gestion de vehiculos

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UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NÚCLEO “RAFAEL RANGEL” DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO ESTRATEGIAS PARA MEJORAR EL PROCESO DE RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, ECONÓMICA, INDUSTRIAL Y DE ÍNDOLE SIMILAR PARA LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ESCUQUE, ESTADO TRUJILLO Autora: Br. Rojas G. Jesymar E. C. I. Nº V-18.706.197 Tutor: Lcda. Valecillos Norelis Febrero, 2011

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estrategias de movilidad

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  • UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NCLEO RAFAEL RANGEL

    DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO

    ESTRATEGIAS PARA MEJORAR EL PROCESO DE RECAUDACIN DEL IMPUESTO SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, ECONMICA, INDUSTRIAL Y DE NDOLE SIMILAR PARA LA ALCALDA DEL

    MUNICIPIO ESCUQUE, ESTADO TRUJILLO

    Autora: Br. Rojas G. Jesymar E. C. I. N V-18.706.197 Tutor: Lcda. Valecillos Norelis

    Febrero, 2011

  • UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NCLEO RAFAEL RANGEL

    DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO

    ESTRATEGIAS PARA MEJORAR EL PROCESO DE RECAUDACIN DEL

    IMPUESTO SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, ECONMICA, INDUSTRIAL Y DE NDOLE SIMILAR PARA LA ALCALDA DEL

    MUNICIPIO ESCUQUE, ESTADO TRUJILLO

    Autora: Br. Rojas G. Jesymar E. C. I. N V-18.706.197 Tutor: Lcda. Valecillos Norelis

    TRABAJO ESPECIAL DE GRADO PRESENTADO ANTE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES COMO REQUISITO PARCIAL PARA OPTAR AL TITULO

    DE LICENCIADA EN CONTADURA PBLICA

    Febrero, 2011

  • ii

    AGRADECIMIENTO

    Al ms especial de todos, a Dios Todopoderoso, porque hiciste realidad

    este sueo, con tu ayuda y gua me diste la oportunidad de demostrarme que

    s se pueden alcanzar las metas.

    Al Ncleo Rafael Rangel por ser mi casa de estudio, por formarme

    como profesional y permitirme lo que hoy a nivel acadmico soy.

    A la profesora Norelis Valecillos, por su tutora, por brindarme todo su

    apoyo, sus conocimientos y estar siempre dispuesta a prestarme su

    colaboracin.

    A las profesoras: Yohana Mendoza, Miriam Gil y Yanceth Paredes, por

    su orientacin y ayuda desinteresada para que esta investigacin cumpliese

    con todos los requisitos exigidos.

    A la Alcalda del municipio Escuque, en especial al Departamento de

    Recaudacin, por todo el apoyo brindado en el momento que lo necesit.

    A mis compaeros de estudio por el aporte y ayuda prestada, a todas

    las personas que de una y otra manera aportaron un granito de arena en la

    construccin de este proyecto

    A todos gracias.

  • iii

    DEDICATORIA

    Hoy cuando he logrado una de mis metas ms importantes, dedico este

    triunfo: primeramente a Dios, por ser mi gua, mi protector, por darme la

    fuerza para seguir adelante y por haberme iluminado en el transcurso de la

    carrera y hacer posible la culminacin de la misma.

    A mis padres, Josefa Graterol y Jess Rojas, a ellos por haberme

    educado, cada uno con su forma, por cada una de sus enseanzas y por

    estar en todo momento siempre con palabras de aliento y de amor.

    A mi hermano Josu Rojas, por su apoyo incondicional, por su

    constante estmulo y estar presente en cada momento de mi vida.

    A mi esposo Oswaldo lvarez, por existir en mi vida, por siempre

    brindarme todo el apoyo y confianza, por acompaarme en los momentos

    importantes de mi vida.

    A todos aquellos que de alguna u otra manera me animaron a continuar

    y culminar este logro.

    Jesymar Rojas

  • iv

    NDICE GENERAL

    Pg. APROBACIN DEL TUTOR ........................................................................... ii DEDICATORIA ............................................................................................... iii AGRADECIMIENTO ....................................................................................... iv NDICE GENERAL .......................................................................................... v NDICE DE FIGURAS .................................................................... vivvvvvviiivii NDICE DE CUADROS ................................................................................... xi NDICE DE MATRICES DE DATOS .............................................................. iix RESUMEN ................................................................................................. .xi INTRODUCCIN ........................................................................................ .1

    CAPTULO I. EL PROBLEMA

    Planteamiento del Problema .................................................................. 4 Formulacin del Problema ...................................................................... 8 Sistematizacin del Problema ................................................................ 8 Objetivos de la Investigacin .................................................................. 9 Justificacin de la Investigacin ........................................................... 10 Delimitacin de la Investigacin ........................................................... 11

    CAPTULO II. MARCO TERICO

    Antecedentes de la Investigacin ......................................................... 12 Bases Tericas ..................................................................................... 15

    Actividad Tributaria ...................................................................... 16 Tributos ........................................................................................ 16 El Municipio .................................................................................. 18 Ingresos Municipales ................................................................... 20 Impuestos Municipales ................................................................. 21 Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar .......................................................................... 23 Recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar ................................... 26 Planeacin ................................................................................... 38 Estrategia ..................................................................................... 39 Marco General para Formular Estrategias ................................... 42 Alcalda del Municipio Escuque ................................................... 46 Direccin de Hacienda Pblica Municipal .................................... 49 Departamento de Recaudacin ................................................... 50

    Bases Legales ...................................................................................... 53 Definicin de Trminos Bsicos ........................................................... 57 Operacionalizacin de la Variable ........................................................ 60

  • v

    CAPTULO III: MARCO METODOLGICO

    Tipo y Diseo de Investigacin ............................................................. 61 Unidad de Anlisis ................................................................................ 62 Tcnicas e Instrumentos de Recoleccin de Datos ............................. 63 Validez del Instrumento ....................................................................... 64 Tcnica de Anlisis de Datos ............................................................... 64

    CAPTULO IV: ANLISIS E INTERPRETACIN DE LOS RESULTADOS

    Resultados obtenidos en cuanto al Primer Objetivo Especfico ........... 65 Resultados obtenidos en relacin al Segundo Objetivo Especfico ..... 82 Resultados en cuanto al Tercer Objetivo Especfico ............................ 84

    CAPTULO V: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

    Conclusiones ........................................................................................ 86 Recomendaciones ................................................................................ 90

    REFERENCIAS BIBLIOGRFICAS ............................................................ 93 ANEXOS Anexo 1. Cartas de Solicitud de Informacin ................................................ 97 Anexo 2. Estructura Organizativa de la Alcalda del Municipio Escuque .... 100 Anexo 3. Gacetas Municipales Relacionadas 102 Anexo 4. Planilla de Recaudacin de Impuestos Municipales .................... 107 Anexo 5. Planilla de Recaudacin de la Patente de Industria y Comercio .. 109 Anexo 6. Gua de Entrevista Aplicada ........................................................ 111 Anexo 7. Constancias de Validacin ........................................................... 122

  • vi

    NDICE DE FIGURAS

    FIGURA N Pg.1 Modelo General de la Administracin Estratgica 41

  • vii

    NDICE DE CUADROS CUADRO N Pg.

    1 Documentos que debe presentar el contribuyente para su registro

    29

    2 Cancelacin del Impuesto por parte del contribuyente 31 3 Formulacin e Implantacin de las Estrategias 41 4 Operacionalizacin de la Variable 60

  • viii

    NDICE DE MATRICES DE DATOS MATRIZ N Pg.

    1 Instrumento utilizado para el proceso de recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    65

    2 Departamento encargado de administrar el ingreso real relacionado con el Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    66

    3 Registro de los contribuyentes en relacin al Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    67

    4 Forma en que se lleva el Registro de los contribuyentes en relacin al Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar

    67

    5 Actualizacin del Registro de los contribuyentes en relacin al Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    68

    6 Frecuencia de actualizacin del Registro de los contribuyentes en relacin al Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    68

    7 El porqu de la actualizacin del Registro de los contribuyentes en relacin al Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    69

    8 Adecuacin del proceso actual aplicado para la recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    69

    9 Manuales especficos que indiquen la forma correcta de recaudar el Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    70

    10 Documentos son utilizados por el departamento de recaudacin para el pago del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    70

    11 Mtodo que utiliza el departamento de recaudacin para realizar el clculo del monto a cancelar el contribuyente por concepto del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    71

    12 Establecimiento de convenios para el pago del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    72

    13 Establecimiento del plazo de pago 73 14 Frecuencia de ejecucin de fiscalizaciones a los

    contribuyentes por parte de la alcalda 73

    15 Registro de visitas realizadas a los contribuyentes. 74 16 Capacitacin de los fiscales sobre normas de fiscalizacin. 74

  • ix

    17 Procedimiento aplicado para las fiscalizaciones. 75 18 Finalidad de la accin fiscalizador 76 19 Aplicacin de exoneraciones al Impuesto sobre la

    Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar

    77

    20 Actividades que conceden exoneraciones del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    77

    21 Bases del otorgamiento de rebajas al contribuyente 77 22 Aplicacin de sanciones a los contribuyentes 78 23 Sanciones aplicadas 78 24 Motivos por las cuales se aplica una sancin 79 25 Momento en el que se aplica la sancin 80 26 Registro de los contribuyentes morosos en relacin con el

    Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar

    80

    27 Reflejo de la deuda de los contribuyentes en los registros contables de la alcalda

    81

    28 La visita de fiscalizacin determinante en la imposicin inmediata de sanciones

    82

    29 Aplicacin de estrategias de cobranza 82 30 Recibimiento del municipio de la reinversin de beneficio

    obtenido en organizaciones sin fines de lucro 83

    31 Actividades contempladas en el artculo 211 de la Ley del Poder Pblico Municipal

    83

    32 Sujetos pasivos de acuerdo a la Ordenanza del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque

    84

    33 Anlisis FODA 85

  • x

    UNIVERSIDAD DE LOS ANDES NCLEO RAFAEL RANGEL

    DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES TRUJILLO, ESTADO TRUJILLO

