rector dela Universidad, Ing. Aldo Urbina Villalta. Secretario General, Ing.Diego Muñoz Latino. Decano de la Facultad, Arq. Luis AlbertoChávez Quintero.

Es conforme, Managua, catorce de agosto del 2012. (f) Ing. MaríaMercedes García Bucardo. Directora de Registro UNI.

———————————Reg. 12494 – M. 196658 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de Registro de la Universidad Nacional deIngeniería, certifica que bajo el N° 2866, Página 245 Tomo IV delLibro de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente

a la Facultad de Electrotecnia y Computación. Y que esta instancialleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: REPÚBLICA DENICARAGUA, AMÉRICA CENTRAL. POR CUANTO:

MARVIN ALFONSO PAREDES GUARDADO, natural deChinandega, Departamento de Chinandega, República de Nicaragua,ha cumplido con todos los requisitos académicos exigidos por laFacultad de Electrotecnia y Computación, para obtener el gradocorrespondiente. POR TANTO: En virtud de lo prescrito en lasdisposiciones orgánicas y reglamentos universitarios vigentes leextiende el Título de Ingeniero Eléctrico, para que goce de lasprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losdiecisiete días del es de enero del año dos mil doce. Rector de laUniversidad, Ing. Aldo Urbina Villalta. Secretario General, Ing.Diego Muñoz Latino. Decano de la Facultad, Ing. Ronald TorresTorres.

Es conforme, Managua, diecinueve de marzo del 2012. (f) Ing.María Mercedes García Bucardo. Directora de Registro UNI.

———————————Reg. 12495 M. 196777 – Valor C$ 95.00

El suscrito Director Interino de Registro Académico de Ave MaríaUniversity Latin American Campus, certifica que en el folio 008,tomo 001, partida 005 del libro de Registro de Títulos de Graduadosque esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Titulo en latíncuya traducción al español dice: UNIVERSIDAD AVE MARIACampus Latinoamericano Fe y Razón del Corazón de la Iglesia ElEsplendor de la Verdad A Todos los que lean este título Saludosen el Señor. Nosotros los oficiales de la universidad, con larecomendación del claustro de profesores y por la autoridaddepositada en nosotros por el Consejo Directivo, afirmamos que

ANGEL DAVID SALINAS SANDINO, ha cumplido con diligenciael curso prescrito de estudios y ha Completado debidamente todoel trabajo asociado con el mismo, por lo cual le hemos concedidoel titulo de Licenciatura en Administración de Empresas conÉnfasis en Finanzas con todos los honores, derechos y privilegiosque le corresponden a dicho título, de lo cual damos fe los que connuestros nombres hemos firmado este título el cual ha sidoratificado con el sello de la Universidad.

Otorgado en Managua, Nicaragua, a los veinticinco días del mes demayo del año dos mil trece de nuestro Señor. Decano de laFacultad: Michael Dauphinais Presidente: James Towey RectorHonorifico: Tom Monaghan, Rector: Mathew Anderson. (f) SilvioSalazar Director Interino de Registro Académico 20 de Junio del2013.

———————Reg. 12496 M. 196762 – Valor C$ 95.00

El suscrito Director Interino de Registro Académico de Ave MaríaUniversity Latin American Campus, certifica que en el folio 008,tomo 001, partida 013 del libro de Registro de Títulos de Graduadosque esta Dirección lleva a su cargo, se inscribió el Titulo en latíncuya traducción al español dice: UNIVERSIDAD AVE MARIACampus Latinoamericano Fe y Razón del Corazón de la Iglesia ElEsplendor de la Verdad A Todos los que lean este título Saludosen el Señor. Nosotros los oficiales de la universidad, con larecomendación del claustro de profesores y por la autoridaddepositada en nosotros por el Consejo Directivo, afirmamos que

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ISIS LUCIA FLETES VARGAS, ha cumplido con diligencia elcurso prescrito de estudios y ha Completado debidamente todo eltrabajo asociado con el mismo, por lo cual le hemos concedido eltitulo de Licenciatura en Administración de Empresas conÉnfasis en Negocios Internacionales y Alta Gerencia contodos los honores, derechos y privilegios que le corresponden adicho título, de lo cual damos fe los que con nuestros nombreshemos firmado este título el cual ha sido ratificado con el sello dela Universidad.

