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No. IA-018T0O004-E176-2019
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO
SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
El Instituto Mexicano del Petróleo, a través de la Gerencia de Proveeduría y Servicios, ubicada en Av. Eje Central Lázaro Cárdenas Norte No.152, Colonia San Bartolo Atepehuacan, Alcaldía Gustavo A. Madero, C.P. 07730, México, Ciudad de México, con fundamento legal en el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 41 Fracción XX y 42 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios el Sector Público, y al Contrato Marco vigente publicado en CompraNet denominado “Servicios integrales de jardinería y fumigación”, bajo la modalidad de CONTRATO o PEDIDO ABIERTO, para la contratación del
SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERÍA
La contratación abarca los ejercicios 2019 - 2020 Contando para tal efecto con recursos presupuestales de los ejercicios fiscales 2019 - 2020, autorizados por la Dirección de Finanzas y Administración del Instituto Mexicano del Petróleo.
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OBJETO Y ALCANCE DEL SERVICIO PARTIDA 1
ANEXO I
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE CALIDAD REQUERIDAS PARA LA
PRESTACIÓN DEL “SERVICIO” INTEGRAL DE JARDINERÍA EN EL
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE
I. OBJETIVO.
Proporcionar el “SERVICIO” integral de jardinería en adelante el “SERVICIO” en los
diversos inmuebles propiedad y/o en uso de los sujetos a que se refiere el artículo 1, fracciones
I a VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP),
en adelante el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE por
el periodo comprendido a partir del día 1° de Septiembre del 2019 y hasta el 31 de diciembre
del 2020, a precio fijo bajo la modalidad de pedido abierto con un monto máximo de
$4´280,264.00 (cuatro millones doscientos ochenta mil doscientos sesenta y cuatro pesos con
00/100 M. N.) y un monto mínimo de $1´712,105.60 (un millón setecientos doce mil ciento
cinco pesos con 60/100 M. N.) antes de I.V.A.
El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE para este
servicio, se integra por sus centros de trabajo ubicados en las ciudades de Cadereyta de Jiménez,
Nuevo León, Cd. Madero, Tamaulipas, Poza Rica de Hidalgo, Veracruz y Boca del Río,
Veracruz.
II. DESCRIPCIÓN DEL “SERVICIO”
Es el cuidado de plantas, macetones, poda de árboles, la reforestación de macetas, jardineras y
demás servicios para el mantenimiento y conservación de las áreas verdes, así como el control
fitosanitario de dichas áreas verdes, con la finalidad de mantenerlos en óptimas condiciones.
III. METODOLOGÍA.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” brindarán el “SERVICIO” de jardinería, tomando en
consideración las funciones específicas y los aspectos metodológicos que determine el
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en el contrato
específico correspondiente.
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IV. LINEAMIENTOS GENERALES.
El “SERVICIO” se realizará en los inmuebles que determine el INSTITUTO MEXICANO
DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en el contrato específico y sus respectivos
anexos.
La ejecución del “SERVICIO” previsto por el contrato se sujetará a los siguientes
lineamientos:
a) Las ofertas que presenten “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán por los
inmuebles que se determinen en el contrato específico por el INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y que se encuentran
relacionados a continuación:
b) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar a cabo, la recolección de
subproductos vegetales, cada que se generen como consecuencia de los trabajos
ejecutados, realizando la disposición adecuada de los mismos, conforme a lo establecido
en la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, o las disposiciones normativas
correlativas en otras Entidades Federativas, por lo que “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” deberán proporcionar el material necesario para la correcta
separación de los desechos sólidos como se señala en dichas disposiciones y no podrán
mezclar estos residuos, con los que se generan en cada inmueble, conforme a lo
establecido en los contratos específicos.
c) “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán contar con todos los materiales,
herramientas, equipo, sustratos y productos necesarios, para la conservación de las áreas
verdes, proporcionando el “SERVICIO” de acuerdo a las necesidades requeridas en los
contratos específicos; los cuales deberán estar considerados en el monto total por
“SERVICIO” requerido.
La relación de equipo, herramientas y materiales mínimos con los que “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar durante la vigencia del contrato en las
Estado Municipio Localidad Domicilio
NUEVO LEON
CADEREYTA
JIMÉNEZ
CADEREYTA DE
JIMÉNEZ
CARRETERA MONTERREY-REYNOSA KM.36, INTERIOR DE LA
REFINERIA “ING. HECTOR R. LARA SOSA” CP.67450
TAMAULIPAS CIUDAD MADERO CIUDAD MADERO
AV. RODOLFO TORRE CANTÚ S/N CASI ESQ. CON CALLEJON DE
BARRILES CP. 89510
VERACRUZ BOCA DEL RÍO BOCA DEL RIO
CAMINO DE TERRACERÍA N° 800, PARCELAS 37, 39, 40 Y 41, EJIDO
SAN JOSÉ NOVILLERO, BOCA DEL RÍO, VER. C.P. 94293
VERACRUZ
POZA RICA DE
HIDALGO POZA RICA CALLE FERROCARRIL N° 162, COL. AVIACIÓN VIEJA C.P. 93370
VERACRUZ
POZA RICA DE
HIDALGO POZA RICA
CALLE RIO LERMA S/N, COL. AVIACION VIEJA (FRENTE A LA
CASA DE LA CULTURA) C. P. 93370
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instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN
NORTE y que se relacionan en el punto a). Se muestran en los cuadros siguientes:
Relación de material que deberá ser entregado con la periodicidad indicada en el
siguiente cuadro:
POZA RICA DE
HIDALGOCIUDAD MADERO
CADEREYTA
JIMENEZBOCA DEL RÍO
CALLE FERROCARRIL N°
162, COL. AVIACIÓN VIEJA
C.P. 93370 Y CALLE RIO
LERMA S/N, COL.
AVIACION VIEJA (FRENTE A
LA CASA DE LA CULTURA)
C. P. 93370
AV. RODOLFO TORRE
CANTÚ S/N CASI ESQ. CON
CALLEJON DE BARRILES
CP. 89510
CARRETERA MONTERREY-
REYNOSA KM.36, INTERIOR
DE LA REFINERIA “ING.
HECTOR R. LARA SOSA”
CP.67450
CAMINO DE TERRACERÍA
N° 800, PARCELAS 37, 39,
40 Y 41, EJIDO SAN JOSÉ
NOVILLERO, BOCA DEL
RÍO, VER. C.P. 94293
ESCALERA DE EXTENSIÓN RECTA DE 6 MTS 1 1 1 1 4
ESCALERA DE TIJERA DE MÁS 3 MTS. 1 1 1 1 4
MAQUINA PODADORA DE CÉSPED DE GASOLINA. 2 2 1 4 9
MAQUINA CORTADORA DE ARBUSTOS. 0 1 1 0 2
PERFILADORA DE USO RUDO, MOTOR A GASOLINA 1 1 1 5 8
TALACHE O PICO. 1 1 1 1 4
HACHA. 2 1 1 2 6
EQUIPO PARA APLICAR MATA HIERBA. 1 1 1 2 5
MANGUERA DE PLASTICO DE 3/4” DÍAM. DE 50 MTS.
USO INDUSTRIAL. 3 0 3 0 6
MANGUERA DE PLÁSTICO DE 3/4" DÍAM. DE 100 MTS.
USO INDUSTRIAL0 0 0 2 2
MANGUERA DE PLASTICO DE 1/2” DÍAM. DE 50 MTS.
USO INDUSTRIAL. 0 3 0 2 5
MACHETE PULIDO DE 22” TIPO ACAPULQUEÑO 3 2 1 5 11
RASTRILLOS DE JARDINERIA DE CAMPO. 2 2 1 3 8
TIJERAS PODADORAS DE ARBUSTOS, REFORZADA. 3 2 1 3 9
TIJERAS CURVAS DE JARDINERO. 3 2 1 0 6
TIJERAS CORTA CESPED. 0 2 1 0 3
ASPERSORES METALICOS. 0 8 3 5 16
PALA REDONDA CON MANGO CORTO PROMO. 3 2 1 0 6
PALA DE PUNTA. 3 2 1 0 6
PALA CUADRADA. 3 2 1 3 9
CARRETILLA METALICA DE JARDINERO. 3 2 1 2 8
AZADONES CON MANGO DE MADERA. 3 2 1 0 6
PISTOLA DE RIEGO HASTA CINCO POSICIONES 0 3 1 3 7
TRINCHES METÁLICOS PARA JARDINERÍA 0 0 0 2 2
BOMBA DE SUCCIÓN A GASOLINA MÍNIMO DE 2" 0 0 0 1 1
CONOS COLOR NARANJA DE SEGURIDAD 6 2 2 6 16
EQUIPO Y HERRAMIENTA
CANTIDADES POR INMUEBLES
TOTAL
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Las cantidades de los fertilizantes, insecticidas y liquido mata hierba, deberán ser los
suficientes y necesarios para la adecuada atención del “SERVICIO”, las cantidades
indicadas solo son de referencia.
Los equipos y herramientas indicadas deberán permanecer en las instalaciones de los
inmuebles del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN
NORTE durante la vigencia del contrato.
Los equipos y herramientas antes relacionados deberán ser sustituidos en caso de
descompostura o desgaste de las mismas sin costo adicional para el INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, en un plazo no mayor
a 5 días hábiles contados a partir de la solicitud realizada por el supervisor del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. Por el
incumplimiento total o parcial se aplicará una deducción al pago conforme a lo
señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán utilizar productos
biodegradables o inofensivos para el ser humano y para el medio ambiente.
El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO no proporcionará ningún equipo,
herramienta o material para la realización del “SERVICIO”.
El cuidado y resguardo del equipo mencionado será responsabilidad totalmente de
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”.
Se deberá suministrar la piedra y el tezontle en un plazo de 20 días naturales contados
a partir de la solicitud del supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. Por el incumplimiento total o parcial se
aplicará una deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo
indicado en el contrato específico y sus anexos.
La colocación de los suministros mencionados será en coordinación con el supervisor del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
POZA RICA MADERO CADEREYTA BOCA DEL RÍOCALLE FERROCARRIL N° 162,
COL. AVIACIÓN VIEJA C.P.
93370 Y CALLE RIO LERMA
S/N, COL. AVIACION VIEJA
(FRENTE A LA CASA DE LA
CULTURA) C. P. 93370
AV. RODOLFO TORRE CANTÚ
S/N CASI ESQ. CON CALLEJON
DE BARRILES CP. 89510
CARRETERA MONTERREY-
REYNOSA KM.36, INTERIOR DE
LA REFINERIA “ING. HECTOR R.
LARA SOSA” CP.67450
CAMINO DE TERRACERÍA N°
800, PARCELAS 37, 39, 40 Y
41, EJIDO SAN JOSÉ
NOVILLERO, BOCA DEL RÍO,
VER. C.P. 94293
ESCOBA PLASTICA RIGIDA DE 22 DIENTES PARA
JARDINERÍATRIMESTRAL 3 2 1 5 11
ESCOBA DE MIJO DE 6 HILOS CON MANGO DE
MADERA TRIMESTRAL 3 3 1 5 12
LIMA TRIANGULAR PARA AFILAR, CAJA CON 40 O 50
PIEZAS
UNA SOLA
ENTREGA1 1 0 1 3
CUBETA PARA PREPARAR BASE DE CAL Y CEMENTO
PARA ENCALAR ARBOLES. DE LAS CANTIDADES
SEÑALADAS SE DEBERÁ ENTREGAR 50% DE CAL Y
50% DE CEMENTO BLANCO EN PRESENTACIÓN DE
BULTO DE 25 KILOS CADA UNO, ASÍ COMO CUBETA
DE 20 LITROS PARA EL PREPARADO.
TRIMESTRAL 4 4 10 0 18
FERTILIZANTE TRIPLE 17 O EQUIVALENTE, SACO DE
50 KG.TRIMESTRAL 2 2 2 2 8
FERTILIZANTE UREA O EQUIVALENTE EN SACO DE 50
KG TRIMESTRAL 2 1 2 2 7
INSECTICIDA LIQUIDO PARA HORMIGA, 10 LITROS. TRIMESTRAL 10 0 5 2 17
INSECTICIDA GRANULADO PARA JARDIN MARCA
VALOR O EQUIVALENTE, EN BOLSA DE 1 KG TRIMESTRAL 0 4 10 20 34
LIQUIDO MATAHIERBA TIPO ECOLOGICO,
PRESENTACIÓN DE 10 LITROS TRIMESTRAL 1 1 1 2 5
GEL ANTIHORMIGA “JOQUE ROJO” EN BOTE DE 1
KG. BIMESTRAL 0 1 3 10 14
PIEDRA MARMOLINA KILOSÚNICA
ENTREGA100 KILOS 100 KILOS 100 KILOS 0 300
TEZONTLE ROJO GRANOMETRÍA FINA M3ÚNICA
ENTREGA6 M3 6 M3 6 M3 0 18
TOTALESPERIODICIDAD
EN ENTREGAS
CANTIDAD POR INMUEBLE
MATERIALES
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El servidor público facultado para supervisar o vigilar la prestación del servicio el C. Lic. Alejandro
Muñoz Canchola, o a quien éste designe como personal de supervisión del INSTITUTO MEXICANO
DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. El Administrador del Contrato será la o el responsable
de aceptar o rechazar los servicios, de determinar los incumplimientos, las penas convencionales y
deducciones a que hubiera lugar, deficiencias en el servicio y/o emitir órdenes de surtimiento, así como
la administración total del Contrato.
El Administrador del Contrato verificará el control de calidad del servicio ofrecido de acuerdo a las
solicitudes hechas a “LOS POSIBLES PROVEEDORES”. En caso de incumplimiento de las
actividades o servicios encomendados a “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se aplicarán las
deducciones correspondientes relacionadas en las especificaciones técnicas de los Anexos respectivos.
La servidora pública facultada para validar las facturas o los documentos que presenten “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” es la L. C. Reyna C. Rojas Rosas del área de Recursos Materiales y
Servicios de la Unidad de Administración Norte del Instituto Mexicano del Petróleo.
Los documentos que deben acompañarse a las facturas son los que indique la o el administrador del
Contrato de conformidad con los procedimientos institucionales para tal efecto.
El “LOS POSIBLES PROVEEDORES” en toda su correspondencia (facturas, empaques y otros
documentos), deberá citar el número del Pedido.
La aceptación de los servicios por parte de la o el administrador o responsable del Contrato, se realizará
máximo dentro de los 10 días naturales posteriores a la recepción y aceptación de la factura.
Un servicio se considerará prestado al Instituto Mexicano del Petróleo cuando reúna
los siguientes requisitos: sea recibido en el Área correspondiente y la o el
administrador del Contrato haya verificado el cumplimiento de las especificaciones y
dé su visto bueno de conformidad.
d) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que al arribo de los
materiales darán aviso a la persona que designe el INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, para su previa revisión y verificación de
características que garanticen la calidad y estado fitosanitario libre de patógenos, y/o
cantidad, antes de ser almacenados o utilizados, indicando en el documento de recepción
que la entrega cumplió con los estándares de calidad requeridos.
e) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar el registro de entradas de
material de manera eficiente y organizada (por primeras entradas, primeras salidas,
flamabilidad, así como el grado de toxicidad establecido en el Catálogo Oficial de
Plaguicidas publicado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
Sanitarios -COFEPRIS-), así mismo deberá contar con un resumen de las áreas o lugares
donde fueron aplicados dichos productos, así como las dosis suministradas; este
resumen podrá ser requerido por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO
EN LA REGIÓN NORTE en cualquier momento, si así se considera conveniente.
f) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán responsables de realizar el
“SERVICIO” de acuerdo a las actividades establecidas en los contratos específicos
y sus respectivos anexos, en función a las características del inmueble y conforme a
las siguientes Especificaciones generales y particulares del “SERVICIO”:
1. ESPECIFICACIONES GENERALES:
1.1 Prestar a favor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA
REGIÓN NORTE el “SERVICIO” en sus Centros de Trabajo que conforman la
Región Norte en las ciudades de Poza Rica de Hidalgo, Ver., Cadereyta de Jiménez, N.
L., Cd. Madero, Tamps., y Boca del Río, Ver.
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1.2 “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán mantener
las áreas verdes, macetas y maceteros en condiciones óptimas, para ello deberá contar
con los accesorios, materiales, productos y equipo mínimo y todo lo necesario para
realizar las actividades señaladas en el presente Anexo Técnico y conforme a lo
establecido en los contratos específicos y sus anexos, y no se darán por concluidos hasta
que se cumpla con lo indicado y deberán realizarse nuevamente, sin costo alguno para
el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
1.3 “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá mantener las áreas
verdes, maceteros y macetas de ornato en condiciones óptimas de limpieza, corte y riego, para
ello deberá de contar con los utensilios y herramientas necesarios para realizar estas actividades,
que incluyen corte de césped, riego de plantas y césped, cajeteo de árboles y arbustivas, poda
formativa, eliminación de hierba en áreas pavimentadas, retiro de maleza y basura de las áreas
verdes, encalado de árboles, recolección y confinamiento en bolsas negras de plástico de toda
la basura que se genere por estas actividades, mano de obra en aplicación de herbicidas,
insecticidas, fertilizantes y semilla cuando sea necesario, mano de obra en trasplantes de
plantas, arbustos y césped, mano de obra en arropado de césped, limpieza y mantenimiento de
macetas, realizando el raspado del material existente (pintura), y aplicando dos manos de
pintura de esmalte comex del color elegido por el supervisor del INSTITUTO MEXICANO
DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
1.4 Se deberá considerar el realizar el riego necesario de acuerdo al tipo de planta existente, las
veces que se requiera de acuerdo a la variedad de las plantas, quitar las hojas secas y marchitas,
así como sustituir las plantas que se vayan dañando; limpieza y arreglo de la gravilla suelta, el
tezontle y la piedra de rio cuando sea necesario para que los jardines luzcan bien arreglados.
1.5 Todo el material de desecho que produzcan “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del
“SERVICIO” por el mantenimiento de áreas verdes, jardineras, bambús, maceteros, etc;
deberá de retirarse de las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN
LA REGIÓN NORTE en forma diaria al concluir la actividad del mismo.
1.6 Se deberán considerar las herramientas, materiales y equipo necesarios, suficientes y en
óptimas condiciones de operación, para la correcta prestación del “SERVICIO”.
1.7 La limpieza de herramientas y equipo utilizados para el “SERVICIO”, se realizará
con el mayor cuidado evitando azolvar drenajes y se realizará en áreas previamente
dispuestas por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN
NORTE, aquéllas que requieran una limpieza exhaustiva o mantenimiento específico
deberán efectuarse fuera del edificio y ser retiradas, suministrando herramientas o
equipos alternos para no interrumpir las actividades del “SERVICIO”.
1.8 Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”
el transporte, acarreo, maniobras, de toda la basura o residuos que se generen como
producto del “SERVICIO”, y deberá retirarse a más tardar al día siguiente hábil de
que se hayan generados para evitar acumulación de basura, lo anterior quedará incluido
en el precio del mismo.
Estado Municipio Localidad Domicilio
NUEVO LEON
CADEREYTA
JIMÉNEZ
CADEREYTA DE
JIMÉNEZ
CARRETERA MONTERREY-REYNOSA KM.36, INTERIOR DE LA
REFINERIA “ING. HECTOR R. LARA SOSA” CP.67450
TAMAULIPAS CIUDAD MADERO CIUDAD MADERO
AV. RODOLFO TORRE CANTÚ S/N CASI ESQ. CON CALLEJON DE
BARRILES CP. 89510
VERACRUZ BOCA DEL RÍO BOCA DEL RIO
CAMINO DE TERRACERÍA N° 800, PARCELAS 37, 39, 40 Y 41, EJIDO
SAN JOSÉ NOVILLERO, BOCA DEL RÍO, VER. C.P. 94293
VERACRUZ
POZA RICA DE
HIDALGO POZA RICA CALLE FERROCARRIL N° 162, COL. AVIACIÓN VIEJA C.P. 93370
VERACRUZ
POZA RICA DE
HIDALGO POZA RICA
CALLE RIO LERMA S/N, COL. AVIACION VIEJA (FRENTE A LA
CASA DE LA CULTURA) C. P. 93370
No. IA-018T0O004-E176-2019
1.9 El agua para riego será suministrada por el INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO.
1.10 El supervisor del Prestador del “SERVICIO” deberá en coordinación con el
supervisor del IMP realizar diariamente las operaciones de encendido y apagado del
sistema de bombeo de agua, para el llenado de cisterna, tinacos y el riego de las áreas
verdes.
1.11 Las actividades mínimas generales a desarrollar como parte del “SERVICIO” son
las siguientes:
A) PODA Para controlar y guiar el desarrollo de la vegetación de sus jardines, mejorando
su estructura y forma, retrasando su envejecimiento y favoreciendo la floración,
tanto en calidad como en cantidad.
B) FUMIGACIÓN
Para controlar el crecimiento de hongos y plagas que destruyen las plantas y
árboles.
C) LIMPIEZA Y SUSTITUCIÓN DE VEGETACIÓN
Actividades necesarias para la conservación y preservación de los espacios
verdes. La detección y el reemplazo de las plantas enfermas es parte integral del
“SERVICIO”. Incluye limpieza de azoteas donde se encuentre acumulación de
hojas, ramas y cortezas, desazolvando las coladeras y tubos de bajadas de agua
pluvial.
D) FERTILIZACIÓN Y ABONO.
Para nutrir la vegetación y la tierra de todas las áreas, jardineras, macetones y
macetas con productos especificados.
E) RIEGO DE AREAS VERDES Y MACETAS
Mediante la aplicación de agua que será proporcionada por el IMP en cada uno
de los inmuebles señalados, aplicando de forma manual con manguera o
mediante aspersores en su caso.
La frecuencia de las actividades será permanente o de acuerdo a las indicaciones
del supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA
REGIÓN NORTE durante la vigencia del contrato.
1.12 El desarrollo de las actividades será conforme a lo establecido en el presente anexo
y conforme a lo establecido en los contratos específicos y sus anexos.
1.13 PENA CONVENCIONAL Y DEDUCTIVAS
1.13.1 PENAS CONVENCIONALES Se aplicarán por cada día natural de atraso, con el 1 % del monto de los servicios prestados con atraso,
serán calculadas por el área contratante correspondiente, por regla general se calcularán por partida, sin
exceder de manera proporcional el 10% del monto de la partida de que se trate y la suma de las penas
convencionales de dicha partida o partidas no deberá exceder el importe de la garantía de cumplimiento
del CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento
de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con lo estipulado en la Ley y su Reglamento.
Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área requirente
donde se le comunique del incumplimiento. Una vez que el área contratante cuente con este documento
generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico a “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” que se presente en las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE a firmar el documento de aceptación del cálculo.
El pago del servicio quedará condicionado al pago que “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” deba efectuar por concepto de penas convencionales.
1.13.2 DEDUCTIVA Se aplicarán con el 15 % del monto de los servicios prestados de manera deficiente o incompletos, serán
calculadas por el área contratante correspondiente, sin exceder de manera proporcional el 10% del importe
de la partida que se trate y la suma de las deducciones de esta partida o partidas no deberán exceder el
No. IA-018T0O004-E176-2019
importe de la garantía de cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje
referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con
lo estipulado en la Ley y su Reglamento.
Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área requirente
donde se le comunique la deducción por aplicar. Una vez que el área contratante cuente con este
documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico al “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” que se presente en las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO
DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE a firmar el documento de aceptación del cálculo.
Los proveedores quedarán obligados ante la dependencia o entidad a responder de los
defectos y vicios ocultos de los bienes y de la calidad de los servicios, así como de
cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en
el contrato respectivo y en la legislación aplicable.
2. ESPECIFICACIONES PARTICULARES:
2.1 PODA DE PASTO EN AREAS VERDES.
Se deberá realizar la poda de pasto en todas las áreas que señale la supervisión del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE. Barriendo y
recolectando el desecho, incluye el desorillado perimetral el cual debe realizarse en
las áreas de pasto colindantes a banquetas, firmes, pasos peatonales, etc., efectuar el
trabajo con equipos en óptimas condiciones de operación, considerando el equipo
adecuado para el corte de pasto “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del
“SERVICIO” deberá retirar de manera inmediata de las instalaciones del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE toda la basura
y materiales de desecho, producto de los trabajos efectuados.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán contar con un
extintor que deberán instalar en el área donde lo indique la supervisión del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE, como medida
de seguridad por el manejo de combustible, dicho extintor deberá tener la carga
vigente para su perfecta operación.
PODA DE ROSALES
Se deberá realizar cuantas veces sea necesario, usando tijeras especiales de mano
para poda. Se debe realizar el deshierbe en toda la base del rosal y aflojando la tierra.
El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE podrá
rechazar los trabajos de mala calidad, los cuales no serán pagados. “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” son responsable del desalojo
diario de los desechos.
PODA DE SETOS
Se deberán podar los setos de arrayan, limonaria, etc., cuantas veces sea necesario,
efectuando la poda perfectamente nivelada y a plomo. Se debe realizar la poda
manualmente, realizando el deshierbe en toda la base del seto y removiendo la tierra.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” son responsable del
desalojo diario de los desechos.
2.2 LIMPIEZA, PODA, DESBOTONADO Y ARREGLO DE JARDINERAS
ORNAMENTALES EXTERIORES.
Se deberá realizar la limpieza y arreglo de jardineras ornamentales en todas las áreas
con jardineras del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN
NORTE, cuantas veces sea necesario. La actividad se realizara manualmente con
herramienta y equipo menor adecuado, realizando la limpieza, desbotonado, foliado,
descompactado, poda superficial (despunte) de plantas ornamentales.
No. IA-018T0O004-E176-2019
El personal atenderá las sugerencias y observaciones que les indique el supervisor
del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE. “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” es responsable del desalojo
diario de la basura.
2.3 ABONADO DE PASTO, PLANTAS, SETOS Y JARDINERAS
El abono será aplicado cuantas veces sea necesario. “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá aplicar el producto esparciéndolo de
manera homogénea en toda el área, después se procederá a regar de forma
abundante, los materiales requeridos para estos trabajos serán suministrados por
cuenta del proveedor y se indican como mínimo en el punto c) del presente
documento.
2.4 FUMIGACION DE PLANTAS, SETOS, EMPASTADO Y ARBOLES EN
AREAS VERDES
La fumigación se efectuará con los productos especificados y de acuerdo a cada tipo
de árboles, plantas, setos, etc.
Los productos se aplicaran con aspersor manual, todo el personal de “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” que efectúe estos servicios
deberá usar el equipo de protección necesario (mascarilla, guantes, lentes etc.). Los
materiales requeridos para estos trabajos serán suministrados por cuenta del
proveedor y se indican en el punto c) del presente documento.
2.5 DESHIERBE EN PISOS DE CONCRETO Y/O ADOCRETO Y
ENGRAVADOS
El deshierbe en las juntas, grietas y ranuras de los pisos de concreto, de adocreto y
en los engravados se efectuara cuantas veces sea necesario de forma manual y/o con
desbrozadora (mosco), debiendo quedar el trabajo a satisfacción de la supervisión
del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE,
eliminando toda raíz, tierra y materiales pétreos, raspando, barriendo y dejando
limpias las juntas, oquedades, grietas y ranuras.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” son responsables del
desalojo diario de la basura.
2.6 RIEGO CON ASPERSOR Y/O MANGUERA
El riego con aspersor y con manguera se realizará en las áreas indicadas por el
supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN
NORTE, se deberán abrir los aspersores en forma manual o con herramienta de
mano en intervalos de tiempo, para efectuar un riego uniforme, vigilando
permanentemente el funcionamiento de estos. El riego deberá realizarse en todas las
áreas verdes, jardines, jardineras y setos. Al efectuar el tendido de mangueras que
atraviesan algún pasillo, andador o plaza, para el riego de áreas verdes interiores y
exteriores, jardines, jardineras, arriates, y macetones, se deberá emplear la
señalización correspondiente de seguridad.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá traer el equipo
necesario para riego en cada centro de trabajo, tal como mangueras reforzadas de
diferentes diámetros y longitudes, acopladores, abrazaderas, aspersores, boquillas
de riego, llaves, etc.
2.7 ENCALADO DE ÁRBOLES
Se encalaran árboles, palmeras y arbustos de distintos diámetros cuantas veces sea
necesario, en cada centro de trabajo, aplicando una mezcla en proporción 1:1:1 de
cal, agua y cemento blanco. Antes de encalar “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá preparar la superficie del árbol
debiendo cepillar y quitar tecatas y costras flojas de encalados anteriores y/o fibras
secas propias del tejido del árbol, dejando el acabado a la altura que señale la
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supervisión INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE.
Los materiales requeridos para estos trabajos serán suministrados por cuenta del
proveedor y se indican en el punto c) del presente documento.
2.8 PODA DE ARBUSTOS, SETOS Y ÁRBOLES.
Se deberá realizar la poda cuantas veces sea necesario, deberá de podar, despuntar
y dar forma con todo el equipo necesario para efectuar los trabajos, dejando el área
completamente limpia, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”
deberá incluir y dotar a su personal del equipo de seguridad correspondiente a esta
actividad.
Queda absolutamente prohibido dejar basura (ramas, tierra, hojas, etc) o cualquier
material que resulte de la prestación del “SERVICIO” en cualquier área del interior
del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE.
2.9 MANTENIMIENTO DE CANCHA DEPORTIVA EN EL EDIFICIO
SEDE DE LA REGION NORTE
Se deberá realizar el nivelado y compactación del área empastada de la cancha
deportiva empleando como material nivelador tierra negra o equivalente en la
región, efectuando el trabajo cuando lo solicite la supervisión del INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE. Para esta actividad se deberá
realizar la aireación, suministro y colocación de tierra negra o equivalente en la
región, retapado de pasto con tierra negra o equivalente en la región, compactación
de terreno con rodillo, fumigación, fertilización, poda de pasto, las veces necesarias;
incluye el volumen de tierra necesaria para obtener los niveles requeridos y
solicitados por la supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO
REGIÓN NORTE, esta actividad será ejecutada con compactador de rodillo
manual de 250 Kg (incluido).
