PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN · Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No....

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Proyecto de Pliego de Condiciones Licitación Pública No. 01 de 2016 Secretaría General Ext.10796 [email protected] Cra.5 No.15-80 Piso 7 Pbx 5878750 www.procuraduria.gov.co 1 PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES LICITACIÓN PÚBLICA No. 01 DE 2016 OBJETO: SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE PRESTE EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA PARA LAS SEDES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION FEBRERO DE 2016

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PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

PLIEGO DE CONDICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA No. 01 DE 2016

OBJETO: SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE PRESTE EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA PARA LAS SEDES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

FEBRERO DE 2016

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RECOMENDACIONES La Procuraduría General de la Nación se encuentra interesada en recibir propuestas para SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE PRESTE EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA PARA LAS SEDES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION. Para lo anterior, se recomienda a los oferentes que antes de elaborar y presentar sus propuestas, tengan en cuenta lo siguiente: A. Verificar que no se encuentran incursos dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o

prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas para licitar y contratar. B. Examinar rigurosamente el contenido del pliego de condiciones de la licitación, de los documentos

que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la contratación administrativa con entidades del Estado (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 26 de mayo de 2015 y demás normas reglamentarias y complementarias).

C. Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben

allegar con las propuestas y verificar que contienen la información completa que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos, en la ley y en el presente pliego de condiciones.

D. Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro de los plazos

exigidos en el pliego de condiciones. E. Suministrar toda la información requerida a través de este pliego. F. Diligenciar totalmente los anexos y formatos contenidos en este pliego. G. Elaborar y presentar su propuesta en estricto acatamiento de lo dispuesto en el presente pliego,

verificando la integridad y coherencia de los ofrecimientos. H. Presentar sus ofertas con el correspondiente índice y debidamente foliadas. LA PROCURADURÍA SE RESERVA EL DERECHO DE VERIFICAR TODA LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LA PROPUESTA Y DE SOLICITAR A LAS AUTORIDADES COMPETENTES O A LOS PARTICULARES CORRESPONDIENTES, INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL CONTENIDO DE LA MISMA.

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CAPÍTULO PRIMERO ASPECTOS GENERALES DE LA LICITACION PUBLICA

1.1. RÉGIMEN LEGAL Tanto el proceso de Licitación Pública como el contrato que se suscriba como consecuencia del mismo, se regirá en lo pertinente, por el ordenamiento constitucional, el régimen jurídico determinado en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015, sus normas reglamentarias y demás normas civiles y comerciales que la complementan, adicionan y reglamentan, disposiciones que regulen la materia y lo establecido en el presente pliego. En este pliego de condiciones se describen aspectos técnicos, legales, financieros, contractuales, de experiencia y cumplimiento, entre otros, que la Procuraduría considera que el oferente debe tener en cuenta para elaborar y presentar su propuesta. El contenido del pliego de condiciones debe ser interpretado integralmente. El orden de los capítulos y numerales no implica prelación entre los mismos. Los títulos utilizados son orientadores y no afectan las exigencias en ellos contenidos. 1.2 MODALIDAD DEL PROCESO DE LICITACIÓN Y SU JUSTIFICACIÓN En virtud de lo consagrado por la Ley 1150 de 2007 artículo 2, adicionado por la Ley 1474 de 2011 artículo 94 numeral 1 “(…) la escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo (…)” Así mismo de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 2.2.1.1.2.1.1 del decreto 1082 de 2015: “El objeto a contratar, con sus especificaciones, las autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución, y cuando el contrato incluye diseño y construcción, los documentos técnicos para el desarrollo del proyecto”. Teniendo en cuenta que los servicios de vigilancia y seguridad privada que requiere la Entidad, deben prestarse ajustándose a las necesidades propias de la Entidad, es decir, tiene que ser con armas y con un medio tecnológico, cual es la alarma monitoreada, que el objeto es complejo y exige la valoración de calidad, y además que el valor asciende a la suma de DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($2.743.609.942.oo), monto que supera la menor cuantía de contratación de la Procuraduría General de la Nación para el año 2016 ($448.145.100 correspondientes a 650 SMLMV), en el presente caso la escogencia del contratista se efectuará con arreglo a la modalidad de Licitación Pública, de acuerdo con lo consagrado en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, artículo 2, numeral 1 en concordancia con lo estipulado por el Decreto 1082 de 2015 y las disposiciones de la Ley 1474 de 2011. Para la selección del contratista, la Entidad aplicará los principios de economía, transparencia y responsabilidad contenidos en la Ley 80 de 1993 y los postulados que rigen la función administrativa. 1.3 INVITACIÓN VEEDURÍAS CIUDADANAS De conformidad con lo dispuesto en las Leyes 80 de 1993, artículo 66, 850 de 2003 y 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.5, numeral 5, el presente proceso licitatorio, así como el contrato que como consecuencia de su trámite se suscriba, podrán ser objeto de la vigilancia y control ciudadano. 1.4 COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los documentos del proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia a audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el Proceso de Contratación estará a cargo exclusivo de los interesados y Proponentes.

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1.5 COMUNICACIONES Las comunicaciones en el marco del Proceso de Contratación deben hacerse por escrito, por medio físico o electrónico, toda la correspondencia que se genere se radicará directamente en la DIVISIÓN ADMINISTRATIVA de la Procuraduría, ubicada en la carrera 5 No. 15-80 piso 3 de la ciudad de Bogotá, D.C. o al fax No. 5878750 extensiones 10397 ó 10796, o a la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]. En cuanto a las aclaraciones y envío de documentos requeridos con ocasión de la verificación y evaluación de las propuestas, sólo serán tenidas en cuenta aquellas que se entreguen directamente en la dependencia evaluadora o se remitan al número de fax o correo electrónico que se indique en la comunicación que se le envíe al oferente por parte del integrante o de los integrantes del respectivo Comité verificador y evaluador, dentro del término previsto en el cronograma. La Procuraduría por su parte, enviará la correspondencia a las direcciones, números de fax o correos electrónicos indicados por los interesados.

NOTA: No será atendida la correspondencia entregada en la División de Registro y Control y correspondencia, en cualquier otra Dependencia de la Entidad o cualquier otra dirección de correo diferente a la señalada con antelación, salvo que sea absolutamente necesario para garantizar el principio de transparencia.

1.6 IDIOMA Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los Proponentes o por terceros para efectos del proceso de contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en castellano. La oferta y sus anexos deben ser presentados en castellano. Los documentos en un idioma distinto al castellano, deben ser presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano. El proponente puede presentar con la oferta una traducción simple al castellano. Si el proponente resulta adjudicatario, debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado.

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1.7 LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR

La Entidad exige la legalización o la consularización de documentos públicos otorgados en el extranjero, de acuerdo con la Convención de la Apostilla. Si en el proceso de contratación, un proponente presenta un documento público legalizado de acuerdo con la Convención de la Apostilla, la Procuraduría General de la Nación no solicitará legalizaciones, autenticaciones o ratificaciones adicionales de ninguna autoridad nacional o extranjera, puesto que el trámite de la Apostilla es suficiente para certificar por sí mismo su autenticidad. De acuerdo con el Manual para el Funcionamiento Práctico de la Convención de la Apostilla, el país de origen del documento puede tener una autoridad que verifica y certifica ciertos documentos públicos (autoridad intermedia) y otra autoridad centralizadora que es quien emite la Apostilla. En consecuencia, la Procuraduría General de la nación acepta la Apostilla expedida por la autoridad centralizadora correspondiente.

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1.8 DEFINICIONES

Definiciones

1 Circular Externa No. 17 del 11 de febrero de 2015 – Colombia Compra Eficiente

2 Circular Externa No. 17 del 11 de febrero de 2015 – Colombia Compra Eficiente

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Definiciones

PGN Procuraduría General de la Nación.

Alarma* Monitoreada

Es un servicio por el cual se chequean las señales transmitidas desde un sistema de alarma. Cada señal emitida, es transmitida a una Central de Monitoreo desde la cual se da aviso inmediato a los titulares y organismos de control (Policía, Bomberos, Emergencias), según el evento que se produzca.

Arma* Instrumento, medio o máquina autorizada a los integrantes de diferentes servicios de vigilancia y seguridad privada.

Automóvil* Todo aparato montado sobre ruedas, que permite el transporte de personas, animales o cosas, de un punto a otro por vía terrestre pública o privada abierta al público.

Cámara* Aparato que sirve para registrar imágenes estáticas o en movimiento.

Circuito cerrado de Televisión*

Circuito cerrado de televisión o CCTV (siglas en inglés de closed circuit televisión) es una tecnología de video vigilancia diseñada para supervisar una diversidad de ambientes y actividades. Se le denomina circuito cerrado en razón a que todos sus componentes están enlazados.

Comunicación* Diálogo e interacción permanente con los usuarios, vigilados y ciudadanos en general.

Contratista* Es el proponente que resulte adjudicatario y suscriba el contrato objeto del presente proceso de contratación.

Empresa* Sociedad de responsabilidad limitada legalmente constituida, cuyo objeto social consista en la prestación remunerada de servicios de vigilancia y seguridad privada.

GPRS**

General Packet Radio Service (GPRS) o servicio general de paquetes vía radio. Una conexión GPRS está establecida por la referencia a su nombre del punto de acceso (APN). Con GPRS se pueden utilizar servicios como Wireless Application Protocol(WAP), servicio de mensajes cortos (SMS), servicio de mensajería multimedia (MMS), Internet y para los servicios de comunicación, como el correo electrónico y la World Wide Web (WWW).

Licencia* Resolución de la Administración por la que se autoriza el ejercicio de una actividad

Mantenimiento*** Conjunto de actividades de inspección, ajuste y reparación que buscan mantener en condiciones óptimas de operación los equipos, evitando fallas futuras (mantenimiento preventivo) o para reparar fallas que hayan ocurrido (mantenimiento correctivo).

Oferta* Es la propuesta presentada a la Procuraduría General de la Nación por los interesados en ser el contratista del Proceso de Contratación objeto del presente Proceso.

Pliego de condiciones

Es el documento que recopila el conjunto de normas que rigen el proceso de selección y el futuro Contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Oferta para participar en el Proceso de Selección y tener la posibilidad de obtener la calidad de adjudicatario del proceso. Está compuesto por el pliego de condiciones y sus adendas.

Servicio de Vigilancia y

Seguridad Privada*

Son las actividades que en forma remunerada o en beneficio de una organización pública o privada, desarrollan las personas naturales o jurídicas, tendientes a prevenir o detener perturbaciones a la seguridad y tranquilidad individual en lo relacionado con la vida y los bienes propios o de terceros y la fabricación, instalación, comercialización y utilización de equipos para la vigilancia y seguridad privada, blindajes y transporte con este mismo fin

Superintendencia* Entidad que vigila, controla, inspecciona y sanciona a servicios de interés general.

Supervisor*

Es aquella persona acreditada en el campo de la seguridad que tiene que ver directamente con la prestación de los servicios, la organización de la vigilancia en los puestos, el establecimiento de normas, entrenamiento, adiestramiento y evaluación del nivel de satisfacción del cliente con los servicios que ha recibido.

Vigilancia Fija* Es la que se presta a través de vigilantes o de cualquier otro medio, con el objeto de dar protección a personas o bienes muebles o inmuebles en un lugar determinado.

Vigilancia Privada*

Actividades que en forma remunerada o en beneficio de una organización pública o privada, desarrollan las personas naturales o jurídicas, tendientes a prevenir o detener perturbaciones a la seguridad y tranquilidad individual en lo relacionado con la vida y los bienes propios o de terceros y la fabricación, instalación, comercialización y utilización de equipos para vigilancia y seguridad privada, blindajes y transporte con este mismo fin.

Vigilante* Persona contratada para guardar y proteger los bienes privados. * Tomado de la página http://www.supervigilancia.gov.co/index.php?idcategoria=5247 , el día 4 de febrero de 2016, 6:05 p.m. **Tomado de la página https://es.wikipedia.org/wiki/Servicio_general_de_paquetes_v%C3%ADa_radio, el día 4 de febrero de 2016, 8:02 p.m ***Tomado de la Página https://www.google.com.co/webhp?sourceid=chrome-instant&rlz=1C1EODB_enCO564&ion=1&espv=2&ie= UTF-8#q=Conjunto+de+actividades+de+inspecci%C3%B3n%2C+ajuste+y+reparaci%C3%B3n+que+buscan+mantener+en+condiciones+%C3%B3ptimas+de+operaci%C3%B3n+los+equipos%2C+evitando+fallas+futuras+(mantenimiento+preventivo)+o+para+reparar+fallas+que+hayan+ocurrido+(mantenimiento+correctivo).

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1.9. OBJETO DE LA SELECCION SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE PRESTE EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA PARA LAS SEDES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION. ALCANCE DEL OBJETO: LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, SE REALIZARÁ EN LAS SEDES CENTRAL Y TERRITORIALES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN EN LA MODALIDAD FIJA, CON ARMA DE FUEGO Y CON MEDIO TECNOLÓGICO; ASÍ COMO A TRAVÉS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALARMA MONITOREADA CON COMUNICACIÓN GPRS VÍA CELULAR. ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO:

La Procuraduría requiere la prestación de los siguientes servicios: a) Prestación del servicio de Vigilancia y Seguridad Privada, con medio humano, con arma, para las sedes de la Procuraduría General de la Nación, ubicadas en el nivel Central y Territorial, de acuerdo con las modalidades del servicio, turnos y total de servicios señalados en el cuadro. Para sedes ubicadas en inmuebles independientes, es decir que no forman parte de una copropiedad, se estima necesario contar con servicios 24 horas; para aquellos que se encuentran ubicados en edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal, se estima requieren servicios de 12 horas con arma: estos servicios se prestarán en las sedes ubicadas a nivel territorial y en el nivel central para los servicios ubicados al exterior de las sedes y sin arma para aquellos servicios prestados en áreas de recepción en el nivel central. Finalmente en las sedes que se cuenta con apoyo de la Policía Nacional u otras entidades del estado solo se asignaran servicios de 12 horas nocturnas:

ITE

M

REGIONAL SEDES

Turno 24 horas de Lunes a

Domingo Con Arma

Turno 12 horas Diurnas

de Lunes a Viernes sin

Festivos Con Arma

Turno 12 horas Diurnas

de Lunes a Viernes sin

Festivos Sin Arma

Turno 12 horas

Nocturnas de Lunes a

Domingo Sin Arma

Sin Arma

No. SERVICIOS

No. SERVICIOS

No. SERVICIOS

No. SERVICIOS

1 AMAZONAS Procuraduría Regional, Carrera 8 No. 11-114,

LETICIA 1

2 ANTIOQUIA

Procuraduría Regional, Carrera 56 A No. 49A - 30,

MEDELLIN 1

Procuraduría Provincial, Carrera 50 No. 48-47,

ANDES 1

3 ARAUCA Procuraduría Regional,

Calle 21 No. 18-47, ARAUCA

1

4 ATLANTICO

Procuraduría Regional, Calle 40 No. 44-39, Edificio

Cámara de Comercio BARRANQUILLA

1

Procuraduría Provincial, Carrera 44 No. 38-11, Piso 6 Edificio Banco Popular -

BARRANQUILLA

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5 BOLIVAR

Procuraduría Regional, Calle de la Chichería No.

38-68. CARTAGENA

1

Procuraduría Provincial DE Magangué - Calle 15 # 7 –

28 MAGANGUE

1

Procuraduría Provincial, Calle 23 No. 50-31.

CARMEN DE BOLIVAR 1

6 BOYACA

Carrera 10 No. 21-15 Pisos 2 y 3 Edif. CAMOL y calle

21 No. 10-76 Of. 201. TUNJA

3

7 CAQUETA Procuraduría Regional,

Carrera 9 No. 9-65, FLORENCIA

1

8 CASANARE Procuraduría Regional,

Calle 7 No. 22-85. YOPAL

1

9 CAUCA

Procuraduría Provincial Carrera 8 No. 4-33 SANTANDER DE

QUILICHAO

1

Procuraduría Regional, Calle 3 No. 3-60.

POPAYAN 1

Procuraduría Provincial, Calle 4 No. 0 -83.

POPAYAN 1

10 CESAR Procuraduría Regional,

Calle 16 No. 9-30, Piso 6 – VALLEDUPAR

1

11 CHOCO

Procuraduría Regional, Calle 25 # 2 – 19 Piso 3

Edif. Banco Popular QUIBDÓ

1

12 CORDOBA

Procuraduría Regional Cordoba y Provincial de

Montería, Carrera 5 #24 - 19 Edificio Centro 25 -

MONTERIA

1

Procuradurías Judiciales Penales Administrativas

Calle 28 No. 4 - 21. MONTERIA

1

13 CUNDINAMARCA

Procuraduría Provincial, Calle 8 No. 3 - 34.

FACATATIVA 1

Procuraduría Provincial , Carrera 20 No. 4 A - 42

Barrio la Algarra III - ZIPAQUIRA

1

Procuraduría Provincial, Calle 19 No. 10-61.

GIRARDOT 1

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14 GUAINIA Procuraduría Regional, Carrera 9 No. 14-70. PUERTO INÍRIDA

1

15 GUAJIRA Procuraduría Regional, Carrera 15 # 14C – 80 -

RIOHACHA 1

16 GUAVIARE Procuraduría Regional, Calle 9 No. 23-74, SAN JOSÉ DE GUAVIARE

1

17 HUILA

Procuraduría Regional, Calle 8 No. 7 A - 28

NEIVA 1

Procuraduría Provincial, Calle 8 No. 9-47, Piso 3.

GARZON 1

18 MAGDALENA

Procuraduría Provincial, Calle 4 No. 3-48.

EL BANCO 1

Procuraduría Regional, Calle 15 No. 3-25, Edif. BCH, SANTA MARTA

1 1

19 NARIÑO

Procuraduría Regional, Calle 18A No. 25-37, Edificio Alfa PASTO

1

Procuraduría Regional, Carrera 24 No. 20 - 58 piso

6. PASTO

1

Procuraduría Provincial, Av. de los Estudiantes, Sector la

Y - Cont. Casa de la Justicia.

TUMACO

1

20 NORTE DE

SANTANDER

Procuraduría Provincial, Calle 12 No. 11-35

OCAÑA 1

Procuraduría Regional, Judicial Av. 4 No. 10-46

Piso 2 y 8, Centro Comercial Plaza, CÚCUTA

1

21 PUTUMAYO Procuraduría Regional,

Calle 8 # 5 - 10. MOCOA

1

22 QUINDIO

Procuraduría Provincial de Armenia. Carrera 17 No. 20

-27 Piso 10. ARMENIA

1

23 RISARALDA

Procuraduría Provincial de Pereira Carrera 8 No. 42B -

50 Piso 4 PEREIRA

1

24 SANTANDER

Procuraduría Provincial, Calle 49A No. 8 A - 36, Piso

4, Edif. Granahorrar, BARRANCABERMEJA

1

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Procuraduría Provincial de Santander - Calle 37 No. 12

- 08 LA CASONA BUCARAMANGA

1

Procuraduría Regional, Calle 35 No. 18 - 21 Piso 3

BUCARAMANGA 1

Procuradurías Judiciales, Penales, Administrativas,

Familia y Agraria - Calle 35 # 19 - 65 Piso 6

BUCARAMANGA

1

25 SAN ANDRES

ISLAS

Procuraduría Regional, Av. la Jaiba No. 3-46, Piso 4.

SAN ANDRES ISLAS 1

26 SUCRE

Procuraduría Regional, Calle 22 No. 16-20, Piso 1,

SINCELEJO 1

Procuradurías Judiciales, Administrativas Penales y

de Familia - Calle 23 # 16 - 39 Pisos 1 2 y 3.

SINCELEJO

1

27 TOLIMA

Procuraduría Provincial, Carrera 2 No. 11-89, Edif.

Martin Pomala. IBAGUÉ

1

Procuraduría Regional, Carrera 4 No. 11-40, Pisos

3, 4, 5 y 6, Edif. Floro Saavedra, IBAGUE

1

Procuraduría Provincial, Carrera 12 No. 12 A -42,

HONDA 1

Procuraduría Provincial, Calle 10 # 8 – 06.

CHAPARRAL 1

28 VALLE DEL

CAUCA

Procuraduría Regional, Carrera 9 No. 8-56, Piso 3,

Edificio 99, CALI 1

Procuraduría Regional del Valle - Calle 11 No. 5 - 54

Edificio Bancolombia CALI

1

Procuraduría Provincial, Calle 12 No. 1 – 03.

CARTAGO 1

Procuraduría Provincial de Buenaventura - Calle 6 No.

5 - 11/15 BUENAVENTURA

1

Procuraduría Provincial de Buga - Carrera 16 # 6 -51 -

BUGA 1

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10

29 VICHADA Procuraduría Regional,

Calle 18 No. 3-09. PUERTO CARREÑO

1

30 BOGOTA

Sede Principal - Carrera 5 No. 15-80, Torre A - SALA TÉCNICA -ASCENSORES

1 4

Sede Principal Carrera 5 No. 15-80, Torre A-

ESCANNER y RECEPCION 1 2 3

Sede Principal - Carrera 5 No. 15-60, Torre B -

INGRESO y RECEPCION 1 2

Sede Principal - Calle 16 No. 4 -76 Torre C -

INGRESO y RECEPCION 1 2 4

Sede Principal Carrera 5 No. 15-80, PLAZOLETA

2 2 2

Carrera 25 No. 17-45 BODEGA PALOQUEMAO

1

Carrera 19B # 22B - 20 BODEGA SAMPER

MENDOZA 1

Carrera 10 No. 16-82 Edificio Manuel Mejía -

SALA T. RECEPCION Y RECORREDOR

1 3 2

SUB-TOTALES 43 32 15 2

b) Prestación del servicio de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, para las sedes en las cuales en la actualidad se cuenta con este servicio:

N° DEPARTAMENTO CIUDAD Sede / Dirección

1 ATLANTICO Barranquilla Procuraduría Provincial de Barranquilla - Cra 4 # 38 - 11

2 BOYACÁ Sogamoso Procuraduría Provincial – Carrera 11 N° 14-135/141 pisos 3 y 4

3 CAUCA Popayán Procuraduría Provincial - Calle 4 No. 0 -83

4 CUNDINAMARCA Bogotá Bodega Paloquemao – Carrera 25 N° 17-45

5 CUNDINAMARCA Zipaquirá Procuraduría Provincial – Carrera 20 N° 4 – 42 Barrio la Algarra

6 CUNDINAMARCA Fusagasugá Procuraduría Provincial – Carrera 8 A N° 6-49, Of. 605 y 606

7 HUILA Garzón Procuraduría Provincial – Calle 8 N° 9-47, Piso 3

8 NARIÑO Pasto Procuraduría Regional de Nariño - Bodega Calle 18 A # 25 - 37

9 RISARALDA Pereira Procuraduría Provincial de Risaralda – Cra. 8 #42 B - 50

10 SANTANDER San Gil Procuraduría Provincial – Carrera 10 N° 10-40

11 TOLIMA Melgar Procuraduría 256 Judicial Penal – Calle 6 N° 24-02/08 Piso 2

12 TOLIMA Chaparral Procuraduría Provincial – Calle 10 N° 8-06

13 VALLE DEL CAUCA Cartago Procuraduría Provincial y Judicial - Calle 12 # 1 -03

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14 VALLE DEL CAUCA Buga Procuraduría Provincial de Buga - Carrera 16 # 6 -51

La Procuraduría podrá durante la ejecución del contrato, excluir o incluir nuevas sedes y aumentar o disminuir el número de puestos de vigilancia y el número de servicios de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, teniendo en cuenta las necesidades de la Entidad, siempre y cuando exista amparo presupuestal, previa información que en forma oportuna se le dé a conocer al Contratista por parte del Supervisor del contrato, con el visto bueno del Jefe de la División de Seguridad, lo cual constará en el acta respectiva. Así las cosas, la Entidad solo pagará el valor de los servicios (puestos de vigilancia y número de alarmas monitoreadas), efectivamente prestados. Nota: Para la prestación del servicio de alarma monitoreada, teniendo en cuenta que la Procuraduría General de la Nación no cuenta con sus propios equipos, se requiere que el contratista los suministre e instale, de acuerdo con las especificaciones técnicas requeridas, y una vez finalizado el contrato deberá proceder a su retiro. PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: Los proponentes deberán acreditar dentro de su oferta que para la ejecución del contrato, contarán con:

I. COORDINADOR GENERAL DEL CONTRATO Con el fin de acreditar las calidades y experiencia del Coordinador, el proponente allegará con su propuesta los siguientes documentos: ESTUDIOS

- El Coordinador ofrecido, deberá acreditar credencial de Consultor de Seguridad Privada, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 literal a) del Decreto 2885 del 4 de agosto de 2009: “ Por el cual se modifica el artículo 34 del Decreto 2187 de 2001 en lo relacionado con los requisitos de Asesor, Consultor y/o Investigador en Seguridad” o por el titular de la Licencia de Funcionamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Decreto 019 de 2012.

