Monografia Realidad

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UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP  “FACULTA D DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES” MARKETING Y NEGOCIOS GLOBALES PUCALLPA 10 DE FEBRERO DEL 2013 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL PODER LEGISLATIVO PERUANO AUTOR: O’HIGGINS CABALLERO, JUAN DAVID DOCENTE: ROJAS ASCENCIO YHOVAN CURSO: REALIDAD PERUANA Y GLOBALIZACIÓN

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UNIVERSIDAD PRIVADA TELESUP  

“FACULTA D DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES” 

MARKETING Y NEGOCIOS GLOBALES

PUCALLPA 10 DE FEBRERO DEL 2013 

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DELPODER LEGISLATIVO PERUANO

AUTOR: O’HIGGINS CABALLERO, JUAN DAVID 

DOCENTE: ROJAS ASCENCIO YHOVAN

CURSO: REALIDAD PERUANA Y GLOBALIZACIÓN

 

 

DEDICATORIA

 A mi madre, a mi esposa Lupita

por su gran amor y apoyo y a mis

hijos Asaf y Enmanuel.

 

 

AGRADECIMIENTOS

 A Dios que con su infinita misericordia me la sabiduría y el conocimiento

para el cumplimiento exacto de esta investigación.

 A mi profesor que gracias a su conocimiento y apoyo pude realizar 

exitosamente está monografía.

 A mis amigos por el apoyo desinteresado que hicieron posible el

desarrollo de este trabajo.

 

 

ÍNDICE

CARÁTULA 1

DEDICATORIA 2

 AGRADECIMIENTOS 3

ÍNDICE 4

RESUMEN 6

 ABSTRACT 7

INTRODUCCIÓN 8

I. DEFINICIÓN DEL PODER LEGISLATIVO 9

II. HISTORIA DEL PODER LEGISLATIVO EN EL PERÚ 9

III. EL PODER LEGISLATIVO PERUANO 11

IV. ORGANIZACIÓN DEL PODER LEGISLATIVO 12

4.1. EL CONGRESO 12

4.1.1. SEDE DEL CONGRESO 13

4.1.2. ORGANIZACIÓN PARLAMENTARIA 13

 A. EL PLENO DEL CONGRESO: 13

B. CONSEJO DIRECTIVO: 14

C. JUNTA DE PORTAVOCES: 15

D. MESA DIRECTIVA: 16

E. PRESIDENCIA DEL CONGRESO: 17

F. COMISIONES ORDINARIAS: 19

G. COMISIÓN PERMANENTE: 20

H. GRUPOS PARLAMENTARIOS: 20

I. LIGAS PARLAMENTARIAS: 21

4.1.3. SERVICIO PARLAMENTARIO 23

 A. OFICIALÍA MAYOR 23

B. AUDITORÍA INTERNA 24

C. DIRECCIÓN GENERAL PARLAMENTARIA 24

D. DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA 26

4.1.4. PROCESO PARA LA CREACIÓN DE UNA LEY 27

V. FUNCIONES DEL PODER LEGISLATIVO 30

5.1. FUNCIÓN LEGISLATIVA 30

5.2. FUNCIÓN DE CONTROL POLÍTICO 30

 

 

5.3. FUNCIONES ESPECIALES 30

CONCLUSIONES 31

BIBLIOGRAFÍA 32

 ANEXOS 33

 

 

RESUMEN

Poder Legislativo Peruano. Es una de las tres ramas en que tradicionalmente

se divide el poder de un Estado. El Congreso de la República Peruana es el

órgano que asume el Poder Legislativo ocupando una posición principal dentro

del Estado, en la actualidad el Congreso de la República del Perú tiene como

sede el Palacio Legislativo, ubicado en la segunda cuadra del Jirón Ayacucho,

frente a la Plaza Bolívar, en el Centro Histórico de Lima. Está organizado por:

Organización Parlamentaria conformada por el pleno, el consejo directivo, la

 junta de portavoces, la mesa directiva presidencia, las comisiones ordinarias,

las comisiones permanentes, los grupos parlamentarios y las ligas

parlamentarias; El Servicio Parlamentario conformado por oficialía mayor,

auditoría interna, dirección general parlamentaria y dirección general

administrativa. Sus Funciones :La función legislativa comprende el debate y la

aprobación de reformas de la Constitución, de leyes y resoluciones legislativas,

así como su interpretación, modificación y derogación, de acuerdo con los

procedimientos establecidos por la Constitución Política y el Reglamento del

Congreso. La función de control político comprende la investidura del Consejo

de Ministros, el debate, la realización de actos e investigaciones y la

aprobación de acuerdos sobre la conducta política del Gobierno, los actos de la

administración y de las autoridades del Estado, el ejercicio de la delegación de

facultades legislativas, el dictado de decretos de urgencia y la fiscalización

sobre el uso y la disposición de bienes y recursos públicos, el cumplimiento por 

el Presidente de la República del mensaje anual al Congreso de la República y

el antejuicio político, cuidando que la Constitución Política y las leyes se

cumplan y disponiendo lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad

de los infractores y son funciones especiales del Congreso designar al

Contralor General de la República, elegir al Defensor del Pueblo, así como a

los miembros del Tribunal Constitucional, al Directorio del Banco Central de

Reserva, y ratificar al Presidente del Banco Central de Reserva y al

Superintendente de Banca y Seguros. Le corresponde también la remoción en

los casos previstos en la Constitución.

 

 

ABSTRACT

Peruvian legislature. It is one of the three branches have traditionally divided

the power of a state. The Peruvian Congress is the body that assumes the

Legislature to occupy a leading position within the state, now the Congress of 

Peru is based in the Legislative Palace, located in the second block of Jiron

 Ayacucho, against Plaza Bolivar in downtown Lima. Organised by:

Parliamentary Organization formed by the plenary, the board, the board of 

spokesmen, the board president, ordinary commissions, standing committees,

parliamentary groups and parliamentary leagues, comprised Parliamentary

Service Administrative Office, audit internal parliamentary general direction and

general management administrative. Functions: The legislative function includes

the discussion and adoption of amendments to the Constitution, laws and

legislative resolutions and their interpretation, amendment and repeal, in

accordance with procedures established by the Constitution and the Rules of 

Congress. The political control function includes the inauguration of the Council

of Ministers, debate, performing acts and investigations and approval of 

agreements on political conduct of government, acts of administration and state

authorities, the exercise of delegation of legislative powers, the issuance of 

emergency decrees and control over the use and disposal of public assets and

resources, compliance by the President's annual message to Congress and the

political impeachment, making sure that the Constitution and laws are met and

providing the convenience to enforce the responsibility of offenders and are

special functions of Congress designate the Comptroller General of the

Republic, to elect the Ombudsman and members of the Constitutional Court,

the Board Central Reserve Bank, and ratify the President of the Central

Reserve Bank and the Superintendent of Banking and Insurance. It is for 

removal also in the cases provided for in the Constitution.

 

 

INTRODUCCIÓN

El funcionamiento del Poder Legislativo como órgano político que representa a

la ciudadanía depende en gran medida de la forma como este se encuentre

organizado y de las funciones que tenga.

De acuerdo al Artículo 90º de la Constitución Política del Perú, el Poder 

Legislativo reside en el Congreso, cuyas funciones son legislativas, de control

político y demás establecidas en dicha norma., cuya función principal es la de

crear leyes, unas de sus características es que su cámara legislativa es

unicameral.

El unicameralismo o monocameralismo es aquel sistema conformado por una

sola cámara legislativa, sus inicios se encuentran en la época de cambios

políticos de inspiración liberal (Revolución Francesa).

En este tratado se dará a conocer la organización Parlamentaria que está

conformada por el pleno, el consejo directivo, la junta de portavoces, la mesa

directiva presidencia, las comisiones ordinarias, las comisiones permanentes,

los grupos parlamentarios y las ligas parlamentarias; El Servicio Parlamentario

conformado por oficialía mayor, auditoría interna, dirección general

parlamentaria y dirección general administrativa; así mismo las funciones

generales y específicas de cada uno.

Como ciudadanos es muy importante tener el conocimiento de la organización

y funciones del Poder legislativo, esto nos ayudará a desarrollar nuestra

capacidad de análisis sobre los diferentes acontecimientos que suceden en

nuestro país, a ser personas propiciadoras en respetar las leyes y exigir 

nuestros derechos según corresponda el caso, así como estar atento a los

diferentes cambios de las normas que rigen nuestra sociedad.

 

 

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL

PODER LEGISLATIVO PERUANO

I. DEFINICIÓN DEL PODER LEGISLATIVO

Se denomina poder legislativo a una de las tres facultades y funciones

primordiales del estado (junto con el poder ejecutivo y el judicial), que consiste

en la aprobación de normas con rango de ley. Es una de las tres ramas en

que tradicionalmente se divide el poder de un Estado.

