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DIRECC DIREC PROCEDIM EST DEL CONT NUE (S Elaborado por: ATC. Ing. Marcelo Toscano B Controlador de Aeródromo Nueva Loja Firma: Fecha: 24-11-17 CIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL CCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA PROCEDIMIENTO SOP TWR SENL PR-17 / ATM MIENTOS OPERAT TANDARIZADOS TROL DE AERÓDR EVA LOJA TORRE SOP TWR SENL) B. o 1 Revisado por: ATC. Diego Pastor Rodas Responsable Gestión ATM Nacional Firma: Aprobad ATC. Di Dire Firma: Fecha: 25-11-18 F Código: PR-17/ATM Revisión: 0 Fecha: 15-02-18 Página: 1 de 21 TIVOS ROMO E do por: iego Jaramillo Valencia ector de Navegación Aérea Nacional Fecha: 15-02-18

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PROCEDIMIENTOS OPERATIVOSESTANDARIZADOS

DEL CONTROL DE AERÓDROMONUEVA LOJA TORRE

(SOP TWR SENL)

Elaborado por:

ATC. Ing. Marcelo Toscano B.

Controlador de Aeródromo 1Nueva Loja

Firma:

Revisado por:

ATC. Diego Pastor Rodas

Responsable Gestión ATMNacional

Firma:

Aprobado por:

ATC. Diego Jaramillo Valencia

Director de NavegaciónAérea Nacional

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DEL CONTROL DE AERÓDROMONUEVA LOJA TORRE

(SOP TWR SENL)

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Controlador de Aeródromo 1Nueva Loja

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DEL CONTROL DE AERÓDROMONUEVA LOJA TORRE

(SOP TWR SENL)

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ATC. Ing. Marcelo Toscano B.

Controlador de Aeródromo 1Nueva Loja

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HOJA DE CONTROL

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Título: Procedimientos Operativos EstandarizadosDel Control De Aeródromo Nueva Loja Torre.

Propietario: Gestión de Tránsito Aéreo

Ubicación de la copia maestra: - Gestión de Tránsito Aéreo R3- Oficina de Torre de Control Nueva Loja

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Control de modificaciones

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porAprobado

por0 24/11/2017 Documento Nuevo

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INDICE

HOJA DE CONTROL.................................................................................................................... 2

INDICE .......................................................................................................................................... 3

1. OBJETIVO. ......................................................................................................................... 4

2. ALCANCE........................................................................................................................... 4

3. ABREVIATURAS Y DEFINICIONES. ................................................................................ 4

4. RESPONSABILIDADES..................................................................................................... 9

4.1Responsable ATM de la Torre de Control Nueva Loja (SENL TWR)............................ 9

4.2Controlador Ejecutivo de la dependencia de Aproximación Nueva Loja....................... 9

5. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN.......................................................................................... 9

6. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD (Servicio De Control De Tránsito Aéreo).................. 9

6.1 ESPACIO AEREO DE JURISDICCION. ............................................................................ 9

6.2 SERVICIO DE CONTROL DE AERODROMO................................................................. 10

6.3 SERVICIO DE CONTROL SERVICIO DE INFORMACIÓN DE VUELO Y ALERTA ...... 10

6.4 PROCEDIMIENTOS DE CONTROL. ............................................................................... 10

6.5 PRIORIDADES OPERACIONALES................................................................................. 12

6.6 CONTINGENCIAS. ........................................................................................................... 12

6.7 ACTIVIDADES ESPECIALES. ......................................................................................... 13

6.8 UTILIZACION DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y COORDINACIÓN. ........................ 14

6.9 COORDINACIONES ENTRE DEPENDENCIAS ATC. .................................................... 15

6.10 TRANSFERENCIAS. ........................................................................................................ 15

6.11 NOTIFICACION DE SUCESOS DE TRÁNSITO AÉREO. ............................................... 15

7. MODIFICACIONES........................................................................................................... 16

8. REGISTROS. .................................................................................................................... 16

9. VIGENCIA. ........................................................................................................................ 16

10. ANEXOS. .......................................................................................................................... 16

10.1 ANEXO 1: CARTAS DE SALIDA Y LLEGADA PRINCIPALES. .................................... 17

10.2 ANEXO 2: ESPACIO AÉREO DE RESPONSABILIDAD DE NUEVA LOJA TORRE. ... 19

10.3 ANEXO 3: FORMATO DE CARTILLA AIB...................................................................... 20

10.4 ANEXO 4: R-01/ATM - Registro de Cartas de Acuerdo de La Dependencia. ................. 21

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1. OBJETIVO.

