Legislacion

15
UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICE RECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO AUTOR: ANA CAROLINA GONZALEZ CI. V-11786614 BARQUISIMETO; JUNIO 2016 TEMAS 14 Y 15

Transcript of Legislacion

Page 1: Legislacion

UNIVERSIDAD FERMIN TOROVICE RECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO

AUTOR:ANA CAROLINA GONZALEZ

CI. V-11786614

BARQUISIMETO; JUNIO 2016

TEMAS 14 Y 15

Page 2: Legislacion

LEY CONTRA LOS DELITOS INFORMATICOS

La Ley Contra Los Delitos Informáticos Tienes por objeto regular el uso de sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías.

Page 3: Legislacion

DEFINICIONES BÁSICASTecnología de InformaciónSe dedica al estudio, aplicación y procesamiento de data, lo cual involucra la obtención,

creación, almacenamiento, administración, modificación, manejo, movimiento, control, visualización, distribución, intercambio, transmisión o recepción de información en forma automática, así como el desarrollo y uso del “hardware”, “firmware” y “software”.

SistemaRecursos y procedimientos diseñados para el uso de tecnologías de información, unidos y regulados por interacción o interdependencia para cumplir una serie de funciones específicas, así como la combinación de dos o más componentes interrelacionados, organizados en un paquete funcional

DataCaracteres representados de una manera apropiada para que sean comunicados, transmitidos o procesados por seres humanos o por medios automáticos

InformaciónSignificado que el ser humano le asigna a la data utilizando las convenciones conocidas y generalmente aceptadas

Page 4: Legislacion

DEFINICIONES BÁSICASDocumento

Es un sistema en forma de escrito, video, audio o cualquier otro medio, que contiene data o información acerca de un hecho o acto capaces de causar efectos jurídicos

ComputadorUnidad funcional que acepta data, la procesa de acuerdo con un programa guardado y genera resultados

HardwareDispositivos físicos considerados en forma independiente de su capacidad o función, que forman un computador o sus componentes periféricos, de manera que pueden incluir herramientas, implementos, instrumentos, conexiones, ensamblajes, componentes y partes.

FirmwareSegmento de programa incorporado de manera permanente en algún componente de hardware.

Softwareprogramas de computación, procedimientos y documentación asociados, concebidos para realizar la operación de un sistema, con el objeto de que éstos realicen funciones específicas.

Page 5: Legislacion

DEFINICIONES BÁSICASPrograma

Secuencia de instrucciones utilizados para realizar un trabajo en particular o resolver un problema dado a través de un computador

Procesamiento de data o de informaciónRealización sistemática de operaciones sobre data o sobre información, tales como manejo,

fusión, organización o cómputo

SeguridadMedidas de protección que garanticen un estado de inviolabilidad de influencias o de actos hostiles específicos que puedan propiciar el acceso a la data de personas no autorizadas o que afecten la operatividad de las funciones de un sistema de computación

VirusSegmento de programa indeseado que se desarrolla incontroladamente y que genera efectos destructivos o perturbadores en un programa o componente del sistema

Page 6: Legislacion

DEFINICIONES BÁSICAS

Contraseña Secuencia alfabética, numérica o combinación de ambas, protegida por reglas de confidencialidad utilizada para verificar la autenticidad de la autorización expedida a un usuario para acceder a la data o a la información contenidas en un sistema

Mensaje de datosPensamiento, idea, imagen, audio, data o información, expresados en un lenguaje conocido que puede ser explícito o secreto (encriptado), preparados dentro de un formato adecuado para ser transmitido por un sistema de comunicaciones

Tarjeta inteligenteCarnet que se utiliza como instrumento de identificación, de acceso a un sistema, de pago o de crédito y que contiene data, información o ambas, de uso restringido sobre el usuario autorizado para portarla

