Ley de Inclusion

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lo que dice la Ley de Inclusión en Chile

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Cmo cambia el sistema educativo con la Ley de Inclusin

Lo que debes saber sobre el fin de la seleccin y el copago.

La recin aprobada Ley de Inclusin cambia el sistema educacional chileno, el ms mercantilizado del mundo, transformando la educacin desde un bien de consumo a un derecho social.

Actualmente, los colegios particulares subvencionados, adems de recibir financiamiento del Estado, pueden cobrar un copago a las familias, seleccionar o elegir a sus estudiantes por razones religiosas, situacin socioeconmica o rendimiento acadmico mediante pruebas a partir de los 11 aos. Tambin pueden lucrar, es decir, obtener utilidades que en lugar de reinvertirse en la educacin de los nios y nias, se distribuyen entre los dueos. Esto no ocurre en ninguna parte del mundo.

Lo que se mantiene y lo que cambiaLa Ley de Inclusin empezar a regir desde el 1 de marzo del ao 2016, pero para asegurar un trnsito seguro al nuevo sistema, la implementacin de muchas de sus normas ser gradual, es decir, tendrn un plazo mayor para su aplicacin.

Es importante aclarar quela Ley no pone en riesgo el cierre de ningn colegio, salvo de aquellos cuyos dueos no quieran dejar de lucrar para continuar desempendose en el rubro educacional como si fuera un negocio.

A continuacin lo que cambia y lo que se mantiene:

Provisin mixta: Seguirn existiendo colegios pblicos (municipales), particulares subvencionados y privados sin aportes del Estado.

Proyectos educativos:Colegios seguirn teniendolibertad para establecer y llevar a cabo su propio proyecto educativo.

Copago:En todoslos colegios que reciben aportes del Estado pblicos y particulares subvencionados ser ste quien financie la educacin y se dejar de cobrar a los padres. Para esto se aumentarn los recursos que pone el Estado y se crearn nuevas subvenciones. El fin del cobro ser gradual: el ao 2017 se eliminar el copago para el 93% de los colegios, lo que significa que un gran nmero de familias que hoy pagan por la educacin de sus hijos dejarn de hacerlo. Es importante aclarar que ningn colegio ver disminuidos sus recursos.

Seleccin:Los colegios pblicos y particulares subvencionados por el Estado debern admitir a todos los y las estudiantes que postulen a ellos, tanto en educacin bsica como en media, sin seleccionar ni por razones socioeconmicas, religiosas, rendimiento acadmico, situacin familiar, etc.Para garantizar que as ocurra habr un sistema centralizado de postulacin al que accedern las familias indicando los colegios en el orden de su preferencia, el que ser considerado en el proceso de admisin. Cuando haya ms postulantes que cupos, se preferir a los que tengan hermanos en ese establecimiento o sean hijos de personas que trabajan en l. Para llenar el resto de los cupos habr un sorteo en el que participan todos con las mismas posibilidades y derecho. Excepcin:desde 7 bsico, podrn seleccionar hasta el 30% de sus estudiantes, aquellos colegios que demuestren al Mineduc tener un proyecto educativo artstico, deportivo, que exijan talentos especiales o de alta exigencia acadmica, y que cuenten con la debida autorizacin. Entran en esta excepcin los denominados liceos emblemticos, que podrn seleccionar dicho 30% de entre el 20% de estudiantes con mejor rendimiento de su colegio de origen.

No discriminacin:Ningn colegio, ni an los privados sin aportes del Estado, podrn discriminar arbitrariamente a sus estudiantes por razones socioeconmicas, situacin de la familia, proyecto educativo, religin, etc.

Expulsin. Para evitar la segregacin mediante la expulsin, se establecen restricciones a las expulsiones y se prohbe expresamente que se lleve a cabo por embarazo, cambio de estado civil de los padres y por repetir una vez en educacin bsica y una vez en educacin media.

El fin de la seleccin se implementar de manera gradual con criterio territorial, de esta manera: En el primer ao de entrada en vigencia de la ley, 1 marzo 2016, no se selecciona a los postulantes del primer nivel educacional de cada colegio en una regin con menos de 300.000 habitantes.

En el segundo ao de la entrada en vigencia de la ley, 2017, no se selecciona a ningn postulante de las regiones con menos de 300.000 habitantes ni a los postulantes al primer nivel de cada colegio de las regiones con menos de 1.000.000 de habitantes.

En el tercer ao de la entrada en vigencia de la ley, 2018, no se selecciona a ningn postulante de las regiones con menos de 1.000.000 habitantes ni a los postulantes al primer nivel de cada colegio en el resto de las regiones (las con ms de 1.000.000 de habitantes.

En el cuarto ao de la entrada en vigencia de la ley, 2019, no se selecciona a ningn postulante en todo el pas.En el caso de los liceos emblemticos, aplicacin ser con mayor gradualidad: Primer ao se selecciona con pruebas, al 85%.

Segundo ao se selecciona con pruebas al 70%.

