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Las clasificaciones de los tributos impuestos

contribuciones tasas

l)Introduccioacuten

El tratamiento de este tema permite un mejor entendimiento de la estructura de un determiacuteshynado sistema tributario aporta criterios para el diseno y desarrollo normativo de los tributos y facilita la interpretacioacuten de las normas tributashynas

A continuacioacuten revisaremos las clasificaciones de tributos impuestos contribuciones y tasas que resultan de mayor utilidad para analizar el sisteshyma tributario peruano

2) Clasificacioacuten tripartita del tributo

En los tiempos modernos existe todo un esfuerzo para disenar modelos de sistemas tributarios con el mayor criterio racional posible

La primera tarea consiste en identificar las bases de la tributacioacuten Solo se aceptan aqueacutellos gravaacuteshymenes que descansen en fundamentos de caraacutecter financiero O econoacutemico

En Ameacuterica Latina es muy difundida la famosa clasificacioacuten tripartita de los tributos seguacuten la cual el tributo es un geacutenero que tiene tres espeshycies impuesto contribucioacuten y tasa

Esta clasificacioacuten ha sido recogida por la Norma TI del Tiacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario del Peruacute

iexclProfesor de Derecho Tributario de la puep 1 Villegas Hector- Curso de Finanzas Derecho Financiero y Tributariacuteo Buenos Aires Ediciones Depalma 1993 p 2 Y ss 1 Ataliba Geraldo- Derecho Constitucional Tributario En Revista del Instituto Peruano de Derecho Tributario (IPDT) No 11 1986 p 33

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Francisco J Ruiz de Castilla Ponce de Leoacuten

Veamos los principales fundamentos que explishycan la clasificacioacuten tripartita del tributo

21) Universo de beneficiados

Para las finanzas puacuteblicas primero se deben idenshytificar las necesidades de participacioacuten estatal que requiere una determinada sociedad Luego se procede con el diseno de los esquemas de finanshyciamiento maacutes adecuados que habraacuten de permitir la actuacioacuten del Estado l

Los impuestos financian actividades del Estado que satisfacen las necesidades del conjunto de la poblacioacuten Es el caso de la construccioacuten de carreshyteras seguridad (policiacutea) defensa nacional (fuershyzas armadas) etc

Las contribuciones permiten la ejecucioacuten de obras puacuteblicas y la prestacioacuten de servicios estashytales que benefician a un determinado sector de la poblacioacuten Por ejemplo la construccioacuten de un corredor vial por parte del Estado eleva el valor de los predios maacutes proacutexiacute~os a esta clase de obras Las tasas hacen posible el desarrollo de los servishycios estatales que satisfacen el intereacutes del usuario individualmente considerado El caso tiacutepico es la obtencioacuten de una liacutecencia de construccioacuten por parte del interesado

22) Justificacioacuten 2 de la carga tributaria

Una de las causas econoacutemicas maacutes importantes de los impuestos tiene que ver con la capacidad

contributiva es decir con aquellas manifestashyciones de riqueza que detentan los agentes que actuacutean en el mercado Las evidencias maacutes razonashybles de capacidad contributiva se encuentran en la obtencioacuten de rentas posesioacuten de patrimonios y realizacioacuten de actos de consumo

De este modo en todo sistema tributario modershyno se justifica la presencia de un determinado reacutegimen de imposicioacuten a la renta imposicioacuten al patrimonio e imposicioacuten al consumo

En cambio las contribuciones encuentran su causa en la obtencioacuten de un beneficio por parte de ciertos agentes econoacutemicos gracias a una determinada actividad del Estado traducida en obras o servicios puacuteblicos

El ejemplo tiacutepico es e mayor valor de mercashydo (plusvaiacutea) que adquieren los predios como consecuencia de ciertas obras de infraestructura que son desarrolladas por el tal como ocurre con la construccioacuten de un corredor vial por ejemplo

El cobro de las tasas encuentra su causa en la prestacioacuten de servicios por parte de un Ministeshyrio Podeacuter Judicial Municipalidad etc

3) Clasificacioacuten bipartita del tributo

Se distingue entre tributos no vinculados y tribushytos vinculados Esta clasificacioacuten tambieacuten ha sido tomada en cuenta por la Norma TI del Tiacutetulo Preliminar de Coacutedigo Tributario del Peruacute

31) Tributos no vinculadoso

1 Los impuestos constituyen tributos no vinculashyo D dos en la medida que no necesariamente existe lt

una relacioacuten directa entre el pago que realiza el contribuyente a favor del Fisco y una determinashyda actividad del Estado en su beneficio

Desde el punto de vista juriacutedico se trata de aquellos tributos cuya hipoacutetesis de incidencia

(descripcioacuten legal del hecho generador de la oblishygacioacuten tributaria) no contempla una determinada actividad del Fisco J

Por ejemplo si un sujeto cobra alquileres por arrendar un predio de su propiedad se encuenshytra obligado a pagar al Estado el Impuesto a la

auacuten cuando este monto de dinero no neceshysariamente va a ser empleado por el Fisco para desarrollar obras o servicios que 10 benenficien directamente

En la suma recaudada por el Estado podriacutea ser empleada en el pago de la deuda extershyna renovacioacuten de material beacutelico campanas de vacunacioacuten infantil etc

Esta figura se explica entre otras razones porque los impuestos de nivel nacional procuran la redisshytribucioacuten de la riqueza 4

Al respecto recordemos que en los paiacuteses en viacuteas de desarrollo se aprecia que un sector social muy reducido concentra una significativa porcioacuten de la riqueza nacional

Mediante la aplicacioacuten de los impuestos nacionashyles parte de esta riqueza se traslada al Estado para ser empleada en la ejecucioacuten de obras y servicios baacutesicos que requieren los sectores sociales maacutes necesitados del paiacutes

Como se aprecia e Fisco tiene la libre disposishycioacuten del impuesto recaudado de tal modo que estos recursos pueden ser dirigidos hacia los sectores sociales maacutes necesitados

32) Tributos vinculados

En cambio las contribuciones y tasas constituyen tributos vinculados en la medida que existe una relacioacuten directa entre el pago al Estado que realishyza el contribuyente y una determinada actividad del Estado a su favor

J Ataliba Geraldo- Hipoacutetesis de Incidencia Tributaria Lima IPDT p 153 Esta tesis es cada vez mas discutida Un importante sector de ecoromisras luego de naber examinado la evolushycioacuten de los sistemas tributarios aplicados en Ameacuterica Latina durante las uacuteltimas deacutecadas ha llegado a la conclushysioacuten que los sistemas impositivos no son vehiacuteculos redistributivos del ingreso Ver Amold Harberger- Poliacutetica Monetaria y Fiscal para el Crecimiento Econoacutemico con Equidad El Rev Apuntes Lima Universidad del Paciacute-

No 37 1995 p 20 Esta posicioacuten se ha reforzado cuando se examina el comportamiento de os impuestos locales (municipales) Ver Daniel Belauacuterde y Harold Marcenaro- Impuesto Predial Estudio y para un Manejo Eficiente de la Toma de Decisiones Locales En Ensayos sobre la Realidad Econoacutemica Peruana III Lima Universidad del Paciacutefico 1997 p 119 s Due La Imposicioacuten Indirecta en los Paiacuteses en Viacuteas de Desarrollo Madrid Instituto de Estudios Fiscales 1972 P 70 Y71

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Desde el puma de vista juriacutedico se sostiene que en esta clase de tributos la hipoacutetesis de incidencia debe hacer referencia a una determinada activishydad del Estado 6

Por ejemplo existe una relacioacuten directa entre el pago de una tasa por concepto de expedicioacuten de una copia de la partida de nacimiento y el servicio del ente estatal (Registro N aciana de Identificashycioacuten y Estado Civil - RENIEC) de proporcionar este documento al contribuyente

El dinero entregado por e contribuyente tiene por finalidad exclusiva financiar e servicio presshytado por la entidad estatal competente No es posible que las tasas recaudadas se destinen para cubrir otras inversiones y gastos estatales

4) Clasificacioacuten del impuesto seguacuten las diferentes manifestaciones de riqueza

El criterio diferenciador se encuentra en el elemento objetivo de hecho imponible

41) Imposicioacuten a la renta

El punto de partida es la obtencioacuten de rentas por parte de los agentes econoacutemicos Se trata de aquel ingreso que es de libre disposicioacuten del contribushyyente y por tanto suceptible de ser objeto de imposicioacuten De este modo se desarrolla la imposhysicioacuten a la renta para personas naturales y empreshysas

42) Imposicioacuten al patrimonio

La atencioacuten estaacute puesta en la posesioacuten de patrishymonios Nuevamente se trata de afectar el ingreshyso pero transformado en patrimonio (bien de capital es decir bienes adquiridos para usar) tal como ocurre con los activos fijos empresariales o los predios de propiedad de las personas natushyrales etc Aquiacute se configura la imposicioacuten a patrimonio En el Peruacute podemos citar los casos de Impuesto Predial Impuesto al Patrimonio V ehicular etc

43) Imposicioacuten al consumo

Se parte por considerar los actos de consumo La atencioacuten se concentra nuevamente sobre el ingreshy

so de las personas esta vez en la etapa que tiene

que ver con el empleo de recursos (dinero) para adquirir bienes y servicios consumibles (alimenshytos calzado ropa etc) En estos casos se estrucshytura la llamada imposicioacuten al consumo

Al respecto el caso maacutes importante es el Impuesshyto al Valor Agregado-IV A que -en el Peruacute- es conocido como Impuesto General a las Ventas - IGY Tambieacuten se puede citar el impuesto a los consumos especiacuteficos que en el Peruacute se denoshymina Impuesto Selectivo al Consumo Ademaacutes podemos mencionar al Impuesto de Alcabala en la medida que grava la adquisicioacuten (gastO de riqueza) de predios

Con relacioacuten a los tributos que afectan al comershycio exterior (importaciones y exportaciones) se advierte una tendencia mundial que apunta a la reduccioacuten de los impuestos a las importaciones7 y la eliminacioacuten de los impuestos a las exportaciones

Los impuestos a las importaciones afectan solashymente los casos de internamiento definivito de bienes al paiacutes en el entendido que las mercanshyciacuteas van a ser objeto de consumo dentro del paiacutes Desde este punto de vista los impuestos que recaen sobre las importaciones de bienes son ubicados dentro del marco de la imposicioacuten al consumo

5) Clasificacioacuten del impuesto en funcioacuten del traslado de la carga tributaria

Uno de los principios tributarios sena1a que los impuestos deben incidir sobre los autores de los hechos imponibles (hechos generadores de oblishygaciones tributarias) en la medida que son los sujetos que detentan una determinada capacidad econoacutemica la misma que constituye la base de la capacidad contributiva (posibilidad de financiar la actividad estatal)

En este sentido se puede distinguir dos modashylidades de imposicioacuten seguacuten la forma como el impuesto llega a afectar al sujeto incidido (persoshyna que soporta la carga tributaria)

51) Impuestos directos

En estos casos el impuesto recae sobre una persoshyna sin la intervencioacuten de terceros Son los casos de imposicioacuten a la renta e imposicioacuten al patrishymomo

6 ATA LIBA Geraldo- Hipoacutetesis de Incidencia Tributaria p 153 7 VALDEZ LADROacuteN DE GUEvARAPatricia- Los Acuerdos de integracioacuten y el Establecimiento de Preferencias Aranshycelarias En Rev DelIPDT No 311997 p 89middot100 VILLEGAS Heacutector B- ltursos de Finanzas Derecho Financiero y Tributario Buenos Aires 1993 p 76

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c __ ~_ -shy

Las caracteriacutesticas mas importantes son

511) Afectacioacuten de la tenencia de riqueza

Se toma en cuenta la tenencia de la riqueza Es decir se pone especial atencioacuten en la posesioacuten de una renta obtenida o el patrimonio adquirido (predios vehiacuteculos etc) Los ingresos quedan afectados en su etapa pasiva

512) No traslacioacuten

En los impuestos directos no deberiacutea existir la posibilidad de ser trasladados a terceros es decir a sujetos que no han participado directamente en la generacioacuten de la renta o que no son los propieshytarios de patrimonio

Cuando se trata de mercados con demanda elaacutesshytica o sea en los casos que los clientes son muy sensibles a cualquier grado de incremento de los precios lo maacutes probable es que el proveedor (empresa) de bienes y servicios no va a tener la oportunidad de trasladar el impuesto a esta clase de dientes

En efecto un incremento del precio (por adicioacuten del impuesto en e precio) puede reducir -de modo considerable- la demanda de bien o servishycio ofertado por al empresa

El problema va a aparecer en los casos de mercashydos con demanda ineaacutestica en la medida que los dientes demuestran un importante nivel de insensibilidad a los grados de variacioacuten (increshymento) de los precios El proveedor (empresa) cuenta con mayores posibilidades de trasladar el impuesto al diente

En este sentido un incrmento de precio (por adicioacuten del impuesto en e precio) no va a redushycir de modo importante el nivel de demanda del bien o servicio que oferta la empresa

513) Coincidencia entre el deudor econoacutemico y deudor legal

Esta coincidencia aparece con claridad en el caso de una persona natural que vive en la casa que es de su propiedad

El sujeto incidido no tiene la posibilidad de trasshyladar el Impuesto Predial a terceros Aderraacutes e arto 9 de la Ley de Tributacioacuten Municipal-LTM 9

senala que el deudor de este impuesto en calidad de contribuyente es el propietario del inmueshyble Por tanto se aprecia una coincidencia entre el deudor econoacutemico (sujeto que soporta el impacshyto de la carga tributaria) y e deudor legal (contrishybuyente)

514) Situaciones anoacutemalas

Existen muchos casos donde es posible el traslashydo de la carga tributaria de tal modo que deja de existir una coincidencia entre e deudor econoacutemshyco y el deudor legal de tal modo que quedan desdibujadas las caracteriacutesticas maacutes notorias de los impuestos directes tal como se explica a continuacioacuten

5141) Impuesto Predial de empresas

Al finalizar un determinado ano las empresas proyectan los costos del siguiente ejercicio para estructurar su nueva lista de precios Entre los

costos fijos se van a considerar los impuestos directos los mismos que seraacuten distribuIacutedos en el momento de fijar los precios de venta de cada unidad de mercaderiacutea o servicio

En definitiva el cliente es quien soportaraacute el tras- lado de una porcioacuten de Impuesto Predial de la empresa y al final de cuentas asumiraacute el impacto de la carga tributaria auacuten cuando -desde el punto de vista legal- el deudor del tributo es la empresa en calidad de contribuyente

Como se aprecia ya se tornan borrosas las caracshyteriacutesticas de los impuestos directos cuando se senala que esta clase de impuestos no deberiacutear ser trasladables y que -ademaacutes- deberiacutea existir una coincidencia entre e deudor econoacuterrico y el deudor legal

5142) Impuesto a la Renta sobre las rentas del trabajo

Las personas que prestan servicios profesionales de modo independiente o dependiente sueer negociar sus honorarios o sueldos haciendo refeshyrencia a determinados montos netos libres de impuestos

En estos casos el usuario del servicio asume el traslado del Impuesto a la Renta auacuten cuando e arto 14 de la Ley del Impuesto a la Renta- LIRlO

Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo No 156-20C4-EF del 11-09-04 10 Seguacuten Texw UrUacuteco Ordenado aprobado por el Decreto Supremo No 179-2))4-EF del 08middot12middot04

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dispone que el sujeto que presta el servicio es el deudor del impuesto en calidad de contribuyenshyte

Por ejemplo asumamos que el uacutenico impuesto aplicable es el 10 por concepto de Impuesto a la Renta Si un abogado que trabaja de modo indeshypendiente desea cobrar 10000 soles netos por su trabajo prestado a una empresa deberaacute aplicar la regla de tres simple del siguiente modo

10000 soles 90 X 100

Despejando X

10000 soles por 100

X = -------------- = 1111111 soles 90

Por tanto desde el punto de vista formal en el recibo por honorarios profesionales que emite el abogado se anotaraacute lo siguiente

Honorarios (renta bruta) 1111111 Impuesto a la Renta (retencioacuten) 10 (1 11111) Honorarios netos por cobrar l000000

En este caso el cliente termina por absorver el impuesto ascendente a la suma de 111111 soles

5143) Imposicioacuten al patrimonio

Existen muchos casos donde un impuesto al patrimonio puede ser trasladado Por ejemplo en los contratos de arrendamiento se puede pactar que el inquilino se obliga a asumir el pago del Impuesto Predial

Para el Derecho Civil se trata de una claacuteusula vaacutelishyda El arrendatario se obliga a asumir el Impuesto Predial del mismo modo que tambieacuten suele acepshytar el pago de los arbitrios municipales consumo de luz agua teleacutefono etc Entonces la traslacioacuten econoacutemica del Impuesto Predial es vaacutelida

Para el Derecho Tributario esta clase de acuershydos voluntarios no surten efectos Soacutelo la ley puede senalar quien es el deudor tributario En este sentido el arto 26 del Coacutedigo Tributario 11

establece que los actos o convenios por los que el deudor tributario transmite su obligacioacuten tribushytaria a un tercero carecen de eficacia frente a la Administracioacuten Tributaria

En materia de Impuesto Predial ya hemos visto que el art 9 de la L TM senala que el deudor ante la Municipalidad es el propietario No se admite que -a traveacutes de los contratos de arrendamienmiddot to- se termine por modificar la ley Por tanto el uacutenico de deudor legal es el propietario

En los formularios para determinar y pagar el impuesto deben aparecer los datos de identificashycioacuten de propietario no del inquilino

En suma en materia de Impuesto Predial el deudor econoacutemico puede ser el arrendatario mientras que el deudor legal es el propietario del predio

52) Impuestos indirectos

Se trata de aplicar una carga tributaria a detershyminada persona mediante la intervencioacuten de terceros

Es el caso de la imposidoacuten al consumo Por ejemshyplo la carga tributaria que consiste en e IGV es aplicada por las empresas en sus precios para que recaiga sobre todos los consumidores del paiacutes

Como se aprecia la empresa resulta ser un terceshyro que facilita la afectacioacuten (impacto) de la carga tributaria en cabeza de los consumidores (sujetos incididos)

Las caracteriacutesticas importantes de los impuesshytos indirectos son

521) Mectacioacuten del gasto de la riqueza

Lo importante es el uso o disposicioacuten de la renta para llevar a cabo determinados actos de consushymo Se procura afectar el iacutengresoen su etapa actishyva O dinaacutemica