Para tener una buena nivelación la compactación sobre el terreno y el pasto se
realizará en cuatro formas de lado a lado de la cancha; primero en el sentido largo
de oriente a poniente, segundo en el sentido corto de sur a norte, tercero en el sentido
diagonal de sur a norte y cuarto en el sentido diagonal de poniente a oriente.
2.10 COMPACTACIÓN DE TERRENO CON RODILLO
Se deberá compactar las veces que sea necesario para obtener la nivelación del
terreno de tierra o pasto de acuerdo a la solicitud del supervisor del INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO REGIÓN NORTE con compactador de rodillo
manual de 250 kg (incluido) y realizando el riego que sea necesario.
2.11 TRAZAR Y PINTAR CANCHA DEPORTIVA EMPASTADA
Se deberá realizar el trazado y pintado de la cancha deportiva (1893 m2), “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá trazar las líneas de 15
cm de ancho y aplicar calhidra blanca con bote dosificador manual, considerando en
su precio los materiales y herramienta necesaria para efectuar el trabajo cuando lo
indique el supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO
REGIÓN NORTE.
g) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben contar con recursos financieros,
humanos y materiales suficientes para el cumplimiento del “SERVICIO”, objeto del
contrato específico.
h) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán el “SERVICIO” de acuerdo a
las actividades y frecuencias establecidas en los contratos específicos y sus respectivos
anexos. (en donde indicará la calendarización del “SERVICIO” por inmueble y
volumetría).
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i) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán realizar las actividades de fumigación,
en áreas verdes interiores y exteriores, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se
comprometen a que los plaguicidas que se apliquen estén inscritos en el Catálogo de
Plaguicidas de la COFEPRIS y debidamente registrados ante la Comisión
Intersecretarial para el Control del Proceso, Uso de Plaguicidas y Sustancias Tóxicas
(CICOPLAFEST); así mismo, deberán estar etiquetados conforme a la regulación
vigente y aplicable y no estar caducados.
j) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a responder por las
reclamaciones ante cualquier autoridad sanitaria, cuando por la realización de las
labores de fumigación en áreas verdes interiores y exteriores, jardines, jardineras,
arriates, camellones y macetones, o bien por negligencia del personal a su cargo,
pudieran derivarse afectaciones a la salud.
k) Los productos y equipos que utilicen “LOS POSIBLES PROVEEDORES” para la
prestación del “SERVICIO”, deberán cumplir como mínimo con las siguientes normas:
Número de Norma Descripción de la Norma
NOM-017-STPS-2008 Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los
centros de trabajo.
NADF-001-RNAT-2015 o sus
correlativas en las entidades
federativas
Los requisitos y especificaciones técnicas que deberán cumplir las
personas físicas morales de carácter público o privado, autoridades
y en general todas aquellas que realicen poda, derribo, transplante
y restitución de árboles en el Distrito Federal.
NOM-232-SSA1-2009 Plaguicidas: que establece los requisitos del envase, embalaje y
etiquetado de productos grado técnico y para uso agrícola, forestal.
Pecuario, jardinería, urbano, industrial y doméstico.
NOM-003-STPS-1999 Actividades agrícolas – uso de insumos fitosanitarios o plaguicidas
e insumos de nutrición vegetal o fertilizantes – condiciones de
seguridad e higiene.
NOM-009-STPS-2011 Condiciones de seguridad para realizar trabajos de altura.
NOM-019-SEMARNAT-
2006
Los lineamientos técnicos de los métodos para el combate y control
de insectos descortezadores.
NADF-006-RNAT-2012 o sus
correlativas en las entidades
federativas
Los requisitos, criterios, lineamientos y especificaciones técnicas
que deben cumplir las autoridades, personas físicas o morales que
Estado Municipio Localidad
Cantidad
de m2 de
cesped
Cantidad
m2 cetos
Cantidad
de m2
arboles_
4_m
Cantidad
de
macetas
Cantidad
de m2
totales
Recurren
ciaDomicilio
NUEVO LEON
CADEREYTA
JIMÉNEZ
CADEREYTA
DE JIMÉNEZ 4,649.00 200.00 400.00 9 5,249.00 mensual
CARRETERA MONTERREY-
REYNOSA KM.36, INTERIOR DE LA
REFINERIA “ING. HECTOR R. LARA
SOSA” CP.67450
TAMAULIPAS
CIUDAD
MADERO
CIUDAD
MADERO 10,800.00 30.00 40.00 15 10,870.00 mensual
AV. RODOLFO TORRE CANTÚ S/N
CASI ESQ. CON CALLEJON DE
BARRILES CP. 89510
VERACRUZ
BOCA DEL
RÍO
BOCA DEL
RIO 38,000.00 NO APLICA NO APLICA NO APLICA 38,000.00 mensual
CAMINO DE TERRACERÍA N° 800,
PARCELAS 37, 39, 40 Y 41, EJIDO
SAN JOSÉ NOVILLERO, BOCA DEL
RÍO, VER. C.P. 94293
VERACRUZ
POZA RICA
DE HIDALGO POZA RICA 8,500.00 1,500.00 5,504.00 25 15,504.00 mensual
CALLE FERROCARRIL N° 162, COL.
AVIACIÓN VIEJA C.P. 93370
VERACRUZ
POZA RICA
DE HIDALGO POZA RICA 78.00 NO APLICA 200.00 NO APLICA 278.00 mensual
CALLE RIO LERMA S/N, COL.
AVIACION VIEJA (FRENTE A LA
CASA DE LA CULTURA) C. P. 93370
62,027.00 1,730.00 6,144.00 49 69,901.00
No. IA-018T0O004-E176-2019
Número de Norma Descripción de la Norma
realicen actividades de fomento, mejoramiento y mantenimiento de
áreas verdes en el Distrito Federal.
NADF-020-AMBT-2011 o
sus correlativas en las
entidades federativas
Requerimientos mínimos para la producción de composta a partir
de la fracción orgánica de los residuos sólidos urbanos, agrícolas,
pecuarios y forestales, así como las especificaciones mínimas de
calidad de la composta producida y/o distribuida en el Distrito
Federal.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a cumplir las demás normas que resulten
aplicables a la prestación del “SERVICIO”.
El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE no podrá
establecer Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas según proceda y a falta de estas
las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley
Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso las Normas de Referencia o
Especificaciones a que se refiere el artículo 67 de esta Ley, que limiten la participación de
“LOS POSIBLES PROVEEDORES”.
l) El “SERVICIO” será supervisado por el personal que designe el INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN.
El supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN
NORTE verificará la calidad del servicio y de los materiales suministrados, y tendrá dentro
de sus facultades el poder efectuar cambios en la ubicación del personal y actividades de los
elementos para dar cumplimiento a las necesidades del INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
La supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN
NORTE tendrá la facultad de solicitar el retiro del Instituto de los elementos o supervisores
que no tenga la habilidad de ejecutar trabajos de forma adecuada.
El desarrollo de los trabajos se hará de acuerdo a las indicaciones de la supervisión del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y en su caso a
las recomendaciones del “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” cuando
estas sean aceptadas por la supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO
EN LA REGIÓN NORTE.
Mensualmente el “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” presentará
reporte a la supervisión del servicio del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN
LA REGIÓN NORTE con las actividades sustantivas que haya ejecutado. Será indispensable
para el pago mensual del servicio, anexar a la pre-factura los originales del control diario de
asistencia y de los reportes mensuales correspondientes, con la evidencia fotográfica del
servicio realizado.
El supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN
NORTE validará la facturación mensual del servicio previa conciliación con “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” del servicio para efectos de determinar las deductivas que
correspondan, las cuales en su caso serán cubiertas por parte de “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” del “SERVICIO” mediante la nota de crédito correspondiente o el
descuento directo vía facturación.
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El supervisor de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” siempre deberá
estar localizable, por lo que deberán proporcionar números telefónicos de celulares o bien de
localizador.
m) El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE
establecerá en los contratos específicos y sus respectivos anexos, las actividades y
frecuencias en función a las necesidades de operación del inmueble.
n) Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma oficial entre el
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y “LOS
POSIBLES PROVEEDORES”, convocándose con al menos una semana de
anticipación.
o) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados durante la vigencia del
“SERVICIO”, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS) del personal que brinde el “SERVICIO” en el inmueble. Para
verificar su cumplimiento deberá entregar bimestralmente al INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, el comprobante de las
cuotas obrero patronales, en caso de no presentar el documento, se aplicarán las penas
establecidas en los contratos específicos.
V. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL “SERVICIO”.
El “SERVICIO” objeto de los contratos específicos se prestará en los inmuebles que indique
el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
El horario para la realización del “SERVICIO”, de manera general será de lunes a domingo en
un horario aproximado de las 06:00 a las 21:00 horas, quedando detallado en los contratos
específicos y sus respectivos anexos.
VI. CONDICIONES SOCIALES.
"LOS POSIBLES PROVEEDORES" estarán obligados a cumplir con las siguientes
condiciones respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:
1. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida cualquier forma
de violencia física o verbal, así como la intimidación y el hostigamiento.
2. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma de violencia, el acoso
y el hostigamiento sexual.
3. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás obligaciones de índole
laboral.
"LOS POSIBLES PROVEEDORES" tienen expresamente prohibido respecto al personal
que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:
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1. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico, religión,
orientación sexual, fisonomía o discapacidad física.
2. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que menoscaben la libertad de
su personal como el pago de depósitos, la retención de documentos, la firma
anticipada de su renuncia o la práctica de pruebas de embarazo, así como el despido
por esta causa.
VII. REQUERIMIENTOS.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del “SERVICIO” de acuerdo a los siguientes
términos:
VII.1 CALIDAD EN EL “SERVICIO”.
Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, mantener la calidad del “SERVICIO” conforme
a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos.
El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el personal que efectué
éste, como para los usuarios que se encuentren en el inmueble.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal especializado en el
ramo, así como herramientas, maquinaria, vehículos y equipos adecuados para el
“SERVICIO” requerido, a fin de garantizar que se proporciona con la calidad, oportunidad y
eficiencia requerida para tal efecto, quedando obligado a realizarlo a entera satisfacción del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. El equipo deberá permanecer en las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE durante la vigencia del contrato.
Los materiales a utilizar en el servicio de mantenimiento a las áreas verdes, macetas y
macetones deberá ser de primera calidad, así mismo los fertilizantes deben ser inorgánicos.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá proporcionar los insumos
necesarios y correspondientes para el buen funcionamiento de cada una de las herramientas y
equipos; entendiéndose como insumos: gasolina, refacciones, aditamentos de los equipos, etc.
Los elementos que realicen actividades de poda deberán portar equipo de seguridad personal
el cual debe ser proporcionado por “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”
y sin el cual no se permitirá que sus empleados realicen los trabajos.
La limpieza de herramientas y equipo utilizados para el servicio, se realizará con el mayor
cuidado evitando azolvar drenajes y se realizará en áreas previamente dispuestas por el
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, aquéllas que
requieran una limpieza exhaustiva deberán efectuarse fuera del edificio y ser retiradas.
El equipo deberá estar siempre en óptimas condiciones de uso, para ello “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán proporcionar el servicio de mantenimiento que
éstos requieran durante la vigencia del contrato. En caso de que algún equipo quede fuera de
operación y requiera mantenimiento preventivo y/o correctivo, este deberá efectuarse en un
periodo no mayor a 3 días hábiles a partir de la notificación de servicio, en estos casos se deberá
sustituir el equipo descompuesto que sale a mantenimiento por otro en buen estado, de tal forma
que siempre se encuentre el equipo completo y funcionando, en caso contrario se aplicará una
deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato
específico y sus anexos.
El equipo de seguridad de los elementos que realizan actividades de podado, invariablemente
será supervisado y aprobado por el área de administración de seguridad e higiene del
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INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, quienes podrán
retirar del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE al
personal que no porte el equipo de seguridad o que el mismo no se encuentre en buenas
condiciones.
VII.2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL “SERVICIO”.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal necesario que le permita
prestar el “SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos específicos y sus
respectivos anexos, siendo éstos los siguientes:
DICTAMINADOR DE ARBOLADO
Se requieren personas con experiencia en podas, derribos y trasplantes de árboles, que
demuestren su especialidad con certificado vigente con la especialidad de “Dictaminador de
Arbolado”, expedido por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, por la
autoridad competente de la localidad correspondiente o sus correlativas en las Entidades
Federativas.
JARDINEROS Y/O PODADORES
Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, establecer la cantidad de
jardineros y/o podadores necesarios para atender de manera eficiente y oportuna el Programa
de Trabajo que establezca el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA
REGIÓN NORTE en los contratos específicos y sus respectivos anexos.
Como mínimo se requiere lo siguiente:
Se requiere de la presencia diaria al inicio del “SERVICIO” de 16 elementos a partir de las
07:00 horas y hasta las 15:00 horas de lunes a viernes o como lo indique el supervisor del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, de acuerdo a la
siguiente tabla:
NUMERO DEL
EDIFICIO
CENTRO DE TRABAJO
ADSCRITOS A LA RN
SUPERVISORES JARDINEROS Y/O
PODADORES
TOTAL DE ELEMENTOS Y
SUPERVISORES REQUERIDOS
1 POZA RICA 1
3 4
2 0
3 MADERO 1 3 4
4 CADEREYTA 0 2 2
5 BOCA DEL RÍO
1 5 6
Totales 3 13 16
Los elementos y supervisores asignados para la prestación del “SERVICIO” deberán ser mayores
de edad, y contar con estudios mínimo de primaria, vestir uniforme distintivo de la empresa y
deberán desempeñar el “SERVICIO” con amabilidad y cortesía.
Los elementos y supervisores deberán ser técnicamente aptos, y tener la experiencia necesaria en
el desarrollo de “SERVICIO” de jardinería. Para comprobar su experiencia, “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” del “SERVICIO” presentará por cada uno de ellos, documentos como
constancias de cursos, cartas de recomendación de “SERVICIO” similares a la naturaleza de los
trabajos del presente anexo técnico, etc., los cuales deberán ser personalizados. La documentación
deberá ser entregada al supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA
REGIÓN NORTE en un plazo no mayor a 5 días hábiles contados a partir de la notificación del
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fallo. Por el incumplimiento total o parcial se aplicará una deducción al pago conforme a lo
señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos.
El horario en el que se proporcionará el “SERVICIO” será de lunes a viernes en turnos de 8 horas
diarias, los horarios podrán ser cambiados a solicitud del supervisor del INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLE EN LA REGIÓN NORTE. Eventualmente y a solicitud del
supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE se
podrán realizar trabajos en fin de semana.
El número de elementos podrá incrementarse o disminuirse de acuerdo a las necesidades del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en las instalaciones
indicadas o en cualquier otra instalación que ocupe la Región Norte, por lo que en caso de
requerirse un mayor número de elementos se hará mediante la emisión de la orden de
“SERVICIO” correspondiente. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”
tendrá un plazo de 3 días naturales a partir de la notificación correspondiente por parte del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE para cumplir con
dicha solicitud. Por el incumplimiento total o parcial se aplicará una deducción al pago conforme
a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos.
En caso de falta de algún elemento o supervisor, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del
“SERVICIO” proporcionará una solución provisional dentro de la primera hora de dicho turno,
en caso de no ser cubierta, no será pagado el turno y se aplicará una deducción al pago conforme
a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos.
El INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE a través de sus
supervisores podrá solicitar la reducción o incremento de elementos.
Los supervisores que designen “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” serán
el enlace entre el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” para las gestiones administrativas,
resolución de problemas que se presenten durante la prestación del “SERVICIO”. El horario del
supervisor podrá ser modificado, pero invariablemente deberá cumplir un servicio de 8 horas.
Adicionalmente estos supervisores fungirán como responsables en seguridad y deberán tener
conocimientos de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental y será el enlace entre el
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” para las gestiones de seguridad, salud
ocupacional y protección ambiental durante la prestación del “SERVICIO”. Los supervisores
deberán contar como mínimo con estudios de secundaria.
En el precio ofertado en la Propuesta Económica, deberán incluirse los gastos correspondientes a:
materiales, insumos, y equipos necesarios para la prestación del “SERVICIO” y todo lo
relacionado con el “SERVICIO”.
Los elementos y supervisores de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”
firmaran en una relación el inicio y termino de la prestación de sus servicios dentro de las
instalaciones, dicha relación deberán entregarla al supervisor del INSTITUTO MEXICANO
DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE diariamente, para corroborar la realización del
“SERVICIO”. La documentación o reportes deberán realizarse en hoja membretada de
PRESTADOR del “SERVICIO”. El ingreso de los elementos y supervisor de jardinería deberá
ser por la entrada principal de cada uno de los edificios en donde se prestará el “SERVICIO”
evitando entrar con bolsas grandes y/o mochilas, así como artículos de valor.
Para el caso del estacionamiento ubicado en Calle Río Lerma S/N, Col. Aviación Vieja, C. P.
93370 en la ciudad de Poza Rica de Hidalgo, Ver., no se requiere personal fijo en sitio, los trabajos
de jardinería, poda, encalado, derrame de arbustos, setos y árboles y la limpieza de las áreas verdes
se realizará de acuerdo a los días y horarios que señale el INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y deberá realizarse con el personal asignado en el
inmueble ubicado en Poza Rica de Hidalgo, Ver.
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La rotación de personal en su caso por parte de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del
“SERVICIO” podrá ser manteniendo el número solicitado de elementos y características
solicitadas para los elementos y bajo conocimiento de los supervisores del INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, debiendo entregar “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” previamente la documentación
correspondiente.
La supervisión por parte de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” se requiere
de manera permanente por lo que el horario de los supervisores se sujetará a la misma jornada de
trabajo de 8 horas diarias solicitada.
El personal, deberá presentarse debidamente uniformado e identificado con gafete, el cual tendrá
fotografía y el nombre del empleado.
No se permitirá ingresar a laborar en las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE o áreas de trabajo a los elementos y supervisores que
no se presenten uniformados, que no tengan vigente su inscripción al IMSS, que no presenten
credencial que lo acredite como personal de la empresa, se encuentren con aliento alcohólico, bajo
el efecto de drogas o cualquier enervante.
No ingresar armas de fuego o sustancias ilícitas a las instalaciones del INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. Las herramientas punzocortantes
sólo pueden ingresarse a las instalaciones con la autorización del supervisor del INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, siempre y cuando estén
plenamente justificada su utilización en los trabajos motivo del contrato.
Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” la realización
de esta actividad contando con los equipos de seguridad de acuerdo a las normas vigentes que
resulten necesarios para la realización del “SERVICIO”.
Las consecuencias por lesiones sufridas a los elementos y supervisores por actividades propias del
“SERVICIO”, así como los daños causados a las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO
DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE por incidentes durante la prestación del
“SERVICIO” serán con cargo y responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del
“SERVICIO”. El supervisor de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”
deberá informar de inmediato al supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO
EN LA REGIÓN NORTE.
Asimismo, los elementos y supervisores deberán utilizar los equipos de seguridad adecuados para
protección contra accidentes al efectuar los trabajos de mantenimiento.
Cualquier daño ocasionado a vehículos, instalaciones o infraestructura del INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE a causa de los trabajos de
mantenimiento objeto de este “SERVICIO” serán responsabilidad de “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” y serán reparados de inmediato por su cuenta y sin costo alguno para el
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
Deberá responder por los desperfectos en mobiliario, equipo e instalaciones y daños que los
elementos ocasionen, en un plazo no mayor de quince días naturales a partir de la fecha en que
ocurra. Para ello deberá contar con una póliza de responsabilidad civil con una suma asegurada
de $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.), misma que se deberá entregar al
Administrador del servicio del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA
REGIÓN NORTE dentro de los 30 días naturales posteriores de la fecha de notificación del fallo.
Los supervisores de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” resolverán
situaciones imprevistas con criterio necesario para la toma de decisiones, deberán coordinar las
acciones de mantenimiento de áreas verdes, así como aquellas que estén contempladas en la
presente convocatoria, de igual forma, deberán programar, coordinar y supervisar a los elementos
cuando se atiendan eventos extraordinarios.
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Los elementos atenderán las instrucciones recibidas del supervisor de “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” del “SERVICIO” se conducirán en forma amable y respetuosa con los
empleados y visitantes.
Los elementos y supervisores deberán estar pendiente de las fugas de agua que se presenten en las
áreas donde realicen sus actividades, en caso de su detección, deberán reportarlo al supervisor del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá mantener en condiciones
limpias y ordenadas sus áreas de trabajo y después de realizado algún “SERVICIO” que genere
desechos, el área deberá ser limpiada y los residuos serán colocados en el contenedor de basura
para evitar la proliferación de fauna nociva y otros deterioros al edificio. Asimismo, al término
de cualquier trabajo se deberá retirar de la zona los equipos, estructuras provisionales y material
excedente que no se vaya a utilizar.
La limpieza de herramientas y equipo utilizados para el “SERVICIO” se realizará con el mayor
cuidado evitando azolvar drenajes y se realizará en áreas previamente dispuestas por el
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, aquéllas que
requieran una limpieza exhaustiva deberán efectuarse fuera del edificio y ser retiradas.
Los elementos de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” participarán en la
planeación de los simulacros de emergencia que el INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE establezca para el edificio donde se realice el
“SERVICIO”, bajo la coordinación del equipo de implantación del área de seguridad, con objeto
de sensibilizarse en las acciones durante situaciones de este tipo.
Todo material de desecho que produzca “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del
“SERVICIO” por el mantenimiento de áreas verdes, jardines y macetas deberá de retirarse
diariamente del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
Queda absolutamente prohibido dejar basura (pasto, ramas, tierra, hojas, etc) o cualquier material
que resulte de la prestación del “SERVICIO” en cualquier área del interior del INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE como jardines, banquetas,
andadores, estacionamientos, accesos, etc.; así mismo queda absolutamente prohibido dejar basura
en las banquetas perimetrales exteriores o en calles perimetrales del INSTITUTO MEXICANO
DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, en caso de incumplimiento se aplicará una
deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato
específico y sus anexos.
Queda bajo la responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” la
obligación de apegarse a los programas de manejo de desperdicios implementados por la secretaría
del medio ambiente y recursos naturales así como de cualquier normatividad federal y local
aplicable al manejo de residuos, cualquier incumplimiento queda bajo su responsabilidad.
Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” el transporte,
acarreo, elevaciones, almacenaje, maniobras, sistemas y procedimientos de colocación, cuidados
especiales a los materiales en el interior de los inmuebles del INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE. Lo anterior quedará incluido en los precios de las
propuestas.
La supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE
en cada centro de trabajo dará instrucciones para el abono y riego de plantas de acuerdo a los
requerimientos del instituto.
El riego de macetas que se encuentran ubicadas al interior de oficinas se deberá realizar cuando la
supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE lo
indique.
Los trabajos de mantenimiento, poda y corte se realizaran de lunes a viernes, el riego de áreas
verdes se realizara diariamente por las mañanas y/o por las tardes y en temporada de lluvias será
de acuerdo a las instrucciones de la supervisión del INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
No. IA-018T0O004-E176-2019
El agua para riego será suministrada por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN
LA REGIÓN NORTE en cada una de sus instalaciones. Los elementos de jardinería deberán en
coordinación con el supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA
REGIÓN NORTE accionar las bombas de agua para el llenado de los tinacos y cisternas para el
riego de las áreas verdes.
El INSTITUTO MEXICANO DEL PTERÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, se reserva el
derecho de solicitar la sustitución de cualquier trabajador en los siguientes casos: por indisciplina,
por constantes ausencias, por negligencia o por escasos conocimientos del “SERVICIO”
contratado.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” al inicio del “SERVICIO” presentará
al supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE,
una relación de los elementos que estarán prestando el “SERVICIO” y tendrá un plazo de 5 días
hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación del fallo para la entrega de sus
correspondientes constancias de inscripción en el Instituto Mexicano del Seguro Social y las Hojas
de Circunscripción Foráneas. Esta disposición también aplica en caso de sustitución de cualquier
elemento que por diversas causas se realice, notificando al supervisor del IMP de manera
inmediata. El elemento sustituto deberá cubrir los requerimientos solicitados por el INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE para la prestación del
“SERVICIO”.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá entregar a la o el administrador
del Contrato de forma bimestral, dentro de los 25 días naturales del mes siguiente o en el momento
que sean requeridos por el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN
NORTE, copia simple de toda la documentación comprobatoria (altas, pagos, etc.) del
cumplimiento de sus obligaciones laborales de seguridad social y en particular de las o los afiliados
al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores que prestan el “SERVICIO” objeto del presente Contrato. El
incumplimiento de esta obligación ocasionará una deducción al pago conforme a lo señalado en
el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos por cada día que el elemento
y supervisor de limpieza haya prestado “SERVICIO” sin estar asegurado.
De no acreditar el pago de cuotas al IMSS en los tiempos antes señalados, se liberará el generador
de pago por los “SERVICIO” realizados en cada mes para su facturación quedando el pago de la
factura condicionada a la presentación extemporánea de dichos documentos. La deductiva que se
generé por el incumplimiento de este requisito será aplicada en las facturas subsecuentes.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” de “SERVICIO” deberá presentar a la firma del contrato
respectivo la Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en materia de Seguridad Social”,
contenida en el Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único emitida por el
Instituto Mexicano del Seguro Social.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá responder por los elementos
que contrate para otorgar el “SERVICIO” que requieran atención médica en el Instituto Mexicano
del Seguro Social y que por alguna razón se encuentre dado de baja de dicha institución en el
momento de la atención médica requerida.
Todo el “SERVICIO” deberá realizarse en apego a las disposiciones establecidas en la presente
convocatoria y en el contrato correspondiente, lo cual será verificado por el supervisor del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
El proveedor deberá contar con instalaciones debidamente establecidas que cuenten con oficinas
administrativas, teléfono y los equipos necesarios para la realización del “SERVICIO” de manera
óptima y expedita.
VII.3 PROPUESTA DE TRABAJO.
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“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, su metodología, programa de
trabajo y organigrama (administrativo y operativo) que permita garantizar la prestación del
“SERVICIO”.
VII.4 MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTAS Y VEHÍCULOS.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, la relación de la maquinaria,
equipo, herramientas y vehículos en óptimas condiciones de uso, con los que garantizará la
prestación del “SERVICIO”.
VII.5 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a garantizar que el personal portará
en todo momento el uniforme de trabajo de acuerdo a lo establecido en los contratos específicos
y sus respectivos anexos, mismo que llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo de
“LOS POSIBLES PROVEEDORES”; a fin de que puedan ser identificados.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” estarán obligados a otorgar a su personal un gafete de
identificación plastificado o con enmicado térmico, el cual deberá portar durante su estancia en
el inmueble, en caso contrario a dicho personal se le podrá negar el acceso. Los gafetes deberán
cumplir de forma mínima con los siguientes requisitos: logotipo y nombre de “LOS
POSIBLES PROVEEDORES”; nombre del trabajador y fotografía reciente.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá proporcionar uniformes completos y
gafete de identificación, así como el equipo de seguridad necesario y adecuado para el desempeño de
sus funciones, de igual manera deberá contar con la herramienta y el equipo de trabajo, apropiado y
completo, así como transporte en caso requerido. El incumplimiento de esta obligación ocasionará una
deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y
sus anexos.
El uniforme de los elementos y supervisor de Jardinería debe ser de igual color para todos;
deberá ser de tela 100% algodón y estará integrado como mínimo de:
Overol con logotipo bordado
Impermeable para lluvia con gorro
Gorra con logotipo bordado
Sombrero para jardinero de ala ancha
Zapatos de seguridad color negro.
Gafete de identificación expedido por su empresa.
Mandil protector para máquina desbrozadora
Los uniformes deberán estar en buen estado y presentables, y llevarán impreso en lugar visible
el nombre y logotipo bordado de la empresa, los elementos y supervisor de Jardinería deberán
portar el uniforme en forma obligatoria, durante todo el tiempo de permanencia dentro de las
instalaciones, por el incumplimiento total o parcial a este punto se aplicara una deducción al
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pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus
anexos Los uniformes deberán ser en las tallas adecuadas para el personal operativo que prestará el
“SERVICIO”, no se aceptarán uniformes en tallas no adecuadas. El incumplimiento de esta obligación
ocasionará una deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato
específico y sus anexos
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá sustituir los uniformes por desgaste o
mal estado de los mismos durante la vigencia del contrato a solicitud del supervisor del INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE en un plazo no mayor a 5 días hábiles
contados a partir de la notificación del supervisor del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN
LA REGIÓN NORTE. El incumplimiento de esta obligación ocasionará una deducción al pago
conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” al inicio del “SERVICIO” proporcionará a los
elementos que laboren dentro de las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN
LA REGIÓN NORTE; el equipo de protección personal (EPP) mínimo necesario y adecuado para las
actividades asignadas a cada uno como: fajas lumbares, protectores auditivos, guantes de lona, guantes
de latex, guantes con puntos de pvc, guantes de nitrilo, lentes de seguridad, mascarilla para gases y
vapores orgánicos, cubrebocas, overol, mandiles protectores para máquina desbrozadora y botas de hule,
casco con barbiquejo, arnés y línea de vida, entre otros. El incumplimiento de esta obligación ocasionará
una deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2 y a lo indicado en el contrato específico
y sus anexos. El equipo mínimo necesario será supervisado y validado por el personal del Área de la
Seguridad, Higiene, Protección Civil y Ambiental, previo a su entrega.
Las consecuencias por lesiones sufridas a los elementos por actividades propias del
“SERVICIO”, así como los daños causados a las instalaciones del INSTITUTO
MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE por incidentes durante la
prestación del “SERVICIO” serán con cargo y responsabilidad de “POSIBLES
PROVEEDORES” del “SERVICIO”. El supervisor de “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberá informar de inmediato al supervisor del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE.