    ESTRATEGIAS PARA MEJORAR EL PROCESO DE RECAUDACIN DEL IMPUESTO SOBRE LA ACTIVIDAD COMERCIAL, ECONMICA, INDUSTRIAL Y

    DE NDOLE SIMILAR PARA LA ALCALDA DEL MUNICIPIO ESCUQUE, ESTADO TRUJILLO

    Autora: Br. Rojas G. Jesymar E. Tutor: Lcda. Valecillos Norelis Ao: 2011

    RESUMEN

    Los procesos de recaudacin de impuestos municipales representan mayor relevancia e indiscutiblemente una herramienta para el aumento de los recursos presupuestarios en el pas, sin embargo, es lamentable observar y detectar graves fallas en estos mismos. Esta investigacin tuvo como objetivo primordial proponer estrategias para mejorar el proceso de recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar para la Alcalda del Municipio Escuque del estado Trujillo. La misma corresponde con los estudios de tipo proyectivo, con un diseo de campo; se tom como unidad de anlisis al Departamento de Hacienda Pblica Municipal de la Alcalda del Municipio Escuque; el cual cuenta con un (1) jefe del departamento de Recaudacin y un (1) asistente; a quienes se les aplic una gua de entrevista conformada por treinta y ocho (38) tems, cuya validez se determin mediante el juicio de tres (3) expertos. Los resultados permitieron concluir sin duda alguna, que existe la necesidad de contar con estrategias para el cumplimiento eficaz de los objetivos propuestos por parte de la Alcalda, para maximizar los escasos recursos asignados y presentar ante la comunidad una rendicin de cuentas necesaria para su acreditacin pblica. En este sentido, las estrategias estn destinadas a ayudar al personal adscrito al Departamento de Hacienda Pblica Municipal a coordinar las acciones, a fin de alcanzar los objetivos de registro, recaudacin, fiscalizacin y liquidacin del impuesto.

    Palabras claves: Estrategias, recaudacin, impuestos municipales.

  • 1

    INTRODUCCIN

    En un mundo en el que las empresas y sus beneficios tienen cada vez

    ms movilidad, los impuestos sobre el consumo constituyen una fuente de

    ingresos a la que pocos gobiernos pueden resistirse. Su aplicacin no

    depende de beneficios empresariales, ofrecen un flujo continuo de ingresos

    en lugar de grandes sumas de dinero recibidas en amplios intervalos de

    tiempo, y generalmente se recaudan con mucha ms rapidez que los

    impuestos sobre sociedades.

    Venezuela su primordial fuente de ingresos se ha derivado

    histricamente del petrleo e hidrocarburos y de la explotacin de las

    riquezas provenientes de recursos no renovables, no haba concedido real

    importancia al tema de la tributacin ya que la renta petrolera sustitua el

    esfuerzo que los ciudadanos deban aportar en la construccin de un pas, lo

    que se traduca en un escaso nivel de madurez tributaria. Hoy, y desde hace

    algunos aos, esa realidad ha cambiado en forma drstica, y la constatacin

    de que los recursos petroleros no son suficientes y adems voltiles, han

    hecho que el estado venezolano haya ideado un sistema tributario que

    permita disponer de una suma de medios capaces, para lograr la esencia del

    estado, que es satisfacer las necesidades colectivas de los ciudadanos.

    La administracin financiera de la Hacienda Pblica Municipal est

    conformada por los sistemas de bienes, planificacin, presupuesto, tesorera,

    contabilidad y tributario; de acuerdo a la Ley Orgnica del Poder Pblico

    Municipal (Art. 125). En la parte tributaria municipal se encuentran los

    impuestos municipales; dentro de los cuales existe el impuesto a las

    actividades econmicas (anteriormente denominado impuesto a la patente de

    industria y comercio), que constituye el pilar fundamental de esta

    investigacin. Este impuesto es de competencia municipal; por distribucin

    originaria de las competencias tributarias, grava las actividades industriales,

    comerciales, de servicios o de ndole similar que habitualmente lleva a cabo

  • 2

    el contribuyente en un determinado municipio; operando sobre los ingresos

    brutos obtenidos.

    Para la aplicacin de este impuesto resulta muy importante la aplicacin

    del principio de territorialidad y su vinculacin con la nocin de

    establecimiento permanente. El primero porque constituye un lmite espacial,

    garante de la distribucin competencial tipificada en la constitucin en la

    aplicacin del impuesto, siendo que son gravables nicamente aquellas

    actividades ocurridas de fuente territorial coincidente con la jurisdiccin del

    Municipio que pretende el ingreso tributario. Para ello, cobra especial

    trascendencia la nocin de establecimiento permanente, su definicin y

    alcance, como elemento de eficacia y eficiencia en la debida aplicacin del

    impuesto y como piedra angular en la armonizacin tributaria entre las

    diferentes potestades municipales que concurren en la realidad econmica

    de cada contribuyente.

    En vista de factores influyentes como la falta de una cartera actualizada

    de contribuyentes con el nmero clasificacin exacta, lo cual trae como

    consecuencia incumplimiento puesto que se deja de sancionar a los

    contribuyentes evasores, igualmente omisin de la cancelacin obligatoria de

    este impuesto por parte del contribuyente, inexistencia de una relacin

    recproca entre la carga tributaria y los servicios que estos generan, se hace

    relevante el hecho de proponer estrategias para el mejoramiento del proceso

    de recaudacin en la Alcalda del Municipio Escuque, con la finalidad de

    servir de instrumento eficaz para producir y contribuir a un cambio radical en

    el rea tributaria.

    En la bsqueda de este objetivo se estructur el trabajo de

    investigacin de la siguiente manera:

    Captulo I, Planteamiento del Problema: en l se reconoce el problema,

    se realiza un planteamiento y se formula la interrogante. Adems se

    establece la sistematizacin del problema, el objetivo general y los

  • 3

    especficos respectivamente, evidencindose tambin la justificacin y

    delimitacin de la investigacin.

    Seguidamente el Capitulo II, el cual enmarca una descripcin del marco

    terico, conformada por los antecedentes, bases tericas y legales,

    incluyendo de esta forma la operacionalizacin de variables que orienta los

    aspectos a estudiarse.

    El Captulo III, integrado por el marco metodolgico, en donde se detalla

    el esquema metodolgico desarrollado durante el proceso investigativo, en l

    se explica el tipo, diseo de investigacin, poblacin en estudio, tcnica e

    instrumentos de recoleccin de datos, validez y tratamiento para el anlisis

    de los datos.

    El Captulo IV, muestra el anlisis e interpretacin de los resultados

    obtenidos de la investigacin, por cada uno de los objetivos especficos, as

    como las estrategias formuladas.

    En el Captulo V, se establecen las conclusiones y recomendaciones

    fundamentadas en los resultados obtenidos con base a los objetivos

    especficos.

    Finalmente las referencias bibliogrficas, las cuales sirvieron de apoyo

    en el desarrollo de la investigacin, adems de los anexos pertinentes.

  • 4

    CAPTULO I

    EL PROBLEMA

    Planteamiento del Problema

    El sector pblico como rgano representante del gobierno nacional,

    tiene a su cargo la debida recaudacin tributaria, su preocupacin es lograr la

    incorporacin de los avances tecnolgicos y aplicar nuevos procedimientos

    administrativos que permitan lograr su eficacia, mejorando la capacidad de

    gestin para lograr un incremento de la gobernabilidad.

    Por esta razn, nace de manera indispensable para el Estado la

    exigencia de la recaudacin de impuestos, otorgndole un carcter

    obligatorio al mismo, debido a que tiene como finalidad lograr el bienestar

    colectivo, generando una mejor proteccin econmica as como elevando el

    nivel de vida del pas. Esto lo podemos evidenciar en la recaudacin total

    prevista para el ao 2010 que fue de 82,4 mil millones de bolvares, segn

    Cabello (2010) Superintendente del Servicio Nacional Integrado de

    Administracin Aduanera y Tributaria (SENIAT) que agrego: La entidad

    mantiene la efectividad de su gestin y una demostracin de ello es el

    cumplimiento de la meta anual dos meses antes de que culmine el ejercicio

    fiscal".

    Lo anterior indica que el sistema tributario venezolano, de cierta

    manera, est cumpliendo con sus funciones dentro de la economa nacional,

    para ello ejecuta un proceso de recaudacin de impuestos, el cual como

    parte integrante de la gestin del tributo, consiste en el ejercicio de la funcin

    administrativa conducente a la realizacin de los crditos tributarios a favor

    de cualquiera de las entidades pblicas descentralizadas, de competencia

    tributaria.

  • 5

    Dentro del sistema tributario venezolano, el proceso de recaudacin de

    impuestos se aplica en tres poderes: Nacional, Estadal y Municipal, teniendo

    cada uno competencia en diferentes tributos. Desde el punto de vista

    municipal, la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, le

    transfiere al municipio las responsabilidades necesarias para su

    funcionamiento financiero e institucional sobre la gestin de sus materias de

    competencias y creacin, recaudacin e inversin de sus ingresos; gozando

    de personalidad jurdica y autonoma en los lmites establecidos en el artculo

    168.

    Segn Mirabal (2006), la mayora de los municipios venezolanos

    centran su atencin, particularmente en el Impuesto a la Actividad Comercial,

    Econmica, Industrial y de ndole Similar, antes (Patente de Industria y

    Comercio), por el impacto financiero ejercido en las empresas. Aunado a

    esto Briceo (2002) expresa que es el generador de la mayor cuanta de

    ingresos a las entidades locales, aparte de gravar, a veces los nicos

    ingresos para los municipios, situacin sta que no ha cambiado hasta la

    fecha.