522) Traslacioacuten

El impuesto que aplican las empresas debe formar parte del de venta facturado y por tanto se tiene que producir un desplazamiento del impuesto hacia el cliente

En los mercados con demanda inelaacutestIacuteca es probashyble que todo el peso de la carga tributaria se trasshylade al adquirente (protraslacioacuten)

11 Seguacuten Texto Unico Ordenado aprobado por e Decreto Supremo No 135-99-EF de 19-08-99

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En cambio en los mercados con demanda elaacutestica el proveedor de bienes y servicios deberaacute aacutesumir parte del impacto del impuesto (retrotraslaci6n) transfiriendo al comprador solamente una detershyminada porci6n de la carga tributaria l

523) No coincidencia entre el deudor econoacuteshymico y el deudor legal

Cuando una empresa minorista (supermercado) vende mercaderiacutea a una persona natural el arto 9 de la Ley del IGV - LIGV 1) establece que el vendedor es e deudor legal (contribuyente)

Ademaacutes e tercer paacuterrafo del arto 38 de la LIGV senala que es obligatoria la traslacioacuten del IGV por parte de vendedor hacia el comprador de bienes y servicios

Por tanto e vendedor tiene que trasladar el impuesto (IGV) en e precio facturado de tal modo que el comprador pasa a soportar el impacshyto de la carga tributaria

Como se aprecia el vendedor es el deudor legal mientras que e comprador viene a ser e deudor econoacutemico

6) Clasificacioacuten del impuesto en funcioacuten del tiempo requerido para la realizacioacuten del hecho imponible

Seguacuten esta clasificaci6n se pueden distinguir tres clases de impuestos tal como se explica a contishynuaci6n

61) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten inmediata

En estos casos e desarrollo de la operaci6n gravashyda requiere tan solo de un instante de tiempo

Aquiacute se encuentran los impuestos que afectan el consumo incluiacutedas las importaciones y el Impuesto a la Renta para los sujetos no domicishyliados

Por ejemplo para e IGV la vena gravada se puede entender realizada en el momento que se

emite el comprobante de pago (factura) seguacuten se desprende del arto 4a de la LIG

62) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten perioacutedica

Es e caso de la imposici6n a la renta para las empresas y las personas naturales domiciliadas en e paiacutes

Por ejemplo la utilidad de las empresas se concibe como el resultado de un proceso anual de ingreshysos costos y gastos El hecho imponible se va configurando desde el inicio del ejercicio gravashyble (primero de enero) y necesariamente se debe esperar la finalizaci6n del ano (31 de diciembre) para determinar la utilidad o peacuterdida resultante

63) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten continua

Aquiacute se encuentran casos de imposicioacuten al patrishymonio como por ejemplo e Impuesto Predial Desde el punto de vista juriacutedico se grava 1a propiedad de predio la misma que es una situashyci6n permanente sin liacutemites en el tiempo Desde esta perspectiva no podemos sostener que e Impuesto Predial comprende un hecho imponishyble de realizacioacuten perioacutedica 14

7) Clasificacioacuten de la contribucioacuten

En el Pero podemos distinguir 4 modalidades de contribuci6n en funci6n del hecho generador de la obligaci6n tributaria

71) Contribucioacuten para la seguridad social

El hecho generador de la obligaci6n tributaria consiste en ~a actividad fiscal relativa a la prestashycioacuten de los sistemas sociales de salud y pensiones que benefician -funiquestamentalmente- a los trabashyjadores dependientes

En este sentido el Decreto Legislativo No 771 vigente desde enero de 1994 se refiere a la contrishybuci6n15 como la especie tributaria especial cuyo objetivo es financiar los sistemas de seguridad social

12 COSCIANI C- El Impuesto al Valor Agregado Buenos Aires 1969 p 45 Y ss IJ Seguacuten Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo 055-99middotEF lA Desde otra perspectiva de enfoque se puede sostener que el Impuesto Predial es de periodicidad anual en el sentido que el aspecto temporal de la hip6tesis de incidencia hace referencia al primero de enero de cada ano de taimado que en el inicio de cada ejercicio gravable se produce la realizacioacuten de un hecho generador de la obEgashycioacuten tributaria En efecto el arto 10 de la LTM permite inferir que la fecha de este hecho generador es el primero de en ero de cada antildeo 1 Se discute la naturaleza de los agos que financian a la seguridad social

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72) Contribllcioacuten para obras puacuteblicas

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria tiene ver con la actividad estatal que se tradushyce en realizacioacuten de obras Queda excluiacuteda la figura de prestacioacuten de servicios (estatales)

Entre los arrs 62 y 65 de la L TM se regula la contribucioacuten municipal para obras puacuteblicas entendida como el mecanismo tributario especial para financiar esta clase de actividad fiscal

73) Contribucioacuten para capacitacioacuten y entrenashymiento laboral

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la actividad fiscal que tiene que ver con los sistemas de capacitacioacuten y entrenamiento de los trabajadores que pertenecen a determinashydos sectores de la economiacutea

El D 771 hace referencia a la contribucioacuten para dejar establecida la especie tributaria que financia estas actividades educativas

En e caso de las actividades de ensenaza para los trabajadores que laboran en e sectltlr industrial los empleadores deben cumplir con e pago de la contribucioacuten que financia el Servicio Nacional de Adiestramiento Teacutecnico Industrial - SENA TI

Por otra parte en el caso de ensenaza para los trabajadores que laboran en el sector de la consshytruccioacuten los empleadores tienen que cumplir con el pago de la contribucioacuten que financia al Servishycio Nacional de Capacitacioacuten para la Industria de la Construccioacuten SENCICO

74) Contribucioacuten para lRs organismos de control

El hecho generador de la obligacioacuten tributashyria consiste en la actividad fiscal que controla a determinados operadores de sector privado que pertenecen a ciertos sectores de la economiacutea

Una posicioacuten sostiene nos encontranos frente a un caso de tributo bajo la especie de cortribucioacuten Esta clase de pagos financia al Es maacutes el D Leg No 771 utiliza de modo literal y expreso el eacutermino contribucioacuten para hacer referencia al sistema de financiamiento de la seguridad social en el Peruacute La orra posicioacuten sostiene que no nos encontramos frente a un tributo de tal modo que tampoco cabe la de la contribucioacuten Se argumenta que el taacutebuto financia al Gobierno (Nacional Regional y En los pagos que venimos iquestiscutiendo financian a emidades que no forman pane del Gobierno En efecto el Instituto Peruano de Seguridad Social administra el sistema puacuteblico de saluiquest mientras que la Oficina de lormalizacioacuten Previsional administra el sistema de pensiones Ambas entidades no forman del Gobierno (pues no se dedica1 a gobernar dictar poliacuteticas puacuteblicas Quizaacutes por est~ razOacuten la parte de la Norma TI del Tiacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario utiliza la expresioacuten aporte para referirse a los que financi110s sistemas sociaes de salud y pensiones Esta norma parece d~r a entender que -aunque pagos no son tributos- de todos mocios se les aplica las del Coacutedigo Tributario

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Estos operadores deben financiar baacutesicamente a las Superintendencias encargadas de controlarlos mediante el pago de la respectiva contribucioacuten

Por ejemplo las entidades financieras (bancos financieras etc) deben pagar una contribucioacuten a la Superintendencia Nacional de Banca y Segushyros

Se discute si esta clase de pagos tienen la natushyraleza de contribucioacuten y por tanto si pueden constituir un segmento especial dentro de la clasishyficacioacuten general de las contribuciones

Por un lado se sostiene que estos pagos no calishyfican como contribucioacuten La Norma lLb del TIacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario estableshyce que -en materia de contribuciones- el hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la generacioacuten de beneficios gracias a determinada actividad estatal Se entiende que este quehacer fisc~ tiene que generar beneficios directos al sujeshyto sobre el cual recae la actividad estatal

La actividad de control que realizan las Supershyintendencias recae sobre determinados operashydores de sector privado que - a su vez- prestan servicios al puacuteblico en general Por ejemplo la Superintendencia de Banca y Seguros controla a los bancos y eacutestos prestan servicios financieros al puacuteblico en general Como se aprecia la actividad de la Superintendencia estaacute dirigida a los bancos y no al puacuteblico Por tanto esta actividad fiscal no genera un beneficio directo para el puacuteblico es decir para todo un sector de la poblacioacuten

Sin embargo se sostener que estas actishyvidades estatales control causan beneficios indirectos al puacuteblico usuario de los bancos pues la evaluacioacuten constante de la actividad bancaria propicia una mayor eficiencia de estas institucioshynes de tal modo que de alguacuten modo existe un mayor resguardo de los intereses econoacutemicos de los clientes que acuden a los bancos

8) Clasificacioacuten de la tasa

A tenor de los incisos 12 Y 3 de la Norna TI del Tiacutetulo Prelininar del Coacutedigo Tributario existe una clasificacioacuten tripartita de las tasas seguacuten el hecho de la obligacioacuten tributaria tal como se explica a continuacioacuten

81) Arbitrio

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la prestacioacuten de servicios puacuteblicos por parte del Estado Por ejemplo constituyen servishycios puacuteblicos municipales la labor de limpieza (recojo de basura) mantenimiento de parques y jardines seacuteguridad (serenazgo) etc

Los usuarios de estos servicios financian las cadas actividades estatales a traveacutes del pago del arbitrio 16

82) Derecho

Existen dos hechos generadores de la obligacioacuten tributaria En primer lugar el Estado suele presshytar servicios administrativos 17 bull

Por ejemplo en las oficinas del Poder Judicial se tramitan copias certificadas de una mientras que en las oficinas de la Administracioacuten Puacuteblica como el Registro Nacional de Identificashycioacuten y Estado Civil- RENIEC se tramitan proce-

di mientas administrativos relativos al duplicado del Documento Nacional de Identidad - DNI

El usuario de estos servicios muchas veces 18 debe finaciar esta actividad estatal mediante el pago de un derecho

En segundo lugar existe el caso de utilizacioacuten de bienes puacuteblicos por parte de las personas naturashyles y empresas 19 Por ejemplo si una empresa de teleacutefonos instala una cabina de teleacutefono en viacutea puacuteblica debe pagar un derecho tal como ha quedado establecido en la Resolucioacuten del Tribushynal Fiscal No 8296-2-01 del 04-10-01

83) Licencia

El hecho generador consiste en el to de una licencia es decir que -desde el puma de vista del Derecho Administrativo- el Estado confiere una autorizacioacuten para que determinado sujeto realice cierta actividad C~JCltiJl

El financiamiento de esta labor de control fiscal se realiza a traveacutes del pago de una suma de dinero que -en el campo del Derecho Tributario- recibe la denominacioacuten de licencia 10

Asiacute ocurre con el pago de la Licencia de Funcioshynamiento que debe pagar la persona natural o juriacutedica que obtiene una autorizacioacuten de la Munishycipalidad para realzar actividades empresariales profesionales artiacutestiacutecas o manuales

iexcl

mecanismo de la tasa Ver Villanueva Gutieacuterrez Bravo Cucci Jorge Robles Moreno Carmen y Ruiz de Castilla Ponce de Leoacuten Francisco- Coacutedigo Tributario Doctrina y Comentarios Lima Instituto 2009 paacuteg 24 17 Una interpretacioacuten literal de la Norma JI del Tiacutemlo Preliminar del Tributario puede llevarnos a criticar la utilizacioacuten de la expresioacuten servicio administrativo pues pareceriacutea ser que el se refiere a los servicios de tramitacioacuten que presta la Adminrracioacuten Puacuteblica mas no a los servicios en la parte que tiene que ver con los traacutemites que se lleTar a cabo en el Poder Sin embargo una que presta atencioacuten a la causa u de la que venimos estudiando nos lleva a concluir que el se estaacute refiriendo al pago de un derecho como mecanismo para financiar ambas clases de traacutemites lB Existen ciertos procesos UUJ~ldlcgratuitos El ano 179 del Coacutedigo Procesal Civil indica que existe la posibilidad de la exoneracioacuten del de aranceles judiciales si el lit iganr e tiene Uacutea dificultad par a realizar gastos de subsisshytencia propia y de sus Del mismo modo la tramitacioacuten de procedimientos administrativos donde se ejercita el derecho de defensa tambieacuten son gratuitos tal como sucede con los reclamos en materia tributaria 19 Se suele discutir si esta clase de pagos constituye un tributo y por tanto Ufi derecho El tributo financia una actividad estatal En el caso del uso de un bien puacuteblico no se con claridad la actividd estatal que un financiamiento de tributario 20 Se discute si el financiamiento de la actividad municipal en lo relativo a la licencia debe ser quizaacutes a traveacutes del impuesto En abono de esta se sostiene que la actividad estatal de control (consistente en el otorgamiento de una licencia o bel1eficia tano al solicitane de la licencia como al puacuteblico consumidor en que habraacute de concurrir al autorizado Ademaacutes como el beneficiario de esta clase de actividad municipal no puede ser identificable entonces la sociedad en su conjunto deberiacutea financiar esta hbor de control edilicia

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ti Walker Villanueva sostiene los servicios puacuteblicos estatales generan baacutesicamente beneficios para un detershyminado sector de la poblacioacuten tal modo que deberiacutean ser financiados con la contribucioacuten y no mediante el

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contributiva es decir con aquellas manifestashyciones de riqueza que detentan los agentes que actuacutean en el mercado Las evidencias maacutes razonashybles de capacidad contributiva se encuentran en la obtencioacuten de rentas posesioacuten de patrimonios y realizacioacuten de actos de consumo

De este modo en todo sistema tributario modershyno se justifica la presencia de un determinado reacutegimen de imposicioacuten a la renta imposicioacuten al patrimonio e imposicioacuten al consumo

En cambio las contribuciones encuentran su causa en la obtencioacuten de un beneficio por parte de ciertos agentes econoacutemicos gracias a una determinada actividad del Estado traducida en obras o servicios puacuteblicos

El ejemplo tiacutepico es e mayor valor de mercashydo (plusvaiacutea) que adquieren los predios como consecuencia de ciertas obras de infraestructura que son desarrolladas por el tal como ocurre con la construccioacuten de un corredor vial por ejemplo

El cobro de las tasas encuentra su causa en la prestacioacuten de servicios por parte de un Ministeshyrio Podeacuter Judicial Municipalidad etc

3) Clasificacioacuten bipartita del tributo

Se distingue entre tributos no vinculados y tribushytos vinculados Esta clasificacioacuten tambieacuten ha sido tomada en cuenta por la Norma TI del Tiacutetulo Preliminar de Coacutedigo Tributario del Peruacute

31) Tributos no vinculadoso

1 Los impuestos constituyen tributos no vinculashyo D dos en la medida que no necesariamente existe lt

una relacioacuten directa entre el pago que realiza el contribuyente a favor del Fisco y una determinashyda actividad del Estado en su beneficio

Desde el punto de vista juriacutedico se trata de aquellos tributos cuya hipoacutetesis de incidencia

(descripcioacuten legal del hecho generador de la oblishygacioacuten tributaria) no contempla una determinada actividad del Fisco J

Por ejemplo si un sujeto cobra alquileres por arrendar un predio de su propiedad se encuenshytra obligado a pagar al Estado el Impuesto a la

auacuten cuando este monto de dinero no neceshysariamente va a ser empleado por el Fisco para desarrollar obras o servicios que 10 benenficien directamente

En la suma recaudada por el Estado podriacutea ser empleada en el pago de la deuda extershyna renovacioacuten de material beacutelico campanas de vacunacioacuten infantil etc

Esta figura se explica entre otras razones porque los impuestos de nivel nacional procuran la redisshytribucioacuten de la riqueza 4

Al respecto recordemos que en los paiacuteses en viacuteas de desarrollo se aprecia que un sector social muy reducido concentra una significativa porcioacuten de la riqueza nacional

Mediante la aplicacioacuten de los impuestos nacionashyles parte de esta riqueza se traslada al Estado para ser empleada en la ejecucioacuten de obras y servicios baacutesicos que requieren los sectores sociales maacutes necesitados del paiacutes

Como se aprecia e Fisco tiene la libre disposishycioacuten del impuesto recaudado de tal modo que estos recursos pueden ser dirigidos hacia los sectores sociales maacutes necesitados

32) Tributos vinculados

En cambio las contribuciones y tasas constituyen tributos vinculados en la medida que existe una relacioacuten directa entre el pago al Estado que realishyza el contribuyente y una determinada actividad del Estado a su favor

J Ataliba Geraldo- Hipoacutetesis de Incidencia Tributaria Lima IPDT p 153 Esta tesis es cada vez mas discutida Un importante sector de ecoromisras luego de naber examinado la evolushycioacuten de los sistemas tributarios aplicados en Ameacuterica Latina durante las uacuteltimas deacutecadas ha llegado a la conclushysioacuten que los sistemas impositivos no son vehiacuteculos redistributivos del ingreso Ver Amold Harberger- Poliacutetica Monetaria y Fiscal para el Crecimiento Econoacutemico con Equidad El Rev Apuntes Lima Universidad del Paciacute-

No 37 1995 p 20 Esta posicioacuten se ha reforzado cuando se examina el comportamiento de os impuestos locales (municipales) Ver Daniel Belauacuterde y Harold Marcenaro- Impuesto Predial Estudio y para un Manejo Eficiente de la Toma de Decisiones Locales En Ensayos sobre la Realidad Econoacutemica Peruana III Lima Universidad del Paciacutefico 1997 p 119 s Due La Imposicioacuten Indirecta en los Paiacuteses en Viacuteas de Desarrollo Madrid Instituto de Estudios Fiscales 1972 P 70 Y71

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Desde el puma de vista juriacutedico se sostiene que en esta clase de tributos la hipoacutetesis de incidencia debe hacer referencia a una determinada activishydad del Estado 6

Por ejemplo existe una relacioacuten directa entre el pago de una tasa por concepto de expedicioacuten de una copia de la partida de nacimiento y el servicio del ente estatal (Registro N aciana de Identificashycioacuten y Estado Civil - RENIEC) de proporcionar este documento al contribuyente

El dinero entregado por e contribuyente tiene por finalidad exclusiva financiar e servicio presshytado por la entidad estatal competente No es posible que las tasas recaudadas se destinen para cubrir otras inversiones y gastos estatales

4) Clasificacioacuten del impuesto seguacuten las diferentes manifestaciones de riqueza

El criterio diferenciador se encuentra en el elemento objetivo de hecho imponible

