Japón como propulsor de la valoración del Patrimonio...
Transcript of Japón como propulsor de la valoración del Patrimonio...
Japón como propulsor de la valoración del
Patrimonio Inmaterial
Raquel Ballester Sancho
“Una tradición verdadera no es el testimonio de un pasado
caduco; es una fuerza viva que anima e informa el presente. Lejos
de implicar la repetición de lo que fue, la tradición supone la
realidad de lo que perdura. Es como un bien de familia, un
patrimonio que se recibe a condición de hacerlo fructificar antes
de transmitirlo a los descendientes”.1
Igor Stravinsky, Poética musical, París 1952.
El interés por la cultura ha ido en aumento en cuanto ha ido madurando una sociedad
concienciada con su pasado, un pasado que les conforma como país y como personas
individuales comenzando en sus antepasados hasta ahora. Al encontrarnos en un panorama que
se abre hacia otros lugares y extranjeros ávidos de conocer nuevas culturas, la valoración sobre
lo que forma parte del patrimonio de un lugar se vuelve imprescindible, además que esa propia
nación gracias a esos visitantes pueden denotar sus señas de identidad más patentes en cuanto
ellos mismos a simple vista por su habitualidad a la misma pasa desapercibida.
Por esta serie de factores, es comprensible que para nosotros ahora nos sea
fundamental, no solo señalar orgullosos nuestro patrimonio, sino también protegerlo para la
posteridad. Con patrimonio, en principio pensamos en todo bien mueble e inmueble que nos
puede rodear en un territorio concreto, pero sería un gran error pasar por alto formas de
expresión que no quedan materializadas en un producto completo. Hay otras muchas formas de
expresión artística y como tales también deben de protegerse para que no se deterioren o
desaparezcan con el tiempo. Pero curiosamente de este detalle no se percataron las primeras
1 Traducción no oficial.
2
personalidades sensibilizadas con la causa y que hablaban a través de obras escritas, artículos y
cartas; fue en una región del planeta la primera que según nos dicen los documentos se dieron
cuenta de tal elemento cultural como es el patrimonio inmaterial, y ese pueblo fue el japonés.
Aunque parezca casualidad, esto es debido no solo al territorio en el que instalan, además de
por su historia y su clima que propiciaría ciertos tipos de expresiones culturales.
Originariamente el pueblo japonés reconocía la relevancia de algunos bienes que eran
de propiedad de templos budistas, santuarios sintoístas y familias aristocráticas o samuráis. Pero
al terminar el control feudalista sobre estos estamentos entre 1867-68, el Shogunato Tokugawa
implanto la Restauración Meiji. Detono una separación de tipo político entre el sintoísmo y el
budismo, el cual se pretendía abolir para encauzar la vuelta a un sintoísmo pleno en el país. Por
este motivo gran parte del arte budista fue destruido o expropiado en 1871 junto a propiedades
feudales.2 Al mismo tiempo, la occidentalización trajo consigo nuevas costumbres, y el
capitalismo se asentó junto con el auge de la industrialización. Infravalorando lo que poseían,
dejaron deteriorarse y desaparecer mediante el expolio mucho de lo que había dejado por
herencia todas estas religiones.3
Fue en ese mismo año cuando el Daijō-kan4, bajo las recomendaciones de las
universidades nacionales, emitió un decreto para proteger las antigüedades japonesas, el Plan
para la Preservación de objetos antiguos. Pretendían realizar una especie de inventario
ejecutado por las prefecturas, templos y santuarios, de los más importantes edificios y objetos de
arte pero la arrolladora occidentalización fue nefasta. Fue en 1880 cuando el gobierno nipón dio
los primeros fondos destinados a la defensa de santuarios y templos antiguos, con medidas más
efectivas que aseguraron el mantenimiento, por el año 1894, de 539 santuarios y templos.
Al final del siglo XIX, tras un cambio de orientación político, se potencio la concienciación
social sobre los valores culturales nipones, y se menguo el interés por occidente, en pos de una
recuperación de la tradición. Fue cuando se comenzó a tener en cuenta su relevancia en el
estudio de la historia del arte, inicialmente en arquitectura.5
2 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), p.12.
3 ROBERTSON, J. E. ed. (2005), p.38.
4 Se trataba del Departamento de Estado encargado de los asuntos administrativos japoneses durante la Era Heian y en un menor periodo de tiempo durante la restauración Meiji.
5 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), pp.12-13.
3
Historia de los Bienes Culturales Protegidos en Japón
La historia de la conservación de los monumentos de Nara, nombrada primera capital
nipona en 7106 y que guarda una estrecha relación con el mantenimiento de la tradición propia
de la cultura japonesa y con el uso de la milenaria técnica de la construcción cíclica de edificios.7
Fue con la protección moderna de Nara, cuando se comenzó con la promulgación del
Decreto de los Lugares Santos Antiguos y la Ley de Preservación de Templos del año 1897.
Compuesta bajo la dirección del historiador y arquitecto Itō Chuta, constaba de veinte artículos e
implantó la financiación gubernamental para la conservación de los edificios y restauración de las
obras de arte. En ese momento, arquitectos profesionales y conservadores fueron designados al
frente de la Prefectura de Nara.8
La ley designaba a la arquitectura y piezas de arte relacionadas con una estructura
arquitectónica, el apremio de que se instaurase una especificidad histórica y una calidad
excepcional (art. 2). Las deferencias de apoyo financiero se pedían al Ministerio del Interior (art. 1),
y el compromiso para la restauración o conservación estaba en manos de funcionarios locales
(art. 3). Las obras de restauración debían sufragarse sólo a través de las arcas nacionales (art. 8).9
Una segunda ley fue aprobada el 15 de diciembre de 1897, que proporcionó
disposiciones complementarias para otorgar a las obras de arte en posesión de los templos o
santuarios como el nombre de Tesoro Nacional, y a la arquitectura religiosa Edificios de Especial
Protección.10 Los que se tuvo más en cuenta fueron características como la superioridad
artística, el valor por la relevancia histórica y la riqueza de la asociación histórica, sin embargo, la
edad de la pieza fue un factor adicional. Las obras de arte podían ser encasilladas en cualquiera
de las siguientes categorías: pintura, escultura, caligrafía, libros y artesanía; la forja de espadas
fue añadida posteriormente. Entonces la protección se limitaba a elementos en las instituciones
religiosas, mientras que los artículos en manos privadas seguían sin estar protegidos. La
subvención para la restauración aumento de 20.000 yenes a 150.000 yenes (de 192,70 euros a
1.445 euros), y se fijaron las multas por la destrucción de los mismos. Los propietarios estaban
6 STANLEY-BAKER, J. (2000), p. 27.
7 Forma parte de la arquitectura japonesa de madera. Se fundamenta en la reconstrucción de estos edificios en intervalos regulares de veinte o veinticinco años, tiempo suficiente para que los maestros transmitan sus conocimientos a la siguiente generación de artesanos. Se basa en la concepción de la perfección mediante la repetición de los mismos actos de las doctrinas sintoístas, palabra que viene a significar “camino de los dioses”.
8 GARCÍA CUETOS, M. P. (2009), p. 133.
9 En: <http://www.tobunken.go.jp/~geino/pdf/kaki/27kaki1.pdf>. Consultada el 25/11/11.
10 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), pp.12-13.
4
obligados a registrar sus Tesoros Nacionales en museos de nueva creación, a los que se
concedía el derecho de tanteo en caso de venta. Bajo esta nueva ley fueron registrados 44
templos y santuarios, y 155 reliquias.11 Estas leyes son la base para la ley de protección de hoy.
