Instructivo Administracion Btp y Bch

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INSTRUCTIVO “Para la Implementación y Administración Curricular de los Bachilleratos Técnicos Profesionales (BTP) y Bachillerato Científico Humanista (BCH)”. Normativa para el desarrollo y/o adecuación curricular en el Marco de la Reforma de la Educación Media, asegurando la calidad educativa” Tegucigalpa, M.D.C. mayo 2014

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Instructivo de Admon de BTP y BCH

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  • INSTRUCTIVO

    Para la Implementacin y Administracin Curricular de los Bachilleratos Tcnicos Profesionales (BTP) y Bachillerato Cientfico Humanista (BCH).

    Normativa para el desarrollo y/o adecuacin curricular en el Marco de la

    Reforma de la Educacin Media, asegurando la calidad educativa

    Tegucigalpa, M.D.C. mayo 2014

  • 1

    ndice

    Contenidos Pg

    Presentacin 3

    Antecedentes. 4 1. Generalidades.. 6 1.1 Marco Normativo...... 5 1.2 Conceptualizacin de la Educacin Media... 7 1.3 Competencias Generales, Propsitos y Objetivos de la Educacin Media y

    del egresado .................................................

    7

    1.3.1 Competencias Generales.. 7 1.3.2 Propsitos 8 1.3.3 Objetivos.. 9 1.3.4 Estructura Curricular del Nivel de Educacin Media.. 11 1.4 Componentes de la Educacin Media .. 12 1.5 Modalidades de la Educacin Media 13 2. Bachillerato Tcnico Profesional. 14 2.1 Requisitos para la Apertura de Jardines, Escuelas e Institutos de Educacin

    Media No Gubernamentales

    15

    2.1.1 Autorizacin para la Apertura de Jardines, Escuelas e institutos de

    Educacin Media no Gubernamentales.

    15

    2.1.2 Requisitos para Solicitar Cambio de Propietario o Cambio de Nombre de

    un Centro Educativo no Gubernamental..

    17

    2.1.3 Requisitos para Apertura, Acuerdos Definitivos, Ampliaciones de Centros

    Educativos Gubernamentales de Educacin Media.

    18

    2.1.3.1 Regulaciones sobre Apertura de Carreras 19 2.1.3.2 Requisitos para la Conversin de Carrera Existente a BTP y BCH 21

    2.2 Reglamentacin Para La Administracin del Bachillerato Tcnico

    Profesional y Bachillerato en Ciencias y Humanidades...

    22

    2.2.1. Competencias de las Direcciones Departamentales.. 22 2.2.2 Competencias del Cuerpo Directivo. 22 2.2.3. Responsabilidades de lo Docentes 24 2.2.4. Regulaciones para el Recurso Humano de los Centros Educativo... 24

    2.2.4.1. Para el Cargo Directivo. 24 2.2.4.2. Para el Personal Docente que ya Est en el Sistema. 25 2.2.4.3. Para el Nuevo Personal que Ingrese al Sistema 25 2.2.5. Regulaciones Curriculares 26 2.2.6. Responsabilidades de los Funcionarios en la aplicacin de los

    Bachilleratos Tcnico Profesionales y Cientfico Humanista..

    27

    3. Pasantias, Practica Profesional y Trabajo Educativo Social 28 3.1. Pasantias 28 3.2. Prctica Profesional.. 29 3.3. Trabajo Educativo Social.. 30

  • 2

    ndice

    Contenidos Pg

    4. Evaluacin del Bachillerato Tcnico Profesional 31 4.1. Evaluacin del Ao de Fundamento. 31 4.2. De la Evaluacin Modular. 31

    4.3 Evaluacin de la Prctica Profesional... 32 4.4. Evaluacin del Trabajo Educativo Social 33 4.5. Examen General... 33 4.6 Requisitos de Graduacin . 33 5. Elementos Adicionales para la Implementacin de BTP.. 34 5.1 Diagnstico para el Estudio de Mercado Laboral y de Infraestructura

    Pedaggica

    34

    5.1.1. Sugerencias para el Estudio de las Condiciones

    Pedaggicas...............................................................................

    34

    5.1.2. Sugerencias para la Investigacin del Mercado Laboral... 35 5.2. Legalizacin del Bachillerato Tcnico Profesional. 36 5.3. Reubicacin Interna del Personal Docente 37 5.4. Monitoreo del Cumplimiento de las Asignaturas de la Reubicacin

    Docente.

    39

    5.5 Sugerencias Realizadas por los Participantes en las Diferentes Jornadas de

    Trabajo Realizadas por la Unidad de Media

    40

    6. Anexos 41

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    PRESENTACIN

    El instructivo Para la Implementacin y Administracin Curricular de los Bachilleratos Tcnicos Profesionales (BTP) y Bachillerato Cientfico Humanista (BCH), surge como una iniciativa de la Red de Directores Departamentales de Educacin de Occidente y La Paz, en aras de implementar adecuadamente la Reforma en la Educacin Media, prioritariamente en las Modalidades Tcnico Profesionales y el Bachillerato en Ciencias y Humanidades. Es oportuno reconocer que a travs del proyecto PROEFA GIZ, financiado por la Cooperacin Tcnica Alemana, ha venido asistiendo tcnicamente los procesos de mejoramiento de la calidad educativa del pas, especficamente acompaando a la Red de Directores Departamentales de Educacin en la gestin administrativa y ejecucin del proceso de Reforma de Educacin Media. Uno de los resultados obtenidos lo constituye el presente instructivo.

    La Oficina de Educacin Media, valoro la iniciativa y esfuerzo de los Directores

    Departamentales en elaborar un documento que reflejara las normativas,

    lineamientos y otro tipo de orientaciones para la adecuada implementacin y

    administracin curricular de la Reforma, involucrndose directamente en el

    enriquecimiento y validacin del Instructivo.

    Es importante reiterar que la Educacin Media esta orientada a contribuir en la

    formacin integral de las personas, capacitndolas para seguir aprendiendo,

    aplicando responsablemente sus potencialidades en la sociedad y en el mundo

    del trabajo, garantizando la movilidad de los estudiantes para proseguir estudios

    en el Nivel de Educacin Superior.

    La oficina de Educacin Media, espera que el presente instructivo oriente y facilite

    la gestin administrativa eficiente y la instrumentacin adecuada de la curricula de

    los Bachilleratos Tcnico Profesionales y Cientfico-Humanstico,

  • 4

    Antecedentes

    Para estructurar un nuevo diseo curricular de la Educacin Media, se ha tenido

    en cuenta la rpida evolucin de la ciencia y la tecnologa y de las condiciones

    cambiantes del mundo y sus repercusiones en la realidad nacional. As mismo, las

    exigencias de la vida democrtica y ciudadana.

    Las tendencias que presenta la Educacin Media en nuestro tiempo han sido consideradas para este nuevo diseo curricular con sus planes y programas de estudio. El Currculo Nacional Bsico define la modalidad Tcnico Profesional como la

    oferta curricular que permite a las y los estudiantes adquirir las competencias

    necesarias que les da acceso al mercado laboral o continuar estudios en el nivel

    de Educacin Superior Universitaria. Se desarrolla con una duracin de tres aos.

    Se ha diseado planes y programas de estudio que faciliten la adquisicin de los

    conocimientos, habilidades y destrezas en funcin del desarrollo de competencias

    del egresado para el anlisis y solucin de problemas en diferentes situaciones,

    mbitos y circunstancias. La ejecucin en el aula de prcticas que estimulen el

    desarrollo del pensamiento autnomo, la curiosidad, la creatividad, la inventiva,

    as como la innovacin con la utilizacin del conocimiento cientfico y tecnolgico.

    La transformacin educativa que se impulsa est orientada al fortalecimiento de la

    autoestima y de la actitud positiva frente a las diferentes situaciones que implique

    tomar decisiones y asumir responsabilidades, as como el fortalecimiento de los

    valores ticos y cvicos y del compromiso personal frente a la familia, la

    comunidad y la nacin hondurea en el contexto regional y mundial. Se trata,

    evidentemente, de formar un nuevo tipo de hondureo y hondurea, con una

    valoracin adecuada de sus potencialidades y una actitud positiva frente al

    cambio.

  • 5

    1. Generalidades

    La Secretara de Educacin de Honduras (SE) en uso de sus facultades que le confieren

    los artculos 157 de la Constitucin de la Repblica, Artculo 36 numeral 8 de la Ley de

    Administracin Pblica y el Artculo 13 y 14 de la Ley Fundamental de Educacin,

    establece los lineamientos generales que norman y regulan el funcionamiento en forma

    definitiva del Bachillerato Tcnico Profesional y Ciencias y Humanidades.

    Siendo as, aprueba el Reglamento General de Administracin de la modalidad del

    Bachillerato Tcnico Profesional, mediante Acuerdo No. 15154-SE-20121, en

    cumplimiento a la Ley Fundamental de Educacin, el acuerdo 15155 SE- 2012 autoriza

    el funcionamiento del Bachillerato Tcnico Profesional y el acuerdo 0112- SE -2014 que

    faculta el funcionamiento del Bachillerato Cientfico Humanista, el 0033-SE-2014 autoriza

    el funcionamiento del Bachillerato Tcnico Profesional En Desarrollo Agropecuario y el

    Bachillerato Tcnico Profesional en Gestin Agroforestal y el acuerdo 0089-SE-2013

    Regula las seis carreras del SEMED

    La Educacin Media es una oferta educativa compartida por los sectores

    gubernamentales y no gubernamentales. Est conformada por 3 bloques de reas

    curriculares: Formacin Cientfico Humanista, Formacin Tecnolgica Diversificada y

    Formacin Tcnica especializada (Normativa del CNB).

    La Secretaria de Educacin elabor el diseo curricular de los Planes y Programas de

    Estudios para el Bachillerato Tcnico Profesional, con ayuda del Programa de Apoyo a la

    Enseanza Media en Honduras (PRAEMHO)2. Esta modalidad ofrece todas aquellas

    carreras u orientaciones en los sectores productivos (industrial, agroforestal y de

    servicios); con salida laboral, emprendedora y para continuar estudios superiores.