    De acuerdo a la Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal en su artculo

    207, el Impuesto a la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole

    Similar, tiene un perodo impositivo que coincide con el ao natural, donde

    los ingresos gravables son los percibidos en ese ao, sin perjuicio de que

    puedan ser establecidos mecanismos de declaracin anticipada sobre la

    base de los ingresos brutos percibidos en el ao anterior al gravado y sin

    perjuicio de que pueda ser exigido un mnimo tributable consistente en un

    impuesto fijo, en los casos en que as lo sealen las ordenanzas.

    En este sentido, el proceso de recaudacin del Impuesto sobre la

    Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar; est

    determinado esencialmente por cinco (5) aspectos: el registro de

    informacin del contribuyente, el convenio, plazo de pago, la accin

    fiscalizadora, las exenciones, exoneraciones, rebajas y por supuesto las

  • 6

    sanciones. La funcin de recaudacin debe tener en cuenta tanto la

    recepcin de informacin por parte del contribuyente, as como de las fechas

    de vencimiento del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica,

    Industrial y de ndole Similar. Tambin es importante prestarle la debida

    atencin a los formularios que se utilizan tanto para el pago de tributos como

    para las declaraciones juradas.

    Con base a la importancia que tiene el proceso de recaudacin del

    Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole

    Similar; se toma como contexto de investigacin a la Alcalda del Municipio

    Escuque, la cual es un ente gubernamental cuya actividad principal es

    satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad, teniendo como

    misin consolidarse como un Municipio justo y equitativo, que proporcione las

    condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y deberes

    constitucionales, mediante la prestacin oportuna de los bienes, obras y

    servicios en procura del mejoramiento del bienestar y la calidad de vida de

    los ciudadanos y ciudadanas.

    Aunado a esto, los ingresos tributarios obtenidos del Impuesto sobre la

    Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar; se estn

    viendo afectados por algunas circunstancias que limitan su proceso de

    recaudacin. De acuerdo a unas entrevistas informales a funcionarios de

    esta Alcalda, se detect que existe deficiencia en el sistema de recaudacin

    del Impuesto, debido a la omisin de la cancelacin obligatoria del impuesto

    por parte del contribuyente, a la inexistencia de una relacin recproca entre

    la carga tributaria y los servicios que stos generan a travs de los recursos

    que proporcionan dicho impuesto, igualmente a que no existe mucha

    preocupacin por desarrollar o potenciar esta importante rea, a travs de la

    cual se atraen los recursos necesarios para que puedan cumplir con sus

    fines y objetivos a favor de las comunidades.

    En el caso del Impuesto de Actividades Comercial, Econmica,

    Industrial y de ndole Similar, a pesar de la existencia de un Departamento de

  • 7

    recaudacin y fiscalizacin, presentan algunas inconsistencias que impiden

    la obtencin de los resultados, expresado de otra forma se presenta

    actualmente una desorganizacin en materia de recaudacin lo cual afecta

    de manera negativa al desarrollo del Municipio, ya que parte de los ingresos

    con que cuenta el mismo son provenientes de los impuestos municipales.

    La situacin antes descrita conduce a exponer que una de las causas

    es la existencia de un sistema de recaudacin de impuestos poco efectivo,

    as como tambin la falta de una cartera actualizada con el nmero, nombre

    y clasificacin exacta de los contribuyentes, puesto que se est dejando de

    sancionar a los contribuyentes evasores; otras de las cosas que imposibilitan

    proveer informacin oportuna, actualizada y confiable es que por lo general la

    informacin recabada es de forma manual para las actividades de

    recaudacin y fiscalizacin de impuestos.

    Esto puede traer como consecuencia la carencia de fuentes de

    informacin confiable sobre el monto de la evasin por parte de los

    contribuyentes, prdidas de documentacin, de datos y por ende no se llegue

    a cubrir los compromisos adquiridos con el colectivo obteniendo un proceso

    de recaudacin desfavorable, siendo notoria la inadecuada aplicacin de

    polticas gerenciales tendientes a crear una cultura tributaria en los

    contribuyentes del Municipio Escuque.

    En este orden de ideas, la Alcalda del Municipio Escuque, debera

    darle mayor importancia a la planificacin e implementacin de un plan

    estratgico de recaudacin tributaria, como una herramienta para mejorar su

    gestin y cumplir con las metas y objetivos establecidos para satisfacer las

    necesidades del municipio, y as podra incentivar a sus contribuyentes para

    que no evadan al pago de impuestos a las Actividades Econmicas creando

    conciencia tributaria.

    Por lo tanto, debe hacer uso de nuevas estrategias las cuales

    representarn cursos de accin general para el mejor empleo de los recursos

    y esfuerzos, a fin de lograr los objetivos de recaudacin propuestos. De esta

  • 8

    manera, fundamentadas en tres elementos esenciales las metas que deben

    alcanzarse, las polticas que limitan las acciones y los lmites establecidos;

    servirn a la Alcalda como un instrumento eficaz para producir y contribuir a

    un cambio radical en el rea tributaria.

    En efecto, las estrategias aplicadas para mejorar el proceso de

    recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial

    y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque del Estado Trujillo;

    deben seguir consecuentemente un marco de tres etapas para tomar

    decisiones; la etapa 1 de los insumos: resume la informacin bsica que se

    debe tener para formular estrategias, la etapa 2: llamada la etapa de la

    adecuacin, se concentra en generar estrategias alternativas viables,

    alineando factores internos y externos clave y la etapa 3: llamada la etapa de

    la decisin, incluye una sola tcnica, la matriz cuantitativa de la planificacin

    estratgica, usa la informacin obtenida en la etapa 1 para evaluar, en forma

    objetiva, las estrategias alternativas viables identificadas en la etapa 2.

    De acuerdo a la problemtica planteada anteriormente surge en el

    investigador la siguiente inquietud.

    Formulacin del problema

    Cules estrategias se pueden establecer para mejorar el proceso de

    recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica,

    Industrial y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque del estado

    Trujillo?

    Sistematizacin del Problema

    Cmo se lleva a cabo el proceso de recaudacin del Impuesto sobre la

    Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar en la Alcalda

    del Municipio Escuque?

  • 9

    Cules elementos de la normativa legal son adoptados para la

    recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial

    y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque del estado Trujillo?

    Cules estrategias se podran considerar para que el proceso de

    recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial

    y de ndole Similar se ajuste al marco legal que lo regula, en la Alcalda del

    Municipio Escuque del estado Trujillo?

    Objetivo de la Investigacin

    Objetivo general

    Proponer estrategias para mejorar el proceso de recaudacin del

    Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole

    Similar para la Alcalda del Municipio Escuque del estado Trujillo.

    Objetivos Especficos

    Describir los elementos enmarcados en el proceso de recaudacin del

    Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de

    ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque.

    Conocer los elementos de la normativa legal adoptados para la

    recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica,

    Industrial y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio Escuque del

    estado Trujillo.

    Formular estrategias para que el proceso de recaudacin del Impuesto

    sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar

    se ajuste al marco legal que lo regula, en la Alcalda del Municipio

    Escuque del estado Trujillo.

  • 10

    Justificacin de la Investigacin

    La finalidad de la investigacin fue proponer estrategias para mejorar el

    proceso de recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial,

    econmica, Industrial y de ndole Similar para la Alcalda del Municipio

    Escuque del estado Trujillo; mediante la aplicacin de los conceptos

    relacionados con la estrategias y la teora tributaria, se enfoca en estudiar las

    posibles fallas que puedan existir en materia de organizacin y control en el

    proceso de recaudacin de los impuestos, para de esta manera establecer

    cursos de accin que permita el mejoramiento de la recaudacin tributaria en

    dicha rea de recaudacin.

    En este sentido esta investigacin permiti recoger informacin

    pertinente a lo que constituyen los Impuestos Municipales, los fundamentos

    legales en que se basan y los mecanismos de recaudacin que pueden

    aplicar las Alcaldas, como entes responsables de la Administracin

    Municipal, requiriendo as la aplicacin de teoras y principios bsicos

    relacionados con la materia tributaria, especficamente sobre el impuesto

    municipal denominado Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole

    Similar, para que a travs de un adecuado mtodo, estos resultados

    permitirn conocer cmo es el Sistema de Recaudacin del Impuestos a la

    Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar.

    En lo metodolgico, este trabajo se puede considerar una gua para la

    orientacin de posteriores investigaciones que deban adaptarse a la

    metodologa de la investigacin cientfica aplicada al campo de las ciencias

    administrativas. Por tales razones, el estudio puede servir de base para

    posteriores anlisis en otros tipos de empresas en diferentes mbitos a nivel

    nacional o regional.

    En este orden de ideas, el estudio ayuda a que el proceso de

    recaudacin de impuestos de la Alcalda del Municipio Escuque, pueda

    visualizar cules son las fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas

    del proceso de recaudacin llevado actualmente, para as poder proponer

  • 11

    estrategias que le permita mejorar la captacin tributaria a dicho ente

    gubernamental.

    Los resultados de esta investigacin constituyen un aporte al desarrollo,

    fortalecimiento y crecimiento de la Administracin Tributaria del Municipio

    Escuque, de tal manera, que cuente con elementos bsicos para analizar el

    rendimiento de los impuestos que administra; es decir, que el estudio sirva

    como instrumento para los funcionarios, para as lograr una eficiente

    recaudacin del impuesto a la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y

    de ndole Similar, y hacer de ella una institucin capaz de generar recursos

    propios para satisfacer las necesidades de la comunidad.