Al iniciarse del siglo XX, la modernización transformó el paisaje japonés y supuso una
amenaza para los monumentos históricos y naturales. Sociedades de los hombres prominentes,
como la Sociedad para el Estudio de los Sitios Antiguos Imperiales o la Sociedad para la
Investigación y Preservación de los Sitios Históricos y de los Árboles Antiguos que presionaron
para conseguir una resolución en la cámara para la toma de medidas de conservación. Estos
esfuerzos dieron como resultado los Sitios Históricos, Lugares de Belleza Escénica, y la Ley de
Preservación de los Monumentos Naturales en 1919, protegiendo y catalogando estas
propiedades de la misma forma que lo habían sido templos, santuarios y obras de arte con los
mismos procedimientos.12 Alrededor de 1929 cerca de 1100 propiedades habían sido investidas
en virtud de la antigua ley del 1897. La mayoría fueron edificios religiosos que databan entre los
siglos VII y XVII, y aproximadamente 500 edificios se restauraron ampliamente, con un 90% de la
financiación aportada por el presupuesto nacional.13 En esos años del Periodo Meiji, se intervino
en total incoherencia con la cultura tradicional japonesa, e incluso se utilizaron materiales de
refuerzo modernos, como el acero, en algunos elementos. La vuelta con las técnicas
tradicionales se inició con la restauración del templo Hōryū-ji en 1934, y esos métodos se han
seguido aplicando sistemáticamente en Nara para todo tipo de reparaciones, desmontaje total o
parcial de los edificios, como en las labores menores.14
La Ley de Preservación del Tesoro Nacional de 1929 sirvió para extender la protección
los bienes culturales materiales en manos de las instituciones públicas y privadas y los
particulares, con la intención de impedir la exportación o traslado de bienes culturales. El
enfoque de la protección se ampliaba hasta castillos, salones de té, residencias y edificios
religiosos más modernos, ya que habían sido transferidas de propiedad feudal a privada después
de la Restauración Meiji.15 Otra de las novedades a destacar fue la instauración del protocolo
para realizar modificaciones en las propiedades designadas, requiriendo de un permiso para
controlar cambios improcedentes. Durante la década de 1930 Japón sufrió la Gran Depresión, y
se hizo un gran esfuerzo en evitar que los bienes que conforman los Tesoros Nacionales se
11 MACKAY-SMITH IV, A. (2000), Consultado el 19/10/11: <http://www.japantimes.co.jp/text/fa20000429a2.html>.
12 ROBERTSON, J. E. ed. (2005), p.39.
13 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), p.12.
14 MACKAY-SMITH IV, A. (2000), Consultado el 19/10/11: <http://www.japantimes.co.jp/text/fa20000429a2.html>.
15 WIMONRART, I. (2003), p. 2.
5
exportaran por la crisis económica, aunque alrededor del 70-75% de los costes de restauración
fueran con cargo al presupuesto nacional, los cuales se incrementaron durante la guerra. Para
lograr un mayor control con procedimientos de protección temporal, se creó la Ley sobre la
conservación de importantes obras de Bellas Artes, aprobada el 1 de abril de 1933 y protegiendo
aproximadamente 8.000 objetos, que pasaran a ser 8282 en 1939 dividiéndose en nueve
categorías: pinturas, esculturas, obras arquitectónicas, documentos, libros, documentos
caligráficos, espadas, artesanía y restos arqueológicos.16
Durante la Segunda Guerra Mundial cientos de los edificios catalogados se camuflaron
con tanques de agua y paredes cortafuegos para su protección; desgraciadamente 206 edificios
protegidos, como el Castillo de Hiroshima, fueron destruidos entre mayo y agosto de 1945.17
En 1949, pocos años después del final de la guerra, valiosos murales del siglo VII se
destruyeron por el fuego en Kon-do (Salón de Oro), precisamente del templo Hōryū-ji en la
prefectura de Nara y esta tragedia propicio que el gobierno creara la Ley de Protección de
Bienes Culturales a partir del año 1950. En ella se unificaron las leyes de 1919, 1929 y 1933.18
Antes de la promulgación de esta ley, sólo las propiedades culturales inmateriales de valor
especialmente alto y en peligro de desaparición habían sido protegidas, y por eso desde un
primer momento, los bienes culturales intangibles aparecieron bien definidos, y dio como
resultado un nuevo reconocimiento de la importación de la protección del patrimonio cultural
frente a la amenaza que representa para las tradicionales artes escénicas y artesanías
japonesas de tendencia hacia la occidentalización y la modernización desde el Periodo Meiji.19
El termino bunka-zai (bienes culturales)20 se empezó a usar generalmente, y es ahora
frecuente en todo Japón, pero recibieron por primera vez la definición legal de bien cultural en
1950, cuando se implantó la Ley Protección de Cultural que al promulgarse fue la base para el
establecimiento del Comité para la Protección de Bienes Culturales, un precursor de la actual
Agencia de Asuntos Culturales que permitió la selección de las propiedades culturales más
importantes, instaurar restricciones a la modificación, reparación y exportación de bienes
culturales, y establecer medidas para la conservación y la utilización de tales propiedades.21
16 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), p.12.
17 Ibídem, p. 13.
18 Ibídem, p. 13.
19 INTANGIBLE (2007), 7.
20 Ibídem, 5.
21 McVEIGH, B. J. (2004), p. 171
6
Por entonces, la ley ha sido objeto de severas enmiendas para convertirse en lo que es
ahora.
Tipos de Bienes Culturales en Japón22
Diversos bienes culturales se han creado y desarrollado a lo largo de la larga historia de
Japón. Ellos han se transmiten de una generación a otra, a el día de hoy, y son un valioso legado
de la población japonesa.
Bienes culturales incluyen estructuras tales como santuarios o templos, estatuas
budistas, pinturas, caligrafía y otras habilidades como las artes escénicas y técnicas artesanales,
eventos y fiestas tradicionales. Paisajes naturales que siguen sin cambios con el tiempo también
se incluyen como bienes culturales en Japón.
Bajo la ley japonesa para la Protección de Bienes Culturales, estas propiedades
culturales son divididas en las siguientes categorías:
Bienes Culturales Tangibles
Los bienes culturales materiales incluyen estructuras, pinturas, esculturas, artesanías,
obras de caligrafía, libros clásicos y antiguos documentos que son de alto valor histórico o
artístico, así como las propiedades tales como objetos arqueológicos de alto valor académico o
científico. A los edificios designados se les requería tener un diseño o técnica de construcción
notable, tener un alto valor histórico o académico, o de ser el patrón de un movimiento o área.23
Se estableció un sistema de dos niveles para los bienes culturales materiales: Bienes
Culturales Importantes y del Tesoro Nacional. El ministro de Educación es el encargado de
distinguir los bienes culturales importantes así como Tesoro Nacional si son de «valor
particularmente elevado desde la perspectiva de la cultura mundial o tesoros notables para el
pueblo japonés».24 Todos los elementos del Tesoro Nacional anteriormente designados fueron
degradados inicialmente a bienes culturales importantes. Algunos han sido designados de nuevo
Tesoro Nacional desde el 9 de junio de 1951, y pasado un tiempo pasaron a que las propiedades
que se quieran nominar como Patrimonio de la Humanidad requieran previamente estar
protegidos por la ley de 1950.25 Después se enmarcan en un sistema de tres niveles en el que se
22 PRESERVATION (2010), 31-41. Para más información sobre los bienes culturales de propiedad japonesa, se puede visitar la página: <http://bunka.nii.ac.jp/Index.do>.
23 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), p.13.
24 Ibídem, p. 13.
25 NOBUKO, I. (1998). En: <http://www.tobunken.go.jp/~kokusen/ENGLISH/MEETING/SEMINAR/7SEMINAR/inaba.html>
7
añaden las propiedades con la necesidad de conservación y uso, que se catalogan como Bienes
Culturales Registrados26, que son menos importantes que los dos niveles anteriores.
Bienes Culturales Intangibles
Bienes culturales inmateriales son definidos como los de alto valor histórico o artístico,
como el teatro, la música, y técnicas artesanales. Están incorporadas por los individuos o grupos
que han dominado las habilidades pertinentes que fueron denominados Tesoro Nacional
Viviente27 en 1950 por el gobierno de Japón. Son como tesoros humanos, al mismo nivel que los
lugares de gran valor cultural que eran designados como tesoros nacionales.