II. HISTORIA DEL PODER LEGISLATIVO EN EL PERÚ 

El Perú nace como una nación libre e independiente luego de un largo

proceso emancipador, iniciado desde las primeras rebeliones de indígenas y

criollos. Ese proceso tuvo uno de sus momentos cumbres en la declaración

de la independencia nacional el 28 de julio de 1821. Los fundamentos

doctrinarios del proceso emancipador estuvieron directamente vinculados al

ideario democrático por el que se buscaba garantizar la plena vigencia de los

derechos y deberes de los ciudadanos, la consolidación del ordenamiento

 jurídico y político del país, el respeto a la constitución y las leyes, el bienestar 

de la población y la irrestricta vigencia de las garantías y los derechos

individuales. Uno de los principales medios para concretar ese ideario y

garantizar el cumplimiento de sus objetivos es la división del poder en tres

esferas distintas: Ejecutiva, legislativa y judicial, autónomas e independientes

entre sí; siendo el congreso el órgano donde reside el poder legislativo. La

primera convocatoria a congreso constituyente fue realizada por el general

don José de San Martín mediante el Decreto Nº 146, del 27 de diciembre de

1821. Para dar cumplimiento al dispositivo mencionado se conformó una

comisión encargada de preparar el reglamento de elecciones y se fijó el

número de diputados, 79 propietarios y 38 suplentes, los cuales serían

elegidos con arreglo al cálculo de la población de cada departamento. Los

primeros diputados se reunieron el 20 de setiembre de 1822, a las 10 a.m., en

el palacio de gobierno. Desde allí se dirigieron a la catedral a solicitar la

asistencia divina, mediante la misa votiva del Espíritu Santo, que celebró el

 

 

10 

Deán Gobernador Eclesiástico del arzobispado de Lima, doctor Francisco

Javier de Echagüe. Concluida esta se entonó el himno Veni Sancte Spiritus;

después, el Deán hizo una exhortación a los diputados sobre la protestación

de la fe y el juramento que debían prestar. En seguida, el ministro de Estado y

Relaciones Exteriores, doctor. Francisco Valdivieso, pronunció la fórmula de

 juramento: “¿Juráis conservar la santa religión católica, apostólica, romana,

como propia del Estado; mantener en su integridad el Perú; no omitir medio

para libertarlo de sus opresores; desempeñar, fiel y legalmente, los poderes

que os han confiado los pueblos; y llenar los altos fines para que habéis

sido?” Los diputados respondieron: “Sí, juramos”. Después de ello pasaron de

dos en dos a tocar el libro de los Santos Evangelios. Para finalizar el acto,

San Martín añadió: “Si cumpliereis lo que habéis jurado, Dios os premie; y si

no, Él y la Patria os lo demanden”.

El primer congreso constituyente se instaló el 20 de setiembre de 1822 en la

capilla de la universidad, ubicada entonces en parte del terreno que

corresponde actualmente al Palacio del Congreso.

 Ante él renunció San Martín para dejar a la nación en libertad para decidir su

destino. En aquella oportunidad el Protector pronunció la siguiente alocución:

“Peruanos: Desde este momento queda instalado el Congreso Soberano y el

pueblo reasume el poder supremo en todas sus partes”. Una vez retirado San

Martín de la sede del Congreso, los diputados eligieron como Presidente y

Secretario momentáneos a los doctores Toribio Rodríguez de Mendoza y

José Faustino Sánchez Carrión. En seguida, se procedió a realizar la elección

de la primera junta directiva del Congreso. Resultaron elegidos: Presidente, el

doctor Francisco Javier de Luna Pizarro; Vicepresidente, don Manuel Salazar 

y Baquíjano ; Primer Secretario, el doctor José Faustino Sánchez Carrión; y

Segundo Secretario, el doctor Francisco Javier Mariátegui. En dicha

oportunidad el Presidente del Congreso sostuvo: “El Congreso Constituyente

del Perú queda solemnemente constituido e instalado; la soberanía reside en

la Nación, y su ejercicio, en el Congreso, que legítimamente la representa".

 

 

11 

Desde los primeros días de existencia del Congreso sus labores fueron

intensas. Ejemplos de ello son la elaboración del Reglamento de la Junta

Gubernativa; el otorgamiento del título de Generalísimo a don José de San

Martín; la aprobación del Reglamento Interno del Congreso; la definición de

las Bases de la Constitución Política del Perú, promulgadas el 17 de

diciembre de 1822, y la primera Constitución Política del Perú, sancionada el

12 de noviembre de 1823. El primer Congreso inaugurado en 1822 fue un

símbolo de una rebelión social frente al sistema de base aristocrático

estamental; es decir, implicó formalmente el desmantelamiento del antiguo

régimen, del Virreinato. El primer Congreso Constituyente del Perú (1822-

1825) estuvo conformado entre titulares y suplentes por 28 abogados, 26

eclesiásticos, 8 médicos, 9 comerciantes, 6 empleados, 5 militares y 5

propietarios. De estos, 14 eran naturales de otros países de Hispanoamérica:

9 de la llamada posteriormente Gran Colombia (Venezuela, la actual

Colombia y el futuro Ecuador), 3 de Argentina, 1 de Chile y 1 de la actual

Bolivia. En la primera mitad del siglo XIX predominaron abogados y religiosos;

a partir de 1870 figuran con una tendencia creciente catedráticos, ingenieros,

rentistas, profesores, etc. La periodificación de la historia del congreso se dio

de la siguiente manera: Democracia Nominal (1822-1895), Democracia

Censataria (1896-1931), Democracia Masculina Alfabeta (1931-1955),

Democracia Mixta Alfabeta (1956-1978), Democracia Universal (1879 hasta la

actualidad).

III. EL PODER LEGISLATIVO PERUANO

El Congreso de la República Peruana es el órgano que asume el Poder 

Legislativo ocupando una posición principal dentro del Estado; cuyos

miembros son elegidos por la ciudadanía en comicios y, por lo tanto, ejercen

sus funciones representando la voluntad popular. Desde 1995, es un

congreso unicameral por cuanto está conformado por una sola cámara

legislativa de 120 congresistas y 130 a partir del 28 de julio de 2011.

 

 

12 

IV. ORGANIZACIÓN DEL PODER LEGISLATIVO

4.1. EL CONGRESO

El Perú independiente se inicia con el debate acerca de la forma de

gobierno que debía adoptarse. Desde su fundación, el Congreso de la

República está unido a la historia contemporánea del Perú. Desde su

instalación en la capilla de San Marcos el Parlamento peruano ha tenido

diversas sedes a lo largo de su historia. Tradicionalmente el Congreso fue

bicameral. La Cámara de Diputados sesionaba en la Universidad de San

Marcos y la Cámara de Senadores en el antiguo local de la Inquisición.

La historia del Congreso es también la historia de las constituciones en el

Perú; por esta razón, los presidentes del Perú, invocando a Dios y a la

patria, juran ante el Congreso, sede de la soberanía popular, la estricta

observancia de las leyes y la promesa de velar por los intereses del país.

La institución parlamentaria tiene una primera e histórica responsabilidad:

la creación de la ley. La Constitución Política del Perú prevé varios

caminos para la formulación y promulgación de las leyes.

Otra importante función del Congreso de la República es la de control

parlamentario sobre los actos de gobierno y de la administración pública

en general. Se ejerce mediante pedidos de información, invitando a los

ministros a presentarse ante el Pleno y las comisiones, y ejerciendo el

control sobre diversas normas que expide el Presidente de la República.

El Congreso de la República representa la opinión pluralista de la nación.

Todas las sangres, credos, ideologías, profesiones y oficios están

representados por el voto democrático en la proporción que la ciudadanía

decide. Los congresistas han sido elegidos para servir a la nación,

legislar, fiscalizar y representar nuestros intereses y aspiraciones, por eso

gozan del privilegio de la inmunidad y no pueden ser responsabilizados

por sus opiniones y votos, ni ser procesados sin autorización del

Congreso. El ciudadano debe ver en el congresista un mediador entre él y

el Estado. El trabajo del congresista es a tiempo completo, salvo su

 

 

13 

contribución a la formación de la juventud en la docencia universitaria. Los

actos del congresista y del Congreso son públicos. La ciudadanía los

conoce a través de los medios de comunicación.

4.1.1. SEDE DEL CONGRESO

En la actualidad el Congreso de la República del Perú tiene como

sede el Palacio Legislativo, ubicado en la segunda cuadra del Jirón

 Ayacucho, frente a la Plaza Bolívar, en el Centro Histórico de Lima.

En este recinto se encuentran los principales ambientes del

Parlamento, como el Hemiciclo de Sesiones del Congreso, el

Hemiciclo Raúl Porras Barrenechea, los despachos de la

Presidencia, las Vicepresidencias, las oficinas y salas de

comisiones, grupos parlamentarios y las oficinas del servicio

parlamentario, tales como la Oficialía Mayor, la Dirección General

Parlamentaria, etc.