Otorgado en Managua, Nicaragua, a los veinticinco días del mes demayo del año dos mil trece de nuestro Señor. Decano de laFacultad: Michael Dauphinais Presidente: James Towey RectorHonorifico: Tom Monaghan, Rector: Mathew Anderson. (f) SilvioSalazar Director Interino de Registro Académico 25 de Junio del2013.

———————Reg. 12497 – M. 29678 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director del Departamento de Registro Académico dela Universidad “Jean Jacques Rousseau”, certifica que en el TomoI, Página 049, Línea 1153 del Libro de Registro de Títulos que estaoficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LaUniversidad Jean Jacques Rousseau - UNIJJAR - POR CUANTO:

REYNA ISABEL BENAVIDES MORENO, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de estudio de su carreray las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes de laFacultad de Ciencias Medicas. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Licenciada Química Farmacéutica, para que goce delos derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramole conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losdieciséis días del mes de junio del año dos mil trece. Rector-Presidente, Msc. Aníbal Lanuza R. Secretaria General, Msc. RuthAlvarado O.Conforme su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,16 de junio del año 2013. (f) Msc. Félix Pedro Cárcamo Meza,Director, Departamento Registro Académico.

——————————Reg. 12498 – M. 196814 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director del Departamento de Registro Académico dela Universidad “Jean Jacques Rousseau”, certifica que en el TomoI, Página 050, Línea 1174 del Libro de Registro de Títulos que estaoficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LaUniversidad Jean Jacques Rousseau - UNIJJAR - POR CUANTO:

KEYLA NINNETTE GUILLEN BALDIZON, ha cumplido contodos los requisitos académicos del Plan de estudio de su carreray las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes de laFacultad de Ciencias Medicas. POR TANTO: Le extiende elTítulo de Licenciada Química Farmacéutica, para que goce delos derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramole conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losdieciséis días del mes de junio del año dos mil trece. Rector-Presidente, Msc. Aníbal Lanuza R. Secretaria General, Msc. RuthAlvarado O.

Conforme su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,16 de junio del año 2013. (f) Msc. Félix Pedro Cárcamo Meza,Director, Departamento Registro Académico.

———————Reg. 12499 – M. 196765 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El suscrito Director del Departamento de Registro Académico dela Universidad “Jean Jacques Rousseau”, certifica que en el TomoI, Página 050, Línea 1172 del Libro de Registro de Títulos que estaoficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LaUniversidad Jean Jacques Rousseau - UNIJJAR - POR CUANTO:

LEIBNIS DE LOS ANGELES GONZALEZ SANDINO, hacumplido con todos los requisitos académicos del Plan de estudiode su carrera y las pruebas establecidas en las disposicionesvigentes de la Facultad de Ciencias Medicas. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada Química Farmacéutica, paraque goce de los derechos y prerrogativas que las leyes y reglamentosdel ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losdieciséis días del mes de junio del año dos mil trece. Rector-Presidente, Msc. Aníbal Lanuza R. Secretaria General, Msc. RuthAlvarado O.

Conforme su original con el que fue debidamente cotejado. Managua,16 de junio del año 2013. (f) Msc. Félix Pedro Cárcamo Meza,Director, Departamento Registro Académico.

—————————Reg. 12500 - M. 196638 - Valor C$ 95.00

CERTIFICACION

La Suscrita Directora de Registro y Control Académico de laUniversidad Rubén Darío, certifica: que bajo el numero de partida8 folio 3 tomo No. 1 del Libro de Registro de Títulos de Graduadosde la Universidad Rubén Darío, que esta Oficina lleva a su cargo,se inscribió el Titulo que dice: La Universidad Rubén Darío, PorCuanto:

ELVIS CONCEPCION FLORES VALLEJOS, Natural deTipitapa, Departamento de Managua, ha cumplido con todos losrequisitos académicos del plan de estudios de su carrera y laspruebas establecidas en las disposiciones vigentes, por tanto: Leextiende el Titulo de: Licenciado en Contabilidad Pública yFinanzas, para que goce de los derechos y prerrogativas que lasleyes y reglamentos le confieren.

Dado en la ciudad de Managua, Republica de Nicaragua, a losveinticinco días del mes de mayo del año dos mil doce. El Rectorde la Universidad: Maximiliano Muñoz Espinosa; SecretarioGeneral: Silvio Incer Espinosa.

