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MISION Y VISION DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE

Ejercer de forma eficaz y eficiente la rectoría de la gestión ambiental,garantizando una relación armónica entre los ejes económicos, social, yambiental que asegure el manejo sostenible de los recursos naturalesestratégicos.

Lograr que el Ecuador use sustentablemente sus recursos naturalesestratégicos para alcanzar el Buen vivir.

MISIÓN

VISIÓN

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EXPEDIR Y

NORMATIVA

AMBIENTAL

REGULACIÓN

AMBIENTAL

CONTROL Y

SEGUIMIENTO

AMBIENTAL

LICENCIAMIENTO

AMBIENTAL

EXIGIR EL

CUMPLIMIENTO DE

NORMATIVA AMBIENTAL

ACTIVIDADES QUE EJECUTA EL MINISTERIO DEL AMBIENTE

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MARCO LEGAL NACIONAL Y NORMATIVA AMBIENTAL

Acuerdo Ministerial No. 061

publicado en el Registro

Oficial No. 316 del 04 de

mayo del 2015

Reglamentos sectoriales

Acuerdo Ministerial 097

(Anexos) del 30 de julio del

2015

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LEY DE GESTIÒN AMBIENTAL

(Registro Oficial Suplemento 418 de 10-sep-2004)

Establece los principios y directrices de política ambiental; determina las

obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores

público y privado

Art. 3.- El proceso de Gestión Ambiental, se

orientará según los principios universales del

Desarrollo Sustentable, contenidos en la

Declaración de Río de Janeiro de 1992, sobre

Medio Ambiente y Desarrollo

Art. 20.- Para el inicio de toda actividad

que suponga riesgo ambiental se

deberá contar con la licencia respectiva,

otorgada por el Ministerio del ramo.

Art. 33.- instrumentos de aplicación de las normas ambientales los siguientes:

parámetros de calidad ambiental, normas de efluentes y emisiones, normas técnicas de calidad

de productos, régimen de permisos y licencias administrativas, evaluaciones de impacto

ambiental, listados de productos contaminantes y nocivos para la salud humana y el medio

ambiente, certificaciones de calidad ambiental de productos y servicios y otros que serán

regulados en el respectivo reglamento

MARCO LEGAL NACIONAL Y NORMATIVA AMBIENTAL

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GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS Y DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES

EVOLUCIÓN DEL MARCO NORMATIVO

2003

2008

2011

20122013

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2014

2015

EVOLUCIÓN DEL MARCO NORMATIVO

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CAPÍTULO VI Gestión Integral de

Residuos Sólidos No Peligrosos, y

Desechos Peligrosos y/o Especiales

CAPÍTULO VII Gestión de

Sustancias Químicas Peligrosas

(REGISTRO OFICIAL No. 316 DEL 04 DE MAYO DE 2015)

ACUERDO MINISTERIAL No. 061

REFORMA EL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN

SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE.

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Art. 47 Prioridad Nacional.- (…) El Estado Ecuatoriano declara como

prioridad nacional y como tal, de interés público y sometido a la tutela

Estatal, la gestión integral de los residuos sólidos no peligros y desechos

peligrosos y/o especiales(…)

Art. 48 Ámbito.- El presente capítulo regula todas las fases de la gestión

integral de residuos no peligrosos, desechos peligrosos y/o especiales,

así como los mecanismos de prevención y control de la contaminación

en el territorio nacional……….

CAPÍTULO VI GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS NO

PELIGROSOS, Y DESECHOS PELIGROSOS Y/O ESPECIALES

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Art. 49 Políticas generales de la gestión integral de los residuos sólidos no

peligrosos, desechos peligrosos y/o especiales.- (…)Se establecen como

políticas generales para la gestión integral de estos residuos y/o desechos y son

de obligatorio cumplimiento tanto para las instituciones del Estado, en sus

distintos niveles de gobierno, como para las personas naturales o jurídicas

públicas o privadas, comunitarias o mixtas, nacionales o extranjeras, las

siguientes (…)

b) Responsabilidad extendida del productor y/o importador;

CAPÍTULO VI

GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS, Y

DESECHOS PELIGROSOS Y/O ESPECIALES

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Prevenir y minimizar la generación

Aprovechamiento y valorización de residuos

Tratamiento

Disposición final

ART. 49 POLÍTICAS GENERALES DE LA GESTIÓN INTEGRAL DE

LOS RESIDUOS SÓLIDOS NO PELIGROSOS, DESECHOS

PELIGROSOS Y/O ESPECIALES: JERARQUIZACIÓN

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ART. 50 RESPONSABILIDAD EXTENDIDA

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SECCIÓN II

GESTIÓN INTEGRAL DE DESECHOS PELIGROSOS Y/O

ESPECIALES

ACUERDO MINISTERIAL No. 061

(REGISTRO OFICIAL No. 316 DEL 04 DE MAYO DE 2015)

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QUÉ ES UN DESECHO PELIGROSO ?