Page 7: Legislacion

DELITOS CONTRA LOS SISTEMAS QUE UTILIZAN TECNOLOGÍAS DE

INFORMACIÓNPrisión De 1 A 5 Años

Prisión De Cuatro A Ocho Años

Prisión De Tres A Seis Años

Prisión De Tres A Seis Años

Multa de 10 a 50 unidades tributarias

Multa De 400 A 800 unidades tributarias

Multa De 300 A 600 Unidades Tributarias

Multa De 300 A 600 Unidades Tributarias

Acceso Indebido A Un Sistema

Sabotaje O Daño A Sistemas

Posesión De Equipos O Prestación De Servicios

Para Actividades De Sabotaje

Falsificación De Documentos Mediante El Uso De Tecnologías De

Información O La Creación, Modificación O Alteración

De Datos En Un Documento

Page 8: Legislacion

DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD

Prisión De Dos A Seis Años

Prisión De 2 A 6 Años

Prisión De Tres A Siete Años

Prisión De 5 A 10 Años

Multa De 200 A 600 Unidades Tributarias

Multa De 200 A 600 unidades tributarias

Multa De 300 A 700 Unidades Tributaria

Multa De 500 A 1000 Unidades Tributarias

Hurto

Obtención Indebida De Bienes O Servicios Mediante El Uso De

Tarjetas Inteligentes Fraude Realizado Mediante El Uso

Indebido De Tecnologías De Información

Manejo Fraudulento De Tarjetas Inteligentes

Prisión De 1 A 5 Años Multa De 10 A 50 Unidades Tributarias

Apropiación Indebida De Tarjetas Inteligentes

Prisión De 2 A 6 Años Multa De 200 A 600 Unidades Tributarias

Provisión indebida de bienes o servicios utilizando una tarjeta

inteligente

Prisión De 3 A 6 Años Multa De 300 A 600 Unidades Tributarias

Posesión De Equipos Para Falsificaciones

Page 9: Legislacion

DELITOS CONTRA LA PRIVACIDAD DE LAS PERSONAS Y DE LAS COMUNICACIONES

Prisión De Dos A Seis Años

Prisión De 2 A 6 Años

Prisión De 2 A 6 Años

Violación De La Privacidad De La Data O Información De Carácter

Personal Que Se Encuentre En Un Sistema Que Use Tecnologías De

InformaciónViolación De La Privacidad De Las

Comunicaciones

Revelación Indebida De Datos O Información

Multa De 200 A 600 UT

Multa De 200 A 600 UT

Multa De 200 A 600 UT

DELITOS CONTRA LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE

La exhibición pornográfica de niños o adolescentes, será penado con prisión de cuatro a ocho años y multa

de 400 a 800 UT; y con prisión de dos a seis años y multa de 200 a 600 UT quien difunda o exhiba material

pornográfico sin la debida advertencia para que se restrinja el acceso a menores de edad

Page 10: Legislacion

DELITOS CONTRA EL ORDEN ECONÓMICO

Prisión De 1 A 5 AñosLa Apropiación Indebida De

Propiedad Intelectual Mediante La Reproducción, Divulgación, Modificación O Copia De Un

SoftwarePrisión De 1 A 5 Años Oferta Engañosa De Bienes O

Servicios Mediante La Utilización De Tecnologías De La Información

El Embargo De Equipos, Dispositivos, Instrumentos, Materiales, Útiles, Herramientas Y Cualquier Otro Objeto Que Haya Sido Utilizado Para La Comisión De Delitos

Trabajo comunitario por el término de hasta tres años

Multa De 100 A 500 UT

Multa De 100 A 500 UT

PENAS ACCESORIAS

Inhabilitación Para El Ejercicio De Funciones O Empleos Públicos; Para El Ejercicio De La Profesión, Arte O Industria; O Para Laborar En Instituciones O Empresas Del Ramo Por Un Período De Hasta Tres Años Después

De Cumplida O Conmutada La Sanción PrincipalLa Suspensión Del Permiso, Registro O Autorización Para Operar O Para Ejercer Cargos Directivos Y

De Representación De Personas Jurídicas Vinculadas Con El Uso De Tecnologías De Información, Hasta Por El Período De Tres Años Después De Cumplida O Conmutada La Sanción Principal

Page 11: Legislacion

LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS

La regulación de las armas se encuentra primeramente en el capítulo VIII, título V de los Delitos Contra el Orden Público en los artículos 272 al 282 del Código Penal Venezolano, entendiéndose como arma todos aquellos instrumentos propios para maltratar o herir. Se consideran delictuosos la introducción, fabricación, comercio, detención, porte y ocultamiento de armas y explosivos que se efectúen en contravención de las disposiciones del Código Penal y de la presente Ley (Artículo 1).

Page 12: Legislacion

GENERALIDADES

Son armas de guerra todas aquellas que pudieren ser útiles en la guerra, de todas clases y calibres, de un tiro, de repetición,

automáticas y semiautomáticas y sus respectivas municiones y aparejos para ponerlas en actividad; sables, espadas, espadines, lanzas y bayonetas; aparatos lanzallamas; bombas, granadas de

mano; gases y sustancias agresivas, así como las armas y dispositivos que puedan arrojarlos o los envases que puedan contenerlos. Quedan comprendidas entre las armas de guerra a que se refiere este artículo,

todas las que sean de la misma especie de las que son actual propiedad de la Nación y de las que figuran en armamentos de guerra

de otras Naciones, aún cuando no existan en el Parque Nacional.

Page 13: Legislacion

GENERALIDADES

Pertenecen a la nación todas las armas de guerra, así como sus respectivas municiones, aparejos y útiles que se encuentren, se introduzcan o fabriquen en el territorio de la república; Sólo el

Gobierno Nacional puede establecer en el país fábricas de armas y municiones de guerra, conforme a las reglas que él

previamente dicte. No podrán introducirse en el país tales armas ni municiones sino por cuenta del Gobierno Nacional, según las

reglas que establezca; y a él compete, asimismo, dictar todas las medidas conducentes a la recolección de los elementos de

guerra que se encuentren fuera del Parque Nacional.El porte, la detentación o el ocultamiento de las armas se

castigarán con pena de prisión de 3 a 5 años; de conformidad con lo establecido en el art. 277 del Código Penal Venezolano.

Page 14: Legislacion

GRACIAS

Page 15: Legislacion