En conforme, Managua, veinticinco de mayo del 2012. (f) Lic.Maura Santos Saballos, Directora de Registro y Control Académico.

———————Reg. 12501 – M. 196615 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de la UniversidadAutónoma de Chinandega (UACH), Certifica que a la PáginaTRESCIENTOS QUINCE, Tomo UNO del Libro de Registro de

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Títulos de la Facultad de Ciencias Administrativas y Contables,que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:“La Universidad Autónoma de Chinandega”. POR CUANTO:

VERONICA MERCEDES BENAVIDES RIOS, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de CienciasAdministrativas y Contables. POR TANTO: Le extiende el Títulode Licenciada en Administración de Empresas, para que gocede los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Chinandega, República de Nicaragua, a losveinticuatro días del mes de octubre del año dos mil doce. El Rectorde la Universidad, Álvaro Alberto Fajardo Salgado. El SecretarioGeneral, Manfredo Antonio Molina Rivas.

Es conforme. Chinandega, veinticuatro de octubre del año dos mildoce. (f) Lic. Reyna Isabel Ney Sánchez, Directora delDepartamento de Registro.

———————Reg. 12502 – M. 196615 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la Oficina de Registro de la UniversidadAutónoma de Chinandega (UACH), Certifica que a la PáginaTRESCIENTOS VEINTICINCO, Tomo UNO del Libro de Registrode Títulos de la Facultad de Ciencias Administrativas y Contables,que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:“La Universidad Autónoma de Chinandega”. POR CUANTO:

CARLA VANESSA MUNGUIA, ha cumplido con todos losrequisitos establecidos por la Facultad de Ciencias Administrativasy Contables. POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciadaen Administración de Empresas, para que goce de los derechosy prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Chinandega, República de Nicaragua, a losdiez días del mes de diciembre del año dos mil doce. El Rector dela Universidad, Álvaro Alberto Fajardo Salgado. El SecretarioGeneral, Manfredo Antonio Molina Rivas.

Es conforme. Chinandega, diez de diciembre del año dos mil doce.(f) Lic. Reyna Isabel Ney Sánchez, Directora del Departamento deRegistro.

——————Reg. 12503 – M. 19667 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Dirección de Registro y Control Académico de la UniversidadCatólica “Redemptoris Mater”, certifica que bajo el Número 331Página 166, Tomo I del Libro de Registro de Títulos que estaOficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice: LaUniversidad Católica “Redemptoris Mater”. POR CUANTO:

KATIA ITZAYANA MATAMOROS TORRES, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de CienciasJurídicas y Sociales, POR TANTO: le extiende el Título deLicenciada en Derecho. Para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, once díasdel mes de diciembre del dos mil doce. Presidente Fundador,Cardenal Miguel Obando Bravo. Rectora, Michelle Rivas Reyes.Secretario General, Héctor Antonio Cotte.

Conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, once del mes de diciembre de dos mil doce. (f) Carol M.Rivas Reyes, Dirección de Registro y Control Académico.

——————Reg. 12504 – M. 196677 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de BICU, Certificaque a la Página 761, Tomo III del Libro de Registro de Títulos dela Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, que esta Oficina llevaa su cargo, se inscribió el Título que dice: “La Bluefields Indian& Caribbean University”. POR CUANTO:

FREDY FERNANDO SUAREZ WILLIAMS, ha cumplido contodos los requisitos establecidos por la Facultad de CienciasJurídicas y Sociales. POR TANTO: Le extiende el Título deLicenciado en Derecho, para que goce de los derechos yprerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Bluefields, Región Autónoma del AtlánticoSur, República de Nicaragua, a los 14 dias del mes de diciembre delaño 2011. El Rector de la Universidad, Msc. Gustavo Castro Jo,el Secretario General, Msc. René Cassells Martínez, el Decano,Lic. Jose Diaz Lanuza.

Es conforme. Bluefields, 15 de diciembre del 2011. (f) Director deRegistro, BICU.