    Delimitacin de la Investigacin

    La investigacin se enmarc dentro del mbito tributario y aspectos

    legales utilizando conceptos de los mismos y considerando las teoras y

    opiniones de diversos autores como: Arias, F. (2004), Arteaga, J. (2005),

    Farias, G. (2001), Moya. (2004). Dicha investigacin se encuentra adscrita

    en la lnea de investigacin de Tributos del Departamento de Ciencias

    Econmicas, Administrativas y Contables del Ncleo Rafael Rangel de la

    Universidad de Los Andes; donde se ubica los impuestos municipales y se

    realiz en el Departamento de Recaudacin de la Alcalda del Municipio

    Escuque del estado Trujillo. El tiempo de duracin comprendi el lapso de

    diciembre 2009 a diciembre 2010, utilizndose como unidades de anlisis al

    Departamento de Hacienda Pblica Municipal de la Alcalda del Municipio

    Escuque; el cual tuvo como sujetos informantes un (1) jefe del departamento

    de Recaudacin y un (1) asistente.

  • 12

    CAPTULO II

    MARCO TERICO

    En este captulo se presentan las referencias tericas que sustentan

    esta investigacin a travs de antecedentes previamente elaborados con el

    problema planteado, incluye las bases tericas concernientes a los objetivos

    e indicadores a investigar. As mismo tambin se encuentran las bases

    legales y trminos bsicos, adems del mapa de variables. Como lo dice

    Arias (2004), el marco terico de la investigacin se sustenta a travs del

    anlisis, enfoques, antecedentes de las investigaciones previas relacionadas

    con el estudio planteado.

    Antecedentes de la Investigacin

    Los antecedentes representan los trabajos de investigacin

    relacionados con el tema de estudio que se ha realizado y que permiten

    ubicar un contexto en el que se desarrolla el presente trabajo, entre stos se

    encuentran los siguientes:

    Rondn (2009), en su tesis titulada Control de gestin en la

    recaudacin del impuesto sobre actividades econmicas de la Alcalda del

    Municipio Valera del estado Trujillo, donde el objetivo de la investigacin fue

    el anlisis del control de gestin aplicado al proceso de recaudacin de

    impuesto sobre actividades econmicas, industriales comercio, servicios o de

    ndole similar en la Alcalda del Municipio Valera del estado Trujillo. Dicha

    investigacin se sustenta con bases legales y tericas entre los que se

    destacan, los aspectos relacionados con los tributos, hacienda municipal, al

    igual desde el punto de vista contable, en cuanto al control de gestin

  • 13

    relacionado con la administracin pblica y tributaria, se utilizaron conceptos

    de la ley de Hacienda Pblica y las Ordenanzas Municipales para enmarcar

    los impuestos municipales. La lnea de investigacin que se sigui fue la de

    tributos, donde se ubican los impuestos municipales. Se enmarca en un tipo

    de estudio descriptivo, en esta investigacin la poblacin estuvo formada por

    30 personas, dividas en 4 jefes de Unidades y 26 empleados. Para lograr el

    objetivo se hizo necesaria la aplicacin de un cuestionario de 11 tems.

    Los planteamientos formulados por el investigador de este trabajo son

    de gran importancia para el desarrollo de esta investigacin, debido a que se

    diagnstico el proceso de recaudacin del impuesto municipal, conteniendo

    similitud con el objetivo planteado y contribuyendo al marco terico para

    respaldar la actual investigacin.

    Ramrez (2008), en su trabajo de grado titulado Estrategias para

    aumentar la recaudacin del Impuesto a las Actividades Econmicas en la

    Alcalda del Municipio Valera estado Trujillo, llevado a cabo en la

    Universidad Valle del Momboy, quien plante como objetivos, proponer

    estrategias para aumentar la recaudacin del Impuesto a las Actividades

    Econmicas, siguiendo una metodologa con tipo de investigacin

    descriptiva, con un diseo de campo, para la ejecucin de la misma se hizo

    un conjunto de tcnicas tales como la observacin, documentacin y la

    encuesta, la cual fue aplicada a los empleados del departamento de

    fiscalizacin. Igualmente fue diseado un instrumento de recoleccin de

    datos en forma de cuestionario conformado por 30 tems. Para el anlisis de

    los resultados utilizaron las tcnicas descriptivas en las preguntas

    alternativas, por medios de frecuencias y porcentaje que muestran los

    resultados obtenidos de la aplicacin del cuestionario, concluyndose que

    existe un conjunto de dificultades en el proceso de recaudacin de Impuesto

    recomendndose su pronta solucin.

    Esta investigacin tiene importancia porque el desarrollo de la misma

    constituye elementos que permiten fundamentar la variable objeto de estudio

  • 14

    de la presente, como lo es proponer estrategias para mejorar el proceso de

    recaudacin del impuesto municipal, y aportando marco terico para

    sustentar el actual estudio.

    Martnez (2006), en el trabajo de investigacin titulado: Recaudacin

    del Impuesto de Actividad Comercial, Econmica, Industrial e ndole Similar.

    Alcalda del Municipio Sucre. estado Trujillo, llevado a cabo en la

    Universidad de los Andes Ncleo Universitario Rafael Rangel, tuvo como

    propsito principal analizar los factores que inciden en el proceso de

    recaudacin. Esta investigacin se orient desde el punto de vista

    metodolgico por los lineamientos de una investigacin descriptiva, de

    campo con apoyo documental. Para lograr el objetivo realizaron tres

    instrumentos, a una muestra representativa de 42 empresas ubicadas en el

    Municipio Sucre del Estado Trujillo: uno de catorce preguntas dirigidas a los

    trabajadores de las Oficinas de Hacienda Pblica Municipal; un segundo

    instrumento de nueve preguntas dirigidas a las empresas que cancelan dicho

    impuesto; una entrevista de ocho preguntas dirigidas a la coordinadora de la

    Hacienda Pblica Municipal, con la finalidad de recoger la informacin sobre

    los factores externos que influyen y los internos que condicionan el proceso

    de recaudacin de este impuesto. Del anlisis efectuado encontraron entre

    los factores externos identificados que afectan el proceso de recaudacin, la

    morosidad de aproximadamente el 50% de los contribuyentes, la escasa

    comunicacin para recordar los deberes a los contribuyentes y el bajo uso en

    el Departamento de Hacienda Pblica Municipal.

    Esta investigacin se apoya y se relaciona, ya que ambas estn

    basadas en un sistema de recaudacin de impuesto a las Actividades

    Econmicas, Comercial, Industrial e ndole Similar, analizando los factores

    que inciden en el proceso de recaudacin.

    Linares (2005), en el trabajo titulado Estrategias generales para

    mejorar la Recaudacin del Impuesto sobre patente de Vehculo. Propuesta

    para Alcalda del Municipio Pampn, estado Trujillo, tuvo como propsito

  • 15

    primordial la propuesta de estrategias generales para mejorar la recaudacin.

    Para lograr el objetivo fue necesario aplicar dos instrumentos: un cuestionario

    dirigido a los contribuyentes y una entrevista aplicada a la Directora de

    Hacienda Municipal, donde se realiza el proceso de recaudacin, con la

    finalidad de recoger la informacin sobre los factores externos que influyen y

    los internos que condicionan el proceso de recaudacin de este impuesto. La

    metodologa aplicada se bas en el paradigma descriptivo, de campo con

    apoyo documental. De acuerdo a los resultados se precis en una matriz de

    FODA como base para generar las conclusiones y recomendaciones. Entre

    las conclusiones principales se tiene que las oportunidades son la existencia

    por lo menos de 6.592 propietarios de vehculos en el municipio, planes

    operativos y la existencia de manuales especficos para la recaudacin de

    este impuesto. Las amenazas: aproximadamente un 48% de los propietarios

    no inscrito no se sienten obligados ni con operativos. Las fortalezas: la

    existencia de 3.969 inscritos en el registro de contribuyentes. Debilidades: la

    existencia de un 59% de propietarios no inscritos, no se exige el pago del

    impuesto y no se hace publicidad para incentivar al pago del impuesto.

    La presente investigacin sirve como antecedente, puesto que muestra

    aspectos relacionados con el proceso de recaudacin de impuesto en

    cuestin, por sealar factores vinculados en cuanto a las fortalezas y

    debilidades presentes en las alcaldas y elementos claves que incidirn

    directamente en el mejoramiento del proceso.

    Bases Tericas

    Las bases tericas comprenden un conjunto de conceptos y

    proposiciones que constituyen un punto de vista o enfoque determinado,

    dirigido a explicar el fenmeno o problema planteado, constituyen el corazn

    del trabajo de la investigacin, pues es sobre este que se construye todo el

    trabajo. Segn Mndez (2006:109) Las bases tericas son la descripcin de

    los elementos tericos planteados por uno o por diferentes autores y que

  • 16

    permiten al investigador fomentar el proceso de conocimientos. Para esta

    investigacin se tomaron en cuenta las principales teoras y principios

    referidos al Proceso de Recaudacin del Impuesto sobre la Actividad

    Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar.

    Actividad Tributaria De acuerdo a Arteaga (2005), la actividad tributaria es un proceso por

    medio del cual se recaudan los impuestos tanto nacionales, como estadales

    y municipales. Los principios administrativos de imposicin se dieron a

    conocer en el (siglo XVII d.C.) por Adam Smith, y son: certeza tributaria,

    comodidad impositiva, economa en la percepcin de impuesto de entidad en

    la imposicin.

    En cuanto al principio de certeza tributaria cabe destacar que no debe

    existir incertidumbre respecto al pago de tributo, la tasa a pagar no debe ser

    arbitraria y la cantidad y forma de pago debe darse a conocer de manera

    clara y precisa. As mismo el principio de comunidad impositiva, indica que la

    administracin debe proporcionar a la ciudadana los mecanismos necesarios

    para cumplir sus obligaciones de pago del tributo de manera ms sencilla.

    Igualmente el principio de economa en la percepcin de impuestos

    impone que los gastos del Estado para el recaudo de estos deben ser de

    forma Municipal, ya que as se evitar que no se reduzcan los ingresos

    impositivos. Y el principio de equidad en la imposicin dice que los

    ciudadanos deben contribuir al mantenimiento de los gastos del estado,

    dependiendo de sus ingresos econmicos.

