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ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA Plaza Ochavada, 1 E – 29300 ARCHIDONA (Málaga) - 1 - N.I.F. P-2901700-A NºR.E.L. 01290173 FAX 95 2714165 Tlf. Información 95 2714480 SEÑORES/AS ASISTENTES: Sr. Alcalde-Presidente: D. Manuel Sánchez Sánchez (G.M. IU-LV-CA). Grupo Municipal IU-LV-CA: D. Francisco Jiménez Aguilera D. Juana Mª Barrio Alba D. Francisco Javier Toro Martín Dª María Ábalos Garrido D. Juan Antonio Lara Medina Grupo Municipal PSOE-A: Dª. Mª Carmen Romero Jiménez D. Miguel Cebrián Zafra Dª Aranzazu Toledo Rojas D. Juan Antonio Peláez Reina D. Juan Pablo Gálvez Alba Grupo Municipal P.P.: D. Agustín Valero Arce. D. Alberto Arjona Romero. Sr. Interventor: D. Samuel García Pastor Sr. Secretario General: D. José Daniel Ramos Núñez Nº 07/2013 ACTA de la sesión ordinaria celebrada en primera convocatoria por el Pleno Corporativo con fecha 18 de septiembre de 2013. En la Ciudad de Archidona siendo las veinte horas y cinco minutos del día dieciocho de septiembre del año dos mil trece, en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento ubicado en la planta primera de esta Casa Consistorial sita en Plaza Ochavada, nº 1, se reúnen en primera convocatoria los señores y las señoras anotados al margen, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente Don Manuel Sánchez Sánchez, asistido del Secretario del Ayuntamiento, Don José Daniel Ramos Núñez, al objeto de celebrar en primera convocatoria sesión ordinaria del Pleno Corporativo del Ilustre Ayuntamiento de Archidona, conforme a la convocatoria efectuada mediante decreto de Alcaldía nº 2013000604 de 13 de septiembre. Comprobada por el Sr. Secretario la existencia del quórum legalmente exigido en el art. 46.2 c) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede por la Presidencia a declarar abierta la sesión, procediéndose al examen y adopción de acuerdos de los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA 1º.- OBSERVACIONES, EN SU CASO, AL ACTA ANTERIOR (Nº 06/2013 de 25 de julio de 2013). Por la Presidencia se ofrece la palabra a los asistentes por si han de efectuar alguna observación a la referida acta que se somete a la consideración del Pleno. Sin que se produzcan intervenciones o rectificaciones materiales por los presentes queda aprobada en los términos en que ha sido redactada, para su trascripción al Libro Oficial correspondiente. Dictámenes y/o informes emitidos por la Comisión informativa de hacienda, personal, patrimonio, régimen interior y seguimiento de la gestión municipal. DE CARÁCTER INFORMATIVO 2º.- SEGUIMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL (DACIÓN DE CUENTA DECRETOS DE ALCALDÍA).

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Plaza Ochavada, 1 ♦ E – 29300 ARCHIDONA (Málaga)

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N.I.F. P-2901700-A ♦ NºR.E.L. 01290173 ♦ FAX 95 2714165 ♦ Tlf. Información 95 2714480

SEÑORES/AS ASISTENTES: Sr. Alcalde-Presidente: D. Manuel Sánchez Sánchez (G.M. IU-LV-CA). Grupo Municipal IU-LV-CA: D. Francisco Jiménez Aguilera D. Juana Mª Barrio Alba D. Francisco Javier Toro Martín Dª María Ábalos Garrido D. Juan Antonio Lara Medina Grupo Municipal PSOE-A: Dª. Mª Carmen Romero Jiménez D. Miguel Cebrián Zafra Dª Aranzazu Toledo Rojas D. Juan Antonio Peláez Reina D. Juan Pablo Gálvez Alba Grupo Municipal P.P.: D. Agustín Valero Arce. D. Alberto Arjona Romero. Sr. Interventor: D. Samuel García Pastor Sr. Secretario General: D. José Daniel Ramos Núñez

Nº 07/2013

ACTA de la sesión ordinaria celebrada en primera convocatoria por el Pleno Corporativo con fecha 18 de septiembre de 2013. En la Ciudad de Archidona siendo las veinte horas y cinco minutos del día dieciocho de septiembre del año dos mil trece, en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento ubicado en la planta primera de esta Casa Consistorial sita en Plaza Ochavada, nº 1, se reúnen en primera convocatoria los señores y las señoras anotados al margen, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente Don Manuel Sánchez Sánchez, asistido del Secretario del Ayuntamiento, Don José Daniel Ramos Núñez, al objeto de celebrar en primera convocatoria sesión ordinaria del Pleno Corporativo del Ilustre Ayuntamiento de Archidona, conforme a la convocatoria efectuada mediante decreto de Alcaldía nº 2013000604 de 13 de septiembre. Comprobada por el Sr. Secretario la existencia del quórum legalmente exigido en el art. 46.2 c) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede por la Presidencia a declarar abierta la sesión, procediéndose al examen y adopción de acuerdos de los asuntos incluidos en el siguiente

ORDEN DEL DÍA

1º.- OBSERVACIONES, EN SU CASO, AL ACTA ANTERIOR (Nº 06/2013 de 25 de julio de 2013).

Por la Presidencia se ofrece la palabra a los asistentes por si han de efectuar alguna observación a la referida acta

que se somete a la consideración del Pleno. Sin que se produzcan intervenciones o rectificaciones materiales por los presentes queda aprobada en los términos en que ha sido redactada, para su trascripción al Libro Oficial correspondiente.

Dictámenes y/o informes emitidos por la Comisión informativa de hacienda, personal, patrimonio, régimen interior y

seguimiento de la gestión municipal.

DE CARÁCTER INFORMATIVO

2º.- SEGUIMIENTO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL (DACIÓN DE CUENTA DECRETOS DE ALCALDÍA).

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Plaza Ochavada, 1 ♦ E – 29300 ARCHIDONA (Málaga)

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Por Secretaría se da lectura al Informe emitido en sesión ordinaria celebrada con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos literales:

“Segundo.- Seguimiento de los órganos de gobierno municipal (Dación de cuenta Decretos de Alcaldía).- Por la

Presidencia, se informa a los asistentes de las cuestiones más importantes que han ocupado la actividad de los órganos de gobierno municipal desde la celebración de la anterior Comisión Informativa, enumerando las que siguen y ello sin perjuicio de las que pueda adicionarse en la correspondiente sesión plenaria:

� Se ha mantenido reunión con el departamento de Planificación Hidrológica en relación con el desarrollo del

polígono industrial de Caracate. � Se asistió a las reuniones de los Consorcios Provinciales de Agua y Residuos Sólidos. � Se han tenido diversas reuniones en la Diputación Provincial, y más concretamente con la oficina del Alcalde y

con los responsables del proyecto geo-local que se va a poner en marcha de modo experimental en un total de 12 de municipios de la provincia entre los que se encuentra Archidona.

� Se ha celebrado entrevista con la Comandancia Naval de Málaga en relación con la programación de actos conmemorativos del centenario del nombramiento de Augusto Miranda Godoy como Ministro de Marina.

� Se participó en los actos de homenaje a Blas Infante en el 77º aniversario de su asesinato, que tuvo lugar el sábado 10 de agosto en el kilómetro 4 de la carretera de Carmona, con la impartición de conferencia “El ideal andaluz. Ahora más que nunca” por expresa invitación de la Fundación Blas Infante como organizadora de los actos.

� Ha comenzado la obra de arreglo de la acequia en la Huertas del Río, concerniente a los Presupuestos Participativos.

� Se ha concluido el aparcamiento de la Viuda en calle Pilarejo. � Se está realizando nueva ubicación de contenedores de basura en la zona de Salinas existente junto a la ermita. � Se está llevando a cabo obra de acometida de la red eléctrica a la nave vivero de empresas. � Se ha concluido la obra de remodelación de la vivienda social sita en el Molino Don Juan. � Continúan las labores de desbroce de distintas zonas del Municipio. � Ha comenzado el nuevo proceso de presupuestos participativos para determinar las inversiones a realizar en la

anualidad de 2014. � Se trabaja en la definición del proyecto Archidona Amable. � La Oficina de Obras ha redactado proyecto de rehabilitación de la iglesia de la Victoria. � La Escuela Taller lleva a cabo proyecto de mejora de los jardines del Recinto Ferial. � Se ha efectuado la apertura del Centro de Interpretación de la Cultura Mozárabe. � Se ha programado la visita del bus Ágora para formar a la ciudadanía en el uso de la firma digital y la tramitación

electrónica. � Se ha iniciado la construcción de nuevo módulo de nichos en el Cementerio Municipal. � Durante las vacaciones escolares se han llevado a cabo diversas actividades juveniles, entre las que destaca el

campamento de verano. � Se han efectuado así mismo labores de mantenimiento de los centros escolares de cara al inicio del curso escolar. � El comedor escolar del Colegio Virgen de Gracia ha permanecido abierto hasta el 6 de septiembre a fin de

ofrecer dicho servicio a menores con riesgo de desnutrición. � Las fiestas de San Aurelio se celebraron con plena normalidad, al igual que el certamen poético y pregón, el

festival flamenco y la propia Feria de Agosto. � La piscina municipal ha permanecido abierta hasta mediados de septiembre, siendo escenario de la campaña

municipal de natación y de la celebración del circuito provincial. � Se vienen desarrollando diversas actividades deportivas conforme a la programación del PMD, destacando una

nueva edición del campeonato de tenis de mesa o la celebración de la ginkana automovilística dentro de los actos de feria. � La actividad cultural ha sido protagonista este tiempo con la celebración de los ciclos pantalla de cine y cine de

barrio y las exposiciones colectivas de dos talleres de pintura que acogió la sala municipal. � Se ha procedido a la liquidación del Consorcio UTEDLT Nororma.

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� El pasado 29 de agosto el equipo de investigación, que actualmente está excavando en los yacimientos de Orce (Granada), y Sierra de Atapuerca (Burgos), visitaron la Cueva de las Grajas al objeto de conocer sobre el terreno sus posibilidades de investigación.

� Ha concluido el plazo para la presentación de solicitudes al amparo del Decreto-ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía, con un total de 177 solicitudes que actualmente están en fase de baremación.

No existiendo otros asuntos de los que informar al margen de los que se derivan de las actas de la Junta de Gobierno

Local que han recibido en sus domicilios los señores/as concejales/as y los decretos de Alcaldía nº 2013000458 a 2013000600, que han sido promulgados en este periodo y que se encuentran a disposición de los presentes para su información; la Presidencia se ofrece a responder cuantas cuestiones puedan suscitarse al respecto, no planteándose ninguna.”

Tras lo cuál por el Sr. Alcalde se resaltan algunas cuestiones respecto de las anteriormente enumeradas, añadiéndose, entre otros asuntos:

• Posibilidad ampliación puestos mercadillo y así ampliar la oferta. • Celebración jornadas sobre solución de conflictos en el ámbito del Consumo, en coordinación con la Diputación

Provincial. • Celebración II Jornadas rutas turísticas nocturnas con éxito. • Promoción de Archidona en Ibercaza (Jaén). • Difusión romería Santuario 14 agosto. • Visita Ministra Fomento al trazado del AVE. • Archidona estará representada en el Consejo rector del Patronato de Recaudación Provincial. • Desarrollo con normalidad y éxito del campamento de verano.

Asimismo, el Sr. Alcalde para felicitar públicamente a D- Eduardo Aguilar Muñoz por su Pregón de Feria de Agosto, e invita a la ciudadanía a que participen en el reseñado proyecto de Archidona Amable.

DE CARÁCTER RESOLUTIVO

3º.- TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA SEPARACIÓN DEL AYTO. DE Vª DE ALGAIDAS DEL CONSORCIO PARQUE MAQUINARIA ZN DE MÁLAGA.

Por Secretaría se da lectura al dictamen emitido en sesión ordinaria celebrada con fecha 13 de septiembre de

2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos literales: “Tercero.- Toma de conocimiento de la separación del Ayto. de Vª de Algaidas del Consorcio Parque Maquinaria ZN de Málaga.- La Presidencia cede la palabra al Sr. Secretario quien da cuenta del acuerdo adoptado por la Junta General del Consorcio Parque Maquinaria ZN de Málaga de fecha 3 de julio de 2013 aceptando la separación voluntaria del Ayuntamiento de Villanueva de Algaidas de la mencionada entidad. Sin que se produzcan intervenciones se somete directamente a votación, acordando los reunidos por unanimidad dictaminar favorablemente la correspondiente toma de razón por el Pleno Corporativo. Pase a Pleno.” Dándose cuenta del asunto por la Alcaldía, se toma razón por los presentes.

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4º.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE EXPEDIENTE DE DESLINDE DEL CAMINO PÚBLICO Nº 9027 DEL POLÍGONO 34 DEL CATASTRO DE FINCAS RÚSTICAS DEL MUNICIPIO DE ARCHIDONA. (Dictamen)

Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido en sesión ordinaria celebrada con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos literales: “Cuarto.- Aprobación definitiva, si procede, de expediente de deslinde del camino público nº 9027 del polígono 34 del catastro de fincas rústicas del Municipio de Archidona.- La Presidencia cede la palabra al Sr. Secretario quien da cuenta del estado de tramitación de dicho expediente así como de la propuesta de resolución que ha sido formulada desestimando las alegaciones presentadas y postulando la aprobación del deslinde efectuado. Sin que se produzcan intervenciones se somete directamente a votación, acordando los reunidos por unanimidad dictaminar favorablemente la aprobación del expresado expediente en los términos que resultan de la propuesta de resolución. Pase a Pleno.”

“PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

ASUNTO: Aprobación definitiva deslinde del camino público identificado bajo el nº 9.027 del polígono 34, promovido a

instancia de Don Miguel Féliz González Núñez. Visto el expediente tramitado y de conformidad a lo dispuesto en la Ley 7/1985 de 2 de abril, Ley 33/2003 de 3 de noviembre, Ley 7/1999 de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y Decreto 18/2006 de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía; al Pleno Corporativo se propone la adopción del siguiente

ACUERDO Primero: Desestimar las alegaciones presentadas por Construcciones T. Arjona, S.L. y Dª Paula Benítez Aguilera por los motivos siguientes:

1. No es cierto que el acta de apeo se efectuase con desconocimiento de Dª Paula Benítez Aguilera pues según consta en el acta redactada en dicho acto estuvo representada por Don Antonio Arrebola Martín. Respecto a la ausencia de notificación alegada por Construcciones T. Arjona, S.L. este tenía igualmente conocimiento a través de Don Tomás Arjona Molina según consta en el expediente. No obstante lo anterior, el Pleno Corporativo en sesión de 25/07/2013 acordó conferirles nuevo trámite de audiencia por término de diez días, subsanándose así las posibles deficiencias procedimentales en que se pudiera haber incurrido y con mayores garantías si cabe al disponer de pleno conocimiento de las operaciones de apeo practicadas (conforme a los datos consignados en el acta y a las evidencias que quedaron marcadas sobre el terreno) y mayor tiempo para la práctica de alegaciones y aportación documental que el que hubiera dispuesto en el acto de apeo, no generándoseles en consecuencia indefensión alguna. A mayor abundamiento se señala que las operaciones de apeo son un acto de trámite cuyo objeto es el de fijar con precisión sobre el terreno los linderos de la finca, reseñándose en el acta que al efecto ha de extenderse con expresión del lugar, fecha y hora en que comiencen las operaciones, identificación de los asistentes, descripción del terreno y medios técnicos utilizados, dirección y distancia de las líneas perimetrales, situación, cabida y linderos de la finca, así como la referencia a los nombres de la misma, si los hubiera, recogiendo así mismo las manifestaciones y observaciones que se formulen y la expresa conformidad, en su caso, de los asistente al apeo realizado; manifestaciones y disconformidad que en el presente caso se han recogido de manera diferida y a través del trámite de audiencia que adicionalmente les ha sido conferido.