41) Imposicioacuten a la renta

El punto de partida es la obtencioacuten de rentas por parte de los agentes econoacutemicos Se trata de aquel ingreso que es de libre disposicioacuten del contribushyyente y por tanto suceptible de ser objeto de imposicioacuten De este modo se desarrolla la imposhysicioacuten a la renta para personas naturales y empreshysas

42) Imposicioacuten al patrimonio

La atencioacuten estaacute puesta en la posesioacuten de patrishymonios Nuevamente se trata de afectar el ingreshyso pero transformado en patrimonio (bien de capital es decir bienes adquiridos para usar) tal como ocurre con los activos fijos empresariales o los predios de propiedad de las personas natushyrales etc Aquiacute se configura la imposicioacuten a patrimonio En el Peruacute podemos citar los casos de Impuesto Predial Impuesto al Patrimonio V ehicular etc

43) Imposicioacuten al consumo

Se parte por considerar los actos de consumo La atencioacuten se concentra nuevamente sobre el ingreshy

so de las personas esta vez en la etapa que tiene

que ver con el empleo de recursos (dinero) para adquirir bienes y servicios consumibles (alimenshytos calzado ropa etc) En estos casos se estrucshytura la llamada imposicioacuten al consumo

Al respecto el caso maacutes importante es el Impuesshyto al Valor Agregado-IV A que -en el Peruacute- es conocido como Impuesto General a las Ventas - IGY Tambieacuten se puede citar el impuesto a los consumos especiacuteficos que en el Peruacute se denoshymina Impuesto Selectivo al Consumo Ademaacutes podemos mencionar al Impuesto de Alcabala en la medida que grava la adquisicioacuten (gastO de riqueza) de predios

Con relacioacuten a los tributos que afectan al comershycio exterior (importaciones y exportaciones) se advierte una tendencia mundial que apunta a la reduccioacuten de los impuestos a las importaciones7 y la eliminacioacuten de los impuestos a las exportaciones

Los impuestos a las importaciones afectan solashymente los casos de internamiento definivito de bienes al paiacutes en el entendido que las mercanshyciacuteas van a ser objeto de consumo dentro del paiacutes Desde este punto de vista los impuestos que recaen sobre las importaciones de bienes son ubicados dentro del marco de la imposicioacuten al consumo

5) Clasificacioacuten del impuesto en funcioacuten del traslado de la carga tributaria

Uno de los principios tributarios sena1a que los impuestos deben incidir sobre los autores de los hechos imponibles (hechos generadores de oblishygaciones tributarias) en la medida que son los sujetos que detentan una determinada capacidad econoacutemica la misma que constituye la base de la capacidad contributiva (posibilidad de financiar la actividad estatal)

En este sentido se puede distinguir dos modashylidades de imposicioacuten seguacuten la forma como el impuesto llega a afectar al sujeto incidido (persoshyna que soporta la carga tributaria)

51) Impuestos directos

En estos casos el impuesto recae sobre una persoshyna sin la intervencioacuten de terceros Son los casos de imposicioacuten a la renta e imposicioacuten al patrishymomo

6 ATA LIBA Geraldo- Hipoacutetesis de Incidencia Tributaria p 153 7 VALDEZ LADROacuteN DE GUEvARAPatricia- Los Acuerdos de integracioacuten y el Establecimiento de Preferencias Aranshycelarias En Rev DelIPDT No 311997 p 89middot100 VILLEGAS Heacutector B- ltursos de Finanzas Derecho Financiero y Tributario Buenos Aires 1993 p 76

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c __ ~_ -shy

Las caracteriacutesticas mas importantes son

511) Afectacioacuten de la tenencia de riqueza

Se toma en cuenta la tenencia de la riqueza Es decir se pone especial atencioacuten en la posesioacuten de una renta obtenida o el patrimonio adquirido (predios vehiacuteculos etc) Los ingresos quedan afectados en su etapa pasiva

512) No traslacioacuten

En los impuestos directos no deberiacutea existir la posibilidad de ser trasladados a terceros es decir a sujetos que no han participado directamente en la generacioacuten de la renta o que no son los propieshytarios de patrimonio

Cuando se trata de mercados con demanda elaacutesshytica o sea en los casos que los clientes son muy sensibles a cualquier grado de incremento de los precios lo maacutes probable es que el proveedor (empresa) de bienes y servicios no va a tener la oportunidad de trasladar el impuesto a esta clase de dientes

En efecto un incremento del precio (por adicioacuten del impuesto en e precio) puede reducir -de modo considerable- la demanda de bien o servishycio ofertado por al empresa

El problema va a aparecer en los casos de mercashydos con demanda ineaacutestica en la medida que los dientes demuestran un importante nivel de insensibilidad a los grados de variacioacuten (increshymento) de los precios El proveedor (empresa) cuenta con mayores posibilidades de trasladar el impuesto al diente

En este sentido un incrmento de precio (por adicioacuten del impuesto en e precio) no va a redushycir de modo importante el nivel de demanda del bien o servicio que oferta la empresa

513) Coincidencia entre el deudor econoacutemico y deudor legal

Esta coincidencia aparece con claridad en el caso de una persona natural que vive en la casa que es de su propiedad

El sujeto incidido no tiene la posibilidad de trasshyladar el Impuesto Predial a terceros Aderraacutes e arto 9 de la Ley de Tributacioacuten Municipal-LTM 9

senala que el deudor de este impuesto en calidad de contribuyente es el propietario del inmueshyble Por tanto se aprecia una coincidencia entre el deudor econoacutemico (sujeto que soporta el impacshyto de la carga tributaria) y e deudor legal (contrishybuyente)

514) Situaciones anoacutemalas

Existen muchos casos donde es posible el traslashydo de la carga tributaria de tal modo que deja de existir una coincidencia entre e deudor econoacutemshyco y el deudor legal de tal modo que quedan desdibujadas las caracteriacutesticas maacutes notorias de los impuestos directes tal como se explica a continuacioacuten

5141) Impuesto Predial de empresas

Al finalizar un determinado ano las empresas proyectan los costos del siguiente ejercicio para estructurar su nueva lista de precios Entre los

costos fijos se van a considerar los impuestos directos los mismos que seraacuten distribuIacutedos en el momento de fijar los precios de venta de cada unidad de mercaderiacutea o servicio

En definitiva el cliente es quien soportaraacute el tras- lado de una porcioacuten de Impuesto Predial de la empresa y al final de cuentas asumiraacute el impacto de la carga tributaria auacuten cuando -desde el punto de vista legal- el deudor del tributo es la empresa en calidad de contribuyente

Como se aprecia ya se tornan borrosas las caracshyteriacutesticas de los impuestos directos cuando se senala que esta clase de impuestos no deberiacutear ser trasladables y que -ademaacutes- deberiacutea existir una coincidencia entre e deudor econoacuterrico y el deudor legal

5142) Impuesto a la Renta sobre las rentas del trabajo

Las personas que prestan servicios profesionales de modo independiente o dependiente sueer negociar sus honorarios o sueldos haciendo refeshyrencia a determinados montos netos libres de impuestos

En estos casos el usuario del servicio asume el traslado del Impuesto a la Renta auacuten cuando e arto 14 de la Ley del Impuesto a la Renta- LIRlO

Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo No 156-20C4-EF del 11-09-04 10 Seguacuten Texw UrUacuteco Ordenado aprobado por el Decreto Supremo No 179-2))4-EF del 08middot12middot04

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dispone que el sujeto que presta el servicio es el deudor del impuesto en calidad de contribuyenshyte

Por ejemplo asumamos que el uacutenico impuesto aplicable es el 10 por concepto de Impuesto a la Renta Si un abogado que trabaja de modo indeshypendiente desea cobrar 10000 soles netos por su trabajo prestado a una empresa deberaacute aplicar la regla de tres simple del siguiente modo

10000 soles 90 X 100

Despejando X

10000 soles por 100

X = -------------- = 1111111 soles 90

Por tanto desde el punto de vista formal en el recibo por honorarios profesionales que emite el abogado se anotaraacute lo siguiente

Honorarios (renta bruta) 1111111 Impuesto a la Renta (retencioacuten) 10 (1 11111) Honorarios netos por cobrar l000000

En este caso el cliente termina por absorver el impuesto ascendente a la suma de 111111 soles

5143) Imposicioacuten al patrimonio

Existen muchos casos donde un impuesto al patrimonio puede ser trasladado Por ejemplo en los contratos de arrendamiento se puede pactar que el inquilino se obliga a asumir el pago del Impuesto Predial

Para el Derecho Civil se trata de una claacuteusula vaacutelishyda El arrendatario se obliga a asumir el Impuesto Predial del mismo modo que tambieacuten suele acepshytar el pago de los arbitrios municipales consumo de luz agua teleacutefono etc Entonces la traslacioacuten econoacutemica del Impuesto Predial es vaacutelida

Para el Derecho Tributario esta clase de acuershydos voluntarios no surten efectos Soacutelo la ley puede senalar quien es el deudor tributario En este sentido el arto 26 del Coacutedigo Tributario 11

establece que los actos o convenios por los que el deudor tributario transmite su obligacioacuten tribushytaria a un tercero carecen de eficacia frente a la Administracioacuten Tributaria

En materia de Impuesto Predial ya hemos visto que el art 9 de la L TM senala que el deudor ante la Municipalidad es el propietario No se admite que -a traveacutes de los contratos de arrendamienmiddot to- se termine por modificar la ley Por tanto el uacutenico de deudor legal es el propietario

En los formularios para determinar y pagar el impuesto deben aparecer los datos de identificashycioacuten de propietario no del inquilino

En suma en materia de Impuesto Predial el deudor econoacutemico puede ser el arrendatario mientras que el deudor legal es el propietario del predio

52) Impuestos indirectos

Se trata de aplicar una carga tributaria a detershyminada persona mediante la intervencioacuten de terceros

Es el caso de la imposidoacuten al consumo Por ejemshyplo la carga tributaria que consiste en e IGV es aplicada por las empresas en sus precios para que recaiga sobre todos los consumidores del paiacutes

Como se aprecia la empresa resulta ser un terceshyro que facilita la afectacioacuten (impacto) de la carga tributaria en cabeza de los consumidores (sujetos incididos)

Las caracteriacutesticas importantes de los impuesshytos indirectos son

521) Mectacioacuten del gasto de la riqueza

Lo importante es el uso o disposicioacuten de la renta para llevar a cabo determinados actos de consushymo Se procura afectar el iacutengresoen su etapa actishyva O dinaacutemica

522) Traslacioacuten

El impuesto que aplican las empresas debe formar parte del de venta facturado y por tanto se tiene que producir un desplazamiento del impuesto hacia el cliente

En los mercados con demanda inelaacutestIacuteca es probashyble que todo el peso de la carga tributaria se trasshylade al adquirente (protraslacioacuten)

11 Seguacuten Texto Unico Ordenado aprobado por e Decreto Supremo No 135-99-EF de 19-08-99

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En cambio en los mercados con demanda elaacutestica el proveedor de bienes y servicios deberaacute aacutesumir parte del impacto del impuesto (retrotraslaci6n) transfiriendo al comprador solamente una detershyminada porci6n de la carga tributaria l

523) No coincidencia entre el deudor econoacuteshymico y el deudor legal

Cuando una empresa minorista (supermercado) vende mercaderiacutea a una persona natural el arto 9 de la Ley del IGV - LIGV 1) establece que el vendedor es e deudor legal (contribuyente)

Ademaacutes e tercer paacuterrafo del arto 38 de la LIGV senala que es obligatoria la traslacioacuten del IGV por parte de vendedor hacia el comprador de bienes y servicios

Por tanto e vendedor tiene que trasladar el impuesto (IGV) en e precio facturado de tal modo que el comprador pasa a soportar el impacshyto de la carga tributaria

Como se aprecia el vendedor es el deudor legal mientras que e comprador viene a ser e deudor econoacutemico

6) Clasificacioacuten del impuesto en funcioacuten del tiempo requerido para la realizacioacuten del hecho imponible

Seguacuten esta clasificaci6n se pueden distinguir tres clases de impuestos tal como se explica a contishynuaci6n

61) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten inmediata

En estos casos e desarrollo de la operaci6n gravashyda requiere tan solo de un instante de tiempo

Aquiacute se encuentran los impuestos que afectan el consumo incluiacutedas las importaciones y el Impuesto a la Renta para los sujetos no domicishyliados

Por ejemplo para e IGV la vena gravada se puede entender realizada en el momento que se

emite el comprobante de pago (factura) seguacuten se desprende del arto 4a de la LIG

62) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten perioacutedica

Es e caso de la imposici6n a la renta para las empresas y las personas naturales domiciliadas en e paiacutes

Por ejemplo la utilidad de las empresas se concibe como el resultado de un proceso anual de ingreshysos costos y gastos El hecho imponible se va configurando desde el inicio del ejercicio gravashyble (primero de enero) y necesariamente se debe esperar la finalizaci6n del ano (31 de diciembre) para determinar la utilidad o peacuterdida resultante

63) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten continua

Aquiacute se encuentran casos de imposicioacuten al patrishymonio como por ejemplo e Impuesto Predial Desde el punto de vista juriacutedico se grava 1a propiedad de predio la misma que es una situashyci6n permanente sin liacutemites en el tiempo Desde esta perspectiva no podemos sostener que e Impuesto Predial comprende un hecho imponishyble de realizacioacuten perioacutedica 14

7) Clasificacioacuten de la contribucioacuten

En el Pero podemos distinguir 4 modalidades de contribuci6n en funci6n del hecho generador de la obligaci6n tributaria

71) Contribucioacuten para la seguridad social

El hecho generador de la obligaci6n tributaria consiste en ~a actividad fiscal relativa a la prestashycioacuten de los sistemas sociales de salud y pensiones que benefician -funiquestamentalmente- a los trabashyjadores dependientes

En este sentido el Decreto Legislativo No 771 vigente desde enero de 1994 se refiere a la contrishybuci6n15 como la especie tributaria especial cuyo objetivo es financiar los sistemas de seguridad social

12 COSCIANI C- El Impuesto al Valor Agregado Buenos Aires 1969 p 45 Y ss IJ Seguacuten Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo 055-99middotEF lA Desde otra perspectiva de enfoque se puede sostener que el Impuesto Predial es de periodicidad anual en el sentido que el aspecto temporal de la hip6tesis de incidencia hace referencia al primero de enero de cada ano de taimado que en el inicio de cada ejercicio gravable se produce la realizacioacuten de un hecho generador de la obEgashycioacuten tributaria En efecto el arto 10 de la LTM permite inferir que la fecha de este hecho generador es el primero de en ero de cada antildeo 1 Se discute la naturaleza de los agos que financian a la seguridad social

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72) Contribllcioacuten para obras puacuteblicas

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria tiene ver con la actividad estatal que se tradushyce en realizacioacuten de obras Queda excluiacuteda la figura de prestacioacuten de servicios (estatales)

Entre los arrs 62 y 65 de la L TM se regula la contribucioacuten municipal para obras puacuteblicas entendida como el mecanismo tributario especial para financiar esta clase de actividad fiscal

73) Contribucioacuten para capacitacioacuten y entrenashymiento laboral

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la actividad fiscal que tiene que ver con los sistemas de capacitacioacuten y entrenamiento de los trabajadores que pertenecen a determinashydos sectores de la economiacutea

El D 771 hace referencia a la contribucioacuten para dejar establecida la especie tributaria que financia estas actividades educativas

En e caso de las actividades de ensenaza para los trabajadores que laboran en e sectltlr industrial los empleadores deben cumplir con e pago de la contribucioacuten que financia el Servicio Nacional de Adiestramiento Teacutecnico Industrial - SENA TI

Por otra parte en el caso de ensenaza para los trabajadores que laboran en el sector de la consshytruccioacuten los empleadores tienen que cumplir con el pago de la contribucioacuten que financia al Servishycio Nacional de Capacitacioacuten para la Industria de la Construccioacuten SENCICO

74) Contribucioacuten para lRs organismos de control

El hecho generador de la obligacioacuten tributashyria consiste en la actividad fiscal que controla a determinados operadores de sector privado que pertenecen a ciertos sectores de la economiacutea

Una posicioacuten sostiene nos encontranos frente a un caso de tributo bajo la especie de cortribucioacuten Esta clase de pagos financia al Es maacutes el D Leg No 771 utiliza de modo literal y expreso el eacutermino contribucioacuten para hacer referencia al sistema de financiamiento de la seguridad social en el Peruacute La orra posicioacuten sostiene que no nos encontramos frente a un tributo de tal modo que tampoco cabe la de la contribucioacuten Se argumenta que el taacutebuto financia al Gobierno (Nacional Regional y En los pagos que venimos iquestiscutiendo financian a emidades que no forman pane del Gobierno En efecto el Instituto Peruano de Seguridad Social administra el sistema puacuteblico de saluiquest mientras que la Oficina de lormalizacioacuten Previsional administra el sistema de pensiones Ambas entidades no forman del Gobierno (pues no se dedica1 a gobernar dictar poliacuteticas puacuteblicas Quizaacutes por est~ razOacuten la parte de la Norma TI del Tiacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario utiliza la expresioacuten aporte para referirse a los que financi110s sistemas sociaes de salud y pensiones Esta norma parece d~r a entender que -aunque pagos no son tributos- de todos mocios se les aplica las del Coacutedigo Tributario

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Estos operadores deben financiar baacutesicamente a las Superintendencias encargadas de controlarlos mediante el pago de la respectiva contribucioacuten

Por ejemplo las entidades financieras (bancos financieras etc) deben pagar una contribucioacuten a la Superintendencia Nacional de Banca y Segushyros

Se discute si esta clase de pagos tienen la natushyraleza de contribucioacuten y por tanto si pueden constituir un segmento especial dentro de la clasishyficacioacuten general de las contribuciones

Por un lado se sostiene que estos pagos no calishyfican como contribucioacuten La Norma lLb del TIacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario estableshyce que -en materia de contribuciones- el hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la generacioacuten de beneficios gracias a determinada actividad estatal Se entiende que este quehacer fisc~ tiene que generar beneficios directos al sujeshyto sobre el cual recae la actividad estatal

La actividad de control que realizan las Supershyintendencias recae sobre determinados operashydores de sector privado que - a su vez- prestan servicios al puacuteblico en general Por ejemplo la Superintendencia de Banca y Seguros controla a los bancos y eacutestos prestan servicios financieros al puacuteblico en general Como se aprecia la actividad de la Superintendencia estaacute dirigida a los bancos y no al puacuteblico Por tanto esta actividad fiscal no genera un beneficio directo para el puacuteblico es decir para todo un sector de la poblacioacuten

