Obligaciones de las empresas venezolanas
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República bolivariana de Venezuela
Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez
Núcleo- caricuao
Finanzas e Impuestos
Obligaciones de las empresas venezolanas ante el estado, y el tributo.
Participantes:
Jennyfer Ibañez C.I: 23950878
Facilitadora:
Oneida Marcano
Seccion “C”
Caracas, Marzo de 2014
Obligaciones Formales De Las Empresas Ante El Estado
- Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Actualmente la
inscripción se hace a través del su portalwww.ivss.gov.ve por el sistema TIUNA
a través del cual se puede realizar inscripción, movimiento y retiro de
trabajadores, consulta de facturas, trabajadores activos, entre otros
procedimientos. De igual manera como estamos inscritos debemos tramitar
mensualmente la solvencia ante este instituto.
Estimarán el monto de sus gastos por concepto de cotizaciones. La cotización
para financiar el Seguro Social Obligatorio será, al iniciarse la aplicación de
esta Ley, de un once por ciento (11%) del salario a que se refiere el artículo 58,
para las empresas clasificadas en el riesgo mínimo; de un doce por ciento
(12%) para las clasificadas en el riesgo medio, y de un trece por ciento (13%)
para las clasificadas en riesgo máximo, estas cotizaciones deben ser
entregadas mensualmente al IVSS.
- BANAVIH. Este instituto es el responsable de la administración del aporte de
vivienda realizado por el trabajador y su patrono. Al igual que el IVSS, la
inscripción se hace a través de la página www.banavih.gov.ve , por este portal
se puede incluir y retirar trabajadores, solicitar la planilla de pago e imprimir la
solvencia.
Cada trabajador desde su primera jornada laboral le será sustraído el 3% de su
sueldo o salario para el Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda.
- INCES. El aporte al Instituto Nacional de Capacitación y Educación
Socialista (Inces), es un tributo parafiscal de obligatorio cumplimiento por
empleadores y trabajadores, regulado por la Ley del Instituto Nacional de
Capacitación y Educación Socialista.
Toda persona natural o jurídica que en su empresa genere empleo para cinco
(5) ó más trabajadores, está en la obligación de aportar al Inces el equivalente
a una alícuota del 2% del total pagado por sueldos, salarios, jornales y
remuneraciones de cualquier especie (Ley sobre el Inces, Artículo 10, Ordinal
1). Aunque las empresas con menos de 5 trabajadores no estan obligadas a
pagar el 2% INCES deben estar inscritas y, preferiblemente, solicitar
trimestralmente la solvencia ante este instituto.
- MINTRA. Instituto que vela por el complimiento de los derechos del
trabajador. Las empresas deben inscribirse para obtener su número de NIL,
luego deben declarar trimestralmente los salarios y horas trabajadas a través
del portal y presentarla en la oficina de su región los primeros 15 días del mes
siguiente al trimestre declarado. Además por el mismo portal se puede solicitar
la solvencia laboral para la cual deben tener vigente la solvencia del INCES y
de BANAVIH.
- ALCALDIA. Toda empresa debe inscribirse en la alcaldía del municipio donde
se encuentren obteniendo de eta manera su patente de industria y comercio.
Cada alcaldía tiene su normativa en cuanto a retenciones y declaración, por lo
que deben consultar los lineamientos a seguir en su municipio.
- SENIAT. Tributos! toda persona jurídica debe declarar. Mensualmente el
impuesto a las ventas IVA (12 %), anualmente el impuesto sobre la renta ISLR,
si la empresa es contribuyente especial debe declarar quincenalmente las
retenciones de IVA a las compras realizadas.
Esto representa las tasas de febrero de los resultados agrupados,
distinguiéndolo de la tasa del mes de enero del año presente de 3,3%.
El Seniat fijó el reajuste de la Unidad Tributaria en 127 bolívares, es decir,
pasó de 107 bolívares en el 2013 a 127 bolívares en el 2014, lo que representa
un incremento de 18,6%. Esta cifra está por debajo de la tasa inflacionaria del
año pasado
En el siguiente link :
http://www.bcv.org.ve/Upload/NotasPrensa/inpcene14.pdf se indica que se
freno la tendencia de la inflación según el banco central de Venezuela.
Mientras la unidad tributaria sube se pagan más impuestos y eso puede
llegar a traer inflación porque debido a eso tienden a subir los precios de los
productos, y le sigue a esto el aumento de los tiques de alimentación que se
deben ajustar a la tasa establecida; implicando así más gastos en el pago de
los trabajadores; esta situación puede que le beneficie pero también les afectan
porque ellos forman parte de la sociedad de consumidores, y mientras suban
las cosas; especialmente la de primera necesidad, el dinero va perdiendo su
valor y baja la demanda.
Referencias:
Código Orgánico Tributario Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 37.305, octubre 17, 2001. Consulta: Marzo, 2014.
Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 38.895, marzo, 25, 2008. Consulta: Marzo, 2014.
Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 39.945, junio, 15, 2012. Consulta: Marzo, 2014.
Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del Seguro Social. Decreto Nº 8.921, de fecha 24 de abril de 2012. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 39.912, abril, 30, 2012. Consulta: Marzo, 2014.
Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 38.968, julio, 8, 2008. Consulta: Marzo, 2014.
EL TIEMPO (2014) Acuerdan aumento de Unidad Tributaria a 127 bolívares
[pagina web]. Disponible:
http://eltiempo.com.ve/venezuela/tributos/acuerdan-aumento-de-unidad-
tributaria-a-127-bolivares/127050 . Consulta: Marzo, 2014.