Establecer los procedimientos operativos para la provisión del Servicio de Control deAeródromo en la Torre de Control Nueva Loja del Aeropuerto Lago Agrio.

2. ALCANCE.

Este documento es aplicable para todos los supervisores y controladores de la Torre deControl Nueva Loja.

3. ABREVIATURAS Y DEFINICIONES.

ACC: Centro de control de área o control de área AGL: Sobre el nivel del terreno AIP: Publicación de información aeronáutica AMSL: Sobre el nivel medio del mar ATC: Control de tránsito aéreo (en general) ATCO: Controlador de tránsito operativo ATS: Servicio de tránsito aéreo ATZ: Zona de Tránsito de aeródromo ATM: Gestión de Tránsito Aéreo CTR: Zona de control DGAC: Dirección General de Aviación Civil FIR: Región de Información de Vuelo IFR: Reglas de Vuelo Instrumental IMC: Condiciones Meteorológicas Instrumental INL: Localizador Nueva Loja NDB: Radiofaro no direccional QNH: Reglaje de la sub escala del altímetro para obtener elevación estando

en tierra RCC: Centro coordinador de salvamento RWY: Pista SENL: Designador Nueva Loja TMA: Área de control terminal VFR: Reglas de vuelo visual VMC: Condiciones meteorológicas de vuelo visual VOR: Radiofaro omnidireccional VHF

Aeródromo. Área definida de tierra o de agua (que incluye todas sus edificaciones,instalaciones y equipos) destinada total o parcialmente a la llegada, salida ymovimiento en superficie de aeronaves.

Nota. — Se tiene el propósito de que el término “aeródromo” en las disposicionesrelativas a planes de vuelo y mensajes ATS incluya también emplazamientosdistintos a los definidos como aeródromos, pero que pueden ser utilizados poralgunos tipos de aeronaves, por ejemplo, helicópteros, globos o ultraligeros.

Aeródromo controlado. Aeródromo en el que se facilita servicio de control detránsito aéreo para el tránsito del aeródromo.

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Nota. — La expresión “aeródromo controlado” indica que se facilita el servicio decontrol de tránsito para el tránsito del aeródromo, pero no implica que tenga queexistir necesariamente una zona de control.

Aeródromo de alternativa. Aeródromo al que podría dirigirse una aeronave cuandofuera imposible o no fuera aconsejable dirigirse al aeródromo de aterrizaje previsto oaterrizar en el mismo, y que cuenta con las instalaciones y los servicios necesarios,que tiene la capacidad de satisfacer los requisitos de performance de la aeronave yque estará operativo a la hora prevista de utilización. Existen los siguientes tipos deaeródromos de alternativa:

Aeródromo de alternativa pos-despegue. Aeródromo de alternativa en el quepodría aterrizar una aeronave si esto fuera necesario poco después del despegue yno fuera posible utilizar el aeródromo de salida.

Aeronave. Toda máquina que puede sustentarse en la atmósfera por reacciones delaire que no sean las reacciones del mismo contra la superficie de la tierra.

Altitud. Distancia vertical entre un nivel, punto u objeto considerado como punto, y elnivel medio del mar (MSL).

Altitud de decisión (DA) o altura de decisión (DH). Altitud o altura especificada enuna operación de aproximación por instrumentos 3D, a la cual debe iniciarse unamaniobra de aproximación frustrada si no se ha establecido la referencia visualrequerida para continuar la aproximación.

APP. Oficina de Control de Aproximación o Control de Aproximación o Servicio deControl de Aproximación.

Aproximación final. Parte de un procedimiento de aproximación por instrumentosque se inicia en el punto o referencia de aproximación final determinado o, cuandono se haya determinado dicho punto o dicha referencia,

a) al final del último viraje reglamentario, viraje de base o viraje deacercamiento de un procedimiento en hipódromo, si se especifica uno; o

b) en el punto de interceptación de la última trayectoria especificada delprocedimiento de aproximación;

Y que finaliza en un punto en las inmediaciones del aeródromo desde el cual:

a) puede efectuarse un aterrizaje; o bien

b) se inicia un procedimiento de aproximación frustrada.