———————Reg. 12505 – M. 196871 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Responsable del Departamento de Registro de laU.N.A., certifica que bajo el Número 185, Página 93, Tomo II delLibro de Registro de Título, que este Departamento lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice:

COLLVERT ANTONIO MATAMOROS ACUÑA, Natural deSanta Teresa, Departamento de Carazo, República de Nicaragua,ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultadde Recursos Naturales y del Medio Ambiente. POR TANTO: Leextiende el Título de Ingeniero Agrónomo en la Orientación deSuelos y Agua, para que goce de los derechos y prerrogativas quelegalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los docedías del mes de mayo del año dos mil once. Rector de la Universidad,Francisco Telémaco Talavera Siles. Decano de la Facultad,Guillermo Ramón Castro Marin. Secretaria General, EstherCarballo Madrigal.

Es conforme con su original con el que fue debidamente cotejado.Managua, doce de mayo del año dos mil once. (f) Lic. DarlingDelgado Jirón, Responsable de Registro.

————————Reg. 12506 – M. 196757 – Valor C$ 95.00

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LA GACETA - DIARIO OFICIAL

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CERTIFICACIÓN

La Dirección General de Registro Académico Central de laUniversidad Nicaragüense de Estudios Humanísticos; (UNEH),Certifica que bajo el No Folio: 0539 Pagina 038, Tomo 001 delLibro de Registro de Títulos de la Universidad, y que esta instancialleva su cargo, que dice: “La Universidad Nicaragüense deEstudios Humanísticos” POR CUANTO:

MARIA AUXILIADORA FLORES ARROLIGA, Ha cumplidocon todos los requisitos de la MAESTRIA: Gestión y LegislaciónBancaria, coordinado por el Instituto Nicaragüense de EstudiosHumanísticos (INEH), adscrito a esta Universidad. POR TANTO:Le extiende el Título de Máster en Gestión y LegislaciónBancaria para que goce de los derechos y prerrogativas que lasleyes y reglamentos le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a losveintidós días del mes de marzo del dos mil trece. Firman Rector:,Fanor Avendaño, Secretario General: Ulises Avendaño Rodríguez.,Registro Académico Central: María Gabriela Álvarez Medina. (f)María Gabriela Álvarez Medina, Director de Registro AcadémicoCentral.

————————Reg. 12507 - M 196655. - Valor C$ 145.00

AVISO

La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua-León (UNAN-LEON), informa que ha solicitado la Reposición de Título deMaestría en Derecho Procesal; extendido por esta Universidadel día quince de febrero del año dos mil siete, a nombre de HILDAALICIA PAVON BARRANTES. Los interesados pueden oponersedentro del plazo de diez días a partir de esta publicación.

Dado en la ciudad de León, República de Nicaragua, a los veintiséisdías del mes de junio del año dos mil trece. Sonia Ruiz Sequeira,Secretaria General.

----------------------Reg. 12707 – M. 546239 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La (el) Suscrita (o) Director (a) de Dirección de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica: que bajodel Folio N°. 0025, Partida N°. 15085, Tomo N°. VIII, del Librode Registro de Títulos de Graduados en la UniversidadCentroamericana, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: LA UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA.POR CUANTO:

ALICE BELINDA ARGEÑAL RIVERA, Natural de Managua,Departamento de Managua, República de Nicaragua, ha cumplidocon todos los requisitos académicos del Plan de Estudios de suCarrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes.POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciada enAdministración de Empresas, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los nuevedías del mes de abril del año dos mil trece. El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz. El Secretario General, Vera

Amanda del Socorro Solís Reyes. El Decano de la Facultad,Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme, Managua, República de Nicaragua, nueve de abril delaño dos mil trece. Director (a).

——————Reg. 12708 – M. 652132 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La (el) Suscrita (o) Director (a) de Dirección de Registro y ControlAcadémico de la Universidad Centroamericana, certifica: que bajodel Folio N°. 0026, Partida N°. 15086, Tomo N°. VIII, del Librode Registro de Títulos de Graduados en la UniversidadCentroamericana, que esta Dirección lleva a su cargo, se inscribióel Título que dice: LA UNIVERSIDAD CENTROAMERICANA.POR CUANTO:

EDUARDO ANDRES SOZA GONZALEZ, Natural de Masaya,Departamento de Masaya, República de Nicaragua, ha cumplidocon todos los requisitos académicos del Plan de Estudios de suCarrera y las pruebas establecidas en las disposiciones vigentes.POR TANTO: Le extiende el Título de Licenciado enAdministración de Empresas, para que goce de los derechos yprerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los a losnueve días del mes de abril del año dos mil trece. El Rector de laUniversidad, Mayra Luz Pérez Díaz. El Secretario General, VeraAmanda del Socorro Solís Reyes. El Decano de la Facultad,Guillermo Adolfo Bornemann Martínez.

