Lit Ley Incentivos Al Turismo

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FLUJOGRAMA PARA SOLICITUD DE INCENTIVOS AL TURISMO

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Ley de incentivos al turismo, quienes son los beneficiaros, cuales son los incentivos y como aplicar para obtener los incentivos al turismo.

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FLUJOGRAMA PARA SOLICITUD DE INCENTIVOS AL TURISMO

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• La Gerencia de Planeamiento y Desarrollo de Producto, a través de la unidad de Competitividad y Calidad, es la encargada de revisión y aprobación técnica de la documentación contenida en las solicitudes de beneficios de la referida Ley.

• La solicitud es remitida por la Secretaría General de la Secretaria de Turismo y unavez recibida en la Gerencia, se lleva a cabo el siguiente procedimiento:

Se procede a verificar que la documentación (estudio económico y planos) estecompleta y conforme a Ley; una vez evacuado el paso anterior, se procede a ponersede acuerdo con el apoderado legal del proyecto, para practicar la inspección de campoal mismo, posteriormente se elabora un informe de la inspección realizada y se pasa aldictamen técnico de la solicitud el cual puede ser positivo o negativo, en caso de ser eldictamen positivo y que el proyecto este solicitando bienes y equipo para su operación,se verifica que este listado este dentro de lo permitido por la Ley LIT; y que lascantidades se han congruentes con las dimensiones del proyecto; evacuados lospasos anteriores se devuelve el expediente con su dictamen técnico firmado por lapersona que lo elaboró y el Gerente de Planeamiento y Desarrollo de Producto a laSecretaría General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo para lacontinuación del trámite correspondiente (Que es opinión legal y elaboración de laresolución de beneficios LIT).

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• 1. LEY DE INCENTIVOS AL TURISMO

La Ley de Incentivos al Turismo LIT, fue creadamediante Decreto 314--98 del 23 de abril de 1999 ysu objetivo primordial es propiciar el desarrollo de laoferta turística del país, mediante el otorgamiento de

incentivos fiscales que viabilicen una mayorparticipación de la inversión privada nacional y

extranjera en el proceso de desarrollo de productosturísticos, creando facilidades para lograr la

generación de empleo, la inversión, el ingreso dedivisas y tributos al Estado.

Se considera el turismo como una actividadeconómica interrelacionada con el desarrollo culturaly social de la sociedad Hondureña de utilidad pública

y de prioridad nacional.

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• 2. INCENTIVOS• Los incentivos que otorga esta Ley consisten y se• limitarán de acuerdo al beneficiario conforme a lo• siguiente :• a. Diez (10) años de exoneración del pago de• impuesto sobre la renta a partir del inicio de• operaciones.- Este incentivo será otorgado• exclusivamente a nuevos proyectos.• b. Exoneración del pago de impuestos y demás• tributos que cause la importación de los bienes,• y equipos nuevos necesarios para la• construcción e inicio de operaciones de los• nuevos proyectos.• c. Exoneración del pago de impuestos y demás• tributos que cause la importación de todo• material impreso para promoción o publicidad• de los proyectos o del país como destino• turístico.• d. Exoneración del pago de impuestos y demás• tributos para la reposición por deterioro de los• bienes y equipos, durante un período de diez• (10) años, previa comprobación.• e. Exoneración del pago de impuestos y demás• tributos que cause la importación de vehículos• automotores, todos para el uso exclusivo en el• giro del negocio y previa evaluación de la• actividad, tipo de establecimiento, capacidad,• magnitud y ubicación.

• f. Exoneración del pago de impuestos y demás• tributos que cause la importación de aeronaves• o embarcaciones nuevas y usadas, para el• transporte aéreo, marítimo y fluvial, siempre• que reúnan los requisitos de seguridad,• comodidad y calidad, así como las condiciones• técnicas de operación para su utilización en el• giro específico del turismo.• Los comerciantes individuales o sociales• establecidos o existentes cuyo giro se encuentre en• el marco de las actividades turísticas estipuladas en• el artículo 8 de la LIT, podrán gozar de los beneficios• contenidos en el Artículo 5 numerales b), c), d), e) y f)• siempre que presenten los respectivos proyectos de• ampliación, remodelación o reposición, a ser• calificados por la Secretaría de Estado en el• Despacho de Turismo.• Asimismo se permite que los contribuyentes que• no se beneficien de los incentivos a los que se• refiere el Artículo 5 numerales a, b, c, d, e y f• podrán deducir hasta un quince por ciento• (15%) de la renta neta gravable• correspondiente, por concepto de inversión de• sus utilidades en proyectos nuevos, de• remodelación o ampliación de Centros de• Convenciones y Hoteles, por un período de diez• (10) años.