EXPERIENCIA 1. Diez (10) años de experiencia como coordinador, en contratos de seguridad, acreditada antes de la fecha de cierre del proceso licitatorio, discriminados así:

Mínimo ocho (8) años continuos vinculados al oferente. Acreditados con la respectiva certificación y planillas de pago de aportes en seguridad social. En caso que el proponente sea un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se acepta la vinculación a uno de ellos.

Dos (2) años adicionales acreditados mediante certificación expedida por el Representante Legal o persona autorizada de la(s) empresa(s) de vigilancia y seguridad privada donde haya laborado.

2. Acreditar experiencia específica como coordinador en contratos de vigilancia, con la sumatoria de hasta tres (3) certificaciones expedidas por el empleador o la(s) entidad(es) pública(s) o privada(s), en las que se indique que prestó el servicio o estuvo vinculado como coordinador del contrato y el objeto del mismo debe corresponder a la prestación del servicio de vigilancia en mínimo veintidós (22) municipios ubicados en catorce (14) departamentos diferentes, cuyos plazos sumen mínimo un (1) año. El número de municipios - veintidós (22), departamentos -catorce (14) y el plazo de vinculación que debe acreditar, es adecuado y proporcional al objeto del contrato en ejecución, que atiende veintinueve (29) departamentos y cuarenta (45) municipios.

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ANTECEDENTES PENALES, FISCALES Y DISCIPLINARIOS

No tener antecedentes penales, fiscales, ni disciplinarios. Para el efecto dentro del periodo de verificación de las ofertas, la entidad efectuará las consultas en línea de antecedentes penales, fiscales y disciplinarios, a las páginas web de la Policía Nacional, la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación, respectivamente. En caso que el coordinador no cumpla con los requisitos establecidos y/o tenga antecedentes penales o fiscales o disciplinarios, el oferente durante el proceso de selección o el contratista, durante la ejecución del contrato, deberá efectuar de forma inmediata el respectivo cambio y de esta forma acreditar el cumplimiento de este requisito.

II. SUPERVISOR DEL CONTRATISTA Con el fin de acreditar las calidades y experiencia del Supervisor, el proponente allegará con su propuesta los siguientes documentos: ESTUDIOS

- Título Profesional, técnico o tecnólogo - Acreditar credencial como supervisor expedida por el proponente junto con el reporte de la

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. En caso que el proponente sea un consorcio, unión temporal, o promesa de sociedad futura, se acepta la vinculación a uno de ellos.

EXPERIENCIA 1. Mínima siete (7) años en el área de seguridad privada, debidamente certificada por las empresas en las cuales prestó sus servicios discriminados así: Cinco años (mínimo) continuos vinculados al oferente, acreditado con planillas de pago de aportes a seguridad social. En caso que el proponente sea un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se acepta la vinculación de uno de ellos.

2. Acreditar experiencia específica como supervisor en contratos de vigilancia, con la sumatoria de hasta tres (3) certificaciones expedidas por el empleador o la(s) entidad(es) pública(s) o privada(s), en las que se indique que prestó el servicio o estuvo vinculado como supervisor y cada uno de éstos debe corresponder a la prestación del servicio de vigilancia en mínimo dieciséis (16) puestos de vigilancia, cuyos plazos sumen mínimo un (1) año. El número de puestos de vigilancia que debe acreditar el supervisor, es adecuado y acorde al número de puestos con que cuenta la entidad en la ciudad de Bogotá, nueve (9) con modalidad 24 horas y veintiséis (26) con modalidad 12 horas. El supervisor ofrecido deberá permanecer de forma permanente en la sede principal de la entidad. JUSTIFICACION DE LA EXPERIENCIA DEL COORDINADOR Y SUPERVISOR

Los años de experiencia, son un factor que garantizan a la entidad un perfil más robusto tanto para el coordinador como para el supervisor, entre más años de experiencia, tiene más referentes que permiten identificar y mitigar los riesgos asociados a aspectos de seguridad. Es importante que se tenga en cuenta que el servicio de vigilancia en la Procuraduría cuenta con características especiales, por la población y los lugares que se deben custodiar, los cuales requieren de los más altos estándares en el personal que esté involucrado con la prestación del servicio.

La experiencia del coordinador y supervisor, es primordial en el desarrollo del contrato, buscando que se garantice de manera idónea, la capacidad de respuesta al menor tiempo y de la forma más acertada frente a la solución de los inconvenientes que se puedan presentar y comprometan las condiciones de seguridad en las diferentes sedes a nivel central y territorial, siendo estas instancias,

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responsables de direccionar y asesorar a los guardas de vigilancia, apoyados en la práctica de toma de decisiones que han obtenido a lo largo de su actividad laboral en el campo de la vigilancia privada. En temas de seguridad, el componente humano y la calificación de la experiencia de quienes asumen la actividad de coordinación y supervisión, son fundamentales para que la materialización del servicio de vigilancia privada, garantice la dinámica diaria de la entidad en temas de vigilancia, prevención y control: 1. La Procuraduría General de la Nación en su nivel central y territorial, en su actividad diaria, atiende un alto número de usuarios, con toda clase de inquietudes personales frente a los trámites que deben adelantar, situación que compromete a los guardas de vigilancia, quienes son el primer contacto que hacen los usuarios con la entidad y requieren del liderazgo de la empresa de vigilancia por intermedio del supervisor y coordinador, que se asignen en el contrato. 2. En muchas ocasiones el trato a los funcionarios por parte de los usuarios, no es el más adecuado, lo que exige una acción preventiva y de control por parte de los guardas de seguridad, quienes deben valerse de sus instancias de supervisión y coordinación de la empresa, con un acertado acompañamiento y liderazgo. 3. De igual manera, se deben custodiar y proteger acertadamente los bienes de la entidad que tienen un significativo valor, sumado a la documentación que la entidad tramita. Cabe resaltar que en el ámbito de la seguridad, la prevención y el control, son de igual escala, sin importar el plazo del contrato a ejecutar y se requiere de una excelente supervisión y coordinación. 4. Tanto el coordinador como el supervisor, deben actuar como enlace de forma inmediata y oportuna entre el contratista y el supervisor designado por la entidad, realizando un seguimiento periódico y diligente, de las labores que desarrollan los guardas de seguridad en las sedes con servicio de vigilancia, las cuales progresivamente han venido aumentado a nivel central y territorial, por necesidades del servicio para la entidad. ANTECEDENTES PENALES, FISCALES Y DISCIPLINARIOS No tener antecedentes penales, fiscales, ni disciplinarios. Para el efecto dentro de los ocho (8) días siguientes al momento de suscripción del acta de inicio del contrato, la entidad efectuará las consultas en línea de antecedentes penales, fiscales y disciplinarios, a las páginas web de la Policía Nacional, la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación, respectivamente. NOTA:- SE REITERA QUE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL COORDINADOR Y SUPERVISOR, DEBERÁN SER ACREDITADOS POR EL PROPONENTE CON SU OFERTA. PERSONAL OPERATIVO LOS OFERENTES DEBERÁN MANIFESTAR EN LA CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA QUE PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, CUENTAN CON EL SIGUIENTE PERSONAL ADICIONAL AL QUE SE DEBE PRESENTAR CON LA OFERTA: VIGILANTES ESTUDIOS

Bachiller, cuyo título sea expedido por una institución debidamente autorizada por el Ministerio de Educación Nacional o la Secretaria de Educación respectiva.

Haber adelantado curso básico y acreditar curso de actualización vigente en la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, dictado por una Academia autorizada por la Superintendencia de Vigilancia.

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Para el personal que maneje el circuito cerrado de televisión, además debe acreditar capacitación en cursos de Operador de medios tecnológicos expedido por una Academia autorizada por la Superintendencia de Vigilancia.

Certificado de aptitud psicofísica para porte y tenencia de armas de fuego, para el personal que utilice armas de fuego en la prestación del servicio, expedido por una institución especializada registrada y certificada por el titular de la Licencia de Funcionamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del decreto 019 de 2012.

La vigencia del certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego, será de un (1) año y en caso de vencerse dentro de la ejecución del contrato deberá renovarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1539 de 2012, artículo 1.

EXPERIENCIA Experiencia mínima de dos (2) años en el área de seguridad privada, debidamente certificada por la(s) empresa(s) en la(s) cual(es) prestó sus servicios. Como la Procuraduría General de la Nación cuenta en el nivel central con una (1) sala técnica donde se encuentran los circuitos cerrado de televisión y sistemas de control de ingreso de visitantes, la entidad requiere de cuatro (4) de los vigilantes en la sede central (Bogotá), para operar estos medios tecnológicos, quienes deben acreditar experiencia comprobada de mínimo dos (2) años en el manejo y operación de equipos de CCTV y Alarmas Monitoreadas. ANTECEDENTES PENALES, FISCALES Y DISCIPLINARIOS No tener antecedentes penales, fiscales, ni disciplinarios. Para el efecto dentro de los ocho (8) días siguientes al momento de suscripción del acta de inicio del contrato, la entidad efectuará las consultas en línea de antecedentes penales, fiscales y disciplinarios, a las páginas web de la Policía Nacional, la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación, respectivamente. Nota 1: Las certificaciones y documentos que acrediten los estudios y la experiencia de los vigilantes, se deben presentar dentro de los ocho (8) días siguientes al momento de suscripción del acta de inicio del contrato, para su correspondiente revisión y verificación de información. En caso de no cumplir con los requisitos establecidos, la Entidad se reserva el derecho de solicitar su cambio. CREDENCIALES DE PERSONAL En virtud de lo estipulado por el Decreto Ley 356 de 1994, artículo 87, modificado por el Decreto 19 de 2012, artículo 103, “(…) El personal operativo de los servicios de vigilancia y seguridad privada, para su identificación como tal, portará una credencial expedida por el titular de la licencia de funcionamiento, con la observancia de los requisitos de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada, según la modalidad en que se desempeñará y de la idoneidad para el uso y manejo de armas de acuerdo con la ley (…)” Para el efecto el proponente deberá anexar con la oferta, fotocopia legible de las credenciales vigentes del personal que se señala a continuación, expedidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada:

CARGO CREDENCIAL

Coordinador del contrato Consultor

Supervisor Supervisor

Así mismo, para el proponente que resultare adjudicatario del proceso licitatorio, se le exigirán las credenciales del personal operativo, expedidas por el titular de la Licencia de Funcionamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del decreto 019 de 2012, las cuales deberán portarlas durante la ejecución del contrato, según se detalla a continuación:

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CARGO CREDENCIAL

Vigilante Vigilante

Operador de medios tecnológicos Operador de medios tecnológicos

ELEMENTOS MÍNIMOS REQUERIDOS

1.- Para la prestación del servicio de vigilancia

Un (1) revólver calibre 38L por cada puesto de servicio con arma (75 en total): Cada arma debe tener su carga completa y, adicionalmente, doce (12) cartuchos para cada una de ellas, con el correspondiente permiso para porte o tenencia vigente a nombre de la Empresa de Vigilancia, expedido por el Ministerio de Defensa Nacional. Este tipo de armas corresponden a la definición de armas de defensa personal contenida en el Decreto 2535 de 1993.

El Contratista, al momento de suscribir el acta de inicio deberá presentar al Supervisor del contrato designado por la Entidad, la relación de armas de fuego que utilizará en la ejecución del contrato, expedida por el Departamento de Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares, las cuales serán asignadas a cada puesto de vigilancia.

Un (1) radio de comunicaciones por cada puesto servicio: Con sus accesorios para todos los servicios requeridos en la ciudad de Bogotá. El contratista deberá garantizar las comunicaciones entre los puestos de servicio, la Sala de control de la Procuraduría, la Sala y/o Central de monitoreo de la Empresa y el Supervisor del contrato.

Una (1) linterna por cada puesto de servicio: Industrial, manual, recargable, en perfectas condiciones de funcionamiento, y mantenerla durante todo el tiempo de ejecución del contrato.

Un (1) equipo de Avantel y/o celular por cada puesto de vigilancia a nivel territorial y cuatro (4) para las sedes de Bogotá (Sala Técnica dos (2) - una en modalidad 24 Horas y la otra con modalidad 12 Horas) – Bodega Paloquemao uno (1) – Bodega Samper Mendoza uno (1): Con sus accesorios para todos los servicios por sedes a nivel territorial requeridos, con el fin de garantizar y mantener una constante comunicación directa entre: la sala técnica ubicada en la sede central – Bogotá, el supervisor por parte de la Entidad y el coordinador General del Contrato.

Un (1) equipo manual para detección de metales para cada puesto de vigilancia, con una (1) batería adicional, para todos los servicios requeridos, con el fin de garantizar desde el momento de inicio del contrato, el control de ingreso de elementos metálicos que puedan ofrecer riesgo a los funcionarios y/o visitantes a las diferentes sedes de la Procuraduría a nivel central, regional y provincial.

Un (1) Libro para la elaboración de la Minuta de Guardia por cada puesto de vigilancia, debidamente foliado, con logos del contratista o una de sus integrantes, en caso de ser consorcio o unión temporal, el cual será diligenciado por el guarda de turno, donde consignará el inicio y la finalización del servicio, como también todas las novedades que se presenten en el puesto de vigilancia.

Para la prestación del servicio con sistema de alarma monitoreada El contratista deberá garantizar para las catorce (14) sedes relacionadas en el literal b) del numeral 2.1 del presente estudio sistemas de alarma monitoreada con comunicación gprs vía celular, los cuales deben contener como mínimo los equipos relacionados a continuación:

Ítem Cantidad Especificaciones mínimas

1 1 Teclado LED o alfanumérico, 5 teclas funciones programables y teclas para FAP

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2 1 Panel de control expandible hasta 32 zonas, 4 particiones, 500 memorias de eventos

3 1 Batería de respaldo de 12 volt. - 7 amp

4 1 Sirena 30 Vatios

5 1 Transformador de 16 Vatios

6 1 Sensores de movimiento tipo infrarrojos, tamper y de procesamiento digital

7 1 Sensor de apertura tipo magnético

8 1 Botón de pánico tipo bancario

9 1 Interruptor de control de rondas

10 1 Sistema de comunicación GPRS vía celular, en aquellos lugares donde no haya cobertura celular, se permitirá el sistema de comunicación IP

11 1 Caja metálica de instrumentos

El contratista debe contar con:

1. Una Sala y/o Central de monitoreo, ubicada en una sede o en las instalaciones del contratista en

la ciudad de Bogotá DC, con todos los medios técnicos para prestar el servicio de alarma monitoreada, operada por su propio personal.

2. La sala y/o central de monitoreo, deberá estar dotada con una receptora de alarmas, la cual deberá ser un concentrador industrial, capaz de recibir señales GSM voz, GPRS datos y comunicación vía Internet, entre otros.

Esta exigencia corresponde a la necesaria recepción y unificación de la información proveniente de las diferentes sedes donde se presta el servicio con el Coordinador general del contrato, el Supervisor interno del mismo y el Supervisor designado por la Entidad y la Central de monitoreo de la Entidad. Para el funcionamiento general del contrato El contratista deberá garantizar equipos de comunicación, Avantel o celular, para asegurar el contacto permanente entre el Coordinador del Contrato y el Supervisor designado por la Entidad. A la finalización del contrato, dichos equipos deberán ser recogidos por el Contratista. PARQUE AUTOMOTOR El Contratista deberá disponer de mínimo veinte (20) vehículos automotores (automóvil, camioneta o campero) o motocicletas con mínimo 150 cc, cuyos modelos sean del año 2013 en adelante, debidamente registrados y autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, según lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 356 de 1994, con destinación al seguimiento, control y supervisión del contrato por parte del Contratista, para cada una de las siguientes ciudades capitales:

N° DEPARTAMENTO O CIUDAD VEHICULOS

1 Atlántico 1

2 Bogotá 3

3 Bolívar 1

4 Boyaca 1

5 Cauca 1

6 Cundinamarca 2

7 Huila 1

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8 Magdalena 1

9 Nariño 1

10 Santander 3

11 Tolima 2

12 Valle 3

TOTAL 20

Los vehículos se destinarán a la supervisión del contrato en las ciudades mencionadas, donde la Entidad tiene más de una sede objeto de la prestación del servicio de vigilancia y seguridad y/o por razones de orden público: El contratista debe allegar con su propuesta la relación de los vehículos ofrecidos para la prestación del servicio, conforme a la información contenida en el Formato del Anexo denominado FORMATO DE RELACIÓN MÍNIMA DE VEHÍCULOS, junto con la fotocopia “Legible” de la licencia de tránsito (tarjeta de propiedad) y el SOAT vigente de cada uno de ellos. Si los vehículos son propios la licencia de tránsito debe estar a nombre de la empresa contratista o el integrante de la unión temporal o consorcio a cargo del suministro de los vehículos. En caso que los vehículos sean en Leasing o Renting, el proponente deberá adjuntar la copia del contrato respectivo en que conste que el oferente es el tomador del mismo. Si la oferta es presentada en forma conjunta (Consorcios, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura), los vehículos pueden ser acreditados con la sumatoria de los que posean todos los miembros que la constituyen La definición de los departamentos en los cuales se requiere el servicio con determinado número de vehículos, se sustenta en primera medida, con relación al número de sedes por departamento, del número de habitantes y de funcionarios y por otro lado, los antecedentes de orden público, entre otros. Se considera que el modelo de los vehículos (autos y motocicletas) garantiza su operatividad y la pluralidad de oferentes. Así mismo el cilindraje mínimo de las motocicletas obedece a la capacidad de reacción frente a las eventualidades que deban atender de forma inmediata. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA

Realizar para todos los servicios requeridos, con el personal de guardas de seguridad contratado, revistas así: Para los servicios con modalidad de 24 horas, dos (2) veces durante el día y dos (2) veces durante el día, las cuales se deben registrar en la minuta foliada del respectivo puesto. Para los servicios con modalidad de 12 horas diurnas, dos (2) veces durante el día, las cuales se deben registrar en la minuta foliada del respectivo puesto. Para los servicios con modalidad de 12 horas nocturnas, dos (2) veces durante la noche, las cuales se deben registrar en la minuta foliada del respectivo puesto.

Realizar por lo menos una vez, durante la de ejecución del contrato, visita de inspección, a todas las sedes objeto de la prestación del servicio de vigilancia. La visita será realizada por un designado por su parte y el supervisor del contrato designado por la Entidad o un funcionario autorizado por el Jefe de la División de Seguridad de la misma, según cronograma que presentará el contratista al supervisor designado por la entidad, dentro de los ocho (8) días siguientes a la firma del acta de inicio. La totalidad de los gastos del personal que efectúe la visita incluido el funcionario de la Procuraduría, serán cobijados por el contratista. Esta visita se realiza con el fin de constatar el normal desarrollo del contrato, el cumplimiento de las obligaciones contractuales, verificación y análisis de hechos que puedan alterar la seguridad de las sedes de las instalaciones

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de la Entidad objeto de vigilancia y formulación de recomendaciones que reduzcan estos riesgos, todo lo cual quedará consignado en un acta que se levante para el efecto.

Mantener permanente contacto, vía Avantel o celular, con la Sala de control del Nivel Central de la Procuraduría en Bogotá y con el supervisor del contrato designado por la Entidad, dejando constancias en la minuta de servicios y registrando en detalle las novedades que se presenten.

Presentar al supervisor del contrato designado por la Entidad, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del mismo, una relación de las armas, con número del arma, número de salvoconducto y carga que se destinarán a la prestación del servicio en cada una de las sedes, acompañada de los salvoconductos vigentes de las mismas armas, expedidos por la autoridad competente a nombre del contratista. NO se aceptarán armas a nombre de personas naturales.

Presentar al supervisor del contrato designado por la Entidad, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del mismo, una relación de los números de los equipos de avantel y/o celular que se destinarán a la prestación del servicio, en cada una de las sedes. Los equipos deben estar registrados a nombre del contratista o de uno de los integrantes del consorcio o unión temporal según sea el caso. No se aceptan equipos a nombre de personas naturales.

Suministrar personal de vigilancia con los permisos para porte y tenencia de armas de fuego y sus elementos mínimos.

Allegar certificado de aptitud psicofísica del personal (vigilantes y supervisor) para porte y tenencia de armas de fuego, expedido por una institución especializada registrada y certificada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. La vigencia del certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego, tendrá una vigencia de un (1) año; si durante la ejecución del contrato se vence alguno de los certificados será obligación del contratista tramitar en forma inmediata su renovación (Ley 1539 de 2012, artículo 1).

Designar en el plazo fijado por la Entidad, los vigilantes adicionales requeridos o cambio de los mismos, a solicitud del supervisor designado por la Procuraduría, quienes deben acreditar iguales o superiores requisitos a los mínimos exigidos para este personal.

Presentar al supervisor del contrato designado por la Entidad, dentro de los ocho (8) días siguientes al momento de suscripción del acta de inicio del contrato, las certificaciones y documentos que acrediten los estudios y experiencia de los vigilantes y operadores de medios , para su correspondiente revisión y verificación de información. En todo caso, en el evento de variaciones del personal propuesto al momento de suscripción del contrato, el nuevo personal deberá cumplir con las mismas o mejores calidades del ofrecido en la oferta.

Presentar al Supervisor del contrato designado por la Entidad, dentro de ocho (8) días siguientes al momento de suscripción del acta de inicio del contrato, las credenciales del supervisor, operadores de medios tecnológicos y el personal de vigilantes, fotocopia de la Libreta Militar o Cédula Militar de cada uno de los vigilantes.

Presentar a la fecha de suscripción del acta de iniciación del contrato, una carta de compromiso, en la cual se indique que ninguno de los puestos de servicio de vigilancia se descuidará durante la prestación del mismo. Lo anterior para garantizar el cumplimiento del contrato y el nivel de seguridad de la Procuraduría General de la Nación.

Inspeccionar y examinar el sitio y los alrededores de las diferentes dependencias de la Entidad, presentando dentro de los cuarenta y cinco (45) días después de haberse suscrito el acta de inicio, el análisis de riesgo y el estudio de seguridad de cada una de las sedes, señalando las amenazas y vulnerabilidades que presentan las instalaciones objeto de este estudio y proponer en un plan de seguridad las recomendaciones a fin de minimizar los riesgos y amenazas.

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Una vez suscrito el contrato, el Contratista se obliga a cumplir con todas la leyes y reglamentos que le sean aplicables respecto a salud ocupacional y pago de salarios, prestaciones sociales, aportes al sistema integral de salud, horas extras, de manera tal que se proteja la seguridad y salud de sus empleados, de terceras personas involucradas en sus operaciones, de los funcionarios que laboran en las instalaciones de la Procuraduría General de la Nación y del público en general.

Disponer y presentar dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de suscripción del acta de inicio del contrato, de un protocolo de servicio al cliente que incluya procedimiento para presentar quejas, reclamos, sugerencias e inconformidades así como el plazo máximo dentro del cual serán atendidas las solicitudes. Este le permite a la Entidad una directa interlocución que garantice una verificación e investigación pronta de las quejas e inconformidades que la Procuraduría pudiese tener en relación con la calidad y oportunidad en la prestación del servicio.

Para el caso del sistema de alarma monitoreada, garantizar que los equipos serán instalados y programados a la central de monitoreo del contratista, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de iniciación del contrato. Estos equipos serán siempre de propiedad del Contratista y deberán ser retirados una vez culmine el contrato. La Entidad únicamente pagará el valor de los servicios efectivamente prestados.

Garantizar la correcta prestación del servicio del sistema de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, cumpliendo con lo siguiente:

1. Enlace a la central de monitoreo del Contratista durante las veinticuatro (24) horas del día.

El receptor de alarmas deberá ser un concentrador industrial capaz de recibir señales de voz y datos a través de los estándares de comunicación GSM y GPRS, entre otros, así como, actualizarse por software de manera segura.

2. El contratista deberá atender y, si es del caso, solucionar en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas las solicitudes de la Entidad, relacionadas con la interrupción del servicio y funcionamiento de los equipos.

3. Atender, en forma inmediata, las solicitudes de realización de pruebas de funcionamiento de

las alarmas en cada uno de los puestos solicitados, cuando así lo considere conveniente el supervisor del contrato designado por la Entidad

4. Examinar trimestralmente los dispositivos y elementos que conforman cada sistema de

alarma, efectuando las pruebas y los mantenimientos preventivos y correctivos que sean necesarios. En todo caso cada sistema debe estar en perfecto estado de funcionamiento, con el fin de garantizar la continua y eficiente prestación del servicio.

5. Verificar durante las veinticuatro (24) horas del día y en forma inmediata las señales de

alerta, informando a la central de monitoreo del contratista la anomalía que se presente. La central de monitoreo debe reportar en forma inmediata a la sala técnica y al Supervisor designado por la Entidad, las emergencias que se lleguen a presentar.

6. Enviar avisos tipo mensajes de texto a la central de monitoreo del contratista, cuando se active la alarma, y en los eventos necesarios (cuando se presuma una intromisión), a la Sala de control de la Procuraduría, al Supervisor designado por la Entidad y, de ser posible, a una persona en la dependencia donde se produzcan los mismos.