Sin embargo se sostener que estas actishyvidades estatales control causan beneficios indirectos al puacuteblico usuario de los bancos pues la evaluacioacuten constante de la actividad bancaria propicia una mayor eficiencia de estas institucioshynes de tal modo que de alguacuten modo existe un mayor resguardo de los intereses econoacutemicos de los clientes que acuden a los bancos

8) Clasificacioacuten de la tasa

A tenor de los incisos 12 Y 3 de la Norna TI del Tiacutetulo Prelininar del Coacutedigo Tributario existe una clasificacioacuten tripartita de las tasas seguacuten el hecho de la obligacioacuten tributaria tal como se explica a continuacioacuten

81) Arbitrio

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la prestacioacuten de servicios puacuteblicos por parte del Estado Por ejemplo constituyen servishycios puacuteblicos municipales la labor de limpieza (recojo de basura) mantenimiento de parques y jardines seacuteguridad (serenazgo) etc

Los usuarios de estos servicios financian las cadas actividades estatales a traveacutes del pago del arbitrio 16

82) Derecho

Existen dos hechos generadores de la obligacioacuten tributaria En primer lugar el Estado suele presshytar servicios administrativos 17 bull

Por ejemplo en las oficinas del Poder Judicial se tramitan copias certificadas de una mientras que en las oficinas de la Administracioacuten Puacuteblica como el Registro Nacional de Identificashycioacuten y Estado Civil- RENIEC se tramitan proce-

di mientas administrativos relativos al duplicado del Documento Nacional de Identidad - DNI

El usuario de estos servicios muchas veces 18 debe finaciar esta actividad estatal mediante el pago de un derecho

En segundo lugar existe el caso de utilizacioacuten de bienes puacuteblicos por parte de las personas naturashyles y empresas 19 Por ejemplo si una empresa de teleacutefonos instala una cabina de teleacutefono en viacutea puacuteblica debe pagar un derecho tal como ha quedado establecido en la Resolucioacuten del Tribushynal Fiscal No 8296-2-01 del 04-10-01

83) Licencia

El hecho generador consiste en el to de una licencia es decir que -desde el puma de vista del Derecho Administrativo- el Estado confiere una autorizacioacuten para que determinado sujeto realice cierta actividad C~JCltiJl

El financiamiento de esta labor de control fiscal se realiza a traveacutes del pago de una suma de dinero que -en el campo del Derecho Tributario- recibe la denominacioacuten de licencia 10

Asiacute ocurre con el pago de la Licencia de Funcioshynamiento que debe pagar la persona natural o juriacutedica que obtiene una autorizacioacuten de la Munishycipalidad para realzar actividades empresariales profesionales artiacutestiacutecas o manuales

iexcl

mecanismo de la tasa Ver Villanueva Gutieacuterrez Bravo Cucci Jorge Robles Moreno Carmen y Ruiz de Castilla Ponce de Leoacuten Francisco- Coacutedigo Tributario Doctrina y Comentarios Lima Instituto 2009 paacuteg 24 17 Una interpretacioacuten literal de la Norma JI del Tiacutemlo Preliminar del Tributario puede llevarnos a criticar la utilizacioacuten de la expresioacuten servicio administrativo pues pareceriacutea ser que el se refiere a los servicios de tramitacioacuten que presta la Adminrracioacuten Puacuteblica mas no a los servicios en la parte que tiene que ver con los traacutemites que se lleTar a cabo en el Poder Sin embargo una que presta atencioacuten a la causa u de la que venimos estudiando nos lleva a concluir que el se estaacute refiriendo al pago de un derecho como mecanismo para financiar ambas clases de traacutemites lB Existen ciertos procesos UUJ~ldlcgratuitos El ano 179 del Coacutedigo Procesal Civil indica que existe la posibilidad de la exoneracioacuten del de aranceles judiciales si el lit iganr e tiene Uacutea dificultad par a realizar gastos de subsisshytencia propia y de sus Del mismo modo la tramitacioacuten de procedimientos administrativos donde se ejercita el derecho de defensa tambieacuten son gratuitos tal como sucede con los reclamos en materia tributaria 19 Se suele discutir si esta clase de pagos constituye un tributo y por tanto Ufi derecho El tributo financia una actividad estatal En el caso del uso de un bien puacuteblico no se con claridad la actividd estatal que un financiamiento de tributario 20 Se discute si el financiamiento de la actividad municipal en lo relativo a la licencia debe ser quizaacutes a traveacutes del impuesto En abono de esta se sostiene que la actividad estatal de control (consistente en el otorgamiento de una licencia o bel1eficia tano al solicitane de la licencia como al puacuteblico consumidor en que habraacute de concurrir al autorizado Ademaacutes como el beneficiario de esta clase de actividad municipal no puede ser identificable entonces la sociedad en su conjunto deberiacutea financiar esta hbor de control edilicia

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ti Walker Villanueva sostiene los servicios puacuteblicos estatales generan baacutesicamente beneficios para un detershyminado sector de la poblacioacuten tal modo que deberiacutean ser financiados con la contribucioacuten y no mediante el

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Desde el puma de vista juriacutedico se sostiene que en esta clase de tributos la hipoacutetesis de incidencia debe hacer referencia a una determinada activishydad del Estado 6

Por ejemplo existe una relacioacuten directa entre el pago de una tasa por concepto de expedicioacuten de una copia de la partida de nacimiento y el servicio del ente estatal (Registro N aciana de Identificashycioacuten y Estado Civil - RENIEC) de proporcionar este documento al contribuyente

El dinero entregado por e contribuyente tiene por finalidad exclusiva financiar e servicio presshytado por la entidad estatal competente No es posible que las tasas recaudadas se destinen para cubrir otras inversiones y gastos estatales

4) Clasificacioacuten del impuesto seguacuten las diferentes manifestaciones de riqueza

El criterio diferenciador se encuentra en el elemento objetivo de hecho imponible

41) Imposicioacuten a la renta

El punto de partida es la obtencioacuten de rentas por parte de los agentes econoacutemicos Se trata de aquel ingreso que es de libre disposicioacuten del contribushyyente y por tanto suceptible de ser objeto de imposicioacuten De este modo se desarrolla la imposhysicioacuten a la renta para personas naturales y empreshysas

42) Imposicioacuten al patrimonio

La atencioacuten estaacute puesta en la posesioacuten de patrishymonios Nuevamente se trata de afectar el ingreshyso pero transformado en patrimonio (bien de capital es decir bienes adquiridos para usar) tal como ocurre con los activos fijos empresariales o los predios de propiedad de las personas natushyrales etc Aquiacute se configura la imposicioacuten a patrimonio En el Peruacute podemos citar los casos de Impuesto Predial Impuesto al Patrimonio V ehicular etc

43) Imposicioacuten al consumo

Se parte por considerar los actos de consumo La atencioacuten se concentra nuevamente sobre el ingreshy

so de las personas esta vez en la etapa que tiene

que ver con el empleo de recursos (dinero) para adquirir bienes y servicios consumibles (alimenshytos calzado ropa etc) En estos casos se estrucshytura la llamada imposicioacuten al consumo

Al respecto el caso maacutes importante es el Impuesshyto al Valor Agregado-IV A que -en el Peruacute- es conocido como Impuesto General a las Ventas - IGY Tambieacuten se puede citar el impuesto a los consumos especiacuteficos que en el Peruacute se denoshymina Impuesto Selectivo al Consumo Ademaacutes podemos mencionar al Impuesto de Alcabala en la medida que grava la adquisicioacuten (gastO de riqueza) de predios

Con relacioacuten a los tributos que afectan al comershycio exterior (importaciones y exportaciones) se advierte una tendencia mundial que apunta a la reduccioacuten de los impuestos a las importaciones7 y la eliminacioacuten de los impuestos a las exportaciones

Los impuestos a las importaciones afectan solashymente los casos de internamiento definivito de bienes al paiacutes en el entendido que las mercanshyciacuteas van a ser objeto de consumo dentro del paiacutes Desde este punto de vista los impuestos que recaen sobre las importaciones de bienes son ubicados dentro del marco de la imposicioacuten al consumo

5) Clasificacioacuten del impuesto en funcioacuten del traslado de la carga tributaria

Uno de los principios tributarios sena1a que los impuestos deben incidir sobre los autores de los hechos imponibles (hechos generadores de oblishygaciones tributarias) en la medida que son los sujetos que detentan una determinada capacidad econoacutemica la misma que constituye la base de la capacidad contributiva (posibilidad de financiar la actividad estatal)

En este sentido se puede distinguir dos modashylidades de imposicioacuten seguacuten la forma como el impuesto llega a afectar al sujeto incidido (persoshyna que soporta la carga tributaria)

51) Impuestos directos

En estos casos el impuesto recae sobre una persoshyna sin la intervencioacuten de terceros Son los casos de imposicioacuten a la renta e imposicioacuten al patrishymomo

6 ATA LIBA Geraldo- Hipoacutetesis de Incidencia Tributaria p 153 7 VALDEZ LADROacuteN DE GUEvARAPatricia- Los Acuerdos de integracioacuten y el Establecimiento de Preferencias Aranshycelarias En Rev DelIPDT No 311997 p 89middot100 VILLEGAS Heacutector B- ltursos de Finanzas Derecho Financiero y Tributario Buenos Aires 1993 p 76

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c __ ~_ -shy

Las caracteriacutesticas mas importantes son

511) Afectacioacuten de la tenencia de riqueza

Se toma en cuenta la tenencia de la riqueza Es decir se pone especial atencioacuten en la posesioacuten de una renta obtenida o el patrimonio adquirido (predios vehiacuteculos etc) Los ingresos quedan afectados en su etapa pasiva

512) No traslacioacuten

En los impuestos directos no deberiacutea existir la posibilidad de ser trasladados a terceros es decir a sujetos que no han participado directamente en la generacioacuten de la renta o que no son los propieshytarios de patrimonio

Cuando se trata de mercados con demanda elaacutesshytica o sea en los casos que los clientes son muy sensibles a cualquier grado de incremento de los precios lo maacutes probable es que el proveedor (empresa) de bienes y servicios no va a tener la oportunidad de trasladar el impuesto a esta clase de dientes

En efecto un incremento del precio (por adicioacuten del impuesto en e precio) puede reducir -de modo considerable- la demanda de bien o servishycio ofertado por al empresa

El problema va a aparecer en los casos de mercashydos con demanda ineaacutestica en la medida que los dientes demuestran un importante nivel de insensibilidad a los grados de variacioacuten (increshymento) de los precios El proveedor (empresa) cuenta con mayores posibilidades de trasladar el impuesto al diente

En este sentido un incrmento de precio (por adicioacuten del impuesto en e precio) no va a redushycir de modo importante el nivel de demanda del bien o servicio que oferta la empresa

513) Coincidencia entre el deudor econoacutemico y deudor legal

Esta coincidencia aparece con claridad en el caso de una persona natural que vive en la casa que es de su propiedad

El sujeto incidido no tiene la posibilidad de trasshyladar el Impuesto Predial a terceros Aderraacutes e arto 9 de la Ley de Tributacioacuten Municipal-LTM 9

senala que el deudor de este impuesto en calidad de contribuyente es el propietario del inmueshyble Por tanto se aprecia una coincidencia entre el deudor econoacutemico (sujeto que soporta el impacshyto de la carga tributaria) y e deudor legal (contrishybuyente)

514) Situaciones anoacutemalas

Existen muchos casos donde es posible el traslashydo de la carga tributaria de tal modo que deja de existir una coincidencia entre e deudor econoacutemshyco y el deudor legal de tal modo que quedan desdibujadas las caracteriacutesticas maacutes notorias de los impuestos directes tal como se explica a continuacioacuten

5141) Impuesto Predial de empresas

Al finalizar un determinado ano las empresas proyectan los costos del siguiente ejercicio para estructurar su nueva lista de precios Entre los

costos fijos se van a considerar los impuestos directos los mismos que seraacuten distribuIacutedos en el momento de fijar los precios de venta de cada unidad de mercaderiacutea o servicio

En definitiva el cliente es quien soportaraacute el tras- lado de una porcioacuten de Impuesto Predial de la empresa y al final de cuentas asumiraacute el impacto de la carga tributaria auacuten cuando -desde el punto de vista legal- el deudor del tributo es la empresa en calidad de contribuyente

Como se aprecia ya se tornan borrosas las caracshyteriacutesticas de los impuestos directos cuando se senala que esta clase de impuestos no deberiacutear ser trasladables y que -ademaacutes- deberiacutea existir una coincidencia entre e deudor econoacuterrico y el deudor legal

5142) Impuesto a la Renta sobre las rentas del trabajo

Las personas que prestan servicios profesionales de modo independiente o dependiente sueer negociar sus honorarios o sueldos haciendo refeshyrencia a determinados montos netos libres de impuestos

En estos casos el usuario del servicio asume el traslado del Impuesto a la Renta auacuten cuando e arto 14 de la Ley del Impuesto a la Renta- LIRlO

Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo No 156-20C4-EF del 11-09-04 10 Seguacuten Texw UrUacuteco Ordenado aprobado por el Decreto Supremo No 179-2))4-EF del 08middot12middot04

146

dispone que el sujeto que presta el servicio es el deudor del impuesto en calidad de contribuyenshyte

Por ejemplo asumamos que el uacutenico impuesto aplicable es el 10 por concepto de Impuesto a la Renta Si un abogado que trabaja de modo indeshypendiente desea cobrar 10000 soles netos por su trabajo prestado a una empresa deberaacute aplicar la regla de tres simple del siguiente modo

10000 soles 90 X 100

Despejando X

10000 soles por 100

X = -------------- = 1111111 soles 90

Por tanto desde el punto de vista formal en el recibo por honorarios profesionales que emite el abogado se anotaraacute lo siguiente

Honorarios (renta bruta) 1111111 Impuesto a la Renta (retencioacuten) 10 (1 11111) Honorarios netos por cobrar l000000

En este caso el cliente termina por absorver el impuesto ascendente a la suma de 111111 soles

5143) Imposicioacuten al patrimonio

Existen muchos casos donde un impuesto al patrimonio puede ser trasladado Por ejemplo en los contratos de arrendamiento se puede pactar que el inquilino se obliga a asumir el pago del Impuesto Predial

Para el Derecho Civil se trata de una claacuteusula vaacutelishyda El arrendatario se obliga a asumir el Impuesto Predial del mismo modo que tambieacuten suele acepshytar el pago de los arbitrios municipales consumo de luz agua teleacutefono etc Entonces la traslacioacuten econoacutemica del Impuesto Predial es vaacutelida

Para el Derecho Tributario esta clase de acuershydos voluntarios no surten efectos Soacutelo la ley puede senalar quien es el deudor tributario En este sentido el arto 26 del Coacutedigo Tributario 11

establece que los actos o convenios por los que el deudor tributario transmite su obligacioacuten tribushytaria a un tercero carecen de eficacia frente a la Administracioacuten Tributaria

En materia de Impuesto Predial ya hemos visto que el art 9 de la L TM senala que el deudor ante la Municipalidad es el propietario No se admite que -a traveacutes de los contratos de arrendamienmiddot to- se termine por modificar la ley Por tanto el uacutenico de deudor legal es el propietario

En los formularios para determinar y pagar el impuesto deben aparecer los datos de identificashycioacuten de propietario no del inquilino

En suma en materia de Impuesto Predial el deudor econoacutemico puede ser el arrendatario mientras que el deudor legal es el propietario del predio

52) Impuestos indirectos

Se trata de aplicar una carga tributaria a detershyminada persona mediante la intervencioacuten de terceros

Es el caso de la imposidoacuten al consumo Por ejemshyplo la carga tributaria que consiste en e IGV es aplicada por las empresas en sus precios para que recaiga sobre todos los consumidores del paiacutes

Como se aprecia la empresa resulta ser un terceshyro que facilita la afectacioacuten (impacto) de la carga tributaria en cabeza de los consumidores (sujetos incididos)

Las caracteriacutesticas importantes de los impuesshytos indirectos son

521) Mectacioacuten del gasto de la riqueza

Lo importante es el uso o disposicioacuten de la renta para llevar a cabo determinados actos de consushymo Se procura afectar el iacutengresoen su etapa actishyva O dinaacutemica

522) Traslacioacuten

El impuesto que aplican las empresas debe formar parte del de venta facturado y por tanto se tiene que producir un desplazamiento del impuesto hacia el cliente

En los mercados con demanda inelaacutestIacuteca es probashyble que todo el peso de la carga tributaria se trasshylade al adquirente (protraslacioacuten)

11 Seguacuten Texto Unico Ordenado aprobado por e Decreto Supremo No 135-99-EF de 19-08-99

147

En cambio en los mercados con demanda elaacutestica el proveedor de bienes y servicios deberaacute aacutesumir parte del impacto del impuesto (retrotraslaci6n) transfiriendo al comprador solamente una detershyminada porci6n de la carga tributaria l

523) No coincidencia entre el deudor econoacuteshymico y el deudor legal

Cuando una empresa minorista (supermercado) vende mercaderiacutea a una persona natural el arto 9 de la Ley del IGV - LIGV 1) establece que el vendedor es e deudor legal (contribuyente)

Ademaacutes e tercer paacuterrafo del arto 38 de la LIGV senala que es obligatoria la traslacioacuten del IGV por parte de vendedor hacia el comprador de bienes y servicios

Por tanto e vendedor tiene que trasladar el impuesto (IGV) en e precio facturado de tal modo que el comprador pasa a soportar el impacshyto de la carga tributaria

Como se aprecia el vendedor es el deudor legal mientras que e comprador viene a ser e deudor econoacutemico

6) Clasificacioacuten del impuesto en funcioacuten del tiempo requerido para la realizacioacuten del hecho imponible

Seguacuten esta clasificaci6n se pueden distinguir tres clases de impuestos tal como se explica a contishynuaci6n

61) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten inmediata

En estos casos e desarrollo de la operaci6n gravashyda requiere tan solo de un instante de tiempo

Aquiacute se encuentran los impuestos que afectan el consumo incluiacutedas las importaciones y el Impuesto a la Renta para los sujetos no domicishyliados

Por ejemplo para e IGV la vena gravada se puede entender realizada en el momento que se

emite el comprobante de pago (factura) seguacuten se desprende del arto 4a de la LIG

62) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten perioacutedica

Es e caso de la imposici6n a la renta para las empresas y las personas naturales domiciliadas en e paiacutes