Es conforme, Managua, República de Nicaragua, nueve de abril delaño dos mil trece. Director (a).

——————Reg. 12709 – M. 537267 – Valor C$ 95.00

CERTIFICACIÓN

La Suscrita Directora de la oficina de Registro de la UniversidadCentroamericana, certifica: que bajo el Folio N°. 0026 Partida N°.15087 Tomo Nº VIII, del Libro de Registro de Títulos de Graduadosen la Universidad Centroamericana, que esta Oficina lleva a sucargo, se inscribió el Título que dice: LA UNIVERSIDADCENTROAMERICANA. POR CUANTO:

IRIS ALEXANDRA BERRIO REYES, Natural de Panamá,República de Panamá, ha cumplido con todos los requisitosacadémicos del Plan de Estudios de su carrera y las pruebasestablecidas en las disposiciones vigentes. POR TANTO: Leextiende el Título de Licenciada en Administración de Empresas,para que goce de los derechos y prerrogativas que las leyes yreglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los a losa los nueve días del mes de abril del año dos mil trece. El Rectorde la Universidad, Mayra Luz Pérez Díaz. El Secretario General,Vera Amanda del Socorro Solís Reyes. El Decano, GuillermoAdolfo Bornemann Martínez.

Es conforme, Managua, República de Nicaragua, nueve de abril delaño dos mil trece. Directora.

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SECCION JUDICIAL

Reg. 13831 M.202489 - Valor C$ 1,305.00

Hay sello del Juzgado Sexto Civil de Distrito de Managua.CERTIFICACIÓN. Yo, ZORAYDA SANCHEZ PADILLA, Juezadel Juzgado Sexto Distrito Civil de la Circunscripción Managua,Certifico la Sentencia No. 109 y fue debidamente copiada enel libro copiados de sentencias del dos mil trece, bajo los foliosNo. 88 al 90. Tomo II. Managua, tres de Junio del dos mil trece.Dictada dentro del juicio identificado con el número 003365-ORM4-2013-CV, que íntegra y literalmente dice: Juzgado SextoDistrito Civil de la Circunscripción Managua. Veintinuevede mayo de dos mil trece. Las una y cincuenta y seis minutosde la tarde. VISTOS RESULTAS. Por escrito presentado a lastres y catorce minutos de la tarde del cinco de Abril del dos miltrece el Licenciado ALLAN MANUEL VEGA DUARTE quien esMayor de edad, soltero, Abogado y de este domicilio comparecey expone: que es apoderado especial Judicial de los señoresClaudia del Socorro Espinoza Altamirano, Carlos Orlando EspinozaAltamirano, Rosa María Espinoza Altamirano, Rosa MaríaAltamirano Montalván, Duilio A, Espinoza Altamirano y FedericoGuillermo Espinoza Altamirano, lo que demuestra con el respectivopoder y expresa que sus mandantes son accionistas de la sociedadHospital Metropolitano Sociedad Anónima, el señor DuilioEspinoza Altamirano conocido también como Duilio A,Espinoza Altamirano dueño del certificado de acciones númerodoscientos noventa conteniendo dos acciones comunes identificadascon los números de la diez mil sesenta y ocho a la diez mil sesentay nueve registradas en la página ochenta y ocho del Libro deRegistro de Acciones el día tres de Diciembre del año dos milcuatro. Carlos Orlando Espinoza Altamirano dueño delcertificado de acciones número doscientos sesenta y siete (No.267) emitido a su nombre por la sociedad Hospital Metropolitano,Sociedad Anónima (HOMETSA) conteniendo dos accionescomunes identificadas con los números diez mil sesenta y seis ydiez mil sesenta y siete (10,066 y 10,067) Registradas en la páginaochenta y cinco del Libro de Registro de Acciones el día Veintidósde septiembre del año dos mil cuatro. Rosa María AltamiranoMontalván conocida también como ROSEMARY ALTAMIRANODE ESPINOZA dueña del certificado de acciones numerotrescientos once emitido a su nombre por la sociedad HospitalMetropolitano, Sociedad Anónima (HOMETSA) conteniendodiez acciones comunes Identificadas con los números de la once milsetecientos setenta y tres a la once mil setecientos ochenta y dosregistrada en la pagina setenta y nueve del Libro de Registro deAcciones el día Veinticuatro de Agosto del dos mil cuatro, Claudiadel Socorro Espinoza Altamirano dueña del certificado deacciones numero trescientos veintiuno emitido a su nombre porla sociedad Hospi tal Metropol i tano, Sociedad Anónima(HOMETSA) conteniendo dos acciones comunes identificadascon los números diez mil setenta y dos y diez mil setenta y tres( 10,072 y 10, 073) registradas en la página ochenta y seis del Librode Registro de Acciones el día veintidós de septiembre del año dosmil cuatro, ROSA MARÍA ESPINOZA ALTAMIRANO conocidatambién como ROSA MARÍA DE LOS SANTOS ESPINOZAALTAMIRANO dueña del certificado de acciones numerodoscientos noventa y uno emitido a su nombre por la sociedadHospital Metropolitano, Sociedad Anónima (HOMETSA),conteniendo dos acciones comunes identificadas con los númerosde la diez mil setenta a la diez mil setenta y uno (10,070/10,071)registradas en la página ochenta y siete del Libro de