Bienes Culturales Populares
Propiedades de la cultura popular se definen como artículos indispensable para la
transición de la comprensión en el diario vida de las personas, tales como usos y costumbres,
folclore de las artes escénicas y técnicas populares que están relacionadas con la alimentación,
el vestido, la vivienda, ocupaciones de la fe religiosa y eventos anuales, así como ropa,
herramientas y utensilios, casas, y otros objetos utilizados en relación con lo anterior.
Monumentos
Monumentos son concheros, antiguas tumbas, los sitios de los palacios, sitios de
fortalezas o castillos, monumental viviendas, y otros sitios que poseen una alta valor histórico o
científico. También se incluyen jardines, puentes, quebradas, costas, montañas y otros lugares
de gran belleza paisajística que posee un alto valor artístico o paisajístico, y los animales, las
plantas y las formaciones geológicas y minerales, que poseen un alto valor científico.
Paisajes Culturales
Los paisajes culturales se definen como los paisajes que han evolucionado con los
modos de vida o la vida de las personas y las características geo-culturales de la región, que son
indispensables para la comprensión de la estilos de vida y/o medios de subsistencia de la gente
de Japón.
Grupos de edificios tradicionales
Grupos de edificios tradicionales son edificios de alto valor que forman bellos paisajes
históricos en combinación con el entorno. De estos bienes culturales, el gobierno designa,
26 PRESERVATION (2010), 2.
27 Es el título que se le da en Japón a ciertos maestros de trabajos manuales como el ukiyo-e, arte sobre papel, confección
de espadas y alfarería, y a maestros de artes interpretativas como el bunraku, kabuki y varios festivales tradicionales (matsuri). Es otorgado con el fin de preservar las técnicas y habilidades artísticas en peligro.
8
selecciona, y los registros de los elementos importantes en categorías como Importante Bienes
Culturales, Tesoros Nacionales, Sitios Históricos, Lugares de Belleza Escénica, y Monumentos
Naturales, y da prioridad a su protección.
Además, los bienes culturales que están bajo tierra (Bienes Culturales Enterrados), y las
técnicas tradicionales y las habilidades que son necesarias para la restauración y conservación
de bienes culturales (Técnicas de Conservación de Bienes Culturales), están protegidas también.
Consecuencias de la Ley para la Protección de los Bienes Culturales en
Japón de 1950
Conforme a la ley inicial antes de las modificaciones, el sistema de protección de bienes
culturales consistió principalmente en apoyo a los bienes culturales inmateriales de valor
especialmente alto, y que se encuentren en peligro de extinción, sin protección gubernamental.28
El Tesoro Nacional fue dispuesto de acuerdo con la Ley para la Protección de los Bienes
Culturales el 9 de junio de 1951.29 Esta ley que sigue vigente, ha sido complementada con
enmiendas y leyes adicionales; la reorganización del sistema de protección y conservación; o la
ampliación de su alcance a una mayor variedad de bienes culturales. Algunos de estos cambios
indirectamente afectaron a la protección de los elementos Tesoro Nacional.
En 1954, la ley fue enmendada para establecer el sistema de designación de
importantes propiedades de Patrimonio Cultural y el reconocimiento de sus titulares, con el fin de
ampliar la protección más activa. La protección intensiva de los bienes culturales propiedades a
través del sistema de designación es una característica distintiva de la Ley de Japón para la
Protección de los Bienes Culturales para los bienes culturales tangibles e intangibles. Al mismo
tiempo, el sistema de designación de los materiales de la cultura popular tangibles se estableció
como una categoría independiente, mientras que documentación se introdujo como método de
conservación de materiales populares intangibles.30
En la década de 1960, la serie de edificios protegidos se amplió para incluir arquitectura
occidental.31 En 1966, la Ley para la Preservación de Capitales Antiguas fue aprobada; la cual se
limitaba solo a antiguas capitales como Kamakura, Heijō-kyō (Nara), Heian-kyō (Kioto), Asuka
(Yamato)32, Fujiwara-kyō (Kashihara), Tenri, Sakurai e Ikaruga; son áreas en las que existen un
28 INTANGIBLE (2007), 7.
29 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), p.13.
30 INTANGIBLE (2007), 7.
31 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), p.13.
32 Hoy Asuka, (Nara).
9
gran número de elementos del Tesoro Nacional.33 En 1975 se amplió para incluir grupos de
edificios históricos no necesariamente ubicados en las capitales.34
El segundo cambio trascendente fue con la enmienda de 1975. El gobierno comenzó a
extender la protección, no sólo a las propiedades tangibles o intangibles por su valor histórico o
artístico particular, cambiando el nombre de Materiales Propiedades de la Cultura Popular, por el
de Técnicas para la Conservación de Bienes Culturales. Fue un paso necesario debido por la
falta de artesanos cualificados con habilidades necesarias para la restauración y conservación
33 NOBUKO, I. (1998). En: <http://www.tobunken.go.jp/~kokusen/ENGLISH/MEETING/SEMINAR/7SEMINAR/inaba.html>
34 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), p. 14.
10
de bienes culturales que llevan tras de sí un alto grado de exactitud y fidelidad, promoviendo
medidas activas para suscitar su transmisión; en peligro como resultado de la industrialización.
Las técnicas a resguardar cercaban el enmarcado de pinturas y caligrafía en rollos (e-maki); la
reparación de lacados y esculturas de madera, y la producción de máscaras Noh, trajes e
instrumentos.35
Por lo tanto se comprueba como consideran la diferenciación de las propiedades
perceptibles en la forma cultura intangible para darle un mayor énfasis a su valor artístico. El
apoyo activo que se proporciona mediante la transmisión de estas técnicas de conservación, se
ha aprobado en el día de hoy.36
El sistema de dos niveles, Tesoro Nacional y Bienes Culturales Importantes, se
complementó en 1996 con uno nuevo, el de Bienes Culturales Registrados. Sirve para elementos
de importante necesidad de la conservación y el uso. Inicialmente limitada a los edificios, el nivel
de nueva creación funcionaba como una lista de espera para nombrarlos Bien Cultural
Importante, y como una extensión de Tesoro Nacional.37 Un gran número de construcciones,
principalmente industriales e históricas de entre el período Edo tardío y el período Shōwa
quedaron registrados con este sistema. En comparación con los bienes culturales Importantes y
el Tesoro Nacional, el registro de propiedades culturales implica menos responsabilidades para
el propietario.38 Desde finales del siglo XX, la Agencia de Asuntos Culturales se ha centrado en
la designación de las estructuras construidas entre 1868 y 1930, y de las regiones
insuficientemente representadas.39 Asegurar el suministro de las materias primas y las
herramientas necesarias para las obras de restauración fue uno de los objetivos de la agencia
desde 1998. En 1999 las tareas de protección se transfirieron a las prefecturas y las ciudades
con elementos inventariados.40
La ley fue modificada de nuevo en 2004, y la definición de técnicas populares como una
categoría dentro de las propiedades de la cultura popular, unas medidas de protección deben ser
tomadas como para las propiedades de la cultura popular.41
35 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), p. 14.
36 INTANGIBLE (2007), 7.
37 Ibídem, 7.
38 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), p. 15.
39 ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), p.13.