Por ejemplo la utilidad de las empresas se concibe como el resultado de un proceso anual de ingreshysos costos y gastos El hecho imponible se va configurando desde el inicio del ejercicio gravashyble (primero de enero) y necesariamente se debe esperar la finalizaci6n del ano (31 de diciembre) para determinar la utilidad o peacuterdida resultante

63) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten continua

Aquiacute se encuentran casos de imposicioacuten al patrishymonio como por ejemplo e Impuesto Predial Desde el punto de vista juriacutedico se grava 1a propiedad de predio la misma que es una situashyci6n permanente sin liacutemites en el tiempo Desde esta perspectiva no podemos sostener que e Impuesto Predial comprende un hecho imponishyble de realizacioacuten perioacutedica 14

7) Clasificacioacuten de la contribucioacuten

En el Pero podemos distinguir 4 modalidades de contribuci6n en funci6n del hecho generador de la obligaci6n tributaria

71) Contribucioacuten para la seguridad social

El hecho generador de la obligaci6n tributaria consiste en ~a actividad fiscal relativa a la prestashycioacuten de los sistemas sociales de salud y pensiones que benefician -funiquestamentalmente- a los trabashyjadores dependientes

En este sentido el Decreto Legislativo No 771 vigente desde enero de 1994 se refiere a la contrishybuci6n15 como la especie tributaria especial cuyo objetivo es financiar los sistemas de seguridad social

12 COSCIANI C- El Impuesto al Valor Agregado Buenos Aires 1969 p 45 Y ss IJ Seguacuten Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo 055-99middotEF lA Desde otra perspectiva de enfoque se puede sostener que el Impuesto Predial es de periodicidad anual en el sentido que el aspecto temporal de la hip6tesis de incidencia hace referencia al primero de enero de cada ano de taimado que en el inicio de cada ejercicio gravable se produce la realizacioacuten de un hecho generador de la obEgashycioacuten tributaria En efecto el arto 10 de la LTM permite inferir que la fecha de este hecho generador es el primero de en ero de cada antildeo 1 Se discute la naturaleza de los agos que financian a la seguridad social

148

72) Contribllcioacuten para obras puacuteblicas

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria tiene ver con la actividad estatal que se tradushyce en realizacioacuten de obras Queda excluiacuteda la figura de prestacioacuten de servicios (estatales)

Entre los arrs 62 y 65 de la L TM se regula la contribucioacuten municipal para obras puacuteblicas entendida como el mecanismo tributario especial para financiar esta clase de actividad fiscal

73) Contribucioacuten para capacitacioacuten y entrenashymiento laboral

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la actividad fiscal que tiene que ver con los sistemas de capacitacioacuten y entrenamiento de los trabajadores que pertenecen a determinashydos sectores de la economiacutea

El D 771 hace referencia a la contribucioacuten para dejar establecida la especie tributaria que financia estas actividades educativas

En e caso de las actividades de ensenaza para los trabajadores que laboran en e sectltlr industrial los empleadores deben cumplir con e pago de la contribucioacuten que financia el Servicio Nacional de Adiestramiento Teacutecnico Industrial - SENA TI

Por otra parte en el caso de ensenaza para los trabajadores que laboran en el sector de la consshytruccioacuten los empleadores tienen que cumplir con el pago de la contribucioacuten que financia al Servishycio Nacional de Capacitacioacuten para la Industria de la Construccioacuten SENCICO

74) Contribucioacuten para lRs organismos de control

El hecho generador de la obligacioacuten tributashyria consiste en la actividad fiscal que controla a determinados operadores de sector privado que pertenecen a ciertos sectores de la economiacutea

Una posicioacuten sostiene nos encontranos frente a un caso de tributo bajo la especie de cortribucioacuten Esta clase de pagos financia al Es maacutes el D Leg No 771 utiliza de modo literal y expreso el eacutermino contribucioacuten para hacer referencia al sistema de financiamiento de la seguridad social en el Peruacute La orra posicioacuten sostiene que no nos encontramos frente a un tributo de tal modo que tampoco cabe la de la contribucioacuten Se argumenta que el taacutebuto financia al Gobierno (Nacional Regional y En los pagos que venimos iquestiscutiendo financian a emidades que no forman pane del Gobierno En efecto el Instituto Peruano de Seguridad Social administra el sistema puacuteblico de saluiquest mientras que la Oficina de lormalizacioacuten Previsional administra el sistema de pensiones Ambas entidades no forman del Gobierno (pues no se dedica1 a gobernar dictar poliacuteticas puacuteblicas Quizaacutes por est~ razOacuten la parte de la Norma TI del Tiacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario utiliza la expresioacuten aporte para referirse a los que financi110s sistemas sociaes de salud y pensiones Esta norma parece d~r a entender que -aunque pagos no son tributos- de todos mocios se les aplica las del Coacutedigo Tributario

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Estos operadores deben financiar baacutesicamente a las Superintendencias encargadas de controlarlos mediante el pago de la respectiva contribucioacuten

Por ejemplo las entidades financieras (bancos financieras etc) deben pagar una contribucioacuten a la Superintendencia Nacional de Banca y Segushyros

Se discute si esta clase de pagos tienen la natushyraleza de contribucioacuten y por tanto si pueden constituir un segmento especial dentro de la clasishyficacioacuten general de las contribuciones

Por un lado se sostiene que estos pagos no calishyfican como contribucioacuten La Norma lLb del TIacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario estableshyce que -en materia de contribuciones- el hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la generacioacuten de beneficios gracias a determinada actividad estatal Se entiende que este quehacer fisc~ tiene que generar beneficios directos al sujeshyto sobre el cual recae la actividad estatal

La actividad de control que realizan las Supershyintendencias recae sobre determinados operashydores de sector privado que - a su vez- prestan servicios al puacuteblico en general Por ejemplo la Superintendencia de Banca y Seguros controla a los bancos y eacutestos prestan servicios financieros al puacuteblico en general Como se aprecia la actividad de la Superintendencia estaacute dirigida a los bancos y no al puacuteblico Por tanto esta actividad fiscal no genera un beneficio directo para el puacuteblico es decir para todo un sector de la poblacioacuten

Sin embargo se sostener que estas actishyvidades estatales control causan beneficios indirectos al puacuteblico usuario de los bancos pues la evaluacioacuten constante de la actividad bancaria propicia una mayor eficiencia de estas institucioshynes de tal modo que de alguacuten modo existe un mayor resguardo de los intereses econoacutemicos de los clientes que acuden a los bancos

8) Clasificacioacuten de la tasa

A tenor de los incisos 12 Y 3 de la Norna TI del Tiacutetulo Prelininar del Coacutedigo Tributario existe una clasificacioacuten tripartita de las tasas seguacuten el hecho de la obligacioacuten tributaria tal como se explica a continuacioacuten

81) Arbitrio

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la prestacioacuten de servicios puacuteblicos por parte del Estado Por ejemplo constituyen servishycios puacuteblicos municipales la labor de limpieza (recojo de basura) mantenimiento de parques y jardines seacuteguridad (serenazgo) etc

Los usuarios de estos servicios financian las cadas actividades estatales a traveacutes del pago del arbitrio 16

82) Derecho

Existen dos hechos generadores de la obligacioacuten tributaria En primer lugar el Estado suele presshytar servicios administrativos 17 bull

Por ejemplo en las oficinas del Poder Judicial se tramitan copias certificadas de una mientras que en las oficinas de la Administracioacuten Puacuteblica como el Registro Nacional de Identificashycioacuten y Estado Civil- RENIEC se tramitan proce-

di mientas administrativos relativos al duplicado del Documento Nacional de Identidad - DNI

El usuario de estos servicios muchas veces 18 debe finaciar esta actividad estatal mediante el pago de un derecho

En segundo lugar existe el caso de utilizacioacuten de bienes puacuteblicos por parte de las personas naturashyles y empresas 19 Por ejemplo si una empresa de teleacutefonos instala una cabina de teleacutefono en viacutea puacuteblica debe pagar un derecho tal como ha quedado establecido en la Resolucioacuten del Tribushynal Fiscal No 8296-2-01 del 04-10-01

83) Licencia

El hecho generador consiste en el to de una licencia es decir que -desde el puma de vista del Derecho Administrativo- el Estado confiere una autorizacioacuten para que determinado sujeto realice cierta actividad C~JCltiJl

El financiamiento de esta labor de control fiscal se realiza a traveacutes del pago de una suma de dinero que -en el campo del Derecho Tributario- recibe la denominacioacuten de licencia 10

Asiacute ocurre con el pago de la Licencia de Funcioshynamiento que debe pagar la persona natural o juriacutedica que obtiene una autorizacioacuten de la Munishycipalidad para realzar actividades empresariales profesionales artiacutestiacutecas o manuales

iexcl

mecanismo de la tasa Ver Villanueva Gutieacuterrez Bravo Cucci Jorge Robles Moreno Carmen y Ruiz de Castilla Ponce de Leoacuten Francisco- Coacutedigo Tributario Doctrina y Comentarios Lima Instituto 2009 paacuteg 24 17 Una interpretacioacuten literal de la Norma JI del Tiacutemlo Preliminar del Tributario puede llevarnos a criticar la utilizacioacuten de la expresioacuten servicio administrativo pues pareceriacutea ser que el se refiere a los servicios de tramitacioacuten que presta la Adminrracioacuten Puacuteblica mas no a los servicios en la parte que tiene que ver con los traacutemites que se lleTar a cabo en el Poder Sin embargo una que presta atencioacuten a la causa u de la que venimos estudiando nos lleva a concluir que el se estaacute refiriendo al pago de un derecho como mecanismo para financiar ambas clases de traacutemites lB Existen ciertos procesos UUJ~ldlcgratuitos El ano 179 del Coacutedigo Procesal Civil indica que existe la posibilidad de la exoneracioacuten del de aranceles judiciales si el lit iganr e tiene Uacutea dificultad par a realizar gastos de subsisshytencia propia y de sus Del mismo modo la tramitacioacuten de procedimientos administrativos donde se ejercita el derecho de defensa tambieacuten son gratuitos tal como sucede con los reclamos en materia tributaria 19 Se suele discutir si esta clase de pagos constituye un tributo y por tanto Ufi derecho El tributo financia una actividad estatal En el caso del uso de un bien puacuteblico no se con claridad la actividd estatal que un financiamiento de tributario 20 Se discute si el financiamiento de la actividad municipal en lo relativo a la licencia debe ser quizaacutes a traveacutes del impuesto En abono de esta se sostiene que la actividad estatal de control (consistente en el otorgamiento de una licencia o bel1eficia tano al solicitane de la licencia como al puacuteblico consumidor en que habraacute de concurrir al autorizado Ademaacutes como el beneficiario de esta clase de actividad municipal no puede ser identificable entonces la sociedad en su conjunto deberiacutea financiar esta hbor de control edilicia

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ti Walker Villanueva sostiene los servicios puacuteblicos estatales generan baacutesicamente beneficios para un detershyminado sector de la poblacioacuten tal modo que deberiacutean ser financiados con la contribucioacuten y no mediante el

Page 4: Las clasificaciones de los tributos, impuestos, - mpfn.gob.pe · PDF fileclasificación tripartita de los tributos, según la cual . el . ... (predios, vehículos, etc.). Los ingresos

Las caracteriacutesticas mas importantes son

511) Afectacioacuten de la tenencia de riqueza

Se toma en cuenta la tenencia de la riqueza Es decir se pone especial atencioacuten en la posesioacuten de una renta obtenida o el patrimonio adquirido (predios vehiacuteculos etc) Los ingresos quedan afectados en su etapa pasiva

512) No traslacioacuten

En los impuestos directos no deberiacutea existir la posibilidad de ser trasladados a terceros es decir a sujetos que no han participado directamente en la generacioacuten de la renta o que no son los propieshytarios de patrimonio

Cuando se trata de mercados con demanda elaacutesshytica o sea en los casos que los clientes son muy sensibles a cualquier grado de incremento de los precios lo maacutes probable es que el proveedor (empresa) de bienes y servicios no va a tener la oportunidad de trasladar el impuesto a esta clase de dientes

En efecto un incremento del precio (por adicioacuten del impuesto en e precio) puede reducir -de modo considerable- la demanda de bien o servishycio ofertado por al empresa

El problema va a aparecer en los casos de mercashydos con demanda ineaacutestica en la medida que los dientes demuestran un importante nivel de insensibilidad a los grados de variacioacuten (increshymento) de los precios El proveedor (empresa) cuenta con mayores posibilidades de trasladar el impuesto al diente

En este sentido un incrmento de precio (por adicioacuten del impuesto en e precio) no va a redushycir de modo importante el nivel de demanda del bien o servicio que oferta la empresa

513) Coincidencia entre el deudor econoacutemico y deudor legal

Esta coincidencia aparece con claridad en el caso de una persona natural que vive en la casa que es de su propiedad

El sujeto incidido no tiene la posibilidad de trasshyladar el Impuesto Predial a terceros Aderraacutes e arto 9 de la Ley de Tributacioacuten Municipal-LTM 9

senala que el deudor de este impuesto en calidad de contribuyente es el propietario del inmueshyble Por tanto se aprecia una coincidencia entre el deudor econoacutemico (sujeto que soporta el impacshyto de la carga tributaria) y e deudor legal (contrishybuyente)

514) Situaciones anoacutemalas

Existen muchos casos donde es posible el traslashydo de la carga tributaria de tal modo que deja de existir una coincidencia entre e deudor econoacutemshyco y el deudor legal de tal modo que quedan desdibujadas las caracteriacutesticas maacutes notorias de los impuestos directes tal como se explica a continuacioacuten

5141) Impuesto Predial de empresas

Al finalizar un determinado ano las empresas proyectan los costos del siguiente ejercicio para estructurar su nueva lista de precios Entre los

costos fijos se van a considerar los impuestos directos los mismos que seraacuten distribuIacutedos en el momento de fijar los precios de venta de cada unidad de mercaderiacutea o servicio

En definitiva el cliente es quien soportaraacute el tras- lado de una porcioacuten de Impuesto Predial de la empresa y al final de cuentas asumiraacute el impacto de la carga tributaria auacuten cuando -desde el punto de vista legal- el deudor del tributo es la empresa en calidad de contribuyente

Como se aprecia ya se tornan borrosas las caracshyteriacutesticas de los impuestos directos cuando se senala que esta clase de impuestos no deberiacutear ser trasladables y que -ademaacutes- deberiacutea existir una coincidencia entre e deudor econoacuterrico y el deudor legal

5142) Impuesto a la Renta sobre las rentas del trabajo

Las personas que prestan servicios profesionales de modo independiente o dependiente sueer negociar sus honorarios o sueldos haciendo refeshyrencia a determinados montos netos libres de impuestos

En estos casos el usuario del servicio asume el traslado del Impuesto a la Renta auacuten cuando e arto 14 de la Ley del Impuesto a la Renta- LIRlO

Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo No 156-20C4-EF del 11-09-04 10 Seguacuten Texw UrUacuteco Ordenado aprobado por el Decreto Supremo No 179-2))4-EF del 08middot12middot04

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dispone que el sujeto que presta el servicio es el deudor del impuesto en calidad de contribuyenshyte

Por ejemplo asumamos que el uacutenico impuesto aplicable es el 10 por concepto de Impuesto a la Renta Si un abogado que trabaja de modo indeshypendiente desea cobrar 10000 soles netos por su trabajo prestado a una empresa deberaacute aplicar la regla de tres simple del siguiente modo

10000 soles 90 X 100

Despejando X

10000 soles por 100

X = -------------- = 1111111 soles 90

Por tanto desde el punto de vista formal en el recibo por honorarios profesionales que emite el abogado se anotaraacute lo siguiente

Honorarios (renta bruta) 1111111 Impuesto a la Renta (retencioacuten) 10 (1 11111) Honorarios netos por cobrar l000000

En este caso el cliente termina por absorver el impuesto ascendente a la suma de 111111 soles

5143) Imposicioacuten al patrimonio

Existen muchos casos donde un impuesto al patrimonio puede ser trasladado Por ejemplo en los contratos de arrendamiento se puede pactar que el inquilino se obliga a asumir el pago del Impuesto Predial

Para el Derecho Civil se trata de una claacuteusula vaacutelishyda El arrendatario se obliga a asumir el Impuesto Predial del mismo modo que tambieacuten suele acepshytar el pago de los arbitrios municipales consumo de luz agua teleacutefono etc Entonces la traslacioacuten econoacutemica del Impuesto Predial es vaacutelida

Para el Derecho Tributario esta clase de acuershydos voluntarios no surten efectos Soacutelo la ley puede senalar quien es el deudor tributario En este sentido el arto 26 del Coacutedigo Tributario 11

establece que los actos o convenios por los que el deudor tributario transmite su obligacioacuten tribushytaria a un tercero carecen de eficacia frente a la Administracioacuten Tributaria

En materia de Impuesto Predial ya hemos visto que el art 9 de la L TM senala que el deudor ante la Municipalidad es el propietario No se admite que -a traveacutes de los contratos de arrendamienmiddot to- se termine por modificar la ley Por tanto el uacutenico de deudor legal es el propietario

En los formularios para determinar y pagar el impuesto deben aparecer los datos de identificashycioacuten de propietario no del inquilino

En suma en materia de Impuesto Predial el deudor econoacutemico puede ser el arrendatario mientras que el deudor legal es el propietario del predio

52) Impuestos indirectos

Se trata de aplicar una carga tributaria a detershyminada persona mediante la intervencioacuten de terceros

Es el caso de la imposidoacuten al consumo Por ejemshyplo la carga tributaria que consiste en e IGV es aplicada por las empresas en sus precios para que recaiga sobre todos los consumidores del paiacutes

Como se aprecia la empresa resulta ser un terceshyro que facilita la afectacioacuten (impacto) de la carga tributaria en cabeza de los consumidores (sujetos incididos)

Las caracteriacutesticas importantes de los impuesshytos indirectos son

521) Mectacioacuten del gasto de la riqueza

Lo importante es el uso o disposicioacuten de la renta para llevar a cabo determinados actos de consushymo Se procura afectar el iacutengresoen su etapa actishyva O dinaacutemica

522) Traslacioacuten

El impuesto que aplican las empresas debe formar parte del de venta facturado y por tanto se tiene que producir un desplazamiento del impuesto hacia el cliente

En los mercados con demanda inelaacutestIacuteca es probashyble que todo el peso de la carga tributaria se trasshylade al adquirente (protraslacioacuten)

