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 ~ 1 ~ Estafadores: Madoff, Stanford, Platino Empresarial, CEFEN. Cheating: Madoff, Stanford, Platino Empresarial, CEFEN. Ignacio Alfonso Martínez-Jiménez ([email protected]) Bernard Madoff (1938-?) con un fraude de 50 mmdd, quien engañó a entidades bancarias (banco Santander, BBVA, entro otros muchos) y a grupos de inversionistas a nivel mundial por varias decenas de millones de dólares y Robert Allen Stanford (1950-?) con un fraude no menos importante de 8 mmdd, quien afectó, entre otros, a varios inversionistas mexicanos que no quisieron denunciarlo, ya que se verían evidenciados ante la SAT por evasión de impuestos, demuestran el pésimo desempeño de las agencias estadounidenses encargadas de regular el sistema financiero, quienes fueron capaces de llevar a cabo sus actividades delictivas durante un largo período de tiempo. Los casos de la Comercial Mexicana y de CEMEX son ejemplos de los problemas que son capaces de suscitar los desequilibrios provenientes del exterior (Cué, 2009). Si eso sucede en el sistema financiero de primer mundo, ¿qué es lo que está pasando en nuestro país? Tropicalizando el tema, Platino Empresarial y el Centro de Formación Ejecutiva y de Negocios (CEFEN), por mencionar sólo algunas empresas y al igual que Madoff y Stanford, pero a nivel micro, utilizan una de las formas más generalizadas de fraude en el estado de Puebla y otros estados de la República Mexicana, dándole al contrato de trabajo la apariencia de una compraventa mercantil , donde “el trabajador no es calificado como tal, sino como un comerciante que compra mercancía a una empresa y luego la vende en las condiciones determinadas por ésta, obteniendo una ganancia o comisión mercantil  (Hernández, 2005). El futuro trabajador desconoce, aunque sospecha levemente, la verdadera actividad laboral a la que será asignado, ya que ni en anuncios publicitarios, ni en la concertación de la cita, ni en la entrevista y examen laboral, ni en los primeros días del curso de capacitación (cita av. 16 poniente 102 esq. 5 de Mayo y av. 2 poniente 111, 3er Piso, Puebla) se les hace mención que su actividad laboral serán las ventas, correspondiendo a una estafa, al obligar al futuro trabajador a vender cierta cantidad de mercancía como requisito para firmar el tan ansiado contrato de trabajo. Balmaceda (et. al., 2009) nos dice que en Italia, el sistema legal exige, en la estructura de la conducta típica de la estafa, la existencia de artificios (la simulación o disimulación de la realidad apta para inducir a error a una persona a causa de la percepción de una falsa apariencia) o insidias (cada envolvimiento solapado de la psique ajena, apto para causar un error a través de una falsa apariencia, realizado a través de un programa ingenioso de palabras destinado a persuadir y a orientar de modo equivocado las representaciones y las decisiones ajenas). Platino Empresarial y CEFEN construyen ingeniosos artificios y maquiavélicas insidias para hacer creer al futuro trabajador que en verdad puede vender sus mercancías, apoyándose del sistema de psicoterapia individual llamado análisis

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2011, Oct 14. “Estafadores: Madoff, Stanford, Platino Empresarial, CEFEN”.

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Estafadores: Madoff, Stanford, Platino Empresarial, CEFEN.

Cheating: Madoff, Stanford, Platino Empresarial, CEFEN.

Ignacio Alfonso Martínez-Jiménez ([email protected])

Bernard Madoff (1938-?) con un fraude de 50 mmdd, quien engañó a entidades bancarias

(banco Santander, BBVA, entro otros muchos) y a grupos de inversionistas a nivel mundial

por varias decenas de millones de dólares y Robert Allen Stanford (1950-?) con un fraude

no menos importante de 8 mmdd, quien afectó, entre otros, a varios inversionistas

mexicanos que no quisieron denunciarlo, ya que se verían evidenciados ante la SAT por

evasión de impuestos, demuestran el pésimo desempeño de las agencias estadounidenses

encargadas de regular el sistema financiero, quienes fueron capaces de llevar a cabo sus

actividades delictivas durante un largo período de tiempo. Los casos de la Comercial

Mexicana y de CEMEX son ejemplos de los problemas que son capaces de suscitar los

desequilibrios provenientes del exterior (Cué, 2009). Si eso sucede en el sistema financierode primer mundo, ¿qué es lo que está pasando en nuestro país?