    Tributos

    Segn Villegas (2002:189), los tributos son las prestaciones en dinero

    que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio, en virtud de una Ley

    y para cubrir gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines. De

    acuerdo con Ruiz (1998:115), los tributos se definen como una prestacin

  • 17

    obligatoria, comnmente en dinero, exigida por el Estado en virtud de su

    poder de imperio y que da lugar a una relacin jurdica del derecho pblico.

    Tambin se le ha concebido como una prestacin pecuniaria que el Estado.

    O ente pblico autorizado al efecto por aquel, en virtud de su soberana

    territorial, exige de sus sujetos econmicos sometidos a la misma. Los

    tributos poseen caractersticas que lo identifican como:

    Prestacin comnmente en dinero, caractersticas de la economa

    monetaria que las prestaciones sean en dinero, no es necesario que

    as suceda.

    Los tributos deben ser establecidos sobre la base de la capacidad

    contributiva

    En virtud de una Ley: no hay tributo sin Ley previa que lo establezca,

    es decir, un lmite formal a la coaccin, as como a la capacitacin

    contributiva

    Para cumplir los gastos que demanden el cumplimiento de sus fines: el

    objetivo del tributo es fiscal, su cobro tiene razn de ser en la

    necesidad de obtener ingresos para cubrir los gastos que le

    demanden.

    Tipos de Tributos

    De acuerdo con Borjas (2000) el tributo se considera de la siguiente

    manera:

    Tasas: Tributo cuyo hecho imponible consiste en la utilizacin privativa

    o el aprovechamiento especial del dominio pblico, la prestacin de

    servicios o la realizacin de actividades en rgimen de derecho

    pblico.

    Contribuciones Especiales: Tributo cuyo hecho imponible consiste en

    la obtencin por el obligado tributo de un beneficio o un aumento de

  • 18

    valor de sus bienes como consecuencia de la realizacin de obras

    pblicas o del establecimiento o ampliacin de servicios pblicos.

    Impuestos: Tributo exigidos sin contraprestacin cuyo hecho imponible

    est constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto

    la capacidad econmica del contribuyente. Son los ms importantes

    por el porcentaje que suponen del total de la recaudacin pblica.

    El Municipio

    El municipio es una entidad administrativa que puede agrupar una sola

    localidad o varias; pudiendo hacer referencia a una ciudad, pueblo o aldea, o

    a una agrupacin de los mismos. Tiene sus orgenes en la convivencia

    social, familias que necesitaban reunirse para cubrir necesidades comunes

    consistentes en servicios, deben reunirse y as lo hacen para alcanzar este

    fin. La necesidad de congregarse ha dado nacimiento al gobierno comunal,

    cuya labor se ha proyectado a travs de la historia, influyendo en forma

    definitiva sobre los caracteres de los pueblos y sobre la organizacin de sus

    pueblos.

    Para Ruiz (1998:87), el municipio es: Una comunidad de personas

    preferentemente de familias situadas en un mismo territorio, para la

    satisfaccin de las necesidades originadas de las relaciones de vecindad.

    Posada (1993) lo identifica del modo siguiente: comunidad de vida territorial

    espacial, tiene como contenido propio, natural y distinto.

    Con base a lo establecido en el artculo 168 de la Constitucin de la

    Repblica Bolivariana de Venezuela (1999), los municipios constituyen la

    unidad poltica primaria de la Constitucin y de la Ley, en efecto, las

    municipalidades son los rganos del gobierno local, que emanan de la

    voluntad popular; son personas jurdicas de derecho pblico con autonoma

    econmica y administrativas en los asuntos de su competencia y para elegir

    sus autoridades (Autonoma Poltica), la gestin de las materias de su

    competencia (Autonoma Normativa), y la creacin, recaudacin (Autonoma

  • 19

    Tributaria), e inversin de sus ingresos (Autonoma Administrativa). Les son

    aplicables las leyes y disposiciones que, de manera general y de

    conformidad con la Constitucin, regulen las actividades y funcionamiento del

    Sector Pblico Nacional.

    La Autonoma Poltica del Municipio, esta potestad permite a los municipios la capacidad de autogobernarse, implica la eleccin de las

    autoridades a travs de mecanismos que la propia CRBV exige que el

    gobierno sea siempre democrtico.

    La Autonoma Normativa del Municipio es la cantidad de fijarse sus propias normas de acuerdo a determinadas normas: la potestad normativa

    del Municipio est regida en primer lugar por la CRBV, en todas aquellas

    normas que son aplicables al Municipio; en segundo lugar, por un conjunto

    de leyes y reglamentos nacionales e incluso estadales, dictada a sujecin a

    lo dispuesto en ella. Los instrumentos jurdicos compuestos por Ordenanzas,

    Reglamentos, Decretos, Acuerdos y Resoluciones locales, son de obligatorio

    cumplimiento por parte de particulares, las autoridades nacionales, estadales

    y locales.

    La Autonoma Administrativa del Municipio, esta se consagra a la libre gestin de las materias de su competencia; as como tambin, a la

    creacin, recaudacin e inversin de ingresos, con lo cual asegura el

    ejercicio independiente de la funcin administrativa tanto del mbito interno

    como frente a los ciudadanos y la colectividad

    La Autonoma Tributaria del Municipio, esta autonoma le concede al Municipio la facultad de crear mediante Ordenanzas ingresos propios a

    travs de su potestad tributaria, aunque los Municipios no tienen una

    autonoma absoluta respecta a su actividad creadora de tributos, sino que es

    relativa, ya que se encuentra limitada por prohibiciones prescritas en la

    Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela.

  • 20

    Ingresos Municipales

    De acuerdo al enfoque de Acosta (2004), el presupuesto total de los

    gobiernos locales (municipales) est compuesto por lo ingresos ordinarios y

    los ingresos extraordinarios

    Los Ingresos Ordinarios. Son percibidos en forma regular y se destinan a cubrir el presupuesto financiero normal, comprende seis rubros:

    los impuestos municipales, las tasas por los servicios administrativos, los

    ingresos por la prestacin de los servicios pblicos derivados en los bienes

    patrimoniales, los aportes provenientes de otros niveles de ingreso (situado

    municipal) y bajo la categora de otros ingresos ordinarios, cualquier otro

    concepto que proporcione ingresos al municipio en forma regular.

    Los Ingresos Extraordinarios. Son lo que se perciben en forma ocasional y son provocados por necesidades excepcionales; comprenden los

    ingresos provenientes de la venta de bienes propiedad del municipio, las

    contribuciones especiales previstas en la Ley, los aportes especiales

    provenientes de organismos gubernamentales nacionales y estadales y bajo

    la categora de otro ingresos extraordinarios, cualquier otro concepto que

    proporcionen ingresos de manera eventual.

    En consecuencia las Finanzas Municipales se orientan hacia la

    bsqueda de un equilibrio entre los niveles de ingresos y gastos para tratar

    de disminuir el dficit fiscal existente en la prestacin de servicios bsicos;

    ms aun cuando se habla del proceso de descentralizacin que se gesta en

    la administracin local.

    Segn Boza (2004), los gobiernos locales (municipales) cuentan con

    tres tipos de ingresos para financiar su presupuesto: (a) Las transferencias

    del Gobierno Nacional; (b) Otras Fuentes de Financiamiento, y (c) Los

    recursos Directamente Recaudados como el caso de los Impuestos

    Municipales. En cuanto a las transferencias del Gobierno son aquellos

    ingresos municipales que provienen del gobierno nacional (situado

    constitucional); estos ingresos son captados por el Gobierno Nacional y

  • 21

    transferidos directamente a los Gobiernos Locales para financiar su

    presupuesto.

    Impuestos Municipales

    Segn Moya (2004), son exacciones pecuniarias demandadas por el

    municipio en virtud de la facultad impositiva que les otorga la Constitucin de

    la Repblica Bolivariana de Venezuela a determinadas personas

    (contribuyentes), con el fin de que estas coadyuven con los gastos pblicos

    del ente. El municipio representa un sistema econmico porque origina los

    recursos comunes de los habitantes para el suministro de viene y servicios

    que estos desean.

    Del mismo modo, de acuerdo a Acosta (2004), estos poseen potestades

    tributarias directamente constitucionales que le permiten gravar el uso de

    bienes y servicios; los impuestos, tasas y contribuciones representan su

    fuente fundamental de ingreso, los cuales posibilitan cubrir partes de sus

    necesidades primordiales como servicios, obras, vialidad, transporte.

    En este sentido Villegas (2002:234), define al impuesto como el tributo

    exigido por el estado a quienes se hallan en las situaciones consideradas por

    la Ley como hechos imponibles, siendo estos hechos imponibles ajenos a

    toda actividad estatal relativa al obligado; es decir, que es una obligacin

    monetaria hacia el estado que tienen aquellos particulares que realicen

    actividades que se encuentren dentro de los hechos generadores establecido

    segn la Ley.

    En este orden de ideas, haciendo referencia al impuesto existen

    variadas clasificaciones de este, a pesar de ello se decide exponer la que

    ms se ajusta al objetivo de este estudio, presentada por Moya (2004) el cual

    la presenta de la siguiente manera:

    a.- Impuestos Directos: cuando extraen el tributo en forma inmediata del patrimonio, tomados como expresin de capacidad contributiva

    favorecida en su formacin por la contraprestacin de los servicios pblicos.