11 Seguacuten Texto Unico Ordenado aprobado por e Decreto Supremo No 135-99-EF de 19-08-99

147

En cambio en los mercados con demanda elaacutestica el proveedor de bienes y servicios deberaacute aacutesumir parte del impacto del impuesto (retrotraslaci6n) transfiriendo al comprador solamente una detershyminada porci6n de la carga tributaria l

523) No coincidencia entre el deudor econoacuteshymico y el deudor legal

Cuando una empresa minorista (supermercado) vende mercaderiacutea a una persona natural el arto 9 de la Ley del IGV - LIGV 1) establece que el vendedor es e deudor legal (contribuyente)

Ademaacutes e tercer paacuterrafo del arto 38 de la LIGV senala que es obligatoria la traslacioacuten del IGV por parte de vendedor hacia el comprador de bienes y servicios

Por tanto e vendedor tiene que trasladar el impuesto (IGV) en e precio facturado de tal modo que el comprador pasa a soportar el impacshyto de la carga tributaria

Como se aprecia el vendedor es el deudor legal mientras que e comprador viene a ser e deudor econoacutemico

6) Clasificacioacuten del impuesto en funcioacuten del tiempo requerido para la realizacioacuten del hecho imponible

Seguacuten esta clasificaci6n se pueden distinguir tres clases de impuestos tal como se explica a contishynuaci6n

61) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten inmediata

En estos casos e desarrollo de la operaci6n gravashyda requiere tan solo de un instante de tiempo

Aquiacute se encuentran los impuestos que afectan el consumo incluiacutedas las importaciones y el Impuesto a la Renta para los sujetos no domicishyliados

Por ejemplo para e IGV la vena gravada se puede entender realizada en el momento que se

emite el comprobante de pago (factura) seguacuten se desprende del arto 4a de la LIG

62) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten perioacutedica

Es e caso de la imposici6n a la renta para las empresas y las personas naturales domiciliadas en e paiacutes

Por ejemplo la utilidad de las empresas se concibe como el resultado de un proceso anual de ingreshysos costos y gastos El hecho imponible se va configurando desde el inicio del ejercicio gravashyble (primero de enero) y necesariamente se debe esperar la finalizaci6n del ano (31 de diciembre) para determinar la utilidad o peacuterdida resultante

63) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten continua

Aquiacute se encuentran casos de imposicioacuten al patrishymonio como por ejemplo e Impuesto Predial Desde el punto de vista juriacutedico se grava 1a propiedad de predio la misma que es una situashyci6n permanente sin liacutemites en el tiempo Desde esta perspectiva no podemos sostener que e Impuesto Predial comprende un hecho imponishyble de realizacioacuten perioacutedica 14

7) Clasificacioacuten de la contribucioacuten

En el Pero podemos distinguir 4 modalidades de contribuci6n en funci6n del hecho generador de la obligaci6n tributaria

71) Contribucioacuten para la seguridad social

El hecho generador de la obligaci6n tributaria consiste en ~a actividad fiscal relativa a la prestashycioacuten de los sistemas sociales de salud y pensiones que benefician -funiquestamentalmente- a los trabashyjadores dependientes

En este sentido el Decreto Legislativo No 771 vigente desde enero de 1994 se refiere a la contrishybuci6n15 como la especie tributaria especial cuyo objetivo es financiar los sistemas de seguridad social

12 COSCIANI C- El Impuesto al Valor Agregado Buenos Aires 1969 p 45 Y ss IJ Seguacuten Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo 055-99middotEF lA Desde otra perspectiva de enfoque se puede sostener que el Impuesto Predial es de periodicidad anual en el sentido que el aspecto temporal de la hip6tesis de incidencia hace referencia al primero de enero de cada ano de taimado que en el inicio de cada ejercicio gravable se produce la realizacioacuten de un hecho generador de la obEgashycioacuten tributaria En efecto el arto 10 de la LTM permite inferir que la fecha de este hecho generador es el primero de en ero de cada antildeo 1 Se discute la naturaleza de los agos que financian a la seguridad social

148

72) Contribllcioacuten para obras puacuteblicas

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria tiene ver con la actividad estatal que se tradushyce en realizacioacuten de obras Queda excluiacuteda la figura de prestacioacuten de servicios (estatales)

Entre los arrs 62 y 65 de la L TM se regula la contribucioacuten municipal para obras puacuteblicas entendida como el mecanismo tributario especial para financiar esta clase de actividad fiscal

73) Contribucioacuten para capacitacioacuten y entrenashymiento laboral

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la actividad fiscal que tiene que ver con los sistemas de capacitacioacuten y entrenamiento de los trabajadores que pertenecen a determinashydos sectores de la economiacutea

El D 771 hace referencia a la contribucioacuten para dejar establecida la especie tributaria que financia estas actividades educativas

En e caso de las actividades de ensenaza para los trabajadores que laboran en e sectltlr industrial los empleadores deben cumplir con e pago de la contribucioacuten que financia el Servicio Nacional de Adiestramiento Teacutecnico Industrial - SENA TI

Por otra parte en el caso de ensenaza para los trabajadores que laboran en el sector de la consshytruccioacuten los empleadores tienen que cumplir con el pago de la contribucioacuten que financia al Servishycio Nacional de Capacitacioacuten para la Industria de la Construccioacuten SENCICO

74) Contribucioacuten para lRs organismos de control

El hecho generador de la obligacioacuten tributashyria consiste en la actividad fiscal que controla a determinados operadores de sector privado que pertenecen a ciertos sectores de la economiacutea

Una posicioacuten sostiene nos encontranos frente a un caso de tributo bajo la especie de cortribucioacuten Esta clase de pagos financia al Es maacutes el D Leg No 771 utiliza de modo literal y expreso el eacutermino contribucioacuten para hacer referencia al sistema de financiamiento de la seguridad social en el Peruacute La orra posicioacuten sostiene que no nos encontramos frente a un tributo de tal modo que tampoco cabe la de la contribucioacuten Se argumenta que el taacutebuto financia al Gobierno (Nacional Regional y En los pagos que venimos iquestiscutiendo financian a emidades que no forman pane del Gobierno En efecto el Instituto Peruano de Seguridad Social administra el sistema puacuteblico de saluiquest mientras que la Oficina de lormalizacioacuten Previsional administra el sistema de pensiones Ambas entidades no forman del Gobierno (pues no se dedica1 a gobernar dictar poliacuteticas puacuteblicas Quizaacutes por est~ razOacuten la parte de la Norma TI del Tiacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario utiliza la expresioacuten aporte para referirse a los que financi110s sistemas sociaes de salud y pensiones Esta norma parece d~r a entender que -aunque pagos no son tributos- de todos mocios se les aplica las del Coacutedigo Tributario

149

Estos operadores deben financiar baacutesicamente a las Superintendencias encargadas de controlarlos mediante el pago de la respectiva contribucioacuten

Por ejemplo las entidades financieras (bancos financieras etc) deben pagar una contribucioacuten a la Superintendencia Nacional de Banca y Segushyros

Se discute si esta clase de pagos tienen la natushyraleza de contribucioacuten y por tanto si pueden constituir un segmento especial dentro de la clasishyficacioacuten general de las contribuciones

Por un lado se sostiene que estos pagos no calishyfican como contribucioacuten La Norma lLb del TIacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario estableshyce que -en materia de contribuciones- el hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la generacioacuten de beneficios gracias a determinada actividad estatal Se entiende que este quehacer fisc~ tiene que generar beneficios directos al sujeshyto sobre el cual recae la actividad estatal

La actividad de control que realizan las Supershyintendencias recae sobre determinados operashydores de sector privado que - a su vez- prestan servicios al puacuteblico en general Por ejemplo la Superintendencia de Banca y Seguros controla a los bancos y eacutestos prestan servicios financieros al puacuteblico en general Como se aprecia la actividad de la Superintendencia estaacute dirigida a los bancos y no al puacuteblico Por tanto esta actividad fiscal no genera un beneficio directo para el puacuteblico es decir para todo un sector de la poblacioacuten

Sin embargo se sostener que estas actishyvidades estatales control causan beneficios indirectos al puacuteblico usuario de los bancos pues la evaluacioacuten constante de la actividad bancaria propicia una mayor eficiencia de estas institucioshynes de tal modo que de alguacuten modo existe un mayor resguardo de los intereses econoacutemicos de los clientes que acuden a los bancos

8) Clasificacioacuten de la tasa

A tenor de los incisos 12 Y 3 de la Norna TI del Tiacutetulo Prelininar del Coacutedigo Tributario existe una clasificacioacuten tripartita de las tasas seguacuten el hecho de la obligacioacuten tributaria tal como se explica a continuacioacuten

81) Arbitrio

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la prestacioacuten de servicios puacuteblicos por parte del Estado Por ejemplo constituyen servishycios puacuteblicos municipales la labor de limpieza (recojo de basura) mantenimiento de parques y jardines seacuteguridad (serenazgo) etc

Los usuarios de estos servicios financian las cadas actividades estatales a traveacutes del pago del arbitrio 16

82) Derecho

Existen dos hechos generadores de la obligacioacuten tributaria En primer lugar el Estado suele presshytar servicios administrativos 17 bull

Por ejemplo en las oficinas del Poder Judicial se tramitan copias certificadas de una mientras que en las oficinas de la Administracioacuten Puacuteblica como el Registro Nacional de Identificashycioacuten y Estado Civil- RENIEC se tramitan proce-

di mientas administrativos relativos al duplicado del Documento Nacional de Identidad - DNI

El usuario de estos servicios muchas veces 18 debe finaciar esta actividad estatal mediante el pago de un derecho

En segundo lugar existe el caso de utilizacioacuten de bienes puacuteblicos por parte de las personas naturashyles y empresas 19 Por ejemplo si una empresa de teleacutefonos instala una cabina de teleacutefono en viacutea puacuteblica debe pagar un derecho tal como ha quedado establecido en la Resolucioacuten del Tribushynal Fiscal No 8296-2-01 del 04-10-01

83) Licencia

El hecho generador consiste en el to de una licencia es decir que -desde el puma de vista del Derecho Administrativo- el Estado confiere una autorizacioacuten para que determinado sujeto realice cierta actividad C~JCltiJl

El financiamiento de esta labor de control fiscal se realiza a traveacutes del pago de una suma de dinero que -en el campo del Derecho Tributario- recibe la denominacioacuten de licencia 10

Asiacute ocurre con el pago de la Licencia de Funcioshynamiento que debe pagar la persona natural o juriacutedica que obtiene una autorizacioacuten de la Munishycipalidad para realzar actividades empresariales profesionales artiacutestiacutecas o manuales

iexcl

mecanismo de la tasa Ver Villanueva Gutieacuterrez Bravo Cucci Jorge Robles Moreno Carmen y Ruiz de Castilla Ponce de Leoacuten Francisco- Coacutedigo Tributario Doctrina y Comentarios Lima Instituto 2009 paacuteg 24 17 Una interpretacioacuten literal de la Norma JI del Tiacutemlo Preliminar del Tributario puede llevarnos a criticar la utilizacioacuten de la expresioacuten servicio administrativo pues pareceriacutea ser que el se refiere a los servicios de tramitacioacuten que presta la Adminrracioacuten Puacuteblica mas no a los servicios en la parte que tiene que ver con los traacutemites que se lleTar a cabo en el Poder Sin embargo una que presta atencioacuten a la causa u de la que venimos estudiando nos lleva a concluir que el se estaacute refiriendo al pago de un derecho como mecanismo para financiar ambas clases de traacutemites lB Existen ciertos procesos UUJ~ldlcgratuitos El ano 179 del Coacutedigo Procesal Civil indica que existe la posibilidad de la exoneracioacuten del de aranceles judiciales si el lit iganr e tiene Uacutea dificultad par a realizar gastos de subsisshytencia propia y de sus Del mismo modo la tramitacioacuten de procedimientos administrativos donde se ejercita el derecho de defensa tambieacuten son gratuitos tal como sucede con los reclamos en materia tributaria 19 Se suele discutir si esta clase de pagos constituye un tributo y por tanto Ufi derecho El tributo financia una actividad estatal En el caso del uso de un bien puacuteblico no se con claridad la actividd estatal que un financiamiento de tributario 20 Se discute si el financiamiento de la actividad municipal en lo relativo a la licencia debe ser quizaacutes a traveacutes del impuesto En abono de esta se sostiene que la actividad estatal de control (consistente en el otorgamiento de una licencia o bel1eficia tano al solicitane de la licencia como al puacuteblico consumidor en que habraacute de concurrir al autorizado Ademaacutes como el beneficiario de esta clase de actividad municipal no puede ser identificable entonces la sociedad en su conjunto deberiacutea financiar esta hbor de control edilicia

150

ti Walker Villanueva sostiene los servicios puacuteblicos estatales generan baacutesicamente beneficios para un detershyminado sector de la poblacioacuten tal modo que deberiacutean ser financiados con la contribucioacuten y no mediante el

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dispone que el sujeto que presta el servicio es el deudor del impuesto en calidad de contribuyenshyte

Por ejemplo asumamos que el uacutenico impuesto aplicable es el 10 por concepto de Impuesto a la Renta Si un abogado que trabaja de modo indeshypendiente desea cobrar 10000 soles netos por su trabajo prestado a una empresa deberaacute aplicar la regla de tres simple del siguiente modo

10000 soles 90 X 100

Despejando X

10000 soles por 100

X = -------------- = 1111111 soles 90

Por tanto desde el punto de vista formal en el recibo por honorarios profesionales que emite el abogado se anotaraacute lo siguiente

Honorarios (renta bruta) 1111111 Impuesto a la Renta (retencioacuten) 10 (1 11111) Honorarios netos por cobrar l000000

En este caso el cliente termina por absorver el impuesto ascendente a la suma de 111111 soles

5143) Imposicioacuten al patrimonio

Existen muchos casos donde un impuesto al patrimonio puede ser trasladado Por ejemplo en los contratos de arrendamiento se puede pactar que el inquilino se obliga a asumir el pago del Impuesto Predial

Para el Derecho Civil se trata de una claacuteusula vaacutelishyda El arrendatario se obliga a asumir el Impuesto Predial del mismo modo que tambieacuten suele acepshytar el pago de los arbitrios municipales consumo de luz agua teleacutefono etc Entonces la traslacioacuten econoacutemica del Impuesto Predial es vaacutelida

Para el Derecho Tributario esta clase de acuershydos voluntarios no surten efectos Soacutelo la ley puede senalar quien es el deudor tributario En este sentido el arto 26 del Coacutedigo Tributario 11

establece que los actos o convenios por los que el deudor tributario transmite su obligacioacuten tribushytaria a un tercero carecen de eficacia frente a la Administracioacuten Tributaria

En materia de Impuesto Predial ya hemos visto que el art 9 de la L TM senala que el deudor ante la Municipalidad es el propietario No se admite que -a traveacutes de los contratos de arrendamienmiddot to- se termine por modificar la ley Por tanto el uacutenico de deudor legal es el propietario

En los formularios para determinar y pagar el impuesto deben aparecer los datos de identificashycioacuten de propietario no del inquilino

En suma en materia de Impuesto Predial el deudor econoacutemico puede ser el arrendatario mientras que el deudor legal es el propietario del predio

52) Impuestos indirectos

Se trata de aplicar una carga tributaria a detershyminada persona mediante la intervencioacuten de terceros

Es el caso de la imposidoacuten al consumo Por ejemshyplo la carga tributaria que consiste en e IGV es aplicada por las empresas en sus precios para que recaiga sobre todos los consumidores del paiacutes

Como se aprecia la empresa resulta ser un terceshyro que facilita la afectacioacuten (impacto) de la carga tributaria en cabeza de los consumidores (sujetos incididos)

Las caracteriacutesticas importantes de los impuesshytos indirectos son

521) Mectacioacuten del gasto de la riqueza

Lo importante es el uso o disposicioacuten de la renta para llevar a cabo determinados actos de consushymo Se procura afectar el iacutengresoen su etapa actishyva O dinaacutemica

522) Traslacioacuten

El impuesto que aplican las empresas debe formar parte del de venta facturado y por tanto se tiene que producir un desplazamiento del impuesto hacia el cliente

En los mercados con demanda inelaacutestIacuteca es probashyble que todo el peso de la carga tributaria se trasshylade al adquirente (protraslacioacuten)

11 Seguacuten Texto Unico Ordenado aprobado por e Decreto Supremo No 135-99-EF de 19-08-99

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En cambio en los mercados con demanda elaacutestica el proveedor de bienes y servicios deberaacute aacutesumir parte del impacto del impuesto (retrotraslaci6n) transfiriendo al comprador solamente una detershyminada porci6n de la carga tributaria l

523) No coincidencia entre el deudor econoacuteshymico y el deudor legal

Cuando una empresa minorista (supermercado) vende mercaderiacutea a una persona natural el arto 9 de la Ley del IGV - LIGV 1) establece que el vendedor es e deudor legal (contribuyente)

Ademaacutes e tercer paacuterrafo del arto 38 de la LIGV senala que es obligatoria la traslacioacuten del IGV por parte de vendedor hacia el comprador de bienes y servicios

Por tanto e vendedor tiene que trasladar el impuesto (IGV) en e precio facturado de tal modo que el comprador pasa a soportar el impacshyto de la carga tributaria

Como se aprecia el vendedor es el deudor legal mientras que e comprador viene a ser e deudor econoacutemico

6) Clasificacioacuten del impuesto en funcioacuten del tiempo requerido para la realizacioacuten del hecho imponible

Seguacuten esta clasificaci6n se pueden distinguir tres clases de impuestos tal como se explica a contishynuaci6n

61) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten inmediata

En estos casos e desarrollo de la operaci6n gravashyda requiere tan solo de un instante de tiempo

Aquiacute se encuentran los impuestos que afectan el consumo incluiacutedas las importaciones y el Impuesto a la Renta para los sujetos no domicishyliados

Por ejemplo para e IGV la vena gravada se puede entender realizada en el momento que se

emite el comprobante de pago (factura) seguacuten se desprende del arto 4a de la LIG

62) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten perioacutedica

Es e caso de la imposici6n a la renta para las empresas y las personas naturales domiciliadas en e paiacutes

Por ejemplo la utilidad de las empresas se concibe como el resultado de un proceso anual de ingreshysos costos y gastos El hecho imponible se va configurando desde el inicio del ejercicio gravashyble (primero de enero) y necesariamente se debe esperar la finalizaci6n del ano (31 de diciembre) para determinar la utilidad o peacuterdida resultante

63) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten continua

Aquiacute se encuentran casos de imposicioacuten al patrishymonio como por ejemplo e Impuesto Predial Desde el punto de vista juriacutedico se grava 1a propiedad de predio la misma que es una situashyci6n permanente sin liacutemites en el tiempo Desde esta perspectiva no podemos sostener que e Impuesto Predial comprende un hecho imponishyble de realizacioacuten perioacutedica 14

7) Clasificacioacuten de la contribucioacuten

En el Pero podemos distinguir 4 modalidades de contribuci6n en funci6n del hecho generador de la obligaci6n tributaria

71) Contribucioacuten para la seguridad social

El hecho generador de la obligaci6n tributaria consiste en ~a actividad fiscal relativa a la prestashycioacuten de los sistemas sociales de salud y pensiones que benefician -funiquestamentalmente- a los trabashyjadores dependientes

En este sentido el Decreto Legislativo No 771 vigente desde enero de 1994 se refiere a la contrishybuci6n15 como la especie tributaria especial cuyo objetivo es financiar los sistemas de seguridad social

12 COSCIANI C- El Impuesto al Valor Agregado Buenos Aires 1969 p 45 Y ss IJ Seguacuten Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo 055-99middotEF lA Desde otra perspectiva de enfoque se puede sostener que el Impuesto Predial es de periodicidad anual en el sentido que el aspecto temporal de la hip6tesis de incidencia hace referencia al primero de enero de cada ano de taimado que en el inicio de cada ejercicio gravable se produce la realizacioacuten de un hecho generador de la obEgashycioacuten tributaria En efecto el arto 10 de la LTM permite inferir que la fecha de este hecho generador es el primero de en ero de cada antildeo 1 Se discute la naturaleza de los agos que financian a la seguridad social

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72) Contribllcioacuten para obras puacuteblicas

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria tiene ver con la actividad estatal que se tradushyce en realizacioacuten de obras Queda excluiacuteda la figura de prestacioacuten de servicios (estatales)

Entre los arrs 62 y 65 de la L TM se regula la contribucioacuten municipal para obras puacuteblicas entendida como el mecanismo tributario especial para financiar esta clase de actividad fiscal

73) Contribucioacuten para capacitacioacuten y entrenashymiento laboral

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la actividad fiscal que tiene que ver con los sistemas de capacitacioacuten y entrenamiento de los trabajadores que pertenecen a determinashydos sectores de la economiacutea

El D 771 hace referencia a la contribucioacuten para dejar establecida la especie tributaria que financia estas actividades educativas

En e caso de las actividades de ensenaza para los trabajadores que laboran en e sectltlr industrial los empleadores deben cumplir con e pago de la contribucioacuten que financia el Servicio Nacional de Adiestramiento Teacutecnico Industrial - SENA TI

Por otra parte en el caso de ensenaza para los trabajadores que laboran en el sector de la consshytruccioacuten los empleadores tienen que cumplir con el pago de la contribucioacuten que financia al Servishycio Nacional de Capacitacioacuten para la Industria de la Construccioacuten SENCICO

74) Contribucioacuten para lRs organismos de control

El hecho generador de la obligacioacuten tributashyria consiste en la actividad fiscal que controla a determinados operadores de sector privado que pertenecen a ciertos sectores de la economiacutea

Una posicioacuten sostiene nos encontranos frente a un caso de tributo bajo la especie de cortribucioacuten Esta clase de pagos financia al Es maacutes el D Leg No 771 utiliza de modo literal y expreso el eacutermino contribucioacuten para hacer referencia al sistema de financiamiento de la seguridad social en el Peruacute La orra posicioacuten sostiene que no nos encontramos frente a un tributo de tal modo que tampoco cabe la de la contribucioacuten Se argumenta que el taacutebuto financia al Gobierno (Nacional Regional y En los pagos que venimos iquestiscutiendo financian a emidades que no forman pane del Gobierno En efecto el Instituto Peruano de Seguridad Social administra el sistema puacuteblico de saluiquest mientras que la Oficina de lormalizacioacuten Previsional administra el sistema de pensiones Ambas entidades no forman del Gobierno (pues no se dedica1 a gobernar dictar poliacuteticas puacuteblicas Quizaacutes por est~ razOacuten la parte de la Norma TI del Tiacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario utiliza la expresioacuten aporte para referirse a los que financi110s sistemas sociaes de salud y pensiones Esta norma parece d~r a entender que -aunque pagos no son tributos- de todos mocios se les aplica las del Coacutedigo Tributario

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Estos operadores deben financiar baacutesicamente a las Superintendencias encargadas de controlarlos mediante el pago de la respectiva contribucioacuten

Por ejemplo las entidades financieras (bancos financieras etc) deben pagar una contribucioacuten a la Superintendencia Nacional de Banca y Segushyros

Se discute si esta clase de pagos tienen la natushyraleza de contribucioacuten y por tanto si pueden constituir un segmento especial dentro de la clasishyficacioacuten general de las contribuciones

Por un lado se sostiene que estos pagos no calishyfican como contribucioacuten La Norma lLb del TIacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario estableshyce que -en materia de contribuciones- el hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la generacioacuten de beneficios gracias a determinada actividad estatal Se entiende que este quehacer fisc~ tiene que generar beneficios directos al sujeshyto sobre el cual recae la actividad estatal

La actividad de control que realizan las Supershyintendencias recae sobre determinados operashydores de sector privado que - a su vez- prestan servicios al puacuteblico en general Por ejemplo la Superintendencia de Banca y Seguros controla a los bancos y eacutestos prestan servicios financieros al puacuteblico en general Como se aprecia la actividad de la Superintendencia estaacute dirigida a los bancos y no al puacuteblico Por tanto esta actividad fiscal no genera un beneficio directo para el puacuteblico es decir para todo un sector de la poblacioacuten

Sin embargo se sostener que estas actishyvidades estatales control causan beneficios indirectos al puacuteblico usuario de los bancos pues la evaluacioacuten constante de la actividad bancaria propicia una mayor eficiencia de estas institucioshynes de tal modo que de alguacuten modo existe un mayor resguardo de los intereses econoacutemicos de los clientes que acuden a los bancos

8) Clasificacioacuten de la tasa

A tenor de los incisos 12 Y 3 de la Norna TI del Tiacutetulo Prelininar del Coacutedigo Tributario existe una clasificacioacuten tripartita de las tasas seguacuten el hecho de la obligacioacuten tributaria tal como se explica a continuacioacuten

81) Arbitrio

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la prestacioacuten de servicios puacuteblicos por parte del Estado Por ejemplo constituyen servishycios puacuteblicos municipales la labor de limpieza (recojo de basura) mantenimiento de parques y jardines seacuteguridad (serenazgo) etc

Los usuarios de estos servicios financian las cadas actividades estatales a traveacutes del pago del arbitrio 16

82) Derecho

Existen dos hechos generadores de la obligacioacuten tributaria En primer lugar el Estado suele presshytar servicios administrativos 17 bull

Por ejemplo en las oficinas del Poder Judicial se tramitan copias certificadas de una mientras que en las oficinas de la Administracioacuten Puacuteblica como el Registro Nacional de Identificashycioacuten y Estado Civil- RENIEC se tramitan proce-

di mientas administrativos relativos al duplicado del Documento Nacional de Identidad - DNI

El usuario de estos servicios muchas veces 18 debe finaciar esta actividad estatal mediante el pago de un derecho

En segundo lugar existe el caso de utilizacioacuten de bienes puacuteblicos por parte de las personas naturashyles y empresas 19 Por ejemplo si una empresa de teleacutefonos instala una cabina de teleacutefono en viacutea puacuteblica debe pagar un derecho tal como ha quedado establecido en la Resolucioacuten del Tribushynal Fiscal No 8296-2-01 del 04-10-01

83) Licencia

El hecho generador consiste en el to de una licencia es decir que -desde el puma de vista del Derecho Administrativo- el Estado confiere una autorizacioacuten para que determinado sujeto realice cierta actividad C~JCltiJl

El financiamiento de esta labor de control fiscal se realiza a traveacutes del pago de una suma de dinero que -en el campo del Derecho Tributario- recibe la denominacioacuten de licencia 10

Asiacute ocurre con el pago de la Licencia de Funcioshynamiento que debe pagar la persona natural o juriacutedica que obtiene una autorizacioacuten de la Munishycipalidad para realzar actividades empresariales profesionales artiacutestiacutecas o manuales

iexcl

mecanismo de la tasa Ver Villanueva Gutieacuterrez Bravo Cucci Jorge Robles Moreno Carmen y Ruiz de Castilla Ponce de Leoacuten Francisco- Coacutedigo Tributario Doctrina y Comentarios Lima Instituto 2009 paacuteg 24 17 Una interpretacioacuten literal de la Norma JI del Tiacutemlo Preliminar del Tributario puede llevarnos a criticar la utilizacioacuten de la expresioacuten servicio administrativo pues pareceriacutea ser que el se refiere a los servicios de tramitacioacuten que presta la Adminrracioacuten Puacuteblica mas no a los servicios en la parte que tiene que ver con los traacutemites que se lleTar a cabo en el Poder Sin embargo una que presta atencioacuten a la causa u de la que venimos estudiando nos lleva a concluir que el se estaacute refiriendo al pago de un derecho como mecanismo para financiar ambas clases de traacutemites lB Existen ciertos procesos UUJ~ldlcgratuitos El ano 179 del Coacutedigo Procesal Civil indica que existe la posibilidad de la exoneracioacuten del de aranceles judiciales si el lit iganr e tiene Uacutea dificultad par a realizar gastos de subsisshytencia propia y de sus Del mismo modo la tramitacioacuten de procedimientos administrativos donde se ejercita el derecho de defensa tambieacuten son gratuitos tal como sucede con los reclamos en materia tributaria 19 Se suele discutir si esta clase de pagos constituye un tributo y por tanto Ufi derecho El tributo financia una actividad estatal En el caso del uso de un bien puacuteblico no se con claridad la actividd estatal que un financiamiento de tributario 20 Se discute si el financiamiento de la actividad municipal en lo relativo a la licencia debe ser quizaacutes a traveacutes del impuesto En abono de esta se sostiene que la actividad estatal de control (consistente en el otorgamiento de una licencia o bel1eficia tano al solicitane de la licencia como al puacuteblico consumidor en que habraacute de concurrir al autorizado Ademaacutes como el beneficiario de esta clase de actividad municipal no puede ser identificable entonces la sociedad en su conjunto deberiacutea financiar esta hbor de control edilicia

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ti Walker Villanueva sostiene los servicios puacuteblicos estatales generan baacutesicamente beneficios para un detershyminado sector de la poblacioacuten tal modo que deberiacutean ser financiados con la contribucioacuten y no mediante el

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En cambio en los mercados con demanda elaacutestica el proveedor de bienes y servicios deberaacute aacutesumir parte del impacto del impuesto (retrotraslaci6n) transfiriendo al comprador solamente una detershyminada porci6n de la carga tributaria l

523) No coincidencia entre el deudor econoacuteshymico y el deudor legal

Cuando una empresa minorista (supermercado) vende mercaderiacutea a una persona natural el arto 9 de la Ley del IGV - LIGV 1) establece que el vendedor es e deudor legal (contribuyente)

Ademaacutes e tercer paacuterrafo del arto 38 de la LIGV senala que es obligatoria la traslacioacuten del IGV por parte de vendedor hacia el comprador de bienes y servicios

Por tanto e vendedor tiene que trasladar el impuesto (IGV) en e precio facturado de tal modo que el comprador pasa a soportar el impacshyto de la carga tributaria

Como se aprecia el vendedor es el deudor legal mientras que e comprador viene a ser e deudor econoacutemico

6) Clasificacioacuten del impuesto en funcioacuten del tiempo requerido para la realizacioacuten del hecho imponible

Seguacuten esta clasificaci6n se pueden distinguir tres clases de impuestos tal como se explica a contishynuaci6n

61) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten inmediata

En estos casos e desarrollo de la operaci6n gravashyda requiere tan solo de un instante de tiempo

Aquiacute se encuentran los impuestos que afectan el consumo incluiacutedas las importaciones y el Impuesto a la Renta para los sujetos no domicishyliados

Por ejemplo para e IGV la vena gravada se puede entender realizada en el momento que se

emite el comprobante de pago (factura) seguacuten se desprende del arto 4a de la LIG

62) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten perioacutedica

Es e caso de la imposici6n a la renta para las empresas y las personas naturales domiciliadas en e paiacutes

Por ejemplo la utilidad de las empresas se concibe como el resultado de un proceso anual de ingreshysos costos y gastos El hecho imponible se va configurando desde el inicio del ejercicio gravashyble (primero de enero) y necesariamente se debe esperar la finalizaci6n del ano (31 de diciembre) para determinar la utilidad o peacuterdida resultante

63) Impuestos cuyo hecho imponible es de realizacioacuten continua

Aquiacute se encuentran casos de imposicioacuten al patrishymonio como por ejemplo e Impuesto Predial Desde el punto de vista juriacutedico se grava 1a propiedad de predio la misma que es una situashyci6n permanente sin liacutemites en el tiempo Desde esta perspectiva no podemos sostener que e Impuesto Predial comprende un hecho imponishyble de realizacioacuten perioacutedica 14

7) Clasificacioacuten de la contribucioacuten

En el Pero podemos distinguir 4 modalidades de contribuci6n en funci6n del hecho generador de la obligaci6n tributaria

71) Contribucioacuten para la seguridad social

El hecho generador de la obligaci6n tributaria consiste en ~a actividad fiscal relativa a la prestashycioacuten de los sistemas sociales de salud y pensiones que benefician -funiquestamentalmente- a los trabashyjadores dependientes

En este sentido el Decreto Legislativo No 771 vigente desde enero de 1994 se refiere a la contrishybuci6n15 como la especie tributaria especial cuyo objetivo es financiar los sistemas de seguridad social

12 COSCIANI C- El Impuesto al Valor Agregado Buenos Aires 1969 p 45 Y ss IJ Seguacuten Texto Unico Ordenado aprobado por el Decreto Supremo 055-99middotEF lA Desde otra perspectiva de enfoque se puede sostener que el Impuesto Predial es de periodicidad anual en el sentido que el aspecto temporal de la hip6tesis de incidencia hace referencia al primero de enero de cada ano de taimado que en el inicio de cada ejercicio gravable se produce la realizacioacuten de un hecho generador de la obEgashycioacuten tributaria En efecto el arto 10 de la LTM permite inferir que la fecha de este hecho generador es el primero de en ero de cada antildeo 1 Se discute la naturaleza de los agos que financian a la seguridad social

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72) Contribllcioacuten para obras puacuteblicas

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria tiene ver con la actividad estatal que se tradushyce en realizacioacuten de obras Queda excluiacuteda la figura de prestacioacuten de servicios (estatales)

Entre los arrs 62 y 65 de la L TM se regula la contribucioacuten municipal para obras puacuteblicas entendida como el mecanismo tributario especial para financiar esta clase de actividad fiscal

73) Contribucioacuten para capacitacioacuten y entrenashymiento laboral

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la actividad fiscal que tiene que ver con los sistemas de capacitacioacuten y entrenamiento de los trabajadores que pertenecen a determinashydos sectores de la economiacutea

El D 771 hace referencia a la contribucioacuten para dejar establecida la especie tributaria que financia estas actividades educativas

En e caso de las actividades de ensenaza para los trabajadores que laboran en e sectltlr industrial los empleadores deben cumplir con e pago de la contribucioacuten que financia el Servicio Nacional de Adiestramiento Teacutecnico Industrial - SENA TI

Por otra parte en el caso de ensenaza para los trabajadores que laboran en el sector de la consshytruccioacuten los empleadores tienen que cumplir con el pago de la contribucioacuten que financia al Servishycio Nacional de Capacitacioacuten para la Industria de la Construccioacuten SENCICO

74) Contribucioacuten para lRs organismos de control

El hecho generador de la obligacioacuten tributashyria consiste en la actividad fiscal que controla a determinados operadores de sector privado que pertenecen a ciertos sectores de la economiacutea

Una posicioacuten sostiene nos encontranos frente a un caso de tributo bajo la especie de cortribucioacuten Esta clase de pagos financia al Es maacutes el D Leg No 771 utiliza de modo literal y expreso el eacutermino contribucioacuten para hacer referencia al sistema de financiamiento de la seguridad social en el Peruacute La orra posicioacuten sostiene que no nos encontramos frente a un tributo de tal modo que tampoco cabe la de la contribucioacuten Se argumenta que el taacutebuto financia al Gobierno (Nacional Regional y En los pagos que venimos iquestiscutiendo financian a emidades que no forman pane del Gobierno En efecto el Instituto Peruano de Seguridad Social administra el sistema puacuteblico de saluiquest mientras que la Oficina de lormalizacioacuten Previsional administra el sistema de pensiones Ambas entidades no forman del Gobierno (pues no se dedica1 a gobernar dictar poliacuteticas puacuteblicas Quizaacutes por est~ razOacuten la parte de la Norma TI del Tiacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario utiliza la expresioacuten aporte para referirse a los que financi110s sistemas sociaes de salud y pensiones Esta norma parece d~r a entender que -aunque pagos no son tributos- de todos mocios se les aplica las del Coacutedigo Tributario

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Estos operadores deben financiar baacutesicamente a las Superintendencias encargadas de controlarlos mediante el pago de la respectiva contribucioacuten

Por ejemplo las entidades financieras (bancos financieras etc) deben pagar una contribucioacuten a la Superintendencia Nacional de Banca y Segushyros

Se discute si esta clase de pagos tienen la natushyraleza de contribucioacuten y por tanto si pueden constituir un segmento especial dentro de la clasishyficacioacuten general de las contribuciones

Por un lado se sostiene que estos pagos no calishyfican como contribucioacuten La Norma lLb del TIacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario estableshyce que -en materia de contribuciones- el hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la generacioacuten de beneficios gracias a determinada actividad estatal Se entiende que este quehacer fisc~ tiene que generar beneficios directos al sujeshyto sobre el cual recae la actividad estatal

La actividad de control que realizan las Supershyintendencias recae sobre determinados operashydores de sector privado que - a su vez- prestan servicios al puacuteblico en general Por ejemplo la Superintendencia de Banca y Seguros controla a los bancos y eacutestos prestan servicios financieros al puacuteblico en general Como se aprecia la actividad de la Superintendencia estaacute dirigida a los bancos y no al puacuteblico Por tanto esta actividad fiscal no genera un beneficio directo para el puacuteblico es decir para todo un sector de la poblacioacuten