El Congreso de la República cuenta, además, con locales

adicionales, ubicados en Centro Histórico de Lima Metropolitana.

Estos son: el Museo del Congreso y de la Inquisición, ubicado en la

quinta cuadra del jirón Junín; el edificio "Complejo Legislativo",

situado en la segunda cuadra de la Avenida Abancay; el edificio

"Reyser y Curioni", ubicado en la tercera cuadra del Jirón Junín; el

edificio "José Faustino Sánchez Carrión", en la cuarta cuadra del

 jirón Azángaro, y el edificio "Luis Alberto Sánchez", ubicado en la

tercera cuadra del Jr. Huallaga.

4.1.2. ORGANIZACIÓN PARLAMENTARIA

A. EL PLENO DEL CONGRESO: El Pleno es la máxima

asamblea deliberativa del Congreso. Lo integran todos los

congresistas incorporados y funciona de acuerdo con las reglas de

quórum y de procedimiento que establecen la Constitución y el

presente Reglamento. Allí se debaten y se votan todos los asuntos

y se realizan los actos que prevén las normas constitucionales,

legales y reglamentarias. Al inicio del período anual de sesiones,

 

 

14 

los grupos parlamentarios y el Consejo de Ministros presentan una

propuesta, donde se detalla los proyectos de ley que consideren

necesario debatir y aprobar durante dicho período. El pleno del

Congreso votará la inclusión de estos proyectos en la agenda

legislativa, en la que se incluye solo a los que obtengan mayoría

simple. El debate de estos proyectos de ley tiene prioridad, tanto en

comisiones como en el pleno del Congreso, salvo lo dispuesto por 

el artículo 105° de la Constitución Política del Estado, que no

impide que puedan dictaminarse y debatirse otros proyectos. 

B. CONSEJO DIRECTIVO: El Consejo Directivo está integrado

por los miembros de la Mesa Directiva y los representantes de los

grupos parlamentarios, que se denominan Directivos Portavoces,

elegidos por su respectivo grupo. A cada Directivo Portavoz titular 

corresponderá un suplente elegido por cada grupo parlamentario.

En la conformación del Consejo Directivo se procurará guardar 

similar proporcionalidad a la que exista entre los grupos

parlamentarios en la distribución de escaños en el Pleno del

Congreso. Tiene las siguientes funciones y atribuciones: 

Adoptar acuerdos y realizar coordinaciones para el adecuado

desarrollo de las actividades del Congreso. 

Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General del Congreso antes

de su presentación al Pleno del Congreso por el Presidente. 

Recibir informes periódicos de la Mesa Directiva, Oficialía Mayor 

y de la Oficina de Auditoría Interna, sobre el desarrollo de los

procesos parlamentarios, la administración y el estado de la

economía del Congreso, según corresponda. 

Recibir informes sobre las políticas de administración de

personal y recursos económicos y los reglamentos administrativos

necesarios, así como la ejecución de licitaciones públicas para la

realización de obras o la adquisición de bienes y servicios. 

 

 

15 

Aprobar la agenda de cada sesión del Pleno, definiendo los

proyectos que se tratarán en el orden del día de la sesión,

poniéndolas en conocimiento de los congresistas veinticuatro horas

antes del inicio de la sesión. 

Fijar el tiempo de debate de los asuntos contenidos en la agenda

de la sesión del Pleno. Si la sesión no agota la agenda, el Consejo

Directivo elabora una nueva agenda. 

Aprobar los planes de trabajo legislativo, el cuadro de

comisiones y cualquier otro plan o proyecto destinado a facilitar o

mejorar el desarrollo de las sesiones y el buen funcionamiento del

Congreso. 

Acordar el otorgamiento de distinciones especiales. 

Acordar las autorizaciones de licencia particular por enfermedad

o viaje que soliciten los congresistas, cuidando que en todo

momento el número de congresistas licenciados no exceda del

10% y, solo en casos especiales y extraordinarios debidamente

 justificados, no exceda del 20% del número legal de miembros del

Congreso. Esta regla no comprende las hipótesis a que se refiere

el segundo párrafo del artículo 92º de la Constitución Política. 

Acordar las autorizaciones de licencia para desempeñar las

funciones a que se refiere el segundo párrafo del artículo 92º de la

Constitución Política. 

Acordar el nombramiento del Oficial Mayor, a propuesta del

Presidente, dando cuenta al Pleno. 

Las demás contenidas en otros artículos del presente

Reglamento y aquellas que le encargue el pleno del Congreso. 

C. JUNTA DE PORTAVOCES: La Junta de Portavoces está

compuesta por la Mesa Directiva y por un portavoz por cada grupo

 

 

16 

parlamentario, quien tiene un voto proporcional al número de

miembros que componen su bancada. Le corresponde:

La elaboración del cuadro de comisiones para su aprobación por 

el Consejo Directivo y, posteriormente, por el pleno del Congreso.

 

La exoneración, con la aprobación de los tres quintos de los

miembros del Congreso allí representados, de los trámites de envío

a comisiones y prepublicación. En caso de proyectos remitidos por el

Poder Ejecutivo con carácter de urgente, estas exoneraciones son

aprobadas por la mayoría del número legal de los miembros del

Congreso allí representados. 

La ampliación de la agenda de la sesión y la determinación de

prioridades en el debate; todo ello con el voto aprobatorio de la

mayoría del número legal de los miembros del Congreso allí

representados. 

Las demás atribuciones que le señale el presente Reglamento.  

D. MESA DIRECTIVA: La Mesa Directiva tiene a su cargo la

dirección administrativa del Congreso y de los debates que se

realizan en el Pleno del mismo, de la Comisión Permanente y del

Consejo Directivo, así como la representación oficial del Congreso

en los actos protocolares. Está compuesta por el Presidente y tres

Vicepresidentes. 

La Mesa Directiva supervisa la administración del Congreso bajo las

políticas administrativas y financieras que establece, de acuerdo con

los lineamientos adoptados por el Pleno y el Consejo Directivo del

Congreso.

 Acuerda el nombramiento de los funcionarios de más alto nivel del

Congreso, a propuesta del Oficial Mayor, dando cuenta al Consejo

Directivo. También autoriza la contratación de servicios, la

realización de concursos y el nombramiento y contrato de los

 

 

17 

profesionales, técnicos y auxiliares que se requieran para el normal

desarrollo de las actividades parlamentarias. Aprueba el

Presupuesto y la Cuenta General del Congreso antes de su

presentación al pleno del Congreso por el Presidente.  

E. PRESIDENCIA DEL CONGRESO: El Presidente del Congreso

tiene las siguientes funciones y atribuciones: 

Representar al Congreso, y recibir los honores que correspondan

a su investidura. 

Presidir las sesiones del pleno del Congreso, de la Comisión

Permanente, y de la Mesa Directiva, concediendo el uso de la

palabra, haciendo guardar el orden y dirigiendo el curso de los

debates y las votaciones, conforme a las normas procesales

constitucionales, legales y reglamentarias. 

Cumplir el ordenamiento jurídico de la nación y este Reglamento,

así como proteger los derechos y atribuciones de los congresistas y

los diversos grupos parlamentarios, facilitar los consensos y

acuerdos, respetar y hacer respetar la organización y funcionamiento

del Congreso, como una entidad dialogante y esencialmente

deliberante, que encarna el pluralismo político de la nación. 

Firmar, con uno de los vicepresidentes, las autógrafas de las

leyes, para ser enviadas al Presidente de la República para su

promulgación, así como ejercer la facultad de promulgar las leyes a

que se refiere el primer párrafo in fine del artículo 108º de la

Constitución Política. También firman el Reglamento del Congreso,

las autógrafas de las resoluciones legislativas, los acuerdos del

Congreso y las normas reglamentarias para su publicación, como las

resoluciones administrativas que le correspondan en su calidad de

titular del pliego presupuestal y los documentos oficiales a que haya

lugar. 

 

 

18 

Someter a consideración del pleno del Congreso los proyectos de

Presupuesto y Cuenta General del Congreso, e informar al Consejo

Directivo sobre los procesos de licitación de obras y adquisición de

bienes y servicios por cuenta de los recursos presupuestales

asignados al Congreso. 

Someter a consideración del Consejo Directivo la agenda de las

sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente, el cuadro de

conformación de las comisiones y de la Comisión Permanente y

cualquier plan o proyecto destinado a facilitar o mejorar el desarrollo

de las sesiones y la productividad del Congreso.  

Exigir u ordenar a los órganos del gobierno y de la administración

en general para que respondan los pedidos de información remitidos

por los congresistas, de conformidad con lo que dispone el artículo

96º de la Constitución Política. De no recibirse respuesta, a los

quince días de remitido el pedido, dispone que uno de los

vicepresidentes lo reitere, en la forma prevista en el artículo 87° del

presente Reglamento. 