Prestar el servicio de reacción motorizada e informar a la Policía Nacional, en caso de cualquier anomalía, alarma, activación o emergencia.

Cuando suceda un evento como apertura de puerta o ventana o ingreso de persona(s) no autorizado(s), o daño o no funcionamiento del sistema de alarma monitoreada, en una sede de la Entidad objeto de la prestación del servicio de vigilancia, el Contratista deberá garantizar de

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manera especial la prestación del servicio de vigilancia en el lugar, hasta que se solucione la anomalía.

Elaborar de forma inmediata un reporte acerca de las novedades que se presenten en materia de personal sospechoso, riesgos que alteren la seguridad de las personas y de las instalaciones, información de posibles atentados o alteraciones del orden público y en general, hechos, situaciones que perturben la tranquilidad institucional.

Vigilar que todos los elementos que se encuentren dentro de las instalaciones y oficinas no sean objeto de sustracción o daño.

Verificar que los sábados, domingos, festivos y días de vacancia, no ingresen personas ajenas a la Entidad o servidores públicos sin la respectiva autorización del funcionario competente.

Controlar el ingreso y salida de bienes y elementos de la Entidad o por los cuales la Procuraduría deba responder.

Responder porque el personal que utilice en la prestación del servicio, porte el carné y el uniforme aprobado a la Empresa por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Mantener vigente por todo el período de ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo las licencias, autorizaciones y demás documentos que acreditan su capacidad para ejercer la prestación del servicio.

Cumplir con los principios, deberes y obligaciones que rigen la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, según la normatividad relacionada con la misma.

Tener en cuenta que todos los bienes que se encuentren en las instalaciones de la Procuraduría donde se preste el servicio de vigilancia y seguridad, quedan bajo su custodia, razón por la cual debe responder por la pérdida de bienes y/o daños ocasionados a las instalaciones donde se presta el servicio y debe atender directamente cualquier reclamación que efectúe la Entidad por siniestros o hurtos ocurridos durante el plazo de ejecución del contrato.

Para el efecto se levantará un acta en la que se señalen los bienes o daños y la cuantía del bien a reponer. Se excluyen los bienes de propiedad de las personas que se encuentren en las instalaciones, excepto aquellos elementos que previamente se registren en la planilla dispuesta para tal fin, la cual debe ser diligenciada exclusivamente, por el personal de vigilancia. El contratista debe pagar a la compañía de seguros los deducibles a que haya lugar por siniestros o hurtos ocurridos en las instalaciones en las que se preste el servicio. Igualmente cuando no opera la reclamación por no superar el valor del deducible, el Contratista repondrá el bien por uno con iguales o mejores características al que se perdió, en un término máximo de tres (3) días hábiles. Lo anterior sin perjuicio de las acciones legales que lleve a cabo la Compañía de Seguros frente al Contratista.

Desarrollar sus funciones teniendo en cuenta los principios señalados en el Decreto 356 de 1994.

AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN.

En virtud de la normativa que regula en forma especial la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, se requiere de las siguientes autorizaciones, permisos o licencias: .- LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO - Decreto 356 de 1994 (art. 3) El proponente, de forma individual, o todos los miembros de la Unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura, debe presentar fotocopia del acto administrativo por medio del cual se le conceda la licencia de funcionamiento que lo habilita para prestar el servicio hasta por cinco (5) años, con las

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modalidades específicas y a través de los medios determinados, la cual se debe encontrar vigente para el momento del cierre del proceso licitatorio. Para efecto del documento que acredite la renovación de la licencia, la Procuraduría General de la Nación, dará aplicación a lo señalado por el Decreto 019 de 2012, Artículo 35, caso en el cual se debe allegar la solicitud de trámite de renovación de la licencia. .- RESOLUCIÓN QUE ACREDITE LA HABILITACIÓN PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES DE TELECOMUNICACIONES – Ley 1341 de 2009, Resolución 2118 de 2011 modificada parcialmente por la Resolución 1588 de 2012 expedidas por el MINTIC El proponente deberá presentar copia de la Resolución expedida por el Ministerio de Comunicaciones (hoy Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones), en la cual se haga constar que se le ha otorgado el permiso para usar el espectro radioeléctrico, la cual debe encontrarse vigente para el cierre del proceso de selección. En caso de propuestas presentadas en Consorcio, Unión Temporal o por promesa de sociedad futura, cada uno de los integrantes allegar este documento. .- RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE AUTORIZA EL USO DE UNIFORMES Y DISTINTIVOS

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 356 de 1994 y el Decreto 1979 del 17 de septiembre de 2001, por medio del cual se expide el Manual de Uniformes y equipos para el personal de los servicios de vigilancia y seguridad privada, el proponente anexará copia de la resolución por la cual, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada le autoriza el uso de uniformes y distintivos.

Si el proponente ha solicitado ante la Superintendencia alguna modificación a sus uniformes y distintivos, allegará además de la fotocopia de la resolución el respectivo documento con recibo de radicación ante dicha Superintendencia.

En caso de Consorcio, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura, cada uno de los integrantes debe aportar estos documentos.

.- RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE HORAS EXTRAS – Decreto 356 de 1994

El proponente debe presentar fotocopia del acto administrativo por medio del cual el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (hoy Ministerio del Trabajo) se le autoriza para laborar horas extras, la cual se debe encontrar vigente para el momento del cierre del proceso licitatorio. En caso de Consorcio, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura, cada uno de los integrantes de estas personas conjuntas, debe allegar la copia de este documento. .- CERTIFICADO DE AFILIACIÓN A LA RED DE APOYO El proponente favorecido, deberá aportar las redes de apoyo de las ciudades capitales de departamento que acredite para la presentación de la propuesta y en las demás ciudades, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la adjudicación del contrato, deberá afiliarse a las redes de apoyo y solidaridad ciudadana restantes, para lo cual presentará carta de compromiso suscrita por el representante legal del proponente. En caso de Consorcio, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura, cada uno de sus integrantes, deberá acreditar este requisito. .- PERMISO DE PORTE O TENENCIA DE ARMAS

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El contratista debe aportar fotocopia legible de los permisos de porte o tenencia correspondiente de las armas con las cuales se prestará el servicio de vigilancia, los cuales además de ser expedidos por la autoridad competente deben estar vigentes. En virtud de lo consagrado por el Decreto 2535 de 1993, artículo 79, el contratista debe presentar el respectivo documento por medio del cual se acredite la adquisición de munición ante la autoridad competente. Igualmente se debe tener en cuenta la Ley 1119 de 2006 “por la cual se actualizan los registros y permisos vencidos para el control al porte y tenencia de las armas de fuego y se dictan otras disposiciones”, artículo 1° - actualización de los registros de las armas de fuego y de los permisos vencidos, derogado por el artículo 106, Decreto Ley 019 de 2012, modificado por el artículo 97 del Decreto Ley 019 de 2012. 1.10 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO PARA EL PRESENTE PROCESO

Para dar cumplimiento al objeto del presente proceso de Licitación, se tiene como presupuesto estimado la suma de DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($2.743.609.942.oo) equivalente a 3.979,38 smmlv para el año 2016, discriminado de la siguiente manera:

N° SERVICIO PLAZO SUBTOTAL

1 VIGILANCIA FÍSICA FIJA CON MEDIO HUMANO, CON ARMA –

92 PUESTOS

DESDE ABRIL 4 A

NOVIEMBRE 2 DE 2016 $ 2.736.782.414

2 SISTEMA DE ALARMA MONITOREADA – 14 ALARMAS DESDE ABRIL 4 A

NOVIEMBRE 2 DE 2016 $ 6.827.528

TOTAL VALOR ESTIMADO

$2.743.609.942

Estos valores se encuentran contemplados en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad, de conformidad con el certificado No. 2016 – 017 expedido el 5 de febrero de 2016, expedido por el Administrador de dicho plan y en el certificado de disponibilidad presupuestal No. 18216 del 5 de febrero de 2016 expedido por la Coordinadora del Grupo de Ejecución Presupuestal de la División Financiera. EL PROPONENTE DEBE TENER EN CUENTA, QUE EL VALOR DE SU OFRECIMIENTO NO PUEDE SUPERAR EL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL DESTINADO PARA LA PRESENTE LICITACIÓN, SO PENA DE RECHAZO. 1.10.1 SOPORTE PRESUPUESTAL Y PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES.

El servicio de vigilancia de la Procuraduría General de la Nación, se financiará con recursos propios de la Entidad, para lo cual se cuenta con presupuesto por valor de DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($2.743.609.942.oo) M/CTE. La necesidad de contratar el servicio de vigilancia está prevista en el Plan de adquisiciones de la vigencia 2016, según consta en el Certificado 2016– 017 expedido el 5 de febrero de 2016 y el certificado de disponibilidad presupuestal No. 18216 del 5 de febrero de 2016. 1.11 FORMA DE ADJUDICACIÓN LA ADJUDICACIÓN DEL PRESENTE PROCESO DE LICITACIÓN SE HARÁ EN FORMA TOTAL, EN CONSECUENCIA, LOS PROPONENTES DEBEN PRESENTAR SU OFERTA DE LA MISMA MANERA SO PENA DE RECHAZO DEL OFRECIMIENTO.

1.12 PROPUESTAS ALTERNATIVAS

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Conforme con lo establecido en la Ley 80 de 1.993, artículo 30, numeral 6º, los proponentes pueden presentar propuestas alternativas técnicas y económicas siempre y cuando ellas no signifiquen condicionamientos para la adjudicación. Los proponentes podrán presentar éstas propuestas alternativas adicionalmente a la propuesta básica, que será la única objeto de evaluación. La Entidad entiende que “La propuesta alternativa es la que acogiéndose, exactamente, a las especificaciones del pliego de condiciones sobre el objeto a contratar, contiene otra posibilidad técnica para la ejecución del mismo sin que afecte el fin propuesto con la contratación”

3

Cuando un proponente presente una alternativa, deberá adjuntar toda la información necesaria para su análisis. Todos los costos necesarios para desarrollar la alternativa deberán estar incluidos en la oferta. Sólo serán consideradas las propuestas alternativas del proponente que en la evaluación de las propuestas básicas haya quedado en primer orden de elegibilidad, y la selección de la alternativa será potestad de la Procuraduría. 1.13 PARTICIPANTES Bajo los parámetros establecidos en las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, en el proceso licitatorio pueden participar personas naturales y/o jurídicas, nacionales o extranjeras, consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, legalmente constituidas, con capacidad legal para proponer, contratar y ejecutar el objeto del presente proceso y consideradas legalmente capaces de conformidad con las disposiciones legales colombianas, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse, las cuales deberán acreditar el cumplimiento de requisitos exigidos en el pliego de condiciones. 1.14 ADENDAS Cualquier modificación al pliego de condiciones se efectuará a través de ADENDAS, las cuales se incorporarán al que se encuentra en la División Administrativa para consulta y se publicarán en las páginas Web de la entidad y del portal único de contratación para consulta. En el evento que se modifiquen los plazos y términos del proceso de selección, la adenda deberá incluir el nuevo cronograma, estableciendo los cambios que ello implique en el contenido de la Resolución de Apertura, en todo caso atendiendo los términos previstos en la Ley 1474 de 2011, artículo 89 en concordancia con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.1. 1.15 FORMA DE PRESENTAR LAS PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en original, una copia y un cd con todos los documentos e información que contiene la oferta, identificadas bajo el título Licitación Pública No. 01 de 2016, indicando si se trata de original o copia. Las hojas deben estar foliadas en forma consecutiva tanto en el original como en la copia. En todo caso, de llegarse a presentar alguna discrepancia entre el contenido del cd, la copia y el original, prevalece este último. La carta de presentación se deberá diligenciar de conformidad con el Anexo No. 1 adjunto al presente pliego de condiciones. La oferta debe redactarse en idioma castellano, salvo los términos técnicos que se utilicen en idioma distinto. No deben figurar tachones, borrones o enmendaduras que hagan dudar sobre el contenido de la propuesta. No se aceptarán propuestas complementarias o propuestas de modificaciones presentadas con posterioridad a la fecha y hora del cierre de la licitación.

3 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Consejera Ponente María Elena Giraldo Gómez.

Sentencia del 14 de septiembre de 2000

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La Procuraduría General de la Nación sólo acepta la presentación de una oferta por cada proponente. En el caso que una misma persona presente más de una oferta, ya sea a título individual o como miembro de Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, solo será evaluada la oferta que se haya presentado en primer lugar dentro del término fijado en el presente pliego, de acuerdo con el listado de recepción de propuestas que realiza la División Administrativa, en el que se dejará constancia de la fecha y hora de recibo de las ofertas, indicando el nombre o razón social de los oferentes y sus representantes legales (Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.5). 1.16 VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS Las personas que deseen participar en el presente proceso licitatorio, tendrán en cuenta que sus ofrecimientos deben tener un término de validez igual al de la vigencia de la garantía de seriedad del ofrecimiento, esto es, tres (3) meses contados a partir del momento de presentación de la oferta. En caso de incluirse un plazo de validez de la oferta menor al exigido, éste no será tenido en cuenta. 1.17 DEVOLUCIÓN DE LAS COPIAS DE LAS PROPUESTAS Los proponentes no favorecidos con la adjudicación del presente proceso licitatorio, deben retirar dentro del mes siguiente a la fecha de celebración del respectivo contrato, las copias de las ofertas presentadas dentro de este proceso. Caso contrario, la Entidad procederá a destruir dichas copias.

CAPÍTULO SEGUNDO

PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO

ACTUACIÓN FECHA

Publicación aviso de convocatoria, proyecto de pliego de condiciones y estudios previos en las páginas Web del Portal Único de Contratación y de la entidad

16 de febrero de 2016

Observaciones al proyecto de pliego de condiciones 17 de febrero – 1 de marzo de 2016

Publicación aviso conforme a lo dispuesto en el numeral 3 artículo 30 Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 224 del Decreto 019 de 2012

xx de xx de 2016

Publicación del documento que contiene la respuesta de la entidad sobre las observaciones presentadas

xx de xx de 2016

Publicación de la Resolución de apertura xx de xx de 2016

Publicación Pliego de Condiciones Definitivo xx de xx de 2016

Plazo de la licitación Apertura: xx de xx de 2016 Cierre: xx de xx de 2016 a las 10:00 a.m., en la Carrera 5 No. 15-80 Piso 3 de la ciudad de Bogotá, D.C. – Sala Inteligente

Fecha y hora de la audiencia de asignación de riesgos

xx de xx de 2016 a las 10:00 a.m., en la Carrera 5 No. 15-80 piso 3 de la ciudad de Bogotá, D.C. – Sala Inteligente

Plazo máximo para presentar solicitudes de aclaración al Pliego de Condiciones Definitivo

xx de xx de 2016

Plazo máximo para expedir adendas xx de xx de 2016

Lugar y fecha límite de cierre y/o presentación de las ofertas

Hasta el xx de xx de 2016 a las 10:00 a.m., en el Piso 3° de la Carrera 5ª No. 15-80 de la ciudad de Bogotá Sala Inteligente.

Plazo para efectuar la verificación de los requisitos habilitantes y evaluación de las ofertas.

Del xx al xx de xx de 2016

Plazo para presentar documentos y aclaraciones solicitadas por los Comités verificadores y evaluadores

Del xx al xx de xx de 2016

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Publicación de informes de evaluación de las ofertas y formulación de observaciones frente a los mismos por parte de los proponentes.

Del xx al xx de xx de 2016

Plazo límite para subsanar documentos Hasta las 12 a.m. (media noche) del día hábil anterior a la audiencia de adjudicación o de Declaratoria de Desierto del proceso

Decisión de Adjudicación o declaratoria de desierta xx de xx de 2016 a las xx en el piso 3° de la Carrera 5ª No. 15-80 de la ciudad de Bogotá – Sala Inteligente.

Plazo para la celebración del contrato Dentro del día (1) día hábil siguiente a la adjudicación del proceso.

Plazo para la expedición del registro presupuestal Dentro del día hábil siguiente a la suscripción del contrato

Plazo para la entrega de la garantía Dentro del día (1) día hábil siguiente a la suscripción del contrato

Plazo para la aprobación de la garantía Dentro del día hábil siguiente a la entrega de la garantía

Plaza para la suscripción del acta de inicio El acta de inicio debe ser firmada por el contratista y el supervisor del contrato, dentro del día (1) hábil siguiente a la firma del contrato, previo cumplimiento de los requisitos de legalización y ejecución del mismo.

Plazo para la publicación en el SECOP Dentro de los tres (3) días siguientes a la expedición de los documentos del proceso y los actos administrativos del proceso de contratación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015.

Plazo para la ejecución del contrato El plazo estimado es siete (7) meses, contados a partir de la fecha de inicio del contrato, sin que en ningún caso sobrepase el 31 de diciembre de 2016.

Plazo para el pago del contrato La PGN cancelará el valor total del presente contrato de conformidad con el numeral 9.10 del pliego de condiciones.

2.2 PUBLICACIÓN Y CONSULTA DEL AVISO DE CONVOCATORIA, PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES, ESTUDIOS PREVIOS Y OBSERVACIONES A partir de la fecha señalada en el cronograma, el proyecto de pliego de condiciones, el aviso de convocatoria y los estudios previos son puestos a disposición para ser consultados en la página Web del Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en la página Web de la Entidad www.procuraduria.gov.co, vínculo de contratación y también pueden ser consultados en la División Administrativa de la Procuraduría General de la Nación, ubicada en la carrera 5 No. 15-80 piso 3 de la ciudad de Bogotá, D.C. De igual forma a partir de dicha fecha y de conformidad con lo consagrado por el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.1.4, durante el término de diez (10) días hábiles, los interesados podrán presentar comentarios, observaciones y solicitar aclaraciones al proyecto de pliego de condiciones, las cuales serán publicadas en las páginas Web antes relacionadas, junto con el documento que contiene las apreciaciones de la entidad sobre las mismas. 2.3 CONVOCATORIA A LICITACIÓN De conformidad con lo señalado en el numeral 3 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 224 del Decreto Ley 019 de 2012, en la fecha establecida en el cronograma se publicará un aviso que contiene información sobre el objeto y características esenciales de la Licitación. 2.4 PUBLICACIÓN Y CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES Y OBSERVACIONES

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A partir de la fecha de apertura de la Licitación Pública No. 01 de 2016, el pliego de condiciones definitivo podrá ser consultado en la página Web del Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co y en la página Web de la entidad www.procuraduria.gov.co, vínculo de contratación y además también podrá ser consultado en la División Administrativa de la Procuraduría General de la Nación, ubicada en la carrera 5ª No. 15-80, piso 3 de la ciudad de Bogotá, D.C. De igual forma a partir de dicha fecha y durante el plazo del proceso de selección señalado en el cronograma, las personas interesadas en participar en el mismo, pueden formular las observaciones que consideren pertinentes al contenido del pliego, las cuales serán analizadas y resueltas por la entidad, publicándose las respuestas a las mismas en las páginas Web antes relacionadas. En todo caso, se entiende cumplida la obligación establecida en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1, con la publicación que lleve a cabo en el portal único de contratación, www.contratos.gov.co. Cuando los interesados deseen retirar fotocopia de cualquiera de los documentos que reposan en el expediente de la convocatoria, salvo aquellos que tengan reserva legal, deberán consignar previamente el valor de las fotocopias solicitadas en las siguientes condiciones: Entidad Bancaria: Banco Popular Nombre de la Cuenta: Dirección del Tesoro Nacional – Otras tasas, multas y contribuciones no especificadas. Número de la Cuenta: 050000249 Código: 121225 Valor: $100 por fotocopia Concepto: Fotocopias de _____ folios dentro del proceso de la Licitación Pública No. 01 de 2016 Procuraduría General de la Nación. No obstante lo anterior, en caso que el documento requerido, por su tamaño, contenga gran cantidad de folios, éste podrá ser objeto de escaneo y entregado en el medio magnético que el interesado o el proponente allegue para el efecto. 2.5 PLAZO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA Teniendo en cuenta lo indicado en el respectivo acto administrativo, el plazo de la licitación es el que se fija en el cronograma, cuyas diligencias de apertura y cierre se llevarán a cabo en la sala de audiencias ubicada en el tercer piso del edificio principal de la Procuraduría General de la Nación localizado en la carrera 5ª No. 15-80 de la ciudad de Bogotá, D.C., de lo cual se dejará constancia en las actas que se levanten para el efecto. 2.6 AUDIENCIA DE ASIGNACIÓN DE RIESGOS De conformidad con lo consagrado por la Ley 1150 de 2007, artículo 4, y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.1.2, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la apertura del plazo de la licitación, se realizará la audiencia de asignación de riesgos, con el fin de presentar el análisis de riesgos efectuado por la Entidad y hacer la asignación de riesgos definitiva. Tal como lo indica el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.1.2, si a solicitud de un interesado es necesario adelantar una audiencia para precisar el contenido y el alcance de los pliegos de condiciones, este tema se tratará en la audiencia de asignación de riesgos. De dicha diligencia se levantará un acta, en la que se dejará constancia de las observaciones presentadas por los interesados, así como también lo verificado frente a la tipificación, estimación y asignación de los riesgos previstos. Con el ánimo de facilitar el desarrollo de la audiencia, se recomienda a los interesados que con antelación a la audiencia manifiesten por escrito sus inquietudes. Las que surjan en el desarrollo de dicha diligencia deberán presentarse igualmente por escrito.

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Se informa que de acuerdo con el contenido y complejidad de las preguntas formuladas y el análisis que deba efectuarse para dar respuesta a las mismas, la Procuraduría General de la Nación, se reserva expresamente la facultad de emitir la respuesta en la misma audiencia en forma oral o de hacerlo posteriormente por escrito. Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, se expedirán las modificaciones pertinentes al pliego de condiciones y se podrá prorrogar, si fuere necesario, el plazo de la licitación de conformidad con lo señalado en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 4, inciso 2. Cualquier modificación al pliego de condiciones se efectuará a través de adendas, las cuales se incorporarán al pliego que se encuentra en la División Administrativa para consulta y se publicarán en las páginas web de la entidad y del portal único de contratación para consulta. La publicación de las adendas solo se podrá realizar en días hábiles, entre las 7:00 a.m. y las 7:00 p.m., como lo señala el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.1. 2.7 PLAZO MÁXIMO PARA PRESENTAR SOLICITUDES DE ACLARACIÓN AL PLIEGO DE CONDICIONES Los proponentes deberán examinar el contenido del pliego de condiciones e informarse de los requerimientos y circunstancias que puedan afectar el desarrollo de todas y cada una de las actividades a ejecutar. Cualquier información y aclaración adicional, deberá ser solicitada por escrito, a la División Administrativa de la Procuraduría General de la Nación, ubicada en la Carrera 5ª. No. 15-80 Piso 3º de la ciudad de Bogotá, D.C., o al fax No. 5878750 extensiones 10397 ó 10796, referencia Licitación Pública No. 01 de 2016, o al correo electrónico [email protected] a más tardar hasta la hora y fecha señalada en el cronograma. No se atenderán solicitudes que lleguen con posterioridad a la fecha y hora señalada.