2. El camino objeto de deslinde existe desde tiempo inmemorial según reflejan los planos catastrales de fincas rústicas del Municipio de Archidona correspondiente a los años 1999 y 1989, sin que la desaparición física del mismo como consecuencia de su roturación por los propietarios de olivares colindantes determine su supresión o

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la prevalencia de la propiedad privada sobre el mismo, dada la imprescriptibilidad de los bienes de dominio público, no considerándose en su consecuencia vulnerado derecho de propiedad alguno.

3. No se hace necesaria la realización de nuevo apeo conforme a lo expuesto en el punto primero. 4. No se ha vulnerado procedimiento alguno conforme a lo expuesto en el punto primero, sin que la existencia de

otros caminos próximos al que constituye el presente deslinde justifique en sí la supresión de éste, como tampoco lo justifica el hecho de que la persona interesada con su deslinde no tenga la condición de colindante al mismo, considerándose necesario mantener el camino dado que articula una zona del Término Municipal.

5. Se considera necesario y conveniente recuperar el uso del mencionado camino, sin que sea necesaria la práctica de nuevo apeo conforme a lo expuesto en el punto primero.

Segundo: Aprobar el deslinde efectuado del camino público identificado bajo el nº 9.027 del polígono 34, de conformidad con el Acta de apeo de fecha 15 de julio de 2013, conforme a la descripción realizada en el mencionado apeo que seguidamente se transcribe y en su consecuencia, declarar provisionalmente la posesión de la finca descrita por el Ayuntamiento.

Descripción del camino público nº 9027 del polígono 34.- El camino en cuestión es un vial que comunica el camino de Las Escaldaderas con el camino de Espetazorras y que nace en la concurrencia del arroyo de la Angostura con las parcelas catastrales nº 39 y 48 del polígono 34. Discurre en línea recta dejando a la derecha a las parcelas 48, 43, 42 y 41 del polígono 34, y a la izquierda la parcela 39, 40 y nuevamente la 39 del polígono 34. Desde el inicio del camino y durante aproximadamente 250 metros el camino discurre en paralelo a una zanja o arroyadero identificado en el catastro bajo el nº 9013 del polígono 34, desviándose el arroyadero a la izquierda del camino de manera cuasi perpendicular. A unos 100 metros de dicho punto existe poste de luz eléctrica, colindando a continuación el camino con dos eras que forman parte de la parcela 41 del polígono 34. El camino termina confluyendo en el Espetazorras en el punto donde este último presenta una ligera curva. El camino en su integridad se encuentra desaparecido y labrado, habiéndose integrado en las fincas colindantes, viniendo a coincidir con la camada de olivos que delimita unas fincas de otras. La confluencia con el camino de Espetazorras se encuentra igualmente desaparecida al haber sido ocupada por maleza y arbustos. Dicho camino aparece identificado con igual trama a la anteriormente descrita en los documentos catastrales correspondientes a los años 1958, 1989 y 1999, correspondiendo la actual parcela 39 y 40 con la identificada en el catastro de 1989 como 41, la 48 con la 48, la 43 con parte de la 48, la 42 con la 44, y la 41 con las 42 y 43. El camino objeto de deslinde tiene como linderos los siguientes: Norte, las parcelas catastrales nº 41, 42, 43 y 48 del polígono 34 cuyos titulares catastrales resultan ser Construcciones T. Arjona, S.L. con domicilio en 29007-Málaga, Avda. de Andalucía, nº 30, 3º A de las parcelas nº 41 y 48, y, D. José Mariano Arroyo Barrios, con domicilio en LG Cana Negreta-Carretera San Juan, 07840-Santa Eulalia des Riu (Illes Baleres) de las parcelas nº 42 y 43; al Sur, con las parcelas 39 y 40 del polígono 34 cuyos titulares catastrales resultan ser respectivamente, D. Cándido Benítez Aguilera con domicilio en 29315-Archidona, calle Castillo, nº 12 y D. José Mariano Arroyo Barrios, con domicilio en LG Cana Negreta-Carretera San Juan, 07840-Santa Eulalia des Riu (Illes Baleres); al Este con el arroyo de la Angostura y el camino de las Escaldaderas; y al Oeste con el camino de Espetazorras.

Tercero: Inscribir en el Inventario del Bienes del Ayuntamiento así como en el Registro de la Propiedad de Archidona. Cuarto: Notificar a los dueños de las fincas colindantes y también, en su caso, a los titulares de otros derechos reales constituidos sobre las mismas, que figuren inscritos en el Registro de la Propiedad, siendo estos: • Construcciones T. Arjona, S.L. con domicilio en 29007-Málaga, Avda. de Andalucía, nº 30, 3º A • D. José Mariano Arroyo Barrios, con domicilio en LG Cana Negreta-Carretera San Juan, 07840-Santa Eulalia des Riu

(Illes Baleres) • Dª Pilar Barrio Sánchez-Lafuente con domicilio desconocido. • D. Cándido Benítez Aguilera con domicilio en 29315-Archidona, Bda. Salinas, calle Castillo, nº 12 • Dª María Benítez Aguilera con domicilio desconocido.

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• D. Francisco Benítez Aguilera con domicilio en 29300-Archidona, calle Puentezuela, nº 43 • Los titulares de cuantos derechos reales graven las referidas fincas. Quinto: Proceder al amojonamiento de la finca objeto del deslinde, una vez que el Acuerdo de aprobación del deslinde sea firme y de conformidad con el Acta de apeo de fecha 15 de julio de 2013 Sexto: Dar traslado a la Alcaldía Presidencia, Secretaría y Oficina de Obras para su conocimiento y efectos oportunos. En Archidona a 11 de septiembre de 2013. EL ALCALDE, Fdo. Manuel Sánchez Sánchez”

Sin que se produzcan intervenciones por los presentes, y vistos los Informes jurídicos emitidos por la Asesoría jurídica municipal, vistos los arts. 131 y ss. del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, siendo competencia del Pleno conforme al art. 137, sometido el asunto a votación ordinaria, y por unanimidad de los presentes (trece votos favorables: 6 GM IULVCA, 5 GM PSOE-A y 2 GM PP) coincidiendo el número de hecho con el número de derecho, lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda aprobar el dictamen en sus justos términos y en consecuencia:

Primero: Desestimar las alegaciones presentadas por Construcciones T. Arjona, S.L. y Dª Paula Benítez Aguilera por los motivos siguientes:

1. No es cierto que el acta de apeo se efectuase con desconocimiento de Dª Paula Benítez Aguilera pues según consta en el acta redactada en dicho acto estuvo representada por Don Antonio Arrebola Martín. Respecto a la ausencia de notificación alegada por Construcciones T. Arjona, S.L. este tenía igualmente conocimiento a través de Don Tomás Arjona Molina según consta en el expediente. No obstante lo anterior, el Pleno Corporativo en sesión de 25/07/2013 acordó conferirles nuevo trámite de audiencia por término de diez días, subsanándose así las posibles deficiencias procedimentales en que se pudiera haber incurrido y con mayores garantías si cabe al disponer de pleno conocimiento de las operaciones de apeo practicadas (conforme a los datos consignados en el acta y a las evidencias que quedaron marcadas sobre el terreno) y mayor tiempo para la práctica de alegaciones y aportación documental que el que hubiera dispuesto en el acto de apeo, no generándoseles en consecuencia indefensión alguna. A mayor abundamiento se señala que las operaciones de apeo son un acto de trámite cuyo objeto es el de fijar con precisión sobre el terreno los linderos de la finca, reseñándose en el acta que al efecto ha de extenderse con expresión del lugar, fecha y hora en que comiencen las operaciones, identificación de los asistentes, descripción del terreno y medios técnicos utilizados, dirección y distancia de las líneas perimetrales, situación, cabida y linderos de la finca, así como la referencia a los nombres de la misma, si los hubiera, recogiendo así mismo las manifestaciones y observaciones que se formulen y la expresa conformidad, en su caso, de los asistente al apeo realizado; manifestaciones y disconformidad que en el presente caso se han recogido de manera diferida y a través del trámite de audiencia que adicionalmente les ha sido conferido.

2. El camino objeto de deslinde existe desde tiempo inmemorial según reflejan los planos catastrales de fincas rústicas del Municipio de Archidona correspondiente a los años 1999 y 1989, sin que la desaparición física del mismo como consecuencia de su roturación por los propietarios de olivares colindantes determine su supresión o la prevalencia de la propiedad privada sobre el mismo, dada la imprescriptibilidad de los bienes de dominio público, no considerándose en su consecuencia vulnerado derecho de propiedad alguno.

3. No se hace necesaria la realización de nuevo apeo conforme a lo expuesto en el punto primero. 4. No se ha vulnerado procedimiento alguno conforme a lo expuesto en el punto primero, sin que la existencia de

otros caminos próximos al que constituye el presente deslinde justifique en sí la supresión de éste, como tampoco lo justifica el hecho de que la persona interesada con su deslinde no tenga la condición de colindante al mismo, considerándose necesario mantener el camino dado que articula una zona del Término Municipal.

5. Se considera necesario y conveniente recuperar el uso del mencionado camino, sin que sea necesaria la práctica de nuevo apeo conforme a lo expuesto en el punto primero.

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Segundo: Aprobar el deslinde efectuado del camino público identificado bajo el nº 9.027 del polígono 34, de conformidad con el Acta de apeo de fecha 15 de julio de 2013, conforme a la descripción realizada en el mencionado apeo que seguidamente se transcribe y en su consecuencia, declarar provisionalmente la posesión de la finca descrita por el Ayuntamiento.

Descripción del camino público nº 9027 del polígono 34.- El camino en cuestión es un vial que comunica el camino de Las Escaldaderas con el camino de Espetazorras y que nace en la concurrencia del arroyo de la Angostura con las parcelas catastrales nº 39 y 48 del polígono 34. Discurre en línea recta dejando a la derecha a las parcelas 48, 43, 42 y 41 del polígono 34, y a la izquierda la parcela 39, 40 y nuevamente la 39 del polígono 34. Desde el inicio del camino y durante aproximadamente 250 metros el camino discurre en paralelo a una zanja o arroyadero identificado en el catastro bajo el nº 9013 del polígono 34, desviándose el arroyadero a la izquierda del camino de manera cuasi perpendicular. A unos 100 metros de dicho punto existe poste de luz eléctrica, colindando a continuación el camino con dos eras que forman parte de la parcela 41 del polígono 34. El camino termina confluyendo en el Espetazorras en el punto donde este último presenta una ligera curva. El camino en su integridad se encuentra desaparecido y labrado, habiéndose integrado en las fincas colindantes, viniendo a coincidir con la camada de olivos que delimita unas fincas de otras. La confluencia con el camino de Espetazorras se encuentra igualmente desaparecida al haber sido ocupada por maleza y arbustos. Dicho camino aparece identificado con igual trama a la anteriormente descrita en los documentos catastrales correspondientes a los años 1958, 1989 y 1999, correspondiendo la actual parcela 39 y 40 con la identificada en el catastro de 1989 como 41, la 48 con la 48, la 43 con parte de la 48, la 42 con la 44, y la 41 con las 42 y 43. El camino objeto de deslinde tiene como linderos los siguientes: Norte, las parcelas catastrales nº 41, 42, 43 y 48 del polígono 34 cuyos titulares catastrales resultan ser Construcciones T. Arjona, S.L. con domicilio en 29007-Málaga, Avda. de Andalucía, nº 30, 3º A de las parcelas nº 41 y 48, y, D. José Mariano Arroyo Barrios, con domicilio en LG Cana Negreta-Carretera San Juan, 07840-Santa Eulalia des Riu (Illes Baleres) de las parcelas nº 42 y 43; al Sur, con las parcelas 39 y 40 del polígono 34 cuyos titulares catastrales resultan ser respectivamente, D. Cándido Benítez Aguilera con domicilio en 29315-Archidona, calle Castillo, nº 12 y D. José Mariano Arroyo Barrios, con domicilio en LG Cana Negreta-Carretera San Juan, 07840-Santa Eulalia des Riu (Illes Baleres); al Este con el arroyo de la Angostura y el camino de las Escaldaderas; y al Oeste con el camino de Espetazorras.

Tercero: Inscribir en el Inventario del Bienes del Ayuntamiento así como en el Registro de la Propiedad de Archidona. Cuarto: Notificar a los dueños de las fincas colindantes y también, en su caso, a los titulares de otros derechos reales constituidos sobre las mismas, que figuren inscritos en el Registro de la Propiedad, siendo estos: • Construcciones T. Arjona, S.L. con domicilio en 29007-Málaga, Avda. de Andalucía, nº 30, 3º A • D. José Mariano Arroyo Barrios, con domicilio en LG Cana Negreta-Carretera San Juan, 07840-Santa Eulalia des Riu

(Illes Baleres) • Dª Pilar Barrio Sánchez-Lafuente con domicilio desconocido. • D. Cándido Benítez Aguilera con domicilio en 29315-Archidona, Bda. Salinas, calle Castillo, nº 12 • Dª María Benítez Aguilera con domicilio desconocido. • D. Francisco Benítez Aguilera con domicilio en 29300-Archidona, calle Puentezuela, nº 43 • Los titulares de cuantos deecgos reales graven las referidas fincas. Quinto: Proceder al amojonamiento de la finca objeto del deslinde, una vez que el Acuerdo de aprobación del deslinde sea firme y de conformidad con el Acta de apeo de fecha 15 de julio de 2013 Sexto: Dar traslado a la Alcaldía Presidencia, Secretaría y Oficina de Obras para su conocimiento y efectos oportunos.

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5º.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL INSTRUCTOR DEL EXPEDIENTE INCOADO PARA LA CONCESIÓN DE MEDALLA DE ORO DE LA CIUDAD A LA MUY ANTIGUA Y VENERABLE ARCHICOFRADÍA DE NTRA. SRA. DE LA SOLEDAD Y MADRE DE DIOS, SANTO SEPULCRO, NUESTRO PADRE JESÚS DE LA COLUMNA Y SANTÍSIMO CRISTO DEL MAYOR DOLOR DE ARCHIDONA. (Dictamen)

Por Secretaría se da lectura al dictamen favorable emitido en sesión ordinaria celebrada con fecha 13 de

septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos literales: “Quinto.- Propuesta de resolución del Instructor del expediente incoado para la concesión de medalla de oro de la ciudad a la Muy antigua y venerable Archicofradía de Ntra. Sra. de la Soledad y Madre de Dios, Santo Sepulcro, Nuestro Padre Jesús de la Columna y Santísimo Cristo del Mayor Dolor de Archidona.- La Presidencia cede la palabra al Sr. Secretario quien da cuenta del estado de tramitación de dicho expediente así como de la propuesta de resolución que ha sido formulada postulando la concesión a la mencionada Hermandad de tan elevada distinción. Sin que se produzcan intervenciones se somete directamente a votación, acordando los reunidos por unanimidad dictaminar favorablemente la concesión de medalla de oro de la ciudad a la Archicofradía de Ntra. Sra. de la Soledad y Madre de Dios, Santo Sepulcro, Nuestro Padre Jesús de la Columna y Santísimo Cristo del Mayor Dolor de Archidona, en los términos que resultan de la propuesta de resolución. Pase a Pleno.”