Disponer la expedición del pasaporte que corresponda a los

señores congresistas a que se refiere la Ley N° 23274, modificada

por el Decreto Legislativo N° 832, e igualmente a quienes han

presidido el Congreso y no tengan impedimento alguno.  

Supervisar el funcionamiento de los órganos parlamentarios y del

servicio parlamentario, así como disponer lo necesario para la

correcta administración de los recursos físicos y humanos al servicio

del Congreso. 

  Publicar en el diario oficial “El Peruano”, y otros de mayor 

circulación, la relación de congresistas que llegan tarde o no asisten

a las sesiones o no permanecen en ellas, salvo se encuentren en

sesión de comisión. 

 

 

19 

Las demás que le encargue el pleno del Congreso o que se

encuentren señaladas en otros artículos de este Reglamento. 

Los vicepresidentes reemplazan al Presidente, en su orden, y

asumen las funciones que él les delegue. Suscriben los documentos

oficiales del Congreso. 

F. COMISIONES ORDINARIAS: Encargadas del estudio y

dictamen de los asuntos ordinarios de la agenda del Congreso, con

prioridad en la función legislativa y de fiscalización. El presidente del

Congreso, en coordinación con los grupos parlamentarios o previa

consulta al Consejo Directivo del Congreso, propone el número de

comisiones ordinarias teniendo en cuenta la estructura del Estado.

Sin embargo, deben conformarse por lo menos las siguientes

comisiones ordinarias:

Agraria

Comercio Exterior y Turismo

Constitución y Reglamento.

Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los

Servicios Públicos.

Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha

contra las Drogas.

Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y

Modernización de la Gestión del Estado.

Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.

Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural,

Juventud y Deporte.

Energía y Minas.

Fiscalización y Contraloría.

Inteligencia.

Justicia y Derechos Humanos.

Mujer y Desarrollo Social.

Presupuesto y Cuenta General de la República.

Producción y Micro y Pequeña Empresa.

 

 

20 

Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y

Ecología.

Relaciones Exteriores.

Salud, Población, Familia y Personas con Discapacidad.

Seguridad Social.

Trabajo.

Transportes y Comunicaciones.

Vivienda y Construcción.

Las demás comisiones ordinarias se conforman procurando

homologar su especialidad con las materias que correspondan a las

carteras a cargo de los ministros de Estado y a los asuntos más

relevantes para el país.

G. COMISIÓN PERMANENTE: La Comisión Permanente del

Congreso se instala a más tardar dentro de los quince días útiles

posteriores a la instalación del primer período ordinario de sesiones.

Ejerce sus funciones constitucionales durante el funcionamiento

ordinario del Congreso, durante su receso e inclusive en el

interregno parlamentario derivado de la disolución del Congreso. 

La Comisión Permanente está presidida por el Presidente del

Congreso y está conformada por no menos de veinte congresistas

elegidos por el Pleno, guardando la proporcionalidad de los

representantes de cada grupo parlamentario. El Presidente somete a

consideración del pleno del Congreso la nómina de los congresistas

propuestos para conformar la Comisión Permanente, a más tardar 

dentro de los cinco días hábiles posteriores a la instalación del

primer período anual de sesiones. La elección se realiza dentro de

los cinco días hábiles posteriores. Los vicepresidentes de la

Comisión Permanente son los vicepresidentes del Congreso. 

H. GRUPOS PARLAMENTARIOS: Los grupos parlamentarios

son conjuntos de congresistas que comparten ideas o intereses

comunes o afines y se conforman de acuerdo con las siguientes

reglas: 

 

 

21 

Los partidos o alianzas de partidos que logren representación al

Congreso de la República constituyen grupo parlamentario siempre

que cuenten con un número mínimo de seis congresistas. 

Si no lograran llegar al número de representantes a que se refiere

el inciso anterior, serán considerados como Grupo Parlamentario

Especial solo para los efectos de presentación de proyectos de ley,

salvo que se junten dos o más agrupaciones representadas en el

Congreso para constituir grupo parlamentario. 

En ningún caso pueden constituir grupo parlamentario separado

los congresistas que pertenezcan a un mismo partido.  

Cada grupo parlamentario aprueba su reglamento interno que

obliga a todos sus integrantes.

Los grupos parlamentarios son registrados en la Oficialía Mayor.

Tienen derecho a contar con personal, recursos y ambientes para el

desarrollo de sus funciones, en proporción al número de sus

miembros.

Cada grupo parlamentario elegirá a sus representantes, titulares y

suplentes, ante los órganos directivos que establezca el

Reglamento, dando cuenta por escrito de tales nombramientos a la

Oficialía Mayor. También propondrán a sus candidatos a los cargos

de la Mesa Directiva y para conformar las comisiones y canalizarán

la presentación de propuestas legislativas de acuerdo con lo que

señala el artículo 76° del presente Reglamento. Los documentos

mediante los que se dé cuenta de la elección de los referidos

representantes deben estar firmados por no menos de la mitad más

uno del número de miembros que conforman el grupo parlamentario.

I. LIGAS PARLAMENTARIAS: Son asociaciones de Congresistas

que propugnan el acercamiento de las relaciones entre el Congreso

del Perú y los Parlamentos de otros países.

 

 

22 

Entre sus finalidades básicas podemos encontrar el diálogo, la

cooperación y la consulta mutua sobre temas de interés común, así

como buscar el intercambio permanente de información y

experiencias de carácter parlamentario con los miembros de los

Parlamentos de otros países.

El número mínimo de Congresistas para constituir una Liga o Grupo

Parlamentario es de cinco, los cuales se encuentran en calidad de

miembros activos. Los ex-Congresistas también pueden conformar 

una Liga cuando han tenido relación alguna con los países cuyas

asociaciones deseen integrar.

Una vez conformada una Liga o Grupo Parlamentario, ésta puede

integrar a más miembros mediante una comunicación escrita al

Comité Ejecutivo correspondiente, la cual será puesta en

conocimiento de la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso.

Toda Liga o Grupo Parlamentario tiene los siguientes órganos: La

 Asamblea General y el Comité Ejecutivo.

La Asamblea General es el órgano principal deliberativo de la Liga o

Grupo Parlamentario, se reúne por lo menos una vez al año

mediante convocatoria del Presidente del Comité Ejecutivo,

asimismo es él quien convoca a las sesiones extraordinarias por 

iniciativa propia o a pedido de no menos de la quinta parte de los

miembros activos, siendo el quórum de las sesiones en primera

convocatoria la mitad más uno de sus miembros activos, mientras

que en segunda convocatoria bastará la presencia de cualquier 

número de ellos.

La Asamblea General está conformada por todos los miembros

integrantes del Grupo o de la Liga Parlamentaria, sus acuerdos de la

 Asamblea se toman por consenso. Tiene como atribución principal

delinear la política general y programar las actividades de la

 

 

23 

asociación, en coordinación con la Comisión de Relaciones

Exteriores del Congreso.

Por su parte, el Comité Ejecutivo es el órgano representativo del

Grupo o Liga Parlamentaria y tiene como finalidad principal ejecutar 

las decisiones y acuerdos de la Asamblea General. Está compuesto

de preferencia por un Presidente, un Vicepresidente, dos Directores

y un Secretario.

4.1.3. SERVICIO PARLAMENTARIO

A. OFICIALÍA MAYOR

La Oficialía Mayor es el máximo órgano del servicio parlamentario

del Congreso. Está a cargo de un funcionario denominado Oficial

Mayor del Congreso, quien responde ante el Presidente por la

marcha y los resultados de las dependencias y el personal del

servicio parlamentario. Le corresponde, con este fin, la dirección,

supervisión y control, directos o por delegación, de todas las

actividades del servicio parlamentario dedicadas a preparar, asistir,

apoyar y facilitar las tareas orgánicas y funcionales de los

congresistas.

El Oficial Mayor tiene la representación legal de la administración,

es jefe de todo el personal y cuenta con competencia disciplinaria.

Por delegación del Presidente, y con cargo a dar cuenta, puede

celebrar los contratos necesarios para garantizar el normal

funcionamiento del Congreso y del servicio parlamentario. Es

nombrado y su nombramiento revocado por acuerdo del Consejo

Directivo.

Sus atribuciones y responsabilidades así como las que les

corresponden a los órganos y el personal del servicio parlamentario

se establecen en el Estatuto del Servicio Parlamentario. Cesa en el

cargo por dimisión, pérdida de su condición de funcionario, retiro o

 jubilación, imposibilidad para el desempeño del cargo, cese o

 

 

24 

revocatoria de su designación. En caso de ausencia o impedimento

temporal es reemplazado por el Director General Parlamentario.