40 Ibídem, p. 14.
41 INTANGIBLE (2007), 7.
11
12
Designación, Registro y Selección de Bienes Culturales en Japón
Tras conocer la trayectoria legislativa que ha tenido la salvaguarda del patrimonio
japonés, creo que es importante conocer el proceso que deben de seguir los objetos a proteger
con el fin de lograr cualquier tipo la designación, el propietario de un bien cultural importante
contacta, o es contactado por la Agencia de Asuntos Culturales, para obtener información para
su registro. En este último caso, el organismo siempre solicita a los propietarios el
consentimiento previo, aunque no sea requisito legal. La agencia entonces contacta con el
Consejo para los Asuntos Culturales, que se compone de cinco miembros nombrados por el
ministro de Educación, por sus «amplio y eminentes puntos de vista y el conocimiento de la
cultura».42 El consejo puede buscar el apoyo de una comisión de investigación, y, finalmente, se
prepara un informe para la Agencia de Asuntos Culturales. Si apoyan la candidatura, la
propiedad se coloca en la lista de registro de los bienes culturales, el propietario es informado del
resultado y se publica un anuncio en el Boletín Oficial. La política de designación se limita
deliberadamente, manteniendo un número bajo de propiedades designadas. En este sentido, el
sistema de protección de Corea del Sur es similar al de Japón.43
Es interesante compararlo con el proceso que seguimos aquí, en España44, porque
aunque también sea preciso tramitar una solicitud (de alguna entidad o particular) o expediente
por la administración competente, este se resolverá por el Consejo de Gobierno de la
Comunidad Autónoma con un Decreto (cuando tenga transferida esta competencia), o bien, por
el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Cultura, mediante Real Decreto; mientras
que en estas tierras asiáticas la Comisión de Investigación es la que con su Informe da el visto
bueno al bien cultural a catalogar, demostrando un rigor mucho más profesional en el campo de
patrimonio y dotándoles de un peso importante a las personas competentes en ese campo
académico, aunque como se puede comprobar en el Plan Nacional de Salvaguarda del
42 GIBBON, K. F. ed. (2005), p. 332.
43 Ibídem (2005), pp. 333-335.
44 Conforme a lo establecido en la Ley 16/1985.
13
Patrimonio Cultural Inmaterial publicado en el mes de octubre de este mismo año (documento
vinculado en la web Mupart) se pretende soslayar tras las recomendaciones de la UNESCO.
Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial por la UNESCO45
Las convenciones de la UNESCO sobre la cultura se han redactado y aprobado siempre
en respuesta a las solicitudes de los Estados Miembros, que anhelaban el planteamiento de
normas internacionales capaces de servir de base para la formulación de políticas culturales y de
reforzar la colaboración entre ellos. Al conocer la evolución de las políticas culturales nacionales,
su aplicación se evalúa temas diferentes y constituyen textos de referencia. Los medios que
aprueban ayudan a entender mejor lo que existía previamente, ya que muestran el impacto de
las políticas anteriores y las nuevas necesidades. Todos los instrumentos que albergan les
permiten tener los medios necesarios para ayudar a los Estados Miembros a preservar la
diversidad cultural del mundo en un contexto internacional en eterna evolución. Su eficacia
erradica en el compromiso que contraen los Estados Miembros al cumplirlo.
La Conferencia General de la UNESCO aprobó la Convención para la Salvaguardia del
Patrimonio Cultural Inmaterial en su 32ª reunión, celebrada en 2003. Su aprobación fue
importante porque por primera vez la comunidad internacional reconocía la necesidad de prestar
apoyo a un tipo de manifestaciones y expresiones culturales que hasta aquel momento carecían
de un marco jurídico y programático. Complementaria de otros instrumentos internacionales
relativos al patrimonio cultural, tiene por objeto principal salvaguardar los usos, representaciones,
expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los
individuos reconocen como parte integrante de su patrimonio cultural.
Este patrimonio se puede manifestar en ámbitos como las tradiciones y expresiones
orales, las artes del espectáculo, los usos sociales, los rituales, los actos festivos, los
conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo y las técnicas artesanales
tradicionales.
1946 – 1982
Los primeros programas de la UNESCO en la esfera de la cultura reflejaban la situación
política y social del mundo de la posguerra y la descolonización. Buscaba contribuir a la paz a
través de la educación, la ciencia y la cultura, y prestó especial atención al fomento de la
cooperación internacional en el campo de las artes.
45 La mayor parte de la información está extraída de: ELABORACIÓN (2009), 3-12.
14
Se promovieron diversas actividades en ámbitos tradicionales de la cultura como la
literatura, los museos, la música y los idiomas. En 1946 se fundó el Consejo Internacional de
Museos (ICOM) y, poco después, en 1949, el Consejo Internacional de la Música (CIM).
Problemas relacionados con la producción artística, se debatieron por primera vez en
una conferencia celebrada en Venecia en 1952 que se resolvió con el visto bueno de la
Convención Universal sobre Derecho de Autor, que entró en vigor en 1955 (revisado en 1971).
Culmino con una conciencia que iba en aumento, de proteger el patrimonio inmueble en tiempo
de guerra, que como en un caso local como Japón fue derivado de las devastaciones de la
Segunda Guerra Mundial, mediante la Convención para la protección de los bienes culturales en
caso de conflicto armado de La Haya (Países Bajos) de 1954. Se extrajo de esta convención la
noción de Bien Cultural, como categoría global y homogénea de objetos que se consideran
merecedores de protección por su valor cultural único; y el deseo de formar medios para prohibir
e impedir la importación, exportación y transferencia de propiedad ilícitas de bienes culturales
(1970).
En 1966 la Conferencia General se aprobó la conocida Declaración de los Principios de
la Cooperación Cultural Internacional. Esta declaración estableció las características esenciales
de las políticas de cooperación internacional de la UNESCO en el ámbito de la cultura, afirmando
que cada cultura tiene una dignidad y un valor propios que se deben respetar y preservar, que
todos los pueblos tienen el derecho y el deber de desarrollar su cultura y que todas las culturas
forman parte integrante del patrimonio común de toda la humanidad. Así, se sentaron las bases
para el ulterior desarrollo de las políticas de la UNESCO en el ámbito del patrimonio cultural.
Aunque la declaración no empleó el término Patrimonio en su sentido jurídico, lo cierto es que la
expresión Patrimonio de la Humanidad pasó a ser un elemento fundamental de las políticas de la
Organización en el campo del patrimonio cultural.
La necesidad de adoptar políticas destinadas a desarrollar el concepto de “patrimonio de
la humanidad”, en referencia con el patrimonio material, vino acompañado por actividades de
protección del patrimonio cultural monumental, como la Campaña Internacional para la
Salvaguardia de Venecia, iniciada en 1962.
Con el telón de fondo de la descolonización y la guerra fría, del 24 de agosto al 2 de
septiembre de 1970 se celebró en Venecia (Italia) una Conferencia intergubernamental sobre los
aspectos institucionales, administrativos y financieros de la cultura. Se percataron de la
15
diversidad de las culturas nacionales, su carácter único y su originalidad eran un cimiento
esencial del progreso humano y del desarrollo de la cultura mundial, y que se tenían que
proteger, ya que muchas culturas indígenas de muchos países amenazadas por falta de
recursos, institutos de formación y personal capacitado. Había que comprometer a todos los
Estados Miembros.
En 1972, la UNESCO supervisó un estudio de las tradiciones orales africanas y de
promoción de los idiomas africanos. Ese mismo año, se celebró en Fiji el primer Festival de Artes
del Pacífico y se pusieron en marcha dos series de estudios culturales sobre América Latina,
siendo aún el palabra patrimonio de competencia material, sin embargo, al aprobar la
Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Natural y Cultural se fabricó el
instrumento jurídico más universal existente hoy en día en materia de patrimonio cultural y
dotándole de una firme terminología, más dirigida al bien inmueble. Con esta sólida base, se
activó el interés por inscribir bienes como Patrimonio de la Humanidad, y de esta manera a que
la sociedad comenzará a tener más interés por el tema, aumentado paulatinamente el turismo
hacia estos lugares y con ellos proporcionando obligatoriamente a estos lugares visitados de
unas políticas de conservación. Más adelante, en 1991, la Comisión Mundial de Cultura y
Desarrollo les achacaría que solamente cubrirían más necesidades de los países desarrollados,
olvidando regiones donde las energías culturales se han agrupado en otras formas de expresión
como las obras de artesanía, la danza o las tradiciones orales.
Se percataron de un detalle, que es el que precisamente interesa y que dejaron como
disposición de la convención. En los aspectos jurídicos de los derechos de propiedad intelectual
colectiva de los Derechos de Autor no estaban bien definidas las expresiones del patrimonio
cultural inmaterial. A raíz de esto, Bolivia propuso en 1973 hacer una revisión la Convención
Universal sobre Derecho de Autor de 1971 para dotar de protección al folclore, pero se rechazó.
Un año más tarde, se empezó a redactar un proyecto de ley modelo sobre la protección de los
derechos de propiedad intelectual aplicable a esas expresiones culturales.