VII.6 ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” instruirán a su personal para que guarden la debida
disciplina y orden durante la prestación del “SERVICIO”, acatando las normas de seguridad
aplicables en el inmueble del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA
REGIÓN NORTE.
DE LA SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” s deberá cumplir en lo que aplique
con el listado de requerimientos de la Guía técnica para el Control de Contratistas y Proveedores
en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental del Instituto Mexicano
del Petróleo señalados en el formato SIG-SST-GT-03-FG-01.
Los elementos que realicen los “SERVICIO” de supervisión deberán tener conocimientos de
seguridad, salud ocupacional y protección ambiental, y dentro de los 30 días naturales al inicio
de los “SERVICIO” deberán presentar documentos como certificados, diplomas o constancias
que acrediten sus conocimientos en materia de seguridad, tales como: Básico de Seguridad,
Primeros Auxilios, Seguridad e Higiene, Protección Civil u otro similar que le permita realizar
las siguientes actividades de Supervisor de Seguridad, Salud Ocupacional y Protección
No. IA-018T0O004-E176-2019
Ambiental relacionadas con la prestación del “SERVICIO” , tanto en Poza Rica, Veracruz,
Boca del Río, Veracruz , como en la Ciudad Madero, Tamaulipas. En caso de incumplimiento
de esta obligación se aplicara una deducción al pago conforme a lo señalado en el punto 1.13.2
y a lo indicado en el contrato específico y sus anexos.
De acuerdo a lo siguiente:
a) Conocer y vigilar el cumplimiento de los lineamientos que se indican en la Guía técnica
para el Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo
y Protección Ambiental del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA
REGIÓN NORTE.
b) Conocer y administrar los riesgos inherentes en las actividades del “SERVICIO” de
vigilancia.
c) Supervisar el uso del equipo de protección personal (EPP).
d) Participar en las reuniones a las que convoque el personal de Seguridad, Higiene, Protección
Civil y Ambiental, para tratar asuntos relacionados con la identificación, análisis y control
de los riesgos involucrados en sus actividades.
e) Informar inmediatamente de cualquier incidente y/o accidente al supervisor del
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE o al personal
de personal de Seguridad, Higiene, Protección Civil y Ambiental, así como de cualquier
condición insegura.
f) Establecer el programa de capacitación de reforzamiento en la materia de seguridad acorde
a sus actividades como Responsables de Seguridad.
g) Elaborar informe mensual de avances del programa de seguridad, salud ocupacional y
protección ambiental y enviarlo al supervisor del IMP.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” darán las facilidades a sus
elementos y supervisores para que al inicio del “SERVICIO” reciban la inducción, relacionado
con la Guía técnica para el Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad,
Salud en el Trabajo y Protección Ambiental del Instituto Mexicano del Petróleo; así como otros
temas en materia de servicios con riesgo, seguridad, salud ocupacional y protección ambiental.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán elaborar un programa de
seguridad, salud ocupacional y protección ambiental para sus empleados que se entregará previo
al inicio de sus actividades. Este programa deberá incluir el cumplimiento de la legislación y
sus reglamentos federales, estatales y locales vigentes.
En el caso de presentarse un incidente/accidente a los jardineros o supervisores durante la
prestación del “SERVICIO”, deberán avisar de inmediato al supervisor del contrato por parte
del INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE y al personal
de Seguridad, Higiene, Protección Civil y Ambiental y realizar una investigación completa y
presentar un informe por escrito al personal de Seguridad, Higiene, Protección Civil y
Ambiental en un plazo de 24 horas. Asimismo, otorgar las facilidades necesarias a efecto de
que el personal de Seguridad, Higiene, Protección Civil y Ambiental realice las investigaciones
de incidentes/accidentes.
En caso de una emergencia dentro de las instalaciones del INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, por conato de incendio, fuga o derrame, incidente,
accidentes menores, informara al responsable del área y al personal de Seguridad, Higiene,
Protección Civil y Ambiental; no está permitido fotografiar las situaciones de emergencia y
realizar comentarios respecto de las emergencias a los medios de comunicación.
En caso de un accidente grave, llamar al número de emergencia, pedir asistencia inmediata y
proporcionar los primeros auxilios. El personal médico del INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE ayudará en una emergencia que ponga en riesgo la
vida de los jardineros o supervisores que presten el “SERVICIO”; no obstante, se debe solicitar
asistencia médica externa a través del supervisor de seguridad, salud ocupacional y protección
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ambiental del “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO”, cuando sea
necesario.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” deberán contar con un manual y
botiquín de primeros auxilios que incluya los medicamentos de curación, antídotos y materiales
específicos para los riesgos potenciales de la prestación del “SERVICIO”, mismo que deberá
ser entregado al inicio del servicio.
El personal de Seguridad, Higiene, Protección Civil y Ambiental de la Región Norte estará a
cargo de la evaluación y validación del supervisor propuesto por “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” del “SERVICIO” para realizar las actividades antes descritas.
VII.7 RESPONSABILIDAD LABORAL.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” señalarán en su oferta que el personal que realice las
tareas relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará bajo su responsabilidad única y
directa, por lo tanto, en ningún momento se considerará al INSTITUTO MEXICANO DEL
PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE, como patrón sustituto o solidario, pues la misma,
no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente, “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a liberar al INSTITUTO MEXICANO
DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE de cualquier responsabilidad laboral o civil,
obligándose éstos a garantizar el pago de las prestaciones laborales y de seguridad social para
sus empleados.
Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” asumirán la responsabilidad en materia de
seguridad social referente a sus trabajadores y/o a las que haya lugar, en caso de que alguno de
éstos sufra un accidente, enfermedad o riesgo de trabajo.
FIN DE LA PARTIDA 1
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PARTIDA 2
ANEXO I
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE CALIDAD REQUERIDAS PARA LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERÍA EN LA REGIÓN SUR
DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO
I. OBJETIVO.
Proporcionar el servicio integral de jardinería, en l as ins ta la c ione s de l IM P RE GIÓ N S UR y sus
Ce nt ros Fo rá ne os de T ab asc o, Ch iap as , Ve ra c ruz y O axa ca , y en los diversos inmuebles
propiedad y/o en uso de los sujetos a que se refiere el artículo 1, fracciones I a VI de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), en adelante el Instituto Mexicano
del Petróleo (Region Sur).
El período del servicio será a partir del día siguiente de la notificación de
asignación del pedido y hasta el 31 de Diciembre del 2020, bajo la modalidad
de contrato o pedido abierto con un monto máximo de $ 1,150,000.00 y un
monto mínimo de $ 460,000.00 realizando las siguientes actividades :
EL PROVEEDOR SE OBLIGA A MANTENER Y CONSERVAR EN CONDICIONES ÓPTIMAS LAS ÁREAS VERDES, JARDINES, ÁRBOLES, MACETAS Y PLANTAS DE ORNATO EN:
A).- CENTRO IMP VILLAHERMOSA, TABASCO, UNIDAD ADMINISTRATIVA SUR, UBICADO EN PERIFÉRICO CARLOS PELLICER CÁMARA, N°.- 1502 ESQUINA CON CAMPO GIRALDAS, COL. JOSE MARIA PINO SUAREZ EN EL MUNICIPIO DEL CENTRO, VILLAHERMOSA TABASCO.
B).- CENTRO IMP EN CACTUS, CHIAPAS, KILOMETRO 4.5 CARRETERA BOCA-LIMÓN- COMPLEJO
PETROQUÍMICO DE CACTUS, EJIDO SAN MIGUEL, MUNICIPIO DE REFORMA, CHIAPAS.
C).- TERRENO DEL IMP EN COATZACOALCOS, VERACRUZ, EN LA CALLE TAMAULIPAS NO. 903
COL. PETROLERA.
D).- CENTRO DE CAPACITACIÓN DEL IMP EN COMALCALCO, TABASCO, COLONIA EMPLEADOS
DE CONFIANZA DE PEMEX, CALLE BELLOTA CHINCHORRO NUM. 793, COMALCALCO, TABASCO
E).- CENTRO DE CAPACITACIÓN DEL IMP “EL CASTAÑO”, CÁRDENAS, TABASCO. EN LAS INSTALACIONES DE PEMEX EN (AULA ECOLÓGICA Y FLUIDOS DE PERFORACIÓN). CARRETERA COATZACOALCOS -VILLAHERMOSA, KM. 131.5, INTERIOR ZONA INDUSTRIAL EL CASTAÑO (PEMEX), C.P. 86500, CÁRDENAS, TABASCO.
F).- CENTRO DE CAPACITACIÓN IMP EN MINATITLÁN, VERACRUZ, EN LAS INSTALACIONES DE
PEMEX, AV. DÍAZ MIRÓN No. 119, COLONIA OBRERA, MINATITLÁN, VERACRUZ; C.P. 96740.
G).- CENTRO DE CAPACITACIÓN DEL IMP EN SALINA CRUZ, OAXACA, EN EL INTERIOR DE LA
REFINERÍA DE PEMEX EN SALINA CRUZ OAXACA.
II. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
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Es el cuidado de plantas, macetones, poda de árboles, la reforestación
de macetas, jardineras y demás servicios para el mantenimiento y
conservación de las áreas verdes, así como el control fitosanitario de dichas
áreas verdes, con la finalidad de mantenerlos en óptimas condiciones.
REALIZAR DE ACUERDO A LO INDICADO EN ESTE ANEXO, LA PODA DE CESPED, MANTENIMIENTO INTEGRAL A MACETAS Y MACETEROS, CONTROL FITOSANITARIO CON LA FINALIDAD DE MANTENERLOS EN ÓPTIMAS CONDICIONES COMO SE INDICA:
PODA DE PASTO EN ÁREAS VERDES EXISTENTES, EXTERIORES E INTERIORES.
PODA DE ÁRBOLES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL IMP REGIÓN SUR, A UNA ALTURA DE 2.5 A 20 M. Y DE 20 A 30 M.
MANTENIMIENTO A MACETAS Y PLANTAS EXISTENTES.
INCLUYE: MANO DE OBRA, MATERIAL, MAQUINAS, HERRAMIENTAS Y TODO LO NECESARIO PARA SU REALIZACIÓN.
INCLUYENDO lo siguiente:
LA REFORESTACIÓN DE MACETAS (SUMINISTRO Y SIEMBRA DE PLANTAS SEGÚN ESPECIES
DESCRITAS EN ESTE ANEXO).
FUMIGACIÓN Para controlar el crecimiento de hongos y plagas que destruyen las plantas y árboles. FERTILIZACIÓN Y ABONO. Para nutrir la vegetación y la tierra de todas las áreas, jardineras, macetones y macetas con nitrógeno, fósforo y potasio, etc. y lo que recomiende el ingeniero agrónomo o biólogo del Prestador del Servicio a consideración final de la supervisión del IMP.
III. METODOLOGÍA.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” brindarán el servicio de jardinería, tomando
en consideración las funciones específicas y los aspectos metodológicos
que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el contrato específico
correspondiente.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O POSIBLE PROVEEDOR” deberá
presentar documento donde precise la Metodología de trabajo para cumplir con
las obligaciones previstas en el anexo técnico, puede ser a través de una
presentación impresa, diagrama de flujo, etc.
Presentar documento con la propuesta del plan de trabajo y/o programación del
servicio para cumplir con las obligaciones previstas en el anexo técnico, puede
ser diagrama de Gantt.
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EL PROVEEDOR, PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS REQUERIDOS DEBERÁ AJUSTARSE A LAS SIGUIENTE:
EJECUTAR EL SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERIA, CONSERVACIÓN DE ÁREAS VERDES, ÁRBOLES Y MACETAS DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA SUR, CON SUS PROPIOS MEDIOS, COMO HERRAMIENTAS, EQUIPOS, ROPA DE SEGURIDAD, EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL Y MATERIALES.
EL PROVEEDOR DE LOS SERVICIOS DEBERÁ DE AVISAR AL SUPERVISOR DEL IMP, POR ESCRITO, EL INICIO DE LOS TRABAJOS, CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN.
EL PROVEEDOR PROPORCIONARA LOS SERVICIOS EN HORARIOS ACCESIBLES DE TRABAJO DE TAL FORMA QUE NO INTERFIERA EN GRAN MEDIDA EN EL DESARROLLO NORMAL DE LABORES DEL PERSONAL DEL IMP.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá presentar
documento donde precise la Metodología de trabajo para cumplir con las
obligaciones previstas en el anexo técnico, puede ser a través de una
presentación impresa, diagrama de flujo, etc.
Presentar documento con la propuesta del plan de trabajo y/o programación del
servicio para cumplir con las obligaciones previstas en el anexo técnico, puede
ser diagrama de Gantt.
IV. LINEAMIENTOS GENERALES.
El “SERVICIO” se realizará en el inmueble que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el contrato específico y sus respectivos anexos. La ejecución del “SERVICIO” previsto por el contrato se sujetará a los
siguientes lineamientos:
EL PROVEEDOR, PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS REQUERIDOS DEBERÁ AJUSTARSE A LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES:
EJECUTAR LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE ÁREAS VERDES, ÁRBOLES Y MACETAS DE LA region SUR, MENCIONADAS EN este ANEXO, CON SUS PROPIOS MEDIOS, COMO HERRAMIENTAS, EQUIPOS, ROPA DE SEGURIDAD, EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL Y MATERIALES.
EL PROVEEDOR DE LOS SERVICIOS DEBERÁ DE AVISAR AL SUPERVISOR DEL IMP, POR ESCRITO, EL INICIO DE LOS TRABAJOS, CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN.
EL PROVEEDOR PROPORCIONARA LOS SERVICIOS EN HORARIOS ACCESIBLES DE TRABAJO DE TAL FORMA QUE NO INTERFIERA EN GRAN MEDIDA EN EL DESARROLLO NORMAL DE LABORES DEL PERSONAL DEL IMP.
EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES Y MACETAS QUE OTORGARÁ EL PROVEEDOR A LAS ÁREAS MENCIONADAS EN este aNEXO CONSISTIRÁ Y DEBERÁ EFECTUARSE COMO SIGUE:
1) CENTRO IMP VILLAHERMOSA, TABASCO.
LOS SERVICIOS DE REFERENCIA CONSISTEN EN MANTENIMIENTO PERMANENTE A LAS ÁREAS VERDES Y ZONAS CON JARDINES DEL EDIFICIO DEL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO Y
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SUS EXTERIORES (ESTACIONAMIENTO "C", ÁREA CONCESIONADA POR CONAGUA EN LA MARGEN DEL RIO CARRIZAL), EL PERSONAL PARA EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO, PERMANECIONDO EN LAS INSTALACIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO QUE SE REQUIERE EN EL CUIDADO DE LAS ÁREAS VERDES, PLANTAS, ARBOLES, MACETAS Y PODA DE PASTO. EN LAS AREAS VERDES Y ADOQUINES QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DEL PERIMETRO DE LAS OFICINAS E INSTALACIONES DEL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO, SE DEBERA DE MANTENER EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO CONSTANTE DE ÁREAS VERDES. INCLUYENDO: PODA DE PASTO, ARBUSTOS, ARBOLES, DESHIERBE DE ADOQUINES, REEMPLAZO DE MACETAS Y PLANTAS DE ORNATO, fumigación de PLANTAS, CONSIDERANDO LAS ESPECIES EXISTENTES, SEGÚN LAS INSTRUCCIONES DE LA SUPERVISIÓN DEL IMP DURANTE LA VIGENCIA DEL PEDIDO O CONTRATO, MANTENIMIENTO DE PLANTAS, SIEMBRA, RIEGO, LIMPIEZA, CORTES, REUBICACIÓN DE MACETAS, MANTENIMIENTO, APLICACIÓN DE ABONO Y CAMBIO DE TIERRA. PODA DE PASTO.- ESTA ACTIVIDAD SE REALIZARÁ DE ACUERDO AL PROGRAMA DE MANTENIMIENTO PREVIAMENTE ESTABLESIDO Y/O CUANDO ASÍ LO REQUIERA LA SUPERVISIÓN DEL IMP EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO Y CENTROS FORANEOS, CON PODADORA DE MOTOR DE COMBUSTION INTERNA O CHAPEO CON TRACTOR AGRÍCOLA EN DONDE LO REQUIERA, DE ACUERDO A LAS CANTIDADES ESTABLECIDAS EN ESTE ANEXO Y DONDE LO SOLICITE EL SUPERVISOR DEL IMP. RECORTE DE ORILLAS.- EL RECORTE SERÁ CON MÁQUINA DESBROSADORA, DEBIENDO INCLUIRSE LOS REGISTROS Y PASILLOS, ASÍ COMO EL BARRIDO O SOPLADO DEL PASTO QUE CAIGA SOBRE EL PAVIMENTO O VEREDAS AL ESTAR RECORTÁNDOLO. RECORTE DE RAMAS.- RECORTE DE SETOS, RAMAS SECAS, HOJAS DAÑADAS, SIN CAMBIAR SU FORMA, CON CORTES UNIFORMES.
CUANDO EL SUPERVISOR DEL IMP LO REQUIERA, DE ACUERDO AL PROGRAMA PREVIAMENTE ESTABLECIDO, LA PODA DE ARBOLES SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES. CUANDO EL SUPERVISOR DEL IMP LO REQUIERA, DE ACUERDO AL PROGRAMA PREVIAMENTE ESTABLECIDO, LA PODA DE ARBOLES SE REALIZARA AL 30 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES. AL TERMINO DE LOS TRABAJOS DEBEA INCLUIRSE EL BARRIDO, RECOLECCIÓN Y RETIRO DE BASURA GENERADA POR CADA SERVICIO DE MANERA CONTINUA, INCLUYENDO BARRIDO Y RETIRO DE HOJAS, FRUTOS PODRIDOS DE LAS AZOTEAS DE LOS INMUEBLES DURANTE EL PERIODO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS EN CADA CENTRO IMP y FUERA DEL CENTRO, LA HERRAMIENTA, EQUIPO DE TRABAJO, EQUIPO DE RIEGO E INSUMOS SON POR CUENTA DE EL PROVEEDOR. PARA ESTE SERVICIO, EL PERSONAL DE LA COMPAÑÍA DEBERA DE PERMANECER DENTRO DE LAS INSTALACIONES EN UN HORARIO DE 6:30 HORAS A 14:30 HORAS DE LUNES A JUEVES Y DE 6:00 A 14:00 LOS DIAS VIERNES, SABADOS, DOMINGOS Y DIAS FESTIVOS CUANDO SE REQUIERA PREVIO ACUERDO CON EL SUPERVISOR DEL SERVICIO POR PARTE DEL IMP REGION SUR.
2) EN LOS CENTRO IMP REGIÓN SUR DE: CACTUS, CHIAPAS; TERRENO DEL IMP COATZACOALCOS VERACRUZ; COMALCALCO, TABASCO; CARDENAS, TABASCO; MINATITLAN, VERACRUZ Y SALINA CRUZ, OAXACA SE REALIZARAN DE LA SIGUIENTE MANERA:
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CUANDO EL SUPERVISOR DEL IMP LO REQUIERA, DE ACUERDO AL PROGRAMA PREVIAMENTE ESTABLECIDO, LA PODA DE ARBOLES SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES. CUANDO EL SUPERVISOR DEL IMP LO REQUIERA, DE ACUERDO AL PROGRAMA PREVIAMENTE ESTABLECIDO, LA PODA DE ARBOLES SE REALIZARA AL 30 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES. SE PRESENTARA UN PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE SERVICIOS QUE EL SUPERVISOR DEL IMP, INDICARA AL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA SI ASÍ SE REQUIERE, EL VOLUMEN QUE PODARA A CADA ÁRBOL Y SE TOMARAN FOTOGRAFÍAS ANTES DE INICIAR EL SERVICIO Y AL TERMINO DE LOS MISMOS, LA RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS ESTARÁ SUJETA A LA APROBACIÓN DE LA SUPERVISIÓN DEL IMP. PODA DE PASTO, ARBUSTOS, ARBOLES, DESHIERBE, REEMPLAZO DE MACETAS Y PLANTAS DE ORNATO CONSIDERANDO LAS ESPECIES EXISTENTES, HASTA COMPLETAR LA TOTALIDAD DE LAS ÁREAS DEL CENTRO IMP, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES DE LA SUPERVISIÓN DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O PEDIDO, SIEMBRA Y MANTENIMIENTO DE PLANTAS, RIEGO, LIMPIEZA Y CORTES, REUBICACIÓN DE MACETAS, MANTENIMIENTO Y APLICACIÓN DE ABONO, CAMBIO DE TIERRA. AL TERMINO DE LOS TRABAJOS DEBEA INCLUIRSE EL BARRIDO, RECOLECCIÓN Y RETIRO DE BASURA GENERADA POR CADA SERVICIO DE MANERA CONTINUA, INCLUYENDO BARRIDO Y RETIRO DE HOJAS, FRUTOS PODRIDOS DE LAS AZOTEAS DE LOS INMUEBLES DURANTE EL PERIODO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS en CADA CENTRO IMP y FUERA DEL CENTRO, LA HERRAMIENTA, EQUIPO DE TRABAJO, EQUIPO DE RIEGO E INSUMOS SON POR CUENTA DE EL PROVEEDOR.
REFORESTACIÓN DE MACETAS. REFORESTACIÓN DE MACETAS AL INICIO DEL CONTRATO Y POSTERIORMENTE CUANDO LO REQUIERA EL SUPERVISOR DEL IMP UAS, CON PLANTAS DE ORNATO PARA INTERIORES Y EXTERIORES LAS QUE REQUIERA EL SUPERVISOR DEL IMP UAS, (DRACENAS, CROTO GRANDES, AMOENA TROPICAL, ETC.), CAMBIO DE TIERRA DE HOJA TRATADA ESPECIAL PARA JARDÍN, LIMPIEZA Y RETIRO DE PINTURA EXISTENTE A MACETONES, IMPERMEABILIZACIÓN, PINTURA VINÍLICA A 2 COLORES, CON TERMINACIÓN DE APLICACIÓN DE PINTURA TIPO REAL FLEX CENTER MOD. VER-5 MCA. COMEX O EQUIVALENTE. MANTENIMIENTO A MACETAS: INCLUYE: LIMPIEZA DE MACETAS, RIEGO FRECUENTE, RECORTE DE RAMAS SECAS SE HARÁ DE MANERA PERIODICA A SOLICITUD DEL SUPERVISOR DEL IMP UAS, SE DEBERÁ SUSTITUIR LAS PLANTAS DE ORNATO DETERIORADAS Y APLICAR TODO LO INDICADO EN EL PUNTO 1.6 CUANDO A JUICIO DEL SUPERVISOR DEL IMP UAS, SE REQUIERA, ADEMÁS SE APLICARÁ FERTILIZANTES Y PINTURA TIPO REAL FLEX CENTER MOD. VER-5 MCA. COMEX O EQUIVALENTE A TODAS LAS MACETAS. EN EL SUPUESTO QUE EL PROVEEDOR NO REALICE EL SERVICIO CONFORME A LO ESPECIFICADO, EL SUPERVISOR DEL IMP, APLICARA LA DEDUCTIVA CORRESPONDIENTE O SI EL SERVICIO NO ES CORRECTAMENTE EJECUTADO, EL PROVEDOR DEBERA DE REALIZARLO CON RECURSOS PROPIOS O POR MEDIO DE TERCEROS CON CARGO AL PROVEEDOR, QUIEN ADEMÁS SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS AL IMP Y ADEMÁS LE SERÁN APLICADAS LAS SANCIONES QUE CORRESPONDIENTES. EL PROVEEDOR EFECTUARA LOS SERVICIOS CON EL CUIDADO NECESARIO, CUMPLIENDO CON LOS LINEAMIENTOS GENERALES DEL SIASSOPA PARA EMPRESAS CONTRATISTAS Y PROVEEDORES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, TOMANDO EN CONSIDERACIÓN LAS “NORMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA COMPAÑÍAS CONTRATISTAS”.
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EL PROVEEDOR SE OBLIGA A PROPORCIONAR EL TOTAL DEL PERSONAL PARA LA
CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, DICHO PERSONAL DEBERÁ PORTAR
IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA, UNIFORME, Y DEBERÁ UTILIZAR EL EQUIPO DE
PROTECCIÓN PETRSONAL.
"EL PROVEEDOR", DURANTE EL DESARROLLO DE LOS TRABAJOS, DEBERÁ SUPERVISAR CONSTANTEMENTE LAS ACTIVIDADES DE SU PERSONAL Y EJECUTAR OBSERVACIONES POR PARTE DEL SUPERVISOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, PARA LO CUAL DEBERÁ NOMBRAR AL INICIO DEL CONTRATO, AL SUPERVISOR DEL SERVICIO Y A LAS PERSONAS RESPONSABLES DE DICHA SUPERVISIÓN A PETICIÓN DEL SUPERVISOR DEL IMP.
"EL PROVEEDOR" DEBERÁ ANEXAR A SU PROPUESTA EL PRESENTE DOCUMENTO Y DEBERÁ FIRMARLO ACEPTANDO CON ELLO QUE SE COMPROMETE PARA CON EL IMP A REALIZAR TODAS Y CADA UNO DE LOS SERVICIOS CONFORME LO ESPECIFICA EN EL MISMO Y LOS DEMÁS ANEXOS.
"EL PROVEEDOR" DEBERÁ DESARROLLAR SUS TRABAJOS DE ACUERDO AL PROGRAMA CALENDARIZADO QUE DEBERÁ ANEXAR A SU PROPUESTAS RESPETANDO SU APLICACIÓN CONFORME A LO OFERTADO, DE NO PROPORCIONAR EL SERVICIO EN APEGO A EL PROGRAMA, EL PROVEEDOR SE HARÁ ACREEDOR A LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS POR LE IMP, DE SER POSIBLE DEBERÁ COMUNICARLO AL IMP, EL CUAL SE RESERVA EL DERECHO DE MODIFICARLO O AUTORIZAR EL DIFERIMIENTO DEL MISMO.
“EL PROVEEDOR” DEBERÁ DAR AVISO AL SUPERVISOR DEL IMP, ANTES DEL INICIO DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS EN FORMA ESCRITA Y AL TERMINO DE LOS MISMOS A FIN DE DAR SEGUIMIENTO PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL PEDIDO Y EL PROGRAMA CALENDARIZADO PARA LA RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS Y EN SU CASO APROBAR PARA EFECTOS DEL PAGO CORRESPONDIENTE O DE SANCIÓN.
EL PROVEEDOR DEBERÁ GARANTIZAR LOS SERVICIOS POR LO MENOS 15 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA TERMINACIÓN O ENTREGA DE LOS TRABAJOS, TIEMPO EN QUE EL IMP PODRÁ HACER LA RECLAMACIÓN QUE ESTIME PERTINENTE POR TRABAJOS NO ENTREGADOS O DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS ANEXOS.
LA FACTURACIÓN DEBERÁ SER MENSUAL, SOBRE TRABAJOS EJECUTADOS Y ENTREGADOS AL IMP, (ORDEN DE SERVICIO, REPORTE DE ACTIVIDADES, EVALUACION DEL SERVICIO FIRMADO POR EL USUARIO O JEFE DE CENTRO, REPORTE FOTOGRAFICO CON FECHA IMPRESA, BITACORA DE SERVICIO Y RESUMEN DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS POR CADA CENTRO DE TRABAJO), CON EL VISTO BUENO DEL USUARIO Y AUTORIZADO POR EL SUPERVISOR DEL IMP RS, QUE SE ENCUENTRE A CARGO EN CADA CENTRO DE TRABAJO.
EL PROVEEDOR SE OBLIGA A PRESENTAR UN PROGRAMA CALENDARISADO PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO CONSIDERANDO LAS ÁREAS ESTABLECIDAS EN ESTE ANEXO.
EL PROVEDOR DEBERA DE ENTREGAR EL REPORTE DE LOS SERVICIOS REALIZADOS DENTRO DE LOS SEIS PRIMEROS DIAS DE CADA MES POR MEDIO DE OFICIO CON NUMERO DE FOLIO, POSTERIORMENTE AL SERVICIO REALIZADO EL MES ANTERIOR, (REPORTES DE ACTIVIDADES REALIZADAS, GENERADORES, ESTIMACION, ALBUM FOTOGRAFICO, BITACORA DE SERVICIO, DE LOS TRABAJOS EJECUTADOS), PARA QUE ESTOS SEAN REVISADOS POR EL SUPERVISOR DEL IMP, ASI COMO LOS ARCHIVOS ELECTRONICOS DE TODOS LOS DOCUMENTOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE COMO SOPORTE DE LOS TRABAJOS REALIZADOS.
EL PROVEDOR DEL SERVICIO DEBERA DE AVISAR, SOLICITAR Y TRAMITAR CON EL SUPERVISOR DEL SERVICIO DEL IMP, LOS PERMISOS DE ACCESO A LAS INSTALACIONES DEL IMP CON 48 HORAS DE ANTICIPACION, LOS FINES DE SEMANA Y DIAS FESTIVOS(CENTROS FORANEOS IMP). EL PROVEDOR DEBERA PRESENTAR BIMESTRALMENTE AL SUPERVISOR DEL SERVICIO DEL IMP, LAS ALTAS ANTE EL IMSS DE TODO EL PERSONAL ASIGNADO EN SU PROPUESTA.
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RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR.
EL PROVEEDOR DEBE ACATAR LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO. EL PROVEEDOR ACEPTA QUE EN TODO CASO Y CADA VEZ QUE SEA SOLICITADO POR EL
SUPERVISOR DE SERVICIOS DE INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGION SUR Y ANTES
DE INICIAR CUALQUIER TRABAJO, ENTREGARÁ DE SERLE REQUERIDA, LA FICHA TÉCNICA DE
LOS MATERIALES A UTILIZAR EXPEDIDA POR EL FABRICANTE DEL PRODUCTO.