En el evento que se realicen aclaraciones, la Procuraduría las agregará como respuesta a observaciones ó Adenda al pliego de condiciones que reposa en la División Administrativa para consulta y las publicará en el Portal Único de Contratación Pública y en la página Web de la entidad. En todo caso, se entiende cumplida la obligación establecida en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1, con la publicación que lleve a cabo en el portal único de contratación, www.contratos.gov.co. NO SE ABSOLVERÁN CONSULTAS EFECTUADAS TELEFÓNICAMENTE O EN FORMA PERSONAL, SÓLO SERÁ TENIDA EN CUENTA EN ESTE PROCESO LICITATORIO LA INFORMACIÓN QUE LA PROCURADURÍA SUMINISTRE POR ESCRITO. 2.8 PLAZO MÁXIMO PARA EXPEDIR ADENDAS Cualquier modificación al pliego de condiciones se efectuará a través de ADENDAS, las cuales se incorporarán al que se encuentra en la División Administrativa para consulta y se publicarán en las páginas Web de la entidad y del portal único de contratación. Cuando proceda la expedición de adendas al pliego de condiciones, la Procuraduría General de la Nación las expedirá dentro del plazo máximo señalado en el cronograma. En el evento que se modifiquen los plazos y términos del proceso de la Licitación, la adenda si es del caso deberá incluir el nuevo cronograma, estableciendo los cambios que ello implique en el contenido de la Resolución de apertura, en todo caso la Procuraduría General de la Nación las expedirá dentro del plazo máximo señalado en el cronograma, atendiendo los términos previstos en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.1. 2.9 PRÓRROGA DEL PLAZO DE LA LICITACIÓN

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De conformidad con lo consagrado en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 5, se entiende que el plazo de la licitación es el término que debe transcurrir entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar ofertas y la de su cierre, el cual puede prorrogarse antes del vencimiento cuando así lo estime conveniente la Procuraduría, de oficio o a solicitud de un número plural de posibles oferentes (art. 89 Ley 1474/11). 2.10 LUGAR Y FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las propuestas deberán ser depositadas en la urna reseñada con la Licitación Pública No. 01 de 2016, la cual se encuentra localizada en la División Administrativa de la Procuraduría, Dependencia ubicada en la carrera 5ª No. 15-80 piso 3o. de la ciudad de Bogotá, D.C. Sólo se aceptan las propuestas que se presenten hasta la fecha y hora señalada en el cronograma. Después de esta hora y fecha límite no se recibirán propuestas, aun cuando su representante legal o la persona encargada de depositar el ofrecimiento, se encuentre en el lugar donde se halla la urna. No se admiten ofertas enviadas por correo electrónico. Son válidas las propuestas remitidas por correo certificado, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos contemplados en la presente licitación y lleguen al sitio indicado con antelación en la fecha y hora límite de presentación de ofertas. La hora que se tendrá en cuenta para el cierre, será la que señale el link de hora legal colombiana que se encuentra en la página web del Instituto Nacional de Metrología e indique en voz alta el funcionario de la Procuraduría encargado del proceso, ya que de conformidad con lo consagrado por el Decreto No. 4175 de 2011, artículo 6, numeral 14, este órgano es el encargado de mantener, coordinar y difundir la hora legal en la República de Colombia. En su defecto se tendrá como hora oficial la previa llamada telefónica se indique por altavoz a través del número 117, o el número que a la fecha de cierre de la solicitud corresponda a este servicio. 2.11 DILIGENCIA DE CIERRE DE LA LICITACIÓN La diligencia de cierre de la Licitación Pública No. 01 de 2016, se hará en acto público el día y hora señalados en el cronograma, donde se abrirán las propuestas por el o los funcionario(s) que designe(n) los miembros de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones de la Entidad, quien o quienes leerán los aspectos más relevantes de las mismas, de los cuales se dejará constancia en el acta respectiva que se levante para el efecto, en la que además se consignarán los nombres de quienes integran el comité de verificación de los requisitos habilitantes y de evaluación, quienes de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 262 de 2000, artículo 68, numeral 1, serán designados por los miembros de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones. 2.12 PLAZO PARA EFECTUAR LA VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y PARA PRESENTAR DOCUMENTOS Y ACLARACIONES SOLICITADAS POR LOS COMITÉS VERIFICADORES Y EVALUADORES La Procuraduría General de la Nación verificará y evaluará las ofertas presentadas por los proponentes dentro del plazo señalado en el cronograma, término dentro del cual los comités verificadores y evaluadores, solicitarán a los oferentes, cuando sea necesario hacerlo, que en el término que se fija en el cronograma de la selección, realicen las aclaraciones, precisiones y/o alleguen los documentos que se le requieran, sin que por ello puedan los proponentes completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas. En la verificación y evaluación de las ofertas primará lo sustancial sobre lo formal. La omisión de los requisitos, documentos e información necesarios para la comparación de las ofertas, es decir, para la aplicación de los criterios de evaluación de las mismas, establecidos en el presente pliego de condiciones no será subsanable. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no

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afecten la asignación de puntaje, podrán ser solicitados por la entidad en cualquier momento, hasta la adjudicación. 2.13 PUBLICIDAD DE LOS INFORMES EVALUACIÓN Y FORMULACIÓN DE OBSERVACIONES FRENTE A LOS MISMOS POR PARTE DE LOS PROPONENTES Para dar cumplimiento a lo consagrado en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 8, los informes de evaluación de las propuestas permanecerán a disposición de los participantes en la División Administrativa de la Procuraduría, ubicada en la carrera 5 No. 15-80 piso 3o, los días señalados en el cronograma, para que dentro de ese término los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes. En ejercicio de esta facultad, los proponentes NO PODRÁN COMPLETAR, ADICIONAR, MODIFICAR O MEJORAR SUS OFRECIMIENTOS. Las observaciones formuladas por los oferentes a los informes de evaluación de las propuestas se resolverán en la audiencia de adjudicación. La entidad dará cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1 con la publicación que lleve a cabo en el portal único de contratación, www.contratos.gov.co 2.14 PLAZO MÁXIMO CONCEDIDO A LOS NO HABILITADOS PARA QUE SUBSANEN LA AUSENCIA DE REQUISITOS O FALTA DE DOCUMENTOS HABILITANTES, SO PENA DE RECHAZO DEFINITIVO DE LAS PROPUESTAS (LEY 1150 DE 2007, ARTÍCULO 5, PARÁGRAFO 1.) Los proponentes que según los informes de verificación no resultaren habilitados, cuentan hasta las 12 a.m. (Media noche) del día hábil anterior a la fecha prevista para la adjudicación para que subsanen la ausencia de requisitos o falta de documentos habilitantes, so pena de rechazo definitivo de sus propuestas. El oferente no podrá subsanar aquellos requisitos que en virtud de la Ley 1150 de 2007, artículo 5º no pueden subsanarse. 2.15 AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN La Procuraduría previa consolidación de la información resultante del proceso de verificación y evaluación, dispone hasta el día y la hora señalada en el cronograma para seleccionar la oferta más favorable a sus necesidades, trámite que se surtirá en Audiencia Pública. Este plazo podrá ser ampliado en los términos señalados en la Ley 80 de 1993, artículo 30, ordinal 9o. La adjudicación de la presente licitación se hará en forma total. Con fundamento en lo consagrado en la Ley 1150 de 2007, artículo 9 en concordancia con lo previsto en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.1.1.2, la adjudicación de la presente licitación se realizará en audiencia pública, diligencia que se llevará a cabo en la fecha y hora señalada en el cronograma, en la carrera 5ª No. 15-80, piso 3, sala de audiencias de la ciudad de Bogotá, D.C. El procedimiento a realizar durante la audiencia de adjudicación es el siguiente: 1.- Inscripción de los participantes a la audiencia. 2.- Apertura de la audiencia en la fecha y hora señalada. 3.- Lectura de las observaciones presentadas por los oferentes a los informes de evaluación de las propuestas. 4.- Respuesta dada por los comités de verificación y evaluación de las propuestas a las observaciones presentadas por los oferentes. 5.- Pronunciamiento inicial de los oferentes sobre las respuestas dadas por la entidad a las observaciones presentadas respecto de los informes de evaluación. En ningún caso, esta posibilidad

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implica una nueva oportunidad para mejorar o modificar la oferta. En caso de presentarse pronunciamientos que a juicio la Entidad requieran de análisis y cuya solución podría incidir en el sentido de la decisión a adoptar, la audiencia podrá ser suspendida por el término razonable necesario para la verificación de los asuntos debatidos y la comprobación de lo alegado. 6.- Concesión del uso de la palabra por una única vez al oferente que así lo solicite, con el objeto de replicar las observaciones que sobre la evaluación de su oferta se hayan presentado por los intervinientes. Toda intervención deberá ser hecha por la persona o personas previamente designadas por el oferente y estará limitada a un tiempo máximo de diez (10) minutos. 7.- Deliberación por parte de los miembros de la Junta. 8.- Adopción de la decisión definitiva de adjudicación o declaratoria de desierta por parte de la Secretaria General. 9.- Cierre de la audiencia. Durante la audiencia los asistentes deberán observar una conducta respetuosa hacia los servidores públicos y los demás presentes. Quien preside la audiencia podrá tomar las medidas necesarias para preservar el orden y correcto desarrollo de la misma, pudiendo excluir de ella, a quien con su comportamiento altere su curso normal. De todo lo ocurrido durante la Audiencia de Adjudicación del proceso se dejará constancia en un acta que se publicará en el portal único de contratación y en la página WEB de la entidad. La entidad dará cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1, con la publicación que lleve a cabo en el portal único de contratación, www.contratos.gov.co. 2.16 EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, artículo 77, Parágrafo 1o. en concordancia con la Ley 1150 de 2007, artículo 9, el acto de adjudicación es irrevocable, obliga a la entidad y al adjudicatario y no tendrá recursos por la vía gubernativa. Su impugnación procede mediante el ejercicio de las acciones judiciales que correspondan. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, este podrá ser revocado, caso en el cual, la entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final de la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 12. 2.17 DECLARATORIA DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN Dentro del mismo término de adjudicación, la Procuraduría, por motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del contratista, podrá declarar desierta la licitación, mediante acto administrativo motivado, conforme a lo previsto en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 9o, Inciso 3o., en concordancia con el artículo 25, numeral 18 de la misma norma y lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007, artículo 5º. La entidad dará cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.7.1, con la publicación que lleve a cabo en el portal único de contratación, www.contratos.gov.co

CAPÍTULO TERCERO REQUISITOS HABILITANTES DE LA PROPUESTA

Son requisitos habilitantes para participar y verificar: La capacidad jurídica, experiencia, capacidad financiera, capacidad organizacional y cumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas. Estos requisitos serán verificables por los integrantes de los diferentes comités, analizando si los

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proponentes CUMPLEN O NO CUMPLEN con los requisitos y especificaciones mínimos exigidos por la entidad. En virtud de lo establecido por la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1082 de 2015, el cumplimiento de los requisitos habilitantes se demostrará con el respectivo certificado del RUP en donde deberán constar dichas condiciones. No obstante lo anterior, en caso de requerirse la verificación de requisitos del proponente adicionales a los contenidos en el Registro, la entidad podrá hacer tal verificación en forma directa. 3.1. CAPACIDAD JURÍDICA En el proceso licitatorio pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales, consorcios o uniones temporales o promesas de sociedad futura, cuyo objeto social o actividad comercial les permita cumplir con el objeto del contrato que consiste en la Prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada para las sedes de la Procuraduría General de la Nación ubicadas en el nivel central y territorial. La figura jurídica a través de la cual se presente el oferente, debe tener una duración de mínimo igual al plazo del contrato y un (1) año más. La sociedad prometida, debe constituirse de forma inmediata a la adjudicación del contrato. Los proponentes deben estar habilitados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. La Procuraduría General de la Nación constatará esta situación con la documentación allegada por los oferentes durante la verificación de los requisitos habilitantes. También se examinará que los proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad o incompatibilidad para lo cual revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales, y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas. Respecto de la capacidad jurídica, se verificarán adicionalmente los siguientes: 3.1.1 Oferta debidamente firmada Requisito que se cumple con la firma de la Carta de presentación de la oferta por parte de la persona legalmente facultada, la cual debe allegarse con la propuesta que se presenta dentro del plazo y en el sitio fijado. Debe ser firmada por el proponente: persona natural, representante legal para personas jurídicas, persona designada para representarlo en caso de consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura o apoderado debidamente constituido, evento en el cual se debe anexar el poder debidamente conferido ante notario público o autoridad judicial competente donde se indique expresamente que cuenta con poder para suscribir la propuesta en el monto señalado y en caso de ser beneficiario de la adjudicación, suscribir el contrato respectivo. En la carta de presentación de la propuesta el proponente manifestará de manera expresa que no se encuentra incurso en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para contratar, establecidas en la Constitución Política o en la Ley. El representante legal debe encontrarse debidamente facultado para representar legalmente a la sociedad y para celebrar todos los actos y contratos que se relacionen con el objeto de la misma. Antecediendo a la firma, se debe indicar en forma clara el nombre de la persona que suscribe la oferta. Junto con la Carta de presentación, el proponente debe aportar fotocopia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta. La carta de presentación se deberá diligenciar de conformidad con el Formato adjunto al pliego de condiciones. 3.1.2. Documento de conformación del consorcio o unión temporal.

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Si la oferta es presentada por un Consorcio, una Unión Temporal o promesa de sociedad futura, en la Carta de presentación se debe indicar el nombre del consorcio, unión temporal y sociedad futura, además el nombre de los integrantes del mismo. De acuerdo con lo establecido en la Ley 80 de 1993, artículo 7, en el documento de conformación del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, se debe: a- Indicar en forma expresa si su participación es a título de CONSORCIO, UNIÓN TEMPORAL O PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. b- Designar la persona, que para todos los efectos representará el consorcio o la unión temporal. c- Señalar las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del consorcio o la unión temporal y sus respectivas responsabilidades. d- En el caso de la UNIÓN TEMPORAL Y CONSORCIO señalar en forma clara y precisa, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución y las obligaciones y responsabilidades de cada uno en la ejecución del contrato (ACTIVIDADES), los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Entidad contratante. e- Señalar la duración del mismo que no deberá ser inferior a la del contrato y un año más. f- En atención a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 3050 de 1997, los integrantes del Consorcio o Unión Temporal en el documento de constitución deben manifestar para efectos del pago en relación con la facturación:

Si la va a efectuar en representación del consorcio o la unión temporal uno de sus integrantes, caso en el cual se debe informar el número del NIT de quien factura.

Si la va realizar el consorcio o unión temporal con su propio NIT, hecho que se debe indicar en el documento de conformación. Además se debe señalar el porcentaje o valor del contrato que corresponda a cada uno de los integrantes, el nombre o razón social y el NIT de cada uno de ellos. En este caso, para efectos de la inscripción en el Registro Único Tributario deberán tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 2645 de 2011.

El impuesto sobre las ventas discriminado en la factura que expida el Consorcio o Unión Temporal, deberá ser distribuido a cada uno de sus miembros de acuerdo con su participación en las actividades gravadas que dieron lugar al impuesto, para efectos de ser declarado. En cualquiera de las alternativas anteriores, las facturas deberán cumplir los requisitos establecidos en las disposiciones legales. g - Suscribir por todos sus integrantes y el representante del mismo.

3.1.3. Certificado de existencia y representación legal y/o documento legal idóneo. Si la propuesta la presenta una persona jurídica, la misma debe estar constituida legalmente, para lo cual debe allegar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la respectiva Cámara de Comercio dentro de los quince (15) días hábiles anteriores al cierre del proceso de selección, donde conste quién ejerce la representación legal, las facultades del mismo, el objeto social, dentro del cual se debe hallar el objeto del proceso y la duración de la sociedad. Si el proponente es persona jurídica que legalmente no está obligada a registrarse en la Cámara de Comercio, debe allegar el documento legal idóneo que acredite su existencia y representación o reconocimiento de personería jurídica con fecha de expedición dentro de los quince (15) días hábiles anteriores al cierre del proceso contractual.

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En el caso de uniones temporales, consorcios o promesa de sociedad futura, sus miembros deberán acreditar que dentro de su objeto social se encuentra comprendida la actividad que se comprometen a desarrollar en el acuerdo de conformación correspondiente. En todo caso el consorcio o la unión temporal deberá en conjunto, acreditar que sus objetos sociales comprenden el objeto del proceso de selección. Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el oferente deberá allegar la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de Socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función. En el evento que del contenido del Certificado expedido por la Cámara de Comercio se haga la remisión a los estatutos de la Sociedad para establecer las facultades del Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos, y si de éstos se desprende que hay limitación para presentar la propuesta en cuanto a su monto, se deberá igualmente allegar la correspondiente autorización la cual debe ser impartida por la Junta de Socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función. Si la propuesta se presenta a nombre de una Sucursal, se deberán anexar los Certificados tanto de la Sucursal como de la Casa principal. En ofertas conjuntas, cuando los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, o uno de ellos, sea persona jurídica, cada uno de ellos o el integrante respectivo, debe aportar el citado certificado, cumpliendo además con todos los requisitos señalados con antelación. 3.1.4. Certificado de Inscripción en el Registro Único de Proponentes, acorde con lo

establecido por el Decreto 1082 de 2015. El proponente debe aportar el certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio del domicilio del oferente, expedido dentro de los quince (15) días hábiles anteriores al cierre de la presente selección. Se tendrá en cuenta la información que se encuentre registrada en el RUP y que esté en firme para la fecha de cierre del proceso, relacionada con la inscripción, actualización o renovación hecha bajo el régimen del Decreto 1802 de 2015 y acorde con lo establecido por Decreto 019 de 2012. Tanto en el evento de presentación de la oferta en forma individual como conjunta (consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura), el oferente y cada uno de los integrantes de dicha persona, debe estar inscrito en el RUP. En caso de prórroga del plazo del proceso, el certificado RUP tendrá validez con la primera fecha prevista para la entrega de la propuesta. 3.1.5. Certificación expedida sobre pago de aportes al sistema de seguridad social y

parafiscales.

Cumplir con las cotizaciones al Sistema General de Seguridad Social Integral, los aportes por concepto de las contribuciones parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF) y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), conforme a lo previsto en las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014 y demás normas concordantes sobre la materia. El cumplimiento de esta obligación, por parte del oferente, se acredita, cuando es persona jurídica, mediante certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal de la empresa, según el caso, y cuando es persona natural allegando copia de la planilla PILA debidamente pagada. En el evento que el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de exoneración previstas en las leyes citadas, deberá hacer esta manifestación en la respectiva certificación. Cuando el proponente no allegue con su oferta la certificación de que trata este numeral o la misma requiere aclaraciones, la Procuraduría las solicitará dentro de los términos previstos para solicitar aclaraciones.

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La Entidad se reserva el derecho de verificar con las respectivas Entidades la información que suministran los proponentes. Si se advierten discrepancias entre la información suministrada y lo establecido por la Entidad, la propuesta será rechazada. Cuando el proponente no allegue con su oferta la certificación de que trata este numeral o la misma requiera aclaraciones, la Procuraduría se lo solicitará, quien contará con el término establecido en el cronograma del proceso para allegarla.

3.1.6. Verificación responsables fiscales y antecedentes disciplinarios. La Procuraduría General de la Nación se reserva el derecho de verificar si el proponente o cualquiera de los integrantes del consorcio o unión temporal, se encuentra (n) reportado (s) en el último boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República o si aparece como inhabilitado para contratar en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad "SIRI" de la Entidad. En caso que el proponente o alguno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, se encuentre relacionado en el boletín o se encuentre inhabilitado, no podrá contratar con la Procuraduría General de la Nación. 3.1.7. Certificaciones para acreditar la condición de discapacidad y de Mipyme. Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de discapacidad, en el caso de empresas que en sus nóminas por lo menos un diez por ciento (10%) de sus empleados se encuentren en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997, deberán acreditar con la oferta el certificado expedido por la Oficina del Trabajo de la respectiva zona y con las constancias firmadas por el representante legal y/o por el revisor fiscal de la contratación en las que conste la contratación del personal por lo menos con un (1) año de anterioridad y la condición de mantenerlo por un lapso igual al de la contratación En el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes que tenga esta condición, debe acreditarla y manifestar en todo caso cuál de ellos dará cumplimiento a las condiciones de porcentaje de participación y de experiencia de que trata el art. 2.2.1.1.2.2.9 numeral 4 del Decreto 1082 de 2015. La condición de Mipyme se verificará directamente con la información que obre en el RUP. 3.1.8. Garantía de seriedad de la oferta De conformidad con lo señalado en el Decreto 1082 de 2015, artículo 111, los proponentes podrán otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, una de las siguientes garantías:

- Contrato de seguro contenido en una póliza - Patrimonio autónomo - Garantía bancaria

Para evaluar la suficiencia de la garantía se aplicaran las reglas establecidas en el Título III del referido Decreto. Cuando la oferta es presentada por un proponente plural, como Unión Temporal, Consorcio o Promesa de sociedad futura, la garantía debe ser otorgada por todos sus integrantes. La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos:

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i) La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres (3) meses.

ii) El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.

iii) La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.

iv) La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado, dentro del plazo señalado en el Contrato, de la garantía de cumplimiento del contrato.

La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su valor debe ser de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial. Las cifras del valor de la garantía deben expresarse en pesos, sin utilizar decimales, para lo cual se aproximará al múltiplo de mil inmediato, teniendo en cuenta reducir al valor inferior si el decimal es de 1 a 49 y aproximar al siguiente superior, si el decimal es de 50 a 99. Dicha garantía debe estar constituida a favor de la Procuraduría General de la Nación y en caso de que la fecha de cierre de la licitación se amplíe, debe tenerse en cuenta la nueva fecha para efecto de la vigencia de la garantía. La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta será causal de rechazo de dicha propuesta. Cuando la garantía de seriedad que presente el proponente presente incorrección en el nombre del beneficiario, tomador, vigencia, monto asegurado, no estar referida al presente proceso de selección, la Entidad solicitará al proponente los documentos e información del caso, para lo cual el proponente cuenta con el plazo establecido en el cronograma del proceso para anexarlo. 3.1.9. Licencia de funcionamiento – Decreto 356 de 1994 El proponente, de forma individual, o todos los miembros de la Unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura, debe presentar fotocopia del acto administrativo por medio del cual se le conceda la licencia de funcionamiento que lo habilita para prestar el servicio hasta por cinco (5) años, con las modalidades específicas y a través de los medios determinados, la cual se debe encontrar vigente para el momento del cierre del proceso licitatorio. Para efecto del documento que acredite la renovación de la licencia, la Procuraduría General de la Nación, dará aplicación a lo señalado por el Decreto 019 de 2012, Artículo 35, caso en el cual se debe allegar la solicitud de trámite de renovación de la licencia. 3.1.10 Resolución que acredite la habilitación para desarrollar actividades de telecomunicaciones

– Ley 1341 de 2009, Resolución 2118 de 2011 modificada parcialmente por la Resolución 1588 de 2012 expedidas por el MINTIC

El proponente deberá presentar copia de la Resolución expedida por el Ministerio de Comunicaciones (hoy Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones), en la cual se haga constar que se le ha otorgado el permiso para usar el espectro radioeléctrico, la cual debe encontrarse vigente. En caso que la propuesta la presente un Consorcio, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura, el integrante al cual pertenezcan los equipos de telecomunicación deberá allegar este documento. No obstante lo anterior, el proponente favorecido con la adjudicación de la presente licitación, le debe garantizar a la Procuraduría General de la Nación, las comunicaciones con todos y cada uno de los servicios descritos en el presente estudio previo, a partir de la suscripción del acta de inicio, durante las veinticuatro (24) horas del día, con equipos avanteles y/o celulares. En el caso de Bogotá los celulares deben tener planes ilimitados de tiempo, toda vez que Bogotá controla todas las novedades

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a nivel nacional. Para el nivel territorial, se requieren planes de mínimo quinientos (500) minutos que garanticen los reportes obligatorios diarios de las novedades que se llegaren a presentar. 3.1.11 Resolución por medio de la cual se autoriza el uso de uniformes y distintivos

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 356 de 1994 y el Decreto 1979 del 17 de septiembre de 2001, por medio del cual se expide el Manual de Uniformes y equipos para el personal de los servicios de vigilancia y seguridad privada, el proponente anexará copia de la resolución por la cual, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada le autoriza el uso de uniformes y distintivos.

Si el proponente ha solicitado ante la Superintendencia alguna modificación a sus uniformes y distintivos, allegará además de la fotocopia de la resolución el respectivo documento con recibo de radicación ante dicha Superintendencia.

En caso de Consorcio, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura, cada uno de los integrantes debe aportar estos documentos.

3.1.12 Resolución de aprobación de horas extras - Decreto 356 de 1994 art. 11

El proponente debe presentar fotocopia del acto administrativo por medio del cual el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (hoy Ministerio del Trabajo) se le autoriza para laborar horas extras, la cual se debe encontrar vigente para el momento del cierre del proceso licitatorio.

En caso de Consorcio, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura, cada uno de los integrantes de estas personas conjuntas, debe allegar la copia de este documento. 3.1.13 Certificado sobre multas y sanciones

El oferente debe allegar certificación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, vigente a la fecha de cierre del proceso licitatorio, en la que conste a la fecha del cierre del proceso, la información sobre multas y sanciones durante los últimos cinco (5) años, diferente a la información relativa a contratos, multas, sanciones e inhabilidades la cual se verifica con el RUP. En caso de ofertas conjuntas cada uno de los integrantes del Consorcio, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura, debe allegar este documento. 3.1.14 Formato único de hoja de vida

El proponente debe allegar el formato único de hoja de vida adoptado por el Departamento Administrativo de la Función Pública. 3.1.15 Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual

El proponente deberá anexar, copia legible de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual, contra los riesgos por el uso indebido de las armas de fuego u otros elementos de vigilancia, conforme al Decreto 356 de 1994. En caso de Unión Temporal, Consorcio o promesa de sociedad futura, cada uno de sus integrantes deberá aportar este documento. 3.2 CAPACIDAD FINANCIERA

Los requisitos financieros para participar en el presente proceso de selección, serán verificados a partir de la información sobre capacidad financiera con corte a diciembre 31 de 2014 que obra en el Certificado de Inscripción RUP.