    El Bachillerato Tcnico Profesional se basa en el modelo de formacin por competencias,

    entendido como el proceso continuo de formacin y capacitacin del talento humano que

    facilita los aprendizajes (conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes) y su

    capacidad de movilizarlos y aplicarlos en diferentes situaciones, contextos y mbitos. Esta

    formacin permite a la persona el logro de competencias, en correspondencia con el

    desarrollo de su personalidad, los avances cientficos, tecnolgicos y las demandas

    socioeconmicas, que, con criterio de seleccin y oportunidad, opte al mercado de

    trabajo y/o a estudios superiores 3 . Se entiende por competencia tcnico profesional

    el conjunto identificable y evaluable de contenidos conceptuales, procedimentales

    y actitudinales que permiten desempeos eficientes en situaciones reales de

    trabajo, de estudio y de la vida ciudadana, de acuerdo a los estndares utilizados

    en ellas.4

    1 Repblica de Honduras. La Gaceta No 32966 del 05 de noviembre 2012. Tegucigalpa, MDC. 2 PRAEMHO, con financiamiento de la Unin Europea, ao 3 PRAEMHO (2006). Propuesta Estructura de Nuevo Diseo Curricular (pp. 13). 4 dem.

  • 6

    1.1 Marco Normativo

    Una parte importante de la aplicacin del Bachillerato Tcnico Profesional es el marco

    normativo bajo el cual se regula; as tenemos que existen Leyes, Reglamentos y

    Acuerdos que determinar los criterios que tanto las autoridades educativas como la

    directiva docente deben de conocer; a continuacin un resumen de las principales

    normativas:

    NORMATIVA ASPECTOS QUE REGULA Constitucin de la Repblica

    Ley Marco de la Repblica de Honduras

    Ley de la Administracin Pblica

    Normas a que estar sujeta la Administracin Pblica

    Ley Fundamental de Educacin y sus Reglamentos

    Establece los principios, garantas, fines y lineamientos generales de la Educacin Nacional

    Ley de Fortalecimiento a la Educacin Pblica y a la Participacin Comunitaria

    Fortalecimiento de la Educacin Pblica para el mejoramiento de la calidad educativa.

    Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica

    El derecho de toda persona al acceso a la Informacin Pblica para el fortalecimiento del Estado de Derecho

    Ley del Estatuto del Docente Hondureo y su reglamento

    Establece el rgimen de Administracin de personal que tutela la carrera docente en instituciones oficiales, semioficiales y privadas regidas por la Secretara de Estado en el Despacho de Educacin.

    Currculo Nacional Bsico

    Documento Marco que brinda los lineamientos de poltica educativa: Fines, principios, fundamentos, objetivos y otras disposiciones de poltica educativa para administrar el sistema en sus diferentes niveles.

    Acuerdo 15154-SE-2012 Reglamento del BTP

    Acuerdo 15155-SE-2012 Funcionamiento y administracin del BTP

    Acuerdo 033-SE-2014 Funcionamiento y administracin del Bachillerato en Gestin Agroforestal y Desarrollo Agropecuario

    Acuerdo 0112-SE.2014 Funcionamiento del BCH

    Acuerdo 0700-SE-2013 Evaluacin del Sistema Educativo Nacional

    Acuerdo 0088-SE-2014 Funcionamiento del Ciclo Bsico Tcnico, Ciclo Comn Acelerado y Bachillerato en Administracin de Empresas del SEMED

    Acuerdo 0089-SE-2014 Funcionamiento y Administracin de cinco orientaciones del BTP para el SEMED

    Acuerdo 0407-SE-2014 Administracin del Trabajo Educativo Social

    Nota: La Secretara de Educacin ha suscrito convenios con organismos nacionales e

    internacionales los cuales deben respetarse basados en el marco legal.

  • 7

    1.2. Conceptualizacin del Nivel de Educacin Media5

    La educacin media corresponde a las edades entre 15 a 18 aos para el sistema

    presencial y mayores de 18 aos para los programas alternativos, orientndose a la

    formacin para incorporarse al mundo del trabajo y/o proseguir estudios a nivel superior.

    Se ofrece de manera presencial o alternativa. Es obligatoria y su culminacin otorga ttulo

    de Bachiller en Ciencias y Humanidades o Tcnico Profesional en diferentes

    modalidades.6

    La Educacin Media es un proceso sistemtico que tiene como objetivo principal

    proporcionar a la sociedad una persona consciente de su ser individual y social,

    solidario/a, que demuestre actitudes de convivencia social, autoestima y espiritualidad;

    con buena disposicin para el desempeo de sus deberes y el disfrute de los valores de la

    cultura, dispuesto a ser receptivo a los avances de la ciencia y la tecnologa, con

    capacidad de comunicarse en la lengua oficial y su lengua materna, y en una lengua

    extranjera ( Ingles u otra legalmente autorizada) con autonoma intelectual, sentido crtico

    y respeto por las dems personas.

    El estudio de las ciencias, la tecnologa, las humanidades, las artes, la cultura, el deporte

    y el dominio de una lengua extranjera, preparan a las y los educandos para que en las

    distintas reas del saber puedan desempearse eficientemente.

    Genera en el estudiantado las competencias necesarias para el ingreso a la Educacin

    Superior y/o su insercin en el mundo laboral.

    1.3. Competencias Generales, Propsitos y Objetivos de la

    Educacin Media y del Egresado.

    1.3.1 Competencias Generales

    a. Actualizar sus conocimientos y competencias continuamente, incentivado

    por los avances de la ciencia y la tecnologa,

    b. Construir conscientemente su identidad personal, familiar, comunitaria y

    nacional en el marco de un mundo cambiante, con valores nacionales y

    universales.

    c. Decidir continuar estudios en el nivel superior o incorporarse al mundo

    laboral.

    d. Tomar decisiones y actuar con autonoma, demostrando respeto, honradez

    y responsabilidad.

    5 Repblica de Honduras. Secretara de Educacin (2003). Currculo Nacional Bsico. Conceptualizacin del nivel de Educacin Media (pp. 45). 6 Repblica de Honduras. Comisin Ad Hoc para la Reforma Educativa y Secretara de Educacin (2013). Entendiendo la Ley Fundamental de Educacin (pp. 11).

  • 8

    e. Disfrutar, promover y practicar manifestaciones culturales, artsticas y

    deportivas.

    f. Aplicar el pensamiento crtico y el razonamiento lgico en la comprensin

    del entorno natural y social.

    g. Demostrar autoestima positiva, ser respetuoso, tolerante, optimista y abierto

    a la consideracin de las ideas ajenas, al debate y a las acciones

    constructivas con sus semejantes.

    h. Aceptar retos en forma responsable para concertar y converger con las

    dems personas.

    i. Forjar su propio desarrollo y ser activo participante en el desarrollo de su

    familia, de las organizaciones a que pertenece, de su centro de trabajo, de

    su etnia, de su comunidad y de su nacin.

    j. Conocer la historia y realidad nacional e internacional y tener la capacidad

    de transformarla en lo que corresponde.

    k. Aprovechar racional y sosteniblemente los recursos naturales del pas;

    proteger el medio ambiente y promover la prevencin integral ante los

    peligros de los fenmenos naturales, econmicos y socioculturales.

    l. Aplicar una lengua extranjera y las Tecnologas de la Informacin y

    Comunicacin en su vida cotidiana.

    1.3.2 Propsitos a. Ofrecer a los educandos, la experiencia formativa para incorporarse

    al mundo del trabajo o proseguir estudios en el nivel superior,

    mediante la adquisicin y construccin de conocimientos, habilidades

    y actitudes relevantes para su vida personal y social; as como para

    el desarrollo econmico, sociocultural, cientfico y tecnolgico del

    pas.

    b. La Educacin Media es obligatoria y la que se ofrece en los centros

    educativos gubernamentales es gratuita, comprende las edades de

    referencia entre los quince (15) a los dieciocho (18) aos y su

    culminacin da lugar al otorgamiento del ttulo conforme al grado

    acadmico determinado por la Secretara de Estado en el Despacho

    de Educacin.

    c. La Educacin Media se ofrece de manera presencial y alternativa con

    un currculo obligatorio para ambas.

    d. La Educacin Media Presencial es un proceso sistemtico que se

    desarrolla frente a los educandos en horarios establecidos.

    e. Para ingresar a la Educacin Media es requisito haber aprobado la

    Educacin Bsica.

  • 9

    f. La Educacin Media tiene un carcter acadmico y tcnico. A su

    trmino se obtiene el ttulo que habilita al educando para ingresar a la

    Educacin Superior o incorporarse al mundo laboral.

    g. Las modalidades y especialidades tcnico profesionales de este

    nivel estarn sustentadas en criterios pedaggicos, tcnicos y

    cientfico.

    1.3.3 Objetivos

    La Educacin Media, para la continuidad de estudios superiores,

    incorporacin al mundo laboral y formacin a lo largo de la vida, debe lograr

    en los educandos los siguientes objetivos:

    a. Fortalecer las capacidades de lecto-escritura, comunicativas y lingsticas

    prioritariamente en espaol e ingls adquiridas en el nivel bsico.

    b. Aplicar las habilidades comunicativas, lingsticas, matemticas y

    tecnolgicas en los procesos de investigacin y desarrollo cientfico.

    c. Profundizar el conocimiento cientfico, tecnolgico, humanista y artstico.

    d. Practicar la actitud de cooperacin, servicio, solidaridad, tolerancia, justicia,

    respeto, participacin y responsabilidad en la vida escolar, familiar,

    comunitaria y en otros contextos sociales.

    e. Evidenciar su madurez emocional, autoestima, equilibrio psicolgico,

    construccin de su propia identidad, y el sentido de la equidad de gnero,

    para potenciar su capacidad de organizacin, toma de decisiones e

    interactuar de forma adecuada con el entorno social y natural.

    f. Compartir situaciones interdisciplinarias y flexibles de aprendizaje que

    fortalezcan los valores ticos, cvicos, socioculturales e histricos; el

    respeto a los derechos humanos y la comprensin de situaciones

    interculturales tanto en el mbito nacional como internacional.

    g. Apreciar y utilizar los diferentes medios de representacin y expresin

    fsica y artstica, valorando la dimensin del patrimonio cientfico, histrico y

    cultural de la nacin y de otras culturas.

    h. Preservar la salud a travs de la prctica de hbitos y actitudes para

    mejorar el bienestar propio y colectivo.

    i. Practicar medidas que contribuyan al equilibrio ambiental sostenible.

    j. Usar el pensamiento cientfico, humanista y tecnolgico para la

    transformacin de su entorno natural y social en ganancia individual y

    colectiva.

    k. Demostrar sentimientos de unidad familiar y de solidaridad social.

  • 10

    l. Defender la identidad nacional, practicando valores cvicos y morales;

    respetando, protegiendo y preservando los bienes patrimoniales, artsticos,

    culturales y ambientales de la nacin.

    m. Utilizar adecuadamente las Tecnologas de Informacin y Comunicacin.

    n. Respetar la diversidad de gnero, tnica y cultural nacional e internacional.

    o. Desarrollar y propiciar la visin emprendedora para auto emplearse y

    manejar su propio negocio, trascendiendo los mandatos estereotipados de

    gnero.