B. AUDITORÍA INTERNA

La Oficina de Auditoría Interna del Congreso es el órgano

especializado que, aplicando técnicas y normas de auditoría,

realiza el control sobre la contabilidad del Congreso, la aplicación

de los recursos presupuestales y la gestión de las dependencias

que conforman el servicio parlamentario. Está a cargo de un auditor 

general del Congreso, nombrado por acuerdo de la Mesa Directiva,

a propuesta del Presidente.

El auditor general del Congreso puede recabar información de

cualquier dependencia del servicio parlamentario. En forma

periódica y cuando se le solicite informa a la Mesa Directiva y al

Consejo Directivo sobre el desarrollo de sus funciones y, en forma

obligatoria, al término de cada ejercicio presupuestal.

C. DIRECCIÓN GENERAL PARLAMENTARIA

La Dirección General Parlamentaria es un órgano de línea del

Congreso de la República, encargado de brindar asesoramiento

especializado para el cumplimiento de la labor parlamentaria, que

comprende el proceso de creación de la ley, el control

parlamentario y el ejercicio de la función de representación.

Cuenta con las siguientes dependencias:

Centro de Capacitación y Estudios Parlamentarios.

Departamento de Comisiones.

Departamento de Investigación y Documentación Parlamentaria.

Departamento de Relatoría, Agendas y Actas.

Departamento de Redacción del Diario de los Debates.

Departamento de Biblioteca.

Oficina de Gestión de la Información y Estadística

Área de Servicios Auxiliares Parlamentarios

 

 

25 

Sus funciones son:

Formular, proponer, dirigir, ejecutar y evaluar el desarrollo de las

actividades tendentes al logro de sus objetivos funcionales.

Asistir a la Oficialía Mayor en el planeamiento, organización,

dirección y coordinación de las actividades de asesoramiento,

apoyo y soporte a la labor parlamentaria.

Asistir a la Mesa Directiva y a la Oficialía Mayor durante el

desarrollo de las sesiones del Pleno del Congreso, de la

Comisión Permanente, del Consejo Directivo y de la Junta de

Portavoces.

Planear y supervisar el trámite de las proposiciones

parlamentarias, el seguimiento de su estado procesal, la

formulación y la atención del despacho parlamentario.

Dirigir y supervisar la elaboración y distribución de la Agenda del

Pleno del Congreso, de la Comisión Permanente, del Consejo

Directivo y de la Junta de Portavoces.

Planear y supervisar la prestación de asistencia temática,

asesoramiento sobre el Derecho Parlamentario y la técnica

legislativa a los Congresistas, a las Comisiones u otros órganos

de la Organización Parlamentaria, así como proporcionar,

oportunamente, la información necesaria para la investigación,

análisis y desarrollo de los procedimientos parlamentarios.

Planear y supervisar la elaboración oportuna y fidedigna de

estadísticas e indicadores sobre la gestión parlamentaria.

Planear y supervisar las acciones de grabación, edición y

conservación de los audios y videos de las sesiones del Pleno

del Congreso, de la Comisión Permanente, de la Junta de

Portavoces, del Consejo Directivo y de las Comisiones del

Congreso.

Dirigir y supervisar la redacción, edición y distribución oportuna

del Diario de los Debates, las Actas del Pleno del Congreso, de

la Comisión Permanente, del Consejo Directivo y de la Junta de

Portavoces.

 

 

26 

Dirigir y supervisar el contenido y redacción de las

comunicaciones oficiales suscritas por el Presidente y los

Vicespresidentes del Congreso de la República, de conformidad

con las normas reglamentarias.

Dirigir y supervisar la correcta conservación, presentación,

actualización y manejo de la documentación que obra bajo la

custodia del Archivo General del Congreso de la República.

Dirigir y supervisar la digitalización, reproducción y distribución

oportuna de las proposiciones legislativas, dictámenes y otros

documentos que se generen en los procedimientos

parlamentarios.

Supervisar la redacción de los textos legales aprobados por el

Pleno y la Comisión Permanente, así como la elaboración de las

autógrafas de los proyectos de ley y resoluciones legislativas

aprobadas.

Dirigir y supervisar los servicios auxiliares parlamentarios y

consejería en las sesiones del Pleno del Congreso, de la

Comisión Permanente, del Consejo Directivo, de la Junta de

Portavoces y de las Comisiones.

Supervisar y evaluar la ejecución presupuestal de la Dirección y

sus Órganos dependientes, así como realizar las actividades y

procedimientos para el cumplimiento de lo programado, alineado

con los objetivos, metas y lineamientos impartidos por la Alta

Dirección.

Proponer normas, directivas y procedimientos, en aspectos de

su competencia, para mejorar el desarrollo de sus actividades, la

calidad del servicio y optimizar el uso de los recursos.

D. DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA

La Dirección General de Administración es un órgano dependiente

de la Oficialía Mayor del Congreso.

Tiene como responsabilidades la administración de los recursos

físicos, humanos y tecnológicos, los servicios, el control

 

 

27 

patrimonial, la contabilidad y la ejecución presupuestal del

Congreso, así como la organización y el desarrollo de las

licitaciones y los concursos públicos de precios y méritos.

Está a cargo de un Director General, nombrado por la Mesa

Directiva, a propuesta del Oficial Mayor.

4.1.4. PROCESO PARA LA CREACIÓN DE UNA LEY

La institución parlamentaria tiene una primera e histórica

responsabilidad, la creación de la ley. La Constitución Política del

Perú señala varios caminos para llegar a la formulación y

promulgación de las leyes.

Tienen derecho de iniciativa, el Presidente de la República y los

congresistas, así como los otros poderes del Estado, las

instituciones públicas autónomas, los municipios y los colegios

profesionales.

Los ciudadanos, ejerciendo el derecho de iniciativa previsto en la

Constitución, también pueden proponer proyectos de ley.

El ciclo Legislativo se da de la siguiente manera:

PASO 1. OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO: La oficina de

Trámite Documentario recibe, registra y numera el proyecto.

PASO 2. OFICIALÍA MAYOR: Ingresada la iniciativa por la oficina

de Trámite Documentario, el Oficial Mayor da cuenta al Consejo

Directivo, y remite el decreto de envío, que contiene:

Fecha

Número del proyecto

Nombre de la comisión (o comisiones) que recibirá el proyecto,

previa consulta a un miembro de la Mesa Directiva.

Firma del Oficial Mayor del Congreso.

 

 

28 

PASO 3. COMISIONES: Es en las comisiones de trabajo,

integradas multipartidariamente, donde se realiza un exhaustivo

estudio de los proyectos de ley, buscando armonizar puntos de

vista y encontrar el consenso entre los grupos parlamentarios y sus

diversas posiciones.

Las comisiones emiten sus dictámenes luego de 30 días útiles, a

partir de la fecha de ingreso de la proposición, las que deben

reflejar la opinión de todos sus integrantes, por unanimidad o

mayoría y minoría. Los dictámenes pueden ser:

Dictamen favorable.

Dictamen desfavorable (pasa al archivo).

Rechazado de plano (pasa al archivo).

Cuando se deriva una proposición a más de una comisión, el orden

en que se mencionan en el decreto determina la prioridad de

asignación. Las comisiones pueden presentar dictámenes en

conjunto o individualmente, según sea el caso.

PASO 4. CONSEJO DIRECTIVO: Recibidos los dictámenes de

las comisiones, el Consejo Directivo, con apoyo del Oficial Mayor,

del Director General Parlamentario y del relator, ordena los

proyectos de ley y los coloca en agenda para su debate en el pleno

del Congreso:

Determina el tiempo de debate de los dictámenes.

Dispone la distribución de las copias de los dictámenes a los

miembros del Congreso con 24 horas de anticipación.

En caso de suma urgencia, a criterio del Presidente, se dispone

la entrega domiciliaria

 

 

29 

PASO 5. PLENO: El pleno del Congreso, luego de un debate, a

veces arduo, puede aprobar la ley o rechazarla, enviándola al

archivo.

El debate se registra minuciosamente, todas sus incidencias y

acuerdos constan en actas y en el diario de los debates, creado por 

José Gálvez en 1885.

PASO 6. OFICINA DE RELATORÍA Y AGENDA: Elabora la

autógrafa de la ley y la deja lista para su remisión al Ejecutivo.

PASO 7. OFICIALÍA MAYOR: El Oficial Mayor revisa y certifica la

autógrafa de la ley, y dispone su remisión al Presidente de la

República para su promulgación en el término de 15 días útiles.

PASO 8. PODER EJECUTIVO: Si no tiene observaciones, el

Presidente de la República promulga la ley, y ordena su

publicación. Si el Presidente de la República tiene observaciones

sobre toda la ley o una parte de la proposición aprobada, las

presenta al Congreso en el mencionado término (15 días útiles).

Si vencido el plazo, el Presidente de la República no promulga la

proposición de ley enviada, el Presidente del Congreso o el de la

Comisión Permanente, según corresponda, realiza el acto de

promulgación.