Tercer ao, se selecciona con pruebas al 50% de los postulantes.

Cuarto ao se selecciona con pruebas al 30% de los postulantes.

A partir del quinto ao se eliminan las pruebas y se selecciona por ranking al 30% de los postulantes.Lucro: Los colegios particulares subvencionados que son sociedades comerciales y que, en consecuencia, pueden legalmente obtener ganancias para sus dueos, debern dejar de hacerlo transformndose corporaciones educativas, esto es, en personas sin fin de lucro, a ms tardar en diciembre del 2017. En adelante todos los recursos de dichos establecimientos debern destinarse a fines educativos, lo que redundar en la calidad de la educacin. Los sostenedores (quienes conforman la corporacin) tendrn una justa y adecuada retribucin por su trabajo.

Enero 27, 2015Reforma Educacional: Conoce el Declogo de la Ley de Inclusin

Despus de ocho meses de tramitacin, el Congreso aprob ayer el proyecto de Inclusin escolar que pone fin al lucro, la discriminacin y el copago en el sistema educacional financiado con recursos pblicos.

Cmara aprob proyecto que termina con el copago, la seleccin y el lucro1. Con gratuidad

Entre 2016 y 2018, ms de 730 mil estudiantes, cuyas familias hoy pagan parte de la mensualidad en los colegios, podrn pasar a educacin gratuita. Para el 2018, el 93% de los estudiantes de Chile estudiar en colegios gratuitos.

2.- Con ms recursos desde el Estado

Para el ao 2016, los colegios que opten por la gratuidad comenzarn a recibir dos nuevos fondos: El nuevoAporte de Gratuidad($5.000 el primer ao) y la nuevaSEP Ampliada, para estudiantes de clase media ($14.000 pesos). Adems, habr unincremento del 20% a la SEP(de $30.000 a $36.000). El Estado llegar a invertir alrededor de 145 mil pesos por cada nio y nia, duplicando los recursos con que cuentan hoy ms del 50% de los estudiantes.

3. Con el compromiso y apoyo de las familias,

Que es vital para el desarrollo de los nios, nias y jvenes.Por ello, los padres, madres y apoderados podrn seguir aportando voluntariamente al desarrollo de actividades extracurriculares. Lo importante es que este aporte no ser requisito para la eleccin del colegio. La calidad ser asegurada por el Estado.

4. Sin seleccin

Para el ao 2016los colegios debern dejar de seleccionar de forma gradual. Todos los nios y nias, podrn postular a establecimientos que reciban aportes del Estado, sin ser discriminadas arbitrariamente y sin que les soliciten pruebas o antecedentes econmicos.

5. Con un sistema de admisin inclusivo

Cuando los establecimientos elegidos por las familias cuenten con igual nmero de postulantes y vacantes,todos los estudiantes podrn ingresar automticamente. De no haber cupos suficientes, los establecimientos debern usar un sistema de seleccin aleatorio que asegure que no habr seleccin arbitraria.Tendrn preferencia los hermanos de alumnos que ya estudian en el establecimiento y los hijos de los trabajadores de los colegios.

6. Sin lucro

Para el ao 2018, todos los colegios debern estar organizados como entidades sin fines de lucro, esto significa quetodos los recursos destinados a la educacin, debern ser usados slo en aquello.

7. Fortaleciendo la educacin pblica

Con el fin de fortalecer a la Educacin Estatal,se comprometieron 250 mil millones de pesos anuales de uso exclusivo para la educacin pblica. Este programa comenzar el 2016 y se extender durante los aos 2017, 2018 y 2019.

8. Con espacio para proyectos educativos de caractersticas especiales

Los establecimientos que, previa acreditacin ante el Ministerio de Educacin, decidan tener proyectos artsticos, deportivos y/o de alta exigencia,podrn seleccionar hasta el 30% de su matrcula.

9. Defendiendo el derecho de los estudiantes a no ser expulsados arbitrariamente

La leyimpide la cancelacin de matrcula por rendimiento(los y las estudiantes tienen la oportunidad de repetir un curso en la enseanza bsica y otro curso en la enseanza media). Adems, no se podrn efectuar expulsiones en medio de un ao escolar, exceptuando faltas graves que pongan en riesgo la seguridad de la comunidad escolar.

10. Con un trnsito gradual al nuevo sistema

El nuevo sistema se implementar desde el ao 2016 de forma gradual, con el fin degarantizar un trnsito ordenado hacia una nueva estructura de la educacin chilena.

Bibliografa:

Gobierno Chile, 2015 Declogo Ley de la Inclusin, Extrado el da 11 de Mayo 2015, desde http://www.gob.cl/2015/01/27/decalogo-de-la-ley-de-inclusion/ a las 16:33 horas.

Educacin,2020 Como Cambia el sistema educativo con la Ley de inclusin, Extrado el da 11 de Mayo 2015, desde http://educacion2020.cl/noticia/como-cambia-el-sistema-educativo-con-la-ley-de-inclusion a las 16:38 horas.