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En el caso de Consorcios o Uniones Temporales el RUP será presentado por cada uno de los integrantes con el lleno de los requisitos exigidos en el pliego de condiciones; la PGN verificará la información financiera, de acuerdo a lo certificado por la Cámara de Comercio del domicilio del proponente. La Procuraduría General de la Nación efectuó el análisis para establecer los indicadores para verificar la capacidad financiera, de acuerdo con la obligación prevista en el Decreto 1082 de 2015. Se evaluarán con CUMPLE o NO CUMPLE los siguientes indicadores financieros:

Índice de Liquidez

Índice de Endeudamiento

Razón de cobertura de intereses

Los proponentes que no tengan gastos de intereses y cuya utilidad operacional sea positiva, quedan habilitados respecto el indicador de Cobertura de Intereses. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los Índices de Liquidez, Endeudamiento y Razón de Cobertura de Intereses, cada uno de los integrantes de la asociación deberá cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo la premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta circunstancia nace el hecho de la constitución de la sociedad, razón por la cual cada uno de los integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con el mínimo requerido para cada uno de los indicadores. Capacidad Organizacional La Capacidad organizacional se verificará con base en la información financiera con corte a diciembre 31 de 2014 que obre en el RUP respecto de los siguientes indicadores financieros. (a) Rentabilidad del Activo El proponente deberá acreditar una rentabilidad del activo mayor o igual a 8%. La utilidad operacional sobre los activos indica qué tan rentable es una empresa respecto de sus activos totales, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa sus activos para generar ganancias. (b) Rentabilidad del Patrimonio El proponente deberá acreditar una rentabilidad del patrimonio mayor o igual a 12%. La utilidad operacional sobre el patrimonio indica qué tan rentable es una empresa respecto de su patrimonio, por lo tanto muestra que tan eficientemente usa su patrimonio para generar ganancias. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, los Indicadores de Rentabilidad del Activo y Rentabilidad del Patrimonio, cada uno de los integrantes de la asociación deberá cumplir con el mínimo requerido. Lo mismo aplica, para quienes presenten su propuesta bajo la

INDICE REQUERIDO

Liquidez (Activo corriente/Pasivo corriente)

Mayor o igual a 2,0

Endeudamiento (Pasivo total/ Activo total)*100

Menor o igual a 60%

Razón de cobertura de Intereses ( Utilidad Operacional/ gastos de intereses)

Mayor o igual a 4

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premisa de Sociedad Futura, en caso de adjudicársele el proceso, como quiera que de esta circunstancia nace el hecho de la constitución de la sociedad, razón por la cual cada uno de los integrantes ya sea persona natural o jurídica, deberán cumplir con el mínimo requerido para cada uno de los indicadores.

INDICADOR VALOR REQUERIDO

Rentabilidad del Activo (utilidad operacional /activo)*100

Mayor o igual a 8%

Rentabilidad del Patrimonio (utilidad operacional/patrimonio)*100

Mayor o igual a 12%

De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.5.2, los estados financieros de las sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables en el país en el que son emitidos. El proponente extranjero debe adjuntar con su propuesta, los Estados financieros de la sociedad, con sus notas explicativas, estos deben ser firmados por el Representante Legal, el contador y Revisor Fiscal si la persona jurídica está obligado a tenerlo. Para efectos de la verificación de los indicadores de capacidad financiera y de organización, deberá anexar el formato CERTIFICADO DE ACREDITACION DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL. 3.3 CONDICIONES DE EXPERIENCIA La verificación de la experiencia se realizará con la información que obra en el Registro Único de Proponentes, en el cual se deben evidenciar hasta tres (3) contratos celebrados, ejecutados y terminados por el proponente y registrados en los siguientes códigos.

CLASIFICADOR UNSPSC

SEGMENTO FAMILIA CLASES

921215 92- servicios de defensa nacional, orden público, seguridad y vigilancia

12- seguridad y protección personal

15 – servicio de guardias

921217 92- Servicios de defensa nacional, orden público, seguridad y vigilancia

12- Seguridad y protección personal

17 -Servicios de sistemas de seguridad

Nota: La Procuraduría aceptará la inscripción de la experiencia de los proponentes en cualquier otro código, siempre y cuando, el objeto del contrato que se registre sea el requerido por la Entidad en el presente numeral. Teniendo en cuenta lo anterior, el Proponente deberá diligenciar el anexo EXPERIENCIA PROPONENTE, relacionando en el mismo los tres (3) contratos registrados en el RUP con los cuales acreditará a la Entidad el cumplimiento de la experiencia. De manera adicional deberá incluir en el mismo anexo, la siguiente información correspondiente a los contratos que relaciona, toda vez que la misma no se encuentra registrada en el RUP:

Nombre del contratante que suscribió el contrato, dirección, teléfono y ciudad.

Número del contrato, fecha de suscripción, inicio y terminación del contrato (Los contratos deberán estar concluidos antes de la fecha de cierre de este proceso).

Objeto del contrato: igual al objeto del presente proceso contractual y deberá mencionarse que el servicio fue prestado con armas y que incluyó por lo menos cuarenta y tres (46)

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puestos o servicios, de los cuales, mínimo veintiuno (21) de ellos deberán ser de veinticuatro (24) horas.

Cuando se certifiquen servicios mayores a doce (12) horas, pero inferiores a veinticuatro (24) horas, ejemplo: catorce (14), dieciséis (16), dieciocho (18) o veinte horas (20), entre otros, estos servicios, NO se tendrán para acreditar los servicios de veinticuatro (24) horas y en ningún caso serán susceptibles de acumularse o computarse. Los servicios deben haber sido prestados a nivel nacional, entendiendo como tal servicio prestado en por lo menos quince (15) departamentos diferentes. Así mismo, en por lo menos uno (1) de los contratos deberá acreditar además, la prestación del servicio de vigilancia con alarma monitoreada. Valor del contrato: El valor de los contratos sumados debe ser igual o superior al presupuesto oficial.

Porcentaje de participación si el contrato fue ejecutado en consorcio o unión temporal.

La Entidad no acepta que cada renovación automática de un contrato se cuente como un nuevo contrato, en razón que el contrato es uno solo y el hecho de prorrogarlo o adicionarlo no significa que se celebre un nuevo negocio contractual. De esta forma su cumplimiento se verifica desde el inicio hasta la culminación del mismo, entendiendo que ha finalizado cuando ha terminado su última renovación. En el caso de propuestas presentadas por consorcios o uniones temporales, cada uno de los integrantes debe acreditar el cumplimiento de por lo menos un (1) contrato con el lleno de los requisitos establecidos en este numeral, salvo lo relativo al valor del contrato, ya que éste se puede acreditar en conjunto. Si los documentos presentados por el proponente no precisan el número de SMMLV, la Entidad los calculará, utilizando el valor del salario para la terminación del contrato que se esté relacionando, proyectado a valor presente. El valor de los SMMLV que se tendrán en cuenta será el valor del salario del año de finalización del contrato, actualizado a valor presente. En los contratos que fueron ejecutados en consorcio o unión temporal, deberá indicarse el porcentaje de participación de cada uno de ellos en dicho contrato, valor que debe discriminarse en pesos colombianos y será el que se aplique al proponente para verificar la experiencia teniendo en cuenta lo señalado en este numeral. Así mismo, en caso de personas jurídicas cuando no tengan más de tres (3) años de constituidas, se les podrá acumular la experiencia de los accionistas, socios o constituyentes, de acuerdo con lo señalado en el Decreto 1820 de 2015, Artículo 2.2.1.1.1.5.2., numeral 2.5. En el caso que el proponente haya participado en procesos de fusión o escisión empresarial, debe tomar para estos efectos, exclusivamente los contratos o el porcentaje de los mismos, que le hayan asignado en el respectivo proceso de fusión o escisión, para ello debe aportar el certificado del contador público o del revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal) que así lo acredite. LAS CERTIFICACIONES DEL CONTRATANTE, LAS COPIAS DE CONTRATOS, ACTAS DE LIQUIDACIÓN, REFERENCIAS COMERCIALES, ETC., SE ACEPTARÁN COMO DOCUMENTOS ACLARATORIOS DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA. La Entidad se reserva el derecho de verificar la información suministrada por los oferentes. En caso de requerirse aclaraciones sobre datos contenidos en el anexo experiencia del proponente, la Procuraduría podrá solicitarlas al proponente por escrito, quien contará con el término establecido en el cronograma del proceso para suministrarlas. En el periodo de verificación de las propuestas, los oferentes podrán allegar el formato e incluir nuevos contratos para acreditar este requisito, siempre y cuando cumplan con los requerimientos

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exigidos por la Entidad en este numeral y los contratos se encuentren concluidos antes de la fecha de cierre del proceso. Justificación del requerimiento de experiencia Para garantizar idoneidad y capacidad del oferente para atender la prestación del servicio de vigilancia de la Entidad, se considera que las condiciones exigidas en cuanto al número de contratos, el alcance del objeto y la condición de estar terminados los contratos, es adecuada y proporcional al contrato que se pretende suscribir. Se requiere que los contratos estén concluidos para garantizar que el cumplimiento del contrato se ha realizado a satisfacción y minimizar los riesgos de incumplimiento. Para fijar el número mínimo de servicios exigidos en la experiencia, se consideró un porcentaje del 50% de la totalidad de los servicios que requiere la Entidad (92 en total).

Para fijar el número de servicios de 24 horas exigidos en la experiencia, se consideró el 50% del número total de estos servicios que requiere la Entidad (43 en total).

Con el cumplimiento de estas dos (2) variables, la Entidad considera que el oferente tiene capacidad operativa y le asegura la calidad en la prestación de los servicios.

La exigencia de los departamentos se sustenta en la necesidad de asegurar experiencia en la ejecución de contratos en varios lugares, tomando el 50% de departamentos en los cuales se prestará el servicio objeto de la presente contratación. Así mismo, de las certificaciones que se solicitan, en por lo menos una (1) de ellas deberá acreditar además, la prestación del servicio de vigilancia con alarma monitoreada. Esta exigencia se sustenta en la necesidad de asegurar experiencia en la prestación adicional del servicio de alarma monitoreada, ya que la misma forma parte del objeto del servicio que requiere la Entidad. 3.4 REQUISITOS HABILITANTES DE PERSONAS EXTRANJERAS NO INSCRITAS EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES POR NO TENER DOMICILIO O SUCURSAL EN EL PAÍS Cuando se trate de proponentes extranjeros no obligados a estar inscritos en el Registro Único de Proponentes, por no tener domicilio o sucursal en el país, la Procuraduría General de la Nación, verificará directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes, bien sea individuales o integrantes de una unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura. Las personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, no están obligadas a estar inscritas en el RUP, por lo cual las Entidades Estatales deben verificar directamente el cumplimiento de los requisitos habilitantes. De acuerdo con el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación, la capacidad jurídica de las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia se acredita mediante los documentos previstos por la legislación del país de origen, los cuales deben aportarse al Proceso de Contratación. Capacidad Jurídica. Se deberán aportar los documentos que acrediten la existencia y representación legal de la sociedad extranjera en el país de origen. Así mismo, su decisión de establecer negocios en Colombia deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 472 del Código de Comercio, que indica: “ARTÍCULO 472. La resolución o acto en que la sociedad acuerda conforme a la ley de su domicilio principal establecer negocios permanentes en Colombia, expresará: 1) Los negocios que se proponga desarrollar, ajustándose a las exigencias de la ley colombiana respecto a la claridad y concreción del objeto social; 2) El monto del capital asignado a la sucursal, y el originado en otras fuentes, si las hubiere;

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3) El lugar escogido como domicilio; 4) El plazo de duración de sus negocios en el país y las causales para la terminación de los mismos; 5) La designación de un mandatario general, con uno o más suplentes, que represente a la sociedad en todos los negocios que se proponga desarrollar en el país. Dicho mandatario se entenderá facultado para realizar todos los actos comprendidos en el objeto social, y tendrá la personería judicial y extrajudicial de la sociedad para todos los efectos legales, y 6) La designación del revisor fiscal, quien será persona natural con residencia permanente en Colombia.” Experiencia Se verificará con certificaciones de contratos allegados por los proponentes, las cuales deben cumplir los requisitos establecidos en el numeral 3.3 del presente documento. Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional. De conformidad con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.5.2, los estados financieros de las sociedades extranjeras deben ser presentados de conformidad con las normas aplicables en el país en el que son emitidos. El proponente extranjero presentará con su propuesta, los Estados financieros de la sociedad, auditados, con sus notas explicativas, firmados por el Representante Legal, el contador y Revisor Fiscal si el proponente está obligado a tenerlo. Para efectos de la verificación de los indicadores de capacidad financiera y de organización, deberá anexar el formato CERTIFICADO DE ACREDITACION DE LA CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACIDAD ORGANIZACIONAL, que se incluirá en el pliego definitivo. Consularización

De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país.” Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. Apostille Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Atendiendo las recomendaciones dadas por Colombia Compra Eficiente en el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación la siguiente información es relevante para la presentación de ofertas por parte de proponentes extranjeros: Idioma – Los documentos con los cuales el proponente acredite sus requisitos habilitantes que hayan sido escritos originalmente en una lengua distinta al castellano, deben ser traducidos al castellano y

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ser presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano. El proponente puede presentar una traducción simple al castellano. Si el proponente resulta adjudicatario para firmar el contrato debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado para acreditar los requisitos habilitantes. Legalización de documentos - Los documentos presentados por los proponentes no requieren legalización alguna salvo los documentos otorgados en el exterior y los poderes generales o especiales que deben ser otorgados ante Notario Público. Los proponentes pueden entregar con su oferta los documentos otorgados en el exterior sin que sea necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el oferente que resulte adjudicatario debe presentar los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de conformidad con la Convención de la Apostilla o legalizados ante cónsul colombiano. Fecha de corte de los Estados Financieros - Los oferentes extranjeros deben presentar sus estados financieros a la fecha de corte establecida en los países de origen o en sus estatutos sociales. Moneda – Los oferentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para efectos de acreditar y verificar los requisitos habilitantes tendrán en cuenta la tasa representativa del mercado vigente en la fecha en la cual los estados financieros fueron expedidos. Para el efecto, el proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera.

CAPÍTULO CUARTO

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS En el Anexo N° 2 se detallan las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS, que forma parte integral del presente documento y que son de cumplimiento obligatorio. En la carta de presentación de la oferta Anexo No.1 el proponente declara que conoce, entiende y acepta los requerimientos técnicos mínimos exigidos por la Entidad para el presente proceso de selección y se compromete a cumplir en la ejecución del contrato.

CAPÍTULO QUINTO PARÁMETROS GENERALES DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS, FACTORES DE PONDERACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS MISMOS, FACTORES DE DESEMPATE Y CAUSALES DE RECHAZO. 4. PARÁMETROS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LAS

PROPUESTAS El procedimiento de selección del contratista está sometido al deber de selección objetiva y a los principios de transparencia e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones. La Ley 1474 de 2011, artículo 88, que modifica el numeral 2 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 estipula que: “La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. En los contratos de obra pública, el menor plazo ofrecido no será objeto de evaluación. La entidad efectuará las comparaciones del caso mediante el cotejo de los ofrecimientos ofrecidos y la consulta de precios o condiciones del mercado y los estudios y deducciones de la entidad o de los organismos consultores o asesores designados para ello. En los procesos de selección en los que se tengan en cuenta los factores técnicos y económicos, la oferta más ventajosa será la que resulte de aplicar alguna de las siguientes alternativas:

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a. La ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o formulas

señaladas en el pliego de condiciones; ó

b. La ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de

costo-beneficio para la entidad.”

Con base en lo anterior y en concordancia con el artículo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de 2015, y atendiendo el objeto de la presente contratación, se considera que para seleccionar la oferta más ventajosa para la entidad se debe aplicar la ponderación de los elementos de calidad y precio soportado en puntajes así: El precio del servicio de alarma monitoreada, soportado en fórmulas matemáticas relacionadas con las medias: aritmética, aritmética baja, geométrica, geométrica baja y armónica, una de las cuales será escogida en el momento de la diligencia del cierre del proceso de selección, y se aplicará de acuerdo a lo dispuesto en estos estudios, con lo cual se busca garantizar la transparencia y precisión en la selección. No se señala como única opción el otorgar el mayor puntaje a quien ofrezca el menor precio, ya que no obstante se cumplan con todos los requisitos del pliego de condiciones, se considera que la aplicación de fórmulas permite un proceso en el que se garantice la obtención de un buen precio, se dé mayor valoración a los precios reales del mercado, evitando el control de precios por parte de los oferentes y el privilegio de precio extremos (mínimo o máximo). El precio ofrecido por el servicio de alarma monitoreada debe expresarse en pesos colombianos. EL VALOR DE LA PROPUESTA NO PODRÁ SUPERAR EL MONTO TOTAL DEL PRESUPUESTO OFICIAL PARA EL ITEM DE SERVICIO DE ALARMA MONITOREADA, SO PENA DE RECHAZO DEL OFRECIMIENTO. Para efecto del señalamiento del precio ofrecido, el proponente debe tener en cuenta la totalidad de las especificaciones técnicas indicadas por la Entidad en el Anexo Especificaciones Técnicas y todos los costos, gastos, impuestos, seguros, pago de salarios, prestaciones sociales y demás emolumentos que considere necesarios para la fijación de la propuesta económica. La calidad: Los medios de supervisión y control - A través de la disposición de sistemas de circuito cerrado de televisión - CCTV permiten al contratista, desarrollar una mejor cobertura del servicio en las sedes escogidas por razones de seguridad; y verificar la prestación del servicio de sus propios vigilantes y reaccionar ante un llamado de emergencia. En términos generales optimizar y garantizar a la Entidad la efectividad de la prestación del servicio. Con base en lo anterior, se considera que para seleccionar la oferta más favorable para la Entidad se debe aplicar la ponderación de los elementos de calidad y precio soportado en los siguientes puntajes y fórmulas:

FACTOR PUNTAJE

Calidad - Medios de supervisión y control del servicio adicionales -CCTV 50 Puntos

Precio - servicio de sistema de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía Celular

40 Puntos

Estímulo a la Industria Nacional 10 Puntos

TOTAL 100 PUNTOS

5.1.1. MEDIOS DE SUPERVISIÓN Y CONTROL – 50 PUNTOS El Oferente que suministre e instale cinco (5) sistemas de CCTV- básico para las siguientes cinco (5) sedes de la Procuraduría General de la Nación, se le otorgará hasta cincuenta (50) puntos. Cada sede ofrecida tendrá una asignación de diez (10) puntos:

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No. REGIONAL SEDES MODALIDAD DELSERVICI

O

1 CAUCA Procuraduría Provincial de Popayan – Calle 4 No. 0 – 83 - POPAYAN

12 HORAS

2 CAUCA Procuraduría Regional, Calle 3 No. 3 – 60 - POPAYAN 24 HORAS

3 NORTE DE

SANTANDER Procuraduría Judicial – Av. 4 No. 10 – 46 Piso 6, 7, 8 y 9 CUCUTA

24 HORAS

4 PUTUMAYO Procuraduría Regional – Calle 8 No. 5 – 10 - MOCOA 24 HORAS

5 VICHADA Procuraduría Regional - Calle 18 No. 3 – 09 - PUERTO CARREÑO

12 HORAS

Nota: Sólo se contabilizan los circuitos relacionados anteriormente para cada ciudad, es decir que si un oferente ofrece más sistemas de CCTV que los definidos en la matriz para cada ciudad, solamente se contabilizará el número solicitado hasta 50 Puntos. Cada sede ofrecida tendrá una asignación de diez (10) puntos. El sistema de Circuito Cerrado de televisión, deberá contar con las siguientes especificaciones:

PARA 5 SEDES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION

Sistema de CCTV

1 Cámara fija tipo Bullet o Minidomo Requerimientos Mínimos

1 Marca Especificar

2 Modelo Especificar

3 Sensor de Imagen 1/3 o 1/4

4 Sistema de Tv NTSC

5 Sincronización Interna

6 Resolucion 700 TVL

7 Iluminación Mínima 0 Lux (IR-ON)

8 Proporción S/N >50DB

9 Salida de Video 1 Vp-p, 75Ω, BNC

10 Lente Varifocal manual de 4-9mm

11 Shutter/AGC Automático

12 Brillo Automático

13 Detección de Pixel Blanco y Compensación Estático y/o Dinámico

14 LED infrarrojo Mínimo 25 Led

15 Distancia IR Mínimo 30 Metros

16 Temperatura de Operación 10°C a +50°C

17 Protección Para Trabajo en Exteriores

18 Voltaje de entreda/corriente 24VAC y/o 12VDC

19 Adaptador 24 VAC y/o 12VDC

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20 Ficha técnica

Del equipo ofertado en español o inglés.(es obligatorio adjuntar la ficha técnica junto con el presente anexo), Se aceptan certificaciones de casa Matriz del fabricante solo en caso que no se pueda corroborar la información en la ficha técnica del equipo.

2 SISTEMA DE ALMACENAMIENTO Requerimientos Mínimos

1 Marca Especificar

2 Modelo Especificar

3 Tipo DVR ( Digital Video Recording)

4 Sistema operativo Linux

5 Sistema de Video NTSC

6 Entrada BNC 8 CH IN, 1 Vp-p, 75Ω, BNC

7 Salida de Video VGA y/o HDMI 1080P

8 Spot BNC 1 CH OUT, 1 Vp-p, 75Ω, BNC

9 Salida VGA 1280*1024 / 1400*900 / 1920*1080

10 Audio Entrada 4 CH, RCA

11 Control Mouse

12 Teclado Externo o interno

13 Almacenamiento SATA HDD 2TB

14 Pantalla con División 1,4,6,9,16

15 Compresión de Video H.264

16 Modo de Grabación Manual/Programado/Detección de Movimiento

17 Resolucion NTSC: 960*480, 704*480

18 Velocidad de Grabación NTSC: 480FPS@D1, 400FPS@CIF

19 Velocidad Reproducción Normal, Rápido, Lento

21 Métodos de Búsqueda Hora, Evento, Canales y Calendario

22 Comunicación Remota SI

23 Operación Remota Vista remota, Reproducción Remota, Configuración

Remota

24 Protocolo PTZ Pelco-D, Pelco P y otros

25 Conexión de RED WAN RJ45, 10/100 Mbit/s

26 Temperatura de operación 0°C a +50°C

27 Humedad de Trabajo 10% a 90%

28 Voltaje de entrada 110-120 VAC y/o Con adaptador de 12VDC

20 Ficha técnica

Del equipo ofertado en español o inglés.(es obligatorio adjuntar la ficha técnica junto con el presente anexo), Se aceptan certificaciones de casa Matriz del fabricante solo en caso que no se pueda corroborar la información en la ficha técnica del equipo.

3 MONITOR DE VISUALIZACION Especificaciones Mínimas

1 Marca Especificar

2 Modelo Especificar

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3 Tecnologia LED

4 Tipo de Pantalla Plana y Ancha

5 Tamaño 24"

6 Relación y contraste 1,000:1

7 Relación de Aspecto 16:10

8 Resolucion 1920*1080

9 Conexiones VGA y/o DVI-D (HDCP) y/o DisplayPort

10 Voltaje de entrada 100 a 240 VAC/50 a 60 Hz ±3 Hz/1.5A o con

Adaptador

4 GENERALIDADES Especificaciones Mínimas

1 Diseños El Oferente favorecido deberá entregar a la entidad el diseño de la ubicación de las cinco (5) cámaras y equipos para para su autorización.

2 Instalación

Cada sistema de CCTV a Instalar en las 5 sedes de la entidad contara con (5 Cámaras, 1 DVR y 1 Monitor), deberá instalarse el cableado y canalización de sobreponer debidamente anclada y de forma estética para no dañar la presentación de la sede, Se deben incluir todos los accesorios necesarios para la correcta operación del sistema.