ES DE VITAL IMPORTANCIA QUE EL PROVEEDOR TOME EN CUENTA EN TODO MOMENTO LAS INDICACIONES Y ESPECIFICACIONES DE ESTE ANEXO QUE FORMA PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO. EL PROVEEDOR DEBE REPORTAR AL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, LA REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES EFECTUADAS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, DEBIENDO ANOTAR DIARIAMENTE EN LA BITÁCORA (FORMATO MANUAL). EL PROVEEDOR DEBE CONTAR CON AMPLIA EXPERIENCIA EN EL RAMO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES Y JARDINERÍA Y DEBE DEMOSTRAR HABER PARTICIPADO EN TRABAJOS DE JARDINERIA Y MANTENIMIENTO EN ÁREAS VERDES ANTERIORMENTE, EN CASO DE QUE LE SEA SOLICITADO POR EL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, A FIN DE GARANTIZAR QUE CUENTA CON LOS CONOCIMIENTOS NECESARIOS ASÍ COMO QUE CUENTA CON LA ORGANIZACIÓN NECESARIA PARA HACER FRENTE A LOS TRABAJOS OBJETOS DE LA CONVOCATORIA. EL PROVEEDOR DEBE ENTREGAR LA ESTIMACIÓN CORRESPONDIENTE DE LOS TRABAJOS A COBRARSE, A MÁS TARDAR, LOS SEIS PRIMEROS DÍAS DEL MES SIGUIENTE AL PERIODO EN QUE FUERON EJECUTADOS, EN DOCUMENTOS IMPRESOS (GENERADORES, ORDENES DE SERVICIO, EVALUACIONES, CROQUIS Y REPORTES FOTOGRÁFICOS CON FECHA IMPRESA DE LA REALIZACION DEL SERVICIO) Y EN COPIA ELECTRÓNICA, DE LO CONTRARIO, ESTOS PODRÁN SER TRAMITADOS HASTA EL MES SIGUIENTE A LA FECHA DE SU EJECUCIÓN SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA EL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO UNIDAD DE ADMINISTRACION SUR, ASI MISMO SE DEBERÁ ENTREGAR 1 ORIGINAL Y COPIA, TAMBIEN EN ARCHIVO ELECTRONICO DE TODA LA ESTIMACIÓN POR MES. EL SERVICIO DE JARDINERÍA, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PERMANENTE DE LAS
ÁREAS VERDES, JARDINES, ARBOLES, MACETAS Y PLANTAS DE ORNATO EN EL IMP
VILLAHERMOSA, TABASCO REGION SUR, Y EN LOS DEMAS CENTROS DEL IMP REGION SUR,
EN LOS ESTADOS DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ Y OAXACA. DEBE CONTINUARSE HASTA
DEJAR LAS ÁREAS EN CONDICIONES ÓPTIMAS DE SERVICIO, AÚN CUANDO ESTO IMPLIQUE
LABORAR EN DÍAS FESTIVOS O EN HORARIOS QUE NO INTERFIERAN CON LAS ACTIVIDADES
DE LOS USUARIOS. EL SERVICIO DEBERA DE TERMINARSE EN SU TOTALIDAD UNA VER DE
INICIADO ESTE.
EL PROVEEDOR DEBE COLOCAR SEÑALAMIENTOS EN LAS ÁREAS DE TRÁNSITO DE PERSONAS O VEHÍCULOS, PARA RESTRINGIR LAS ÁREAS DE TRABAJO Y TENDRÁ CUIDADO DE NO AFECTAR EL INMUEBLE ASÍ COMO LOS BIENES QUE SE ENCUENTREN DENTRO DEL MISMO. CUALQUIER DAÑO PROVOCADO POR EL PERSONAL DEL PROVEEDOR DENTRO DE LAS INSTALACIONES, SERÁ RESPONSABILIDAD DEL MISMO Y DEBE PROCEDER A SU REPARACIÓN A LA BREVEDAD. EL PROVEEDOR TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE MANTENER UN REPRESENTANTE CON LA
CAPACITACIÓN ADECUADA, ASÍ COMO AMPLIA EXPERIENCIA EN MANTENIMIENTO DE ÁREAS
VERDES, PLANTAS Y JARDINES, CON LA EXPERIENCIA NECESARIA EN EL TRATAMIENTO,
SEMBRADO Y CUIDADO DE PLANTAS Y TODO TIPO DE PASTOS, ÁREAS VERDES, ASÍ COMO
BASTA EXPERIENCIA EN MANEJO DE PERSONAL, PARA LOS TRABAJOS QUE SE LLEVARÁN A
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CABO, EL CUAL DEBE PRESENTARSE A MAS TARDAR A LAS 6:30 AM DE CADA DÍA DE LABORES
Y PERMANECER EN LAS INSTALACIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, ASÍ
COMO SE DEBE REPORTAR CON EL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO
DEL PETRÓLEO UNIDAD DE ADMINISTRACION SUR DE FORMA DIARIA POR LAS MAÑANAS Y EN
CASO DE TENER QUE AUSENTARSE DE LAS MISMAS SERÁ CON PREVIO AVISO Y
AUTORIZACIÓN DEL MISMO. DICHO REPRESENTANTE DEBE CONTAR CON AUTORIDAD PARA
TOMAR DECISIONES INMEDIATAS EN LAS INSTALACIONES DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE
CONTRATO, ASÍ COMO CREATIVIDAD, ESPECIALMENTE EN SITUACIONES URGENTES O
EXTRAORDINARIAS. ESTE DEBE INSPECCIONAR DIARIAMENTE LAS ÁREAS, DURANTE EL
SERVICIO PARA EJECUTAR Y COORDINAR LOS TRABAJOS A REALIZAR.
EL PROVEEDOR REALIZARÁ RECORRIDOS PERIÓDICAMENTE POR SU CUENTA Y CON EL
SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO UNIDAD DE
ADMINISTRACION SUR, CON EL FIN DE EFECTUAR LEVANTAMIENTOS DE NECESIDADES DE
MANTENIMIENTO. SERÁ IMPORTANTE LA INICIATIVA DEL RESPONSABLE DE LA COMPAÑÍA
PROVEEDOR PARA HACER LAS OBSERVACIONES NECESARIAS EN ALUSIÓN A LOS TRABAJOS
PROPIOS DE LOS SERVICIOS OBJETO DE ESTA CONVOCATORIA.
EL PROVEEDOR SE DEBE COMPROMETER A DAR RESPUESTA DE ATENCIÓN EN UN TIEMPO MÁXIMO DE 24 HORAS, EN CASO DE SEDE VILLAHERMOSA, A PARTIR DE QUE EL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO UNIDAD DE ADMINISTRACION SUR DÉ AVISO YA SEA POR ESCRITO, EN FORMA VERBAL O POR ALGÚN OTRO MEDIO. ASÍ MISMO PARA EL CASO DE LOS CENTROS FORÁNEOS TENDRÁ QUE COMPROMETERSE A DAR RESPUESTA DE ATENCIÓN EN UN TIEMPO NO MÁXIMO DE 24 HORAS. UNA VEZ ADJUDICADO EL CONTRATO EL PROVEEDOR DEBE PRESENTAR PROGRAMA CALENDARIZADO PARA EL SERVICIO DE JARDINERÍA, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO PERMANENTE DE LAS ÁREAS VERDES, JARDINES, ARBOLES, MACETAS Y PLANTAS DE ORNATO EN EL IMP VILLAHERMOSA, Y EN LOS DEMAS CENTROS DEL IMP EN LOS ESTADOS DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ Y OAXACA, EL CUAL PODRÁ SER APROBADO O MODIFICADO POR EL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO REGION SUR, ASÍ COMO CONTAR CON LAS HERRAMIENTAS CONTENIDAS EN EL LISTADO DE EQUIPOS Y HERRAMIENTAS DE TRABAJO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS, COMPROMETIÉNDOSE EN UN LAPSO NO MAYOR DE 15 DÍAS PRESENTAR FÍSICAMENTE ANTE EL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEOUAS TODO EL EQUIPO Y HERRAMIENTA REQUERIDO EN ESTE ANEXO, PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, MISMO QUE DEBE ESTAR DISPONIBLE DE INMEDIATO EN CUALQUIER MOMENTO QUE SE SOLICITE, INDEPENDIENTEMENTE DEL CENTRO DE TRABAJO QUE SE LE REQUIERA. EL PROVEEDOR DEBE CONTAR CON PERSONAL EXPERIMENTADO NECESARIO Y CAPACITADO PARA LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS REQUERIDOS, ASÍ COMO SALVAGUARDAR LA SEGURIDAD DE SUS TRABAJADORES Y DE LAS INSTALACIONES Y GARANTICE LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO, CON UN ALTO GRADO DE CALIDAD PARA SATISFACCIÓN DEL USUARIO. DESPUÉS DE REALIZADO ALGÚN TRABAJO QUE GENERE DESECHOS, DEBE SER LIMPIADO EL LUGAR INMEDIATAMENTE, Y RETIRADOS ÉSTOS A LA BREVEDAD DE LOS EDIFICIOS O INSTALACIONES, PARA EVITAR PROLIFERACIÓN DE FAUNA NOCIVA Y OTROS DETERIOROS AL EDIFICIO, PREVIA AUTORIZACIÓN CORRESPONDIENTE. EL PROVEEDOR DEL SERVICIO SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LOS DAÑOS QUE SE OCASIONEN AL PERSONAL, LOS EQUIPOS Y BIENES DEL IMP Y/O DE TERCEROS A CAUSA DE LA NEGLIGENCIA DE SU PERSONAL Y POR TODA CAUSA IMPUTABLE AL PROVEEDOR DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE ÁREAS VERDES, POR LO QUE LA REPOSICIÓN DE MATERIALES, EQUIPOS Y COMPOSTURAS OCASIONADAS POR LAS CAUSAS ANTERIORES LE SERÁN EXIGIBLES Y NO OCASIONARÁN GASTO ALGUNO AL IMP, LOS DAÑOS QUE SE OCASIONEN SERÁN EVALUADOS POR EL SUPERVISOR DEL SERVICIO DEL IMP Y SERÁN NOTIFICADOS AL PROVEEDOR PARA SU REPARACIÓN O RESTITUCIÓN EN UN PLAZO MÁXIMO
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DE 10 DÍAS HÁBILES. EN CASO DE DAÑOS A PERSONAS DEBERÁN CUBRIR LOS GASTOS MÉDICOS QUE SE GENEREN. LAS ESTIMACIONES DE LOS TRABAJOS REALIZADOS, DEBERÁN PRESENTARSE EN LA FORMA Y CON LOS SOPORTES QUE EL SUPERVISOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO LO INDIQUE (GENERADORES, ENTREGA DE SERVICIOS, CROQUIS Y REPORTE FOTOGRÁFICO, CONTROLES DIVERSOS, COPIAS FOTOSTÁTICAS, ETC.) Y CON LA PREFACTURA CORRESPONDIENTE DE LOS SERVICIOS REALIZADOS. EL PROVEEDOR DEBE PRESENTAR LA ESTIMACIÓN CORRESPONDIENTE A MAS TARDAR DENTRO DE LOS SEIS DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE CORTE (DÍA ÚLTIMO DE CADA MES) EN DOCUMENTOS IMPRESOS Y COPIA ELECTRÓNICA. EL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO SE RESERVA LA FACULTAD DE RESTRINGIR EL ACCESO A LOS EDIFICIOS COMPRENDIDOS DENTRO DE ESTE CONTRATO A CUALQUIER ELEMENTO DE LA COMPAÑÍA O PROVEEDOR, QUE A JUICIO DE LA ENTIDAD NO SEA APTO PARA LABORAR EN LAS INSTALACIONES O BIEN QUE SE PRESENTE EN ESTADO DE EBRIEDAD O HABER CONSUMIDO SUSTANCIAS TÓXICAS, MISMO QUE DEBE SER REEMPLAZADO DE INMEDIATO DE SER REQUERIDO POR EL SUPERVISOR DE SERVICIOS DEL IMP. ASIMISMO, UNA VEZ DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, DEBE ACATAR LOS REGLAMENTOS QUE LA ENTIDAD EMITA.
SUPERVISIÓN.
El servidor público facultado para recibir los servicios será el C. Ing. Martín de Jesús Martínez
Rico, quien será responsable de aceptarlo o rechazarlo, de determinar los incumplimientos y
determinar las penas convencionales y deductivas a que hubiera lugar y Ing. Gilberto Manuel
Juárez Maya será la responsable de la administración del servicio.
EL “PROVEEDOR” DEBERÁ DE NOMBRAR A LA PERSONA QUIEN FUNGIRÁ COMO
RESPONSABLE DE LA COORDINACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIRNTO DE LAS ÁREAS
VERDES Y LOS ENTREGABLES COMO SOPORTES PARA TRAMITE DE PAGO DE LOS SERVICIOS
EJECUTADOS ANTE EL IMP.
ASÍ MISMO EL “PROVEEDOR” AL INICIO DE LOS TRABAJOS, DEBE ENTREGAR AL SUPERVISOR
DE SERVICIOS DEL IMP, EL NOMBRAMIENTO OFICIAL DE LAS PERSONAS QUE FUNGIRÁN COMO
COORDINADOR GENERAL Y SUPERVISOR DE LOS SERVICIOS POR PARTE DEL “PROVEEDOR”.
EN TODOS LOS PRECIOS UNITARIOS SE DEBERÁN INCLUIR LOS COSTOS RELATIVOS AL
DESPERDICIO DE MATERIALES, Y EL ACARREO DE LOS MATERIALES DE DESECHO FUERA DEL
EDIFICIO Y POSTERIORMENTE EL RETIRO DE LOS MISMOS FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO Y LIMPIEZA FINAL DEL ÁREA DONDE SE TRABAJE.
PARA EL CASO DE LOS CENTROS FORÁNEOS LOS PRECIOS UNITARIOS DEBERÁN INCLUIR LOS
COSTOS RELATIVOS AL TRASLADO DE PERSONAL, EQUIPO, HERRAMIENTAS Y TODO LO
NECESARIO PARA LA CORRECTA ATENCIÓN AL SERVICIO A LA (S) INSTALACIÓN (ES)
DEPENDIENDO LA NECESIDAD DEL IMP PARA LA PREVIA REVISIÓN A LA SOLICITUD POR PARTE
DEL IMP, DESPERDICIO DE MATERIALES, Y EL ACARREO DE LOS MATERIALES DE DESECHO
FUERA DEL O DE LOS CENTROS Y POSTERIORMENTE EL RETIRO DE LOS MISMOS FUERA DE
LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO Y LIMPIEZA FINAL DEL ÁREA
DONDE SE TRABAJE.
LA PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL
IMP, CON PODADORA DE MOTOR DE COMBUSTION INTERNA O CHAPEO CON TRACTOR
AGRÍCOLA EN DONDE LO REQUIERA. (LOS SERVICIOS SE REALIZARAN A SOLICITUD DEL
SUPERVISOR DEL IMP), POR SERVICIO, INCLUYE: INSECTICIDA O PRODUCTO PARA
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ERRADICAR HONGOS, HORMIGAS Y PLAGAS, EL LUGAR Y LA TOTALIDAD DEL ÁREA, DONDE SE
REALIZARAN LOS SERVICIOS SON LOS SIGUIENTES:
IMP, SEDE VILLAHERMOSA, TABASCO (6,100.00 M2), 3 JARDINEROS Y 1 SUPERVISOR
PERMANENTES. 16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD MENSUAL
IMP CACTUS CHIAPAS (16,000.00 M2).16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD MENSUAL
TERRENO DEL IMP COATZACOALCOS VERACRUZ (1,700.00 M2). 16 SERVICIOS CON
PERIODICIDAD MENSUAL16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD MENSUAL
IMP, COMALCALCO, TABASCO. (600.00 M2). 16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD MENSUAL
IMP, EL CASTAÑO, CARDENAS, TABASCO. (1000.00 M2). 16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD
MENSUAL
CENTRO IMP MINATITLAN, VERACRUZ (1,300.00 M2). 16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD
MENSUAL
CENTRO IMP, SALINA CRUZ, OAXACA (1,300.00). 16 SERVICIOS CON PERIODICIDAD MENSUAL
PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP
CON PODADORA DE MOTOR O CHAPEO CON TRACTOR AGRÍCOLA EN DONDE LO REQUIERA.
(LOS SERVICIOS SE REALIZARAN A SOLICITUD DEL SUPERVISOR DEL IMP, POR METRO
CUADRADO. INCLUYE: INSEPTICIDA O PRODUCTO CONTRA HORMIGAS Y PLAGAS.
IMP UAS, SEDE VILLAHERMOSA, TABASCO.
IMP UAS, CACTUS CHIAPAS.
TERRENO DEL IMP UAS COATZACOALCOS VERACRUZ.
IMP UAS, COMALCALCO, TABASCO.
IMP UAS, EL CASTAÑO, CARDENAS, TABASCO.
IMP UAS, MINATITLAN, VERACRUZ.
IMP UAS, SALINA CRUZ, OAXACA.
EL CONCEPTO INCLUYE: EQUIPO DE SEGURIDAD, RECORTE DE ORILLAS, DESHIERBE Y
RECOLECCIÓN DE BASURA A LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS, INCLUYENDO BARRIDO Y
RETIRO DE PASTO DURANTE EL PERIODO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS POR CADA
CENTRO FORÁNEO DEL IMP, HERRAMIENTA, MANO DE OBRA Y EQUIPO DE TRABAJO,
INSECTICIDA O UN PRODUCTO PARA ERRADICAR HORMIGAS, OTROS INSEPTOS Y HONGOS
EN LAS PLANTAS, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL
DEL MISMO.
DESMORRE DE ÁRBOLES.- DE 2.5 A 5 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 30 % DEL FOLLAJE DE
LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES.
EL CONCEPTO INCLUYE: EQUIPO DE SEGURIDAD, ESCALERAS, ANDAMIOS SEGURIDAD TOTAL,
ARNES, RECORTE DE RAMAS, RAMAS SECAS, HOJAS DAÑADAS Y RECOLECCIÓN DE BASURA
A LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS, INCLUYENDO BARRIDO Y RETIRO DE HOJAS DE LAS
AZOTEAS DE LOS EDIFICIOS DE SEDE DURANTE EL PERIODO DE EJECUCIÓN DE LOS
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SERVICIOS, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL
MISMO.
DESMORRE DE ÁRBOLES.- DE 5 A 20 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 30 % DEL FOLLAJE DE
LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES.
DESMORRE DE ÁRBOLES.- DE 20 A 30 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE
DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES.
EL CONCEPTO INCLUYE: EQUIPO DE SEGURIDAD, ESCALERAS, ANDAMIOS SEGURIDAD TOTAL,
ARNES, RECORTE DE RAMAS, RAMAS SECAS, HOJAS DAÑADAS Y RECOLECCIÓN DE BASURA
A LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS, INCLUYENDO BARRIDO Y RETIRO DE HOJAS DE LAS
AZOTEAS DE LOS EDIFICIOS DE SEDE Y CENTROS FORANEOS DEL IMP DURANTE EL PERIODO
DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO
HASTA EL FINAL DEL MISMO.
a) Las ofertas que presenten “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán por el
inmueble que se determine en el contrato específico por el Instituto Mexicano
del Petróleo.
LOS SERVICIOS DE JARDINERÍA, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO
PERMANENTE DE LAS ÁREAS VERDES, JARDINES, ARBOLES, MACETAS Y
PLANTAS DE ORNATO EN EL IMP VILLAHERMOSA, Y CENTROS FORÁNEOS
DEL IMP REGION SUR. EN LOS ESTADOS DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ
Y OAXACA:
DEBERÁN EFECTUARSE COMO SIGUE:
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE ARRAYANES DE LA REGIÓN DE HASTA 60 CM DE ALTURA,
COLOCACIÓN SEGÚN DISEÑO, BAJO LA SUPERVISIÓN DE IMP.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL
SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,
MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,
LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP U.A.S., BAJO
RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL
PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PASTO CUERNAVACA DE VIVERO. INCLUYE RELLENO DE 10
CM DE PROFUNDIDAD DE TIERRA NEGRA TRATADA.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL
SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,
MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,
LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP DE LA REGION SUR,
BAJO RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL
PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE BARRO DE 45 CM DE DIÁMETRO Y UNA
ALTURA ENTRE 40 A 50 CM.
EL CONCEPTO INCLUYE: APLICACIÓN DE IMPERMEABILIZANTE AL INTERIOR, PINTURA AL
EXTERIOR O BARNIZ, PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS Y TIERRA NEGRA
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TRATADA PARA PLANTAS DE ORNATO. DENTRO DEL CONCEPTO SE DEBERÁN DE
CONTEMPLAR TODAS LAS HERRAMIENTAS Y EQUIPO NECESARIOS PARA EL TRABAJO,
RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE BARRO DE 60 CM DE DIÁMETRO Y UNA
ALTURA ENTRE 50 A 60 CM,
EL CONCEPTO INCLUYE: APLICACIÓN DE IMPERMEABILIZANTE AL INTERIOR, PINTURA AL
EXTERIOR O BARNIZ, PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS Y TIERRA NEGRA
TRATADA PARA PLANTAS DE ORNATO. DENTRO DEL CONCEPTO SE DEBERÁN DE
CONTEMPLAR TODAS LAS HERRAMIENTAS Y EQUIPO NECESARIOS PARA EL TRABAJO,
RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE PLÁSTICO DE 50 CM DE DIÁMETRO Y UNA
ALTURA ENTRE 40 A 50 CM.
EL CONCEPTO INCLUYE: PINTURA AL EXTERIOR O BARNIZ, PLATO O CHAROLA CONTENEDORA
DE LÍQUIDOS Y TIERRA NEGRA TRATADA PARA PLANTAS DE ORNATO. DENTRO DEL
CONCEPTO SE DEBERÁN DE CONTEMPLAR TODAS LAS HERRAMIENTAS Y EQUIPO
NECESARIOS PARA EL TRABAJO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO
HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE PLÁSTICO DE 75 CM DE DIÁMETRO Y UNA
ALTURA ENTRE 55 A 65 CM.
EL CONCEPTO INCLUYE: PINTURA AL EXTERIOR O BARNIZ, PLATO O CHAROLA CONTENEDORA
DE LÍQUIDOS Y TIERRA NEGRA TRATADA PARA PLANTAS DE ORNATO. DENTRO DEL
CONCEPTO SE DEBERÁN DE CONTEMPLAR TODAS LAS HERRAMIENTAS Y EQUIPO
NECESARIOS PARA EL TRABAJO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO
HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS PARA
MECETAS O MACETONES DE 45 A 75 CM DE DIÁMETRO.
EL CONCEPTO INCLUYE: INSTALACION Y COLOCACION EN MACETAS O MACETONES.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE
ESPECIE, ADELFAS ENANAS DE 50 CM DE ALTO FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES DE
ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL
SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,
MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,
LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP., BAJO
RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL
PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE
ESPECIE, HELICONIAS ENANAS FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES DE ACUERDO A LO
SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL
SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,
MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,
LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP., BAJO
No. IA-018T0O004-E176-2019
RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL
PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE
ESPECIE, LISTÓN ESPAÑOL BLANCO DE ACUERDO A LO SOLICITADO POR EL SUPERVISOR
DEL IMP.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL
SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,
MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,
LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP., BAJO
RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL
PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE
ESPECIE, IXORAS FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES DE ACUERDO A LO SOLICITADO
POR SUPERVISOR DEL IMP.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL
SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,
MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,
LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO
RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL
PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA INTERIOR DE LA SIGUIENTE
ESPECIE, NOCHE BUENAS DE 40 CM DE ALTO, FLOREADAS COLOR BLANCA O ROJA DE
ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL SEMBRADO,
PLATO PARA DERRAME DE AGUA EN SU BASE, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS
CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA, MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO,
LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO, LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS
INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL
SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL
MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTA DE ORNATO PARA EXTERIOR BUGANVILIA DE 50 A
60 CM DE ALTURA DE ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL SEMBRADO,
PLATO PARA DERRAME DE AGUA EN SU BASE, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS
CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA, MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO,
LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO, LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS
INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL
SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL
MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTA DE ORNATO PARA EXTERIOR ROSA O FLOR DEL
DESIERTO DE 50 A 60 CM DE ALTURA DE ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL
IMP.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL SEMBRADO,
PLATO PARA DERRAME DE AGUA EN SU BASE, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS
CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA, MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO,
LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO, LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS
No. IA-018T0O004-E176-2019
INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL
SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL
MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE
ESPECIE, ANTURIOS FLOREADOS DE ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL
SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,
MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,
LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO
RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL
PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE
ESPECIE, CUNAS DE MOISÉS GRANDES FLOREADAS DE 50 CM DE ALTO DE ACUERDO A LO
SOLICITADO POR SUPERVISOR DEL IMP.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL
SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,
MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,
LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP REGION SUR, BAJO
RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL
PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE
ESPECIE, PALO DE BRASIL DE 1 M DE ALTO DE ACUERDO A LO SOLICITADO POR SUPERVISOR
DEL IMP.
EL CONCEPTO INCLUYE: SUMINISTRO Y SIEMBRA DE LA PLANTA, TIERRA TRATADA PARA EL
SEMBRADO, RIEGO DE LA MISMA POR QUINCE DÍAS CONSECUTIVOS UNA VEZ COLOCADA,
MANO DE OBRA, USO DE HERRAMIENTAS, EQUIPO, LIMPIEZA DE LA ZONA DE TRABAJO,
LLEVAR EL RESIDUO GENERADO FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL IMP., BAJO
RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DEL SERVICIO, RESPONSABILIDAD TOTAL DEL
PRESTADOR DEL SERVICIO HASTA EL FINAL DEL MISMO.
SUMINISTRO DE COSTAL DE TIERRA NEGRA DE LA MÁS ALTA CALIDAD PARA USARSE EN
MACETAS, MACETONES Y JARDINERAS; CON UN 10 % DE HOJA PARA MANTENERLA POROSA
Y PERMITIR EL BUEN DRENAJE Y LA OXIGENACIÓN DE LAS RAÍCES.
EL CONCEPTO INCLUYE: TODOS LOS MATERIALES Y TRABAJOS NECESARIOS PARA LA
EJECUCIÓN DE ESTE CONCEPTO, MANO DE OBRA, ACARREOS HORIZONTALES Y VERTICALES
EN BOTE Y/O CARRETILLA, TRASPALEOS, TENDIDO, NIVELACIÓN, PREPARACIÓN DE LA
SUPERFICIE, RIEGO DE AGUA, SACAR EL ESCOMBRO PRODUCTO DE LOS TRABAJOS, DE LAS
INSTALACIONES DEL IMP., CON CARGO, COSTO Y RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA,
RESPONSABILIDAD TOTAL DEL CONTRATISTA Y LIMPIEZA EN LA ZONA DE TRABAJO.
MANTENIMIENTO A MACETAS INCLUYE: LIMPIEZA DE MACETAS, RIEGO FRECUENTE,
RECORTE DE RAMAS SECAS SE HARÁ DE MANERA MENSUAL, SE DEBERÁ SUSTITUIR LAS
PLANTAS DE ORNATO DETERIORADAS, SE APLICARÁ FERTILIZANTES Y PINTURA TIPO REAL
FLEX CENTER MOD. VER-5 MCA. COMEX O EQUIVALENTE DE ACUERDO A SOLICITUD DEL
SUPERVISOR DEL SERVICIO DEL IMP.
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EL CONCEPTO INCLUYE: PARA EL MANTENIMIENTO DE MACETAS Y MACETEROS SE DEBERÁ
CONTAR CON UN JARDINERO CON AMPLIO CONOCIMIENTOS DEL CUIDADO DE PLANTAS DE
ORNATO PARA INTERIOR Y EXTERIOR (EN NINGÚN CASO SE ACEPTARÁ PERSONAL SIN
DICHOS CONOCIMIENTOS), DEBERÁ DE CONOCER EL PERIODO DE RIEGO DE LAS PLANTAS Y
SERÁ RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA MANTENERLAS EN EXCELENTES CONDICIONES.
DENTRO DEL CONCEPTO PARA EL JARDINERO SE DEBERÁN DE CONTEMPLAR TODAS LAS
HERRAMIENTAS Y EQUIPO NECESARIOS PARA EL TRABAJO.
CONDICIONES DE PAGO: EL IMP PAGARÁ AL PROVEEDOR EL MONTO DE LOS BIENES ENTREGADOS O SERVICIOS CONTRATADOS Y ACEPTADOS POR EL SUPERVISOR DEL SERVICIO DEL IMP Y DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES UNA VEZ VALIDADA LA FACTURA ELECTRONICA EN LA PAGINA DE LA BÓVEDA DEL IMP. PENAS CONVENCIONALES
Se aplicarán por cada día natural de atraso, con el 1 % del monto de los servicios prestados con
atraso, serán calculadas por el área contratante correspondiente, por regla general se calcularán
por partida, sin exceder de manera proporcional el 10% del monto de la partida de que se trate y
la suma de las penas convencionales de dicha partida o partidas no deberá exceder el importe de
la garantía de cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO. En caso de exceder el porcentaje referido
se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con lo
estipulado en la Ley y su Reglamento.
Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área
requirente donde se le comunique del incumplimiento. Una vez que el área contratante cuente con
este documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico
al “PROVEEDOR” que se presente en las instalaciones del “IMP” a firmar el documento de
aceptación del cálculo.
SE APLICARA UNA PENA CONVENCIONAL DE 1% DEL MONTO TOTAL DEL SERVICIO PRESTADO
CON ATRASO POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO, SIN EXCEDER EL MONTO DE LA GARANTÍA
DE CUMPLIMIENTO DE PEDIDO.
CAUSA PENALIZACION
En caso de incumplimiento se penalizara por cada día
natural de atraso en el inicio de los trabajos , sin exceder el
monto de la garantía del pedido correspondiente
El 1 % del monto de la facturación del
mes sin IVA.
