La Pesca Y El Derecho Internacional

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La Pesca Y el derecho Internacional

La Pesca y el Derecho Internacional

LA PESCA.- DefinicinEs la captura y extraccin de su medio natural de los peces u otros recursos hidrobiolgicos como crustceos, moluscos y otros invertebrados.

Ancestralmente, la pesca ha consistido en una de las actividades econmicas ms tempranas de muchos pueblos del mundo.

Modalidades

La Pesca Deportiva

La pesca comercial

La pesca artesanal

Pesca Industrial

Emplea las tcnicas ms avanzadas desde el punto de vista tecnolgico. Tiene como objetivo obtener un gran nmero de capturas, por eso necesita: capital para equipar a los barcos e investigar nuevos sistemas de pesca; tecnologa a la vanguardia de la industrializacin para aumentar el volumen de capturas, y por lo tanto que la actividad sea rentable; infraestructuras portuarias donde puedan desembarcar y donde se puedan distribuir las capturasPesca Sostenible

LA PESCA EN LA ECONOMA PERUANALa industria pesquera del Per se expandi rpidamente en los aos 1950 y hacen del pas el principal productor mundial y exportador de harina de pescado. Aunque una gran variedad de peces se capturan mar adentro, el rpido crecimiento fue principalmente en la captura de anchovetas para su transformacin en harina de pescado.EN LA DCADA DE 1960

En 1973 el Gobierno nacionaliz la comercializacin y procesamiento de pescado. Sin embargo, la industria del pescado se convirti en un gran drenaje sobre el presupuesto de Gobierno como la empresa de pescado nacional

En 1976 el gobierno vendi la empresa flota a privados de pesca. nfasis se desplaz tambin lejos de harina de pescado, principalmente de anchoas, peces comestibles y las exportaciones de productos pesqueros congelados y enlatados.LA PESCA Y E DERECHHO INTERNACIONAL Convencin de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar

Convencin de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CDM, o tambin CONVEMAR o CNUDM) es considerada uno de los tratados multilaterales ms importantes de la historia, desde la aprobacin de la Carta de las Naciones Unidas, siendo calificada como la Constitucin de los ocanos.ALTA MARPESCA

cuando tanto en la zona econmica exclusiva como en un rea ms all de sta y adyacente a ella se encuentren la misma poblacin o poblaciones de especies asociadas, el Estado ribereo y los Estados que pesquen esas poblaciones en el rea adyacente procurarn, directamente o por conducto de las organizaciones subregionales o regionales apropiadas, acordar las medidas necesarias para la conservacin de esas poblaciones en el rea adyacente. El mismo deber de conservacin y cooperacin se impone a terceras banderas respecto de las especies altamente migratorias y los mamferos marinos.Todos los Estados tienen derecho a que sus nacionales se dediquen a la pesca en la alta mar con sujecin a:Sus obligaciones convencionales, Los derechos y deberes as como los intereses de los Estados ribereos que se estipulan, entre otras disposiciones, en el prrafo 2 del artculo 63 y en los artculos 64 y 67... (art. 116).

Gracias!!!16