“PROPUESTA DE RESOLUCIÓN Visto el expediente instruido por acuerdo del Pleno Corporativo de 25 de julio de 2013 para la concesión de Medalla de Oro de la ciudad a la Muy Antigua y Venerable Archicofradía de Nuestra Señora de la Soledad y Madre de Dios, Santo Sepulcro, Nuestro Padre Jesús de la Columna y Santísimo Cristo del Mayor Dolor Considerando los méritos alegados en el dossier aportado por Don Francisco de Paula Almohalla Cárdenas, conforme a los cuáles ha quedado suficientemente acreditado que la entidad para la que se solicita tan alta distinción municipal: - Conmemora durante la anualidad de 2013 sus 500 años de existencia cofrade - Es una entidad con gran arraigo popular - Posee y custodia un rico patrimonio artístico, entre el que destaca su imaginería, las bulas papales de 1507 y 1608, o el

trono del Santo Sepulcro, a la sazón el más antiguo de la Semana Santa malagueña. - Ha sabido mantener un importante legado cultural con inveteradas tradiciones como la ceremonia del descendimiento,

la celebración de la candelaria, o la recorrida de sampedros - Presta auxilio espiritual y asistencia social a sus hermanos cofrades, cuyo número excede de 600. - Prestó durante muchos años asistencia sanitaria a través de hospital erigido en calle Carrera. - Prestó y aun presta, a través de una cooperativa, servicios funerarios. - Es la responsable de 2 de las 8 procesiones que a día de hoy configuran nuestra Semana Santa - Ha sido el germen que ha propiciado la creación de otras cinco cofradías y en su consecuencia de la Semana Santa que

ha llegado a nuestros días, cuya singularidad fuese reconocida al ser declarada como Fiesta de Interés Turístico Nacional de Andalucía

- Contribuye de manera decidida a la promoción de la economía local mediante la contratación de servicios y suministros del Municipio (banda de música, talleres de bordado, etc.)

- Contribuye especialmente a la promoción de nuestro Municipio en el exterior, como lo ha evidenciado su hermanamiento con el Cuerpo Nacional de Policía.

Considerando el expreso apoyo popular que dicha iniciativa ha tenido con el aval de las más de 600 firmas de vecinos de esta Localidad, lo que representan cerca de un diez por ciento de su población adulta.

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Considerando la adhesión expresada por otras entidades con fuerte arraigo en nuestro Municipio, como lo son la Cofradía de nuestra patrona la Santísima Virgen de Gracia, así como las demás de Semana Santa de Archidona: las Hermandades del Nazareno, Dulcenombre, Humildad, Huerto y Pollinica. Considerando que ofrecida audiencia a las entidades y asociaciones radicadas en el Municipio no se ha expresado oposición alguna por parte de las mismas. Considerando que no se ha presentado alegación ni reclamación alguna en el trámite de información pública llevado a cabo. Considerando lo dispuesto en el Reglamento Municipal de Honores y Distinciones y en uso de las atribuciones que como Instructor del expediente me han sido atribuidas, al Pleno Corporativo se eleva propuesta de resolución para la adopción del siguiente

ACUERDO: Primero.- Conceder la medalla de oro de la ciudad de Archidona a la Muy Antigua y Venerable Archicofradía de Nuestra Señora de la Soledad y Madre de Dios, Santo Sepulcro, Nuestro Padre Jesús de la Columna y Santísimo Cristo del Mayor Dolor. Segundo.- Notificar a la expresada Archicofradía así como a Don Francisco de Paula Almohalla Cárdenas en su condición de parte interesada. Tercero.- Trasládese al Concejal delegado de Cultura y Protocolo para su conocimiento y efectos oportunos. Lo manda y firma, su señoría, Don Francisco Javier Toro Martín, Concejal delegado de Cultura y Protocolo, en Archidona a 11 de septiembre de 2013.

EL INSTRUCTOR, Fdo. Francisco Javier Toro Martín” Tras las intervenciones por los presentes, los cuales coinciden en el buen hacer de dicha Cofradía la cual ha contribuido a la promoción cultural, artística y patrimonial de la ciudad, con sus siglos de historia, cumpliendo asimismo una labor social haciéndola merecedora de tal honorable concesión, sometido el asunto a votación ordinaria, y por unanimidad de los presentes (trece votos favorables: 6 GM IULVCA, 5 GM PSOE-A y 2 GM PP) coincidiendo el número de hecho con el número de derecho, lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda aprobar el dictamen en sus justos términos y en consecuencia: Primero.- Conceder la medalla de oro de la ciudad de Archidona a la Muy Antigua y Venerable Archicofradía de Nuestra Señora de la Soledad y Madre de Dios, Santo Sepulcro, Nuestro Padre Jesús de la Columna y Santísimo Cristo del Mayor Dolor. Segundo.- Notificar a la expresada Archicofradía así como a Don Francisco de Paula Almohalla Cárdenas en su condición de parte interesada. Tercero.- Trasládese al Concejal delegado de Cultura y Protocolo para su conocimiento y efectos oportunos. 6º.- PROPUESTA DEL GM SOCIALISTA SOBRE APOYO A LOS CLUBES DEPORTIVOS DE ARCHIDONA. (Dictamen)

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Por la Presidencia se da cuenta del asunto, dictaminado favorablemente con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal, y cede la palabra al Sr. Cebrián Zafra en su condición de portavoz del grupo firmante de la propuesta, quien da lectura a la misma justificando seguidamente los motivos que han determinado su presentación. Abierto el turno de intervenciones, en primer lugar lo hace el Portavoz del GM Popular, Sr. Arjona Romero, quien manifiesta el voto favorable de su Grupo ya que hay que apoyar a todos los clubes deportivos de la localidad y la práctica del deporte. E/r del GM IULVCA, la Sra. Ábalos Garrido, puntualiza que se viene ayudando desde el principio a los clubes deportivos y otros obtienen subvención, habiéndose colaborado también con material deportivo e infraestructuras, cartelería y promoción de actividades, concluyendo que respecto a la utilización de las instalaciones deportivas habrá que llegar a un consenso con los usuarios y clubes, y dice que se está apoyando y se apoyará a todos los clubes deportivos de Archidona, manifestando su voto favorable. Vuelve a intervenir el Portavoz del GM Socialista, Sr. Cebrián, para expresar que algo que le preocupa es que se dejen las llaves de las instalaciones a personal ajeno al Ayuntamiento, el cual es el titular de las instalaciones, ya que podría dar lugar a problemas y responsabilidades, respondiendo la Sra Ábalos que la responsabilidad sería del organizador de la actividad. Tras las intervenciones de los presentes, sometido el asunto a votación ordinaria, y por unanimidad de los presentes (trece votos favorables: 6 GM IULVCA, 5 GM PSOE-A y 2 GM PP) coincidiendo el número de hecho con el número de derecho, lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda aprobar el dictamen en sus justos términos, propuesta que literalmente dice así: “D. Miguel Cebrián Zafra, concejal del Grupo Municipal del P.S.O.E del Ilustre Ayuntamiento de Archidona y al amparo de lo dispuesto en el art. 97.3 del R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa concordante aplicable desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relativa al APOYO A LOS CLUBES DEPORTIVOS DE ARCHIDONA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En Archidona existen clubes deportivos relacionados con varios deportes (fútbol, tenis de mesa, ciclismo, etc.) además hay que incluir a todos/as los/as ciudadanos/as que de forma individual realizan algún tipo de deporte. A esta lista hay que añadir las nuevas constituciones de los clubes deportivos de balonmano y fútbol-sala. Por parte de este Grupo Municipal, se han mantenido reuniones y contactos con representantes de los nuevos clubes deportivos, donde se han puesto encima de la mesa las demandas que estos han realizado al Ayuntamiento y al Patronato Municipal Deportivo, sobre los siguientes temas:

- Subvenciones y ayudas económicas. - Utilización del pabellón cubierto. - Estado de las instalaciones deportivas, etc.

El Grupo Municipal Socialista manifiesta que el Ayuntamiento y el Patronato Municipal Deportivo (organismo autónomo, pero depende del propio Ayuntamiento) deben de apoyar a todos los clubes deportivos, especialmente a los de nueva creación, de la siguiente forma:

- Económicamente. - Cediendo la utilización del pabellón cubierto de forma gratuita y en un horario adecuado, es decir, (la prioridad

de la utilización del pabellón cubierto ó de otras instalaciones deportivas deben de ser para los clubes deportivos y la escuelas municipales deportivas).

- Fomentando esos deportes mediante la celebración de competiciones, partidos amistosos, etc.

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- Creando escuelas deportivas municipales relacionadas con los deportes que representan los clubes deportivos de nueva constitución.

- Realizando un mantenimiento y mejoras de las distintas instalaciones deportivas existente en el municipio. Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Socialista de Ilustre Ayuntamiento de Archidona propone para su aprobación los siguientes

ACUERDOS

Primero.- Instar a la Concejalía de Deportes y al Patronato Municipal Deportivo de Archidona que convoque al Consejo Rector de dicho Patronato para estudiar y consensuar las demandas y propuestas de todos los clubes deportivos de la Ciudad. Dicha convocatoria debería de realizarse a la mayor brevedad posible, ya que actualmente los clubes deportivos están planificando la próxima temporada. Segundo.- Instar a la Sra. Concejala delegada en deportes para que dé las directrices oportunas al objeto de realizar un mantenimiento constante y adecuado de las distintas instalaciones deportivas existentes en el Municipio. Tercero.- Instar a la Sra. Concejala delegada en deportes al objeto de suscribir convenio con los clubes deportivos de Balonmano y Fútbol-sala en similares términos a los suscritos con el club de fútbol Archidona Atco. con la debida proporcionalidad en cuanto a la subvención a otorgar, en atención al número de practicantes y coste económico que a cada uno le supone su práctica federada Lo que se eleva al Ayuntamiento Pleno para su debate y aprobación si procede. En Archidona a 17 de julio de 2013. El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Miguel Cebrián Zafra..”

7º.- PROPUESTA DEL GM SOCIALISTA SOBRE SITUACIÓN DE ALGUNOS PARQUES, ZONAS VERDES Y DETERMINADOS PARAJES NATURALES. (Dictamen) Por la Presidencia se da cuenta del asunto, dictaminado favorablemente con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal, y cede la palabra al Sr. Cebrián Zafra en su condición de portavoz del grupo firmante de la propuesta, quien da lectura a la misma justificando seguidamente los motivos que han determinado su presentación, mostrando asimismo fotografías sobre dicho asunto, detallando las denuncias de las situaciones contenidas en la propuesta; asimismo reitera lo manifestado en la Comisión Informativa en cuanto al desfase experimentado por el tiempo transcurrido desde su presentación y las actuaciones emprendidas desde entonces por el quipo de gobierno, de lo que se congratula al haberse subsanado parte de las deficiencias que señalaban en la misma, lo que no quita que insistan en ella dado el lamentable estado que siguen experimentando algunos de nuestros parques, jardines y zonas verdes, citando algunos ejemplos. En representación del GM Popular interviene su Portavoz Sr. Arjona Romero, quien manifiesta su voto favorable, si bien puntualiza que lo que se solicita ya se está haciendo por el equipo de gobierno, siendo por tanto favorable a que se siga trabajando en el mantenimiento de las zonas verdes, añadiendo que también es importante el civismo de los ciudadanos y evitar los actos vandálicos. E/r del GM IULVCA, el Sr. Lara Medina expresa su voto favorable aclarando que la labor que se solicita se realiza durante todo el año, instando al Grupo proponente a que denuncien tales irregularidades o avisen al Ayuntamiento cada vez que detecten alguna anomalía, instando asimismo a la Junta de Andalucía a que cumpla con el trabajo que le corresponde, concluyendo con el detalle de los trabajos que se han realizado y explicando el porqué de la no realización de otros. Se debate a continuación sobre el desbroce de determinados lugares del municipio. El Sr. Cebrián Zafra insta al equipo de gobierno a que no se escude en los actos vandálicos de terceros y asuman su responsabilidad las correspondientes concejalías. El Sr. Lara Medina contesta que hay que hacer caso a lo que aconsejan los técnicos y confiar

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en ellos, a lo que el Sr. Cebrián responde que no deriva la responsabilidad a los técnicos y asuma su responsabilidad la concejalía competente. Por último el Sr. Alcalde matiza que si un concejal atiende a un informe técnico no significa dejadez ni derivación de responsabilidad. Sin que haya más intervenciones, sometido el asunto a votación ordinaria, y por unanimidad de los presentes (trece votos favorables: 6 GM IULVCA, 5 GM PSOE-A y 2 GM PP) coincidiendo el número de hecho con el número de derecho, lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda aprobar el dictamen en sus justos términos, propuesta que literalmente dice así: “D. Miguel Cebrián Zafra, concejal del Grupo Municipal del P.S.O.E del Ilustre Ayuntamiento de Archidona y al amparo de lo dispuesto en el art. 97.3 del R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa concordante aplicable desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relativa a la SITUACIÓN QUE PRESENTAN ACTUALMENTE ALGUNOS PARQUES, ZONAS VERDES Y DETERMINADOS PARAJES NATURALES.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los parques y zonas verdes son fundamentales para la vida diaria de nuestros/as vecinos/as, ya que, cumplen con una función social, especialmente, para los/as pequeños/as donde disfrutan de juegos infantiles, relacionándose con otros/as niños/as de su edad. Además de la función social los parques y zonas verdes cumplen con una función medioambiental, contribuyendo principalmente a la reducción de la contaminación. Una de las competencias propias y exclusivas de los ayuntamientos es el mantenimiento de las zonas verdes y parques existentes en los términos municipales. En referencia a los parques de nuestra Ciudad, en las últimas semanas se han realizado diversos trabajos de mantenimiento (independientemente de los trabajos de jardinería), principalmente, pintar los columpios, "parcheo" con albero de algunos baches ó irregularidades que presentaba el suelo. El Grupo Municipal Socialista considera, que estos trabajos no han sido suficientes para que los parques de nuestra Ciudad puedan ser disfrutados plenamente, máxime cuando en la temporada estival se produce una mayor utilización de ellos, ejemplo claro de esta situación es el parque del Llano, que presenta las siguientes deficiencias:

- La existencia de piedras. - Papeleras rotas. - Las alcantarillas sobresalen del nivel del suelo. - Suelo irregular (el parcheo con albero no ha sido suficiente) - Acerado en mal estado (presenta irregularidades que no han sido reparadas de forma definitiva).