ART. 79 DESECHOS PELIGROSOS

✓ Son aquellos desechos sólidos, pastosos, líquidos o gaseosos

resultantes de un proceso de producción, transformación, reciclaje

utilización o consumo y que contengan algún compuesto que tenga

características reactivas, inflamables, corrosivas, infecciosas, o

tóxicas, que represente un riesgo para la salud humana, los recursos

naturales y el ambiente, y los que se encuentran en los Listados

Nacionales (Acuerdo Ministerial No. 142).

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ARTICULO 80.- DESECHOS ESPECIALES

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FASES DE GESTIÓN

(CAP. VI, SEC. II, LIBRO VI TULSMA)

GENERACIÓN•Recolección•Envasado•Etiquetado•Almacenamientotemporal

TRANSPORTE/ recolección

DISPOSICIÓN FINALCelda/relleno de

seguridad

ELIMINACIÓN•Reuso•Reciclaje•Tratamiento•Incineración•Coprocesamiento

ALMACENAMIENTO

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APLICACIÓN DE LA NORMATIVA

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AMBITO DE APLICACIÓNSe hallan sujetos a las disposiciones de este reglamento toda persona,

natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera, que dentro del

territorio del Ecuador participe en cualquiera de las fases y actividades de

gestión de los desechos peligrosos.

ACUERDO MINISTERIAL No. 026(REGISTRO OFICIAL No. 334 DEL 12 DE MAYO DE 2008)

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ANEXO A PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE GENERADORES DE DESECHOS

PELIGROSOS

ANEXO C PROCEDIMIENTO PREVIO PARA EL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL DE

TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS

ANEXO B PROCEDIMIENTO PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL PARA LA GESTIÓN DE

DESECHOS PELIGROSOS

ACUERDO MINISTERIAL No. 026(REGISTRO OFICIAL No. 334 DEL 12 DE MAYO DE 2008)

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REGISTRO DE DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES

✓Los generadores de desechos peligrosos y/o especiales están obligados aregistrarse ante la AAN.

✓Las personas que manejen los desechos peligrosos en cualquier de sus fasesdeberán obtener la licencia ambiental.

✓Las personas que hayan adquirido la licencia ambiental, deberá reportar alMinisterio del Ambiente anualmente la cantidad, clasificación y origen delos desechos peligrosos y/o especiales.

✓El generador, almacenador, transportista, reciclador como el que realiza eltratamiento y la disposición final, intervendrán en la formalización deldocumento de manifiesto único.

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ANEXO B PROCEDIMIENTO PREVIO AL LICENCIAMIENTO

AMBIENTAL PARA LA GESTIÓN DE DESECHOS

PELIGROSOS

El procedimiento se aplica para le gestión de licenciamiento del manejo de

desecho peligrosos que se encuentren en el listado nacional de desechos

peligrosos o que estén caracterizados como tales de acuerdo con las

normas establecidas para tal efecto y que rebasen las cantidades mínimas

definidas en la guía del listado nacional de desechos peligrosos.

Modalidad

A Reciclaje

B Reuso

C Tratamiento

D Incineración

E Coprocesamiento

F Disposición final

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ANEXO C PROCEDIMIENTO PREVIO PARA EL LICENCIAMIENTO

AMBIENTAL DE TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS

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ACUERDO MINISTERIAL No. 142

LISTADOS NACIONALES DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

PELIGROSAS, DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES.

(REGISTRO OFICIAL No. 856 DEL 21 DE DICIEMBRE DE 2012)

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ACUERDO MINISTERIAL No. 048

NORMA TÉCNICA PARA EL COPROCESAMIENTO DE

DESECHOS PELIGROSOS EN HORNOS CEMENTEROS

(REGISTRO OFICIAL No. 439 DEL 03 DE MAYO DE 2011)

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1. OBJETO

Establecer los requerimientos, condiciones y los límites máximos

permisibles de emisión, bajo los cuales se debe realizar el

coprocesamiento de desechos peligrosos en hornos de producción de

clinker de plantas cementeras, mediante la sustitución de combustible o

materia prima tradicional por desechos peligrosos empleados como

combustible y materia prima alternativos (AFR).

2. ALCANCE

Esta norma aplica al coprocesamiento de desechos peligrosos en hornos

de producción de clinker de plantas cementeras ubicadas en el territorio

nacional.