Área de Responsabilidad: Espacio aéreo con dimensiones definidas que seencuentra bajo la responsabilidad del controlador que ejecuta el Servicio de Controlde Tránsito Aéreo.

Área de Control Terminal (TMA). Área de control establecida generalmente en laconfluencia de rutas ATS en las inmediaciones de uno o más aeródromosprincipales.

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Área de maniobras. Parte del aeródromo que ha de utilizarse para el despegue,aterrizaje y rodaje de aeronaves, excluyendo las plataformas.

Área de movimiento. Parte del aeródromo que ha de utilizarse para el despegue,aterrizaje y rodaje de aeronaves, integrada por el área de maniobras y lasplataformas.

Circuito de tránsito de aeródromo. Trayectoria especificada que deben seguir lasaeronaves al evolucionar en las inmediaciones de un aeródromo.

Clases de espacio aéreo de los servicios de tránsito aéreo. Partes del espacioaéreo de dimensiones definidas, designadas alfabéticamente, dentro de las cualespueden realizarse tipos de vuelos específicos y para las que se especifican losservicios de tránsito aéreo y las reglas de operación.

Nota. — El espacio aéreo ATS se clasifica en Clases A - G, tal como se indica en elAnexo 11, Apéndice 4.

Código (SSR). Número asignado a una determinada señal de respuesta de impulsosmúltiples transmitida por un respondedor en Modo A o C.

Condiciones meteorológicas de vuelo por instrumentos (IMC). Condicionesmeteorológicas expresadas en términos de visibilidad, distancia desde las nubes ytecho de nubes, inferiores a los mínimos especificados para las condicionesmeteorológicas de vuelo visual.

Condiciones meteorológicas de vuelo visual (VMC). Condiciones meteorológicasexpresadas en términos de visibilidad, distancia desde las nubes y techo de nubes,iguales o mejores que los mínimos especificados.

Dependencia de control de tránsito aéreo. Expresión genérica que se aplica,según el caso, a un centro de control de área, control de aproximación o a una torrede control.

Dependencia de servicios de tránsito aéreo. Expresión genérica que se aplica,según el caso, a una dependencia de control de tránsito aéreo, a un centro deinformación de vuelo o a una oficina de notificación de los servicios de tránsito aéreo.

Espacio aéreo con servicio de asesoramiento. Espacio aéreo de dimensionesdefinidas, o ruta designada, dentro de los cuales se proporciona servicio deasesoramiento de tránsito aéreo.

Espacio aéreo controlado. Espacio aéreo de dimensiones definidas dentro del cualse facilita servicio de control de tránsito aéreo, de conformidad con la clasificacióndel espacio aéreo.

IFR. Símbolo utilizado para designar las reglas de vuelo por instrumentos.

IMC. Símbolo utilizado para designar las condiciones meteorológicas de vuelo porinstrumentos.

Incidente. Todo suceso relacionado con la utilización de la aeronave, que no lleguea ser un accidente pero que afecte o pueda afectar la Seguridad de las Operaciones.

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Incidente Grave. Incidente en el que intervienen circunstancias que indican que casiocurrió un accidente, que pueden ser investigados por la Autoridad Aeronáutica Civil.

Incidente de Tránsito Aéreo. Todo suceso grave ocurrido al tránsito aéreo, comoriesgo de colisión, o alguna dificultad grave atribuible a procedimientos aplicables, oa la falla de alguna instalación en tierra que constituya o pueda constituir un riesgopara las aeronaves.

Incursión en la pista. Todo suceso en un aeródromo que suponga la presenciaincorrecta de una aeronave, vehículo o persona en la zona protegida de unasuperficie designada para el aterrizaje o despegue de una aeronave.

Investigación. Proceso en el cual se incluye la recopilación y el análisis de lainformación del suceso, establecimiento de sus causas y factores contribuyentes, laobtención de conclusiones y la formulación de recomendaciones de seguridad con elpropósito de prevenir los incidentes y accidentes.