En el parque del Molino Don Juan presenta las siguientes deficiencias: papeleras rotas, suelo Irregular por falta de albero, falta de limpieza. Mención aparte, realizamos sobre la situación lamentable de dejadez que presentan algunos parajes naturales de nuestro término municipal, máxime cuando en ejercicios anteriores y en el actual se han realizado inversiones y trabajos de repoblación de plantas y árboles, además esta situación de abandono y de falta de limpieza y desbroce contribuyen a la posibilidad de aparición de incendios, ejemplos claros son los siguientes:

- Fuente Sacristán. - Fuente de Los Berros. - Paraje de la Hoz de Marín (zona de los merenderos y barbacoas).

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Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Socialista de Ilustre Ayuntamiento de Archidona propone para su aprobación los siguientes

ACUERDOS

Primero.- Instar a la/s concejalía/s responsable/s de estas materias que a la mayor brevedad posible realicen las gestiones y transmitan las directrices oportunas para subsanar las deficiencias que presentan los parques, zonas verdes y parajes de nuestro municipio. Segundo.- Instar al equipo de gobierno encabezado por el Sr. Alcalde, para que realicen las gestiones oportunas, en caso, de que los trabajos que se tengan que realizar en algunos parajes naturales sean competencia de la Junta de Andalucía. Lo que se eleva al Ayuntamiento Pleno para su debate y aprobación si procede. En Archidona a 17 de julio de 2013. El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Miguel Cebrián Zafra.”

8º.- PROPUESTA CONJUNTA GRUPOS IU LV-CA Y PSOE-A PARA SOLICITAR AL GOBIERNO LA RETIRADA DEL RECURSO ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONTRA EL DECRETO LEY ANDALUZ PARA ASEGURAR LA FUNCIÓN SOCIAL DE LA VIVIENDA. (Dictamen) Por la Presidencia se da cuenta del asunto, dictaminado favorablemente con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal, y cede la palabra tanto al Sr. Cebrián Zafra en su condición de portavoz del grupo firmante de la propuesta que presentó su Grupo como al Sr. Jiménez Aguilera quien da lectura a la propuesta que presentó el suyo, justificando ambos seguidamente los motivos que han determinado su presentación. En representación del GM Popular, su Portavoz, Sr. Arjona Romero, manifiesta que el PP está cumpliendo con las responsabilidades asumidas y a velar por los derechos de los ciudadanos, atentando el Decreto andaluz contra el derecho de propiedad, y habiendo sido el PP el primero en aprobar medidas contra el sufrimiento real de los ciudadanos y que las familias en riesgo de exclusión se puedan quedar sin vivienda, pretendiéndose evitar los desahucios, la discriminación y que no se afecte a la seguridad jurídica, por lo que su grupo votará en contra. El Sr. Cebrián Zafra manifiesta que respeta la ideología política de cada uno, pero pregunta que por qué el PP en el Parlamento andaluz no votó en contra, aludiendo a la disparidad de criterios políticos. E/r del GM IULVCA el Sr. Jiménez Aguilera expresa que la enorme crisis actual hace sumir aún más en la desesperación a las familias desahuciadas, siendo los bancos, y no la Junta de Andalucía, quienes expropian, y aclara que no se está atacando a la propiedad privada sino que se intenta evitar el sufrimiento de las familias con base constitucional, y la Junta de Andalucía podrá expropiar pero el uso de forma temporal, medidas que considera coherentes e inteligentes, a diferencia de las medidas del Gobierno central. De nuevo interviene el Sr. Arjona Romero para aclarar que las medidas de impugnación y fundamentación jurídica que utiliza el PP en su recurso son legales, incluso intentó llegar a un consenso antes de su aprobación, sin que por las otras fuerzas políticas haya habido voluntad de diálogo. Tras alguna que otra intervención más se somete el asunto por la Presidencia a votación ordinaria, y con el voto favorable de los representantes de los Grupos IULVCA (seis votos) y Socialista (Cinco votos) y el voto en contra de los representantes del GM Popular (dos votos), lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda aprobar el dictamen en sus justos términos, propuesta que literalmente dice así:

“MOCIÓN CONJUNTA DE LOS GRUPOS DE IU LV-CA Y PSOE-A PARA SOLICITAR AL GOBIERNO LA RETIRADA DEL RECURSO ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONTRA EL DECRETO LEY

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ANDALUZ PARA ASEGURAR LA FUNCIÓN SOCIAL DE LA VIVIENDA. Francisco Jiménez Aguilera, Portavoz Titular del Grupo Municipal Izquierda Unida Los Verdes – CA en el Ilustre Ayuntamiento de Archidona y D. Miguel Cebrián Zafra, concejal del Grupo Municipal del P.S.O.E del Ilustre Ayuntamiento de Archidona y al amparo de lo dispuesto en el art. 97.3 del R.D. 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y demás normativa concordante aplicable desea someter a la consideración del Pleno la siguiente Moción relativa a la SOLICITUD AL GOBIERNO DE ESPAÑA DE LA INMEDIATA RETIRADA DEL RECURSO PRESENTADO ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONTRA EL DECRETO-LEY DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA ASEGURAR LA FUNCIÓN SOCIAL DE LA VIVIENDA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Tribunal Constitucional ha decidido suspender de forma cautelar el Decreto-Ley 6/2013, de 9 de abril, de la Junta de Andalucía para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda. La decisión del tribunal es la consecuencia del recurso que interpuso el Gobierno Central contra el decreto andaluz. Con la decisión de aceptar el recurso del Ejecutivo, el Constitucional suspende la aplicación del decreto hasta que tome la decisión final. Con este decreto el Gobierno andaluz formado por P.S.O.E.-I.U.C.A.LOS VERDES trabaja para las personas, no al dictado de los bancos como actúa el Gobierno Central con su recurso. El Decreto-ley de la Junta de Andalucía da un paso hacia delante en la definición de la función social de la vivienda y contribuye a señalar las consecuencias del incumplimiento de dicha función. El decreto establece en su exposición de motivos que "La defensa de la función social de la vivienda adquiere mayor relevancia en los actuales momentos que pueden ser calificados como de emergencia social y económica. Es en este contexto en el que se dicta el presente Decreto-ley, el cual, en atención a su propia naturaleza jurídica, supone una reacción del ordenamiento jurídico con carácter de urgencia, sin perjuicio de otras normas que puedan dictarse en el futuro. Este Decreto-ley articula, por tanto, las medidas que, por su mayor urgencia, deben acometerse sin dilación y que por su propia naturaleza actuaban como plan de choque en salvaguarda del bien jurídico protegido: el derecho a una vivienda digna". Continúa diciendo que "Entre las distintas formas de desocupación de viviendas, merece un mayor reproche la del conjunto de viviendas que son propiedad en sus diferentes formas, de personas jurídicas, en especial, entidades financieras y sus filiales inmobiliarias, entidades de gestión de activos, incluidos los procedentes de la restructuración bancaria y entidades inmobiliarias siendo, además, supuesto de importancia cuantitativa. La notoriedad de la utilización de las viviendas como bien de inversión que se predica en las personas jurídicas, frente al natural ejercicio del derecho a la vivienda propio de las personas físicas sustancia junto a otros de índole económica y social un elemento diferenciador que cualifica el incumplimiento por las personas jurídicas titulares del deber de dar efectivo destino habitacional a las viviendas. Ello, por sí mismo, justifica que este Decreto-ley articule una acción pública de policía dirigida a estas viviendas desocupadas; pero junto a lo anterior, habrá de tenerse en cuenta que con esta norma se estructura un procedimiento de inspección fundamentado en la técnica de la planificación, que debe producir de forma inmediata una respuesta eficaz en defensa del bien jurídico protegido, siendo el conjunto de viviendas desocupadas de titularidad de personas jurídicas objeto prioritario de la actuación inspectora que asegura la mayor eficiencia de la misma". Con su recurso, el Gobierno de Rajoy se pone del lado de los que más tienen y perpetra un nuevo ataque a Andalucía y su autonomía, otra prueba de la estrategia de acoso a la que la derecha está sometiendo desde las últimas elecciones autonómicas al pueblo andaluz y al Gobierno Andaluz.

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No es coherente la actitud mantenida por los dirigentes del PP, como queda reflejado en que primero dijeron que iban a recurrir este decreto, luego que no iban a recurrirlo, y que además se aprobó en el Parlamento andaluz sin el voto en contra del PP de Andalucía. Dijeron que el decreto no tenía ninguna norma nociva y ahora parece que esto es lo peor que se le puede hacer al sistema financiero. No es comprensible que los responsables populares en el Gobierno de España inyectaran 40.000 millones de euros a la banca y ahora quieran dejar a su suerte a las familias andaluzas que peor lo están pasando. El decreto tiene un sólido anclaje jurídico y constitucional. Hay precedentes jurisprudenciales que dicen que la propiedad tiene que estar siempre subordinada a su fin social y que las expropiaciones de uso son competencia también de las comunidades autónomas. El Ejecutivo de Rajoy no lo recurre por su inconstitucionalidad, sino porque deja en evidencia su incompetencia para proteger a la ciudadanía. Desde el Grupo Socialista planteamos que esta Corporación exija al Gobierno de España que dé marcha atrás y retire inmediatamente el recurso que ha planteado ante el TC contra este decreto. No podemos compartir que el Gobierno actúe de manera tan insensible con aquellas personas que tienen la esperanza de mantener su vivienda, gracias a esta iniciativa de la Junta de Andalucía. Por todo lo expuesto el Grupo Socialista formula la siguiente MOCIÓN a fin de que el Pleno se pronuncie sobre la misma y adopte los siguientes

ACUERDOS

Primero.- Instar al Gobierno de España a que dé marcha atrás y retire inmediatamente el recurso que ha planteado ante el Tribunal Constitucional contra el Decreto-Ley 6/2013, de 9 de abril, de la Junta de Andalucía para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda. Segundo.- Solicitar al Gobierno de España que trabaje para las personas, no al dictado de los bancos como ha demostrado con la presentación de dicho recurso. Tercero.- Respaldar al Gobierno Andaluz en las acciones que emprenda para la defensa de la constitucionalidad y legalidad de este Decreto-Ley ante el Tribunal Constitucional. Cuarto.- Dar cuenta de estos acuerdos al Gobierno de España, a la Junta de Andalucía, a la FEMP, a la FAMP y a todos los Grupos Políticos representados en el Congreso de los Diputados y en el Parlamento de Andalucía. Francisco Jiménez Aguilera, Portavoz del Grupo Izquierda Unida Los Verdes – CA y El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Miguel Cebrián Zafra.”

9º.- PROPUESTA DEL GM IU LV-CA RELATIVA A LA LUCHA CONTRA LA EXCLUSIÓN SOCIAL. (Dictamen) Por la Presidencia se da cuenta del asunto, dictaminado favorablemente con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal, y cede la palabra al Sr. Jiménez Aguilera, Portavoz del GM IULVCA proponente de la misma, quien da lectura a la misma justificando seguidamente los motivos que han determinado su presentación.

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En representación del GM Popular, su Portavoz, Sr. Arjona Romero, manifiesta que las soluciones que promulga la moción son de corta vida y si una de las recetas mágicas es conceder 30.000 euros a Archidona para crear empleo, vamos a tener muy pocas soluciones, afirmando que la moción tiene corte electoralista, por lo que su grupo se va a abstener. E/r del GM Socialista, su portavoz Sr. Cebrián Zafra expresa que el PP continúa con su diversidad de discursos porque en la Diputación votó a favor, concluyendo que los recortes del Gobierno Central repercuten en el Gobierno andaluz a la hora de conceder ayudas y financiación, y el Ayuntamiento no sólo recibe 30.000 euros sino que recibe por otros conceptos como la participación en los tributos de las CC.AA, por lo que su grupo votará a favor, lamentando que el PP ya que ello significa que no está comprometido con los ciudadanos más desfavorecidos de Archidona. E/r del GM IULVCA interviene el Sr. Jiménez Aguilera para expresar que su grupo no utiliza argumentos demagógicos y que los recortes del gobierno son realidades, siendo posible otra política y deseando que se aúnen las fuerzas políticas para ayudar a los más desfavorecidos. En segundo turno, el Sr. Arjona Romero expresa que echa en falta que se cuestionen las medidas de la Junta de Andalucía, y al final ni los malos son tan malos ni los buenos tan buenos, y la Junta de Andalucía sigue con su entramado de administración paralela. Tras alguna que otra intervención más se somete el asunto por la Presidencia a votación ordinaria, y con el voto favorable de los representantes de los Grupos IULVCA (seis votos) y Socialista (Cinco votos) y la abstención de los representantes del GM Popular (dos votos), lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda aprobar el dictamen en sus justos términos, propuesta que literalmente dice así: “MOCIÓN: Relativa a la lucha contra la Exclusión Social.

Que presenta el Grupo Municipal de Izquierda Unida Los Verdes -Convocatoria por Andalucía, al amparo del Art.97 y 82.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, (Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre), a la consideración del Pleno del Ilustre Ayuntamiento de Archidona. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La situación de la provincia de Málaga es insostenible, alcanzando unos niveles de desigualdad alarmante que se verán agrava una vez se apliquen los nuevos recortes anunciados por el Gobierno de la Nación en materia de derechos sociales. Tal y como señala la asociación de Directores y Gerentes de Servicios Sociales, una de cada tres euros de los recortes del Plan Nacional de Reformas de 2013 del PP., afectarán a dependientes. El Gobierno recorta de nuevo 1.108 millones al desarrollo de la Ley de Dependencia, con lo que la aportación del Gobierno Central en su financiación apenas representará un 18% de la financiación total de la misma. Este recorte viene a sumarse al drástico recorte en transferencias a las Comunidades Autónomas, que son las que vienen asumiendo el grueso de su financiación.

Este nuevo recorte afectará directamente a 775.000 españoles, a 200.000 andaluces y a unos 30.000 malagueños.

Su impacto se dejará sentir en el acceso a un derecho subjetivo reconocido, mermando la capacidad de los poderes públicos en su obligación de garantizar el derecho efectivo al cuidado y la autonomía, y también en términos de empleo, en un sector especialmente feminizado. En el caso de la provincia de Málaga, las estimaciones realizadas sitúan en 1,000 trabajadores de ayuda a domicilio las que podrían quedarse sin empleo con la aplicación de los nuevos recortes.

El "plan de reformas" aumenta la carga económica que el dependiente deberá sufragar, incrementando hasta un

50% el copago, y por tanto haciendo de facto, que los servicios y prestaciones que contempla la Ley de Dependencia sean inaccesibles para amplios sectores sociales. Asimismo, el nuevo plan imposibilita que un usuario pueda acceder a varias prestaciones de manera simultánea y reduce las intensidades del servicio, repercutiendo esto en la merma del número del número de horas de servicios, precarizando la calidad del mismo así como las condiciones laborales de las trabajadoras que lo presten.

Sin duda, estos nuevos recortes vienen a situar en los márgenes de la exclusión social precisamente a los sectores más vulnerables de la población, aquellos cuya vida depende de los demás, que van a ver cómo el PP de nuevo vuelve a

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cargar las tintas contra los más desfavorecidos, haciendo que un sistema no consolidado, como el de la dependencia, sea bloqueado en la práctica y pospuesto su desarrollo sine die.