Tropicalizando el tema, Platino Empresarial y el Centro de Formación Ejecutiva y de

Negocios (CEFEN), por mencionar sólo algunas empresas y al igual que Madoff y

Stanford, pero a nivel micro, utilizan una de las formas más generalizadas de fraude en el

estado de Puebla y otros estados de la República Mexicana, dándole al contrato de trabajo

la apariencia de una compraventa mercantil, donde “el trabajador no es calificado como

tal, sino como un comerciante que compra mercancía a una empresa y luego la vende en

las condiciones determinadas por ésta, obteniendo una ganancia o comisión mercantil” 

(Hernández, 2005). El futuro trabajador desconoce, aunque sospecha levemente, la

verdadera actividad laboral a la que será asignado, ya que ni en anuncios publicitarios, ni en

la concertación de la cita, ni en la entrevista y examen laboral, ni en los primeros días del

curso de capacitación (cita av. 16 poniente 102 esq. 5 de Mayo y av. 2 poniente 111, 3er

Piso, Puebla) se les hace mención que su actividad laboral serán las ventas,

correspondiendo a una estafa, al obligar al futuro trabajador a vender cierta cantidad de

mercancía como requisito para firmar el tan ansiado contrato de trabajo.

Balmaceda (et. al., 2009) nos dice que en Italia, el sistema legal exige, en la estructura de la

conducta típica de la estafa, la existencia de artificios (la simulación o disimulación de la

realidad apta para inducir a error a una persona a causa de la percepción de una falsa

apariencia) o insidias (cada envolvimiento solapado de la psique ajena, apto para causar unerror a través de una falsa apariencia, realizado a través de un programa ingenioso de

palabras destinado a persuadir y a orientar de modo equivocado las representaciones y las

decisiones ajenas). Platino Empresarial y CEFEN construyen ingeniosos artificios y

maquiavélicas insidias para hacer creer al futuro trabajador que en verdad puede vender sus

mercancías, apoyándose del sistema de psicoterapia individual llamado análisis

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transaccional del Dr. Eric Berne (1910-1970), en donde debe imperar la conveniencia del

futuro trabajador por encima de lo que le guste, quiera o deba hacer.

El engaño, según Hentig, constituye la esencia del delito de estafa (1980, referido en

Balmaceda et. al., 2009). El engaño es “aquella conducta  – cualquiera –  que crea un riesgo

típicamente relevante […] de producción de un acto de disposición por error que

desemboque en un perjuicio patrimonial” (Balmaceda et. al., 2009). Se sostiene que en la

medida en que sólo los hechos pueden ser verdaderos o falsos, el objeto del engaño debe

ser en todo caso un hecho (sentencia del tribunal supremo español, 2004, feb 5). Por lo

tanto, una grabación o videofilmación de las entrevistas, de los exámenes de calificación y

de los cursos de capacitación son evidencias de hechos, objetos del engaño y pruebas

fidedignas de denuncia civil que el trabajador afectado pudiera presentar ante las

autoridades correspondientes.

La trama engañosa no sólo puede construirse sobre actuaciones positivas, encaminadas a

formar una apariencia de realidad que se ofrezca como cebo a quienes se intenta defraudar,

sino que también se presenta como elemento determinante de la estafa en los supuestos enlos que, sin existir una actividad idónea para montar un escenario aparente, se encuentra

con una actitud omisiva o de ocultación de situaciones reales que, si hubieran sido

conocidas por las personas a las que va dirigido el ardid, hubieran impedido que éstas

hicieran el acto de disposición de su patrimonio propio o cuya administración y

disponibilidad ejercían (sentencia del tribunal supremo español, 2003, may 13).

Por consiguiente y para “manejar a la defensiva” este tipo de situaciones, los mecanismos

de defensa para lograr la aplicación de la legislación laboral a las relaciones fraudulentas o

encubiertas patrón-trabajador son: a) el principio de irrenunciabilidad de las normas

laborales; b) la presunción de la relación de trabajo y; c) el principio de la primacía de la

realidad. Estos principios “otorgan una amplia posibilidad de excluir la vigencia decontratos falsamente civiles o mercantiles, con los cuales algunos patrones pretenden

ocultar la existencia de una verdadera relación de trabajo” (Hernández, 2005).

Referencias.

  Balmaceda Hoyos, Gustavo; Araya Paredes, Ignacio (2009). “Engaño en la estafa:¿una puesta en escena?”. Revista estudios socio-jurídicos, vol. 11, no. 2.

Universidad del Rosario. Colombia.

  Cué Mancera, Agustín (2009). “La avaricia y el riesgo en el imperio de las altas

finanzas”. El Cotidiano, vol. 24, no. 157. Universidad Autónoma Metropolitana.Azcapotzalco. México.

  Hernández Álvarez, Oscar (2009). “El derecho mercantil y el derecho del traba jo:

fronteras y espacios de concurrencia”. Gaceta laboral, vol. 11, no. 1. Universidaddel Zulia. Maracaibo, Venezuela.

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