Irregularidad en las Operaciones de los Servicios de Tránsito Aéreo. TodoSuceso que no produce un Incidente, pero que es motivo de notificación y análisispara tener en cuenta en materia de prevención de donde se derivan las respectivasrecomendaciones de seguridad.

Llegada normalizada por instrumentos (STAR). Ruta de llegada designada segúnreglas de vuelo por instrumentos (IFR) que une un punto significativo, normalmenteen una ruta ATS, con un punto desde el cual puede comenzarse un procedimientopublicado de aproximación por instrumentos.

NOTAM: Aviso distribuido por medios de telecomunicaciones que contieneinformación relativa al establecimiento, condición o modificación de cualquierinstalación aeronáutica servicio procedimiento o peligro, cuyo conocimiento oportunoes esencial para el personal encargado de las operaciones de vuelo.

Pista. Área rectangular definida en un aeródromo terrestre preparada para elaterrizaje y el despegue de las aeronaves.

Plan de vuelo. Información especificada que, respecto a un vuelo proyectado o aparte de un vuelo de una aeronave, se somete a las dependencias de los serviciosde tránsito aéreo.

Plan de vuelo presentado (FPL). Plan de vuelo, tal como ha sido presentado a ladependencia ATS por el piloto o su representante designado, sin ningún cambiosubsiguiente.

Plataforma. Área definida, en un aeródromo terrestre, destinada a dar cabida a lasaeronaves para los fines de embarque o desembarque de pasajeros, correo ocarga, abastecimiento de combustible, estacionamiento o mantenimiento.

Procedimiento de espera. Maniobra predeterminada que mantiene a la aeronavedentro de un espacio aéreo especificado, mientras espera una autorizaciónposterior.

Publicación de información aeronáutica (AIP). Publicación expedida porcualquier Estado, o con su autorización, que contiene información aeronáutica, decarácter duradero, indispensable para la navegación aérea.

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Punto de referencia de espera. Lugar geográfico, que sirve como unareferencia para un procedimiento de espera.

Punto de transferencia de control. Punto determinado de la trayectoria devuelo de una aeronave, en el que la responsabilidad de proporcionar servicio decontrol de tránsito aéreo a la aeronave se transfiere de una dependencia o posiciónde control a la siguiente.

Rodaje. Movimiento autopropulsado de una aeronave sobre la superficie deun aeródromo, excluidos el despegue y el aterrizaje.

Rodaje aéreo. Movimiento de un helicóptero o VTOL por encima de la superficie deun aeródromo, normalmente con efecto de suelo y a una velocidad respecto al suelonormalmente inferior a 37 km/h (20 kt).

Salida normalizada por instrumentos (SID). Ruta de salida designada segúnreglas de vuelo por instrumentos (IFR) que une el aeródromo o determinada pistadel aeródromo, con determinado punto significativo, normalmente en una ruta ATS,en el cual comienza la fase en ruta de un vuelo.

Servicio de control de aeródromo. Servicio de control de tránsito aéreo para eltránsito de aeródromo.

Servicio de Información de Vuelo (FIS). Servicio cuya finalidad es aconsejary facilitar información útil para la realización segura y eficaz de los vuelos.

Servicios de Tránsito Aéreo (ATS). Expresión genérica que se aplica, según elcaso, a los servicios de información de vuelo, alerta, asesoramiento de tránsitoaéreo, control de tránsito aéreo (servicios de control de área, control deaproximación o control de aeródromo).

Servicio de Control de Tránsito Aéreo (ATC). Servicio suministrado con el fin de:

a. prevenir colisiones entre aeronaves; y entre aeronaves y obstáculos en el área demaniobras;

b. acelerar y mantener ordenadamente el movimiento del tránsito aéreo.Suceso ATS: Todo accidente o incidente relacionado con la operación de unaaeronave.

Torre de control de aeródromo. Dependencia establecida para facilitar servicio decontrol de tránsito aéreo al tránsito de aeródromo.

Tránsito aéreo. Todas las aeronaves que se hallan en vuelo, y las que circulan porel área de maniobras de un aeródromo.

Tránsito de aeródromo. Todo el tránsito que tiene lugar en el área demaniobras de un aeródromo, y todas las aeronaves que vuelen en lasinmediaciones del mismo.