ACUERDO MINISTERIAL No. 048

NORMA TÉCNICA PARA EL COPROCESAMIENTO DE

DESECHOS PELIGROSOS EN HORNOS CEMENTEROS

(REGISTRO OFICIAL No. 439 DEL 03 DE MAYO DE 2011)

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Acuerdo Ministerial 003

Listado de Sustancias Químicas

Peligrosas de Uso Severamente

Restringido en el Ecuador.

(Registro Oficial No. 909 el 11 de marzo de

2013)

ACUERDO MINISTERIAL No.003

LISTADO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS DE USO

SEVERAMENTE RESTRINGIDO EN EL ECUADOR.

(REGISTRO OFICIAL No. 909 EL 11 DE MARZO DE 2013)

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ACUERDO MINISTERIAL No. 5186

REGLAMENTO INTERMINISTERIAL PARA LA GESTIÓN

INTEGRAL DE DESECHOS SANITARIOS.

(REGISTRO OFICIAL No. 379 DEL 20 DE NOVIEMBRE DE 2014)

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ACUERDO MINISTERIAL No. 146

PROCEDIMIENTOS PARA GESTIÓN INTEGRADA Y

AMBIENTALMENTE RACIONAL DE LOS BIFENILOS

POLICLORADOS (PCBS) EN EL ECUADOR.

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OBJETO

ÁMBITO DE APLICACIÓN

Personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras que sean generadoras y/o poseedoras de aceites, equipos, desechos contaminados con PCB, pasivos ambientales y empresas relacionadas con el uso y gestión de PCB

OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES

Publicado en el Registro Oficial, Edición Especial 456 del Martes, 05 de enero del 2016.

Establecer los procedimientos para la GAR de los PCB con el fin de prevenir y evitar riesgos al ambiente y a la salud humana

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ORGANISMOS COMPETENTES

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5 - 50 ppm de PCB se etiquetará “Libre”, pero es un desecho peligroso

que debe ser gestionado como tal.

Parámetro LMP Criterio

Concentración

de PCB en

aceite

dieléctrico

> 500 ppm PCB Sustancia pura PCB

50 - 500 ppm PCB Sustancia contaminada

5 - 50 ppm PCB Sustancia no contaminada

< 5 ppm PCB Sustancia libre de PCB

Art. 5

LINEAMIENTOS GENERALES SOBRE LA GESTIÓN DE

DESECHOS PELIGROSOS CON PCB

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Importación de desechos peligrosos con PCB

Usar aceite con PCB para completar o rellenar equipos

Importación, desaduanización y nacionalización de aceite dieléctrico yequipos con PCB

Disposición final en celdas de seguridad de equipos…. con PCB

El vertido a vías públicas, canales de riego, sistemas de recolección deagua lluvias, agua subterránea y al suelo

La quema no controlada y no autorizada para eliminar PCB

Usar tecnologías no autorizadas por la AAN

Reusar desechos con PCB

La comercialización de equipos y aceites usados con PCB

ART. 25 PROHIBICIONES

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ACUERDO MINISTERIAL No. 190

POLÍTICA NACIONAL DE POST CONSUMO DE EQUIPOS

ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS EN DESUSO

(REGISTRO OFICIAL No. 881 DEL 29 DE ENERO DEL 2013)

OBJETIVO GENERAL

Establecer lineamientos depolítica post consumos alrespecto de la gestión de equiposeléctricos y electrónicos endesuso en el marco de laaplicación del principio deresponsabilidad extendida y laparticipación activa del estado yla población

Artículo 3

Eje de política 1 “Gestiónambientalmente adecuada deequipos eléctricos y electrónicos endesuso”

Artículo 4

Eje de política 2 “ Aplicación delprincipio de responsabilidadextendida de importadores deequipos eléctricos y electrónicos endesuso”

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ACUERDO MINISTERIAL No. 099

INSTRUCTIVO PARA EL REGISTRO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

PELIGROSAS Y LAS OBLIGACIONES AMBIENTALES.

(REGISTRO OFICIAL No. 601 EL 5 DE OCTUBRE DE 2015)

Art. 1 Objeto del instructivo

Establecer las medidas de regulacióny control para la importación, exportación, fabricación,transferencia, almacenamiento,transporte, uso industrial o artesanaly uso parainvestigación académica de lassustancias químicas peligrosas através del Registro de SustanciasQuímicas Peligrosas, y mantener elcontrol sobre la trazabilidad de lassustancias

Art. 5 Clasificación.

a) Nivel 1.- Los sujetos de controlque requieran registrarse paraimportar, ex portar, fabricar,transferir o para prestar servicio dealmacenamiento y/o transporte desustancias químicas peligrosas.b) Nivel 2 Los sujetos de control querequieran registrarse únicamentepara el usoindustrial, artesanal o investigativoacadémico de sustancias químicaspeligrosas.