En la misma línea, el anteproyecto de reforma de la administración local plantea la eliminación de los servicios

comunitarios del ámbito competencial de los Ayuntamientos, cuando el desarrollo histórico de aquellos está estrechamente ligado al desarrollo democrático de los mismos. Dicha reforma equipara proximidad con despilfarro y sustituye rentabilidad social por equilibrio financiero, eliminando la atención de proximidad en los servicios sociales como un valor a potenciar desde una perspectiva municipalista, que apueste por la descentralización como premisa democrática. Realmente sorprendente es el hecho de que en las 104 páginas de alegaciones a la reforma de la administración local presentadas por la Federación Española de Municipios y Provincias, no aparezca ni una sola enmienda en el ámbito de los servicios sociales.

Ante esta situación de emergencia social, en la que año tras año asistimos a un incremento del número de

usuarios de los servicios sociales comunes y especializados en nuestra provincia, la actuación de las distintas administraciones está siendo dispar. De un lado, encontramos administraciones como la Junta de Andalucía que, desde un planteamiento de resistencia al recorte "duro" del Gobierno central en materia social y priorizando la atención a los sectores más vulnerables a la actual situación económica, ha puesto en marcha el Decreto de medidas urgentes y extraordinarias frente a la exclusión social, que entre otras medidas, contempla 12,3 millones de euros destinados a paliar las situaciones de exclusión social en la provincia de Málaga, de los cuales, 7,78 millones de euros se destinarán a los Ayuntamientos de la provincia para la contratación de desempleados de larga duración. Se podrán generar entre 8.000 y 16.000 contratos en los municipios de la provincia. De otro lado, se encuentra la Diputación provincial, que en una carrera desaforada, está cerrando servicios propios, al tiempo que recurre a la batalla partidaria con administraciones como la Junta de Andalucía, con el único propósito de justificar su propia inacción y la de sus compañeros de Madrid.

Aún así, en el marco de los actos del Día de la provincia, los tres grupos políticos de la Diputación Provincial

alcanzaron un acuerdo a través del cual, la Diputación se comprometía a poner en marcha un Plan de lucha frente a la exclusión social, compromiso que es urgente concretar, definir sus contenidos, sus destinatarios, método y criterios de distribución, así como su financiación.

Desde el grupo municipal de IU consideramos que la lucha contra la exclusión social ha de ser prioridad económica absoluta de todas las administraciones. Dicho objetivo pasa por la generación de empleo, por la garantía de prestación de servicios públicos en el ámbito de los social y muy especialmente en el ámbito de la dependencia, en tanto esta afecta a los sectores sociales más vulnerables. Por ello, se eleva a la consideración del Ayuntamiento Pleno, los siguientes

Acuerdos: 1. Constituir una mesa de trabajo en los que estén representados los grupos políticos de la Corporación provincial, los

Ayuntamientos menores de 20.000 habitantes de la provincia, así como colectivos sociales que vienen prestando servicios en el ámbito de lo social, con el objetivo de definir y concretar en el plazo de dos meses un plan de lucha contra la exclusión social.

2. Instar al equipo de Gobierno de la Diputación provincial a que destine de manera inicial 5 millones de euros para la puesta en marcha del citado Plan.

3. Instar al Gobierno Central a que retire las propuestas de recorte de la Ley de Dependencia contempladas en el Plan Nacional de Reformas de 2013, remitido a Bruselas el pasado 1 de mayo.

4. Instar al Equipo de Gobierno provincial a que presente alegaciones a la reforma de la administración local, en el marco de la FEMP, que defiendan la existencia de los servicios sociales comunitarios en el ámbito competencial de los Ayuntamientos.

Archidona, 18 julio de 2013. Fdo.: Francisco Jiménez Aguilera, Portavoz del Grupo Municipal de IULV-CA.”

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10º.- PROPUESTA DE IU LV-CA SOBRE RESOLUCIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 39/2006, DE 14 DE DICIEMBRE, DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. (Dictamen) Por la Presidencia se da cuenta del asunto, dictaminado favorablemente con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal, y cede la palabra al Sr. Jiménez Aguilera, Portavoz del GM IULVCA proponente de la misma, quien da lectura a la misma justificando seguidamente los motivos que han determinado su presentación. En representación del GM Popular, su Portavoz, Sr. Arjona Romero, manifiesta que su grupo votará en contra, argumentando que su grupo apoya esta ley para hacerla más justa, equitativa y solidaria, y el problema se lo encuentra el PP cuando llega al Gobierno, no habiendo funcionado la ley como se esperaba existiendo una auténtica maraña normativa que provoca desigualdades e incumple expectativas sobre la creación de empleo, y si bien su grupo no está en contra de esta ley, sí considera necesario su modificación para que se garantice la sostenibilidad y proteja a las personas más dependientes y se homogeneicen los procedimientos. El Sr. Cebrián Zafra, Portavoz del GM Socialista, expresa que el PP apoya la ley pero sigue recortando y perjudicando a Andalucía, concluyendo que su grupo vota a favor. El Sr. Jiménez Aguilera manifiesta su voto favorable afirmando igualmente que los recortes del gobierno central merman a las CCAA. Sin que se produzcan más intervenciones, se somete el asunto por la Presidencia a votación ordinaria, y con el voto favorable de los representantes de los Grupos IULVCA (seis votos) y Socialista (Cinco votos) y el voto en contra de los representantes del GM Popular (dos votos), lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda aprobar el dictamen en sus justos términos, propuesta que literalmente dice así: “MOCIÓN: Resolución para el cumplimiento de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Que presenta el Grupo Municipal de Izquierda Unida Los Verdes -Convocatoria por Andalucía, al amparo del Art.97 y 82.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, (Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre), a la consideración del Pleno del Ilustre Ayuntamiento de Archidona. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia ha supuesto un avance importantísimo en la consolidación del Estado Social, en cuanto reconoce un nuevo derecho de ciudadanía que enriquece la cohesión social. Con todo y aún cuando ha sido percibida por todos como el cuarto pilar del estado del bienestar: educación, sanidad, pensiones y, finalmente, dependencia, su anclaje en el ámbito de los Servicios Sociales, ha propiciado que aún cuando constituye un derecho de carácter subjetivo y por tanto, reclamable, ello no esté ocurriendo. En estas circunstancias y aunque nació del consenso y con el apoyo de todos grupos políticos parlamentarios, en realidad es que siete años después, en los que la Ley no se ha desarrollado plenamente, ésta ni puede languidecer bajo el pretexto de la recesión de la economía española ni debe convertirse en un motivo de confrontación política. Antes al contrario, por lo que representan en cuanto a derechos para las personas en situación de dependencia y para sus familias, como por el impacto que tiene en la generación de empleo, en un momento tan crítico como el que estamos viviendo, la ciudadanía nos está demandando que se convierta en un instrumento de colaboración, cooperación y lealtad entre todas las administraciones implicadas. Ante la petición de un importante grupo de vecinos de este Municipio, como está ocurriendo en el resto de la Comunidad

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Autónoma Andaluza y de España, proponemos al Pleno de la Corporación la adopción, ríe los siguientes Acuerdos: 1. El cumplimiento integro de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. 2. Que se deroguen las medidas adoptadas para recortar derechos en el cumplimiento de la misma y, muy particularmente, la disposición final decimocuarta del Real Decreto-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. 3. Solicitar al Gobierno de España la búsqueda de vías alternativas para hacer sostenible el sistema estatal de atención a la dependencia, vías que no deberían pasar por el recorte de prestaciones y servicios sino por un nuevo sistema de financiación basado tanto en una reforma del sistema fiscal español para incrementar su progresividad y facilite una lucha eficaz contra el fraude fiscal como propiciando que los retornos fiscales que genera la atención a la dependencia contribuyan al sostenimiento de las misma mediante su transferencia para tal fin a las Comunidades Autónomas. 4. Solicitar del Congreso de los Diputados la adopción parlamentaria procedente que obligue al Gobierno de España a dotar al sistema de atención a la dependencia de la partida presupuestaria suficiente para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a las Administraciones Públicas competentes, en los términos fijados en los artículos 9 y 32 de la referida Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. 5. Solicitar al Parlamento de Andalucía que, previos los trabajos de la comisión parlamentaria correspondiente para oír a todos los sectores implicados, se eleve al pleno de la Cámara propuesta para la adopción de las resoluciones parlamentarias procedentes que garanticen en nuestra Comunidad el acceso, en condiciones de igualdad, sin prácticas dilatorias en el tiempo, a la prestaciones y servicios previstos en dicha Ley, en los términos establecidos en la misma, removiendo cuantos obstáculos los dificulten, impidan y obstruyen. 6. Dar traslado de este acuerdo a los efectos correspondientes a:

- La Presidencia del Congreso de los Diputados. - La Presidencia del Parlamento Andaluz. - Ministerio de Sanidad, Políticas Sociales e Igualdad del Gobierno de - España. - Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía. - Defensor del Pueblo de España. - Defensor del Pueblo de Andalucía. - Plataforma promotora del Manifiesto para el cumplimiento de la Ley - 39/2006.

Archidona, 18 de julio de 2013. Fdo.: Francisco Jiménez Aguilera Portavoz del Grupo Municipal de IULV-CA.” 11º.- PROPUESTA DEL GM IULV-CA SOBRE OPOSICIÓN A UNA POSIBLE INTERVENCIÓN ILÍCITA, ILEGAL Y CRIMINAL DE EEUU Y ALIADOS EN SIRIA. (Dictamen) Por la Presidencia se da cuenta del asunto, dictaminado favorablemente con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal, y

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cede la palabra al Sr. Jiménez Aguilera, Portavoz del GM IULVCA proponente de la misma, quien da lectura a la misma justificando seguidamente los motivos que han determinado su presentación. En representación del GM Popular, su Portavoz, Sr. Arjona Romero, manifiesta que tras las últimas novedades parece que el conflicto puede que se evite dicho conflicto y no vaya a mayores, por lo que su grupo vota a favor. E/r del GM Socialista, su Portavoz Sr. Cebrián Zafra expresa igualmente su voto favorable argumentando que hay que atender a las instrucciones de la ONU y evitar caer en errores de respaldar una guerra sin el respaldo de dicho organismo internacional. El Sr. Jiménez Aguilera agradece el apoyo al resto de grupos. Sin que haya más intervenciones, sometido el asunto a votación ordinaria, y por unanimidad de los presentes (trece votos favorables: 6 GM IULVCA, 5 GM PSOE-A y 2 GM PP) coincidiendo el número de hecho con el número de derecho, lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda aprobar el dictamen en sus justos términos, propuesta que literalmente dice así: “MOCIÓN: Oposición a una posible intervención ilícita, ilegal y criminal de EEUU y aliados en Siria Una intervención militar volvería a crear a nivel internacional una situación de emergencia como la que produjeron la

guerra de Yugoslavia, Iraq o Afganistán. El uso de la fuerza al margen de la Carta de la ONU sólo conlleva más

violencia e inestabilidad

La ciudadanía malagueña en solidaridad con el pueblo sirio quiere trasladar al Gobierno de España la firme oposición y rechazo del pueblo malagueño ante una posible acción militar en Siria que ha planteado Estados Unidos y sus países aliados miembros de la OTAN, como Turquía, al margen del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, lo que la convertiría en una acción ilícita, ilegal y, por lo tanto, criminal. Esta posible intervención sin autorización del Consejo de Seguridad volvería a crear a nivel internacional una situación de emergencia como la que produjeron la guerra de Yugoslavia, Iraq o Afganistán. El uso de la fuerza al margen de la Carta de la ONU sólo conlleva más violencia e inestabilidad. Una intervención en Siria al margen del Derecho Internacional pueda desencadenar un efecto devastador en todo Oriente Próximo. Para evitarlo, apelamos, en primer lugar, a una verificación imparcial y objetiva del uso de armamento químico, y que recaiga sobre los autores de estas terribles acciones toda la responsabilidad penal. Frente al evidente mantenimiento de armas de destrucción masiva, tanto nucleares como químicas y bacteriológicas, a nivel internacional la solución definitiva a este grave problema sólo puede abordarse a partir de la eliminación total y completa de todo el arsenal nuclear, bacteriológico y químico. Tras las dramáticas experiencias de la I y la II Guerra Mundial la humanidad debería haber aprendido la imperiosa necesidad de que las relaciones internacionales deben estar basadas en el desarme y en la contención del uso de la fuerza. De hecho, de ahí nació la Carta de Naciones Unidas según la cual ningún Estado o grupo de Estados tiene la potestad de usar la fuerza sin el acuerdo del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Y ahí radica la diferencia entre la barbarie y la civilización. La Comunidad internacional y España tienen que tomar ejemplo del pueblo británico que en el parlamento han rechazado la propuesta del Primer ministro Cameron de intervención sin acuerdo de las Naciones Unidas. Por todo lo expuesto anteriormente el Grupo Provincial de IULV-CA propone al Pleno de la Diputación el siguiente ACUERDO:

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1) Exige al Gobierno español que no secunde, ni por acción u omisión, ninguna intervención militar carente de una autorización expresa del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. 2) Dar traslado del presente acuerdo al Gobierno de la nación y a los grupos parlamentarios del Congreso de Diputados. Archidona a 10 de Septiembre de 2013. Francisco Jiménez Aguilera. Portavoz IU-LV-CA.”

12º.- CUENTA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO 2012. (Dictamen)

Por Secretaría se da lectura al dictamen emitido en sesión ordinaria celebrada con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos literales: “Décimotercero.- Cuenta Liquidación del Presupuesto 2012.- La Presidencia cede la palabra al Sr. Interventor quien da cuenta del contenido de dicha cuenta, ofreciendo seguidamente el Sr. Jiménez Aguilera en su condición de concejal de Hacienda algunos pormenores y detalles de la expresada liquidación presupuestaria que valora positivamente. Por el Grupo Popular su portavoz, Sr. Arjona Romero, interviene manifestando su satisfacción como corresponsable de la labor del equipo de gobierno al tiempo que reitera su compromiso de redundar en la gestión iniciada. El Sr. Cebrián Zafra, en nombre del Grupo Socialista se reserva su opinión hasta efectuar un análisis más detenido del documento presentado. Sin que se produzcan otras intervenciones se somete directamente a votación, acordando los reunidos por unanimidad dictaminar favorablemente la correspondiente toma de razón por el Pleno Corporativo. Pase a Pleno.” La Presidencia cede la palabra al Sr. Jiménez Aguilera, Concejal de Hacienda, quien da cuenta de la Resolución 2013000323 de 29 de mayo que aprueba la liquidación del Presupuesto 2012, así como de los Informes de Intervención que constan en el expediente, detallando resumidamente algunos datos contenidos en dicha Resolución, tanto correspondientes al Ayuntamiento como a sus organismos autónomos, haciendo consideración a la situación actual de superávit y a la estabilidad presupuestaria. E/r del GM PP su portavoz, Sr. Arjona Romero, expresa que todo es mejorable y se congratula de los resultados favorables y positivos de la liquidación, lo cual demuestra una gestión positiva. E/r del GM Socialista, su Portavoz Sr. Cebrián Zafra, puntualiza sin embargo sobre algunos datos como el remanente de tesorería negativo del que se desprende que no se podrán concertar operaciones de crédito ni modificaciones de crédito. El Sr. Jiménez Aguilera contesta que respecto al remanente negativo de tesorería, ya están previstas medidas de corrección para el ejercicio 2013 no estando prevista la concertación de ninguna operación de crédito. Sin que se produzcan más intervenciones, el Pleno toma razón del Decreto nº 2013000323 de 29 de mayo sobre liquidación del Presupuesto 2012.