DEDUCCIONES:
Se aplicarán con el 10 % del monto de los servicios prestados de manera deficiente o incompletos,
serán calculadas por el área contratante correspondiente, sin exceder de manera proporcional el
10% del importe de la partida que se trate y la suma de las deducciones de esta partida o partidas
no deberán exceder el importe de la garantía de cumplimiento del CONTRATO O PEDIDO. En caso
de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O
PEDIDO, de conformidad con lo estipulado en la Ley y su Reglamento.
Para efectos del párrafo anterior, el área contratante deberá recibir un documento del área
requirente donde se le comunique la deducción por aplicar. Una vez que el área contratante cuente
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con este documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo
electrónico al “PROVEEDOR” que se presente en las instalaciones del “IMP” a firmar el
documento de aceptación del cálculo.
SE APLICARÁ UNA DEDUCCIÓN DEL 10% DEL IMPORTE TOTAL DE LA PARTIDA DE QUE SE
TRATE EN LA REALIZACIÓN DEFICIENTE EN CUALQUIERA DE LAS ACTIVIDADES
RELACIONADAS EN ESTE SERVICIO, SIN EXCEDER EL MONTO DE LA GARANTÍA DE
CUMPLIMIENTO; EN CASO DE EXCEDERSE, SE PODRÁ INICIAR EL PROCESO DE RECISIÓN DEL
CONTRATO.
CAUSA DEDUCTIVA
Cuando los servicios encomendados estén incompletos o
con deficiencias.
El 10 % del importe total de la partida
o partidas de que se trate sin IVA
b) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar a cabo, la recolección de subproductos vegetales, cada que
se generen como consecuencia de los trabajos ejecutados, realizando la disposición adecuada de los
mismos, conforme a lo establecido en la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, o las
disposiciones normativas correlativas en otras Entidades Federativas, por lo que “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” deberán proporcionar el material necesario para la correcta separación de los desechos
sólidos como se señala en dichas disposiciones y no podrán mezclar estos residuos, con los que se
generan en cada inmueble, conforme a lo establecido en los contratos específicos.
Queda absolutamente prohibido dejar basura (pasto, ramas, tierra, hojas, etc.) o cualquier material que resulte de la prestación del servicio en cualquier área del interior del IMP, como áreas jardineadas, banquetas, andadores, estacionamientos, accesos, entre otros sitios. Asimismo queda absolutamente prohibido dejar basura en las banquetas perimetrales del IMP o en calles perimetrales al IMP. El incumplimiento de esta condición será motivo de aplicación de la deducción correspondiente.
c) “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán contar con todos los
materiales, herramientas, equipo, sustratos y productos necesarios, para la
conservación de las áreas verdes, proporcionando el “SERVICIO” de
acuerdo a las necesidades requeridas en los contratos específicos; los
cuales deberán estar considerados en el monto total por servicio requerido.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deben responder por los desperfectos o daños que llegaran a provocar en mobiliario, equipo, instalaciones y robos comprobados que sus empleados ocasionen, en un plazo no mayor de 15 días naturales a partir de la fecha en que ocurra. Para ello deberá contar con una póliza de responsabilidad civil con una suma asegurada de $ 200, 000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 MN). “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberá presentar la relación de equipo con que cuenta de acuerdo a la relación de equipamiento y herramienta indicada en este anexo. Una vez adjudicado el servicio, no podrá ser menor a la que presentó en su proposición.
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Los materiales de jardinería a utilizar en el servicio de mantenimiento a las áreas verdes debe ser de primera calidad, asimismo, los fertilizantes deben ser inorgánicos y deberá presentar sus propuestas, las cuales deberán ser firmadas y autorizadas por parte de la supervisión del IMP a cargo.
d) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que al arribo de los
materiales darán aviso a la persona que designe el Instituto Mexicano del
Petróleo Región Sur, para su previa revisión y verificación de características
que garanticen la calidad y estado fitosanitario libre de patógenos, y/o
cantidad, antes de ser almacenados o utilizados, indicando en el documento
de recepción que la entrega cumplió con los estándares de calidad
requeridos.
e) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar el registro de entradas de
material de manera eficiente y organizada (por primeras entradas, primeras
salidas, flamabilidad, así como el grado de toxicidad establecido en el
Catálogo Oficial de Plaguicidas publicado por la Comisión Federal para la
Protección contra Riesgos Sanitarios -COFEPRIS-), así mismo deberá
contar con un resumen de las áreas o lugares donde fueron aplicados
dichos productos, así como las dosis suministradas; este resumen podrá
ser requerido por el Instituto Mexicano del Petróleo Región Sur en cualquier
momento, si así se considera conveniente.
f) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán responsables de realizar el
“SERVICIO” de acuerdo a las actividades establecidas en los contratos
específicos y sus respectivos anexos, en función a las características del
inmueble.
g) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben contar con recursos financieros,
humanos y materiales suficientes para el cumplimiento del “SERVICIO”,
objeto del contrato específico.
h) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán el “SERVICIO” de acuerdo a las actividades y
frecuencias establecidas en los contratos específicos y sus respectivos anexos. (En donde indicará la
calendarización del “SERVICIO” por inmueble y volumetría).
i) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán realizar las actividades de
fumigación, en áreas verdes interiores y exteriores, “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” se comprometen a que los plaguicidas que se apliquen
estén inscritos en el Catálogo de Plaguicidas de la COFEPRIS y
debidamente registrados ante la Comisión Intersecretarial para el Control del
Proceso, Uso de Plaguicidas y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST); así mismo,
deberán estar etiquetados conforme a la regulación vigente y aplicable y
no estar caducados.
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j) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a responder por las
reclamaciones ante cualquier autoridad sanitaria, cuando por la realización
de las labores de fumigación en áreas verdes interiores y exteriores, jardines,
jardineras, arriates, camellones y macetones, o bien por negligencia del
personal a su cargo, pudieran derivarse afectaciones a la salud.
k) Los productos y equipos que utilicen “LOS POSIBLES PROVEEDORES” para
la prestación del “SERVICIO”, deberán cumplir como mínimo con las siguientes
normas:
Los productos y equipos que utilice “EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” para la prestación del “SERVICIO”, deberán cumplir como mínimo con las siguientes normas:
Número de Norma Descripción de la Norma
NOM-017-STPS-2008 Equipo de protección personal-Selección, uso y
manejo en los centros de trabajo.
NADF-001-RNAT-2015 o sus
correlativas en las entidades federativas
Los requisitos y especificaciones técnicas que
deberán cumplir las personas físicas morales de
carácter público o privado, autoridades y en general
todas aquellas que realicen poda, derribo,
transplante y restitución de árboles en el Distrito
Federal.
NOM-232-SSA1-2009 Plaguicidas: que establece los requisitos del envase,
embalaje y etiquetado de productos grado técnico y
para uso agrícola, forestal. Pecuario, jardinería,
urbano, industrial y doméstico.
NOM-003-STPS-1999 Actividades agrícolas – uso de insumos
fitosanitarios o plaguicidas e insumos de nutrición
vegetal o fertilizantes – condiciones de seguridad e
higiene.
NOM-009-STPS-2011 Condiciones de seguridad para realizar trabajos de
altura.
NOM-019-SEMARNAT-2006 Los lineamientos técnicos de los métodos para el
combate y control de insectos descortezadores.
NADF-006-RNAT-2012 o sus
correlativas en las entidades federativas
Los requisitos, criterios, lineamientos y
especificaciones técnicas que deben cumplir las
autoridades, personas físicas o morales que realicen
actividades de fomento, mejoramiento y
NADF-020-AMBT-2011
o sus correlativas en las entidades
federativas
Requerimientos mínimos para la producción de
composta a partir de la fracción orgánica de los
residuos sólidos urbanos, agrícolas, pecuarios y
forestales, así como las especificaciones mínimas de
calidad de la composta producida y/o distribuida en
el Distrito Federal.
No. IA-018T0O004-E176-2019
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a cumplir las demás normas
que resulten aplicables a la prestación del “SERVICIO”.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” se obliga a cumplir las demás normas que resulten aplicables a la prestación del “SERVICIO”. Las DEPENDENCIAS o ENTIDADES no podrán establecer Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas
según proceda y a falta de estas las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los
artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso las Normas de Referencia
o Especificaciones a que se refiere el artículo 67 de esta Ley, que limiten la participación de “LOS
POSIBLES PROVEEDORES”.
l) El “SERVICIO” será supervisado por el personal que designe el Instituto Mexicano del Petróleo.
m) La DEPENDENCIA o ENTIDAD establecerá en los contratos específicos y sus
respectivos anexos, las actividades y frecuencias en función a las
necesidades de operación del inmueble.
n) Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma oficial entre
la DEPENDENCIA o ENTIDAD y “LOS POSIBLES PROVEEDORES”,
Convocándose con al menos una semana de anticipación.
o) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados durante la vigencia del
“SERVICIO”, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que brinde el “SERVICIO” en
el inmueble. Para verificar su cumplimiento deberá entregar bimestralmente
al Instituto Mexicano del Petróleo Región Sur, el comprobante de las cuotas
obrero patronales, en caso de no presentar el documento, se aplicarán las
penas establecidas en los contratos específicos.
V. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El Servicio se realizara en el Instituto Mexicano del Petróleo, Región Sur a través
de la Gerencia de Proveeduría y Servicios, ubicada en Periferico Carlos Pellicer
Cámara # 1502, Esquina con calle Campo Giraldas, Col. José Ma. Pino Suárez,
C.P. 86029, Villahermosa, Tabasco.y sus Centros Foráneos de los estados de
Tabasco, Chiapas, Veracruz y Oaxaca.
El “SERVICIO” objeto de los contratos específicos se prestará en el inmueble
que indique el Instituto Mexicano del Petróleo Región Sur.
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El horario para la realización del “SERVICIO”, de manera general será de lunes a domingo en un horario
aproximado de las 06:00 a las 21:00 horas, quedando detallado en los contratos específicos y sus
respectivos anexos.
TIEMPO DIARIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: El horario de servicio del “EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá cumplir un tiempo de servicio diario de las 6:30 a las 18:00 horas de lunes a viernes y sábado de 7:00 a 14:00 horas.
PARA SEDE-VILLAHERMOSA, TABASCO, EL “PROVEEDOR” DEBE INICIAR SUS ACTIVIDADES
DESDE LAS 6:30 A LAS 18:00 HORAS DE LUNES A VIERNES, DE 7:00 A 14:00 HORAS LOS
SÁBADOS, DOMINGOS Y DÍAS FESTIVOS. A PETICION O SOLICITUD DEL SUPERVISOR DEL
CONTRATO POR PARTE DE IMP, PODRÁ MODIFICAR ESTE HORARIO DE COMÚN ACUERDO CON
EL PROVEEDOR O SU REPRESENTANTE.
ASÍ MISMO SE DEBERÁ SOLICITAR AL SUPERVISOR DE LOS SERVICIOS POR PARTE DEL IMP,
UN PERMISO DE TRABAJOS EN HORARIO - ESPECIAL PARA LABORAR DE 18:00 A 24 HRS, EN EL
CASO QUE FUERA NECESARIO LABORAR EN ESTE HORARIO PARA QUE NO INTERFIERAN CON
LAS ACTIVIDADES DE LOS USUARIOS.
EL PERSONAL QUE PROPORCIONE EL PROVEEDOR, DEBE ESTAR SIEMPRE PRESENTABLE
DENTRO DE LOS EDIFICIOS ADMINISTRATIVOS DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO,
DEBE PORTAR SIEMPRE LA IDENTIFICACIÓN DE LA COMPAÑÍA, ASÍ COMO VESTIR
DIARIAMENTE ROPA DE TRABAJO LIMPIA Y ADECUADA CON EL LOGOTIPO DE LA EMPRESA
(UNIFORME OBLIGATORIO), LO ANTERIOR SERÁ RESPONSABILIDAD DEL SUPERVISOR DE
SERVICIOS DE LOS TRABAJOS POR PARTE DEL PROVEEDOR. EL SUPERVISOR DEL IMP PODRÁ
RESTRINGIR EL ACCESO A LOS EDIFICIOS COMPRENDIDOS DENTRO DE ESTE CONTRATO A
CUALQUIER ELEMENTO DEL PROVEEDOR, QUE A JUICIO DE LA ENTIDAD NO SEA APTO PARA
LABORAR EN LAS INSTALACIONES O BIEN QUE SE PRESENTE EN ESTADO DE EBRIEDAD O DE
HABER CONSUMIDO SUSTANCIAS TÓXICAS, MISMO QUE DEBE SER REEMPLAZADO DE
INMEDIATO DE SER REQUERIDO POR LA SUPERVISIÓN. ASIMISMO, UNA VEZ DENTRO DE LAS
INSTALACIONES DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, DEBE ACATAR LOS
REGLAMENTOS QUE LA ENTIDAD EMITA.
El IMP se reserva el derecho de aceptar o rechazar a cualquier persona que labore con el prestador del servicio, incluyendo al supervisor del mismo, quien sea causa de conflictos laborales o de cualquier índole que afecte la calidad, oportunidad y el desarrollo del servicio. En este caso se le informará al prestador del servicio y se le solicitará su reemplazo.
VI. CONDICIONES SOCIALES.
"LOS POSIBLES PROVEEDORES" estarán obligados a cumplir con las
siguientes condiciones respecto al personal que utilicen para la prestación del
“SERVICIO”:
1. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida cualquier forma de violencia física
o verbal, así como la intimidación y el hostigamiento.
2. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma de
No. IA-018T0O004-E176-2019
violencia, el acoso y el hostigamiento sexual.
3. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás obligaciones de
índole laboral.
"LOS POSIBLES PROVEEDORES" tienen expresamente prohibido
respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:
1. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico, religión, orientación sexual, fisonomía o
discapacidad física.
2. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que menoscaben la
libertad de su personal como el pago de depósitos, la retención de
documentos, la firma anticipada de su renuncia o la práctica de pruebas
de embarazo, así como el despido por esta causa.
VII. REQUERIMIENTOS.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del “SERVICIO”
de acuerdo a los siguientes términos:
VII.1 CALIDAD EN EL SERVICIO.
Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, mantener la
calidad del “SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos
específicos y sus respectivos anexos. El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el personal que efectué éste, como
para los usuarios que se encuentren en el inmueble.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal
especializado en el ramo, así como herramientas, maquinaria, vehículos y
equipos adecuados para el ”SERVICIO” requerido, a fin de garantizar que
se proporciona con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal
efecto, quedando obligado a realizarlo a entera satisfacción del Instituto
Mexicano del Petróleo Región Sur.
VII.2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal necesario
que le permita prestar el “SERVICIO” conforme a lo establecido en los
contratos específicos y sus respectivos anexos, siendo éstos los siguientes:
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RELACIÓN DE PERSONAL MÍNIMO SOLICITADO PARA TRABAJOS DE JARDINERIA EN EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO Y CENTROS FORÁNEOS DEL IMP DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ Y OAXACA: PERSONAL PARA EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO:
CANTIDAD DESCRIPCIÓN
1
UN SUPERVISOR DE LOS SERVICIOS, PARA EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO Y CENTROS FORÁNEOS. DEBIDAMENTE UNIFORMADO. ESTE DEBERÁN TENER ESCOLARIDAD MÍNIMA DE BACHILLERATO, EXPERIENCIA MÍNIMA DE 12 MESES EN MANEJO DE PERSONAL Y TRABAJOS DE JARDINERÍA.
3 TRES JARDINEROS PERMANENTES EN EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO, ESTOS DEBERÁN TENER ESCOLARIDAD MÍNIMA DE PRIMARIA, EXPERIENCIA EN MANEJO Y OPERACIÓN DE HERRAMIENTAS DE JARDINERÍA.
PERSONAL PARA CENTROS FORÁNEOS:
CANTIDAD DESCRIPCIÓN
2 DOS JARDINEROS TEMPORALES EN CENTROS FORÁNEOS, ESTOS DEBERÁN TENER ESCOLARIDAD MÍNIMA DE PRIMARIA, EXPERIENCIA EN MANEJO Y OPERACIÓN DE HERRAMIENTAS DE JARDINERÍA.
El personal descrito deberá contar con ropa de trabajo (uniforme) botas y equipo de seguridad. Todo elemento de la compañía prestadora del servicio deberá tener la experiencia necesaria, cuando menos doce meses en el área de jardinería, lo cual se demostrará con copia de documentos expedidos por empresa(s) con la(s) que ha trabajado y que indique vigencia y actividad realizada relacionada con el área de jardinería
JARDINEROS Y/O PODADORES
Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, establecer
la cantidad de jardineros y/o podadores necesarios para atender de
manera eficiente y oportuna el Programa de Trabajo que establezca el Instituto
Mexicano del Petróleo Región Sur.
VII.3 PROPUESTA DE TRABAJO.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al
Instituto Mexicano del Petróleo Región Sur:
1.- Metodología,
2.- Programa de trabajo y organigrama (administrativo y operativo) que
permita garantizar la prestación del “SERVICIO”.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá presentar
documento donde precise la Metodología de trabajo para cumplir con las
No. IA-018T0O004-E176-2019
obligaciones previstas en el anexo técnico, puede ser a través de una
presentación impresa, diagrama de flujo, etc.
Presentar documento con la propuesta del plan de trabajo y/o programación
del servicio para cumplir con las obligaciones previstas en el anexo técnico,
puede ser diagrama de Gantt.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá acreditar sus recursos económicos con la última declaración fiscal anual 2018 y última declaración fiscal provisional 2019 del impuesto sobre la renta, presentadas ante la SHCP, para acreditar que sus ingresos son equivalentes al menos el 40% de su propuesta económica.
EXPERIENCIA El Proveedor del Servicio presentará la relación de su plantilla de elementos que participará en el desarrollo del presente servicio, presentará en su plantilla un ingeniero agrónomo, biólogo o especialista equivalente (acreditado debidamente mediante cédula profesional), el cual no se considera dentro de la plantilla de los 6 elementos, deberá presentar para éste copia de su cédula profesional en su propuesta técnica. Tanto en la propuesta como al inicio del servicio y su alta al IMSS. Deberá presentar una plantilla de mínimo 6 elementos de jardinería técnicamente aptos con experiencia en el desarrollo de servicios equivalentes de al menos 90 días calendario acumulados. Para comprobar la experiencia de dichos recursos humanos, el Proveedor del Servicio presentará para cada uno de los elementos, estos documentos podrán ser constancias de cursos, cartas de recomendación de la misma naturaleza de los trabajos de la presente convocatoria, etc., los cuales deberán ser personalizados. El Proveedor del Servicio deberá presentar los documentos que acrediten su experiencia que podrán ser copia de contratos, facturas, pedidos o documentos de servicios de la misma naturaleza a los descritos en este anexo. Se aceptará la presentación de contratos plurianuales. Se considerará la experiencia con los contratos o documentos que se presenten a evaluación. El Proveedor del Servicio deberá acreditar un mínimo de 6 (seis) meses de experiencia acumulada con contratos que se hayan suscrito en el periodo de 2015 a 2018 o tengan adjudicados con anterioridad a la fecha de la convocatoria.
VII.4 MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTAS Y VEHÍCULOS.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al
Instituto Mexicano del Petróleo, la relación de la maquinaria, equipo,
No. IA-018T0O004-E176-2019
herramientas y vehículos en óptimas condiciones de uso, con los que
garantizará la prestación del “SERVICIO”.
RELACIÓN DE MAQUINARIA, EQUIPO Y HERRAMIENTAS MÍNIMO SOLICITADO PARA
TRABAJOS DE JARDINERÍA EN EL IMP VILLAHERMOSA, TABASCO Y CENTROS FORÁNEOS
DEL IMP EN LOS ESTADOS DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ Y OAXACA.
NO. CACANTIDAD DESCRIPCIÓN
1 2 PODADORAS PORTÁTILES MOTOR A GASOLINA CON RECOLECTOR DE PASTO.
2 3 DESBROZADORAS MOTOR A GASOLINA.
3 2 ESCALERAS TELESCÓPICAS DE ALUMINIO.
4 4 ARNESES DE SEGURIDAD PARA TRABAJOS DE ALTURA
5 2 CABLE DE VIDA RETRACTIL
6 2 PALA CUADRADA
7 2 PALA DE PUNTA
8 2 ZAPAPICO O PICO.
9 3 ESCOBAS METALICAS (ARAÑA)
10 2 TIJERAS DE PODA
11 3 MACHETES
12 2 ESPATULAS
13 2 BROCHAS
14 2 RODILLO DE FELPA
15 2 LOTES DE HERRAMIENTAS DE MANO PARA SIEMBRA Y REMOCIÓN DE TIERRA EN MACETAS Y JARDINES
16 4 MANGUERA DE PLASTICO DE 1/2” DÍAM. DE 50 MTS. USO INDUSTRIAL.
17 4 ASPERSORES PARA REGADO DE PASTO DE ½” DE DIAMETRO.
18 1 CAMIONETA DE 3 TON. PARA TRASLADO DE SOBRANTES DE CORTES Y DESMORRES DE ARBOLES Y PRODUCTOS DE LA PODA DE PASTO Y MACETAS.
19 1
CAMIONETA PICK UP O VAN. PARA TRASLADO DE PERSONAL, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS DE JARDINERÍA EN EL IMP UAS, VILLAHERMOSA, TABASCO Y LOS CENTROS FORÁNEOS DEL IMP UAS DE TABASCO, CHIAPAS, VERACRUZ Y OAXACA.
20 1 ANDAMIO SISTEMA TOTAL
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá presentar copias
de facturas de compra del equipo siguiente:
1.- PODADORAS PORTÁTILES MOTOR A GASOLINA CON RECOLECTOR DE PASTO.
2.- DESBROZADORAS MOTOR A GASOLINA.
3.- Escalera telescópica.
4.- Camioneta de 3 Ton para traslado de sobrantes de cortes y desmorres de
arboles y productos de la poda de pasto y macetas.
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5.- Camioneta pick up o Van para traslado de personal, herramientas y equipos de
jardinería en el imp Region Sur, Villahermosa, Tabasco y los centros foráneos del
IMP de Tabasco, Chiapas, Veracruz y Oaxaca.
EL PROVEEDOR DEBE CONTAR CON LO SIGUIENTE:
A).- OFICINAS ADMINISTRATIVAS QUE CUENTEN CON: TELÉFONO, COMPUTADORAS
PERSONALES O LAP TOP, IMPRESORA COLOR O MULTIFUNCIONALES, IMPRESORA LASER, 1
EQUIPO DE COMUNICACIÓN TIPO CELULAR PARA COMUNICACIÓN CON IMP VILLAHERMOSA,
TABASCO UNIDAD ADMINISTRATIVA SUR Y CON LOS CENTROS FORÁNEOS, ESCÁNER,
COPIADO, ETC., ASÍ COMO SERVICIO DE INTERNET PARA LA REALIZACIÓN DE SUS FUNCIONES
ADMINISTRATIVAS Y PARA RECIBIR ÓRDENES DE SERVICIOS ASÍ COMO RECIBIR
DOCUMENTOS DERIVADOS DE LA CONTRATACIÓN.
B).- VEHÍCULO(S) OFICIAL(ES).
VII.5 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a garantizar que el personal portará en todo momento el
uniforme de trabajo de acuerdo a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos,
mismo que llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”; a fin
de que puedan ser identificados.
“EL PRESTADOR DEL SERVICIO O PROVEEDOR” deberá proporcionar el equipo necesario y de seguridad personal el cual debe ser proporcionado por la prestadora del servicio y sin el cual no se permitirá que sus empleados realicen los trabajos. No se permitirá el uso de equipo y herramienta que se encuentre de manera evidente en malas condiciones. La responsabilidad y costo de cualquier retraso en las actividades por la suspensión en el uso de equipo y herramienta en la condición descrita, será del prestador del servicio. Todos sus elementos incluyendo administrativos y profesionales, tendrán que utilizar uniforme de identificación y/o camisola de identificación de un solo color y rotulada con el logotipo de la empresa, así como el gafete del prestador del servicio que se le proporcionará para su acceso a las instalaciones. El IMP podrá retirar al elemento que no cumpla estas disposiciones. Asimismo, todo trabajador debe utilizar los equipos de seguridad adecuados para protección contra accidentes al efectuar los trabajos de mantenimiento. Nota: El equipo de los podadores, será supervisado y aprobado por el área de administración de Seguridad e Higiene del IMP RS, quienes podrán retirar del IMP RS, al personal que no porte de manera reincidente el equipo de seguridad.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” estarán obligados a otorgar a su personal
un gafete de identificación plastificado o con enmicado térmico, el cual
deberá portar durante su estancia en el inmueble, en caso contrario a dicho
personal se le podrá negar el acceso. Los gafetes deberán cumplir de forma
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mínima con los siguientes requisitos: logotipo y nombre de “LOS POSIBLES
PROVEEDORES”; nombre del trabajador y fotografía reciente.
VII.6 ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” instruirán a su personal para que guarden
la debida disciplina y orden durante la prestación del “SERVICIO”, acatando
las normas de seguridad aplicables en el inmueble del Instituto Mexicano del
Petróleo.
VII.7 RESPONSABILIDAD LABORAL. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” señalarán en su oferta que el personal que realice las tareas
relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará bajo su responsabilidad única y directa, por lo tanto,
en ningún momento se considerará al Instituto Mexicano del Petróleo Región Sur, como patrón sustituto o
solidario, pues el IMP no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y
consecuentemente, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a liberar al Instituto Mexicano del
Petróleo Región Sur de cualquier responsabilidad laboral o civil, obligándose éstos a garantizar el
pago de las prestaciones laborales y de seguridad social para sus empleados.
Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” asumirán la responsabilidad
en materia de seguridad social referente a sus trabajadores y/o a las que haya
lugar, en caso de que alguno de éstos sufra un accidente, enfermedad o
riesgo de trabajo.
DE LA SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y PROTECCIÓN AMBIENTAL. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del “SERVICIO” s deberá cumplir en lo que aplique con el listado de requerimientos de la Guía técnica para el Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental del Instituto Mexicano del Petróleo señalados en el formato SIG-SST-GT-03-FG-01. NOTA: PARA EFECTOS DE QUE ESTE ANEXO CONSTITUYA PARTE INTEGRANTE DE UN CONTRATO ESPECÍFICO, EL TÉRMINO “POSIBLE PROVEEDOR” SE MATERIALIZARÁ EN “PROVEEDOR O PRESTADOR DEL SERVICIO”.
NOTAS COMPLEMENTARIAS:
PERIODO DE GARANTÍA DE LOS SERVICIOS El periodo de garantía que se requiere es el indicado en cada concepto. Los suministros de plantas solicitados se deberán entregar al IMP en un plazo máximo de 24 hrs. El incumplimiento en este plazo de entrega será acreedor a la deducción correspondiente. PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN DEL IMP
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El supervisor del IMP verificará el control de calidad del servicio ofrecido de acuerdo a las solicitudes hechas al prestador del servicio. La supervisión del IMP tendrá dentro de sus facultades, cuando sea necesario y previo aviso al supervisor responsable del prestador del servicio, el poder efectuar cambios en la ubicación del personal y actividades de los elementos, además tendrá plena libertad en todo momento para hacer los movimientos necesarios del personal. En caso de no estar presente o no se localice al supervisor responsable del prestador del servicio no será motivo de que la supervisión del IMP no pueda mover al personal y sus actividades para dar cumplimiento a las necesidades de la institución. En caso de incumplimiento de las actividades o trabajos encomendados se aplicarán las deducciones correspondientes relacionadas en este anexo. La supervisión del IMP tendrá la facultad de solicitar el retiro del instituto del elemento de jardinería que no tenga la habilidad de ejecutar trabajos de jardinería o que de manera reiterada su trabajo realizado afecte la imagen de los jardines.
FIN DE LA PARTIDA 2
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PARTIDA 3
ANEXO TECNICO
ALCANCES Y CONDICIONES PARTICULARES DE LAS
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE CALIDAD REQUERIDAS
PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE
JARDINERÍA REGIÓN MARINA
I. OBJETIVO.
Proporcionar el servicio integral de jardinería en adelante el “SERVICIO” en los diversos inmuebles
propiedad y/o en uso de los sujetos a que se refiere el artículo 1, fracciones I a VI de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), en Cd. del Carmen, Campeche,
en adelante el IMP Región Marina.
Mantener las áreas verdes, jardineras, macetones y macetas del IMP Región
Marina en perfectas condiciones. El período del servicio será a partir del 1 de
octubre de 2019 y hasta el 31 de Diciembre del 2020, bajo la modalidad de
contrato o pedido abierto con un monto máximo de $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos
con 00/100 M. N.) y un monto mínimo de $160,000.00 (ciento sesenta mil pesos con 00/100
M. N.)
Se realizarán las siguientes actividades:
II. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Es el cuidado de plantas, macetones, poda de árboles, la reforestación
de macetas, jardineras y demás servicios para el mantenimiento y
conservación de las áreas verdes, así como el control fitosanitario de
dichas áreas verdes, con la finalidad de mantenerlos en óptimas
condiciones.
El servicio consistirá básicamente en: Poda de bambús hasta una altura
aproximada de entre 4.00 a 4.50 metros de altura, poda de arbustos
existentes en maceteros, poda de palmeras existentes en jardineras, poda
de pasto, eliminación de hierba en áreas pavimentadas, eliminación de
maleza en estacionamiento, fertilización de plantas, lavado manual las veces
que sea necesaria hasta erradicar la plaga a cada una de las hojas y tronco
de las plantas, retiro de basura producto de la poda, recolección y
confinamiento en bolsas negras de plástico de toda la basura que se genere
por estas actividades, mano de obra, material, herramienta, limpieza de
maceteros y raspado del material existente (pintura), aplicación de sellador
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de 5 x 1 y pintura de esmalte en color a elegir por la supervisión de EL IMP
Región Marina, suministro de macetas de fibra de vidrio, tierra negra,
suministro de plantas, equipo, herramienta, equipo de seguridad, andamios,
cuerdas de vida, limpieza de la zona de trabajo, mover maceteros horizontal
y/o vertical o donde lo indique la supervisión de El IMP Región Marina,
enderezar y amarrar bambús con alambre flexible y todo lo necesario para la
realización de la actividad de acuerdo a los indicado en el presente anexo.
