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Opción 1
La concesión es inscrita.
Descripción.-
La solicitud cumple con todas las formalidades y la titularidad
es concedida.
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Consecuencias.-
El interesado es titular de la concesión minera de las cuadrículas
solicitadas. Esto significa que tiene derecho sobre los recursos
minerales del subsuelo, pero aún no tiene autorización para
emprender acciones de exploración ni de explotación.
Para mantener la concesión minera, el titular realiza un pago
anual por cada hectárea denominado Derecho de Vigencia.
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Opción 2
Las Comunidades afectadas presentan Oposición al Petitorio
Minero.
Descripción.-
Tras la publicación en los diarios nacionales o de circulación
regional, algún afectado, sea una persona individual, comunidad
o municipio, presenta la Oposición al Petitorio Minero para que
no se apruebe la concesión.
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Consecuencias.-
Usualmente, la Oposición al Petitorio Minero es denegada, sea
porque la ley da poco margen para oponerse o porque no está
apoyada en informes que sustenten las objeciones.
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Opción 3
Inadmisibilidad o improcedencia del Petitorio Minero.
Descripción.-
La Administración rechaza el Petitorio Minero por no cumplir
todas las formalidades requeridas en el procedimiento o por
informes negativos de otras entidades del Estado, por ejemplo,
el SERNANP en caso de un área protegida.
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Consecuencias.-
El solicitante puede apelar la resolución ante el Consejo de
Minería o volver a presentar una nueva solicitud cuando ésta ha
sido denegada por no cumplir con todas las formalidades.
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