Nota. — Se considera que una aeronave está en las inmediaciones de unaeródromo cuando está dentro de un circuito de tránsito de aeródromo, o bienentrando o saliendo del mismo.

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Transmisión a ciegas. Transmisión desde una estación a otra en circunstancias enque no puede establecerse comunicación en ambos sentidos, pero cuando se creeque la estación llamada puede recibir la transmisión.

Viraje reglamentario. Maniobra que consiste en un viraje efectuado a partir de unaderrota designada, seguido de otro en sentido contrario, de manera que la aeronaveintercepte la derrota designada y pueda seguirla en sentido opuesto.

4. RESPONSABILIDADES.

4.1 Responsable ATM de la Torre de Control Nueva Loja (SENL TWR).

Administrar y Gestionar los recursos humanos y materiales de la dependencia, parala prestación de los Servicios de Tránsito Aéreo en la dependencia SENL TWR.

4.2 Controlador Ejecutivo de la dependencia de Aproximación Nueva Loja.

Proporcionar los Servicios de Control de Tránsito Aéreo a todas las aeronaves queoperan en el espacio aéreo de jurisdicción (SENL ATZ 5 NM y GND a 2500FT AMSL),conforme a los métodos y procedimientos vigentes. Y proporcionar Servicio deInformación de Vuelo y Alerta a todos los vuelos VFR dentro de la ATZ SENL.

5. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN.

5.1 Se proporcionará Servicios de Control de Tránsito Aéreo a las aeronaves que operan enla ATZ de Nueva Loja, de acuerdo a lo establecido para el espacio aéreo D, hacia y desdeel Aeródromo de Nueva Loja.

5.2 Los servicios de control de tránsito aéreo se proveerán en idioma Español.

5.3 Para la provisión de los servicios de tránsito aéreo se aplicará la fraseología establecidaen el Manual de Fraseología Aeronáutica del Ecuador M-02/ATM.

6. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD (Servicio de Control de Tránsito Aéreo).

6.1 ESPACIO AEREO DE JURISDICCION.

El espacio aéreo de jurisdicción de TWR Nueva Loja (ATZ), se extiende verticalmentedesde la superficie hasta 2500FT AMSL con un radio de 5 NM tomando como centroARP, COORD 000532N 0765210W (Anexo 2).

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6.2 SERVICIO DE CONTROL DE AERODROMO.

Se proporcionará Servicio De Control De Aeródromo según lo estipulado en el ManualATS del Ecuador, Normativa 11, Documento 4444 (Capítulo 7) y en horario de operaciónHJ.

6.3 SERVICIO DE CONTROL SERVICIO DE INFORMACIÓN DE VUELO Y ALERTA

La provisión de los servicios de información de vuelo y alerta serán brindados a todos losvuelos dentro de la SENL ATZ.

6.4 PROCEDIMIENTOS DE CONTROL.

6.4.1 Arribos y Despegues.

Para las aeronaves de salida se verificará que el FLP respectivo este aprobado, por la

oficina de SECO AIS transmitido por SENL comunicaciones, en la pantalla del sistema

IAT. Para los vuelos con FLP I o Y, se coordinará la autorización ATC con SENL APP

previo al rodaje de las aeronaves. Además se coordinará con la oficina OPS SENL el

encendido de las aeronaves.

El rodaje de las aeronaves hacia RWY 06 se lo realiza por la calle de rodaje y hacia la

RWY 24 al no disponer de calle de rodaje en este tramo, se lo realiza vía pista activa.

La porción de pista en forma de oreja junto al umbral de la RWY 24 no es considerada

punto de espera, si otra aeronave está por aterrizar, independientemente del tipo de

aeronave en el aire o en tierra o si están en uso la pista contraria.

Para cruce o ingreso a PISTA y CALLE DE RODAJE de personas o vehículos, la

autorización se realizará vía Motorola HF, sujeto a disponibilidades de tránsito.

El despegue de una aeronave con FPL I o Y se lo hará previo coordinación con SENL

APP y posterior al despegue serán transferidos a SENL APP (frecuencia 120.4 MHZ).