  • 22

    Es decir, que stos gravan directamente el enriquecimiento de los

    contribuyentes, aplicndose la alcuota sobre el monto del mismo. Los

    impuestos directos se clasifican en reales y personales. Los primeros son

    aquellos aplicados sin tomar en cuenta la capacidad econmica del

    contribuyente o los elementos personales del mismo, su nacionalidad, sexo,

    domicilio, estado civil; por otra parte los personales son los impuestos en los

    que la determinacin se da con participacin directa del contribuyente, es

    decir, segn la capacidad contributiva del mismo.

    b.- Impuestos Indirectos: cuando gravan el gasto, consumo o bien la transferencia de riqueza, tomados como ndole o presuncin de la existencia

    de la capacidad contributiva, no est directamente relacionada con la

    prestacin de los servicios pblicos. Es decir, que los impuestos indirectos

    son aplicados sobre las transacciones que suponen posesin de riqueza, y

    que adems no suponen para el contribuyente una contraprestacin directa,

    sino la satisfaccin de las necesidades colectivas. Es en este aspecto que se

    dirigir el objetivo de esta investigacin, pues el Impuesto al Valor Agregado

    en Venezuela se aplica sobre el consumo de bienes y prestaciones de

    servicios entre quienes intervienen en el proceso de produccin y

    distribucin.

    c.- Proporcionales: es el impuesto que mantiene una relacin constante entre la cuanta y el valor de la riqueza gravada. Presenta una

    alcuota nica. Este tipo de impuestos suponen que a mayor riqueza, mayor

    ser el monto a pagar, pues se le aplica un tipo impositivo; es decir, un

    porcentaje que implica que mientras mayor sea la base imponible, mayor el

    impuesto a pagar.

    d.- Progresivo: es aquel en que la relacin de cuanta del impuesto con respecto al valor de la riqueza gravada aumenta a medida que aumenta el

    valor de sta. Se refiere entonces, a que la tarifa aplicable se incrementa a

    medida que aumento la riqueza.

  • 23

    Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de

    ndole Similar

    El Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de

    ndole Similar en la Constitucin de 1999 (antes denominado impuesto a la

    Patente de Industria y Comercio), se remota segn Gonzlez (2001), a la

    poca medieval, cuando los seores feudales o soberanos entregaban una

    carta-patente a sus sbditos, que era una autorizacin para que el sbdito

    ejerciera una determinada actividad sea industrial, comercial o un oficio y era

    considerada una verdadera tasa, que era la contraprestacin de una servicio

    que prestaba el soberano al permitir que el vasallo realizara sus actividades.

    Con la entrada en vigencia de la Constitucin de 1999, deja de llamarse

    Patente de Industria y Comercio, y adquiere el nombre de Impuesto sobre la

    Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar. La Ley

    Orgnica del Poder Pblico Municipal, consagra este gravamen con el

    nombre de impuesto sobre actividades econmicas, aunque existen

    ordenanzas que mantienen la denominacin de Patente de Industria y

    Comercio.

    Es un tipo de impuesto progresivo que lo constituye el Impuesto sobre

    la Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar, el cual

    segn el artculo 207 de la Ley Orgnica del Poder Publico Municipal (2006)

    utiliza como hecho imponible el ejercicio habitual en la jurisdiccin del

    Municipio de cualquier actividad lucrativa de carcter independiente, an

    cuando dicha actividad se realice sin la previa obtencin de licencia, sin

    menoscabos de las sanciones que por esa razn sean aplicables.

    Explica este artculo, que el perodo impositivo del impuesto coincidir

    con el ao natural y los ingresos gravables sern los percibidos en ese ao,

    sin perjuicio de que puedan ser establecidos mecanismos de declaracin

    anticipada sobre la base de los ingresos brutos percibidos en el ao anterior

    al grabado y sin perjuicio de que pueden ser exigido un mnimo tributable

  • 24

    consistente en un impuesto fijo, en los casos en que as lo seale las

    ordenanzas.

    En cuanto, al Impuesto sobre la Actividad Comercial, econmica,

    Industrial y de ndole Similar, se considera actividad industrial toda actividad

    dirigida a producir, obtener, transformar, ensamblar o perfeccionar uno o

    varios productos naturales o sometidos previamente a otro proceso industrial

    preparatorio. De igual modo, se considera actividad comercial a toda

    actividad que tenga por objeto la circulacin y distribucin de productos y

    bienes, para la obtencin de ganancias o lucro y cualesquiera otras

    derivadas de actos de comercio, distintos a servicios.

    As mismo, se entiende como actividad de servicio a toda aquella

    actividad que comparte, principalmente prestaciones de hacer, sea que

    predomine la labor fsica o la intelectual. Quedan incluidos en este rengln

    los suministros de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y aseo

    urbano, entre otros, as como la distribucin de billetes de lotera, los bingos,

    casinos y dems juegos de azar. A los fines de gravamen sobre actividades

    econmica no se considerarn servicios, los prestados bajo relacin de

    dependencia.

    Hecho Imponible

    Moya (2004) considera el hecho imponible como el presupuesto

    establecido por la Ley para tipificar el tributo cuya realizacin origina el

    nacimiento de una obligacin, la de pagar el impuesto. Igualmente, cuando la

    riqueza gravada u objeto material se encuentra establecida en la Ley

    Tributaria y realizacin de un hecho determinado produce un efecto jurdico

    que en la doctrina recibe el nombre de supuesto de hecho o hecho imponible.

    El hecho imponible del impuesto a las actividades econmicas lucrativas es

    le ejercicio habitual u ocasional de una actividad lucrativa de carcter

    independiente, realizada en el espacio territorial de una municipio, vinculado

  • 25

    o no a un local, oficina comercial, industrial o espacio fsico donde realizar

    dicho ejercicio.

    El hecho imponible es el supuesto designado por la ley como generador

    de la obligacin tributaria, en el caso del impuesto sobre actividades

    econmicas, consiste en el ejercicio de un comercio, de una industria, de una

    actividad lucrativa. El hecho imponible del impuesto sobre actividades

    econmicas es el ejercicio habitual, en la jurisdiccin del Municipio, de

    cualquier actividad lucrativa de carcter independiente, aun cuando dicha

    actividad se realice sin previa obtencin de licencia, sin menoscabo de las

    razones que por esta razn sean aplicables. Artculo 204 de la Ley Orgnica

    del Poder Pblico Municipal.

    Por otro lado, segn el Artculo 209 de la Ley Orgnica del Poder

    Publico Municipal (2006), para que una actividad pueda ser considerada sin

    fines de lucro, el beneficio econmico obtenido de la actividad deber ser

    reinvertido en el objeto de asistencia social u otro similar en que consista la

    actividad y en el caso de tratarse de una persona jurdica, que ese beneficio

    no sea repartido entre asociados o socios.

    El perodo impositivo de este impuesto coincidir con el ao natural y

    los ingresos gravables sern los percibidos en ese ao, sin perjuicio de que

    puedan ser establecidos mecanismos de declaracin anticipada sobre la

    base de los ingresos brutos percibidos en el ao anterior al gravado y sin

    perjuicio de que pueda ser exigido un mnimo tributable consistente en un

    impuesto fijo, en los casos en que as lo sealen las ordenanzas.

    Base imponible

    Segn Moya (2004), para efectos del impuesto sobre actividades

    econmicas es el monto de los ingresos brutos obtenidos efectivamente por

    el contribuyente durante el perodo impositivo correspondiente por el ejercicio

    de las actividades econmicas u operaciones realizadas en la jurisdiccin de

    un determinado Municipio de acuerdo con las disposiciones implcitas en la

  • 26

    Ley orgnica del Poder Pblico Municipal o en los Acuerdos o Convenios

    celebrados.

    La base imponible o base de clculo, radica en los ingresos brutos o en

    el monto de las ventas o de las operaciones efectuadas, como ndice para

    medir la actividad lucrativa y aplicar el gravamen correspondiente. Se tendr

    como deducciones de la base imponible:

    Las devoluciones de bienes o anulaciones de contratos de servicios,

    siempre que se haya reportado como ingreso la venta o servicio objeto de la

    devolucin.

    Los documentos efectuados segn las prcticas habituales de

    comercio.

    Alcuota

    Para Moya (2004), la alcuota es conocida tambin como tarifa aplicable

    a los ingresos brutos obtenidos se encuentra establecida en el clasificador de

    Actividades Econmicas, el cual vara, dependiendo de la actividad o

    actividades desarrolladas. La alcuota es proporcional y se fija igualmente un

    mnimo tributable en Unidades tributarias (U.T). La alcuota impositiva

    aplicable de manera general a todos los municipios, ser fijada en la Ley de

    Presupuesto Anual, a proposicin del Ejecutivo Nacional.

    Recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial, Econmica, Industrial y de ndole Similar

    Esta funcin, segn Rachadell (2006) consiste en hacer que el deudor

    tributario cumpla con sus obligaciones tributarias por la va del pago,

    actualizando a la vez el registro de sus cuentas corriente. Las polticas

    tributarias municipales deben ser de medios coercitivos de la extincin de las

    obligaciones tributarias.

  • 27

    En este sentido, la funcin de recaudacin debe tener en cuenta tanto

    la recepcin de informacin por parte del contribuyente, as como de las

    fechas de vencimiento del Impuesto sobre la Actividad Comercial,

    econmica, Industrial y de ndole Similar. Tambin es importante prestarle la

    debida atencin a los formularios que se utilizan tanto para el pago de

    tributos como para las declaraciones juradas.

    Al empezar a detallar la recaudacin del impuesto, es necesario

    establecer que en todo el municipio Escuque, las personas naturales o

    jurdicas que deseen ejercer una actividad industrial, comercial, econmica o

    de ndole similar tienen la obligacin de acatar las disposiciones generales

    establecidas en la Gaceta Oficial realizada en cada Municipio, tal como lo

    seala el Artculo 17 del captulo III, donde indica que para el ejercicio de

    cualquier actividad a las cuales se refiere el Artculo 5 de dicha Ordenanza,

    se requerir la obtencin de una licencia, la cual expedir la Administracin

    Municipal.