En 1977, la Declaración de Bogotá, adoptada por la Conferencia intergubernamental
sobre las políticas culturales en América Latina y el Caribe, recalcó que el desarrollo cultural
debía mejorar la calidad de vida de las comunidades y los individuos. Y en ella también se dice
que la autenticidad cultural es fruto del reconocimiento de los componentes de esa identidad
cultural, sea de donde sea, todo pueblo o grupo de pueblos tiene su derecho y deber de
16
determinar libremente su identidad cultural, por encima de sus antecedentes históricos, valores y
aspiraciones propias.
1982 – 2000
Tras la reunión de Venecia, le siguió la Conferencia Mundial sobre Las Políticas
Culturales (MONDIACULT), celebrada en la ciudad de México en 1982. Obtuvo un gran éxito y lo
más seguro, por lo asuntos que se trataron, por la Convención de 1972 y la importancia atribuida
a la protección de los bienes inmuebles, naturales y culturales. La Declaración de México sobre
las Políticas Culturales plasma una nueva definición del patrimonio cultural que englobaba las
obras materiales e inmateriales a través de las cuales se expresa la creatividad de los pueblos:
idiomas, ritos, creencias, sitios y monumentos históricos, obras literarias, obras de arte, archivos
y bibliotecas. Afirmaba que «cada cultura representa un conjunto de valores único e
irremplazable, ya que las tradiciones y formas de expresión de cada pueblo constituyen su
manera más eficaz de manifestar su presencia en el mundo. La identidad cultural y la diversidad
cultural son indisociables, y el reconocimiento de múltiples identidades culturales allí donde
coexisten diversas tradiciones constituye la esencia misma del pluralismo cultural».46
Reclamaron a la UNESCO que se desarrollasen programas y actividades para salvaguardar y
estudiar el Patrimonio Cultural Inmaterial, en particular las tradiciones orales, prorrogando los
numerosos proyectos en bienes inmuebles, y animaron a lo mismo a los Estados Miembros con
actividades destinadas a su preservación, promoción y difusión.
Siete años después, siguiendo las recomendaciones de MONDIACULT, la Conferencia
General adoptó la Recomendación sobre la salvaguardia de la cultura tradicional y popular, que
fue el primer instrumento jurídico orientado a la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Con objeto de suscitar la aplicación de lo encomendado, la UNESCO a lo largo de un periodo de
varios años organizó cursos de formación y suministró asistencia para preparar inventarios,
redactar planes de salvaguardia, revitalización y difusión del Patrimonio Cultural Inmaterial de
grupos minoritarios e indígenas, organizaron varios festivales de culturas tradicionales
relacionadas con el folclore, y se editó documentación bibliográfica y audiovisual. En 1992, en
una reunión internacional celebrada en Yakarta (Indonesia) se presentó una nueva colección de
vídeos de la UNESCO sobre las artes del espectáculo, con el título Danzas, teatro y músicas
tradicionales del mundo. Al año siguiente se puso en marcha un proyecto denominado Libro Rojo
de la UNESCO de las Lenguas en Peligro de Desaparición, que fue seguido de la creación, en
1995, de una base de datos sobre este tema en la Universidad de Tokio; y se puso en marcha el
46 ELABORACIÓN (2009), 6.
17
sistema Tesoros Humanos Vivos, gracias a la propuesta presentada por Corea en la 142ª
reunión del Consejo Ejecutivo, órgano constitucional encargado de la ejecución eficaz y racional
del programa y presupuesto aprobados por la Conferencia General. He aquí la primera
intervención de los países con la trayectoria más satisfactoria en políticas culturales y gestión del
Patrimonio Cultural Inmaterial.
En 1991, la Conferencia General aprobó una resolución en la que se pedía al Director
General que estableciera, junto con el Secretario General de las Naciones Unidas, una Comisión
Mundial de Cultura y Desarrollo de carácter independiente. El informe de la comisión, titulado
Nuestra diversidad creativa, ponía de relieve la riqueza del patrimonio material e inmaterial y
destacaba que los objetos físicos (monumentos y obras de arte y artesanía) eran los principales
beneficiarios de las políticas de preservación del Patrimonio Cultural, no obstante entendían que
el Patrimonio Cultural Inmaterial no gozaba de la misma atención aún sido más débiles a los
devenires que se les presentase, y recordaba que los vestigios inmateriales como las tradiciones
locales, también forman parte del Patrimonio Cultural.
Nuestra diversidad creativa examinaba también los problemas, o riesgos,
interrelacionados47:
a) La autentificación, en lo referente a la reglamentación de las copias de artesanías
tradicionales;
b) La expropiación, en lo referente al desplazamiento de objetos de arte y artesanía o
documentos valiosos de sus lugares de origen;
c) La compensación, habida cuenta de que los individuos o las comunidades que crean los
objetos de arte folclórico no son compensados;
d) La mercantilización, que puede surtir un efecto perturbador en la propia cultura popular.
Al año siguiente, el Director General de la UNESCO, Federico Mayor Zaragoza, propuso
que se emprendieran paralelamente dos actividades: la puesta en marcha del programa de
proclamación de obras maestras del patrimonio oral e inmaterial de la humanidad, que buscaba
concienciar a la opinión mundial a la necesidad de defender esta forma de patrimonio; y la
elaboración de un estudio sobre la emergencia de elaborar un instrumento normativo para
proteger la cultura tradicional y el folclore.
47 ELABORACIÓN (2009), 9.
18
2000-2003
A finales de los noventa, la UNESCO organizo conjuntamente con los Estados Unidos la
Conferencia de Washington, titulada Evaluación global de la Recomendación de 1989 sobre la
salvaguardia de la cultura tradicional y popular: autonomía local y cooperación internacional.
Señala que convenía apelar mejor a la expresión Patrimonio Cultural Inmaterial para el nuevo
instrumento normativo, en vez del término folclore que algunas comunidades estimaban indigno;
y vislumbrar un método que integrase la producción artística y los conocimientos que posibilitan
la creación. Para todo esto, el Director General le presentó en 2001 a los Estados Unidos un
informe de un estudio preliminar que vislumbraba que la propiedad intelectual no protegía de
manera adecuada las expresiones del Patrimonio Cultural Inmaterial. Proponía una serie de
principios fundamentales en los que debería inspirarse ese instrumento normativo. La
salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial pasa esencialmente por el fomento de la
creatividad y la práctica de los miembros de la comunidad que lo producen y mantienen; evitar la
pérdida de su reproducción de sus significados, las condiciones que lo han hecho posible y los
especialistas necesarios para su creación, interpretación y transmisión mediante la protección y
la concepción de planteamientos propios en lo referente a su gestión y conservación,
asegurando que si por su difusión se vea afectada su singularidad con el dialogo e intercambio
cultural.
El Consejo Ejecutivo de la UNESCO pidió que se procediera a un debate más detallado
sobre los aspectos conceptuales y la definición del Patrimonio Cultural Inmaterial, con vistas a
que la definición propuesta fuese acorde con la utilizada en la Proclamación de las Obras
Maestras del Patrimonio Oral e Inmaterial de la Humanidad. El Consejo no perdió de vista la
protección de ese patrimonio, que no debía limitarse a una acción normativa porque era
necesario colaborar estrechamente con la OMPI y estudiar sus limitaciones. Y en septiembre de
2001, la Conferencia General acogió la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural, en
cuyo Art. 7 certifica que el patrimonio (en todas sus formas) se debe preservar, valorizar y
transmitir a las futuras generaciones como prueba de la experiencia y las aspiraciones humanas,
para mantener la creatividad en toda su multiplicidad e instruir un auténtico diálogo entre
culturas; junto con un plan de acción adjunto, en el que los Estados Miembros decidieron
preparar nuevas políticas y estrategias de la preservación para favorecer el Patrimonio Cultural y
Natural, y en particular del Patrimonio Cultural Oral e Inmaterial. Valorar y resguardar los saberes
tradicionales, en especial los de los pueblos indígenas, que beneficiar la protección del medio
19
ambiente y la clasificación de los recursos naturales, y el asentamiento de las simbiosis entre la
ciencia moderna y los conocimientos locales.