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ACTUALMENTE SE REGISTRAN LAS SIGUIENTES SUSTANCIAS

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Sistemas

Individuales

Sistemas

Colectivos

Registro de

generador de

residuos/desechos

Programa de

Gestión Integral

Reportes anuales

MODELO DE GESTIÓN

RESPONSABILIDADEXTENDIDA DEL PRODUCTOR

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OB

LIG

AC

ION

ES

•Centro de acopio primario/ temporal para recolección residuos REP

•Reportar lo recolectado al productor

•Promover estrategias de capacitación y difusión del PGI

•Receptar los residuos de manera gratuita

•Corresponsable de las metas

•Entregar los residuos y/o desechos a gestores autorizados –productor

•Priorizar la jerarquización

•Obtener Registrogenerador desechos

•Presentar e implementar PGI

• Estrategias de comunicación / difusión

• Trazabilidad del residuo

• Universalidad de servicio

• Promover inclusiónrecicladores base

•Gestionar residuos recolectados.

•Contar con permisos ambientales.

•Presentar reportes anuales – REP a AAN.

•Generar manifiestosúnicos

•Retornar los residuos en los puntos de acopio de los sistemas colectivos o individuales de los productores o terceros que actúen en su nombre.

•Asumir su corresponsabilidad en la gestión integral de residuos.

•Devolver los residuos generados, de manera voluntaria y responsable.

1 2 3 4

• Apoyar la gestión de los productores

• Garantizar el manejo integral de residuos y/o desechos sólidos generados en el área de su competencia

• Realizar la recolección y gestión de los residuos y/o desechos que dispone la ciudadanía estén o no regulados por REP.

• Permisos ambientales para recolección/ almacenamiento residuos REP

Paralelamente los sistemas de gestión de REP se harán cargo de un porcentaje de la generación

de determinados residuos y/o desechos mediante metas de recuperación establecidas para el

efecto, conforme lo determina la responsabilidad compartida en la REP

5

RESPONSABILIDADEXTENDIDA DEL PRODUCTOR

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NEUMÁTICOSPLÁSTICOS

AGROQUÍMICOS PILAS CELULARES

RESPONSABILIDADEXTENDIDA DEL PRODUCTOR

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ACUERDO MINISTERIAL No. 098

INSTRUCTIVO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE NEUMÁTICOS

USADOS.

(REGISTRO OFICIAL No. 598 DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015)

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ACUERDO MINISTERIAL No. 098

INSTRUCTIVO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE NEUMÁTICOS

USADOS.

(REGISTRO OFICIAL No. 598, DEL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015)

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ACUERDO MINISTERIAL No. 021

INSTRUCTIVO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE DESECHOS

PLÁSTICOS DE USO AGRÍCOLA.

(REGISTRO OFICIAL No. 943 DEL 29 DE ABRIL DEL 2013)

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AM No. 021 – GESTIÓN INTEGRAL DE PLÁSTICOS

AGROQUÍMICOS

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IMPORTADOR /

PRODUCTOR

Plan de Gestión

Integral

GESTORES AMBIENTALES

AUTORIZADOS

Recolección AcopioTransporte Gestión

Reciclaje /

reuso

Aprovecham

iento

Disposición

final

Meta de

Recupera

ción

RESPONSABILIDAD EXTENDIDA DEL PRODUCTOR /

IMPORTADOR

AM No. 021 – GESTIÓN INTEGRAL DE PLÁSTICOS

AGROQUÍMICOS

20 %

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ACUERDO MINISTERIAL No. 022

INSTRUCTIVO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE PILAS USADAS.

(REGISTRO OFICIAL No. 943 DEL 29 DE ABRIL DEL 2013)

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RESPONSABILIDAD EXTENDIDA

IMPORTADOR /

PRODUCTOR

Puntos de Recuperación

Acopio

Gestión

Disposición final

Producto: Usuario

final

Distribuidores

Comercializadores

Puntos de venta

autorizados

Residuo: Usuario

final

Logística

inversaMecanismos

recuperación

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ACUERDO MINISTERIAL No. 190

POLÍTICA NACIONAL DE POST CONSUMO DE EQUIPOS

ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS EN DESUSO

(REGISTRO OFICIAL No. 881 DEL 29 DE ENERO DEL 2013)

OBJETIVO GENERAL

Establecer lineamientos de política post consumos al respecto de la gestión de equipos eléctricos y electrónicos en desuso en el marco de la aplicación del principio de responsabilidad extendida y la participación activa del estado y la población

Artículo 3

Eje de política 1 “Gestión ambientalmente adecuada de equipos eléctricos y electrónicos en desuso”

Artículo 4

Eje de política 2 “ Aplicación del principio deresponsabilidad extendida de importadores de equipos eléctricos y electrónicos en desuso”

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