    Como se puede observar, la Alcalda cuenta con unas directrices

    establecidas dentro de la Ordenanza Municipal del impuesto, que es la base

    o norma a cumplirse en el proceso de recaudacin y con una continua

    fiscalizacin. En efecto, el proceso de recaudacin del Impuesto sobre la

    Actividad Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar, implica los

    siguientes aspectos:

    Elementos organizacionales

    El proceso de recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial,

    econmica, Industrial y de ndole Similar, implica entre los elementos

    organizacionales, el uso de instrumentos que incluyan un manual de

    procedimientos administrativos y contables, adems de la respectiva

    Ordenanza Municipal. En funcin de ello, la alcalda debe contar con un

    departamento especfico, encargado de administrar el ingreso real

    relacionado con el Impuesto.

  • 28

    Registro de Informacin del Contribuyente

    El artculo 15 de la Ordenanza del Municipio expresa que la

    Administracin Tributaria Municipal llevar, adems, un registro de

    informacin fiscal numerado, en el cual debern inscribirse las personas

    naturales o jurdicas, las entidades o agrupaciones sin personalidad jurdica,

    susceptibles en razn de la actividad Comercial, Industrial o de ndole similar

    que realicen de ser sujetos o responsables del impuesto de Patente de

    Industria y Comercio. Cabe destacar que aqu es donde comienza el

    proceso de recaudacin del Impuesto sobre la Actividad Comercial,

    econmica, Industrial y de ndole Similar en la Alcalda del Municipio

    Escuque.

    Todas las personas naturales o jurdicas que deseen ejercer una

    actividad industrial, comercial, econmica o de ndole similar, debern

    realizar la peticin por escrito de la solicitud de inscripcin del tipo de

    actividad a ejercer, con sujecin a los registros y datos contenidos en el

    modelo de solicitud que suministrara a la Alcalda a travs de la dependencia

    correspondiente que debe de acuerdo a informacin recabada por Rojas en

    la misma Alcalda (2011): el nombre, firma personal o razn social, nombre

    del representante legal, clase o clases de actividades, ubicacin y direccin

    exacta de inmueble donde va a funcionar el establecimiento, nmero de

    telfono e indicar si es urbano o rural.

    Una vez completada la solicitud de inscripcin, el solicitante deber

    presentar los siguientes documentos:

  • 29

    Cuadro 1. Documentos que debe presentar el contribuyente para su registro.

    Documento 1 Copia del registro mercantil 2 Constancia de inscripcin SUNACOOP ( si es cooperativa) 3 Fotocopia legible del registro de informacin fiscal (RIF) 4 02 fotocopias de la cedula de identidad del representante legal 5 Carta de residencia 6 02 fotos tipo de carnet del representante legal 7 Carpeta marrn con gancho tamao oficio 8 Carta dirigida al departamento de recaudacin indicando la

    actividad comercial a la se dedica 9 Solvencia Municipal ( o ltimo Trimestre cancelado)

    10 Ultimo recibo de luz cancelado 11 Pago de la tasa administrativa que la Administracin Tributaria

    haya establecido para estos fines Fuente: Rojas. Alcalda del municipio Escuque (2011).

    Una vez recaudado estos documentos y presentados ante la Oficina de

    Recaudacin, segn informacin recabada por la investigadora en la misma

    Alcalda (2011), se le asigna un expediente, el cual contendr toda la

    informacin de la actividad a realizar y una planilla de registro interna de la

    empresa con datos de la misma y el nmero correspondiente.

    El funcionario facultado para otorgar, suspender o cancelar la Licencia

    de Patente de Industria y Comercio es el Superintendente Municipal de

    Administracin Tributaria.

    Luego, se especifican las caractersticas de los establecimientos

    comerciales. Industriales o de servicio que operan en la jurisdiccin del

    Municipio, y se fija el tributo que todo contribuyente debe pagar al Fisco

    Municipal por concento de Patente, esto tributo es fijado de acuerdo al

    clasificador de actividades econmicas.

    De acuerdo a la Ordenanza del Municipio, el registro del contribuyente

    puede hacerse de forma manual o sistematizada, dependiendo del caso que

    se presente dentro de los departamentos, el contribuyente realiza

    anualmente las declaraciones con fines fiscales dependiendo de la tarifa

    establecida en el clasificador de actividades. Esta declaracin, debe

  • 30

    realizarla durante los tres (3) primeros meses de cada ao, por triplicado,

    donde conste el movimiento econmico correspondiente a la anualidad

    comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre del ao anterior.

    Igualmente, el contribuyente tiene la flexibilidad de hacer esta

    declaracin fraccionada en trimestre para mayor comodidad. En el caso del

    pago fraccionado, la porcin nica y la primera porcin del fraccionario se

    pagarn dentro del plazo concedido para hacer la declaracin y previamente

    a la presentacin de esta, y deber anexarse a la declaracin copia

    desglosada del comprobante de este primer pago.

    Las tres (03) restantes porciones del pago fraccionado se pagarn

    dentro de los treinta (30) primeros das continuos contados a partir de la

    fecha en que comienza cada uno de los trimestres subsiguientes al primero.

    Los comprobantes de pago de cada una de las porciones debern ser

    enviados a las Administracin Tributaria Municipal, as como al

    Departamento de Recaudacin para su debido control.

    Segn la Ordenanza del Municipio, para determinar el nmero,

    ubicacin y caractersticas de los sujetos al pago del impuesto de formar un

    Registro de Informacin de contribuyente del Impuesto sobre la Actividad

    Comercial, econmica, Industrial y de ndole Similar. El registro de

    informacin de contribuyente se formar con las especificaciones contenidas

    en los expedientes de Licencia otorgados conforme a lo previsto en las

    Ordenanzas y se organizar de modo que permita:

    1. Determinar el nmero de contribuyentes, su ubicacin, el nmero

    de la Patente correspondiente, datos de la empresa, una serie de requisitos q

    deben recaudar los cual son suministrados por la Alcalda a travs de la

    dependencia correspondiente dependiendo a la Actividad que ejerza, y otras

    caractersticas de los mismos.

    2. Controlar los derechos pendientes a favor del Fisco Municipal por

    concepto de Patente y de multas, intereses, y recargos aplicados conforme a

    la misma.

  • 31

    3. Identificar los contribuyentes que por cualquier causa hayan cesado

    en ejercicio de sus actividades o las hayan modificado y la de los

    contribuyentes o responsables que hayan dejado de pagar impuesto y sus

    accesorios.

    De acuerdo a la Ordenanza del Municipio, el registro de informacin de

    contribuyentes de Patente deber mantenerse permanente actualizado y a l

    deber incorporarse, inmediatamente, las modificaciones que se produzcan

    en la informacin y condiciones originales dad en el otorgamiento de la

    licencia.

    La Administracin Tributaria Municipal realizar con periodicidad no

    menor de dos aos, un censo de contribuyentes y comparar sus resultados

    con el registro de informacin de contribuyente de Patente, para efectuar, en

    este ltimo los ajustes que resulten necesarios. Para completar y mantener

    actualizado el registro de informacin del contribuyente la Administracin

    Tributaria Municipal podr realizar inspecciones fiscales permanentes y

    utilizar la informacin catastral los datos censales, las suscripciones de

    servicios pblicos y los registros de Organismos oficiales.

    Proceso de Cobro del Impuesto

    A continuacin se presenta la ltima etapa del proceso de recaudacin

    el cual inicia en el momento que el contribuyente se dirige a la Alcalda para

    la cancelacin del impuesto por el sistema interno de la Alcalda del

    Municipio Escuque.

    Cuadro 2. Cancelacin del impuesto por parte del contribuyente. Departamento Actividad

    Departamento

    de Recaudacin

    1. El funcionario verifica el estado de cuenta del impuesto a las actividades econmicas, comerciales, industriales y de servicio en la base de datos existente. 2. Verifica su registro en el sistema. 3. Si el usuario no est registrado procede a indicar los requisitos para su inscripcin. 4. Si est registrado, el funcionario calcula y llena el recibo

  • 32

    en original y tres copias. 5. Entrega original, y una primera copia al contribuyente, quedando la otra copia en el departamento para rebajar del expediente.

    Departamento de Tesorera

    1. El contribuyente presenta el recibo original y una copia y cancela el monto calculado. 2. El funcionario rebaja del sistema el monto cancelado por el contribuyente por concepto de impuesto a las actividades econmicas, comerciales, industriales y de servicio. 3. Entrega el recibo original al contribuyente. 4. Enva la copia de recibo al departamento de contabilidad.

    Departamento

    de Contabilidad

    1. Recibe del departamento de tesorera 2da copia de recibo.

    2. Registra y archiva 2da copia de recibo.

    Fuente: Rojas. Alcalda del municipio Escuque (2011).

    Convenio y Plazo de Pago

    Segn Ramrez (2008), los convenios de pagos suscritos entre la

    administracin tributaria municipal y los contribuyentes deben ser

    documentos soportados y firmados por asesora legal, constituyndose

    documentos de ejecucin civil segn lo expresado en las Ordenanzas. Por lo

    cual los contribuyentes o responsables estn obligados a presentar la

    declaracin jurada anualmente correspondiente al monto de los ingresos

    obtenidos en el ao anterior, dentro de los treinta (30) das continuos o el da

    hbil siguiente inmediato, determinado, auto liquidado y pagando el impuesto

    por ante la Hacienda Pblica Municipal, por cada una de las actividades del

    ramo que se describe en al clasificador de actividades econmicas.

    Existen municipios que divide el pago del tributo en trimestrales,

    anuales y mensuales, no obstante, esto va a depender de la ordenanzas

    respectiva, con el propsito de facilitar la cancelacin de los mismo por la va

    administrativa, siempre y cuando no entre en contradiccin con alguna ley

    expresa.

    El monto del impuesto a la Ordenanza se determinar y pagar de la

    forma siguiente:

  • 33

    Al monto de los ingresos brutos contenida en la declaracin jurada,

    que corresponda al ao anterior, se le aplicara la alcuota prevista en el

    clasificador de actividades econmicas, para cada actividad desarrollada por

    el sujeto pasivo. Entendiendo por sujeto pasivo al contribuyente del cual se

    verifica el hecho imponible de la obligacin tributaria, las personas naturales

    o jurdicas, as como, las entidades o colectivas que contribuya una unidad

    econmica, que directamente o a travs de un tercero, ejerzan actividades

    industriales, o econmicas de ndole similar con fines de lucro, en jurisdiccin

    del Municipio.

