integracion de PRL y perspectiva de genero
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Una de las causas de no haber logrado hasta el momento una acción eficaz en
materia de prevención de riesgos laborales es la escasa integración de la prevención
en el sistema de gestión de la empresa. La complejidad del marco normativo, sobre
todo para micropymes, la falta de tradición y cultura preventiva en nuestro mercado de
trabajo y la externalizacion hacia los Servicios de Prevención, hacen que tendamos a
considerar la actividad preventiva como un proceso al margen de lo que se considera
el núcleo central de una empresa que es la producción.
La reforma del marco normativo de Prevención de Riesgos Laborales realizada a
finales del año 2003 (Ley 54 2003) fue consecuencia de un análisis en el que se
evidenciaba que, transcurridos 7 años desde la entrada en vigor, el mensaje no había
calado dentro de la manera de gestionar la empresa, idea que se apoyaba en unos
índices de siniestralidad inadmisibles. Esta reforma se hizo confiando en que el
elemento clave para aumentar la eficacia de la acción preventiva era integrar la
prevención en la forma de gestionar la empresa, que se concreta de la siguiente
manera:
‘’La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de
gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los
niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un plan de
prevención de riesgos laborales...’’. (art. 16.1. LPRL)
Los numerosos estudios realizados sobre la gestión de la Salud Laboral revelan que,
para que la acción preventiva sea eficaz, debe formar parte de todas las actuaciones
empresariales que impliquen a los trabajadores, y no considerarse un proceso
empresarial independiente. Así, cuanto mayor sea la integración en las principales
actividades de la organización, mejor serán las condiciones de trabajo y por tanto el
bienestar de los trabajadores, disminuirán los accidentes laborales, los días perdidos y
los costes asociados, además los trabajadores estarán mas motivados por la
percepción de un entorno seguro, de la preocupación empresarial, por ser tenidos en
cuenta, y esto repercute en la implicación y en la productividad.
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La necesidad y alcance de la integración viene condicionado por las repercusiones
que puede tener para la salud laboral de los trabajadores, el desarrollo de un
procedimiento o proceso sin una eficaz acción preventiva.
Como primer paso, es importante identificar aquellos elementos (áreas, actuaciones y
funciones) de la empresa en los que la integración resulte más necesaria por el papel
que pueden jugar en eliminar, reducir o controlar los riesgos, de manera que se
considera imprescindible la integración en:
- la Dirección de la empresa y en la consulta a los trabajadores.
- la gestión y el control de las actividades potencialmente peligrosas.
- la gestión del mantenimiento/revisión de instalaciones/equipos peligrosos.
- la “gestión de los cambios” (adquisición de equipos/productos, contratación de
obras/servicios, contratación de personal o cambios de puesto de trabajo, etc.).
De manera simple, un ejemplo seria a la hora de comprar un equipo de trabajo
analizar los riesgos en la utilización y si el personal de que la va a utilizar tiene algún
tipo de sensibilidad como puede ser, menor de edad, discapacitado, mujer
embarazada, etc.
La integración de la prevención en los niveles jerárquicos de la empresa implica definir
las funciones estableciendo los principios preventivos y no solo requisitos productivos.
La integración de la prevención en una actividad implica que su procedimiento de
ejecución se ha establecido teniendo en cuenta las consecuencias para la salud de los
que ejecutan tal actividad, y si las personas que las realizan disponen de la formación
e información necesarias para su desempeño
-¿Y como se consigue esta integración?-
El plan de prevención es el elemento que va a contribuir a la integración de la
prevención en la gestión empresarial. Y los elementos esenciales para la aplicación
del Plan de Prevención son la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad
preventiva
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‘’Este plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir la estructura organizativa,
las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y
los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la
empresa..’’ (art. 16.2. LPRL)
El plan de prevención debe recoger los compromisos y objetivos de la organización en
materia preventiva que deben estar alineados con el resto de objetivos empresariales,
primer paso para la integración eficaz en el sistema de gestión de la empresa
El tamaño de la empresa y los riesgos asociados a la actividad desarrollada son los
dos factores principales que condicionan la complejidad del Plan de Prevención.
En las pequeñas empresas con actividades no peligrosas no debería ser muy extenso,
y en una microempresa “sin riesgos” poco más de dos páginas, pues la normativa
condiciona la obligación de incluir en el Plan determinados datos (sobre la empresa, su
estructura organizativa o la organización de su producción) a que tales datos sean
“relevantes o relativos a la prevención de riesgos laborales”. Por ejemplo: la
descripción de la organización productiva de una empresa podría limitarse en muchos
casos a la actividad genérica de la misma (“mercería”, notaría”, etc.) cuando un mayor
detalle no aporta nada, desde el punto de vista preventivo.