En temas específicos y con la obligación de dar cuenta al

Congreso, el Congreso puede delegar la función legislativa al

Poder Ejecutivo.

PASO 9. PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN: Las leyes

promulgadas son publicadas en la sección "Normas Legales" del

diario oficial "El Peruano".

PASO 10. VIGENCIA DE LA LEY: La ley es obligatoria desde el día

siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo

disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor 

período en todo o una parte.

 

 

30 

V. FUNCIONES DEL PODER LEGISLATIVO

Es el órgano representativo de la nación y tiene como funciones principales la

representación de la nación, la dación de leyes, la permanente fiscalización y

control político, orientados al desarrollo económico, político y social del país,

así como la eventual reforma de la Constitución y otras funciones especiales.

5.1. Función legislativa 

La función legislativa comprende el debate y la aprobación de reformas de

la Constitución, de leyes y resoluciones legislativas, así como su

interpretación, modificación y derogación, de acuerdo con los

procedimientos establecidos por la Constitución Política y el Reglamento

del Congreso.

5.2. Función de control político 

La función de control político comprende la investidura del Consejo de

Ministros, el debate, la realización de actos e investigaciones y la

aprobación de acuerdos sobre la conducta política del Gobierno, los actos

de la administración y de las autoridades del Estado, el ejercicio de la

delegación de facultades legislativas, el dictado de decretos de urgencia y

la fiscalización sobre el uso y la disposición de bienes y recursos públicos,

el cumplimiento por el Presidente de la República del mensaje anual al

Congreso de la República y el antejuicio político, cuidando que la

Constitución Política y las leyes se cumplan y disponiendo lo conveniente

para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.

5.3. Funciones especiales 

Son funciones especiales del Congreso designar al Contralor General de

la República, elegir al Defensor del Pueblo, así como a los miembros del

Tribunal Constitucional, al Directorio del Banco Central de Reserva, y

ratificar al Presidente del Banco Central de Reserva y al Superintendente

de Banca y Seguros. Le corresponde también la remoción en los casos

previstos en la Constitución.

 

 

31 

CONCLUSIONES

Que el Congreso de la República debería asumir retos, sabiendo que el

futuro se construye hoy, sin olvidar el legado de ilustres predecesores

que sentaron las bases de nuestra democracia y comprometieron

nuestro esfuerzo para mantenerla y desarrollarla; sin embargo

observamos mucha injusticia en nuestros propios gobernantes, en

aquellos encargados de crear nuestras propias leyes, quienes se

enriquecen con el dinero que le pertenece al pueblo recibiendo jugosos

salarios que al compararlos con el sueldo básico que gana un empleado

en cualquier institución del estado la diferencia es aterradora, la

desigualdad económica donde unos tienen más que otros se debe al

privilegio de las leyes; detrás del poder ejecutivo se encuentran

representantes políticos extranjeros que tienen intereses codiciosos en

las riquezas del Perú, los cuales también son favorecidos con las leyes

que se promulgan siendo el presidente uno de los responsables en la

aprobación de una ley.

Donde están las leyes que amparan a los de extrema pobreza; cuyas

riquezas del Perú solo la disfruta un grupo privilegiado. No hay ley, no

hay derecho, tampoco deber; que Dios y la patria los juzgue.

 

 

32 

BIBLIOGRAFÍA

  http://www.congreso.gob.pe/historia/congreso.htm. 

Resolución Legislativa del Congreso N° 011-2001-CR, publicada el 13

de octubre de 2001.

Artículo modificado aprobado por el pleno del Congreso de fecha

06.03.98

Resolución Legislativa del Congreso N° 011-2001-CR, publicada el 13

de octubre de 2001.

Resolución Legislativa del Congreso N° 025-2005-CR, publicada el 21

de julio de 2006.

Resolución Legislativa del Congreso N° 002-2001-CR, publicada el 10

de agosto de 2001.

Resolución Legislativa del Congreso N° 022-2005-CR, publicada el 8 de

 julio de 2006.

Resolución Legislativa del Congreso N° 011-2001-CR, publicada el 13

de octubre de 2001.

Resolución Legislativa del Congreso N° 011-2001-CR, publicada el 13

de octubre de 2001.

Resolución Legislativa del Congreso N° 025-2005-CR, publicada el 21

de julio de 2006.

Resolución Legislativa del Congreso Nº 015-2003-CR, publicada el 15

de noviembre de 2003.

 

 

33 

ANEXOS

NÚMERO DE CONGRESISTAS 2011-2016

1.  Abugattás Majluf, Daniel Fernando 

2.  Acha Romaní, Walter (Suspendido) 

3.  Acuña Núñez, Richard Frank 

4.  Acuña Peralta, Virgilio 

5.  Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio 

6.  Alcorta Suero, María Lourdes Pía Luisa 

7.  Andrade Carmona, Fernando 

8.  Angulo Álvarez, Roberto Edmundo 

9.  Anicama Ñañez, Elsa Celia 

10. Apaza Condori, Emiliano (Suspendido)

11. Apaza Ordóñez, Justiniano Rómulo 

12. Bardález Cochagne, Aldo Maximiliano 

13. Becerril Rodríguez, Héctor Virgilio 

14. Bedoya de Vivanco, Javier Alonso  

15. Beingolea Delgado, Alberto Ismael 

16. Belaunde Moreyra, Martin 

17. Benítez Rivas, Heriberto Manuel 

18. Bruce Montes de Oca, Carlos Ricardo 

19. Cabrera Ganoza, Eduardo Felipe 

20.Canches Guzmán, Rogelio Antenor  

21. Canches Guzmán, Rogelio Antenor  

22. Cárdenas Cerrón, Johnny 

23. Carrillo Cavero, Hugo 

24. Castagnino Lema, Juan César  

25. Ccama Layme, Francisco 

26. Chacón De Vettori, Cecilia Isabel 

27. Chávez Cossío, Martha Gladys 

28. Chehade Moya, Omar Karim 

29. Chihuán Ramos, Leyla Felícita 

30. Coa Aguilar, Rubén Rolando 

 

 

34 

31. Coari Mamani, Claudia Faustina 

32. Condori Cusi, Rubén 

33. Condori Jahuira, Gladys Natalie 

34. Cordero Jon Tay, María Del Pilar  

35. Crisólogo Espejo, Víctor Walberto 

36. Cuculiza Torre, Luisa María

37. De La Torre Dueñas, Hernán 

38. Delgado Zegarra, Jaime Ricardo 

39. Díaz Dios, Juan José 

40. Diez Canseco Cisneros, Javier (Suspendido)

41. Eguren Neuenschwander, Juan Carlos 

42. Elías Ávalos, José Luis 

43. Espinoza Cruz, Marisol 

44. Espinoza Rosales, Rennán Samuel 

45. Falconí Picardo, Marco Tulio 

46. Fujimori Higuchi, Kenji Gerardo 

47. Gagó Pérez, Julio César  

48. Galarreta Velarde, Luis Fernando 

49. Gamarra Saldívar, Teófilo 

50. García Belaunde, Víctor Andrés 

51. Gastañadui Ramírez, Santiago 

52. Grandez Saldaña, Víctor Raúl 

53. Guevara Amasifuen, Mesias Antonio 

54. Gutiérrez Cóndor, Josue Manuel 

55. Huaire Chuquichaico, Casio Faustino 

56.Huayama Neira, Leonidas 

57. Hurtado Zamudio, Jesús Pánfilo 

58. Iberico Núñez, Luis Carlos Antonio 

59. Inga Vásquez, Leonardo Agustín 

60. Isla Rojas, Víctor  

61. Jara Velásquez, Ana Ethel Del Rosario 

62. Julca Jara, Dalmacio Modesto 

63. Kobashigawa Kobashigawa, Ramón 

64. Lay Sun, Humberto 

 

 

35 

65. León Rivera, José Raguberto 

66. León Romero, Luciana Milagros 

67. Lescano Ancieta, Yonhy 

68. Lewis Del Alcázar, Norman David 

69. Llatas Altamirano, Cristóbal Luis 

70. López Córdova, María Magdalena 

71. Luna Gálvez, José León 

72. Mavila León, Rosa Delsa 

73. Medina Ortíz, Antonio 

74. Melgar Valdez, Elard Galo 

75. Mendoza Frisch, Verónika Fanny 

76. Merino De Lama, Manuel Arturo 

77. Molina Martinez, Agustín F. 

78. Monterola Abregu, Wuilian Alfonso 

79. Mora Zevallos, Daniel Emiliano 

80. Mulder Bedoya, Claude Maurice 

81. Nayap Kinin, Eduardo 

82. Neyra Huamaní, Rofilio 

83. Neyra Olaychea, Ángel 

84. Omonte Durand, María Del Carmen 

85. Oseda Soto, Doris Gladys 

86. Otárola Peñaranda, Fredy Rolando 

87. Pari Choquecota, Juan Donato 

88. Pariona Galindo, Federico (Suspendido)

89. Pérez Tello De Rodríguez, María Soledad 

90. Pérez del Solar Cuculiza, Gabriela Lourdes 

91. Portugal Catacora, Mariano Eutropio 

92. Ramírez Gamarra, Reber Joaquín 

93. Reátegui Flores, Rolando 

94. Reggiardo Barreto, Renzo Andrés 

95. Reynaga Soto, Jhon Arquímides 

96. Rimarachín Cabrera, Jorge Antonio 

97. Rivas Teixeira, Martín Amado 

98. Rodríguez Zavaleta, Elías Nicolás 

 