  • 11

    1.3.4 Estructura Curricular del Nivel de Educacin Media

    Fuente: Currculo Nacional Bsico. Estructura Curricular del nivel de Educacin Media (pp. 44). Repblica de Honduras.

    Secretara de Educacin (2003)

  • 12

    1.4 Componentes de la Formacin en Educacin Media7

    12 grado

    11 Grado

    10 Grado

    FORMACIN DE FUNDAMENTO: Brinda aquellas competencias bsicas que son

    comunes a ambas modalidades.

    FORMACIN ORIENTADA: Brinda aquellas competencias de carcter

    fundamental (Competencias clave) orientada segn los campos bsicos del

    conocimiento y laborales.

    FORMACIN ESPECFICA: Brinda aquellas competencias propias del campo de

    especialidad de cada orientacin.

    7 Repblica de Honduras. Secretara de Educacin (2003). Planes y Programas de Estudio de Educacin Media Primer Ao- Bachillerato en ciencias y humanidades (pp.14-15).

    Se debe entender la formacin especfica de el BCH es en ciencias de su especialidad

    como una formacin Propedutica para el nivel Terciario o Universitario

    Formacin

    de

    Fundamento

    Formacin

    Orientada

    Formacin

    de

    Fundamento

    Formacin

    Orientada

    Formacin

    Especifica

    BCH

    Formacin

    Especifica

    BTP

  • 13

    1.5 Modalidades de la Educacin Media8

    Bachillerato Cientfico Humanista

    Esta modalidad consolida los aprendizajes logrados en la Educacin Bsica;

    fortalece el desarrollo integral de la personalidad, enfatizando el conocimiento de

    las ciencias, la aplicacin de la tecnologa y el uso funcional de una lengua

    extranjera.

    El Bachillerato en Ciencias y Humanidades tiene una duracin de dos aos y

    habilita para continuar estudios en el nivel de Educacin Superior.

    Bachillerato Tcnico Profesional

    Esta modalidad consolida los aprendizajes logrados en la Educacin Bsica,

    fortalece el desarrollo integral del educando, formndolo en el campo de la ciencia

    y la tecnologa.

    Tiene doble finalidad: por un lado, habilitar al estudiantado mediante competencias

    ocupacionales, para el acceso al mundo laboral; y por otro lado, prepararlo/a para

    continuar estudios en el nivel de Educacin Superior. Tiene una duracin de tres

    aos. Est conformada por tres bloques de reas curriculares: Formacin

    Cientfico Humanista, Formacin Tecnolgica Diversificada y Formacin Tcnica

    Especializada.

    8 Repblica de Honduras. Secretara de Educacin (2003). Currculo Nacional Bsico. Captulo 6 Lineamientos del Currculo de Educacin Media. Bachillerato Cientfico Humanista (pp. 47) y Bachillerato Tcnico Profesional (pp. 48).

  • 14

    2. Bachillerato Tcnico Profesional

    El Bachillerato Tcnico Profesional (BTP) ofrece todas aquellas carreras u orientaciones

    en los sectores productivos: Industrial, Agroforestal y de Servicios; con salida laboral,

    emprendedora y para continuar estudios superiores.

    A continuacin las carreras y orientaciones establecidas, hasta la fecha:

    Sector Descripcin del Sector Orientaciones de cada Sector9

    Agropecuario

    Es el sector primario, que est

    formado por las actividades

    econmicas relacionadas con la

    transformacin de los recursos

    naturales en productos primarios no

    elaborados.

    Este sector comprende:

    La agricultura, la ganadera, la

    silvicultura. La pesca, la acuicultura,

    la caza y la apicultura

    Agricultura

    Administracin Forestal

    Desarrollo Agropecuario

    Gestin Forestal

    Industrial

    El sector secundario de la economa

    es el responsable de transformar la

    materia prima extrada o producida

    por el sector primario, en productos

    de consumo.

    Este sector comprende:

    La artesana, la industria, la

    construccin, la minera as como la

    obtencin de energa.

    Electricidad

    Electrnica

    Refrigeracin y Aire

    Acondicionado

    Mecnica Industrial

    Maquinas y Herramientas

    Mecnica Automotriz

    Construcciones Metlicas

    Confeccin Industrial

    Confeccin del vestido

    Tcnico en Sastrera

    Industria de la Madera

    Administracin

    y Servicios

    Tambin es considerado como

    sector de servicios ya que no

    produce bienes, sino servicios

    incluye subsectores como:

    Comercio, finanzas, transportes,

    comunicaciones, turismo, hostelera,

    ocio, cultura, espectculos,

    Informtica

    Administracin de Empresas

    Contadura y Finanzas

    Administracin Hotelera

    Salud y Nutricin Comunitaria

    9 Tomado de los trifolios por carrera de BTP elaborados por la Subsecretara de Asuntos Tcnicos y Pedaggicos de la Secretara de Educacin.

  • 15

    El desarrollo y/o instrumentacin curricular de la Reforma de los planes y programas del

    Bachillerato Tcnico Profesional en las diferentes orientaciones, solo aplica a los que

    incluyen los acuerdos No. 15155-SE-2012, No. 15154-SE-2012 y No. 033-SE-2014

    Los que no aparecen en dichos acuerdos siguen funcionando con el plan y/o pensum

    actual hasta que est aprobada la Reforma Curricular correspondiente.

    2.1 Requisitos para la Apertura de Carreras de Bachillerato Tcnico

    Profesional y Bachillerato Cientfico Humanista

    2.1.1 Autorizacin Para La Apertura De Jardines, Escuelas E

    Institutos De Educacin Media No Gubernamentales

    Para que pueda funcionar una escuela o Instituto de Educacin Media, deber obtener

    acuerdo de autorizacin emitido por el Poder Ejecutivo a travs de la Secretara de

    Educacin.

    Para obtener el acuerdo de los diferentes centros educativos con la siguiente naturaleza:

    aperturas, acuerdos definitivos, ampliaciones y conversiones, sean estos de carcter

    Gubernamental y no Gubernamental, deber hacer la solicitud con los siguientes

    requisitos:

    1.-La solicitud de funcionamiento debe ser elaborada por un Apoderado Legal.

    2.-Carta Poder, adjuntando el certificado de autenticidad o Poder General. (Se autentica

    la firma de la persona que ha concedido el Poder).

    3.-Fotocopia de Escritura de Constitucin de Comerciante Individual o Sociedad Mercantil

    (con su respectivo registro de la propiedad Mercantil o en su defecto Personalidad

    Jurdica).

    4.-Nmina- Presupuesto elaborada en el formato oficial, describiendo el personal docente,

    administrativo y de servicio, cabe recordar que el salario de los docentes no debe ser

    menor del 60% de lo que paga el Estado y para el personal de servicio no menor del

    salario mnimo.

    5.-El horario general de clases del Nivel Primario debe de ser elaborado de acuerdo al

    artculo 117 del Reglamento General de Educacin Primaria, el de Pre-Escolar de acuerdo

    a rincones educativos y por da y el Nivel Medio segn Malla Curricular aprobada por la

    Secretara de Educacin.

  • 16

    6.-El plano del edificio se debe presentar: descrito, firmado y sellado por un Ingeniero

    Civil.

    7.-Si el local donde funciona el Centro Educativo es alquilado, debe adjuntar al

    expediente, contrato de arrendamiento el cual debe ser elaborado de acuerdo a la Ley de

    Inquilinato y si el local es propio deber adjuntar la Escritura Pblica.

    8.-El censo o matrcula de los alumnos, debe elaborarse de acuerdo al nivel solicitado y

    por ao.

    9.-El listado de libros de la biblioteca debe ser descrito por niveles y modalidades, en el

    caso de que el Centro Educativo sea Bilinge el listado debe ser descrito en el idioma que

    imparten y en espaol.

    10.-Listado de materiales, equipo de laboratorio y talleres de acuerdo a las modalidades

    solicitadas.

    11.-Listado de material de enseanza de acuerdo al nivel o modalidad solicitada.

    12.-El Reglamento Interno se debe elaborar tomando como pauta el Reglamento de

    Educacin Media, Estatuto del Docente, se recomienda tomar en cuenta la Constitucin

    de la Repblica, Cdigo de la Niez y del Trabajo, cabe recordar que el Reglamento

    Interno son normas propias de la Institucin.

    13.-Adjuntar el currculum vitae de los docentes, fotocopia del ttulo de Maestro de

    Educacin Primaria o Media, dependiendo de la solicitud aludida y documentos personales

    completos, (carn de INPREMA, Escalafn, Colegio Magisterial e Identidad).

    14.-Los docentes que laboran en el nivel medio, deben estar especializados en la

    asignatura que imparten o acreditar el historial acadmico con ms del 60% de

    asignaturas cursadas.

    * Si la Institucin es bilinge debe acreditar dominio de los idiomas que imparten en un

    100% y el ttulo segn la especialidad, caso contrario, puede acreditarlo con los estudios

    de su especialidad en un 60% de las asignaturas aprobadas, (acreditando con nueve

    mdulos), caso contrario haber realizado un curso con la duracin de dos aos o el

    Diplomado con el idioma antes indicado.

    15.-Mobiliario en cantidad y clase.

  • 17

    Adems Se deber tomar en cuenta lo siguiente:

    1. Cuando se presentan solicitudes de modalidades que an no han sido aprobadas al

    Centro, por la Secretara de Educacin estas se remitirn al Departamento de

    Asesora Legal en la Direccin Departamental, para que emitan el dictamen

    correspondiente y estas a su vez la remitirn a Secretara General, quien dar el

    visto bueno y emitir el acuerdo respectivo.

    2. Si un centro ha venido trabajando ilegalmente, en la solicitud de apertura y funcionamiento provisional debe mencionar lo siguiente:

    Hacer nfasis de la legalizacin de los aos de estudio que han realizado los

    educandos en ese centro educativo con cada uno de los listados correspondientes

    por Niveles, Modalidades y por el ao de funcionamiento.

    2.1.2. Requisitos Para Solicitar Cambio De Propietario O Cambio

    De nombre De Un Centro Educativo No Gubernamental

    1.-Solicitud de cambio de propietario o de nombre del Centro Educativo.

    2.-Carta Poder autenticada.

    3.-Cuando es cambio de propietario, se adjunta la constitucin de Sociedad o Comerciante

    Individual del nuevo propietario (se adjunta la anterior).

    4.-Si es cambio de nombre, se adjunta punto de acta en donde Padres de Familia y

    Consejo de Maestros estn de acuerdo con el trmite pertinente.

