MTZ.A.Estafadores
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Estafadores: Madoff, Stanford, Platino Empresarial, CEFEN.
Cheating: Madoff, Stanford, Platino Empresarial, CEFEN.
Ignacio Alfonso Martínez-Jiménez ([email protected])
Bernard Madoff (1938-?) con un fraude de 50 mmdd, quien engañó a entidades bancarias
(banco Santander, BBVA, entro otros muchos) y a grupos de inversionistas a nivel mundial
por varias decenas de millones de dólares y Robert Allen Stanford (1950-?) con un fraude
no menos importante de 8 mmdd, quien afectó, entre otros, a varios inversionistas
mexicanos que no quisieron denunciarlo, ya que se verían evidenciados ante la SAT por
evasión de impuestos, demuestran el pésimo desempeño de las agencias estadounidenses
encargadas de regular el sistema financiero, quienes fueron capaces de llevar a cabo sus
actividades delictivas durante un largo período de tiempo. Los casos de la Comercial
Mexicana y de CEMEX son ejemplos de los problemas que son capaces de suscitar los
desequilibrios provenientes del exterior (Cué, 2009). Si eso sucede en el sistema financierode primer mundo, ¿qué es lo que está pasando en nuestro país?
Tropicalizando el tema, Platino Empresarial y el Centro de Formación Ejecutiva y de
Negocios (CEFEN), por mencionar sólo algunas empresas y al igual que Madoff y
Stanford, pero a nivel micro, utilizan una de las formas más generalizadas de fraude en el
estado de Puebla y otros estados de la República Mexicana, dándole al contrato de trabajo
la apariencia de una compraventa mercantil, donde “el trabajador no es calificado como
tal, sino como un comerciante que compra mercancía a una empresa y luego la vende en
las condiciones determinadas por ésta, obteniendo una ganancia o comisión mercantil”
(Hernández, 2005). El futuro trabajador desconoce, aunque sospecha levemente, la
verdadera actividad laboral a la que será asignado, ya que ni en anuncios publicitarios, ni en
la concertación de la cita, ni en la entrevista y examen laboral, ni en los primeros días del
curso de capacitación (cita av. 16 poniente 102 esq. 5 de Mayo y av. 2 poniente 111, 3er
Piso, Puebla) se les hace mención que su actividad laboral serán las ventas,
correspondiendo a una estafa, al obligar al futuro trabajador a vender cierta cantidad de
mercancía como requisito para firmar el tan ansiado contrato de trabajo.
Balmaceda (et. al., 2009) nos dice que en Italia, el sistema legal exige, en la estructura de la
conducta típica de la estafa, la existencia de artificios (la simulación o disimulación de la
realidad apta para inducir a error a una persona a causa de la percepción de una falsa
apariencia) o insidias (cada envolvimiento solapado de la psique ajena, apto para causar unerror a través de una falsa apariencia, realizado a través de un programa ingenioso de
palabras destinado a persuadir y a orientar de modo equivocado las representaciones y las
decisiones ajenas). Platino Empresarial y CEFEN construyen ingeniosos artificios y
maquiavélicas insidias para hacer creer al futuro trabajador que en verdad puede vender sus
mercancías, apoyándose del sistema de psicoterapia individual llamado análisis
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transaccional del Dr. Eric Berne (1910-1970), en donde debe imperar la conveniencia del
futuro trabajador por encima de lo que le guste, quiera o deba hacer.
El engaño, según Hentig, constituye la esencia del delito de estafa (1980, referido en
Balmaceda et. al., 2009). El engaño es “aquella conducta – cualquiera – que crea un riesgo
típicamente relevante […] de producción de un acto de disposición por error que
desemboque en un perjuicio patrimonial” (Balmaceda et. al., 2009). Se sostiene que en la
medida en que sólo los hechos pueden ser verdaderos o falsos, el objeto del engaño debe
ser en todo caso un hecho (sentencia del tribunal supremo español, 2004, feb 5). Por lo
tanto, una grabación o videofilmación de las entrevistas, de los exámenes de calificación y
de los cursos de capacitación son evidencias de hechos, objetos del engaño y pruebas
fidedignas de denuncia civil que el trabajador afectado pudiera presentar ante las
autoridades correspondientes.
La trama engañosa no sólo puede construirse sobre actuaciones positivas, encaminadas a
formar una apariencia de realidad que se ofrezca como cebo a quienes se intenta defraudar,
sino que también se presenta como elemento determinante de la estafa en los supuestos enlos que, sin existir una actividad idónea para montar un escenario aparente, se encuentra
con una actitud omisiva o de ocultación de situaciones reales que, si hubieran sido
conocidas por las personas a las que va dirigido el ardid, hubieran impedido que éstas
hicieran el acto de disposición de su patrimonio propio o cuya administración y
disponibilidad ejercían (sentencia del tribunal supremo español, 2003, may 13).
Por consiguiente y para “manejar a la defensiva” este tipo de situaciones, los mecanismos
de defensa para lograr la aplicación de la legislación laboral a las relaciones fraudulentas o
encubiertas patrón-trabajador son: a) el principio de irrenunciabilidad de las normas
laborales; b) la presunción de la relación de trabajo y; c) el principio de la primacía de la
realidad. Estos principios “otorgan una amplia posibilidad de excluir la vigencia decontratos falsamente civiles o mercantiles, con los cuales algunos patrones pretenden
ocultar la existencia de una verdadera relación de trabajo” (Hernández, 2005).
Referencias.
Balmaceda Hoyos, Gustavo; Araya Paredes, Ignacio (2009). “Engaño en la estafa:¿una puesta en escena?”. Revista estudios socio-jurídicos, vol. 11, no. 2.
Universidad del Rosario. Colombia.
Cué Mancera, Agustín (2009). “La avaricia y el riesgo en el imperio de las altas
finanzas”. El Cotidiano, vol. 24, no. 157. Universidad Autónoma Metropolitana.Azcapotzalco. México.
Hernández Álvarez, Oscar (2009). “El derecho mercantil y el derecho del traba jo:
fronteras y espacios de concurrencia”. Gaceta laboral, vol. 11, no. 1. Universidaddel Zulia. Maracaibo, Venezuela.
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