En septiembre de 2002, Año de las Naciones Unidas del Patrimonio Cultural, en
Estambul (Turquía) se reunieron 110 representantes de los Estados Miembros, entre los que
figuraban 72 ministros de cultura, advirtieron en una Mesa Redonda sobre el Patrimonio
Inmaterial y la diversidad cultural, las mismas escaseces. Estas declaraciones fueron el último
paso que sentó las bases de la redacción del instrumento normativo para garantizar la
continuidad del Patrimonio Cultural Inmaterial.
En ese mismo mes, en París, la primera Reunión intergubernamental de expertos sobre
el anteproyecto de convención para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial. Casi todos
los expertos estuvieron de acuerdo en que los Estados debían desempeñar, su principal
obligación debía consistir en identificar y definir el Patrimonio Cultural Inmaterial presente en sus
territorios, en consulta y cooperación con las comunidades culturales concernidas, las
organizaciones no gubernamentales y otras partes interesadas. Se demandó un registro
internacional del Patrimonio Cultural Inmaterial nutrido por el patrimonio inventariado en países
diversos. Este registro –la Lista Representativa establecida más tarde por la convención– debía
tener por objeto dar a conocer el Patrimonio Cultural Inmaterial y asistir a la fomento de la
diversidad cultural. En otras reuniones intergubernamentales se alcanzó a un beneplácito sobre:
la importancia del papel de los Estados Miembros y de los principios internacionales de
cooperación y solidaridad, el establecimiento de un mecanismo flexible y eficaz de salvaguardia,
la instauración de un comité intergubernamental subordinado a la Asamblea General de los
Estados Partes y la creación de un Fondo para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural
Inmaterial.48
En noviembre de 2003, la Comisión de Cultura de la Conferencia General de la
UNESCO recomendó que la Conferencia General organizase la Convención Internacional para la
Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, que fue aprobada el 17 de octubre de 2003 por
120 votos a favor, ninguno en contra y 8 abstenciones, y entro en vigor el 20 de abril de 2006. La
mayor parte de los Estados Miembros de la UNESCO han firmado, y han pasado a ser Estados
Parte de la Convención, gozando de todos los derechos y asumiendo todas las obligaciones que
se enuncian en ella. La fluideza con la que se implanto manifiesta el gran valor que suscita el
Patrimonio Inmaterial en todo el mundo, y su concienciación frente a su indispensable protección
48 ELABORACIÓN (2009), 12.
20
internacional, asegurada por la convención. La amenaza que suponía el estilo de vida
contemporáneo y el proceso de globalización fueron sus detonantes, de las que se percató
rápidamente la cultura nipona. Esta convención es uno de los grandes logros alcanzados por la
larga cruzada de la UNESCO por salvaguardar el patrimonio vivo del mundo.
La Convención de 2003 para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, cuya
estructura se fundamenta en la orientación programática de la Convención de 1972. En él se
asienta la igualdad de las expresiones y tradiciones, con la excepción ya solventada del
concepto de “valor universal excepcional” se aplicase no se aplicase a la salvaguardia del
Patrimonio Cultural Inmaterial. Su reafirmación internacional se está basada en el sentimiento de
identidad y continuidad que tiene este patrimonio vivo gracias a las comunidades los cuida. La
convención se ajusta a las actividades de salvaguardia y procesos de transmisión de
conocimientos dentro de las sociedades y grupos depositarios del patrimonio inmaterial, más que
en el sistema de listas.
Después de 2003, al producirse la Convención de 2005 sobre la Protección y Promoción
de la Diversidad de las Expresiones Culturales, que tiene por tema la producción de expresiones
culturales, difundidas y compartidas mediante actividades, bienes y servicios culturales, se une
como otro instrumento jurídico de la UNESCO orientados a respaldar la diversidad y un entorno
mundial en el que se incite la creatividad de los individuos y los pueblos, contribuyendo así a su
desarrollo económico y a la promoción, coexistiendo pacíficamente. En junio de 2004, Japón se
convirtió en el tercer Estado Parte a la Convención, y en septiembre de 2007, Japón ocupó el
segundo período de sesiones del Comité Intergubernamental en Tokio como su miembro, y ha
contribuido a la formulación de las directrices operativas para la Convención.49
En resumidas cuentas: ¿Qué es un bien inmaterial?
Conforme a la Ley para la Protección de Bienes Culturales nipón se define como el
teatro, música, técnicas artesanales, y otros productos culturales, que tengan posesión de un
alto valor histórico o artístico de Japón y que son transmitidas individualmente o grupos
específicos. Los bienes culturales inmateriales no son el producto de técnicas practicadas por
individuos o grupos, son aptitudes, comportamientos y acciones de una comunidad.50
Pero la UNESCO con su la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural
Inmaterial de 2003 la redefinió: «Son los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y
49 CULTURAL (2011), 15. 50 INTANGIBLE (2007), 9.
21
técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son
inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como
parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de
generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en
función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un
sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la
diversidad cultural y la creatividad humana».51
Y por consiguiente, en con la ratificación por parte de España en el año 200652 se tradujo
como «Patrimonio Cultural interiorizado en individuos y comunidades, como parte de su
identidad, compartido por los miembros de una colectividad, remitiendo a la biografía individual y
colectiva, que se manifiesta de un modo vivo y dinámico y se transmite y recrea de generación
en generación desde el aprendizaje. Es por lo tanto un patrimonio preservado tradicionalmente
por una comunidad, formando parte de su memoria colectiva viva, como una realidad
socialmente construida. Sus manifestaciones se desarrollan en el presente y tiene un efecto
regenerador en el orden social. Se caracteriza por ser un Patrimonio presencial, ritualizado, que
esta contextualizado en el marco temporal y espacial, imbricado en las formas tradicionales de
vida. Aporta una experiencia sensorial, pero al mismo tiempo está interrelacionado con la
materia. Es un patrimonio fácilmente vulnerable y no admite la reproducción».53
Esta definición, me parece que es la que mejor recoge lo que en esencia es un bien
cultural inmaterial, y nos habla de los nuevos intereses de nuestro país al ponerse al mismo nivel
de otros Estados Miembros de la UNESCO.
Ámbitos en los que se manifiesta el Patrimonio Cultural Inmaterial
En el Art. 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial,
según se define en el párrafo 1 supra, se manifiesta en particular en los ámbitos siguientes:
a) Tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del Patrimonio Cultural
Inmaterial;
b) Artes del espectáculo;
c) Usos sociales, rituales y actos festivos;
51 UNESCO (2006), Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, París, 17 de octubre de 2003:
<http://www.unesco.org/culture/ich/es/convencion/> Consultado el 18/10/11. 52 MINISTERIO DE CULTURA DE ESPAÑA (2011), p. 71. 53 Ibídem, p. 11.
22
d) Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo;
e) Técnicas artesanales tradicionales.
En Japón se presenta de manera casi similar, pero con términos diferentes y con un trato
exclusivo para cada tipo de expresión. En este apartado solo hablaremos de Importantes
Patrimonio Cultural Intangible, porque hay otros más que se dividen en estas categorías. Por un
lado el patrimonio inmaterial de tipo formal, que se llevaba a cabo para personalidades de alto
rango, tanto artes escénicas como artesanales. Por otro, están las artes populares, que se
definen como «usos y costumbres relacionados con la alimentación, vestido y vivienda, a las
ocupaciones, a las confesiones religiosas, y para eventos anuales, las artes populares del
espectáculo, técnicas populares de la ropa, implementos, casas, y otros objetos utilizados en los
mismos, que son indispensables para la comprensión de la transición en los modos de vida del
pueblo japonés».54 Y por último, las técnicas de trabajo manual, relacionados estrechamente con
la arquitectura, y con la conservación y restitución de obras realizadas con estas técnicas.
Para seleccionar al Importante Patrimonio Cultural Intangible, como a las Propiedades
Culturales Intangibles, el gobierno japonés reconoce la existencia de uno o varios titulares de
ese bien individual o grupal que encarnan a un grado excepcional de las competencias
pertinentes u oficio, a fin de promover la transmisión de técnicas tradicionales de Japón y la
artesanía.