Ninguna aeronave IFR puede despegar sin código SSR asignado por SENL APP y para

vuelos VFR.

se asignara código SSR 2000 a menos que SEQM APP o SHELL APP dispongan lo

contrario.

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Los vuelos VFR serán transferidos a SENL APP a 05 NM o de acuerdo a lo estipulado

en la carta de acuerdo entre SENLTWR y SENL APP.

Las aeronaves instrumentales con destino SENL serán transferidas desde SENL APP a

SENL TWR de acuerdo a lo estipulado en la carta de acuerdo entre estas

dependencias.

La circulación al SE del AD está prohibido para vuelos IFR (según cartas de

aproximación por instrumentos publicadas).

Para la selección de RWY en uso se aplicará el CT-ATM-SENL 001 Selección de la

pista en uso.

En los casos no contemplados en este apartado se aplicará las regulaciones

establecidas en las cartas de acuerdo suscritas entre ambas dependencias.

6.4.2 Sobrevuelos.

Para los sobrevuelos VFR hacia cualquier cuadrante de SENL se dará información devuelo y alerta hasta las 5 NM y luego se los transferirá a SENL APP.

La cancelación de FLP dentro de la ATZ SENL de ser posible se realizarán en tierra y fuerade la TMA SENL se lo realiza en frecuencia SENL APP.

Para los vuelos que hayan cancelado su FPL en los campamentos militar y policial previoa su despegue se solicitará la comunicación en tierra para la información de vuelo yalerta.

6.4.3 Separaciones y secuencias.

El Control de Aeródromo SENL proveerá separación y secuencias de la siguiente manera:

Las llegadas IFR serán separadas y secuenciadas por SENL APP. Previo a las salidas IFR SENL TWR coordinara con SENL APP el tiempo de separación

entre una y otra salida. Para vuelos VFR la secuencia será según lo indicado en el manual ATS vigente. Para vuelos VFR se aplicará las mínimas de separación en las inmediaciones de

Aeródromo según el manual ATS vigente

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6.5 PRIORIDADES OPERACIONALES.

Se dará prioridad operacional a una aeronave con el fin de facilitar la operación de dichaaeronave, en los casos que se describen a continuación:

a. Se dará prioridad número uno a cualquier aeronave que se encuentre en estado deemergencia y requiera atención inmediata. Cuando una aeronave sea objeto deinterferencia ilícita, se le dará el tratamiento de aeronave en emergencia yprocederá de acuerdo a lo establecido en la Circular Técnica ATM Nª009.

b. Se dará prioridad número dos a cualquier aeronave que se encuentre en estado deurgencia, conduzca personas que requieran atención inmediata, tales comoenfermos o heridos graves, aeronaves ambulancia, aeronaves que acudan en auxilioo rescate de personas, en caso de desastre o emergencia nacional, aeronaves enmisión de evacuación de personas y a los vuelos de búsqueda y salvamento.

c. Se dará prioridad número tres a las aeronaves que trasladen al Sr. Presidente o al Sr.Vicepresidente de la República, así como a Jefes de Gobierno de Estadosextranjeros. Se procederá de acuerdo a lo establecido en la Circular Técnica ATM N°001.

Nota.- Se entiende por “prioridad operacional” al suministro del servicio ATC a una aeronave,para satisfacer sus necesidades o requerimientos, aun cuando se afecte la operación de otrasaeronaves.

6.6 CONTINGENCIAS.

El tratamiento de cualquier contingencia que afecte la operación normal de los serviciosde tránsito aéreo, se detalla en el “Plan de Contingencias ATC” de la dependencia deControl de Aeródromo Nueva Loja.

En caso de presentarse simultáneamente más de una contingencia el Supervisor deturno, aplicará el procedimiento descrito en la contingencia más restrictiva a lasoperaciones aéreas.

6.6.1 Emergencias y/o Interferencia Ilícita.

En el caso de que una aeronave se encuentre, o parezca encontrarse, en algunasituación de emergencia, el controlador proporcionará toda clase de ayuda, y losprocedimientos aquí prescritos pueden variarse de acuerdo con la situación,considerando la posibilidad que se produzcan cambios repentinos en la ruta, nivel devuelo o destino y la imposibilidad del cambio de frecuencia de control.