III. METODOLOGÍA.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” brindarán el servicio de jardinería,
tomando en consideración las funciones específicas y los aspectos
metodológicos que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el
contrato específico correspondiente.
La supervisión por parte de El IMP Región Marina, solicitará mediante la emisión de órdenes de servicio “Formato 3” la realización de los mismos, por lo que, estas, serán emitidas con 15 días naturales previos a la realización de dichos servicios a efecto de que sean prestados con la debida oportunidad, en dichas ordenes serán indicados entre otros datos: La fecha de emisión, fecha de inicio y termino del servicio, monto que arroja la orden de servicio de conformidad con lo cotizado por “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, concepto del servicio a realizar, sección de firmas, así como sección para emitir comentarios u observaciones adicionales. Las órdenes de servicio serán entregadas a “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio personalmente o por medios electrónicos a efecto de que sean atendidas en tiempo y forma.
IV. LINEAMIENTOS GENERALES.
El “SERVICIO” se realizará en el inmueble que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el contrato específico y sus respectivos anexos.
Ubicación del inmueble: Av. Periférica Norte No. 67 esq. Calle 35-B, Colonia San Agustín del Palmar en Ciudad del Carmen, Campeche. La ejecución del “SERVICIO” previsto por el contrato se sujetará a los
siguientes lineamientos:
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán considerar de manera prorrateada en sus precios unitarios de sus ofertas, el precio de todo tipo de acarreos o fletes, así como los insumos.
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“LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán los únicos responsable de los daños que se ocasionen a los bienes del IMP Región Marina a causa de negligencias de su personal y por cualquier otra causa imputable a éste último, por lo que, la reposición por uno igual o de mejores características de materiales, equipos o cualquier otro bien que derive de las causas anteriores correrá por cuenta de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio y sin cargo alguno para el “IMP”. Para la cotización del servicio, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán considerar todos los elementos que intervengan en el desarrollo del mismo como: personal, herramientas, equipos, traslados, etc.
a) Las ofertas que presenten “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán
por el inmueble que se determine en el contrato específico por el
Instituto Mexicano del Petróleo.
Los servicios deberán realizarse conforme a lo siguiente: 1.- MANTENIMIENTO DEL CESPED, QUE INCLUYE: 1.1.- Podado de áreas verdes. Se realizará de manera mensual, primero se debe hacer el retiro de hierbas nocivas de forma manual (obligatorio), antes de iniciar el podado de pasto, para el podado se deberán utilizar tijeras jardineras tales como: tijera recta de jardinero, tijera de una mano de corte y también se deberá utilizar podadora y desbrozadora o cortadora de arbustos, en los lugares en donde sea factible su utilización, en este caso, se deberá procurar que el corte no quede a flor de tierra y podrán utilizarse otros equipos en caso de requerirse. Previo al podado, se deberán eliminar piedras y objetos diversos que pudieran proyectarse, evitando con esto dañar vidrios y/o a las personas, la poda del pasto deberá realizarse en todas las áreas que señale la supervisión del “IMP” las veces que sea necesario, una vez terminado el podado el área deberá entregarse limpia, retirando de manera inmediata de las instalaciones del “IMP” toda la basura y materiales de desecho, producto de los trabajos efectuados usando las herramientas de limpieza de jardín (Palas, carretilla, escoba de plástico y rastreador tipo abanico de plástico “araña). Este concepto incluye: El desorillado perimetral el cual debe realizarse en las áreas de pasto, asi como todos los elementos necesarios para realizar el servicio como materiales, mano de obra, herramientas, equipos y consumibles. Esta actividad deberá realizarse mensualmente y las veces que sea requerido durante ese lapso, aplicando para áreas verdes, jardineras y maceteros.
1.2.- Podado de Bambús. Se realizará de manera trimestral, se deberán podar los bambús con motosierra tipo telescópica, se deberá usar equipo de seguridad para la ejecución de esta actividad se deberá usar andamios y escaleras de tijera, se considerará trabajo de riesgo, por tal motivo, previo al inicio de los trabajos se deberá gestionar el permiso correspondiente de “Autorización de trabajos con riesgo” No. SIG-SST-GT-03-FG-
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02, mediante el “Formato 2” una vez terminado el podado se deberán enderezar y amarrar los bambús con alambre flexible, los bambús cortados se trocearan con machete en tramos pequeños para que puedan ponerse en bolsas, el área deberá entregarse limpia, retirando de manera inmediata de las instalaciones de “EL IMP” toda la basura y materiales de desecho, producto de los trabajos efectuados. Este concepto incluye todos los elementos necesarios para realizar el servicio como materiales, mano de obra, equipos y consumibles.
1.3.- Deshierbe en pisos de concreto y en área de terracería del interior y exterior del edificio sede. El deshierbe en pisos de concreto, área de terracería y orillas de banquetas se efectuara cuantas veces sea necesario de forma manual o mecánica en caso donde sea posible usar algún tipo de herramienta o equipo como desbrozadora y/o machete, debiendo quedar libres de mala hierba y a satisfacción de la supervisión del “IMP”. Esta actividad debera ser prorrateada dentro de los metros cuadrados del mantenimiento de césped como el resto de las actividades de este rubro. 1.3.1.- Deshierbe en andadores y banquetas exteriores: Incluye: Banqueta de Avenida Periférica Norte, banqueta de calle 35-B, banqueta de calle 72 y banqueta de calle 35-A exterior; retiro del material producto del deshierbe fuera del edificio. Se deberá realizar las veces que sean necesarias durante el mes. El área aproximada a tratar es de 350 metros lineales aproximadamente. 1.3.2.- Deshierbe en el interior del edificio: Incluye: Área de estacionamiento de vehículos oficiales, directivos, estacionamiento para discapacitados en fachada principal, explanada en fachada principal, área de estacionamiento de vehículos personal operativo y área colindante entre la malla y la gasolinera retirando la maleza, retiro del material producto del deshierbe fuera del edificio. Se deberá realizar las veces que sean necesarias durante el mes. El área aproximada a tratar es de 300 m2 aproximadamente. 1.4.- Limpieza y Riego. La limpieza y el riego de las áreas verdes deberá realizarse cuando sean necesarias para la conservación y preservación de las mismas, realizar barridos, recolección de hojas y plantas secas, limpieza de hojas en plantas de ornato, eliminación de objetos en maceteros, limpieza de telarañas en maceteros y plantas, incluye el riego de las áreas verdes y maceteros, por lo que, el “PRESTADOR” del servicio deberá traer su equipo completo para riego para ello contara con mangueras de diferentes longitudes, acopladores, abrazaderas, boquillas de riego, llaves, pistola de riego de varios tamaños de chorro, cubetas o cualquier otra herramienta para realizar esta función, dejando las áreas debidamente regadas “saturadas” cada área que se riegue, no se permitirá el riego sin boquillas de aspersión o boquillas en mal estado. Cabe señalar que el agua que se utilice para el riego de las áreas verdes, jardineras, macetas y jardineras será suministrada por el “IMP”. Las áreas verdes, maceteros y jardineras deberán estar libres de maleza o mala hierba, en caso de que ésta se encuentre presente, se deberá retirar las veces que sea necesario, la mala hierba que mate o marchite el pasto o cualquier otra planta existente por falta de limpieza de las áreas verdes, maceteros y jardineras, implicará
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que el “PRESTADOR” del servicio deberá sustituirlo (a) por uno (a) de iguales o mejores características sin que esto implique un costo adicional para el “IMP”, por lo que solo serán aceptados plantas y/o pasto nuevo. Como actividad complementaria a la limpieza de áreas verdes, se incluye la poda, desbotonado y arreglo de jardineras ornamentales en todas las áreas con jardines que existen en el edificio del “IMP”, así como la poda superficial (despunte) de plantas ornamentales y de palmeras las veces que sea necesario, dichas actividades se realizarán manualmente con herramienta y equipo menor adecuado. Para la limpieza en jardineras, se deberá realizar la poda con tijeras jardineras o desbrozadora en su caso, a efecto de eliminar maleza y enredaderas, se procederá a la eliminación de hojas secas de plantas y arbustos, así como realizar el reacomodo de piedras, tezontles o cualquier elemento decorativo que se encuentre mal colocado, una vez terminado el podado el área deberá entregarse limpia, el concepto incluye todos los elementos necesarios para realizar el servicio como materiales, mano de obra, equipos y consumibles, mientras que la limpieza en maceteros se deberán eliminar basuras, arbustos y hojas secas que se encuentren en la maceta o que aún no hayan caído de la planta, se deberá realizar el aflojado de tierra y abono de la misma, en su caso, aplicar nueva tierra. Una vez terminado con lo anterior, el área deberá entregarse limpia, el concepto incluye todos los elementos necesarios para realizar el servicio como materiales, mano de obra, equipos y consumibles. 1.5.- Lavado. Cuando sea necesario, se deberá realizar el lavado con agua jabonosa a las plantas que presenten plaga, de acuerdo a lo siguiente: el lavado deberá ser manual a cada una de las hojas y tronco con agua jabonosa concentrada de detergente en polvo tipo FOCA y alcohol en la proporción que le indique la supervisión del “IMP”. Para la realización de esta actividad se deberá seguir: Paso número uno: Limpiar en seco con cepillo de cerda hasta donde sea posible desprender la plaga existente. Paso numero dos: Humedecer las plantas en tronco y hojas. Paso número tres: Aplicar agua jabonosa concentrada de detergente en polvo tipo FOCA y alcohol; debiendo jabonar con cepillo de cerda tronco y hojas con cuidado para evitar se maltraten. Paso número cuatro: Enjuagar con agua limpia hasta quitar el exceso de jabón, el personal encargado o los encargados de realizar esta actividad deberá usar su equipo de seguridad que aplique, así como uniforme correspondiente, al término de los trabajos se deberá dejar el área de trabajo limpia, retirando de manera inmediata de las instalaciones del “IMP” toda la basura y materiales de desecho, producto de los trabajos efectuados. Se deberá realizar el lavado de las piedras decorativas las veces que se requiera durante el mes para mantenerse limpias, ésta actividad se realizará de forma manual, sumergiéndolas en solución jabonosa y tallándolas hasta que queden limpias, colocándolas nuevamente en el área que les corresponda. Este concepto incluye todos los elementos necesarios para realizar el servicio como materiales, herramientas, mano de obra, equipos y consumibles. 1.6.- Fertilización y fumigación.
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Se realizará de manera mensual, previamente a su aplicación, se deberá presentar a “EL IMP” los datos técnicos, contenido y dosificación a utilizar de los productos propuestos, para su autorización. El tipo de fertilizante ó plaguicida deberá ser el indicado de acuerdo a la variedad de planta y a su requerimiento el cual deberá ser aplicado las veces que sea necesario. Además de los fertilizantes elegidos se propone usar el fertilizante “universal triple” 17, el sulfato de amonio y otros abonos de tipo orgánicos. Antes de la aplicación del fertilizante deberá remover y oxigenar la tierra con el fin de hacer el descompactado y pueda penetrar bien los nutrientes de la fertilización. Aplicar el producto elegido esparciéndolo de manera homogénea en toda el área, después de aplicado se procederá a aplicar un riego abundante, saturando las áreas con agua con la finalidad de que el producto se disuelva inmediatamente (obligatorio). 2.- MANTENIMIENTO DE SETOS Y PLANTAS CON FLORES, QUE INCLUYE LAS ACTIVIDADES DESCRITAS EN LOS NUMERALES 1.4 LIMPIEZA Y RIEGO, 1.5 LAVADO Y 1.6 FERTILIZACIÓN Y FUMIGACIÓN: 2.01.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE TEZONTLE ROJO DE 3”: Servicio de suministro y colocación de tezontle rojo de 3” en saco de 50 kg, el tamaño de las piedras deberá ser de 3” de diámetro en promedio en su lado más largo, se deberá colocar donde lo indique el supervisor del “IMP”, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreos, tendido, nivelación, preparación de la superficie, limpieza de la zona de trabajo, retiro de basura producto de la actividad, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio. 2.02.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE 1 M3 DE TIERRA NEGRA: Servicio de suministro y colocación de tierra negra de buena calidad, para usarse en maceteros, jardineras y jardines o donde lo indique la supervisión del “IMP”, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreos verticales y horizontales, tendido, nivelación, preparación de la superficie, riego de agua, limpieza de la zona de trabajo, retiro de basura producto de la actividad, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio. 2.03.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEDRA DE RIO: Servicio de suministro y colocación de piedra de rio de forma ovalada de 20 cm aproximadamente en su lado más largo, en tramo de metro lineal, se deberá colocar donde lo indique la supervisión del “IMP”, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreos verticales y horizontales, preparación de la superficie, limpieza de la zona de trabajo, retiro de basura producto de la actividad, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio. 2.04.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEDRA BLANCA DE LA REGION DE 1”:
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Servicio de suministro y colocación de piedra blanca de la región de 1” de diámetro en su lado más largo en saco de 50 kg, deberá venir limpia (lavada) y se deberá colocar donde lo indique el supervisor del “IMP”, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreos verticales y horizontales, tendido, nivelación, preparación de la superficie, limpieza de la zona de trabajo, retiro de basura producto de la actividad, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio. 2.05.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO NOCHEBUENA (Euphorbia pulcherrima): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta de ornato tipo nochebuena donde lo indique el supervisor del “IMP”; la planta deberá ser de pétalo grande, flor y follaje abundante, la flor deberá medir al menos 25 cm. de diámetro, color a elegir por la supervisión del “IMP”, en maceta de plástico de 21 cm. de diámetro decoradas en papel metálico sujeto por medio de listón grueso color a escoger por la supervisión, la planta deberá ser de entre 30 a 40 cm aproximadamente deberá estar en buen estado y libre de plagas, las plantas nochebuena tendrán una garantía de por lo menos 30 días a partir de su colocación, la que se seque dentro del tiempo de garantía tendrá que ser repuesta por cuenta del prestador de servicio. El suministro se realizará en la primera semana del mes de diciembre. Para este concepto se considera un solo servicio, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la maceta, de acuerdo a la imagen adjunta con mínimo 5 flores por maceta
2.06.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CROTO PETRA (Codiaeum variegatum): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo croto petra de follaje abundante, de entre 50 a 60 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
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2.07.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO ANTURIO (Anthurium): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo anturio de follaje abundante, color a elegir por la supervisión del “IMP” de entre 40 a 50 cms de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
2.08.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CUNA DE MOISES (Spathiphyllum): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo cuna de moisés de follaje abundante, de entre 40 a 50 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
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2.09.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DRACAENA MARGINATA - MADAGASCAR DRAGON TREE (drácena marginata): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo dracaena marginata-madagascar dragon tree de follaje abundante, de entre 70 a 80 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
2.10.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALMA ARECA (Dypsis lutescens): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo palma areca de follaje abundante, de entre 70 a 80 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
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2.11.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALMA RUBELINA (Phoenix roebelenii): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo palma rubelina de follaje abundante, de tronco de 60 cms de altura + 5 cms de tolerancia, más la altura del follaje ó ramas, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
2.12.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALMA KERPIS (Adonidia merrillii): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo palma kerpis de follaje abundante, de tronco de 2.50 metros de altura + 10 cms de tolerancia, más la altura del follaje ó ramas, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo horizontal y vertical, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
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2.13.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO LLUVIA DE ESTRELLAS y/o TRUENO DE VENUS (Cuphea hyssopifolia.): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo lluvia de estrellas de follaje abundante, de entre 10 a 15 cms de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas, color a elegir por la supervisión, incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa o maceta de vivero.
2.14.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DURANTA VERDE (Duranta repens): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo duranta verde de follaje abundante, de entre 15 a 20 cms de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
No. IA-018T0O004-E176-2019
2.15.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DURANTA ROJA (Duranta repens): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo durante roja de follaje abundante, de entre 15 a 20 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
2.16.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CORDELYN (cordyline fruticosa): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo Cordyline fruticosa roja de follaje abundante, de entre 60 a 65 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
Altura=15 a 20
cm
No. IA-018T0O004-E176-2019
2.17.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO TULIPAN (hibiscus koeniger): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo tulipán de follaje abundante, color a elegir por la supervisión del “IMP” de entre 30 a 35 cm de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa de vivero o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
2.18.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO TULIPAN DE FLOR SENCILLA (hibiscus malvaceae): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo tulipan de follaje abundante, color a elegir por la supervisión del “IMP” de entre 30 a 35 cms de altura aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. La altura de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa o maceta de vivero, de acuerdo a la imagen adjunta.
No. IA-018T0O004-E176-2019
Para todos los casos anteriores se deberán sustituir las plantas que indique la supervisión del “IMP” cuando lo considere necesario, mediante la emisión de la orden de servicio correspondiente. 2.19.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO MAÑANITAS DE FLOR REPOLLADA (Portulaca grandiflora): Servicio de suministro y colocación de pieza de planta tipo mañanitas de flor repollada, de follaje abundante, color a elegir por la supervisión del “IMP” de entre 10 a 15 cms de largo los tallos aproximadamente, la planta deberá estar en buen estado y libre de plagas incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreo, siembra, limpieza de la zona de trabajo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio. El tamaño de la planta se considerará a partir de donde termina la tierra en la parte superior de la bolsa o maceta de vivero, se adjunta imagen.
2.20.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE METRO CUADRADO DE PASTO AMERICANO: Servicio de suministro y colocación de metro cuadrado de pasto americano donde lo indique el supervisor del “IMP”, deberá venir limpio, sin plaga y en buen estado incluye: Suministro y siembra, mano de obra, herramienta, equipo, acarreo, limpieza de la zona de trabajo, llevar residuos generados por la actividad fuera de las instalaciones del IMP con cargo y costo del prestador del servicio bajo la responsabilidad del mismo y todo lo necesario para la realización del servicio, hasta la conclusión de la actividad. Debiendo el prestador del servicio retirar si se requiere el pasto seco, aflojando la tierra con pala antes de colocar el nuevo pasto y nivelar el terreno con tierra negra, el prestador del servicio debe considerar el mantenimiento y cuidado continuo durante 30 días naturales. (riego obligatorio). 3. PODA DE ARBOLES (NO APLICA).
No. IA-018T0O004-E176-2019
4. MANTENIMIENTO DE MACETAS, MACETONES Y JARDINERAS, QUE INCLUYE: 4.1.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE MACETERO DE FIBRA DE VIDRIO TIPO CONO: Servicio de suministro y colocación de pieza de macetero 100% de fibra de vidrio acabado mate en color a elegir por la supervisión del “IMP” con las siguientes medidas: Diámetro de base 36 cm, diámetro de boca de 60 cm y altura de 60 cm incluye: Mano de obra, material, acarreo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio, de acuerdo a la imagen adjunta
4.2.- SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE MACETERO DE
FIBRA DE VIDRIO TIPO RECTANGULAR. Servicio de suministro y colocación de pieza de macetero 100% de fibra de vidrio acabado mate en color a elegir por la supervisión del IMP con medidas de largo 100 cm, base y boca de 30 cm con altura de 60 cm incluye: Mano de obra, material, acarreo y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio, de acuerdo a la imagen adjunta.
4.3.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO O DE PLASTICO: El servicio de suministro y consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.33 a 0.38 metros de altura aproximadamente con perímetro máximo de 1.30 metros, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex,
No. IA-018T0O004-E176-2019
aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”. 4.4.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO: El servicio de suministro consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.26 a 0.30 metros de altura aproximadamente con perímetro máximo de 1.18 metros, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por el supervisor del “IMP”. 4.5.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO: El servicio de suministro y consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.61 metros de altura aproximadamente perímetro máximo de 2.60 metros, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”, remover tierra existente en los casos que se requiera. 4.6.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO: El servicio de suministro y consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.76 metros de altura aproximadamente perímetro máximo de 2.20 metros, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”, remover tierra existente en los casos que se requiera. 4.7.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO: El servicio de suministro consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.22 a 0.27 metros de altura aproximadamente perímetro máximo de 1.00 metro, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”, remover tierra existente en los casos que se requiera. 4.8.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO O DE PLASTICO: El servicio de suministro consistirá en el raspado manual del material existente (pintura) a base de espátula o cepillo de alambre y pintado de piezas de maceteros con medidas aproximadas de 0.10 a 0.17 metros de altura aproximadamente perímetro máximo de 0.66 metros, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”, remover tierra existente en los casos que se requiera. 4.9.-SERVICIO DE HABILITADO DE JARDINERA: El servicio de habilitado de jardinera consistirá en la perforación de 15 agujeros de 40 x 40 cm. en piso de concreto armado de 10 cm de espesor armado con doble emparrillado de varilla de ½ “ de diámetro colocada cada 10 cm en ambos sentidos, la perforación deberá hacerse mediante herramienta manual y mecánica, utilizando martillo neumático, el emparrillado no deberá cortarse, y se le debe aplicar a este emparrillado de varilla en este concepto previa limpieza dos manos de primario
No. IA-018T0O004-E176-2019
anticorrosivo y 2 manos de pintura de esmalte anticorrosivo, color a elegir por la supervisión, se deberá dejar listo terreno de la perforación para rellenar con tierra incluye: Mano de obra, material, herramienta, acarreos verticales y horizontales, limpieza de la zona de trabajo, retiro de escombro producto de la actividad, con cargo, costo y responsabilidad total del prestador del servicio y todo lo necesario para la correcta ejecución del servicio. 4.10.- SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE GUARNICIÓN DE JARDINERA CIRCULAR. El servicio de raspado y pintado de guarnición de jardinera circular de 1.47 metros de diámetro exterior, y 1.15 metros de diámetro inferior, 17 cm de altura y 17 cm de ancho en la parte superior, consistirá en el raspado manual de la pintura existente a base de espátula o cepillo de alambre, y posteriormente pintado de la jardinera circular, se deberá aplicar sellador 5 x 1 tipo Comex, aplicación de pintura de esmalte tipo Comex color mate a elegir por la supervisión del “IMP”, remover tierra existente en los casos que se requiera, incluye material.
4.11.- SERVICIO DE BARNIZADO Y PINTADO DE JARDINERA DE FIGURA DE FLOR DE 4 PETALOS. El servicio consistirá en barnizar 9.36 m2 de superficie de concreto estampado de la jardinera de figura de flor de 4 pétalos, pintar franja de 5 cm de ancho x 24.03 metros de largo en borde perimetral de color blanco con pintura de esmalte mate, se deberá limpiar y preparar la superficie, aplicar barniz transparente en los pétalos, incluye materiales, pintura y barniz.
No. IA-018T0O004-E176-2019
b) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar a cabo, la recolección de subproductos
vegetales, cada que se generen como consecuencia de los trabajos ejecutados, realizando
la disposición adecuada de los mismos, conforme a lo establecido en la Ley de Residuos
Sólidos de la Ciudad de México, o las disposiciones normativas correlativas en otras
Entidades Federativas, por lo que “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán proporcionar el
material necesario para la correcta separación de los desechos sólidos como se señala en
dichas disposiciones y no podrán mezclar estos residuos, con los que se generan en cada
inmueble, conforme a lo establecido en los contratos específicos.
Queda absolutamente prohibido dejar basura (pasto, ramas, tierra, hojas, etc.) o cualquier material que resulte de la prestación del servicio en cualquier área del interior del IMP Región Marina, como áreas jardinadas, banquetas, andadores, estacionamientos, accesos, entre otros sitios. Asimismo queda absolutamente prohibido dejar basura en las banquetas perimetrales del IMP Región Marina o en calles perimetrales al IMP Región Marina. El incumplimiento de esta condición será motivo de aplicación de la deducción correspondiente.
c) “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán contar con todos los
materiales, herramientas, equipo, sustratos y productos necesarios,
para la conservación de las áreas verdes, proporcionando el
“SERVICIO” de acuerdo a las necesidades requeridas en los
contratos específicos; los cuales deberán estar considerados en el
monto total por servicio requerido.
Todas las herramientas, equipos, insumos y utensilios que proporcionarán “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, deberán ser adecuados y en cantidades suficientes para la realización del servicio, mismo que deberá permitir la continuidad del servicio y que no se vea interrumpido por falta de esta, o por su uso inadecuado Todos los materiales a utilizar para la realización del servicio deberán ser los adecuados y aptos para tal fin, por lo que, el supervisor del IMP Región Marina realizará las verificaciones de los mismos para su aceptación y posterior aplicación. No serán aceptados materiales que no cumplan con lo solicitado, por lo que tendrán que ser repuestos y sin cargo alguno para EL IMP Región Marina. “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán responder por los desperfectos o daños que
llegaran a provocar en mobiliario, equipo, instalaciones y robos comprobados que sus
empleados ocasionen, en un plazo no mayor de 15 días naturales a partir de la fecha en que
ocurra. Para ello deberá contar con una póliza de responsabilidad civil con una suma asegurada
de $ 200, 000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 MN).
d) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que al arribo
de los materiales darán aviso a la persona que designe el Instituto
Mexicano del Petróleo, para su previa revisión y verificación de
No. IA-018T0O004-E176-2019
características que garanticen la calidad y estado fitosanitario libre
de patógenos, y/o cantidad, antes de ser almacenados o utilizados,
indicando en el documento de recepción que la entrega cumplió con
los estándares de calidad requeridos.
e) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar el registro de
entradas de material de manera eficiente y organizada (por
primeras entradas, primeras salidas, flamabilidad, así como el grado
de toxicidad establecido en el Catálogo Oficial de Plaguicidas
publicado por la Comisión Federal para la Protección contra
Riesgos Sanitarios -COFEPRIS-), así mismo deberá contar con un
resumen de las áreas o lugares donde fueron aplicados dichos
productos, así como las dosis suministradas; este resumen podrá
ser requerido por el Instituto Mexicano del Petróleo en cualquier
momento, si así se considera conveniente.
f) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán responsables de realizar el
“SERVICIO” de acuerdo a las actividades establecidas en los
contratos específicos y sus respectivos anexos, en función a las
características del inmueble.
Croquis de las áreas consideradas para realizar en el servicio:
JARDIN EXTERIOR, FACHADA PRINCIPAL, AREA DE TRIANGULO
No. IA-018T0O004-E176-2019
g) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben contar con recursos
financieros, humanos y materiales suficientes para el cumplimiento
del “SERVICIO”, objeto del contrato específico.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a su oferta copia simple de la última
declaración fiscal anual 2018 del impuesto sobre la renta (ISR), y la última declaración
provisional 2019 presentada ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para
comprobar que sus ingresos son equivalentes al menos el 20% del monto de su oferta.
h) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán el “SERVICIO” de acuerdo a las
actividades y frecuencias establecidas en los contratos específicos y sus respectivos
anexos. (en donde indicará la calendarización del “SERVICIO” por inmueble y volumetría).
Programa General del Servicio Integral de Jardinería para el IMP Región Marina
durante el periodo del 01 de octubre de 2019 al 31 de diciembre de 2020:
SUP. APROXIMADA: 371.60 M2
No. IA-018T0O004-E176-2019
No
.
Tipo de servicio Unida
d
Cantida
d total a
realizar
en el
contrat
o
Cantidad
a realizar
en 2019
Cantidad
a realizar
en 2020
1 Mantenimiento del césped
M2. 1,800.0 360.0 1440.0
2 Mantenimiento de setos y plantas con flores
M2 3,450.0 690.0 2,760.0
3 Poda de árboles M2 0 0 0
4 Mantenimiento de macetas, macetones y jardineras.
Pieza 150 30 120
CALENDARIZACION Y VOLUMETRIA
No. CONCEPTO UNIDAD
CANTIDA
D
TOTAL
PARA EL
CONTRA
TO
CANTID
AD
PARA
2019
CANTIDAD
PARA 2020
1 MANTENIMIENTO DEL CESPED
1.1
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO CONSISTENTE EN PODA DE AREAS VERDES, PODA DE BAMBUS, FERTILIZACION DE PLANTAS, LIMPIEZA, RIEGO, TAL COMO SE INDICA EN LOS NUMERALES 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5 Y 1.6 DEL PRESENTE ANEXO .
SERVICIO MENSUAL
16 4 12
2
MANTENIMIENTO DE SETOS Y PLANTAS CON FLORES
2.01 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE TEZONTLE ROJO DE 3” EN SACO DE 50 KG INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 55 40 15
2.02 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE 1 M3 DE TIERRA NEGRA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 25 25 0
2.03
SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEDRA DE RIO DE FORMA OVALADA DE 20 CM APROXIMADAMENTE EN SU LADO MAS LARGO, EN TRAMO DE METRO LINEAL INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 33 33 0
2.04
SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEDRA BLANCA DE LA REGION DE 1” DE DIAMETRO EN SU LADO MAS LARGO, EN SACOS DE 50 KG. INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 55 35 20
2.05 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO NOCHEBUENA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 90 45 45
2.06 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CROTO PETRA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 12 6 6
2.07 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO ANTURIO, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 4 2 2
No. IA-018T0O004-E176-2019
2.08 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CUNA DE MOISES, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 6 4 2
2.09 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DRACAENA MARGINATA - MADAGASCAR DRAGON TREE, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 8 5 3
2.10 SERSERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALPALMA ARECA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 10 10 0
2.11 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALMA RUBELINA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 4 2 2
2.12 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO PALMA KERPIS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 5
3 2
2.13 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO LLUVIA DE ESTRELLAS y/o TRUENO DE VENUS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 30 20 10
2.14 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DURANTA VERDE, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 20 10 10
2.15 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO DURANTA ROJA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 20 10 10
2.16 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO CORDELYN (cordyline fruticosa), TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 15 10 5
2.17 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO HIBISCUS KOENIGER (TULIPAN), INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 10 5 5
2.18 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO HIBISCUS MALVACEAE DE FLOR SENCILLA (TULIPAN), INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 15 10 5
2.19 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE PIEZA DE PLANTA TIPO MAÑANITA DE FLOR REPOLLADA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 120 60 60
2.20 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE METRO CUADRADO DE PASTO AMERICANO, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 130 85 45
3
PODA DE ARBOLES (NO APLICA) SERVICIO 0 0 0
4
MANTENIMIENTO DE MACETAS, MACETONES Y JARDINERAS.