13º.- PROPUESTA DEL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA SOBRE MODIFICACIÓN DEL USO DE INMUEBLES URBANOS DE PROPIEDAD MUNICIPAL. (Dictamen)

Por Secretaría se da lectura al dictamen emitido en sesión ordinaria celebrada con fecha 13 de septiembre de

2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos literales: “Décimocuarto.- Propuesta del Concejal Delegado de Hacienda sobre modificación del uso de inmuebles urbanos de propiedad municipal.- La Presidencia cede la palabra al Sr. Jiménez Aguilera quien en su condición de concejal de Hacienda da lectura a la expresada propuesta ofreciendo algunos pormenores acerca de los motivos que han

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determinado la misma. Sin que se produzcan intervenciones se somete directamente a votación, acordando los reunidos por unanimidad dictaminar la aprobación de la propuesta en los términos que resultan de la misma. Pase a Pleno.”

“PROPUESTA DEL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA

MODIFICACIÓN DEL USO DE INMUEBLES URBANOS Francisco Jiménez Aguilera, como Concejal de Delgado de Hacienda. Propone a la Comisión de Hacienda del Ilustre Ayuntamiento de Archidona para su estudio y posterior aprobación por el Pleno Municipal, lo siguiente:

En el actual Inventario Municipal los inmuebles urbanos recogidos en los epígrafes 11-6 Mercado Municipal situado en C/ San José, n° 1 y 11-7 Sala de Exposiciones, situada en C/ Fresca, n° 1, como Bienes de Dominio Público Normal y destinados a Servicios Comerciales.

Que en el futuro Plan General de Ordenación Urbanística de Archidona, aparecerán como Sistema Local de

Equipamiento Público sin uso específico para que puedan tener cabida cuantas actividades o servicios puedan prestarse desde el Ilustre Ayuntamiento de Archidona.

En consecuencia, este Concejal Delegado Propone que los citados inmuebles municipales se destinen a: Uso de Servicios Comerciales, Asociativo,

Cultural, Expositivo y Social.

Archidona, 10 de septiembre de 2013. Fdo.: Francisco Jiménez Aguilera, Concejal Delegado de Hacienda.” Sin que se produzcan intervenciones por los presentes y sometida la propuesta a votación ordinaria, por unanimidad de los reunidos (13 votos favorables: 6 GM IULVCA, 5 PSOEA y 2 PP) coincidiendo el número de hecho con el número legal e implicando por tanto la mayoría absoluta del número legal, el Pleno acuerda aprobar la propuesta en sus justos términos y anotar tal incidencia en el Inventario Municipal de Bienes, dándose traslado a Secretaría para su cumplimentación y efectos.

14º.- PROPUESTA DEL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA PARA APROBACIÓN INICIAL DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A NUEVOS EMPRENDEDORES Y PYMES. (Dictamen)

Por Secretaría se da lectura al dictamen emitido en sesión ordinaria celebrada con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos literales: “ Décimoquinto.- Propuesta del Concejal Delegado de Hacienda sobre modificación del contenido de la Ordenanza Municipal para la concesión de ayudas a nuevos emprendedores y pymes.- La Presidencia cede la palabra al Sr. Jiménez Aguilera quien en su condición de concejal de Hacienda da lectura a la expresada propuesta ofreciendo algunos pormenores acerca de los motivos que han determinado la misma. Por el Grupo Popular su portavoz, Sr. Arjona Romero, interviene manifestando su apoyo. El Sr. Cebrián Zafra, en nombre del Grupo Socialista se reserva su opinión hasta efectuar un análisis más detenido de la proposición presentada. Sin que se produzcan otras intervenciones se somete directamente a votación, acordando los reunidos por mayoría absoluta dictaminar favorablemente la aprobación de la propuesta en los términos que resultan de la misma, al votar a favor el Grupo de IULV-CA (tres votos) y Popular (uno), y abstenerse los del Grupo PSOE-A (dos). Pase a Pleno.”

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PROPUESTA DEL TENIENTE DE ALCALDE DELEGADO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

La experiencia que reporta los primeros años de aplicación del REGLAMENTO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A NUEVOS EMPRENDEDORES Y PYMES RADICADAS EN EL MUNICIPIO DE ARCHIDONA, unida a las circunstancias derivadas de la actual crisis económica aconsejan acometer una breve reforma de dicho Reglamento, al objeto de su adecuación a la realidad actual. Es por ello que al PLENO CORPORATIVO se eleve propuesta para la modificación del contenido del expresado Reglamento que afectaría al párrafo primero de los apartados 1, 2 y 3 del Artículo 2º y que incorporación nueva Disposición Adicional Tercera, en los siguiente términos: ARTÍCULO 2º.- DESTINATARIOS 1. - Emprendedores. Se concederá una subvención de hasta dos mil euros (2.000 €) a desempleados que decidan convertirse en empresarios, para el desempeño de cualquier tipo de actividad económica, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

- Encontrarse en situación legal de desempleo, en el momento inmediatamente anterior al alta en el correspondiente

régimen de la seguridad social. - Efectuar una inversión en activos fijos de al menos dos mil euros (2.000,00 €), para el desempeño de la actividad

económica a desarrollar. 2. – Las empresas de economía social: Sociedades Cooperativas y Laborales, constituidas íntegramente por desempleados, podrán recibir una subvención de hasta quinientos euros (500,00 €) por socio trabajador, hasta un máximo de dos mil euros (2.000,00 €) por Sociedad Cooperativa o Laboral. 3. Trabajadores autónomos y Entidades Mercantiles. Se podrá conceder una subvención de hasta 2.000 € a aquellos trabajadores autónomos y entidades mercantiles, excluidas las relacionadas con profesionales liberales (médicos, abogados, etc.) que desempeñen su actividad durante los dos últimos años, y que efectúen inversiones en activos fijos directamente relacionada con el desempeño de su actividad laboral habitual que supongan una modernización de sus instalaciones y/o proceso productivo., cuya actividad tenga domicilio social y centro de trabajo en Archidona. DISPOSICION ADICIONAL TERCERA A efectos de determinar el cumplimiento del requisito establecido para los nuevos emprendedores de encontrarse en situación legal de desempleo y puesta en marcha de la nueva actividad se atenderá al periodo existente desde el cierre de la convocatoria de ayudas correspondiente a la anualidad anterior y la de apertura de la nueva convocatoria. Archidona a 11 de septiembre de 2013. EL PRIMER TTE. DE ALCALDE, Fdo. Francisco Jiménez Aguilera. Abierto el turno de intervenciones, lo hace en primer lugar el Sr. Arjona Romero, Portavoz del GM PP quien manifiesta su voto favorable. E/r del GM PSOEA su Portavoz Sr. Cebrián Zafra manifiesta su voto favorable si bien considera que habría que tener en cuenta las solicitudes y su reparto proporcional de acuerdo al máximo establecido, mantener las mismas cantidades aunque no se llegue al máximo tope, por lo que ruega que se proceda a un más detallado estudio de lo que propone. El Sr. Alcalde contesta que el tope máximo se establece en función de la bolsa existente y así se pueden atender a más necesidades, no obstante se hablará con Intervención para ver posible encaje presupuestario. Sin que se produzcan más intervenciones por los presentes, visto lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/85 de 2 de abril LBRL, y sometida la propuesta a votación ordinaria, por unanimidad de los reunidos (13 votos favorables: 6 GM

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IULVCA, 5 PSOEA y 2 PP) coincidiendo el número de hecho con el número legal e implicando por tanto la mayoría absoluta del número legal, el Pleno acuerda aprobar la propuesta en sus justos términos y en consecuencia: Primero.- Aprobar inicialmente la modificación del Reglamento regulador de la concesión de ayudas a nuevos emprendedores y pymes radicadas en el municipio de Archidona, en los siguientes términos: “modificación del contenido del expresado Reglamento que afectaría al párrafo primero de los apartados 1, 2 y 3 del Artículo 2º y que incorporación nueva Disposición Adicional Tercera, en los siguiente términos: ARTÍCULO 2º.- DESTINATARIOS 1. - Emprendedores. Se concederá una subvención de hasta dos mil euros (2.000 €) a desempleados que decidan convertirse en empresarios, para el desempeño de cualquier tipo de actividad económica, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

- Encontrarse en situación legal de desempleo, en el momento inmediatamente anterior al alta en el correspondiente

régimen de la seguridad social. - Efectuar una inversión en activos fijos de al menos dos mil euros (2.000,00 €), para el desempeño de la actividad

económica a desarrollar. 2. – Las empresas de economía social: Sociedades Cooperativas y Laborales, constituidas íntegramente por desempleados, podrán recibir una subvención de hasta quinientos euros (500,00 €) por socio trabajador, hasta un máximo de dos mil euros (2.000,00 €) por Sociedad Cooperativa o Laboral. 3. Trabajadores autónomos y Entidades Mercantiles. Se podrá conceder una subvención de hasta 2.000 € a aquellos trabajadores autónomos y entidades mercantiles, excluidas las relacionadas con profesionales liberales (médicos, abogados, etc.) que desempeñen su actividad durante los dos últimos años, y que efectúen inversiones en activos fijos directamente relacionada con el desempeño de su actividad laboral habitual que supongan una modernización de sus instalaciones y/o proceso productivo., cuya actividad tenga domicilio social y centro de trabajo en Archidona. DISPOSICION ADICIONAL TERCERA A efectos de determinar el cumplimiento del requisito establecido para los nuevos emprendedores de encontrarse en situación legal de desempleo y puesta en marcha de la nueva actividad se atenderá al periodo existente desde el cierre de la convocatoria de ayudas correspondiente a la anualidad anterior y la de apertura de la nueva convocatoria.” Segundo.- Someter a información pública mediante anuncio en el BOP y audiencia a los interesados por plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

15º.- APROBACIÓN DE EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Nº 1/2013. (Dictamen)

Por Secretaría se da lectura al dictamen emitido en sesión ordinaria celebrada con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos literales: “Décimosexto.- Aprobación inicial, si procede, de expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos nº 1/2013.- Por la Presidencia se da cuenta de la propuesta y del expediente elaborado, así como del Informe del Sr. Interventor sobre su

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contenido, instruido para la financiación de diversos gastos corrientes producidos en ejercicios anteriores por importe total de 8.734,72 € (3.414,50 € de factura por servicios informáticos y 5.320,22 € por factura correspondiente a asesoramiento urbanístico). Sin que se produzcan intervenciones, la Comisión Informativa acuerda por unanimidad dictaminar la aprobación del referido expediente de reconocimiento extrajudicial de crédito. Pase a Pleno.” Visto el Informe de Intervención nº 340/2013 de 12 de septiembre, emitido en sentido favorable, vistos los fundamentos jurídicos contenidos en el mismo, entre otros, en el RD Leg. 2/2004 de 5 de marzo, RD 500/90 de 20 de abril, Bases de ejecución del presupuesto, Código Civil Arts. 1930 a 1975. Tras las intervenciones de los portavoces municipales, sometido el asunto a votación ordinaria por la Presidencia y por unanimidad de los presentes (13 votos favorables: 6 IULVCA, 5 PSOEA y 2 PP), coincidiendo el número de hecho con el de derecho, y suponiendo la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda ratificar el dictamen y en consecuencia: Primero: Aprobar el expediente nº 1/2013 de reconocimiento extrajudicial de créditos instruido para la financiación de diversos gastos corrientes producidos en ejercicios anteriores por importe total de 8.734,72 € (3.414,50 € de factura por servicios informáticos y 5.320,22 € por factura correspondiente a asesoramiento urbanístico. Segundo.- Dar traslado a Intervención municipal para su conocimiento y efectos.

• Se ausentan del Salón de sesiones los Sres/as concejales D. Francisco J. Toro Martín y Dª María Ábalos Garrido no participando en el debate y votación del siguiente asunto y no incorporándose hasta el inicio del punto nº 17.

16º.- PROPUESTA DEL CONCEJAL DELEGADO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS PARA APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET A TRAVÉS DE LA RED INALÁMBRICA MUNICIPAL (Dictamen)

Por Secretaría se da lectura al dictamen emitido en sesión ordinaria celebrada con fecha 13 de septiembre de 2013, por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos literales: “Décimoséptimo.- Propuesta del Concejal Delegado de Nuevas Tecnologías para la reducción del precio público a aplicar al servicio de red wi-fi.- La Presidencia cede la palabra al Sr. Interventor quien da cuenta del expediente promovido para la modificación de la expresada Ordenanza que pretende reducir el precio público por la prestación de dicho servicio. Sin que se produzcan intervenciones se somete directamente a votación, acordando los reunidos por mayoría absoluta, al votar a favor los representantes del Grupo de IULV-CA (tres) y del Grupo Popular (uno) y abstenerse los del Grupo Socialista (dos) que se reservan para un pronunciamiento más concreto en Pleno, dictaminar favorablemente la modificación de la Ordenanza en los términos que ha sido propuesta. Pase a Pleno.” El Sr. Alcalde da cuenta de la propuesta complementando y detallando la misma el Sr. Lara Medina, Concejal del servicio.

“PROPUESTA DEL CONCEJAL DELEGADO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS

APROBACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 41 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET A TRAVÉS DE LA RED INALÁMBRICA MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA

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El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacienda Locales, establece un sistema tributario local claro y simple, creando una serie de tributos de carácter obligatorio que sustentarán los ingresos de las entidades locales, eliminándose conceptos tributarios que no tenían relevancia recaudatoria, basando los ingresos de la Hacienda Local en tres fuentes, como son: la propiedad, la actividad económica y los vehículos, si bien posibilita la implantación de otros impuestos, tasas y precios públicos por la prestación de los servicios de competencia municipal.

Ante la propuesta presentada por la compañía prestadora del servio de red inalámbrica, Axartel, de reducción de las tarifas derivada de la bajada de precios que están sufriendo los equipos así como a la bajada del coste de acceso a Internet y visto el informe del técnico municipal en el que se manifiesta que tal reducción de las tarifas conllevaría un aumento del número de usuarios quedando nivelado el servicio, este Concejal delegado

PROPONE A PLENO: UNO: Aprobar la modificación del artículo octavo de la ordenanza nº 41 reguladora del precio público por

prestación del servicio de acceso a Internet a través de la red inalámbrica municipal, el cual quedaría redactado de la siguiente forma:

“Artículo 8. Base imponible y tarifas. A) Por alta en el servicio y cuota de conexión: 50,00 € pago único B) Por la prestación del servicio de internet, las siguientes tarifas mensuales:

1 Mb 2 Mb 4 Mb 13,90 € 19,90 € 29,00 €

C) Por la prestación del servicio de telefonía:

TARIFA PLANA TELEFONÍA 6,00 €

Todas las tarifas son sin IVA”.

DOS: En su caso, una vez aprobada la modificación de la reseñada ordenanza mandar a publicar el acuerdo de modificación al BOP. En Archidona a dos de Septiembre de dos mil trece. El Concejal delegado. Don Juan Antonio Lara Medina” Visto el Informe de Intervención 343/2013 de 13 septiembre, emitido en sentido favorable, el cual contiene legislación aplicable: art. 44, y 47 R.D. Legislativo 2/2.004 de 5 de Marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), art. 7 Ley 37/1.992, de 28 de Diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, Ordenanza nº 41 reguladora del precio público para la prestación del servicio de red wi-fi y Ley 8/1989,de 13 de Abril, de tasas y precios públicos, art. 24. Visto asimismo lo dispuesto en el art. 70 de la Ley 7/85 de 2 de abril.