3 Mantenimiento

Cada uno de los subsistemas de CCTV deberán tener mínimo una (1) visitas de mantenimiento preventivo durante la ejecución del contrato, Se deberán realizar los mantenimientos correctivos necesarios a los sistemas en caso de fallas sin costo alguno para la entidad durante el periodo contratado

4 Destinación de los equipos

Una Vez finalizado el contrato de servicio de seguridad con Arma los equipos instalados de CCTV pasaran a ser propiedad de la Procuraduría General de la Nación y deberán entregarse funcionando

El suministro e instalación de los sistemas de CCTV, será destinado a coadyuvar al control y supervisión para el servicio de las sedes del contrato en las siguientes ciudades, escogidas en razón a las visitas de inspección realizadas en cumplimiento a las obligaciones del contrato 179- 016 - 2015, por la situación de orden público y las necesidades de seguridad de las zonas. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Manual de Contratación de la Entidad, según el cual: «La Entidad deberá conocer el valor de los valores agregados en calidad, verificando que no afecten la ecuación financiera del futuro contrato», para realizar el estudio de mercado del servicio del Sistema de circuito cerrado de televisión CCTV, y establecer el presupuesto estimado, mediante correos electrónicos, se solicitó cotización relativa al suministro e implementación de los sistemas de CCTV, a las siguientes firmas: COMPAÑÍA FECHA OFICIO SALIDA

1. INTERSEG S.A. Febrero 3 de 2016 DS-0112 2. ENERGIA INTEGRAL ANDINA Febrero 3 de 2016 DS-0113 3. SECURITY GLOBAL S.A.S. Febrero 3 de 2016 DS- 0114

En respuesta a la solicitud de la Entidad, presentaron cotización las siguientes firmas:

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EMPRESA COTIZANTE NUMERO DE CIRCUITOS CERRADO DE TELEVISION - CCTV

VALOR A NIVEL NACIONAL INCLUIDO IVA

INTERSEG 5 $ 39.346.673

ENERGIA INTEGRAL ANDINA 5 $ 40.194.580

SUBTOTAL - PROMEDIO $ 39.770.627

IVA 16% $ 6.363.300

VALOR TOTAL 5 SISTEMAS - CIRCUITO CERRADO DE TELEVISION – CCTV

$ 46.133.927

Teniendo en cuenta el valor del promedio nacional redondeado que equivale a CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE PESOS ($46.133.927.oo), por cinco (5) sistemas de Circuito Cerrado de Televisión - CCTV, esta suma equivale al 1.68% del presupuesto oficial, porcentaje que no altera el equilibrio financiero del contrato y en consecuencia no es un requisito de imposible cumplimiento. 5.1.2. PRECIO DEL SERVICIO DE SISTEMA DE ALARMA MONITOREADA CON

COMUNICACIÓN GPRS VÍA CELULAR – 40 puntos

Teniendo en cuenta que para el pago de la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, en la modalidad requerida por la Entidad, ésta cancelará el valor de las tarifas mínimas reguladas vigentes para el presente año, establecidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, sólo se evaluará, de acuerdo con lo establecido en este documento, el valor del servicio de alarma monitoreada. La oferta económica deberá presentarse en el formato del Anexo denominado FORMATO DE PROPUESTA ECONÒMICA – SERVICIO DE SISTEMA DE ALARMA MONITOREADA CON COMUNICACIÓN GPRS VÌA CELULAR. El precio ofrecido en la propuesta debe expresarse en pesos colombianos. EL VALOR TOTAL DE LA PROPUESTA NO PODRÁ SUPERAR EL PRESUPUESTO OFICIAL PARA ESTE ITEM, SO PENA DE RECHAZO. Para efecto del señalamiento del precio ofrecido, el proponente debe tener en cuenta la totalidad de las especificaciones técnicas indicadas por la Entidad en el pliego de condiciones y en el Anexo Especificaciones Técnicas y todos los costos, gastos, impuestos, seguros, pago de salarios, prestaciones sociales y demás emolumentos que considere necesarios para la fijación de la propuesta económica. La propuesta económica debe elaborarse con base en el Anexo Formato Propuesta Económica, el cual se debe diligenciar de manera clara y en forma completa, indicando valor unitario de cada ítem, subtotal, IVA y total. Será causal de rechazo de la propuesta, la no presentación con ésta, del Anexo “Formato Propuesta Económica” diligenciado totalmente y la no cotización de todos los ítems allí descritos. Así mismo se rechazará la propuesta que sobrepase el valor del presupuesto oficial para la prestación del servicio de alarma monitoreada por valor de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO PESOS ($6.827.528.oo) Con relación al impuesto al valor agregado (IVA) éste se aplicará 1.6% sobre el total de costo del servicio de VIGILANCIA FÍSICA FIJA CON MEDIO HUMANO CON ARMA, y un 16% para el servicio de SISTEMA DE ALARMA MONITOREADA. Los proponentes que pertenezcan al régimen simplificado deben presentar sus propuestas sin Impuesto al Valor Agregado – IVA; consecuentemente, de ser seleccionado un proponente de ese régimen, el valor del contrato no debe incluir dicho tributo. En las evaluaciones económicas la

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comparación deberá realizarse por el valor total de la propuesta, que corresponde al costo para la Procuraduría General de la Nación. Así mismo, los oferentes deberán tener en cuenta que el Artículo 499 del Estatuto Tributario define quienes pertenecen al régimen simplificado y en el Parágrafo 1 precisa: “Para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a 3.300 UVT, el responsable del Régimen Simplificado deberá inscribirse previamente en el Régimen Común.” La Entidad verificará los procedimientos de cálculo operativo, aritmético y de aproximación en cada uno de los componentes de los valores. En caso de presentarse errores de ésta índole, la Entidad en el anexo propuesta económica, los corregirá y se tendrá en cuenta el valor corregido para efectos de la adjudicación. En caso de diferencias y/o necesidad efectuar nuevamente algún cálculo prevalecerán los valores unitarios, sobre subtotales y totales y a partir de los precios unitarios se efectuarán todas las operaciones y correcciones que corresponda. Para facilitar las diferentes etapas del proceso, el Proponente deberá presentar en la propuesta en medio magnético e impreso, incluyendo toda la información puntual del anexo formato propuesta económica. En caso de existir discrepancias entre los medios, prevalecerá lo impreso. No se aceptarán propuestas complementarias o propuestas de modificaciones presentadas con posterioridad a la fecha y hora del cierre del proceso contractual. Todos los valores unitarios ofrecidos deberán presentarse ajustados a la centena, en caso de que el proponente señale precios unitarios con decenas, unidades o centavos, el comité económico los aproximará superior o inferiormente a la centena más próxima (se precisa que para cifras terminadas exactamente en $50,00 se aproximará a la centena superior más próxima). Dentro de la evaluación económica la entidad verificará que los proponentes no ofrezcan precios artificialmente bajos, dentro de los parámetros establecidos en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto Reglamentario 1082 de 2015, según el cual cuando de conformidad con la información a su alcance la entidad estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Analizadas las explicaciones, el comité asesor evaluador, recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta explicando sus razones. Si existiese discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error operativo, aritmético y/o de aproximación en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras con sujeción a los párrafos antes mencionados. El no diligenciamiento del precio unitario de algún ítem será causal de RECHAZO de la propuesta. LA PRESENTE LICTACIÓN PÚBLICA ES A PRECIO UNITARIO SIN FORMULA DE REAJUSTE. Ponderación del Factor Económico de la Propuesta

Para la valoración de este factor la entidad determinará el presupuesto promedio del sistema de alarma monitoreada a partir de las medias de los valores ofertados en las propuestas habilitadas para ese ítem, empleando el método de cálculo que se describe a continuación:

Para la selección de las formulas base para el cálculo del presupuesto promedio para el sistema de alarma monitoreada se tomaran los primeros dos dígitos decimales de la Tasa Representativa del Mercado que rige el día hábil siguiente a la fecha de cierre del proceso, de acuerdo a la siguiente tabla:

Decimales Entre Método

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00 a 19 Media Aritmética

20 a 39 Media Aritmética Baja

40 a 59 Media Generalizada n

60 a 79 Media Geométrica Baja

80 a 99 Media Armónica

Donde las medias se definen con las fórmulas:

Media Aritmética

Donde

Media Aritmética

Número de propuestas hábiles

Valor de la -ésima propuesta hábil

Media Aritmética Baja

Donde

Media Aritmética Baja

Media Aritmética

Número de propuestas hábiles

Valor de la -ésima propuesta hábil

Media Generalizada n

Donde

Media Generalizada n

Número de propuestas hábiles

Valor de la -ésima propuesta hábil

Media Geométrica Baja

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Donde

Media Geométrica Baja

Media Geométrica

Número de propuestas hábiles

Valor de la -ésima propuesta hábil

Media Armónica

Donde

Media Armónica

Número de propuestas hábiles

Valor de la -ésima propuesta hábil

Y se aplicarán efectuando siguiente el proceso de cálculo: Durante la evaluación se determinaran las medias respectivas de las fórmulas no seleccionadas, una vez establecidos sus cuatro valores promedio resultantes, se aplicará la

fórmula favorecida del sorteo a estos, el resultado obtenido será la media -ésima de

promedios, que analíticamente se denota:

Donde indica los posibles resultados del sorteo señalado, el resultado

favorecido de este, y las medias de las propuestas habilitadas calculadas y la media -

ésima de promedios.

Adicionalmente, se calcula el promedio de los valores con la formula seleccionada .

Luego, se efectúa la operación aritmética que se describe matemáticamente a continuación,

cuyo resultado será el presupuesto promedio del sistema de alarma monitoreada:

Donde indica el valor del residuo que se obtiene al dividir las propuestas hábiles

en el número y sus posibles resultados son 0,1 y 2. Donde n es el total de las propuestas

presentadas.

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Culminado ese proceso, establecido el valor medio del sistema de alarma monitoreada se

asignará a cada uno de los proponentes habilitados el puntaje del factor económico de la

propuesta mediante la aplicación de la función lineal absoluta que se muestra en seguida:

Donde indica el puntaje obtenido por el - ésima propuesta hábil. ESTIMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL – DIEZ (10) PUNTOS

Para la calificación de este aspecto se asignará un puntaje máximo de diez (10) puntos y se tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 816 de 2003, artículo 1, parágrafo, modificado por el artículo 51 del Decreto 19 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.1.3.1., que define los servicios nacionales, disponiendo que “(…) son los servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana (…)” y artículo 150 que indica la existencia de trato nacional así. “(…) La Entidad Estatal debe conceder trato nacional a: (a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno nacional haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y (c) a los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.

El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el literal (b) anterior en relación con un Estado en particular, lo cual no es requerido para acreditar las situaciones a las que se refieren los literales (a) y (c) anteriores. Para constatar que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional en un Estado, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe revisar y comparar la normativa en materia de compras y contratación pública del respectivo Estado para lo cual puede solicitar el apoyo técnico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y de Colombia Compra Eficiente, dentro de sus competencias legales.

Los certificados para acreditar la condición a la que se refiere el literal (b) anterior deben ser publicados en la forma y oportunidad que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. La vigencia de los certificados será de dos años contados a partir de la fecha de su expedición, sin perjuicio de que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o Colombia Compra Eficiente soliciten al Ministerio de Relaciones Exteriores su revisión con ocasión de la expedición de nueva normativa en el Estado sobre el cual se expide el certificado. Colombia Compra Eficiente puede determinar vía circular la forma como el Ministerio de Relaciones Exteriores debe constatar que los oferentes de bienes y Servicios nacionales gozan de trato nacional y de revisar y comparar la normativa en materia de compras y contratación pública para la expedición del certificado. El puntaje que se asignará en cada uno de los casos será el siguiente:

Protección a la Industria Nacional Puntaje máximo

Servicios Nacionales 10

Servicios extranjeros que incorporen componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos

5

Servicios extranjeros 0

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5.2 FACTORES DE DESEMPATE En caso de empate en el puntaje de dos o más ofertas, la Procuraduría General de la Nación escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el factor de escogencia, es decir, Medios de supervisión y control del servicio adicionales. De continuar el empate, se escogerá al oferente que tenga mayor puntaje en el factor de precio del servicio de sistema de alarma monitoreada. Si persiste el empate, la Entidad utilizará las reglas señaladas en el Decreto 1082 de 2015 Artículo 2.2.1.1.2.2.6. Si continúa el empate éste se dirimirá utilizando el método aleatorio mediante sorteo de balota que se efectúe en el momento de la audiencia de adjudicación. 5.3 CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS Una propuesta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente y se halle ajustada al pliego de condiciones; de lo contrario será rechazada, a menos que las falencias sean subsanables de acuerdo con la Ley 1150 de 2007. - Cuando el proponente no cumpla con los requisitos y documentos exigidos en el pliego y que no

sean susceptibles de subsanar, de conformidad con lo establecido en la Ley 1150 de 2007, artículo 5.

- Cuando el proponente, en forma individual o conjunta, no subsane los requisitos habilitantes, hasta las 12 a.m. (Media noche) del día hábil anterior a la fecha prevista en el cronograma para la realización de la audiencia de adjudicación del proceso, o no subsane en debida forma, en cuanto a los aspectos que pueden subsanarse.

- Cuando no se presente la propuesta económica, no se diligencia totalmente el anexo de

propuesta económica o no se allegue la información necesaria para llevar a cabo la evaluación económica de las propuestas.

- Cuando se presenten inconsistencias o inconformidades entre la información o documentación

allegada por el proponente y lo verificado por la Procuraduría General de la Nación, que no puedan ser aclaradas oportunamente por los proponentes, sin perjuicio de las acciones legales que puedan iniciarse por este hecho.

- Cuando para el mismo proceso de selección se presenten varias propuestas por el mismo

proponente, por si o por interpuesta persona, o cuando la misma persona forme parte de dos o más consorcios o Uniones Temporales.

- Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o

incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993, así como en las demás disposiciones legales vigentes.

- Cuando se determine que el valor total de la oferta es artificialmente bajo, de acuerdo con lo

establecido en el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.1.2.2.4.

- Cuando el valor de la oferta exceda el presupuesto oficial estimado para el ítem sistema de alarma monitoreada en el presente proceso.

- Cuando tras el análisis económico se evidencie precios unitarios por fuera del rango de los precios

del estudio de mercado, se solicitarán las explicaciones a que haya lugar. De no resultar satisfactorias, la entidad podrá rechazar el ofrecimiento.

- Cuando no se diligencie alguno(s) de los ítems que conforman los formatos de propuesta

económica o alguno(s) de éstos no sea cotizado.

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- En los demás casos que expresamente el pliego de condiciones así lo indique.

CAPÍTULO SEXTO INDICACIÓN SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDO

COMERCIAL De conformidad con el Manual para el manejo de los acuerdos Comerciales en proceso de contratación, versión M-MACPC-07, el presente proceso de selección se encuentra cobijado por los siguientes Acuerdos comerciales.

Entidad Estatal Incluida

Presupuesto del Proceso de Contratación superior

al valor del Acuerdo Comercial

Excepción Aplicable al Proceso de

Contratación

Proceso de Contratación

cubierto por el Acuerdo

Comercial

CANADA SI SI NO SI

CHILE SI SI NO SI

ESTADOS UNIDOS

SI SI NO SI

EL SALVADOR SI SI NO SI

GUATEMALA SI SI NO SI

HONDURAS NO NO APLICA NO APLICA NO APLICA

ESTADOS AELC SI SI NO SI

MEXICO NO NO APLICA NO APLICA NO APLICA

UNION EUROPEA SI SI NO SI

COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES

SI SI NO SI

Teniendo en cuenta que al presente proceso le aplican los tratados de Canadá, Chile Estados Unidos, Guatemala, Estados AELC, Unión Europea y de la Comunidad Andina de Naciones, la Procuraduría General de la Nación le dará a los servicios de los Estados con quienes Colombia ha suscrito estos Acuerdos Comerciales, el mismo trato que da a los servicios Colombianos y establecerá los plazos mínimos en ellos requeridos, teniendo en cuenta en todo caso, que el presente proceso fue publicado en el Plan Anual de Adquisiciones de la Entidad.

CAPÍTULO SÉPTIMO RIESGOS ASOCIADOS AL CONTRATO, LA FORMA DE MITIGARLOS Y LA ASIGNACIÓN

DEL RIESGO ENTRE LAS PARTES

ANÁLISIS DE RIESGOS Y FORMA DE MITIGARLOS

De conformidad con lo señalado por la Ley 1150 de 2007, artículo 4, en concordancia con el Decreto 1082 de 2015, artículo 2.2.1.2.5.2. numeral 2, y en el Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en los Procesos de Contratación presentado por la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente a través de la Circular No. 8 expedida el 10 de diciembre de 2013, la siguiente es la matriz de riesgos del presente proceso de contratación:

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No obstante lo anterior, en la audiencia programada dentro del proceso de selección de análisis de riesgos, los posibles oferentes o interesados en participar en el proceso deberán manifestar a la Entidad, teniendo en cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico del mismo de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del Código de Comercio, según el cual, las partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el periodo precontractual, so pena de indemnizar los perjuicios que se causen. En consecuencia, la Entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias previsibles por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sido manifestadas en dicha

No.

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pasar y, cómo puede ocurrir)

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audiencia. NOTA: Debe entenderse que los mecanismos contenidos en el Contrato, permiten mantener las condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la propuesta por parte del contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la ecuación de equilibrio contractual, en los términos señalados en la Ley 80 de 1993.

CAPÍTULO OCTAVO GARANTÍAS EXIGIDAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y SUS CONDICIONES

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: El oferente debe presentar junto con la propuesta garantía de seriedad de la oferta, vigente desde la presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato (3 meses) y su valor debe ser de por lo menos el diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO Y DE RCE: El CONTRATISTA debe presentar una garantía de cumplimiento para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones, a favor de la Procuraduría General de la Nación, en los siguientes términos:

AMPARO

PORCENTAJE (%) SOBRE EL VALOR

TOTAL DEL CONTRATO

VIGENCIA

Cumplimiento del contrato 30%

Tiempo de ejecución del contrato y hasta la liquidación del contrato. (Tiempo estimado ocho (8) meses), contados a partir de la fecha de firma del contrato)

Calidad del servicio 30% Tiempo de ejecución del contrato y un (1) mes más, contados a partir de la fecha de iniciación del contrato

Pago de salarios, prestaciones sociales legales e Indemnizaciones laborales

20% Tiempo de ejecución del contrato y tres (3) años más, contados a partir de la fecha de iniciación del contrato

Responsabilidad Civil extracontractual (contrato de seguro) *

400 SMLMV Igual al período de ejecución del contrato

*Esta póliza deberá contener en forma expresa y en adición a la cobertura básica de predios, labores y operaciones, los amparos estipulados por el artículo 2.2.1.2.3.2.9., del decreto 1082 de 2015. En esta póliza de responsabilidad extracontractual, el Contratista debe aportar la constancia de pago de la prima correspondiente.

CAPITULO NOVENO

DEL CONTRATO Y OTROS ASPECTOS

9.1 FIRMA DEL CONTRATO El proponente a quien se le haya adjudicado el presente proceso de selección, deberá firmar el contrato dentro del día (1) hábil siguiente a la fecha de adjudicación, previa suscripción del mismo por parte del jefe de la entidad o su delegado. En el momento de la firma del contrato, el contratista deberá diligenciar el formulario beneficiario de cuenta en el cual indicará el número de la cuenta corriente o de ahorros y la entidad bancaria donde pueda consignarse el valor del contrato, cuenta que debe figurar a nombre y con el NIT del contratista y en caso de consorcio o uniones temporales a nombre y con el NIT de quien (es) va (n) a facturar.

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Igualmente en el momento de la firma del contrato y para el registro de las cuentas bancarias, el contratista debe anexar una certificación de la entidad bancaria en la que conste el nombre del cuentahabiente, su número de identificación, número de la cuenta, tipo de la cuenta y si a la fecha está activa. Esta documentación hará parte integral del contrato. El nombre del beneficiario y número de identificación debe ser el mismo en el contrato, en el formulario de Beneficiario de Cuenta, en la certificación del banco y en las facturas que posteriormente se presente. 9.2 EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD Si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente dentro de los términos señalados en el pliego de condiciones o no otorga, dentro del plazo señalado en el contrato, la garantía de cumplimiento exigida por la entidad para amparar el incumplimiento de las obligaciones del mismo, quedará a favor de la Procuraduría General de la Nación, en calidad de sanción, el valor de la garantía constituida para responder por la seriedad de la propuesta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos con el valor de la citada garantía (Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 12, inciso 1). 9.3 ADJUDICACIÓN AL PROPONENTE UBICADO EN SEGUNDO LUGAR Atendiendo los parámetros indicados en la Ley 80 de 1993, artículo 30, numeral 12, inciso 2, si dentro del término que se ha señalado, la persona seleccionada en primer lugar no suscribe el respectivo contrato, la Procuraduría General de la Nación, mediante acto administrativo motivado, podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar dentro de los quince (15) días siguientes al vencimiento de dicho término. De igual forma se procederá en el caso señalado en la Ley 1150 de 2007, artículo 9, inciso 3. Los proponentes deben presentar su oferta en forma total y la adjudicación se realizará también de manera total. 9.4 REQUISITOS DE LEGALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El contrato se entiende legalizado con la suscripción y expedición del registro presupuestal

correspondiente.

Para dar inicio a la ejecución, el contratista debe presentar en la Oficina Jurídica de la Procuraduría,

dentro del día (1) hábil siguiente a la firma del contrato LA GARANTÍA UNICA de acuerdo con los

parámetros exigidos por la entidad y Cumplir con las cotizaciones al Sistema General de Seguridad

Social Integral, los aportes por concepto de las contribuciones parafiscales (Cajas de Compensación

Familiar, SENA e ICBF) y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), conforme a

lo previsto en las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014 y demás normas concordantes sobre la

materia. El cumplimiento de esta obligación, por parte del CONTRATISTA, se acredita, cuando es

persona jurídica, mediante certificación suscrita por el representante legal o revisor fiscal de la

empresa, según el caso, y cuando es persona natural allegando copia de la planilla PILA debidamente

pagada. En el evento que el contratista se encuentre incurso en alguna de las causales de

exoneración previstas en las leyes citadas, deberá hacer esta manifestación en la respectiva

certificación.

En caso de Consorcios, Uniones temporales o promesa de Sociedad futura, cada uno de los integrantes de la persona conjunta debe allegar este documento. De acuerdo con lo establecido en el Decreto Reglamentario No. 2266 de 2003, el contratista que se encuentre excluido del pago de aportes al régimen de subsidio familiar, SENA e ICBF, deberá acreditar dicha situación presentando el certificado de exclusión emitido por la Caja de Compensación Familiar a la cual se encuentren afiliados o por el SENA y el ICBF cuando les corresponda certificarlo.

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9.5 DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA Una vez se haya legalizado el contrato con el adjudicatario, previa solicitud escrita de la persona que haya realizado el ofrecimiento a la Entidad, la Procuraduría devolverá la garantía de seriedad de la oferta a los proponentes no seleccionados. 9.6 GASTOS DEL CONTRATISTA Serán de cuenta del contratista, todos los gastos, derechos e impuestos que se causen con ocasión de la confección y presentación de la oferta, la legalización del contrato y los que se requieran cancelar para dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre el particular. 9.7 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo estimado es siete (7) meses, contados a partir de la fecha de inicio del contrato, sin que en ningún caso sobrepase el 31 de diciembre de 2016. 9.8. LUGAR DE EJECUCIÓN Será en la ciudad de Bogotá D.C., y en las ciudades a nivel territorial, en aquellas sedes donde se haya determinado y se determine la prestación del servicio de vigilancia humana fija y la instalación de las alarmas monitoreadas. En todo caso, el domicilio contractual es la ciudad de Bogotá D.C. 9.9 FORMA DE PAGO La Procuraduría General de la Nación cancelará el valor del contrato por mensualidades vencidas, dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha en la que la supervisión del contrato radique definitivamente la factura en la División Financiera -Grupo de Cuentas de la Procuraduría General de la Nación, con los respectivos soportes, previa presentación de la correspondiente factura en la que se indique en forma clara, el valor unitario y total de los servicios prestados en cada sede, discriminando los servicios de vigilancia humana y los de alarma monitoreada. El proceso de aceptación de la factura se surtirá en un término no mayor a tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su entrega por parte del CONTRATISTA, periodo en el cual la supervisión realizará las reclamaciones en contra de su contenido, bien sea mediante la devolución de la misma, o por medio de reclamo escrito dirigido al emisor o tener de la factura. Este documento debe ir acompañado de la certificación que expida la supervisión del contrato, de la certificación que acredite el pago por parte del contratista de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar y/o el pago del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), conforme a lo previsto en las Leyes 1607 de 2012 y 1739 de 2014 y demás normas concordantes sobre la materia. En todo caso el pago del presente convenio, se encuentra sujeto a la disponibilidad del PAC. Cuando la Entidad no cancele al contratista la suma pactada, dentro de los términos estipulados en el presente contrato y teniendo en cuenta la fecha en que la Entidad cuente con la disponibilidad del PAC, ésta reconocerá al contratista como intereses de mora el incremento mensual promedio del Índice de Precios al Consumidor certificado por el DANE entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año anterior. 9.10 CLÁUSULA DE INDEMNIDAD EL CONTRATISTA está en la obligación de mantener a LA PROCURADURÍA libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. 9.11 SUBCONTRATACIÓN

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En caso que EL CONTRATISTA subcontrate con terceros la ejecución de actividades relacionadas con el objeto del presente contrato, no exonerará a éste de la responsabilidad de ejecución del contrato ni del cumplimiento de la totalidad de las obligaciones derivadas de este. LA PROCURADURÍA no tendrá ninguna vinculación con el subcontratista. 9.12 RESPONSABILIDAD DEL PROPONENTE El proponente y posterior contratista responderá por haber ocultado inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (numeral 7 artículo 26 de la Ley 80 de 1993). 9.13 SUPERVISIÓN No se requiere de interventoría externa: En cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, la Entidad considera que no se requiere de interventoría externa debido a que se cuenta con personal de planta idóneo y suficiente para realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del contrato.