 

36 

99. Romero Rodríguez, Eulogio Amado 

100. Rondón Fudinaga, Gustavo Bernardo 

101. Rosas Huaranga, Julio Pablo 

102. Ruiz Loayza, Wilder  

103. Saavedra Vela, Esther  

104. Salazar Miranda, Octavio Edilberto 

105. Salgado Rubianes, Luz Filomena 

106. Sarmiento Betancourt, Freddy Fernando 

107. Schaefer Cuculiza, Karla Melissa 

108. Simon Munaro, Yehude 

109. Solorzano Flores, Ana María 

110. Spadaro Philipps, Pedro Carmelo 

111. Tait Villacorta, Cecilia Roxana 

112. Tan De Inafuko, Aurelia 

113. Tapia Bernal, Segundo Leocadio 

114. Tejada Galindo, Sergio Fernando 

115. Teves Quispe, Julia 

116. Tubino Arias Schreiber, Carlos Mario Del Carmen 

117. Uribe Medina, Cenaida Cebastiana 

118. Urquizo Maggia, José Antonio 

119. Urtecho Medina, Wilson Michael 

120. Vacchelli Corbetto, Gian Carlo 

121. Valencia Quiroz, Jaime Rubén 

122. Valle Ramírez, Tito 

123. Valqui Matos, Néstor Antonio 

124. Velásquez Quesquén, Ángel Javier  

125. Wong Pujada, Enrique 

126. Yovera Flores, Alejandro (Suspendido) 

127. Yrupailla Montes, César Elmer  

128. Zamudio Briceño, Tomás Martín 

129. Zeballos Salinas, Vicente Antonio 

130. Zerillo Bazalar, Manuel Salvador  

 

 

37 

CONSEJO DIRECTIVO

1. Isla Rojas, Víctor 

Presidente.

2. Falconí Picardo, Marco Tulio

Primer Vicepresidente.

3. Eguren Neuenschwander, Juan Carlos

Segundo Vicepresidente.

4. Luna Gálvez, José León

Tercer Vicepresidente.

5.  Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio

Titular.

6.  Alcorta Suero, María Lourdes Pía Luisa

Titular.

7. Becerril Rodríguez, Héctor Virgilio

Titular.

8. Carrillo Cavero, Hugo

Titular.

9. Chacón De Vettori, Cecilia Isabel

Titular.

10. Delgado Zegarra, Jaime Ricardo

Titular.

11. Guevara Amasifuen, Mesias Antonio

Titular.

12. Gutiérrez Cóndor, Josue Manuel

Titular.

13. Merino De Lama, Manuel Arturo

Titular.

14. Monterola Abregu, Wuilian Alfonso

Titular.

15. Mulder Bedoya, Claude Maurice

Titular.

16. Otárola Peñaranda, Fredy Rolando

Titular.

 

 

38 

17. Portugal Catacora, Mariano Eutropio

Titular.

18. Reátegui Flores, Rolando

Titular.

19. Rivas Teixeira, Martín Amado

Titular.

20. Rosas Huaranga, Julio Pablo

Titular.

21. Saavedra Vela, Esther 

Titular.

22. Solorzano Flores, Ana María

Titular.

23. Tubino Arias Schreiber, Carlos Mario Del Carmen

Titular.

24. Urtecho Medina, Wilson Michael

Titular.

25. Wong Pujada, Enrique

Titular.

26. Bardález Cochagne, Aldo Maximiliano

Suplente.

27. Canches Guzmán, Rogelio Antenor 

Suplente.

28. Capuñay Quispe, Esther Yovana

Suplente.

29. Coari Mamani, Claudia Faustina

Suplente.

30. Cordero Jon Tay, María Del Pilar 

Suplente.

31. Crisólogo Espejo, Víctor Walberto

Suplente.

32. Díaz Dios, Juan José

Suplente.

 

 

39 

33. Diez Canseco Cisneros, Javier 

suplente

(suspendido) 

34. Mavila León, Rosa Delsa

Suplente.

35. Salazar Miranda, Octavio Edilberto

Suplente.

36. Schaefer Cuculiza, Karla Melissa

Suplente.

37. Simon Munaro, Yehude

Suplente.

38. Spadaro Philipps, Pedro Carmelo

Suplente.

39. Uribe Medina, Cenaida Cebastiana

Suplente.

40. Valle Ramírez, Tito

Suplente.

41. Velásquez Quesquén, Ángel Javier 

Suplente.

42. Zamudio Briceño, Tomás Martín

Suplente.

43. Zerillo Bazalar, Manuel Salvador 

Suplente

JUNTA DE PORTAVOCES

1. Isla Rojas, Víctor 

Presidente.

2. Falconí Picardo, Marco Tulio

Primer Vicepresidente.

3. Eguren Neuenschwander, Juan Carlos

Segundo Vicepresidente.

4. Luna Gálvez, José León

Tercer Vicepresidente.

 

 

40 

5.  Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio

Titular.

6. Delgado Zegarra, Jaime Ricardo

Titular.

7. García Belaunde, Víctor Andrés

Titular.

8. Mulder Bedoya, Claude Maurice

Titular.

9. Portugal Catacora, Mariano Eutropio

Titular.

10.Urtecho Medina, Wilson Michael

Titular.

11.Wong Pujada, Enrique

Titular.

12.Alcorta Suero, María Lourdes Pía Luisa

Suplente,

13.Becerril Rodríguez, Héctor Virgilio

Suplente.

14.Capuñay Quispe, Esther Yovana

Suplente.

15.Carrillo Cavero, Hugo

Suplente.

16.Díaz Dios, Juan José

Suplente.

17.León Rivera, José Raguberto

Suplente.

18.Merino De Lama, Manuel Arturo

Suplente.

19.Rodríguez Zavaleta, Elías Nicolás

Suplente.

20.Rondón Fudinaga, Gustavo Bernardo

Suplente.

21.Salgado Rubianes, Luz Filomena

Suplente.

 

 

41 

22. Solorzano Flores, Ana María

Suplente.

MESA DIRECTIVA

1. Isla Rojas, Víctor 

Presidente. 

2. Falconí Picardo, Marco Tulio

Primer Vicepresidente. 

3. Eguren Neuenschwander, Juan Carlos

Segundo Vicepresidente. 

4. Luna Gálvez, José León

Tercer Vicepresidente

COMISIÓN PERMANENTE

1. ISLA ROJAS, VÍCTOR

Presidente.

2. FALCONÍ PICARDO, MARCO TULIO

Primer Vicepresidente.

3. EGUREN NEUENSCHWANDER, JUAN CARLOS

Segundo Vicepresidente.

4. LUNA GÁLVEZ, JOSÉ LEÓN

Tercer Vicepresidente.

5.  AGUINAGA RECUENCO, ALEJANDRO AURELIO

Titular.

6.  ALCORTA SUERO, MARÍA LOURDES PÍA LUISA

Titular.

7. BECERRIL RODRÍGUEZ, HÉCTOR VIRGILIO

Titular.

8. BEDOYA DE VIVANCO, JAVIER ALONSO

Titular.

9. CAPUÑAY QUISPE, ESTHER YOVANA

Titular.

 

 

42 

10. CARRILLO CAVERO, HUGO

Titular.

11. CHACÓN DE VETTORI, CECILIA ISABEL

Titular.

12. DELGADO ZEGARRA, JAIME RICARDO

Titular.

13. DIEZ CANSECO CISNEROS, JAVIER

Titular 

(Suspendido). 

14. ESPINOZA ROSALES, RENNÁN SAMUEL

Titular.

15. ESPINOZA CRUZ, MARISOL

Titular.

16. GAGÓ PÉREZ, JULIO CÉSAR

Titular.

17. GAMARRA SALDÍVAR, TEÓFILO

Titular.

18. GARCÍA BELAUNDE, VÍCTOR ANDRÉS

Titular.

19. GUTIÉRREZ CÓNDOR, JOSUE MANUEL

Titular.

20. MULDER BEDOYA, CLAUDE MAURICE

Titular.

21. OMONTE DURAND, MARÍA DEL CARMEN

Titular.

22. OTÁROLA PEÑARANDA, FREDY ROLANDO

Titular.