    5. Copia del acuerdo.

  • 18

    2.1.3 Requisitos Para Apertura, Acuerdos Definitivos,

    Ampliaciones De Centros Educativos Gubernamentales

    De Educacin Media

    a. Solicitud de funcionamiento la que debe ser elaborada por el Director del

    Centro Educativo o fuerzas vivas de la comunidad.

    b. N.P.2 de cada docente y si ya tienen el acuerdo adjuntarlo.

    c. El horario general de clases en base a la malla curricular aprobada por la

    Secretara de Educacin.

    d. El plano del edificio debe venir descrito, firmado y sellado por el Director del

    centro educativo.

    e. El censo o matrcula de los alumnos, debe elaborarse de acuerdo al nivel

    solicitado y por ao.

    f. EL Listado de libros de la biblioteca clasificarlos por modalidades de estudio,

    en el caso de que el Centro Educativo sea Bilinge este deber ser escrito en el

    idioma que imparten y espaol.

    g. Listado de materiales de enseanza, equipo de laboratorio y talleres de

    acuerdo a las modalidades solicitadas.

    h. El Reglamento Interno se debe elaborar tomando como pauta: Cdigo de la

    Niez y la Adolescencia, Constitucin de la Repblica, Convencin Americana de

    Derechos Humanos, Convencin sobre los Derechos del Nio, Declaracin

    Universal de los Derechos Humanos, Estatuto del Docente Hondureo, Ley de

    Igualdad de Oportunidad para la Mujer, Ley Fundamental de Educacin, Pacto

    Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, Reglamento

    General del Estatuto del Docente Hondureo, Reglamento General de Educacin

    Media, Reglamento General de Educacin Primaria, cabe recordar que el

    Reglamento Interno son normas propias de la Institucin.

    i. Adjuntar al currculum vitae de los docentes, fotocopia del ttulo y

    documentos personales completos, (carn de INPREMA, Escalafn, Colegio

    Magisterial e Identidad).

    j. Nivel Acadmico. Los docentes deben estar especializados (titulados) segn la

    asignatura que imparten o acreditando el historial acadmico con ms del 60% de

    asignaturas cursadas.

    k. Mobiliario en cantidad y calidad de acuerdo al nmero de estudiantes

    matriculados.

  • 19

    Adems se debe tomar en cuenta lo siguiente:

    a. Cuando se presentan solicitudes de modalidades que an no han sido aprobadas al

    Centro, por la Secretara de Educacin, estas se remitirn al Departamento de

    Asesora Legal de la Direccin Departamental de Educacin para que emitan el

    dictamen correspondiente y estas a su vez la transfieran a Secretaria General

    quien dar el visto bueno y emitir el acuerdo respectivo.

    Solicitar al Director (a) Departamental de Educacin del lugar de procedencia,

    constancia de que existe estructura presupuestaria para que funcione o est

    funcionando el centro educativo.

    b. El expediente de mrito se remitir a la Sub-Gerencia de Recursos Humanos

    Docentes, para verificar el presupuesto respectivo para su funcionamiento.

    2.1.3.1. Regulaciones sobre Apertura de Carreras

    a. Cada Director/a de centros educativos gubernamentales y no gubernamentales

    gestionar y tramitar ante las oficinas competentes la solicitud de autorizacin

    para el cambio de planes y programas de estudio, en cumplimiento a las

    disposiciones del Secretario de Estado en el Despacho de Educacin.

    b. La apertura de carreras del sector industrial, se aprobaran en aquellos Centros

    Educativos con capacidad instalada y nicamente en la jornada diurna.

    c. Para las carreras ya implementadas en la jornada nocturna, se verificar en situ su

    funcionalidad y se dictaminara segn su desempeo, lo que implica un plan de

    desgaste o plan de mejora continua.

    d. Para la jornada nocturna nicamente se autorizaran las orientaciones del sector de

    administracin y servicios, entrando en desgaste las carreras del sector industrial y

    agroforestal.

    e. Las instituciones educativas que soliciten apertura de carreras tcnicas del sector

    agroindustrial, agroforestal, industrial y de servicios, deber contar con

    instalaciones propias.

    f. En el caso de la Educacin a Distancia o cualquier otra modalidad alternativa, solo

    se autorizar la apertura de carreras de orden administrativo y financiero.

    g. Los Centros Educativos a Distancia (SEMED) deben aplicar el acuerdo No.089-

    SE-2014. En el caso del Bachillerato en Ciencias y Humanidades (BCH) y las

  • 20

    opciones de estudio no descritas en el acuerdo mencionado deben seguir

    implementndose en base a los acuerdos No. 0111-EP-94 y 1075-SE-200210.

    h. Los Centros Educativos a Distancia solo podrn implementar las carreras con

    orientaciones del Sector Administracin y Servicios. Las otras carreras que estn

    administrando fuera de este sector entraran en desgaste.

    i. El trmite de autorizacin de una carrera BTP iniciar en las Direcciones

    Departamentales de Educacin (dictamen de la Unidad Tcnico Pedaggico) y

    finalizar en la Secretara General a Nivel Central para la emisin del respectivo

    acuerdo.

    j. Para los Centros de Media gubernamentales el trmite ser gratuito; no as para

    los centros no gubernamentales quienes deben cubrir los gastos generados.

    k. El Centro Educativo que ya tiene el primer ao de formacin de fundamento,

    puede inscribir el segundo ao de otras carreras nuevas, siguiendo el trmite de

    aprobacin respectivo, siempre y cuando no cause impacto presupuestario.

    10 Secretara de Educacin. Subsecretara de Asuntos Tcnicos Pedaggicos (2014). Instructivo para la implementacin del diseo curricular nacional de la educacin bsica y para la educacin media (pp. 7).

  • 21

    2.1.3.2. Requisitos para la Conversin de Carrera Existente a BTP y

    BCH

    La solicitud de conversin a carreras del Bachillerato Tcnico Profesional (BTP) y

    Bachillerato Cientfico Humanista (BCH) debe ser elaborada y presentada por el Director/a

    del Centro Educativo, dirigida al Director/a Departamental de su jurisdiccin, adjuntando la

    documentacin siguiente:

    a. Copia de acuerdo o decreto de funcionamiento del Centro Educativo y de las

    carreras aprobadas para el mismo (aplica a centros educativos gubernamentales y

    no gubernamentales).

    b. NP2 de cada uno de los docentes, tanto de las horas del BTP y BCH como de las

    horas de los cursos en desgaste para los Centros Educativos Oficiales (Nmina de

    Presupuesto para los no gubernamentales).

    c. Propuesta de reubicacin del personal con nombramiento permanente,

    previamente consensuado con los catedrticos que pasan al BTP y BCH por

    convertirse, ilustrando las clases de la modalidad en desgaste que deja y a las que

    pasa, mediante traslado interno o por resolucin.

    d. El horario general de clases del nivel medio conforme al Plan de Estudio del

    BTP, BCH y Carrera(as) en desgaste, aprobado por la Secretara de Educacin.

    e. Matrcula o pre - matrcula (realizada a finales de noviembre) de los educandos

    del BTP, BCH y carreras en desgaste por curso, seccin y jornada.

    f. Listado de material de enseanza de acuerdo al nivel o modalidad solicitada.

    g. Inventario del: equipo, herramientas y materiales en laboratorios y talleres

    (segn orientacin del BTP solicitado).

    h. Currculum vitae de los docentes acompaado de la fotocopia del ttulo de

    Profesor de Educacin Media o Licenciatura en la especialidad correspondiente,

    acuerdo de nombramiento del centro donde labora, (igual para los no

    gubernamentales) documentos personales completos (carn de INPREMA,

    Escalafn, Colegio Magisterial e Identidad).

    i. Constancia de las estructuras presupuestarias que se utilizarn para el BTP y

    BCH emitida por la Subgerencia de Recursos Humanos Docentes,

    j. Informe de supervisin de la respectiva Direccin Distrital, sobre la viabilidad de

    implementacin del BCH o BTP solicitado.

    El expediente de mrito se remitir a la Direccin Departamental de su jurisdiccin,

    completo, debidamente anillado y foliado a fin de evitar la prdida de

    documentacin en el proceso, quienes a su vez lo remitirn al nivel central para la

    emisin del Acuerdo.

  • 22

    2.2 Reglamentacin para la administracin del Bachillerato Tcnico

    Profesional y el Bachillerato en Ciencias y

    Humanidades

    Segn el Acuerdo 15154-SE-2012, existe una distribucin de las responsabilidades y

    atribuciones para la administracin de los Bachilleratos Tcnico Profesionales:

    2.2.1 Competencias de las Direcciones Departamentales de

    Educacin en la Reforma de Media

    Compete a las Direcciones Departamentales a travs de las Unidades Tcnico

    Pedaggicas, Direcciones Municipales o Distritales:

    a. Administrar el desarrollo curricular del Nivel Medio conforme a las normas

    establecidas en el Nivel Central.

    b. Dar seguimiento y monitoreo al desarrollo curricular de los diferentes Bachilleratos

    Tcnico Profesionales, de acuerdo al Proyecto Educativo de Centro (PEC) y

    Proyecto Curricular de Centro (PCC).

    c. Dar trmite a la apertura de carrera segn los requisitos ya establecidos por la

    Secretaria de Educacin

    d. .Trasladar cualquier equipo no utilizado en un Centro Educativo de Media a otro

    Centro que lo necesite previo levantamiento de acta y en situaciones debidamente

    comprobadas de negligencia en el aprovechamiento del mismo.

    e. Emitir la resolucin respectiva para darle legalidad al personal docente, que al

    momento de la calendarizacin haya quedado sin funciones en el centro educativo.

    Reubicndolo en actividades de su especialidad, puestos administrativos o clases

    donde se necesite.

    2.2.2. Competencias del Cuerpo Directivo

    a. Las equivalencia sern automticas para el primer ao de la Formacin de

    Fundamento, entre las diferentes orientaciones del Bachillerato Tcnico

    Profesional y el Bachillerato Cientfico Humanista, tomando en cuenta lo siguiente:

    Las carreras vigentes debern presentar la solicitud de equivalencias, por

    escrito, ante la autoridad competente y solo se otorgara para el primer ao de

    carrera.

    Los educandos que iniciaron sus estudios con los planes derogados

    continuarn hasta graduarse; y si se retiran solo podrn tramitar equivalencias

    para el primer ao (Formacin de Fundamento) si por lo menos han cursado

    el primer ao de la carrera derogada, en un periodo anterior no mayor de tres

    (3) aos.

  • 23

    Los educandos que iniciaron sus estudios con los planes derogados

    continuarn hasta graduarse; an si reprueban o llevan clases retrasadas.

    b. Garantizar el buen funcionamiento del Centro Educativo a travs de:

    Supervisin curricular de las carreras

    Revisin con los coordinadores de rea y jefes de taller las jornalizaciones

    preparadas por los docentes.