La coordinación general del contrato será ejercida por el Jefe de la División de Seguridad de la Entidad. La supervisión del contrato la adelantarán funcionarios adscritos a la Entidad con conocimientos en:

a) Actividades relacionadas con la vigilancia y seguridad privada. b) Experiencia en el manejo de personal y operación de los servicios que componen el objeto del

contrato. c) Conocimiento y experiencia en sistemas de alarma monitoreada. d) Conocimiento y experiencia en el manejo de temas administrativos, relacionados con la

vigilancia y seguridad privada, entre otros como cobro de las tarifas de los servicios y la reglamentación expedida principalmente por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Los supervisores llevarán a cabo el seguimiento y control del contrato de conformidad con lo dispuesto por la Ley 1474 de 2011 y el Manual de Contratación de la Entidad, sin perjuicio de las responsabilidades que les asiste al Procurador Regional o Procurador Provincial o Coordinador Administrativo según sea el caso, en las sedes objeto del servicio, quienes ejercerán la supervisión en su respectiva jurisdicción y serán los enlaces y voceros con el supervisor del contrato por parte de la Entidad. 9.14 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO La liquidación del contrato se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en los artículos 60 de la Ley 80 de 1993 y, en concordancia con el Decreto 1082 de 2015. La liquidación por mutuo acuerdo podrá efectuarse dentro de los ocho (8) meses siguientes a la fecha de terminación del plazo de vigencia establecido en el contrato. En aquellos casos en que el contratista no se presente a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Los amparos de la garantía única que se constituyan, relacionados con las obligaciones a cargo del contratista, que queden pendientes a la fecha de la suscripción del acta de liquidación, deberán permanecer vigentes hasta la satisfacción total de las mismas. 9.15 CIERRE DEL EXPEDIENTE Culminadas las obligaciones del contrato de la prestación del servicio de vigilancia privada con/sin arma y la del monitoreo de las alarmas monitoreadas con comunicación GPRS, vía celular, a nivel

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central y territorial, el supervisor deberá presentar un informe de cumplimiento, con el fin que se lleve a cabo el cierre del expediente. EL PRESENTE PLIEGO DE CONDICIONES, SUS ANEXOS, ACLARACIONES Y ADENDAS, ASÍ COMO LA PROPUESTA LICITACIÓN, FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO QUE SE CELEBRA EN VIRTUD DEL TRÁMITE DE LA PRESENTE LICITACIÓN.

ANA MARÍA SILVA ESCOBAR Secretaria General

Anexos:

1. Carta de presentación de la oferta. 2. Anexo Especificaciones Técnicas 3. Formato de propuesta económica - servicio de sistema de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular 4. Formato de relación mínima de vehículos 5. Formato experiencia proponente

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ANEXO No. 1 CARTA DE PRESENTACION DE LA OFERTA

Bogotá, D.C., _ _ _ _ _ _ _ de 2016 Señores PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Carrera 5ª. No. 15-80 Bogotá, D.C. Ref.: LICITACIÓN PÚBLICA No. 01 DE 2016

El suscrito actuando como (persona natural; Representante Legal de la sociedad ________________; representante del Consorcio _____________________ o Unión Temporal _____________________, integrado por ___________________________; o como apoderado de _____________________según poder debidamente conferido y que adjunto a la presente), de acuerdo con las condiciones que se establecen en los documentos de la Licitación Pública de la referencia, cordialmente me permito presentar propuesta para la realización del objeto propuesto para el citado proceso que tiene por objeto SELECCIONAR AL CONTRATISTA QUE PRESTE EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA PARA LAS SEDES DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION.

En caso que la Entidad me adjudique dicho proceso, me comprometo a suscribir el contrato correspondiente y efectuar los trámites de legalización a cargo del contratista, dentro del término señalado para el efecto. Así mismo declaro:

Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse solo compromete al oferente.

Que ninguna otra persona fuera del proponente tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contrato que de ella se derive.

Que si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a constituir las garantías requeridas y a suscribir el contrato dentro de los términos señalados para ello.

Que los activos y recursos que conforman el patrimonio del proponente provienen de actividades lícitas.

Que conozco la información general y especial y demás documentos que integran el pliego de condiciones y acepto los requisitos en ellos contenidos.

Que conozco, acepto y me comprometo a cumplir con todos los requerimientos mínimos obligatorios establecidos en el anexo Especificaciones Técnicas del pliego de condiciones, los cuales se entenderán como oferta técnica mínima.

Que el suscrito afirma bajo la gravedad del juramento, que no existe ninguna causal de inhabilidad, incompatibilidad y/o prohibición, de las señaladas en la Constitución Política, en la Ley, especialmente en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, y demás normas concordantes, que impidan la participación del oferente en el presente proceso de Licitación Pública y en la celebración y ejecución del respectivo contrato.

Que el valor de la propuesta (ítem sistema alarma monitoreada)es el siguiente ________________________

Que la propuesta consta de _________ folios numerados en forma consecutiva tanto en el original como en las copias.

Que acepto ser notificado electrónicamente al correo __________@__________, de todos los actos y comunicaciones que se emitan durante el proceso, acorde con lo establecido por el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011.

Que toda la información que se allega al proceso de selección es pública, salvo las excepciones previstas en la ley. Con la presentación de la oferta, acepto tal condición.

Atentamente, NOMBRE Y FIRMA (persona natural; representante legal de la sociedad; representante del consorcio o unión temporal o apoderado según el caso) C.C. No. expedida en Nit Dirección Número de Teléfono Número de fax Buzón del Correo electrónico Celular:

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ANEXO No. 2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO La Procuraduría requiere la prestación de los siguientes servicios:

a) Prestación del servicio de Vigilancia y Seguridad Privada, con medio humano, con arma, para las sedes de la Procuraduría General de la Nación, ubicadas en el nivel Central y Territorial, de acuerdo con las modalidades del servicio, turnos y total de servicios señalados en el cuadro. Para sedes ubicadas en inmuebles independientes, es decir que no forman parte de una copropiedad, se estima necesario contar con servicios 24 horas; para aquellos que se encuentran ubicados en edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal, se estima requieren servicios de 12 horas con arma: estos servicios se prestarán en las sedes ubicadas a nivel territorial y en el nivel central para los servicios ubicados al exterior de las sedes y sin arma para aquellos servicios prestados en áreas de recepción en el nivel central. Finalmente en las sedes que se cuenta con apoyo de la Policía Nacional u otras entidades del estado solo se asignaran servicios de 12 horas nocturnas:

ITE

M

REGIONAL SEDES

Turno 24 horas de Lunes a

Domingo Con Arma

Turno 12 horas Diurnas de Lunes

a Viernes sin Festivos

Con Arma

Turno 12 horas Diurnas de Lunes

a Viernes sin Festivos Sin Arma

Turno 12 horas Nocturnas de

Lunes a Domingo Sin Arma Sin Arma

No. SERVICIOS

No. SERVICIOS No. SERVICIOS No. SERVICIOS

1 AMAZONAS Procuraduría Regional, Carrera 8

No. 11-114, LETICIA

1

2 ANTIOQUIA

Procuraduría Regional, Carrera 56 A No. 49A - 30, MEDELLIN

1

Procuraduría Provincial, Carrera 50 No. 48-47, ANDES

1

3 ARAUCA Procuraduría Regional, Calle 21

No. 18-47, ARAUCA

1

4 ATLANTICO

Procuraduría Regional, Calle 40 No. 44-39, Edificio Cámara de Comercio BARRANQUILLA

1

Procuraduría Provincial, Carrera 44 No. 38-11, Piso 6 Edificio Banco

Popular - BARRANQUILLA 1

5 BOLIVAR

Procuraduría Regional, Calle de la Chichería No. 38-68.

CARTAGENA 1

Procuraduría Provincial DE Magangué - Calle 15 # 7 – 28

MAGANGUE 1

Procuraduría Provincial, Calle 23 No. 50-31.

CARMEN DE BOLIVAR 1

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6 BOYACA

Carrera 10 No. 21-15 Pisos 2 y 3 Edif. CAMOL y calle 21 No. 10-76

Of. 201. TUNJA

3

7 CAQUETA Procuraduría Regional, Carrera 9

No. 9-65, FLORENCIA 1

8 CASANARE Procuraduría Regional, Calle 7 No.

22-85. YOPAL

1

9 CAUCA

Procuraduría Provincial Carrera 8 No. 4-33 SANTANDER DE

QUILICHAO 1

Procuraduría Regional, Calle 3 No. 3-60.

POPAYAN 1

Procuraduría Provincial, Calle 4 No. 0 -83. POPAYAN

1

10 CESAR Procuraduría Regional, Calle 16

No. 9-30, Piso 6 – VALLEDUPAR 1

11 CHOCO Procuraduría Regional, Calle 25 # 2

– 19 Piso 3 Edif. Banco Popular QUIBDÓ

1

12 CORDOBA

Procuraduría Regional Cordoba y Provincial de Montería, Carrera 5

#24 - 19 Edificio Centro 25 - MONTERIA

1

Procuradurías Judiciales Penales Administrativas Calle 28 No. 4 - 21.

MONTERIA 1

13 CUNDINAMARCA

Procuraduría Provincial, Calle 8 No. 3 - 34.

FACATATIVA 1

Procuraduría Provincial , Carrera 20 No. 4 A - 42 Barrio la Algarra III -

ZIPAQUIRA 1

Procuraduría Provincial, Calle 19 No. 10-61.

GIRARDOT 1

14 GUAINIA Procuraduría Regional, Carrera 9

No. 14-70. PUERTO INÍRIDA

1

15 GUAJIRA Procuraduría Regional, Carrera 15

# 14C – 80 - RIOHACHA 1

16 GUAVIARE Procuraduría Regional, Calle 9 No. 23-74, SAN JOSÉ DE GUAVIARE

1

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17 HUILA

Procuraduría Regional, Calle 8 No. 7 A - 28 NEIVA

1

Procuraduría Provincial, Calle 8 No. 9-47, Piso 3.

GARZON 1

18 MAGDALENA

Procuraduría Provincial, Calle 4 No. 3-48.

EL BANCO 1

Procuraduría Regional, Calle 15 No. 3-25, Edif. BCH, SANTA

MARTA 1 1

19 NARIÑO

Procuraduría Regional, Calle 18A No. 25-37, Edificio Alfa PASTO

1

Procuraduría Regional, Carrera 24 No. 20 - 58 piso 6.

PASTO 1

Procuraduría Provincial, Av. de los Estudiantes, Sector la Y - Cont.

Casa de la Justicia. TUMACO

1

20 NORTE DE

SANTANDER

Procuraduría Provincial, Calle 12

No. 11-35 OCAÑA

1

Procuraduría Regional, Judicial Av. 4 No. 10-46 Piso 2 y 8, Centro

Comercial Plaza, CÚCUTA 1

21 PUTUMAYO Procuraduría Regional, Calle 8 # 5

- 10. MOCOA

1

22 QUINDIO

Procuraduría Provincial de Armenia. Carrera 17 No. 20 -27

Piso 10. ARMENIA

1

23 RISARALDA Procuraduría Provincial de Pereira

Carrera 8 No. 42B - 50 Piso 4 PEREIRA

1

24 SANTANDER

Procuraduría Provincial, Calle 49A No. 8 A - 36, Piso 4, Edif.

Granahorrar, BARRANCABERMEJA

1

Procuraduría Provincial de Santander - Calle 37 No. 12 - 08 LA

CASONA BUCARAMANGA 1

Procuraduría Regional, Calle 35 No. 18 - 21 Piso 3 BUCARAMANGA

1

Procuradurías Judiciales, Penales, Administrativas, Familia y Agraria -

Calle 35 # 19 - 65 Piso 6 BUCARAMANGA

1

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25 SAN ANDRES

ISLAS

Procuraduría Regional, Av. la Jaiba No. 3-46, Piso 4.

SAN ANDRES ISLAS 1

26 SUCRE

Procuraduría Regional, Calle 22 No. 16-20, Piso 1, SINCELEJO

1

Procuradurías Judiciales, Administrativas Penales y de

Familia - Calle 23 # 16 - 39 Pisos 1 2 y 3.

SINCELEJO

1

27 TOLIMA

Procuraduría Provincial, Carrera 2 No. 11-89, Edif. Martin Pomala.

IBAGUÉ 1

Procuraduría Regional, Carrera 4 No. 11-40, Pisos 3, 4, 5 y 6, Edif.

Floro Saavedra, IBAGUE 1

Procuraduría Provincial, Carrera 12 No. 12 A -42, HONDA

1

Procuraduría Provincial, Calle 10 # 8 – 06.

CHAPARRAL

1

28 VALLE DEL

CAUCA

Procuraduría Regional, Carrera 9 No. 8-56, Piso 3, Edificio 99, CALI

1

Procuraduría Regional del Valle - Calle 11 No. 5 - 54 Edificio

Bancolombia CALI

1

Procuraduría Provincial, Calle 12 No. 1 – 03.

CARTAGO 1

Procuraduría Provincial de Buenaventura - Calle 6 No. 5 -

11/15 BUENAVENTURA

1

Procuraduría Provincial de Buga - Carrera 16 # 6 -51 - BUGA

1

29 VICHADA Procuraduría Regional, Calle 18

No. 3-09. PUERTO CARREÑO

1

30 BOGOTA

Sede Principal - Carrera 5 No. 15-80, Torre A - SALA TÉCNICA -

ASCENSORES 1 4

Sede Principal Carrera 5 No. 15-80, Torre A-

ESCANNER y RECEPCION 1 2 3

Sede Principal - Carrera 5 No. 15-60, Torre B -

INGRESO y RECEPCION 1 2

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Sede Principal - Calle 16 No. 4 -76 Torre C -

INGRESO y RECEPCION 1 2 4

Sede Principal Carrera 5 No. 15-80, PLAZOLETA

2 2 2

Carrera 25 No. 17-45 BODEGA PALOQUEMAO

1

Carrera 19B # 22B - 20 BODEGA SAMPER MENDOZA

1

Carrera 10 No. 16-82 Edificio Manuel Mejía - SALA T.

RECEPCION Y RECORREDOR 1 3 2

SUB-TOTALES 43 32 15 2

b) Prestación del servicio de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, para las

sedes en las cuales en la actualidad se cuenta con este servicio:

N° DEPARTAMENTO CIUDAD Sede / Dirección

1 ATLANTICO Barranquilla Procuraduría Provincial de Barranquilla - Cra 4 # 38 - 11

2 BOYACÁ Sogamoso Procuraduría Provincial – Carrera 11 N° 14-135/141 pisos 3 y 4

3 CAUCA Popayán Procuraduría Provincial - Calle 4 No. 0 -83

4 CUNDINAMARCA Bogotá Bodega Paloquemao – Carrera 25 N° 17-45

5 CUNDINAMARCA Zipaquirá Procuraduría Provincial – Carrera 20 N° 4 – 42 Barrio la Algarra

6 CUNDINAMARCA Fusagasugá Procuraduría Provincial – Carrera 8 A N° 6-49, Of. 605 y 606

7 HUILA Garzón Procuraduría Provincial – Calle 8 N° 9-47, Piso 3

8 NARIÑO Pasto Procuraduría Regional de Nariño - Bodega Calle 18 A # 25 - 37

9 RISARALDA Pereira Procuraduría Provincial de Risaralda – Cra. 8 #42 B - 50

10 SANTANDER San Gil Procuraduría Provincial – Carrera 10 N° 10-40

11 TOLIMA Melgar Procuraduría 256 Judicial Penal – Calle 6 N° 24-02/08 Piso 2

12 TOLIMA Chaparral Procuraduría Provincial – Calle 10 N° 8-06

13 VALLE DEL CAUCA Cartago Procuraduría Provincial y Judicial - Calle 12 # 1 -03

14 VALLE DEL CAUCA Buga Procuraduría Provincial de Buga - Carrera 16 # 6 -51

La Procuraduría podrá durante la ejecución del contrato, excluir o incluir nuevas sedes y aumentar o disminuir el número de puestos de vigilancia y el número de servicios de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, teniendo en cuenta las necesidades de la Entidad, siempre y cuando exista amparo presupuestal, previa información que en forma oportuna se le dé a conocer al Contratista por parte del Supervisor del contrato, con el visto bueno del Jefe de la División de Seguridad, lo cual constará en el acta respectiva. Así las cosas, la Entidad solo pagará el valor de los servicios (puestos de vigilancia y número de alarmas monitoreadas), efectivamente prestados. Nota: Para la prestación del servicio de alarma monitoreada, teniendo en cuenta que la Procuraduría General de la Nación no cuenta con sus propios equipos, se requiere que el contratista los suministre

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e instale, de acuerdo con las especificaciones técnicas requeridas, y una vez finalizado el contrato deberá proceder a su retiro. PERSONAL TÉCNICO MÍNIMO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: Los proponentes deberán acreditar dentro de su oferta que para la ejecución del contrato, contarán con:

III. COORDINADOR GENERAL DEL CONTRATO Con el fin de acreditar las calidades y experiencia del Coordinador, el proponente allegará con su propuesta los siguientes documentos: ESTUDIOS

- El Coordinador ofrecido, deberá acreditar credencial de Consultor de Seguridad Privada, expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 literal a) del Decreto 2885 del 4 de agosto de 2009: “ Por el cual se modifica el artículo 34 del Decreto 2187 de 2001 en lo relacionado con los requisitos de Asesor, Consultor y/o Investigador en Seguridad” o por el titular de la Licencia de Funcionamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del Decreto 019 de 2012.

EXPERIENCIA 1. Diez (10) años de experiencia como coordinador, en contratos de seguridad, acreditada antes de la fecha de cierre del proceso licitatorio, discriminados así:

Mínimo ocho (8) años continuos vinculados al oferente. Acreditados con la respectiva certificación y planillas de pago de aportes en seguridad social. En caso que el proponente sea un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se acepta la vinculación a uno de ellos.

Dos (2) años adicionales acreditados mediante certificación expedida por el Representante Legal o persona autorizada de la(s) empresa(s) de vigilancia y seguridad privada donde haya laborado.

2. Acreditar experiencia específica como coordinador en contratos de vigilancia, con la sumatoria de hasta tres (3) certificaciones expedidas por el empleador o la(s) entidad(es) pública(s) o privada(s), en las que se indique que prestó el servicio o estuvo vinculado como coordinador del contrato y el objeto del mismo debe corresponder a la prestación del servicio de vigilancia en mínimo veintidós (22) municipios ubicados en catorce (14) departamentos diferentes, cuyos plazos sumen mínimo un (1) año. El número de municipios (veintidós (22)), departamentos (catorce (14)) y el plazo de vinculación que debe acreditar, es adecuado y proporcional al objeto del contrato en ejecución, que atiende veintinueve (29) departamentos y cuarenta (45) municipios. ANTECEDENTES PENALES, FISCALES Y DISCIPLINARIOS

No tener antecedentes penales, fiscales, ni disciplinarios. Para el efecto dentro del periodo de verificación de las ofertas, la entidad efectuará las consultas en línea de antecedentes penales, fiscales y disciplinarios, a las páginas web de la Policía Nacional, la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación, respectivamente. En caso que el coordinador no cumpla con los requisitos establecidos y/o tenga antecedentes penales o fiscales o disciplinarios, el oferente durante el proceso de selección o el contratista, durante la ejecución del contrato, deberá efectuar de forma inmediata el respectivo cambio y de esta forma acreditar el cumplimiento de este requisito.

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IV. SUPERVISOR DEL CONTRATISTA Con el fin de acreditar las calidades y experiencia del Supervisor, el proponente allegará con su propuesta los siguientes documentos: ESTUDIOS

- Título Profesional, técnico o tecnólogo - Acreditar credencial como supervisor expedida por el proponente junto con el reporte de la

Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. En caso que el proponente sea un consorcio, unión temporal, o promesa de sociedad futura, se acepta la vinculación a uno de ellos.

EXPERIENCIA 1. Mínima siete (7) años en el área de seguridad privada, debidamente certificada por las empresas en las cuales prestó sus servicios discriminados así: Cinco años (mínimo) continuos vinculados al oferente, acreditado con planillas de pago de aportes a seguridad social. En caso que el proponente sea un consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, se acepta la vinculación de uno de ellos.

2. Acreditar experiencia específica como supervisor en contratos de vigilancia, con la sumatoria de hasta tres (3) certificaciones expedidas por el empleador o la(s) entidad(es) pública(s) o privada(s), en las que se indique que prestó el servicio o estuvo vinculado como supervisor y cada uno de éstos debe corresponder a la prestación del servicio de vigilancia en mínimo dieciséis (16) puestos de vigilancia, cuyos plazos sumen mínimo un (1) año. El número de puestos de vigilancia que debe acreditar el supervisor, es adecuado y acorde al número de puestos con que cuenta la entidad en la ciudad de Bogotá, nueve (9) con modalidad 24 horas y veintiséis (26) con modalidad 12 horas. El supervisor ofrecido deberá permanecer de forma permanente en la sede principal de la entidad. ANTECEDENTES PENALES, FISCALES Y DISCIPLINARIOS No tener antecedentes penales, fiscales, ni disciplinarios. Para el efecto dentro de los ocho (8) días siguientes al momento de suscripción del acta de inicio del contrato, la entidad efectuará las consultas en línea de antecedentes penales, fiscales y disciplinarios, a las páginas web de la Policía Nacional, la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación, respectivamente. NOTA:- SE REITERA QUE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA EL COORDINADOR Y SUPERVISOR, DEBERÁN SER ACREDITADOS POR EL PROPONENTE CON SU OFERTA. PERSONAL OPERATIVO LOS OFERENTES DEBERÁN MANIFESTAR EN LA CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA QUE PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, CUENTAN CON EL SIGUIENTE PERSONAL ADICIONAL AL QUE SE DEBE PRESENTAR CON LA OFERTA: VIGILANTES ESTUDIOS

Bachiller, cuyo título sea expedido por una institución debidamente autorizada por el Ministerio de Educación Nacional o la Secretaria de Educación respectiva.

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Haber adelantado curso básico y acreditar curso de actualización vigente en la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, dictado por una Academia autorizada por la Superintendencia de Vigilancia.

Para el personal que maneje el circuito cerrado de televisión, además debe acreditar capacitación en cursos de Operador de medios tecnológicos expedido por una Academia autorizada por la Superintendencia de Vigilancia.

Certificado de aptitud psicofísica para porte y tenencia de armas de fuego, para el personal que utilice armas de fuego en la prestación del servicio, expedido por una institución especializada registrada y certificada por el titular de la Licencia de Funcionamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del decreto 019 de 2012.

La vigencia del certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego, será de un (1) año y en caso de vencerse dentro de la ejecución del contrato deberá renovarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1539 de 2012, artículo 1.

EXPERIENCIA Experiencia mínima de dos (2) años en el área de seguridad privada, debidamente certificada por la(s) empresa(s) en la(s) cual(es) prestó sus servicios. Como la Procuraduría General de la Nación cuenta en el nivel central con una (1) sala técnica donde se encuentran los circuitos cerrado de televisión y sistemas de control de ingreso de visitantes, la entidad requiere de cuatro (4) de los vigilantes en la sede central (Bogotá), para operar estos medios tecnológicos, quienes deben acreditar experiencia comprobada de mínimo dos (2) años en el manejo y operación de equipos de CCTV y Alarmas Monitoreadas. ANTECEDENTES PENALES, FISCALES Y DISCIPLINARIOS No tener antecedentes penales, fiscales, ni disciplinarios. Para el efecto dentro de los ocho (8) días siguientes al momento de suscripción del acta de inicio del contrato, la entidad efectuará las consultas en línea de antecedentes penales, fiscales y disciplinarios, a las páginas web de la Policía Nacional, la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la Nación, respectivamente. Nota 1: Las certificaciones y documentos que acrediten los estudios y la experiencia de los vigilantes, se deben presentar dentro de los ocho (8) días siguientes al momento de suscripción del acta de inicio del contrato, para su correspondiente revisión y verificación de información. En caso de no cumplir con los requisitos establecidos, la Entidad se reserva el derecho de solicitar su cambio. CREDENCIALES DE PERSONAL En virtud de lo estipulado por el Decreto Ley 356 de 1994, artículo 87, modificado por el Decreto 19 de 2012, artículo 103, “(…) El personal operativo de los servicios de vigilancia y seguridad privada, para su identificación como tal, portará una credencial expedida por el titular de la licencia de funcionamiento, con la observancia de los requisitos de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada, según la modalidad en que se desempeñará y de la idoneidad para el uso y manejo de armas de acuerdo con la ley (…)” Para el efecto el proponente deberá anexar con la oferta, fotocopia legible de las credenciales vigentes del personal que se señala a continuación, expedidas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada:

CARGO CREDENCIAL

Coordinador del contrato Consultor

Supervisor Supervisor

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Así mismo, para el proponente que resultare adjudicatario del proceso licitatorio, se le exigirán las credenciales del personal operativo, expedidas por el titular de la Licencia de Funcionamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 103 del decreto 019 de 2012, las cuales deberán portarlas durante la ejecución del contrato, según se detalla a continuación:

CARGO CREDENCIAL

Vigilante Vigilante

Operador de medios tecnológicos Operador de medios tecnológicos

ELEMENTOS MÍNIMOS REQUERIDOS

1.- Para la prestación del servicio de vigilancia

Un (1) revólver calibre 38L por cada puesto de servicio con arma (75 en total): Cada arma debe tener su carga completa y, adicionalmente, doce (12) cartuchos para cada una de ellas, con el correspondiente permiso para porte o tenencia vigente a nombre de la Empresa de Vigilancia, expedido por el Ministerio de Defensa Nacional. Este tipo de armas corresponden a la definición de armas de defensa personal contenida en el Decreto 2535 de 1993.

El Contratista, al momento de suscribir el acta de inicio deberá presentar al Supervisor del contrato designado por la Entidad, la relación de armas de fuego que utilizará en la ejecución del contrato, expedida por el Departamento de Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares, las cuales serán asignadas a cada puesto de vigilancia.