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El vuelo de una aeronave identificada en situación de emergencia se vigilará y, siempreque sea posible, se seguirá su posición en la presentación de la situación, hasta que laaeronave no pueda ser visible por el controlador de turno y deberá proporcionarseinformación respecto a su posición a todas las dependencias de los servicios de tránsitoaéreo que puedan prestar ayuda a la aeronave. Cuando corresponda, se efectuarátambién la transferencia a sectores adyacentes.

6.7 ACTIVIDADES ESPECIALES.

6.7.1 Prácticas Instrumentales en la TMA Nueva Loja

Con el propósito de facilitar la labor de instrucción, se podrá autorizar dichas prácticassiempre y cuando estas no afecten al desenvolvimiento del tránsito itinerante.

Las prácticas de pilotos que tengan por objetivo mantener eficiencia en el vuelo IFR, secoordinarán con SENL APP y podrán ser autorizados teniendo en cuenta la situación detránsito y condiciones meteorológicas

6.7.2 Salto de Paracaidistas en el espacio aéreo del Área Terminal Nueva Loja, fuera de laATZ.

Los saltos de paracaidistas se realizarán cuando el tránsito normal no sea afectado, demanera que ninguna aeronave deba ser demorada o desviada de su curso normal poreste motivo. Para que una dependencia apruebe la iniciación de saltos de paracaidistasse deberán cumplir los siguientes requisitos:

Verificar la publicación del NOTAM respectivo. No se aprobará la iniciación de saltosde paracaidistas si no ha sido emitido el NOTAM correspondiente.

La aeronave debe estar equipada con un sistema de comunicaciones en ambossentidos en óptimo funcionamiento.

La aeronave debe estar equipada con un equipo respondedor en normalfuncionamiento.

Mantener comunicación permanente con la aeronave durante la operación delanzamiento.

Sobre las condiciones meteorológicas: El piloto al mando será el responsable demantener las condiciones de vuelo adecuadas a las condiciones meteorológicas, paraefectuar el ejercicio.

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6.7.3 Operación de ultraligeros dentro de la SENL ATZ.

Toda operación de ultraligeros deberá regirse obligatoriamente a la “Circular TécnicaDNA N°02 - Procedimientos ATS Para La Operación De Aeronaves/Vehículos ReguladasPor RDAC Parte 103.

6.7.4 Operación de La Unidad de Inspección de Vuelo en la TMA Nueva Loja

Toda operación de la unidad de inspección de vuelo del Ecuador deberá regirseobligatoriamente a la “Carta de Acuerdo Operacional entre los Servicios de Control detránsito Aéreo y la Unidad de Inspección de vuelo”.

En medida de lo posible previamente se coordinará entre las Unidad de Inspección y losServicios ATS un espacio de tiempo adecuado, para no interferir con los trabajos de laUnidad de Inspección, el flujo normal de las operaciones aéreas y vuelos itinerantes.

6.8 UTILIZACION DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y COORDINACIÓN.

6.8.1 Comunicaciones.

Toda aeronave que opere en el ATZ Nueva Loja deberá ser mantenida en las frecuenciasradiotelefónicas principal (118,8 MHZ) o alterna (119,1 MHZ) asignadas al puesto decontrol ejecutivo de la dependencia de Control de Aproximación Nueva Loja. Exceptoque se trate de una contingencia o emergencia, se puede utilizar la frecuencia deemergencia 121.5 MHZ. u otra previamente acordada.

6.8.2 Coordinaciones.

Toda coordinación se deberá realizar utilizando los medios de comunicación ycoordinación establecidos formalmente, sean estos, medios de coordinaciónautomatizados o medios implementados del servicio fijo aeronáutico.

Coordinaciones con dependencias locales como AVSEC, OPS, MET, SCI, CNS se realizarapor medio de Motorola HF o Walkie Talkie.

En forma excepcional y en situaciones extremas o de fuerza mayor se podrán realizarcoordinaciones aeronáuticas por otro medio (uso de teléfonos celulares).

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6.9 COORDINACIONES ENTRE DEPENDENCIAS ATC.