    Verificacin anual del inventario, ms las necesidades de maquinaria y

    equipo.

    Revisin de la infraestructura a fin de incluir las reparaciones o ampliaciones

    requeridas.

    Establecimiento de alianzas estratgicas con instituciones, organizaciones

    para el desarrollo de pasantas, Prctica profesional y Trabajo Educativo

    Social

    Coordinacin con los padres de familia y autoridades locales para optimizar la

    calidad de los servicios educativos.

    Lograr que los coordinadores y docentes de rea o jefes de taller se

    empoderen de las carreras para el fortalecimiento y engrandecimiento de las

    mismas.

    c. En conjunto con las coordinaciones de rea, revisar y aprobar la planificacin

    docente, verificando el cumplimiento mediante la supervisin, con el propsito de

    garantizar los aprendizajes de calidad y el logro de las competencias previamente

    descritas, exigiendo a los docentes compensar en tiempo adicional las

    competencias no alcanzadas por los educandos, atendiendo grupos no mayores

    de 15 estudiantes.

    d. Monitorear el desempeo docente, a fin de verificar que se cumpla en tiempo y

    forma la enseanza correspondiente en cada modalidad.

    e. Revisar y aprobar a los docentes la jornalizacion, planificacin y estrategias de

    evaluacin de acuerdo a los lineamientos establecidos por las unidades

    competentes de la Secretaria de Educacin.

    f. Elaborar junto con el secretario, las propuestas de nombramiento y/o reubicacin

    de personal de manera que la carga acadmica se distribuya conforme a lo

    establecido en este reglamento y en los planes de estudio. los docentes con

    nombramiento permanente que quedaren con horas disponibles, completaran su

    carga sirviendo esas horas en asesoramiento de la Prctica Profesional, Trabajo

    Educativo Social, Tutoras de reposicin de mdulos, materia retrasada o lo que el

    director estime conveniente para el engrandecimiento o prestigio de la institucin.

    g. Establecer alianzas estratgicas pertinentes con las empresas locales o

    regionales para que los estudiantes puedan hacer sus pasantas y prctica

    profesional.

  • 24

    h. Verificar el cumplimiento de la evaluacin en los diversos momentos del

    aprendizaje de los estudiantes

    i. Registrar en los libros y Sistema de Administracin de Centros Educativos

    (SACE), la matrcula de los educandos en la Orientacin (o Especialidad) que

    desea estudiar.

    2.2.3 Responsabilidades de los Docentes:

    Las responsabilidades del docente sin menoscabo a las establecidas en el Estatuto del

    Docente y su reglamento son las siguientes:

    a. Responsable directo de la planificacin y jornalizacin, cubriendo el nmero de

    horas que le competen.

    b. Impartir con calidad la enseanza con forme a los planes y programas de estudio

    del Bachillerato Tcnico Profesional y Bachillerato Cientfico Humanista en la

    orientacin de su competencia.

    c. Contribuir con el aprendizaje individual del estudiante hasta que alcance las

    competencias establecidas en las unidades y campos del saber.

    d. Promover el fortalecimiento institucional y comunal a travs de los proyectos

    desarrollados en las diferentes carreras.

    e. Impartir las clases y que se le remunere con forme al plan de estudios.

    f. Hacer adecuaciones curriculares orientadas a la metodologa y ampliacin de

    contenidos fundamentales, que permitan a los estudiantes adquirir las

    competencias estipuladas para cada modalidad y orientacin.

    g. Cumplir con el nmero de horas asignadas en su especialidad.

    h. Promover el emprendimiento en el proceso de formacin de los estudiantes.

    i. Compensar en tiempo adicional el logro de las competencias no alcanzadas por

    los estudiantes, atendiendo grupos no mayores de 15 estudiantes.

    j. Brindar la oportunidad de repetir a los educandos que reprueben el mdulo por

    una nica vez, sin remuneracin adicional. (segn artculo 56 del acuerdo 15154

    SE 2012).

    2.2.4 Regulaciones para el recurso humano de los centros educativos

    2.2.4.1 Para el Cargo de Direccin:

    El personal nombrado para la Direccin de los Institutos Tcnicos de Educacin

    Media, adems de reunir los requisitos establecidos por el Estatuto del Docente

    Hondureo, deber acreditar su formacin tcnica ms la formacin en

    administracin educativa.

  • 25

    2.2.4.2 Para el Personal Docente que ya Est en el Sistema:

    a. Todo docente conservar su derecho de permanencia segn su acuerdo de

    nombramiento y podr solicitar traslado interno siempre y cuando no cause

    efecto presupuestario.

    b. El personal docente que al momento de calendarizar o por cualquier razn

    haya quedado sin funciones en un centro educativo; podr ser reubicado en

    clases cuando se necesite, en actividades de su misma especialidad o

    puestos administrativos; emitindose la respectiva resolucin conforme a lo

    establecido en las leyes.

    c. Los docentes con nombramiento permanente que queden con horas

    disponibles, completaran su carga sirviendo esas horas en el asesoramiento

    de su Prctica Profesional, Trabajo Educativo Social, tutora de reposicin de

    mdulos

    d. La modificacin de los acuerdos del personal laborante debe hacerse de

    manera progresiva y sistemtica. Se recomienda iniciarlos una vez finalizado

    el proceso de desgaste, los cuales deben hacerse con base a las mallas de

    los BTP contempladas los acuerdos No. 15155-SE-2012, No.15154-SE-2012,

    No. 033-SE-2014; y No. 0112-SE-2014.

    e. El Director/a del centro educativo de forma temporal, mientras dure la

    transicin del plan viejo a desgastar y la implementacin de los Bachilleratos

    Tcnicos Profesionales bajo el diseo por competencias, podr realizar

    reubicaciones internas amparadas en Ley, procurando el respeto a la

    estabilidad laboral y especialidad del docente; atendiendo prioritariamente las

    necesidades e intereses de los educandos. Una vez concebida la

    reorganizacin interna, consensuada y socializada; en Consejo de Maestros

    levantar Acta Especial dando a conocer la reorganizacin y funciones del

    personal. Transcribiendo a la autoridad superior inmediata para que se emita

    la respectiva resolucin.

    f. Cuando exista personal que a pesar de las reubicaciones internas no es

    factible justificar su carga horaria, se debe comunicar oficialmente a la

    Autoridad Departamental, quien respetando su estabilidad laboral y acuerdo

    de nombramiento facilite su incorporacin a otro centro educativo que lo

    demande.

    2.2.4.3 Para el Nuevo Personal que Ingrese al Sistema:

    a. El nuevo personal docente que ingrese al sistema se nombrar con acuerdos

    globales en la especialidad respectiva.

    b. El personal de especialidad que ingrese al servicio del sistema y no tenga

    formacin docente, debe estar debidamente acreditado por una institucin

    reconocida; mientras la UPNFM prepara al personal docente de acuerdo a la

    demanda de este nivel.

  • 26

    c. La formacin especfica tambin podr ser impartida por especialistas en el

    rea con formacin universitaria debidamente certificados y otros

    profesionales a nivel superior que no contempla el Estatuto del Docente

    Hondureo y que son aptos pata servir las reas del BTP. Estos profesionales

    sern nombrados en forma interina y se les dar un tiempo no mayor de 5

    aos para obtener la debida titulacin docente.

    2.2.5 Regulaciones Curriculares

    a. Las carreras deben graduar un mximo de diez promociones y pasado este

    tiempo deben hacer nuevamente un estudio para cambiar carrera si es

    necesario.

    b. Los planes y programas de estudio se evaluarn cada seis aos para

    actualizarlos en funcin de avances cientficos, tcnicos y tecnolgicos.

    c. Los semestres tendrn una duracin de 20 semanas, el primer semestre se

    iniciara el 01 de febrero de cada ao, el segundo semestre iniciara el 01 de

    julio y finalizara el 30 de noviembre de cada ao.

    d. Los institutos de Educacin Media que apliquen al BTP deben seguir las

    normas establecidas en el Currculo Nacional Bsico, Diseo Curricular de

    Educacin Media y el Sistema Nacional de Evaluacin de la Calidad de la

    Educacin (SINECE); atendiendo lo establecido en su respectivo reglamento.

    e. La evaluacin como accin permanente del proceso educativo del BTP, se

    aplicar en forma sistemtica desde la planificacin, programacin del proceso,

    hasta la promocin de los educandos(as) conforme a lo establecido en el

    reglamento para el funcionamiento del BTP.

    f. Toda adecuacin curricular, debe notificarse previamente, sin menoscabo de la

    jerarqua institucional, a la autoridad competente en el nivel departamental para

    su autorizacin y consiguiente aplicacin; especificando asignatura o mdulo,

    nmero de pgina, acpite y los cambios sugeridos, debidamente justificados y

    consensuados a nivel de las coordinaciones de rea (en caso de no existir la

    coordinacin de rea con los docentes de la misma especialidad que laboren

    en el mismo centro educativo).

  • 27

    2.2.6 Responsabilidades de los funcionarios en la aplicacin de los

    Bachilleratos Tcnico Profesionales y Cientfico Humanista

    Funcionario Responsabilidad Propsito

    Cuerpo Directivo

    Identificar necesidades de capacitacin docente, ayudas didcticas, equipamiento o mejoras en infraestructura, tomando de base las dimensiones del PEC.

    Gestionar recursos necesarios que permitan la sostenibilidad en la calidad del servicio educativo.

    Identificar necesidades de certificacin, acreditacin.

    Mejor calidad educativa.

    Monitorear el desempeo docente. Que se cumpla en tiempo y forma la enseanza en cada BTP y BCH.

    Revisar y aprobar a los docentes la planificacin, jornalizacin y evaluacin.

    Que se enmarque en los lineamientos establecidos por la SE.

    Elaborar propuestas de nombramiento y reubicacin de personal.

    Distribucin de carga acadmica, y en algunos casos completar carga acadmica.

    Establecimiento de alianzas con el sector privado empresarial y ONG.

    Gestin para desarrollar las Prcticas Profesionales, Pasantas o Trabajo Educativo Social.

    Secretario del Instituto

    Llevar el registro de matrcula inicial, y final

    Contar con datos de matrcula de las diferentes orientaciones del BTP y BCH desagregadas por gnero.

    Tramitar las equivalencias solicitadas. Permitir la movilidad de los estudiantes. .

    Controlar la movilidad horizontal y vertical del estudiante.

    Facilitar al estudiante el proceso de cambio de un BTP a otro, al Bachillerato en ciencias y humanidades o el paso de un ao a otro y a otro instituto

    Extender certificacin de estudio. Confirmar la autenticidad de la certificacin extendida

    Elaborar propuestas de nombramiento. Elaborar acciones de personal y tramitarlas.