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3. LOS BENEFICIARIOSEn el artículo número 8 de la LIT, se

establecen los beneficiarios siguientes:

• Hoteles, albergues, habitaciones con sistema de tiempo compartido o de operación hotelera.

• Transporte aéreo de personas.• Transporte acuático de personas.• Centros de recreación. Se excluyen

los casinos, clubes nocturnos, centros de juego de maquinitas, video, tragamonedas o similares, salas de cine, televisión, televisión por cable y similares, clubes privados, billares, gimnasios, saunas y similares (SPA), café Internet, discotecas, centros de enseñanza bajo cualquier modalidad, fundaciones y cualquier otro no vinculado al turismo.

• Talleres de artesanos y tiendas de artesanía que se dediquen a la elaboración, manufactura o venta de artesanía hondureña exclusivamente, se

excluye los talleres de carpintería, ebanistería,

balconería, enderezado, pintado, joyería ycualquier otro no vinculado al turismo.• Agencias de turismo receptivo.• Congresos y convenciones.• Arrendamiento de vehículos

automotores para los vehículos destinados al giro estricto del proyecto.

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• 4. DOCUMENTACION QUE DEBEN PRESENTAR A SECTUR LOS INTERESADOS EN OBTENER

LOS BENEFICIOS DE LA LIT:

• Solicitud en papel base 20 tamaño oficio dirigida al Ministro de Turismo que describa

ampliamente el proyecto a desarrollar. Incluirnombre completo, dirección, teléfono, fax, correo

electrónico u otro medio de localización delpoderdante y el apoderado legal.

• Carta poder original otorgada a un profesional del derecho.

• Original del Estudio de Factibilidad Económica del proyecto; este deberá ser en español y además

elaborado, firmado sellado y timbrado por profesionales hondureños en el área de Economía

o Mercadotecnia debidamente colegiados.

• Cronograma de inversión y ejecución de la obra.

• Fotocopia autenticada del testimonio deescritura de constitución de sociedad o de

declaratoria de comerciante individualdebidamente inscrita en el Registro correspondiente.

• Fotocopia autenticada del testimonio deescritura de propiedad del terreno a nombre de

la persona natural o jurídica solicitante,debidamente inscrita en el Registro de laPropiedad y Mercantil correspondiente.

• Fotocopia autenticada del contrato de arrendamiento del local comercial, en su caso.

• Copia de igual tamaño al original del plano topográfico, con el cuadro de rumbos, distancias y

área del terreno en el que se desarrollará el proyecto, con firma, sello y timbres de conformidad

a la Ley respectiva.

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• Copia de los planos de la obra a realizar, con firma responsable, sello y timbres de conformidad a la Ley respectiva.

• Planta de conjunto con cuadro de identificación de cada edificación.

Fachadas.

• Plantas arquitectónicas de los distintos niveles de las construcciones.

Cortes. Plano de acabados.

• Constancia original en papel membretado y con sello de la Institución Bancaria que acredite la disponibilidad financiera para ejecutar el proyecto.

• Licencia ambiental. Se podrá presentarconstancia original emitida por la SERNA deque la misma se encuentra en trámite;debiéndose presentar la antes mencionadalicencia para emitir la resolucióncorrespondiente.

• Opinión del impacto cultural emitida por laSecretaría de Estado en los despachos deCultura, Artes y Deporte.

• Fotocopia autenticada de la constancia deinscripción de Registro Nacional de Turismopara empresas en operación; en caso contrariofotocopia autenticada del recibo de pago para lainscripción en el Registro Nacional de Turismo.

• Listado de bienes y equipo a importar con su respectiva nomenclatura, adjuntando copia electrónica en la que se encuentra el listado referido.