6.9.1 Coordinaciones entre el Control de Aproximación Nueva Loja y la Torre de ControlNueva Loja.

Las coordinaciones entre estas dependencias se la realizarán mediante el sistemainterno de las consolas Schmid o de no ser posible por este medio, por medio de WalkieTalkie, en cuyo caso los identificativos serán:

Torre de Control Nueva Loja: “TANGO”Aproximación Nueva Loja: “APROXIMACION”

Los detalles pertinentes de coordinación, están establecidos en la Carta de AcuerdoOperacional entre el Control de Aproximación Nueva Loja y la Torre de Control NuevaLoja.

6.10 TRANSFERENCIAS.

6.10.1 Transferencia de Comunicaciones.

La transferencia de comunicaciones se efectuará cuando la aeronave se encuentrepróxima al límite común o punto de transferencia entre dos dependencias, yalcanzando el nivel de vuelo de transferencia pre-establecido.

Los detalles pertinentes a las transferencias de comunicaciones, están establecidos enlas Cartas de Acuerdo Operacional entre dichas dependencias.

6.10.2 Transferencia de Control.

La transferencia de control se efectuará sobre el límite común o cuando el pilotonotifica cruzar sobre el límite común, en ambos casos deberá estar nivelado ocruzando un nivel de vuelo previamente coordinado o informado.

Los detalles pertinentes a las transferencias de control, están establecidos en lasCartas de Acuerdo Operacional entre dichas dependencias.

6.11 NOTIFICACION DE SUCESOS DE TRÁNSITO AÉREO.

En caso de presentarse cualquier suceso ATS, se tramitará a través del supervisor deturno al Responsable ATM de la dependencia y/o a los Responsables de SeguridadOperacional correspondientes, conforme el “Procedimiento de Notificación eInvestigación de Sucesos ATS” del SMS, remitiendo toda la información relativa al sucesoATS.

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7. MODIFICACIONES.

7.1 Las modificaciones y revisiones a este documento las realizará únicamente la Gestión deTránsito Aéreo Nacional, a solicitud de la dependencia, conforme el procedimiento parala modificación de documentos contenida en el Procedimiento “Elaboración ypresentación de Documentos” de la DNA.

7.2 Las modificaciones y revisiones de este documento se efectuarán bajo las siguientescircunstancias:

a) Si se considera necesario incluir cualquier variación que contribuya a mejorar lagestión de la seguridad operacional en los Servicios de Tránsito Aéreo.

b) Como resultado de Auditorias al Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional.

c) Se detecten errores o imprecisiones durante la aplicación del procedimiento.

d) Se modifiquen o cambien los procedimientos internos o las responsabilidades queimpliquen cambios en la aplicación de este procedimiento.

e) Se soliciten cambios o mejoras al documento por los medios y canales pertinentes.

8. REGISTROS.

8.1 R-01/ATM - Registro de Cartas de Acuerdo de la dependencia.

9. VIGENCIA.

Este documento entra en vigencia el: 15 de febrero de 2018

10. ANEXOS.

10.1 ANEXO 1: Cartas de Salida y Llegada principales10.2 ANEXO 2: Espacio Aéreo de responsabilidad de Aproximación Nueva Loja.10.3 ANEXO 3: Formato de cartilla AIB10.4 ANEXO 4: R-01/ATM - Registro de Cartas de Acuerdo de la dependencia.

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10.1 ANEXO 1: CARTAS DE SALIDA Y LLEGADA PRINCIPALES.

AERÓDROMO NUEVA LOJA

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10.2 ANEXO 2: Espacio Aéreo de responsabilidad de Nueva Loja Torre.

ATZ

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10.3 ANEXO 3: Formato de cartilla AIB

APP SENL

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10.4 ANEXO 4: R-01/ATM - Registro de Cartas de Acuerdo de la dependencia.

INSTRUCCIÓN TECNICA

ELABORACIÓN DE CARTAS DE ACUERDO

Código: R-02/IT-02/DNA

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Fecha: 22-07-2017

Página:01 de 01CONTROL DE CARTAS DE ACUERDO OPERACIONALES

Código Título Carta de AcuerdoFecha de entrada

en VigenciaEdición Revisión

DependenciasQue Posee

N/ACARTA DE ACUERDO OPERACIONAL

ENTRE NUEVA LOJA APP Y TWR NUEVALOJA.

04 de MARZO de2015 N/A N/A

APP SENL

TWR SENL

________________________________

Fin del Documento