    Docentes

    Impartir con calidad la enseanza conforme a los Planes y Programas de Estudio del BTP y BCH en la orientacin de su competencia.

    Contribuir con el aprendizaje individual de los educandos hasta que alcance las competencias establecidas en el Plan de Estudios.

    Apoyar el desarrollo de proyectos, las pasantas, trabajo educativo social, la prctica profesional, o el desarrollo de tutoras (si se contempla dentro de su carga horaria, nominal o asignada).

    Completar la formacin prctica de los educandos para su egreso con las competencias desarrolladas.

    Promover el fortalecimiento institucional y comunal a travs de los proyectos desarrollados en las diferentes carreras.

    Proyeccin Comunitaria

    Hacer adecuaciones curriculares dentro del currculo prescrito, orientadas a la metodologa y contenidos fundamentales.

    Permitir a los educandos adquirir las competencias pertinentes, estipuladas para cada orientacin del BTP o BCH

    Cumplir con el nmero de horas asignadas

    Que los educandos adquieran los aprendizajes y las competencias.

    Promover el emprendimiento en el proceso de formacin de los educandos con una visin integral y de desarrollo local.

    Fomentar el desarrollo de actividades en los campos sociales culturales y ecoomicos.

  • 28

    3. Pasantas, Prctica Profesional y Trabajo Educativo Social11

    3.1 Pasanta

    La Pasanta se define como una prctica profesional de corta duracin y en temas

    especficos, que un estudiante realiza una vez que ha aprobado la carga de un

    mdulo, cumplir como objetivo; profundizar el conocimiento prctico y preparar al

    estudiante para el campo laboral donde ejercer su profesin.

    Durante el desarrollo de la pasanta se dividen las responsabilidades de la

    siguiente manera:

    a. El pasante ser asignado a trabajar con un tutor empresarial, quien asume la

    responsabilidad de proveerle la descripcin de sus tareas y un plan de trabajo.

    b. El docente supervisor visitar la empresa junto con el educando a fin de

    consensuar los objetivos de la misma, con el tutor empresarial que se le

    asigne.

    c. El educando registrar las actividades realizadas para resumirlas en el informe

    final.

    d. El docente supervisor de la pasanta, debe llevar un registro de las actividades

    observadas y valorar los conocimientos adquiridos en la prctica, mediante

    pruebas prcticas y asignar la calificacin de la Pasanta en base a 100% de

    acuerdo a la siguiente valoracin:

    Valor del informe de la pasanta: 30%

    Valor del informe de supervisin docente: 30%

    Valor obtenido de la prueba prctica: 40%

    e. Elementos a considerar para el informe de pasanta:

    Incluir datos generales (nombre del instituto, nombre de la pasanta,

    empresa donde la realiza, lugar y fecha de ejecucin, nombre del tutor

    empresarial, docente, y educando)

    Actividades realizadas

    Aprendizajes adquiridos

    Dificultades encontradas

    Observaciones y conclusiones

    Presentarlo con las siguientes especificaciones tcnicas: mnimo de 15

    pginas, letra Arial, espacio 1.5.

    11 La Gaceta Repblica de Honduras, Tegucigalpa, M.D.C., 5 de noviembre del 2012. Acuerdo No. 15154-SE-2012.

  • 29

    3.2 Prctica profesional

    Se define la Prctica Profesional como el periodo en el que los educandos se

    ejercitan como profesionales infieri en una institucin, empresa, parque industrial u

    organismos no gubernamentales (ONG); a fin de poner en prctica y actualizar las

    competencias adquiridas durante su vida estudiantil.

    La Prctica Profesional ser orientada por el coordinador del rea, siendo

    seleccionado(a) por la Direccin del Centro Educativo y por su afinidad con la

    carrera.

    El supervisor de la Prctica Profesional recibir un salario equivalente a cuatro (4)

    horas clase anual y supervisar 4 horas semanales en cada proceso, pagadas de

    acuerdo a disposiciones presupuestarias. Los docentes que por motivo de la

    transformacin educativa quedaren con horas libres estn obligados cubrir estas

    horas.

    Los centros que no dispongan de presupuesto o docentes con carga horaria

    disponible para la supervisin de la Prctica Profesional, consensuaran con los

    padres o encargados de los educandos el financiamiento de este servicio

    conforme a lo establecido en el acuerdo de funcionamiento del BTP.

    Los coordinadores de cada una de las reas debern tener un banco de datos de

    instituciones pblicas y privadas que estn en la disponibilidad de atender a los

    jvenes que realizaran la Prctica Profesional, asimismo harn la solicitud por

    escrito a estas instituciones con el visto bueno del Director del Centro Educativo.

    Los educandos deben cubrir un nmero mnimo de 176 horas o 22 das hbiles

    donde pueda ejercitar su aprendizaje en la orientacin del Bachillerato Tcnico

    Profesional correspondiente.

    Una vez realizada la Prctica Profesional, el estudiante deber presentar un

    informe final que comprender:

    a. Datos generales.

    b. Organigrama de la institucin donde realiz la prctica, sealando la

    ubicacin del puesto que desempeo y la descripcin de las funciones.

    c. Detalle del trabajo realizado, el cual debe ser acorde con su formacin

    especfica.

    d. Hoja de referencia ms calificacin en base a 100% del supervisor interno,

    ms la hoja de evaluacin en base a 100% de su profesor coordinador.

    e. Anexos de formas, cuadros, controles u otros que haya utilizado en el

    proceso.

  • 30

    3.3 Trabajo Educativo Social

    El Trabajo Educativo Social es el espacio curricular que contribuye a la formacin

    integral de la juventud, fortaleciendo el sentido de pertenencia social, participacin

    comunitaria y la prctica de valores que le permiten visualizar su compromiso con

    los sectores necesitados y vulnerables, siendo partcipe en la solucin de

    problemas para alcanzar su propio desarrollo, el de su familia, comunidad y su

    nacin.

    El Trabajo Educativo Social ser asesorado por un docente del Centro Educativo

    que tenga acuerdo permanente en cualquier rea, siendo asignado por la

    Direccin del Centro Educativo de acuerdo a la afinidad con la carrera.

    Tendr una duracin mnima de 140 horas segn acuerdo N 0407- SE 2014 y

    ser realizado en horario diferente a la jornada de clases (fines de semana,

    jornada contraria y/o das feriados). Dichas horarios se contarn a partir del

    periodo de socializacin del proyecto con las autoridades locales, ONGs y la

    comunidad.

    Una vez terminado el trabajo educativo social el estudiante debe presentar su

    informe y hacer la respectiva defensa del mismo, conforme a lo establecido en el

    reglamento del TES (acuerdo 0407-SE-2014).

    Requisitos generales

    Para realizar la Prctica Profesional y el Trabajo Educativo Social,( este empieza

    desde el mes de marzo) el profesor coordinador debe verificar si el/la estudiante

    rene los siguientes requisitos:

    a. Haber aprobado un 70% de todas las asignaturas y mdulos correspondientes

    al Plan de Estudios de su carrera.

    b. Entregar nota de aceptacin de la empresa o institucin donde realizar su

    prctica.

  • 31

    4. Evaluacin del Bachillerato Tcnico Profesional

    La Evaluacin del BTP cumplir las fases establecidas por el SINECE. Se debe evaluar

    conforme a las normas determinadas para la modalidad que comprende:

    a. Tareas e investigaciones.

    b. Listas de cotejos.

    c. Valoracin de aprendizajes.

    d. Proyecto Empresa Joven Estudiantil.

    e. Cuadro de registro final.

    La Evaluacin del BTP se har conforme a las normas establecidas por el acuerdo

    15154 SE- 2012

    4.1 Evaluacin del Ao de Formacin de Fundamento

    a. La evaluacin de formacin del ao de fundamento en el primer ao y primer

    semestre del segundo ao seguir las normas de una asignatura, valorada

    bimestral y semestralmente.

    b. Los educandos de la formacin de fundamento podrn hacer recuperacin de una

    o ms asignaturas, siempre y cuando aprueben ms de la mitad de la carga

    acadmica en una sola oportunidad inter-semestral (acuerdo 0700-SE-2013) y

    slo podrn llevar una asignatura retrasada en el siguiente semestre. Si un

    estudiante reprueba ms de una materia deber repetir el semestre en el ao

    siguiente.

    c. Los estudiantes que egresan de noveno grado podrn ingresar a un BTP o BCH

    llevando una asignatura en carcter de retrasada, el docente responsable debe

    ajustar el contenido de la misma a los diez temas ms relevantes del noveno

    grado, para ser desarrollada nicamente durante el primer semestre del ao de

    fundamento, es responsabilidad del estudiante tener aprobada la asignatura

    retrasada para poder someterse a la evaluacin semestral del BTP o BCH.

    4.2 De la Evaluacin Modular

    a. La evaluacin es modular, y considera las siguientes fases:

    Sumativa: durante el desarrollo del mdulo se preparan listas de cotejo por

    competencia12.

    Final: responde a los criterios establecidos para cada mdulo y

    competencia; para ellos debe elaborarse una lista de cotejo similar a la

    sumativa, slo que con la suma de las competencias enumeradas para

    cada mdulo13.

    12 Ver anexo del modelo de lista de cotejo para evaluacin sumativa. 13 Ver anexo del modelo de lista de cotejo para evaluacin final.

  • 32

    b. Cada docente segn su especialidad asignar los valores que corresponden a

    cada criterio de evaluacin y a la lista de cotejo, de manera que cada mdulo

    tendr una calificacin final de 100% que ser la suma del 70% acumulado en el

    desarrollo del mdulo ms 30% de un examen terico al finalizar el mismo, para

    verificar la retencin de conocimiento terico.

    c. El mdulo de mercadotecnia que corresponde al segundo semestre del segundo

    ao, ser evaluado con un 30% terico y el 70% restante, mediante el desarrollo y

    ejecucin del proyecto Empresa Joven Estudiantil.

    d. Para el control de calificacin se entregaran los formatos correspondientes a la

    evaluacin peridica y final.

    e. Si un estudiante, al ser evaluado no logra las competencias definidas en cada

    mdulo, debe repetir una nica vez hasta alcanzar las competencias respectivas.

    f. Un estudiante no podr avanzar al siguiente mdulo si no logra las competencias

    del anterior, si despus de repetir el mdulo an no logra las competencias podr

    reponerlo en horas extras (en el mismo nmero de horas asignado al mdulo) bajo

    la responsabilidad de un docente de la especialidad que tenga horas disponibles

    en su carga horaria.