Registro de Acciones el día veintidós de septiembre del año dos milcuatro, Federico Guillermo Espinoza Altamirano conocidotambién como Federico Guillermo Espinosa Altamirano dueñodel certificado de acciones numero doscientos noventa y tresemitido a su nombre por la sociedad Hospital Metropolitano,Sociedad Anónima (HOMETSA)conteniendo dos acciones comunesidentificadas con los números diez mil setenta y cuatro y diez milsetenta y cinco registradas en la página ochenta y seis del Librode Registro de acciones el día veinte de septiembre del año dos milcuatro, que todos los títulos juntos todos los tenían bajo suresguardo en casa de habitación la señora ROSEMARYALTAMIRANO MONTALVAN conocida también comoROSEMARY ALTAMIRANO DE ESPINOZA quien es la madredel resto de sus representados a quien involuntariamente se leextraviaron todos los referidos títulos sin hasta que el día de hoyhayan aparecido por lo que solicita la cancelación de los títulosantes referidos y la reposición de los mismos para que la sociedademisora Hospital Metropolitano, Sociedad Anónima emita nuevoscertificados con los mismos valores. Por auto esta Judicial le dala debida intervención de ley al Licenciado ALLAN MANUELVEGA DUARTE en el carácter solicitado y manda a oír a laSociedad denominada Hospital Metropolitano, Sociedad Anónima.Auto que fue debidamente notificado. Por escrito del actor adjuntacarga fiscal. Por escrito dela Licenciada DORYS ANAELIORDOÑEZ PRADO expresa que comparece en le carácter deApoderado General dela entidad Mercantil denominada HOSPITALMETROPOLITANO, SOCIEDAD ANÓNIMA lo que demuestracon el respectivo poder y solicita la información de los certificadosseñalados anteriormente se encuentra en las certificacionesextendidas por el secretario de la Junta Directiva de la sociedadHospital Metropolitano, Sociedad Anónima (HOMETSA) ysolicita se ordene la emisión de los duplicados de cada certificadospara salvaguardar de los intereses de los actores. Por auto estajudicial le da la debida intervención de ley a la Licenciada DORYSANAELI ORDOÑEZ PRADO y abre a prueba el presente juiciopor el termino legal de diez días. Auto que fue debidamentenotificado. Por escrito del actor solicita se le tengan como pruebaa su favor las certificaciones que adjunta de cada uno de susrepresentados en el que el Secretario de la Junta Directiva deHOMETSA da fe y hace constar que ha tenido a la vista el Librode Registro de Acciones y aparecen los mismos. Por auto estajudicial accede a lo solicitado y tiene las documentales a favor delactor todo con citación de la contraloría. No habiendo más queagregar. CONSIDERANDO. I.- Que Las presentes diligencias sehan tramitado conforme a procedimientos establecidos en nuestralegislación por lo que no existen nulidades que las partes pudieranalegar. II.- Que la solicitud de cancelación y reposición deaccionistas número doscientos noventa (290) a nombre del señorDUILIO ESPINOZA ALTAMIRANO conocido también comoDUILIO A, ESPINOZA ALTAMIRANO, Certificado de Accionesnumero doscientos sesenta y siete (267) a nombre del señorCARLOS ORLANDO ESPINOZA ALTAMIRANO Certificadode Acciones numero trescientos once (311) a nombre de la señoraROSA MARÍA ALTAMIRANO MONTALVAN conocidatambién como ROSEMARY ALTAMIRANO DE ESPINOSA,certificado de acciones numero trescientos veintiuno (321) anombre de CLAUDIA DEL SOCORRO ESPINOZAALTAMIRANO, certificado de acciones numero trescientosveintiuno (321), a nombre de ROSA MARÍA ESPINOZAALTAMIRANO conocida también como ROSA MARÍA DE LOSSANTOS ESPINOZA ALTAMIRANO, certificado de accionesnumero doscientos noventa y tres (293) emitido a nombre de