Un (1) radio de comunicaciones por cada puesto servicio: Con sus accesorios para todos los servicios requeridos en la ciudad de Bogotá. El contratista deberá garantizar las comunicaciones entre los puestos de servicio, la Sala de control de la Procuraduría, la Sala y/o Central de monitoreo de la Empresa y el Supervisor del contrato.

Una (1) linterna por cada puesto de servicio: Industrial, manual, recargable, en perfectas condiciones de funcionamiento, y mantenerla durante todo el tiempo de ejecución del contrato.

Un (1) equipo de Avantel y/o celular por cada puesto de vigilancia a nivel territorial y cuatro (4) para las sedes de Bogotá (Sala Técnica dos (2) - una en modalidad 24 Horas y la otra con modalidad 12 Horas) – Bodega Paloquemao uno (1) – Bodega Samper Mendoza uno (1): Con sus accesorios para todos los servicios por sedes a nivel territorial requeridos, con el fin de garantizar y mantener una constante comunicación directa entre: la sala técnica ubicada en la sede central – Bogotá, el supervisor por parte de la Entidad y el coordinador General del Contrato.

Un (1) equipo manual para detección de metales para cada puesto de vigilancia, con una (1) batería adicional, para todos los servicios requeridos, con el fin de garantizar desde el momento de inicio del contrato, el control de ingreso de elementos metálicos que puedan ofrecer riesgo a los funcionarios y/o visitantes a las diferentes sedes de la Procuraduría a nivel central, regional y provincial.

Un (1) Libro para la elaboración de la Minuta de Guardia por cada puesto de vigilancia, debidamente foliado, con logos del contratista o una de sus integrantes, en caso de ser consorcio o unión temporal, el cual será diligenciado por el guarda de turno, donde consignará el inicio y la finalización del servicio, como también todas las novedades que se presenten en el puesto de vigilancia.

Para la prestación del servicio con sistema de alarma monitoreada El contratista deberá garantizar para las catorce (14) sedes relacionadas en el literal b) del numeral 2.1 del presente estudio sistemas de alarma monitoreada con comunicación gprs vía celular, los cuales deben contener como mínimo los equipos relacionados a continuación:

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Ítem Cantidad Especificaciones mínimas

1 1 Teclado LED o alfanumérico, 5 teclas funciones programables y teclas para FAP

2 1 Panel de control expandible hasta 32 zonas, 4 particiones, 500 memorias de eventos

3 1 Batería de respaldo de 12 volt. - 7 amp

4 1 Sirena 30 Vatios

5 1 Transformador de 16 Vatios

6 1 Sensores de movimiento tipo infrarrojos, tamper y de procesamiento digital

7 1 Sensor de apertura tipo magnético

8 1 Botón de pánico tipo bancario

9 1 Interruptor de control de rondas

10 1 Sistema de comunicación GPRS vía celular, en aquellos lugares donde no haya cobertura celular, se permitirá el sistema de comunicación IP

11 1 Caja metálica de instrumentos

El contratista debe contar con:

3. Una Sala y/o Central de monitoreo, ubicada en una sede o en las instalaciones del contratista en

la ciudad de Bogotá DC, con todos los medios técnicos para prestar el servicio de alarma monitoreada, operada por su propio personal.

4. La sala y/o central de monitoreo, deberá estar dotada con una receptora de alarmas, la cual deberá ser un concentrador industrial, capaz de recibir señales GSM voz, GPRS datos y comunicación vía Internet, entre otros.

Esta exigencia corresponde a la necesaria recepción y unificación de la información proveniente de las diferentes sedes donde se presta el servicio con el Coordinador general del contrato, el Supervisor interno del mismo y el Supervisor designado por la Entidad y la Central de monitoreo de la Entidad. Para el funcionamiento general del contrato El contratista deberá garantizar equipos de comunicación, Avantel o celular, para asegurar el contacto permanente entre el Coordinador del Contrato y el Supervisor designado por la Entidad. A la finalización del contrato, dichos equipos deberán ser recogidos por el Contratista. PARQUE AUTOMOTOR El Contratista deberá disponer de mínimo veinte (20) vehículos automotores (automóvil, camioneta o campero) o motocicletas con mínimo 150 cc, cuyos modelos sean del año 2013 en adelante, debidamente registrados y autorizados por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, según lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 356 de 1994, con destinación al seguimiento, control y supervisión del contrato por parte del Contratista, para cada una de las siguientes ciudades capitales:

N° DEPARTAMENTO O CIUDAD VEHICULOS

1 Atlántico 1

2 Bogotá 3

3 Bolívar 1

4 Boyaca 1

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5 Cauca 1

6 Cundinamarca 2

7 Huila 1

8 Magdalena 1

9 Nariño 1

10 Santander 3

11 Tolima 2

12 Valle 3

TOTAL 20

Los vehículos se destinarán a la supervisión del contrato en las ciudades mencionadas, donde la Entidad tiene más de una sede objeto de la prestación del servicio de vigilancia y seguridad y/o por razones de orden público: El contratista debe allegar con su propuesta la relación de los vehículos ofrecidos para la prestación del servicio, conforme a la información contenida en el Formato del Anexo denominado FORMATO DE RELACIÓN MÍNIMA DE VEHÍCULOS, junto con la fotocopia “Legible” de la licencia de tránsito (tarjeta de propiedad) y el SOAT vigente de cada uno de ellos. Si los vehículos son propios la licencia de tránsito debe estar a nombre de la empresa contratista o el integrante de la unión temporal o consorcio a cargo del suministro de los vehículos. En caso que los vehículos sean en Leasing o Renting, el proponente deberá adjuntar la copia del contrato respectivo en que conste que el oferente es el tomador del mismo. Si la oferta es presentada en forma conjunta (Consorcios, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura), los vehículos pueden ser acreditados con la sumatoria de los que posean todos los miembros que la constituyen La definición de los departamentos en los cuales se requiere el servicio con determinado número de vehículos, se sustenta en primera medida, con relación al número de sedes por departamento, del número de habitantes y de funcionarios y por otro lado, los antecedentes de orden público, entre otros. Se considera que el modelo de los vehículos (autos y motocicletas) garantiza su operatividad y la pluralidad de oferentes. Así mismo el cilindraje mínimo de las motocicletas obedece a la capacidad de reacción frente a las eventualidades que deban atender de forma inmediata. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA

Realizar para todos los servicios requeridos, con el personal de guardas de seguridad contratado, revistas así: Para los servicios con modalidad de 24 horas, dos (2) veces durante el día y dos (2) veces durante el día, las cuales se deben registrar en la minuta foliada del respectivo puesto. Para los servicios con modalidad de 12 horas diurnas, dos (2) veces durante el día, las cuales se deben registrar en la minuta foliada del respectivo puesto. Para los servicios con modalidad de 12 horas nocturnas, dos (2) veces durante la noche, las cuales se deben registrar en la minuta foliada del respectivo puesto.

Realizar por lo menos una vez, durante la de ejecución del contrato, visita de inspección, a todas las sedes objeto de la prestación del servicio de vigilancia. La visita será realizada por un designado por su parte y el supervisor del contrato designado por la Entidad o un funcionario autorizado por el Jefe de la División de Seguridad de la misma, según cronograma que presentará el contratista al supervisor designado por la entidad, dentro de los ocho (8) días siguientes a la firma del acta de inicio. La totalidad de los gastos del personal que efectúe la visita incluido el

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funcionario de la Procuraduría, serán cobijados por el contratista. Esta visita se realiza con el fin de constatar el normal desarrollo del contrato, el cumplimiento de las obligaciones contractuales, verificación y análisis de hechos que puedan alterar la seguridad de las sedes de las instalaciones de la Entidad objeto de vigilancia y formulación de recomendaciones que reduzcan estos riesgos, todo lo cual quedará consignado en un acta que se levante para el efecto.

Mantener permanente contacto, vía Avantel o celular, con la Sala de control del Nivel Central de la Procuraduría en Bogotá y con el supervisor del contrato designado por la Entidad, dejando constancias en la minuta de servicios y registrando en detalle las novedades que se presenten.

Presentar al supervisor del contrato designado por la Entidad, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del mismo, una relación de las armas, con número del arma, número de salvoconducto y carga que se destinarán a la prestación del servicio en cada una de las sedes, acompañada de los salvoconductos vigentes de las mismas armas, expedidos por la autoridad competente a nombre del contratista. NO se aceptarán armas a nombre de personas naturales.

Presentar al supervisor del contrato designado por la Entidad, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del mismo, una relación de los números de los equipos de avantel y/o celular que se destinarán a la prestación del servicio, en cada una de las sedes. Los equipos deben estar registrados a nombre del contratista o de uno de los integrantes del consorcio o unión temporal según sea el caso. No se aceptan equipos a nombre de personas naturales.

Suministrar personal de vigilancia con los permisos para porte y tenencia de armas de fuego y sus elementos mínimos.

Allegar certificado de aptitud psicofísica del personal (vigilantes y supervisor) para porte y tenencia de armas de fuego, expedido por una institución especializada registrada y certificada por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. La vigencia del certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego, tendrá una vigencia de un (1) año; si durante la ejecución del contrato se vence alguno de los certificados será obligación del contratista tramitar en forma inmediata su renovación (Ley 1539 de 2012, artículo 1).

Designar en el plazo fijado por la Entidad, los vigilantes adicionales requeridos o cambio de los mismos, a solicitud del supervisor designado por la Procuraduría, quienes deben acreditar iguales o superiores requisitos a los mínimos exigidos para este personal.

Presentar al supervisor del contrato designado por la Entidad, dentro de los ocho (8) días siguientes al momento de suscripción del acta de inicio del contrato, las certificaciones y documentos que acrediten los estudios y experiencia de los vigilantes y operadores de medios , para su correspondiente revisión y verificación de información. En todo caso, en el evento de variaciones del personal propuesto al momento de suscripción del contrato, el nuevo personal deberá cumplir con las mismas o mejores calidades del ofrecido en la oferta.

Presentar al Supervisor del contrato designado por la Entidad, dentro de ocho (8) días siguientes al momento de suscripción del acta de inicio del contrato, las credenciales del supervisor, operadores de medios tecnológicos y el personal de vigilantes, fotocopia de la Libreta Militar o Cédula Militar de cada uno de los vigilantes.

Presentar a la fecha de suscripción del acta de iniciación del contrato, una carta de compromiso, en la cual se indique que ninguno de los puestos de servicio de vigilancia se descuidará durante la prestación del mismo. Lo anterior para garantizar el cumplimiento del contrato y el nivel de seguridad de la Procuraduría General de la Nación.

Inspeccionar y examinar el sitio y los alrededores de las diferentes dependencias de la Entidad, presentando dentro de los cuarenta y cinco (45) días después de haberse suscrito el acta de inicio, el análisis de riesgo y el estudio de seguridad de cada una de las sedes, señalando las

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amenazas y vulnerabilidades que presentan las instalaciones objeto de este estudio y proponer en un plan de seguridad las recomendaciones a fin de minimizar los riesgos y amenazas.

Una vez suscrito el contrato, el Contratista se obliga a cumplir con todas la leyes y reglamentos que le sean aplicables respecto a salud ocupacional y pago de salarios, prestaciones sociales, aportes al sistema integral de salud, horas extras, de manera tal que se proteja la seguridad y salud de sus empleados, de terceras personas involucradas en sus operaciones, de los funcionarios que laboran en las instalaciones de la Procuraduría General de la Nación y del público en general.

Disponer y presentar dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de suscripción del acta de inicio del contrato, de un protocolo de servicio al cliente que incluya procedimiento para presentar quejas, reclamos, sugerencias e inconformidades así como el plazo máximo dentro del cual serán atendidas las solicitudes. Este le permite a la Entidad una directa interlocución que garantice una verificación e investigación pronta de las quejas e inconformidades que la Procuraduría pudiese tener en relación con la calidad y oportunidad en la prestación del servicio.

Para el caso del sistema de alarma monitoreada, garantizar que los equipos serán instalados y programados a la central de monitoreo del contratista, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de iniciación del contrato. Estos equipos serán siempre de propiedad del Contratista y deberán ser retirados una vez culmine el contrato. La Entidad únicamente pagará el valor de los servicios efectivamente prestados.

Garantizar la correcta prestación del servicio del sistema de alarma monitoreada con comunicación GPRS vía celular, cumpliendo con lo siguiente:

7. Enlace a la central de monitoreo del Contratista durante las veinticuatro (24) horas del día.

El receptor de alarmas deberá ser un concentrador industrial capaz de recibir señales de voz y datos a través de los estándares de comunicación GSM y GPRS, entre otros, así como, actualizarse por software de manera segura.

8. El contratista deberá atender y, si es del caso, solucionar en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas las solicitudes de la Entidad, relacionadas con la interrupción del servicio y funcionamiento de los equipos.

9. Atender, en forma inmediata, las solicitudes de realización de pruebas de funcionamiento de

las alarmas en cada uno de los puestos solicitados, cuando así lo considere conveniente el supervisor del contrato designado por la Entidad

10. Examinar trimestralmente los dispositivos y elementos que conforman cada sistema de

alarma, efectuando las pruebas y los mantenimientos preventivos y correctivos que sean necesarios. En todo caso cada sistema debe estar en perfecto estado de funcionamiento, con el fin de garantizar la continua y eficiente prestación del servicio.

11. Verificar durante las veinticuatro (24) horas del día y en forma inmediata las señales de

alerta, informando a la central de monitoreo del contratista la anomalía que se presente. La central de monitoreo debe reportar en forma inmediata a la sala técnica y al Supervisor designado por la Entidad, las emergencias que se lleguen a presentar.

12. Enviar avisos tipo mensajes de texto a la central de monitoreo del contratista, cuando se active la alarma, y en los eventos necesarios (cuando se presuma una intromisión), a la Sala de control de la Procuraduría, al Supervisor designado por la Entidad y, de ser posible, a una persona en la dependencia donde se produzcan los mismos.

Prestar el servicio de reacción motorizada e informar a la Policía Nacional, en caso de cualquier anomalía, alarma, activación o emergencia.

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Cuando suceda un evento como apertura de puerta o ventana o ingreso de persona(s) no autorizado(s), o daño o no funcionamiento del sistema de alarma monitoreada, en una sede de la Entidad objeto de la prestación del servicio de vigilancia, el Contratista deberá garantizar de manera especial la prestación del servicio de vigilancia en el lugar, hasta que se solucione la anomalía.

Elaborar de forma inmediata un reporte acerca de las novedades que se presenten en materia de personal sospechoso, riesgos que alteren la seguridad de las personas y de las instalaciones, información de posibles atentados o alteraciones del orden público y en general, hechos, situaciones que perturben la tranquilidad institucional.

Vigilar que todos los elementos que se encuentren dentro de las instalaciones y oficinas no sean objeto de sustracción o daño.

Verificar que los sábados, domingos, festivos y días de vacancia, no ingresen personas ajenas a la Entidad o servidores públicos sin la respectiva autorización del funcionario competente.

Controlar el ingreso y salida de bienes y elementos de la Entidad o por los cuales la Procuraduría deba responder.

Responder porque el personal que utilice en la prestación del servicio, porte el carné y el uniforme aprobado a la Empresa por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.

Mantener vigente por todo el período de ejecución del contrato y hasta la liquidación del mismo las licencias, autorizaciones y demás documentos que acreditan su capacidad para ejercer la prestación del servicio.

Cumplir con los principios, deberes y obligaciones que rigen la prestación del servicio de vigilancia y seguridad privada, según la normatividad relacionada con la misma.

Tener en cuenta que todos los bienes que se encuentren en las instalaciones de la Procuraduría donde se preste el servicio de vigilancia y seguridad, quedan bajo su custodia, razón por la cual debe responder por la pérdida de bienes y/o daños ocasionados a las instalaciones donde se presta el servicio y debe atender directamente cualquier reclamación que efectúe la Entidad por siniestros o hurtos ocurridos durante el plazo de ejecución del contrato.

Para el efecto se levantará un acta en la que se señalen los bienes o daños y la cuantía del bien a reponer. Se excluyen los bienes de propiedad de las personas que se encuentren en las instalaciones, excepto aquellos elementos que previamente se registren en la planilla dispuesta para tal fin, la cual debe ser diligenciada exclusivamente, por el personal de vigilancia. El contratista debe pagar a la compañía de seguros los deducibles a que haya lugar por siniestros o hurtos ocurridos en las instalaciones en las que se preste el servicio. Igualmente cuando no opera la reclamación por no superar el valor del deducible, el Contratista repondrá el bien por uno con iguales o mejores características al que se perdió, en un término máximo de tres (3) días hábiles. Lo anterior sin perjuicio de las acciones legales que lleve a cabo la Compañía de Seguros frente al Contratista.

Desarrollar sus funciones teniendo en cuenta los principios señalados en el Decreto 356 de 1994.

2.3. AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDOS PARA SU EJECUCIÓN.

En virtud de la normativa que regula en forma especial la prestación de los servicios de vigilancia y seguridad privada, se requiere de las siguientes autorizaciones, permisos o licencias: .- LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO - Decreto 356 de 1994 (art. 3)

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El proponente, de forma individual, o todos los miembros de la Unión temporal, consorcio o promesa de sociedad futura, debe presentar fotocopia del acto administrativo por medio del cual se le conceda la licencia de funcionamiento que lo habilita para prestar el servicio hasta por cinco (5) años, con las modalidades específicas y a través de los medios determinados, la cual se debe encontrar vigente para el momento del cierre del proceso licitatorio. Para efecto del documento que acredite la renovación de la licencia, la Procuraduría General de la Nación, dará aplicación a lo señalado por el Decreto 019 de 2012, Artículo 35, caso en el cual se debe allegar la solicitud de trámite de renovación de la licencia. .- RESOLUCIÓN QUE ACREDITE LA HABILITACIÓN PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES DE TELECOMUNICACIONES – Ley 1341 de 2009, Resolución 2118 de 2011 modificada parcialmente por la Resolución 1588 de 2012 expedidas por el MINTIC El proponente deberá presentar copia de la Resolución expedida por el Ministerio de Comunicaciones (hoy Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones), en la cual se haga constar que se le ha otorgado el permiso para usar el espectro radioeléctrico, la cual debe encontrarse vigente para el cierre del proceso de selección. En caso de propuestas presentadas en Consorcio, Unión Temporal o por promesa de sociedad futura, cada uno de los integrantes allegar este documento. .- RESOLUCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE AUTORIZA EL USO DE UNIFORMES Y DISTINTIVOS

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 356 de 1994 y el Decreto 1979 del 17 de septiembre de 2001, por medio del cual se expide el Manual de Uniformes y equipos para el personal de los servicios de vigilancia y seguridad privada, el proponente anexará copia de la resolución por la cual, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada le autoriza el uso de uniformes y distintivos.

Si el proponente ha solicitado ante la Superintendencia alguna modificación a sus uniformes y distintivos, allegará además de la fotocopia de la resolución el respectivo documento con recibo de radicación ante dicha Superintendencia.

En caso de Consorcio, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura, cada uno de los integrantes debe aportar estos documentos.

.- RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE HORAS EXTRAS – Decreto 356 de 1994

El proponente debe presentar fotocopia del acto administrativo por medio del cual el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (hoy Ministerio del Trabajo) se le autoriza para laborar horas extras, la cual se debe encontrar vigente para el momento del cierre del proceso licitatorio. En caso de Consorcio, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura, cada uno de los integrantes de estas personas conjuntas, debe allegar la copia de este documento. .- CERTIFICADO DE AFILIACIÓN A LA RED DE APOYO El proponente favorecido, deberá aportar las redes de apoyo de las ciudades capitales de departamento que acredite para la presentación de la propuesta y en las demás ciudades, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la adjudicación del contrato, deberá afiliarse a las redes de apoyo y solidaridad ciudadana restantes, para lo cual presentará carta de compromiso suscrita por el representante legal del proponente. En caso de Consorcio, Uniones Temporales o promesa de sociedad futura, cada uno de sus integrantes, deberá acreditar este requisito. .- PERMISO DE PORTE O TENENCIA DE ARMAS

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El contratista debe aportar fotocopia legible de los permisos de porte o tenencia correspondiente de las armas con las cuales se prestará el servicio de vigilancia, los cuales además de ser expedidos por la autoridad competente deben estar vigentes. En virtud de lo consagrado por el Decreto 2535 de 1993, artículo 79, el contratista debe presentar el respectivo documento por medio del cual se acredite la adquisición de munición ante la autoridad competente. Igualmente se debe tener en cuenta la Ley 1119 de 2006 “por la cual se actualizan los registros y permisos vencidos para el control al porte y tenencia de las armas de fuego y se dictan otras disposiciones”, artículo 1° - actualización de los registros de las armas de fuego y de los permisos vencidos, derogado por el artículo 106, Decreto Ley 019 de 2012, modificado por el artículo 97 del Decreto Ley 019 de 2012.

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ANEXO 3 FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA

SERVICIO DE SISTEMA DE ALARMA MONITOREADA CON COMUNICACIÓN GPRS VÍA CELULAR

El oferente deberá garantizar para las catorce (14) sedes relacionadas en el literal b) del numeral 1.9 del presente documento sistemas de alarma monitoreada con comunicación gprs vía celular, los cuales deben contener como mínimo los equipos relacionados a continuación:

Item Cantidad Especificaciones mínimas Respuesta

(Enterado, acepto y cumplo)

Especificaciones ofrecidas por Proponente (Describirlas)

1 1 Teclado LED o alfanumérico, 5 teclas funciones programables y teclas para FAP

2 1 Panel de control expandible hasta 32 zonas, 4 particiones, 500 memorias de eventos

3 1 Batería de respaldo de 12 volt. - 7 amp

4 1 Sirena 30 Vatios

5 1 Transformador de 16 Vatios

6 1 Sensores de movimiento tipo infrarrojos, TAMPER y de procesamiento digital

7 1 Sensor de apertura tipo magnético

8 1 Botón de pánico tipo bancario

9 1 Interruptor de control de rondas

10 1

Sistema de comunicación GPRS vía celular, en aquellos lugares donde no haya cobertura celular, se permitirá el sistema de comunicación IP

11 1 Caja metálica de instrumentos

VALOR POR SERVICIO DE ALARMA POR MES $

IVA

VALOR TOTAL DEL SERVICIO MENSUAL INCLUIDO IVA $

VALOR TOTAL CATORCE (14) SERVICIOS DE ALARMA DURANTE SIETE MESES (7) MESES - ANTES DE IVA

$

IVA 16% $

VALOR TOTAL DE LOS CATORCE (14) SERVICIOS DURANTE SIETE (7) MESES - INCLUIDO IVA

$

El valor total de los catorce (14) servicios, durante los siete (7) meses, incluido IVA es de ____________________________ PESOS M/C. (Escribir el valor en letras. En caso de diferencia del valor en números y letras, prevalecerá el valor en letras) Nota 1: La Procuraduría no requiere el suministro de equipos de tal manera que el adjudicatario deberá proveer e instalar los equipos mínimos que se exigen en este documento y una vez concluido el contrato deberá retirar sus equipos. Así las cosas la Entidad solo pagará el valor del servicio de monitoreo. Nota 2: Si el oferente es una Cooperativa de Trabajo Asociado, deberá expresar en su oferta económica el descuento que ofrece a la Entidad en el servicio de vigilancia física fija con medio humano, con arma, conforme a lo permitido en la normatividad vigente.

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ANEXO No. 4 FORMATO DE RELACIÓN MINIMA DE VEHÍCULOS

N° TIPO DE

VEHÍCULO*

ESPECIFICACIONES DEPARTAMENTO O CIUDAD DE UBICACIÓN Marca Modelo Cilindraje Placa

1 Atlántico

2

Bogotá

3 Bogotá

4 Bogotá

5 Bolívar

6 Boyaca

7 Cauca

8 Cundinamarca

9 Cundinamarca

10 Huila

11 Magdalena

12 Nariño

13 Santander

14 Santander

15 Santander

16 Tolima

17 Tolima

18 Valle

19 Valle

20 Valle

El oferente deberá diligenciar en forma clara y precisa toda la información solicitada en este formato y anexar los documentos de soporte. * Especificar si se trata de automóvil, campero o motocicleta

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ANEXO No. 5

FORMATO EXPERIENCIA PROPONENTE

RELACIÓN DE CONTRATOS

No. consecutivo en el

RUP. CTO No. CONTRATANTE OBJETO

DATOS DEL CONTRATENTE

VALOR FECHA DE INICIO TIEMPO DE EJECUCION

FECHA DE TERMINACION

Dirección Correo electrónico Contacto Dirección Teléfono

Dirección Correo electrónico Contacto Dirección Teléfono

Dirección Correo electrónico Contacto Dirección Teléfono

Dirección Correo electrónico Contacto Dirección Teléfono

.

TOTAL

$

ACEPTO QUE CON EL DILIGENCIAMIENTO DE ESTE ANEXO AUTORIZO LA

VERIFICACION DE LA INFORMACION EN EL CONTENIDA.