23. REÁTEGUI FLORES, ROLANDO

Titular.

24. SOLORZANO FLORES, ANA MARÍA

Titular.

25. TAPIA BERNAL, SEGUNDO LEOCADIO

Titular.

26. BEINGOLEA DELGADO, ALBERTO ISMAEL

Suplente.

27. CANCHES GUZMÁN, ROGELIO ANTENOR

Suplente.

 

 

43 

28. CHIHUÁN RAMOS, LEYLA FELÍCITA

Suplente.

29. ELÍAS ÁVALOS, JOSÉ LUIS

Suplente.

30. GALARRETA VELARDE, LUIS FERNANDO

Suplente.

31. GASTAÑADUI RAMÍREZ, SANTIAGO

Suplente.

32. JARA VELÁSQUEZ, ANA ETHEL DEL ROSARIO

Suplente.

33. LEÓN RIVERA, JOSÉ RAGUBERTO

Suplente.

34. LESCANO ANCIETA, YONHY

Suplente.

35. LÓPEZ CÓRDOVA, MARÍA MAGDALENA

Suplente.

36. M AVILA LEÓN, ROSA DELSASuplente.

37. MELGAR VALDEZ, ELARD GALOSuplente,.

38. MONTEROLA ABREGU, WUILIAN ALFONSOSuplente.

39. PÉREZ TELLO DE RODRÍGUEZ, MARÍA SOLEDADSuplente.

40. PORTUGAL CATACORA, MARIANO EUTROPIOSuplente.

41. RIVAS TEIXEIRA, MARTÍN AMADOSuplente.

42. SCHAEFER CUCULIZA, KARLA MELISSASuplente.

43. SPADARO PHILIPPS, PEDRO CARMELOSuplente

44. TEJADA GALINDO, SERGIO FERNANDOSuplente

45. URQUIZO MAGGIA, JOSÉ ANTONIOSuplente

46. URTECHO MEDINA, WILSON MICHAELSuplente

47. VELÁSQUEZ QUESQUÉN, ÁNGEL JAVIERSuplente

 

 

44 

GRUPOS PARLAMENTARIOS

ACCIÓN POPULAR - FRENTE AMPLIO

1. Diez Canseco Cisneros, Javier (Suspendido)

2. García Belaunde, Víctor Andrés

3. Guevara Amasifuen, Mesias Antonio

4. Inga Vásquez, Leonardo Agustín

5. Lescano Ancieta, Yonhy

6. Mavila León, Rosa Delsa

7. Mendoza Frisch, Verónika Fanny

8. Merino De Lama, Manuel Arturo

9. Rimarachín Cabrera, Jorge Antonio

10. Yovera Flores, Alejandro (Suspendido)

ALIANZA POR EL GRAN CAMBIO

1. Acuña Núñez, Richard Frank

2. Alcorta Suero, María Lourdes Pía Luisa

3. Bedoya de Vivanco, Javier Alonso

4. Beingolea Delgado, Alberto Ismael

5. Eguren Neuenschwander, Juan Carlos

6. Galarreta Velarde, Luis Fernando

7. Iberico Núñez, Luis Carlos Antonio

8. Lay Sun, Humberto

9. Pérez Tello De Rodríguez, María Soledad

10. Pérez del Solar Cuculiza, Gabriela Lourdes

11. Simon Munaro, Yehude.

12. Wong Pujada, Enrique

 

 

45 

CONCERTACIÓN PARLAMENTARIA

1. Bruce Montes de Oca, Carlos Ricardo

2. León Romero, Luciana Milagros

3. Mulder Bedoya, Claude Maurice

4. Reggiardo Barreto, Renzo Andrés

5. Rodríguez Zavaleta, Elías Nicolás

6. Velásquez Quesquén, Ángel Javier 

FUJIMORISTA

1. Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio

2. Bardález Cochagne, Aldo Maximiliano

3. Becerril Rodríguez, Héctor Virgilio

4. Cabrera Ganoza, Eduardo Felipe

5. Ccama Layme, Francisco

6. Chacón De Vettori, Cecilia Isabel

7. Chávez Cossío, Martha Gladys

8. Chihuán Ramos, Leyla Felícita

9. Cordero Jon Tay, María Del Pilar 

10. Cuculiza Torre, Luisa María

11. Díaz Dios, Juan José

12. Elías Ávalos, José Luis

13. Fujimori Higuchi, Kenji Gerardo

14. Gagó Pérez, Julio César 

15. Grandez Saldaña, Víctor Raúl

16. Hurtado Zamudio, Jesús Pánfilo

17. Kobashigawa Kobashigawa, Ramón

18. López Córdova, María Magdalena

19. Medina Ortíz, Antonio

20. Melgar Valdez, Elard Galo

21. Neyra Huamaní, Rofilio

22. Neyra Olaychea, Ángel

23. Pariona Galindo, Federico (Suspendido)

 

 

46 

24. Ramírez Gamarra, Reber Joaquín

25. Reátegui Flores, Rolando

26. Rosas Huaranga, Julio Pablo

27. Salazar Miranda, Octavio Edilberto

28. Salgado Rubianes, Luz Filomena

29. Sarmiento Betancourt, Freddy Fernando

30. Schaefer Cuculiza, Karla Melissa

31. Spadaro Philipps, Pedro Carmelo

32. Tan De Inafuko, Aurelia

33. Tapia Bernal, Segundo Leocadio

34. Tubino Arias Schreiber, Carlos Mario Del Carmen

35. Vacchelli Corbetto, Gian Carlo

36. Valqui Matos, Néstor Antonio

NACIONALISTA GANA PERÚ

1. Abugattás Majluf, Daniel Fernando

2. Acha Romaní, Walter (Suspendido)

3. Angulo Álvarez, Roberto Edmundo

4. Anicama Ñañez, Elsa Celia

5. Apaza Condori, Emiliano (Suspendido)

6. Apaza Ordóñez, Justiniano Rómulo

7. Canches Guzmán, Rogelio Antenor 

8. Cárdenas Cerrón, Johnny

9. Carrillo Cavero, Hugo

10. Chehade Moya, Omar Karim

11. Coa Aguilar, Rubén Rolando

12. Coari Mamani, Claudia Faustina

13. Condori Cusi, Rubén

14. Condori Jahuira, Gladys Natalie

15. De La Torre Dueñas, Hernán

16. Delgado Zegarra, Jaime Ricardo

17. Espinoza Cruz, Marisol

18. Gamarra Saldívar, Teófilo

 

 

47 

19. Gastañadui Ramírez, Santiago

20. Gutiérrez Cóndor, Josue Manuel

21. Huayama Neira, Leonidas

22. Isla Rojas, Víctor 

23. Jara Velásquez, Ana Ethel Del Rosario

24. Llatas Altamirano, Cristóbal Luis

25. Molina Martinez, Agustín F.

26. Nayap Kinin, Eduardo

27. Oseda Soto, Doris Gladys

28. Otárola Peñaranda, Fredy Rolando

29. Pari Choquecota, Juan Donato

30. Reynaga Soto, Jhon Arquímides

31. Rivas Teixeira, Martín Amado

32. Romero Rodríguez, Eulogio Amado

33. Ruiz Loayza, Wilder 

34. Saavedra Vela, Esther 

35. Solorzano Flores, Ana María

36. Tejada Galindo, Sergio Fernando

37. Teves Quispe, Julia

38. Uribe Medina, Cenaida Cebastiana

39. Urquizo Maggia, José Antonio

40. Valencia Quiroz, Jaime Rubén

41. Yrupailla Montes, César Elmer 

42. Zamudio Briceño, Tomás Martín

43. Zerillo Bazalar, Manuel Salvador 

PERÚ POSIBLE

1. Andrade Carmona, Fernando

2. Castagnino Lema, Juan César 

3. Crisólogo Espejo, Víctor Walberto

4. Espinoza Rosales, Rennán Samuel

5. Falconí Picardo, Marco Tulio

6. Huaire Chuquichaico, Casio Faustino

 

 

48 

7. Julca Jara, Dalmacio Modesto

8. León Rivera, José Raguberto

9. Lewis Del Alcázar, Norman David

10. Monterola Abregu, Wuilian Alfonso

11. Mora Zevallos, Daniel Emiliano

12. Omonte Durand, María Del Carmen

13. Portugal Catacora, Mariano Eutropio

14. Tait Villacorta, Cecilia Roxana

15. Valle Ramírez, Tito

SOLIDARIDAD NACIONAL

1.  Acuña Peralta, Virgilio

2. Belaunde Moreyra, Martin

3. Benítez Rivas, Heriberto Manuel

4. Capuñay Quispe, Esther Yovana

5. Luna Gálvez, José León

6. Rondón Fudinaga, Gustavo Bernardo

7. Urtecho Medina, Wilson Michael

8. Zeballos Salinas, Vicente Antonio