4.1 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE MACETERO DE FIBRA DE VIDRIO TIPO CONO 60 CM DE ALTURA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 8 6 2
4.2 SERVICIO DE SUMINISTRO Y COLOCACION DE MACETERO DE FIBRA DE VIDRIO TIPO RECTANGULAR DE 60 CM DE ALTURA, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 8 6 2
4.3
SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO O DE PLASTICO DE 0.33 A 0.38 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE CON PERIMETRO MAXIMO DE 1.30 METROS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 22 11 11
4.4
SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO DE 0.26 A 0.30 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE CON PERIMETRO MAXIMO DE 1.18 METROS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 14 7 7
4.5
SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO, DE 0.61 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE PERIMETRO MAXIMO DE 2.60 METROS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 34 11 23
No. IA-018T0O004-E176-2019
4.6
SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO, DE 0.76 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE PERIMETRO MAXIMO DE 2.20 METROS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 8 4 4
4.7
SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO, DE 0.22 A 0.27 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE PERIMETRO MAXIMO DE 1.00 METRO, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 6 3 3
4.8
SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE PIEZA DE MACETERO DE BARRO O PLASTICO, DE 0.10 A 0.17 METROS DE ALTURA APROXIMADAMENTE PERIMETRO MAXIMO DE 0.66 METROS, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 8 4 4
4.9 SERVICIO DE HABILITADO DE JARDINERA, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 1 1 0
4.10 SERVICIO DE RASPADO Y PINTADO DE GUARNICIÓN DE 1 JARDINERA CIRCULAR, INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 6 2 4
4.11 SERVICIO DE BARNIZADO Y PINTADO DE JARDINERA DE 1 FIGURA DE FLOR DE 4 PETALOS INCLUYE MATERIAL, TAL COMO SE INDICA EN EL PRESENTE ANEXO.
SERVICIO 2 1 1
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán prorratear el precio de todos los conceptos y
volumetrias con las frecuencias de aplicación en el precio por metro cuadrado mensual o en su
caso pieza que realicen en su oferta en el rubro que corresponda, ya sea 1) Mantenimiento de
Cesped, 2) Mantenimiento de Setos o plantas con flores o 4) Mantenimiento de Macetas,
Macetones y Jardineras. Cuando alguno de los servicios programados no pudiera efectuarse total o parcialmente de acuerdo a lo programado por causa imputable al “IMP Región Marina, el supervisor de este último dará aviso al “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio con la debida anticipación para que la actividad o la conclusión de la misma pueda ser reprogramada.
i) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán realizar las
actividades de fumigación, en áreas verdes interiores y exteriores,
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que los
plaguicidas que se apliquen estén inscritos en el Catálogo de
Plaguicidas de la COFEPRIS y debidamente registrados ante la
Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso, Uso de
Plaguicidas y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST); así mismo,
deberán estar etiquetados conforme a la regulación vigente y
aplicable y no estar caducados.
j) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a responder
por las reclamaciones ante cualquier autoridad sanitaria, cuando por
la realización de las labores de fumigación en áreas verdes interiores
y exteriores, jardines, jardineras, arriates, camellones y macetones,
o bien por negligencia del personal a su cargo, pudieran derivarse
afectaciones a la salud.
No. IA-018T0O004-E176-2019
k) Los productos y equipos que utilicen “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” para la prestación del “SERVICIO”, deberán
cumplir como mínimo con las siguientes normas:
Número de Norma Descripción de la Norma
NOM-017-STPS-2008 Equipo de protección personal-Selección, uso y
manejo en los centros de trabajo.
NOM-232-SSA1-2009 Plaguicidas: que establece los requisitos del
envase, embalaje y etiquetado de productos grado
técnico y para uso agrícola, forestal. Pecuario,
jardinería, urbano, industrial y doméstico.
NOM-003-STPS-1999 Actividades agrícolas – uso de insumos
fitosanitarios o plaguicidas e insumos de nutrición
vegetal o fertilizantes – condiciones de seguridad e
higiene.
NOM-009-STPS-2011 Condiciones de seguridad para realizar trabajos de
altura.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a cumplir las demás normas
que resulten aplicables a la prestación del “SERVICIO”.
Las DEPENDENCIAS o ENTIDADES no podrán establecer Normas Oficiales Mexicanas, Normas
Mexicanas según proceda y a falta de estas las Normas Internacionales, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso las
Normas de Referencia o Especificaciones a que se refiere el artículo 67 de esta Ley, que limiten la
participación de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”.
l) El “SERVICIO” será supervisado por el personal que designe el Instituto Mexicano del Petróleo.
El servidor público facultado para recibir los servicios será la Ing. Onelia García Roque, email: [email protected], número telefónico (938) 38-120-82, quien será responsable de aceptarlo o rechazarlo, de determinar los incumplimientos y determinar las penas convencionales y deductivas a que hubiera lugar y la Arq. Nelly Maria Cantoral Dominguez será la responsable de la administración del servicio y de la autorización de las facturas correspondientes.
m) La DEPENDENCIA o ENTIDAD establecerá en los contratos
específicos y sus respectivos anexos, las actividades y frecuencias
en función a las necesidades de operación del inmueble.
Una vez finalizada una orden de servicio y sea aceptada de conformidad por parte del supervisor del “IMP”, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, deberán recopilar una copia de la misma con firma del supervisor del IMP Región Marina, la cual servirá de constancia de la ejecución de los trabajos y de soporte para la facturación correspondiente.
No. IA-018T0O004-E176-2019
n) Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma
oficial entre la DEPENDENCIA o ENTIDAD y “LOS POSIBLES
PROVEEDORES”,convocándose con al menos una semana de
anticipación.
o) “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados durante la
vigencia del “SERVICIO”, a cumplir con la inscripción y pago de
cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que
brinde el “SERVICIO” en el inmueble. Para verificar su cumplimiento
deberá entregar bimestralmente al Instituto Mexicano del Petróleo, el
comprobante de las cuotas obrero patronales, en caso de no
presentar el documento, se aplicarán las penas establecidas en los
contratos específicos.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán entregar al Supervisor del “IMP” al inicio del contrato, relación del personal que atenderá el servicio, proporcionando copia de su alta ante el IMSS, o la documentación comprobatoria de que tiene afiliación vigente. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, como patrón del personal que ocupa para la prestación del servicio, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social y responderá todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra, o en contra del “IMP”, ya que éste no será considerado como patrón sustituto en relación con el servicio contratado. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberá cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que realizará el servicio; por lo cual, durante la vigencia del contrato entregará al supervisor del “IMP” bimestralmente copia del comprobante de pago de cuotas al IMSS, INFONAVIT y la cédula de determinación de cuotas o cualquier otro documento que debe estar a nombre del “PRESTADOR” del servicio que permita comprobar el cumplimiento de esta obligación. El incumplimiento de ésta obligación ocasionará deducciones al pago según lo indicado en el numeral V del presente anexo, por cada día que el personal haya prestado los servicios sin estar asegurado.
V. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El “SERVICIO” objeto de los contratos específicos se prestará en el
inmueble que indique el Instituto Mexicano del Petróleo, ubicado en Av.
Periférica Norte No. 67 esq. Calle 35-B, Colonia San Agustín del Palmar en
Ciudad del Carmen, Campeche
El horario para la realización del “SERVICIO”, de manera general será de lunes a domingo en un horario
aproximado de las 06:00 a las 21:00 horas, quedando detallado en los contratos específicos y sus
respectivos anexos.
No. IA-018T0O004-E176-2019
El IMP se reserva el derecho de aceptar o rechazar a cualquier persona que labore con el prestador del servicio, incluyendo al supervisor del mismo, quien sea causa de conflictos laborales o de cualquier índole que afecte la calidad, oportunidad y el desarrollo del servicio. En este caso se le informará al prestador del servicio y se le solicitará su reemplazo. El horario para desarrollar los servicios en las instalaciones dependerá de las actividades a desarrollar indicadas en la orden de servicio, y se acotará de las 8:00 a las 14:00 horas de lunes a viernes, y en caso de requerirse algúna actividad específica en día inhábil se programará con anticipación.
PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES
En caso de presentar atrasos con relación a las fechas de inicio del servicio o de entregas pactadas en la orden de servicio, generará una penalización equivalente al 1% del importe indicado en la orden de servicio, lo anterior por cada día natural de atraso hasta en tanto se cumpla con el servicio requerido y sea aceptado por el supervisor del IMP Región Marina.
Por otra parte, en caso de que los servicios prestados no cumplan con las condiciones establecidas ó por una mala, deficiente o incorrecta ejecución de los mismos, el “PRESTADOR” del servicio deberá repetir dicho servicio en la nueva fecha que le sea indicada por el supervisor del IMP, lo cual no generará cargo adicional para este último; no será aceptado servicio alguno hasta en tanto se cumplan dichas condiciones, por lo anterior, se aplicará una deducción al pago equivalente al 1% del importe indicado en la orden de servicio. La sumatoria de ambos conceptos no deberá exceder del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, en caso de exceder el porcentaje referido se podrá iniciar el procedimiento de rescisión del CONTRATO O PEDIDO, de conformidad con lo estipulado en la Ley y su Reglamento.
El área contratante deberá recibir un documento del área requirente donde se le comunique la pena ó deducción por aplicar. Una vez que el área contratante cuente con este documento generará el cálculo correspondiente y le solicitará mediante correo electrónico a “LOS POSIBLES PROVEEDORES” que deberán firmar el documento de aceptación del cálculo.
VI. CONDICIONES SOCIALES.
"LOS POSIBLES PROVEEDORES" estarán obligados a cumplir con las
siguientes condiciones respecto al personal que utilicen para la prestación
del “SERVICIO”:
1. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida cualquier forma
de violencia física o verbal, así como la intimidación y el hostigamiento.
2. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma
de violencia, el acoso y el hostigamiento sexual.
3. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás
obligaciones de índole laboral.
No. IA-018T0O004-E176-2019
"LOS POSIBLES PROVEEDORES" tienen expresamente prohibido
respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:
1. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico, religión, orientación
sexual, fisonomía o discapacidad física.
2. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que
menoscaben la libertad de su personal como el pago de
depósitos, la retención de documentos, la firma anticipada de
su renuncia o la práctica de pruebas de embarazo, así como
el despido por esta causa.
VII. REQUERIMIENTOS.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del
“SERVICIO” de acuerdo a los siguientes términos:
VII 1. CALIDAD EN EL SERVICIO.
Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, mantener la
calidad del “SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos
específicos y sus respectivos anexos.
El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el personal que efectué éste,
como para los usuarios que se encuentren en el inmueble.
No. IA-018T0O004-E176-2019
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal
especializado en el ramo, así como herramientas, maquinaria, vehículos y
equipos adecuados para el ”SERVICIO” requerido, a fin de garantizar
que se proporciona con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para
tal efecto, quedando obligado a realizarlo a entera satisfacción del Instituto
Mexicano del Petróleo.
El “IMP” no permitirá la subcontratación del servicio.
VII 2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal
necesario que le permita prestar el “SERVICIO” conforme a lo
establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos, siendo
éstos los siguientes:
“LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán contar con un Responsable de
grupo de trabajo, el cual será el enlace con el “IMP”, por lo que deberá contar con
facultades suficientes para ejercer funciones como las de resolver problemas y
requerimientos que se presenten durante la prestación del servicio, recibir y atender
ordenes de servicio, vigilar que el servicio se preste de conformidad con lo indicado
en el presente anexo, para lo cual, deberá contar con la experiencia en la prestación
de servicios como los solicitados en las presentes bases, para lo cual deberá
adjuntar previo a la firma del contrato currículum vitae de dicho Responsable, en el
que deberá incluir copias de diplomas o constancias que así lo avalen, y tener grado
académico como mínimo de bachillerato terminado por lo que deberá anexar copia
del certificado expedido y/o avalado por la Secretaría de Educación Pública.
El personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, deberá conducirse
en forma amable y respetuosa con los empleados y visitantes, de igual forma,
deberán contar con la experiencia en manejo y mantenimiento de plantas, áreas
verdes, poda y todo lo relacionado con servicio de jardinería. El IMP Región Marina
podrá solicitar que se sustituya dicho Responsable de Grupo de Trabajo en caso
que sea necesario.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio determinaran la cantidad de
personal que se requerirá para la prestación del servicio en las instalaciones del
“IMP”.
Dentro del personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, deberá
considerarse a una persona que fungirá como jardinero, el cual deberá ser apto y
No. IA-018T0O004-E176-2019
contar con la experiencia en realizar dichas actividades, quien diariamente se
encargará de realizar las labores del servicio.
El IMP se reserva el derecho de pedir que se sustituya el elemento que no cumpla
ejecutando los trabajos con la calidad necesaria.
DICTAMINADOR DE ARBOLADO
Se requieren personas con experiencia en podas, derribos y
trasplantes de árboles, que demuestren su especialidad con certificado
vigente con la especialidad de “Dictaminador de Arbolado”, expedido
por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México, por la
autoridad competente de la localidad correspondiente o sus correlativas
en las Entidades Federativas. (no aplica para el IMP Región Marina).
JARDINEROS Y/O PODADORES
Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”,
establecer la cantidad de jardineros y/o podadores necesarios para
atender de manera eficiente y oportuna el Programa de Trabajo que
establezca el Instituto Mexicano del Petróleo.
VII 3.PROPUESTA DE TRABAJO.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas al
Instituto Mexicano del Petróleo, su metodología, programa de trabajo y
organigrama (administrativo y operativo) que permita garantizar la
prestación del “SERVICIO”.
VII.4 MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTAS Y VEHÍCULOS.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas al
Instituto Mexicano del Petróleo, la relación de la maquinaria, equipo,
herramientas y vehículos en óptimas condiciones de uso, con los que
garantizará la prestación del “SERVICIO”.
VII.5 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a garantizar que el personal portará en todo momento el
uniforme de trabajo de acuerdo a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos,
mismo que llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”; a fin
de que puedan ser identificados.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio deberán proporcionar a su personal, uniforme completo, en buen estado, limpio y presentable, nombre y logotipo impreso de la empresa en lugar visible, zapatos de seguridad, casco de seguridad, credencial que lo acredite como personal de la empresa, así como el equipo de seguridad necesario y adecuado para el desempeño de sus actividades, de igual manera, deberá contar con la herramienta y el equipo de trabajo apropiado y completo para realizar el servicio. El personal operativo debe portar el uniforme en forma obligatoria, durante todo el tiempo de permanencia dentro de las instalaciones de este Instituto.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” estarán obligados a otorgar a su
personal un gafete de identificación plastificado o con enmicado térmico,
el cual deberá portar durante su estancia en el inmueble, en caso contrario
a dicho personal se le podrá negar el acceso. Los gafetes deberán cumplir
de forma mínima con los siguientes requisitos: logotipo y nombre de “LOS
POSIBLES PROVEEDORES”; nombre del trabajador y fotografía reciente.
VII 6. ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” instruirán a su personal para que guarden
la debida disciplina y orden durante la prestación del “SERVICIO”, acatando
las normas de seguridad aplicables en el inmueble del Instituto Mexicano del
Petróleo.
VII.6.1.- “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deben entregar al supervisor del servicio por
parte del IMP Región Marina previo al inicio de servicio la carpeta con la documentación soporte
de cumplimiento con lo establecido en los numerales del formato SIG-SST-GT-03-FG-01 del
Sistema Integral de Gestión denominado “listado de requisitos de seguridad, salud ocupacional y
protección ambiental, que deben cumplir las y los contratistas o proveedores (as)” (se adjunta); los
numerales de éste formato se encuentran descritos en la Guía Técnica para el Control de
Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental
SIG-SST-GT-03 (se adjunta documento), los cuales deberán considerarse para la presentación de
su proposición.
VII.6.2.- “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben entregar previo a la firma del contrato carta
compromiso (se adjunta modelo de carta compromiso) debidamente requisitada y firmada en la
que manifiesten que cumplirán con los requisitos de seguridad, salud en el trabajo y protección
ambiental para las compañías contratistas y proveedores del IMP, indicados en el formato SIG-
SST-GT-03-FG-01. "Formato 2", deberán copiar en su hoja membretada el texto completo y
firmar.
El personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, deberá registrar
su ingreso a las instalaciones del “IMP”, el cual se hará por la entrada principal
del edificio ubicado sobre Av. Periférica Norte No. 67, Ciudad del Carmen,
Campeche, de igual forma, deberá registrar su salida al término de sus
actividades encomendadas.
El personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio, si así fuese el caso, deberá participar, en la planeación y realización de los simulacros de emergencia que el Instituto Mexicano del Petróleo establezca, a efecto de sensibilizarse en las acciones a realizar durante las situaciones que para este efecto se realicen, el supervisor del servicio del IMP Región Marina, dará las indicaciones correspondientes. No será permitido el acceso a las instalaciones del IMP Región Marina al personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio cuando: Se encuentre con aliento alcohólico, bajo el efectos de drogas o cualquier enervante o sustancias ilícitas, con arma de fuego, las herramientas punzocortantes sólo podrán ingresarse a las instalaciones con la autorización del supervisor del IMP Región Marina, siempre y cuando esté plenamente justificada su utilización.
VII.7 RESPONSABILIDAD LABORAL.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán anexar a sus ofertas un manifiesto de que el personal que
realice las tareas relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará bajo su responsabilidad única y
directa, por lo tanto, en ningún momento se considerará al Instituto Mexicano del Petróleo, como patrón
sustituto o solidario, pues el IMP no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y
consecuentemente, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a liberar al Instituto Mexicano del
Petróleo de cualquier responsabilidad laboral o civil, obligándose éstos a garantizar el pago de las
prestaciones laborales y de seguridad social para sus empleados.
Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán indicar en el
manifiesto mencionado en el párrafo anterior, que asumirán la
responsabilidad en materia de seguridad social referente a sus trabajadores
y/o a las que haya lugar, en caso de que alguno de éstos sufra un accidente,
enfermedad o riesgo de trabajo.
En caso de que el personal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio resulte con alguna lesión producto de accidentes ó incidentes durante la ejecución del servicio o en su caso, provoquen daños a las instalaciones o bienes del IMP Región Marina, será el responsable de la atención médica y/o reparación sin cargo alguno para el IMP Región Marina y deberán ser reportados al supervisor del servicio de este último.
El IMP Región Marina no tendrá ninguna responsabilidad laboral en caso de accidentes
de trabajo del personal del “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio por lo que
éste último aceptará toda obligación derivada de sus actividades y las de su personal
para la realización del servicio durante la vigencia del contrato correspondiente.
FORMATO 1 Autorización de trabajos con riesgo.
Folio:
horas
Clave Extensión Firma
Residente de Obra del IMP (Área
contratante) o responsable de la área
de trabajo del IMP
Supervisor responsable de la compañía
contratista y/o empresa prestadora de
servicios:
Firma
Responsable del área de trabajo donde
se realizará la actividad
Nombre de la compañía contratista
solicitante:
Nombre del trabajador que realizará el
trabajo:Firma: Clave:
Horario autorizado:
Si NoResultado
en %
Notas:
Responsable de Seguridad.
Hora de recepción de la solicitud:
Nombre y Firma
Compañia contratista
Observaciones:
Cualquier emergencia
reporta a extensión:
día mes año
FirmaNombre
Después del horario normal de labores, fines de semana y días festivos, la supervisión en materia de seguridad de los trabajos será
responsabilidad del residente del IMP que los autoriza.
Cualquier variación en las condiciones bajo las que se autoriza este trabajo cancelarán esta autorización, debiendo suspender de
inmediato el trabajo, siendo responsable el ejecutante del mismo de los daños que se puedan ocasionar a las personas o bienes de la
Institución.
Resultado de la Prueba de
Explosividad
Nombre
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEODIRECCIÓN DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN
Autorización de Trabajos con Riesgo
Requisitos a cumplir por el supervisor de la compañía contratista para la ejecución de las actividades:
TrabajoDescripción del trabajo (detallar la
actividad) y el equipo o herramienta a
util izar: Equipos y herramientas
Lugar donde se efectuará el trabajo:
Nombre
PARA SER LLENADO POR PERSONAL DE SEGURIDAD, HIGIENE, PROTECCIÓN CIVIL Y AMBIENTAL
Edificio:
La compañia contratista solicitante informa que el personal a su cargo cuenta y usa el
Equipo Básico de Protección Personal como es: es zapatos de seguridad c/casquillo,
lentes de seguridad, guantes, overol/Pantalón y camisola 100% algodón y casco, para
realizar estas actividades, así como el EPP especifico para realizar otros trabajos
como es: mascarilla, orejeras, arnes, línea de vida, etc.
Cuenta con el EPP básico: (SI) (NO),
Valido por el día: / /
Nivel:
Cubículo:
Hora de inicio Hora de término
Área abierta (especifíque):
Eje Centra l Lázaro Cárdenas Norte 152, Col . San Bartolo Atepehuacan. Del . Gustavo A. Madero, Ciudad de México, C. P. 07730
Copia: Compañía contratistaOriginal: Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo
REV. 01 SIG-SST-GT-03-FG-02
FORMATO 2
CARTA COMPROMISO
Lugar a día de mes de año. Instituto Mexicano del Petróleo
Asunto: Carta compromiso. Por medio de la presente manifiesto que daremos cumplimiento de los requisitos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental para las compañías contratistas y proveedores del IMP, indicados en el formato SIG-SST-GT-03-FG-01, para el servicio integral de jardinería en las instalaciones que ocupa el edificio sede ubicado en Av. Periférica Norte No. 67 esq. Calle 35-B, Colonia San Agustín del Palmar en Ciudad del Carmen, Campeche.
Atentamente
Nombre y firma indicando cargo de la o el Representante legal de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”.
Nota: Elaborar en papel membretado de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”.
Fin de texto.
FORMATO 3 ORDEN DE SERVICIO
Instituto Mexicano del Petróleo Unidad de Administración Marina
No.- Contrato:
ORDEN DE SERVICIO Concepto: Solicitante por el IMP:
Domicilio donde se prestará el servicio: A).- B).-
Orden de servicio: No. Fecha de emisión: Cantidad de servicios solicitados en esta orden: Fecha compromiso de entrega:
Monto contratado de esta orden de servicio: No.
Concepto Unidad Cantidad P.U. Importe
Importe total
Descripción del servicio:
Firma del Solicitante por del EL IMP Fecha:
Nombre y Firma de recepción de la
orden del servicio por parte de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del
servicio. Fecha:
Vo. Bo. Aceptación Fecha de recepción del servicio: Nombre y firma del supervisor del IMP:
Entrega por el Prestador del Servicio Fecha de entrega del servicio: Nombre y firma del Responsable del
grupo de trabajo de “LOS POSIBLES PROVEEDORES” del servicio.
Observaciones:
FORMATO 5 Guía técnica para el Control de Contratistas y Proveedores en Materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y
Protección Ambiental
SIG-SST-GT-03
PARTIDA 4
ANEXO I
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE CALIDAD REQUERIDAS
PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE
JARDINERÍA PARA SALAMANCA, GUANAJUATO
I. OBJETIVO.
Proporcionar el servicio integral de jardinería en adelante el “SERVICIO” en los diversos inmuebles
propiedad y/o en uso de los sujetos a que se refiere el artículo 1, fracciones I a VI de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), en adelante el Instituto Mexicano del Petróleo
(IMP).
Servicio de mantenimiento de áreas verdes, macetas y macetones para las instalaciones del Instituto Mexicano del Petróleo, localizado en Avenida Faja de Oro s/n Col. PEMEX C.P. 36730, Salamanca, Guanajuato, en el periodo comprendido a partir del día siguiente de la fecha de adjudicación y hasta el 31 de diciembre de 2020, bajo la modalidad de contrato o pedido abierto con un monto máximo de $ 399,518.00 y un monto mínimo de $ 159,807.20
II. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
Es el cuidado de plantas, macetones, poda de árboles, la reforestación
de macetas, jardineras y demás servicios para el mantenimiento y
conservación de las áreas verdes, así como el control fitosanitario de dichas
áreas verdes, con la finalidad de mantenerlos en óptimas condiciones.
Actividades: -Poda, y perfilado de pasto, diario. -Conservación y cuidado de 6 maceteros, diario. -Poda y cuidado de árboles chicos de 0 a 4 m. cada 15 días. -Riego del área verde utilizando manguera y aspersores, diario. -Corte y perfilado de setos por cada una de sus caras, semanalmente. -Mantener diariamente las áreas verdes libres de follaje, maleza, ramas, césped cortado, hierbas, hojas y basura en general. -Encalamiento de los árboles en su tallo, 2 veces al año. -Mantenimiento de pista de una longitud de 169 mts. Y 1.20 mts de ancho. Se debe considerar lo siguiente: La cantidad de maceteros en el centro es de 6. Existen 76 árboles de distintos tamaños en el Centro. Las áreas verdes están divididas en 8 partes que suman un total de 3180 m2.
Para la formación de setos se deben considerar 280 m. Las actividades antes descritas, se realizarán conforme a las necesidades del sitio y a solicitud del Servidor Público designado como supervisor, con las cantidades de servicios que se determinen realizar a la prioricidad antes descrita. Se propone el siguiente equipo y herramienta el cual debe de estar durante el plazo del servicio en óptimas condiciones: Maquina podadora de pasto con motor de combustión interna de 5 hp. Maquina charquera de combustión interna de 5 Hp. Maquina sopladora con extensión de combustión interna de 1 Hp Maquina orilladora con motor de combustión interna de 1 Hp. Bomba de mochila para fumigación con diferentes boquillas. Tijeras para podar setos. Tijeras de extensión para cortar ramas de árboles. Machete. Rastrillo para jalar la yerba. Carretilla. Escobas de vara. 6 Mangueras de 30 mts. Aspersores de agua. Utensilios para jardinería (cuchara, bieldo, etc.). Martillo. Pala. Zapapico.
III. METODOLOGÍA.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” brindarán el servicio de jardinería, tomando
en consideración las funciones específicas y los aspectos metodológicos
que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el contrato específico
correspondiente.