Se encuentran los titulares y grupos de titulares divididos en tres grupos de categorías
con el fin de permitir que las medidas de apoyo adecuadas se adapten a las aptitudes necesarias
para ser protegidas.
Categorías Motivos de su reconocimiento
Titulares
Reconocimiento Individual
Aquellos que poseen una habilidad
excepcional en las artes escénicas
designadas Importante Patrimonio
Cultural Inmaterial, y que poseen la mayor
destreza en las técnicas artesanales
designados como importantes bienes
culturales intangibles. Conocidos también
como "Tesoros Nacionales Vivientes".
54 INTANGIBLE (2007), 16.
23
Titulares
Reconocimiento colectivo
Miembros de un grupo formado por dos o
más personas que en conjunto
representan la mejor habilidad en las
artes escénicas, o miembros de un grupo
de personas que posean una capacidad
excepcional en una técnica artesanal con
características únicas compartidas por
dos o más personas.
Grupos de titulares
Reconocimiento de los
grupos (de artesanos)
Grupos cuyas propiedades consistieron
principalmente de los titulares de una
técnica que por su naturaleza no se
caracteriza por distinguirse claramente
entre los titulares individuales.
Las categorías se aplican de la siguiente manera55:
Las de titularidad individual, Importantes Propiedades Culturales Intangibles son
designadas individualmente. Y cada técnica, los titulares que representan o poseer la habilidad
de un destacado nivel individual son reconocidos como titulares.
La titularidad colectiva es un reconocimiento colectivo de un número de artistas. Se
aplica a los casos en que la designación de Propiedad Cultural Inmaterial protegida consiste, al
igual que con las artes escénicas de Nohgaku, Kabuki o Bunraku Ningyo Johruri, en dos o más
intérpretes especializados, como titiriteros que sólo actúan y manipulan los títeres, los artistas
que sólo cantar, o los intérpretes o ejecutantes que sólo tocan instrumentos musicales. Cada uno
de estos miembros que los componen muestran una facultad individual, pero trabajan juntos
como un todo. No todos los artistas involucrados con la técnica artística particular son
reconocidos, más bien, de los muchos artistas, los que poseen mayor destreza en la técnica son
reconocidos. Los titulares también son reconocidos por ser miembros del grupo de los titulares.
El reconocimiento de los titulares grupales que sostiene en casos en el que se
muestra una técnica, como la preparación de arcilla de la cerámica o esmalte, por muchos
artesanos, y, aunque la técnica requiere un alto grado de maestría, y en la que no hay
necesidad de mostrar características individuales. Ha diferencia de reconocer cada
titular individual o grupos compuestos por algunos titulares de estas técnicas, son reconocidos
55 INTANGIBLE (2007), 10.
24
como Titulares de un arte grupal. En cuanto a la admisión o la dimisión de miembros, es
independiente al criterio de cada uno de los grupos y se respeta.
Aplicación de la Protección del Patrimonio Inmaterial Cultural
Los Estados Miembros de la UNESCO, en general, con ayuda de la colaboración de
comunidades, grupos y ONG pertinentes con las que se llevan a cabo unos inventarios del
Patrimonio Cultural Inmaterial, que se actualizan regularmente para mantener a salvo esos
bienes y a su vez hacerlos públicos para impulsar actividades educativas y demostrar sus
dimensiones patrimoniales. En el plano internacional, todos los Estados que han ratificado la
convención forman la Asamblea General de los Estados Partes en la Convención, que se reúne
cada dos años, y que selecciona a los miembros del Comité Intergubernamental para la
Salvaguardia de Patrimonio Cultural Inmaterial integrado por representantes de 18 Estados
Partes, y que se congrega todos los años para estudiar nuevos objetivos y controlar la aplicación
de la Convención. Desde que se alcanza la cifra de 50 miembros de los Estados que han firmado
la convención, el Comité pasará a ser representada por 24 personas.
Entre sus funciones están la de disponer las directrices operativas para someterlas a la
aprobación de la Asamblea General, y poder así facilitar la aplicación efectiva de las
disposiciones de la Convención, operativas desde junio de 2008 y en continua revisión para
futuras reuniones. Una de las cosas que indican las directrices operativas son los procedimientos
para la inscripción de elementos del Patrimonio Cultural Inmaterial en las listas de la Convención,
la prestación de asistencia financiera internacional, la acreditación de organizaciones no
gubernamentales en calidad de entidades consultivas del Comité o la participación de las
comunidades en la aplicación de la Convención.56
Para proteger el Patrimonio Cultural Inmaterial los Estados Miembros pueden mediante
la elaboración de un inventario en el que se son patentes los elementos del patrimonio cultural
inmaterial existentes en su territorio, con el cual se puede comprobar la cantidad que existen, su
nivel de riego de extinción; y con ello saber si no disponen de las facultades o medios necesarios
para hacerlo y pedir ayuda a entidades, instituciones y organizaciones colaboradoras. Los
Estados tienen plena libertad para confeccionar sus inventarios del modo que estimen más
conveniente pero deben estar bien definidos para adoptarse correctamente las medidas de
salvaguardia del patrimonio viviente.
56 En: <http://www.unesco.org/culture/ich/doc/src/01855-ES.pdf>. Consultado el 18/10/11.
25
Los Estados podrían adoptar una política general destinada a promover el patrimonio
cultural inmaterial e integrar sus medidas de salvaguardia en programas de planificación, o
designar órganos competentes en la esfera del patrimonio cultural inmaterial y fomentar la
realización de estudios científicos, técnicos y artísticos. Podrán arbitrar medidas técnicas,
administrativas y financieras destinadas a garantizar el acceso al patrimonio cultural inmaterial, al
tiempo que se respetan los usos consuetudinarios por los que se rige el acceso a ciertos
aspectos de este patrimonio, así como medidas encaminadas a crear o reforzar instituciones
encargadas de la documentación. Deben garantizar el reconocimiento y el respeto del patrimonio
cultural inmaterial en la sociedad, a partir de programas de educación, sensibilización e
información, con actividades de creación de capacidades para salvaguardar este patrimonio y la
prestación de apoyo a los medios no formales de transmisión de los conocimientos.
Japón, consideró previamente estas cuestiones y fundó instituciones exclusivamente
para este cometido. Para empezar, creó el Gobierno Nacional para la Protección del Patrimonio
Cultural Inmaterial con el fin de proteger el Patrimonio Cultural Inmaterial, el gobierno asigna
especialistas con el conocimiento experto de las artes escénicas tradicionales, las técnicas
artesanales, y las productos de la cultura popular con el apoyo de calificación de Importantes
Propiedades Culturales Intangibles, e Importantes Propiedades Folclóricas de Cultura Inmaterial.
Las nominaciones en las categorías de Patrimonio Cultural Intangible se someten bajo el informe
del Consejo de Asuntos Culturales del Ministerio de Educación, Cultura, Scinence, Deportes y
Tecnología (MEXT).
Como organismos responsables de la investigación relacionada con la protección del
patrimonio cultural están sometidos a instituciones administrativas independientes, como los
museos, y entre ellos el Departamento del Patrimonio Cultural Inmaterial se instruyó en Instituto
de Investigación Nacional de Bienes Culturales, construida en Tokio y que lleva a cabo la
investigación y documentación en los campos relacionados.
Otra institución administrativa independiente, el Consejo de Artes de Japón, estudia las
actuaciones de artes escénicas tradicionales, la ópera del Teatro Nacional, el Salón Nacional
Engei, el Teatro Nacional de Noh, el Teatro Nacional de Bunraku, y el Teatro Nacional de
Okinawa e imparte formación a los sucesores, y lleva a cabo encuestas, investigaciones y otras
actividades.