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Sometido el asunto a votación ordinaria por la Presidencia y por unanimidad de los presentes (11 votos favorables: 4 IULVCA, 5 PSOEA y 2 PP), lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda ratificar el dictamen y en consecuencia: Primero.- Aprobar la modificación del artículo octavo de la ordenanza nº 41 reguladora del precio público por prestación del servicio de acceso a Internet a través de la red inalámbrica municipal, el cual quedaría redactado de la siguiente forma:

“Artículo 8. Base imponible y tarifas. A) Por alta en el servicio y cuota de conexión: 50,00 € pago único B) Por la prestación del servicio de internet, las siguientes tarifas mensuales:

1 Mb 2 Mb 4 Mb 13,90 € 19,90 € 29,00 €

C) Por la prestación del servicio de telefonía:

TARIFA PLANA TELEFONÍA 6,00 €

Todas las tarifas son sin IVA”.

Segundo.- Publicar en el BOP. Tercero.- Dar traslado a Intervención Municipal para su conocimiento y efectos.

• El Sr. Alcalde aclara a los presentes que por error material en el orden del día, se ha incluido en este nº de orden punto que se quedó sin dictaminar en la Comisión Informativa, cuando debió incluirse punto que sí fue dictaminado, y que es el reseñado a continuación, tomando razón los presentes.

17º.- APROBACIÓN DE PROYECTO DE EXPROPIACIÓN DEL SL.AR-10 “PROLONGACIÓN DE CALLE DULCENOMBRE (DICTAMEN)

Por Secretaría se da lectura al dictamen emitido en sesión ordinaria celebrada con fecha 13 de septiembre de 2013,

por la Comisión Informativa de Hacienda, Personal, Patrimonio, Régimen Interior y Seguimiento de la Gestión Municipal en los siguientes términos literales: “ Décimoctavo.- Aprobación, si procede, de proyecto de Expropiación del SL.AR-10 “Prolongación de calle Dulcenombre”.- La Presidencia cede la palabra al Sr Secretario quien da cuenta del expediente instruido así como de los informes técnico y jurídico emitidos en relación con la alegación presentada por el propietario afectado, de los que resulta la oportunidad de su desestimación y la aprobación del mismo en los términos expuestos en anterior informe jurídico de 13 de marzo de 2013. Sin que se produzcan intervenciones se somete directamente a votación, acordando los reunidos por mayoría absoluta, al votar a favor los representantes del Grupo de IULV-CA (tres) y del Grupo Popular (uno) y abstenerse los del Grupo Socialista (dos) que se reservan para un pronunciamiento más concreto en Pleno, dictaminar favorablemente

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la aprobación del expresado proyecto de expropiación en los términos que resultan del informe jurídico evacuado. Pase a Pleno.”

Visto el Informe jurídico de 12 de septiembre de 2013 emitido por la Asesoría Jurídica, que entre otros pronunciamientos, señala: “… Asunto: Aprobación Proyecto de Expropiación SL.AR-10 “Prolongación calle Dulcenombre” I.- ANTECEDENTES 1. Mediante decreto de Alcaldía nº 2013000383, de 18 de junio, fue aprobada relación de bienes y derechos a expropiar

para la ejecución del sistema SL.AR-10 “Prolongación calle Dulcenombre”, procediéndose a la apertura de trámite de información pública mediante publicación de anuncio en el tablón de edictos, Diario Sur de fecha 13/07/2013 y BOP nº 150 de 07/08/2013, así como a su notificación al propietario afectado con fecha 05/07/2013.

2. Con fecha 22/07/2013 y R/e nº 2269, por Don Manuel Gémar Sánchez-Lafuente se presenta escrito de alegaciones que sucintamente se apoya en los siguientes motivos: A) Que con fecha 10/10/2008 presentó alegaciones a la aprobación del PGOU de Archidona en las que se oponía a que

su propiedad fuese considerada un vial público, al existir sentencia firme dimanante de proceso civil en el que se niega la existencia de servidumbre de luces y vistas a inmueble colindante, consecuencia de lo cuál el Ayuntamiento le concedió licencia para el cerramiento de ventanas.

B) Que con el procedimiento expropiatorio se vendría a incumplir la indicada sentencia al posibilitarse la apertura de las ventanas que fueron cerradas, con la consiguiente quiebra del principio de seguridad jurídica, siendo el objetivo de la expropiación beneficiar al propietario afectado por cierre de las ventanas.

C) No queda justificada la necesidad de ocupación de la propiedad del alegante, sin que se hayan descrito de manera completa e individualizada los bienes y derechos objeto de expropiación, desconociendo la superficie del terreno a expropiar, generándose además un lucro cesante al existir licencia de obras para construir sobre dichos terrenos.

3. Consta la emisión de informe técnico de fecha 11/09/2013 en el que se señala en relación con uno de los motivos alegados, que el expediente expropiatorio vendría a favorecer al menos a cinco propiedades a las que se facilitaría acceso viario.

II.- RÉGIMEN JURÍDICO Con fecha 13/03/2013 fue emitido informe jurídico en relación con el presente procedimiento al que de modo genérico nos remitimos dándolo ahora por reproducido. III.- ANÁLISIS DE LAS ALEGACIONES PRESENTADAS En cuanto a la primera de las cuestiones alegadas, no consta la formulación de alegación alguna al procedimiento seguido en este Ayuntamiento para la Innovación del PGOU de Archidona “Modificación de Elementos de las NN.SS. de Planeamiento de Archidona: Prolongación de calle Dulcenombre”, aprobada definitivamente por acuerdo del Pleno Corporativo de 22/12/2010 (BOPMA nº 103, de 01/06/2011) Respecto de la segunda alegación, nos remitimos a lo expuesto por el Arquitecto Municipal en su informe de 11/09/2013, en el que queda claro que el sistema SL.AR-10 “Prolongación calle Dulcenombre” vendría a beneficiar a un total de cinco propietarios. La sentencia en cuestión se pronuncia sobre una situación concreta y en un momento concreto, sin que quepa oponer la misma a la ordenación urbanística so pretexto del principio de seguridad jurídica, máxime cuando el artículo 33.2 de la C.E. determina que la propiedad tiene una función social, cuyo contenido le viene dado en el presente caso a través de la correspondiente actividad urbanística legalmente configurada como función pública.

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En relación con el tercer motivo alegado debe significarse que la presente expropiación lo es por razones urbanísticas, siendo consecuencia de la Innovación del PGOU de Archidona, aprobada definitivamente por acuerdo del Pleno Corporativo de 22/12/2010 (BOPMA nº 103, de 01/06/2011) sin que sea posible en este trámite discutir la necesidad de ocupación de los terrenos, lo que debió hacerse al tiempo de tramitarse la referida Innovación, y ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 29.2 del R.D. Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo establece que “La aprobación de los instrumentos de la ordenación territorial y urbanística que determine su legislación reguladora conllevará la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos correspondientes, cuando dichos instrumentos habiliten para su ejecución y ésta deba producirse por expropiación”; no siendo cierta la inconcrección que se aduce respecto de la descripción manera completa e individualizada los bienes y derechos objeto de expropiación, existiendo debida constancia en el proyecto tanto de la superficie a expropiar (95,28 m2.) como de las características tipológicas y registrales de tales terrenos. En cuanto al lucro cesante ha sido tenido en cuenta según se desprende de los criterios de valoración utilizados. IV CONCLUSIONES En consecuencia con lo expuesto, procedería desestimar las alegaciones presentadas por el interesado, procediendo a la aprobación del proyecto de expropiación en los términos expuestos en nuestro anterior informe de 13/03/2013 al que nos remitimos.” Visto el Informe técnico emitido por el Arquitecto D. Antonio Garvín Salazar con fecha 11 de septiembre de 2013. Sin que se produzca debate, sometido el asunto a votación ordinaria por la Presidencia y por unanimidad de los presentes (13 votos favorables: 6 IULVCA, 5 PSOEA y 2 PP), coincidiendo el número de hecho con el de derecho, y suponiendo la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda ratificar el dictamen y en consecuencia: Primero.- Desestimar las alegaciones presentadas en base a los siguientes motivos: -En cuanto a la primera de las cuestiones alegadas, no consta la formulación de alegación alguna al procedimiento seguido en este Ayuntamiento para la Innovación del PGOU de Archidona “Modificación de Elementos de las NN.SS. de Planeamiento de Archidona: Prolongación de calle Dulcenombre”, aprobada definitivamente por acuerdo del Pleno Corporativo de 22/12/2010 (BOPMA nº 103, de 01/06/2011) -Respecto de la segunda alegación, nos remitimos a lo expuesto por el Arquitecto Municipal en su informe de 11/09/2013, en el que queda claro que el sistema SL.AR-10 “Prolongación calle Dulcenombre” vendría a beneficiar a un total de cinco propietarios. La sentencia en cuestión se pronuncia sobre una situación concreta y en un momento concreto, sin que quepa oponer la misma a la ordenación urbanística so pretexto del principio de seguridad jurídica, máxime cuando el artículo 33.2 de la C.E. determina que la propiedad tiene una función social, cuyo contenido le viene dado en el presente caso a través de la correspondiente actividad urbanística legalmente configurada como función pública. -En relación con el tercer motivo alegado debe significarse que la presente expropiación lo es por razones urbanísticas, siendo consecuencia de la Innovación del PGOU de Archidona, aprobada definitivamente por acuerdo del Pleno Corporativo de 22/12/2010 (BOPMA nº 103, de 01/06/2011) sin que sea posible en este trámite discutir la necesidad de ocupación de los terrenos, lo que debió hacerse al tiempo de tramitarse la referida Innovación, y ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 29.2 del R.D. Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo establece que “La aprobación de los instrumentos de la ordenación territorial y urbanística que determine su legislación reguladora conllevará la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos correspondientes, cuando dichos instrumentos habiliten para su ejecución y ésta deba producirse por expropiación”; no siendo cierta la inconcrección que se aduce respecto de la descripción manera completa e individualizada los bienes y derechos objeto de expropiación, existiendo debida constancia en el proyecto tanto de la superficie a expropiar (95,28 m2.) como de las

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características tipológicas y registrales de tales terrenos. En cuanto al lucro cesante ha sido tenido en cuenta según se desprende de los criterios de valoración utilizados. Segundo.- Aprobar con carácter definitivo la relación concreta, individualizada y valorada de los bienes y derechos a ocupar necesariamente para la ejecución de las obras, y que se expresan en el Proyecto de Expropiación Forzosa, así como la designación nominal de los interesados con los que han de entenderse los sucesivos trámites, siendo estos los siguientes: Titular D. Manuel Gémar Sánchez-Lafuente con NIF 74.902.112-J

Dª Antonia Navarro Lara con NIF 74.901.112-J Avenida de Andalucía nº 1. 29.300 Archidona Málaga

Descripción Espacio no edificado que se segrega de la finca registral nº 14.929 que se cita a continuación.

Vía pública Calle Jesús del Dulcenombre Municipio Archidona Referencia catastral No está catastrada

Norte Calle Dulcenombre Sur D. Manuel Gémar Sánchez-Lafuente Este D. Francisco Montilla Toro y D. José Muñoz Ruiz

Linderos

Oeste D. José Núñez Montuno y D. José Santana Conejo Superficie parcela 95,28 m2s Superficie construida 0,00 m2t Titular D. Manuel Gémar Sánchez Lafuente

Registro Archidona Tomo 897 Libro 264 Folio 204 Finca nº 14.929 Inscripción 1ª

Datos Registrales

Cargas Sin cargas Clasificación del suelo Urbano Calificación del suelo Red viaria Aprovechamiento asignado 1,90 m2t/m2s Otros bienes

Tercero.- Declarar la necesidad de ocupación de los terrenos afectados por la ejecución del Sistema Local SL.AR-10 de las vigentes NN.SS. de Planeamiento de este Municipio, considerando que el presente acuerdo inicia el expediente expropiatorio, entendiéndose todas las actuaciones posteriores referidas a esta fecha de 18 de septiembre de 2013. Cuarto.- Proceder a la publicación de este acuerdo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los diarios de mayor difusión provincial, con notificación personal a los interesados, invitándose a los mismos para que propongan un precio que propicie la adquisición por mutuo acuerdo. Quinto.- Informar a los propietarios afectados que disponen de un plazo de quince días a contar desde el recibí de la presente notificación para tratar de alcanzar un acuerdo para la adquisición amistosa de los bienes expropiables, transcurrido el cuál se ordenará la apertura de pieza separada para la determinación del justiprecio que corresponda satisfacer para cada uno de ellos, y ello sin perjuicio de que en cualquier estado posterior de su tramitación puedan ambas parte llegar a dicho mutuo acuerdo. Sexto.- Dar traslado a Oficina de Obras para su conocimiento y tramitación y a Secretaría a los efectos que procedan.

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Dictámenes emitidos por la Comisión informativa permanente de obras, urbanismo, equipamiento, infraestructura y medio

ambiente.

18º.- APROBACIÓN PROVISIONAL MODIFICACIÓN ELEMENTOS NN.SS. SUR.S.H-2 (CARACATE). (Dictamen). Por Secretaría se da lectura en extracto al dictamen y propuesta de resolución favorable emitido el día once de septiembre de dos mil trece, por la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo, Equipamiento, Infraestructura y Medio Ambiente en los siguientes términos literales: “ Nº orden 3 Promotor ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE ARCHIDONA D.N.I./C.I.F. P-2901700-A Domicilio de notificaciones Plaza Ochavada, 1 Finalidad y uso de la actuación Aprobación provisional de la Modificación de Elementos del P.G.O.U. de

Archidona del SURS.H-2, “Caracate” Ubicación de la actuación SURS.H-2, “Caracate” Técnico autor del proyecto José Mesa Delgado - Arquitecto Propuesta de resolución: Por mayoría, con el voto a favor de los representantes de los grupos I.U., P.P. y la abstención de los representantes del grupo P.S.O.E., se propone:

1. Aprobar provisionalmente la Modificación de Elementos y el Estudio de Impacto Ambiental. 2. Remitir el documento urbanístico a la Delegación de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente para la

emisión del definitivo Informe de Valoración Ambiental, así como a la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la citada Consejería y al Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento y Vivienda para su Informe.

3. Remitir, una vez se disponga de los informes sectores y del de Valoración Ambiental a la Delegación de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, para su aprobación definitiva.

Pasa a Pleno. Dada cuenta del expediente por el Sr. Alcalde, visto el Informe técnico emitido por el Sr. Arquitecto D. Antonio Garvín Salazar con fecha 4 de septiembre de 2013 rubricado favorablemente por la Arquitecta municipal Dª Inmaculada Montero Gálvez, visto el Informe jurídico preceptivo emitido por el Sr. Secretario D. José Daniel Ramos Núñez con fecha 5 de septiembre de 2013. Vistos los siguientes fundamentos jurídicos: arts. 31, 32, 36, 38, Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, modificada por la Ley 13/2005 de 11 de noviembre de Medidas sobre la Vivienda protegida y el suelo, y Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, art. 22.2 c) y 47. 1 ll), y Decreto 292/1995 Reglamento de evaluación de impacto ambiental, art. 40. Tras algunas intervenciones de los presentes, sometido el asunto a votación ordinaria por la Presidencia, y por unanimidad de los presentes (trece votos favorables: 6 GM IULVCA, 5 GM PSOE-A y 2 GM PP) coincidiendo el número de hecho con el número de derecho, lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda aprobar el dictamen en sus justos términos y en consecuencia: Primero.- Aprobar provisionalmente la Modificación de Elementos y el Estudio de Impacto Ambiental.