IV. LINEAMIENTOS GENERALES. El “SERVICIO” se realizará en el inmueble que determine el Instituto Mexicano del Petróleo en el contrato específico y sus respectivos anexos. La ejecución del “SERVICIO” previsto por el contrato se sujetará a los
siguientes lineamientos:
Personal:
El proveedor facilitará el personal para los servicios especificados, como se describe a continuación: -Proporcionará el personal suficiente y adecuado para la correcta realización del servicio (para la poda de árboles, poda de césped, desyerbar). -Debidamente identificados con el gafete de la empresa. -Portarán uniforme de la empresa. -El tiempo de la jornada diaria será de 8 hrs. -El horario será de 8:00 a 16:00 hrs. De lunes a viernes. Se evitará el uso de maquinas podadoras en los horarios de impartición de cursos para no causar ruidos molestos. El personal deberá contar con uniforme de la empresa para la cual labora. El personal deberá contar con gafete que lo identifique como trabajador del proveedor del servicio. El servidor público facultado para supervisar los servicios es la Lic. Neli Jacobo Balbuena, quien será el responsable de aceptarlos o rechazarlos, de determinar los incumplimientos, así como de la administración total del servicio. Forma de pago: Trasferencia electrónica
Notas: Las cantidades de equipo y materiales mencionadas solamente son de referencia para efectos de cotización, sin embargo, el licitante ganador se obliga a garantizar la existencia de equipo y materiales suficientes para la correcta realización del servicio. El personal deberá presentarse debidamente uniformado e identificado con gafete, el cual tendrá fotografía y el nombre del empleado en apego al Reglamento de Contratistas del IMP. El prestador del servicio deberá considerar en su propuesta el precio de todos los tipos de acarreos o fletes. Todo el material de desecho que produzca el prestador del servicio por el mantenimiento deberá ser retirado diariamente de las instalaciones del IMP. El proveedor deberá contar con el personal adecuado, suficiente y en los días establecidos, mismos que deberán sujetarse a las siguientes disposiciones: No presentarse en las áreas de trabajo en estado de intoxicación alguna. No ingerir bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones de "EL IMP". No hacer escándalo ni pronunciar "palabras altisonantes" en las áreas de trabajo No sustraer ningún objeto que no sea de su propiedad. Condiciones de pago: Mensual a los 20 días naturales posteriores a la validación fiscal de la factura electrónica por parte de la página electrónica del IMP. Deberá presentar anexo a la factura mensual copia del alta del seguro social de la plantilla de su personal
asignado al "IMP" o glosa del IMSS, lo que servirá de soporte para la presentación de la facturación mensual que se genere. El costo del servicio deberá incluir todas las prestaciones de ley, eximiendo al IMP de cualquier relación obrero patronal; El proveedor deberá garantizar en la propuesta económica que el costo del servicio no se verá afectado en ningún momento por modificaciones a los salarios mínimos. Cualquier falta a los requerimientos expresados en el texto técnico de la prestación de los servicios, significará el incumplimiento de la propuesta técnica. La aplicación de las penas convencionales, se aplicará conforme a lo siguiente: El servicio deberá iniciar en la fecha establecida. En caso de incumplimiento de penalizará porcada día natural de atraso con el 1% del monto total del servicio. Se entenderá que inicia el servicio de una vez que el proveedor presenta el total de elementos, equipos y materiales de acuerdo al anexo técnico, avalado por el administrador del servicio. El pago de los servicios quedará condicionado al pago que en su caso el proveedor deba efectuar por concepto de penas convencionales. Se aplicará la deductiva en caso de no presentarse el elemento o que no cumpla con el horario establecido. Además de descontarse el día, se aplicará la deductiva del 20%. Dentro de los primeros quince días naturales al inicio del servicio, deberá entregar mediante oficio, copia de las altas ante el IMSS del personal contratado para otorgar el servicio, a la Unidad Administrativa Correspondiente. Asimismo, deberá entregar copia de las altas ante el IMSS del personal que se contrate para cubrir bajas durante la vigencia del pedido dentro de los quince días naturales contados a partir de su contratación. El instituto podrá solicitar durante la vigencia del servicio relación de altas ante el IMSS del personal con el que preste el servicio, con el objeto de verificar que el personal goza de esta prestación. El proveedor deberá observar y dar cumplimiento al documento denominado " GUÍA
TÉCNICA PARA EL CONTROL DE CONTRATISTAS Y PROVEEDORES EN MATERIA DE SEGURIDAD,
SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO".
a. Las ofertas que presenten “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán por
el inmueble que se determine en el contrato específico por el Instituto
Mexicano del Petróleo.
b. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar a cabo, la
recolección de subproductos vegetales, cada que se generen como
consecuencia de los trabajos ejecutados, realizando la disposición
adecuada de los mismos, conforme a lo establecido en la Ley de
Residuos Sólidos de la Ciudad de México, o las disposiciones
normativas correlativas en otras Entidades Federativas, por lo que “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” deberán proporcionar el material
necesario para la correcta separación de los desechos sólidos como se
señala en dichas disposiciones y no podrán mezclar estos residuos, con
los que se generan en cada inmueble, conforme a lo establecido en los
contratos específicos.
c. “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, deberán contar con todos los
materiales, herramientas, equipo, sustratos y productos necesarios, para
la conservación de las áreas verdes, proporcionando el “SERVICIO”
de acuerdo a las necesidades requeridas en los contratos específicos;
los cuales deberán estar considerados en el monto total por servicio
requerido.
d. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que al arribo de
los materiales darán aviso a la persona que designe el Instituto
Mexicano del Petróleo, para su previa revisión y verificación de
características que garanticen la calidad y estado fitosanitario libre de
patógenos, y/o cantidad, antes de ser almacenados o utilizados,
indicando en el documento de recepción que la entrega cumplió con
los estándares de calidad requeridos.
e. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán llevar el registro de
entradas de material de manera eficiente y organizada (por primeras
entradas, primeras salidas, flamabilidad, así como el grado de toxicidad
establecido en el Catálogo Oficial de Plaguicidas publicado por la
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios -
COFEPRIS-), así mismo deberá contar con un resumen de las áreas
o lugares donde fueron aplicados dichos productos, así como las dosis
suministradas; este resumen podrá ser requerido por el Instituto
Mexicano del Petróleo en cualquier momento, si así se considera
conveniente.
f. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” serán responsables de realizar el
“SERVICIO” de acuerdo a las actividades establecidas en los contratos
específicos y sus respectivos anexos, en función a las características
del inmueble.
g. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deben contar con recursos
financieros, humanos y materiales suficientes para el cumplimiento del
“SERVICIO”, objeto del contrato específico.
h. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” proporcionarán el “SERVICIO” de
acuerdo a las actividades y frecuencias establecidas en los contratos
específicos y sus respectivos anexos. (En donde indicará la
calendarización del “SERVICIO” por inmueble y volumetría).
i. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán realizar las actividades
de fumigación, en áreas verdes interiores y exteriores, “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a que los plaguicidas
que se apliquen estén inscritos en el Catálogo de Plaguicidas de la
COFEPRIS y debidamente registrados ante la Comisión
Intersecretarial para el Control del Proceso, Uso de Plaguicidas y
Sustancias Tóxicas (CICOPLAFEST); así mismo, deberán estar
etiquetados conforme a la regulación vigente y aplicable y no estar
caducados.
j. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a responder por
las reclamaciones ante cualquier autoridad sanitaria, cuando por la
realización de las labores de fumigación en áreas verdes interiores y
exteriores, jardines, jardineras, arriates, camellones y macetones, o
bien por negligencia del personal a su cargo, pudieran derivarse
afectaciones a la salud.
k. Los productos y equipos que utilicen “LOS POSIBLES
PROVEEDORES” para la prestación del “SERVICIO”, deberán cumplir
como mínimo con las siguientes normas:
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” se obligan a cumplir las demás normas
que resulten aplicables a la prestación del “SERVICIO”.
Las DEPENDENCIAS o ENTIDADES no podrán establecer Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas
según proceda y a falta de estas las Normas Internacionales, de conformidad con lo dispuesto por los
artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; en su caso las Normas de Referencia
o Especificaciones a que se refiere el artículo 67 de esta Ley, que limiten la participación de “LOS
POSIBLES PROVEEDORES”.
l. El “SERVICIO” será supervisado por el personal que designe el Instituto Mexicano del Petróleo.
m. La DEPENDENCIA o ENTIDAD establecerá en los contratos específicos
y sus respectivos anexos, las actividades y frecuencias en función a
las necesidades de operación del inmueble.
n. Las reuniones formales de seguimiento serán acordadas de forma oficial
entre la DEPENDENCIA o ENTIDAD y “LOS POSIBLES
PROVEEDORES”, convocándose con al menos una semana de
anticipación.
o. “LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados durante la
vigencia del “SERVICIO”, a cumplir con la inscripción y pago de cuotas
al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del personal que brinde el
“SERVICIO” en el inmueble. Para verificar su cumplimiento deberá
entregar bimestralmente al Instituto Mexicano del Petróleo, el
comprobante de las cuotas obrero patronales, en caso de no presentar
el documento, se aplicarán las penas establecidas en los contratos
específicos.
V. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El “SERVICIO” objeto de los contratos específicos se prestará en el inmueble
que indique el Instituto Mexicano del Petróleo.
Avenida Faja de Oro s/n Col. PEMEX C.P. 36730, Salamanca, Guanajuato, en el periodo comprendido a partir del día siguiente de la fecha de adjudicación y hasta el 31 de diciembre de 2020.
El horario para la realización del “SERVICIO”, de manera general será de lunes a
domingo en un horario aproximado de las 06:00 a las 21:00 horas, quedando detallado
en los contratos específicos y sus respectivos anexos.
VI. CONDICIONES SOCIALES.
"LOS POSIBLES PROVEEDORES" estarán obligados a cumplir con las
siguientes condiciones respecto al personal que utilicen para la prestación del
“SERVICIO”:
1. Tratar a su personal con respeto y dignidad, quedando prohibida
cualquier forma de violencia física o verbal, así como la intimidación
y el hostigamiento.
2. Incorporar medidas para prevenir y sancionar cualquier forma
de violencia, el acoso y el hostigamiento sexual.
3. En general, a cumplir en tiempo y forma con las demás
obligaciones de índole laboral.
"LOS POSIBLES PROVEEDORES" tienen expresamente prohibido
respecto al personal que utilicen para la prestación del “SERVICIO”:
1. Incurrir en cualquier forma de discriminación por origen étnico,
religión, orientación sexual, fisonomía o discapacidad física.
2. Retener los pagos y salarios o imponer condiciones que
menoscaben la libertad de su personal como el pago de depósitos,
la retención de documentos, la firma anticipada de su renuncia
o la práctica de pruebas de embarazo, así como el despido por
esta causa.
VII. REQUERIMIENTOS.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” garantizarán la prestación del
“SERVICIO” de acuerdo a los siguientes términos:
VII.1 CALIDAD EN EL SERVICIO.
Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, mantener la
calidad del “SERVICIO” conforme a lo establecido en los contratos
específicos y sus respectivos anexos.
El “SERVICIO” deberá realizarse garantizando la seguridad tanto para el
personal que efectué éste, como para los usuarios que se encuentren en el
inmueble.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal
especializado en el ramo, así como herramientas, maquinaria, vehículos y
equipos adecuados para el ”SERVICIO” requerido, a fin de garantizar que
se proporciona con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal
efecto, quedando obligado a realizarlo a entera satisfacción del Instituto
Mexicano del Petróleo.
VII.2 PERSONAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” deberán contar con el personal necesario
que le permita prestar el “SERVICIO” conforme a lo establecido en los
contratos específicos y sus respectivos anexos, siendo éstos los siguientes:
DICTAMINADOR DE ARBOLADO
Se requieren personas con experiencia en podas, derribos y trasplantes
de árboles, que demuestren su especialidad con certificado vigente con la
especialidad de “Dictaminador de Arbolado”, expedido por la Secretaría
del Medio Ambiente de la Ciudad de México, por la autoridad competente
de la localidad correspondiente o sus correlativas en las Entidades
Federativas.
JARDINEROS Y/O PODADORES
Será responsabilidad de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”, establecer
la cantidad de jardineros y/o podadores necesarios para atender de
manera eficiente y oportuna el Programa de Trabajo que establezca el
Instituto Mexicano del Petróleo.
VII.3 PROPUESTA DE TRABAJO.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al
Instituto Mexicano del Petróleo, su metodología, programa de trabajo y
organigrama (administrativo y operativo) que permita garantizar la
prestación del “SERVICIO”.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” presentarán dentro de su oferta al
Instituto Mexicano del Petróleo, la relación de la maquinaria, equipo,
herramientas y vehículos en óptimas condiciones de uso, con los que
garantizará la prestación del “SERVICIO”.
VII.4 IDENTIFICACIÓN Y UNIFORMES.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” quedan obligados a garantizar que el personal portará en todo momento el
uniforme de trabajo de acuerdo a lo establecido en los contratos específicos y sus respectivos anexos,
mismo que llevará impreso en lugar visible el nombre y logotipo de “LOS POSIBLES PROVEEDORES”; a fin
de que puedan ser identificados.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” estarán obligados a otorgar a su
personal un gafete de identificación plastificado o con enmicado térmico,
el cual deberá portar durante su estancia en el inmueble, en caso contrario
a dicho personal se le podrá negar el acceso. Los gafetes deberán cumplir
de forma mínima con los siguientes requisitos: logotipo y nombre de “LOS
POSIBLES PROVEEDORES”; nombre del trabajador y fotografía reciente.
VII.5 ACCIONES DE DISCIPLINA, ORDEN Y SEGURIDAD.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” instruirán a su personal para que guarden
la debida disciplina y orden durante la prestación del “SERVICIO”, acatando
las normas de seguridad aplicables en el inmueble del Instituto Mexicano del
Petróleo.
VII.6 RESPONSABILIDAD LABORAL.
“LOS POSIBLES PROVEEDORES” señalarán en su oferta que el personal que realice las tareas
relacionadas con la prestación del “SERVICIO”, estará bajo su responsabilidad única y directa, por lo tanto,
en ningún momento se considerará al Instituto Mexicano del Petróleo, como patrón sustituto o solidario, pues
el IMP no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente, “LOS
POSIBLES PROVEEDORES” se comprometen a liberar al Instituto Mexicano del Petróleo de cualquier
responsabilidad laboral o civil, obligándose éstos a garantizar el pago de las prestaciones laborales
y de seguridad social para sus empleados.
Asimismo, “LOS POSIBLES PROVEEDORES” asumirán la responsabilidad
en materia de seguridad social referente a sus trabajadores y/o a las que haya
lugar, en caso de que alguno de éstos sufra un accidente, enfermedad o
riesgo de trabajo.
FIN DE LA PARTIDA 4
Dudas: Debido a que para este procedimiento de contratación no se efectuará un acto de junta de aclaraciones, los participantes interesados que tengan dudas sobre el alcance de esta contratación, las podrán dirigir a más tardar a las 10:00 horas del día 02 de septiembre de 2019, dentro del procedimiento en el sistema COMPRANET en el campo de “mensajes” adjuntando el archivo del documento que contenga las dudas,
las que se reciban de forma extemporánea no serán contestadas, y las respuestas dadas por la convocante se harán del conocimiento de los participantes a través de COMPRANET en el campo de “mensajes”, el día 03 de septiembre.
Firma de CONTRATO O PEDIDO La firma del CONTRATO O PEDIDO se efectuará dentro de los quince días naturales siguientes a la notificación de asignación, dentro del horario laboral en: En Sede, Eje Central Lázaro Cárdenas Norte No.152, Col. San Bartolo Atepehuacan, Alcaldía, Gustavo A. Madero, México, Ciudad de México, C.P 07730, edificio 6, cubículo 6-106. En CONTRATO O PEDIDO de monto superior a 110,000.00 pesos, el proveedor adjudicado, dentro de los 10 días naturales posteriores a la formalización del CONTRATO O PEDIDO, deberá presentar en el domicilio antes señalado la garantía de cumplimiento, conforme al texto de garantía anexo a la presente solicitud de cotización.
Plazo y condiciones de pago. El “IMP” pagará a la o al “PROVEEDOR” a través de la Gerencia de Tesorería del IMP, el monto de los bienes contratados y aceptados, en moneda nacional, dentro de los 20 días naturales, contados a partir de la fecha de validación y aceptación de la factura electrónica por parte del área requirente y a través de la bóveda electrónica del “IMP”, o en su caso, del comprobante fiscal de pago correspondiente. El pago de los servicios quedará condicionado al pago que en su caso la o el “PRESTADOR” deba efectuar por concepto de penas convencionales o deducciones a que se haya hecho acreedor, haber entregado los servicios a satisfacción del usuario solicitante, formalizado el CONTRATO O PEDIDO y en su caso sus modificaciones, así como haber entregado la(s) fianzas(s) de cumplimiento que en su caso aplique(n).
Criterios de evaluación:
Se verificará que la(s) proposición(es) de los participantes cumplieron con las características y especificaciones técnicas mínimas establecidas en el anexo técnico y los requisitos legales y económicos, de la convocatoria.
Criterios de adjudicación: El CONTRATO o PEDIDO se adjudicará por partida a la(s) proposición(es) de los participantes que cumplieron todos los requisitos legales, técnicos y económicos, que hubiere(n) ofertado el precio más bajo,
por el presupuesto máximo disponible para esta contratación.
TEXTO DE LA GARANTÍA PARA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO O PEDIDO.
(Lugar y Fecha)
Afianzadora (nombre de la afianzadora) se constituye fiadora hasta por la suma de $....................(monto de la fianza con número y letra), ante, a favor y a disposición del Instituto Mexicano del Petróleo para garantizar por …….…(nombre del fiado, licitante y domicilio)…, el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del CONTRATO O PEDIDO N°. 2018….……. de fecha…………. del 2018, celebrado entre el Instituto Mexicano del Petróleo y nuestro fiado. El citado contrato tiene por objeto la prestación del servicio de…………………., con las características que especifica, con un importe total de (monto del contrato con letra y número sin I.V.A) y plazo de entrega o ejecución de………. días (señalar si son naturales o hábiles). Esta fianza garantiza la ejecución o entrega total del servicio objeto del CONTRATO O PEDIDO principal y sus anexos o contrato a entera satisfacción del Instituto Mexicano del Petróleo, así como los pagos indebidos que el beneficiario hubiere hecho al fiado por error. En caso de que sea necesario prorrogar el plazo señalado para el cumplimiento de la obligación o conceder esperas para la ejecución del servicio, esta compañía afianzadora consciente que la vigencia de esta fianza queda automáticamente prorrogada en concordancia con dichas prórrogas o esperas. Esta fianza garantiza la entrega total del servicio, así como el pago de las sanciones y/o penas convencionales señaladas en el contrato garantizado por esta fianza. Esta fianza se expide de entera conformidad con las cláusulas del propio CONTRATO O PEDIDO garantizado por esta póliza de fianza, con lo establecido en los artículos 279, 280, 283 y 289 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas en vigor. Esta compañía se obliga a pagar al beneficiario de esta fianza el 100% (por ciento) del importe garantizado, aun cuando el fiado haya cumplido parcialmente con sus obligaciones, renunciando para este caso expresamente al derecho de proporcionalidad establecido en el artículo 2842 del Código Civil Federal. Así mismo, la afianzadora se obliga a seguir garantizando por el fiado por un plazo de 3 meses contados a partir de la fecha de recepción del servicio contratado para responder de los defectos que resultaren de los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido el fiado, en los términos señalados en el CONTRATO O PEDIDO respectivo y en el Código Civil Federal. Esta afianzadora acepta expresamente, someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 279, 280, 283 y 289 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas. La presente fianza estará vigente durante todo el tiempo del pedido o contra CONTRATO O PEDIDO garantizado, incluyendo las prórrogas o esperas que se le concedan al fiado, así como durante el plazo de 3 meses contados a partir de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega total del servicio, o en su defecto, dicho plazo comenzará a contarse a partir de la fecha en que se concluyan las prórrogas o esperas concedidas al fiado, y no podrá cancelarse hasta en tanto el fiado no haya cumplido con todas sus obligaciones o con el pago de las sanciones y/o penas convencionales señaladas en el CONTRATO O PEDIDO garantizado y el Instituto Mexicano del Petróleo de por escrito su autorización para ello. De igual forma, la presente fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y para efecto del reclamo de la fianza hasta 3 meses después de la fecha en que se dicte sentencia definitiva y ésta última adquiera la categoría de cosa juzgada. Esta afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
FIN DEL TEXTO.
FORMATO DE COTIZACIÓN PARTIDA 1
INSTITUTO MEXICANO DEL PETROLEO REGIÓN NORTE
FORMATO DE SOLICITUD Y PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERÍA
EN LOS CENTROS DE TRABAJO QUE INTEGRAN EL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO EN LA REGIÓN NORTE: UBICADOS EN CADEREYTA DE JIMENEZ, NUEVO LEON, CIUDAD MADERO, TAMAULIPAS, POZA RICA DE HIDALGO, VERACRUZ Y BOCA DEL RÍO, VERACRUZ.
N° SERVICIOS UNIDAD DE
MEDIDA
CANTIDAD DE SERVICIOS
MENSUALES SEPTIEMBRE 2019 AL
31 DE DICIEMBRE DEL 2020
VOLUMETRIA MENSUAL DE REFERENCIA INMUEBLES
REGION NORTE
VOLUMETRIAS DE REFERENCIA DE
SEPTIEMBRE 2019 AL 31 DE
DICIEMBRE DEL 2020
PRECIO UNITARIO
IMPORTE
SERVICIO DE JARDINERÍA EN LOS INMUEBLES PROPIEDAD O EN USO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO
1 Mantenimiento del césped M2. 16 62,027.00 992,432.00 $ -
2 Mantenimiento de setos y plantas con flores M2. 16 1,730.00 27,680.00 $ -
3 Poda de árboles M2. 16 6,144.00 98,304.00 $ -
4 Mantenimiento de macetas, macetones y jardineras. Pieza 25 49 1,225.00 $ -
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA JARDÍNES BOTÁNICOS Y VIVEROS
1 Mantenimiento de viveros y jardines botánicos. M2. 0 0 0
SUBTOTAL $ -
16% DE IVA
IMPORTE TOTAL
Los montos deberán ser presentados a dos centésimas.
La propuesta deberá ser presentada en moneda nacional, I.V.A. desglosado
Entregar preferentemente en papel membretado, por los proveedores incluyendo lugar y fecha, así como la firma autógrafa del Representante o Apoderado Legal.
Los precios son fijos durante la vigencia del contrato.
PARTIDA 2
FORMATO DE SOLICITUD Y PRESTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA
INSTITUTO MEXICANO DEL PETROLEO
REGION SUR
SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERÍA
EN LOS CENTROS DE TRABAJO REGIÓN SUR (VILLAHERMOSA, REFORMA, CARDENAS, COMALCALCO, MINATITLÁN,
COATZACOALCOS Y SALINA CRUZ), 2019 - 2020
No. ( a ) SERVICIO ( b )
UNIDAD
DE
MEDIDA ( c
)
CANTIDAD DE
SERVICIOS
MENSUALES
SEPTIEMBRE 2019 AL
31 DE DICIEMBRE DEL
2020 ( d )
VOLUMETRIA
MENSUAL DE
REFERENCIA ( e
)
VOLUMETRIAS DE
REFERENCIA DE
SEPTIEMBRE 2019
AL 31 DE
DICIEMBRE DEL
2020 ( f )
PRECIO UNITARIO (
g ) IMPORTE ( h )
PODA DE PASTO
1
PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO SEDE VILLAHERMOSA, MARGEN DERECHA DEL RIO CARRIZAL Y ESTACIONAMIENTO C.
M2 16 6,100.00 97,600.00
2 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP CACTUS, REFORMA, CHIAPAS.
M2 16 16,000.00 256,000.00
3 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO DE LAS INSTALACIONES DEL IMP EN COATZACOALCOS, VERACRUZ.
M2 16 1,700.00 27,200.00
4 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP MINATITLAN, VERACRUZ.
M2 16 1,300.00 20,800.00
5 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP COMALCALCO, TABASCO.
M2 16 600.00 9,600.00
6 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP EL CASTAÑO, CARDENAS, TABASCO.
M2 16 1,000.00 16,000.00
7 PODA DE PASTO EN ÁREAS EXISTENTES DENTRO Y FUERA DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO IMP SALINA CRUZ, OAXACA (1,300.00).
M2 16 1,300.00 20,800.00
MANTENIMIENTO A MACETAS Y MACETONES
8
MANTENIMIENTO A MACETAS Y MACETONES, INCLUYE: LIMPIEZA DE MACETAS, RIEGO FRECUENTE, RECORTE DE RAMAS SECAS, SE DEBERÁ SUSTITUIR LAS PLANTAS DE ORNATO DETERIORADAS, SE APLICARÁ FERTILIZANTES Y PINTURA TIPO REAL FLEX CENTER MOD. VER-5 MCA. COMEX O EQUIVALENTE A TODAS LAS MACETAS.
PZA 16 240.00 3,840.00
SUMINISTRO Y COLOCACION DE PLANTAS
9 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE ARRAYANES DE LA REGIÓN DE HASTA 60 CM DE ALTURA
PZA 16 20.00
10 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PALMA CYCA PARA EXTERIORES DE 1 M DE ALTO X 1 M DE DIÁMETRO, EN PERFECTAS CONDICIONES.
PZA 16 6.00
11 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PASTO CUERNAVACA DE VIVERO. INCLUYE RELLENO DE 10 CM DE PROFUNDIDAD DE TIERRA NEGRA TRATADA.
M2 16 500.00
12
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE BARRO DE 45 CM DE DIÁMETRO Y UNA ALTURA ENTRE 40 A 50 CM, INCLUYE: PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS.
PZA 16 30.00
13
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE BARRO DE 60 CM DE DIÁMETRO Y UNA ALTURA ENTRE 50 A 60 CM, INCLUYE: PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS.
PZA 16 20.00
14
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE PLÁSTICO DE 50 CM DE DIÁMETRO Y UNA ALTURA ENTRE 40 A 50 CM, INCLUYE: PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS.
PZA 16 20.00
15
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE MACETONES DE PLÁSTICO DE 75 CM DE DIÁMETRO Y UNA ALTURA ENTRE 55 A 65 CM, INCLUYE: PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS.
PZA 16 20.00
16 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLATO O CHAROLA CONTENEDORA DE LÍQUIDOS.
PZA 16 100.00
17
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, ADELFAS ENANAS DE 50 CM DE ALTO FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES.
PZA 16 20.00
18
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, HELICONIAS ENANAS FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES.
PZA 16 40.00
19 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTA DE ORNATO PARA EXTERIOR FLOR O ROSA DEL DESIERTO DE 50 A 60 CM DE ALTURA.
PZA 16 40.00
20 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, LISTÓN ESPAÑOL BLANCO.
PZA 16 200.00
21 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, IXORAS FLOREADAS DE DIFERENTES COLORES.
PZA 16 200.00
22
SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA INTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, NOCHE BUENAS DE 40 CM DE ALTO, FLOREADAS COLOR BLANCA O ROJA.
PZA 16 80.00
23 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTA DE ORNATO PARA EXTERIOR BUGANVILIA DE 50 A 60 CM DE ALTURA.
PZA 16 30.00
24 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, ANTURIOS FLOREADOS.
PZA 16 20.00
25 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, CUNAS DE MOISÉS GRANDES FLOREADAS DE 50 CM DE ALTO.
PZA 16 20.00
26 SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE PLANTAS DE ORNATO PARA EXTERIOR DE LA SIGUIENTE ESPECIE, PALO DE BRASIL DE 1 M DE ALTO.
PZA 16 240.00
27
SUMINISTRO DE COSTAL DE TIERRA NEGRA DE LA MÁS ALTA CALIDAD PARA USARSE EN MACETAS, MACETONES Y JARDINERAS; CON UN 10 % DE HOJA PARA MANTENERLA POROSA Y PERMITIR EL BUEN DRENAJE Y LA OXIGENACIÓN DE LAS RAÍCES.
PZA 16 20.00
PODA DE ARBOLES
28
PODA (DESMORRE) DE ÁRBOLES.- DE 5 A 20 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES DEL CENTRO IMP VILLAHERMOSA, TABASCO.
PZA 16
50.00
29
PODA (DESMORRE) DE ÁRBOLES.- DE 5 A 20 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES DEL CENTRO IMP CACTUS, CHIAPAS.
PZA 16
50.00
30
PODA (DESMORRE) DE ÁRBOLES.- DE 20 A 30 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES DEL CENTRO IMP VILLAHERMOSA, TABASCO,
PZA 16
20.00
31
PODA (DESMORRE) DE ÁRBOLES.- DE 20 A 30 M. DE ALTURA SE REALIZARA AL 50 % DEL FOLLAJE DE LA TOTALIDAD DE LOS ARBOLES DEL CENTRO IMP CACTUS, CHIAPAS.
PZA 16
20.00
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PARA JARDINES BOTANICOS Y VIVEROS
32 MANTENIMIENTO DE VIVEROS Y JARDINES BOTANICOA M2 16 50.00
SUBTOTAL $0.00
I.V.A. 16%
IMPORTE TOTAL $0.00
Nota: El Licitante, para su propuesta Económica, deberá multiplicar su precio unitario propuesto (columna g) por la columna de volumetria de referencia (columna f), para obtener el importe total de su
propuesta (columna h).
PARTIDA 3 MARINA
INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO
REGIÓN MARINA
FORMATO DE SOLICITUD Y PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA
SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERIA
No Estado Municipi
o
Localida
d Domicilio Recurrencia Servicio Cantidad de m2 césped
Cantidad de m2
setos
Cantidad de m2
arboles_4_m
Cantidad de
macetas
Unida
d de
Medid
a
Volum
etro de
Refere
ncia
Prec
io
Unit
ario
$
Impo
rte $
1
CAMP
ECHE
CARME
N
Ciudad
del
Carmen
Av. Periférica Norte No. 67
esquina calle 35-B, Col. San
Agustin del Palmar, C.P.
24110 mensual
Mantenimient
o a Césped 120.00
M2
120.00 0.00
2
CAMP
ECHE
CARME
N
Ciudad
del
Carmen
Av. Periférica Norte No. 67
esquina calle 35-B, Col. San
Agustin del Palmar, C.P.
24111 mensual
Mantenimient
o a setos y
plantas con
flores 230.00
M2
230.00 0.00
3
CAMP
ECHE
CARME
N
Ciudad
del
Carmen
Av. Periférica Norte No. 67
esquina calle 35-B, Col. San
Agustin del Palmar, C.P.
24112 mensual
Poda de
arboles -
M2
- 0.00
4
CAMP
ECHE
CARME
N
Ciudad
del
Carmen
Av. Periférica Norte No. 67
esquina calle 35-B, Col. San
Agustin del Palmar, C.P.
24113 mensual
Mantenimient
o a Macetas,
macetones y
jardineras. 10.00
PIEZA
10.00 0.00
(A) = TOTAL
SERVICIO MENSUAL
SIN IVA
0.00
(B) = SERVICIOS MENSUALES
OCTUBRE 2019 A DICIEMBRE DEL 2020 15
(C) = (A) x (B) IMPORTE TOTAL DE LOS
SERVICIOS SIN IVA
0.00
Los montos deberán ser presentados a dos
centésimas.
La propuesta deberá ser presentada en moneda
nacional, sin incluir I.V.A.
Entregar preferentemente en papel membretado, por los proveedores incluyendo lugar y
fecha, así como la firma autógrafa del Representante o Apoderado Legal.
PARTIDA 4 SALAMANCA INSTITUTO MEXICANO DEL PETROLEO
SALAMANCA , GUANAJUATO FORMATO DE SOLICITUD Y PRESENTACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA
SERVICIO INTEGRAL DE JARDINERÍA
PARTIDA
SERVICIOS (B)
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
MESES ESTIMADOS DE
SERVICIO
PRECIO MENSU
AL
IMPORTE TOTAL POR 16 MESES
4
-Poda, y perfilado de pasto, diario.
serv 1.00 15.5 $ -
Conservación y cuidado de 6 maceteros, diario.
-Poda y cuidado de árboles chicos de 0 a 4 m. cada 15 días.
-Riego del área verde utilizando manguera y aspersores, diario.
-Corte y perfilado de setos por cada una de sus caras, semanalmente.
-Mantener diariamente las áreas verdes libres de follaje, maleza, ramas, césped cortado, hierbas, hojas y basura en general.
-Encalamiento de los árboles en su tallo 2 veces al año.
-Mantenimiento de pista de una longitud de 169 mts. Y 1.20 mts de ancho.
SUBTOTAL $ -
16% DE IVA
IMPORTE TOTAL
NOTA: EL PARTICIPANTE DEBERÁ CONSIDERAR PARA LA PRESENTACIÓN DE SU PROPUESTA ECONÓMICA, LA VOLUMETRÍA Y FRECUENCIA DE LOS SERVICIOS DESCRITOS Y SUS ALCANCES ESTABLECIDOS EN EL ANEXO TÉCNICO A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DE LA ADJUDICACIÓN Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020.
Los montos deberán ser presentados a dos centésimas.
La propuesta deberá ser presentada en moneda nacional, I.V.A. desglosado
Entregar preferentemente en papel membretado, por los proveedores incluyendo lugar y fecha, así como la firma autógrafa del Representante o Apoderado Legal.
Manifestar que son precios firmes y fijos hasta la conclusión del procedimiento de contratación y durante la vigencia del contrato.
FIN