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FEDERICO GUILLERMO ESPINOZA ALTAMIRANOCONOCIDO TAMBIÉN COMO FEDERICO GUILLERMOESPINOSA ALTAMIRANO fueron solicitados conforme alprocedimiento establecido según el artículo 89, 90, 91 y 102 de Laley General de Títulos Valores. IV.- Que la Ley General de TítulosValores (L.G.T.V) en su artículo 89 establece: “ El poseedor quehaya sufrido el extravió, la sustracción o la destrucción del títuloa la orden, puede pedir su cancelación por medio de demandapresentada ante el juez del lugar donde deban cumplirse lasprestaciones o bien la reposición en su caso” …., y en le articulo91 se expresa: “ Realizadas las oportunas comprobaciones sobrela verdad de los hechos alegados y sobre el derecho del poseedor,si de las pruebas apartadas resultare cuando menos una presuncióngrave a favor de la solicitud, habida consideración de la calidad delreclamante, el juez, sin más trámite: Decreta la cancelación deltítulo”. De conformidad con el arto 102 de Que la Ley General deTítulos Valores, el titular o endosatarios del título extraviadopuede pedir su cancelación de conformidad con las normas relativas,siendo entendido que para el emisor el dueño del título es aquel queaparece legalmente inscrito en su registro, salvo prueba en contrario;que conforme el artículo 102 de la Que la Ley General de TítulosValores comprobada la verdad delos hechos y sobre el derechodel poseedor sobre los certificados antes descritos, esta autoridaddebe resolverse sin más trámites accediendo a lo pedido, máximeque la Representante del Hospital Metropolitano, SociedadAnónima DORYS ANAELI ORDOÑEZ PRADO confirmó lodicho por el actor( ver folio treinta y dos y treinta y tres), nohabiendo más que agregar, no me resta mas que dictar lo que enderecho corresponde. POR TANTO De conformidad a lo expuestoy considerando anteriores y arto 424, 436, 446 Pr; artos 89, 90,91 y 102 de La ley General de Títulos Valores; LA SUSCRITAJUEZ RESUELVE: I. Ha lugar a la solicitud de cancelación deReposición de los certificados números doscientos sesenta ysiete con dos Acciones emitidos en fecha veintidós de septiembredel dos mil cuatro a nombre del señor CARLOS ORLANDOESPINOZA ALTAMIRANO, certificado numero doscientosnoventa , emitido en fechas tres de Diciembre del dos mil cuatronombre del señor DUILIO A. ESPINOZA ALTAMIRANO,certificado numero doscientos noventa y tres con dos acciones,emitidos en fecha veintidós de septiembre del dos mil cuatro anombre de FEDERICO GUILLERMO ESPINOZAALTAMIRANO, certificado numero doscientos noventa y unocon dos acciones, emitidos en fecha veintidós de septiembre deldos mil cuatro a nombre de ROSA MARÍA DE LOS SANTOSESPINOZA ALTAMIRANO, certificado número trescientosveintiuno con dos acciones, emitidos en fecha veintidós deseptiembre del dos mil cuatro a nombre de CLAUDIA DELSOCORRO ESPINOZA ALTAMIRANO. II,- Repóngase yCancélese los Certificados anteriormente descritos a favor de losseñores CARLOS ORLANDO ESPINOZA ALTAMIRANO,FEDERICO GUILLERMO ESPINOZA ALTAMIRANO,MARÍA DE LOS SANTOS ESPINOZA ALTAMIRANO,DUILIO A. ESPINOZA ALTAMIRANO, ROSEMARYALTAMIRANO DE ESPINOZA Y CLAUDIA DEL SOCORROESPINOZA ALTAMIRANO emi t idos por e l Hosp i ta lMetropolitano, Sociedad Anónima por un certificado nuevo, delas misma clase y valor del que se cancela, a favor de los solicitantesseñores antes mencionados III Publíquese esta resolución por tresveces en el Diario Oficial con intervalos de siete días por lo menosentre cada publicación a cuenta del reclamante. CÓPIESE YNOTIFÍQUESE. (f) JUEZA, ILEGIBL. (F) SRIO, ILEGIBLE. Esconforme con su original con el cual fue debidamente cotejado y