    Cuando el sujeto pasivo ejerciere varias actividades clasificadas en

    grupos diversos, el impuesto se determinar aplicando a los ingresos brutos

    generados por cada actividad, la alcuota que corresponda a cada una de

    ellas, como lo establece el clasificador de actividades econmicas; pero de

    no ser posible determinar la base imponible o ingresos brutos provenientes

    de cada actividad, el impuesto se determinar y liquidar aplicando a todas

    las actividades que realiza, la alcuota ms alta.

    Cuando el monto de impuesto calculado con base a los ingresos

    brutos, sea inferior al sealado como mnimo tributable, se pagar por

    concepto del impuesto previsto en la ordenanza, la cantidad que como

    mnimo tributable se establece para cada caso, en el clasificador de

    actividades econmicas.

    El monto determinado deber ser pagado en la misma oportunidad en

    que se presente la declaracin jurada de ingresos brutos, mediante

    formulario especial, ante las oficinas receptoras de impuesto municipales.

    Accin Fiscalizadora del Impuesto a las Actividades Econmicas Ramrez (2008; 64), seala los siguientes aspectos referentes a la

    accin fiscalizadora del impuesto:

    1.- La identificacin de los contribuyentes: antes de ni siquiera

    pensar en cuantificar o medir el grado de evasin o gravedad de los niveles

  • 34

    de incumplimiento de las obligaciones y deberes fiscales, se imponen como

    una primera tarea de toda rea de fiscalizacin la de lograr la identificacin

    de todos los contribuyentes, para lo cual la administracin deber disponer

    de registros confiables.

    2.- Detectar el incumplimiento de obligaciones y deberes: una vez

    identificada la totalidad de los contribuyentes, se impone como siguiente

    tarea, la de constatar y verificar el cumplimiento de las obligaciones y

    deberes por parte de los sujetos obligados.

    3.- Detectar omisiones y falsedades en declaraciones: es evidente que

    no con lograr que los contribuyentes obligados a declarar, declare, se

    satisface la aspiracin de la administracin tributaria, pero es importante

    como siguiente paso descubrir las incorrecciones y eventualmente

    falsedades y errores contenidos en las declaraciones, lo anterior con el

    objeto de eliminar o al menos reducir la brecha que media entre los

    contribuyentes declarantes y aquellos que declaran correctamente.

    De acuerdo a la Ordenanza Municipal, la Direccin de Hacienda

    Municipal podr verificar en cualquier momento el cumplimiento de lo previsto

    en esta Ordenanza y dems disposiciones relativas a su objeto, y

    especialmente el contenido de las declaraciones juradas del contribuyente, e

    investigar las actividades de quienes no las hubieren presentado. En

    consecuencia, la Direccin de Hacienda Municipal est facultada para:

    Examinar los libros y registros de contabilidad, los comprobantes y

    dems documentos que sirvan de prueba a las negociaciones u operaciones

    que se presumen relacionadas con los datos que deben contener las

    declaraciones juradas.

    Requerir de los contribuyentes y/o terceros, las informaciones que

    considere necesarias sobre actividades u operaciones de las cuales pueden

    desprenderse, a juicio de la Direccin de Hacienda Municipal, la existencia

    de derechos a favor del Fisco Municipal, conforme a esta Ordenanza.

  • 35

    Requerir informacin de terceros que por el ejercicio de sus actividades

    o hechos que hayan conocido se relacionen con el ejercicio econmico del

    contribuyente, as como estarn en la obligacin de exhibir la documentacin

    que repose en su poder, que se relacionen o se vinculen con la Tributacin

    Fiscalizada.

    No podr exigirse informacin en los casos y de las personas previstas

    en las restricciones del Artculo 112 de Cdigo Orgnico Tributario. Sin

    perjuicio de las disposiciones que al efecto establece la Ordenanza de

    Hacienda Pblica Municipal, los funcionarios fiscales ejercern las siguientes

    funciones:

    Practicar visitas a los establecimientos industriales, comerciales o de

    servicios que le seale el Director de Hacienda Municipal y/o la Contralora

    Municipal.

    Verificar los datos suministrados en las declaraciones juradas

    presentadas por los contribuyentes a la Administracin Tributaria Municipal, a

    requerimiento de sta.

    Verificar si las liquidaciones han sido efectuadas de acuerdo a lo

    establecido en esta Ordenanza y si se encuentra observaciones,

    comunicarlas a su inmediato superior a los fines consiguientes.

    Practicar liquidaciones complementarias y reparos producto de las

    inspecciones fiscales ordenada por el Director de Hacienda Municipal.

    Exoneraciones, Exenciones y Rebajas

    Segn Ramrez (2008), el acuerdo de exoneraciones, exenciones o

    rebajas de impuestos o contribuciones municipales especiales, solo ser

    posible en los casos y con las formalidades previstas en las Ordenanzas, la

    cual facultara al Alcalde o Alcaldesa para concederlas, especificando los

    tributos, los requisitos para su procedencia y condiciones a las cuales est

    sometido el beneficio. El plazo mximo de duracin de este beneficio ser de

    cuatro aos, pudiendo ser prorrogado por un lapso igual. En el caso de

  • 36

    exenciones al impuesto, pueden otorgarse de acuerdo a lo establecido en las

    Ordenanzas a:

    Los institutos Autnomos

    Entidades culturales, sociales sin fines de lucro

    Los vendedores ambulantes

    Los minusvlidos, invidentes

    Las pensiones familiares con capacidad familiar

    Actividades artesanales cuando se realice en la propia residencia

    domicilio.

    Todas aquellas emisoras radiales y de televisin local, siempre y

    cuando vayan probando mensualmente todo un trabajo educativo, cultural y

    deportivo de formacin integral ciudadana.

    Las exoneraciones las concede el Alcalde o Alcaldesa con aprobacin

    de la 2/3 parte de los miembros integrantes del Consejo Municipal; podr

    exonerar, total o parcialmente del pago del impuesto establecido en esta

    Ordenanza, a las personas siguientes:

    Empresas comerciales, industriales o de servicios en las cuales la

    Municipalidad tenga una participacin superior al treinta por ciento (30%) e

    inferior al cincuenta por ciento (50%) del capital social.

    Empresas industriales cuyas actividades tengan por objeto la

    construccin de viviendas de inters social.

    Empresas cuyas actividades estn ligadas al desarrollo y fomento de la

    cultura, el deporte, la educacin o la salud de la comunidad.

    Empresas que ejerzan actividades industriales que correspondan a los

    planes de desarrollo econmico nacionales, regionales y municipales. Otras

    que estn previstas en la Ordenanza.

  • 37

    Sanciones

    Segn el Diccionario de Contabilidad y Finanzas (2000:167), las

    sanciones constituyen las penas o multas que se imponen a una persona

    por el quebrantamiento de una ley, norma, obligacin o contrato. Es decir,

    representan penas impuestas por los rganos competentes cuando se

    comete una infraccin tributaria. En este caso dichas sanciones incluyen:

    recargos, imposicin de intereses, multas, descuento y retencin de lo

    adeudado, impedimento del ejercicio de la actividad sujeta la gravamen,

    entre otros. En cuanto a la aplicacin de penas y la severidad de las sanciones

    contra delitos de evasin fiscal el Cdigo Orgnico Tributario (2001),

    establece que existen cuatro tipos de ilcitos previstos en su actual artculo

    80: 1. Ilcitos formales; 2. Ilcitos relativos a las especies fiscales y gravadas;

    3. Ilcitos materiales, y 4. Ilcitos sancionados con pena restrictiva de libertad. Segn el artculo 99 del COT (2001), los ilcitos formales se originan por

    el incumplimiento de los siguientes deberes formales: inscribirse en los

    registros exigidos, emitir o exigir comprobantes, llevar libros y registros,

    presentar declaraciones y comunicaciones, permitir el control de la

    Administracin Tributaria, informar y comparecer ante la Administracin,

    acatar las rdenes de la Administracin o cualquier otro deber legal. Las contravenciones de la Ordenanza sern sancionadas con: multas,

    suspensin de la Licencia y clausura del establecimiento. La aplicacin de

    estas sanciones y su cumplimiento, en ningn caso dispensa al contribuyente

    del pago de los tributos adecuados y de los intereses moratorios y recargos a

    que hubiere lugar.

    En el artculo 147 de la Ley Orgnica del Poder Pblico Municipal se

    menciona que las multas que apliquen los rganos de la Hacienda Pblica

    Municipal por causa de infracciones, sern impuestas en virtud de la

    resolucin motivada que dicte el funcionario competente de acuerdo con lo

    establecido en la ordenanza respectiva

  • 38

    Asimismo el artculo 165 de la Ley Orgnica del Poder Pblico

    Municipal en su numeral 4, establece que: Las multas por infracciones

    tributarias no podrn exceder en cuanta a aquellas que contemple el Cdigo

    Orgnico Tributario

    Por ello que para el caso de las multas deber aplicarse la que sea

    menos gravosa entre lo dispuesto en las Ordenanzas y lo establecido en el

    Cdigo Orgnico Tributario.

    Para la imposicin de la multa, se tendrn en cuenta: La mayor o menor

    gravedad de la infraccin; la circunstancias atenuantes o gravantes, de

    conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Sobre Hacienda Pblica

    Municipal o en su defecto en el Artculo 85 del Cdigo Orgnico Tributario;

    los antecedentes del infractor con relacin al cumplimiento de las

    disposiciones de esta Ordenanza y dems normas y regulaciones de carcter

    municipal; la magnitud del impuesto que resultare evadido por la infraccin.