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Segundo.- Remitir el documento urbanístico a la Delegación de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente para la emisión del definitivo Informe de Valoración Ambiental, así como a la Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la citada Consejería y al Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento y Vivienda para su Informe. Tercero.- Remitir, una vez se disponga de los informes sectores y del de Valoración Ambiental a la Delegación de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, para su aprobación definitiva. Cuarto.- Dar traslado a la Oficina de Obras para su conocimiento y efectos.

19º.- APROBACIÓN DEFINITIVA PLAN ESPECIAL PARA ADECUACIÓN DE INSTALACIONES DEL CORTIJO GALVÁN PARA CELEBRACIONES, BANQUETES Y ALOJAMIENTOS DE TURISMO RURAL, PROMOVIDO POR D. LUIS MARINETO ABRIL. (Dictamen)

Por Secretaría se da lectura en extracto al dictamen y propuesta de resolución favorable emitido el día once de septiembre de dos mil trece, por la Comisión Informativa de Obras, Urbanismo, Equipamiento, Infraestructura y Medio Ambiente en los siguientes términos literales:

Nº orden 4 Promotor D. Luís Marineto Abril D.N.I./C.I.F. 24.759.283-J Domicilio de notificaciones C/ Wilkinson, 24, Urbanización Guadalmar. 29004 Málaga Finalidad y uso de la actuación Aprobación definitiva del Plan Especial para adecuación de instalaciones del

Cortijo Galván para celebraciones , banquetes y alojamientos de turismo rural. Ubicación de la actuación Cortijo Galván, Pol-9, parc. 22 Técnico autor del proyecto Carlos Domingo Corpas - Arquitecto Expediente Nº 205/09 Propuesta de resolución: Por unanimidad se propone conceder licencia. Pasa a J.G.L.

1. Aprobar definitivamente el Plan Especial. 2. Fijar el periodo de la cualificación urbanística de los terrenos en 30 años. 3. Fijar la compensación por el uso y aprovechamiento excepcional establecida en el artículo 52.5 de la L.O.U.A. en

2.359,30 €, conforme a la Ordenanza Municipal. 4. Fijar la fianza establecida en el artículo 52.4 de la LOUA en 7.865,30 €. 5. Inscribir el documento en el Registro Municipal de Planeamiento. 6. Publicar ésta aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Pasa a Pleno.

Visto que con fecha 7 de noviembre de 2012 se dicta Decreto de Alcaldía nº 2012000749 por el que se declara el interés público de la actuación y se aprueba inicialmente el Plan Especial arriba referenciado, sometiéndose a información pública mediante anuncio en el BOP nº 233 de 4 de diciembre de 2012 y en el Tablón de Edictos, no presentándose alegaciones. Visto que con fecha 21 de marzo de 2013 la Junta de Gobierno Local aprueba provisionalmente el Plan Especial y remite el mismo a la Consejería de Agricultura Pesca y Medio Ambiente para la emisión de Informe. Con fecha 20 de agosto de 2013 se recibe Informe emitido por dicha Consejería, de fecha 8 de agosto de 2013, informando favorablemente el expediente. Visto el Informe técnico emitido por el Arquitecto D. Antonio Garvín Salazar con fecha 4 de septiembre de 2013 rubricado favorablemente por la Arquitecta Municipal Dª Inmaculada Montero Gálvez.

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Visto el Informe jurídico emitido por el Sr. Secretario General con fecha 6 de septiembre de 2013. Vistos lo establecido en:

— Los artículos 31 y ss, 42, 43 y 52 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. — El artículo 21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. — Los artículos 43 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común. — Normas Subsidiarias de Planeamiento de Archidona, cuyo texto íntegro fue publicado en el BOP de Málaga nº

55/2005, de 21 de marzo, debiendo tenerse en cuenta así mismo Modificación Puntual de las Condiciones de Edificación en Suelo No Urbanizable (BOP de Málaga nº 76 de fecha 20/04/2007).

Sin que se produzcan intervenciones, sometido el asunto a votación ordinaria por la Presidencia, y por unanimidad de los presentes (trece votos favorables: 6 GM IULVCA, 5 GM PSOE-A y 2 GM PP) coincidiendo el número de hecho con el número de derecho, lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda aprobar el dictamen en sus justos términos y en consecuencia: Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Especial. Segundo.- Fijar el periodo de la cualificación urbanística de los terrenos en 30 años. Tercero.- Fijar la compensación por el uso y aprovechamiento excepcional establecida en el artículo 52.5 de la L.O.U.A. en 2.359,30 €, conforme a la Ordenanza Municipal. Cuarto.- Fijar la fianza establecida en el artículo 52.4 de la LOUA en 7.865,30 €. Quinto.- Inscribir el documento en el Registro Municipal de Planeamiento. Sexto.- Publicar esta aprobación en el Boletín Oficial de la Provincia.

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CONTROL Y FISCALIZACIÓN

20º.- MOCIONES (ASUNTOS URGENTES). ÚNICO.- ANULACIÓN DE LA OBLIGACIÓN NÚMERO 220120007308 CONTRAÍDAS POR ERROR CON AGUAS DE ARCHIDONA S.L. Y RECTIFICACIÓN DEL SALDO DE LAS OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO DE EJERCICIOS CERRADOS POR IMPORTE DE 14.085,51 €. Por el Sr. Alcalde se presenta, al amparo de lo dispuesto en los 91.4 y 97.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales Moción relativa a asunto no comprendido en el Orden del Día que acompañaba a la convocatoria y sin dictaminar por la Comisión Informativa, con la justificación de la urgencia detallada en la proposición, en los siguientes términos:

“PROPOSICIÓN DE ALCALDÍA AL PLENO DE MODIFICACIÓN DEL SALDO DE OBLIGACIONES PENDIENTES DE PAGO DE EJERCICIOS CERRADOS.

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Realizada la tramitación legalmente establecida y vistos los informes del concejal delegado de hacienda y el informe de la intervención municipal ambos de fecha dieciocho de Septiembre de dos mil trece se propone al Pleno la adopción del siguiente Considerando la urgencia de la adopción del presente acuerdo debido a que de no ser anulada la presente obligación y estando pendiente de pago con anterioridad a 31 de mayo del presente ejercicio, el Ayuntamiento de Archidona se debería acoger al plan de pago a proveedores contemplado en el RD Ley 8/2013 de 28 de junio de medidas urgentes contra la morosidad de las Administraciones Públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros

Esta Alcaldía, en base al art. 97 del ROF, propone al Pleno la adopción del siguiente ACUERDO:

PRIMERO. Aprobar la anulación de la obligación número 220120007308 contraídas por error con Aguas de

Archidona S.L. y rectificación del saldo de las obligaciones pendientes de pago de ejercicios cerrados por importe de 14.085,51 €.

SEGUNDO. Notificar a Aguas de Archidona S.L. con CIF B 93114312 la anulación de la obligación contraída

con ellos por importe de 14.085,51 € y representada en la factura número SA0460/1000006 otorgándole un plazo de audiencia por diez días.

TERCERO. En caso de no recibir alegaciones al presente acuerdo practicar los asientos contables necesarios

para hacer efectiva la anulación de las obligaciones contraídas por error y la rectificación del saldo. En Archidona a 18 de septiembre de 2013.” Sometido por la Presidencia a votación de los presentes sobre la urgencia y procedencia de su debate, el Pleno acuerda por unanimidad de los presentes (13 votos: 6 IULVCA, 5 PSOEA y 2 PP), coincidiendo el número de hecho con el número de derecho, lo que supone la mayoría absoluta del número legal, ratificar la urgencia de la moción. Tras dar cuenta el Sr. Alcalde de la propuesta reseñada y del expediente, el Portavoz del GM PSOEA, Sr. Cebrián Zafra, pregunta si consta Informe favorable al respecto, contestando la Presidencia que consta Informe de Intervención nº 355/2013 de 18 de septiembre de 2013. Vista la propuesta de la Presidencia, visto el Informe de Intervención y vista la legislación aplicable:

— El Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales. — El Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988,

de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el

artículo 212.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

— Los artículos 3, 4, 11, 12 y 13 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

— El artículo 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se Aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales.

[La Disposición Derogatoria Única de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF), no deroga expresamente el Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de noviembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, por lo que seguirá vigente en lo que no contradiga LOEPSF].

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— La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales.

— La Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales, por la que se Dictan Medidas para el Desarrollo de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se Aprueba la Estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales. Sin que se produzcan más intervenciones y sometida la proposición a votación ordinaria y por unanimidad de los presentes (trece votos favorables: 6 GM IULVCA, 5 GM PSOE-A y 2 GM PP) coincidiendo el número de hecho con el número de derecho, lo que supone la mayoría absoluta del número legal de Miembros de la Corporación, el Pleno acuerda: PRIMERO.- Aprobar la anulación de la obligación número 220120007308 contraídas por error con Aguas de Archidona S.L. y rectificación del saldo de las obligaciones pendientes de pago de ejercicios cerrados por importe de 14.085,51 €. SEGUNDO.- Notificar a Aguas de Archidona S.L. con CIF B 93114312 la anulación de la obligación contraída con ellos por importe de 14.085,51 € y representada en la factura número SA0460/1000006 otorgándole un plazo de audiencia por diez días. TERCERO.- En caso de no recibir alegaciones al presente acuerdo practicar los asientos contables necesarios para hacer efectiva la anulación de las obligaciones contraídas por error y la rectificación del saldo. CUARTO.- Dar traslado a Intervención Municipal para su conocimiento y efectos, y dar cuenta a la Comisión Informativa de Hacienda para que tome razón en la próxima sesión que celebre.

DE CARÁCTER NO RESOLUTIVO 21º.- RUEGOS Y PREGUNTAS. Por la Presidencia se declara abierto el turno de ruegos y preguntas, teniendo lugar por el siguiente orden que se relaciona: ⌦ Por el Grupo Socialista: � El Sr. Cebrián Zafra plantea los siguientes ruegos y/o preguntas:

1. Pregunta si hay fecha prevista de inicio de las obras de reforma del CEIP San Sebastián y dónde se ubicará al alumnado durante ese tiempo.

2. A raíz de la queja mostrada por algunos vecinos, pregunta en qué situación se encuentra el estudio a emitir por la Jefatura de la Policía Local que, según el Concejal de Tráfico, le iba a ser encargado en relación al tráfico en el municipio y en especial en calle San José, la cual se encuentra cortada al tráfico de vehículos, y sería conveniente buscar un consenso entre vecinos, usuarios, Residencia de Asistidos y su servicio de urgencia y titulares de establecimientos.

Ruegos y/o preguntas que obtienen respectivamente por parte del Sr. Alcalde y/o Concejales/as Delegados/as las siguientes respuestas:

1. El Sr. Alcalde contesta que se encuentra pendiente de que el ISE fiscalice y licite las obras. Respecto a la ubicación de los alumnos detalla algunas posibilidades, entre otras, en aulas prefabricadas en el patio del Colegio o en el IES Navarro y Alba, completando la información la Sra. Concejala Dª Juana Mª Barrio Alba.

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2. El Sr. Alcalde contesta que no se ha adoptado aún decisión al respecto, informando que va a pedir informe a la Oficina de Obras, y deja claro que el corte de la calle no significa que haya una desatención al servicio de urgencia de la Residencia, y trasladará al responsable del Distrito Sanitario Norte que eso no es así y que lo haga llegar a los responsables de Archidona en dicho Centro. El Sr. Arjona Romero, Concejal de Tráfico complementa la respuesta informando que la calle se cortó a petición de los titulares de establecimientos de dicha calle, si bien no hay intención de continuar con el corte, pudiendo el Proyecto de Archidona Amable ayudar a buscar una solución en tal sentido, concluyendo que en breve se tomará una decisión.

� La Sra. Romero Jiménez efectúa los siguientes ruegos y/o preguntas:

1. Pregunta cuándo se tiene previsto constituir el Consejo de Administración de la emisora de radio Municipal, ya que hay un retraso considerable.

Ruegos y/o preguntas que obtienen respectivamente por parte del Sr. Alcalde y/o Concejales/as Delegados/as las siguientes respuestas:

1. El Sr. Alcalde contesta que se ha firmado hace pocos dias el contrato administrativo de servicios, y en breve se

comunicará la convocatoria de dicho consejo. � El Sr. Gálvez Alba efectúa los siguientes ruegos y/o preguntas:

1. Ruega, a petición de vecinos de calle Cuevas de San Marcos, que se adopten las medidas necesarias para solventar el escaso alumbrado público existente en dicha calle.

Ruegos y/o preguntas que obtienen respectivamente por parte del Sr. Alcalde y/o Concejales/as Delegados/as las siguientes respuestas: 1. El Sr. Alcalde contesta que se dará traslado de la incidencia a los electricistas municipales para su comprobación.

Tras lo cual, y no habiendo más asuntos que tratar por la Presidencia, se levantó la sesión, siendo las once horas y y cincuenta minutos del día expresado ut supra, de todo lo cual, como Secretario, doy fe. Vº Bº El Alcalde-Presidente, RECURSOS PROCEDENTES: A los efectos previstos en los arts. 52 de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de régimen Local, arts. 89.3, 107 y 116 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, y art. 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra los acuerdos definitivos en vía administrativa que a continuación se indican se podrá interponer potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Junta de Gobierno Local, o en su caso, recurso contencioso administrativo, ante el orden jurisdiccional y ante el órgano que abajo se indica, en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día hábil siguiente al de la notificación. En caso de interposición del recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que sea resuelto el de reposición, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar

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cualquier otro que estimen procedente. En caso de optar por la interposición del recurso de reposición, contra su resolución no podrá de nuevo interponerse dicho recurso, y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses si la resolución fuese expresa, y en caso contrario se aplicará el régimen de actos presuntos regulados en el citado art. 46 de la Ley 29/1998. Órgano ante el que podrá presentarse recurso contencioso administrativo: -Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo (Art. 8 Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso

Administrativa), respecto a los asuntos adoptados bajos los números: 4, 5, 17, 19. -Ante la Sala de lo Contencioso Administrativo (Art. 10 Ley 29/1998) los adoptados bajo los números:

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DILIGENCIA: Remítase a la Subdelegación del Gobierno y a la Delegación del Gobierno en Málaga, copia o extracto de la presente Acta comprensivo de los acuerdos adoptados, conforme al art. 56 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, art. 196 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, y Decreto 41/2008 de 12 de febrero, por el que se regula la remisión de actos y acuerdos de las Entidades Locales a la Administración de la Junta de Andalucía; y publíquese copia o extracto de los acuerdos en el Tablón de Edictos.

Archidona, a 24 de septiembre de 2013.

El Secretario General,

Fdo.: José Daniel Ramos Núñez