a solicitud de parte interesada, se extiende la presente certificaciónen folios útiles. Managua, catorce de junio de dos mil trece. Hayfirma ilegible.

(f) JUEZA ZORAYDA SÁNCHEZ PADILLA. Juzgado SextoDistrito Civil de la Circunscripción Managua. Hay sello delJuzgado Sexto Civil de Distrito de Managua.

(f) Secretario.

BEJOCARE. 003365-ORM4-2012-CV.

---------------------Reg. 13963 – M. 1940984 – Valor C$ 285.00

La señora MAYRA JOHANA FLORES RODRIGUEZ, junto con suhermano de nombre PEDRO JOSE FLORES RODRIGUEZ, solicitan serdeclarados Herederos Universales sobre los bienes, derechos y accionesy correspondiéndole a la señora MAYRA EMILIA RODRIGUEZPADILLA, la cuarta conyugal, que al morir dejara su señor padre y esposorespectivamente de nombre PEDRO DE JESUS FLORES JIMENEZ,conocido socialmente como PEDRO DE JESÚS SFLORES JIMENEZ(Q.E.P.D); de conformidad con los art. 741 y 743 Pr tramítese la mismacon intervención del Representante de la Procuraduría Civil de Justicia.Interesados oponerse en el termino de ley.-

Dado en el Juzgado Décimo de Distrito Civil de la CircunscripciónManagua en la ciudad de Managua, a las ocho y cuenta y nueve minutosde la mañana del doce de julio de dos mil trece.

(F) JUEZA JEANNETTE MUÑOZ GUTIERREZ, Juzgado Décimo deDistrito Civil de la Circunscripción Managua.

(F) MAGIORDO Secretaria Judicial.

Asunto No. 005968-ORM4-2013-CV

3-3

—————————Reg. 6347 - M. 162551/202553 - Valor C$ 285.00

EDICTO

Tramítese nombramiento de Guardador ad litem para los demandadosseñores JAIME ALFONSO BOW LOPEZ, DILCIA HURTADOVANEGAS, ROGER JOSE CALERO HURTADO, HORTENSIAHURTADO VANEGAS, PATRICIA VANESSA CALEROHURTADO, AGUSTIN ALBERTO RIVAS VELASQUEZ, BLANCAROSA MARIN, VIUDA DE ROJAS, LUIS RIVAS VELASQUEZ,FRANKLIN ROJAS MARIN, MENA MARLENE REYES BRENES,CLAUDIA HIZEL LANUZA DIAZ, MERCEDES DIAZ OLIVAS,HAIDEE MERCEDES LANUZA, MARTHA AZUCENA GAITANconocida como MARTHA AZUCENA GAITAN NICARAGUA,HENRY CALIXTO ALEMAN ZAMORA, JEANNETTE MERLOSERRANO Y GLORIA ESPERANZA URBINA MARTINEZ, poredictos que se publicaran en un diario de circulación nacional. Managua,a las doce y treinta y cuatro minutos de la tarde del veinticuatro de octubrede dos mil doce. JUEZA PATRICIA BRENES ALVAREZ, JuzgadoSegundo Distrito Civil de la Circunscripción Managua. SecretariaIRRADIZA

ASUNTO: 001093-0402-2003CV.

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