Sin embargo se sostener que estas actishyvidades estatales control causan beneficios indirectos al puacuteblico usuario de los bancos pues la evaluacioacuten constante de la actividad bancaria propicia una mayor eficiencia de estas institucioshynes de tal modo que de alguacuten modo existe un mayor resguardo de los intereses econoacutemicos de los clientes que acuden a los bancos

8) Clasificacioacuten de la tasa

A tenor de los incisos 12 Y 3 de la Norna TI del Tiacutetulo Prelininar del Coacutedigo Tributario existe una clasificacioacuten tripartita de las tasas seguacuten el hecho de la obligacioacuten tributaria tal como se explica a continuacioacuten

81) Arbitrio

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la prestacioacuten de servicios puacuteblicos por parte del Estado Por ejemplo constituyen servishycios puacuteblicos municipales la labor de limpieza (recojo de basura) mantenimiento de parques y jardines seacuteguridad (serenazgo) etc

Los usuarios de estos servicios financian las cadas actividades estatales a traveacutes del pago del arbitrio 16

82) Derecho

Existen dos hechos generadores de la obligacioacuten tributaria En primer lugar el Estado suele presshytar servicios administrativos 17 bull

Por ejemplo en las oficinas del Poder Judicial se tramitan copias certificadas de una mientras que en las oficinas de la Administracioacuten Puacuteblica como el Registro Nacional de Identificashycioacuten y Estado Civil- RENIEC se tramitan proce-

di mientas administrativos relativos al duplicado del Documento Nacional de Identidad - DNI

El usuario de estos servicios muchas veces 18 debe finaciar esta actividad estatal mediante el pago de un derecho

En segundo lugar existe el caso de utilizacioacuten de bienes puacuteblicos por parte de las personas naturashyles y empresas 19 Por ejemplo si una empresa de teleacutefonos instala una cabina de teleacutefono en viacutea puacuteblica debe pagar un derecho tal como ha quedado establecido en la Resolucioacuten del Tribushynal Fiscal No 8296-2-01 del 04-10-01

83) Licencia

El hecho generador consiste en el to de una licencia es decir que -desde el puma de vista del Derecho Administrativo- el Estado confiere una autorizacioacuten para que determinado sujeto realice cierta actividad C~JCltiJl

El financiamiento de esta labor de control fiscal se realiza a traveacutes del pago de una suma de dinero que -en el campo del Derecho Tributario- recibe la denominacioacuten de licencia 10

Asiacute ocurre con el pago de la Licencia de Funcioshynamiento que debe pagar la persona natural o juriacutedica que obtiene una autorizacioacuten de la Munishycipalidad para realzar actividades empresariales profesionales artiacutestiacutecas o manuales

iexcl

mecanismo de la tasa Ver Villanueva Gutieacuterrez Bravo Cucci Jorge Robles Moreno Carmen y Ruiz de Castilla Ponce de Leoacuten Francisco- Coacutedigo Tributario Doctrina y Comentarios Lima Instituto 2009 paacuteg 24 17 Una interpretacioacuten literal de la Norma JI del Tiacutemlo Preliminar del Tributario puede llevarnos a criticar la utilizacioacuten de la expresioacuten servicio administrativo pues pareceriacutea ser que el se refiere a los servicios de tramitacioacuten que presta la Adminrracioacuten Puacuteblica mas no a los servicios en la parte que tiene que ver con los traacutemites que se lleTar a cabo en el Poder Sin embargo una que presta atencioacuten a la causa u de la que venimos estudiando nos lleva a concluir que el se estaacute refiriendo al pago de un derecho como mecanismo para financiar ambas clases de traacutemites lB Existen ciertos procesos UUJ~ldlcgratuitos El ano 179 del Coacutedigo Procesal Civil indica que existe la posibilidad de la exoneracioacuten del de aranceles judiciales si el lit iganr e tiene Uacutea dificultad par a realizar gastos de subsisshytencia propia y de sus Del mismo modo la tramitacioacuten de procedimientos administrativos donde se ejercita el derecho de defensa tambieacuten son gratuitos tal como sucede con los reclamos en materia tributaria 19 Se suele discutir si esta clase de pagos constituye un tributo y por tanto Ufi derecho El tributo financia una actividad estatal En el caso del uso de un bien puacuteblico no se con claridad la actividd estatal que un financiamiento de tributario 20 Se discute si el financiamiento de la actividad municipal en lo relativo a la licencia debe ser quizaacutes a traveacutes del impuesto En abono de esta se sostiene que la actividad estatal de control (consistente en el otorgamiento de una licencia o bel1eficia tano al solicitane de la licencia como al puacuteblico consumidor en que habraacute de concurrir al autorizado Ademaacutes como el beneficiario de esta clase de actividad municipal no puede ser identificable entonces la sociedad en su conjunto deberiacutea financiar esta hbor de control edilicia

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ti Walker Villanueva sostiene los servicios puacuteblicos estatales generan baacutesicamente beneficios para un detershyminado sector de la poblacioacuten tal modo que deberiacutean ser financiados con la contribucioacuten y no mediante el

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72) Contribllcioacuten para obras puacuteblicas

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria tiene ver con la actividad estatal que se tradushyce en realizacioacuten de obras Queda excluiacuteda la figura de prestacioacuten de servicios (estatales)

Entre los arrs 62 y 65 de la L TM se regula la contribucioacuten municipal para obras puacuteblicas entendida como el mecanismo tributario especial para financiar esta clase de actividad fiscal

73) Contribucioacuten para capacitacioacuten y entrenashymiento laboral

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la actividad fiscal que tiene que ver con los sistemas de capacitacioacuten y entrenamiento de los trabajadores que pertenecen a determinashydos sectores de la economiacutea

El D 771 hace referencia a la contribucioacuten para dejar establecida la especie tributaria que financia estas actividades educativas

En e caso de las actividades de ensenaza para los trabajadores que laboran en e sectltlr industrial los empleadores deben cumplir con e pago de la contribucioacuten que financia el Servicio Nacional de Adiestramiento Teacutecnico Industrial - SENA TI

Por otra parte en el caso de ensenaza para los trabajadores que laboran en el sector de la consshytruccioacuten los empleadores tienen que cumplir con el pago de la contribucioacuten que financia al Servishycio Nacional de Capacitacioacuten para la Industria de la Construccioacuten SENCICO

74) Contribucioacuten para lRs organismos de control

El hecho generador de la obligacioacuten tributashyria consiste en la actividad fiscal que controla a determinados operadores de sector privado que pertenecen a ciertos sectores de la economiacutea

Una posicioacuten sostiene nos encontranos frente a un caso de tributo bajo la especie de cortribucioacuten Esta clase de pagos financia al Es maacutes el D Leg No 771 utiliza de modo literal y expreso el eacutermino contribucioacuten para hacer referencia al sistema de financiamiento de la seguridad social en el Peruacute La orra posicioacuten sostiene que no nos encontramos frente a un tributo de tal modo que tampoco cabe la de la contribucioacuten Se argumenta que el taacutebuto financia al Gobierno (Nacional Regional y En los pagos que venimos iquestiscutiendo financian a emidades que no forman pane del Gobierno En efecto el Instituto Peruano de Seguridad Social administra el sistema puacuteblico de saluiquest mientras que la Oficina de lormalizacioacuten Previsional administra el sistema de pensiones Ambas entidades no forman del Gobierno (pues no se dedica1 a gobernar dictar poliacuteticas puacuteblicas Quizaacutes por est~ razOacuten la parte de la Norma TI del Tiacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario utiliza la expresioacuten aporte para referirse a los que financi110s sistemas sociaes de salud y pensiones Esta norma parece d~r a entender que -aunque pagos no son tributos- de todos mocios se les aplica las del Coacutedigo Tributario

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Estos operadores deben financiar baacutesicamente a las Superintendencias encargadas de controlarlos mediante el pago de la respectiva contribucioacuten

Por ejemplo las entidades financieras (bancos financieras etc) deben pagar una contribucioacuten a la Superintendencia Nacional de Banca y Segushyros

Se discute si esta clase de pagos tienen la natushyraleza de contribucioacuten y por tanto si pueden constituir un segmento especial dentro de la clasishyficacioacuten general de las contribuciones

Por un lado se sostiene que estos pagos no calishyfican como contribucioacuten La Norma lLb del TIacutetulo Preliminar del Coacutedigo Tributario estableshyce que -en materia de contribuciones- el hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la generacioacuten de beneficios gracias a determinada actividad estatal Se entiende que este quehacer fisc~ tiene que generar beneficios directos al sujeshyto sobre el cual recae la actividad estatal

La actividad de control que realizan las Supershyintendencias recae sobre determinados operashydores de sector privado que - a su vez- prestan servicios al puacuteblico en general Por ejemplo la Superintendencia de Banca y Seguros controla a los bancos y eacutestos prestan servicios financieros al puacuteblico en general Como se aprecia la actividad de la Superintendencia estaacute dirigida a los bancos y no al puacuteblico Por tanto esta actividad fiscal no genera un beneficio directo para el puacuteblico es decir para todo un sector de la poblacioacuten

Sin embargo se sostener que estas actishyvidades estatales control causan beneficios indirectos al puacuteblico usuario de los bancos pues la evaluacioacuten constante de la actividad bancaria propicia una mayor eficiencia de estas institucioshynes de tal modo que de alguacuten modo existe un mayor resguardo de los intereses econoacutemicos de los clientes que acuden a los bancos

8) Clasificacioacuten de la tasa

A tenor de los incisos 12 Y 3 de la Norna TI del Tiacutetulo Prelininar del Coacutedigo Tributario existe una clasificacioacuten tripartita de las tasas seguacuten el hecho de la obligacioacuten tributaria tal como se explica a continuacioacuten

81) Arbitrio

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la prestacioacuten de servicios puacuteblicos por parte del Estado Por ejemplo constituyen servishycios puacuteblicos municipales la labor de limpieza (recojo de basura) mantenimiento de parques y jardines seacuteguridad (serenazgo) etc

Los usuarios de estos servicios financian las cadas actividades estatales a traveacutes del pago del arbitrio 16

82) Derecho

Existen dos hechos generadores de la obligacioacuten tributaria En primer lugar el Estado suele presshytar servicios administrativos 17 bull

Por ejemplo en las oficinas del Poder Judicial se tramitan copias certificadas de una mientras que en las oficinas de la Administracioacuten Puacuteblica como el Registro Nacional de Identificashycioacuten y Estado Civil- RENIEC se tramitan proce-

di mientas administrativos relativos al duplicado del Documento Nacional de Identidad - DNI

El usuario de estos servicios muchas veces 18 debe finaciar esta actividad estatal mediante el pago de un derecho

En segundo lugar existe el caso de utilizacioacuten de bienes puacuteblicos por parte de las personas naturashyles y empresas 19 Por ejemplo si una empresa de teleacutefonos instala una cabina de teleacutefono en viacutea puacuteblica debe pagar un derecho tal como ha quedado establecido en la Resolucioacuten del Tribushynal Fiscal No 8296-2-01 del 04-10-01

83) Licencia

El hecho generador consiste en el to de una licencia es decir que -desde el puma de vista del Derecho Administrativo- el Estado confiere una autorizacioacuten para que determinado sujeto realice cierta actividad C~JCltiJl

El financiamiento de esta labor de control fiscal se realiza a traveacutes del pago de una suma de dinero que -en el campo del Derecho Tributario- recibe la denominacioacuten de licencia 10

Asiacute ocurre con el pago de la Licencia de Funcioshynamiento que debe pagar la persona natural o juriacutedica que obtiene una autorizacioacuten de la Munishycipalidad para realzar actividades empresariales profesionales artiacutestiacutecas o manuales

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mecanismo de la tasa Ver Villanueva Gutieacuterrez Bravo Cucci Jorge Robles Moreno Carmen y Ruiz de Castilla Ponce de Leoacuten Francisco- Coacutedigo Tributario Doctrina y Comentarios Lima Instituto 2009 paacuteg 24 17 Una interpretacioacuten literal de la Norma JI del Tiacutemlo Preliminar del Tributario puede llevarnos a criticar la utilizacioacuten de la expresioacuten servicio administrativo pues pareceriacutea ser que el se refiere a los servicios de tramitacioacuten que presta la Adminrracioacuten Puacuteblica mas no a los servicios en la parte que tiene que ver con los traacutemites que se lleTar a cabo en el Poder Sin embargo una que presta atencioacuten a la causa u de la que venimos estudiando nos lleva a concluir que el se estaacute refiriendo al pago de un derecho como mecanismo para financiar ambas clases de traacutemites lB Existen ciertos procesos UUJ~ldlcgratuitos El ano 179 del Coacutedigo Procesal Civil indica que existe la posibilidad de la exoneracioacuten del de aranceles judiciales si el lit iganr e tiene Uacutea dificultad par a realizar gastos de subsisshytencia propia y de sus Del mismo modo la tramitacioacuten de procedimientos administrativos donde se ejercita el derecho de defensa tambieacuten son gratuitos tal como sucede con los reclamos en materia tributaria 19 Se suele discutir si esta clase de pagos constituye un tributo y por tanto Ufi derecho El tributo financia una actividad estatal En el caso del uso de un bien puacuteblico no se con claridad la actividd estatal que un financiamiento de tributario 20 Se discute si el financiamiento de la actividad municipal en lo relativo a la licencia debe ser quizaacutes a traveacutes del impuesto En abono de esta se sostiene que la actividad estatal de control (consistente en el otorgamiento de una licencia o bel1eficia tano al solicitane de la licencia como al puacuteblico consumidor en que habraacute de concurrir al autorizado Ademaacutes como el beneficiario de esta clase de actividad municipal no puede ser identificable entonces la sociedad en su conjunto deberiacutea financiar esta hbor de control edilicia

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ti Walker Villanueva sostiene los servicios puacuteblicos estatales generan baacutesicamente beneficios para un detershyminado sector de la poblacioacuten tal modo que deberiacutean ser financiados con la contribucioacuten y no mediante el

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8) Clasificacioacuten de la tasa

A tenor de los incisos 12 Y 3 de la Norna TI del Tiacutetulo Prelininar del Coacutedigo Tributario existe una clasificacioacuten tripartita de las tasas seguacuten el hecho de la obligacioacuten tributaria tal como se explica a continuacioacuten

81) Arbitrio

El hecho generador de la obligacioacuten tributaria consiste en la prestacioacuten de servicios puacuteblicos por parte del Estado Por ejemplo constituyen servishycios puacuteblicos municipales la labor de limpieza (recojo de basura) mantenimiento de parques y jardines seacuteguridad (serenazgo) etc

Los usuarios de estos servicios financian las cadas actividades estatales a traveacutes del pago del arbitrio 16

82) Derecho

Existen dos hechos generadores de la obligacioacuten tributaria En primer lugar el Estado suele presshytar servicios administrativos 17 bull

Por ejemplo en las oficinas del Poder Judicial se tramitan copias certificadas de una mientras que en las oficinas de la Administracioacuten Puacuteblica como el Registro Nacional de Identificashycioacuten y Estado Civil- RENIEC se tramitan proce-

di mientas administrativos relativos al duplicado del Documento Nacional de Identidad - DNI

El usuario de estos servicios muchas veces 18 debe finaciar esta actividad estatal mediante el pago de un derecho

En segundo lugar existe el caso de utilizacioacuten de bienes puacuteblicos por parte de las personas naturashyles y empresas 19 Por ejemplo si una empresa de teleacutefonos instala una cabina de teleacutefono en viacutea puacuteblica debe pagar un derecho tal como ha quedado establecido en la Resolucioacuten del Tribushynal Fiscal No 8296-2-01 del 04-10-01

83) Licencia

El hecho generador consiste en el to de una licencia es decir que -desde el puma de vista del Derecho Administrativo- el Estado confiere una autorizacioacuten para que determinado sujeto realice cierta actividad C~JCltiJl

El financiamiento de esta labor de control fiscal se realiza a traveacutes del pago de una suma de dinero que -en el campo del Derecho Tributario- recibe la denominacioacuten de licencia 10

Asiacute ocurre con el pago de la Licencia de Funcioshynamiento que debe pagar la persona natural o juriacutedica que obtiene una autorizacioacuten de la Munishycipalidad para realzar actividades empresariales profesionales artiacutestiacutecas o manuales

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mecanismo de la tasa Ver Villanueva Gutieacuterrez Bravo Cucci Jorge Robles Moreno Carmen y Ruiz de Castilla Ponce de Leoacuten Francisco- Coacutedigo Tributario Doctrina y Comentarios Lima Instituto 2009 paacuteg 24 17 Una interpretacioacuten literal de la Norma JI del Tiacutemlo Preliminar del Tributario puede llevarnos a criticar la utilizacioacuten de la expresioacuten servicio administrativo pues pareceriacutea ser que el se refiere a los servicios de tramitacioacuten que presta la Adminrracioacuten Puacuteblica mas no a los servicios en la parte que tiene que ver con los traacutemites que se lleTar a cabo en el Poder Sin embargo una que presta atencioacuten a la causa u de la que venimos estudiando nos lleva a concluir que el se estaacute refiriendo al pago de un derecho como mecanismo para financiar ambas clases de traacutemites lB Existen ciertos procesos UUJ~ldlcgratuitos El ano 179 del Coacutedigo Procesal Civil indica que existe la posibilidad de la exoneracioacuten del de aranceles judiciales si el lit iganr e tiene Uacutea dificultad par a realizar gastos de subsisshytencia propia y de sus Del mismo modo la tramitacioacuten de procedimientos administrativos donde se ejercita el derecho de defensa tambieacuten son gratuitos tal como sucede con los reclamos en materia tributaria 19 Se suele discutir si esta clase de pagos constituye un tributo y por tanto Ufi derecho El tributo financia una actividad estatal En el caso del uso de un bien puacuteblico no se con claridad la actividd estatal que un financiamiento de tributario 20 Se discute si el financiamiento de la actividad municipal en lo relativo a la licencia debe ser quizaacutes a traveacutes del impuesto En abono de esta se sostiene que la actividad estatal de control (consistente en el otorgamiento de una licencia o bel1eficia tano al solicitane de la licencia como al puacuteblico consumidor en que habraacute de concurrir al autorizado Ademaacutes como el beneficiario de esta clase de actividad municipal no puede ser identificable entonces la sociedad en su conjunto deberiacutea financiar esta hbor de control edilicia

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ti Walker Villanueva sostiene los servicios puacuteblicos estatales generan baacutesicamente beneficios para un detershyminado sector de la poblacioacuten tal modo que deberiacutean ser financiados con la contribucioacuten y no mediante el