La Protección del Patrimonio Cultural Inmaterial en el ámbito local se aúna con el
26
Gobierno Nacional para promover la administración de la protección de bienes culturales que no
sean artículos designados a nivel nacional (el 1 de mayo de 2001, 97 % de los gobiernos locales
en Japón habían promulgado ordenanzas para la protección de los bienes culturales). En base a
estas ordenanzas, los gobiernos locales designan a los bienes culturales que son de valor para
la región, y adoptan medidas para promover su conservación y utilización.57
Las medidas de protección que se ejecuten son exclusivas para cada categoría. Los
portadores individuales, artistas expertos, de un arte en peligro de desaparecer, recibirán un
subsidio especial de dos millones por año para un mayor desarrollo de sus propias habilidades o
de arte, y sus sucesores en formación. La financiación parcial se prevé con el costo de los
proyectos de formación del sucesor, o para espectáculos públicos mediante la celebración de los
grupos que han recibido el reconocimiento colectivo de los gobiernos locales, u otros grupos
aprobados.
Para las artes escénicas, en el Teatro Nacional, documentan digitalmente las
actuaciones de las artes escénicas tradicionales y otras actividades, para su posterior
recopilación y exposición de materiales relacionados. Y con programas de capacitación para los
sucesores en las artes como Nohgaku, Bunraku, Kabiki y Engei.
Las técnicas artesanales se mantendrán con la grabación documental de técnicas
designadas como importantes bienes culturales intangibles, la recopilación de obras producidas
por los titulares y los grupos titulares para mostrarlas en la exposición titulada Las habilidades y
belleza de la artesanía en Japón - Importante Patrimonio Cultural Intagible y la gente que la
apoya.58 Estas exposiciones se celebran en los museos municipales dos veces al año.
Conclusión: Clave para comprender la relación la normativa de protección de bienes intangibles japoneses y de la UNESCO.
En definitiva, se puede comprobar en el desarrollo de la exposición como la
implantación y desarrollo de los planes de protección del patrimonio cultural inmaterial que
compete a nuestro entorno tiene mucho que ver con las ideas que se han ido dando desde
Japón por lo que supone para ellos comprobar la perdida de elementos que forman parte de su
esencia cultural, de su sello de identidad y siendo victimas de esa catástrofe se enfrentan antes
que el resto del mundo con unas medidas que toman de ejemplo, y no es casualidad, al
57 INTANGIBLE (2007), 8.
58 INTANGIBLE (2007), 12.
27
comprobar lo que en su día expuso el entonces Ministro japonés de Educación, Cultura,
Deportes, Ciencia y Tecnología, el Sr. Kosaka Kenji en la primera sesión de la Asamblea
General de Estados Miembros del año 2006, en la Convención para la Salvaguardia del
Patrimonio Cultural Inmaterial59, donde en resumidas cuentas cuenta la satisfacción que le
provoca ver como bajo el liderazgo del Director General de la UNESCO, el Sr. Koichiro Matsuura
que desde que alcanza el puesto en 1999 se comprometió a mantener y reconocer el patrimonio
inmaterial, que están presentes en toda su trayectoria asocia muy inteligentemente las
novedades que aportan algunos puntos de las convenciones y normas que se realizan en su
legislatura con las que se utilizan en Japón desde 1950, que finalmente culmino en el 2003 con
la entrada en vigor del Convenio. La adopción de estas medidas para la Salvaguardia del
Patrimonio Cultural Inmaterial fue un paso importante hacia la formulación de nuevas políticas en
la esfera del patrimonio cultural de la UNESCO.
59 Cuyo documento esta adjunto en la ficha de este trabajo.
28
BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA
COALDRAKE, W. H. (1996), Architecture and authority in Japan, Londres, Ed. Routledge, (Ed.
Orig. 1996). Consultado el 18/10/11:
<http://books.google.com/books?id=aRXkRtrO0RwC&lpg=PR1&hl=es&pg=PR1#v=onepage&q&f
=false>.
CULTURAL (2011), Cultural Properties for Future Generation, Cultural del Departamento de
Propiedades, Agencia de Asuntos Culturales de Japón, 2-15. Consultado el 27/11/10:
<http://www.bunka.go.jp/bunkazai/pamphlet/pdf/pamphlet_en_03_ver03.pdf>.
ELABORACIÓN (2009), La elaboración de una Convención, Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura- Patrimonio Cultural Inmaterial, 1-12. Consultado el 18/10/11: <http://www.unesco.org/culture/ich/doc/src/01854-ES.pdf>.
ENDERS, S.R.C.T.; GUTSCHOW, N. (1998), Hozon: architectural and urban conservation in
Japan, Londres, Ed. Axel Menges. Consultado el 16/10/11:
<http://books.google.co.jp/books?id=zh88TftnTsYC&lpg=PP1&hl=es&pg=PA12#v=onepage&q&f
=false>.
INTANGIBLE (2007), Intangible Cultural Heritage. Protection System for Intangible Cultural
Hermitage in Japan, Administración de Asuntos Culturales de Japón ― Año Fiscal 2009.
Asia/Pacific Cultural Centre for UNESCO (ACCU), 3-25. Consultado el 27/09/11:
<http://www.bunka.go.jp/bunkazai/pamphlet/pdf/pamphlet_en_05.pdf>.
GARCÍA CUETOS, M. P. (2009), Humilde condición. El patrimonio cultural y la conservación de
su autenticidad, Gijón, Ediciones Trea.
GIBBON, K. F. ed. (2005), Who owns the past? Cultural Policy, Cultural Property, and the Law,
Londres, Ed. Rutgers University Press. (Edición Ilustrada).
MACKAY-SMITH IV, A. (2000), Mission to preserve and protect, Japan Times Online, 29-IV-
2000. Consultado el 19/10/11: <http://www.japantimes.co.jp/text/fa20000429a2.html>.
McVEIGH, B. J. (2004), Nationalisms of Japan: Managing and Mystifying Identity, Oxford, Ed.
Rowman & Littlefield. Consultado el 16/10/11:
<http://books.google.com/books?id=2vS3zjt6yTQC&lpg=PP1&hl=es&pg=PR4#v=onepage&q&f=f
alse>.
MINISTERIO DE CULTURA DE ESPAÑA (2011) Plan Nacional de Salvaguarda del Patrimonio
Cultural Inmaterial, p. 5-71.
NOBUKO, I. (1998), Policy and System of Urban/ Territorial Conservation in Japan. En: 7 º
Seminario sobre la Conservación del Patrimonio Cultural de Asia, Tokio, Instituto Nacional de
Investigación de Bienes Culturales de Tokio. Consultado el 30/10/11:
<http://www.tobunken.go.jp/~kokusen/ENGLISH/MEETING/SEMINAR/7SEMINAR/inaba.html>.
29
PRESERVATION (2010), VI. Preservation and Utilization of Cultural Properties, Administración de
Asuntos Culturales de Japón ― Año Fiscal 2010, 30-44. Consultado el 27/09/11:
<http://www.bunka.go.jp/english/pdf/h21_chapter_06.pdf>.
ROBERTSON, J. E. Ed. (2005), A Companion to the Anthropology of Japan, Australia, Ed. Wiley-
Blackwell. Consultado el 16/10/11:
<http://books.google.com/books?id=ig9wPZjygnMC&lpg=PP1&hl=es&pg=PP1#v=onepage&q&f=f
alse>.
RODRÍGUEZ DEL ARISCAL, M., VIVES REGO, J. (2011), Teatro tradicional de Japón. En:
Seminario de Ciclo de Cultura Japonesa, Valencia, 19 Noviembre 2011, Valencia, Asociación
Otaku no michi- Fundación Instituto de Japonología de Madrid, p. 3-11.
QUEROL, M. A. (2009), El tratamiento de los bienes inmateriales en las leyes de Patrimonio
Cultural, Patrimonio Cultural de España. El Patrimonio Inmaterial a debate, 0, 71-130.
Consultado el 1/12/11: <http://es.calameo.com/read/000075335691c90f104cc>.
STANLEY-BAKER, J. (2000), Arte Japonés, 1ª ed., Barcelona, Ediciones Destino.
WIMONRART, I. (2003), The Machizukuri bottom-up approach to conservation of historic
communities: lessons for Thailand, Japón, Japan Foundation ― Urban Design Lab, Universidad
de Tokio. Consultado el 24/10/11: <http://ud.t.u-tokyo.ac.jp/book/2005aij/wi041112.pdf>.