    4.3 Evaluacin de la Prctica Profesional

    a. La Prctica Profesional se calificar en un 75% en promedio, entre el 75% que

    valora el profesor de la prctica y el 75% que valora el Supervisor de la institucin,

    empresa, parque industrial u organismo gubernamental o no gubernamental,

    donde se realice la misma. El 25% restante se otorgar al informe presentado por

    el practicante si responde a los criterios de calidad preestablecidos.

    b. La hoja de evaluacin de la Prctica Profesional comprender los siguientes

    aspectos:

    Puntualidad.

    Disciplina en el trabajo.

    Programacin de la agenda de trabajo en el da.

    Ejecucin de tarea (programado versus ejecutado) en forma ordenada.

    Prctica de control de calidad en la tarea ejecutada.

    Propositivo en la toma de decisiones.

    Sugiere cambios que contribuyen a mejorar los procesos y/o servicios.

    Consulta cuando tiene dudas.

    Tiene disposicin para asimilar nuevas experiencias o aprender algo nuevo.

    Cumple con las normas de higiene y seguridad en el trabajo.

    Facilidad para acatar disposiciones de la autoridad superior.

  • 33

    Orden en la ejecucin de sus tareas o metas.

    Comparte las experiencias para mejorar el trabajo colectivo.

    Sabe dirigirse a sus autoridades y compaeros.

    Orienta al pblico o clientela que atiende.

    Expone con claridad los productos y/o servicios al pblico o cliente.

    Otros que se consideren relevantes.

    4.4 Evaluacin del Trabajo Educativo Social

    Para la valoracin del Trabajo Educativo Social, el cuerpo directivo integrar una

    terna especializada de Educacin Media segn Capitulo IX de la Evaluacin del

    TES, artculo 29, inciso a, b, c y d, que calificar conforme a lo establecido en el

    acuerdo 0407-SE-2013.

    4.5 Examen General

    La defensa del Informe del Trabajo Educativo Social ante la Terna Examinadora,

    se programar despus de que la Direccin Departamental de Educacin haya

    aprobado los expedientes de Graduacin de las y los estudiantes, fecha en la que

    se realizar el Examen General mismo que se har conforme a la defensa del

    Informe del Trabajo Educativo Social siguiendo los cuatro tipos de evaluacin

    establecidos: Auto-evaluacin 20%, Co-evaluacin 20%, Evaluacin del Asesor

    30% y la Evaluacin final (Examen General) 30%.

    4.6 Requisitos de Graduacin

    Los requisitos previos a la graduacin del nivel de Educacin Media incluye la

    realizacin y aprobacin de:

    a. Trabajo Educativo Social.

    b. Prctica Profesional (nicamente para el Bachillerato Tcnico Profesional

    y las carreras tcnicas, tanto en desgaste como las que aun continan

    vigentes ) no as para el Bachillerato Cientfico Humanista y el Bachillerato

    en Ciencias y Letras (en desgaste)

    c. Examen del Himno Nacional de Honduras. Examen General (Defensa del

    informe del TES para los aos 2014 -1017).

  • 34

    5. Elementos Adicionales para Implementacin del BTP

    Para mejorar la implementacin de los BTP en los centros de media, se sugieren algunos

    elementos adicionales a considerar en aquellos procesos que se suponen crticos para la

    adecuada implementacin del BTP.

    5.1 Diagnstico para el estudio de mercado laboral y de infraestructura

    pedaggica:

    Este es el proceso que, de aplicarse adecuadamente, permitir determinar cul es el BTP

    ms viable para su implementacin en el centro educativo. El proceso de diagnstico

    forma parte integral de la elaboracin del PEC; no obstante, debido a su importancia, se

    enfatiza en su desarrollo especificando el proceso a seguir y recomendaciones para la

    aplicacin del mismo:

    Pasos Responsable Entregable a Quin

    Fundamento Legal

    Instrumentos

    1. Identificar actores

    Cuerpo directivo

    Equipo Docente Seleccionado

    Art. 09 del Acuerdo 15154- SE-2012

    2. Elaboracin de instrumento

    Actores seleccionados

    Cuerpo Directivo

    - Encuesta

    3. Aplicacin de Instrumentos a: - Docentes - Padres - Alumnos - Sociedad Civil

    Equipo docente seleccionado

    No entregable - Entrevista

    4. Tabulacin, anlisis e interpretacin de los datos.

    Equipo docente seleccionado

    No entregable FODA

    5. Redaccin y presentacin de informe

    Equipo de actores

    - Cuerpo Directivo - Director Municipal - UTP de la DDE

    Informe.

    5.1.1 Sugerencias para el Estudio de las Condiciones Pedaggicas

    Se debe partir de la realidad del Centro Educativo, planteando opciones concretas

    de mejora. El no contar con toda la infraestructura para la implementacin de un

    BTP no debe ser un obstculo, siempre y cuando el plan de fortalecimiento de

    dicha infraestructura sea viable. Este plan de fortalecimiento debe construirse con

    el Consejo Escolar de Desarrollo.

  • 35

    Este estudio debe contar con un diagnstico de los siguientes elementos mnimos:

    - Aulas: Dimensiones del aula, iluminacin, ventilacin y el inventario de

    mobiliario.

    - Laboratorios: Equipo mnimo necesario por rea.

    - Talleres: Maquinaria y equipo por rea.

    - Espacios Recreativos: Instalaciones polideportivas, reas verdes y reas de

    descanso.

    - Equipo Audiovisual: Pizarrn, data show, retroproyector, televisin, equipo de

    sonido, rotafolio, murales y otros.

    Adems de lo anterior, se debe de incluir: los planes de estudio, programas del

    BTP, bibliografa mnima, bibliotecas, personal especializado y material didctico

    especializado.

    5.1.2 Sugerencias para la Investigacin del Mercado Laboral

    El estudio de mercado laboral debe de considerar los siguientes aspectos:

    - Ubicacin geogrfica: esto implica determinar el rea geogrfica en la que

    tiene influencia el centro educativo, as como el rea geogrfica circundante en

    la que existe demanda laboral; de forma que se establezca el rea de

    influencia del Centro Educativo.

    - Tipificacin de empresas e industrias: se debe hacer un mapeo de las

    empresas e industrias dentro del rea de influencia del centro educativo. Este

    mapeo debe considerar los productos y servicios que brindan estas empresas

    e industrias, as como la capacidad de emplear de las mismas.

    - Tamao muestral: para que el estudio sea concluyente, es necesario tomar

    una muestra lo suficientemente amplia de la poblacin meta. Esta poblacin

    debe estar constituida por empresas e industrias, padres y madres de familia,

    autoridades y educandos.

    - Instrumentos vlidos: es necesario que el equipo asignado disee

    instrumentos que sean vlidos y lo ms objetivos posibles. Se puede buscar a

    personas conocedoras del tema para validar los mismos, en el caso de equipos

    que no cuenten con expertos. Resulta de suma importancia cuidar el diseo

    de los instrumentos pues de ello depende directamente la obtencin de

    informacin que permita establecer el BTP ms viable para la comunidad y por

    tanto, para el mismo centro educativo.

  • 36

    5.2 Legalizacin del Bachillerato Tcnico Profesional

    Otro de los procesos crticos para la implementacin del BTP es la legalizacin del mismo.

    Este proceso se define como:

    Pasos Responsable Entregable a Quin

    Fundamento Legal

    Instrumentos

    1. Diagnstico (PEC).

    - Directiva docente - Tcnico docente - Docentes

    Centro educativo

    Art. 09 y 21 del Acuerdo 15154- SE-2012

    - Formatos - Informe

    2. Elaboracin de la solicitud de apertura/ conversin del BTP.

    Directiva Docente

    Direccin Departamental

    Art. 09 del Acuerdo No. 15154-SE-2012

    Formato de la solicitud de la conversin (ver Anexo digital del Formato solicitud de conversin)

    3. Implementacin de los BTP en la institucin.

    Centro educativo

    No entregable

    Oficio Circular No. 0140-SE-2013 del 17.10.2013

    Sin formato

    4. Elaboracin de dictamen.

    Direccin Departamental

    - Secretara Educacin Nivel Central - Centro Educativo

    Acuerdo No. 15154-SE-2012

    Dictamen

    5. Emisin de Acuerdo de legalizacin.

    Secretara de Educacin (Secretara General)

    - Direccin Departamental - Direccin Centro Educativo

    Acuerdo 15155-SE-2012 (apartado dcimo)

    Acuerdo

    En este proceso cabe mencionar que es permitido al centro educativo iniciar con la

    implementacin del ao de fundamento (primer ao), en forma paralela a la solicitud de

    apertura/ conversin de la carrera. Por supuesto contando con el dictamen de la Direccin

    Departamental y del Nivel Central de la Secretara de Educacin depender la

    implementacin del BTP solicitado en su segundo y tercer ao, o la modificacin del

    mismo.

  • 37

    5.3 Reubicacin Interna del Personal Docente

    La reubicacin del personal docente es quizs el proceso que ms dudas ha generado en

    la implementacin del BTP. Desde la experiencia de los centros piloto del BTP y las

    Direcciones Departamentales se establece como el proceso a seguir el siguiente:

    Pasos Responsable Entregable a Quin

    Instrumento Requerido

    Fundamento Legal

    1. Identificar el personal con nombramientos permanentes e interinos y la carga horaria en la modalidad en desgaste.

    Director

    NA Ley Fundamental de Educacin Acuerdo No. 15154-SE-2012 Acuerdo No. 15155-SE-2012 Reglamento General de Educacin Media (Art. 82)

    2. Revisar la malla curricular del BTP y compararla con la malla en desgaste.

    Directiva Docente y Tcnica Docente

    NA

    3. Elaborar un borrador de propuesta de reubicacin de personal.

    Director y Secretario

    NA

    4. Consensuar con los docentes involucrados la propuesta de reubicacin.

    Director NA

    5. Levantar el Acta de consenso de la reubicacin con el Consejo de Profesores.

    Secretario Acta de Consejo de Profesores

    6. Envo de propuesta de reubicacin a DDE para autorizacin.

    Director y Secretario

    Secretara Departamental (DDE)

    NA Art. 31, Ley Fundamental de Educacin Art. 3, Acuerdo No. 0112-SE-2014

    7. Recepcin de la autorizacin por parte de la DDE.

    Secretara General de la DDE

    Director del Centro

    NA Art. 31, Ley Fundamental de Educacin

    8. Elaborar la resolucin por cada docente reubicado, de acuerdo a la propuesta autorizada.

    Secretario Resolucin de Reubicacin (Ver Anexo Digital del Formato Resolucin de reubicacin

  • 38

    Pasos Responsable Entregable a Quin

    Instrumento Requerido

    Fundamento Legal

    docente) 9. Asentamiento de

    resoluciones en el respectivo libro.