En general, una pequeña empresa -y, en especial, una microempresa- tiene un único
centro de trabajo. Su estructura organizativa es poco compleja y la gestión está en
manos de unas pocas personas e incluso, en el caso de muchas microempresas, de
una sola. La organización de la producción suele ser relativamente sencilla y es poco
frecuente que existan tareas cuya complejidad obligue a elaborar un procedimiento
escrito. En cuanto a la organización y recursos preventivos, suele constar del concierto
con un Servicio de prevención Ajeno y en algunos casos con un Delegado de
Prevención o Recurso Preventivo. Por tanto, en la micro y pequeña empresa “sin
riesgos de importancia”, el Plan de Prevención (y, por tanto, su documentación) puede
ser relativamente simple.
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Por otra parte, la integración de la prevención no implica la obligación de realizar un
procedimiento escrito.
A continuación se indica la dirección web de un documento donde se presenta un
ejemplo sobre un Plan de Prevención de riesgos laborales de una mercería”, una
microempresa dedicada a una actividad poco peligrosa, y que ocupa poco más de una
página.
http://www.insht.es/InshtWeb/Contenidos/Normativa/GuiasTecnicas/Ficheros/guía_téc
nica_integración.pdf
El SPA tiene un papel fundamental como asesor del empresario para promover,
apoyar y valorar la integración de la prevención en el sistema de gestión de la
empresa, hasta el punto que el concierto con estas entidades debe incluir
obligatoriamente la valoración de la integración.
El enfoque de género no se refiere únicamente a la diferencia de sexo, sino que tiene
que ver con el papel que la historia, la tradición y la sociedad han asignado a la mujer:
esposa, ama de casa y cuidadora. Por otra parte, no podemos olvidar que las mujeres
ocupan mas del 40% de la población ocupada, y además, que hombres y mujeres
somos distintos biológica y físicamente, por lo que cabe esperar que las mismas
condiciones de trabajo pueden influir de distinta manera sobre unos y otros, y este
hecho debe ser tenido en cuenta en las evaluaciones de riesgos.
Las diferencias de género en el ámbito laboral también se reflejan en la salud laboral.
Aun cuando hombres y mujeres están empleados en el mismo sector y ejerciendo la
misma profesión, están expuestos a distintas exigencias y tensiones. Incluso
realizando el mismo trabajo, llevan a cabo distintas tareas. Sin embargo, las
estrategias preventivas se hacen con carácter neutro y ello implica que muchos
lugares de trabajo estén configurados y acondicionados según un estándar masculino.
Las numerosas normas en materia de seguridad y salud y los limites de exposición a
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determinados riesgos químicos y biológicos, se establecen tomando como referencia
el hombre. De hecho, cuando pensamos en los riesgos a los que puede estar
expuesto un trabajador en el desempeño de su profesión, la tendencia es a pensar en
profesiones con alto índice de siniestralidad como construcción y en trabajadores
hombres que sufren esos riesgos.
Otro aspecto a tener en cuenta al adoptar un enfoque de género es la posible
existencia de factores de riesgo adicionales como la doble presencia o el acoso
sexual, que pueden influir en la carga de trabajo, estrés, absentismo, etc.
Es en las evaluaciones de riesgos donde se puede analizar si los factores de riesgo a
los que están expuestos mujeres y hombres en nuestro entorno laboral, afectan de
distinta manera a unos y otros, y por tanto se manifiestan también de distinta manera
Lo importante a la hora de realizar la evaluación es analizar los puestos no de una
forma genérica sino en función del sexo o género: viendo las tareas que se realizan y
los factores de riesgo que influyen en cada uno, para así establecer un plan de
medidas preventivas que tenga en cuenta las características de cada individuo.
Como ejemplos de medidas preventivas a implantar serian: seleccionar los equipos de
protección adecuados a hombres y mujeres, y no equipos estándar o facilitar la
participación de mujeres en los procesos de consulta y toma de decisiones en relación
a la salud laboral y en los órganos de representación de los trabajadores
Como resumen, se hace necesario recordar la necesidad de integración de la
prevención, simplemente teniendo en cuenta como cualquier decisión puede afectar a
la salud laboral, al mismo tiempo que se tengan en cuenta en esas decisiones las
diferencias más que evidentes entre los géneros.
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-Bibliografía-
� Guía Técnica para la integración de la prevención de riesgos laborales en el
sistema general de gestión de la empresa, INSHT
� Guía de actuación inspectora para la integración de la actividad preventiva,
ITSS
� Facts 92: ‘’Integración de la SST en la gestión de las empresas’’, Agencia
Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo
� Orientaciones para facilitar la integración de la prevención de los riesgos
laborales en el sistema general de gestión de la empresa, INSHT
� Las cuestiones de genero en relación con la seguridad y salud en el trabajo’’,
Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo
� Facts 43: ‘’La inclusión de los aspectos de genero en la evaluación de riesgos’’,
Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo
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