    Director y Secretario

    Libro de Resoluciones

    10. Entrega de copia de resolucin al docente y archivo del original en su expediente.

    Secretario - Expediente profesional - Archivo Institucional

    NA

    11. Entrega de copias de las resoluciones a la Direccin Departamental de Educacin para anexarlo a sus expedientes.

    Director Secretara Departamental (DDE)

    NA

    Vale aclarar que el paso 6. Envo de propuesta de reubicacin y copia resoluciones a

    DDE para autorizacin., es indispensable puesto que la Ley Fundamental de Educacin

    atribuye a la Direccin Departamental de Educacin la potestad nica y exclusiva de

    administrar los recursos humanos y financieros de su departamento; y aunque faculta al

    Director de Centro a gestionar su Centro Educativo, esto no afecta la obligacin que tiene

    ste ltimo de informar y recibir autorizacin de la autoridad educativa para proceder con

    la reubicacin docente, an y cuando sea meramente interna.

    Asimismo, una vez realizada la reubicacin y el procedimiento interno, a travs de

    resoluciones, es requerido que el Director de Centro enve la copia de las mismas a la

    Secretara Departamental (DDE) para su archivo en el expediente de cada docente. Esto

    con el fin de permitir a la DDE, por un lado, mantener actualizado el expediente del

    docente y, por otro lado, poder refrendar las constancias y dems documentacin legal

    tramitada por dicho docente.

    Adems, de lo anterior, en el proceso de reubicacin docente y en aras de llevar un mejor

    control del historial de resoluciones de reubicacin, se recomienda la implementacin de

    un Libro de Resoluciones, el cual se define como:

    El Libro de Resoluciones ser autorizado por la respectiva Direccin Municipal o Distrital y

    contendr en forma ntegra las resoluciones emitidas por la Direccin del Centro

    Educativo en cualquier aspecto de la vida institucional, las cuales se identifican en orden

    correlativo en cada ao lectivo; por ejemplo: RESOLUCIN No. 001-DIDAC-2014, que

    debe leerse Resolucin No. 001 de la Direccin del Instituto Departamental lvaro

    Contreras del ao 2014.

    Este libro debe ser llevado, guardado y custodiado por el Secretario del centro educativo,

    tal y como establecen sus funciones.

  • 39

    5.4 Monitoreo Del Cumplimiento De Las Asignaciones De La

    Reubicacin Docente Uno de los principales cuidados que se debe tener en la aplicacin de BTP es el control

    que debe llevarse sobre el cumplimiento de las asignaciones otorgadas por la reubicacin

    docente que incluyen: carga acadmica, coordinaciones de rea, tutoras, reforzamientos,

    etc.; esto con el fin de poder corroborar y comprobar, en caso de auditoras y/o

    supervisiones, que se est cumpliendo a cabalidad con las responsabilidades asignadas a

    cada docente. Para lograr este control, se propone como proceso:

    Pasos Responsable Entregable a Quin

    Fundamento legal

    Instrumentos

    1. Elaboracin de un Plan de monitoreo, que incluye: - Acciones de

    monitoreo; - Fechas de

    aplicacin; - Responsables; - Instrumentos a

    utilizar.

    Director Directiva Docente

    Direccin Departamental

    - Art. 09, Ley Fundamental de Educacin - Estatuto del Docente - Acuerdo No. 15154-SE-2012

    - Fichas de acompaa-miento. - Revisin - Cuadros - Horarios - Resoluciones - Diarios Pedaggicos - Bitcora

    2. Aplicacin del Plan de monitoreo.

    3. Verificacin del cumplimiento de funciones (comparativo entre los resultados del monitoreo y las tareas asignadas en resolucin).

    4. Elaboracin de informe de monitoreo.

    5. Reestructuracin de funciones en caso de ser necesario.

    Director

    La regular aplicacin de este proceso permitir poder garantizar, por un lado, que se est

    ofreciendo el mejor servicio posible y, por otro lado, que no existe ningn tipo de abuso

    por parte de docentes que no quedaron con carga acadmica completa. Esto ltimo es

    imprescindible para evitar cualquier tipo de reparo administrativo para el Centro

    Educativo, la directiva del centro y los docentes mismos.

  • 40

    5.5 Sugerencias Realizadas por los Participantes en Diferentes

    Jornadas de Trabajo Realizadas por la Unidad de Educacin

    Media:

    1. Mayor presencia de los Directores Departamentales y Distritales as como el

    empoderamiento de las autoridades en la Reforma Educativa a fin de dar

    lineamientos claros a las autoridades de los institutos.

    2. Respeto de la ley, por parte de las autoridades de las Direcciones

    Departamentales, Distritales y Juntas Departamentales de Seleccin, sobre todo

    en lo referente a nombramientos de personal.

    3. Realizar jornadas de socializacin, sobre la Reforma de Educacin Media con las

    autoridades del nivel desconcentrado y los institutos por departamento.

    4. Que la Direccin General de Evaluacin suba al SACE, un formato estandarizado

    de evaluacin y promocin de los estudiantes de Educacin Media.

    5. Que los encargados de Infotecnologia habiliten en el SACE de manera rpida

    todo lo referente a educacin media a fin de no tener inconveniente alguno para

    subir informacin desde los institutos.

    6. Que se establezca y desarrolle un programa de nivelacin o capacitacin con los

    egresados del Nivel Medio, a fin de no tener problemas para aprobar el examen

    de admisin en la UNAH.

    7. Que se especifique con cuantos estudiantes mnimo por orientacin del BTP y

    BCH por sector econmico se puede abrir una seccin y cuantos mximos se

    puede trabajar.

    8. Que se cree una especie de incentivos para la movilizacin de los estudiantes

    para otro Centro Educativo en los casos que no se pueda abrir una seccin por

    baja matricula.

  • 41

    6. Anexos

    Dcimo Grado: Formacin de Fundamento

    Valido para todas las modalidades y

    orientaciones

    Dcimo Grado ; Formacin de Fundamento

    No. I Semestre

    No. II Semestre

    Espacios Curriculares Horas Clase Semanales

    Espacios Curriculares Horas Clase Semanales

    1 Matemtica I 5 1 Matemtica II 5 2 Espaol I 5 2 Espaol II 5 3 Fsica I 4 3 Fsica II 4 4 Qumica I 4 4 Qumica II 4

    5 Biologa I 4 5 Biologa II

    4

    6 Ingles I 3 6 Ingles II 3

    7 Sociologa 3 7 Historia de Honduras

    3

    8 Filosofa 3 8 Orientacin Vocacional

    3

    9 Informtica 3 9 Lenguaje Artstico 3

    10 Psicologa 2 10

    Educacin Fsica y Deportes 2

    Total de Horas Semanales 36 Total de Horas Semanales 36

  • 42

    Bachillerato en Ciencias y Humanidades

    Onceavo Grado de Ciencias y Humanidades

    No. I Semestre

    No. II Semestre

    Espacios Curriculares Horas Clase Semanales

    Espacios Curriculares Horas Clase Semanales

    1 Lengua y Literatura 3 1 Lenguaje y Pensamiento Critico

    3

    2 Matemtica III 5 2 Matemtica IV 4

    3 Fsica III 4 3 Fsica IV 4

    4 Educacin Ambiental 4 4 Qumica III 3

    5 Introduccin a la Economa 3 5 Biologa Humana

    3

    6 Fundamentos de Investigacin Social

    3 6 Historia Contempornea

    4

    7 Ingles III 3 7 Antropologa

    3

    8 Educacin Fsica y Deportes II 2 8 Diseo de Proyectos Cientficos

    2

    9 Lgica Simblica 2 9 Ingles IV 3

    10 Orientacin a la Educacin Superior

    2 10 Dibujo Tcnico

    3

    11 Introduccin a la Educacin Artstica 3 11

    Fundamentos de tica Profesional 2

    12 Introduccin a la Programacin

    2 12 Tecnologas de Comunicacin e informacin

    2

    Total de Horas Semanales 36 Total de Horas Semanales 36

  • 43

    Bachillerato Tcnico Profesional en

    Administracin Hotelera

    Onceavo Grado de Administracin Hotelera

    No. I Semestre

    No. II Semestre

    Espacios Curriculares Horas Clase Semanales

    Espacios Curriculares Horas Clase Semanales

    1 Matemtica Aplicada III 5 1 Mercadotecnia 4 2 Lengua y Literatura 5 2 Organizacin del Trabajo 3 3 Fsica Aplicada 4 3 Proyectos y Presupuesto 3 4 Ingls Tcnico III 3 4 Legislacin 3

    5 tica y Orientacin Profesional 4 5

    Informtica Aplicada 3

    6 Tcnica de Operacin de Recepcin y Reservacin 9 6

    Consejera y Centros de Negocios

    2

    7 Animacin Turstica 3 7 Ventas y Manejo de Caja en Recepcin 3

    8 Prevencin de Riesgos y Primeros Auxilios 3 8

    Informacin Turstica 2

    9 Gestin de Habitaciones 5

    10 Planificacin y Control del rea de Alojamiento 4

    11 Tcnicas de Lavandera y Atencin de reas Pblicas

    4

    Total de Horas Semanales 36 Total de Horas Semanales 36

    Doceavo Grado de Administracin Hotelera

    No. I Semestre

    No. II Semestre

    Espacios Curriculares Horas Clase Semanales

    Espacios Curriculares Horas Clase Semanales

    1 Introduccin al Manejo del rea Alimentos y Bebidas

    4 1 Tcnicas de Servicio en Restaurante

    7

    2 Cocina Bsica 16 2 Tcnicas de Servicio en Bar 6

    3 Preparacin de Alimentos para Cocteles

    7 3 Organizacin, Promocin y Venta de Eventos

    6

    4 Planificacin y Control de Calidad de Alimentos y Bebidas

    5 4 Ejecucin de Eventos en Hotelera 6

    5 Elaboracin de Men 4 5 Fundamentos de Administracin Hotelera

    3

    6 Prctica Profesional

    4 horas clase semanales para el docente; 176 horas reloj Para

    el alumno

    7 Trabajo Educativo Social

    4 horas clase semanales para el docente, 140 horas reloj para el estudiante.

    Total de Horas Semanales 36 Total de Horas Semanales 36

  • 44

    Bachillerato Tcnico Profesional en Contadura y

    Finanzas

    Onceavo Grado de Contadura y Finanzas

    No. I Semestre

    No. II Semestre

    Espacios Curriculares Horas Clase Semanales

    Espacios Curriculares Horas Clase Semanales

    1 Matemtica Apl